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una nue a o ma de con ol mediá ico: el ePa -
o de los ondos de la Publicidad ins i ucional.
Juan Ca los Gil González
Uni e sidad de Se illa
Resumen
En es e ex o ha emos una e isión c í ica de los con-
cep os de p o esional de la in o mación que no se ha in e -
p e ado adecuadamen e desde el mundo ju ídico, así como
una e isión c í ica de la Ley 29/2005 de 29 de diciemb e
de Publicidad y Comunicación Ins i ucional. Además, p o-
ponemos el análisis ju ídico de algunos casos en los que
ya se han p onunciado nues os ibunales. Como pun o i-
nal, esboza emos un posible p oyec o de solución con el
que o ece a la ciudadanía al e na i as en la ges ión de los
ondos dedicados a la publicidad ins i ucional, en endien-
do que es os p o ienen de la ecaudación de impues os, ya
sean di ec os o indi ec os.
In oducción: la plu alidad polí ica como cen o
neu álgico de un sis ema democ á ico consolidado
Según p esc ibe el a ículo 1.1 de nues a Cons i u-
ción,51 el uncionamien o de nues o es ado social y de-
moc á ico de de echo se asien a en una se ie de p incipios
51 A ículo 1.1 “España se cons i uye en un Es ado social y democ á ico de
De echo, que p opugna como alo es supe io es de su o denamien o ju ídico
la libe ad, la jus icia, la igualdad y el plu alismo polí ico.”
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é icos, (la libe ad, la jus icia, la igualdad y el plu alismo
polí ico) que debe ían ga an iza la con i encia a mónica
de los g upos que con o man la sociedad, las elaciones ci-
ilizadas en e las pe sonas y los ínculos en e es as y los
pode es cons i uidos. Además, y no es una no a meno , los
p incipios mencionados ambién debe ían impone el lim-
pio juego democ á ico de los pa idos polí icos po al alcan-
za legí imamen e el pode .
Pa a que la ciudadanía pueda es a a en a a cómo se de-
sa olla ía esa pugna democ á ica po el pode , así como de
los comp omisos adqui idos po los pa idos polí icos en los
p ocesos elec i os, cuya exis encia en un es ado social y de-
moc á ico de de echo supone una de las p uebas (aunque no
la única) de la plasmación del plu alismo polí ico, el Pode
Cons i uyen e le dio una máxima p o ección y ga an ías al
de echo a la libe ad de exp esión y de in o mación. Es a po-
d ía se , en e o as muchas, una explicación plausible de po
qué el Cons i uyen e quiso ubica en la pa e dogmá ica de
nues a Cons i ución, es deci , den o del núcleo du o de los
De echos Fundamen ales, a los dos e e idos de echos. Es os,
en eo ía, debe ían posibili a que los ciudadanos dispongan
de in o maciones y opiniones lib es, c í icas, no con oladas
po pode es ex e nos, que le pe mi ie a oma sus decisiones
con un mínimo de conocimien o.
Pa a ga an iza el juego democ á ico, pa a que las es-
a egias de los g upos sociales que se quie an alza con el
pode es u ie an iscalizadas, con oladas y some idas a la
c í ica, se pensó, como en odas las democ acias socialmen-
e a anzadas, en la exis encia de un pe iodismo lib e y sin
a adu as, en un pe iodismo comp ome ido con la e dad pe-
iodís ica y con la ocación de se icio público. E a, pues,
necesa io po encia el de echo a la libe ad de in o mación
de los ciudadanos y el de echo a la libe ad de exp esión, y,
pa a ello nada más ga an is a y po en e que conside a los,
como De echos Fundamen ales. En eo ía, la sociedad es-
pañola que nacía con la T ansición, no hab ía sido una e -
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dade a democ acia si, sob e el papel, no se hubie a con ado
con un sis ema que ga an izase un pe iodismo p o esional
con la independencia y el igo su icien es pa a obse a ,
in e p e a , analiza e incluso c i ica la ac uación de los po-
de es públicos, de la sociedad ci il o ganizada, de los pa -
idos polí ico, de los sindica os, de las ONG e incluso de
las ins i uciones que desa ollan un papel undamen al en lo
o mación de los ciudadanos.
El asgo común que une a odas las ag upaciones an e-
io men e señaladas eside en el in e és que ienen sus miem-
b os en incidi en el espacio público, pa a lo cual exigen e-
cu sos con los que pode cumpli con el come ido que se
han p opues o. Y son los pode es del Es ado los que deben
p opo ciona los mecanismos y las ías necesa ias pa a la
e ec i a pa icipación social. Po ello, en el a ículo 9.2 de la
Cons i ución se indica:
Co esponde a los pode es públicos p omo e las con-
diciones pa a que la libe ad y la igualdad del indi iduo
y de los g upos en que se in eg a sean eales y e ec i as;
emo e los obs áculos que impidan o di icul en su ple-
ni ud y acili a la pa icipación de odos los ciudadanos
en la ida polí ica, económica, cul u al y social.
Aunque como se sos iene en el p ecep o, se deja oda la
esponsabilidad de la es imulación de la libe ad y la igualdad
indi idual, en los pode es públicos, no es menos cie o que
dicho apa ado no pone eno a las a bi a iedades que se pu-
die an come e pa a consegui su p opósi o. No obs an e, sí
impone a odos los pode es públicos –nacional, au onómico
y local– la a ea de omen a la pa icipación de odos los
ciudadanos en la es e a pública.
Desde nues a pe spec i a, pa a ga an iza la pa icipa-
ción ac i a, in o mada, comp ome ida, y, po an o, cons-
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cien e, de los ciudadanos, se necesi an medios y p o esiona-
les que sob esalgan po su c edibilidad. Solo así, los medios
pueden consegui media en la con o mación de la ealidad e
in lui en la oma de decisiones de los ciudadanos, que an es
de ello, an a p ecisa un con ex o de los acon ecimien os
que les ayuden a comp ende cómo les a ec an los hechos
in o ma i os, cómo les implican y cómo se sien en llamados
po ellos. Po an o, en la ac ual sociedad ed52 la in o mación
es una exigencia de p ime o den pa a ene una sociedad
democ á ica con ciudadanos exigen es y comp ome idos con
los asun os públicos. Pa a ello, la Cons i ución española eco-
ge en el a ículo 20, en e o os, el de echo a la libe ad de ex-
p esión y de in o mación, que ienen unos amplios má genes
de maniob a pe o, como cualquie de echo, ambién es án
ci cunsc i os a unos de e minados lími es.
Los aspec os que a noso os nos in e esan apa ecen e-
cogidos, uno, en el apa ado 20.1.a) que hace e e encia a
la exp esión de juicios de alo , opiniones, ideas, c eencias,
pos u as y pun os de is a y, o o, en el apa ado 20.1.d) que
se e ie e a la lib e di usión de hechos in o ma i os y de da os.
Es os son los de echos que a o ecen el juego democ á ico
po la consecución del pode en un es ado democ á ico, y
sin ellos no pod íamos habla de una e dade a democ acia.
Vázquez Alonso (2017) sos iene que “el de echo a la libe ad
de exp esión iene como obje o la p o ección de la libe ad
del indi iduo pa a ex e io iza o ansmi i sus pensamien os,
ideas, opiniones o juicios de alo ; po su pa e, el de echo
a la libe ad de in o mación ampa a la ansmisión de hechos
52 “Una sociedad ed es aquella cuya es uc u a social es á compues a de
edes po enciadas po ecnologías de la in o mación y de la comunicación
basadas en la mic oelec ónica. En endiendo po es uc u a social aquellos
acue dos o ganiza i os humanos en elación con la p oducción, el consumo,
la ep oducción, la expe imen ación y el pode exp esados median e una
comunicación signi ica i a codi icada po la cul u a” (Cas ells; 2006: 27).
Cas ells, M. (2006). La sociedad ed. Una isión global. Mad id, Alianza.
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e aces que, a su ez, puedan conside a se no iciables, es de-
ci , que e is an in e és o ele ancia pública” (Vázquez Alon-
so, 2017, p. 30).53
Me odología cuali a i a
Las di e sas me odologías de in es igación cuali a i as
(los es udios de campo, las en e is as en p o undidad, los
es udios de caso, el en oque c í ico, los g upos de discusión,
e c.) son aplicables a un amplio abanico de obje os de es u-
dio, de las más a iadas disciplinas, y los esul ados a alan
su iabilidad, a pesa de la exis encia de no pocas co ien es
c í icas, espec o de es as écnicas. La in es igación cuali a-
i a se si e de una con igu ación holís ica de la sociedad,
que busca comp ende el conjun o de singula idades que se
in e elacionan en e sí y que ca ac e izan al obje o de es u-
dio seleccionado. S auss y Co bin (2002) a gumen an que la
in es igación cuali a i a es “cualquie ipo de in es igación
que p oduce esul ados no encon ados po medio de p o-
cedimien os es adís icos u o os medios de cuan i icación”
(S auss & Co bin 2002, p. 17).54
La pe spec i a cuali a i a p e ende encon a lo pa icu-
la , lo dis in o, lo p opio, lo que di e encia aquello que se es á
53 Vázquez Alonso, V.J. (2017): “Aspec os cons i ucionales del de echo de la
comunicación” en Guicho , E. (Coo d). De echo de la Comunicación. Ma-
d id, Ius el. P. 30.
54 S auss, A. y Co bin, J. (2002): Bases de la in es igación cuali a i a. Téc-
nicas y p ocedimien os pa a desa olla la eo ía undamen ada. An ioquía,
Uni e sidad Nacional de An ioquía. Tí ulo o iginal: Basics o quali a i e e-
sea ch. Techniques and p ocedu es o de eloping g ounded heo y. Segun-
da edición (en inglés): Sage Publica ions, Inc. (Uni ed S a es, London, New
Delhi), 1998.
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explo ando del conjun o en el que es á in eg ando. Y es o es
lo que hace a ac i a a es as écnicas, es deci , quie e in en a
no educi las palab as, los ac os de las pe sonas, lo singula
y p opio de un hecho, a me as p esen aciones es adís icas,
donde, como dicen Taylo y Bogdan, “se pie de el cen o del
aspec o humano de la ida social” (Taylo & Bogdan, 2002,
p. 137).55 La de inición más cla a y o unda, de odas las con-
sul adas sob e el mé odo de caso, la o ece la in es igado a
Pauline V. Young (1939) en un an iguo pe o igen e ex o. Pa a
es a au o a, un caso es:
Un da o que desc ibe cualquie ase o el p oceso de la
ida en e a de una unidad en sus di e sas in e elaciones
den o de su escena io cul u al –ya sea que esa unidad
sea una pe sona, una amilia, un g upo social, una ins i-
ución social, una comunidad o una nación–. Cuando la
unidad de es udio es una comunidad, sus ins i uciones
sociales y sus miemb os se con ie en en las si uaciones
del caso o ac o es del mismo, po que se es á es udiando
la signi icación o el e ec o de cada uno dependiendo de
sus elaciones con los o os ac o es den o de la unidad
o al ( esal ado mío). (V. Young, 1939, p. 273).56
Desde nues a pe spec i a, la au o a in oduce un p inci-
pio muy impo an e y no edoso, que es la denominada uni-
dad de análisis. Es a se a a con e i en el cen o neu álgico
sob e el que gi a á oda nues a apo ación. Dicha unidad
55 Taylo , S.J. y Bogdan, R. (2000): In oducción a los mé odos cuali a i os de
in es igación. Ba celona, Ediciones Paidós.
56 Young, Pauline V. (1939): Scien i ic Social Su eys and Resea ch. An In o-
duc ion o he Backg ound, Con en , Me hods, and Analysis o Social S udies,
Nue a Yo k, P en ice Hall.
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puede oma a ias o mas, pe o siemp e es a á en ce cana
analogía con el es o de los disposi i os que conside amos en
nues a p opues a concep ual. Y po ello noso os la u iliza-
mos. Que emos e cómo puede a ec a al de echo a la libe -
ad de exp esión y a la libe ad de in o mación la u ilización
in e esada, y a eces disc imina o ia, po pa e de los pode es
públicos (en endidos como ins i uciones de la ida social),
de los ecu sos públicos de que disponen a a és de la pu-
blicidad ins i ucional, la consecuencia concep ual que ello
compo a. Es a p opues a me odológica de iene, po an o,
e icaz pa a nues as p e ensiones, pues como de ienden Díaz,
Mendoza y Po as (2001) “la esencia del es udio de caso es
la desc ipción, explicación o comp ensión de un in e /suje o/
obje o, una ins i ución, un en o no o una si uación única y de
una mane a lo más in ensa y de allada posible” (Díaz, Men-
doza y Po as; 2002: 21).57
Coincidimos con los au o es an e io es en su p opues a,
y sos enemos que nues a p e ensión implica pone en p ác-
ica una desc ipción, explicación y juicio sob e la ac uación
de los pode es públicos. De ahí que sepamos de an emano
que nues as conclusiones se án el esul ado de un en oque
o ecido desde una pe spec i a pa icula , sin emba go, nos
decan amos po es a me odología po los aspec os en ajosos
que supone maneja una p o usa in o mación del ema selec-
cionado que p opo ciona una excelen e ía de análisis de un
p oblema que a ec a a la libe ad de exp esión y de in o ma-
ción, y, sob e odo, a la calidad democ á ica de la sociedad.
Así, pod emos comp ende qué nos es amos jugando a
ni el gene al con una de e minada o ma de p ocede de las
ins i uciones públicas en el uso de los ondos de la publicidad
ins i ucional. Lógicamen e, no se deben p opone gene aliza-
57 Díaz de Salas, S.A, Mendoza Ma ínez, V.M y Po as Mo ales, C.M (2011):
“Una guía pa a la elabo ación de es udios de caso” en Razón y Palab a (en
línea); Feb e o-ab il. Fecha de consul a: 26 de ene o de 2019. Disponible:
h p://www. edalyc.o g/a iculo.oa?id=199518706040
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ciones pe o sí, al menos, se puede o ece una p opues a sóli-
da y undamen ada de cómo se es á cons i uyendo un nue o
concep o: la denominada censu a nega i a pa a comp ende
la injus i icable decisión, desde el pun o de is a comunica-
i o y ju ídico, de apa a a una de e minada emp esa de los
ecu sos disponibles en ma e ia de publicidad ins i ucional.
Lo que se p e ende es e cómo los pode es públicos
pueden u iliza una écnica de censu a nega i a, que no
consis e an o en pone impedimen os o exigencias p e ias
a la publicación, sino en di icul a la iabilidad de un medio
po al a de inanciación pública, a a és de la no inclusión
en el epa o de los p esupues os de la publicidad ins i u-
cional. De la misma opinión es Be mejo Ve a (2005), quien
sos iene que “las adminis aciones públicas gas an cada ez
más dine o en publicidad, has a el pun o de supone , según
es imaciones undadas, más de un es po cien o del gas o
o al en publicidad, lo que, sin duda, p opicia y exige una
o denación adecuada y sin complejos” (Be mejo Ve a, 2005,
p. 23).58
Desa ollo: el equí oco del nomb e de la publici-
dad ins i ucional
Pasamos aho a a desa olla el análisis de la Ley que au o-
iza el gas o público pa a da a conoce la labo que ealizan
las Adminis aciones públicas. Desde nues o pun o de isa,
po muy ins i ucional que se denomine a la publicidad, es a
siemp e a a dispone , como asgo de ini o io del é mino, de
un impo an e y a la ez cla i iden e, elemen o pe suasi o en
el mensaje. De ahí el equí oco, desde nues a pe spec i a,
58 Be mejo Ve a, J. (2005): P ólogo; en Mo eu Ca bonell, E.: La adminis-
ación anuncian e. Régimen ju ídico de la Publicidad Ins i ucional. Cizu
(Na a a), Thomson A anzadi.
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al conjun a en una misma ley las palab as comunicación y
publicidad. Así ocu e en la Ley 29/2005 de 29 de diciem-
b e de Publicidad y Comunicación Ins i ucional (en adelan e
LPCI). No obs an e, en su exposición de mo i os indica como
loables obje i os:
La Ley iene como obje i os p io i a ios ga an iza la u i-
lidad pública, la p o esionalización, la anspa encia y
la leal ad ins i ucional en el desa ollo de las campañas
ins i ucionales de publicidad y de comunicación. La u i-
lidad pública como obje i o de es as campañas implica
la e adicación de aquellas que engan como inalidad
ensalza la labo del Gobie no. Se ga an iza así que las
campañas si an a sus des ina a ios legí imos, que son
los ciudadanos, y no a quien las p omue e.59
Sin emba go, cuando en el ámbi o de la comunicación
pública nos e e imos al é mino publicidad, siemp e hace-
mos e e encia a la ansmisión de un mensaje p e e en emen-
e pe suasi o, cuyo obje i o p incipal eside en p es igia una
imagen de ma ca o p omociona un de e minado p oduc o.
Po an o, la azón úl ima de la publicidad, a la que no es aje-
na la ins i ucional, es ins au a en la men e de los ecep o es
un uni e so simbólico que iden i ique la ma ca con el mensa-
je, los alo es con una de e minada conduc a, el signi icado
cul u al con un especí ico compo amien o, que induzca a la
acción al a ge seleccionado.
Desde nues a a alaya, juzgamos e óneo, de un lado, la
unión e minológica en e comunicación y publicidad ins i u-
cional, pues induce a pensa que son dos ámbi os comunica-
i os simila es cuando, po es a egias e in enciones, no pue-
59 Ve Exposición de mo i os de la Ley 29/2005 de 29 de diciemb e de Pu-
blicidad y Comunicación Ins i ucional.
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Y inalmen e, en e ce luga , la discusión pod ía cen a -
se en “las obligaciones es ic amen e ju ídicas de equidis an-
cia e impa cialidad que ecaen en los pode es públicos y que
end ían su base en la p opia cons i ución” (p. 16).69 Es e es el
pun o que nos in e esa des aca en nues o abajo, pues esas
exigencias deben imp egna la labo de las ins i uciones pú-
blicas, de cualquie ámbi o de ac uación (es a al, au onómico
o local), en la asignación de ecu sos públicos pa a la di usión
de publicidad ins i ucional.
Si inculamos, po an o, la neu alidad ins i ucional con
el p incipio de la in e dicción de la a bi a iedad de los pode-
es públicos, no enemos más emedio que hace e e encia
al concep o de buen gobie no y buena adminis ación que a
ganando solidez en la ju isp udencia española y sob e el que
el p o eso Julio Ponce Solé70 ha abajado en p o undidad.
Pa iendo de los a ículos 9.3 y 31.2 de la Cons i ución, es e
ca ed á ico de De echo Adminis a i o, muy p eocupado po
es udia las consecuencias de la co upción en la adminis a-
ción, es ablece concep ualmen e la di isión en e, de un lado,
el buen gobie no, que se ía el modo en que el pode ejecu i o
lle a a cabo sus a eas eglamen a ias y polí icas, y de o a, la
buena adminis ación, que debe ía en ende se como el modo
de la buena ges ión adminis a i a que debe ía pone en p ác-
ica el pode ejecu i o, con la que no se cumple, si dicha
ac uación es, de un lado, negligen e, y de o o, co up a, es
deci , la mala adminis ación dolosa.
Quizás aho a, debido al pe íodo de c isis que hemos
a a esado, la anspa encia y el buen gobie no sean los me-
69 Vázquez Alonso, V.J. (2017). “La neu alidad del Es ado y el p oblema del
go e nmen speech” en Re is a de Es udios Polí icos, núme o 177. Págs 13-
55; doi: h ps://doi.o g/10.18042/cepc/ ep.177.01
70 Véase Ponce Solé, J. (2016). “La disc ecionalidad no puede se a bi a-
iedad y debe se buena adminis ación, en Re is a Española de De echo
Adminis a i o. Nº 175. P. 57-74.
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jo es mecanismos pa a exigi el cumplimien o del p incipio
cons i ucional de neu alidad ins i ucional. Además, ambién
es e p incipio, escasamen e desa ollado po la doc ina cons-
i ucional, se con ie e en una exigencia cla e pa a una socie-
dad democ á ica ac i a y conocedo a de los lími es a los que
deben es a some idos los pode es públicos en las elaciones
que es os es ablecen con la ciudadanía. T as la ap obación de
la Ley 19/2013 de 9 de diciemb e de T anspa encia, acceso
a la in o mación y buen gobie no, la anspa encia es un ins-
umen o cla e pa a el con ol ciudadano de las ins i uciones
públicas que eje cen el pode , bien sea es e el ejecu i o o el
adminis a i o.
“La anspa encia de las ac uaciones públicas se ha ido
con i iendo en una exigencia cada ez más insis en e
po pa e de ac o es cuali icados: es udiosos, pe iodis-
as, o ganizaciones no gube namen ales, e c. Se ha ido
gene alizado la idea de que una sociedad democ á ica
equie e que los ciudadanos, po sí mismos y a a és de
los medios de comunicación social, puedan conoce con
la mayo ampli ud cómo ac úan los pode es públicos y,
de ese modo, con ola les, de ec a los malos unciona-
mien os y mejo a la calidad de la ges ión pública. Se
a a, además, de un ema que pa ece es a al ma gen de
las di e encias ideológicas y polí icas, o, mejo dicho,
se p e io a ellas, en la medida que conec a con la base
misma que pe mi e su exp esión, es o es, con la demo-
c acia.” (Guicho , 2014, pp. 17-18).71
71 En Guicho , E. (2014). “El sen ido, el con ex o y la ami ación de la Ley
de anspa encia, acceso a la in o mación pública y buen gobie no” en T ans-
pa encia, acceso a la in o mación pública y buen gobie no. Es udio de la ley
19/ 2013, de 9 de diciemb e. Mad id, Tecnos. P. 17-18.
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Lo que p e endemos señala con es a inculación de la
neu alidad con la anspa encia es que la p ime a debe i
acompañada de o os es ánda es de exigibilidad o p ecisión
no ma i a con los que busca y ob ene una mayo e ec i idad
y conc eción en nues o O denamien o Ju ídico. Y quizá, la
anspa encia, el buen gobie no y la buena adminis ación,
las es con sus espec i as exigencias, sean buenos mecanis-
mos pa a i haciendo de la neu alidad ins i ucional un p in-
cipio cada ez más conc e o. En caso de que la a ea del le-
gislado no ue a muy uc í e a, bien po al a de acue do de
las ue zas polí icas, bien po inad e encia de la exis encia
del p incipio, debe ía se esponsabilidad de la p opia ju is-
p udencia en su más amplio sen ido, la que con su aplicación
ue a conc e ando los con o nos de dicho p incipio de neu-
alidad ins i ucional.
Conclusión: la censu a nega i a como es a egia
Con la llegada de la c isis económica las g andes em-
p esas, cuya ac u a publici a ia e a conside able a p incipios
del año 2000, comenza on a educi de o ma d ás ica los
gas os p escindibles. Esa uen e de ing eso de los medios de
comunicación social comenzó a mengua conside ablemen e
eniendo el pico más al o en el eje cicio 2013. Lógicamen e
el impac o nega i o ue conside able en a ios sen idos. Mu-
chos medios de comunicación local imp esos ce a on, o os
eduje on su pe sonal y las nóminas de los abajado es que
pe manecie on en sus pues os de abajo ue on disminuyen-
do, a la pa que se ue con ayendo el me cado publici a io.
En é minos de empleo, el d ama lo cuan i icó el Obse -
a o io de la C isis de la Fede ación de Asociaciones de Pe-
iodis as de España (FAPE) en su p esen ación de la campaña
“Sin pe iodismo no hay democ acia”. Es a ins i ución indicó
que, desde no iemb e de 2008, iene egis ando su impac o.
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Con los úl imos ERE en edi o as locales y en a ios g upos
nacionales líde es, como los de EFE, los del G upo P isa y
Unidad Edi o ial, se ha ul apasado la ba e a de los 8.000
empleos pe didos en el pe iodo de con abilización (2008-
2014), lo que unido a los da os an e io es ele a a 10.000 el
o al de pe iodis as en pa o.72
Es a si uación ha p o ocado que la dependencia de los
medios de comunicación de la publicidad ins i ucional, en
an o que p o iene de las Adminis aciones públicas, sea cada
ez mayo . Con ella se ha podido ga an iza la supe i en-
cia de algunos medios, o al menos, ha se ido pa a man ene
unos sueldos dignos pa a las p o esionales del pe iodismo. Lo
que en p incipio pod ía e se como una ía de escape y una
sue e de balón de oxígeno pa a los pequeños medios ha de-
enido, as el análisis de los casos analizados en es e T abajo
Fin de Más e , en una pelig osa sospecha, pues o que la asig-
nación de los ecu sos disponibles en el concep o de publici-
dad ins i ucional, en manos de las Adminis aciones Públicas,
no se es á haciendo bajo los c i e ios de obje i idad, e icacia,
con ol y e iciencia.
En la medida en que las Adminis aciones públicas han
is o una mínima posibilidad de in lui polí icamen e en las
líneas edi o iales de los medios de comunicación, nues a
undada sospecha es que, donde han podido, lo han eje ci-
do y se han ido alejando del cumplimien o de los p incipios
cons i ucionales y adminis a i os que exigen obje i idad,
anspa encia, con ol, e icacia y e iciencia en la asignación
de los ecu sos.
Siendo así, como se a isba en las cua o sen encias ana-
lizadas, más la empleada po ía de ejemplo del T ibunal Su-
p emo (en es e caso es ABC Se illa, S.L. quien su e el me-
nosp ecio de la Emp esa Pública de Ges ión del Tu ismo y
Depo e de Andalucía, S.A.U.), hemos de señala que la neu-
72 Véase h ps://www.elmundo.es/elmundo/2012/12/04/comunica-
cion/135462472 7.h ml
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alidad ins i ucional que se p esume de las Adminis aciones
Públicas, se e e osionada gene ando una b echa en la con-
ianza de los adminis ados. Además puede indica se, po o a
pa e, que a es os se les eco a indi ec amen e el de echo a
ecibi in o mación e az, y de calidad, po cualquie medio
de di usión, pues o que, si un medio no ecibe ni un solo cén-
imo de eu o de la publicidad ins i ucional, o ece á peo es
condiciones de abajo a sus p o esionales, lo que acaba em-
pob eciendo su abajo y, como co ela o, la opinión pública.
No pocos de los que han eje cido la p o esión pe iodís-
ica en los medios de comunicación sos ienen que la expan-
sión de la p esión polí ica sob e los medios se aduce, casi
de o ma inmedia a, en un e iginoso aumen o de la au o-
censu a, en un pelig oso de e io o de la independencia y,
po consiguien e, en una sensible bajada de la calidad de la
in o mación que a ec a inde ec iblemen e a la calidad de la
democ acia.
Aho a bien, el a ículo 20.2 de la CE es cla o y conclu-
yen e, aunque no se de iene en de ini qué es censu a. De
es e modo, la labo de in e p e ación y conc eción de dicho
concep o se ha asladado a la doc ina y a la ju isp uden-
cia del T ibunal Cons i ucional.73 No obs an e, desde nues a
pe spec i a, las ealidades an es desc i as son las consecuen-
cias de lo que denominamos censu a nega i a, consis en e no
an o en impone el cumplimien o de una se ie de equisi os
ideológicos p e ios a la publicación de cualquie mensaje
que es lo ecogido en el a ículo 20.2 de la Cons i ución, sino
73 El T ibunal de inió en la STC 52/1983 el concep o de censu a como: “cual-
quie medida limi a i a de la elabo ación o di usión de una ob a del espí i u,
especialmen e al hace la depende del p e io examen o icial de su con eni-
do”. Además, añadió una cláusula de sal agua da pa a inclui den o de la
p ohibición cualquie ipo de censu a, es deci : “ odos los ipos imaginables
de censu a p e ia, aun los más débiles y su iles, que […] engan po e ec o no
ya el impedimen o o p ohibición, sino la simple es icción de los de echos
de su a ículo 20” (FJ, 4º.
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en p emia o cas iga líneas edi o iales coinciden es o di e -
gen es con los p incipios ideológicos del pa ido que de en e
el pode en la Adminis ación pública conceden e. O lo es lo
mismo, apo ando ecu sos de la publicidad ins i ucional a
medios ideológicamen e a ines y negándoselos a los que sean
c í icos con las decisiones de los pode es públicos.
Es a nue a ó mula, más aimada y enma añada en e la
no ma i a adminis a i a, p o oca el mismo daño a la socie-
dad que la censu a clásica. Y lo que es más inquie an e, po la
disc ecionalidad écnica de que dispone la Adminis ación, se
con ie e en una a gucia más escu idiza de demos a y po
an o más di ícil de comba i y a aja .
Es o nos lle a a pensa si, exis iendo medios públicos en
los dis in os ámbi os e i o iales (nacional, au onómico y lo-
cal), ¿es necesa ia la exis encia de una publicidad ins i ucio-
nal de es as ca ac e ís icas? ¿Se ía su icien e con que dichos
mensajes ins i ucionales uesen di undidos po los medios
públicos locales, au onómicos y nacionales? ¿Se pod ían bus-
ca ó mulas iscales al e na i as consis en es en conside a la
susc ipción a los medios de comunicación p i ados po pa e
de los ciudadanos un gas o deducible de la base imponible
de la decla ación de la en a de las pe sonas ísicas, pa a que
sean los ciudadanos y no las ins i uciones públicas los que
decidan qué medios escoge pa a in o ma se? ¿No se ía, es e
úl imo, un mecanismo más anspa en e, obje i o y e icien e
que la me a disposición de las Adminis aciones públicas de
un p esupues o de publicidad ins i ucional?
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