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Relación de los méritos, títulos, estudios, grados y ejercicios literarios del Doctor D. José de Zayas Fernández de Córdoba y Vega, abogado de los reales consejos

Zayas Fernández de Córdoba, José

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R . $5*. 2 *1 e . p . j u 8 JUU0.93 ^*6 DE LOS MÉRITOS, TITULOS, ESTUDIOS, GRADOS Y EJERCICIOS LITERARIOS ©®S, , o ¿ bí ^ a y a s ^ ^ c n a n b e a be Í^Sjo bo a y ABOGADO BE ¡LOS 1EAILBS €©MSEJ©§« C^ ons a que es na u al de es a Ciudad de G anada , hijo-dalgo , de legí imo ma imaw nio , y de edad de ein e y cua o años. Que después de habe su ido un igo oso examen de la inidad, se ma iculó en es a Real é Impe ial Uni e sidad, donde es udio los es años de Filoso ía, habiendo ob enido en los exámenes gene ales celeb ados al in de cada cu so una de las mejo es no as. Que dedicándose á la ca e a de Leyes, es udió con el mayo ap o echamien o los es p ime os años de dicha acul ad, desempeñó con lucimien o a ios ac os de con clusiones públicas, y en los espec i os exámenes, ob u o la p ime a no a. Que en Oc ub e de mil ochocien os ein e y es, p e ias las co espondien es in o . maeíones, is ió Beca de Ju is a en el Real Colegio de los S S» A A . S. Ba olomé y San iago el mayo , en cuyo es ablecimien o Li e a io es udió igualmen e el segundo y e ce año de Leyes y el cua o de De echo Canónico^ desempeñó con es ao - Alua io lucimien o es ac os de de ensa , y di e en es de a gumen os y eplicas 7 an o en el Colegio , con b ado p o Colegio Í B >' de excelen e. Que en quince k Ju*> i“ial Uni e sidad e ; auo¿ habiéndosele ap olj Que es ando c o pa a que a gi nes públicas de gi Que concluida Inspección gene al ■ o en la esp esad e y nue e , y diez liO bus ege cicios nen, Que liabiéndos na *>; el seslo año inclus " ' de - sob esalien e. Que en el Clai o g - ¡i de mil ochocien os •’i; : Uni e sidad; hábil e¡: Claus o. Que po el Re ? d ele mil ocliocion os ¿V. .í ,■ minado de los qi ! a I . % cienes. Que en Claus i .-le í nado sus i u o del í ainc , clase con el mayo: w i ■lo, celeb ado los E xá Que po igual Dominicales de la pudiesen in lui ei Que en ece d de la e e ida Jun Que lia desemp ,1; ca gadas. • i Que en ein e ' - sejos en i ud di Que anunciada de A b il úl imo, íícL ■ S es. Jueces cons « íií y e i icados los e ¿CÍ< ■ : Y úl imamen e el glada conduc a, si , i>e OS ,Cj 1%) e N5_ -I- N>_ en O_ O) = ¿ S e sidad, donde asis ió a ias eces como nom- i= e cada cu so ue ap obado con la p ime a no a ocien os ein e y cinco, ecibió en la Impe* § i Claus o pleno de Doc o es y Ca ed á icos, ~E: ni íe disc epan e. 5E io es de Leyes ue nomb ado po el S . Rec o espacio de media ho a , en las epe ició- iu acul ad. lo ob enido la compe en e habili ación de la ; lica, ecibió los g ados de Licenciado y Boc* E: y es de Diciemb e de mil ochocien os ein* 1 uchocien os ein a, siéndole ap obados odos ^ á la ca e a de Cánones lia es udiado has a -■ lo en odos los espec i os cu sos la no a de es celeb ado en diez y sie e de Se iemb e /ocal de la Jun a de Hacienda de la misma ■go con oda esac i ud, y a sa is acción del nomb ado en ein e y nue e de Se iemb e a a ausen e el Ca ed á ico p opie a io* exa- ilcs se habían de celeb a según Reales o * diez y ocho de Oc ub e del mismo , ue ¿esig* uciones Ci iles, habiendo desempeñado es a sus discípulos, espedido las ce i icaciones y s0 ed i ud de es a ausen e el p opie a io, odo el e e ido cu so una de las Academias 0 habiendo omi ido aíbajo alguno de los que 1 alumnos. : ime amen e'nomb ado po el Claus o, Vocal 1 Claus o las comisiones que le han sido en- ; ob u o í ulo de Abogado de los Reales Con- i ioc o po el Sup emo de Cas illa, i ed a de Ins i uciones Ci iles en ein e y dos ; opo uno oposi o ú ella, ue admi ido po los i li ado las cualidades que se exigen al e ec o, : ap obados. | >sé de Zayas y V ega, es de buena y a e- : pensó del ege cicio de sus unciones po causa E E .E ! co ■ E E j ¡ E en E —* E oE = -o~ E E 00' = co E N5 ~E OE N>- E alguua c iminal, ni polí ica, odo lo que le liace ac eedo á las dis inciones, y pa  icula ap ecio de que goza en es e es ablecimien o li e a io. E s á con o m e con los egis os de la O icina de m i ca go y documen os exhibidos po el in e esado , cí (¡ice me em i o y de (¡ue Ce i ico como Sec e a io po S . III. de es a Im  pe ial Uni e sidad. G anada ein a y uno de Agos o de m il ochocien os ein a y es. en el Colegio, como en la Impe ial [ Uni e sidad, donde asis ió a ias eces como nom b ado p o Colegio examinado al in de cada cu so ue ap obado con la p ime a no a de excelen e. Que en quince de Junio de mil ochocien os ein e y cinco, ecibió en la Impe ial Uni e sidad el g ado de Bachille á Claus o pleno de Doc o es y Ca ed á icos, habiéndosele ap obado sus ege cicios nemine disc epan e. Que es ando cu sando los anos supe io es de Leyes ue nomb ado po el S . Rec o pa a que a guyese como Bachille po espacio de media ho a , en las epe icio nes públicas de g ados de Licencia en su acul ad. Que concluida es a ca e a, habiendo ob enido la compe en e habili ación de la Inspección gene al de la Ins ucción pública, ecibió los g ados de Licenciado y Doc o en la esp esada acul ad, en ein e y es de Diciemb e de mil ochocien os ein e y nue e , y diez ocho de Ene o de mil ochocien os ein a, siéndole ap obados odos sus ege cicios nemine disc epan e. Que habiéndose ma iculado después á la ca e a de Cánones ha es udiado has a el ses o año inclusi e de ella, me eciendo en odos los espec i os cu sos la no a de sob esalien e. Que en el Claus o gene al de Doc o es celeb ado en diez y sie e de Se iemb e de mil ochocien os ein a, ue elec o Vocal de la Jun a de Hacienda de la misma Uni e sidad, habiendo ege cldo es e ca go con oda csac i ud, y á sa is acción del Claus o. Que po el Rec o de la misma ue nomb ado en ein e y nue e de Se iemb e de xnil ochocien os ein a y iln«, jm «> .a ausen e el Ca ed á ico p opie a io * exa minado de los que en Ins i uciones Ci iles se habían de celeb a según Reales o  denes. Que en Claus o de Ca ed á icos de diez y ocho de Oc ub e del mismo , ue desig nado sus i u o del segundo año de Ins i uciones Ci iles, habiendo desempeñado es a clase con el mayo celo, y adelan o de sus discípulos, espedido las ce i icaciones y celeb ado los Exámenes concluido el cu si» en i ud de es a ausen e el p opie a io. Que po igual causa ha egen ado en odo el e e ido cu so una de las Academias Dominicales de la acul ad de Leyes , no habiendo omi ido albajo alguno de los que pudiesen inílui en los p og esos de sus alumnos* Que en ece de Mayo de es e año ue nce amen e'nomb ado po el Claus o, Vocal de la e e ida Jun a de Hacienda. Que lia desempeñado á sa is acción del Claus o las comisiones que le han sido en ca gadas. Que en ein e de Mayo del mismo ob u o í ulo de Abogado de los Reales Con sejos en i ud de habe pasado el de Doc o po el Sup emo de Cas illa. Que anunciada la acan e de una Cá ed a de Ins i uciones Ci iles en ein e y dos de A b il úl imo, se decla ó en iempo opo uno oposi o á ella, ue admi ido po los S es. Jueces consiguien e á habe ac edi ado las cualidades que se exigen al e ec o, y e i icados los ege cicios le han sido ap obados. Y úl imamen e que el Doc o D. José de Zayas y V ega, es de buena y a e glada conduc a, sin habe sido jamás suspenso del ege cicio de sus unciones po eauéa alguna c iminal, ni polí ica, odo lo que le Lace ac eedo á las dxa iucioaea} y pa  icula ap ecio de que goza en es e es ablecimien o li e a io. E s á con o m e co í los egis os de la O icina de m i ca go y documen os exhibidos po el in e esado , á que me em i o y de (¡ue Ce i ico como Sec e a io po S . M . de es a Jm ' pe ial Uni e sidad. G anada ein a y uno de Agos o de m il ochocien os ein a y es. ..... ' ... ’ ... J . ' i . : > ' *