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Empleo-mania española ó medios esenciales é indespensables para contener sus abusos

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Empleo-mania española ó medios esenciales é indespensables para contener sus abusos

Author: Oviedo, M.M. de
Publisher: Burdeos : en la de Carlos Lawalle Sobrino, 1829
Year: 1829
Source: https://idus.us.es/bitstreams/e2adf4b8-8b88-49ce-9364-48fcd02df749/download
EMPLEO-MANIA
ESPAÑOLA.
Plan pa a la consolidación yamo ización de la deuda eal
española ,del mismo au o :se halla á de en a en las mismas
lib e ías.
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EMPLEO-MANIA
/*
ESPAÑOLA
,
ó
MEDIOS ESENCIALES ÉINDISPENSABLES
PARA CONTENER SUS ABUSOS j
POR D». M. M. DE OVIEDO.
MADRID,
EN LA LIBRERIA DE MIYAR
,
CALLE DEL PRÍKCIPE.
BURDEOS,
EN LA DE CARLOS LAWALLE SOBRINO,
PASEO DE IOC1XT, S. JO.
ES BAYOSA ,CALLE MAYOR ,5. 46.
1829.
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EMPLEO-MANIA
ESPAÑOLA,
6
MEDIOS ESENCIALES ÉINDISPENSABLES
PARA. CONTENER SUS ABUSOS.
En un país ,en que la mayo pa e de su
población, se abandona ála casualidad, de e
en un pues o in luen e, áun pa ien e ,amigo
óp o ec o , que ásolo es os í ulos ,ysin
auxilio de o os mé i os ,aspi an ,has a álos
empleos mas impo an es de la Nación ,en
pe juicio de benemé i os que con sus luces
yespe iencia ,con ibui ían ála p ospe idad
del Es ado, es de absolu a necesidad es able-
ce bases ijas yescalas igo osas, á in de que

los Minis os que gozen de la con ianza del
Sobe ano, no abusen de su pa e nal bondad.
Di ícil emp esa se ía el descende á odos
los amos de la adminis ación pública ,po
lo que nos limi a emos áhabla de los abusos
mas in luen es en las p ime as ,ymas impo -
an es ca e as del Es ado.
DIPLOMACÍA.
Es a b illan e ca e a ,que siemp e se con-
ió yes se ida en odos los países po las
p ime as amilias del Es ado ,ópo pe sonas
de un es ao dina io mé i o, es la que mas se
esien e de la in luencia de nues as e olu-
ciones ,habiendo llegado áse casi pa imo-
nio en un co o núme o de amilias, cuyos
apellidos óenlaces han sido absolu amen e
necesa ios pa a pe enece ála ca e a, y
po consecuencia inmedia a la p ime a no-
bleza de España, cuyo in lujo en el go-
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bienio con ibui á esencialmen e ála p ospe-
idad del país, ha abandonado su educación ,
desp eciada en el ol ido', sin se ú il al Es-
ado, ni aún pode lo se pa a sí misma.
El medio pues de emedia es os males es
muy ácil ,ysus en ajas no deben se des-
conocidas. Es ablece un Real Colegio di-
plomá ico, compues o de ein e cua o alum-
nos álo menos ,de los cuales esclusi amen e
se hubiesen de nomb a en adelan e las ag e-
gaciones áembajadas ylegaciones, debiendo,
pa a se admiúdo en él ,ob ene la co es-
pondien e plaza de núme o ,que nomb a ía
S. M. po medio de su p ime sec e a io del
despacho de Es ado ,p e ios los siguien es
equisi os :
i°. Se de edad de doce ádiez yseis años;
2o.Se hijo de g ande de España ,op i-
mogéni o de í ulo de Cas illa
;
3o.Asegu a una pensión de mil yquinien-
os eales ellón mensuales ,pagada po se-
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mes es adelan ados que con inua ía has a habe
salido de la clase de ag egado ,pues que en
el in e ina ,nada ecibi á del gobie no ,á
ningún p e es o.
Debe á habe p o eso es en el colegio, á
sabe de g amá ica cas ellana ,geog a ía ,his-
o ia ,elemen os de economía polí ica ,p in-
cipios de legislación yde echo pá io, ancés^
inglés ,aleman éi aliano.
Siendo necesa io posee dos de es os idio-
mas ,álo menos, pa a se des inado.
Hab ía exámenes públicos, en el mes de
diciemb e de cada año, que p esidi ía el p o-
ec o del es ablecimien o ,que lo se ia un
g ande de España ,ylos p emios consis i ían,
en las salidas p e e en es al es ange o ,pa a
cuando u iesen hecha la su icien e educación.
Es e medio acili a ía un camino ála g an-
deza de España ,pa a su ilus ación ,á in
de es ablece le la in luencia que debe ene
en un gobie no moná quico ,cual nos ige 5
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yelRey N. S. se ía ep esen ado en las co es
es ange as, con el deco o ydignidad que
co esponde, economizando, al mismo iempo,
el e a io, los sueldos yhabili aciones de es os
jó enes ,según queda esp esado.
MILICIA.
0
Muchos de los abusos de es a ilus e ca -
e a ,son e ec o de las pasadas ci cuns ancias,
po ejemplo , e igu a en ella cen ena es
de o iciales gene ales ,que si les acompañase
la ap i ud, pod ían capi anea oda la mi-
licia eu opea, siendo acaso di ícil en esaca
una docena de cuya pe icia ,yconocimien os
en su clase, pueda u iliza se el Gobie no : e
igualmen e milla es de o iciales de odas cla-
ses, unos des inados, o os ilimi ados ,inde i-
nidos ódispe sos, mise ables en gene al ,sin
deja de se muy one osos al e a io ,decan-
ando odos, idelidad, adhesión, he oicidad,
d émos en p esen a los medios que pa ecen
mas e icaces pa a co egi los.
P ime amen e ,debe ía es ablece se po e-
gla gene al que nadie pudiese se des inado
nue amen e en la magis a u a ,sino en las
a as de alcaldías mayo es óco ejimien os
de pa idos, pa a lo que hab ían de ac edi a
el pe enece , yes a inco po ados en algún
colegio de abogados, álo menos es años
án es, yen consecuencia ,ysiendo necesa io
pa a se exáminado en leyes, ein e ycinco
años cumplidos ,es is o que habían de se
mayo es de ein e yocho años.
Lo mismo se en ende á pa a con .los cole-
giales de los colegios mayo es ,con sola la
di e encia de que se les dispensa á de la in-
co po ación p e enida, con al de que sean
mayo es de ein e yocho años :ad i iéndose
que en la p o isión de dichas a as ,se án
p e e idos, en igualdad de ci cuns ancias ,los
hijos de casas i uladas.

Las salidas de es as p ime as a as en igo-
osa an igüedad ,ysin p e e encia alguna
,
se ían pa a las plazas de iscales ,de las au-
diencias ychancille ías, óaudi o ias de gue a,
en las capi anías gene ales, siguiendo siemp e
el igo oso o den de an igüedad, del cual no
pod ía sepa a se la eal cáma a de Cas illa,
en sus p opues as ,sino po causa conocida
,
en cuyo caso el indi iduo se ia al mismo
iempo sepa ado ójubilado de la ca e a.
El Gobie no se ese a á siemp e el de-
echo de aslada ásu olun ad ,cuando lo
c ea opo uno ,pe o conse ando cada cual
su an igüedad pa a los ascensos ,á in de ga-
an i al homb e hon ado, sin necesidad de
o o a o , un p emio ijo ásus se icios.
El mismo o den de an igüedad se obse -
a á espe o de los iscales yaudi o es de
gue a, cuyas salidas se án áplazas de alcaldes
del c imen ,yde hijosdalgo en los e e idos
ibunales supe io es, los cuales, po la misma
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escala de an igüedad ,op a án áoydo es de
los mismos ibunales, p opo cionando, de
es e modo, la mobilidad que indica el espí i u
de las leyes ,á in de e i a álos Jueces los
comp omisos yde e encias álas an iguas e-
laciones.
De es e modo el magis ado que llegue á
ob ene plaza de oydo , end á la edad yes-
pe iencia necesa ia pa a desempeña un ca go
an in luen e ydelicado.
La salida de los oydo es se á igualmen e
po an igüedad igo osa ,pa a las egencias
de las chancille ías yaudiencias ,plazas de
o iciales mayo es de la sec e a ía de g acia y
jus icia, enien es co egido es yalcaldes de
cua el de la có e de Mad id $quedando el
Gobie no en libe ad ,pa a nomb a en e las
cua o úl imas clases esp esadas los sup emos
des inos de es a ca e a ,ásu olun ad ,ysin
sujeción alguna.
Se concede á la c uz supe nume a ia de la
*9
eal ydis inguida o den española de Ca los III
álos egen es de las audiencias ychanciUe ías,
pa a aumen a el ca ác e yp es igio álos
ge es de ales ibunales.
Se concede án ambién los hono es del
empleo inmedia o, que deben op a , álos dos
mas an iguos ,en cada clase ,pa a lo que
bas a á una simple solici ud de los in e esados,
que sin o a p ueba que la de su an igüedad
se ía despachada a i ma i amen e.
Adop adas es as bases ,cesa ía en mucha
pa e la manía de los empleos, dedicándose á
o os amos de u ilidad pública ,ylas iendas
del Gobie no se e ían en manos de p opie a-
ios yde homb es de una epu ación asegu-
ada, balua es los mas ue es con a los pe -
u bado es del o den.
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