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Las infracciones y sanciones en la negociación colectiva de Castellón

Escalera Vaya, Yaiza

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Las in acciones y sanciones en la negociación colec i a de Cas ellón G ado en Relaciones Labo ales y Recu sos Humanos Cu so 2017 – 2018 Alumna: Yaiza Escale a Vaya Tu o : San iago Ga cía Campá 1 2 Índice 1 Ab e ia u as .......................................................................................................................... 4 2 In oducción .......................................................................................................................... 6 3 In acciones y sanciones de los abajado es. El es a u o de los abajado es. El papel del con enio colec i o. ....................................................................................................................... 7 4 La egulación de las in acciones y sanciones en los con enios colec i os de la p o incia de Cas ellón. ..................................................................................................................................... 11 4.1 In acciones y ipología. .............................................................................................. 11 4.1.1 In acciones le es en los Con enios Colec i os Sec o iales ................................ 11 4.1.2 In acciones g a es en los Con enios Colec i os Sec o iales .............................. 14 4.1.3 In acciones muy g a es en los Con enios Colec i os Sec o iales ...................... 17 4.1.4 In acciones le es en los Con enios Colec i os de Emp esa............................... 20 4.1.5 In acciones g a es en los Con enios Colec i os de Emp esa ............................ 25 4.1.6 In acciones muy g a es en los Con enios Colec i os de Emp esa .................... 31 5 Sanciones y ipología ........................................................................................................... 35 5.1 Sanción le e Con enios Colec i os Sec o iales ........................................................... 35 5.2 Sanción g a e Con enios Colec i os Sec o iales ......................................................... 36 5.3 Sanción muy g a e Con enios Colec i os Sec o iales ................................................. 36 5.4 Sanción le e Con enios Colec i os de Emp esa.......................................................... 37 5.5 Sanción g a e Con enios Colec i os de Emp esa ....................................................... 38 5.6 Sanción muy g a e Con enios Colec i os de Emp esa ............................................... 39 6 P esc ipción de las sanciones .............................................................................................. 41 7 P ocedimien o sancionado ................................................................................................ 42 8 Sanción a los ep esen an es de los abajado es .............................................................. 47 9 Conclusión ........................................................................................................................... 51 10 Anexo. Tabla compa a i a de in acciones y sanciones, po ipología de con enio. ...... 54 11 Bibliog a ía ...................................................................................................................... 70 12 Abs ac ........................................................................................................................... 71 3 4 1 Ab e ia u as A . A ículo CC Con enio colec i o CE Cons i ución Española ET Es a u o de los T abajado es LRJS Ley Regulado a Ju isdicción Social 5 6 2 In oducción El obje o de es udio de es e T abajo de Fin de G ado es el análisis de las in acciones y las sanciones en la negociación colec i a en la p o incia de Cas ellón. Pa a lle a es e a cabo es e abajo he analizado 21 Con enios Colec i os cuyo ámbi o de aplicación e i o ial no excede de la p o incia de Cas ellón, cen ándome en la ipi icación de las in acciones y sanciones, el p ocedimien o sancionado , la p esc ipción de las al as y la sanción a los ep esen an es de los abajado es. Es e ema me ha pa ecido más in e esan e a lo la go de su es udio, el papel del con enio colec i o es undamen al pa a que los abajado es puedan ene eguladas sus condiciones labo ales de una mane a jus a, especialmen e las de ipo disciplina io. A lo la go de es e es udio, he analizado de mane a exhaus i a el égimen disciplina io de cada uno de los con enios seleccionados. Compa ando las al as y las sanciones que es ablecían cada uno de ellos y cie o es que, dependiendo del con enio, el égimen disciplina io puede se más es ic o o menos. Es e égimen disciplina io es á suje o al pode de di ección del emp esa io, ya que es el emp esa io el que impone la sanción cuando hay una in acción po pa e del abajado (a . 58 ET). A lo la go de es e es udio hemos podido obse a que el con enio colec i o ac úa como lími e al pode sancionado del emp esa io, ya que el Es a u o de los T abajado es no es ablece una cla a ipi icación de las conduc as sancionables, es el con enio colec i o el que con iene la egulación de las conduc as sancionables. En el p ime apa ado de es e abajo se abo da án las in acciones y sanciones de los abajado es, cómo apa ecen eguladas en el Es a u o de los T abajado es y cómo el pode de di ección del emp esa io ac úa en e a es as. En el segundo apa ado se analiza á la egulación de las in acciones y sanciones en los con enios colec i os de la p o incia de Cas ellón, abo dando las in acciones y ipología de cada uno de ellos, las sanciones, el p ocedimien o sancionado y la sanción a los ep esen an es de los abajado es, el expedien e con adic o io. En úl imo luga encon a emos las conclusiones más ele an es que he podido ex ae después de ealiza es e abajo. 7 3 In acciones y sanciones de los abajado es. El es a u o de los abajado es. El papel del con enio colec i o. De ine el dicciona io de la Real Academia Española el é mino al a como “in acción olun a ia o culposa de una no ma, que puede se cas igada bien penal o adminis a i amen e, bien po el emp esa io en las elaciones labo ales”. Las in acciones de los abajado es apa ecen eguladas en el a ículo 58 d) del Real Dec e o Legisla i o 2/2015, de 23 de oc ub e, po el que se ap ueba el ex o e undido de la Ley del Es a u o de los T abajado es (en adelan e, ET). El a ículo 58.1 del Es a u o de los abajado es a i ma que: “Los abajado es pod án se sancionados po la di ección de las emp esas en i ud de incumplimien os labo ales, de acue do con la g aduación de al as y sanciones que se es ablezcan en las disposiciones legales o en el con enio colec i o que sea aplicable”. El a ículo 58 del ET es ablece un doble p incipio de ipicidad, po una pa e, enemos las al as y po o a las sanciones: “En su p ime a ace a supone que no bas a la exis encia de una conduc a de incumplimien o pa a legi ima el eje cicio del pode emp esa ial, sino que la misma debe es a ipi icada como al a po la no ma i a co espondien e. En la segunda, implica que la sanción a impone debe es a igualmen e ipi icada en ella”. 1 Pepa Bu iel sos iene que el econocimien o al pode de di ección del emp esa io apa ece en el Es a u o de los T abajado es en di e sas p esc ipciones: 1. A ículo 1.1 del ET: “T abajado es que olun a iamen e p es en sus se icios e ibuidos po cuen a ajena y den o del ámbi o de o ganización y di ección de o a pe sona”. 2. A ículo 5 del ET: “Cumpli con las ó denes e ins ucciones del emp esa io en el eje cicio egula de sus unciones di ec i as”. 3. A ículo 20.1 del ET: “El abajado es a á obligado a ealiza el abajo con enido bajo la di ección del emp esa io o pe sona que es e delegue”. El pode de di ección del emp esa io iene un ámbi o de aplicación, al y cómo explica Bu iel, el pode de di ección y el pode disciplina io pe mi en al emp esa io adop a decisiones pa a sanciona a los abajado es an e incumplimien os labo ales. 1 José Ma ía Goe lich Pese , De echo del T abajo, 5ª Edición, “Pode es del Emp esa io” (Valencia, 2016), página 418. 8 Dicho pode iene no as ca ac e ís icas, según nos explica la au o a, son las siguien es: • No se puede enuncia de o ma de ini i a del pode disciplina io, pe o si se puede enuncia de mane a pun ual a eje ce lo. • El emp esa io iene la opción de decidi que sanción impone , eniendo siemp e en cuen a las ci cuns ancias de cada caso conc e o, se iene que ajus a la decisión con la al a. • La egulación de las al as e in acciones es á en los con enios colec i os. En es e caso el abajado no pod á se sancionado po el emp esa io si la conduc a no es a ipi icada en su con enio colec i o de aplicación, además el emp esa io end á que ac edi a los hechos sucedidos y g adua los según su con enio colec i o. • Las sanciones las podemos clasi ica en le es, g a es y muy g a es. “El pode de di ección se complemen a con el pode disciplina io del emp esa io, a i mando al espec o la ju isp udencia labo al que el «pode sancionado o disciplina io» esul a necesa io pa a que el pode de di ección sea un e dade o pode ju ídico y no un me o pode mo al. Las no mas legales sus an i as egulado as del ema apa ecen con enidas en los a ículos 54, 58 y 60.2 del ET, ela i os al despido disciplina io, a las al as y sanciones de los abajado es y a la p esc ipción de las al as y sanciones de los abajado es, espec i amen e”. 2 Los abajado es pod án se sancionados po el pode de di ección del emp esa io po incumplimien os labo ales, de acue do con la g aduación de las al as y sanciones aplicables. La g aduación de las al as de los abajado es las podemos dis ingui en le es, g a es y muy g a es. Cada una de ellas a iende a sus plazos de p esc ipción y caducidad. Dicho pode no es ilimi ado, la Cons i ución Española, los con a os de abajo, las leyes y los con enios colec i os si en pa a limi a dicho pode . “El T ibunal Cons i ucional, a la ho a de es ablece lími es a es e de echo del emp esa io ha u ilizado la eo ía del p incipio de p opo cionalidad (STC 98/2000, de 10 de ab il [RTC 2000, 98]). De acue do con es e p incipio, pa a comp oba si una de e minada medida lle ada a cabo po el emp esa io supe a el juicio de p opo cionalidad es necesa io cons a a si cumple es equisi os o condiciones: 2 J. Ma ínez Gi ón, De echo del T abajo, “Di ección y con ol de la ac i idad labo al”, (Mad id, 2006), página 24. 15 g an pa e de los con enios sec o iales analizados es la al a de asis encia al abajo. En el con enio de Buques, es ibado as y agen es de aduana la conside a g a e cuando la al a de asis encia es du an e dos días al mes, Indus ia made a la iene ipi icada en al a al abajo, sin causa jus i icada, de uno a es días al mes, Come cio ex il inasis encia al abajo de dos días en seis meses, Supe me cados y au ose icios un día en el pe iodo de un mes sin causa jus i icada, T anspo es de iaje os po ca e e a y u banos dos o más días sin causa jus i icada en el pe íodo de un mes y el con enio de Tin o e ías y la ande ías la iene ipi icada en inasis encia injus i icada al abajo de un día du an e el pe íodo de un mes. Fal as de ausencia en el pues o de abajo. El abandono del abajo ambién es ipi icado como in acción g a e, el con enio de Buques y es ibado as la conside a como g a e cuando el abandono sea po un pe íodo supe io a 4 ho as, T anspo e de iaje os po ca e e a y u banos la iene ipi icada es a in acción cuando el abandono cause pe juicio a la emp esa o a los compañe os de abajo. Fal as po simula la p esencia de o o abajado . Simula la p esencia de o a pe sona, ichando o i mando po él es una in acción g a e que apa ece en el con enio de Come cio ex il, ambién la ienen en común el con enio de Indus ia made a y el de Tin o e ías y la ande ías. Fal as de discusiones o al as de espe o. Las discusiones moles as con los compañe os de abajo en p esencia de público y las al as de espe o y conside ación, son in acciones g a es que apa ecen en los con enios de Come cio ex il, Supe me cados y au ose icios, Tin o e ías y la ande ías y po úl imo en el de T anspo es de iaje os po ca e e a y u banos. Fal as po es ado de emb iaguez o oxicomanía. La asis encia al abajo en es ado de emb iaguez o oxicomanía es conside ada como in acción g a e po el con enio de Indus ia made a, además de la al a de aseo pe sonal jun o la emb iaguez mencionada an e io men e es o a al a g a e que iene ipi icada el con enio de Tin o e ías y la ande ías. Fuma en los luga es en que es e p ohibido, de acue do con la señalización exis en e es una in acción g a e que apa ece ipi icada en el con enio de Supe me cados y au ose icios. 16 Fal as po ealiza a eas ajenas. Realiza abajos pa icula es en ho a io de abajo sin la debida au o ización ambién es conside ada una in acción g a e po el con enio del Come cio ex il y po el de Supe me cados y au ose icios. El uso del elé ono mó il en ho a io labo al ambién es conside ado una al a g a e po el con enio del Come cio ex il, además el con enio de la Indus ia made a añade a es e ipo de in acción el pe juicio del uso de es e al p oceso p oduc i o. Fal as po disminui el endimien o del abajo. O a in acción de g a e que ienen en común algunos de los con enios analizados es la disminución olun a ia del endimien o del abajo no mal, apa ece ipi icada de es a o ma en el con enio de Indus ia made a, en el de Tin o e ías y la ande ías ambién se hace e e encia al endimien o del abajo, es e lo conside a g a e cuando la disminución del endimien o de abajo no es de mane a epe ida. Fal as po no comunica cambios a la emp esa. El con enio de Pozos y Riegos Ag ícolas conside a una in acción g a e no comunica de o ma debida a la emp esa los cambios expe imen ados que puedan a ec a a la Segu idad Social. El con enio de la Indus ia Made a ambién conside a es a in acción como g a e, además añade que si media a alguna malicia se ia conside ada como muy g a e. O as al as. Encon amos in acciones g a es de ca ác e subje i o en los con enios colec i os sec o iales analizados, el con enio de T anspo e de Viaje os conside a a ias in acciones g a es, po ejemplo: el e aso de has a seis días en la en ega de la ecaudación y cambia de u a sin la debida au o ización. El con enio de la Indus ia Made a ambién cuen a con di e sas in acciones g a e de ca ác e subje i o, debido al ipo de ac i idad que ealizan las emp esas que es án adhe idas a es e con enio. La acep ación de dádi as o egalos, la al a de sigilo p o esional, pe mi i el ánsi o po zonas pelig osas, no ad e i e ins ui adecuadamen e al pe sonal sob e los que enga alguna elación de au o idad del iesgo del abajo a ejecu a , no in o ma con la debida diligencia a la emp esa o a quien lo ep esen e de cualquie anomalía que obse e en las ins alaciones, he amien as o ma e iales y la imp udencia en el abajo que implicase iesgo de acciden e. 17 4.1.3 In acciones muy g a es en los Con enios Colec i os Sec o iales A con inuación, analiza emos las in acciones muy g a es que apa ecen en los con enios sec o iales analizados. Pod emos obse a que muchas de las in acciones ipi icadas en es os con enios han apa ecido ya en las in acciones g a es, la única di e encia es que la al a es más g a e. Fal as de pun ualidad El con enio de in o e ías y la ande ías ambién conside a como muy g a e la impun ualidad no jus i icada en la en ada o salida del cen o de abajo, en diez ocasiones du an e 10 meses o 20 du an e un año. También conside a es e ipo de in acción el con enio de T anspo es y iaje os, más de cua o al as no jus i icadas de pun ualidad come idas en el pe íodo de es meses. Indus ia made a conside a muy g a e cuando son más de diez al as de pun ualidad no jus i icadas come idas en el pe íodo de es meses o de ein e en el pe íodo de seis meses. Pozos y iegos ag ícolas no especi ica la can idad de al as, sólo exp esa la impun ualidad. Fal as de asis encia al abajo El con enio del Come cio ex il la conside a muy g a e cuando se al an más de dos días al abajo en un año. Indus ia made a la iene ipi icada en muy g a e cuando se al a de o ma no jus i icada más de es días al abajo en el mes o 30 días na u ales. El con enio de Supe me cados y au ose icios ambién conside a muy g a e la in acción cuando se al a es días al abajo du an e el pe íodo de dos meses, sin causa jus i icada. Buques y es ibado as ambién ipi ica es a in acción muy g a e cuando se al a al abajo sin causa jus i icada du an e es días al mes. El con enio de T anspo e de iaje os conside a muy g a e la al a cuando son es o más de es al as de asis encia sin causa jus i icada come idas en el pe íodo de es meses. En cambio, el con enio de Pozos y iegos ag ícolas es el único que no de alla cuan as al as injus i icadas conside a como muy g a es, iene ipi icada es e ipo de in acción muy g a e como al as epe idas e injus i icadas de asis encia o de pun ualidad al abajo. Sólo hay un con enio sec o ial de los analizados que no conside a la al a de asis encia al abajo, es el de Fincas u banas de Ca aluña pa a el sec o de empleados de incas u banas de Cas ellón. 18 Fal as po simula en e medad o acciden e La simulación de en e medad o acciden e ambién es una al a de ca ác e muy g a e que pa ece en los con enios del Come cio ex il, Indus ia made a y Supe me cados y au ose icios. Fal as po deli os de obo o hu o El obo o hu o come ido an o a la emp esa como a los compañe os ambién es conside ado in acción muy g a e po el con enio del Come cio ex il, Tin o e ías y la ande ías, Supe me cados y au ose icios, Buques, es ibado as y agen es de aduana y Fincas u banas de Ca aluña pa a el sec o de empleados de Cas ellón. Además, el con enio de T anspo es de iaje os po ca e e a y u banos añade a es e ipo de in acción la desleal ad, la ansg esión de la buena e con ac ual y el acoso sexual. El con enio de Indus ia made a iene ipi icada es a in acción muy g a e cuando hay sen encia i me po deli os de obo, hu o o deli os sexuales. Fal as po abandona el pues o de abajo Abandona el pues o de abajo en ca go de esponsabilidad o cuando ello causa a un pe juicio g a e en el p oceso p oduc i o, es una in acción g a e ipi icada en el con enio de la Indus ia made a, con enio de T anspo es de iaje os po ca e e a y u banos ambién haca alusión a es e ipo de in acción, haciendo e e encia sólo al abandono del pues o de abajo. Fal as po desleal ad, abuso de con ianza o compe encia desleal El aude, desleal ad o abuso de con ianza en las ges iones encomendadas y la compe encia desleal en la ac i idad de la emp esa, es una in acción muy g a e que apa ece en los con enios del Come cio ex il, Indus ia made a, Tin o e ías y la ande ías y Supe me cados y au ose icios. El con enio de Pozos y iegos ag ícolas añade la ansg esión de la buena e con ac ual. Fal as po es ado de emb iaguez o oxicomanía La emb iaguez o es ado de oxicomanía mani ies a du an e la jo nada labo al ambién es una in acción muy g a e, apa ece en el con enio de Supe me cados y Au ose icios y Pozos y Riegos Ag ícolas. El con enio de Tin o e ías y La ande ías ambién la conside a cómo muy g a e, pe o cuando epe cu a nega i amen e en el abajo, de la misma o ma apa ece ipi icada en el con enio de Indus ia Made a. El con enio de T anspo es y Viaje os, es ablece es a in acción muy g a e cuando se supe a la asa de alcoholemia ijada eglamen a iamen e en cada momen o du an e el 19 abajo pa a el pe sonal de conducción, conside ando ambién la conducción bajo los e ec os de las d ogas. Fal as po a o indebido Los malos a os de palab a u ob a o la al a g a e de espe o y conside ación a los je es o sus amilia es, subo dinados o compañe os es conside ada una in acción muy g a e po los con enios de Indus ia made a, Come cio ex il, T anspo es y iaje os po ca e e a y u banos, Tin o e ías y la ande ías, Pozos y iegos ag ícolas y Fincas u banas de Ca aluña pa a el sec o de empleados de Cas ellón. El con enio de Supe me cados y au ose icios, añade a es a in acción muy g a e cuando los malos a os son al público en gene al. Fal as po acoso O as in acciones muy g a es que podemos encon a en común en los con enios analizados, es el acoso mo al, el acoso sexual y las o ensas e bales o ísicas de na u aleza sexual eje cidas po o sob e cualquie abajado . Es a in acción muy g a e la ienen en común el con enio de Come cio ex il, Buques, es ibado as y agen es de aduana, Supe me cados y au ose icios, T anspo es y iaje os, el con enio de Tin o e ías y la ande ías, conside ando ambién el acoso psicológico, el con enio de Indus ia made a añade a es a in acción el acoso po azón de o igen acial o é nico. Fal as de disminución del endimien o en el abajo La disminución con inuada y olun a ia en el endimien o no mal del abajo es conside ada muy g a e en el con enio del Come cio ex il, Pozos y iegos ag ícolas, Indus ia made a, Tin o e ías y la ande ías y Supe me cados y au ose icios. La simulación de en e medad o acciden e es conside ada in acción muy g a e po el con enio de Tin o e ías y la ande ías, Indus ia made a y Come cio ex il. U iliza indebidamen e el ma e ial de la emp esa, pa a ines ajenos es in acción muy g a e en el con enio de T anspo es y iaje os, Indus ia made a y Come cio ex il. La ei e ada no u ilización de los elemen os de p o ección en ma e ia de segu idad e higiene es una in acción muy g a e que apa ece en el con enio de Tin o e ías y la ande ías y T anspo es y iaje os. O as al as de ca ác e subje i o que podemos encon a en los con enios analizados son: 20 • La al a de aseo y limpieza que a ec e a la imagen de la emp esa es in acción muy g a e en el con enio del Come cio ex il. • El e aso de más de seis días en la en ega de la ecaudación, es in acción muy g a e en el con enio de T anspo es y iaje os, además conside ando la iolación del sec e o de co espondencia como muy g a e. • Causa acciden es g a es po negligencia o descuido, es conside ado in acción muy g a e en el con enio de la Indus ia made a, así como ealiza a eas pa icula es en el ho a io de abajo. • La indisciplina o desobediencia del abajo, ipi icada en el con enio de Pozos y iegos ag ícolas. La eincidencia en al as g a es, ambién son conside as in acciones muy g a es. Apa ecen ipi icadas como al en los con enios de Come cio ex il, la conside a muy g a e, aunque sea de dis in a na u aleza y se come a den o de los seis meses siguien es de habe se come ido la in acción g a e, de la misma mane a apa ece ipi icada en el con enio de Supe me cados y au ose icios. Indus ia made a la es ablece del mismo modo, a i mando que siemp e que haya sido obje o de sanción po esc i o. El con enio de Tin o e ías y la ande ías ipi ica la eincidencia en al as g a es como in acción muy g a e, conside ando como al aquella si uación en la que, con an e io idad al momen o de la comisión del hecho, el abajado /a hubiese sido sancionado dos o más eces po al as g a es, aunque sea de dis in a na u aleza, du an e el pe íodo de un año. Después de ealiza el análisis de las al as en los con enios colec i os sec o iales de la p o incia de Cas ellón, pasa emos a analiza los con enios colec i os de emp esa de Cas ellón. 4.1.4 In acciones le es en los Con enios Colec i os de Emp esa Fal as de asis encia al abajo. Las al as de asis encia al abajo apa ecen ipi icadas en muchos de los con enios analizados. El con enio de la emp esa Plan ones Ce i icados conside a in acción le e al a un día al abajo sin jus i ica . C uz Roja conside a le e la in acción cuando se al a un día al mes sin causa jus i icada. Pamesa la iene ipi icada de la misma o ma, un día en el pe íodo de 30 días. Elemen esh la iene ipi icada igual que C uz Roja. Beniplan la iene ipi icada en su con enio de emp esa como le e cuando se al a un día al abajo sin causa jus i icada, no especi ica en que 21 pe iodo de iempo, de la misma o ma apa ece en el con enio de la emp esa Au oca es Mesegue . La emp esa Cen o de T a amien os de Residuos del Medi e áneo la iene ipi icada en al a un día al mes sin causa jus i icada, de la misma o ma apa ece en el con enio de la emp esa BP OIL y en el de la emp esa Ag onos um. Fal as de pun ualidad. La al a de pun ualidad ambién es una in acción muy común en los con enios analizados. En el con enio de la emp esa Plan ones Ce i icados apa ece ipi icada como has a dos al as de pun ualidad no jus i icadas en un mes. En el de C uz Roja se conside a le e cuando son de es a cinco al as de pun ualidad, sin jus i icación en un mes. Pamesa conside a le e la in acción: has a es al as de pun ualidad no jus i icadas en un mes en la en ada o salida del abajo. Elemen esh ambién conside a es a in acción: de una a es al as de pun ualidad en el pe iodo de un mes. Remolques Medi e aneo la conside a le e siemp e que la al a de pun ualidad sea in e ioi a quince minu os y no se de i e po la unción especial del ipulan e. Beniplan ambién la iene en su con enio: has a dos al as de pun ualidad en un mes. Cen o de T a amien o de Residuos: has a es al as de pun ualidad no jus i icadas en un mes. Ag onos um ambién: de una a es al as de pun ualidad no jus i icadas en el pe iodo de un mes. El con enio de la emp esa Vi ia o Segu idad la iene ipi icada en has a es al as de pun ualidad, con e aso supe io a cinco minu os e in e io a quince, den o del pe iodo de un mes. El con enio de la emp esa Á ica Res au an es conside a como le e la al a cuando hay de una a es al as injus i icadas de pun ualidad de has a ein a minu os en el pe íodo de ein a días. Po úl imo, Au oca es Mesegue : dos al as de pun ualidad en la asis encia al abajo en el pe iodo de dos meses sin la debida jus i icación. Fal as de aseo y limpieza pe sonal. La al a de aseo pe sonal y limpieza ambién es una al a de ca ác e le e, an e io men e la hemos podido e como in acción g a e y muy g a e en los con enios sec o iales. Es a al a apa ece ipi icada en el con enio de la emp esa BP OIL, Vi ia o Segu idad, Beniplan , Cen o de T a amien os de Residuos del MEdi e aneo y Á ica Res au an es ambién la iene ipi icada como al a siemp e que la al a de aseo sea ocasional y du an e el se icio. Aguas de Co es ambién iene es a al a le e ipi icada en su con enio, al a de aseo pe sonal y limpieza que a ec e nega i amen e a la emp esa a la con i encia en e compañe os de abajo y a la calidad del p oceso p oduc i o. Remolques Medi e áneo conside a le e la al a de 22 aseo o de higiene siemp e que es a no p oduzca queja de sus compañe os. En el con enio de la emp esa Pamesa ambién apa ece es a al a, pe o ipi icada de o ma dis in a, conside an es a al a le e cuando la al a de aseo pe sonal sea ocasional y p o oque eclamaciones de los compañe os de abajo o je es. Au oca es Mesegue ambién conside a le e la al a de aseo y de limpieza, conside ando ambién el uso inco ec o del uni o me y la inco ección de los usua ios. La emp esa Plan ones Ce i icados iene en su con enio como in acción le e, la al a de cu iosidad e higiene pe sonal. Fal as po abandono del pues o de abajo. El abandono del pues o de abajo, aun cuando sea po b e e iempo, sin causa jus i icada es una al a le a que apa ece en dis in os con enios analizados, el con enio de Pamesa, la conside a le e, aunque si el abandono del pues o causa daño a la p oducción es a puede conside a se g a e o muy g a e. Es a in acción ambién apa ece en el con enio de Beniplan , Aguas de Co es, Vi ia o Segu idad, Cen o de T a amien os de Residuos, C uz Roja y Plan ones Ce i icados. El con enio de la emp esa Remolques Medi e áneo ambién iene ipi icada es a in acción le e, añade que se conside a a g a e si el abandono es po pa e del ipulan e. El con enio de la emp esa Á ica Res au an es ambién p esen a una peculia idad en es e ipo de al a, conside a el abandono sin causa jus i icada al a le e, aunque sea po b e e iempo o e mina an icipadamen e el mismo, con una an elación in e io a ein a minu os, siemp e que de es as ausencias no se de i en g a es pe juicios pa a el abajo, de es a o ma se conside a ían g a es. Fal as po no comunica cambios a la emp esa. No comunica a la emp esa los cambios de domicilio, es una in acción le e, la hemos is o an e io men e en los con enios sec o iales, en los con enios de emp esa ambién apa ece. Tienen ipi icada es a al a le e el con enio de la emp esa Pamesa, Beniplan , Á ica Res au an es, Plan ones Ce i icados (añadiendo los da os necesa ios pa a la Segu idad Social), C uz Roja, Cen o de T a amien os de Residuos del Medi e áneo, Vi ia o Segu idad, Aguas de Co es (es ablece el plazo de 7 días na u ales desde que se p oduzcan los hechos, incluidos los elacionados con la Segu idad Social), Beniplan y Au oca es Mesegue . La no comunicación de la incapacidad empo al a la emp esa, ambién es una al a le e, apa ece en el con enio de la emp esa Elemen esh, es ablece dos días hábiles pa a no i ica a la emp esa la baja po incapacidad empo al, cuando es a no se no i ica en el plazo es ablecido, el abajado hab á come ido una al a le e, sal o 23 que p uebe la imposibilidad de hace lo. La emp esa Ag onos um ambién conside a es a in acción como le e, apa ece ipi icada de la misma mane a que en el con enio de la emp esa Elemen esh. La emp esa BP OIL hace e e encia a es a in acción de o ma más gené ica, e i iéndose a la omisión de las comunicaciones obliga o ias po pa e del empleado a la Emp esa. Fal as po discusiones. Las discusiones con los compañe os den o del ho a io de abajo, es una al a le e que apa ece en el con enio de la emp esa Au oca es Mesegue , Aguas de Co es ambién la conside a le e es a in acción añadiendo a es a los comen a ios despec i os, insul os o al e cados que puedan a ec a nega i amen e a la imagen de la emp esa. Vi ia o Segu idad ambién añade a es a in acción las al as de espe o y conside ación en ma e ia le e a los subo dinados, compañe os, mandos, pe sonal y público. Á ica Res au an es ambién conside a le e es a al a siemp e que las discusiones no sean en p esencia de público. Remolques Medi e áneo ambién hace una pequeña dis inción en es a in acción, conside a le e las discusiones de los abajado es a bo do con los compañe os de abajo, se ían conside adas g a e si ales discusiones p o oca an escándalo. El con enio de la emp esa BP OIL, hace alusión a es a in acción e i iéndose a la inobse ancia de las no mas elemen ales de educación, an o como a la emp esa como a los je es, compañe os y subo dinados. La emp esa Cen o T a amien os Residuos del Medi e áneo ambién conside a le e las discusiones siemp e que se p oduzcan con mo i o u ocasión del abajo. Fal as po incumplimien o de no mas. La inobse ancia de las no mas en ma e ia de segu idad y salud en el abajo que no en añe iesgo g a e pa a el abajado o sus compañe os, siemp e que el abajado es é debidamen e in o mado y cuen e con los medios especí icos de p o ección, es in acción le e en el con enio de la emp esa Pamesa. El con enio de Cen o de T a amien os y Residuos del Medi e áneo conside a in acción le e la inobse ancia de las no mas en ma e ia de p e ención de iesgos labo ales, siemp e que no en añe iesgo pa a el abajado y sus compañe os. Fal as po descuidos con los ma e iales. Las pequeñas negligencias en la conse ación del ma e ial, u ensilios y maquina ia es una in acción le e en el con enio de la emp esa Beniplan y en el de la emp esa Plan ones Ce i icados. Es a al a le e ambién apa ece en el con enio de la emp esa Cen o de T a amien os, añadiendo ambién la negligencia en el desa ollo 24 del abajo encomendado, siemp e y cuando no cause pe juicio de conside ación a la emp esa o a los abajado es. La emp esa Aguas de Co es ambién hace e e encia a los pequeños descuidos de la conse ación del ma e ial en su con enio, conside ando ambién el descuido, e o o demo a inexplicable en la ejecución de cualquie abajo. Vi ia o Segu idad ambién conside a le e el descuido en la conse ación de las máquinas y ma e iales de la emp esa, incluyendo las dis acciones en la ealización del abajo, se conside a ía g a e o muy g a e cuando lo an e io o igine consecuencias de g a edad. Fal as po desobediencia. La desobediencia en ma e ia le e, ambién es una in acción que apa ece en el con enio de la emp esa Beniplan y Plan ones Ce i icados. Fal as po no no i ica posibles ausencias. No no i ica la azón de la ausencia al abajo es una in acción le e, en el con enio de la emp esa C uz Roja, se conside a le e, cuando no se no i ique con ca ác e inmedia o o den o de las 48 ho as siguien es a la al a, sal o que se p uebe la imposibilidad de hace lo. En el con enio de la emp esa Pamesa ambién apa ece es a in acción, la no comunicación con 48 ho as como mínimo de an elación de cualquie al a de asis encia al abajo, po causa jus i icada, a no se que quede ac edi ada la imposibilidad de hace lo. La emp esa Cen o de T a amien os ambién iene es a in acción en su con enio, no especi ica pe iodo de p ea iso, solo apa ece la no comunicación con ca ác e p e io de la ausencia al abajo. Á ica Res au an es ambién iene es a in acción en su con enio, ampoco especi ica iempo de p ea iso. Aguas de Co es si que especi ica plazo pa a jus i ica la ausencia al abajo, es ablece plazo máximo de es días pa a cu sa la jus i icación exigible. Vi ia o Segu idad conside a le e la in acción cuando no se no i ica con ca ác e p e io la ausencia al abajo y no se jus i ica den o de las 24 ho as siguien es, excep o que se p uebe la imposibilidad de hace lo. O as al as le es de ca ác e subje i o, que podemos encon a en los con enios de emp esa analizados son: • Aguas de Co es conside a in acción le e no icha en los apa ados de con ol en la en ada o salida de la emp esa. Usa el elé ono mó il pa icula en el luga de abajo ambién es una al a le e. Incumpli con los p ocedimien os y no mas del pues o de abajo en conocimien o del abajado , es al a le e 31 4.1.6 In acciones muy g a es en los Con enios Colec i os de Emp esa Fal as de pun ualidad Es e ipo de in acción es muy común en los con enios de emp esa es udiados. La emp esa Vi ia o conside a es a in acción cuando son más de 12 en un año, Pamesa en su con enio ambién la conside a, cuando son más de ocho al as en es meses y más de doce en seis meses. C uz Roja en su con enio ambién conside a la al a de pun ualidad muy g a e cuando excedan de once en ein a días, más de ein e en seis meses y más de ein a en un año. Plan ones Ce i icados la conside a muy g a e cuando sean más de doce al as en seis meses o más de ein icinco en un año, Elemen esh no es an es ic i o, iene ipi icada es a in acción cuando sean más de ocho al as en seis meses. La emp esa Beniplan coincide con Plan ones Ce i icados, más de doce en seis meses o más de ein icinco en un año. La emp esa Aguas de Co es lo hace de o ma dis in a, más de diez al as de pun ualidad en un año que supe en los sesen a minu os. Cen o de Residuos del Medi e áneo es ablece como muy g a e cuando sean más de diez en es meses o ein e en seis meses. Ag onos um ambién iene ipi icada es a in acción, más de ocho al as en seis meses. Po úl imo y el más es ic i o, la emp esa Au oca es Mesegue que es ablece como in acción muy g a e cuando sean más de cua o al as de pun ualidad en es meses. Encon amos cie a dispa idad con la ipi icación de las al as de pun ualidad, a ían la can idad de al as y el iempo en el que pueden p oduci se, sólo hay dos con enios que coinciden con la ipi icación, son el de la emp esa Plan ones Ce i icados y la emp esa Beniplan . Fal as de asis encia. Las al as de asis encia al abajo ambién es una al a muy común. Vi ia o Segu idad en su con enio de emp esa la conside a muy g a e cuando se al a 3 o más eces en un año sin causa jus i icada, más de seis eces en cua o meses y más de doce en un año. Pamesa en su con enio de emp esa ambién hace alusión, al a más de dos días al abajo en un pe iodo de ein a días. C uz Roja es ablece la in acción como muy g a e cuando se al an es días consecu i os o cinco al e nos en un mes. Plan ones Ce i icados en su con enio es ablece dicha in acción cuando se al an seis días en un pe iodo de cua o meses, Elemen esh la iene ipi icada es a in acción en al a es o más días en un mes. La emp esa Á ica Res au an es si es ablece es a in acción muy g a e en su con enio, es al as de asis encia o más en un pe iodo de ein a días, diez en seis meses o ein e en un año. Beniplan es un uel e a coincidi 32 con Plan ones Ce i icados, su con enio conside a es a in acción muy g a e cuando se al an seis días en cua o meses. Cen o de Residuos del Medi e áneo es ablece es a in acción en al a es días al abajo en un mes. BP OIL en su con enio iene ipi icada es a al a cuando se al a más de es eces al abajo en el pe iodo de un mes. Aguas de Co es es más es ic i o, conside a es a in acción cuando se al a más de un día al abajo en seis meses, Ag onos um ambién pod íamos conside a que es bas an e es ic i o, ya que iene ipi icada es a al a en al a es o más días al abajo en un mes. Po úl imo, Au oca es Mesegue , que la iene ipi icada en al a al abajo es o más eces en es meses. Fal a de aseo y limpieza Es a in acción sólo la ienen ipi icada muy g a e dos con enios de emp esa es udiados, son Vi ia o Segu idad y Remolques Medi e áneo, el p ime o la conside a muy g a e cuando la al a de aseo es con inuada y habi ual y el segundo cuando se hubiese llamado la a ención al empleado sob e la al a de aseo y es e sigue pe sis iendo. Fal as po discusiones Las al as muy g a es po discusiones apa ecen ipi icadas en algunos de los con enios es udiados, las conside a como muy g a es el con enio de la emp esa Vi ia o Segu idad y el de la emp esaBP OIL, conside ando ambién los malos a os de palab a y el o igina peleas. Pamesa y Au oca es Mesegue conside an como muy g a e los malos a os de palab a. Remolques del Medi e áneo la iene ipi icada de mane a di e en e a las an e io es emp esas, conside a como muy g a e cuando se blas ema de o ma habi ual. Elemen esh conside a muy g a e las o ensas e bales y ísicas, igual que la emp esa Ag onos um. Ag ede ísica o e balmen e es conside ada como una al a muy g a e po el con enio de la emp esa Aguas de Co es. Fal as po acoso El acoso sexual es conside ado una al a muy g a e en los con enios de las emp esas Ag onos um, Aguas de Co es y Elemen esh. Cen o de T a amien os de Residuos amplia el abanico de ipos de acoso, conside ando como muy g a e el acoso sexual, el labo al y el psicológico, Pamesa lo hace de la misma mane a, añadiendo ambién el acoso é nico. C uz Roja solo conside a la disc iminación po azón de sexo y Á ica Res au an es conside a el acoso mo al y sexual. 33 Fal as po obo o hu o El obo es conside ado muy g a e en el con enio de Vi ia o Segu idad cuando exis e una sen encia i me que condene es e deli o. C uz Roja ambién lo ipi ica en su con enio el obo o hu o como muy g a e pe o cuando sea a los compañe os. Hay dos con enios que conside an muy g a e el obo cuando ha sido den o de la emp esa o cen o de abajo, son el de la emp esa Á ica Res au an es y Aguas de Co es. Fal as po compe encia desleal a la emp esa El aude, abuso de con ianza, compe encia desleal y ansg esión de la buena e es una in acción muy g a e, apa ece en los siguien es con enios de emp esa: Vi ia o Segu idad, Pamesa, C uz Roja, Elemen esh, Á ica Res au an es, Cen o de Residuos, Ag onos um y Au oca es Mesegue . Hay dos con enios que es ablecen que es a in acción se á muy g a e cuando a ec e a los in e eses de la emp esa, son BP OIL y Aguas de Co es. Fal as po desobediencia Pamesa conside a es a al a cuando la desobediencia sea con inuada y pe sis en e, Cen o de T a amien os de Residuos la ipi ica igual en su con enio. Cuando sea de especial g a edad se á una in acción muy g a e en los con enios de Plan ones Ce i icados y Beniplan . Cuando la desobediencia sea de o ma con inuada y g a e, se conside a á in acción muy g a e en el con enio de Ag onos um. En úl imo luga BP OIl y Aguas de Co es, sanciona an a sus empleados cuando la desobediencia sea en ma e ia de segu idad y de abajo. Fal as po ac i ud imp uden e del abajado Cuando la imp udencia implique iesgo de acciden e y a ec e a la segu idad de los demás abajado es, se á una in acción muy g a e ipi icada en los siguien es con enios: Pamesa, C uz Roja, Elemen esh, Cen o de T a amien os de Residuos, Ag onos um y Au oca es Mesegue . Fal as po descuidos en los ma e iales de la emp esa Es a in acción apa ece en odos los con enios de emp esa es udiados, excep o en el de C uz Roja, BP OIL y Ag onos um. Es os es con enios son los únicos que no hacen mención a es e ipo de in acción. 34 Fal as po emb iaguez o oxicomanía Es a al a de ca ác e muy g a e, odos los con enios que conside an es a in acción hacen especial mención que se á una al a muy g a e cuando sea du an e el abajo, es a al a la encon amos en el con enio de Pamesa, C uz Roja, Remolque Medi e áneo, Plan ones Ce i icados, Beniplan , Cen o de T a amien os de Residuos, BP OIL y Aguas de Co es. Au oca es Mesegue es ablece una clausula más, supe a la asa de alcoholemia du an e la jo nada de abajo. 35 5 Sanciones y ipología “Las sanciones consis en en pé didas o mino aciones de los de echos que co esponden al abajado en unción del con a o. El a . 58.1 ET obliga a los con enios a g adua las, lo que se hace en pa alelo con la g aduación de in acciones y supone que se clasi iquen ambién en le es, g a es y muy g a es. A di e encia de las in acciones, sob e las sanciones el p incipio de ipicidad se p oyec a con algo más de con undencia: no cabe una enume ación simplemen e ejempli ica i a. Po ello, el a . 115.1 LJS p e é la e ocación de aquella sanción que no es u ie a ipi icada en las disposiciones legales o con enio colec i o aplicable. Exis en, además, sanciones exp esamen e p ohibidas: no se pod án impone sanciones que consis an en la educción de la du ación de las acaciones u o a mino ación de los de echos al descanso del abajado o mul a de habe (a . 58.3 ET). No malmen e, las al as muy g a es son sancionadas con inhabili aciones pa a ascende y suspensiones de empleo y sueldo de la ga du ación, con aslados y con el despido. Las al as g a es, con suspensiones de empleo y sueldo e inhabili aciones pa a ascende de meno du ación y con cambios de pues o de abajo. Y las al as le es, con amones aciones e bales o esc i as y b e es suspensiones de empleo y sueldo”. 7 A con inuación, analiza emos las sanciones de los con enios sec o iales es udiados, a endiendo a la clasi icación que hemos is o an e io men e, sanciones po al a le e, po al a g a e y po al a muy g a e. 5.1 Sanción le e Con enios Colec i os Sec o iales El CC de Tin o e ías y La ande ías es ablece po al a le e, amones ación e bal o esc i a y suspensión de empleo y sueldo de has a dos días. El CC de Pozos y Riegos Ag ícolas, es ablece po al a le e amones ación po esc i o o suspensión de empleo de uno a es días. El CC de Indus ia Made a, es ablece amones ación e bal y amones ación esc i a, no hace e e encia a suspensión de empleo o sueldo. El CC de Supe me cados y Au ose icios es ablece po la sanción de al as le es, comunicación esc i a al abajado y suspensión de empleo y sueldo de has a es días. El CC de T anspo es de Viaje os po Ca e e a y U banos, es ablece la sanción po al a le e amones ación e bal, amones ación esc i a y de uno a dos días de suspensión de empleo y sueldo. El CC del Come cio Tex il, es ablece que la sanción 7 José Ma ía Goe lich Pese , De echo del T abajo, 5ª Edición, “Pode es del Emp esa io” (Valencia, 2016), pagina 420. 36 que se pod á impone po al a le e se á, amones ación e bal, amones ación po esc i o y suspensión de empleo y sueldo has a es días. El CC de Fincas U banas de Ca aluña pa a el Sec o de Empleados de Fincas U banas de Cas ellón, es ablece po al a le e, que la sanción se á amones ación e bal o esc i a. El CC de Buques, Es ibado as, T ansi a ios y Agen es de Aduana es ablece que la sanción máxima a impone po al a le e se á la amones ación po esc i o. 5.2 Sanción g a e Con enios Colec i os Sec o iales El CC de Tin o e ías y La ande ías es ablece la sanción máxima po al a g a e, en suspensión de empleo y sueldo de es a ca o ce días. El CC de Pozos y Riegos Ag ícolas es ablece po al a g a e, la sanción de suspensión de empleo y sueldo de cua o a quince días, comunicándose al abajado siemp e po esc i o, al y cómo es ablece en su con enio. El CC de Indus ia Made a, es ablece la sanción de suspensión de empleo y sueldo de uno a ein e días po al as g a es. El CC de Supe me cados y Au ose icios es ablece la sanción de suspensión de empleo y sueldo de es a quince días po al as g a es, comunicándose po esc i o al abajado . El CC de T anspo e de Viaje os po Ca e e a y U banos es ablece po al as g a es, la sanción de suspensión de empleo y sueldo de es a ein e días y la pos e gación pa a el ascenso has a 5 años. El CC del Come cio Tex il, es ablece po al as g a es, la sanción de suspensión de empleo y sueldo de es a quince días. El CC de Finas U banas de Ca aluña pa a el Sec o de Empleados de Cas ellón, po al as g a es es ablece la sanción de suspensión de empleo y sueldo de sie e a quince días. El CC de Buques, Es ibado as, T ansi a ios y Agen es de Aduana es ablece po al as g a es, sanción de suspensión de empleo y sueldo de dos a quince días. 5.3 Sanción muy g a e Con enios Colec i os Sec o iales El CC de Tin o e ías y La ande ías es ablece como sanción máxima, po al a muy g a e, la suspensión de empleo y sueldo de ca o ce días a un mes, aslado a cen o de abajo de una localidad dis in a du an e un pe iodo de has a un año y despido disciplina io. El CC de Pozos y Riegos Ag ícolas es ablece la sanción de suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesen a días o despido con pé dida de odos sus de echos en la emp esa, po al as muy g a es. El CC de la Indus ia Made a es ablece, po al as muy g a es la suspensión de empleo y sueldo de ein iuno a no en a días y el despido. El CC de Supe me cados y Au ose icios es ablece po al as muy g a es, la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a 37 sesen a días y el despido con pé dida de odos sus de echos en la emp esa. El CC de T anspo e de Viaje os po Ca e e a y U banos es ablece como sanción, po al as muy g a es, la suspensión de empleo y sueldo de ein iuno a sesen a días, la inhabili ación de ini i a pa a el ascenso y el despido. El CC del Come cio Tex il es ablece la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesen a días has a la escisión del con a o de abajo po al as muy g a es. El CC de Fincas U banas de Ca aluña pa a el Sec o de Empleados U banos de Cas ellón es ablece como sanción, po al as muy g a es, la suspensión de empleo y sueldo de 30 a 60 días. El CC de Buques, Es ibado as, T ansi a ios y Agen es de Aduana es ablece la sanción, po al as muy g a es la suspensión de empleo y sueldo de 16 a 60 días, la inhabili ación pa a el ascenso, po un pe iodo de 2 a 4 años y el despido, odo ello a endiendo a la g a edad de la al a come ida. A con inuación, ealiza emos el mismo análisis en los con enios de emp esa es udiados. 5.4 Sanción le e Con enios Colec i os de Emp esa El con enio de emp esa de Pamesa, es ablece po al a le e, amones ación e bal, amones ación po esc i o y suspensión de empleo y sueldo de has a dos días. El con enio de la emp esa Ag onos um po al a le e, es ablece como sanción la amones ación po esc i o y la suspensión de empleo y sueldo de un día. La emp esa Elemen esh en su con enio, es ablece como sanción po al a le e, la amones ación po esc i o y la suspensión de empleo y sueldo de un día. Au oca es Mesegue en su con enio de emp esa, es ablece po al a le e la amones ación e bal y esc i a y uno o dos días de suspensión de empleo y sueldo. Beniplan en su con enio de emp esa, es able que la sanción máxima que se puede impone po al a le e, consis e en amones ación e bal, amones ación po esc i o y suspensión de empleo y sueldo has a dos días. Plan ones Ce i icados en su con enio de emp esa es ablece la sanción po al a le e, que consis e en amones ación e bal, amones ación esc i a y suspensión de empleo y sueldo has a dos días. La emp esa Vi ia o Segu idad en su con enio la sanción po al a le e la es ablece con la amones ación e bal y amones ación esc i a. Cen o de T a amien os de Residuos del Medi e áneo en su con enio de emp esa es ablece po al a le e, la sanción de suspensión de empleo y sueldo de has a dos días y la amones ación po esc i o. La emp esa BP OIL en su con enio, es ablece la amones ación p i ada e bal y p i ada po esc i o po al as le es. C uz Roja en su con enio de emp esa es ablece como sanción po al a le e, la amones ación e bal en p esencia de los ep esen an es sindicales, y si ue an 38 ei e adas po esc i o. La emp esa Remolques Medi e áneo es ablece amones ación e bal y amones ación po esc i o como sanción po al as le es. Á ica Res au an es, en su con enio de emp esa es ablece como sanción po al as le es, la amones ación, sin especi ica po esc i o o e balmen e y la suspensión de empleo y sueldo has a dos días. La emp esa Aguas de Co es es ablece en su con enio, la amones ación e bal, amones ación po esc i o y suspensión de empleo y sueldo de has a es días, como sanciones máximas que se pod án impone po al as le es. 5.5 Sanción g a e Con enios Colec i os de Emp esa Pamesa es ablece en su con enio suspensión de empleo y sueldo de es a ca o ce como sanción po al a g a e. Ag onos um suspende de empleo y sueldo de dos a quince días po in acción g a e. Elemen esh sanciona la al a g a e con suspensión de empleo y sueldo de dos a quince días. Au oca es Mesegue es ablece en su con enio de emp esa la suspensión de empleo y sueldo de es a ein e días y la pos e gación pa a el ascenso has a 5 años como sanción po al a g a e. Beniplan suspende de empleo y sueldo de es a quince días po al a g a e. Plan ones Ce i icados es ablece la sanción po al a g a e de la misma mane a que la emp esa Beniplan , suspensión de empleo y sueldo de es a quince días. Vi i a o Segu idad es ablece como sanción po al a g a e la amones ación pública, la suspensión de empleo y sueldo de uno a quince días y la inhabili ación pa a el ascenso du an e un año. Cen o de T a amien os de Residuos del Medi e áneo es ablece la suspensión de empleo y sueldo de es a ca o ce días como sanción po al a g a e. La emp esa BP OIL es ablece en su con enio la inhabili ación pa a pasa a la ca ego ía supe io po un plazo no supe io a cua o años y la suspensión de empleo y sueldo po un iempo de has a ein e días como sanción po al a g a e. C uz Roja en su con enio de emp esa es ablece como sanción po al a g a e la suspensión de empleo y sueldo en e uno y quince días, con cons a ación en el expedien e del pe sonal. Remolques Medi e áneo en su con enio de emp esa, es ablece que las al as g a es pod án sanciona se con algunas de las siguien es sanciones: suspensión de empleo y sueldo de un día a es meses, inhabili ación po un pe iodo no supe io a cinco años pa a ascenso de ca ego ía o p ohibición empo al o de ini i a pa a solici a pe mu a o cambio de des ino. Á ica Res au an es es ablece en su con enio de emp esa, la suspensión de empleo y sueldo de es a quince días como sanción po al as g a es. Aguas de Co es en su con enio de emp esa es ablece la suspensión de empleo y sueldo de cua o a quince días como sanción po al a g a e. 39 5.6 Sanción muy g a e Con enios Colec i os de Emp esa En el con enio de emp esa de Pamesa, la sanción po in acción muy g a e es la suspensión de empleo y sueldo de quince a sesen a días y despido. La emp esa Ag onos um es ablece en su con enio la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesen a días y el despido como sanción po al a muy g a e. Elemen esh es ablece la sanción po al a muy g a e igual que la emp esa Ag onos um. Au oca es Mesegue es ablece di e sas sanciones po al as muy g a es en su con enio de emp esa, son las siguien es: suspensión de empleo y sueldo de ein iuno a sesen a días, inhabili ación de ini i a pa a el ascenso y despido. Beniplan y la emp esa Plan ones Ce i icados es ablecen como sanciones po al as muy g a es la suspensión de empleo y sueldo de quince a sesen a días, pé dida de an igüedad y despido. Vi ia o Segu idad es ablece como sanción po al as muy g a es la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis días a dos meses y el despido. Cen o de T a amien os de Residuos del Medi e áneo en su con enio de emp esa, sanciona con suspensión de empleo y sueldo de quince días a sesen a y con despido a los abajado es que come an al as muy g a es. BP OIL suspende de empleo y sueldo, po un iempo no in e io a 21 días ni supe io a seis meses, inhabili a de o ma de ini i a pa a pasa a ca ego ía supe io o despide, an e una al a muy g a e. C uz Roja es ablece en su con enio de emp esa la sanción de suspensión de empleo y sueldo de dieciséis días a dos meses y el despido como sanciones po al as muy g a es. Remolques Medi e áneo es ablece en su con enio de emp esa que po al as muy g a es, pod án impone se algunas de las siguien es sanciones: suspensión de empleo y sueldo de es meses y un día a seis meses o despido. Á ica Res au an es es ablece en su con enio de emp esa la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesen a días y el despido disciplina io como sanciones po al as muy g a es. Aguas de Co es es ablece la sanción po al as muy g a es de la misma mane a que la emp esa Á ica Res au an es. Después de ealiza es e análisis, podemos conclui que los con enios sec o iales y los con enios de emp esa es udiados, cumplen con lo es ablecido en el a . 58 ET. Ninguna sanción consis e en la educción de la du ación de las acaciones ni ninguna o a mino ación de los de echos al descanso del abajado o mul a de habe . Es as sanciones, bien las que hemos is o en los CC Sec o iales y los CC de Emp esa, ienen como obje i o esa ci los daños que se hayan podido causa po las 40 in acciones come idas po pa e de los abajado es y es au a el o den y la disciplina. A lo la go del análisis, hemos podido obse a como las sanciones mencionadas, son casi siemp e las mismas. En muchos CC Sec o iales, las sanciones le es consis en en amones a po esc i o o e balmen e y suspende de empleo y sueldo po un pe iodo de iempo ela i amen e co o, en ninguno de ellos la suspensión de empleo y sueldo supe a los cinco días. En las sanciones g a es, podemos ap ecia que la suspensión de empleo y sueldo es mayo , oscilan la mayo ía en e 3 y 20 días, en es e ipo de sanción la comunicación al abajado es po esc i o. Sólo un CC Sec o ial penaliza con la pos e gación del ascenso, es el CC de T anspo es de Viaje os po Ca e e a y U banos. Las sanciones muy g a es ya es ablecen es icciones mayo es, la suspensión de empleo y sueldo aumen a llegando en algunos casos has a los 60 días. Es aquí donde nos encon amos con el despido. “El despido consis e en el cese de la elación de abajo que incula a la emp esa y abajado , po decisión del emp esa io undada en un incumplimien o g a e y culpable del abajado ”. 8 En los CC de Emp esa, la g aduación de las sanciones es la misma. Po in acción le e, las sanciones consis en en amones a de o ma esc i a o e bal y suspende de empleo y sueldo si así lo conside an, en es e caso, de los CC de emp esa analizados, la suspensión de empleo y sueldo no supe a los es días. Las sanciones g a es es ablecen una suspensión de empleo y sueldo mayo , en los con enios es udiados, solo uno supe a los quince días. 9 Es en es e ipo de sanción donde podemos ap ecia la pos e gación del ascenso y la p ohibición pa a solici a cambio de des ino. 10 En las sanciones muy g a es obse amos, al igual que con los CC Sec o iales, la suspensión de empleo y sueldo es mucho mayo y el despido disciplina io puede es ablece se si exis e una conduc a culpable del abajado . Tal y cómo sos iene M. A. Cas o A güelles (1993) 11 , podemos clasi ica las sanciones en es g upos: 1. Sanciones de ad e encia. En es as incluimos la ep esión e bal y la ep esión esc i a, que ienen como obje i o ad e i al abajado de que exis e la 8 A ículo 54.1 del Es a u o de los T abajado es 9 CC Au oca es Mesegue es ablece 20 días de suspensión de empleo y sueldo 10 CC Remolques Medi e áneo 11 M. A. Cas o A güelles (1993), El égimen disciplina io en la emp esa, in acciones y sanciones labo ales. Sanciones p e is as en las no mas sec o iales. Pamplona: A anzadi. 47 8 Sanción a los ep esen an es de los abajado es Las sanciones a los ep esen an es de los abajado es apa ecen eguladas en los a ículos 55.1 ET y 68 ET, pa a que los ep esen an es legales de los abajado es o miemb os del comi é de emp esa sean sancionados po al as le es, g a es o muy g a es o despedidos se á necesa ia la ape u a de un expedien e con adic o io. Exis en dos posibilidades an es la ape u a del expedien e sancionado : 1. El con enio colec i o lo exige an e al as muy g a es (lo hemos is o an e io men e en el p ocedimien o sancionado ). 2. El abajado es ep esen an e legal de los abajado es. Pa imos de es p emisas legales pa a abo da el es udio del expedien e con adic o io, son las siguien es: • A ículo 10 de la Ley O gánica 11/1985, de 2 de agos o, de Libe ad Sindical (en adelan e LOLS): “Se oídos po la emp esa p e iamen e a la adopción de medidas de ca ác e colec i o que a ec en a los abajado es en gene al y a los a iliados a su sindica o en pa icula , y especialmen e en los despidos y sanciones de és os úl imos”. • A ículo 55 del ET: “Po con enio colec i o pod án es ablece se o as exigencias o males pa a el despido. Cuando el abajado ue a ep esen an e legal de los abajado es o delegado sindical p ocede á la ape u a de expedien e con adic o io, en el que se án oídos, además del in e esado, los es an es miemb os de la ep esen ación a que pe enecie e, si los hubiese. Si el abajado es u ie a a iliado a un sindica o y al emp esa io le cons ase, debe á da audiencia p e ia a los delegados sindicales de la sección sindical co espondien e a dicho sindica o”. • A ículo 68 del ET: “Ape u a de expedien e con adic o io en el supues o de sanciones po al as g a es o muy g a es, en el que se án oídos, apa e del in e esado, el comi é de emp esa o es an es delegados de pe sonal”. “Los Delegados y miemb os de Comi és es án p o egidos po unas ga an ías especí icas que se elacionan con el a . 68 del ET. Ad ié ase desde aho a que es as ga an ías son negociables -en el sen ido de su ampliación- en los con enios colec i os 48 que se pac en. El TC ha ex endido es as ga an ías a los que hayan sido candida os en los p ocesos elec o ales, aunque no hayan sido elegidos. • En caso de se despedidos ienen de echo a la ape u a p e ia de un expedien e con adic o io, es deci , alegación po esc i o del caso po el empleado , nomb amien o de un ins uc o y sec e a io, oma de decla aciones, ámi e de audiencia del in e esado y del Comi é de emp esa o es an es delegados, y p opues a de sanción, en los casos de al as g a es o muy g a es. • Son inmunes a despidos, sanciones y disc iminaciones en sus expec a i as de p omoción económica o p o esional, du an e el eje cicio de sus unciones, ni el año siguien e a la expi ación de su manda o, sal o que es a se p oduzca po e ocación o dimisión, y siemp e que el despido o la sanción se base en acciones del abajado en el eje cicio de sus unciones ep esen a i as, sin pe juicio de la posibilidad de se despedido po causas señaladas en el a . 54 ET (despido po incumplimien o)”. 16 Pod íamos a i ma que el expedien e con adic o io, es el de echo que iene el ep esen an e del abajado a se escuchado an es de que la sanción le sea impues a po la di ección de la emp esa, con el expedien e con adic o io, se da la opción al abajado de demos a la alsedad de las impu aciones. 17 M. J. López Ál a ez, a i ma que el expedien e con adic o io es un de echo que se a ibuye a los ep esen an es de los abajado es y que, po lo an o, queda inculado a la unción de ep esen an e den o de la emp esa, conside a que no es ningún p i ilegio. La ami ación del expedien e con adic o io exige el nomb amien o de un ins uc o y un sec e a io, al y cómo sos iene Ál a ez, la p esencia de ambos en la ami ación del expedien e ga an iza que el p oceso de ami ación sea impa cial, a o ece el p ocedimien o. El emp esa io puede designa al ins uc o y al sec e a io, ya que el ET no limi a la igu a del ins uc o . La no i icación al abajado del nomb amien o del ins uc o y sec e a io, al y cómo señala Ál a ez, pude ealiza se en cualquie momen o, siemp e y cuando sea an es de o maliza el pliego de ca gos, el abajado debe á conoce ambién la 16 Mone eo Pé ez J.L., Molina Na a e e C., Mo eno Vida M.N., Manual de De echo Sindical, 9ª Edición “El in e és colec i o p o esional y su pe soni icación ju ídica”. 17 Idea p incipal a . 55 ET y a . 68 ET. 49 ca ego ía p o esional de ambos, pa a que le pe mi a alo a si de es a o ma sus ga an ías se puedan e a ec adas. “La de e minación de aquellas conduc as in ac o as que han mo i ado la ape u a del expedien e, en o den a su comunicación al abajado a ec ado, es una de las diligencias inexcusables en es a ase de ins ucción del p ocedimien o”. 18 El pliego de ca gos, al y cómo sos iene Ál a ez, es un equisi o o mal, un ámi e necesa io y esencial, que consis e en in o ma al abajado de los ac os que se le impu an, la ausencia de es e ámi e, según exp esa Ál a ez, implica nulidad en el p ocedimien o. La elabo ación de es e ámi e pe enece al emp esa io, pe o Ál a ez explica que el con enio colec i o puede es ablece que es a labo la pueda lle a a cabo el ins uc o . El con enido del pliego de ca gos, se á el siguien e: • Los hechos y compo amien os que el abajado haya come ido o que se le a ibuyan, deben explica se de mane a cla a. Debe á inclui la echa y el luga donde se come ie on los ac os y cualquie o o da o que enga ele ancia. • No se pod á modi ica el con enido inicial del pliego de ca gos, ya que es o p o oca ía inde ensión. En los con enios colec i os de emp esa es udiados, hemos podido comp oba que algunos hacen especial mención a la ami ación del expedien e. El con enio de la emp esa Aguas de Co es hace e e encia a la ami ación del expedien e cuando la al a sea muy g a e, en es e caso, odas las al as ya sean le es, g a es o muy g a es se comunica án a los delegados de pe sonal o delegados sindicales y a la pe sona a ec ada. BP OIL en su con enio de emp esa no hace e e encia de mane a exp esa, sólo hace mención a que en caso impone sanciones a ep esen an es legales de la emp esa o ca gos sindicales, se egi án po los p ocedimien os y o malidades es ablecidas en las disposiciones co espondien es. C uz Roja en su con enio hace e e encia al expedien e disciplina io in o ma i o en caso de sanción muy g a e, in o ma á a los ep esen an es legales de los abajado es en caso de al a g a e y muy g a e. Pamesa si que hace e e encia al expedien e con adic o io como al, sos iene que los abajado es que engan condición de ep esen an e legal o sindical, p e iamen e a la imposición de sanciones po al as g a es y muy g a es, les se á 18 López Ál a ez M. J., El expedien e disciplina io labo al, “T ami ación del expedien e, Fase in e media o de ins ucción”, A anzadi (Pamplona 1999) 50 ins uido el expedien e con adic o io po pa e de la emp esa, en el que se án oídos apa e del in e esado el es o de miemb os que co espondan. En caso de impone sanción po al a g a e o muy g a e a los abajado es que es én a iliados a un sindica o, debe án da audiencia p e ia a los delegados sindicales, eniendo aquellos 72h pa a p esen a el pliego de desca go. En caso de sanciones po al as le es, g a es o muy g a es la emp esa lo ano a á en el expedien e del abajado . Ag onos um y Elemen esh ambién hacen e e encia al expedien e con adic o io en caso de sanciones g a es o muy g a es a los ep esen an es legales de los abajado es, en el cual se án oídos apa e del in e esado, el comi é de emp esa y los delegados de pe sonal. Au oca es Mesegue en su con enio no hace e e encia a la ami ación del expedien e, sólo es ablece que se ano a á en el expedien e de cada abajado las sanciones que se le hayan impues o. En los con enios colec i os sec o iales analizados, podemos obse a como algunos de ellos hacen e e encia al expedien e con adic o io. El con enio colec i o de Indus ia Made a es ablece que, pa a la imposición de sanciones po al as g a es o muy g a es a los ep esen an es legales de los abajado es o ep esen an es sindicales, les se á ins uido expedien e con adic o io po pa e de la emp esa. El con enio de Buques, Es ibado as y T ansi a ios ambién hace e e encia al expedien e con adic o io, es ablece que las sanciones po al as g a es o muy g a es, eque i á la ami ación del expedien e con adic o io con audiencia al in e esado, comunicación po esc i o y comunicación a los ep esen an es legales de los abajado es, es ablece un plazo de 3 días hábiles pa a que sea con es ado. El con enio de T anspo es de Viaje os ambién hace e e encia a la ami ación del expedien e, sos iene que po al as g a es o muy g a es se impond án p e ia ins ucción del opo uno expedien e, es ablece que el in e esado y la ep esen ación de los abajado es end án de echo a una audiencia pa a desca gos en el plazo de diez días. El con enio del Come cio Tex il no hace e e encia al expedien e con adic o io en su p ocedimien o sancionado , sólo es ablece que la emp esa comunica á a los ep esen an es legales de los abajado es oda sanción g a e o muy g a e que se imponga. 51 9 Conclusión La e idencia que se mos ó an e io men e demues a que el con enio colec i o es undamen al pa a egula de mane a jus a las condiciones labo ales, en es e caso las al as y las sanciones labo ales. El con enio colec i o ac úa como lími e al pode de di ección del emp esa io, es e pode le o o ga pode sanciona al abajado cuando es e come e una in acción, al y cómo es ablece el T ibunal Cons i ucional, pa a que el emp esa io pueda sanciona al abajado el pode de di ección debe cumpli el juicio de p opo cionalidad, la sanción debe se idónea, necesa ia y p opo cional a la al a come ida. En el égimen disciplina io de cada con enio colec i o sec o ial y con enio de emp esa encon amos una clasi icación exhaus i a de al as le es, g a es y muy g a es. No encon amos una clasi icación exac a en e los con enios sec o iales y los con enios de emp esa ya que algunos con enios cuen an con de e minadas al as que sólo se pueden encon a en di e sas ac i idades. Si a endemos a los debe es labo ales básicos de los abajado es que apa ecen egulados en el a . 5 del ET, podemos clasi ica las al as de los con enios sec o iales y de emp esa. Den o de los incumplimien os de la p es ación labo al, los con enios de emp esa y los sec o iales es ablecen al as espec o a la pun ualidad, ambos u ilizan el mismo c i e io pa a de e mina la g a edad de la al a, cuando las al as son le es an o en los con enios de emp esa como en los sec o iales, las al as de pun ualidad son meno es, cuando son g a es la al a de pun ualidad ya es mayo y no es jus i icada y cuando la conside an muy g a e la can idad de al as de pun ualidad aumen a de o ma conside able. Respec o a las al as de asis encia, los con enios sec o iales y los de emp esa a ienden al mismo c i e io de clasi icación, can idad de al as de asis encia al abajo en un de e minado pe iodo de iempo. No no i ica la ausencia al abajo es una al a que solo encon amos en los con enios de emp esa, los con enios que la conside an es ablecen un c i e io de p ea iso muy simila , los sec o iales no hacen e e encia al p ea iso de la ausencia. El incumplimien o de las medidas de p e ención de iesgos labo ales apa ece clasi icada de dis in a mane a en los con enios sec o iales y en los de emp esa. Los con enios sec o iales conside an como al a muy g a e no u iliza los elemen os de 52 p o ección, en cambio los con enios de emp esa clasi ican en al a le e el incumplimien o de las medidas de segu idad si no implica iesgo. Incumpli las ó denes del emp esa io, apa ece clasi icada en ambos con enios, la desobediencia es una al a g a e en los con enios sec o iales y en los de emp esa. No concu i con la ac i idad de la emp esa, apa ece como ansg esión de la buena e o compe encia desleal en ambos ipos de con enios, los sec o iales y los de emp esa conside an es a in acción como muy g a e. Con ibui a la mejo a de la p oduc i idad, es un debe básico del abajado , po eso la disminución de la p oduc i idad es conside ada una al a an o en los con enios sec o iales como en los con enios de emp esa. Los con enios de emp esa clasi ican es a al a como muy g a e cuando la disminución es olun a ia y con inuada, de la misma mane a la clasi ican los con enios sec o iales. Los con enios sec o iales y los de emp esa han hecho e e encia en un g upo de al as al incumplimien o de los debe es básicos de con i encia, las al as po discusiones, malos a os de palab a o las al as de po acoso apa ecen clasi icadas en los di e en es con enios. Los con enios de emp esa conside an las o ensas e bales y ísicas, p o oca iñas y los malos a os de palab a una al a muy g a e. Los con enios sec o iales ambién hacen e e encia a es e ipo de al as y las cali ican como in acciones muy g a es. Unas de las al as más comunes que hemos encon ado en la mayo ía de los con enios analizados, an o sec o iales como de emp esa, es la al a de aseo y limpieza pe sonal, coinciden con su clasi icación a endiendo a la g a edad de la al a. La p incipal di e encia que podemos encon a en la ipi icación de las al as en los con enios sec o iales y los de emp esa, es que los segundos, pueden adap a su égimen disciplina io a la ealidad de la emp esa, pueden adap a las al as y las sanciones a la ac i idad que ealicen, po eso encon amos en los con enios de emp esa muchas al as que en los con enios sec o iales no apa ecen. En cuan o a las sanciones, los con enios sec o iales y los de emp esa siguen la misma clasi icación, sanción le e, g a e y muy g a e. Las sanciones que aplican los con enios sec o iales y los de emp esa son siemp e las mismas, con alguna peculia idad: amones ación e bal, amones ación po esc i o, suspensión de empleo y sueldo y despido. Es ás son las más comunes, pe o ambién se puede penaliza al abajado la inhabili ación pa a ascenso de ca ego ía y el aslado o zoso. 53 Es as sanciones las podemos clasi ica en es g upos: 1. Sanciones de ad e encia: consis en en la amones ación e bal y la amones ación po esc i o (dependiendo de la g a edad se ha á de una o ma u o a). La inalidad de es as sanciones es ad e i al abajado de que es á ealizando algo mal y que hay posibilidad de que si su conduc a sigue así puede se sancionado. 2. Sanciones que al e an el con a o: aquí encon a íamos el despido disciplina io y la suspensión de empleo y sueldo. 3. Sanciones que a ec an a los de echos de los abajado es: imposibilidad de ascende du an e un de e minado pe íodo de iempo. Desde mi pun o de is a, la p incipal p oblemá ica que encuen o cuando clasi icamos las al as de los con enios sec o iales y las al as de los con enios de emp esa, es que es os úl imos, cuen an con más al as especí icas, como hemos podido obse a el con enio de la emp esa Pamesa y el de la emp esa Au oca es Mesegue ienen muchas al as en común, pe o o as de ca ác e especí ico a endiendo a su ac i idad. En mi opinión c eo que un con enio de emp esa siemp e puede se más bene icioso y más jus o pa a egula las condiciones labo ales, en es e caso las al as y las sanciones. Respec o a las sanciones a los ep esen an es de los abajado es podemos a i ma que la ape u a del expedien e con adic o io no es un me o p i ilegio, es la posibilidad que iene el abajado que os en a es e ca go de ep esen ación pa a que pueda demos a la alsedad de las impu aciones. La conclusión que podemos ex ae espec o a la sen encia N.º 1172/2016 de 21 de eb e o de 2016 del TSJ de Ca aluña es que, si los hechos que incluimos en el expedien e con adic o io no son los mismos que los que apa ecen en la ca a de despido, se puede c ea inde ensión al abajado , ya que al inclui nue os hechos el abajado no ha enido la posibilidad de de ende se en el expedien e p e io. Si se ealiza de es a o ma, al no cumpli la o ma exigida po el a . 55 del ET se puede decla a la imp ocedencia del despido. 54 10 Anexo. Tabla compa a i a de in acciones y sanciones, po ipología de con enio. N.º SECTOR FECHA ( i ma) ÁMBITO CÓDIGO 1 Emp esas consigna a ias de buques, es ibado as, ansi a ios y agen es de aduana 17 ene o de 2018 P o incia de Cas ellón SEC1 2 Come cio del ex il 30 ene o 2017 P o incia de Cas ellón SEC2 3 Empleados de incas u banas de Ca aluña pa a el sec o de empleados de incas u banas de Cas ellón 23 eb e o 2017 P o incia de Cas ellón SEC 3 4 Indus ias de la made a, co cho, chapas y able os. 22 no iemb e 2013 P o incia de Cas ellón SEC4 5 Sociedades de Pozos y Riegos Ag ícolas 28 julio 2017 P o incia de Cas ellón SEC5 6 Supe me cados y Au ose icios 22 ma zo 2017 P o incia de Cas ellón SEC6 7 Tin o e ías y La ande ías 25 ab il 2017 Ex ensión del Con enio Colec i o de la p o incia de Valencia a la p o incia de Cas ellón SEC7 8 T anspo es de Viaje os po Ca e e a y U banos 3 no iemb e 2016 P o incia de Cas ellón SEC8 N.º EMPRESA FECHA ( i ma) ÁMBITO CÓDIGO 9 Emp esa Vi ia o Segu idad, S.L. P o incia de Cas ellón EMP1 10 Emp esa Pamesa Ce ámica, S.L. P o incia de Cas ellón EMP2 11 C uz Roja P o incia de Cas ellón EMP3 55 12 Emp esa Remolques del Medi e áneo, S.A. P o incia de Cas ellón EMP4 13 Emp esa Plan ones Ce i icados, S.L. EMP5 14 Emp esa Elemen F esh, S.L. EMP6 15 Emp esa Á ica Res au an es S.L.U. 27 oc ub e 2016 P o incia de Cas ellón EMP7 16 Emp esa Beniplan , S.L. 14 julio 2017 P o incia de Cas ellón EMP8 17 Emp esa Cen o de T a amien o de Residuos del Medi e áneo, S.L. 5 julio 2016 P o incia de Cas ellón EMP9 18 Emp esa BP OIL ESPAÑA, SAU 20 ene o 2015 P o incia de Cas ellón EMP10 19 Emp esa Aguas de Co es, S.A. 25 mayo 2016 P o incia de Cas ellón EMP11 20 Emp esa Ag o Nos um, S.L. 7 oc ub e 2014 P o incia de Cas ellón EMP12 21 Emp esa Au oca es Mesegue , S.L. 25 no iemb e 2015 P o incia de Cas ellón EMP13 In acciones le es con enios sec o iales Con enios Colec i os Fal a de pun ualidad No comunica el cambio esidencia Tiempo cu sa la baja Fal a de asis encia al abajo No a ende al público co ec amen e Descuidos en la conse ación del ma e ial Fal a de aseo y limpieza pe sonal Discusiones Abandono del pues o de abajo Fal as le es p opias del con enio SEC1 Supe io a 5 minu os No conside a es a al a Conside a es a al a Fal a injus i icada al abajo de un día du an e un mes No conside a es a al a No conside a es a al a No conside a es a al a No conside a es a al a No conside a es a al a Fuma en el cen o de abajo o en zonas donde se desa ollen ac i idades SEC2 Excedan de 15 min en un mes. Conside a es a al a Conside a es a al a Fal a injus i icada al abajo de un día du an e un mes Si conside a es a al a Si conside a es a al a Se conside a al a le e cuando a ec e a la imagen de la emp esa Si conside a es a al a Siemp e que sea po b e e pe iodo y no en añe pelig osidad SEC3 No conside a es a al a No conside a es a al a No conside a es a al a No conside a es a al a No conside a es a al a No conside a es a al a No conside a es a al a No conside a es a al a No conside a es a al a Inobse ancia de no mas en ma e ia de segu idad e higiene SEC4 De una a cua o al as en el pe iodo de un mes Conside a es a al a No conside a es a al a No conside a es a al a Si conside a es a al a Si conside a ess a al a No conside a es a al a Si conside a es a al a Siemp e que sea po b e e pe iodo y no en añe pelig osidad Inobse ancia de no mas en ma e ia de segu idad e higiene SEC5 No conside a es a al a No conside a es a al a No conside a es a al a No conside a es a al a No conside a es a al a No conside a es a al a No conside a es a al a No conside a es a al a No conside a es a al a Negligencia o imp udencia si implica iesgo de acciden e SEC6 De una a es al as en el pe iodo de un mes. Conside a es a al a Conside a es a al a No conside a es a al a Si conside a es a al a Si conside a ess a al a No conside a es a al a Si conside a es a al a Siemp e que sea po b e e pe iodo y no en añe pelig osidad SEC7 Has a en es ocasiones en un mes po un iempo o al o in e io a 20min. No conside a es a al a No conside a es a al a Fal a injus i icada al abajo de un día du an e un mes Si conside a es a al a Si conside a ess a al a No conside a es a al a No conside a es a al a Siemp e que sea po b e e pe iodo y no en añe pelig osidad 63 In acciones le es con enios de emp esa Con enios colec i os Fal a de asis encia al abajo Fal a de pun ualidad Fal a de aseo y limpieza Abandono pues o abajo No comunica cambios domicilio Discusiones ho a io abajo Inobse ancia no mas Segu idad y Salud Negligencias uso ma e ial Desobediencia le e No no i ica ausencia abajo No comunicación IT a la emp esa O as al as EMP1 Has a 3, supe io a 5 min in e io a 15, en 1 mes Conside a es a al a Sea po b e e iempo Conside a es a al a Fal as espe o subo dinados y compañe os Dis acciones ealización abajo P ea iso o 24h siguien es Excede se a ibuciones. No a ende al público co ec amen e EMP2 1 día en 30 días Has a 3 en 1 mes Sea ocasional y p o oque quejas Sea po b e e iempo Conside a es a al a No implique iesgo 48h an es Es a zonas abajo no habi ual EMP3 1 día al mes sin causa jus i . 3 a 5 en 1 mes Sea po b e e iempo Conside a es a al a Inmedia o o 48h siguien es EMP4 in e io a 15min y no sea el ipulan e No p oduzca queja de sus compañe os G a e si abandona el ipulan e G a es si p o oca escandalo Emb iaguez ocasional den o buque EMP5 1 día sin jus i ica 2 no jus i ic. En 1 mes Fal a de cu iosidad e higiene Sea po b e e iempo más da os de la SS Conside a es a al a Conside a es a al a T a o inco ec o público EMP6 1 día al mes sin causa jus i . de 1 a 3 en 1 mes 2 días hábiles EMP7 1 a 3 has a 30 min en 30 días Du an e el se icio y ocasional Te mina an es an elación in e io a 30 min Conside a es a al a No p esencia de público No comunicación p e ia Uni o me descuidado. Descuido ejecución abajo EMP8 1 día sin jus i ica Has a 2 en 1 mes Conside a es a al a Sea po b e e iempo Conside a es a al a Conside a es a al a Conside a es a al a 64 EMP9 1 día al mes sin causa jus i . Has a 3 en 1 mes Conside a es a al a Conside a es a al a Mo i o ocasión abajo No implique iesgo Desa ollo abajo no cause pe juicio No comunica ción p e ia Es a cen o abajo ue a ho a io. Ocul a al as. U iliza medios in . Fines ajenos EMP10 1 día al mes sin causa jus i . Conside a es a al a Inobse ancia no mas educación No es ablece pe iodo Rei e adas al as pun ualidad. Encub i al as EMP11 A ec e nega i amen e y al p oces p oduc i o Sea po b e e iempo Plazo 7 días, incluidos da os SS Comen a ios despec i os Descuidos ejecución abajo 3 días pa a jus i ica la ausencia No icha . Usa mó il. Incumpli no mas EMP12 1 día al mes sin causa jus i . de 1 a 3 en 1 mes 2 días hábiles EMP13 1 día sin jus i ica 2 en 2 meses Uso inco ec o uni o me Conside a es a al a Conside a es a al a No cumpli no mas igilancia. Limpieza ehiculo incumpl. E o es i ine a io 65 In acciones g a es con enios de emp esa Con enios colec i os Fal as pun ualidad Fal a asis encia Fal a aseo y limpieza Discusiones Desobediencia Imp udencia Descuido, negligencia ma e iales P e encion Riesgos Labo ales Dis acciones Emb iaguez y oxicomania EMP1 Más de 3 en 3 meses supe e 10 min, has a 4 supe io es a 15 min 1 días en 1 mes A los supe io es en ma e ia de abajo EMP2 Más de 3 en 1 mes 2 días en 30 días A los supe io es en ma e ia de abajo Negligencia g a e Conside a es a al a Desobediencia implica iesgo EMP3 De 6 a 11 en 30 días De 2 a 3 días en 30 días, 1 ele o compañe o. A los supe io es en ma e ia de abajo Implica iesgo acciden e A ec a al abajo EMP4 Más de 3 en 3 meses. Rele a compañe o 1 P oduzca queja de los compañe os Blas ema Si implica queb an o disciplina Implica iesgo acciden e Conside a es a al a Sea habi ual y no es e de se icio EMP5 2 días en 1 mes Fal a espe o compañe os y je es Conside a es a al a Du an e el abajo EMP6 4 a 8 en 6 meses 2 días en 1 mes Sea habi ual Implica iesgo acciden e Segu idad e higiene EMP7 Más de 3 en 30 días o 1 supe e 30 min. 1 o 2 días en 30 días P oduzca quejas y se haya ad e ido Sea habi ual y du an e la jo nada Implica iesgo acciden e Conside a es a al a Segu idad e higiene Sea ue a del abajo con el uni o me EMP8 Más 12 en 6 meses, 24 en 1 año. 2 días en 30 días Inju ias con a pe sonas Conside a es a al a Du an e el abajo 66 EMP9 2 días en 1 mes A los supe io es en ma e ia de abajo Desobediencia implica iesgo A ec e nega i amen e al abajo EMP10 2 a 3 días en 1 mes P oduzca queja de los compañe os A los supe io es en ma e ia de abajo y segu idad EMP11 4 a 10 en 1 mes no supe en 60 min 1 día en 6 meses Sean escandalosas pe judiquen a la emp esa A los supe ioi es en ma e ia de abajo Disminuye p oceso p oducc. Conside a es a al a EMP12 De 4 a 8 en 1 mes 2 días en 1 mes Sea habi ual Implica iesgo acciden e Segu idad e higiene EMP13 3 o más en 2 meses 2 o más en 1 mes Conside a es a al a Conside a es a al a Hace desapa ece ma e iales Conside a es a al a 67 In acciones muy g a es con enios de emp esa Con e nios colec i os Fal as pun uali dad Fal a asis encia Fal a aseo y limpiez a Discusio nes Acoso Robo o hu o F aude o desleal a d Desobedien cia Imp ude ncia Descuido, negligencia ma e iales P e en cion Riesgos Labo al es Dis acci ones Emb iaguez y oxicomania Disminuci ón endimimi en o Abandono pues o abajo O as al as Reincide ncia EMP1 Más de 12 en 1 año 3 o más en 1 año, más de 6 en 4 meses y más 12 en 1 año Con inu ada y habi ua l Malos a os de palab a. O igina peleas Sen enci a i me Conside a es a al a Hace desapa ece , des oza Conside a es a al a Volun a ia y con inuad a Pues o esponsabi lidad EMP2 Más de 8 en 3 meses, más de 12 en 6 meses Más de 2 días en 30 días Malos a os de palab a Psicologic o, mo al, sexual y e nico Compe e ncia desleal Con inuada y pe sis en e inexcusa bles Hace desapa ece , des oza Rei e a da no u ilizaci ón ma e ia les Habi ual y epe cu a nega i amen e Volun a ia y con inuad a Pues o esponsabi lidad Re ela planes de o ganizació n Den o del mismo semes e EMP3 Más de 11 en 30 días, más de 20 en 6 meses, más 30 en 1 año 3 días consecu i os o 5 al e nos en 1 mes Disc imin ación azón sexo A los compañe os F aude y abuso con ianz a Causa acciden es Du an e la jo nada Pues o esponsabi lidad Simula en e meda d EMP4 Se hubiese llamado la an enci ón Blas emi a habi ual Hace desapa ece , des oza En ac o se icio Volun a ia y con inuad a Ocul ación e o es p opios EMP5 Más de 12 en 6 meses o 25 en 1 año 6 días en 4 meses Especial g a edad Hace desapa ece , des oza Habi ual du an e abajo Volun a ia y con inuad a Pues o eponsabili dad Fal as g a es en 1 mes 68 EMP6 Más de 8 en 6 meses 3 o más días en 1 mes O ensas e bales y ísicas Acoso sexual T ansg e sión buena e G a e y de o ma con inuada Ocasion a acciden es g a es Volun a ia y con inuad a Fal a g a e 6 meses EMP7 3 o más en 30 días,10 en 6 meses o 20 en 1 año Malos a os de palab a. P o oca iñas Mo al, sexual o azón de sexo Den o de la emp esa Desleal a d o abuso de con ianz a Hace desapa ece , des oza No cumpli las medida s Volun a ia y con inuad a Viola sec e o co espond encia. Simula en e meda d acciden e Fal a g a e o muy g a e den o de 6 meses EMP8 Más de 12 en 6 meses o 25 en 1 año 6 días en 4 meses Especial g a edad Hace desapa ece , des oza Habi ual du an e abajo Volun a ia y con inuad a Pues o eponsabili dad Fal as g a es en 1 mes EMP9 Más 10 en 3 meses, 20 en 6 meses 3 días en 1 mes Labo al, sexual, mo al o psicológic o F aude y abuso con ianz a Con inuada y pe sis en e Implica iesgo acciden e Hace desapa ece , des oza Incump li medida s Rei e adame n e du an e el abajo P opo cion a da os del cen o. Fuma zonas p ohibidas EMP10 Más de 3 eces en 1 mes Malos a os de palab a. O igina peleas Implique compe e ncia a la emp esa Segu idad, abajo En el cen o de abajo Volun a ia y con inuad a Fuma en zonas p ohibidas. Abuso au o idad EMP11 Más de 10 que supe en 60 min Más de 1 día en 6 meses Ag ede isicame n e o e balm en e Acoso sexual Den o del cen o de abajo Pe juicio in e eses emp esa En ma e ia de abajo Hace desapa ece , des oza Du an e la jo nada Volun a ia y con inuad a EMP12 Más de 8 en 6 meses 3 o más días en 1 mes O ensas e bales y ísicas Acoso sexual T ansg e sión buena e De o ma con inuada Ocasion a acciden es g a es Volun a ia y con inuad a Fal a g a e 6 meses 69 EMP13 Más de 4 en 3 meses 3 o más en 3 meses MAlos a os de palab a T ansg e sión buena e Que a ec en a la segu ida d U iliza inco ec a men e Supe a asa alcoholemia jo nada abajo Conside a es a al a Sima p esencia de o o. Manipula acog a o Se come an en el mismo semes e 11 Bibliog a ía Al onso Mellado C. L., Balles e Pas o M. A., Blasco Pellice Á., Camps Ruiz L. M., Goe lich Pese J. M., López Gandía J. V., . . . Roque a Buj R. (2016) “Manual de echo del abajo” 5ª edición, Valencia: Ti an lo Blanch Cas o A güelles M. A. 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To ca y ou his wo k I ha e analyzed 21 Collec i e Ag eemen s whose scope o e i o ial applica ion does no exceed he p o ince o Cas ellón, ocusing on he classi ica ion o in ac ions and sanc ions, he sanc ioning p ocedu e, he p esc ip ion o aul s and he punishmen o ep esen a i es om he wo ke s. This opic has seemed mo e in e es ing o me h oughou his s udy, he ole o he collec i e ag eemen is undamen al so ha wo ke s can ha e hei wo king condi ions egula ed in a ai way, especially hose o a disciplina y na u e. The dic iona y o he Royal Spanish Academy de ines he e m as a " olun a y o culpable iola ion o a no m, which can be punished ei he c iminally o adminis a i ely, o by he employe in labo ela ions." The in ac ions o wo ke s a e egula ed in a icle 58 d) o Royal Legisla i e Dec ee 2/2015, o Oc obe 23, which app o es he e ised ex o he Law o he Wo ke s' S a u e (he eina e , ET). A icle 58.1 o he Wo ke s' S a u e s a es ha : "Wo ke s may be sanc ioned by he managemen o he companies by i ue o labo b eaches, in acco dance wi h he g adua ion o aul s and sanc ions ha a e es ablished in he legal p o isions o in he collec i e ag eemen . ha is applicable." A icle 58 o he ET es ablishes a double p inciple o ypici y, on he one hand, we ha e he aul s and on he o he he sanc ions: "In i s i s aspec , i assumes ha he exis ence o non- compliance conduc is no enough o legi imize he exe cise o co po a e powe , bu a he ha i mus be classi ied as missing by he co esponding egula ions. In he second, i implies ha he sanc ion o be imposed mus be simila ly ypi ied in i . " Th oughou his s udy, I ha e analyzed exhaus i ely he disciplina y egime o each o he selec ed ag eemen s. Compa ing he aul s and he sanc ions es ablished by each o hem and ce ain is ha , depending on he ag eemen , he disciplina y egime can be s ic e o less. This disciplina y egime is subjec o he powe o managemen o he employe , since i is he employe who imposes he penal y when he e is an in ac ion by he wo ke (A icle 58 ET). Th oughou his s udy we ha e obse ed ha he collec i e ag eemen ac s as a limi o he sanc ioning powe o he employe , since he 72 Wo ke s' S a u e does no es ablish a clea ypi ica ion o punishable beha io , i is he collec i e ag eemen ha con ains he egula ion o he punishable beha io . Pepa Bu iel a gues ha he ecogni ion o he powe o managemen o he employe appea s in he S a u e o Wo ke s in a ious p esc ip ions: 1. A icle 1.1 o he ET: "Wo ke s who olun a ily p o ide hei paid se ices o o he s and wi hin he scope o he o ganiza ion and di ec ion o ano he pe son". 2. A icle 5 o he ET: "Comply wi h he ins uc ions and ins uc ions o he employe in he egula exe cise o his manage ial du ies." 3. A icle 20.1 o he ET: "The wo ke will be obliged o pe o m he con en ional wo k unde he di ec ion o he en ep eneu o pe son delega ed." The powe o he managemen o he employe has a scope o applica ion, as explained by Bu iel, he powe o managemen and he disciplina y powe allowed o people o punish wo ke s o labo iola ions. A icle 114 o Law 36/2011, o Oc obe 10, egula ing he social ju isdic ion (he eina e , LRJS) s a es ha "The wo ke can challenge he sanc ion ha has been imposed by demand." The sen ence may: con i m he sanc ion imposed on he wo ke , e oke he sanc ion o ally, when he eali y o he ac s is no p o en o when he ac s do no cons i u e a aul . Re oke i in pa , when he aul has no been co ec ly quali ied and he ac s cons i u e a mino o ense o he one p e iously imposed. Decla e i null, when i cons i u es disc imina ion o when i consis s o he p ohibi ed legal p o isions a e no ypi ied in he legal p o isions o collec i e ag eemen o applica ion. Main idea o a icle 115 LRJS. I is he e whe e he collec i e ag eemen o applica ion and collec i e ba gaining is a undamen al ole, since he imposi ion o he sanc ion mus be subjec o he p ocedu e egula ed in he ag eemen . To alk abou he sanc ioning p ocedu e, i is essen ial o go o a . 58.2 ET: "The e alua ion o he aul s and he co esponding sanc ions imposed by he managemen o he company o always e iewable be o e he social ju isdic ion The sanc ion o he