DOS
MONEDAS
DE
ORO
MUY
RARAS
DE
LA
ÉPOCA
DE
D.
JUAN
II
DE
CASTILLA
(1406-1454)
En
ei
p esen e
esc i o
se
es udian,
y
dan
a
conoce ,
dos
monedas
de
o o
a ísimas,
acuñadas
en
la
época
de
Don
Juan
II
de
Cas illa,
y
que
se
c ee
muy
in e esan e
el
publica las,
ya
que
no
se
desc iben
en
las
di e sas
ob as
clásicas
de
numismá ica,
y
que
se
sepa,
no
i
gu an
en
las
colecciones
públicas.
Se
aía
de
una
moneda
de
DOS
DOBLAS,
y
o a
de
MEDIA
DOBLA,
ambas
acu iadas
en
Bu gos.
En
la
Lám.
I,
a)
y
I,
c)
se
ep e
sen an
es as
dos
monedas
de
o o,
y
la
Lám.
I,
b)
es
la
de
la
DOBLA
co ien e,
ambién
de
Bu gos,
an
conocida
y
exis en e
en
casi
odas
las
colecciones
públicas
y
pa icula es,
y
que
se
desc ibe
sólo
po
se
es a
la
unidad
mone a ia
de
es e
einado,
y
pa a
pode la
elaciona
con
las
monedas
an e io es,
que
son
múl iplos
y
di iso es
de
és a.
La
Pob'a
de
o o,
como
unidad
mone a ia,
exis ía
desde
la
época
de
Don
Al onso
X,
eniendo
en
aquella
echa
un
peso
de
1/50
del
ma co
de
Coloma,
siendo
su
peso
medio
de
unos
450
milig amos.
El
ma co
de
Colonia
enía
un
peso
de
235,769
g amos.
Respec o
a
la
ley
de
es as
doblas,
en
su
p ime a
época
e a
25.5/4
quila es,
o
sea,
casi
de
o o
pu o,
pues o
que
enían
el
98,9
po
100
de
es e
me al
en
su
composición.
En
la
época
de
Don
Juan
II.
a ió
no ablemen e
la
ley
de
es as
monedas,
y
ambién
el
núme o
de
piezas
que
en aban
en
el
ma co.
En
es a
época,
el
ma co,
que
e a
igual
a
1/2
lib a
cas ellana,
con
un
peso
de
230.04
g amos,
alo
algo
meno
al
del
ma co
de
Colonia
usado
an e io men e.
Don
Juan
II,
en
el
O denamien o
del
año
1442.
i
ja
en
49
Doblas,
llamadas
de
la
Banda,
el
núme o
de
piezas
que
in eg aban
el
ma co,
o
sea,
que
una
Dobla,
e a
1/49
del
ma co,
y
la
ley
de
es as
monedas
e a
solamen e
de
19
quila es
(792
milésimas),
en
ez
de
23.3/4
que
se
i
jó
en
einados
an e io es.
Múl iplos
de
la
Dobla
en
es a
época
de
Don
Juan
II,
se
conocen
las
piezas
de
20
y
10
Doblas,
que
se
desc iben
LUIS
INGLADA
ORS
el
Heiss
(T a ado
de
Monedas
Hispano-C is ianas),
pe o
que
se
sepa,
la
pieza
de
DOS
DOBLAS
y
la
de
MEDIA
DOBLA
no
se
han
desc i o
aún
en
los
a ados
de
numismá ica,
y
po
es a
causa
se
es ima
con enien e
el
da
a
conoce
es as
monedas.
Las
áb icas
au o izadas
en
es a
época
pa a
acuña
moneda
de
o o,
e an
sólo
las
de
Se illa,
Toledo,
Bu gos
y
Co u ia.
Las
mone
das
que
se
desc iben
pe enecen
a
la
ceca
de
Bu gos,
que
como
se
sabe,
iene
una
B
como
ma ca
de
áb ica.
Siendo
los
medios
de
acuñación
algo
impe ec os,
esul aba
que
el
peso
de
las
doblas
a iaba
bas an e,
oscilando
és e,
en e
4,69
y
4,43
g amos
espec i amen e,
y
según
se
puede
comp oba
en
las
piezas
exis en es
en
las
di e sas
colecciones
y
cuyo
peso,
como
sabemos,
es á
in luenciado
po
el
mayo
o
meno
desgas e
exis en e
en
las
monedas,
según
su
mayo
o
meno
ci culación
con
el
iempo.
Los
pesos
cuyas
ci as
se
han
indicado
se
e ie e
a
piezas
en
buen
es ado
de
conse ación.
La
insc ipción
en
las
DOBLAS
de
ipo
no mal
de
Bu gos,
es
la
siguien e:
An e so.
lOHANES
.
DEI
.
GRACIA.
REX.
CASTELLE.
en
el
campo,
el
escudo
de
la
O den
de
la
Banda,
y
a iba
una
B.
Re e so.
lOHANES.
DEI.
GRACIA.
REX.
CASTELLE.
LE-
Las
a mas
de
Cas illa
y
León
a
cua eles.
Peso
no mal
=
4,68
g amos.
Es as
insc ipciones
suelen
a ia ,
po
exisli
muchas
a iedades
de
es as
doblas,
al ando
alguna
de
es as
lei as
en
muchos
ejempla es.
La
no a
esencial
de
las
monedas
de
es e
einado,
es
la
de
se
la
ley
más
baja
de
las
se ies
cas ellanas,
y
po
es a
causa,
las
doblas
de
la
banda,
como
saben
muy
bien
los
a icionados,
en
época
no mal
su
p ecio
de
adquisición
ha
sido
siemp e
bajo
en
elación
a
las
mone
das
de
o as
épocas
más
an iguas
o
mode nas.
La
moneda
n.°
1,
o
sea,
la
de
DOS
DOBLAS
que
se
desc ibe,
iene
las
siguien es
ca ac e ís icas:
Peso
=
8,32
g amos.
Módulo—36
milíme os.
Ley
==
19
qu¡|a eg.
La
moneda
n.°
3,
o
sea,
la
de
la
pieza
de
MEDIA
DOBLA,
iene
las
siguien es:
Peso
=
2,11
g amos.
Módulo
=
21
milíme os.
Ley
=
19
qyjia es.
La
DOBLA
n.®
2
no mal
iene
un
peso
de
4,51
g amos,
la
misma
ley
de
las
an e io es
y
29
milíme os
de
módulo.
Las
es
monedas
con
la
ma ca
B,
de
la
casa
de
la
moneda
de
Bu gos.
En e
los
a icionados
se
conside an
es as
dos
piezas
(de
dos
y
DOS
MONEDAS
DE
ORO
MUY
RARAS
DE
LA
ÉPOCA,
ETC.
109
de
media
dobla)
como
a ísimas,
hasía
el
ex emo
que
no
exis en
en
colecciones
de
p ime
o den,
y
que
se
sepa,
y
como
se
ha
dicho
al
p incipio,
no
es án
desc i as
en
las
ob as
de
numismá ica,
ni
en
ca álogos
de
colecciones
impo an es.
De
las
o as
casas
de
moneda
no
se
conocen
ejempla es
de
es os
ipos.
A
pe sonas
más
es udiosas,
co esponde
el
ocupa se
de
es a
cues ión
más
a
ondo.
w
-
i'Vi
l-
jM
Luis
Inqlada
O s
y
•'
i
.
•
i
1
»
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*
LAM.NA
'
.-Monedas
de
Juan
11
de
Cas illa.-a),
Moneda
de
dos
doblas.-b).
Dobla.-c).
Media
dobla.