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Instrucción que se da al padre Fray Juan Rico, para probar los delitos que acumula en sus manifiestos à D. Francisco Salinas de Moñino

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Instrucción que se da al padre Fray Juan Rico, para probar los delitos que acumula en sus manifiestos à D. Francisco Salinas de Moñino

Author: Salinas de Moñino, Francisco
Year: 1811
Source: https://idus.us.es/bitstreams/2a2154f3-30e7-409a-bde0-85825ca7daf2/download
e,
É
7
Y
Y
£.
d
INSTRUCCION:
QUE
SE-DA
AL
PADRE
FRAY
«
Jaan
Rico,
pa a
p oba .
los
deli os
que
acumula
en
sus
mani ies os
a:
D:
F ancisco
Salinas
de
Moñino.
—R.P.
F .
Juan
Rico,
Religioso
Obse an e
de
S.
F an-
cisco
y
na u al
de
Menoba
en
el
Reyno
de
Valencia.
Doa.
que
en
el
mes
de
Junio
de
1308
nos
i-
mos
en
Cas ellon
de
la
Plana,
con
mo i o
de
man»
da
yo
el
p ime
Exé ci o,
que
se
o mó,
enVa-
lencia,
y
¿un
en
oda
España
,
des inado"
á
las
Ri-
be as
del
Eb o
pa a
sos ene
nues a
eliz
e olu-
cion
con a
los
pé idos
anceses
de
Ca aluña
,
ha=
biendo
Vm.
hecho
su
iage
desde
la
capi al
pa a
ae me
a ias
Ó denes
de
la
Jun a
Sup ema
de
aquel
Reyno
,
de
la
que
e a
ocal
,
no
ha.
dado
la
cas
sualidad
que
nos
ol amos
á
e
,
aunque
po
os
ces
agas
he
sabido
algunas
de
las
pe ipecias
de
su
ida
polí ica;
y
cie amen e
,
como
siemp e
he
de-
seado
lo
mejo
,
ansiaba
se
le
hiciese
a
Vm.
la
jus-
icia,
que
le
co espondiese
pa a
el
bien
de
la
pa-
ia
5
pe o
aho a
que
acabo:
de
llega
de
«mi
pais,
en
donde
he
es ado
con
Real
licencia
,
me
encuen-
o
con
que
es á
Vm.
aqui
lleno
de
zelo
(
al
pa-
.« ece
)
en
a o
de
la
causa
jus a,
publicando
ma-
niñies os
,
pe iódicos
,
libelos,
papeles
calumniado-
es
,
0
como
Vm.,
el
Gobie no
O
el
público:
los
¿quie a
llama ,
pues.
yo
no
engo:
acul ades
pa a
“pone les:
nomb e
de e minado.
$09
-
¿Pe o
qual
ha
sido
mi
so p esa
,
quando
he
sa=
ido
po
algunos
amigos
,
que
en
ellos
declama
Vm.
con a
mí,
po
mis
ope aciones
del
Exé ci o:
del
-
Eb o,
y
p ocedimien os
en
las
Jun as
Sup ema
y
Mili a
de
Valencia?
Asegu o'á
Vin.
que
no
ques
ia
da
c édi o
á
sus
exposiciones
,
pues
en
aqué-
¡Mos
elices
momen os
,
c eyéndolo
á
Vm.
buen
Re-
ligioso
y
buen
Pa io a
,
condescendí
con
la
súpli*
ca
que
me
p esen ó
Vm.
de
ó den
de
la
dicha
Jun-
a
Sup ema
,
haciendo
Capi an
á
su
he mano
de
Vm.
Lo enzo,
que
se ia
de
soldado
en
“Alicañ e.
(_La
ue za
y
la
necesidad
hacen
g andes:
cosas.
)
Po
las
mismas
azones
in e cedí
con
el
Ilus i-
simo
Seño
Obispo
de
To osa
pa a
que
le an ase
la
suspension
de
con esa
y
p edica
á
un
Religio-
so
de
su
O den,
lo
que
Vm.
y
Mo eno
me
pidie-
on
,
como
el
que
le
des inase
de
Capellan
de.
un
Regimien o,
ios
|
1
pis
Despues
de
es os
y
o os
acon ecimien os
(
que
no
e ie o
,
y
exis en
en
los
espec i os
documen-
os
o iginales
)
ya
puede
Vi.
conside a
quan
jus»
a
ha
sido
mi
so p esaz
pe o
amos
á
lo
esencial
de
las
declama iones
de
su
mani ies o
de
Vm.
con-
a
mí
Si
no
me
han
in o mado
mal,
pues
no
le.
he
leido
(y
me
desdeño
de
lee lo)
se
educen,
á
que
soy
un
calumniado
de
D.
Vicen e
Gonzalez
Mo eno.
Que
es ando
en.
To osa
sepa é
á
es e
O icial
con
una
di ision
pa a
que
pasase
á
Valls
de
Al-
go a
,
po no
i
yo
con
mi
Exé ci o
á
Ta ago-
na
,
como
se
me
enia
mandado
,
deduciendo
de
aquí
in idencia
en
mí,
y
odo
lo
demas
que
Vm.
dice,
y
yo
no
quie o
cansa me
en
epe i
5:
an es
al!
con a io
,
esponde é
bien
sucin amen e»
.
.'
Todo.
lo
con a io
de
lo
que
Vm.
dice
cons a
po
documen os
o iginales
en
la
causa
o mada
en
Valencia
po
el
Co onel
D.
Manuel
de
Miedes:con-
a!
el
e e ido
Mo eno,
en
la
que
es ando
yo
en
Se illa
,
decla é
po
ce i icacion
ú
o icio
>
si
se
'puede
llama
decla acion
el
'en ega
po
ó den
su-
pe io
seis
ú
ocho
documen os
de
puño
y
le a
de
Mo eno
,
que
me
exhibie on
aquellos
mismos
á-quie-
nes
los
di igió,
y
algunos
ecu sos:
es imoniados
que
me
pasa on
las
Jus icias
de
los
pueblos
sob e
su
conduc a
mili a
,
y
O os
a ios
queno
ci o
,
y
que
exis en
odos.
Si
es as
son
calumnias
,
no
sé
quales.
sean
las
p uebas
eales
y
e
hacien es.
»
La.
e e ida
causa
de
Mo eno,
ya
se
ha;
dicho
ué.
o mada
en:
Valencia
(
quando
yo
es aba
en
Se-
illa)
5
c eo
in e end ian
en
ella,
como
causa
cl
a
,
aquella
Real
Audiencia!
y
Jun a
Supe io ;
des:
pues.
la:
pidió
la
Sup ema
Cen al;
a
se
pasó
“al:
Consejo
de
Cas illa,
ignd o
si
la
han
is o
o os
T ibunales
Ó
Jueces,
pe o.en.
el.dia:se
me
ha
asegu ado
exis e
en
el
Sup emo
Consejo
óS
Regencia
5
y
a
la
e dad
es
mucha
la
a
e
Mo eno
,.
el
que
po
ninguna
de
es as
au o idades
cons i uidas
se
hayan
encon ado
los
deli os
que
(
ibuye
mucha
su
o una
,
en
ene
Som
e
amibnye>
y
muena
SU
1
hnen
Pa io a
>.
y
jus o
Juez,
como
dá
á
en ende
en
su
pe iódi-
co
acusado
,
mani ies o
,
O
lo
que
Vm.
quie a.
Finalmen e
no
c ea
Vm.
que
me
ha
hecho
un
ag a io
en
pin a me
como
me
pin a
,*án es
al
con-
a io
,
me
ha
dado
un
mo i o
pa a
que
pueda
de-
ci
áS.
M.
el
Cong eso
Sap emo
del
Reyno,
ah
S.
A.
el
Se enísimo
Consejo
de
Regencia
,
á
odos
los
T ibunales
sup emos
y
subal e nos
,
á
odos
los
ciudadanos
,
y
buenos
Pa io as
,
que
es oy
p on o
á
esponde
á
qualquie a
acusacion
legal
,
suma ia
O
p oceso
que
se
me
mande
o ma
,
no
solo
sob e
los
pun os
que
Vm.
exp esa,
sino
am-
bien
sob e
oda
mi
conduc a
diplomá ica
,
polí ica
y
mili a
de
ein a
y
es
años
de
se icios
5
y
asi,
sí
Vm.
se
a e e,
salga
á
la
pales a
,
en
los
é minos
de
Jus icia
,
a ianzando
la
calumnia
3
pues
aunque.
los:
sag ados
Cánones
p ohiben
á
Vm.
seme-
jan es
acusaciones
,
ya
¡es á
pé suadida
“la
«Nacióñ
po
sus
mani ies os,
que'Vm:
no
es
homb e
que
se
pa a
en
los
po meno es
del
Concilio
de:
T en o.
Deseo
:a
Vm.
la
salud
que
con enga
pa a
:el
bien.
de
la
Religion
y
de
la.
Pa ia;
y
solo
¡po
co eccion
a e na
¿
como
p e iene
el:
E angelio,
y
no
po
odio,
ni
e a
azon
an i-c is iana
»/lé
su-
plico',
que
siemp e:
que
)
esc iba
/
pa a
+el
público;
p ocu e
lee
an es
la:
ida
de
Jesuc is o,
'y
:los
'es-
a u os
ó:
egla
de
:$uy
Religion),
pues
si
no
lo
ha-
ce
,
le
epe i é
:muchas'
eces«el:
e sículo
:
Iniquos
odio
babu
p
olegen:
uamodilexi.
Cadiz
1:
ode:
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