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Relación de los méritos, títulos, estudios, grados y ejercicios literarios del Doctor D. José de Zayas Fernández de Córdoba y Vega, abogado de los reales consejos

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Relación de los méritos, títulos, estudios, grados y ejercicios literarios del Doctor D. José de Zayas Fernández de Córdoba y Vega, abogado de los reales consejos

Author: Zayas Fernández de Córdoba, José
Publisher: Granada : s.n.
Year: 1833
Source: https://digibug.ugr.es/bitstream/10481/53050/1/C-001-072%20%2842%29.pdf
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DE LOS MÉRITOS,
TITULOS, ESTUDIOS, GRADOS
Y EJERCICIOS LITERARIOS
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C^ ons a que es na u al de es a Ciudad de G anada , hijo-dalgo , de legí imo ma imaw
nio , y de edad de ein e y cua o años.
Que después de habe su ido un igo oso examen de la inidad, se ma iculó en es a
Real é Impe ial Uni e sidad, donde es udio los es años de Filoso ía, habiendo ob
enido en los exámenes gene ales celeb ados al in de cada cu so una de las mejo es
no as.
Que dedicándose á la ca e a de Leyes, es udió con el mayo ap o echamien o los
es p ime os años de dicha acul ad, desempeñó con lucimien o a ios ac os de con
clusiones públicas, y en los espec i os exámenes, ob u o la p ime a no a.
Que en Oc ub e de mil ochocien os ein e y es, p e ias las co espondien es in o .
maeíones, is ió Beca de Ju is a en el Real Colegio de los S S» A A . S. Ba olomé y
San iago el mayo , en cuyo es ablecimien o Li e a io es udió igualmen e el segundo
y e ce año de Leyes y el cua o de De echo Canónico^ desempeñó con es ao -
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odo el e e ido cu so una de las Academias
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: ime amen e'nomb ado po el Claus o, Vocal
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; ob u o í ulo de Abogado de los Reales Con-
i ioc o po el Sup emo de Cas illa,
i ed a de Ins i uciones Ci iles en ein e y dos
; opo uno oposi o ú ella, ue admi ido po los
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icula ap ecio de que goza en es e es ablecimien o li e a io.
E s á con o m e con los egis os de la O icina de m i ca go y documen os exhibidos po
el in e esado , cí (¡ice me em i o y de (¡ue Ce i ico como Sec e a io po S . III. de es a Im 
pe ial Uni e sidad. G anada ein a y uno de Agos o de m il ochocien os ein a y es.
en el Colegio, como en la Impe ial [ Uni e sidad, donde asis ió a ias eces como nom
b ado p o Colegio examinado al in de cada cu so ue ap obado con la p ime a no a
de excelen e.
Que en quince de Junio de mil ochocien os ein e y cinco, ecibió en la Impe
ial Uni e sidad el g ado de Bachille á Claus o pleno de Doc o es y Ca ed á icos,
habiéndosele ap obado sus ege cicios nemine disc epan e.
Que es ando cu sando los anos supe io es de Leyes ue nomb ado po el S . Rec
o pa a que a guyese como Bachille po espacio de media ho a , en las epe icio
nes públicas de g ados de Licencia en su acul ad.
Que concluida es a ca e a, habiendo ob enido la compe en e habili ación de la
Inspección gene al de la Ins ucción pública, ecibió los g ados de Licenciado y Doc
o en la esp esada acul ad, en ein e y es de Diciemb e de mil ochocien os ein
e y nue e , y diez ocho de Ene o de mil ochocien os ein a, siéndole ap obados odos
sus ege cicios nemine disc epan e.
Que habiéndose ma iculado después á la ca e a de Cánones ha es udiado has a
el ses o año inclusi e de ella, me eciendo en odos los espec i os cu sos la no a de
sob esalien e.
Que en el Claus o gene al de Doc o es celeb ado en diez y sie e de Se iemb e
de mil ochocien os ein a, ue elec o Vocal de la Jun a de Hacienda de la misma
Uni e sidad, habiendo ege cldo es e ca go con oda csac i ud, y á sa is acción del
Claus o.
Que po el Rec o de la misma ue nomb ado en ein e y nue e de Se iemb e
de xnil ochocien os ein a y iln«, jm «> .a ausen e el Ca ed á ico p opie a io * exa
minado de los que en Ins i uciones Ci iles se habían de celeb a según Reales o 
denes.
Que en Claus o de Ca ed á icos de diez y ocho de Oc ub e del mismo , ue desig
nado sus i u o del segundo año de Ins i uciones Ci iles, habiendo desempeñado es a
clase con el mayo celo, y adelan o de sus discípulos, espedido las ce i icaciones y
celeb ado los Exámenes concluido el cu si» en i ud de es a ausen e el p opie a io.
Que po igual causa ha egen ado en odo el e e ido cu so una de las Academias
Dominicales de la acul ad de Leyes , no habiendo omi ido albajo alguno de los que
pudiesen inílui en los p og esos de sus alumnos*
Que en ece de Mayo de es e año ue nce amen e'nomb ado po el Claus o, Vocal
de la e e ida Jun a de Hacienda.
Que lia desempeñado á sa is acción del Claus o las comisiones que le han sido en
ca gadas.
Que en ein e de Mayo del mismo ob u o í ulo de Abogado de los Reales Con
sejos en i ud de habe pasado el de Doc o po el Sup emo de Cas illa.
Que anunciada la acan e de una Cá ed a de Ins i uciones Ci iles en ein e y dos
de A b il úl imo, se decla ó en iempo opo uno oposi o á ella, ue admi ido po los
S es. Jueces consiguien e á habe ac edi ado las cualidades que se exigen al e ec o,
y e i icados los ege cicios le han sido ap obados.
Y úl imamen e que el Doc o D. José de Zayas y V ega, es de buena y a e
glada conduc a, sin habe sido jamás suspenso del ege cicio de sus unciones po eauéa
alguna c iminal, ni polí ica, odo lo que le Lace ac eedo á las dxa iucioaea} y pa 
icula ap ecio de que goza en es e es ablecimien o li e a io.
E s á con o m e co í los egis os de la O icina de m i ca go y documen os exhibidos po
el in e esado , á que me em i o y de (¡ue Ce i ico como Sec e a io po S . M . de es a Jm '
pe ial Uni e sidad. G anada ein a y uno de Agos o de m il ochocien os ein a y es.

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