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TRABAJO DE FIN DE GRADO
La in luencia del Real Dec e o-ley 32/2021, 28 de
diciemb e, en ma e ia con ac ual.
(The in luence o Royal Dec ee-Law 32/2021, Decembe 28 h, on
con ac ual ma e s)
Au o : Me i xell Ci e a Ma ínez.
Tu o : D. Ja ie Alejand o Pa a Pé ez-Dobón.
Doble G ado en De echo y Adminis ación y Di ección de Emp esas
Facul ad de De echo. Uni e sidad de Alme ía.
Cu so Académico: 2022/2023
Con oca o ia junio 2023
Es e p oyec o analiza cómo el Real Dec e o- Ley 32/2021 in luye en el omen o de la
es abilidad de empleo del país median e las e o mas con ac uales
This disse a ion analyzes how Royal Dec ee-Law 32/2021 in luences he p omo ion o
employmen s abili y in he coun y h ough con ac ual e o ms.
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ÍNDICE
I. INTRODUCCIÓN ................................................................................................................... 3
II. ANTECEDENTES HISTÓRICOS ....................................................................................... 4
III. ASPECTOS RELEVANTES DE LA ACTUAL REFORMA LABORAL ...................... 6
IV. MATERIA CONTRACTUAL TRAS LA REFORMA LABORAL ................................ 7
1. Con a os o ma i os .............................................................................................................. 7
1.1 Con a os de o mación dual o en al e nancia abajo- o mación. ............................ 10
1.2 Con a os pa a la ob ención de p ác ica p o esional ................................................... 12
2. Con a o de du ación de e minada o empo ales .............................................................. 13
2.1 Con a o de abajo de du ación de e minada po ci cuns ancias de la p oducción.
................................................................................................................................................. 15
2.1.1 Con a o empo al po ci cuns ancias ocasionales e imp e isibles .......................... 16
2.1.2 Con a o empo al po ci cuns ancias ocasionales p e isibles y con una du ación
educida. .............................................................................................................................. 16
2.2 Con a o de abajo de du ación de e minada po sus i ución de pe sona
abajado a ............................................................................................................................ 17
2.2.1 Con a o de sus i ución a abajado es con de echo a ese a del pues o de abajo
............................................................................................................................................. 17
2.2.2 Con a o de sus i ución pa a comple a la jo nada educida po o a pe sona
abajado a. ........................................................................................................................ 18
2.2.3 Con a o de cobe u a empo al de un pues o du an e el p oceso de selección o
p omoción pa a su cobe u a de ini i a median e con a o ijo. ........................................ 18
2.3 Encadenamien o de con a os po ci cuns ancias de la p oducción. .......................... 19
3. Con a o ijo-discon inuo ..................................................................................................... 20
3.1 Requisi os de o malización y llamamien o .................................................................. 21
3.2 Ga an ías del con a o ijo-discon inuo ........................................................................ 23
3.2.1 P incipio de igualdad de a o ................................................................................... 23
3.2.2 P omoción y omen o pa a el empleo ......................................................................... 23
3.3 Cálculo de la an igüedad................................................................................................. 24
3.4 Aplicación del con a o ijo-discon inuo en Alme ía ................................................... 25
V. CONCLUSIONES ................................................................................................................ 26
VI. BIBLIOGRAFÍA ................................................................................................................ 27
VII. REFERENCIAS NORMATIVAS ................................................................................... 29
VIII. REFERENCIAS JURISPRUDENCIALES ................................................................... 29
IX. WEBGRAFÍA ..................................................................................................................... 29
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I. INTRODUCCIÓN
La e o ma labo al de 2021 ha e olucionado el me cado labo al pe o especialmen e se
ha is o a ec ado el ámbi o con ac ual con la inalidad de mejo a la egulación y
es abilidad del empleo, y p omo e la lexibilidad de es e. Es e T abajo de Fin de G ado
se cen a en analiza cómo in luye la en ada en igo del Real Dec e o-ley 32/2021 en
ma e ia con ac ual y qué consecuencias han supues o es as modi icaciones.
El me cado labo al an es del año 2021 se ca ac e izaba po albe ga un g an núme o de
con a os empo ales que p o ocaban ines abilidad labo al y un po cen aje de asa de
desempleo p eocupan e. Asimismo, añadi que an es de es a e o ma labo al han sido
a ias las que han in en ado pone le solución a es e p oblema, eniendo algunas más éxi o
que o as.
La e o ma aba ca a ios emas con el in de mejo a la si uación ac ual. Aho a bien, se
mues a especial a ención a cómo ha in luido es as modi icaciones en ma e ia con ac ual,
qué aspec os se han eliminado y cuáles han comenzado a o ma pa e de la legislación
labo al.
La impo ancia de es e es udio adica en la no edad y ele ancia de es a nue a legislación,
además de a ec a a odos los abajado es ya que se ha is o modi icada una he amien a
an impo an e como es el con a o de abajo. Asimismo, pe mi e una comp ensión más
p o unda sob e los cambios legales p oducidos y sus consecuencias.
Median e es e abajo se busca á da espues a a odos las in e ogan es que puedan su gi
con la nue a egulación, como cuáles son los nue os con a os y en qué casos se puede
susc ibi a cada uno de ellos, qué de echos posee el abajado , e c.
Pa a la ealización del es udio se ha lle ado a cabo an o una e isión bibliog á ica de
lib os, a ículos de e is as ju ídicas y legislación elacionada con la e o ma labo al como
una ecopilación de da os a pa i de una base de da os y su consiguien e análisis pa a
pode en ende mejo el caso. Así como el uso de ju isp udencia pa a comp ende y
con empla la aplicación eal de la eo ía obje o de es udio.
A modo de conclusión se iden i ica án las ideas más ele an es de la in es igación, así
como se p opond án ecomendaciones pa a posibles de mejo as.
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II. ANTECEDENTES HISTÓRICOS
Pa a pode en a a analiza las modi icaciones en los con a os as la e o ma labo al del
año 2021 es impo an e en ende el con ex o y los mo i os po los que se p odujo, de es a
o ma se pod á comp ende mejo los ac o es cla es.
A lo la go de la his o ia de España se han p oducido un g an núme o de e o mas labo ales
as la ap obación del Es a u o de los T abajado es (en adelan e ET) en 1980, la p ime a
se ealizó en el año 1984 y la úl ima en 2021. La p ime a e o ma dio o igen a los
con a os empo ales, dualidad labo al, de es a o ma aumen aba la asa de empleo en
épocas de bonanza y se educía en épocas de c isis, llegando a c ece un 73% de la
u ilización de es os en e los años 1985 y 1993 (Conde-Ruiz e al., 2010)
Conde-Ruiz e al., (2010) a i ma que con la e o ma de 1994 se p e endía educi dicha
empo alidad y la asa de pa o, y pa a ello es ingie on el uso de los con a os empo ales
pe mi iéndose la u ilización pa a los abajado es con discapacidad y pa a los mayo es de
45 años que es u iesen pa ados du an e un iempo. Con es a modi icación no esol ie on
es e p oblema ya que busca on o as al e na i as como los con a os e en uales o los de
ob a y se icio, que aumen a on su po cen aje de u ilización as ese año.
Con la e o ma de 1997 se complemen a la an e io y su ge el con a o de omen o de la
con a ación inde inida (en adelan e CFCI) des inado a los abajado es en desempleo
meno es de 30 años y a los mayo es de 45 años, además de las pe sonas con discapacidad;
es e ins umen o, como bien su nomb e indica, in en a po encia la con a ación inde inida
delimi ando la con a ación empo al, con i iendo es os úl imos en inde inidos pa a así
e i a los p oblemas que conlle a es e ipo de con a o, ales como la ines abilidad que
gene an (Conde-Ruiz e al., 2010). O a ma e ia a a a en es a e o ma ue la ampliación
de con enidos de la Negociación Colec i a y la agilización de es a. Se dejó de boni ica
la con e sión de los con a os empo ales en inde inidos (Conde-Ruiz e al., 2010). Un
de alle impo an e de es a e o ma es que a pesa de que se empezó a elabo a en 1997,
no se e minó y en ó en igo has a 2001,4 años más a de.
La siguien e e o ma labo al impo an e es la de 2006, cuya inalidad e a la de segui con
la línea de la an e io es ingiendo el uso de los con a os empo ales, p io iza la
o malización de los CFCI y es ablece una se ie de boni icaciones. Según Conde-Ruiz
e al., (2010) las medidas más impo an es que se lle a on a cabo ue on las siguien es:
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- Reducción ansi o ia de los cos es de despido debido al uso de los CFCI has a el
31 de diciemb e de 2007.
- Nue a polí ica de boni icaciones a o ables a la con a ación inde inida, median e
un plan ex ao dina io de con e sión y la ampliación de boni icaciones de 2 a 4
años.
- Res icciones en la con a ación y du ación del con a o labo al, aquellos
abajado es que en un pe iodo de 30 meses hayan encadenado más de 2 con a os
que supe en los 24 meses en conjun o no pod án abaja como más en esa
emp esa como empo ales.
En 2012 se lle ó a cabo la úl ima e o ma an es de la ac ual, en ella se a a on aspec os
como un nue o con a o inde inido, el cual o ecía una boni icación en la cuo a de la
Segu idad Social a aquellas emp esas que con menos de 50 abajado es con a asen a
pe sonas de en e 16 y 30 años; es e ipo de con a os se ía de jo nada comple a y end ían
un año de p ueba, la emp esa pod ía op a a ecibi una se ie de bene icios a pa e de la
boni icación en la cuo a de la Segu idad Social, como son los incen i os iscales (Me ino,
s. ). O o aspec o cla e que se modi icó ue la indemnización en los supues os de
decla ación de despido imp oceden e que se edujo de 45 días po año de se icio a 33
días. Asimismo, se in en ó compa ibiliza la ida labo al de los abajado es con la ida
amilia y los es udios, es po ellos que se impulsa la con a ación a jo nada pa cial
pudiendo ealiza ho as ex as en es a modalidad (Me ino, s. ). A odo lo an e io Me ino
(s. ) añade en su a ículo que las emp esas de abajo empo al (en adelan e ETT)
adquie en más ele ancia siendo au o izadas pa a ac ua como agencias p i adas de
colocación.
Se puede obse a como la mayo ía de e o ma enían en común soluciona el p oblema
social y labo al que suponía y supone el aumen o de la o malización de los con a os
empo ales, incen i ando el uso de los con a os inde inidos como sus i u os, y de es a
o ma acaba con esa ines abilidad gene ada. No es has a las modi icaciones que se
in oduje on con la e o ma labo al de 2021 cuando el con a o inde inido ob iene aún
más ele ancia en e a los demás con a os jun o con su p esunción como no ma gene al.
Du an e la pandemia mundial gene ada po la COVID-19 muchos pues os de abajos
eduje on sus jo nadas, o os an os se ealiza on median e ele abajo y o os se ie on
some idos a los expedien es de egulación empo al del empleo (en adelan e ERTE). Es a
medida ue muy ecu en e en los p ime os meses de pandemia, llegando incluso a es a
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suje os 3 millones de abajado es en España en el segundo imes e del año (Figuls e al.,
2020). Es po eso que uno de los obje i os y pun os cla e a a a en es a e o ma es el
nue o modelo de los ERTE.
Debido a es a nue a si uación jun o con los p oblemas que se lle an in en ando soluciona
desde hace años su ge la nue a e o ma labo al de 2021.
III. ASPECTOS RELEVANTES DE LA ACTUAL REFORMA LABORAL
El Real Dec e o-ley 32/2021, 28 de diciemb e, de medidas u gen es pa a la e o ma
labo al, la ga an ía de la es abilidad en el empleo y la ans o mación del me cado de
abajo (en lo sucesi o RDL 32/2021) ue u o del Acue do alcanzo en e el Gobie no e
in e locu o es sociales y en ó en igo el 31 de diciemb e de 2021, sal o de e minados
p ecep os que cuya en ada en igo se demo ó has a el 30 de ma zo de 2022.
Conc e amen e los a ículos que egulaban las siguien es ma e ias:
- Regulación en los con a os o ma i os.
- Regulación del con a o ijo-discon inuo.
- Regulación en la du ación de los con a os de abajo y la p esunción de con a o
inde inido como egla gene al.
- De ogación del a ículo 12.3 del ET, el cual a aba el con a o a iempo pa cial.
- De ogación de los apa ados p ime os y segundos de la disposición adicional
decimoquin a ela i a a la aplicación de los lími es de du ación del con a o po
ob a o se icio de e minados y al encadenamien o de con a os en la
Adminis aciones Públicas.
- De ogación de la disposición adicional decimosex a ela i a a la aplicación del
despido po causas económicas, écnicas, o ganiza i as o de p oducción en el
sec o público.
- De ogación de la disposición adicional igesimop ime a ela i a a la sus i ución
de abajado es exceden es po cuidado de amilia es.
El p oyec ó se e ec uó con una se ie de g andes obje i os: educción de las asas de
empo alidad con eliminación de la con a ación empo al injus i icada, nue o modelo de
los ERTE y nue o equilib io en la negociación colec i a po lo que a ec a al égimen
sala ial (C uz Villalón, 2022).
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IV. MATERIA CONTRACTUAL TRAS LA REFORMA LABORAL
Uno de los aspec os cla es de la e o ma labo al ealizada en 2021 ue la modi icación de
la egulación de los con a os labo ales. A con inuación, se a a es udia cuáles han sido
esos cambios y sus co espondien es consecuencias.
1. Con a os o ma i os
Uno de los p oblemas que ha exis ido a lo la go de los años y sigue exis iendo es el
desempleo ju enil que expe imen a el país, sumado a la g an can idad de jó enes con
o mación que no puede adqui i la expe iencia o ma i a y p o esional necesa ia pa a
pode desempeña una labo p o esional. La o mación es un elemen o indispensable pa a
encon a un empleo o pa a man ene lo, y es a impo ancia que p esen a iene un e iden e
e lejo en las asas de empleo y desempleo de los jó enes. (Uguinda e al, 2022). Es po
ello que el RDL 32/2021 (2021, p.7) en su p eámbulo anuncia pone solución a es e
p oblema p omo iendo “una egulación e icaz de los con a os o ma i os que
p opo cionen un ma co idóneo pa a la inco po ación de las pe sonas jó enes al me cado
labo al, ya se a e de con a os en al e nancia con los es udios o bien de con a os pa a
la ob ención de una p ác ica adecuada al ni el de es udios”, siendo el a ículo 1 del dicho
Real Dec e o-ley el enca gado de modi ica el a ículo 11 del Es a u o de los
T abajado es.
Los con a os o ma i os as la e o ma labo al no han su ido un g an cambio, sino que
hay algunos aspec os que se han modi icado quedando o os al cual es aban es ablecidos
an es de es a. Es á modi icación ue una de las an as que en a on en igo es meses
después de su publicación en el Bole ín O icial del Es ado (BOE).
Es e ipo de con a os ienen como inalidad o ma a los abajado es pa a pode adap a
la o mación de es os a las exigencias de las a eas a ealiza en sus pues os de abajo y
adqui i expe iencia labo al. “Se ha p e endido eo ganiza sus con enidos de enseñanza
y de abajo, buscando un equilib io di ícil en e un empleo de cie a calidad, que asegu e
el ap endizaje, con un ins umen o que esul e cómodo y a ac i o pa a las emp esas.
Po que si és as no colabo an, con a ando po es a ía, la o mación en al e nancia
acasa á.” (Rod íguez-Piñe o, 2022, p.34)
Los con a os o ma i os se encuen an egulados en el a ículo 11 del ET, y an es de la
e o ma se podía encon a es ipos dis in os:
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Con a o de abajo en p ác icas
Como aspec os ele an es des aca que se encon aba des inando a aquellos abajado es
que u iesen un í ulo uni e si a io o de o mación p o esional. Se encon aba egulado
en el a 11.1 ET y se podía ealiza en un plazo máximo de 5 años as la ob ención del
í ulo, y en el caso de un abajado con discapacidad has a 7 años se ampliaba. La
du ación no podía se supe io a 2 años ni in e io a 6 meses y la del pe iodo de p ueba
pod ía se de un mes o de dos dependiendo de la i ulación. (A 11.1 ET)
Con a o pa a la o mación y el ap endizaje
Se encon aba egulado en el a ículo 11.2 ET y su inalidad e a la de que el abajado
ecibiese o mación mien as que abaja y po ello ecibía emune ación. Es aba
des inada a abajado es de en e 16 y 24 años que no u iesen cuali icación p o esional
necesa ia pa a el pues o. La du ación mínima e a de 1 año y la máxima 3 años. Como
condición ele an e la emp esa no podía con a a al abajado as su inalización.
Con a o dual pa a la o mación dual uni e si a ia
Se encon aba egulado en el a 11.3 ET, eniendo como inalidad que los es udian es
uni e si a ios adqui ie an cuali icación p o esional median e un con enio de coope ación
en e la uni e sidad y la en idad.
T as el RDL 32/2021, las dis in as modalidades de con a os o ma i os como se conocían
dejan de exis i pa a da paso a un solo ipo de con a o, con a o o ma i o, pe o con dos
modalidades que conse an eglas comunes pa a ambas, así como su no ma i a
especí ica, es os son el con a o de o mación o en al e nancia abajo- o mación y el
con a o pa a la ob ención de p ác ica p o esional. Un ac o a ene en cuen a, y que iene
ecogido en la Disposición ansi o ia p ime a, es que cualquie de los es con a os
ex in os que es én igen es en el momen o de la publicación de la e o ma lo segui án
es ando has a su du ación máxima.
La e o ma labo al de 2021 in oduce una modi icación en cuan o al pe iodo de p ueba,
en el caso de los con a os en al e nancia se eliminan mien as que en los con a os pa a
la ob ención de p ác icas p o esionales se educe a un mes. “Desde es a pe spec i a, no
iene sen ido el pe íodo de p ueba, pues la pe sona abajado a no se inco po a a la
emp esa (p incipalmen e) pa a abaja de o ma es able y p oduci , sino pa a
o ma se.” (Del P ado, 2022, p.12)
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A pesa de que nos encon amos an e dos modalidades dis in as de con a os de
o mación ambas compa en no mas comunes que es án eguladas en los apa ados 4, 5,
6 y 7 del a ículo 11 ET. El RDL 32/2021 es ablece en dichos apa ados que:
- La acción p omo o a de la Segu idad Social de las pe sonas que se susc iban a un
con a o o ma i o comp ende á odas las con ingencias p o egibles y
p es aciones incluido el desempleo.
- El cómpu o de la du ación del con a o se e á in e umpido po alguna de las
siguien es ci cuns ancias: incapacidad empo al, nacimien o, adopción,
acogimien o, iesgo du an e el emba azo y lac ancia, iolencia de géne o, gua da
con ines de adopción.
- El con a o se o maliza á po esc i o y especi icando los planes o ma i os
indi iduales pa a cada abajado , y se es ablece án los equisi os de
o malización.
- No se aplica á lími es de edad o de du ación máxima en el caso de pe sonas con
discapacidad o pe sonas pe enecien es a colec i os en si uación de exclusión
social p e is os en el a ículo 2 de la Ley 44/2007, de 13 de diciemb e, pa a la
egulación del égimen de las emp esas de inse ción.
- Los con enios colec i os pod án de e mina los pues os de abajo, ac i idades,
ni eles o g upos p o esionales que se pod án desempeña .
- Las emp esas que es én aplicando algunas de las medidas de lexibilidad in e na
eguladas en los a s 47 y 47 bis pueden o maliza es e ipo de con a o con
aquellos abajado es que no sus i uyan unciones o a eas de o os abajado es
que se encuen an a ec adas po educción de jo nada o suspensión.
- Aquellos con a os que se hayan ealizado en aude de ley se conside a án
con a os inde inidos de ca ác e o dina io.
- La emp esa debe á de pone en conocimien o de la ep esen ación legal de los
abajado es los acue dos de coope ación educa i a o de o mación que lle en a
cabo.
- Se ija án en lo negociación colec i a los p ocedimien os necesa ios pa a pode
asegu a una p esencia equilib ada en e homb es y muje es.
- Las emp esas pod án solici a al se icio público de empleo la co espondien e
in o mación sob e el abajado que se susc ibi á a es e ipo de con a o pa a sabe
si ha sido con a ado an e io men e bajo es a modalidad.
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En ambas modalidades de con a os los abajado es una ez inalizado el con a o
end án de echo a una indemnización de 12 días po año de se icio.
2.1.1 Con a o empo al po ci cuns ancias ocasionales e imp e isibles
La emp esa op a á po la o malización de es e con a o cuando se den ci cuns ancias
ocasionales e imp e isible o cuando haya oscilaciones que, aun siendo ac i idad no mal
de la emp esa, p oduzcan un desajus e empo al en e el empleo que dispone y el que
necesi a. Siemp e que no concu a alguno de los supues os del con a o ijo-discon inuo.
Es necesa io que exis a una desp opo ción en e el abajo que se ha de ealiza en la
nue a si uación y el que se dispone, dando luga a un aumen o de ac i idades y a eas que
aun eniendo al comple o la plan illa la emp esa supe a sus capacidades pa a a on a
dicha si uación. “Es a p e isión ambién se á de aplicación cuando se p oduzcan
supues os de sucesión o sub ogación emp esa ial con o me a lo dispues o legal (A . 44
del ET) o con encionalmen e (A . 15.5 del ET)” (Ped ajas Quiles, 2022, p. 70).
La du ación máxima según el a 15.2 ET se limi a a 6 meses ampliable a 1 año si así lo
es ablece el con enio colec i o de aplicación. Una ez que se haya p o ogado la du ación
a un año no se pe mi en más, en el caso de que se haya ealizado una sin llega al lími e
máximo sí se posibili an más.
2.1.2 Con a o empo al po ci cuns ancias ocasionales p e isibles y con una du ación
educida.
La emp esa elegi á es a modalidad de con a o empo al cuando equie a una con a ación
conjun a pa a a on a las ci cuns ancias ocasionales p e isibles pudiendo con a a a
an os abajado es como se necesi en en cada momen o siendo obliga o io indica la
causa po la que se o malizan los con a os.
Según el a 15.2 ET, la du ación máxima es ablecida pa a es e con a o es de 90 días po
año que no se pod án u iliza de o ma con inuada, es deci , se pe mi e la con a ación de
un abajado en de e minados momen os del año siemp e que la suma o al de días
abajados en dichos pe iodos no supe e los 90 días. Es e mismo a ículo es ablece que la
emp esa al inal de cada año iene la obligación de in o ma a la ep esen ación legal de
los abajado es una p e isión anual del uso de es os con a os, exigiendo una
plani icación del uso de es os po pa e de la emp esa.
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2.2 Con a o de abajo de du ación de e minada po sus i ución de pe sona
abajado a
El con a o de sus i ución, egulado en el a 15.3 ET, sus i uye al an iguo con a o de
in e inidad igen e an es de la en ada de la e o ma labo al. Es e puede u iliza se pa a la
sus i ución de una pe sona abajado a con de echo a ese a del pues o de abajo, pa a
comple a la jo nada labo al de o a pe sona po causas legales y con encionales, y pa a
la cobe u a p o isional de un pues o de abajo du an e un p oceso de selección o
p omoción sin supe a los 3 meses o la du ación es ablecida en el con enio colec i o de
aplicación (De la Fuen e La ín & Zubi i Rey, 2022).
Una ez inalizado el con a o el abajado no end á de echo a ecibi una indemnización
co espondien e a 12 días po año de se icio, según lo es ablecido en el a ículo 49.1. c)
E.T.
2.2.1 Con a o de sus i ución a abajado es con de echo a ese a del pues o de
abajo
A la ho a de o maliza es e con a o se debe especi ica el nomb e de la pe sona sus i uida
y la causa de ello. Algunas de las causas po las se o maliza es e con a o es án eguladas
en el a ículo 45 E.T: incapacidad empo al del abajado ; nacimien o, adopción, gua da
con ines de adopción o acogimien o; iesgo du an e el emba azo; eje cicio público
ep esen a i o; p i ación de libe ad del abajado mien as que no exis a sen encia
condena o ia; suspensión de empleo y suel o; excedencia o zosa y decisión de la pe sona
que se e obligada de abandona su pues o de abajo po se íc ima de iolencia de
géne o.
En el caso de que sea el p opio abajado el que decida abandona la emp esa median e
una excedencia olun a ia no concu i ía una causa jus i ican e pa a lle a a cabo es e
ipo de con a o, ya que es e mo i o no gene a un de echo de ese a de pues o de abajo.
Al igual que ampoco se puede sus i ui a abajado es que se encuen an dis u ando sus
acaciones.
T as la e o ma labo al se in oduce la no edad de que es e ipo de con a os se pueden
o maliza has a 15 días an es de que se p oduzca la ausencia de la pe sona sus i uida y
siemp e que el con a o ealizado es é inculado a las unciones del pues o, asegu ando
de es a mane a el co ec o uncionamien o en el pues o de abajo.
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¿Cuál se á la du ación del con a o de sus i ución con de echo de ese a del pues o de
abajo? Como egla gene al su du ación se á has a la einco po ación del abajado
sus i uido, pe o puede da se el caso de que sea cuando se ex in a alguna de las causas que
jus i icaba la sus i ución sin necesidad de einco po ación del abajado .
Aquellas emp esas que o malicen es e ipo de con a os con pe sonas desempleadas pa a
la sus i ución de abajado es que ma e nidad, pa e nidad o acogimien o necesi en se
sus i uidos pod án ene una boni icación del 100% en las cuo as emp esa iales de la
Segu idad Social.
2.2.2 Con a o de sus i ución pa a comple a la jo nada educida po o a pe sona
abajado a.
Los con a os de sus i ución pa a comple a la jo nada educida se encuen an egulado
en el a ículo 15.3 pá a o segundo ET, el cual es ablece que pa a pode o maliza lo es
necesa io que concu a alguna de las causas legales es ablecidas o eguladas en el
con enio colec i o de aplicación. Al igual que en los con a os de sus i ución con de echo
a ese a de pues o de abajo, es necesa io que se indique el nomb e de la pe sona
sus i uida y la causa de es a.
Una educción de jo nada po aplicación de un ERTE ex a . 47 E.T es una de las causas
en las que se p oduce una educción de jo nada y aun así no se pod ía o maliza es e
con a o (Nie o, 2022). La jus i icación de po qué no se pe mi e en es os casos o maliza
un con a o de sus i ución pa a comple a la jo nada en ERTE es po que la emp esa se
acoge a es e mecanismo debido a que no puede hace se ca go de ene al abajado en
plan illas po ci cuns ancias económicas. Es a modalidad de con a os se suele u iliza
pa a cub i la jo nada del abajado que se ha is o educida po jubilación an icipada o
pa a el cuidado de hijos.
La du ación se á el iempo que du e dicha educción de jo nada de la pe sona abajado a,
sin posibilidad de una posible p ó oga.
2.2.3 Con a o de cobe u a empo al de un pues o du an e el p oceso de selección o
p omoción pa a su cobe u a de ini i a median e con a o ijo.
Los con a os de cobe u a empo al de un pues o de du an e el p oceso de selección o
p omoción pa a su cobe u a se encuen a egulado en el pá a o e ce o del a ículo 15.3
19
ET, el cual es ablece que la du ación no pod á supe a los es meses o el plazo mínimo
es ablecido en el con enio colec i o de aplicación. Además, una ez supe ado la du ación
máxima an e io men e enunciada no se pod á celeb a un nue o con a o con el mismo
obje i o. Po lo an o, la inalidad de es a modalidad consis e en cub i un pues o de
abajo mien as que la emp esa busca a un nue o abajado pa a ese pues o ya sea po
p oceso de selección o de p omoción.
2.3 Encadenamien o de con a os po ci cuns ancias de la p oducción.
El me cado labo al español se ha ca ac e izado en los úl imos años po se un me cado
agmen ado po la u ilización excesi a de la con a ación empo al po pa e de las
emp esas (Rod íguez Ramos, 2022). Es po ello que el é mino “limi ación del
encadenamien o de con a os” empezó a apa ece en las e o mas labo ales de 2006 y
2010 con el in de incen i a la con a ación inde inida po el ascu so del iempo y
pone le solución a esa agmen ación.
El a ículo 15.5 ET egula el encadenamien o de los con a os empo ales, el cual enuncia
lo siguien e “las pe sonas abajado as que en un pe iodo de ein icua o meses
hubie an es ado con a adas du an e un plazo supe io a dieciocho meses, con o sin
solución de con inuidad, pa a el mismo o di e en e pues o de abajo con la misma
emp esa o g upo de emp esas, median e dos o más con a os po ci cuns ancias de la
p oducción, sea di ec amen e o a a és de su pues a a disposición po emp esas de
abajo empo al, adqui i án la condición de pe sonas abajado as ijas. Es a p e isión
ambién se á de aplicación cuando se p oduzcan supues os de sucesión o sub ogación
emp esa ial con o me a lo dispues o legal o con encionalmen e es indi e en e si los
di e sos con a os son pa a el mismo o di e en e pues o con la misma emp esa o g upo
de emp esas”
Con la nue a edacción del a 15.5 ET as la e o ma labo al de 2021 se endu ece el
lími e de encadenamien o de con a os, educiendo a 18 meses el máximo que pod ían
encadena los abajado es empo ales en un plazo de 24 meses (an e io men e 24 meses
en un plazo de 30), conlle ando la supe ación de es e lími e la con e sión del con a o
empo al en un con a o inde inido. Hay que ene en cuen a que es os nue os plazos se án
de aplicación en aquellos con a os que se susc iban una ez en ado igo el RDL
32/2021, mien as que los con a os o malizados an es de la e o ma labo al no end án
en cuen a es e cómpu o.
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A modo de esumen, el abajado puede adqui i la condición de inde inido as es a
susc i o a un con a o empo al median e es o mas: no habe sido dada de al a en la
Segu idad Social en un plazo simila al del pe íodo de p ueba (15.4 ET), con a os
ealizados en aude de ley (a 15.4 ET) y encadenamien o de con a os empo ales (a
15.5 ET).
3. Con a o ijo-discon inuo
Como se ha explicado an e io men e uno de los obje i os cla es en la edacción del RDL
32/2021 es p omo e la es abilidad labo al y educi la empo alidad, po ello una
he amien a undamen al es el con a o ijo-discon inuo el cual consis e en un con a o
inde inido donde el empleado abaja de o ma es able pe o in e mi en e. Es os con a os,
egulados en el a ículo 16 ET, se o malizan cuando la emp esa no equie e du an e odo
el año los se icios del abajado , ya que es á inculado a abajos es acionales o
ac i idades p oduc i as de empo ada. Asimismo, pod án o maliza se pa a la p es ación
de se icios p e isibles en con a as me can iles o adminis a i as, y en e ETT y una
pe sona con a ada pa a se cedida pa a cub i pues os inculados a las necesidades
empo ales de las emp esas usua ias, cumpliendo con lo es ablecido en el a ículo 15 ET
(a 16 ET). En el caso de con a os ijos-discon inuos conce ados con subcon a as, los
con enios colec i os sec o iales pod án ija un plazo máximo de inac i idad en e es as
(Za a Ma a, 2022). En la p o incia de Alme ía se a a de un con a o muy u ilizado an o
en el sec o ag ícola como en hos ele o y el de manipulado y en asado ho o u ícola.
Rod íguez-Piñe o (2022, p.34) enunciaba en su a ículo que “lo que se p e ende con el
RDL 32/2021 es que las emp esas con a en de o a mane a, con un eequilib io de la
con a ación inde inida y de la empo al pa a educi la p esencia de es a úl ima. Pa a
ello se aco an los con a os, y se alejan és os de la idea de una ob a u ac i idad
de e minada”. Se ea i ma á aho a de o ma exp esa la p esunción del ca ác e inde inido
de la con a ación labo al (a . 15.1 ET), lo que además se mani ies a con el po encial
canalizado del con a o ijo discon inuo (Reyes, 2022).
T as el RDL 32/2021, especialmen e as la p esunción de que los con a os o malizados
os en a án la condición de inde inidos, g an po cen aje de los con a os empo ales se han
con e ido y se con e i án en ijos-discon inuos, especialmen e los de ob a o se icio
de e minado inculados a con a as y subcon a as. Es a con e sión supone que en caso
de indemnización po ex inción de con a o los abajado es pod án se indemnizados de
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una o ma más bene iciosa, pues o que pueden ecibi una indemnización de 20 días po
año abajado si se p oduce un despido obje i o p oceden e o de 33 días po año abajado
si se p oduce un despido imp oceden e, mien as que en el caso de ex inción de con a o
empo al el abajado ecibi á una indemnización de 12 días po año abajado (De la
Fuen e La ín & Zubi i Rey, 2022).
A con inuación, se mues a un g á ico de la e olución del núme o de con a os empo ales
e inde inidos o malizados desde la en ada en igo del RDL 32/2021, donde se puede
obse a cómo ha in luido la nue a e o ma a la ho a de ealiza con a os. En el p ime
imes e de 2022 la di e encia en e ambos con a os e a abismal; pe o ya a pa i de ab il,
momen o en el que en ó en igo la nue a egulación en ma e ia con ac ual, el ni el de
con a ación empo al e inde inida se empieza a equipa a como consecuencia de es a.
G á ico 3.1 Núme o de con a os empo ales e inde inidos mensuales
Fuen e: Elabo ación p opia a pa i del Se icio Público de Empleo Es a al (SEPE).
3.1 Requisi os de o malización y llamamien o
De con o midad con lo dispues o en el a ículo 16 ET en elación con el 8.2 ET el con a o
ijo-discon inuo se debe á de o maliza po esc i o haciendo cons a con ca ác e
o ien a i o la du ación, la du ación del pe iodo de ac i idad, así como la jo nada y el
ho a io.
Aunque es cie o que la du ación, jo nada y ho a io pueden indica se en el llamamien o;
es e úl imo se conc e a á según el con enio colec i o de aplicación y end á que ealiza se
po esc i o u o o medio que pe mi a deja cons ancia de la no i icación, además de la
obligación de no i ica a los ep esen an es de los abajado es el calenda io de
llamamien o y de los da os de abajado es (Za a, 2022). En caso de incumplimien o del
o den del llamamien o los abajado es pod án eje ce acciones po despido, aunque no
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oda la al a de llamamien o supone una ex inción de la elación labo al po despido;
“pa a que la al a de llamamien o de las pe sonas abajado as ijas discon inuas sea
cons i u i a de ex inción de la elación labo al, es necesa io que exis a necesidad eal de
abajo en la emp esa, y que las pe sonas abajado as que deban desempeña ese
abajo no puedan hace lo po habe sido enca gado su ealización a o as pe sonas
dis in as, incumpliendo así la emp esa con su debe de llamamien o. Solo en es os casos
se puede habla de un e dade o despido con a el cual se puede acciona ” (Za a, 2022,
p. 10).
Pa a que el llamamien o pueda lle a se a cabo con éxi o debe el abajado habe
comunicado a la emp esa su domicilio habi ual. En elación a es e equisi o, es común el
caso de abajado es ex anje os con con a os ijos-discon inuos en el sec o de la
ag icul u a o en asado uel an a su país en el pe iodo de inac i idad y una ez que
eg esan a España no ienen pues o de abajo al habe sido ocupado po una e ce a
pe sona (Za a,2022). Toda es a p oblemá ica su ge po no habe comunicado el
abajado co ec amen e el domicilio y como consecuencia su ge la imposibilidad de la
emp esa de ealiza el llamamien o.
Aho a, ¿qué pasa ía si la emp esa es la que no ealiza su debe de llamamien o? Si no se
p oduce la obligación del llamamien o po pa e de la emp esa el abajado iene de echo
a acciona po despido; al y como se con empla en la ecien e ST 129/2023 de 23 de
mayo, dic ada en el Juzgado de lo Social Nº5 de Alme ía, la cual alla a a o del
abajado decla ando despido imp oceden e al no cumpli la emp esa con su debe de
llamamien o siguiendo el c i e io de an igüedad a pesa de que el abajado mos ase
in enciones de inicia la campaña; po lo an o, se conside a esa al a de llamamien o un
despido áci o que ha de se decla ado imp oceden e de con o midad con los a s. 55 y 56
del ET po ca ece de causa jus i icada y no cumpli se con los equisi os o males
exigidos pa a p ocede al despido
Con los a ances ecnológicos su ge la duda de si el llamamien o se puede ealiza po
Wha sApp, pues bien, una sen encia de la Audiencia Nacional, de 5 de diciemb e de 2022
decla a que se le pe mi e a la emp esa ealiza el llamamien o po es e medio siemp e que
sea con una an elación supe io a las 48 ho as (Agaz, 2023).
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3.2 Ga an ías del con a o ijo-discon inuo
3.2.1 P incipio de igualdad de a o
El p incipio de igualdad de a o se conc e a en dos ideas ecogidas en el a ículo 16.6
ET. La p ime a de ellas consis e en que los abajado es “no pod án su i pe juicios po
el eje cicio de los de echos de conciliación, ausencias con de echo a ese a de pues o
de abajo y o as causas jus i icadas en base a de echos econocidos en la ley o los
con enios colec i os” (A 16.6 ET).
López (2023) en su a ículo pa a la e is a ju ídica de De echos Labo ales expone que al
igual que el T ibunal Sup emo ha a alado el de echo a ese a del pues o de abajo en el
caso de ausencia po pa e de los abajado es, ambién a ala que en caso de baja po
en e medad de los abajado es ijos-discon inuos la emp esa debe cumpli con sus
obligaciones con ac uales y de la Segu idad Social, al igual que con el es o de
abajado es, as el llamamien o y el inicio del pe íodo de ac i idad. Asimismo, la
emp esa no queda eximida de la obligación del llamamien o cuando el abajado de
encuen e en si uación de en e medad (López, 2023).
La segunda idea ecogida en dicho a ículo, conc e amen e en el segundo pá a o, iene
a deci que los abajado es ijos-discon inuos ienen de echo a que se les calcule la
an igüedad en base a la du ación o al de la elación labo al y no al iempo de se icio
ealizados (A 16.6 ET), es deci , que se enga en cuen a el iempo de inac i idad en e
un pe iodo de ac i idad y o o, ya que de lo con a io se es a ía p oduciendo una
disc iminación con espec o al abajado ijo a iempo comple o.
3.2.2 P omoción y omen o pa a el empleo
O a de las modi icaciones in oducidas po el RDL 32/2021 ue on las medidas pa a
p omociona y omen a el empleo de los abajado es ijos-discon inuos, es o quie e
deci que cuando exis a un pues o acan e en la emp esa de ca ác e ijo la emp esa debe á
in o ma a los empleados y a los ep esen an es de los abajado es pa a pode o mula
la solici ud de con e sión olun a ia de ijo-discon inuo a ijo o dina io (A 16.7 ET).
Con es a medida se in en a omen a el empleo ijo y acili a la con e sión a es e ipo de
con a o bene iciando a los abajado es que ya o man pa e de la emp esa, sin ene que
busca un sus i u o ue a de ella, cons i uyendo una in acción le e el hecho de no
in o ma a los abajado es ijos-discon inuos de los acan es exis en es en la emp esa
(A 6.5 LISOS).
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Los abajado es ijos-discon inuos end án p io idad pa a accede en las inicia i as de
o mación; pod án o ma pa e de una bolsa de empleo du an e sus pe iodos de
inac i idad, de es a mane a se omen a á su con a ación y o mación siemp e que lo
es ablezca el con enio colec i o sec o ial (A 16 ET). Con es as nue as modi icaciones
se omen a que los abajado es du an e su pe iodo de inac i idad se o men o se
man engan ocupados. “Se busca que a a és de la o mación con inua de las pe sonas
abajado as pueda alcanza se no solo su mejo a o ma i a sino incluso su
ecuali icación” (López, 2023, p. 30).
3.3 Cálculo de la an igüedad
Como se ha explicado an e io men e en el apa ado “p incipios de igualdad de a o” el
a ículo 16.6 ET es ablece que la an igüedad de los abajado es ijos-discon inuos se
calcula á en base a la du ación o al de la elación labo al y no en base a la du ación del
se icio p es ado, lo cual a ec a di ec amen e al impo e del complemen o po an igüedad
al que pudie a ene de echo el abajado .
A la ho a de in e p e a el pa áme o empo al del cómpu o de la an igüedad, la STS de
19 de no iemb e de 2019 concluyó que, “a e ec os del cómpu o del complemen o de la
an igüedad, debía ene se en cuen a pa a los abajado es ijos-discon inuos odo el
iempo anscu ido desde el inicio de la elación labo al y no solo los pe íodos de
ac i idad.” (López, 2023, p. 28). Con es a nue a medida el legislado posi i iza la
doc ina y elimina la disc iminación en e los abajado es, ya an es de la en ada en igo
de la e o ma labo al el T ibunal Sup emo median e la doc ina mos aba cuál iba a se la
línea a segui en cuan o al cómpu o de la an igüedad de los abajado es ijos-
discon inuos.
La STS 358/2022, de 27 de ab il de 2022, en sus undamen os ju ídicos expone que la
exclusión de los pe iodos de inac i idad en el cálculo de an igüedad de los abajado es
ijos-discon inuos a con a la no ma i a eu opea. Siguiendo la misma línea de es a
sen encia, la STS 4057/2022, de 27 de oc ub e de 2022 hace mención en los undamen os
ju ídicos al Acue do Ma co sob e el abajo a iempo pa cial iene como obje o p omo e
el abajo a iempo pa cial y sup imi las disc iminaciones en e los abajado es a iempo
pa cial y los de a iempo comple o; asimismo, obse a el Acue do Ma co que mien as
ambos con a os ienen la misma du ación, los abajado es a iempo pa cial adquie en la
an igüedad que da de echo a un ienio a un i mo más len o que los abajado es a iempo
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comple o si solo se iene en cuen a el pe iodo de ac i idad en ez de odo el iempo de la
elación labo al.
Es cie o que el a ículo 16.6 ET es ablece el cálculo de la an igüedad según la du ación
de la elación labo al, pe o ambién expone que es e c i e io no se e ec ua á en aquellas
condiciones que exijan o o a amien o en a ención a su na u aleza. ¿Pe o cuáles son
aquellas condiciones? El a ículo en es e caso hace e e encia a la o ma de calcula la
indemnización po despido de los abajado es ijos-discon inuos. La STS de 20 de julio
de 2020 se p onuncia sob e la indemnización po despido de los abajado es ijos-
discon inuos, señalando que se calcula á según la du ación del se icio p es ado sin ene
en cuen a el pe iodo de inac i idad (KPMG,2022).
El TS señala que, pa a el cálculo de la an igüedad en el caso de la indemnización es a se
calcula ía en base solo al pe iodo de ac i idad; po que si se u iese en cuen a el lapso
o al anscu ido desde el inicio de la elación has a su ex inción, la indemnización no
gua da ía p opo ción con la e ec i a p es ación de se icios en la emp esa (López, 2023).
Aho a bien, no esul a una cues ión pací ica pues o que hay salas de lo social del T ibunal
Supe io de Jus icia que han conside ado ambién de aplicación la nue a edacción del
a ículo 16 ET al cálculo de indemnización po despido. En es e sen ido éase la Sen encia
TSJ de Cas illa y León, sede Valladolid, 3109/2022, del 19 de julio de 2022, la cual dic a
que en el cálculo de la an igüedad del abajado a e ec os de indemnización se compu e
odo el iempo desde el inicio de la p es ación labo al has a su ex inción haciendo
e e encia al a ículo 16.6 ET en sen ido que las pe sonas abajado as ijas-discon inuas
no pod án su i pe juicio po el eje cicio de sus de echos y que ienen de echo a que su
an igüedad se calcule eniendo en cuen a oda la du ación de la elación labo al.
Asimismo, dicha sen encia a gumen a que en lo ela i o al cómpu o de an igüedad que
enía haciendo la ju isp udencia no es aba es ablecido de o ma exp esa, sino que e a una
in e p e ación ju isp udencial que hay que en ende la modi icada y sin e ec o desde la
igencia del RDL 32/2021.
3.4 Aplicación del con a o ijo-discon inuo en Alme ía
Como bien se ha explicado an e io men e, el con a o ijo-discon inuo es uno de los
con a os más u ilizados en el sec o del campo y en el de la hos ele ía, y una de las
ciudades donde más se aplica es os con a os po su ipo de ac i idad es Alme ía. Aho a
bien, ¿cuáles han sido ealmen e las consecuencias de la e o ma labo al de 2021 en sec o