scieee Science in your language
[es] (orig)

Carolyn P. Boyd (ed.): Religión y política en la España contemporánea, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 2007 [Reseña]

Read accessible full text

Carolyn P. Boyd (ed.): Religión y política en la España contemporánea, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 2007 [Reseña]

Author: Barrero Ortega, Abraham
Publisher: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (España)
Year: 2007
Source: https://idus.us.es/bitstreams/dbc6f6db-113f-4c29-b09b-a601427d8bb2/download
eg a el de echo his ó ico de la egión sino a ayuda en la cons ucción de su
nue o de echo au onómico. A lo la go de odas sus páginas se han hecho
alusiones a de iciencias, ca encias o impe ecciones de la egulación es a u-
a ia. A iéndase a es as ale as, pe o sob e odo, u ilícense en la nue a a ea
con cohe encia las ca ego ías de de echo cons i ucional au onómico, que los
edi o es de es a ob a han p esen ado y analizado con pene ación y sabi-
du ía.
Juan José Solozábal Echa a ía
CAROLYN P. BOYD (ed.): Religión y polí ica en la España con empo ánea, Cen o de
Es udios Polí icos y Cons i ucionales, Mad id, 2007, 305 págs.
En oc ub e de 2005, u o luga en Mad id, bajo el pa ocinio del Cen o
de Es udios Polí icos y Cons i ucionales y de la Uni e sidad de Cali o nia,
I ine, un coloquio in e nacional sob e eligión y polí ica en la España con-
empo ánea. Las aliosas in e enciones de enomb ados his o iado es, a-
o ecidas po un mé odo de abajo muy a ac i o (b e e p esen ación de
cada una de las ponencias, ya que p e iamen e se pusie on a disposición de
los pa icipan es, y gene osa pues a en común a englón seguido), susci a on
in ensísimos deba es que, sin duda, con ibuye on a mejo a los ex os ini-
cialmen e p esen ados y aho a ecogidos en un olumen de idén ico í ulo
coo dinado po la p o eso a Ca olyn P. Boyd. Los es udios de Inmaculada
Blasco, Jo di Canal, William J. Callahan, Julio de la Cue a, Giuliana Di
Febo, Feliciano Mon e o, Benoî Pellis andi, Pamela Radcli , Ismael Saz,
Manuel Suá ez Co ina, Ma y Vicen y de la p opia Ca olyn P. Boyd inco -
po an un análisis in e disciplina de las elaciones en e el Es ado y la Iglesia
ca ólica y del papel de los símbolos, i uales y mi os en los mo imien os po-
pula es eligiosos y sociales de la España con empo ánea, que, amén de po-
ne de mani ies o la complejidad del obje o de in es igación, ayudan a com-
p ende cómo la Iglesia ca ólica eje ció su au o idad ideológica en los ámbi-
os social y cul u al y cuál ue la espues a en e a esa au o idad.
El obje i o común de es a se ie de abajos es es imula la in es igación
la o sensu de las elaciones en e eligión y polí ica. Desde lo que se ha dado
en llama la poli ización de la eligión has a la in e acción mu ua de las cul-
u as eligiosa y polí ica, pasando po el papel de la Iglesia y de la cues ión
eligiosa en la cons ucción de iden idades cí icas y en las denominadas po-
lí icas de la memo ia. Se a a de e lexiona en o no a la decisi a impo an-
cia de lo eligioso en la explicación del en e o modo de ida de la sociedad
española con empo ánea, de un odo, complejo, que incluye conocimien os,
Re is a de Es udios Polí icos (nue a época)
ISSN: 0048-7694, Núm. 138, Mad id, oc ub e-diciemb e (2007), págs. 241-256 241
RECENSIONESRECENSIONES
c eencias, iden idades, leyes, cos umb es y o os hábi osyaloque, desde
una pe spec i a p edominan emen e polí ica, O ega llamase el Es ado Ecle-
siás ico o Fe nando de los Ríos el Es ado Iglesia.
***
Cuando en España se p oduce la opo unidad pa a la implan ación de un
Es ado libe al y laico no exis e una adición de plu alidad eligiosa, de dis-
anciamien o en e ono y al a , sino jus o lo con a io. Mien as Bayle o
Locke de ienden la libe ad eligiosa inculada al pac ismo como isión de
Es ado y al p agma ismo como conduc a en ajosa (1), en e noso os ac úa
el San o O icio den o de una sociedad idealmen e cons uida sob e los p in-
cipios de la Con a e o ma. Lo español, desde el III Concilio de Toledo, e a
la de ensa de la e ca ólica po el pode polí ico. Las apo aciones de Benoî
Pellis andi, Jo di Canal y Ca olyn P. Boyd ponen muy cla amen e de mani-
ies o como en la España con empo ánea el discu so o icial de ende á una
imagen del pasado his ó ico ligada a lo ca ólico y cómo és e se con ie e en
un pila de la iden idad nacional. La España ca ólica (2).
El libe alismo de Cádiz, decidido en el empeño po la de ensa de algunos
de sus p incipios, ue, sin emba go, en el e eno de la elación con la Iglesia
ca ólica, un libe alismo apóc i o. Valía la pena dis ancia se de los absolu is-
as y quienes les apoyaban po muchas azones, pe o no po una cues ión
me amen e eó ica. El esul ado ue una es echísima inculación en e el
Es ado y la Iglesia que sac i icó la implan ación de la libe ad eligiosa al e-
conocimien o de una con esionalidad sociológica y, po ende, sus an i a. En
sen ido sociológico, la con esionalidad de la Cons i ución de 1812 ino a e-
p esen a el hecho conc e o de un país en el que la g an mayo ía o unanimi-
dad p ác ica de sus miemb os con enía en la p o esión de la eligión ca óli-
ca. Se ino a cons a a que los p incipios é icos, mo ales y sociales de esa e-
ligión habían in luído y segui ían in luyendo en la con o mación del
pa imonio é ico y cul u al de la población. Pe o en ello no consis ió la con-
esionalidad en sen ido es ic o de nues o p ime Es ado libe al. La con e-
sionalidad sus ancial u o luga cuando los pode es públicos, en su ac i idad
o denado a de la sociedad ci il, admi ie on los p incipios dic ados po la e-
ligión ca ólica sob e la cons ucción del o den empo al, adap ando las es-
242 Re is a de Es udios Polí icos (nue a época)
ISSN: 0048-7694, Núm. 138, Mad id, oc ub e-diciemb e (2007), págs. 241-256
RECENSIONESRECENSIONES
(1) A. BARRERO ORTEGA, «O igen y ac uación de la libe ad eligiosa», De echos y libe -
ades, 9, 2000, págs. 93-121.
(2) J. ÁLVAREZ JUNCO,Ma e dolo osa: la idea de España en el siglo XIX, Mad id 2001;
C. P. BOYD,His o ia Pa ia: Poli ics, His o y and Na ional Iden i y in Spain, 1875-1975,
P ince on, 1997.
uc u as empo ales a sus exigencias é icas y mo ales e inco po a on a su
p opio o denamien o las ins i uciones sociales de ca ác e eligioso.
En el cu so del deba e que conduci ía a la ap obación del amosísimo a -
ículo 12 de la Cons i ución, el obispo y dipu ado as u iano Ped o Inguanzo y
Ri e o esumi ía con acie o el sen i mayo i a io: la eligión ca ólica es la
«ley p ime a y an igua undamen al del Es ado, que debe subsis i pe pe ua-
men e, sin que alguno que no la p o ese pueda se enido po español, ni goza
los de echos de al» (3). El Es ado libe al no log a implan a la libe ad eli-
giosa, ni siquie a la ole ancia (4). El ole an ismo e elaba debilidad, ibieza
en la e, enómeno ex anje o. Y quien no es u iese de acue do no e a espa-
ñol: Inguanzo dixi . Una de las llamadas leyes undamen ales (5) de la Mona -
quía y la Nación, su eligión ca ólica, quedaba inco po ada a la nue a Ley
Fundamen al, de sue e al que la eligión no e a cosa de cada indi iduo, sino
que el i ula de la eligión, quien la p o esa, es la Nación, el suje o colec i o
i ula de la sobe anía, capaz po lo mismo de p o ege la legalmen e y de
p ohibi el eje cicio de cualquie o a. La Cons i ución a ibuye la acul ad de
op a en ma e ia eligiosa a la Nación, sin que al suje o indi idual, al ciudada-
no, se le econozca de echo alguno pa a con es a esa decisión. Pa a nues os
p ime os libe ales el espí i u laico es una ábula p oducida po el e o mismo
agnós ico y el Es ado, en cuan o humanidad del homb e, debe con ene en sí
la eligión, ocupa se de la e del pueblo y a o ece el cul o eligioso. En Cá-
diz la eligión es más de echo obje i o op esupues o polí ico de la Nación que
de echo subje i o (6). Así, pues, la é ica de unos c eyen es, que es una é ica
p i ada, se con ie e en é ica pública pa a odos los ciudadanos.
***
A pesa de que bajo la igencia de las Cons i uciones doc ina ias de
1837 y 1845 la elación en e el Es ado y la Iglesia ca ólica se ió a ec ada
po la polí ica desamo izado a de los gobie nos libe ales-p og esis as y mo-
de ados (7), el é eo comp omiso en e pode es se eno ó en lo undamen-
Re is a de Es udios Polí icos (nue a época)
ISSN: 0048-7694, Núm. 138, Mad id, oc ub e-diciemb e (2007), págs. 241-256 243
RECENSIONESRECENSIONES
(3) Dia io de Sesiones, día 2 de sep iemb e de 1811, págs. 1745-1746.
(4) En o no a la dis inción en e ole ancia y libe ad eligiosa, A. BARRERO ORTEGA,
Modelos de elación en e el Es ado y las Iglesias en la his o ia cons i ucional española, Cá-
diz, 2007.
(5) Sob e el concep o de ley undamen al, F. TOMÁS Y VALIENTE, «Génesis de la Cons i-
ución de 1812. De muchas leyes undamen ales a una sola Cons i ución», Anua io de His o-
ia del De echo Español, LXV, Mad id, 1995, págs. 13-126.
(6) B. CLAVERO SALVADOR,Los de echos y los jueces, Mad id, 1988, pág. 62.
(7) Po odos, F. TOMÁS Y VALIENTE,El ma co polí ico de la desamo ización en España,
Ba celona, 1971.
al. Po un lado, e a necesa io comp ome e a la Iglesia con el égimen libe-
al-doc ina io, de modo que abandona a eleidades ca lis as. Po o o lado,
e a negociable una compensación polí ica, que a ianza a su papel de ins i u-
ción pode osa den o de la sociedad española de mediados del siglo XIX,y
económica, a modo de do ación de cul o y cle o. Y odo ello en el bien en-
endido de la nega i a espec o a cualquie géne o de libe ad eligiosa indi-
idual. La Cons i ución de 1845 (8) ei e ó, con más i meza que la de
1837 (9), la con esionalidad ca ólica de la Nación española y con i mó la
obligación del Es ado de man ene los gas os de cul o y cle o. Aunque en
é minos menos o undos a los u ilizados po el cons i uyen e de 1812, uno y
o o ex o man enían la con esionalidad sus ancial del Es ado, compa ible
con una cie a ole ancia de cul os, es deci , el econocimien o exp eso o á-
ci o del de echo a la lib e p o esión de su e a los ieles de eligiones dis in-
as a la o icial en un ámbi o es ic amen e p i ado. Aclá ese, en odo caso,
que la aplicación del p incipio de ole ancia al e eno de las c eencias eli-
giosas no signi icaba un igual a o an e la ley de los di e sos g upos con e-
sionales, sino simplemen e el econocimien o de un educido ma gen de li-
be ad pa a los di e sos cul os con is as a hace ac ible la ida de sus adep-
os en el seno de la comunidad. Los ex os cons i ucionales más
ep esen a i os del doc ina ismo polí ico consag a on la ole ancia de cul-
os en una sociedad donde exis ía una Iglesia de Es ado que os en aba, en
p incipio, la posibilidad de impone coac i amen e, po sí misma o median e
el gobie no secula , sus p esc ipciones dogmá icas, pe o que, po dis in as
azones, enunciaba a ello. La ole ancia de cul os como concesión g aciosa
desde la e dad (10).
Con odo, el e dade o pac o se ce ó con la i ma del Conco da o de
1851. La me a i ma ya suponía el econocimien o de Isabel II como eina y
el abandono de posibles p e e encias ca lis as. Po o a pa e, la Iglesia acce-
día al saneamien o de las en as de los bienes eclesiás icos desamo izados.
A cambio, se le de ol ían los bienes de su pe enencia que es u ie an en po-
de del Gobie no y que no hubie an sido enajenados y se cuan i icaba el
mon o anual de la do ación pa a gas os del cul o. Además, y según lo dis-
pues o en el a ículo 2, la ins ucción en las Uni e sidades, colegios, semina-
ios y escuelas públicas o p i adas de cualquie clase había de se con o me
a la doc ina de la eligión ca ólica, de modo que el Es ado se comp ome ía a
244 Re is a de Es udios Polí icos (nue a época)
ISSN: 0048-7694, Núm. 138, Mad id, oc ub e-diciemb e (2007), págs. 241-256
RECENSIONESRECENSIONES
(8) A . 11.
(9) A . 11.
(10) A. BARRERO ORTEGA,Modelos de elación en e el Es ado y las Iglesias en la his o-
ia cons i ucional española, ci ., págs. 52 y ss.
no pone impedimen o alguno a los obispos y demás p elados diocesanos
pa a que pudie an ela po la pu eza de la doc ina de la e y de las cos um-
b es, así como po la educación eligiosa de la ju en ud «aun en las escuelas
públicas». El silencio cons i ucional en o no a la libe ad eligiosa y el de e-
cho a la educación se comple ó con es e impo an ísimo p ecep o conco da-
a io. An e una censu able dejación de unciones po pa e del Es ado, la
Iglesia se a ogó en égimen de monopolio la i ula idad de la libe ad de en-
señanza, en especial de la p ima ia e in e media.
***
El a amien o o o gado po la Cons i ución de 1869 a la libe ad eligio-
sayalacues ión eligiosa ue, en cie o sen ido, decepcionan e y con uso.
Teniendo en cuen a los é minos del Mani ies o de 25 de oc ub e de 1868 del
en onces Gobie no P o isional, cabía espe a un p onunciamien o abie o y
cla o de laicismo es a al y de libe ad en ma e ia de conciencia y eligión.
Sin emba go, el p agma ismo polí ico de la coalición moná quico-democ á-
ica (p og esis as, demóc a as y unionis as), mayo i a iamen e ep esen ada
en la Comisión de Cons i ución y en las Co es, condujo a la ap obación de
una ó mula de comp omiso (11). Po un lado, se admi ía de o ma hipo é i-
ca y ímida la libe ad de cul os y, po o o, se asumía la obligación de man-
ene el cul o y cle o ca ólicos como se enía haciendo desde 1837.
Comoquie a que sea, no hay duda de que el a ículo 21 de la Cons i u-
ción de 1869 signi icó en el e eno de las elaciones en e el Es ado y la
Iglesia ca ólica un paso cuali a i o impo an e hacia el dis anciamien o.
Cie o es que en él no se consag a explíci amen e la sepa ación de es e as,
pe o no lo es menos que el p opósi o de la Comisión Cons i ucional ue es a-
blece lo que Eugenio Mon e o Ríos denomina a una sepa ación impe ec a
oincomple a (12) a a és de la sup esión de la con esionalidad sus an i a
ecogida en la Cons i ución de 1845, aunque modulada po la eno ación de
la do ación de cul o y cle o. Una causa his ó ica, la desamo ización, u o
que se a endida, sin que ello implica a la exis encia de un sis ema gene al
de elaciones p i ilegiadas en e el Es ado y la Iglesia. Es e nue o en oque
pa e del da o de la sociedad eligiosamen e plu alis a, en cuan o encuen o
de con i encia en e pe sonas que p o esan muy di e sas eligiones, y se es-
ue za, en consecuencia, po e i aliza el p incipio de la independencia en-
Re is a de Es udios Polí icos (nue a época)
ISSN: 0048-7694, Núm. 138, Mad id, oc ub e-diciemb e (2007), págs. 241-256 245
RECENSIONESRECENSIONES
(11) P. A. PERLADO,La libe ad eligiosa en las Cons i uyen es de 1869, Pamplona,
1970, págs. 224-318; S. PETSCHEN,Iglesia-Es ado. Un cambio polí ico, Las Cons i uyen es de
1869, Mad id, 1975, págs. 296-299.
(12) Dia io de Sesiones, día 14 de ab il de 1869, págs. 1046-1047.

e lo empo al y lo eligioso a pa i del econocimien o de la libe ad de
conciencia como un de echo «ilegislable» (13).
Po lo demás, no se ol ide que el econocimien o cons i ucional de las li-
be ades de opinión y de enseñanza ma có una dis ancia ap eciable con es-
pec o a an e io es ex os cons i ucionales. Bajo la igencia de la Cons i u-
ción de 1869, y como desa ollo di ec o suyo, llega a es ablece se un egis o
ci il de población pa a unciones de cons ancia y ehaciencia de nacimien-
os, ma imonios, iliaciones y mue es que has a en onces habían cubie o
los egis os pa oquiales. La e o ma del Código Penal de 1870 obedeció a
la necesidad de acomoda el o den penal a los p incipios cons i ucionales.
La libe ad de cul os, econocida en la Cons i ución, hizo que la eligión ca-
ólica pe diese la condición de única con p o ección penal y obligó a un nue-
o a amien o de los deli os eligiosos. Y, en in, la Ley de Ma imonio Ci-
il de 1870 impuso como obliga o ia pa a odo ipo de con ayen es la o ma
ma imonial ci il, la única ele an e y p oduc o a de e ec os ju ídicos pa a el
Es ado, si bien dejaba a los c eyen es libe ad pa a celeb a , además, el ma-
imonio eligioso. El camino hacia la plena libe ad eligiosa y sepa ación
se allanó en 1869. Y cuando el epublicanismo bu gués u o el pode en sus
manos ce i icó esa o a ac i ud en ma e ia de elaciones en e el Es ado y la
Iglesia. Bas e aquí eco da lo es ablecido en el P oyec o cons i ucional de
1873: libe ad de cul os y sepa ación es ic a, con exp esa p ohibición a
Es ado ede al, egiones y municipios de sub enciona ningún cul o eli-
gioso (14).
***
El Sexenio no ep esen ó más que un pa én esis en la his o ia española.
La Res au ación ino a pone en ma cha la con inuación de esa his o ia,
ees ableció los pode es de la sociedad libe al doc ina ia an e io a 1868.
Vuel a al más pu o doc ina ismo libe al. Se comp ende así con cla idad que,
a p opósi o del ema de las elaciones en e el Es ado y la Iglesia ca ólica, la
solución de la Cons i ución de 1876 se ap oxima a a las de 1837 y 1845. Se
enue a la adicional implicación de la Iglesia en el Es ado. Si bien, como
apun a William J. Callahan, quepa duda que cons i uye an un cue po cohe-
en e y guiado po unos p incipios polí icos undamen ales, los gobie nos de
la Res au ación o o ga on innume ables p i ilegios a la Iglesia.
246 Re is a de Es udios Polí icos (nue a época)
ISSN: 0048-7694, Núm. 138, Mad id, oc ub e-diciemb e (2007), págs. 241-256
RECENSIONESRECENSIONES
(13) A. M. CALERO,Mona quía y democ acia en las Co es de 1869. Discu sos pa la-
men a ios, Mad id, 1987, pág. 17.
(14) A s. 34, 35 y 36.
Con lógica indiscu ible, la obligación de man ene los gas os de cul o y
cle o no se concibe como una supe i encia del enómeno desamo izado ,
sino una consecuencia de la con esionalidad ca ólica del Es ado. Se ole an
o os cul os p i ados y las simples opiniones eligiosas p i adamen e sus en-
adas, siemp e y cuando no incu an en al a de espe o a la mo al c is iana, y
se p ohíbe el eje cicio público de cualquie cul o no ca ólico (15). El Es ado,
a di e encia de lo que se deducía de la Cons i ución de 1869, no se inhibe de
la cues ión eligiosa; se pone del lado de la Iglesia ca ólica, la apoya y se
deja apoya po ella. No econoce la libe ad eligiosa, sino que se comp o-
me e a no moles a a quienes no sean ca ólicos, siemp e que se man engan
en una ac i ud de espe o hacia la mo al c is iana. No se ole a po gene osi-
dad o po el bien de aquél a quien se pod ía cas iga , sino po p agma ismo,
po que ya, y sob e odo as la expe iencia del Sexenio, no se iene ue za
pa a impone la in ole ancia.
Desca ada la libe ad eligiosa, las libe ades con ella elacionadas uelan
de la Cons i ución y de la legislación in acons i ucional. Aunque la Cons i u-
ción a ibuía a odo español el de echo a emi i lib emen e sus ideas y opinio-
nes, sin sujeción a censu a p e ia (16), más adelan e se p ecisaba que las leyes
pod ían dic a las eglas opo unas pa a asegu a a los españoles el espe o e-
cíp oco de sus de echos, «sin menoscabo de los de echos de la Nación, ni de
los a ibu os esenciales del pode público» (17). La libe ad de exp esión que-
dó a olun ad de no mas legales y gube na i as, dependien es de la mayo o
meno libe alidad de las au o idades de cada momen o o de su men alidad más
o menos ígida en ma e ias de mo al y eligión como en o as de con enido po-
lí ico. De o ma análoga, aunque la Cons i ución decla aba que odo español
podía unda y sos ene es ablecimien os de ins ucción o de educación, se
añadía una cláusula que des i uaba lo an e io , pues la exp esión «con a eglo
a las leyes» (18) dejaba en manos del legislado o dina io la egulación de esa
apa en e libe ad, que esul aba así descons i ucionalizada y, en pa icula , a
me ced del comp omiso con esional exp esado en la misma Cons i ución y en
el igen e Conco da o de 1851. Y aunque el ex o cons i ucional econocía el
de echo de asocia se pa a los ines de la ida humana (19), la ley que en 1887
ino a egula su eje cicio exigía a las asociaciones eligiosas no ca ólicas aco-
moda se en sus ac os a los lími es de la ole ancia de cul os.
Re is a de Es udios Polí icos (nue a época)
ISSN: 0048-7694, Núm. 138, Mad id, oc ub e-diciemb e (2007), págs. 241-256 247
RECENSIONESRECENSIONES
(15) A . 11.
(16) A . 13.
(17) A . 14.
(18) A . 12.
(19) A . 13.
La Iglesia, al ampa o de las p e isiones conco da a ias, asen ó bien sus
bazas. Po de p on o, siguió dic ando la mo al social o odoxa (20). En el
ámbi o de la enseñanza, se es o zó no sólo po con ola la aplicación del
p incipio de con esionalidad en las escuelas públicas, sino ambién po eje -
ce casi el monopolio de la enseñanza media. La Ley Moyano e o zó aún
más la in e ención eclesiás ica al exigi a los docen es «buena conduc a e-
ligiosa y mo al» y ab ió la pue a al con ol ideológico de la Uni e si-
dad (21), lo que da ía luga a la cues ión uni e si a ia.
No obs an e, y como eacción en e a la in ole ancia y los abusos, un
g upo de in elec uales de iliación k ausis a y neokan iana c eó en 1876 la
Ins i ución Lib e de Enseñanza, animada po una ideología en la que p ima-
ban los p incipios de laicismo, espec o a las c eencias de cada cual y unas
écnicas educa i as inno ado as. Su in ue impone un es ilo mo al y cien í-
ico que se p oyec a a ampliamen e en la colec i idad. En al sen ido, la
Ins i ución p olongaba idealmen e in en os como el de Jo ellanos y an ece-
día, y de e minaba, las ace as e o mis as de la gene ación del 98 y de los
g upos o mados en o no a la e is a España o Melquíades Ál a ez. Su im-
p on a, decisi a desde el comienzo en las pe sonalidades, lo ue, a la la ga,
en la polí ica educa i a del gobie no epublicano. De la con on ación en e
e y ciencia, adición y mode nidad, se ocupa en es e olumen Manuel Suá-
ez Co ina, o eciendo las cla es pa a comp ende el pensamien o de los in-
elec uales del k ausismo y sus plan eamien os an e la cues ión eligiosa.
La dico omía en e dos Españas, la o icial y la he e odoxa, ecuen e-
men e an icle ical, ue consecuencia de la in ensísima imb icación de la
Iglesia en el Es ado. Y es el an icle icalismo de un sec o del epublicanismo
el que explica, en úl imo ex emo, la inclusión en la Cons i ución de 1931 de
algún p ecep o abie amen e hos il a la Iglesia. Julio de la Cue a lo esume
con p ecisión: la oposición en e al cle icalismo con igu ó una pujan e
iden idad an icle ical que conside aba a la Iglesia como uno de los p incipa-
les p oblemas nacionales y que en 1931 di icul ó el hallazgo de una ó mula
eliz que conciliase la anhelada acon esionalidad es a al con el debido espe-
o a la dimensión comuni a ia de la libe ad eligiosa. Un e o his ó ico.
***
La línea de 1873, aunque p olongada más allá de la neu alidad es a al,
se á, en e ec o, la que siga la Cons i ución de 1931. El cons i uyen e de la
248 Re is a de Es udios Polí icos (nue a época)
ISSN: 0048-7694, Núm. 138, Mad id, oc ub e-diciemb e (2007), págs. 241-256
RECENSIONESRECENSIONES
(20) A . 2.
(21) C. RODRÍGUEZ COARASA,La libe ad de enseñanza en España, Mad id, 1998,
págs. 39 y ss.
Segunda República con igu ó un ipo de Es ado al ma gen de oda in e e-
encia eligiosa. La o denación de la ida ci il y el desa ollo de la ac i idad
polí ica debían inspi a se en unos c i e ios pu amen e laicos. Hay que admi-
i , en cualquie caso, que pa ió de una concepción singula y, en cie o
modo, dep esi a de la libe ad eligiosa. La eligión se concebía como un
asun o exclusi amen e pe sonal que debía queda elegado al ámbi o de la
conciencia, sin que pudie a e igi se en pa áme o pa a medi la legi imidad
de la ac uación pública. Como Azaña de endiese en el cu so del deba e cons-
i uyen e, «el au én ico p oblema eligioso no puede excede de los lími es
de la conciencia pe sonal». La amosa ase «España ha dejado de se ca óli-
ca» debie a in e p e a se en ese sen ido: la eligiosidad no es una cues ión de
Es ado, sino de conciencia. El Es ado neu al o indi e en e encomienda al in-
di iduo la esolución del in e ogan e eligioso y sup ime oda inje encia
que pudie a supone la ac i ud posi i a del pode público en ma e ia eli-
giosa.
Sob e es a base, la Cons i ución dec e ó la sepa ación en e el Es ado y la
Iglesia (22). La sepa ación ue p esen ada como la ó mula ideal pa a man e-
ne la mu ua independencia de las sociedades ci il y eligiosa. La ac i idad
polí ica debía o dena se según unos c i e ios pu amen e laicos, de sue e que
el Es ado no se some iese a más mo al ni admi iese o o pa áme o de ac ua-
ción que su p opio in e és. El Es ado no p ac ica ningún cul o ni p o ege a
una con esión de e minada. Se sien a un c i e io de esc upuloso dis ancia-
mien o. En cohe encia, la consag ación del laicismo es a al había de ene su
e lejo en el econocimien o de la libe ad de conciencia eligiosa, conc e a-
da en la libe ad de p o esa yp ac ica lib emen e cualquie eligión (23).
Ya an es se había e lejado la libe ad de emi i opiniones e ideas sin censu a
p e ia (24).
Po o o lado, y en la línea ma cada po la polí ica eligiosa del Gobie no
P o isional, el cons i uyen e quiso secula iza la ida ci il, lo que implicaba
la desapa ición de la ida pública de algunas mani es aciones ex e nas de las
c eencias eligiosas y, sob e odo, la sup esión de aquellas ins i uciones ecle-
siás icas que adicionalmen e habían desempeñado una uncionalidad ci il
excesi a. Se hacía imp escindible sus i ui esas ins i uciones po o as pu a-
men e laicas, acías de signi icación eligiosa. Así, el Es ado asumi ía ex
Cons i u ione el sis ema de escuela uni icada y laica (25). De modo seme-
Re is a de Es udios Polí icos (nue a época)
ISSN: 0048-7694, Núm. 138, Mad id, oc ub e-diciemb e (2007), págs. 241-256 249
RECENSIONESRECENSIONES
(22) A . 3.
(23) A . 27.
(24) A . 34.
(25) A . 48.
ni po la di e sidad de en oques, la iqueza y complejidad de las elaciones
en e eligión y polí ica. Hay, po así deci , emas his ó icos pendien es: el
p oceso de secula ización, el papel de los símbolos, i uales y mi os en los
mo imien os popula es eligiosos y sociales, el in lujo eje cido po la eli-
gión en la o mación de la iden idad colec i a y de la memo ia social, la es-
pues a laica o laicis a a la au o idad de la Iglesia, los discu sos ca ólicos so-
b e el géne o y la in e acción mu ua en e cul u a eligiosa y polí ica. P eci-
samen e los abajos incluidos en la ob a Religión y polí ica en la España
con empo ánea in en an a oja algo de luz en ese campo, en pa e oscu o e
inexplo ado. Y lo consiguen desde el igo cien í ico y la sol encia in es i-
gado a. Que el lec o la dis u e como bien me ecen el no able es ue zo in e-
lec ual y el alioso p oyec o edi o ial que hay de ás.
Ab aham Ba e o O ega
FERRÁN GALLEGO:Todos los homb es del Füh e . La éli e del nacionalsocialismo,
1919-1945, Deba e, Ba celona, 2006, 574 págs.
Desde la publicación de su excelen e sín esis his ó ica De Múnich a Aus-
chwi z. Una his o ia del nazismo, 1919-1945, en 2001, has a el lib o que es
obje o de es a eseña, la me a enunciación de los í ulos del p o eso Fe an
Gallego es po sí sola elocuen e. En Neo ascis as. Democ acia y ex ema de-
echa en F ancia e I alia (2004) y en De Auschwi z a Be lín. Alemania y la
ex ema de echa, 1945-2004 (2005) econs uyó los obs áculos y las es a e-
gias adop adas po los mo imien os de esa índole, as la de o a en la Se-
gunda Gue a Mundial, enden es a alcanza un espacio polí ico signi ica i o
en sus espec i os países. En Una pa ia imagina ia. La ex ema de echa es-
pañola, 1973-2005 (2006), asladó el análisis a la si uación hispana desde
los años del a do anquismo has a la ac ualidad. De 2005 es Rami o Ledes-
ma Ramos y el ascismo español (cuya lec u a es muy ecomendable com-
plemen a con su la go es udio i ulado «La ealidad y el deseo. Rami o Le-
desma en la genealogía del anquismo», en el olumen coedi ado con el
ambién p o eso de la Uni e sidad Au ónoma de Ba celona F ancisco Mo-
en e Fascismo en España. Ensayos sob e los o ígenes sociales y cul u ales
del anquismo, 2005, págs. 253-447), donde demos aba la ecundidad de
sus análisis en el caso español. En Pensa después de Auschwi z (2004)
— olumen coo dinado asimismo po él— incluía uno de sus ex os más in-
cisi os y polémicos: «El nazismo como ascismo consumado»
(págs. 11-102). Y aho a, es e Todos los homb es del Füh e . La éli e del na-
cionalsocialismo, 1919-1945 con el que acaso dé po ce ado su ciclo his o-
256 Re is a de Es udios Polí icos (nue a época)
ISSN: 0048-7694, Núm. 138, Mad id, oc ub e-diciemb e (2007), págs. 256-265
RECENSIONESRECENSIONES