Las in acciones y sanciones en la negociación colec i a de Cas ellón
G ado en Relaciones Labo ales y Recu sos Humanos
Cu so 2017 – 2018
Alumna:
Yaiza Escale a Vaya
Tu o :
San iago Ga cía Campá
1
2
Índice
1 Ab e ia u as .......................................................................................................................... 4
2 In oducción .......................................................................................................................... 6
3 In acciones y sanciones de los abajado es. El es a u o de los abajado es. El papel del
con enio colec i o. ....................................................................................................................... 7
4 La egulación de las in acciones y sanciones en los con enios colec i os de la p o incia de
Cas ellón. ..................................................................................................................................... 11
4.1 In acciones y ipología. .............................................................................................. 11
4.1.1 In acciones le es en los Con enios Colec i os Sec o iales ................................ 11
4.1.2 In acciones g a es en los Con enios Colec i os Sec o iales .............................. 14
4.1.3 In acciones muy g a es en los Con enios Colec i os Sec o iales ...................... 17
4.1.4 In acciones le es en los Con enios Colec i os de Emp esa............................... 20
4.1.5 In acciones g a es en los Con enios Colec i os de Emp esa ............................ 25
4.1.6 In acciones muy g a es en los Con enios Colec i os de Emp esa .................... 31
5 Sanciones y ipología ........................................................................................................... 35
5.1 Sanción le e Con enios Colec i os Sec o iales ........................................................... 35
5.2 Sanción g a e Con enios Colec i os Sec o iales ......................................................... 36
5.3 Sanción muy g a e Con enios Colec i os Sec o iales ................................................. 36
5.4 Sanción le e Con enios Colec i os de Emp esa.......................................................... 37
5.5 Sanción g a e Con enios Colec i os de Emp esa ....................................................... 38
5.6 Sanción muy g a e Con enios Colec i os de Emp esa ............................................... 39
6 P esc ipción de las sanciones .............................................................................................. 41
7 P ocedimien o sancionado ................................................................................................ 42
8 Sanción a los ep esen an es de los abajado es .............................................................. 47
9 Conclusión ........................................................................................................................... 51
10 Anexo. Tabla compa a i a de in acciones y sanciones, po ipología de con enio. ...... 54
11 Bibliog a ía ...................................................................................................................... 70
12 Abs ac ........................................................................................................................... 71
3
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1 Ab e ia u as
A . A ículo
CC Con enio colec i o
CE Cons i ución Española
ET Es a u o de los T abajado es
LRJS Ley Regulado a Ju isdicción Social
5
6
2 In oducción
El obje o de es udio de es e T abajo de Fin de G ado es el análisis de las
in acciones y las sanciones en la negociación colec i a en la p o incia de Cas ellón.
Pa a lle a es e a cabo es e abajo he analizado 21 Con enios Colec i os cuyo ámbi o
de aplicación e i o ial no excede de la p o incia de Cas ellón, cen ándome en la
ipi icación de las in acciones y sanciones, el p ocedimien o sancionado , la
p esc ipción de las al as y la sanción a los ep esen an es de los abajado es.
Es e ema me ha pa ecido más in e esan e a lo la go de su es udio, el papel del
con enio colec i o es undamen al pa a que los abajado es puedan ene eguladas
sus condiciones labo ales de una mane a jus a, especialmen e las de ipo disciplina io.
A lo la go de es e es udio, he analizado de mane a exhaus i a el égimen
disciplina io de cada uno de los con enios seleccionados. Compa ando las al as y las
sanciones que es ablecían cada uno de ellos y cie o es que, dependiendo del
con enio, el égimen disciplina io puede se más es ic o o menos. Es e égimen
disciplina io es á suje o al pode de di ección del emp esa io, ya que es el emp esa io
el que impone la sanción cuando hay una in acción po pa e del abajado (a . 58
ET). A lo la go de es e es udio hemos podido obse a que el con enio colec i o ac úa
como lími e al pode sancionado del emp esa io, ya que el Es a u o de los
T abajado es no es ablece una cla a ipi icación de las conduc as sancionables, es el
con enio colec i o el que con iene la egulación de las conduc as sancionables.
En el p ime apa ado de es e abajo se abo da án las in acciones y sanciones
de los abajado es, cómo apa ecen eguladas en el Es a u o de los T abajado es y
cómo el pode de di ección del emp esa io ac úa en e a es as.
En el segundo apa ado se analiza á la egulación de las in acciones y sanciones
en los con enios colec i os de la p o incia de Cas ellón, abo dando las in acciones y
ipología de cada uno de ellos, las sanciones, el p ocedimien o sancionado y la
sanción a los ep esen an es de los abajado es, el expedien e con adic o io.
En úl imo luga encon a emos las conclusiones más ele an es que he podido
ex ae después de ealiza es e abajo.
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3 In acciones y sanciones de los abajado es. El es a u o
de los abajado es. El papel del con enio colec i o.
De ine el dicciona io de la Real Academia Española el é mino al a como
“in acción olun a ia o culposa de una no ma, que puede se cas igada bien penal o
adminis a i amen e, bien po el emp esa io en las elaciones labo ales”.
Las in acciones de los abajado es apa ecen eguladas en el a ículo 58 d) del
Real Dec e o Legisla i o 2/2015, de 23 de oc ub e, po el que se ap ueba el ex o
e undido de la Ley del Es a u o de los T abajado es (en adelan e, ET). El a ículo 58.1
del Es a u o de los abajado es a i ma que: “Los abajado es pod án se sancionados
po la di ección de las emp esas en i ud de incumplimien os labo ales, de acue do
con la g aduación de al as y sanciones que se es ablezcan en las disposiciones
legales o en el con enio colec i o que sea aplicable”. El a ículo 58 del ET es ablece
un doble p incipio de ipicidad, po una pa e, enemos las al as y po o a las
sanciones: “En su p ime a ace a supone que no bas a la exis encia de una conduc a
de incumplimien o pa a legi ima el eje cicio del pode emp esa ial, sino que la misma
debe es a ipi icada como al a po la no ma i a co espondien e. En la segunda,
implica que la sanción a impone debe es a igualmen e ipi icada en ella”.
1
Pepa Bu iel sos iene que el econocimien o al pode de di ección del emp esa io
apa ece en el Es a u o de los T abajado es en di e sas p esc ipciones:
1. A ículo 1.1 del ET: “T abajado es que olun a iamen e p es en sus se icios
e ibuidos po cuen a ajena y den o del ámbi o de o ganización y di ección de
o a pe sona”.
2. A ículo 5 del ET: “Cumpli con las ó denes e ins ucciones del emp esa io en el
eje cicio egula de sus unciones di ec i as”.
3. A ículo 20.1 del ET: “El abajado es a á obligado a ealiza el abajo
con enido bajo la di ección del emp esa io o pe sona que es e delegue”.
El pode de di ección del emp esa io iene un ámbi o de aplicación, al y cómo
explica Bu iel, el pode de di ección y el pode disciplina io pe mi en al emp esa io
adop a decisiones pa a sanciona a los abajado es an e incumplimien os labo ales.
1
José Ma ía Goe lich Pese , De echo del T abajo, 5ª Edición, “Pode es del Emp esa io”
(Valencia, 2016), página 418.
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Dicho pode iene no as ca ac e ís icas, según nos explica la au o a, son las
siguien es:
• No se puede enuncia de o ma de ini i a del pode disciplina io, pe o si se
puede enuncia de mane a pun ual a eje ce lo.
• El emp esa io iene la opción de decidi que sanción impone , eniendo siemp e
en cuen a las ci cuns ancias de cada caso conc e o, se iene que ajus a la
decisión con la al a.
• La egulación de las al as e in acciones es á en los con enios colec i os. En
es e caso el abajado no pod á se sancionado po el emp esa io si la
conduc a no es a ipi icada en su con enio colec i o de aplicación, además el
emp esa io end á que ac edi a los hechos sucedidos y g adua los según su
con enio colec i o.
• Las sanciones las podemos clasi ica en le es, g a es y muy g a es.
“El pode de di ección se complemen a con el pode disciplina io del emp esa io,
a i mando al espec o la ju isp udencia labo al que el «pode sancionado o
disciplina io» esul a necesa io pa a que el pode de di ección sea un e dade o pode
ju ídico y no un me o pode mo al. Las no mas legales sus an i as egulado as del
ema apa ecen con enidas en los a ículos 54, 58 y 60.2 del ET, ela i os al despido
disciplina io, a las al as y sanciones de los abajado es y a la p esc ipción de las
al as y sanciones de los abajado es, espec i amen e”.
2
Los abajado es pod án se
sancionados po el pode de di ección del emp esa io po incumplimien os labo ales,
de acue do con la g aduación de las al as y sanciones aplicables. La g aduación de
las al as de los abajado es las podemos dis ingui en le es, g a es y muy g a es.
Cada una de ellas a iende a sus plazos de p esc ipción y caducidad.
Dicho pode no es ilimi ado, la Cons i ución Española, los con a os de abajo, las
leyes y los con enios colec i os si en pa a limi a dicho pode .
“El T ibunal Cons i ucional, a la ho a de es ablece lími es a es e de echo del
emp esa io ha u ilizado la eo ía del p incipio de p opo cionalidad (STC 98/2000, de 10
de ab il [RTC 2000, 98]). De acue do con es e p incipio, pa a comp oba si una
de e minada medida lle ada a cabo po el emp esa io supe a el juicio de
p opo cionalidad es necesa io cons a a si cumple es equisi os o condiciones:
2
J. Ma ínez Gi ón, De echo del T abajo, “Di ección y con ol de la ac i idad labo al”, (Mad id,
2006), página 24.
15
g an pa e de los con enios sec o iales analizados es la al a de asis encia al abajo.
En el con enio de Buques, es ibado as y agen es de aduana la conside a g a e
cuando la al a de asis encia es du an e dos días al mes, Indus ia made a la iene
ipi icada en al a al abajo, sin causa jus i icada, de uno a es días al mes, Come cio
ex il inasis encia al abajo de dos días en seis meses, Supe me cados y au ose icios
un día en el pe iodo de un mes sin causa jus i icada, T anspo es de iaje os po
ca e e a y u banos dos o más días sin causa jus i icada en el pe íodo de un mes y el
con enio de Tin o e ías y la ande ías la iene ipi icada en inasis encia injus i icada al
abajo de un día du an e el pe íodo de un mes.
Fal as de ausencia en el pues o de abajo.
El abandono del abajo ambién es ipi icado como in acción g a e, el
con enio de Buques y es ibado as la conside a como g a e cuando el abandono sea
po un pe íodo supe io a 4 ho as, T anspo e de iaje os po ca e e a y u banos la
iene ipi icada es a in acción cuando el abandono cause pe juicio a la emp esa o a
los compañe os de abajo.
Fal as po simula la p esencia de o o abajado .
Simula la p esencia de o a pe sona, ichando o i mando po él es una
in acción g a e que apa ece en el con enio de Come cio ex il, ambién la ienen en
común el con enio de Indus ia made a y el de Tin o e ías y la ande ías.
Fal as de discusiones o al as de espe o.
Las discusiones moles as con los compañe os de abajo en p esencia de
público y las al as de espe o y conside ación, son in acciones g a es que apa ecen
en los con enios de Come cio ex il, Supe me cados y au ose icios, Tin o e ías y
la ande ías y po úl imo en el de T anspo es de iaje os po ca e e a y u banos.
Fal as po es ado de emb iaguez o oxicomanía.
La asis encia al abajo en es ado de emb iaguez o oxicomanía es conside ada
como in acción g a e po el con enio de Indus ia made a, además de la al a de aseo
pe sonal jun o la emb iaguez mencionada an e io men e es o a al a g a e que iene
ipi icada el con enio de Tin o e ías y la ande ías. Fuma en los luga es en que es e
p ohibido, de acue do con la señalización exis en e es una in acción g a e que
apa ece ipi icada en el con enio de Supe me cados y au ose icios.
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Fal as po ealiza a eas ajenas.
Realiza abajos pa icula es en ho a io de abajo sin la debida au o ización
ambién es conside ada una in acción g a e po el con enio del Come cio ex il y po
el de Supe me cados y au ose icios. El uso del elé ono mó il en ho a io labo al
ambién es conside ado una al a g a e po el con enio del Come cio ex il, además el
con enio de la Indus ia made a añade a es e ipo de in acción el pe juicio del uso de
es e al p oceso p oduc i o.
Fal as po disminui el endimien o del abajo.
O a in acción de g a e que ienen en común algunos de los con enios
analizados es la disminución olun a ia del endimien o del abajo no mal, apa ece
ipi icada de es a o ma en el con enio de Indus ia made a, en el de Tin o e ías y
la ande ías ambién se hace e e encia al endimien o del abajo, es e lo conside a
g a e cuando la disminución del endimien o de abajo no es de mane a epe ida.
Fal as po no comunica cambios a la emp esa.
El con enio de Pozos y Riegos Ag ícolas conside a una in acción g a e no
comunica de o ma debida a la emp esa los cambios expe imen ados que puedan
a ec a a la Segu idad Social. El con enio de la Indus ia Made a ambién conside a
es a in acción como g a e, además añade que si media a alguna malicia se ia
conside ada como muy g a e.
O as al as.
Encon amos in acciones g a es de ca ác e subje i o en los con enios
colec i os sec o iales analizados, el con enio de T anspo e de Viaje os conside a
a ias in acciones g a es, po ejemplo: el e aso de has a seis días en la en ega de
la ecaudación y cambia de u a sin la debida au o ización. El con enio de la Indus ia
Made a ambién cuen a con di e sas in acciones g a e de ca ác e subje i o, debido
al ipo de ac i idad que ealizan las emp esas que es án adhe idas a es e con enio. La
acep ación de dádi as o egalos, la al a de sigilo p o esional, pe mi i el ánsi o po
zonas pelig osas, no ad e i e ins ui adecuadamen e al pe sonal sob e los que enga
alguna elación de au o idad del iesgo del abajo a ejecu a , no in o ma con la
debida diligencia a la emp esa o a quien lo ep esen e de cualquie anomalía que
obse e en las ins alaciones, he amien as o ma e iales y la imp udencia en el abajo
que implicase iesgo de acciden e.
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4.1.3 In acciones muy g a es en los Con enios Colec i os Sec o iales
A con inuación, analiza emos las in acciones muy g a es que apa ecen en los
con enios sec o iales analizados. Pod emos obse a que muchas de las in acciones
ipi icadas en es os con enios han apa ecido ya en las in acciones g a es, la única
di e encia es que la al a es más g a e.
Fal as de pun ualidad
El con enio de in o e ías y la ande ías ambién conside a como muy g a e la
impun ualidad no jus i icada en la en ada o salida del cen o de abajo, en diez
ocasiones du an e 10 meses o 20 du an e un año. También conside a es e ipo de
in acción el con enio de T anspo es y iaje os, más de cua o al as no jus i icadas
de pun ualidad come idas en el pe íodo de es meses. Indus ia made a conside a
muy g a e cuando son más de diez al as de pun ualidad no jus i icadas come idas en
el pe íodo de es meses o de ein e en el pe íodo de seis meses. Pozos y iegos
ag ícolas no especi ica la can idad de al as, sólo exp esa la impun ualidad.
Fal as de asis encia al abajo
El con enio del Come cio ex il la conside a muy g a e cuando se al an más
de dos días al abajo en un año. Indus ia made a la iene ipi icada en muy g a e
cuando se al a de o ma no jus i icada más de es días al abajo en el mes o 30 días
na u ales. El con enio de Supe me cados y au ose icios ambién conside a muy
g a e la in acción cuando se al a es días al abajo du an e el pe íodo de dos
meses, sin causa jus i icada. Buques y es ibado as ambién ipi ica es a in acción muy
g a e cuando se al a al abajo sin causa jus i icada du an e es días al mes. El
con enio de T anspo e de iaje os conside a muy g a e la al a cuando son es o
más de es al as de asis encia sin causa jus i icada come idas en el pe íodo de es
meses. En cambio, el con enio de Pozos y iegos ag ícolas es el único que no de alla
cuan as al as injus i icadas conside a como muy g a es, iene ipi icada es e ipo de
in acción muy g a e como al as epe idas e injus i icadas de asis encia o de
pun ualidad al abajo. Sólo hay un con enio sec o ial de los analizados que no
conside a la al a de asis encia al abajo, es el de Fincas u banas de Ca aluña pa a el
sec o de empleados de incas u banas de Cas ellón.
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Fal as po simula en e medad o acciden e
La simulación de en e medad o acciden e ambién es una al a de ca ác e muy
g a e que pa ece en los con enios del Come cio ex il, Indus ia made a y
Supe me cados y au ose icios.
Fal as po deli os de obo o hu o
El obo o hu o come ido an o a la emp esa como a los compañe os ambién
es conside ado in acción muy g a e po el con enio del Come cio ex il, Tin o e ías y
la ande ías, Supe me cados y au ose icios, Buques, es ibado as y agen es de
aduana y Fincas u banas de Ca aluña pa a el sec o de empleados de Cas ellón.
Además, el con enio de T anspo es de iaje os po ca e e a y u banos añade a es e
ipo de in acción la desleal ad, la ansg esión de la buena e con ac ual y el acoso
sexual. El con enio de Indus ia made a iene ipi icada es a in acción muy g a e
cuando hay sen encia i me po deli os de obo, hu o o deli os sexuales.
Fal as po abandona el pues o de abajo
Abandona el pues o de abajo en ca go de esponsabilidad o cuando ello
causa a un pe juicio g a e en el p oceso p oduc i o, es una in acción g a e ipi icada
en el con enio de la Indus ia made a, con enio de T anspo es de iaje os po
ca e e a y u banos ambién haca alusión a es e ipo de in acción, haciendo e e encia
sólo al abandono del pues o de abajo.
Fal as po desleal ad, abuso de con ianza o compe encia desleal
El aude, desleal ad o abuso de con ianza en las ges iones encomendadas y la
compe encia desleal en la ac i idad de la emp esa, es una in acción muy g a e que
apa ece en los con enios del Come cio ex il, Indus ia made a, Tin o e ías y
la ande ías y Supe me cados y au ose icios. El con enio de Pozos y iegos ag ícolas
añade la ansg esión de la buena e con ac ual.
Fal as po es ado de emb iaguez o oxicomanía
La emb iaguez o es ado de oxicomanía mani ies a du an e la jo nada labo al
ambién es una in acción muy g a e, apa ece en el con enio de Supe me cados y
Au ose icios y Pozos y Riegos Ag ícolas. El con enio de Tin o e ías y La ande ías
ambién la conside a cómo muy g a e, pe o cuando epe cu a nega i amen e en el
abajo, de la misma o ma apa ece ipi icada en el con enio de Indus ia Made a. El
con enio de T anspo es y Viaje os, es ablece es a in acción muy g a e cuando se
supe a la asa de alcoholemia ijada eglamen a iamen e en cada momen o du an e el
19
abajo pa a el pe sonal de conducción, conside ando ambién la conducción bajo los
e ec os de las d ogas.
Fal as po a o indebido
Los malos a os de palab a u ob a o la al a g a e de espe o y conside ación a
los je es o sus amilia es, subo dinados o compañe os es conside ada una in acción
muy g a e po los con enios de Indus ia made a, Come cio ex il, T anspo es y
iaje os po ca e e a y u banos, Tin o e ías y la ande ías, Pozos y iegos ag ícolas y
Fincas u banas de Ca aluña pa a el sec o de empleados de Cas ellón. El con enio de
Supe me cados y au ose icios, añade a es a in acción muy g a e cuando los malos
a os son al público en gene al.
Fal as po acoso
O as in acciones muy g a es que podemos encon a en común en los
con enios analizados, es el acoso mo al, el acoso sexual y las o ensas e bales o
ísicas de na u aleza sexual eje cidas po o sob e cualquie abajado . Es a in acción
muy g a e la ienen en común el con enio de Come cio ex il, Buques, es ibado as y
agen es de aduana, Supe me cados y au ose icios, T anspo es y iaje os, el
con enio de Tin o e ías y la ande ías, conside ando ambién el acoso psicológico, el
con enio de Indus ia made a añade a es a in acción el acoso po azón de o igen
acial o é nico.
Fal as de disminución del endimien o en el abajo
La disminución con inuada y olun a ia en el endimien o no mal del abajo es
conside ada muy g a e en el con enio del Come cio ex il, Pozos y iegos ag ícolas,
Indus ia made a, Tin o e ías y la ande ías y Supe me cados y au ose icios.
La simulación de en e medad o acciden e es conside ada in acción muy g a e
po el con enio de Tin o e ías y la ande ías, Indus ia made a y Come cio ex il.
U iliza indebidamen e el ma e ial de la emp esa, pa a ines ajenos es
in acción muy g a e en el con enio de T anspo es y iaje os, Indus ia made a y
Come cio ex il.
La ei e ada no u ilización de los elemen os de p o ección en ma e ia de
segu idad e higiene es una in acción muy g a e que apa ece en el con enio de
Tin o e ías y la ande ías y T anspo es y iaje os.
O as al as de ca ác e subje i o que podemos encon a en los con enios
analizados son:
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• La al a de aseo y limpieza que a ec e a la imagen de la emp esa es in acción
muy g a e en el con enio del Come cio ex il.
• El e aso de más de seis días en la en ega de la ecaudación, es in acción
muy g a e en el con enio de T anspo es y iaje os, además conside ando la
iolación del sec e o de co espondencia como muy g a e.
• Causa acciden es g a es po negligencia o descuido, es conside ado
in acción muy g a e en el con enio de la Indus ia made a, así como ealiza
a eas pa icula es en el ho a io de abajo.
• La indisciplina o desobediencia del abajo, ipi icada en el con enio de Pozos y
iegos ag ícolas.
La eincidencia en al as g a es, ambién son conside as in acciones muy g a es.
Apa ecen ipi icadas como al en los con enios de Come cio ex il, la conside a muy
g a e, aunque sea de dis in a na u aleza y se come a den o de los seis meses
siguien es de habe se come ido la in acción g a e, de la misma mane a apa ece
ipi icada en el con enio de Supe me cados y au ose icios. Indus ia made a la
es ablece del mismo modo, a i mando que siemp e que haya sido obje o de sanción
po esc i o. El con enio de Tin o e ías y la ande ías ipi ica la eincidencia en al as
g a es como in acción muy g a e, conside ando como al aquella si uación en la que,
con an e io idad al momen o de la comisión del hecho, el abajado /a hubiese sido
sancionado dos o más eces po al as g a es, aunque sea de dis in a na u aleza,
du an e el pe íodo de un año.
Después de ealiza el análisis de las al as en los con enios colec i os sec o iales
de la p o incia de Cas ellón, pasa emos a analiza los con enios colec i os de
emp esa de Cas ellón.
4.1.4 In acciones le es en los Con enios Colec i os de Emp esa
Fal as de asis encia al abajo.
Las al as de asis encia al abajo apa ecen ipi icadas en muchos de los
con enios analizados. El con enio de la emp esa Plan ones Ce i icados conside a
in acción le e al a un día al abajo sin jus i ica . C uz Roja conside a le e la
in acción cuando se al a un día al mes sin causa jus i icada. Pamesa la iene
ipi icada de la misma o ma, un día en el pe íodo de 30 días. Elemen esh la iene
ipi icada igual que C uz Roja. Beniplan la iene ipi icada en su con enio de emp esa
como le e cuando se al a un día al abajo sin causa jus i icada, no especi ica en que
21
pe iodo de iempo, de la misma o ma apa ece en el con enio de la emp esa
Au oca es Mesegue . La emp esa Cen o de T a amien os de Residuos del
Medi e áneo la iene ipi icada en al a un día al mes sin causa jus i icada, de la
misma o ma apa ece en el con enio de la emp esa BP OIL y en el de la emp esa
Ag onos um.
Fal as de pun ualidad.
La al a de pun ualidad ambién es una in acción muy común en los con enios
analizados. En el con enio de la emp esa Plan ones Ce i icados apa ece ipi icada
como has a dos al as de pun ualidad no jus i icadas en un mes. En el de C uz Roja se
conside a le e cuando son de es a cinco al as de pun ualidad, sin jus i icación en un
mes. Pamesa conside a le e la in acción: has a es al as de pun ualidad no
jus i icadas en un mes en la en ada o salida del abajo. Elemen esh ambién
conside a es a in acción: de una a es al as de pun ualidad en el pe iodo de un mes.
Remolques Medi e aneo la conside a le e siemp e que la al a de pun ualidad sea
in e ioi a quince minu os y no se de i e po la unción especial del ipulan e. Beniplan
ambién la iene en su con enio: has a dos al as de pun ualidad en un mes. Cen o de
T a amien o de Residuos: has a es al as de pun ualidad no jus i icadas en un mes.
Ag onos um ambién: de una a es al as de pun ualidad no jus i icadas en el pe iodo
de un mes. El con enio de la emp esa Vi ia o Segu idad la iene ipi icada en has a
es al as de pun ualidad, con e aso supe io a cinco minu os e in e io a quince,
den o del pe iodo de un mes. El con enio de la emp esa Á ica Res au an es
conside a como le e la al a cuando hay de una a es al as injus i icadas de
pun ualidad de has a ein a minu os en el pe íodo de ein a días. Po úl imo,
Au oca es Mesegue : dos al as de pun ualidad en la asis encia al abajo en el pe iodo
de dos meses sin la debida jus i icación.
Fal as de aseo y limpieza pe sonal.
La al a de aseo pe sonal y limpieza ambién es una al a de ca ác e le e,
an e io men e la hemos podido e como in acción g a e y muy g a e en los
con enios sec o iales. Es a al a apa ece ipi icada en el con enio de la emp esa BP
OIL, Vi ia o Segu idad, Beniplan , Cen o de T a amien os de Residuos del
MEdi e aneo y Á ica Res au an es ambién la iene ipi icada como al a siemp e que
la al a de aseo sea ocasional y du an e el se icio. Aguas de Co es ambién iene
es a al a le e ipi icada en su con enio, al a de aseo pe sonal y limpieza que a ec e
nega i amen e a la emp esa a la con i encia en e compañe os de abajo y a la
calidad del p oceso p oduc i o. Remolques Medi e áneo conside a le e la al a de
22
aseo o de higiene siemp e que es a no p oduzca queja de sus compañe os. En el
con enio de la emp esa Pamesa ambién apa ece es a al a, pe o ipi icada de o ma
dis in a, conside an es a al a le e cuando la al a de aseo pe sonal sea ocasional y
p o oque eclamaciones de los compañe os de abajo o je es. Au oca es Mesegue
ambién conside a le e la al a de aseo y de limpieza, conside ando ambién el uso
inco ec o del uni o me y la inco ección de los usua ios. La emp esa Plan ones
Ce i icados iene en su con enio como in acción le e, la al a de cu iosidad e higiene
pe sonal.
Fal as po abandono del pues o de abajo.
El abandono del pues o de abajo, aun cuando sea po b e e iempo, sin
causa jus i icada es una al a le a que apa ece en dis in os con enios analizados, el
con enio de Pamesa, la conside a le e, aunque si el abandono del pues o causa daño
a la p oducción es a puede conside a se g a e o muy g a e. Es a in acción ambién
apa ece en el con enio de Beniplan , Aguas de Co es, Vi ia o Segu idad, Cen o de
T a amien os de Residuos, C uz Roja y Plan ones Ce i icados. El con enio de la
emp esa Remolques Medi e áneo ambién iene ipi icada es a in acción le e, añade
que se conside a a g a e si el abandono es po pa e del ipulan e. El con enio de la
emp esa Á ica Res au an es ambién p esen a una peculia idad en es e ipo de al a,
conside a el abandono sin causa jus i icada al a le e, aunque sea po b e e iempo o
e mina an icipadamen e el mismo, con una an elación in e io a ein a minu os,
siemp e que de es as ausencias no se de i en g a es pe juicios pa a el abajo, de
es a o ma se conside a ían g a es.
Fal as po no comunica cambios a la emp esa.
No comunica a la emp esa los cambios de domicilio, es una in acción le e, la
hemos is o an e io men e en los con enios sec o iales, en los con enios de emp esa
ambién apa ece. Tienen ipi icada es a al a le e el con enio de la emp esa Pamesa,
Beniplan , Á ica Res au an es, Plan ones Ce i icados (añadiendo los da os
necesa ios pa a la Segu idad Social), C uz Roja, Cen o de T a amien os de Residuos
del Medi e áneo, Vi ia o Segu idad, Aguas de Co es (es ablece el plazo de 7 días
na u ales desde que se p oduzcan los hechos, incluidos los elacionados con la
Segu idad Social), Beniplan y Au oca es Mesegue .
La no comunicación de la incapacidad empo al a la emp esa, ambién es una
al a le e, apa ece en el con enio de la emp esa Elemen esh, es ablece dos días
hábiles pa a no i ica a la emp esa la baja po incapacidad empo al, cuando es a no
se no i ica en el plazo es ablecido, el abajado hab á come ido una al a le e, sal o
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que p uebe la imposibilidad de hace lo. La emp esa Ag onos um ambién conside a
es a in acción como le e, apa ece ipi icada de la misma mane a que en el con enio
de la emp esa Elemen esh. La emp esa BP OIL hace e e encia a es a in acción de
o ma más gené ica, e i iéndose a la omisión de las comunicaciones obliga o ias po
pa e del empleado a la Emp esa.
Fal as po discusiones.
Las discusiones con los compañe os den o del ho a io de abajo, es una al a
le e que apa ece en el con enio de la emp esa Au oca es Mesegue , Aguas de Co es
ambién la conside a le e es a in acción añadiendo a es a los comen a ios
despec i os, insul os o al e cados que puedan a ec a nega i amen e a la imagen de la
emp esa. Vi ia o Segu idad ambién añade a es a in acción las al as de espe o y
conside ación en ma e ia le e a los subo dinados, compañe os, mandos, pe sonal y
público. Á ica Res au an es ambién conside a le e es a al a siemp e que las
discusiones no sean en p esencia de público. Remolques Medi e áneo ambién hace
una pequeña dis inción en es a in acción, conside a le e las discusiones de los
abajado es a bo do con los compañe os de abajo, se ían conside adas g a e si
ales discusiones p o oca an escándalo. El con enio de la emp esa BP OIL, hace
alusión a es a in acción e i iéndose a la inobse ancia de las no mas elemen ales de
educación, an o como a la emp esa como a los je es, compañe os y subo dinados. La
emp esa Cen o T a amien os Residuos del Medi e áneo ambién conside a le e las
discusiones siemp e que se p oduzcan con mo i o u ocasión del abajo.
Fal as po incumplimien o de no mas.
La inobse ancia de las no mas en ma e ia de segu idad y salud en el abajo
que no en añe iesgo g a e pa a el abajado o sus compañe os, siemp e que el
abajado es é debidamen e in o mado y cuen e con los medios especí icos de
p o ección, es in acción le e en el con enio de la emp esa Pamesa. El con enio de
Cen o de T a amien os y Residuos del Medi e áneo conside a in acción le e la
inobse ancia de las no mas en ma e ia de p e ención de iesgos labo ales, siemp e
que no en añe iesgo pa a el abajado y sus compañe os.
Fal as po descuidos con los ma e iales.
Las pequeñas negligencias en la conse ación del ma e ial, u ensilios y
maquina ia es una in acción le e en el con enio de la emp esa Beniplan y en el de la
emp esa Plan ones Ce i icados. Es a al a le e ambién apa ece en el con enio de la
emp esa Cen o de T a amien os, añadiendo ambién la negligencia en el desa ollo
24
del abajo encomendado, siemp e y cuando no cause pe juicio de conside ación a la
emp esa o a los abajado es. La emp esa Aguas de Co es ambién hace e e encia a
los pequeños descuidos de la conse ación del ma e ial en su con enio, conside ando
ambién el descuido, e o o demo a inexplicable en la ejecución de cualquie abajo.
Vi ia o Segu idad ambién conside a le e el descuido en la conse ación de las
máquinas y ma e iales de la emp esa, incluyendo las dis acciones en la ealización
del abajo, se conside a ía g a e o muy g a e cuando lo an e io o igine
consecuencias de g a edad.
Fal as po desobediencia.
La desobediencia en ma e ia le e, ambién es una in acción que apa ece en el
con enio de la emp esa Beniplan y Plan ones Ce i icados.
Fal as po no no i ica posibles ausencias.
No no i ica la azón de la ausencia al abajo es una in acción le e, en el
con enio de la emp esa C uz Roja, se conside a le e, cuando no se no i ique con
ca ác e inmedia o o den o de las 48 ho as siguien es a la al a, sal o que se p uebe
la imposibilidad de hace lo. En el con enio de la emp esa Pamesa ambién apa ece
es a in acción, la no comunicación con 48 ho as como mínimo de an elación de
cualquie al a de asis encia al abajo, po causa jus i icada, a no se que quede
ac edi ada la imposibilidad de hace lo. La emp esa Cen o de T a amien os ambién
iene es a in acción en su con enio, no especi ica pe iodo de p ea iso, solo apa ece
la no comunicación con ca ác e p e io de la ausencia al abajo. Á ica Res au an es
ambién iene es a in acción en su con enio, ampoco especi ica iempo de p ea iso.
Aguas de Co es si que especi ica plazo pa a jus i ica la ausencia al abajo, es ablece
plazo máximo de es días pa a cu sa la jus i icación exigible. Vi ia o Segu idad
conside a le e la in acción cuando no se no i ica con ca ác e p e io la ausencia al
abajo y no se jus i ica den o de las 24 ho as siguien es, excep o que se p uebe la
imposibilidad de hace lo.
O as al as le es de ca ác e subje i o, que podemos encon a en los con enios
de emp esa analizados son:
• Aguas de Co es conside a in acción le e no icha en los apa ados de con ol
en la en ada o salida de la emp esa. Usa el elé ono mó il pa icula en el
luga de abajo ambién es una al a le e. Incumpli con los p ocedimien os y
no mas del pues o de abajo en conocimien o del abajado , es al a le e
31
4.1.6 In acciones muy g a es en los Con enios Colec i os de Emp esa
Fal as de pun ualidad
Es e ipo de in acción es muy común en los con enios de emp esa es udiados.
La emp esa Vi ia o conside a es a in acción cuando son más de 12 en un año,
Pamesa en su con enio ambién la conside a, cuando son más de ocho al as en es
meses y más de doce en seis meses. C uz Roja en su con enio ambién conside a la
al a de pun ualidad muy g a e cuando excedan de once en ein a días, más de ein e
en seis meses y más de ein a en un año. Plan ones Ce i icados la conside a muy
g a e cuando sean más de doce al as en seis meses o más de ein icinco en un año,
Elemen esh no es an es ic i o, iene ipi icada es a in acción cuando sean más de
ocho al as en seis meses. La emp esa Beniplan coincide con Plan ones Ce i icados,
más de doce en seis meses o más de ein icinco en un año. La emp esa Aguas de
Co es lo hace de o ma dis in a, más de diez al as de pun ualidad en un año que
supe en los sesen a minu os. Cen o de Residuos del Medi e áneo es ablece como
muy g a e cuando sean más de diez en es meses o ein e en seis meses.
Ag onos um ambién iene ipi icada es a in acción, más de ocho al as en seis
meses. Po úl imo y el más es ic i o, la emp esa Au oca es Mesegue que es ablece
como in acción muy g a e cuando sean más de cua o al as de pun ualidad en es
meses. Encon amos cie a dispa idad con la ipi icación de las al as de pun ualidad,
a ían la can idad de al as y el iempo en el que pueden p oduci se, sólo hay dos
con enios que coinciden con la ipi icación, son el de la emp esa Plan ones
Ce i icados y la emp esa Beniplan .
Fal as de asis encia.
Las al as de asis encia al abajo ambién es una al a muy común. Vi ia o
Segu idad en su con enio de emp esa la conside a muy g a e cuando se al a 3 o más
eces en un año sin causa jus i icada, más de seis eces en cua o meses y más de
doce en un año. Pamesa en su con enio de emp esa ambién hace alusión, al a más
de dos días al abajo en un pe iodo de ein a días. C uz Roja es ablece la in acción
como muy g a e cuando se al an es días consecu i os o cinco al e nos en un mes.
Plan ones Ce i icados en su con enio es ablece dicha in acción cuando se al an seis
días en un pe iodo de cua o meses, Elemen esh la iene ipi icada es a in acción en
al a es o más días en un mes. La emp esa Á ica Res au an es si es ablece es a
in acción muy g a e en su con enio, es al as de asis encia o más en un pe iodo de
ein a días, diez en seis meses o ein e en un año. Beniplan es un uel e a coincidi
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con Plan ones Ce i icados, su con enio conside a es a in acción muy g a e cuando
se al an seis días en cua o meses. Cen o de Residuos del Medi e áneo es ablece
es a in acción en al a es días al abajo en un mes. BP OIL en su con enio iene
ipi icada es a al a cuando se al a más de es eces al abajo en el pe iodo de un
mes. Aguas de Co es es más es ic i o, conside a es a in acción cuando se al a
más de un día al abajo en seis meses, Ag onos um ambién pod íamos conside a
que es bas an e es ic i o, ya que iene ipi icada es a al a en al a es o más días al
abajo en un mes. Po úl imo, Au oca es Mesegue , que la iene ipi icada en al a al
abajo es o más eces en es meses.
Fal a de aseo y limpieza
Es a in acción sólo la ienen ipi icada muy g a e dos con enios de emp esa
es udiados, son Vi ia o Segu idad y Remolques Medi e áneo, el p ime o la conside a
muy g a e cuando la al a de aseo es con inuada y habi ual y el segundo cuando se
hubiese llamado la a ención al empleado sob e la al a de aseo y es e sigue
pe sis iendo.
Fal as po discusiones
Las al as muy g a es po discusiones apa ecen ipi icadas en algunos de los
con enios es udiados, las conside a como muy g a es el con enio de la emp esa
Vi ia o Segu idad y el de la emp esaBP OIL, conside ando ambién los malos a os de
palab a y el o igina peleas. Pamesa y Au oca es Mesegue conside an como muy
g a e los malos a os de palab a. Remolques del Medi e áneo la iene ipi icada de
mane a di e en e a las an e io es emp esas, conside a como muy g a e cuando se
blas ema de o ma habi ual. Elemen esh conside a muy g a e las o ensas e bales y
ísicas, igual que la emp esa Ag onos um. Ag ede ísica o e balmen e es
conside ada como una al a muy g a e po el con enio de la emp esa Aguas de
Co es.
Fal as po acoso
El acoso sexual es conside ado una al a muy g a e en los con enios de las
emp esas Ag onos um, Aguas de Co es y Elemen esh. Cen o de T a amien os de
Residuos amplia el abanico de ipos de acoso, conside ando como muy g a e el acoso
sexual, el labo al y el psicológico, Pamesa lo hace de la misma mane a, añadiendo
ambién el acoso é nico. C uz Roja solo conside a la disc iminación po azón de sexo
y Á ica Res au an es conside a el acoso mo al y sexual.
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Fal as po obo o hu o
El obo es conside ado muy g a e en el con enio de Vi ia o Segu idad cuando
exis e una sen encia i me que condene es e deli o. C uz Roja ambién lo ipi ica en su
con enio el obo o hu o como muy g a e pe o cuando sea a los compañe os. Hay dos
con enios que conside an muy g a e el obo cuando ha sido den o de la emp esa o
cen o de abajo, son el de la emp esa Á ica Res au an es y Aguas de Co es.
Fal as po compe encia desleal a la emp esa
El aude, abuso de con ianza, compe encia desleal y ansg esión de la buena
e es una in acción muy g a e, apa ece en los siguien es con enios de emp esa:
Vi ia o Segu idad, Pamesa, C uz Roja, Elemen esh, Á ica Res au an es, Cen o de
Residuos, Ag onos um y Au oca es Mesegue . Hay dos con enios que es ablecen
que es a in acción se á muy g a e cuando a ec e a los in e eses de la emp esa, son
BP OIL y Aguas de Co es.
Fal as po desobediencia
Pamesa conside a es a al a cuando la desobediencia sea con inuada y
pe sis en e, Cen o de T a amien os de Residuos la ipi ica igual en su con enio.
Cuando sea de especial g a edad se á una in acción muy g a e en los con enios de
Plan ones Ce i icados y Beniplan . Cuando la desobediencia sea de o ma con inuada
y g a e, se conside a á in acción muy g a e en el con enio de Ag onos um. En
úl imo luga BP OIl y Aguas de Co es, sanciona an a sus empleados cuando la
desobediencia sea en ma e ia de segu idad y de abajo.
Fal as po ac i ud imp uden e del abajado
Cuando la imp udencia implique iesgo de acciden e y a ec e a la segu idad de
los demás abajado es, se á una in acción muy g a e ipi icada en los siguien es
con enios: Pamesa, C uz Roja, Elemen esh, Cen o de T a amien os de Residuos,
Ag onos um y Au oca es Mesegue .
Fal as po descuidos en los ma e iales de la emp esa
Es a in acción apa ece en odos los con enios de emp esa es udiados,
excep o en el de C uz Roja, BP OIL y Ag onos um. Es os es con enios son los
únicos que no hacen mención a es e ipo de in acción.
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Fal as po emb iaguez o oxicomanía
Es a al a de ca ác e muy g a e, odos los con enios que conside an es a
in acción hacen especial mención que se á una al a muy g a e cuando sea du an e
el abajo, es a al a la encon amos en el con enio de Pamesa, C uz Roja, Remolque
Medi e áneo, Plan ones Ce i icados, Beniplan , Cen o de T a amien os de Residuos,
BP OIL y Aguas de Co es. Au oca es Mesegue es ablece una clausula más, supe a
la asa de alcoholemia du an e la jo nada de abajo.
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5 Sanciones y ipología
“Las sanciones consis en en pé didas o mino aciones de los de echos que
co esponden al abajado en unción del con a o. El a . 58.1 ET obliga a los
con enios a g adua las, lo que se hace en pa alelo con la g aduación de in acciones y
supone que se clasi iquen ambién en le es, g a es y muy g a es. A di e encia de las
in acciones, sob e las sanciones el p incipio de ipicidad se p oyec a con algo más de
con undencia: no cabe una enume ación simplemen e ejempli ica i a. Po ello, el a .
115.1 LJS p e é la e ocación de aquella sanción que no es u ie a ipi icada en las
disposiciones legales o con enio colec i o aplicable. Exis en, además, sanciones
exp esamen e p ohibidas: no se pod án impone sanciones que consis an en la
educción de la du ación de las acaciones u o a mino ación de los de echos al
descanso del abajado o mul a de habe (a . 58.3 ET). No malmen e, las al as muy
g a es son sancionadas con inhabili aciones pa a ascende y suspensiones de empleo
y sueldo de la ga du ación, con aslados y con el despido. Las al as g a es, con
suspensiones de empleo y sueldo e inhabili aciones pa a ascende de meno du ación
y con cambios de pues o de abajo. Y las al as le es, con amones aciones e bales o
esc i as y b e es suspensiones de empleo y sueldo”.
7
A con inuación, analiza emos las sanciones de los con enios sec o iales
es udiados, a endiendo a la clasi icación que hemos is o an e io men e, sanciones
po al a le e, po al a g a e y po al a muy g a e.
5.1 Sanción le e Con enios Colec i os Sec o iales
El CC de Tin o e ías y La ande ías es ablece po al a le e, amones ación e bal
o esc i a y suspensión de empleo y sueldo de has a dos días. El CC de Pozos y
Riegos Ag ícolas, es ablece po al a le e amones ación po esc i o o suspensión de
empleo de uno a es días. El CC de Indus ia Made a, es ablece amones ación e bal
y amones ación esc i a, no hace e e encia a suspensión de empleo o sueldo. El CC
de Supe me cados y Au ose icios es ablece po la sanción de al as le es,
comunicación esc i a al abajado y suspensión de empleo y sueldo de has a es
días. El CC de T anspo es de Viaje os po Ca e e a y U banos, es ablece la sanción
po al a le e amones ación e bal, amones ación esc i a y de uno a dos días de
suspensión de empleo y sueldo. El CC del Come cio Tex il, es ablece que la sanción
7
José Ma ía Goe lich Pese , De echo del T abajo, 5ª Edición, “Pode es del Emp esa io”
(Valencia, 2016), pagina 420.
36
que se pod á impone po al a le e se á, amones ación e bal, amones ación po
esc i o y suspensión de empleo y sueldo has a es días. El CC de Fincas U banas de
Ca aluña pa a el Sec o de Empleados de Fincas U banas de Cas ellón, es ablece po
al a le e, que la sanción se á amones ación e bal o esc i a. El CC de Buques,
Es ibado as, T ansi a ios y Agen es de Aduana es ablece que la sanción máxima a
impone po al a le e se á la amones ación po esc i o.
5.2 Sanción g a e Con enios Colec i os Sec o iales
El CC de Tin o e ías y La ande ías es ablece la sanción máxima po al a g a e,
en suspensión de empleo y sueldo de es a ca o ce días. El CC de Pozos y Riegos
Ag ícolas es ablece po al a g a e, la sanción de suspensión de empleo y sueldo de
cua o a quince días, comunicándose al abajado siemp e po esc i o, al y cómo
es ablece en su con enio. El CC de Indus ia Made a, es ablece la sanción de
suspensión de empleo y sueldo de uno a ein e días po al as g a es. El CC de
Supe me cados y Au ose icios es ablece la sanción de suspensión de empleo y
sueldo de es a quince días po al as g a es, comunicándose po esc i o al
abajado . El CC de T anspo e de Viaje os po Ca e e a y U banos es ablece po
al as g a es, la sanción de suspensión de empleo y sueldo de es a ein e días y la
pos e gación pa a el ascenso has a 5 años. El CC del Come cio Tex il, es ablece po
al as g a es, la sanción de suspensión de empleo y sueldo de es a quince días. El
CC de Finas U banas de Ca aluña pa a el Sec o de Empleados de Cas ellón, po
al as g a es es ablece la sanción de suspensión de empleo y sueldo de sie e a quince
días. El CC de Buques, Es ibado as, T ansi a ios y Agen es de Aduana es ablece po
al as g a es, sanción de suspensión de empleo y sueldo de dos a quince días.
5.3 Sanción muy g a e Con enios Colec i os Sec o iales
El CC de Tin o e ías y La ande ías es ablece como sanción máxima, po al a
muy g a e, la suspensión de empleo y sueldo de ca o ce días a un mes, aslado a
cen o de abajo de una localidad dis in a du an e un pe iodo de has a un año y
despido disciplina io. El CC de Pozos y Riegos Ag ícolas es ablece la sanción de
suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesen a días o despido con pé dida de
odos sus de echos en la emp esa, po al as muy g a es. El CC de la Indus ia
Made a es ablece, po al as muy g a es la suspensión de empleo y sueldo de
ein iuno a no en a días y el despido. El CC de Supe me cados y Au ose icios
es ablece po al as muy g a es, la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a
37
sesen a días y el despido con pé dida de odos sus de echos en la emp esa. El CC de
T anspo e de Viaje os po Ca e e a y U banos es ablece como sanción, po al as
muy g a es, la suspensión de empleo y sueldo de ein iuno a sesen a días, la
inhabili ación de ini i a pa a el ascenso y el despido. El CC del Come cio Tex il
es ablece la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesen a días has a la
escisión del con a o de abajo po al as muy g a es. El CC de Fincas U banas de
Ca aluña pa a el Sec o de Empleados U banos de Cas ellón es ablece como sanción,
po al as muy g a es, la suspensión de empleo y sueldo de 30 a 60 días. El CC de
Buques, Es ibado as, T ansi a ios y Agen es de Aduana es ablece la sanción, po
al as muy g a es la suspensión de empleo y sueldo de 16 a 60 días, la inhabili ación
pa a el ascenso, po un pe iodo de 2 a 4 años y el despido, odo ello a endiendo a la
g a edad de la al a come ida.
A con inuación, ealiza emos el mismo análisis en los con enios de emp esa
es udiados.
5.4 Sanción le e Con enios Colec i os de Emp esa
El con enio de emp esa de Pamesa, es ablece po al a le e, amones ación
e bal, amones ación po esc i o y suspensión de empleo y sueldo de has a dos días.
El con enio de la emp esa Ag onos um po al a le e, es ablece como sanción la
amones ación po esc i o y la suspensión de empleo y sueldo de un día. La emp esa
Elemen esh en su con enio, es ablece como sanción po al a le e, la amones ación
po esc i o y la suspensión de empleo y sueldo de un día. Au oca es Mesegue en su
con enio de emp esa, es ablece po al a le e la amones ación e bal y esc i a y uno o
dos días de suspensión de empleo y sueldo. Beniplan en su con enio de emp esa,
es able que la sanción máxima que se puede impone po al a le e, consis e en
amones ación e bal, amones ación po esc i o y suspensión de empleo y sueldo
has a dos días. Plan ones Ce i icados en su con enio de emp esa es ablece la
sanción po al a le e, que consis e en amones ación e bal, amones ación esc i a y
suspensión de empleo y sueldo has a dos días. La emp esa Vi ia o Segu idad en su
con enio la sanción po al a le e la es ablece con la amones ación e bal y
amones ación esc i a. Cen o de T a amien os de Residuos del Medi e áneo en su
con enio de emp esa es ablece po al a le e, la sanción de suspensión de empleo y
sueldo de has a dos días y la amones ación po esc i o. La emp esa BP OIL en su
con enio, es ablece la amones ación p i ada e bal y p i ada po esc i o po al as
le es. C uz Roja en su con enio de emp esa es ablece como sanción po al a le e, la
amones ación e bal en p esencia de los ep esen an es sindicales, y si ue an
38
ei e adas po esc i o. La emp esa Remolques Medi e áneo es ablece amones ación
e bal y amones ación po esc i o como sanción po al as le es. Á ica Res au an es,
en su con enio de emp esa es ablece como sanción po al as le es, la amones ación,
sin especi ica po esc i o o e balmen e y la suspensión de empleo y sueldo has a dos
días. La emp esa Aguas de Co es es ablece en su con enio, la amones ación e bal,
amones ación po esc i o y suspensión de empleo y sueldo de has a es días, como
sanciones máximas que se pod án impone po al as le es.
5.5 Sanción g a e Con enios Colec i os de Emp esa
Pamesa es ablece en su con enio suspensión de empleo y sueldo de es a
ca o ce como sanción po al a g a e. Ag onos um suspende de empleo y sueldo de
dos a quince días po in acción g a e. Elemen esh sanciona la al a g a e con
suspensión de empleo y sueldo de dos a quince días. Au oca es Mesegue es ablece
en su con enio de emp esa la suspensión de empleo y sueldo de es a ein e días y
la pos e gación pa a el ascenso has a 5 años como sanción po al a g a e. Beniplan
suspende de empleo y sueldo de es a quince días po al a g a e. Plan ones
Ce i icados es ablece la sanción po al a g a e de la misma mane a que la emp esa
Beniplan , suspensión de empleo y sueldo de es a quince días. Vi i a o Segu idad
es ablece como sanción po al a g a e la amones ación pública, la suspensión de
empleo y sueldo de uno a quince días y la inhabili ación pa a el ascenso du an e un
año. Cen o de T a amien os de Residuos del Medi e áneo es ablece la suspensión
de empleo y sueldo de es a ca o ce días como sanción po al a g a e. La emp esa
BP OIL es ablece en su con enio la inhabili ación pa a pasa a la ca ego ía supe io
po un plazo no supe io a cua o años y la suspensión de empleo y sueldo po un
iempo de has a ein e días como sanción po al a g a e. C uz Roja en su con enio
de emp esa es ablece como sanción po al a g a e la suspensión de empleo y sueldo
en e uno y quince días, con cons a ación en el expedien e del pe sonal. Remolques
Medi e áneo en su con enio de emp esa, es ablece que las al as g a es pod án
sanciona se con algunas de las siguien es sanciones: suspensión de empleo y sueldo
de un día a es meses, inhabili ación po un pe iodo no supe io a cinco años pa a
ascenso de ca ego ía o p ohibición empo al o de ini i a pa a solici a pe mu a o
cambio de des ino. Á ica Res au an es es ablece en su con enio de emp esa, la
suspensión de empleo y sueldo de es a quince días como sanción po al as g a es.
Aguas de Co es en su con enio de emp esa es ablece la suspensión de empleo y
sueldo de cua o a quince días como sanción po al a g a e.
39
5.6 Sanción muy g a e Con enios Colec i os de Emp esa
En el con enio de emp esa de Pamesa, la sanción po in acción muy g a e es
la suspensión de empleo y sueldo de quince a sesen a días y despido. La emp esa
Ag onos um es ablece en su con enio la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis
a sesen a días y el despido como sanción po al a muy g a e. Elemen esh es ablece
la sanción po al a muy g a e igual que la emp esa Ag onos um. Au oca es
Mesegue es ablece di e sas sanciones po al as muy g a es en su con enio de
emp esa, son las siguien es: suspensión de empleo y sueldo de ein iuno a sesen a
días, inhabili ación de ini i a pa a el ascenso y despido. Beniplan y la emp esa
Plan ones Ce i icados es ablecen como sanciones po al as muy g a es la
suspensión de empleo y sueldo de quince a sesen a días, pé dida de an igüedad y
despido. Vi ia o Segu idad es ablece como sanción po al as muy g a es la
suspensión de empleo y sueldo de dieciséis días a dos meses y el despido. Cen o de
T a amien os de Residuos del Medi e áneo en su con enio de emp esa, sanciona con
suspensión de empleo y sueldo de quince días a sesen a y con despido a los
abajado es que come an al as muy g a es. BP OIL suspende de empleo y sueldo,
po un iempo no in e io a 21 días ni supe io a seis meses, inhabili a de o ma
de ini i a pa a pasa a ca ego ía supe io o despide, an e una al a muy g a e. C uz
Roja es ablece en su con enio de emp esa la sanción de suspensión de empleo y
sueldo de dieciséis días a dos meses y el despido como sanciones po al as muy
g a es. Remolques Medi e áneo es ablece en su con enio de emp esa que po al as
muy g a es, pod án impone se algunas de las siguien es sanciones: suspensión de
empleo y sueldo de es meses y un día a seis meses o despido. Á ica Res au an es
es ablece en su con enio de emp esa la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a
sesen a días y el despido disciplina io como sanciones po al as muy g a es. Aguas
de Co es es ablece la sanción po al as muy g a es de la misma mane a que la
emp esa Á ica Res au an es.
Después de ealiza es e análisis, podemos conclui que los con enios
sec o iales y los con enios de emp esa es udiados, cumplen con lo es ablecido en el
a . 58 ET. Ninguna sanción consis e en la educción de la du ación de las acaciones
ni ninguna o a mino ación de los de echos al descanso del abajado o mul a de
habe .
Es as sanciones, bien las que hemos is o en los CC Sec o iales y los CC de
Emp esa, ienen como obje i o esa ci los daños que se hayan podido causa po las
40
in acciones come idas po pa e de los abajado es y es au a el o den y la
disciplina.
A lo la go del análisis, hemos podido obse a como las sanciones mencionadas,
son casi siemp e las mismas. En muchos CC Sec o iales, las sanciones le es
consis en en amones a po esc i o o e balmen e y suspende de empleo y sueldo po
un pe iodo de iempo ela i amen e co o, en ninguno de ellos la suspensión de
empleo y sueldo supe a los cinco días. En las sanciones g a es, podemos ap ecia
que la suspensión de empleo y sueldo es mayo , oscilan la mayo ía en e 3 y 20 días,
en es e ipo de sanción la comunicación al abajado es po esc i o. Sólo un CC
Sec o ial penaliza con la pos e gación del ascenso, es el CC de T anspo es de
Viaje os po Ca e e a y U banos. Las sanciones muy g a es ya es ablecen
es icciones mayo es, la suspensión de empleo y sueldo aumen a llegando en
algunos casos has a los 60 días. Es aquí donde nos encon amos con el despido.
“El despido consis e en el cese de la elación de abajo que incula a la
emp esa y abajado , po decisión del emp esa io undada en un incumplimien o
g a e y culpable del abajado ”.
8
En los CC de Emp esa, la g aduación de las sanciones es la misma. Po
in acción le e, las sanciones consis en en amones a de o ma esc i a o e bal y
suspende de empleo y sueldo si así lo conside an, en es e caso, de los CC de
emp esa analizados, la suspensión de empleo y sueldo no supe a los es días. Las
sanciones g a es es ablecen una suspensión de empleo y sueldo mayo , en los
con enios es udiados, solo uno supe a los quince días.
9
Es en es e ipo de sanción
donde podemos ap ecia la pos e gación del ascenso y la p ohibición pa a solici a
cambio de des ino.
10
En las sanciones muy g a es obse amos, al igual que con los
CC Sec o iales, la suspensión de empleo y sueldo es mucho mayo y el despido
disciplina io puede es ablece se si exis e una conduc a culpable del abajado .
Tal y cómo sos iene M. A. Cas o A güelles (1993)
11
, podemos clasi ica las
sanciones en es g upos:
1. Sanciones de ad e encia. En es as incluimos la ep esión e bal y la ep esión
esc i a, que ienen como obje i o ad e i al abajado de que exis e la
8
A ículo 54.1 del Es a u o de los T abajado es
9
CC Au oca es Mesegue es ablece 20 días de suspensión de empleo y sueldo
10
CC Remolques Medi e áneo
11
M. A. Cas o A güelles (1993), El égimen disciplina io en la emp esa, in acciones y sanciones
labo ales. Sanciones p e is as en las no mas sec o iales. Pamplona: A anzadi.
47
8 Sanción a los ep esen an es de los abajado es
Las sanciones a los ep esen an es de los abajado es apa ecen eguladas en los
a ículos 55.1 ET y 68 ET, pa a que los ep esen an es legales de los abajado es o
miemb os del comi é de emp esa sean sancionados po al as le es, g a es o muy
g a es o despedidos se á necesa ia la ape u a de un expedien e con adic o io.
Exis en dos posibilidades an es la ape u a del expedien e sancionado :
1. El con enio colec i o lo exige an e al as muy g a es (lo hemos is o
an e io men e en el p ocedimien o sancionado ).
2. El abajado es ep esen an e legal de los abajado es.
Pa imos de es p emisas legales pa a abo da el es udio del expedien e
con adic o io, son las siguien es:
• A ículo 10 de la Ley O gánica 11/1985, de 2 de agos o, de Libe ad
Sindical (en adelan e LOLS): “Se oídos po la emp esa p e iamen e a la
adopción de medidas de ca ác e colec i o que a ec en a los abajado es
en gene al y a los a iliados a su sindica o en pa icula , y especialmen e en
los despidos y sanciones de és os úl imos”.
• A ículo 55 del ET: “Po con enio colec i o pod án es ablece se o as
exigencias o males pa a el despido. Cuando el abajado ue a
ep esen an e legal de los abajado es o delegado sindical p ocede á la
ape u a de expedien e con adic o io, en el que se án oídos, además del
in e esado, los es an es miemb os de la ep esen ación a que
pe enecie e, si los hubiese. Si el abajado es u ie a a iliado a un
sindica o y al emp esa io le cons ase, debe á da audiencia p e ia a los
delegados sindicales de la sección sindical co espondien e a dicho
sindica o”.
• A ículo 68 del ET: “Ape u a de expedien e con adic o io en el supues o
de sanciones po al as g a es o muy g a es, en el que se án oídos, apa e
del in e esado, el comi é de emp esa o es an es delegados de pe sonal”.
“Los Delegados y miemb os de Comi és es án p o egidos po unas ga an ías
especí icas que se elacionan con el a . 68 del ET. Ad ié ase desde aho a que es as
ga an ías son negociables -en el sen ido de su ampliación- en los con enios colec i os
48
que se pac en. El TC ha ex endido es as ga an ías a los que hayan sido candida os en
los p ocesos elec o ales, aunque no hayan sido elegidos.
• En caso de se despedidos ienen de echo a la ape u a p e ia de un
expedien e con adic o io, es deci , alegación po esc i o del caso po el
empleado , nomb amien o de un ins uc o y sec e a io, oma de decla aciones,
ámi e de audiencia del in e esado y del Comi é de emp esa o es an es
delegados, y p opues a de sanción, en los casos de al as g a es o muy
g a es.
• Son inmunes a despidos, sanciones y disc iminaciones en sus expec a i as de
p omoción económica o p o esional, du an e el eje cicio de sus unciones, ni el
año siguien e a la expi ación de su manda o, sal o que es a se p oduzca po
e ocación o dimisión, y siemp e que el despido o la sanción se base en
acciones del abajado en el eje cicio de sus unciones ep esen a i as, sin
pe juicio de la posibilidad de se despedido po causas señaladas en el a . 54
ET (despido po incumplimien o)”.
16
Pod íamos a i ma que el expedien e con adic o io, es el de echo que iene el
ep esen an e del abajado a se escuchado an es de que la sanción le sea impues a
po la di ección de la emp esa, con el expedien e con adic o io, se da la opción al
abajado de demos a la alsedad de las impu aciones.
17
M. J. López Ál a ez, a i ma que el expedien e con adic o io es un de echo que se
a ibuye a los ep esen an es de los abajado es y que, po lo an o, queda inculado a
la unción de ep esen an e den o de la emp esa, conside a que no es ningún
p i ilegio.
La ami ación del expedien e con adic o io exige el nomb amien o de un
ins uc o y un sec e a io, al y cómo sos iene Ál a ez, la p esencia de ambos en la
ami ación del expedien e ga an iza que el p oceso de ami ación sea impa cial,
a o ece el p ocedimien o. El emp esa io puede designa al ins uc o y al sec e a io,
ya que el ET no limi a la igu a del ins uc o .
La no i icación al abajado del nomb amien o del ins uc o y sec e a io, al y
cómo señala Ál a ez, pude ealiza se en cualquie momen o, siemp e y cuando sea
an es de o maliza el pliego de ca gos, el abajado debe á conoce ambién la
16
Mone eo Pé ez J.L., Molina Na a e e C., Mo eno Vida M.N., Manual de De echo Sindical, 9ª
Edición “El in e és colec i o p o esional y su pe soni icación ju ídica”.
17
Idea p incipal a . 55 ET y a . 68 ET.
49
ca ego ía p o esional de ambos, pa a que le pe mi a alo a si de es a o ma sus
ga an ías se puedan e a ec adas.
“La de e minación de aquellas conduc as in ac o as que han mo i ado la
ape u a del expedien e, en o den a su comunicación al abajado a ec ado, es una de
las diligencias inexcusables en es a ase de ins ucción del p ocedimien o”.
18
El pliego de ca gos, al y cómo sos iene Ál a ez, es un equisi o o mal, un
ámi e necesa io y esencial, que consis e en in o ma al abajado de los ac os que se
le impu an, la ausencia de es e ámi e, según exp esa Ál a ez, implica nulidad en el
p ocedimien o.
La elabo ación de es e ámi e pe enece al emp esa io, pe o Ál a ez explica
que el con enio colec i o puede es ablece que es a labo la pueda lle a a cabo el
ins uc o . El con enido del pliego de ca gos, se á el siguien e:
• Los hechos y compo amien os que el abajado haya come ido o que se le
a ibuyan, deben explica se de mane a cla a. Debe á inclui la echa y el
luga donde se come ie on los ac os y cualquie o o da o que enga
ele ancia.
• No se pod á modi ica el con enido inicial del pliego de ca gos, ya que es o
p o oca ía inde ensión.
En los con enios colec i os de emp esa es udiados, hemos podido comp oba
que algunos hacen especial mención a la ami ación del expedien e. El con enio de la
emp esa Aguas de Co es hace e e encia a la ami ación del expedien e cuando la
al a sea muy g a e, en es e caso, odas las al as ya sean le es, g a es o muy g a es
se comunica án a los delegados de pe sonal o delegados sindicales y a la pe sona
a ec ada. BP OIL en su con enio de emp esa no hace e e encia de mane a exp esa,
sólo hace mención a que en caso impone sanciones a ep esen an es legales de la
emp esa o ca gos sindicales, se egi án po los p ocedimien os y o malidades
es ablecidas en las disposiciones co espondien es. C uz Roja en su con enio hace
e e encia al expedien e disciplina io in o ma i o en caso de sanción muy g a e,
in o ma á a los ep esen an es legales de los abajado es en caso de al a g a e y
muy g a e. Pamesa si que hace e e encia al expedien e con adic o io como al,
sos iene que los abajado es que engan condición de ep esen an e legal o sindical,
p e iamen e a la imposición de sanciones po al as g a es y muy g a es, les se á
18
López Ál a ez M. J., El expedien e disciplina io labo al, “T ami ación del expedien e, Fase
in e media o de ins ucción”, A anzadi (Pamplona 1999)
50
ins uido el expedien e con adic o io po pa e de la emp esa, en el que se án oídos
apa e del in e esado el es o de miemb os que co espondan. En caso de impone
sanción po al a g a e o muy g a e a los abajado es que es én a iliados a un
sindica o, debe án da audiencia p e ia a los delegados sindicales, eniendo aquellos
72h pa a p esen a el pliego de desca go. En caso de sanciones po al as le es,
g a es o muy g a es la emp esa lo ano a á en el expedien e del abajado .
Ag onos um y Elemen esh ambién hacen e e encia al expedien e con adic o io en
caso de sanciones g a es o muy g a es a los ep esen an es legales de los
abajado es, en el cual se án oídos apa e del in e esado, el comi é de emp esa y los
delegados de pe sonal.
Au oca es Mesegue en su con enio no hace e e encia a la ami ación del
expedien e, sólo es ablece que se ano a á en el expedien e de cada abajado las
sanciones que se le hayan impues o.
En los con enios colec i os sec o iales analizados, podemos obse a como
algunos de ellos hacen e e encia al expedien e con adic o io. El con enio colec i o
de Indus ia Made a es ablece que, pa a la imposición de sanciones po al as g a es
o muy g a es a los ep esen an es legales de los abajado es o ep esen an es
sindicales, les se á ins uido expedien e con adic o io po pa e de la emp esa. El
con enio de Buques, Es ibado as y T ansi a ios ambién hace e e encia al expedien e
con adic o io, es ablece que las sanciones po al as g a es o muy g a es, eque i á
la ami ación del expedien e con adic o io con audiencia al in e esado, comunicación
po esc i o y comunicación a los ep esen an es legales de los abajado es, es ablece
un plazo de 3 días hábiles pa a que sea con es ado. El con enio de T anspo es de
Viaje os ambién hace e e encia a la ami ación del expedien e, sos iene que po
al as g a es o muy g a es se impond án p e ia ins ucción del opo uno expedien e,
es ablece que el in e esado y la ep esen ación de los abajado es end án de echo a
una audiencia pa a desca gos en el plazo de diez días. El con enio del Come cio
Tex il no hace e e encia al expedien e con adic o io en su p ocedimien o
sancionado , sólo es ablece que la emp esa comunica á a los ep esen an es legales
de los abajado es oda sanción g a e o muy g a e que se imponga.
51
9 Conclusión
La e idencia que se mos ó an e io men e demues a que el con enio colec i o
es undamen al pa a egula de mane a jus a las condiciones labo ales, en es e caso
las al as y las sanciones labo ales.
El con enio colec i o ac úa como lími e al pode de di ección del emp esa io,
es e pode le o o ga pode sanciona al abajado cuando es e come e una in acción,
al y cómo es ablece el T ibunal Cons i ucional, pa a que el emp esa io pueda
sanciona al abajado el pode de di ección debe cumpli el juicio de
p opo cionalidad, la sanción debe se idónea, necesa ia y p opo cional a la al a
come ida.
En el égimen disciplina io de cada con enio colec i o sec o ial y con enio de
emp esa encon amos una clasi icación exhaus i a de al as le es, g a es y muy
g a es. No encon amos una clasi icación exac a en e los con enios sec o iales y los
con enios de emp esa ya que algunos con enios cuen an con de e minadas al as que
sólo se pueden encon a en di e sas ac i idades.
Si a endemos a los debe es labo ales básicos de los abajado es que
apa ecen egulados en el a . 5 del ET, podemos clasi ica las al as de los con enios
sec o iales y de emp esa.
Den o de los incumplimien os de la p es ación labo al, los con enios de
emp esa y los sec o iales es ablecen al as espec o a la pun ualidad, ambos u ilizan el
mismo c i e io pa a de e mina la g a edad de la al a, cuando las al as son le es
an o en los con enios de emp esa como en los sec o iales, las al as de pun ualidad
son meno es, cuando son g a es la al a de pun ualidad ya es mayo y no es
jus i icada y cuando la conside an muy g a e la can idad de al as de pun ualidad
aumen a de o ma conside able. Respec o a las al as de asis encia, los con enios
sec o iales y los de emp esa a ienden al mismo c i e io de clasi icación, can idad de
al as de asis encia al abajo en un de e minado pe iodo de iempo. No no i ica la
ausencia al abajo es una al a que solo encon amos en los con enios de emp esa,
los con enios que la conside an es ablecen un c i e io de p ea iso muy simila , los
sec o iales no hacen e e encia al p ea iso de la ausencia.
El incumplimien o de las medidas de p e ención de iesgos labo ales apa ece
clasi icada de dis in a mane a en los con enios sec o iales y en los de emp esa. Los
con enios sec o iales conside an como al a muy g a e no u iliza los elemen os de
52
p o ección, en cambio los con enios de emp esa clasi ican en al a le e el
incumplimien o de las medidas de segu idad si no implica iesgo.
Incumpli las ó denes del emp esa io, apa ece clasi icada en ambos con enios,
la desobediencia es una al a g a e en los con enios sec o iales y en los de emp esa.
No concu i con la ac i idad de la emp esa, apa ece como ansg esión de la
buena e o compe encia desleal en ambos ipos de con enios, los sec o iales y los de
emp esa conside an es a in acción como muy g a e.
Con ibui a la mejo a de la p oduc i idad, es un debe básico del abajado ,
po eso la disminución de la p oduc i idad es conside ada una al a an o en los
con enios sec o iales como en los con enios de emp esa. Los con enios de emp esa
clasi ican es a al a como muy g a e cuando la disminución es olun a ia y con inuada,
de la misma mane a la clasi ican los con enios sec o iales.
Los con enios sec o iales y los de emp esa han hecho e e encia en un g upo
de al as al incumplimien o de los debe es básicos de con i encia, las al as po
discusiones, malos a os de palab a o las al as de po acoso apa ecen clasi icadas en
los di e en es con enios. Los con enios de emp esa conside an las o ensas e bales y
ísicas, p o oca iñas y los malos a os de palab a una al a muy g a e. Los
con enios sec o iales ambién hacen e e encia a es e ipo de al as y las cali ican
como in acciones muy g a es.
Unas de las al as más comunes que hemos encon ado en la mayo ía de los
con enios analizados, an o sec o iales como de emp esa, es la al a de aseo y
limpieza pe sonal, coinciden con su clasi icación a endiendo a la g a edad de la al a.
La p incipal di e encia que podemos encon a en la ipi icación de las al as en
los con enios sec o iales y los de emp esa, es que los segundos, pueden adap a su
égimen disciplina io a la ealidad de la emp esa, pueden adap a las al as y las
sanciones a la ac i idad que ealicen, po eso encon amos en los con enios de
emp esa muchas al as que en los con enios sec o iales no apa ecen.
En cuan o a las sanciones, los con enios sec o iales y los de emp esa siguen
la misma clasi icación, sanción le e, g a e y muy g a e. Las sanciones que aplican los
con enios sec o iales y los de emp esa son siemp e las mismas, con alguna
peculia idad: amones ación e bal, amones ación po esc i o, suspensión de empleo y
sueldo y despido. Es ás son las más comunes, pe o ambién se puede penaliza al
abajado la inhabili ación pa a ascenso de ca ego ía y el aslado o zoso.
53
Es as sanciones las podemos clasi ica en es g upos:
1. Sanciones de ad e encia: consis en en la amones ación e bal y la
amones ación po esc i o (dependiendo de la g a edad se ha á de una o ma u
o a). La inalidad de es as sanciones es ad e i al abajado de que es á
ealizando algo mal y que hay posibilidad de que si su conduc a sigue así
puede se sancionado.
2. Sanciones que al e an el con a o: aquí encon a íamos el despido disciplina io
y la suspensión de empleo y sueldo.
3. Sanciones que a ec an a los de echos de los abajado es: imposibilidad de
ascende du an e un de e minado pe íodo de iempo.
Desde mi pun o de is a, la p incipal p oblemá ica que encuen o cuando
clasi icamos las al as de los con enios sec o iales y las al as de los con enios de
emp esa, es que es os úl imos, cuen an con más al as especí icas, como hemos
podido obse a el con enio de la emp esa Pamesa y el de la emp esa Au oca es
Mesegue ienen muchas al as en común, pe o o as de ca ác e especí ico
a endiendo a su ac i idad. En mi opinión c eo que un con enio de emp esa siemp e
puede se más bene icioso y más jus o pa a egula las condiciones labo ales, en es e
caso las al as y las sanciones.
Respec o a las sanciones a los ep esen an es de los abajado es podemos
a i ma que la ape u a del expedien e con adic o io no es un me o p i ilegio, es la
posibilidad que iene el abajado que os en a es e ca go de ep esen ación pa a que
pueda demos a la alsedad de las impu aciones. La conclusión que podemos ex ae
espec o a la sen encia N.º 1172/2016 de 21 de eb e o de 2016 del TSJ de Ca aluña
es que, si los hechos que incluimos en el expedien e con adic o io no son los mismos
que los que apa ecen en la ca a de despido, se puede c ea inde ensión al abajado ,
ya que al inclui nue os hechos el abajado no ha enido la posibilidad de de ende se
en el expedien e p e io. Si se ealiza de es a o ma, al no cumpli la o ma exigida po
el a . 55 del ET se puede decla a la imp ocedencia del despido.
54
10 Anexo. Tabla compa a i a de in acciones y sanciones,
po ipología de con enio.
N.º
SECTOR
FECHA ( i ma)
ÁMBITO
CÓDIGO
1
Emp esas
consigna a ias
de buques,
es ibado as,
ansi a ios y
agen es de
aduana
17 ene o de
2018
P o incia de
Cas ellón
SEC1
2
Come cio del
ex il
30 ene o 2017
P o incia de
Cas ellón
SEC2
3
Empleados de
incas u banas
de Ca aluña
pa a el sec o
de empleados
de incas
u banas de
Cas ellón
23 eb e o 2017
P o incia de
Cas ellón
SEC 3
4
Indus ias de la
made a, co cho,
chapas y
able os.
22 no iemb e
2013
P o incia de
Cas ellón
SEC4
5
Sociedades de
Pozos y Riegos
Ag ícolas
28 julio 2017
P o incia de
Cas ellón
SEC5
6
Supe me cados
y Au ose icios
22 ma zo 2017
P o incia de
Cas ellón
SEC6
7
Tin o e ías y
La ande ías
25 ab il 2017
Ex ensión del
Con enio
Colec i o de la
p o incia de
Valencia a la
p o incia de
Cas ellón
SEC7
8
T anspo es de
Viaje os po
Ca e e a y
U banos
3 no iemb e
2016
P o incia de
Cas ellón
SEC8
N.º
EMPRESA
FECHA ( i ma)
ÁMBITO
CÓDIGO
9
Emp esa Vi ia o
Segu idad, S.L.
P o incia de
Cas ellón
EMP1
10
Emp esa
Pamesa
Ce ámica, S.L.
P o incia de
Cas ellón
EMP2
11
C uz Roja
P o incia de
Cas ellón
EMP3
55
12
Emp esa
Remolques del
Medi e áneo,
S.A.
P o incia de
Cas ellón
EMP4
13
Emp esa
Plan ones
Ce i icados, S.L.
EMP5
14
Emp esa
Elemen F esh,
S.L.
EMP6
15
Emp esa Á ica
Res au an es
S.L.U.
27 oc ub e 2016
P o incia de
Cas ellón
EMP7
16
Emp esa
Beniplan , S.L.
14 julio 2017
P o incia de
Cas ellón
EMP8
17
Emp esa Cen o
de T a amien o
de Residuos del
Medi e áneo,
S.L.
5 julio 2016
P o incia de
Cas ellón
EMP9
18
Emp esa BP OIL
ESPAÑA, SAU
20 ene o 2015
P o incia de
Cas ellón
EMP10
19
Emp esa Aguas
de Co es, S.A.
25 mayo 2016
P o incia de
Cas ellón
EMP11
20
Emp esa Ag o
Nos um, S.L.
7 oc ub e 2014
P o incia de
Cas ellón
EMP12
21
Emp esa
Au oca es
Mesegue , S.L.
25 no iemb e
2015
P o incia de
Cas ellón
EMP13
In acciones le es con enios sec o iales
Con enios
Colec i os
Fal a de
pun ualidad
No
comunica el
cambio
esidencia
Tiempo
cu sa la
baja
Fal a de asis encia
al abajo
No a ende al
público
co ec amen e
Descuidos en la
conse ación del
ma e ial
Fal a de aseo y
limpieza
pe sonal
Discusiones
Abandono del
pues o de abajo
Fal as le es p opias del
con enio
SEC1
Supe io a 5 minu os
No conside a
es a al a
Conside a
es a al a
Fal a injus i icada
al abajo de un
día du an e un
mes
No conside a es a
al a
No conside a
es a al a
No conside a
es a al a
No conside a es a
al a
No conside a es a
al a
Fuma en el cen o de
abajo o en zonas donde
se desa ollen ac i idades
SEC2
Excedan de 15 min
en un mes.
Conside a
es a al a
Conside a
es a al a
Fal a injus i icada
al abajo de un
día du an e un
mes
Si conside a es a
al a
Si conside a es a
al a
Se conside a
al a le e cuando
a ec e a la
imagen de la
emp esa
Si conside a es a
al a
Siemp e que sea
po b e e pe iodo
y no en añe
pelig osidad
SEC3
No conside a es a
al a
No conside a
es a al a
No
conside a
es a al a
No conside a es a
al a
No conside a es a
al a
No conside a
es a al a
No conside a
es a al a
No conside a es a
al a
No conside a es a
al a
Inobse ancia de no mas
en ma e ia de segu idad e
higiene
SEC4
De una a cua o
al as en el pe iodo
de un mes
Conside a
es a al a
No
conside a
es a al a
No conside a es a
al a
Si conside a es a
al a
Si conside a
ess a al a
No conside a
es a al a
Si conside a es a
al a
Siemp e que sea
po b e e pe iodo
y no en añe
pelig osidad
Inobse ancia de no mas
en ma e ia de segu idad e
higiene
SEC5
No conside a es a
al a
No conside a
es a al a
No
conside a
es a al a
No conside a es a
al a
No conside a es a
al a
No conside a
es a al a
No conside a
es a al a
No conside a es a
al a
No conside a es a
al a
Negligencia o imp udencia
si implica iesgo de
acciden e
SEC6
De una a es al as
en el pe iodo de un
mes.
Conside a
es a al a
Conside a
es a al a
No conside a es a
al a
Si conside a es a
al a
Si conside a
ess a al a
No conside a
es a al a
Si conside a es a
al a
Siemp e que sea
po b e e pe iodo
y no en añe
pelig osidad
SEC7
Has a en es
ocasiones en un mes
po un iempo o al
o in e io a 20min.
No conside a
es a al a
No
conside a
es a al a
Fal a injus i icada
al abajo de un
día du an e un
mes
Si conside a es a
al a
Si conside a
ess a al a
No conside a
es a al a
No conside a es a
al a
Siemp e que sea
po b e e pe iodo
y no en añe
pelig osidad
63
In acciones le es con enios de emp esa
Con enios
colec i os
Fal a de
asis encia al
abajo
Fal a de
pun ualidad
Fal a de aseo y
limpieza
Abandono
pues o
abajo
No
comunica
cambios
domicilio
Discusiones
ho a io
abajo
Inobse ancia
no mas
Segu idad y
Salud
Negligencias
uso ma e ial
Desobediencia
le e
No no i ica
ausencia
abajo
No
comunicación
IT a la
emp esa
O as al as
EMP1
Has a 3, supe io
a 5 min in e io a
15, en 1 mes
Conside a es a
al a
Sea po
b e e
iempo
Conside a
es a al a
Fal as espe o
subo dinados
y compañe os
Dis acciones
ealización
abajo
P ea iso o
24h siguien es
Excede se
a ibuciones. No
a ende al
público
co ec amen e
EMP2
1 día en 30 días
Has a 3 en 1 mes
Sea ocasional y
p o oque
quejas
Sea po
b e e
iempo
Conside a
es a al a
No implique
iesgo
48h an es
Es a zonas
abajo no
habi ual
EMP3
1 día al mes sin
causa jus i .
3 a 5 en 1 mes
Sea po
b e e
iempo
Conside a
es a al a
Inmedia o o
48h siguien es
EMP4
in e io a 15min y
no sea el
ipulan e
No p oduzca
queja de sus
compañe os
G a e si
abandona
el
ipulan e
G a es si
p o oca
escandalo
Emb iaguez
ocasional den o
buque
EMP5
1 día sin jus i ica
2 no jus i ic. En 1
mes
Fal a de
cu iosidad e
higiene
Sea po
b e e
iempo
más da os
de la SS
Conside a
es a al a
Conside a es a
al a
T a o inco ec o
público
EMP6
1 día al mes sin
causa jus i .
de 1 a 3 en 1 mes
2 días hábiles
EMP7
1 a 3 has a 30 min
en 30 días
Du an e el
se icio y
ocasional
Te mina
an es
an elación
in e io a
30 min
Conside a
es a al a
No p esencia
de público
No
comunicación
p e ia
Uni o me
descuidado.
Descuido
ejecución abajo
EMP8
1 día sin jus i ica
Has a 2 en 1 mes
Conside a es a
al a
Sea po
b e e
iempo
Conside a
es a al a
Conside a
es a al a
Conside a es a
al a
64
EMP9
1 día al mes sin
causa jus i .
Has a 3 en 1 mes
Conside a es a
al a
Conside a
es a al a
Mo i o
ocasión
abajo
No implique
iesgo
Desa ollo
abajo no
cause
pe juicio
No comunica
ción p e ia
Es a cen o
abajo ue a
ho a io. Ocul a
al as. U iliza
medios in . Fines
ajenos
EMP10
1 día al mes sin
causa jus i .
Conside a es a
al a
Inobse ancia
no mas
educación
No es ablece
pe iodo
Rei e adas al as
pun ualidad.
Encub i al as
EMP11
A ec e
nega i amen e
y al p oces
p oduc i o
Sea po
b e e
iempo
Plazo 7
días,
incluidos
da os SS
Comen a ios
despec i os
Descuidos
ejecución
abajo
3 días pa a
jus i ica la
ausencia
No icha . Usa
mó il. Incumpli
no mas
EMP12
1 día al mes sin
causa jus i .
de 1 a 3 en 1 mes
2 días hábiles
EMP13
1 día sin jus i ica
2 en 2 meses
Uso inco ec o
uni o me
Conside a
es a al a
Conside a es a
al a
No cumpli
no mas
igilancia.
Limpieza
ehiculo
incumpl. E o es
i ine a io
65
In acciones g a es con enios de emp esa
Con enios
colec i os
Fal as pun ualidad
Fal a asis encia
Fal a aseo y
limpieza
Discusiones
Desobediencia
Imp udencia
Descuido,
negligencia
ma e iales
P e encion
Riesgos
Labo ales
Dis acciones
Emb iaguez y
oxicomania
EMP1
Más de 3 en 3
meses supe e 10
min, has a 4
supe io es a 15 min
1 días en 1 mes
A los supe io es en
ma e ia de abajo
EMP2
Más de 3 en 1 mes
2 días en 30 días
A los supe io es en
ma e ia de abajo
Negligencia
g a e
Conside a es a
al a
Desobediencia
implica iesgo
EMP3
De 6 a 11 en 30 días
De 2 a 3 días en 30
días, 1 ele o
compañe o.
A los supe io es en
ma e ia de abajo
Implica iesgo
acciden e
A ec a al abajo
EMP4
Más de 3 en 3
meses. Rele a
compañe o 1
P oduzca queja
de los
compañe os
Blas ema
Si implica
queb an o
disciplina
Implica iesgo
acciden e
Conside a
es a al a
Sea habi ual y no
es e de se icio
EMP5
2 días en 1 mes
Fal a espe o
compañe os y
je es
Conside a es a
al a
Du an e el abajo
EMP6
4 a 8 en 6 meses
2 días en 1 mes
Sea habi ual
Implica iesgo
acciden e
Segu idad e
higiene
EMP7
Más de 3 en 30 días
o 1 supe e 30 min.
1 o 2 días en 30 días
P oduzca
quejas y se
haya ad e ido
Sea habi ual y
du an e la
jo nada
Implica iesgo
acciden e
Conside a es a
al a
Segu idad e
higiene
Sea ue a del abajo
con el uni o me
EMP8
Más 12 en 6 meses,
24 en 1 año.
2 días en 30 días
Inju ias con a
pe sonas
Conside a es a
al a
Du an e el abajo
66
EMP9
2 días en 1 mes
A los supe io es en
ma e ia de abajo
Desobediencia
implica iesgo
A ec e
nega i amen e al
abajo
EMP10
2 a 3 días en 1 mes
P oduzca queja
de los
compañe os
A los supe io es en
ma e ia de abajo
y segu idad
EMP11
4 a 10 en 1 mes no
supe en 60 min
1 día en 6 meses
Sean
escandalosas
pe judiquen a la
emp esa
A los supe ioi es en
ma e ia de abajo
Disminuye p oceso
p oducc.
Conside a
es a al a
EMP12
De 4 a 8 en 1 mes
2 días en 1 mes
Sea habi ual
Implica iesgo
acciden e
Segu idad e
higiene
EMP13
3 o más en 2 meses
2 o más en 1 mes
Conside a es a
al a
Conside a es a
al a
Hace desapa ece
ma e iales
Conside a
es a al a
67
In acciones muy g a es con enios de emp esa
Con e
nios
colec i
os
Fal as
pun uali
dad
Fal a
asis encia
Fal a
aseo y
limpiez
a
Discusio
nes
Acoso
Robo o
hu o
F aude o
desleal a
d
Desobedien
cia
Imp ude
ncia
Descuido,
negligencia
ma e iales
P e en
cion
Riesgos
Labo al
es
Dis acci
ones
Emb iaguez
y
oxicomania
Disminuci
ón
endimimi
en o
Abandono
pues o
abajo
O as al as
Reincide
ncia
EMP1
Más de
12 en 1
año
3 o más
en 1 año,
más de 6
en 4
meses y
más 12 en
1 año
Con inu
ada y
habi ua
l
Malos
a os
de
palab a.
O igina
peleas
Sen enci
a i me
Conside
a es a
al a
Hace
desapa ece
, des oza
Conside
a es a
al a
Volun a ia
y
con inuad
a
Pues o
esponsabi
lidad
EMP2
Más de
8 en 3
meses,
más de
12 en 6
meses
Más de 2
días en 30
días
Malos
a os
de
palab a
Psicologic
o, mo al,
sexual y
e nico
Compe e
ncia
desleal
Con inuada
y
pe sis en e
inexcusa
bles
Hace
desapa ece
, des oza
Rei e a
da no
u ilizaci
ón
ma e ia
les
Habi ual y
epe cu a
nega i amen
e
Volun a ia
y
con inuad
a
Pues o
esponsabi
lidad
Re ela
planes de
o ganizació
n
Den o
del
mismo
semes
e
EMP3
Más de
11 en 30
días,
más de
20 en 6
meses,
más 30
en 1 año
3 días
consecu i
os o 5
al e nos
en 1 mes
Disc imin
ación
azón
sexo
A los
compañe
os
F aude y
abuso
con ianz
a
Causa
acciden
es
Du an e la
jo nada
Pues o
esponsabi
lidad
Simula
en e meda
d
EMP4
Se
hubiese
llamado
la
an enci
ón
Blas emi
a
habi ual
Hace
desapa ece
, des oza
En ac o
se icio
Volun a ia
y
con inuad
a
Ocul ación
e o es
p opios
EMP5
Más de
12 en 6
meses o
25 en 1
año
6 días en 4
meses
Especial
g a edad
Hace
desapa ece
, des oza
Habi ual
du an e
abajo
Volun a ia
y
con inuad
a
Pues o
eponsabili
dad
Fal as
g a es
en 1 mes
68
EMP6
Más de
8 en 6
meses
3 o más
días en 1
mes
O ensas
e bales
y ísicas
Acoso
sexual
T ansg e
sión
buena e
G a e y de
o ma
con inuada
Ocasion
a
acciden
es
g a es
Volun a ia
y
con inuad
a
Fal a
g a e 6
meses
EMP7
3 o más
en 30
días,10 en
6 meses o
20 en 1
año
Malos
a os
de
palab a.
P o oca
iñas
Mo al,
sexual o
azón de
sexo
Den o
de la
emp esa
Desleal a
d o
abuso de
con ianz
a
Hace
desapa ece
, des oza
No
cumpli
las
medida
s
Volun a ia
y
con inuad
a
Viola
sec e o
co espond
encia.
Simula
en e meda
d acciden e
Fal a
g a e o
muy
g a e
den o
de 6
meses
EMP8
Más de
12 en 6
meses o
25 en 1
año
6 días en 4
meses
Especial
g a edad
Hace
desapa ece
, des oza
Habi ual
du an e
abajo
Volun a ia
y
con inuad
a
Pues o
eponsabili
dad
Fal as
g a es
en 1 mes
EMP9
Más 10
en 3
meses,
20 en 6
meses
3 días en 1
mes
Labo al,
sexual,
mo al o
psicológic
o
F aude y
abuso
con ianz
a
Con inuada
y
pe sis en e
Implica
iesgo
acciden
e
Hace
desapa ece
, des oza
Incump
li
medida
s
Rei e adame
n e du an e
el abajo
P opo cion
a da os del
cen o.
Fuma
zonas
p ohibidas
EMP10
Más de 3
eces en 1
mes
Malos
a os
de
palab a.
O igina
peleas
Implique
compe e
ncia a la
emp esa
Segu idad,
abajo
En el cen o
de abajo
Volun a ia
y
con inuad
a
Fuma en
zonas
p ohibidas.
Abuso
au o idad
EMP11
Más de
10 que
supe en
60 min
Más de 1
día en 6
meses
Ag ede
isicame
n e o
e balm
en e
Acoso
sexual
Den o
del
cen o
de
abajo
Pe juicio
in e eses
emp esa
En ma e ia
de abajo
Hace
desapa ece
, des oza
Du an e la
jo nada
Volun a ia
y
con inuad
a
EMP12
Más de
8 en 6
meses
3 o más
días en 1
mes
O ensas
e bales
y ísicas
Acoso
sexual
T ansg e
sión
buena e
De o ma
con inuada
Ocasion
a
acciden
es
g a es
Volun a ia
y
con inuad
a
Fal a
g a e 6
meses
69
EMP13
Más de
4 en 3
meses
3 o más
en 3
meses
MAlos
a os
de
palab a
T ansg e
sión
buena e
Que
a ec en
a la
segu ida
d
U iliza
inco ec a
men e
Supe a asa
alcoholemia
jo nada
abajo
Conside a
es a al a
Sima
p esencia
de o o.
Manipula
acog a o
Se
come an
en el
mismo
semes
e
11 Bibliog a ía
Al onso Mellado C. L., Balles e Pas o M. A., Blasco Pellice Á., Camps Ruiz L. M.,
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Ne biblio.
Mone eo Pé ez J. L., Molina Na a e e C. y Mo eno Vida M. N. (2014) “Manual de
de echo sindical” G anda: Coma es.
71
12 Abs ac
The objec o s udy o his Final Deg ee P ojec is he analysis o in ac ions and
sanc ions in collec i e ba gaining in he p o ince o Cas ellón. To ca y ou his wo k I
ha e analyzed 21 Collec i e Ag eemen s whose scope o e i o ial applica ion does
no exceed he p o ince o Cas ellón, ocusing on he classi ica ion o in ac ions and
sanc ions, he sanc ioning p ocedu e, he p esc ip ion o aul s and he punishmen o
ep esen a i es om he wo ke s.
This opic has seemed mo e in e es ing o me h oughou his s udy, he ole o he
collec i e ag eemen is undamen al so ha wo ke s can ha e hei wo king condi ions
egula ed in a ai way, especially hose o a disciplina y na u e.
The dic iona y o he Royal Spanish Academy de ines he e m as a " olun a y o
culpable iola ion o a no m, which can be punished ei he c iminally o
adminis a i ely, o by he employe in labo ela ions."
The in ac ions o wo ke s a e egula ed in a icle 58 d) o Royal Legisla i e Dec ee
2/2015, o Oc obe 23, which app o es he e ised ex o he Law o he Wo ke s'
S a u e (he eina e , ET). A icle 58.1 o he Wo ke s' S a u e s a es ha : "Wo ke s may
be sanc ioned by he managemen o he companies by i ue o labo b eaches, in
acco dance wi h he g adua ion o aul s and sanc ions ha a e es ablished in he legal
p o isions o in he collec i e ag eemen . ha is applicable." A icle 58 o he ET
es ablishes a double p inciple o ypici y, on he one hand, we ha e he aul s and on
he o he he sanc ions: "In i s i s aspec , i assumes ha he exis ence o non-
compliance conduc is no enough o legi imize he exe cise o co po a e powe , bu
a he ha i mus be classi ied as missing by he co esponding egula ions. In he
second, i implies ha he sanc ion o be imposed mus be simila ly ypi ied in i . "
Th oughou his s udy, I ha e analyzed exhaus i ely he disciplina y egime o each o
he selec ed ag eemen s. Compa ing he aul s and he sanc ions es ablished by each
o hem and ce ain is ha , depending on he ag eemen , he disciplina y egime can be
s ic e o less. This disciplina y egime is subjec o he powe o managemen o he
employe , since i is he employe who imposes he penal y when he e is an in ac ion
by he wo ke (A icle 58 ET). Th oughou his s udy we ha e obse ed ha he
collec i e ag eemen ac s as a limi o he sanc ioning powe o he employe , since he
72
Wo ke s' S a u e does no es ablish a clea ypi ica ion o punishable beha io , i is he
collec i e ag eemen ha con ains he egula ion o he punishable beha io .
Pepa Bu iel a gues ha he ecogni ion o he powe o managemen o he
employe appea s in he S a u e o Wo ke s in a ious p esc ip ions:
1. A icle 1.1 o he ET: "Wo ke s who olun a ily p o ide hei paid se ices o
o he s and wi hin he scope o he o ganiza ion and di ec ion o ano he
pe son".
2. A icle 5 o he ET: "Comply wi h he ins uc ions and ins uc ions o he
employe
in he egula exe cise o his manage ial du ies."
3. A icle 20.1 o he ET: "The wo ke will be obliged o pe o m he con en ional
wo k
unde he di ec ion o he en ep eneu o pe son delega ed."
The powe o he managemen o he employe has a scope o applica ion, as
explained by Bu iel, he powe o managemen and he disciplina y powe allowed o
people o punish wo ke s o labo iola ions.
A icle 114 o Law 36/2011, o Oc obe 10, egula ing he social ju isdic ion
(he eina e , LRJS) s a es ha "The wo ke can challenge he sanc ion ha has been
imposed by demand." The sen ence may: con i m he sanc ion imposed on he wo ke ,
e oke he sanc ion o ally, when he eali y o he ac s is no p o en o when he ac s
do no cons i u e a aul . Re oke i in pa , when he aul has no been co ec ly
quali ied and he ac s cons i u e a mino o ense o he one p e iously imposed.
Decla e i null, when i cons i u es disc imina ion o when i consis s o he p ohibi ed
legal p o isions a e no ypi ied in he legal p o isions o collec i e ag eemen o
applica ion. Main idea o a icle 115 LRJS.
I is he e whe e he collec i e ag eemen o applica ion and collec i e ba gaining is
a undamen al ole, since he imposi ion o he sanc ion mus be subjec o he
p ocedu e egula ed in he ag eemen .
To alk abou he sanc ioning p ocedu e, i is essen ial o go o a . 58.2 ET: "The
e alua ion o he aul s and he co esponding sanc ions imposed by he managemen
o he company o always e iewable be o e he social ju isdic ion The sanc ion o he