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El facistol de la Catedral de Lima

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El facistol de la Catedral de Lima

Author: Ramos Sosa, Rafael
Publisher: Pontificia Universidad Catolica del Peru; Instituto Riva-Agüero
Year: 1992
Source: https://idus.us.es/bitstreams/31315023-0a4c-4628-babe-68d7aa19b807/download
EL FACISTOL DE
LA CATEDRAL DE LIMA
Ra ael Ramos
Sosa
Uni e sidad
de
Se illa
Den o del es udio de las sille ías co ales limeñas, es e sencillo a ículo a a
sob e un elemen o del co o de la Ca ed al de Lima, sin duda el de mayo
calidad.
Es a sille ía ya ha sido obje o de a ios abajos en los que po aho a se ha
acla ado el diseño de Ma ín Alonso de Mesa y la ejecución de Ped o de
Nogue a y su alle ,
así
como su la go y agi ado p oceso his ó ico-cons uc-
i o (Chichizola 1981; Ma co Do a 1960; San C is óbal 1981-82). An e io -
men e hubo o a sille ía de la que según pa ece quedan algunos paneles
igu a i os ealizados po el escul o Gómez He nández Gal án en 1592
(Mesa y Gisbe 1972:51-52,57-58)1. Va gas Uga e nos da la no icia, un
an o aga y con usa, de que el Cabildo Ca ed al con a ó en 1605 a Diego
Ma iño y Pascual de Candia pa a una sille ía de co o y un e ablo (Va gas
Uga e 1968:255).
La
idea de enca ga una nue a sille ía p ocedía de la época del Vi ey
P íncipe de Esquilache, al menos desde 1621. Se encuen a den o del p o-
yec o de cons ucción de la g an Ca ed al limeña y as ello el en iquecimien o
con nobles po adas, e ablos, cajone ía, sille ía, ajua es de pla a, e c.
La
sille ía ocupaba
el
luga adicional de las ca ed ales españolas, en la na e
cen al, en e al al a mayo . En una emodelación del emplo en 1896-98, se
sup imió el co o y la sille ía pasó a la cabece a, odeando el al a mayo , que
es como aho a la emos. De es a ans o mación salió malpa ada pues pe dió
odas las sillas bajas, además, de es a época debe se el epin e neg o que
p esen a.
En medio de la sille ía co al se encon aba o a pieza de in e esan e labo
a ís ica: el acis ol. No malmen e e a de made a con abajos de alla y
escul u a, pe o podía ambién se de b once y má mol. Se ía pa a sos ene
los g andes lib os de co o donde se encon aban las o aciones li ú gicas de
monjes y canónigos.
BIRA
19
(Lima): 167-174 (1992:
EL
FACISTOL
DE
LA CATEDRAL
DE
LIMA
Te minada
la
sille ía
de
la
Ca ed al
de
Lima
en
1632,
debió
de
usa se
el
an iguo
acis ol.
Es e
había
sido
diseñado
po
Juan
Ma ínez
de
A ona
en
1607,
en
"made a
de
ced o
buena
y
sana",
según
el
modelo
que
en egó
al
Cabildo
Ca ed al.
No
sabemos
exac amen e
su
aspec o,
pe o
sí
que
enía
en
el
cue po
bajo
a
los
cua o
e angelis as
y
en
el
ema e
del
cue po
supe io
se
ado naba
con
ángeles
a
los
que
se
le
añaden
en
el
concie o
o os
seis
más.
La
ob a
se
ijó
en
mil
cua ocien os
pesos
de
a
nue e
eales.
Hacia
1637
como
máximo,
se
decidió,
a
inicia i a
del
Vi ey
Conde
de
Chinchón
y
el
A zobispo
don
Fe nando
A ias
de
Uga e,
manda
ealiza
un
nue o
acis ol
a
ono
con
la
ob a
en
made a
de
an a
en e gadu a
.
Fue
a
expensas
del
Real
Pa ona o,
que
su agó
los
gas os
de
la
sille ía
y
bajo
cuya
p o ección
es aba
la
Ca ed aJ2.
Se
pensó
ealiza
la
ob a
en
b once
pe o
consul ando
con
o os
a is-
as,
es os
aconseja on
que
ue a
de
pla a,
pues
si
se
ompía
se ía
ácil
el
a eglo.
Así
es
que
el
A zobispo
o denó
que
ue a
en
pla a.
Uno
de
los
pe i os
consul ados
pa ece
se
que
ue
el
pla e o
Diego
de
A iencia
(Ha h-Te é
1948:505)3.
El a í ice
enca gado
de an singula pieza ue el pla e o de o o y pla a
Beni o Pe ei a. El con a o i mado
en e
Pe ei a
y el Deán de
la
Ca ed al,
don
Domingo
de
Almeyda, el 26 de agos o de 1638.
es ipulaba
que
la
ob a
se ía
del al o y la go del acis ol de
made a
exis en e.
Tend ía
cien o
cincuen a
ma cos
de
pla a,
diez
más o menos. Se le
paga ían
once
pesos
y
medio
(de a ocho eales) po
cada
ma co
de
pla a
empleado,
aunque
si
u ie a
más
can idad
de me al sólo se le
abona ía
el
p ecio
del
mismo
y no la hechu a.
O os de alles o males que se especi ican en el
documen o
son
que
con aba
con
una
peana
sopo ando
un
pila
que
debía
de
se
una
columna
es iada
con el e cio
in e io
melcochado y ema ado
po
ca elas.
La
supe icie, que es
p opiamen e
el a il,
pa a
pone
el lib o de
co o
end ía
cincelada
un
águila
de
medio
elie e,
símbolo
del
e angelis a
San
Juan,
bajo
cuya
ad ocación
es á
el emplo desde que en 1541
Paulo
III lo
e igió
en Ca ed al. Se le adelan a on al pla e o mil
pesos
pa a
la
comp a
del me al y el es o se le abonó cuando en egó
la
ob a
que
debía
es a
acabada
pa a
la
Pascua
de Na idad de 1638. El o al de la pla a y el
abajo ue on mil no ecien os
doce
pesos
po
cien o
sesen a
y
un
ma -
cos
y onza y
media
de pla a. La
ob a
es a ía
den o del
p o oba oco
168 limeño,
esa
columna
es iada
y el e cio in e io
melcochado
a moniza
con el
sopo e
de la sille ía co al en made a de Nogue a.
Ra ael Ramos Sosa
C eo
que
es e abajo ue muy signi ica i o y po ello el
a is a
elegido
se ía
de
10
mejo
de la ciudad. Algunas no icias enemos
sob e
Pe ei a.
Hemos
encon ado
in o mación
y
ce i icado
de
limpieza
de
sang e
en el
que
cons a
su
o igen
gallego,
na u al
de
San
Ma ino
de
Moa ia,
hijo
legí imo
de
G ego io
Pe ei a
y
Mayo
de
Xas u iza,
c is ianos
iejos4.
Eje ció
de
con as e
del
Cabildo
de
la
Ciudad
desde
el
13
de
no iemb e
de
1626
has a
el
3
de
ene o
de
1628.
Así
mismo
Ha h-
Te é
nos
dice
que
ue
maes o
de
he mosas
cus o-
dias
y
elica ios,
eniendo
su
i ienda
jun o
a
la
Recole a
de
los
pad es
dominicos.
Va gas
Uga e
apun a
que
in e ino
en
la
asa-
ción
de
la
pla a
lab ada
y
o as
joyas
des inadas
a
la
nue a
unda-
ción
del
con en o
de
Ca meli as
Descalzas
de
Lima
(He edia
1989:55;
Ha h-Te é
1948:503;
Va gas
Uga e
1968:325).
Tomó
pa e
en
unas
decla aciones
en
1627,
sob e
una
c uz
de
pla a
eali-
zada
po
el
pla e o
Juan
de
Céspedes
y
ue
el
asado
de
un
abajo
del
pla e o
de
masone ía
F ancisco
de
Ribadenei a
pa a
la
Ca ed al
de
Lima
en 1636 (Ramos 1992). En 1643 es uno de los que ienen que
da
su ap obación en los abajos del
escul o
Ped o Muñoz de
Al a ado
pa a
la
co adía
de
Nues a
Seño a
de
A anzazu
en
el
con en o
de
San
F ancisco
de Lima.
Sin duda debió de llama la a ención es e acis ol de
pla a
en
medio
del
espléndido
co o
de la Ca ed al de Lima. Es cu ioso que no se haga
eco
de
es a
ob a
el
c onis a
del emplo limeño Echa e y Assú (1688:47-48). Al
desc ibi
la sille ía, p odiga admi ación de la
ob a
en made a y nada dice
del acis ol. Hoy no exis e y al ez desapa eció en los días de
la
gue a
del Pací ico (1879-93),
cuando
el Cabildo y el
A zobispo
de
Lima
dona-
on al
Es ado
pe uano las
joyas
y alhajas de la
Ca ed al
no necesa ias
es ic amen e
pa a
el cul o a in de
man ene
la opa y
comp a
ma e ial
(Be nales 1969:90). O al ez ue a expoliada. Sea lo que ue e, hoy an
sólo enemos
es a
no icia que nos ale a de una
ob a
y un a is a
descono-
cidos del a e
limeño.o
No as
/, Vid.
igs,28,29
y 30. Son es elie es de San Felipe, San
Miguel
y San Ma ín
exis en es
en
la
Ca ed al
de
Lima,
2,
A chi o
Gene al
de la Nación. Lima.
P o ocolos
no a iales
de Diego
López
de Salaza ,
N/OOl,
.1344-45,
Los
Reyes
14·5-/607
. F ancisco de Cepeda, N315,
j 715·717
(an i·
gua
nume ación),
659-661 (nue a
nume ación)
,
concie o
pa a
ealiza
el
acis ol
de
pla a
de
la
Ca ed al de Lima, e
anexo
documen al, Las e e encias en San
C is óbal
169
(/986-87).
170
EL FACISTOL
DE
LA
CATEDRAL
DE
LIMA
3.
En
el A chi o A zobispal de Lima, sección Tes amen os. legajo
56.N
19
, hemos encon-
ado el es amen o de Ma ía de los Ríos, muje de Diego de A iencia, "maes o pla e o
de o o
oo,
que
le
dio pode a su ma ido pa a o o ga lo. Vi ían sin hijos en
la
calle de la
Pla e ía. La muje mu ió a p incipios de oc ub e
de
1662 y se en e ó en
la
iglesia
de
San
Agus ín.
4.
A chi o Gene al de
la
Nación, Lima. P o ocolos no a iales de Diego Sánchez Vadillo,
N
1788, .826-832, Lima, 29-3-1636.
La
in o mación p esen ada es á echada el 12-2-1610
en
Pon e ed a.
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Edi icación
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la
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Ra ael Ramos Sosa
SAN CRISTÓBAL, An onio
1981-82
"Nue a
isión his ó ica de
la
sille ía
de
la
Ca ed al
de Lima", Re is a His ó ica (Lima)
XXXIlI:221-
268 .
. 1986-87
VARGAS
UGARTE, Rubén
1968
"La
cajone ía
de
la
Sac is ía
de
la
Ca ed al
de
Lima",
Bole ín del Ins i u o Ri a-Agüe o (Lima)
14: 83-98.
Ensayo de un dicciona io de a í ices de la
Ame ica
Me idional. Bu gos: Aldecoa.
ANEXO
DOCUMENTAL
Con a o pa a ealiza el acis ol de pla a de la Ca ed al de Lima po Beni o Pe ei a.
Ciudad de Los Reyes, 26 de agos o de 1638.
A chi o Gene al de la Nación. Lima. P o ocolos no a iales de F ancisco de Cepeda,
W
315,
.
659-661.
"Concie o en e el seño deán de es a san a iglesia y Beni o Pe ei a pa a
la
ob a de
un acis ol de pla a.
Sepan cuan os
es a
ca a
ie en como yo el maes o
don
Domingo
de Almeyda,
deán
de la
san a
iglesia
ca ed al de es a
Ciudad
de Los
Reyes
del Pe ú, digo
que
po
cuan o
po
comisión
especial del
Excelen ísimo
Seño
Vi ey de
es os
einos
Conde
de
Chinchón
y del
Ilus ísimo
Seño
Doc o
don
Fe nando
A ias de
Uga e
de buena memo ia, A zobispo que ue de
es a
dicha
ciudad,
es á
a mi
ca go
dis ibui
en cosas ocan es y pe enecien es a
la
dicha
san a
iglesia,
de lo
que
ocó a
la
acan e
del
seño
A zobispo don
Ba olomé
Lobo
Gue e o de
buena
memo ia,
que
es á
a ca go del eso e o Juan Ma ínez de Uceda, mayo do-
mo de
la
dicha
san a
iglesia,
po
habe la ecibido como al de los seño es
jueces
o iciales
de
la
eal hacienda de Su Majes ad de es a
dicha
ciudad
.
Median e
lo
cual
y
eniendo
po
necesa io
que
pa a el se icio de la
dicha
san a
iglesia
y el
co o
de
ella, se haga un acis ol en que se digan las p o ecías y
capí ulos
de las
íspe as
solemnes
y
que
la
can idad
que mon a e se pague de
la
e e ida
de
susodicho. Y
habiendo
a ado se
hiciese
de b once con pe sonas del a e, ha
pa ecido
no
se
cosa
con enien e
espec o de que si se
quieb a
po
se
cosa
con ingen e
no se puede
solda
y se
pie de
odo lo gas ado
con
el
demás
de
que
cos a ía
lo mismo que
si
se hiciese de pla a. En
cuya
conside ación
y
de
que se
llegase
a
gueb a se
es ácil solda lo a poca
cos a
con que uel e a
se i
siemp e
ya
no pe de se, ha pa ecido y
así
pa eció a su Ilma. dicho
seño
A zobispo
que
171
el
dicho
acis ol
se
haga de pla a y que sea del amaño y la go del
que
ac ual-

172
EL FACISTOL
DE
LA CATEDRAL
DE
LIMA
men e si e en el dicho co o que es de made a, y que lle e cien o y cincuen a
ma cos de pla a, diez más o menos y es á conce ado que lo haga Beni o Pe ei a
maes o pla e o de o o y de pla a. Y que se pague de oda cos a
po
cada ma co
de pla a a once pesos y cua o eales, ocho al peso de los dichos ma cos. Y que si
se excedie e de la dicha can idad de ma cos e e ida odos los ma cos de pla a
que u ie e de c ecimien o se le hayan de paga po el alo de la dicha pla a y
no más.
Que el plan del dicho acis ol donde se ha de pone el lib o ha de
se
cincelado y
ha de ene un águila de medio elie e que son las a mas de la dicha iglesia. Que
el pila desde
la
peana al p ime e cio ha de se es iado y se ha de ema a en
unas .ca elas con o me a la aza del dicho acis ol que iene en su pode el
dicho Beni o Pe ei a, i mada de
mi
nomb e donde cons a de las condiciones y
calidades de
la
dicha ob a. La cual ha de da acabada pa a el día de Pascua de
Na idad p óxima de es e p esen e año de mil y seiscien os y ein a y ocho. Que
si no se hubie e acabado y en egado pa a el dicho día se ha de ebaja de cada
ma co de pla a de los que u ie e la dicha ob a un peso de a ocho eales. Que se
han de paga luego de con ado un mil pesos de a ocho eales pa a comp a pla a
pa a la dicha ob a. La cual dicha can idad se ecibe
po
cuen a de ella, y la
demás can idad es an e has a la concu en e can idad del p ecio de once pesos y
medio po cada ma co de la dicha pla a se ha de paga luego como la dicha ob a
se acaba e ... Y en la dicha o ma, es ando p esen e yo el dicho
Beni o
Pe ei a
con ieso habe se hecho conmigo
po
el dicho seño deán el a o de es as
esc i u as y según y con las condiciones que a e e ido y con las calidades que
ha de lle a la dicha ob a
ql,le
son las exp esadas y las que se con ienen
en
la
aza que con ieso es a en
mi
pode i mada del dicho seño deán. Y oblígome a
es a y pasa po ellas y po las que an mencionadas de suso y a hace el dicho
acis ol del amaño y modelo que se dice y de da lo acabado pa a el
día
de
Pascua de Na idad de el año de la echa de es a esc i u a. Que si pasado el dicho
iempo no lo hubie e dado acabado de odo pun o pa a que si a en
la
dicha
iglesia consien o se me ebaje un peso de a ocho eales de cada un ma co de
pla a de los que la dicha ob a ha de ene , lo cual se pone po pena sin que po mi
pa e se pueda alega ninguna cosa sob e dicha ebaja. Y hánseme de paga po
cada un ma co de los cien o y cincuen a que ha de ene
la
dicha ob a, diez más
o menos a azón de los dichos once pesos y medio que es el p ecio po que me he
con enido con el dicho seño deán pa a hace el dicho acis ol, y que si la ob a
excedie e de la dicha can idad de ma cos de pla a odos aquellos ma cos de pla a
que u ie e más se me han de paga po el alo de la dicha pla a y no más. Y lo
que mon a e la hechu a del dicho acis ol en la can idad de los dichos cien o y
cincuen a ma cos de pla a, diez más o menos, se me ha de paga a azón de los
dichos once pesos y medio.
Po
cuen a de
la
cual dicha can idad con ieso habe
ecibido del dic lo eso e o Juan Ma ínez de Uceda, un mil pesos de a ocho
eales y po que no pa ecen de p esen e enuncio la excepción de
la
non nume a a
pecunia
..
. Y la demás can idad es an e ... se me ha de paga luego que haya dado
Ra ael Ramos Sosa
acabada
la
dicha
ob a
de
odo
pun o.
Y al
cumplimien o
de
lo
dicho
es,
obligo
mi
pe sona
y
bienes
y di
pode
a
las
jus icias
de
Su
Majes ad
de
cualesquie
pa es
que
sean
y
en
especial
a
las
de
es a
ciudad
a
cuyo
ue o
me
some o
y
enuncio
el
mío
p opio,
domicilio
y
ecindad
y
la
ley
...
pa a
que
me
compelan
y
ap emien
a
lo
que
dicho
es
como
si
uese
po
sen en-
cia
pasada
en
cosa
juzgada
ce ca
de
lo
cual
enuncio
odas
las
leyes
de
mi
de ensa
y
la
que
p osigue
la
gene al
enunciación
de
ellas.
E yo
el
dicho
deán
obligo
mis
bienes
y
en as
a
lo
que
po
es as
esc i u as
es oy
obliga-
do
. Y
es ando
p esen e
el
dicho
eso e o
Juan
Ma ínez
de
Uceda
como
al
mayo domo
se
obligó
de
paga
al
dicho
Beni o
Pe ei a
de
el
e ec o
de
la
dicha
acan e
y
de
la
can idad
que
es á
en
su
pode
la
que
mon a e
la
dicha
ob a
es ando
acabada
y
en egada
como
dicho
es,
descon ándose
de
ella
los
dichos
un
mil
pesos
que
ha
en egado
al
dicho
Beni o
Pe ei a.
Que
es
echa
la
ca a
en la
dicha
Ciudad
de
Los
Reyes
en
ein e
y
seis
de
agos o
de
mil
e
seiscien os
y
ein a
y
ocho
años
. Y
los
o o gan es
a
quien
yo el
esc ibano
doy
e
que
conozco
lo
i ma on,
siendo
es igos
don
Alonso
de
Ma abe ,
Ma cos
de
[T oza]
y
Ma cos
Pulido,
p esen es
...
El
Deán
Beni o
Pe ei aJuan
Ma ínez
de
Uceda
An e mí, F ancisco de Cepeda, esc ibano de Su Majes ad
[Al ma gen] En
la
Ciudad
de
Los Reyes en ein iocho de ma zo de mil e
seiscien os
e
ein a
y
nue e
años
an e
mi el
esc ibano
y
es igos
pa eció
Beni o
Pe ei a
maes o
Pla e o
...
y
o o gó
que
ha
ecibido
po
lib anza
del
seño
deán
don
Domingo
de
Almeyda,
el
eso e o
Juan
Ma ínez
de
Uceda,
mayo domo
de
es a
san a
iglesia,
un mil y
no ecien os
y
doce
pesos
de
a
ocho
eales
que
mon a on
cien o
y
sesen a
y un
ma cos
y
onza
y
media
de
pla a
que
pesó
el
acis ol
que
hizo
como
se
con iene
en
es a
esc i u a
pa a
es a
iglesia.
Los
cien o
y
sesen a
ma cos
a
once
pesos
y
medio
y
los
diez
ma cos
a
seis
pesos
y
medio
de a
ocho
eales
que
con
diez
pesos
del
alma
de
hie o
del
dicho
acis ol
hacen
los
dichos
un
mil
y
no ecien os
doce
pesos
de
los
cuales
pagó
el
dicho
eso e o
mil y
ocho-
cien os
y
ein a
y
dos
pesos
po
cuen a
de
los
doce
mil y
quinien os
pesos
e e idos
en
es a
esc i u a
...
Y
se
decla a
que
en
la
dicha
can idad
se
incluyen
los
Ule
mil
pesos
de a
ocho
eales
que
se
ecibió
del
dicho
es igo
pa a
da
p
~
ncipio
a
es a
ob a
como
se
con iene
en
dicha
esc i u a
y
po que
se
en egó
de
la
dicha
can idad
no
pa ece
de
p esen e
enunció
la
excepción
de
la
non
nume a
pecunia
y
leyes
de
ella,
p ueba
de
en ego
y
po
lo
cual
le
oca
dio
o a y cancelada es a esc i u a pa a que no alga
ni
haga pe juicio. Y ue a de
él
y es ando p esen e
el
dicho seño deán o o go que
el dicho Beni o Pe ei a hizo el dicho acis ol con o me a la aza y condiciones
que se con ienen en es as esc i u as y que es á en eg ado y es á en la sac is ía
de dicha san a iglesia. Y que
po
lo que le oca y da po o a y
cancelada
es a
esc i u a po habe cumplido con su obligación y ambos lo i ma on y doy e que
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EL
FACISTOL DE
LA
CATEDRAL DE LIMA
conozco
a
los
o o gan es
siendo
es igos
el
acione oo,
el
licenciado
Diego
de
Có doba
y el
licenc
iado
don
Diego
Calde ón
... y
Luis
de
León
.
El maes o Almeyda Beni o Pe ei a
An e mí, F ancisco de Cepeda, esc ibano
de
Su Majes ad."