. 3C . 5 A 5 - ¡O,
REGLAMENTO
DE
JENSEÑANZA Y GOBIERNO INTERIOR
DEL COLEGIO
DE
S. BARTOLO|É
SANTIAGO
I D E G - E ^ H S T ^ I X A .,
APROBADO
E N 2 3 D E A G O ST O D E 1 8 6 9 .
GRANADA.
IMP. DE D. INDALECIO VENTURA.
1869
.
I biblio eca hospi al eal
g anada
OOI
¡Ñuin í O:
ó ñ a i
L
i. 2C. J A <?.Os 2 1
REGLAMENTO
DE
^ENSEÑANZA Y GOBIERNO INTERIOR
DEL COLEGIO
DE
S. BARTOLOMÉ
y
SANTIAGO
ID E
APROBADO
E N 2 3 D E AG O STO D E 1 8 6 9 .
GRANADA.
IMP. DE D. INDALECIO VENTURA.
1869
.
í
TITULO I.
D el D i ec o .
A ículo I,° Al Di ec o , como Je e supe io inmedia o del Co
legio, además de las a ibuciones que le señale el Reglamen o ge
ne al, le compe e:
1. ° La inspección y igilancia del Es ablecimien o en odos
sus amos.
2. ° En ende se pe sonalmen e ó po esc i o con los pad es ó
enca gados de los Colegiales.
5.° Va ia 6 modi ica los se icios de los Supe io es ó Depen-
pendien es, siemp e que lo c ea con enien e al mejo ó den y dis
ciplina del Colegio.
A . 2.° El Capellán, además de deci la misa odos los dias,
los domingos después del almue zo da á una lección de Religión y
Mo al á los alumnos de segunda enseñanza, cuya du ación se á
de una ho a.
A . 3.° Si el mejo se icio académico lo exigiese, pod á en
ca ga se ambién de alguna o a asigna u a además de aquella.
TÍTULO II.
D el Capellán.
A . 4." Como enca gado de la pa e económica, igila á é
inspecciona á odo lo ela i o á p o isiones y acopios, no admi
iendo lo que no es é con o me con el peso, can idad y calidad
p e enidas.
A . 5.° Recibi á dia iamen e la cuen a del Mayo domo, la
que hallándola con o me, la au o iza á con su V.° B.°, así co
mo los es ados mensuales que debe á o ma aquel.
A . 6.° Se ha á ca go de las can idades que se lib en pa a
manu ención del pe sonal y demás gas os del ma e ial, en egán
dolas al Mayo domo, según las necesidades dia ias.
• A . 7-° Come á con los Colegiales.
TÍTULO III.
B e los R egen es.
A . 8.° Todos los años, an es de empeza el cu so, eunidos
en Jun a an e el Di ec o , el Capellán y Regen es, se designa án á
cada uno las asigna u as que haya de ene á su ca go.
A . 9.° Un Regen e, designado po el Di ec o , se enca ga á
de la ecepción de los Colegiales á su ing eso, cuidando bajo su
esponsabilidad se cumplan en odas sus pa es las p esc ipciones
del Reglamen o,
A . 10. O o Regen e end á á su ca go la en e me ía y en su
pode el lib o ece a io, cuidando de odo lo ela i o á es e se icio.
A . 11. Hab á dia iamen e dos Regen es de gua dia, que es
én al cuidado de los alumnos, an o en las ho as de ec eo como
en las de es udio, haciéndose es e se icio po u no igo oso, sus
i uyéndose unos á o os en caso de en e medad.
A . 12. Los dias es i os acompaña á á paseo á los Colegia
les uno de los Regen es de se icio, quedando el o o en el Colegio.
A . 13. El Regen e Sec e a io lle a á el lib o gene al de ins
c ipción de ma ícula, en el que cons a á el nomb e y apellidos
del alumno, su edad, pueblo de su na u aleza, echa de su ing e
so po p ime a ez en el Es ablecimien o, la de su salida y causa
de ella, no a del pago de los plazos de pensión, clase á que pe e
nece, no as de los exámenes gene ales ob enidas en el Ins i u o,
y po úl imo, el nomb e, apellidos y señas de la habi ación del
enca gado.
A . 14. Lle a á además un expedien e pe sonal á cada alum
no, encabezado con su solici ud de ing eso y demás documen os,
consignando en su hoja odos los an eceden es que cons an en el
lib o gene al, así como las no as ob enidas en los exámenes pa
icula es, los p emios y co ecciones impues as y odas las obse
aciones que se c ean con enien es.
A . 15. Cada Regen e lle a á un cuade no ó lib o donde es
a án insc i os los Colegiales pues os á su ca go, y dia iamen e
ano a án los concep os que indi idualmen e les me ezcan po su
aplicación, ap o echamien o, conduc a, inclinaciones y ap i udes,
así como las co ecciones que se les impongan.
A . l j. Dos dias á la semana da án cuen a al Di ec o de las
ano aciones hechas en sus lib os espec i os, y dia iamen e de las
al as come idas y co ecciones impues as.
A . 17. Los Regen es ancos de se icio pod án sali del
Es ablecimien o du an e las ho as de ec eo; pe o bajo ningún con
cep o pod án pe noc a ue a del Es ablecimien o.
A . 18. Todos, á excepción del Sec e a io, ayuda án al Ca
pellán en la inspección y igilancia de la despensa y cocina, al e
nando mensualmen e en es e se icio.
A . 19. Come án necesa iamen e con los Colegiales, excep
uándose únicamen e el Sec e a io en los casos que se lo impidan
las necesidades del se icio.
A . 20. Semanalmen e se en e a án po sí de los espec i os
P o eso es del Ins i u o y Uni e sidad del compo amien o de los
Colegiales, poniéndolo en conocimien o del Di ec o .
TÍTULO IV.
D e las Jun as.
A . 21. Componen la Jun a de Colegio el Capellán y Regen
es p esididos po el Di ec o .
A . 62. Siemp e que el Di ec o lo es ime con enien e, ins
pecciona á du an e el cu so odos es os e ec os, pa a da pa e á
los enca gados, de los que necesi en composición ó eposición, de
biendo es as ene luga inmedia amen e.
A . 63. El que olun a iamen e causa e algún daño en el
edi icio ó sus ense es, abona á lo que cues e su epa ación ó com
posición po p ime a ez; á la segunda, además del pago, se á e
i ado ó expulsado del Colegio, según las ci cuns ancias que hayan
.acompañado á aquel, y su na u aleza.
TÍTULO VII.
P em ios y co ecciones.
A . 64. Se da án p emios en cada clase á los alumnos que
mas se dis ingan po su aplicación y ap o echamien o. Los p e
mios consis i án en diplomas y ob as cien í icas y li e a ias.
A . 65. Las al as se án académicas, de educación y con a
la disciplina.
Son al as académicas: las de lección, asis encia á las clases del
Colegio, Ins i u o y Uni e sidad, ó á cualquie a de los ac os li e
a ios que se les enca gue.
De educación: las de compo amien o y buenas o mas con los
Supe io es, compañe os y dependien es, den o y ue a del Es a
blecimien o, y las de aseo y limpieza.
Con a la disciplina: la desobediencia y al a de cumplimien o
á cualquie a de las p esc ipciones del Reglamen o é disposiciones
omadas po los Supe io es, que no es én exp esamen e consigna
das en el mismo.
A . 66. Las co ecciones impues as á las al as, según su cla
se é impo ancia, se án:
1. ° P i ación de pos e ó p incipio.
2. a Id. de salida en dias es i os.
5.a Rep ensión p i ada ó pública, según la g a edad, po los
Regen es.
4. “ Id. po el Di ec o .
5. a Re i ada del Colegio.
6. a Expulsión del mismo.
A . 67. La eincidencia en cualquie a de las al as se con
side a á como ci cuns ancia ag a an e.
A . 68. Cuando las dos úl imas co ecciones ecaigan en in
di iduos que es én en goce de plaza g a ui a po cualquie con
cep o, se pond á en conocimien o de la Excma. Dipu ación p o in
cial, emi iendo copia del expedien e que se o me.
TÍTULO VIII.
D e los Dependien es.
A . 69. El Mayo domo, como el p ime o en ca ego ía de los
dependien es, eje ce á con inua igilancia sob e odos los demás
pa a el exac o cumplimien o de sus espec i as obligaciones, amo
nes ándoles cuando sea necesa io, dando cuen a inmedia amen e
al Di ec o de las al as que come an.
A . 70. Ha á las comp as y acopios pa a el Es ablecimien o,
según las ó denes que eciba del Di ec o ó del que haga sus e
ces, así como de oda la pa e del ma e ial que se le enca gue.
A . 71. Todos los dias, al ecibi po la noche las ó denes
pa a el siguien e de la comp a de p o isiones, p esen a á la cuen
a del gas o del dia, en la que cons a á po concep os la can idad,
calidad y peso de lo gas ado y comp ado, cuyo impo e ecibi á
del Capellán.
A . 72. Mensualmen e p esen a á ambién un es ado demos
a i o de las can idades pe cibidas y gas adas con las exis encias
que esul en pa a el mes siguien e, an o en me álico como en es
pecie, siendo isado lo mismo que la cuen a dia ia po el Capellán
ó enca gado de la pa e económica.
A . 73. En calidad de Conse je del Colegio, se á esponsa
ble de cuan o eciba po in en a io, así como de las can idades
que se le en eguen po cualquie concep o.
I
A . 74. El Po e o de la Di ección end á á su ca go el cui
dado de ella y es a á siemp e á las inmedia as ó denes del Di ec o .
A . 75. El Po e o del Colegio cuida á de es a dependencia,
no pe mi iendo la en ada en el in e io del edi icio á ninguna pe
sona ex aña al Es ablecimien o, ecibiendo y en egando ó comu
nicando á los cama e os ó mozos espec i os los enca gos ó eca
dos que se le den.
A . 76. No pe mi i á po ningún concep o, y bajo lamas se
e a esponsabilidad, es én Colegiales en la po e ía, ni mucho me
nos la salida á la pue a de la calle.
A . 77. Tampoco pe mi i á la salida á ningún Colegial, aun
cuando sea acompañado de su pad e, enca gado ó dependien e,
como no se le en egue la papele a de pe miso.
A . 78. El Cocine o cuida á del mayo esme o en la p epa
ación de ios alimen os, del aseo y limpieza de la cocina y sus de
pendencias, cuya al a no se ole a á de ningún modo.
A . 79. El ayudan e de cocina, que debe á ene conocimien
os en es e a e, ayuda á al Cocine o en odo lo que sea de su in
cumbencia, y es a á bajo sus inmedia as ó denes.
A . 80. Los cama e os y mozos end án á su ca go el in
media o se icio del Capellán, Regen es y Colegiales.
A . 81. Cuida án con el mayo esme o del aseo y limpieza de
los do mi o ios, habi aciones y demás dependencias que engan á
su ca go, ecibiendo po in en a io del Mayo domo odos los
muebles y ense es de las mismas, de los que se án esponsables,
en egándolos en igual o ma al e mina se el cu so.
A . 82. Se án ambién esponsables de la buena conse a
ción de la pa e de edi icio pues a á su cuidado, dando cuen a in
media amen e del que haya ocasionado cualquie despe ec o.
A . 85. El mozo enca gado del comedo cuida á de la lim
pieza y aseo de es a dependencia, ense es y demás e ec os de ella.
A . 84. Uno de los mozos que designe el Di ec o , queda á
po las noches de igilan e, cuidando de los do mi o ios y habi a
ciones, asis iendo á los Colegiales en cualquie cosa que pudie a
ocu i les, y de que no haya el meno uido ni desó den.
A . 85. Si ocu iese alguna no edad que exija la in e en
ción de un Regen e ó la ayuda de o o c iado, despe a á en se
guida á aquel pa a que dic e las disposiciones con enien es. Cui
da á además de odas las luces del Es ablecimien o.
A . 86. Los demás mozos se án des inados á los di e en es
se icios de la casa, según las necesidades.
A . 87. Los cama e os y mozos ha án los enca gos y ecados
que les manden los Supe io es y Colegiales; pe o no pod án sali
á la calle sin p é io pe miso del Regen e de gua dia, p esen án
dose al mismo en el ac o de ol e .
A . 88. Los dependien es ancos de se icio sald án los do
mingos y dias de ies a po la a de, has a la o ación, concluidas
que sean sus obligaciones.
A . 89. Usa án aje uni o me, que consis i á en chaque a
la ga ó gallega de paño neg o, pan alón y chaleco del mismo co
lo y somb e o hongo de medio colo , sin dis inción ni ma ca de
ningún géne o.
A . 90. Todos los dependien es se dis ingui án siemp e po
sus o mas a en as, no solo con los Supe io es y Colegiales, sino
en e sí y con las demás pe sonas con quienes se pongan en comu
nicación.
A . 91. La al a á cualquie a de sus obligaciones, y según
su g a edad, se á co egida con uno á ocho dias desueldo, y po
úl imo con la expulsión del Es ablecimien o.
A . 92. Ningún dependien e que salga del Es ablecimien o
como expulsado pod á en ninguna época ni po concep o alguno
ol e al mismo.
- i.- lis :V;¡.. l'-i !■'> h. ‘ ' i» • ;biJ/K '■ ojlí-y i l ■ . ¡Ii
-i;.s.i ' ■) ': i. i *J". J '■ :
*>jI,■ ’j i n > í !í.0-!>l-'í !• ■!V P niisj ¡:¡ : ! -¡|. -jj:;:■ >í >1-; >;! b
i . b ;:.:: : ; i,i n n :‘" . ,ii J;: ' .
’ i 1 ■ ::i i- ■ i . - - . ■ -i; ’■ ■ • ; * *
-:léJH».-9l j iib'S''IÍ-; b O.bV' . • 0 ob O-:*.> ¡ - y ■ ;b o , : ¿
•; !Vi.-V sil sjsi i : . lio Klll iís: ' y, ‘O siii
!>b üi íUV iibs si - “ Mi;-;! o i . o b l'iq b '
;.>:i i: ■ .'ib -o ■ y : !y ¡ sis ■ : ¡
íOiib i.:-;: lo - luio-' oop
I.llOH : , ¡y, -Vi'!?: -.o . .-i!' O.- b >n ! Kí, ■ ¡.- i’ .08 ..hó
- o . i n 1 iXI sb ()■ 'i J i ü b Y n o ! ñ.i ¡ ¡>q . u T p ü UÜ.J- ! i % i> u g i i i i
•ib C O I: .01 í í l lo i.- o id i b c -;m ' -d í k IüKi^ 7 * Oi
1 lX | l : ¡ .: ó .. so:. b b ; •
ÍHÍÜ- ‘o .,/ ■' - >i*5! íijj j o U j ? o i í i H iim i í! ü ü ? .
-Pino:! lis) Jiuyikiij o; -ynóiíip no- ■ :':-' w¡ :-:j ;<>-b - í V .
■ axí . o i) :• í /
I
■ la » I • »(ip ■ ■ ■ W« ¡V i 8 .1-1/
. ■
’.M . i ;i i. )9 i< i