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Baños, claustros y piedras: una aproximación a los escenarios de las asambleas judiciales en la Galicia altomedieval

Author: Andrade Cernadas, José Miguel
Publisher: Universidad de Salamanca
Year: 2018
DOI: 10.14201/shhme20183611330
Source: https://minerva.usc.es/bitstreams/1a0466ba-647a-4fa8-8df0-dcd010ba3361/download
© Ediciones Uni e sidad de Salamanca S ud. his ., H.ª medie ., 36(1), 2018, pp. 13-30
ISSN: 0213-2060
DOI: h ps://doi.o g/10.14201/shhme20183611330
BAÑOS, CLAUSTROS Y PIEDRAS: UNA APROXIMACIÓN
A LOS ESCENARIOS DE LAS ASAMBLEAS JUDICIALES
EN LA GALICIA ALTOMEDIEVAL
Ba hs, Clois e s and S ones: An App oach o he S udy o Judicial Assembly Si es
in Ea ly Medie al Galicia
José Miguel ANDRADE CERNADAS
Dep o. de His o ia. Facul ade de Xeog a ía e His o ia. Uni e sidade de San iago de Compos ela. Pza. da Uni e -
sidade, 1. E-15782 SANTIAGO DE COMPOSTELA. C. e.: [email p o ec ed]
Recibido: 2016-04-21
Re isado: 2018-04-23
Acep ado: 2018-05-18
RESUMEN: Se es udian los luga es de celeb ación de asambleas judiciales en la Ga-
licia an e io al año 1100. Jun o a luga es bien conocidos, como los monas e ios e iglesias,
se esal a aquí el papel jugado po illas egias y es aciones e males, así como po pied as
monumen alizadas.
Palab as cla e: Asamblea judicial; Villa egia; Baños; Asambleas al ai e lib e.
ABSTRACT: Places whe e judicial assemblies ook place in Medie al Galicia (p io o
1100) a e s udied in his pape . Some o hese mee ings ook place on adi ional si es, such
as monas e ies o chu ches bu , beside his, ou a en ion elies upon oyal illages, oman
ba hs and monumen al s ones.
Keywo ds: Judicial Assembly; Royal Village; Ba hs; Open Ai Assemblies.
SUMARIO: 1 Re e encias bibliog á icas.
baños, claus os y pied as: una ap oximación a los escena ios de las asambleas
judiciales en la galicia al omedie al
14 josé miguel and ade ce nadas
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El in e és po el es udio de la documen ación de con enido judicial del pe íodo al-
omedie al no ha hecho sino aumen a en los úl imos años1. Ciñéndonos solo al ámbi o
hispano, las ecien es publicaciones de las monog a ías de Sal ach2 y de Wendy Da ies3
ponen de mani ies o es e c ecien e in e és sob e el ema.
Uno de los muchos aspec os a ados po la más ecien e in es igación en es e ámbi-
o, si bien no el más in ensamen e abajado, es el de los emplazamien os de las asambleas
o encuen os judiciales. Las pe spec i as son bien di e sas y an desde los análisis de
ex ensos e i o ios, en los que se combina el abajo a queológico con el aciado docu-
men al4, has a in es igaciones ealizadas sob e una pa e sus ancial de un eino5 o, po el
con a io, cen ándose en espacios mucho más educidos y con un abo daje p e e en e
desde el análisis de los documen os6.
En es a úl ima línea p e ende si ua se es e abajo, cuyo obje i o undamen al es
es udia los emplazamien os o ubicaciones de las asambleas judiciales7 de la Galicia
an e io al año 1100. Se a a, en de ini i a, de in en a conoce la geog a ía de los
espacios y ámbi os en los que enían luga las esoluciones de con lic os o, lo que es
lo mismo, ace ca se algo más a un mejo conocimien o de los espacios del pode en la
Galicia al omedie al.
Pa a es e in he e isado los documen os de cua o de los monas e ios con la
documen ación conse ada más abundan e pa a los siglos ix-xi: Samos8, Celano a9,
Sob ado10 y Lou enzá11. Los es úl imos son sendas undaciones de g andes amilias
1 Es e abajo se ha esc i o en el ma co de mi pa icipación en el P oyec o de In es igación
P ocesos judiciales en las sociedades al omedie ales. Un es udio compa a i o a escala de la Eu opa medie al
(siglos ix-xi). Plan Nacional I+D+i (Re . 2011-26685).
2 Sal ach, Josep M.ª. Jus ícia i pode a Ca alunya abans de l’any mil. Vic: Eumo, 2013.
3 Da ies, Wendy. Windows on Jus ice in No he n Ibe ia, 800-1000. Fa nhan: Ashga e, 2016.
4 Es, po ejemplo, el caso de los abajos su gidos del p oyec o Landscapes o Go e nance. (h p://
www.ucl.ac.uk/a chaeology/ esea ch/p ojec s/assembly) A modo de mues a de sus publicaciones
de i adas, e Bake , John y B ookes, S ua . «Iden i ying ou doo assembly si es in ea ly medie al
England». Jou nal o Field A chaeology, 2015, ol. 40-41, pp. 3-21.
5 Ca ajal Cas o, Ál a o. «Mee ing and mee ing places in Ea ly Medie al Leon». Ea ly Medi-
e al Eu ope, 2017, ol. 25-2, pp. 186-207. Ag adezco a Ál a o Ca ajal que me haya pe mi ido conoce
su abajo an es de su de ini i a publicación, al iempo que me han sido de g an ayuda a ios de sus
consejos y ecomendaciones.
6 Luis Co al, Fe nando. «Luga es de eunión, boni homines y p esbí e os en Valde imb e y
A dón en la Al a Edad Media». Medie alis a [em linha], 2015, ol. 18. Consul ado los días 20 y 21 de
ene o del 2016.
7 Me cen o, exclusi amen e, en es e ipo de asambleas. Dejo de lado odas las que ienen o o
ca ác e . Sob e ellas e Ca ajal Cas o, «Mee ing».
8 Lucas Ál a ez, Manuel. El Tumbo de San Julián de Samos (Siglos iii-xii). Es udio in oduc o io,
edición diplomá ica, apéndices e índices. San iago de Compos ela: Caixa Galicia, 1986. En adelan e TS.
9 And ade Ce nadas, José Miguel. O Tombo de Celano a: es udio in oduc o io, edición e ín-
dices (ss. ix-xii). 2 ols. San iago de Compos ela: Consello da Cul u a Galega, 1995. En adelan e TC.
10 Losce ales, Pila . Tumbos del monas e io de Sob ado de los Monjes. 2 ols. Mad id: Minis e-
io de Cul u a, 1976. En adelan e TSob
11 Rod íguez González, Ángel y Rey Caiña, José Ángel. «El Tumbo del monas e io de Villa-
nue a de Lo enzana». Es udios Mindonienses, 1992, ol. 8, pp. 11-324. En adelan e TL.
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a is oc á icas de la Galicia del siglo x y, con ma ices di e enciales, es án muy in luidos
po el g upo undado al menos en su p ime siglo de exis encia12. Po el con a io,
Samos iene un o igen adicalmen e dis in o y muy an e io en el iempo. Sus cla es
his ó icas hab ía que encon a las, al menos en es os siglos, en la elación con g upos
de mozá abes p oceden es de al-Andalus y en un peculia y es echo ínculo con la
mona quía as u iana13.
En la documen ación que hemos de inido como de con enido judicial no siemp e se
hace e e encia al emplazamien o o ubicación de las asambleas y encuen os judiciales14.
En muchos casos, como sucede con la mayo ía de las donaciones o en as condicionadas
po una in e ención judicial p e ia, po que esa in o mación no in e esa al edac o del
documen o ni al in del mismo. Se nos dice que al o cual en ega de un bien es á o i-
ginada po la comisión de un deli o o po una decisión judicial, pe o sin hace apenas
e e encia alguna al juicio en sí mismo.
Es, po ejemplo, el caso de un documen o con enido en la colección de Sob ado,
aunque pe enecien e a lo que pod íamos llama el a chi o de los condes de P ésa as,
He menegildo y Pa e na15, da ado en el año 931 y, consecuen emen e, an e io a la un-
dación del monas e io que se p odujo en el año 95216. En ese documen o se nos in o ma
que un ma imonio se e obligado a en ega su he edad a los an edichos condes17. Se
explica que su hijo Flo idus había come ido un deli o y es aba pendien e de juicio de ini-
i o y, mien as an o, some ido a una idia u a o ianza. Pa a esponde de ella sus pad es
habían aco dado con los condes un pláci o po el cual hab ían de paga diez bueyes en
caso de que su hijo huye a an es de se juzgado. Pese a ello se p oduce la huida de Flo-
idus y, consecuen emen e, los pad es ienen que hace en e a la ianza que esuel en
con la ca a incommunia ionis que acabo de glosa . Es e b e e y ópico documen o (hay
a ios con empo áneos a él que son casi idén icos) nos in o ma, si bien elíp icamen e, de
al menos es encuen os judiciales que ni siquie a se mencionan explíci amen e y mucho
menos se ubican.
12 And ade Ce nadas, José Miguel. «Los modelos monás icos en Galicia has a el siglo xi».
A chi o Ibe oame icano, 2005, ol. 65, n.º 252, pp. 587-609.
13 López Alsina, Fe nando. «Millas in gi o ecclesie: el ejemplo del monas e io de Samos». Es u-
dos Medie ais, 1993, ol. 10, pp. 159-187. Como e e encia muy ecien e, e Zwanzig, Ch is o e .
«Heidenheim and Samos: Monas ic Rememb ance o he ‘Anglo-Saxon Mission’ in Sou he n Ge many
and he ‘Moza abic Rese lemen ’ o No he n Spain Compa ed». En Sánchez Pa do, José C. y Sha-
pland, Michael G. (eds). Chu ches and Social Powe in Ea ly Medie al Eu ope. In eg a ing A chaeological
and His o ical App oaches. Tu nhou : B epols, 2015, pp. 269-295.
14 Se a a de un hecho bas an e gene al. Así, pa a el caso de León, Ca ajal señala que solo en
186 documen os, de los 2.100 que son esul ado de una asamblea, se hace indicación del luga de cele-
b ación; Ca ajal Cas o, «Mee ing».
15 Kos o, Adam J. «Sicu mos esse sole : documen a y p ac ices in Ch is ian Ibe ia, c. 700-1000».
En B own, Wa en C. e alii (eds.). Documen a y Cul u e and he Lai y in he Ea ly Middle Ages. Cam-
b idge: Camb idge Uni e si y P ess, 2013, pp. 259-281.
16 Palla es Méndez, M.ª del Ca men. El monas e io de Sob ado: un ejemplo del p o agonismo
monás ico en la Galicia medie al. La Co uña: Dipu ación P o incial, 1979, p. 71.
17 TSob, doc. 29, pp. 60-61.
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Po o a pa e, ampoco es ex año que en documen os que ienen in o mación ju-
dicial mucho más enjundiosa, que en el caso p e iamen e comen ado, se omi an muchos
de alles conc e os del p oceso, en e o os, el luga en el que se celeb a on los di e en es
encuen os ju ídicos. Así ocu e con un documen o de Celano a da ado en el año 1002,
en el que se ecoge el plei o man enido en e Celano a y un pa icula , llamado Al onso,
po la posesión de la iglesia de San And és de Congus o, no muy dis an e del monas e io
celano ense18. El con lic o pa ece habe sido de cie a impo ancia. De hecho, el p ime
encuen o público en e las pa es se p odujo an e el p opio niño ey Al onso V –casi
un esiden e pe manen e en Galicia po es os años19– y el sena us suis de cinco jueces
iden i icados po sus nomb es. Pese a celeb a se an e an magno ibunal, el edac o del
documen o no especi ica el luga en el que dicha asamblea u o luga .
El documen o sigue na ando las pe ipecias del plei o y e ie e un segundo encuen-
o en que ambas pa es apo a on sus espec i os es igos. Po cie o, siemp e según el
pa cialísimo ela o del edac o documen al, Celano a p esen ó ni más ni menos que 356
es es ydoneos, mien as que la pa e con a ia acude con solo diez es igos, epu ados, ade-
más, como es ibus allacissimis e negligen iosis20. Tampoco en es a ocasión se menciona el
luga en el que se p odujo es a, a lo que pa ece, mul i udina ia sesión.
El documen o oda ía e ie e un e ce encuen o legal y público. El conde y los
jueces enca gados de es a ase del con lic o decidie on que un nocen em po cada una de
las pa es se some ie a a la o dalía de la p ueba calda ia. Es el momen o en que la pa e
en en ada a Celano a se allana y se a iene a una agni io que cie a el plei o21. Tampo-
co encon amos en el documen o e e encia explíci a alguna a la iglesia en que se iba a
celeb a la p e is a y, inalmen e no celeb ada, o dalía, ni ampoco en dónde se p odujo
la ce emonia de esolución. Aunque se puede in ui que ue en el p opio monas e io de
Celano a en donde se celeb ó alguna de las is as o encuen os ju ídicos que jalona on
es e con lic o22, no es menos cie o el e iden e desin e és del edac o documen al en
apo a cualquie ipo de de alle espacial o de localización.
Pasando a los documen os judiciales que sí con ienen in o mación sob e el em-
plazamien o, empecemos po analiza la ubicación de las dispu as p esididas po el ey.
Algunos de es os casos lle a on a los di e en es li igan es monás icos a p esen a se en
las ciudades o encla es en los que los mona cas y sus cu ias solían esidi la mayo pa e
del iempo. De es e modo, es án documen adas asambleas judiciales con ep esen a-
ción de los monjes de Celano a y de Samos en León, que e a en onces la u bs egia
18 TC, doc. 252, pp. 356-358.
19 El conde gallego Menendo González ue su ayo p incipal du an e la mayo pa e de su mi-
no ía de edad. El ínculo en e ambos con inua á as la mue e del conde Menendo en 1008, ya que
Al onso V con ae ía ma imonio con El i a, hija del conde galaico; Viñayo, An onio. Fe nando I, El
Magno (1035-1065). Bu gos: La Olmeda, 1999, pp. 10-15.
20 TC, doc. 252, p. 357.
21 Ibídem, p. 358.
22 En las columnas de con i man es se alude, gené icamen e, a los es es in monas e io. Es o nos
pe mi e supone que al menos algunas de es as « is as» se celeb a on en el p opio cenobio celano ense,
ámbi o que como luego se e á, es á pe ec amen e documen ado como luga de celeb ación de asam-
bleas judiciales.
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po excelencia23. Fue a de Galicia ambién es án documen adas asambleas que ue on
p esididas po el mona ca y que se celeb a on en luga es como Monzón24, Bu gos25 o
en las p oximidades de la localidad be ciana de Cacabelos26.
Pe o, como es bien sabido, la i ine ancia e a el p incipio que ma caba el i mo
i al y la o ma de en ende la magis a u a de los mona cas al omedie ales27. Po ello
y po que algunos mona cas de es e pe íodo es u ie on especialmen e elacionados con
Galicia, no es a o encon a se con asambleas p esididas po el Rey y a las que acudie on
ep esen an es de nues os monjes. Los luga es de Galicia en donde es án documen adas
son nume osos y a iopin os. De es a amplia nónima, que hab á que es udia con más
de alle, se des acan es encla es p incipales.
El p ime o de ellos es Laias, encla e ibe eño en la ma gen de echa del ío Miño, no
muy dis an e de Ribada ia y en las p oximidades del pequeño, aunque po momen os
impo an e, monas e io de Cas elo de Miño28. La documen ación de Celano a ecoge
sendas asambleas que, celeb adas en 99529 y 100230 ue on p esididas, espec i amen e,
po Be mudo II y Al onso V. En el p ime o de los casos el ey pa ece habe es ado acom-
pañado po los obispos de I ia y Dumio, así como el p opio abad de Celano a31, pe o, en
el segundo de los p ocesos, el mona ca se odea de una ep esen ación mucho más amplia
y solemne. En e ec o, el niño Al onso V es á acompañado po su mad e, la eina El i a,
po el conde gallego Menendo González, esponsable de la c ianza del mona ca, así como
po odos los episcopos de Gallecie, simul e magna i de pala io32.
El segundo luga especialmen e ep esen a i o es Baños de Molgas, en los má genes
del ío A noia. O a ez es la abundan e y ica documen ación de Celano a la que nos in-
o ma sob e el p o agonismo judicial de es e encla e. La p ime a de las asambleas judiciales
eales celeb adas aquí u o luga en el año 101233 y su p o agonis a ue, de nue o, Al onso
V, cuya in ensa ac i idad judicial es á muy especialmen e elacionada con Galicia34. Va ias
23 TC, doc. 258, pp. 366-368; And ade Ce nadas, José Miguel. «Villas egias y asambleas
judiciales en e los siglos x y xi: el caso de La ín». Signum, 2011, ol. 12, n.º 2, p. 25.
24 TC, doc. 260, pp. 370-371.
25 TS, doc. 133, p. 291.
26 TL, doc. 11, p. 40.
27 Como e e encia gené ica, y que desbo da el pe íodo al omedie al, e Laba ge, Ma ga e
Wade. Viaje os medie ales: los icos y los insa is echos. Mad id: Ne ea, 1992, pp. 67-81. Pa a un ejemplo
hispánico y más p óximo a nues o ámbi o Reilly, Be na d F. El Reino de León y Cas illa bajo el ey
Al onso VI: 1065-1109. Toledo: Consejo Supe io de In es igaciones Cien í icas, 1989.
28 F ei e Camaniel, José. El monaca o gallego en la Al a Edad Media. A Co uña: Fundación
Ped o Ba ié de la Maza, 1998, ol. II, pp. 674-675.
29 TC, doc. 215, pp. 304-305.
30 TC, doc. 258, pp. 366-368.
31 Sob e la e olución seguida po los in eg an es de las co es o asambleas judiciales du an e
el einado de Be mudo II, e Isla F ez, Amancio. Realezas hispánicas del año Mil. Sada-A Co uña:
Ediciós do Cas o, 1999, pp. 66-68.
32 TC, doc. 258, p. 368.
33 TC, doc. 548, pp. 756-758.
34 Fe nández del Pozo, José M.ª. Al onso V (999-1028); Ve mudo III (1028-1037). Bu gos:
La Olmeda, 1999, pp. 154-158.

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décadas después, einando Fe nando I cuyo einado ae an as no edades y cambios,
el mona ca p eside de nue o un juicio que, con in e eses celano enses de po medio, se
celeb ó en el mismo luga y con una nu ida y selec a asis encia35.
Ambos luga es compa en algunas ca ac e ís icas comunes que pod ían explica su
elección como luga de celeb ación de a ias asambleas judiciales con p esencia y p esi-
dencia eal. Se a a de dos encla es e males que es u ie on, posiblemen e, en uso desde
época omana. Es e o igen an iguo es más p obable en el caso de Molgas36 y mucho más
di ícil de documen a en el de Laias37. Aunque no hay plena cons a ación documen al,
ni a queológica, pa ece muy p obable que ambos luga es ue an conocidos y ecuen a-
dos po sus i udes e males en la Al a Edad Media. La ela i a ecuencia de isi as o
esidencias eales en es os encla es pod ía apun a en esa di ección38. Ambos encla es,
además, son mencionados en es os cua o documen os como simples illae, sin e e encia
adicional alguna a ninguna iglesia ni monas e io. Y ello pese a la supues a c is ianización
y ap opiación po iglesias y monas e ios medie ales de los es os de la ci ilización omana
asociada al uso y dis u e de las aguas39.
Quizá se pod ía i un poco más allá en la conje u a que pa ece elaciona los baños
con la ealeza. Con iene eco da , a es e espec o, que cuando la C ónica de Al onso III,
en sus dos e siones, se e ie e a las cons ucciones acome idas po Al onso II en su u bs
egia o e ense menciona, explíci amen e, que jun o a la iglesia de san Julián cons uyó
unos palacios y unos he mosos baños, empleando exp esiones que pa ecen da a en ende
que es os uesen un complemen o consus ancial de aquellos40. La C ónica de Sampi o,
po su pa e, nos deja o a e e encia que elaciona las aulas egias o palacios con baños,
en es e caso ya p eexis en es. En la e sión pelagiana, cuando el au o habla de las ob as
inicia i as desplegadas po O doño II en la ciudad de León de ca a a la cons ucción de
una nue a iglesia ca ed al, se dice: e in us municione mu i e an es domos, que e me
ue an pagano um, e in empo e ch is iani a is ac e sun aula egalis41. En es e caso, las
35 TC, doc. 483, pp. 670-671.
36 González Sou elo, Sil ia. El alo del agua en el mundo an iguo. Sis emas hid áulicos y aguas
mine omedicinales en el con ex o de la Galicia omana. A Co uña: Fundación Ba ié de la Maza, 2011,
p. 495.
37 Ibídem, p. 519. Aunque hay e e encias a es os an iguos de apa iencia omana en in o mes
del siglo xix y se especula con posibles hallazgos, cuando se p odujo la ecien e cons ucción de un
mode no balnea io, el hecho de que no hubie a habido exca aciones en la zona y que un embalse ha se-
pul ado, bajo las aguas, pa e del encla e, di icul a eno memen e la labo de ce i ica su o igen omano.
38 Rod íguez Míguez, Luis. Es udio his ó ico bibliog á ico del e malismo. P incipales u gencias
de la p o incia de O ense. O ense: Dipu ación P o incial 1995, p. 145.
39 Ibídem, p. 373.
40 Nam e egia pala ia, balnea, p om ua ia a que uniue sa s ipendia o maui e ins ue e p ecepi .
Es e es el ex o de la e sión Ro ense. La e sión A Sebas ián, po su pa e, añade o os ma ices, pe o
apun ando en la misma di ección de e los baños como complemen o del palacio egio: nam e egalia
pala ia, balnea, iclinia uel doma a a que p e o ia cons uxi deco a e omnia egni u ensilia ab ecebi
pulche ima; Gil Fe nández, Juan; Mo alejo Ál a ez, José L. y Ruiz de la Peña, Juan Ignacio.
C ónicas As u ianas. O iedo: Uni e sidad de O iedo, 1985, pp. 140-141.
41 Pé ez de U bel, Jus o. Sampi o. Su c ónica y la mona quía leonesa en el siglo x. Mad id: Con-
sejo Supe io de In es igaciones Cien í icas, 1952, p. 311.
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iejas e mas omanas hab ían se ido como sola sob e el que edi ica el palacio eal
dejando, de es e modo, me idianamen e cla a la elación en e baños y cons ucciones
elacionadas con la mona quía42.
Al ma gen de la in o mación c onís ica ambién encon amos ínculos en e ealeza
y baños en la documen ación. Así, einando O doño III, sabemos de la exis encia de
unos baños eales en la ciudad de Zamo a. Así lo indica el documen o po el que es e
mona ca hace donación al monas e io de Celano a de una aceña qui es si a sub balneos
nos os in lumen Du io, in Camo a43.
Pa ece, en consecuencia, que se puede admi i la elación en e baños o es aciones
e males y la mona quía de es a época44; y ello nos lle a a plan ea nos, de nue o, las
asambleas judiciales p esididas po los eyes en Laias y Molgas. De la lec u a de los docu-
men os que las e ie en podemos ex ae la idea del ca ác e eminen emen e «ci il», si se
me pe mi e el anac onismo, de es os emplazamien os que, aunque no son iden i icados
como illas egias, ni como pala ia45, pueden en ende se, po las azones que acabamos
de expone , como muy conec adas con los mona cas de León.
Sí es mencionada como illa egia, po el con a io, la localidad de La ín. Se a a de
uno de los encla es más eces mencionados como emplazamien o de asambleas judiciales
p esididas po el ey o en donde se a aban casos que a ec aban al ealengo. Se si úa en
42 Sánchez-Albo noz a ibuye a O doño I la cons ucción del palacio egio sob e las e mas que,
acla a, e an omanas al y como se e idencia ía po los hallazgos, ealizados a ines del siglo xix, de dos
hipocaus os y un mosaico con mo i os ma inos; Sánchez-Albo noz, Claudio. Una ciudad de la España
c is iana hace mil años. 14.ª ed. Mad id: Rialp, 1991, pp. 23-24 y 27. Gu ié ez González y Miguel He -
nández sugie en que las e mas pudie on habe sido aún isibles en el siglo ix y que es o hab ía p opiciado
la cons ucción del palacio egio en esa zona; Gu ié ez González, José A elino y Miguel He nández,
F. «Génesis del u banismo en la ciudad de León y su ans o mación en la Edad Media». En Valdés Fe -
nández, Fe nando (coo d.). La Península Ibé ica y el Medi e áneo en e los siglos xi y xii. El u banismo de
los es ados peninsula es. Aguila de Campoo: Fundación San a Ma ía la Real, 1999, p. 55.
Pos e io men e, O doño II, cede ía es e palacio eal pa a la cons ucción de una nue a iglesia ca ed al.
43 TC, doc. 426, p. 586.
44 No me co esponde, al menos aquí y aho a, da una explicación sa is ac o ia de es a elación.
Además de ene en cuen a ejemplos que pod ían se i de inspi ación, como el de Ca lomagno con sus
baños de Aquisg án, o un posible in lujo de la cul u a andalusí y de sus palacios, hab ía que e lo como
una eu ilización más del legado cul u al y a qui ec ónico omano (sob e el que an o se ha esc i o)
en endido, en es e caso, en una dimensión especialmen e simbólica y polí ica. Es deci , pod ía se una
sue e de guiño que conec a ía a los eyes al omedie ales con el glo i icado y p es igiado pasado omano.
45 Sob e los pala ia, eales y de o as i ula idades, e , en e o os, Ga cía de Co áza , José
Ángel y Peña Bocos, Es e . «El pala ium, símbolo y cen o de pode en los einos de Na a a y Cas illa
a lo la go de los siglos x a xii». Mayu qa, 1989, ol. 22, n.º 1, pp. 281-296; y Escalona Monge, Julio
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El uso del é mino pala ia pa ece habe sido poco usado en la documen ación del No oes e peninsula ,
en especial en la época que es udiamos; Va ela Siei o, Xaime. Léxico co ián na al a Idade Media de Galicia:
a a qui ec u a ci il. San iago de Compos ela: Uni e sidade de San iago de Compos ela, 2008, pp. 179-182;
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las p oximidades del monas e io de San Julián de Samos, en cuya documen ación es á
muy bien a es iguada, y en un e i o io en que los mona cas as u es y, pos e io men e,
los leoneses ienen sólidos in e eses pa imoniales46.
Son es las asambleas judiciales celeb adas en es e luga según la documen ación sa-
monense. A las dos de inales del siglo x (960 y 985, espec i amen e) hay que añadi le una
úl ima celeb ada en 1074, einando ya Al onso VI. A es os encuen os judiciales hay que
añadi una cua a asamblea que podemos documen a g acias a la colección diplomá ica
de Lou enzá. Se a a del plei o que en en a al en onces in an e don Ga cía, u u o ey de
Galicia, con el obispo mindoniense don Sue o a p opósi o de la he encia de la condesa doña
El i a47. El p ime o de los dos encuen os públicos en e es as dos pa es en en adas se p o-
dujo «in concilio» an e ex dompno F edenando e magna ii pala ii... hic in Ela im48.
Lo in e esan e de es e encla e es que, además de se i como escena io de cua o
asambleas judiciales de especial conside ación, man u o una especialísima elación « un-
ciona ial» con la mona quía leonesa, ya que a lo la go de los einados de Al onso VI y de
doña U aca, cuando menos, si ió como luga de esidencia de di e en es ep esen an es
del pode eal como ica ios eales, condes o me inos49.
En el ac ual La ín, una pequeñisima y a amen e compac a pa oquia, no queda
as o alguno de las cons ucciones que pudo habe habido en aquella illa eal, escena io
de esas di e sas asambleas judiciales en e los siglos x y xi que acabamos de menciona .
La impo ancia de es e luga es iba p incipalmen e en que nos pe mi e eco da algo que
la documen ación solo e leja ímida y espo ádicamen e, casi como sin que e , como si
uese un lapsus calami más del ansc ip o del documen o: la p esencia ísica del ey y del
pode egio en la Galicia al omedie al50. Tema complejo y di ícil, pe o comple amen e
necesa io, pa a ene una isión mucho más pe ilada y pe inen e de la ealidad galaica
en es os siglos. Dicho de o o modo, la omnip esencia de la documen ación monás ica
nos puede hace imagina una Galicia que hubie a sido un inmenso co o p opiedad de
los monjes, algo que, a ciencia cie a, nunca pudo habe sido po más que la documen a-
ción de la que disponemos nos pueda ansmi i esa imagen.
Dejando de lado los casos en que es á documen ada la in e ención del ey, o o
de los emplazamien os p e e en es en los con lic os, en especial en aquellos que en en-
aban a di e en es in eg an es de las éli es sociales, e an las iglesias51, en especial las más
ep esen a i as y p es igiosas y, de mane a pa icula , las iglesias episcopales.
46 And ade Ce nadas, «Villas egias».
47 TL, doc. 11, pp. 40-41.
48 Ibídem, p. 40. Los edi o es unie on la p eposición con el nomb e del luga quedando la ans-
c ipción del documen o de es e modo poco comp ensible: hic inela im.
49 And ade Ce nadas, «Villas egias».
50 Palacios de la Valdue na, sede de dos asambleas egias, es uno de los luga es que, en León,
puede habe jugado un papel semejan e al de La ín en Galicia; c . Ca ajal Cas o, «Mee ing». So-
b e es e mismo encla e, como palacio y nodo de una ed de p opiedades egias en León, e Escalona
Monge y Ma ín Viso, «Los pala ia», pp. 116-117.
51 Sob e el papel p incipal jugado po las iglesias u ales como luga es de eunión y de asambleas
( ambién judiciales) e Sal ach, Jus ícia, p. 31; Luis Co al, «Luga es». De modo muy especial
Ca ajal Cas o, «Mee ing».
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El peso de es as iglesias en el complejo sis ema p ocesal de es a época es ácil de
comp ende . Pa es del mismo, como los ju amen os, enían que celeb a se, necesa ia-
men e, en ecin os eclesiás icos y cuan o más signi ica i o uese el emplo pod ía con-
side a se que se ía como si el ju amen o ganase un plus de i ualidad y sac alidad. Los
obispos, además, solían desempeña unciones de ipo ju isdiccional, po no habla de su
in e elación con las g andes es i pes condales y con los mona cas. Po úl imo, y como
a gumen o que en es os siglos hay que conside a de meno impo ancia, hab ía que
alo a el hecho de que los obispos sean cabezas isibles de un e i o io diocesano, bajo
cuya au o idad ienen que dilucida se no pocos de los con lic os que se gene an en e las
ins i uciones eclesiás icas pe enecien es al mismo.
Sea como ue e, lo cie o es que en los documen os de los cua o monas e ios esco-
gidos pa a es e abajo nos encon amos con que cada uno de ellos se io implicado en
una asamblea judicial celeb ada en sendas iglesias episcopales. De al modo que enemos
cons ancia de una celeb ada en el iejo Mondoñedo52, alguna o a en la ca ed al de
Lugo53 y, inalmen e, dos casos que u ie on como ma co la iglesia de San iago.
Esas dos asambleas judiciales celeb adas en el loco apos olico compos elano se cele-
b a on en el amo inal del siglo x. Una de ellas, no i icada en un documen o de Sob a-
do, da ada en el año 99254 y o a egis ada en un diploma de Celano a y que u o luga
unos años an es, en el 985, en es e caso an e la cu ia egia55.
Es posible que es e luga concen a a ce emonias de especial signi icado y solem-
nidad debido a la c ecien e impo ancia eligiosa y polí ica de la Iglesia de San iago
en es e siglo56, al iempo que los ju amen os ealizados en p esencia de una eliquia de
an g an alo , como e a el supues o cue po ín eg o de un após ol de C is o, con a ían
con una dosis especial de sac alidad. A es e espec o, y aunque pe enecien e al Tumbo
A, ca ula io con eccionado en la p opia Iglesia de San iago a p incipios del siglo xii,
pa ece pe inen e menciona un documen o que ecoge un amoso plei o da ado en el
año 96157.
Dicho con lic o es á p o agonizado po dos de los más impo an es obispos de la
Galicia del siglo x, pe o, sin emba go, iene una e iden e elación, debido a la iden idad
52 TL, doc. 207, pp. 258-259.
53 TS, doc. 145, pp. 306-307.
54 TSob, doc. 130, pp. 163-165.
55 Tale placi um obo amus in concilio in p esen ia egis e omne concilium in Sanc o Iacobo; TC,
doc. 507, pp. 701-702.
56 López Alsina, Fe nando. La ciudad de San iago de Compos ela en la Al a Edad Media. San ia-
go de Compos ela: Ayun amien o de San iago de Compos ela, 1988, pp. 147-154 y 174-186 y «Cabeza
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O iedo: Gobie no del P incipado de As u ias, 1993, pp. 27-36.
57 Lucas Ál a ez, Manuel. Tumbo A de la ca ed al de San iago. San iago de Compos ela: Semi-
na io de Es udos Galegos, 1998, doc. 42, pp. 114-116. Se a a de un documen o bas an e conocido y
que ha sido, incluso, obje o de algún es udio monog á ico; Bouza B ey, Fe mín. «La p ueba judicial
del ju amen o sob e el sepulc o del Após ol». Compos ellanum, 1959, ol. 4, n.º 2, pp. 333-337.
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El uso simbólico y delimi ado de pied as especiales o monumen alizadas105 es ema
enjundioso y no exen o de pun os de is a con apues os106. Pa ece p obable, en cual-
quie caso, que hayan jugado un papel e e encial como pun o de encuen o de las pa es
li igan es, escena io del inicio de los apeos y posible ma co de los ju amen os o com-
p omisos p e ios de los mismos. Son, en consecuencia, hi os a conside a a la ho a de
es udia los luga es po donde anscu ió la ac i idad judicial de la Galicia al omedie al.
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Ea ly Medie al Eu ope. [Bilbao]: Uni e sidad del País Vasco, 2013, pp. 103-126.
105 Que pueden se eminiscencias a queológicas de épocas an e io es a la de nues o es udio
(megalí ica, cas exa, omana...) o, simplemen e, pied as o ocas singula es po cualquie azón ísica o
po su me a ubicación e e encial.
106 Fe o Couselo, Xesús. Los pe ogli os de é mino y las inscul u as upes es de Galicia. O ense:
[s. n.], 1952; Ga cía Quin ela, Ma co Vi gilio y San os Es é ez, Manuel. San ua ios de la Galicia
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