Protección de la necesidad y rentas mínimas autonómicas. Estudio de las normativas reguladoras y análisis jurídico de las prestaciones
Abstract
Programa de doctorado: Nuevas perspectivas en la Ciencia Jurídica
Full text
UNIVERSIDAD DE LAS P-AS
DE
GRAN CANARIA
DOCTORADO EN DERECHO
DEPARTAMENTO DE DERECHO PÚBLTCO
FACULTAD DE
CIENCIAS
JUR~ICAS
PROGRAMA
"NUEVAS
PERSPECTNAS
EN
LA
CIENCIA
JUR~DICA~
TROTECCI~N
DE
LA
NECESIDAD
Y
RENTAS
MÍNMAS
AUTONÓMICAS. ESTUDIO DE LAS N0RMATWA.S
REGULADORAS
Y
ANÁLISIS]UR~ICO DE LAS
PRESTACIONES"
Tesis Doctoral presentada por Dña. Marha del Carmen
Estéva
González
Dirigida por el Prof.
Dr.
D. Ricardo Escudero Rodriguez
El Director,
La
Doctoranda,
kas
Palmas de Gran Canaria, a
15
de mayo de
1997.
"PROTECCIÓN DE LA NECESIDAD
Y
RENTAS
MÍNLMAs
A
UTON~MICAS.
ESTUDIO
DE
LAS
NORMATIVAS
REGULADORAS
Y
ANÁWSIS JUHDICO DE LAS PRESTACIONES"
realizada por
MAR~A DEL CARMEN
ESTEVEZ
GONZÁLEZ
Licenciada en Derecho,
bajo la dirección del
Prof. Dr. Don Ricardo Escudero Roddguez
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
de la Universidad de Málaga,
presentada en la
FACULTAD
DE
CIENCIAS
JUR~DICAS
de la
UNNERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA,
para la obtención del
Grado de Doctor en Derecho
Las Palmas de Gran Canaria,
Mayo de
1997
CAPÍTULO
PRIMERO
LUCHA
CONTRA
LA
POBREZA
Y
PROTECCI~N
DE
ESTADOS
DE
NECESIDAD: LOS SISTEMAS DE RENTAS GARANTIZADAS O DE INGRESOS
MÍNIMOS.
PRIMERA
PARTE.
LA
POBREZA
EN
LOS
PA~SES
DESARROLLADOS.
APROXIMACI~N AL FEN~MENO
Y
A
SU
PROBLEMÁTICA.
1.
COMENTARIO
PRELIMINAR.
LA
DIFÍCIL
CONCEPTUACI~N
DE LA POBREZA.
p.
9.
2. PATOLOGÍA
DE
LA
POBREZA,
NUEVOS
POBRES,
40
MUNDO
Y
SOCIEDAD
DUAL.
p.
19
3.
M~LTIPLE
ETIOLOGÍA
DE
LA
POBREZA.
p.
32.
3.1. NOTAS PREVIAS. p. 32
3.2. AANÁLISIS DE LAS PRINCIPALES CAUSAS.
p.
37
3.2.1. TRANSFORMACIONES DEL MERCADO DE TRABAJO. p. 39
3.2.2. CAMBIOS EN LA ESTRUCTURA
SOCIODEMOGRÁFICA.
p.
43
3.2.3. INSUFICIENCIAS DE LA PROTECCIÓN SOCIAL.
p.
51
4.
ALGUNAS CONSIDERACIONES EN TORNO A LOS EFECTOS PERVERSOS DE
LA POBREZA.
p.
53
5. INDICADORES DE POBREZA. p. 58
6.
CATEGORÍAS SUBJETIVAS O PERFILES DE POBREZA.
p.
68
7. ENTRE EL DINAMISMO DE LA POBREZA
Y
LA TENDENCIA INMOVILISTA
DE
LA
POLÍTICA
SOCIAL.
p.
84
SEGUNDA
PARTE.
LAS
RENTAS
GARANTIZADAS
COMO
TÉCNICA
DE
PROTECCI~N
SOCIAL: CONCEPTO, MODALIDADES
Y
EXPERIENCIAS EUROPEAS.
1.
DEL
MARCO
TEÓRICO
A
LAS
SOLUCIONES
PRÁCTICAS:
ALGUNAS NOTAS
SOBRE
EL
ORIGEN
DE
LAS
RENTAS
MÍNIMAS. p. 97
2.
LA
PROCURA
DE
UN
MÍNIMO
VITAL
COMO
FUNDAMENTO
ÚLTIMO
DE
UNA
PLURALIDAD DE PROPUESTAS.
p.
110
3. LAS INICIATIVAS DE INGRESOS GARANTIZADOS
Y
SU ACOGIDA EN LOS
FOROS EUROPEOS. 125
3.1. CONSIDERACIONES PRELIMINARES.
p.
125
3.2. PLANTEAMIENTO
Y
RECOMENDACIONES
DEL CONSEJO DE EUROPA. 136
3.3. EL DEBATE EN EL SENO DE LA UNIÓN EUROPEA.
p.
141
3.3 .l.
PRIMERAS
INICIATIVAS
A
PROP~SITO
DE
LA
INSTAURACI~N
DE
RENTAS
MÍNIMAS.
p.
141
3.3.2.
LA
DIFÍCIL ARMONIZACIÓN
EN
MATERIA
DE
INGRESOS
GARANTIZADOS.
p.
152
4.
LOS
DISPOSITIVOS
DE
RENTAS
MÍNIMAS
EN
LOS
PAÍSES
COMUNITARIOS.
p.
164
4.1.
LA
IMPOSIBLE
TRASPOSICI~N
DE
LAS
EXPERIENCIAS
Y
F~RMULAS
NACIONALES.
p.
164
4.2. CARACTERÍSTICAS
GENERALES
DE
LA
RED
DE
INGRESOS
M~NIMOS
IMPLANTADA
EN
LOS
PAÍSES
DE
LA
UNIÓN EUROPEA.
p.
174
PRIMERA PARTE. EL ENCUADRAMIENTO DE LOS DISPOSITIVOS REGIONALES
DE
INGRESOS
GARANTIZADOS:
AYER
Y
HOY
DE
UN
POLÉMICO TRINOMIO.
1.
LA
PARTICULAR
GÉNESIS
DE
LA
ASISTENCIA
SOCIAL
COMO
ANTECEDENTE
DE UN DEBATE INCONCLUSO.
p.
186
1.1. PRIMERAS MANIFESTACIONES: EL TÍMIDO REMOZAMIENTO
DE
LA
BENEFICIENCIA
Y
LA
FRAGMENTARIA
ORGANIZACI~N
ASISTENCIAL.
p.
186
1.2.
LA
ASISTENCIA
SOCIAL
EN
EL
ORDENAMIENTO
JURÍDICO
ESPAÑOL
TRAS
LA
INSTAURACIÓN
DEL SISTEMA
DE
SEGURIDAD
SOCIAL.
p.
200
1.3. EL INEVITABLE DESDOBLAMIENTO DE LA ASISTENCIA SOCIAL
Y
LA
DEFICIENTE
ORDENACI~N
DE
LOS
SERVICIOS
SOCIALES.
p.
213
1.4.
LA
CONFIGURACI~N
INSTITUCIONAL DE
LA
ASISTENCIA
SOCIAL
Y
LOS SERVICIOS SOCIALES EN LOS ALBORES DE LA
CONSTITUCIÓN.
p.
223
2.
LA
PROTECCI~N
SOCIAL
EN
LA
CARTA
MAGNA:
APUNTES
Y
REFLEXIONES.
p.
234
2.1. EL DIFERENCIADO TRATAMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA
ASISTENCIA SOCIAL, LOS SERVICIOS SOCIALES
Y
LA SEGURIDAD
SOCIAL.
p.
234
2.2. ESPECULACIONES EN TORNO A
UN
EVENTUAL MODELO
CONSTITUCIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL.
p.
247
2.3.
DISTRIBUCI~N
CONSTITUCIONAL
DE
COMPETENCIAS
EN
MATERIA
DE PROTECCIÓN SOCIAL.
p.
265
3. PROBLEMÁTICA
COMPETENCIAL
Y
CONCEPTUAL
A
PROPÓSITO
DE
UNA
ETERNA
APORÍA.
p.
272
3
.l.
MARCO
ESTATUTARIO
DE
ASUNCI~N
DE
COMPETENCIAS
EN
EL
ORDEN SOCIO-ASISTENCIAL.
p.
272
3.2. PRIMEROS PASOS DEL PROCESO DE TRANSFERENCIAS.
p.
278
3.3. LA ASISTENCIA SOCIAL EN LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL.
p.
290
3.4. ASISTENCIA SOCIAL "VERSUSu SEGURIDAD SOCIAL.
p.
301
4.
REFORMULACI~N
Y
PROYECCI~N
ACTUAL
DEL
DEBATE.
p.
312.
4.1.
NUEVAS INICIATIVAS Y VIEJOS INTERROGANTES
EN
TORNO A
UNA
TRÍADA CONTROVERTIDA.
p.
312.
4.1.1. COMENTARIO PRELIMINAR.
p.
312
4.1.2. ASISTENCIA Y SERVICIOS SOCIALES DE LA
ADMINISTRACI~N CENTRAL.
p.
319
4.1.3.
LA ORDENACI~N
DE
LOS
SERVICIOS
SOCIALES
AUTONÓMICOS: UN SALTO EN EL VACÍO.
p.
325
4
.l.
4. EL PROGRESIVO REPLIEGUE DE
LA
ASISTENCIA SOCIAL
Y LOS SERVICIOS SOCIALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
p.
333
4.2. LA DOBLE PRESENCIA DEL ELEMENTO CONTRIBUTIVO Y
ASISTENCIAL EN EL SISTEMA DE PROTECCIÓN SOCIAL. p. 338
4 -3.
LOS
PROGRAMAS
REGIONALES
DE
RENTAS
MÍNIMAS:
UNA
INICIATIVA
MARCADA
POR
LA
POLÉMICA.
p.
360
SEGUNDA
PARTE.
LAS
PRESTACIONES AUTON~MICAS
DE
MÍNIMOS
GARANTIZADOS: PUNTO DE PARTIDAY PECULIARIDADES DE LAS PROPUESTAS
REGIONALES.
1.
NECESIDADES PROTEGIDAS Y NECESIDADES NECESITADAS DE
PROTECCI~N:
EL
PESO
DEL
ELEMENTO
CONTINGENCIAL.
p.
372
2.
LAS
FORMULAS
ESTATALES
DE
GARANTÍA
DE
INGRESOS
MÍNIMOS
COMO
MECANISMOS DE COBERTURA DE ESTADOS DE NECESIDAD. p. 384
2.1. INTRODUCCI~N.
p.
384
2.2. MÍNIMOS
DE
PENSIÓN
Y
COMPLEMENTOS
DIFERENCIALES
POR
MÍNIMOS. p. 387
2.3. PRESTACIONES EN FAVOR DE FAMILIARES.
p.
391
2.4. SUBSIDIO POR DESEMPLEO.
p.
395
2.5.
PENSIONES
DE
INVALIDEZ
Y
JUBILACI~N
EN
SU MODALIDAD NO CONTRIBUTIVA.
p.
405
2.6. PRESTACIONES FAMILIARES POR HIJO A CARGO.
p.
415
2.7, OTROS DISPOSITIVOS DE GARANTÍA DE RENTAS.
p.
422
2.7.1. NOTAS PREVIAS.
p.
422
2.7.2. PENSIONES DEL FONAS. 424
2 -7.3.
SUBSIDIO
DE
GARANTÍA
DE
INGRESOS
MÍNIMOS
PARA
MINUSVÁLIDOS.
p.
428
2.7.4. PENSIONES POR ANCIANIDAD EN FAVOR DE EMIGRANTES
ESPAÑOLES.
p.
430
2.7.5. AYUDAS ASISTENCIALES
Y
SERVICIOS SOCIALES DE LA
SEGURIDAD SOCIAL.
p.
436
2.7.6.
PENSIONES EN
FAVOR
DE
LAS
VÍCTIMAS
DEL
SÍNDROME
TÓXICO.
p.
441
2.8.
DESCRIPCI~N
Y
VALORACI~N
CONJUNTA
DE
LAS
FORMULAS DE RENTAS MÍNIMAS ANALIZADAS.
p.
446
TERCERO
PRIMERA
PARTE.
FINALIDAD DE LAS
PRESTACIONES
Y
ÁMBITO
SUBJETIVO
DE
APLICACI~N.
1.
LA
COBERTURA DE
LOS
ESTADOS
DE
NECESIDAD
Y
LA
SUPERACI~N
DE
LA
MARGINACIÓN
COMO
OBJETIVOS
COMUNES
DE
LAS
RENTAS MÍNIMAS
AUTON~MICAS.
p.
452
1.1 PLANTEAMIENTO GENERAL.
p.
452
1.2
PRESENTACI~N
FORMAL
DE
LAS
RMA
Y
ARTICULACIÓN
DEL
DOBLE
OBJETIVO.
p.
462
1.3
DELIMITACI~N
DEL
ESTADO
DE
NECESIDAD.
p.
477
1.4 LA PRETENDIDA INSERCIÓN DE LOS PERCEPTORES.
p.
485
1.4.1 PLANTEAMIENTO GENERAL.
p.
485
1.4.2
LA
DISPAR
INSTRUMENTACI~N
DE
LA
INTEGRACI~N.
p.
493
1.4.3 TIPOLOGÍA
DE
LAS
ACTIVIDADES
DE
INTEGRACI~N:
ESPECIAL
REFERENCIA
A
LA
INTEGRACI~N
LABORAL.
p.
506
2. SUJETOS DESTINATARIOS DE LAS RMA.
p.
532
2.1
CONSIDERACI~N
INDIVIDUAL
O
COLECTIVA
DE
LOS
POTENCIALES
DESTINATARIOS.
p.
532
2.2 ALCANCE SUBJETIVO
Y
MATERIAL DE LA UNIDAD
FAMILIAR.
p,
548
2.3 REQUISITOS DE ACCESO
A
LA PRESTACIÓN.
p.
560
2.3.1 INTRODUCCIÓN. 560
2.3.2 REQUISITOS PERSONALES. p. 654
2.3.2.1 EDAD.
p.
564
2.3.2.2 RESIDENCIA.
p.
573
2.3.2.3 HOGAR INDEPENDIENTE.
p.
584
2.3.2.4 NACIONALIDAD.
p,
597
2.3.2.5 OTROS.
p.
603
2.3.3 REQUISITOS ECONÓMICOS.
p.
609
2.3.3.1 INSUFICIENCIA DE RECURSOS.
p.
609
2.3.3.2 INEXISTENCIA DE DERECHO A OTRAS
AYUDAS.
p.
623
2.3.3.3 IMPOSIBILIDAD DE AUXILIO
FAMILIAR.
p.
628
2.3.3.4 OTROS. p. 631
SEGUNDA
PARTE.
CONTENIDO,
DINÁMICA
Y
GESTIÓN
1. CUANTÍA DE LAS PRESTACIONES
Y
SISTEMA DE CÁLCULO. p. 637
2. OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO.
p.
658
2.1. PUNTUALIZACIONES PREVIAS. p. 658
2.2.
DESTINAR
LA
PRESTACI~N A
LA
FINALIDAD
PARA
LA
QUE
SE
HA OTORGADO.
p.
666
2.3. COMUNICAR LAS ALTERACIONES SOBREVENIDAS.
p.
668
2.4.
PARTICIPAR
EN
PLANES
DE
INSERCI~N
Y
REALIZAR
ACTIVIDADES
DE
INTEGRACI~N.
p.
672
2.5. MANIFESTAR FORMALMENTE EL COMPROMISO DE
INSERCI~N. p. 675
2.6. REINTEGRAR LAS CANTIDADES INDEBIDAMENTE
PERCIBIDAS.
p.
678
2.7.
COLABORAR
EN
LA
SUPERACI~N
DE
LA
SITUACI~N
DE
MARGINACI~N
Y
NECESIDAD. p. 680
2.8. OTRAS.
p.
682
3. DINÁMICA DE LAS PRESTACIONES. p. 684
3.1 PLANTEAMIENTO GENERAL.
p.
684
3.2 PROCEDIMIENTO DE
TRAMITACI~N.
p.
688
3.2.2
INICIACI~N
DEL
PROCEDIMIENTO:
LA
SOLICITUD. P. 690
3.2.3 INSTRUCCIÓN DEL EXPEDIENTE.
p.
693
3.2.4 FINALIZACI~N:
LA
RESOLUCI~N.
p.
706
3.2.5 RECURRIBILIDAD DE LAS RESOLUCIONES.
p.
714
3.3 DEVENGO
Y
ABONO.
p.
716
3.4 DURACIÓN
Y
RENOVACI~N.
p.
725
3.5
MODIFICACI~N
Y
SUSPENSI~N.
p.
732
3.6 RÉGIMEN EXTINTIVO:
CAUSAS,
PROCEDIMIENTO
Y
EFECTOS.
p.
748
3.6.1 INTRODUCCIÓN.
p.
748
3.6.2
MODIFICACI~N
DE
LAS
CIRCUNSTANCIAS
CONSIDERADAS INICIALMENTE O VALORADAS CON
POSTERIORIDAD.
p.
753
3.6.2.1. PÉRDIDA
DE
LOS
REQUISITOS
DE
ACCESO.
p.
754
3.6.2.2. CIRCUNSTANCIAS SOBREVENIDAS QUE
IMPIDEN LA CONTINUIDAD DE
LA
PRESTACI~N.
p.
762
3.6.2.3. PERSISTENCIA DE LAS CAUSAS
SUSPENSIVAS.
p.
769
3.6.3.
ACTUACI~N
FRAUDULENTA
PARA
OBTENER
O
CONSERVAR
LA
PRESTACI~N.
p.
771
3.6.4. INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES.
p.
775
3.6.5. VENCIMIENTO DEL TÉRMINO.
p.
778
3.6.6. OTRAS CAUSAS DE EXTINCIÓN.
p.
779
3.6.7. EL PROCEDIMIENTO EXTINTIVO
Y
LOS
EFECTOS DE LA EXTINCIÓN.
p.
782
4. SEGUIMIENTO
Y
CONTROL.
p.
793
5. FINANCIACIÓN.
p.
807
6. INCOMPATIBILIDADES.
p.
814
TERCERA
PARTE.
CARACTERIZACI~N
GENERAL
DE
LAS RENTAS
MÍNIMAS
AUTON~MICAS
1. PLANTEAMIENTO GENERAL.
p.
840
2.
LA
PRESENTACI~N
DE
LAS
RENTAS
MÍNIMAS.
p.
847
3. VARIABLES CONSIDERADAS
Y
RASGOS DISTINTIVOS.
p.
853
3.1. CONTENIDO ECONÓMICO.
p.
853
3.2. DURACIÓN LIMITADA.
p.
856
3.3. ALCANCE INDIVIDUAL O FAMILIAR.
p.
859
3.4. VOCACIÓN ASISTENCIAL.
p.
863
3.5.
RELACI~N
COMPLEMENTARIA O
SUBSIDIARIA
CON
OTROS INGRESOS. p. 871
3.6. TITULACIÓN DE CONCESIÓN CONDICIONADO.
p.
877
CONCLUSIONES.
p.
886
BIBLIOGRAFÍA. p.
902
CAPÍTULO
PRIMERO.-
LUCHA CONTRA
LA
POBREZA
Y
PROTECCIÓN
DE ESTADOS DE NECESIDAD: LOS SISTEMAS DE RENTAS
GARANTIZADAS
O
DE
INGRESOS M~NIMOS
"A
medida que los países se desarrollan,
y la mayor parte
de
la gente se siente
cómoda
y
feliz, se tiene la tentación de
olvidarse de aquéllos que están todavía
fuera del confort".
JOHN
KENNET
GALBIiAITH
1)
COMENTARIO
PRELIMINRR.
LA
DIFÍCIL
CONCEPTUACI~N
DE
LA
POBREZA
1.
La pobreza es, según palabras de
CASADO^,
un hecho permanente
y
ubicuo de una importancia real
incuestionable. Cuando se menciona la pobreza, como
expresión social de una realidad, padecimiento personal
o lacra colectiva de acelerada expansión, estrato
carencial, manifestación de la desigualdad, causa o
consecuencia de un sinfín de fenómenos,
exponente de una
situación socio-económica o, incluso, simple tema de
debate
y
reflexión, parece que la propia familiaridad de
la expresión no permite que se alberguen dudas sobre su
concepto. En el habla corriente, los pobres son personas
sin recursos adecuados pero, cualquiera que sea el foro
en el que se aluda a la misma, lo cierto es que para
todos los interlocutores la pobreza es, grosso modo, la
escasez o falta de lo necesario para vivir.
En este sentido, se coincide al representar con
ella la idea general
y
abstracta de carencia de los
medios imprescindibles para cubrir necesidades básicas o
insuficiencia de los disponibles. La pobreza se perfila,
Con estas palabras se inicia su uIntroducción
a
la
Sociología de la Pobrezau, Colección FOESSA, Serie Estudios, Madrid,
1971.
pues, como aquella situación, cercana a la miseria2
y
la
indigencia, o sin llegar a tal extremo, que padecen
individuos, colectivos o sociedades como resultado de un
cúmulo de circunstancias de todo tipo.
A
pesar de esta aparente simplicidad
y
concreción, la pobreza constituye una realidad multíplice
y
etérea cuya correcta definición resulta,
cuando menos,
complicada
y,
en todo caso, relativa e instrumental.
Junto a su dispar acepción semántica3, su diferente
contenido, manifestación, carácter, medición
y
etiología,
según el contexto en el que se desenvuelva
y
la
perspectiva desde la que se observe y analice, dificultan
hasta tal extremo su conocimiento que todo intento de
fijar con precisión su significación y naturaleza no pasa
de ser una mera aproximación. La definición de la
pobreza, se ha dicho que resulta un problema arduo
y
controvertido, del que se infieren numerosas
implicaciones éticas, culturales, económicas
y
de
intervención social4.
Resulta paradógico que, tratándose de un
vocablo nada novedoso
y
en absoluto técnico, su mención
en conversaciones coloquiales o medios de comunicación
No tan cercana, según la opinión de ARENAL C., quien en su
obra "La Beneficiencia, la Filantropía
y
la Caridadn (1860) advierte
que lo temible
y
evitable no es la pobreza sino, precisamente, la
miseria que es la que debe combatirse a toda costa.
Véase al respecto el estudio de la semántica de la pobreza,
realizado por CASADO,
D.,
en "I?troducción a
la...",
ob. cit. págs.
15 a
27
y
por GARCÍA VALCARCEL
J.,
en su introducción al
trabajo,colectivo "La pobreza en España
y
sus causas1', Fundación
AGAPE, Madrid,
1985,
págs.
3
a
16.
GIL LACRUZ
M.
y
BERJANO
PEIRATS
E.
,
en
"Aspectos
psicosociales en la definición de la pobrezau, Revista Intervención
Psicosocial,
no
10, 1994, pág. 67.
sea tan frecuente como su aparición en los más recientes
trabajos de investigación y, sin embargo, ni el
sociólogo, ni el periodista, ni el ciudadano de a pie, ni
el economista vislumbran una única pobreza o se refieren
a ella con unívoco sentido. Basta con observar la
cantidad de términos que hacen referencia a procesos, en
cierto modo compartidos: pobreza, precarización,
5
marginación, indigencia, pauperismo, etc.
.
No en vano, reconociendo la difícil aprehensión
del fenómeno, se oyen voces que abogan por la utilización
del plural "pobrezas"6, expresión ésta que, además de
adelantar la dispar tipología, evita inadecuadas
generalizaciones, apunta gráficamente la pluralidad de
atributos
y
variables que concurren
y
permite adivinar
las distintas aplicaciones del término. Así, cuando se
recurre a la tradicional distinción entre países ricos
y
pobres, cuando se manejan estadísticas sobre tasas o
índices de pobreza, cuando se compara el nivel de vida de
determinados grupos sociales o cuando se alude a medidas
y
programas para la superación de aquélla, se parte,
obviamente, de una única realidad que, no obstante, tiene
múltiples caras y puede, además, ser contemplada
con
enfoques bien distantes.
Todos ellos están reflejando "tanto la relatividad y
comple j idad de un constructo social, como las distintas
connotaciones que de
su
análisis sernántico se derivanu, GIL
LACRUZ
y
BERJANO PEIRATS, en llAspectos psicosociales en...", ob. cit.
pág.
68.
CASADO,
D.,
en "Sectores
y
factores de la pobreza
reconceptualizada en Españau, Documentación Social, no
96,
monográfico sobre la pobreza "La pobreza en España, hoyn, pág.
143.
Por si esto fuera poco, la constante actualidad
del tema, la mayor sensibilidad
y
concienciación social
ante su dramatismo
y
gravedad, así como la creciente
preocupación de los poderes públicos por su problemática
han suscitado un paralelo interés sobre todo lo que gira
en torno a la pobreza, impulsando numerosos análisis
y
propiciando exámenes rigurosos y multidisciplinarios.
Junto a tales circunstancias,
la evolución experimentada
durante las últimas décadas, tanto en la realidad como en
los métodos
y
teorías que la describen y explican, han
permitido acuñar una terminología peculiar que,
lógicamente, incorpora nuevas nociones
y
figuras,
matizando, aún más, el ya de por sí complejo panorama7.
Como muestra de ello, el propio Comité
Económico
y
Social de la Unión Europea reconoce la
dificultad de llegar a una definición universal única de
la pobreza, si bien soslaya el obstáculo aceptando la
operatividad del criterio de la renta media. Precisamente
los apuntados cambios terminológicos
y
la experiencia de
los investigadores sugieren, en palabras de la Sección de
Asuntos Sociales, Familia, Educación y Cultura, "que
sería muy poco realista pensar que puede haber una
.'
Así, expresiones tales como nuevos pobres, el perfil de la
pobreza o su patrón, pobreza persistente, severa, cronificada,
acumulativa, moderada o relativa, sociedad dual o sociedad de los
tres tercios, índices agregados de pobreza, unidad de análisis
y
escalas de equivalencia en las encuestas de presupuestos familiares,
son algunas de las expresiones, mayoritariamente de elaboración
francesa y acuñadas con posterioridad en otros países, que, bien por
referirse
a
técnicas o métodos de frecuente utilización, bien por
reflejar con precisión aspectos concretos o fenómenos generalizados,
han terminado por imponerse
y
forman parte del lenguaje de los
especialistas
y
estudiosos.
definición Única válida para cada tipo y forma de
pobreza, para cada edad y para cada zona geográfica"8.
Conceptualizar la pobreza y eliminar o limitar
las ambigüedades del término ha sido y es objeto de una
discusión internacional ante la cual los diferentes
autores se han inclinado por tesis que, en cualquier
caso, no dejan de tener su dosis de relatividad. Todas
son, de un modo u otro, fruto de un distinto acercamiento
a la pobreza y, en consecuencia, reflejo de una concreta
dimensión -social, cultural, económica, etc.-
que
pretende destacarse sobre las restantes.
Téngase en cuenta, por Último, que el concepto
de pobreza es cambiante, puesto que la sociedad en la que
se proyecta está, también, en continua evolución
y,
además, polémico, ya que, "como el de desigualdad
y
equidad, difícilmente se halla exento de juicios de
valor^^.
De ahí que, como se ha dicho, asistamos a una
reformulación constante de la idea de pobreza al no
existir unanimidad en los estándar o parámetros de
referencia en los que situar el umbral.
Con tales presupuestos, si los propios
especialistas en la materia reconocen lo resbaladizo del
Dicha Sección, encargada de preparar los trabajos en la
materia, elaboró un documento informativo sobre la Pobreza en la
Comunidad, del que fue ponente el Sr. Burnel,
a
partir del cual el
Comité Económico
y
Social adoptó su Dictamen sobre la Pobreza
89/c
221/04,
publicado en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas
el 28.8.89.
RUIZ-HUERTA
J.
y
MARTÍNEZ R.
en
"La
pobreza en España
:
¿qué
nos muestran las encuestas de presupuestos familiares?", en
~ocumentación Social, no 96, ob.cit., pág.17.
terreno es comprensible que, parafraseando a uno de
elloslo, los profanos tengan un "pobre concepto de la
pobreza". No obstante, parece existir un acuerdo
generalizado en que la pobreza se caracteriza, no por su
contenido, sino, precisamente, porque las carencias que
se acumulan en ella conducen a personas
y
familias a
condiciones de vida consideradas no aceptablesl1.
En
esta línea se ha apuntado que "aunque el concepto de
pobreza es, en su origen, fundamentalmente económico, las
diversas definiciones de pobreza han evolucionado hacia
conceptos más amplios en los que se incluye no sólo la
carencia de recursos materiales
(.
.
.
)
o
la
disponibilidad
de unos recursos inferiores
.
.
.
,
sino también, la
posibllidad de satisfacer las necesidades de tipo social,
psicológico
y
cultural propias del modo de vida que se
considera aceptable en la sociedad de referenciav12.
Cuáles sean aquéllas
y
cómo debe valorarse éste
son dos interrogantes que nos sitúan, de nuevo, en
el
punto
de
partida, imposibilitando la definición de la
pobreza o admitiendo que cualquiera que se proponga es
operacional
y
fruto de la convenida adopción de criterios
o métodos de medición.
CASADO,
D.,
Sectores
y
factores de la pobreza..
.
,
ob. cit.,
pág.
143.
''
Se adjetiva
la
pobreza, por ello, como acumulativa y plural
para aludir a la cantidad de factores que inciden en ella. En esta
línea, ALONSO TORRENS,
F.
J.
apunta que la compleja solución del
problema estriba, precisamente, en la acumulación de carencias
y
las
variadas dimensiones que concurren en la pobreza, en "La pobreza
acumulada
y
la marginación y/o exclusión social", Documentación
Social, no
96,
ob.cit. pág.
161.
l2
Informe
8
del Consejo Económico
y
Social,
"La
Pobreza
y
la
Exclusión Social en Españan (en adelante, Informe
8
CES)
,
Sesión
Extraordinaria del Pleno de
27
de noviembre de
1996,
pág.1.
Ante el peso de lo evidente, puede afirmarse
que todo empeño en formular una proposición que describa
la pobreza, de manera universal
y
con exactitud, está
condenada al fracaso
y
debe abandonarse. Sin embargo, no
por desistir de tal propósito ha de renunciarse al
estudio de la pobreza, máxime, cuando lo que se pretende
es destacar ciertos aspectos de la misma, partiendo de
conclusiones o reflexiones generales.
2.
A los efectos que ahora interesan, la
pobreza es el denominador común en la existencia diaria
de un porcentaje de la población
y,
como realidad
dramática e intolerable, sus víctimas constituyen el
punto de mira de una serie de mecanismos e instrumentos
públicos de atención
a
la necesidad.
En
la medida en que
el examen de éstos últimos ocupa parte del presente
trabajo, contextualizando el análisis que constituye su
columna vertebral, aquel fenómeno ha de estar presente en
la exposición sin que por ello se exija su
conceptualización.
Siendo así, la aproximación a la pobreza es tan
necesaria como instrumental por lo que, más que teorizar
sobre ella en abstracto, se pretende describir
y
comentar, sin ideas preconcebidas, el concreto panorama
del que parten posteriores reflexiones. Desde esta
perspectiva, sin perjuicio de las oportunas matizaciones
y
referencias al respecto, lo que deba o no entenderse
por pobreza, más que una condición para acercarse a la
misma, es una conclusión que se deduce tras observarla
y
contrastar las opiniones que se barajan.
No obstante, para delimitar y reconocer el
fenómeno en torno al cual gira el estudio no basta con
mencionar la pobreza, sin más. Teniendo en cuenta el
referido carácter instrumental de aquél, las diversas
perspectivas desde las que puede abordarse así como las
múltiples dimensiones
y
lo prolijo
y
extenso del tema,
tal identificación seria, además de imprecisa,
incorrecta.
Y
ello porque, como se ha venido comentado,
ni se propone un examen global del mundo de la pobreza ni
se pretende, tampoco, un conocimiento exhaustivo de la
misma,
proyectos ambos tan ambiciosos como inalcanzables.
Siendo mucho, y poco a la vez, lo que sugiere
la expresión pobreza como hilo conductor de la
exposición, resulta imprescindible, además de sumamente
útil, acotar el objeto de examen, proporcionando cierta
información sobre la concreta realidad que se contempla
y localizando los aspectos que centran el interés.
A
tal
efecto, se efectúan, seguidamente, algunos comentarios y
aclaraciones que permitirán, al tiempo, justificar el
tratamiento que se dispensa a la pobreza,
concluyendo con
ello este apartado introductorio
y
la visión general que
se pretendió ofrecer en
él.
3.
De sobra es conocida, por rudimentarias que
sean las nociones al respecto, la existencia de dos
formas de pobreza13, muy diferenciadas en cantidad
y
calidad. Sin prejuzgar el alcance y la gravedad de una
u
otra y sin necesidad de comparar sus causas, imágenes
y
l3
Corno se verá, no son éstas las únicas modalidades o tipos
de
pobreza ni es el criterio expuesto el único que se utiliza para
su clasificación. Si se trata, sin embargo, de una tipología
tradicional
y,
seguramente, de la distinción más difundida.
efectos, lo cierto es que ambas se corresponden con dos
modelos distintos de sociedad o, más correctamente, con
dos tipos de países atendiendo al estado de sus
economías: los industrializados, desarrollados o ricos
y
los subdesarrollados, del tercer mundo o pobres.
En cada ámbito se localiza, evidentemente, el
origen de las dramáticas situaciones de necesidad que
padecen sus ciudadanos
y,
en consecuencia, sus
respectivos escenarios explican las peculiaridades que
separan las denominadas pobreza de masas14
y
bolsas de
pobreza en cuanto al porcentaje de población afectada, la
intensidad, persistencia
o
periodicidad del fenómeno, sus
carencias
y
efectos más significativos, los instrumentos
de protección con los que se combaten, las estrategias de
solución propuestas, etc.
Aunque éstas
y
otras variables no tengan una
idéntica traducción en todos los países, o bien se
presenten en ellos excepciones o amplios márgenes de
oscilación, los resultados que se obtengan de ellas
permiten adivinar el tipo de pobreza
y,
por tanto, el
contexto en el que se desenvuelve. Por razones tan obvias
que no es preciso apuntar, puede señalarse que sólo
la
pobreza de las denominadas sociedades ricas, con la
dimensión, perspectiva
y
perfiles que se dirán, va a ser
objeto de consideración
y
estudio.
A
partir de ahora,
todo comentario ha de entenderse referido a esta forma de
pobreza que aflige a concretos individuos o colectivos
l4 El problema
de
los problemas, según la expresión clásica de
LEWIS,
O.
en
"La culture de pauvreté", extracto publicado en
Economic et Humanisme,
q"
174, Mayo-Junio, 1967.
17
dentro de comunidades acomodadas
y
que presenta una
problemática propia.
4.
Continuando con esta tarea de delimitación,
conviene recordar que en torno a este fenómeno de la
pobreza existe una abundante literatura, extranjera y
nacional, en la que especialistas de distintas
disciplinas abordan, con rigor
y
profundidad, inagotables
y sugerentes temas de reflexión y debate. Sería un
despropósito prescindir de dichos trabajos y, aún más,
pretender discutirlos o aportar ideas novedosas al
respecto.
Por ello, la exposición
y
el tratamiento de
este bloque temático van a ser, en la línea ya
adelantada, eminentemente descriptivos, procurando, eso
sí, sintetizar las líneas argumentales
y
huir del detalle
y la reiteración. Antes de apuntar las cuestiones que se
abordan en él, ha de tenerse en cuenta que, por exceso o
por defecto, toda aproximación a la pobreza lleva
implícita un doble riesgo: por un lado,
el de perderse en
el entramado de relaciones que la conforman
y
verse
desbordado ante su envergadura
y,
por otro, el de
empecinarse en analizar sólo alguna de sus vertientes y
caer en el simplismo de contemplarla aisladamente.
Para intentar soslayar ambos, las prestaciones
cuyo análisis informa
y
justifica el presente trabajo han
sido de gran utilidad porque en ellas se localizan los
aspectos de la pobreza que deben ser destacados
y
con
ellas se conserva la perspectiva global
y
de
conjunto.
Las zonas de confluencia de las rentas mínimas
autonómicas (en adelante,
RMA)
con la pobreza
proporcionan los descriptores en torno a los cuales se
aborda, como un todo, el examen de la pobreza de manera
que, sin crear compartimentos estancos, no se ignoren sus
premisas básicas.
Relacionando esto último con anteriores
comentarios puede concluirse señalando que la pobreza es
el contexto socio-económico en el que se enmarca la
creación de las RMA, la problemática cuya superación se
pretende de la mano de éstas y la situación personal que
posibilita el acceso a las referidas prestaciones. Es
comprensible, pues,
la atención prioritaria que se presta
al nacimiento
y
caracterización del fenómeno de la nueva
pobreza, a sus causas
y
efectos y a los colectivos
afectados y los criterios de identificación.
2)
PATOLOGÍA
DE
LA
POBREZA,
NUEVOS
POBRES,
11~~ ~~~~
MUNDO^^
Y
SOCIEDAD DUAL
1.
La pobreza, lejos de ser una enfermedad
idiosincrásica de países subdesarrollados, una lacra
enraizada en el tercer mundo y un mal endémico de
determinadas comunidades, "ha sorprendido" a la sociedad,
perturbando su ánimo, al mostrarse como una especie de
"virus mutante" que "no conoce fronteras" ni sabe de
geografía económica y que "amenaza con instalarse" allí
donde la desigualdad y la injusticia le hayan facilitado
el acceso.
El anterior relato no es, con seguridad, el
mejor modo de familiarizarse con la pobreza pero, a pesar
de la catastrofista
y
alarmante visión que ofrece, sí
resulta especialmente ilustrativo a los efectos que ahora
interesan. En concreto, los cuatro fragmentos
entrecomillados permiten reflexionar sobre otras tantas
cualidades de aquélla, predicadas con frecuencia aunque,
como se verá, desde diferentes planos: su novedad,
adaptabilidad, internacionalización
y
persistencia.
Cuando se habla de nueva pobreza, parece como
si ésta hubiese hecho aparición recientemente en la
sociedad del progreso
y
el confort, tan poco acostumbrada
al contacto con ella que no contaba con medios para
prevenirla y hacerle frente. Sin embargo, es evidente que
tal impresión no se corresponde con la realidad puesto
que el fenómeno de la pobreza ni es ajeno al crecimiento
económico, la revolución tecnológica
y
la modernización
social ni, por tanto, desconocido en los países ricos.
Sí es cierto,
y
así lo expone el Comité
Económico y Social en el dictamen citado15, que el
crecimiento tan espectacular del nivel de vida
experimentado en épocas-precedentes precipitó la errónea
conclusión de que aquel proceso era irreversible. De
ahí
que,
en su momento, no se hiciera lo que se debía
y
podía
haber hecho
y,
en consecuencia, no se corrigieran las
'
desigualdades y situaciones de injusticia y pobreza que
ya existían.
l5
Dictamen sobre
la
pobreza
89
c
221/04
al
que
se hizo
alusión.
20
Es un hecho que, por óptimas que sean las
circunstancias, la prosperidad no afecta a todos por
igual ya que, al no partir de una solidaria distribución
de la riqueza, a medida que mejoran las condiciones de
vida de unos, los privilegiados, empeoran las de otros,
los más desfavorecidos. Cuando, por el contrario, se
asiste a períodos de crisis o recesión económica que no
hacen más que acentuar las diferencias entre pobres
y
ricos, se agrava la. situación de los primeros
y
se
incrementa su número, ofreciéndose con ello una imagen
más desgarradora de la pobreza.
Así ha ocurrido en el pasado
y
sigue ocurriendo
en el presente pero, mientras tanto, la pobreza ha
permanecido invariable en lo esencial y su fundamento
último es el mismo en los años veinte que en la década de
los sesenta o en la actualidad. Que, concretamente en
nuestro país, las bolsas de pobreza no son un mal de
aparición reciente
y
coetánea lo demuestra hasta la
literatura, haciéndose eco de la antigüedad del
fenómeno16. Muestra de ello es la rotundidad con la que
el madrileño RODRÍGUEZ MÉNDEZ describe una parte de su
ciudad natal, señalando que "este Madrid miserable e
infernal -auténtico tercer mundo dentro de otro mundo-
existió siempre
(.
.
.)
.
Nos obstinamos en no reconocer los
-
fallos humanos, las miserias, las calamidades...".
Si, como tal realidad, la pobreza no es nueva,
habrá que justificar de otro modo la utilización de dicho
l6
Consúltese al respecto el trabajo de VILLARÍN,
J.,
"Hambre
y
pobreza en la literatura madrileñau, Ingreso Madrileño
de
Integración n03, trabajos preparatorios del Programa IMI, Consejeria
de Integración Social, Comunidad de Madrid.
adjetivo y localizar los cambios operados en ella que
puedan explicar la aplicación del mismo. En efecto, la
constante presencia de la pobreza en los países de
nuestro entorno permite constatar, confirmando lo dicho,
que sus perfiles son variables y que se han experimentado
transformaciones de todo tipo en torno a la misma. La
pobreza, socialmente invisible e intencionadamente
ignorada hasta hace pocos lustros17, es percibida desde
entonces como un drama distinto y relativamente más
próximo y cotidiano. Si, en ocasiones de especial
virulencia, se pretendió dar una apariencia cíclica o
coyuntural a la pobreza, hoy no puede defenderse su
carácter circunstancial ni es posible, tampoco, ubicar el
problema en una pasajera recesión económica porque
subsiste una vez superada ésta.
La evolución más notable estriba, sin embargo,
en la proyección subjetiva de la pobreza. De sufrirla
unos pocos, que eran los de siempre, se ha pasado a que
la padezcan, no sólo un mayor número de individuos, sino,
paradójicamente, unos colectivos que, hasta hace años, no
existían como potenciales afectados o, siéndolo ya
entonces, lo eran en dimensiones distintas a las
actuales: familias monoparentales, parados de larga
duración, trabajadores en precario, inmigrantes
l7
La mala conciencia que, social
y
políticamente, genera el
reconocimiento de la pobreza ha hecho que el propio sistema simulara
su inexistencia; así, en palabras de SERGE MILANO, en "La pauvreté
absolute", París, Hachette,
1988,
pág.
175,
éste ignora que produce
pobres e ignora los pobres que produce. En este s.entido, el Comité
Económico
y
Social de las Comunidades Europeas se refiere a la
pobreza insidiosa como aquélla que se oculta o escondemos, que
parece insospechable por lejana
y
que, por su molestia, nos negamos
a ver (observaciones previas del Documento Informativo elaborado por
la Sección de Asuntos sociales
...,
ob.cit.).
extranjeros, etc.; ahí radica la auténtica novedad de la
pobreza.
Así, como dimensión reciente de un único
fenómeno o versión actual de una misma tragedia, lo
cierto es que los observadores y estudiosos no han dudado
en
reconocer la coexistencia, junto a la pobreza
tradicional, de un tipo de pobreza, peculiar en sus
sujetos, etiología
y
efectos, a la que, precisamente por
la ausencia de precedentes, han denominado nueva pobreza.
Repárese, no obstante, en que lo es en la medida en que,
cualitativamente, existen nuevos pobres, expresión ésta
con la que se identifica a los grupos homogéneos de
población que, en su calidad de tales colectivos, se han
visto inesperadamente afectados por esta situación.
A pesar de ello, la expresión no ha sido
aceptada de forma pacífica, no existiendo tampoco
unanimidad en cuanto a los perfiles de aquéllos y su
principiante acceso a la pobreza. No sin razón se ha
apuntado, recogiendo la opinión de muchos analistas, que
el concepto de nueva pobreza "oscurece más que ilustra,
pues lleva con frecuencia a ocultar la pobreza de
siempre, y a hacer pasar por nuevas situaciones
existentes desde antiguo"18.
En este sentido, ha de matizarse que los nuevos
pobres no sustituyen a los pobres tradicionales
(enfermos, ancianos,
...
)
ya que ambas categorías, junto
a las que puedan proponerse atendiendo a diversos
criterios, conforman
el
ámbito subjetivo de la pobreza
l8
FERN~EZ
VIGUERA
B.,
en
"La
feminización
de
la p~breza'~,
Mujeres
en
Acción,
pág.
15.
del país de referencia. Del mismo modo, tampoco una
modalidad de pobreza suplanta a la otra ni conlleva su
desaparición sino que, por el contrario, ambas
constituyen partes o vertientes de una única realidad
y
contribuyen a dar la dimensión exacta de la misma.
Aunque la nueva pobreza haya influido en el
cariz que adopta el fenómeno y en las proporciones que
alcanza el problema, no debe caerse en el equívoco de
considerar que la pobreza que afecta y amenaza a las
sociedades desarrolladas, mucho más compleja, diversa
y
difícil, se reduce a aquélla. Puesto que no se trata de
situaciones intercambiables, la primera existe dentro de
la segunda, no deben confundirse los planos en los que se
analizan ni generalizarse a ésta los rasgos
y
características de aquélla.
2.
Aclarado el sentido de la expresión nueva
pobreza y el alcance y fundamento de la novedad, se
comprende fácilmente la más amplia perspectiva desde la
que se predican, entre otras, las restantes cualidades
que se apuntaron al inicio. La internacionalización de la
pobreza, a la que se dedica un breve comentario final, da
cuenta de la envergadura del fenómeno y, en consecuencia,
del interés del que es objeto en estos foros. Por su
parte, la capacidad de adaptación y persistencia
describen a la perfección la realidad de la pobreza en
los países industrializados cuyos modelos de crecimiento
económico han permitido alcanzar ciertas cotas de
bienestar social pero no han logrado erradicarla.
Es más, precisamente por haberse conseguido,
conforme a aquéllos, el grado de prosperidad
y
desarrollo
del que ahora se disfruta, se han mantenido, agravándose,
las situaciones de injusticia social. Así, la dinámica de
los mecanismos financieros, económicos y sociales
contribuyen a que,
en el ámbito occidental, las ya de por
sí abismales diferencias entre ricos y pobres se
acentúen, aumentando el número de éstos, diversificándose
su composición
y
prolongándose su permanencia en tal
situación. Son bastante expresivas al respecto las
palabras de
SERGE
MILANO quien, en su estudio sobre
la
pobreza absoluta1g, apunta que "la pobreza
constantemente se renueva, los pobres de hoy son más
pobres que los de ayer y permanecen pobres más tiempou.
La capacidad de superación ytransformación con
la que las sociedades desarrolladas han asumido otros
retos o se han enfrentado a otras lacras no les ha
impedido asistir a fenómenos como el de la mendicidad, la
exclusión social
y
la indigencia que se presentan
distintos, en apariencia e intensidad, pero con la misma
vocación de permanencia. Como si se tratara de una
metástasis que se reproduce y resiste a desaparecer, la
pobreza se acomoda al medio en el que se desenvuelve,
resultando al tiempo una obra de éste;
de ahí que se haya
dicho que "la vieja faz de la pobreza se renueva
y
reproduce adaptada a la capacidad de innovación.
.
.
;
es un
producto adecuado a la propia sociedad en cambio"20.
Ob. cit., pág.
17.
20
RENÉS
V.
y
LINARES E., en "Cáritas ante la Renta Mínima:
interrogantes
y
propuestas1', en Documentación Social,
no
96,
ob.cit., pág.
94.
Y
es que la adaptabilidad de la pobreza es algo
más que una mera prosopopeya con la que se alude a su
habilidad para mudar de aspecto, del mismo modo que su
persistencia no apunta, simplemente, la duradera o
dilatada presencia de la misma. La inesperada actualidad
que, durante los últimos veinte años, ha recobrado el
tema de la pobreza en muchos países ricos pone de
manifiesto un cierto redescubrimiento de esta realidad.
Obedece, como se ha comentado, a los retratos de sus
víctimas y el volumen de población afectada, a la
estructura y características del problema, a las
carencias que se acumulan en ella
y
a la complejidad de
sus causas y efectos, variables que presentan, en la
actualidad, orientaciones sin precedentes.
Si se repara en todo ello y se contrasta con el
renovado entorno social en el que se proyecta la pobreza
hoy, es evidente la permeabilidad de ésta a los cambios
y
su capacidad para evolucionar,
ajustándose gradualmente
a nuevas situaciones a medida que éstas aparecen:
desagregación de la unidad familiar, precarización del
empleo, envejecimiento de la población, tipificación de
necesidades ligadas al nivel de vida medio,
estratificación de la sociedad, aislamiento de los
desfavorecidos, etc.
Si se comparan, por otro lado, los sucesos que
marcan el ritmo económico
y
las proporciones que ha ido
alcanzando el fenómeno de la pobreza, es claro que
aquéllas circunstancias coyunturales no estimulan ni
explican satisfactoriamente el alcance estructural de
éstas
y
que la pobreza insiste y persevera en su
propósito de arraigar: al desarrollismo y la bonanza le
han seguido períodos de crisis, sucedidos por una cierta
reactivación
y
un crecimiento sostenido
y,
sin embargo,
la evolución de los datos
y
cifras en que se concretan
estas oscilaciones no coincide con la tendencia dominante
en la trayectoria que trazan los indicadores de pobreza
La consolidación de bolsas de pobreza parece,
pues, la respuesta de ésta a la modernización
y
a los
cambios de la sociedad del desarrollo pero,
indudab.lemente, es también el reflejo de las f isuras
y
disfuncionalidades de sus modelos económicos
y
de
progreso
y
convivencia2'. La tendencia a la
cronificación, como padecimiento individual
y
amenaza
colectiva, no es más que un síntoma de su resistencia y,
al tiempo, una muestra de la ineficacia de medidas
parciales
y
tratamientos superficiales
y
simplistas.
No en vano, la comunidad internacional se ha
hecho eco de las dimensiones del fenómeno y, consciente
de que tan grave amenaza exige soluciones de envergadura,
ha propiciado su análisis en profundidad
y
desde
perspectivas globales. La pobreza es una constante en
todas las sociedades de nuestro entorno
y
se presenta en
ellas, usurpando de nuevo la gráfica terminología
sanitaria, como un tumor maligno que causa los estragos
de una epidemia, difícil de controlar
y
con diversos
focos infecciosos.
Se
ha apuntado al respecto que las innovaciones
tecnológicas no se hacen de forma técnica o aséptica, sino que
obedecen
a
estrategias y dinámicas eminentemente capitalistas
y
relacionadas con la búsqueda de beneficios
y
la productividad.
BARROSO
RIBAL
C.,
en "El rostro de la desigualdad", Disenso, Mayo,
no
11,
1995.
La internacionalización de la pobreza es, en
realidad, ejemplo y consecuencia de la capacidad de
adaptación antes comentada
y,
como proceso de expansión,
discurre por una doble vía: de un lado, los movimientos
rnigratorios de ciudadanos del tercer mundo han hecho
visible el drama de aquellos pueblos cuya pobreza han
importado los inmigrantes
extranjero^^^;
de otro lado,
la internacionalización de los cambios sociales
y
económicos contribuye a la propagación paralela de la
pobreza que, lejos de ser un fenómeno aislado, es un
problema compartido con mayor o menor intensidad por
países que, como España, se sitúan en la órbita del
desarrollo
y
la prosperidad.
Así las cosas, no es de extrañar que en el
contexto comunitario se dedique una especial atención
a
la lucha conjunta contra la pobreza, haciéndose especial
hincapié en que las soluciones que se adopten deberán
ser, necesariamente, políticas
y
globales. Si en este
ámbito de interrelaciones mutuas se localizan unos
condicionantes similares23, se procuran unos mismos
22
De sobra es conocido en nuestro país el drama de los
inmigrantes magrebíes (marroquíes, argelinos) e hispanoamericanos
que se introducen ilegalmente en territorio español huyendo del
hambre
y
la miseria.
A
estos "refugiados económicos" se suman,
ahora, los ciudadanos de otros países africanos o de estados
centroeuropeos afectados por conflictos bélicos que están llegando
como víctimas, igualmente, de la pobreza.
23
AYALA
cAÑÓN
L.
aborda esta cuestión en "Los sistemas
generales de rentas mínimas en Europa: logros, límites
y
alternativas", en Documentación Social, no
96,
pág.
227.
Allí afirma
que la internacionalización de los cambios sociales y económicos
hace que, a pesar de la existencia de distintos elementos
institucionales propios de cada país, existan patrones comunes en
cuanto a los resultados de la interacción entre ambos tipos de
transformaciones.
parámetros de medición24 y se describe una patología
común, es lógico que exista un cierto consenso, a nivel
regional, en cuanto a los mecanismos más idóneos para
combatir la lacra de
la
pobreza; desde esta perspectiva,
el establecimiento de las
RMA
constituye un ejemplo
perfecto de la internacionalización de los instrumentos
de lucha contra la pobreza, en la medida en que la
experiencia de otros países ha permitido que se importen
al nuestro los sugerentes programas e ideas que ya han
sido puestos en práctica allí.
3.
A
pesar de que la pobreza se revele como un
fenómeno persistente, con una gran capacidad de
adaptación y, en consecuencia, enraizado en zonas
geográficas muy distantes, o quizás, precisamente por
todo ello, su presencia es inconfundible dado el efecto
inmediato que produce, cualquiera que sea el país o la
comunidad de referencia, en el seno del entramado social:
la dualización. Dicho término, que apunta una tendencia
observada en las sociedades avanzadas, viene referido al
proceso de polarización experimentado en la estructura
social de éstas.
Tal inclinación a segmentarse en dos grupos
sociales obedece a la concurrencia de una serie de
factores, reconducibles, en esencia, a la desigualdad de
24
En esta línea van las recomendaciones de diversos
documentos comunitarios que pretenden avanzar en la definición de un
nivel de vida europeo básico a partir del cual elaborar un concepto
homogéneo de pobreza en el ámbito europeo. Sin perjuicio de lo que
posteriormente se comentará, lo cierto es que, frente a la visión
absoluta de la pobreza que se ofrece en Norteamérica, en Europa es
habitual recurrir a umbrales relativos.
la que la pobreza es, según se mire, indicador o
causa2'. Si, hasta ahora, aquélla se limitaba a
acentuar las diferencias entre las capas altas
y
bajas de
la escala social, ocupando el espacio intermedio los
estratos del mismo nombre, en la actualidad, integrados
y
excluidos identifican al grueso de la población,
conformando los colectivos que describen la composición
de la misma.
Evidentemente,
es la suficiencia económica o la
indisponibilidad de recursos para atender las necesidades
básicas el dato que determina, a priori, la normalizada
situación del individuo o su vulnerabilidad a la
marginación. Aunque
a
ello se dedica un posterior
apartado, no puede dejar de señalarse que el panorama
social dibujado por la pobreza, no sólo altera la
dimensión del problema sino que, sobre todo, lo agrava
y
Las acentuadas diferencias que separan a ricos
y
pobres
y
la tendencia a la polarización de la
estructura social son hechos incuestionables. Integrados
25
El papel
y
el sentido que se otorga a estas expresiones
difiere en unos estudios
y
en otros que la sitúan como antecedente
o consecuente de una cadena de situaciones. Así, para ALONSO TORRENS
F.
J.,
en "La pobreza acumulada y/o la
.
.
.",
ob.cit.,
pág.
161,
la
pobreza económica se sitúa en el origen de la desigualdad aunque
reconoce
que
no se presenta como única causa de ella.
RENES
V.
y
JUAREZ M. prefieren considerar la pobreza como muestra o rostro de
la desigualdad social, en "Población, estructura y desigualdad
social",
V
Informe sociológico sobre la situación social en España.
Sociedad para todos en el año
2000,
Fundación FOESSA, Madrid,
1994.
26
En el mismo sentido se pronuncia DE TORRES SANAHUJA, S. en
"La pobreza en España. Análisis
y
líneas de actuaciónu, conferencia
de clausura pronunciada en el seminario organizado por la Fundación
Argentaria, Madrid,
1993.
Así, apunta que el carácter estructural de
la pobreza
ha
cronificado el problema que, al referirse ahora
también a la distancia entre los que están en el centro de la escala
económico
y
social
y
los que quedan prácticamente al margen de ella,
ha cambiado en cuanto a su estructura
y
características.
y excluidos ocupan dos mundos distintos cuyas dinámicas
los alejan cada vez más, de manera que la dualización se
convierte en una barrera infranqueable para quienes,
permaneciendo fuera de la red social, aspiran a acceder
a ella, espontáneamente.
Los necesitados saben de la existencia de los
pudientes y éstos, a su vez,
no ignoran que su abundancia
o simple desahogo económico choca tajantemente con la
precaria situación de otros individuos menos favorecidos.
La coexistencia de estos dos modos
de
vida, es percibida
por la opinión pública a pesar de las dificultades con
las que se enfrenta el pobre para salir
a
la superficie.
Prueba evidente de la consolidación de la
sociedad dual y de los inaceptables efectos
estigmatizadores de la pobreza es la frecuente alusión al
denominado "cuarto mundo". Así se ha bautizado a la
pobreza de los países avanzados para diferenciarla de la
del tercer mundo27, enfatizándose, con cierto cinismo,
la inadmisibilidad de tal fenómeno en sociedades tan
prósperas que disponen de los recursos suficientes para
enfrentarse a ella.
Desde esta perspectiva, el cuarto mundo es
resultado del modelo dualizador de desarrollo económico,
el entramado social en el que se localizan las bolsas de
pobreza, el submundo de miseria y marginación en el que
transcurre la vida de los pobres de los países ricos y,
a los efectos del eje central de este trabajo, la
'
ESTIVILL
J.
y
DE
LA
HOZ
J.M.
,
en "La pobreza
y
la renta
mínima de inserción en Francia", Documentos de Bienestar Social, no
17,
pág.11, atribuyen la inicial aplicación del término a autores
conectados con movimientos de matriz religiosa.
realidad que determina la adopción de nuevos instrumentos
de protección social y el ámbito subjetivo de aplicación
de los mismos.
3
.1)
NOTAS PREVIAS
Si, como se ha dicho, "la pobreza es sólo
factor común de situaciones sociales muy diversas"28,
debe admitirse que no existe una sola causa principal
sino que se accede a ella por la concurrencia de un
cúmulo de circunstancias que son dispares
y
se combinan,
en cada caso, de forma diversa
y
particularizadamente.
Ahora bien, tras estos condicionantes inmediatos, cuyo
análisis desborda el modesto propósito de estos
comentarios, subyacen otros de carácter mediato,
reconocibles por su incidencia general
y
constante
y
susceptibles de aprehensión con propósitos muy diversos.
El acercamiento a las causas de la pobreza, no
sólo permite a los especialistas conocer mejor el alcance
subjetivo
y
objetivo de tal realidad sino que, sobre
todo, proporciona a las Administraciones, instituciones
y
entidades que trabajen en este campo una información
28
CASADO,
D.,
en, "Sectores
y
factores de
la
pobreza.
. .
",
ob.cit. pág.
143.
32
fundamental cualquiera que sea el tipo de intervención
que
se proyecte llevar a cabo.
Ya se trate de medidas preventivas, reparadoras
o recuperadoras, toda estrategia de lucha contra la
pobreza,
y
no se olvide que las
RMA
lo son, debe partir
de
un estudio previo sobre sus causas que esté en
condiciones de asegurar una cierta adecuación de los
mecanismos diseñados para combatirla. Siendo así, el
examen de las causas de la pobreza constituye, además de
una tarea necesaria para delimitar sus perfiles, una
labor imprescindible para debatir la idoneidad de los
instrumentos públicos de protección de la necesidad.
Cuando se afirma, no sin razón, que la pobreza
de las sociedades avanzadas es el precio que éstas han de
pagar por el modelo de crecimiento elegido, se pone de
manifiesto la compleja etiología del fenómeno,
vislumbrándose, no obstante, el origen último de aquélla
en el sistema capitalista y su capacidad para generar y
conservar desigualdades sociales extremas. Aunque el
objetivo de estas líneas no sea formular una crítica a
dicho sistema, es evidente que los postulados teóricos de
la economía capitalista
y
la dinámica de sus reglas de
juego casan mal con la idea de la solidaria distribución
de la riqueza.
Así, con presupuestos como el lucro
y
la
acumulación de bienes, la oferta
y
la demanda, la
plusvalía
y
la competitividad, la maximización de
beneficios, etc., no sólo es probable que la pobreza haga
su aparición sino que, además, hay buenas razones para
dudar de su erradicación.
No
obstante, no puede
atribuirse, sin más, a la lógica capitalista todos los
males que amenazan a las sociedades avanzadas puesto que,
en
el caso que ahora se analiza, dicha argumentación
sería, además de simplista, poco rigurosa y demasiado
imprecisa. Necesariamente, habrá que detectar los
aspectos concretos de aquella economía cuyo
comportamiento y variaciones tienen una relación directa
con la realidad objeto de estudio.
Téngase en cuenta, por otro lado, que este
mecanismo no es el único causante de desigualdades
y
pobreza ya que en ellas, además de condicionantes
eminentemente económicos, influyen, también, factores de
carácter demográfico, institucional y psicológico29. La
incidencia de los mismos, aunque menor
o
relativa, no
puede ignorarse puesto que los cambios operados en estos
ámbitos explican determinadas vertientes del problema.
De lo dicho se desprende que, a pesar de
rechazarse la imputación global de la pobreza de los
países occidentales a los patrones de su economía, no
debe caerse en el extremo opuesto de interpretaciones
individualistas que asocien las situaciones de penuria
material a la disidencia, pasividad o debilidad de los
afectados3'. Este tipo de enfoque, sobre el que se
29
Aunque el estudio de los factores psicológicos causantes de
la pobreza no es tema sobre el que pretenda ahora reflexionarse, no
se
ignoran las corrientes de estudio que han atribuido el origen de
la
pobreza, casi en exclusiva, a circunstancias como la
inteligencia, los hábitos personales o la edad. Cfr. la literatura
psicológica al respecto,
en
especial "Explanations of poverty and
inequalityl', de GEORGE
V.,
en I1Poverty and inequality in Common
Market countries", Routlredge and Kejan Paul, London,
1980.
30
Con argumentos de sobra conocidos: la marginación
voluntaria de los gitanos para preservar su identidad, el nulo
esfuerzo personal de los parados, la degradación de los alcohólicos
y toxicómanos, etc.
volverá posteriormente a propósito del perfil del
pobre31, parece superado hoy en día al imponerse la
"socialización de la pobreza"32 pero, sobre todo, al
constatarse la multicausalidad de la misma como fenómeno
colectivo. Es por ello por lo que el estudio se centra,
preferentemente, en las explicaciones estructurales de la
pobreza33.
Debe señalarse al respecto que, tampoco en lo
que hace a la identificación del origen de la pobreza,
existe unanimidad de criterios34, lo que obedece, en
parte35, a la frecuente confusión entre causas
y
-
31
Precisamente la tendencia a caracterizar a los pobres
y
a
crear patrones o tipologías atendiendo a sus peculiaridades tiene el
efecto contraproducente de convertir a éstas en causas últimas de la
pobreza.
32
Con esta expresión se alude al proceso descrito, bien que
con e,fectos más restric,tivos
y
en otro contexto histórico, por
ALARCON CARACUEL
y
GONZALEZ ORTEGA en su llCompendio de Seguridad
Socialu, Tecnos, cuarta ed. renovada, Madrid,
1991,
pág.
15.
Aunque
es evidente que estos autores no piensan en la pobreza, en
abstracto, como riesgo social, sí se ha producido respecto a la
misma una evolución paralela en cuanto que "deja de considerarse
bajo el prisma de lo natural o lo ineluctable para pasar a ser
concebida como lo que realmente es: un producto del sistema...".
33
Sobre otro tipo de causas, históricas, geográficas,
morales, etc. véase el trabajo colectivo "La pobreza en España
y
sus...", ob. cit. en el que se apuntan y comentan, entre otras, la
desamortización, la. situación geográfica de España, la crisis
personal
y
colectiva de valores
y
ciertas situaciones
y
conductas
sociales consideradas improcedentes (especulación, paternidad
irresponsable, gastos superfluos, etc.)
.
34
Al igual que ocurre con el propio concepto de pobreza, con
sus criterios de medición e indicadores o con el perfil o tipología
de los pobres, no coinciden los diferentes comentarios y artículos
de especialistas, informes
y
resoluciones de organismos
supranacionales o internacionales
y
encuestas
y
trabajos de
investigación en lo que hace a la localización de las causas
específicas de la pobreza.
35
La falta de unanimidad que evidencian los estudios sobre la
pobreza a la hora de enunciar sus causas se debe, también, a
planteamientos ideológicos y a las diferentes perspectivas,
económica, jurídica, sociológica, etc. desde las que se aborda el
examen de aquélla. También influye, como en cualquier otra tarea
(continúa
...
)
consecuencia^^^
e, incluso, a la identificación de
algunas de ellas con las carencia o privaciones en que
consiste la pobreza. Así, la falta de un alojamiento
digno
y
adecuado, la marginalidad o las carencias
formativas, que son apuntadas, a veces, como
circunstancias que propician la aparición de la pobreza
y,
otras, como resultado de tal situación, pueden
considerarse, al tiempo, como elementos definitorios de
dicho padecimiento.
Unos
y
otros factores están íntimamente
relacionados, son interdependientes
y
se autoalimentan
y
agravan, siguiendo un mecanismo acumulativo que, como se
señaló, es característico de la pobreza. Ello hace que,
a la hora de enunciar las concretas variables que
determinan la aparición de ésta, el fenómeno de la
pobreza se muestre, con toda su crudeza, como un proceso
de acontecimientos encadenados cuyo punto de partida es
difuso
y
de difícil aislamiento.
Por si esto fuera poco, muchas veces se cae en
el error de subjetivizar la causa e identificar
críticamente
y
en abstracto a quien se considera
responsable. Como ejemplo cabe citar los resultados de
35
(
.
.
.continuación)
intelectual, la formación del investigador, el origen del encargo
institucional, los fines del estudio, la proyección social del
mismo, etc.
36
Por este motivo se reivindica la noción de exclusión social
que, según se apunta en el Informe
8
CES
antes citado, está
empezando
a
reemplazar a la de la pobreza en todos los ámbitos de la
Unión Europea. Del concepto de exclusión social se dice que "engloba
las causas y los efectos de la pobreza y permite, además, designar
los procesos, situaciones
y
mecanismos en función de los cuales una
parte de la población, personas, grupos o territorios, queda al
margen de la participación en la vida social
y
económica (ob. cit.,
págs.
2
y
3).
una reciente encuesta elaborada en nuestro país en la
que, preguntados los españoles por las principales
razones de la pobreza, aparece en primer lugar la falta
de oportunidades, seguida del sistema económico
y
de la
política del gobierno37.
3.2)
ANÁLISIS DE LAS PRINCIPALES CAUSAS
No obstante todo lo anterior
y
al margen de las
antecedentes, más o menos remotos, que han favorecido la
aparición
y
posterior extensión de bolsas de pobreza, es
posible localizar los agentes fundamentales de la misma,
teniendo en cuenta que en alguno de ellos se superpone el
triple plano comentado hace un momento. Aunque las
connotaciones económicas de la pobreza son ineludibles
pues ésta es, básicamente, una situación de escasez de
recursos traducibles
a
términos monetarios,
y
los
efectos, indeseados o no, del sistema capitalista no
pueden ocultarse38, las siguientes ref lexiones se
alejan, a propósito, de toda teoría
y
análisis económico
37
Encuesta de Estructura, Conciencia
y
Biografía de Clase.
Sobre la percepción de la pobreza
y
las expectativas sociales ante
la desigualdad, consúltese los trabajos "Las ambivalencias de la
igualdad. Actitudes ante el Estado de Bienestar
y
la igualdad en
España" de
NOYA
F.
J.
(tesis doctoral,
1995)
y
"Las actitudes ante la
igualdad" Centro de Investigaciones Sociales, del mismo autor en
colaboración con VALLEJOS
A.
38
CASADO,
D.,
en "Sectores
y
factores de la..
.",
ob. cit.
pág.
157,
justamente por la inexistencia de alternativas plausibles
al capitalismo privado,
advierte de su arrogancia
y
recomienda estar
al tanto de sus efectos deletéreos.
por desbordar dicho campo la formación de la autora de
este
trabajo.
Se ha preferido profundizar en aquellas causas
que, por su general incidencia
y
frecuente mención, se
perfilan como las principales claves de la pobreza en
Europa, con especial referencia al panorama que ofrecen
nuestro país. Se trata, además, de variables cuya
decisiva
y
dominante influencia se deja sentir, no sólo
en la configuración de la pobreza
y
la problemática que
la envuelve sino, también
y
como consecuencia de ello, en
las medidas
y
estrategias diseñadas para combatirla.
El progreso técnico, los avatares de la
economía
y
la profunda evolución de los modos de vida han
hecho familiar la imagen de una sociedad dual en la que,
como se apuntó, colectivos de población en estado de
precariedad asisten, perplejos
y
como meros observadores,
a un crecimiento económico
y
una elevación del nivel
general de vida que les son totalmente ajenos porque sólo
otros grupos de individuos,
y
no ellos, parecen estar en
condiciones de beneficiarse de las ventajas del sistema.
Los tres factores que, sin lugar a dudas, más
han contribuido a la consolidación de la situación
descrita tienen que ver con el mercado de trabajo, con la
estructura sociodemográfica
y
con el sistema de
protección social pero, a pesar de su coincidencia
temporal, presentan una dispar consonancia con la lógica
evolutiva
de
la cultura del progreso: así, mientras los
dos primeros son de signo claramente dinámico, el
tercero, por el contrario, muestra la tendencia
inmovilista
y
contradictoria de la sociedad actual; a su
comentario se dedican las siguientes líneas.
3.2.1)
Transformaciones del mercado de trabajo
Siendo el trabajo la fuente básica de ingresos
de un volumen apreciable de la población
y
constatadas
las considerables modificaciones operadas en el ámbito
laboral, no es de extrañar la enorme repercusión que la
progresiva destrucción de empleo ha tenido en las
economías familiares asalariadas. Como apunta el Informe
8
CES, "aunque la tenencia de un empleo no signifique un
alejamiento automático del riesgo de pobreza o exclusión,
(...),
la carencia de empleo es uno de los factores que
más afectan al mismo"39. Los índices relativamente
elevados de desempleo que aún se mantienen en muchos
países europeos40 así como el subempleo o la
precarización del trabajo contrastan con las optimistas
expectativas económicas, confirmando una nueva forma de
dualización socia141.
39
De hecho, según el citado Informe, más de un tercio de los
hogares cuyo sustentador principal estaba desempleado se encontraba
bajo el umbral de pobreza en
1991,
lo que representaba casi 200.000
hogares.
40
La tasa de paro comunitaria se situó en el
11,6
%
de la
población, según datos de la memoria sobre la situación
socioeconómica
y
laboral de España en
1994,
elaborada por el Consejo
Económico
y
Social (en adelante, Memoria
94
CES), pág.
22.
41
En lo que hace a nuestro país, los datos ofrecidos por
el
Fondo Monetario Internacional ratifican la favorable coyuntura
internacional en la que se enmarca la recuperación de la economía
(continúa
...
)
Aunque se confía en invertir o, cuando menos,
en frenar la tendencia de los últimos lustros y aún sea
pronto para valorar los efectos de ciertas medidas
y
actuaciones de apoyo al empleo42, el paro masivo,
permanente
y
de larga duración sigue siendo la asignatura
pendiente en España que, como el resto de las democracias
occidentales, tiene como principal desafío reducir
su
incidencia. No puede ignorarse, por otro lado, que la
proliferación del empleo precario
y
de la economía
sumergida o informal, paralela
al
proceso
de
segmentación
del mercado de trabajo, son vertientes distintas de un
mismo fenómeno en la medida en que todos comparten su
capacidad para generar pobreza.
Así, la paulatina sustitución de empleo
salarial indefinido por temporal43, la utilización
41
(
. .
. continuación)
española, lo que permite aventurar que esta tendencia alcista se
afianza. Sin embargo, junto a las halagüeñas perspectivas que se
deducen del comportamiento de ciertos agregados, la Memoria
94
CES
(págs.
24
a
49)
no permite valoraciones optimistas en cuanto a la
evolución de las tasas de desempleo que registran el
23,9
%
de la
población activa en el último cuatrirnestre del año; la dualización
de la sociedad española entre ciudadanos estables y ciudadanos
inseguros es, pues, una realidad incuestionable.
42
En el caso concreto de España, además de las modificaciones
en la protección social por desempleo, la conclusión del Programa
Nacional de Formación Profesional y los diversos Programas de apoyo
financiero a la creación de empleo, se esperaba que las reformas
introducidas en la legislación laboral contribuyeran a mejorar las
estadísticas. Sin embargo, además de controvertidas, algunas de las
anteriores medidas no han confirmado, en la práctica, las
expectativas previstas.
43 El número de asalariados con contrato de duración
determinada supera ya los tres millones de efectivos, con un
importante peso de las fórmulas contractuales con contenido
formativo. Los asalariados con contrato indefinido han proseguido su
disminución aunque de forma más moderada en el último cuatrimestre
de
1994
(Memoria
94
CES)
.
masiva de expedientes de regulación de empleo44 y el
recrudecimiento del paro
de
larga
y
muy larga
duración45 ayudan a calibrar la magnitud del problema
pues los colectivos afectados por cualquiera de estas
variables tienen muchas posibilidades de engrosar la
lista de los vulnerables a la pobreza46. Ello supone
que, junto a los individuos tradicionalmente excluidos o
en permanente situación de precariedad (inmigrantes
ilegales, determinados grupos étnicos, prostitutas,
pequeños traficantes, enfermos, minusválidos y ancianos
sin pensión, etc.) otros grupos sociales se hayan visto
repentinamente desplazados hacia estratos sociales más
bajos.
En nuestro país, como consecuencia de las
mutaciones del mercado de trabajo, un sector nada
despreciable de la población ha perdido el empleo del que
dependían sus ingresos, ha padecido la reducción de
44
No obstante el crecimiento experimentado a principios de la
década, la mejora de la situación económica ha llevado a un descenso
del número de despidos por expedientes que, en
1994,
se redujo en un
38%
(Memoria
94
CES)
.
45
En el cuarto trimestre de
1994,
el número de personas que
llevaba más de un año buscando empleo representaba el
57%
de todos
los parados, correspondiendo un tercio del paro total a personas que
llevaban más de dos años en el desempleo (Memoria
94
CES) .
46 No debe descartarse el estigma de precariedad que llevan
consigo determinados contratos a tiempo parcial cuando van ligados
a actividades de escasa o nula cualificación profesional, cuando se
utilizan para abaratar costes sociales o para encubrir fenómenos de
subempleo o de economía sumergida. Sin embargo, que el empleo a
tiempo parcial haya alcanzado en
1994
la nada despreciable cifra del
6,7% sobre el empleo total y que las contrataciones de ese tipo
supongan algo más del
15%
de los contratos registrados en ese año
debe ser valorado con cautela a los efectos que ahora interesan; se
deba o no dicho incremento a las iniciativas legales adoptadas, lo
cierto es que el aumento del
47%
experimentado en este último año
engloba a los fijos discontinuos cuya situación económica, lejos de
acercarse a los umbrales de la pobreza, puede ser tan holgada como
la de otros tantos profesionales que hayan optado, voluntariamente,
por esta reducción de su jornada laboral (Memoria
94
CES).
éstos, ha pasado a una situación de inseguridad económica
o
ha
sido obligado a prolongar su dependencia.
La
precarización y destrucción de empleo ha afectado
especialmente a trabajadores maduros de sectores
sometidos a procesos de reconversión o reestructuración,
a
mujeres en una amplia franja de edad y a jóvenes
demandantes de un primer empleo47, colectivos todos
ellos que, tras ser expulsados del marco laboral, se ven
degradados socialmente como sujetos débiles
y
víctimas
potenciales de la pobreza.
No en vano fenómenos como el rejuvenecimiento
de la población pobre o la feminización de la pobreza
y
la propia noción de nueva pobreza no hacen más que
completar el mapa cualitativo de esta realidad a partir
de un rasgo común, la carencia de empleo
o
la ausencia de
uno estable. La gravedad de tal circunstancia estriba,
por un lado, en que no es pasajera sino que tiende a
consolidarse adoptando la forma de paro de larga duración
o paro residual y, por otro, en que quienes se ven
privados de su puesto de trabajo o afectados por
condiciones adversas suelen constituir el sostén
económico familiar.
47
Además del dato de las tasas de paro, que en los jóvenes
duplica con creces el total de edades para ambos sexos
y
en las
mujeres se sitúa
11
puntos por encima de la de los hombres, ha de
tenerse en cuenta que la temporalidad
y
la ocupación a tiempo
parcial afecta, también, principalmente a los dos primeros
colectivos (Fuente Informe CES)
.
La incidencia del desempleo en los hogares48
da cuenta de la doble dimensión, individual
y
colectiva,
del drama ya que, al margen de las
estadística^^^,
las
repercusiones de dicho suceso difícilmente serán
estrictamente personales. Téngase en cuenta que el paro
es sólo un factor desencadenante de pobreza, seguramente
el primero, pero a partir de él
y
de la escasez o
inexistencia de recursos que se derivan del mismo se
reproducen un cúmulo de privaciones en materia de
vivienda, sanidad, educación, formación, etc. Tales
carencias las sufre todo el entorno familiar
y,
al
permanecer en el tiempo las condiciones de precariedad,
es probable que los hijos hereden estas deficiencias
acumuladas que irán marcando su vida5'. De ahí que se
hable con insistencia de gran pobreza
y
pobreza
acumulativa.
3.2.2)
Cambios en la estructura sociodemográfica
48
Véase al respecto TOHARIA L., "La incidencia familiar del
paroN, en L. Garrido
y
L.
Gil Calvo (eds.), Estrategias Familiares,
Alianza Editorial, Madrid, 1993. Cfr. también las estadísticas de
pobreza según
la
actividad del sustentador principal del
hogar
contenidas en el Informe 8 CES (cuadro
11-20,
pág.
30).
49
También el Informe del CES reflexiona sobre esta cuestión
y
ofrece datos al respecto, señalando, por ejemplo, que las cifras
recogidas en la EPA sitúan la tasa de paro de las personas
principales en torno al
13%,
con una muy desigual distribución por
sexo de las responsabilidades familiares.
50
En forma de inadaptación global, de analfabetismo, de falta
de higiene
y
de salud, según apuntan ESTIVILL
J.
y
DE
LA
HOZ
J.Ma
en
"La pobreza
y
la RMI en Francia", ob. cit. pág.
16.
Precisamente en el contexto familiar se
localiza otro de los condicionantes de la pobreza y es
que, si la familia no ha permanecido ajena a las
profundas transformaciones experimentadas por las
sociedades capitalistas, es lógico que su influencia
también se deje sentir en un fenómeno que, como se dijo,
tiene una enorme proyección colectiva. Además de los
cambios operados en aquélla, que subrepticiamente
coadyuvan en la conformación actual de la pobreza, otra
de las tendencias demográficas señaladas como causantes
de la misma es el paulatino envejecimiento de la
población.
Respecto a esta última ha de señalarse que no
siempre es objeto de consideración a la hora de analizar
las causas más típicas de la pobreza51. Si bien es
cierto que el crecimiento sensible de la franja de
población mayor de
60
años ha de interpretarse como una
muestra indiscutible de progreso y bienestar social,
también lo es que la favorable esperanza de vida no deja
de plantear graves problemas de vivienda, asistencia
médica, servicios sociales
y,
sobre todo, ante una
situación de desempleo masivo y permanente como la que
ahora se atraviesa, de financiación de sistemas de
protección social.
51
Añadiéndola a los factores causantes de la pobreza que se
suelen señalar principalmente, es apuntada, entre otros, por
QUESADA
ALONSO
en "Planteamiento
y
recomendaciones del Consejo de Europa
sobre seguridad social
y
renta mínimau, Documentación Social, no
78,
1990,
pág.
30.
En lo que hace al panorama español, el tema de
la mayor longevidad de la población52
y
su
incidencia
en la pobreza salió
a
la luz, indirectamente, al
abordarse la implantación de las prestaciones no
contributivas de jubilación, pero fuera de este contexto
parece que el colectivo de mayores, progresivamente en
aumento tanto en miembros como en edad, estuviera al
margen del problema. Aunque este aparente olvido sea
justificable por el interés que despiertan fenómenos
como
el de la nueva pobreza o su rejuvenecimiento no puede
ignorarse esta otra vertiente, más tradicional pero,
seguramente, también más angustiosa.
La asociación de la pobreza a la mayor edad es
un hecho que se comprueba comparando los recursos de los
hogares en relación con el número de miembros
y
la edad
de éstos53.
Los resultados que arrojan las Encuestas de
Presupuestos Familiares, aunque tengan que admitirse con
reservas54, parecen con£ irmar la 1 imitada
52
La esperanza de vida al nacer era, en
1993,
de
76,9
años,
lo que suponía un promedio de años de vida de los más altos de la
Unión Europea (Fuente Informe
CES)
.
53
Adviértase, no obstante, que la incidencia del
envejecimiento de la población en la pobreza no puede afirmarse, en
abstracto, de todos los países del contexto europeo sin precisar los
períodos en los que se constata dicha influencia.
Y
ello porque, aún
cuando la mayor longevidad es predicable, con matizaciones, de todos
sus habitantes, los diferentes sistemas de protección social no
demuestran tener la misma sensibilidad a la hora de responder a las
necesidades y carencias de la población anciana
y,
en consecuencia,
las políticas de revalorización de pensiones
y
mínimos de vejez, que
reducen la pobreza de este colectivo, no se implantan al mismo
tiempo.
54
Como acertadamente advierte DEMETRIO CASADO,
en "Sectores
y
factores de la pobreza...", ob. cit. pág.
152,
los datos de tales
encuestas proceden de
la
medición del gasto monetario efectivo por
lo que; no sólo son indicadores de la disponibilidad de ingresos
sino, también, del estilo de vida menos consumista de los hogares
añosos que, por otro lado, tienen cubiertos determinados gastos,
como los sanitarios.
disponibilidad de ingresos de los hogares constituídos
por una persona de
65
años o más
o
por una pareja cuyo
sustentador principal supere dicha edad55.
El sobrevivir hasta una edad avanzada se ve
acompañado de un deterioro de la calidad de vida que, en
las sociedades modernas, se agrava para aquellos
individuos cuyas circunstancias profesionales, familiares
y económicas no les garantizan una vejez segura. El
envejecimiento progresivo de la población es, pues, una
variable que no debe pasar desapercibida porque el
incremento del número de ancianos, especialmente
vulnerables
y
débiles
y
con necesidades específicas,
multiplica las posibilidades de que se instale en ellos
pobreza la marginación, máxime condiciones tan
adversas como las actuales.
Y
es que, si las transformaciones del mercado
de trabajo repercuten en el futuro de la población
activa56, problemática sobre la que ha alertado la
propia Unión ~uro~ea~~, los cambios operados en la
55
Según la citada EPF 1990-91, se trata de los hogares con
los mayores porcentajes (40,9
y
32,8, respectivamente) de casos en
los que el gasto medio equivalente es menor al 30% del gasto medio
nacional. (Fuente INE: Estudio de los hogares menos favorecidos según
la EPF 1990-91).
56
A
las repercusiones lógicas que se producen en el presente
han de añadirse aquellas otras que se derivan de una irregular
trayectoria profesional. Los parados de larga duración, los
afectados por expedientes de regulación de empleo, los trabajadores
en precario, etc.,
sobre todo a partir de una cierta edad, viven con
mayor angustia esta situación al ver peligrar sus pensiones para la
vejez que se avecina.
57
Se ha advertido al respecto que "la interrupción en el
trabajo y las cotizaciones, probablemente, van a'significar que el
paro o desempleo que los separó del conjunto de la población activa
durante su vida laboral, los va a convertir durante la década
venidera en los pobres de la población anciana". (La pobreza
y
su
contexto. Evaluación del 11 Programa Europeo de lucha contra la
pobreza. Bruselas, 1991).
familia, sobre la que pesaba el sostenimiento de los
mayores, influyen decisivamente en el presente de la
población pasiva. La mal llamada tercera edad es víctima,
por otro lado, de los valores, modos de vida, hábitos
y
exigencias que impone el progreso
y
los vínculos de
parentesco no son ya garantía de protección.
No en vano, se ha modificado hasta tal punto el
papel
y
el espacio de los ancianos que los hogares en los
que conviven tres generaciones de un mismo tronco
familiar se han convertido en meras reliquias
y
el
aislamiento progresivo de aquéllos hace más duras sus
condiciones de vida, conduciéndolos a la miseria.
La evolución de la familia, como institución
y
núcleo social primario, es, sin embargo, de más hondo
calado
y
su influencia en la actual dimensión de la
pobreza no se reduce, tampoco, a la simple
intensificación de la precariedad que padecen ciertos
individuos por su avanzada edad. Es más, cuando se alude
a la desagregación de la célula familiar tradicional,
considerándola uno de los factores desencadenantes de la
pobreza, no se piensa, normalmente, en aquel aspecto ni
en aquel efecto.
En realidad, la modificación de la estructura
familiar contemplada como causa de pobreza hace
referencia,
mayoritariamente, a nuevos modelos de familia
y
nuevos repartos de responsabilidades, distintos al
tradicional, cuya aparición ha contribuído a agudizar el
problema de aquélla. Así, la crisis de la familia o del
denominado modelo conyugal5* se concreta en el
incremento de divorcios
y
hogares recompuestos,
la
normalización de las uniones libres
y
los nacimientos
extramatrimoniales, la proliferación de familias
monoparentales al frente de las cuales suele estar una
mujer
y,
como consecuencia de la incorporación de ésta al
mercado de trabajo, la reducción del número de sus
miembros59.
Este proceso de cambio al que está sometida la
institución familiar, que no necesariamente implica
inestabilidad como af irma
GONZÁLEZ
SANCHO~',
ha sido
objeto de especial consideración por los observadores
porque expone a aquélla a mayores riesgos,
aumentando los
casos de desamparo. Dicho en otras palabras, las
transformaciones de la familia,
que se traducen en nuevas
58
Con estas palabras se hace referencia, en el Informe del
CES de la Comunidad Europea de
1989,
a una de las causas principales
de la pobreza ya que, según se apunta en el mismo, la desaparición
de los modelos familiares, especialmente representativos son los
divorcios y las familias monoparentales, cambia la naturaleza de la
solidaridad y su eficacia.
59
También en este aspecto se constata un cierto desfase entre
los países europeos ya que todos estos cambios en la estructura
familiar son más tempranamente acusados en el área norte que en el
área sur. No obstante, el descenso del número de nacimientos (la
tasa de natalidad ha disminuído casi
4
puntos entre
1981
y
1991),
el
ligero incremento de la natalidad extramatrimonial y de las uniones
no maritales (ésta última representaba el
9%
de las parejas en
1991),
el aplazamiento de la maternidad (la edad media se sitúa en
29
años) y, sobre todo, el destacable aumento del número de hogares
monoparentales (en
1991
representan el
10%
del total) acercan el
caso español al modelo europeo (Fuente Informe CES)
.
En "Apuntes sobre la situación de la protección a la
familia en España en
1989
y
sobre la conveniencia de mejorarla",
Seminario sobre Prestaciones no contributivas y lucha contra la
pobreza del Instituto Sindical de Estudios, Madrid, Mayo de
1989.
Aunque el incremento de los divorcios o separaciones, en cuanto
exteriorizaciones formales de una ruptura familiar, son síntomas del
aumento de la inestabilidad en los primeros matrimonios, no todos
los modelos familiares citados deben considerarse manifestaciones de
inestabilidad familiar sino simples muestras de la superación del
modelo tradicional.
formas de convivencia o, a la inversa, en la
consolidación de hogares unipersonales, ha dado paso a
situaciones en las que, a menudo, se asocian
manifestaciones de pobreza
y
marginación.
Los divorciados-as con hijos, las madres
solteras, los viudos-as que viven sólos, etc. son
personas que se ven enfrentadas con frecuencia a graves
problemas financieros derivados de la escasez, pérdida o
mengua de recursos. Especialmente desventajosa es la
situación de las familias monoparentales, más aún si el
progenitor es mujer, que constituyen un ejemplo destacado
de la comentada aparición de núcleos familiares de nuevo
cuñoG1.
A
medida que estos modelos de hogares se van
imponiendo, el fenómeno de la pobreza tiene nuevos
espacios en los que reproducirse, ampliándose
considerablemente su alcance subjetivo
y
objetivo. De la
irrupción de los mismos se ha señalado que "supone
también la aparición de necesidades sociales diferentes
que requerirán soluciones también diferentes desde el
ámbito de la protección social"62. Esta tendencia
expansionista de la pobreza no se corresponde, sin
61
El análisis de la incidencia de situaciones de pobreza
según sexo del sustentador principal del hogar muestra que los
hogares encabezados por una mujer tienen un riesgo mayor de pobreza
que los encabezados por un varón, sobre todo cuando se considera la
pobreza severa. Entre
1981
y
1991,
la proporción de hogares en
situación de pobreza severa encabezados por mujeres ha aumentado
dramáticamente, pasando del
16
al
25
por cien (Informe
8
CES, cuadro
11-10,
pág.
15).
62
En I1Informe
de
la Ponencia para el análisis
de
los
problemas estructurales del sistema de la Seguridad Social
y
de las
principales reformas que deberán acometerse", Centro de
Publicaciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,
Colección Seguridad Social, Madrid,
1996,
pág.
47.
embargo, con el letargo que ha caracterizado la reacción
de los Poderes Públicos, disfunción
que
se analiza
seguidamente.
3.2.3)
Insuficiencias
de
la protección social
En efecto, cualquiera que sea la variable
apuntada como condicionante de la pobreza y con
independencia de la mayor o menor incidencia que se
predique de las mismas, el porcentaje de población
afectado por dicha lacra dependerá, en última instancia,
de la capacidad de respuesta de los modelos protectores
vigentes para atender los estados carenciales en que
aquélla consiste. Así,
junto a los cambios del mercado de
trabajo, la aparición de núcleos familiares de nuevo cuño
o el envejecimiento de la población,
circunstancias todas
externas al propio sistema de protección social,
hay una
serie de aspectos internos a éste que lo convierten en
responsable por omisión de los índices de pobreza
alcanzados en las últimas décadas.
El que se atribuya, en parte, el germen y las
proporciones de la pobreza actual a las deficiencias de
la protección social es debido, fundamentalmente, a la
reducida adaptabilidad que han demostrado tener los
diferentes sistemas. Concebidos éstos en el pasado para
su
aplicación en un contexto -paro estaciona1 de corta
duración y con reducidas tasas de desempleo, mitigación
de las necesidades por la red de solidaridad que inspira
el modelo familiar tradicional- que dista mucho del
actual,
no se han adecuado a las nuevas circunstancias
y
resultan por ello insuficientes para dar respuesta a las
demandas de hoy.
En este sentido, no han faltado voces que
justifican el inmovilismo de los regímenes de Seguridad
Social argumentando que "estaría fuera de lugar
criticar (los) por haber fracasado en la eliminación de la
pobreza, objetivo que jamás se les fijó116'.
En
la misma
línea se ha señalado, comentando los elevados índices de
pobreza y de exclusión social de nuestro país, que "el
recrudecimiento de esta situación obedece
...
a la
inadecuación de los sistemas de protección social para
combatir la nueva pobreza. De hecho, tales sistemas no
fueron concebidos para solucionar la pobreza y sus
consecuencias
...
11
64
Lo cierto es que, en los países desarrollados,
los sistemas de Seguridad Social constituyen "el eje
central de políticas de bienestar social dirigidas a
mantener y mejorar el nivel de vida de los ciudadanos,
y
que contribuyen de forma esencial a evitar la aparición
de situaciones de necesidad
y
marginación"65.
Ya se trate de un nuevo desafío impuesto por
las circunstancias o de una tarea innata que hasta ahora
no fué necesario acometer, es incuestionable la
63 Con esta contundencia se pronuncian los miembros del comité
de expertos que, a petición del Director General de la OIT, elaboró
el Informe "La Seguridad Social en la perspectiva del año
2.000".
Aunque la mayoría de los miembros del grupo apuestan por una
ampliación de los fines de la Seguridad Social, considerando
indispensable un mínimo nacional, parece desprenderse del texto que
la protección de la Seguridad Social no puede calificarse de
insuficiente o limitada ante el drama de la pobreza porque dichas
insuficiencias
y
limitaciones forman parte de su originario diseño.
64
Documento Final de las VI Jornadas sobre el Cuarto Mundo,
Barcelona,
1989.
65
En l'Informe de la Ponencia para el análisis
.
.
.",
ob. cit.,
pág.
19.
responsabilidad de los sistemas de protección social en
la problemática de la pobreza. De ahí los comentarios de
la Sección de Asuntos Sociales para la que el
estancamiento del valor de ciertas prestaciones sociales
y
familiares, e incluso su disminución, ciertas
estructuras de sistemas de protección social
y
la
aplicación de reglas cada vez más severas para el acceso
a los derechos, pesan fuertemente en el origen
y
la
agravación de la gran pobreza66.
4)
ALGUNAS CONSIDERACIONES EN TORNO A LOS EFECTOS
PERVERSOS DE LA POBREZA
1.
Si compleja es la etiología de la pobreza,
no lo es menos la descripción de sus manifestaciones
y
efectos pues, dada su tendencia a ser confundidos, en la
práctica, las carencias dispares
y
múltiples que
identifican la pobreza son, al tiempo, condición
y
consecuencia de la misma, como si los síntomas de una
enfermedad no pudieran aislarse de sus secuelas. Los
asertos que la sabiduría popular recoge en dichos
y
que,
posteriormente, intentan explicar los economistas
y
otros
analistas sociales67 ponen de relieve, gráficamente
y
66
Informe del Comité Económico
y
Social de las Comunidades
Europeas sobre la Pobreza
1989
(ob. cit.).
67
El "efecto Mateou o el fenómeno de la pobreza acumulativa
es descrito, coloquialmente, con frases como "males llaman males" o
"las desgracias nunca vienen sólas".
con un particular realismo, el difícil
y
enredado mundo
de la pobreza.
Prescindiendo de su intensidad, tipología,
indicadores
y
perfiles, lo que subyace en toda pobreza es
lo que aproxima a todos los pobres, la privación o falta
de lo necesario para vivir. Ahora bien, estas diversas
carencias que se acumulan en la pobreza, además de no ser
sólo económicas y de aparecer indisolublemente unidas,
tienen en las sociedades desarrolladas una virtud
adicional, la de presentarse como inconvenientes que
perpetúan la fatalidad
y
la espiral de aquélla,
dificultando su superación. No es gratuito que se afirme
que los pobres tienen poco de todo ya que los numeroso
padecimientos que se concentran en ellos se traducen en
desventajas añadidas que reducen las posibilidades de
abandonar la situación en la que se encuentran.
Sin ignorar que ésta es personal e irrepetible,
el punto de partida -con el paro, el subempleo o la
economía sumergida como telón de fondo- es, salvo en
casos minoritarios
y
no prototípicos, la inexistencia de
una fuente de ingresos o la insuficiencia de los recursos
disponibles. Esta premisa económica que repercute, de
entrada, en necesidades tan básicas como el vestido o la
alimentación, define sólo parcialmente el entramado de la
pobreza en el que intervienen, entre otros, los
siguientes elementos: mal estado de la vivienda o falta
de equipamientos básicos, pésimas condiciones higiénicas
y
de salubridad, deficiente cobertura sanitaria
y
farmacéutica
y
bajo nivel cultural
y
escasa formación
y
cualificación profesionales. Si a los anteriores males se
suman los descriptores sociológicos de la pobreza,
llámense reducida autoestima e inexistencia de
alicientes, difícil acceso a los recursos del sistema o
nula voluntad de uso de los mismos, desmotivación,
desarraigo o marginación, y se apuntan algunas de sus
realidades más vergonzosas, caso del alcoholismo, la
drogodependencia, la desnutrición o la vida a la
intemperie, el panorama, aún resultando desolador, no se
ha expuesto con toda su crudeza.
Y
es que, admitiendo con
ALONSO TORRENS
que no sólo hay una cierta patología
social, sino polipatologías sociales6', la perversidad
de la pobreza reside, precisamente, en la capacidad que
ha demostrado para agravar e incrementar su
incidencia6'.
Así, aunque es evidente que los anteriores
padecimientos no son, siguiendo al autor citado,
"patrimonio exclusivo de los pobres" sí puede afirmarse
la especial vulnerabilidad de éstos y la predisposición
de aquéllos. Es más, la estrecha correlación que existe
entre ambos se hace más patente cuanto más bajo se está
en la escala de precariedad económica. Ha de recordarse,
por otro lado, la trascendencia familiar de dicha
situación ya que, lo que originariamente es una carencia
que afecta al cabeza del grupo o al sostenedor, se
'*
"La pobreza acumulada y/o la..
.",
ob. cit. pág.
166
69
Véase al respecto los diferentes cuadros estadísticos
contenidos en el Informe
8
CES
en los que se refleja la relación
entre los índices de pobreza
y
las características de los hogares en
los que se instala, atendiendo a variables tales como sus
equipamientos básicos, el nivel educativo
y
edad del sustentador
principal, la situación sanitaria de la unidad familiar, etc.
convierte de inmediato en una privación común y en un
problema enquistado en el hogar.
El malestar familiar y personal en que consiste
la pobreza no puede, pues, simplificarse ni reducirse a
un mero conjunto de privaciones derivado de la pérdida o
reducción de los ingresos. Se trata de un fenómeno de
mucha mayor envergadura, de un precipitado de
condiciones, factores y efectos, todos ellos
interdependientes e igualmente perjudiciales
y
dañosos,
que se engarzan como eslabones de una sólida cadena de
dificultades económicas y desventajas sociales.
2.
Entre los numerosos rasgos predicados, hasta
ahora, de la pobreza y los múltiples aspectos que, sin
pretensión de exhaustividad, se han comentado, hay uno
que no puede pasarse por alto porque revela las profundas
ramificaciones de aquélla en la urdimbre del tejido
social. Se trata, como puede imaginarse, del entorno de
marginalidad, aislamiento y exclusión en el que surge, se
desenvuelve o se proyecta la pobreza.
Aunque
ya
se hizo referencia a la dualización
social como nuevo rostro de la desigualdad, conviene
insistir en "la revisión de la idea puramente económica
de la pobreza
y
en el reconocimiento de su
rnultidimen~ionalidad"~~
ya que éste es, precisamente,
el planteamiento que inspira las nuevas estrategias de
lucha contra la pobreza. Hacer frente
a
esta otra
70
Como consecuencia de ello surge lo que AGUILAR M.
,
GAVIRIA
M.
y
LAPARRA
M. denominan la segunda ola o generación de rentas
mínimas de inserción, cuestión sobre la que se volverá en breve,
"Estudio sobre los salarios sociales de las Comunidades Autónomasu,
Fundación FOESSA, Madrid,
1995,
pág.
36.
vertiente de la pobreza, que condena al ostracismo
y
ubica
a
los pobres en la periferia del entramado social,
es el reto asumido, en concreto, por las
RMA.
Contemplada la pobreza desde cualquier
perspectiva, es lógico que se asocie el fenómeno del
pauperismo al de la marginación ya que la precariedad
económica aparta progresivamente a los individuos de una
sociedad cuyas estructuras son cada vez más complejas e
inaccesibles. Aunque el proceso no es tan simple ni
lineal
y
no todos los colectivos de baja renta presentan
dificultades de relación
y
participación social, sí es
cierto que la inseguridad económica que padecen aquéllos
les sitúa en una zona de alto riesgo de exclusión
y
de
continuas desventajas de cara a su promoción.
Las bolsas de pobreza propician la existencia
de individuos que, según advierte el Consejo Económico
y
Social de la Unión ~uro~ea~l, "a pesar de mostrar
intactas su capacidad sensorial y motriz, son los
auténticos sordos, mudos, ciegos
y
paralíticos
...
son
ciudadanos cívica
y
socialmente disminuídos y
abandonados". La exclusión social, cualquiera que sean
los hábitos, carencias, desajustes, conductas
y
mentalidades que lleven a ella, no es sólo una muestra
palpable de la fatal espiral de la pobreza sino, lo que
es más grave, un ejemplo evidente del fracaso de las
políticas de protección social basadas exclusivamente en
la transferencia de rentas.
71
Informe sobre la Pobreza
1989
elaborado por la Sección
de
Asuntos
Sociales
(ob.
cit.).
5)
INDICADORES DE POBREZA
1.
Como ya se comentó, no siempre la pobreza es
sinónimo de marginación
y
ello porque ni la situación de
los pobres es siempre igual ni la intensidad de la
pobreza es la misma en todo caso. Este último aspecto
tiene que ver con la medición de la pobreza, elemento
cuya especial significación en el tratamiento
y
estudio
de la misma es más que evidente.
Referirse a los indicadores de la pobreza es
analizar dónde se ubican los umbrales de ésta, cómo se
define
y
cuantifica, qué fuentes
y
estadísticas se
utilizan para medirla
y
valorar su incidencia
y
cuáles
son los tipos de pobreza comúnmente aceptados lo que, en
definitiva, conduce a la determinación objetiva de las
necesidades o carencias en que consiste aquélla.
A
los efectos del presente trabajo dichas
cuestiones interesan por su estrecho paralelismo con dos
elementos esenciales de aquellas prestaciones que, como
ocurre con las RMA, se desenvuelven en un contexto de
escasez y de penuria; a saber, la delimitación del estado
de necesidad cubierto por las mismas
y
la determinación
de sus correspondientes sujetos
destinatario^^^.
Desde
esta perspectiva, el estudio, en abstracto, de los
parámetros de pobreza
y
su medición facilita el posterior
72
Corno se verá posteriormente, los requisitos económicos
y
personales que exigen las diferentes normativas autonómicas para
acceder a sus respectivas
RMI
responden a preguntas tales como ¿qué
entienden los legisladores por estado de necesidad? o ¿de acuerdo a
qué criterios se identifica a los pobres que pueden ver parcialmente
cubiertas sus carencias?.
examen del alcance subjetivo
y
objetivo de las
RMA
y
del
espacio que las mismas ocupan en el sistema de protección
social.
Se trata, en cualquier caso, de un tema que ha
dado lugar a una copiosa literatura, suscitando debates
inconclusos que ponen de manifiesto la relatividad de
cualquier premisa o conclusión. Aún así, "mantener
el
concepto de pobreza, sus grados, sus diferentes
situaciones debe ser algo que nos ayude
a
entender cómo
están
en
juego los derechos básicos en las distintas
situaciones
y
grados
y,
por ello, también en los más
excluí do^"^^.
A pesar de que la exposición siguiente es
particularmente instrumental, en la medida en que los
indicadores de pobreza son criterios utilizados en el
diseño de las
RMA,
no debe caerse en el error de
manipular la información
y
tomar la parte por el todo.
Con ello quiere llamarse la atención sobre la frecuente
utilización de las cifras de beneficiarios de
determinadas prestaciones como tipo obj et
ivo74
de
pobreza, lo que pone de manifiesto que, para muchos, un
73
Con estas palabras RENES
V.,
en "Programas
y
actuaciones
ante la pobreza: la experiencia de CáritasN, Documentación Social,
no
96,
ob. cit. pág.
337,
sale al paso en el debate sobre la
cuantificación de la pobreza, insistiendo en que, a pesar de que no
todas las situaciones de pobreza pueden presentarse como situaciones
de indigencia, no puede reducirse en extremo aquélla.
74
Sobre este error advierten
AGUILAR
M.
,
LAPARRA
M.
y
GAVIRIA
M., en "Las rentas Mínimas de Inserción de las
...",
ob. cit. pág.
252,
señalando, en concreto respecto a las cifras de beneficiarios
de los programas de rentas mínimas de inserción, que el grado de
pobreza que revelan es distinto en cada caso.
Si, como apuntan estos
autores -en su estudio comparado de la pobreza
y
los esquemas de
rentas mínimas en Europa- la propia dinámica económica
y
social
y
los cambios institucionales
y
legislativos ejercen una profunda
influencia en dicha cifra, es obvio que deben acogerse con prudencia
dichas estadísticas.
titular en cifras es más llamativo, más gráfico
y
más
científico.
En esta línea, no han faltado autores que
evitan, sistemática e intencionadamente, abordar la
cuantificación de la pobreza75. Sin embargo, no por
ello eluden tipificarla o caracterizarla ya que, como se
ha visto, entre las expresiones más usuales existen
muchos adjetivos -nueva, acumulativa, plural, crónica,
persistente, etc.- que apuntan, simplemente, un modo de
acercamiento a la pobreza, una cualidad especialmente
problemática o un intento de situar el fenómeno en el
tiempo
.
2.
En lo que hace, en concreto, a los criterios
de medición, debe insistirse en que todo es cuestión de
métodos. Si, por ejemplo, se sustituye el análisis de la
población pobre por el de la pobreza de la población76,
surgen las nociones de pobreza absoluta
y
pobreza
relativa que son, sin duda, las más clásicas. Con ellas
se identifica como pobres, respectivamente, a aquellos
que no alcanzan niveles de supervivencia mínimos
y
a los
75
De hecho, TORTOSA J.M.
,
en "Representación de la pobreza
y
política socialn, Sociología del Trabajo, no
9,
pág.
71,
llega a
preguntarse
a
qué
se debe este claro gusto cuantificador que
muestran bastantes investigadores. Por su parte, DEMETRIO
CASADO,
en
IIViejos
y
nuevos pobres en la España de los
80",
IV
Jornadas de
estudio del Comité Español para el Bienestar Social,
ed. Acebo, pág.
16,
justifica su escaso entusiasmo por la cuantificación de la
pobreza en base a dos consideraciones: produce la imagen de que los
afectados constituyen un colectivo homogéneo
y
convierte en
protagonista de la información a la representación numérica.
76
ESTIVILL
J.
y
DE
LA
HOZ
J.,
en "La pobreza
y
la Renta
Mínima
...",
ob. cit. pág.
17.
que disfrutan de un bienestar menor al que tienen la
mayoría de sus
conciudadano^^^.
Según sea el criterio por el que se opte, los
parámetros utilizados serán las necesidades básicas en
general, la comida, los costes y los ingresos -elementos
todos ellos que operan de modo absoluto- o por contra,
las facilidades, comodidades, niveles de consumo
y
disponibilidad de recursos, comunes en la sociedad en la
que se vive y respecto a los cuales se marcan las
diferencias. Así, la pobreza absoluta se basa en la
definición de una canasta de bienes básicos, idéntica
para todos los lugares y países e independiente, por
tanto, del nivel medio de renta de cada país, mientras
que la pobreza relativa se define por referencia al nivel
medio de una determinada población e implica un estado de
carencia en relación a las disponibilidades normales en
la población a la que pertenece el hogar.
Esta última definición es la que parece
imponerse hoy en ya que incorpora al concepto de
pobreza una consideración esencial, la de la desigualdad,
77
MARTÍN
GUZMAN
P. y BELLIDO ORTEGA
N.,
en "El equipamiento
de los hogares como indicador de pobreza: un análisis basado en la
encuesta de presupuestos familiares", en Documentación Social,
no
96,
ob. cit. pág.
128.
78
Ampliamente tratada por TOWNSEND, en "Poverty in the United
Kingdom:
A
Survey of Household Resources and Standars o£ Living",
Penguin Books,
1979.
Este autor, que cuantifica la pobreza basándose
en indicadores no monetarios, la define como la carencia de recursos
que permitan obtener el tipo de alimentación, participar en las
actividades
y
disfrutar de las condiciones de vida y distracciones
que son habituales
o,
al
menos, ampliamente propiciadas o aprobadas
en las sociedades a las que pertenecen.
y por ende, una dificultad ya comentada, su
mutabilidad7'. Por tal línea de trabajo se decanta la
mayor parte de los especialistas, siendo una idea que
goza de cierta aceptación en el ámbito institucional
europeo80. Así, últimamente se prefiere acudir a una
concepción relativa de la pobreza que tenga en cuenta las
necesidades, no estrictamente vitales, pero
sí
indispensables en el ambiente social en el que el
individuo se desenvuelve. Como han apuntado RUIZ-HUERTA
y
MARTÍNEz, el mayor problema de las definiciones
absolutas es la dificultad para establecer un umbral
representativo del nivel de vida por debajo del cual, en
diferentes países y períodos, pueda caracterizarse a una
persona como pobre81.
Otra diferencia importante en cuanto
a
la
observación de la pobreza como fenómeno es la que atiende
al carácter objetivo o subjetivo de sus indicadores o, lo
que es lo mismo, a su cuantif icación conforme a elementos
79
Así, en la obra apuntada,
MARTÍN
GUZMAN
y BELLIDO ORTEGA
exponen, acertadamente, que, "si bien la pobreza absoluta tiende a
reducirse mediante
un
desarrollo económico equilibrado, ésto no es
necesariamente cierto en el caso de la relativa ya que la mayor
disponibilidad de renta origina
un
desplazamiento equivalente del
umbral de pobreza".
80
Puede citarse, entre otros textos, la Declaración del
Consejo de Europa de
19
de Diciembre de
1984
que alude a los pobres
como las personas cuyos limitados recursos les excluyen del nivel de
vida considerado como el mínimo aceptable en
el
Estado miembro en el
que residen o el Informe sobre la Pobreza en
1989
de la Sección de
Asuntos Sociales que, de manera insistente, recuerda que toda
situación de pobreza debe ser estimada con relación a ciertos
niveles económicos, sociales y culturales dados.
81
En "La pobreza en España: ¿Qué nos muestran..
.",
ob. cit.
pág.
81
estos autores se muestran partidarios de un mínimo absoluto
con matices relativos. Esta idea fue apuntada por
SEN
A. K.,
en
llPoor, relatively speacking", Oxford Economic Papers, no
1,
1983
para quien debería utilizarse un concepto absoluto en el terreno de
las capacidades y relativo en el de los bienes concretos necesarios
para realizar dichas actividades.
materiales -variables objetivas proporcionadas por los
hogares- o a las percepciones sociales prevalentes
-percepción de los hogares de su propia situación
y
necesidades-82.
Más ilustrativas, menos abstractas
y,
en cierto
modo, complementarias de las anteriores, resultan las
nociones de pobreza severa o de pobreza extrema. Ambas
operan con estadísticas
y
cifras, concretando la
situación de necesidad o el padecimiento del individuo en
función del volumen de ingresos o de las rentas
disponibles por éste. Como apunta la Sección de Asuntos
Sociales del Comité Económico
y
Social de la Unión
~uro~ea~~, aún cuando no se pueda confundir desigualdad
de rentas
y
pobreza lo primero pesa gravemente en la
calidad de vida
y,
de hecho, tales disparidades han dado
lugar a un fuerte aumento del número de personas que no
disponen de la mitad de los ingresos medios por unidad de
consumo en su país respectivo.
Sea uno u otro el umbral en el que se sitúe la
pobreza severa, que no deja de ser un concepto
convencional entre sociólogos
y
economista^^^,
lo
cierto es que la concentración
y
estructura de la
distribución de la renta en los países industrializados
es causa
y
efecto de la pobreza que sufren sus
ciudadanos. Volviendo al tema de la medición o
82
Cfr. TOWSEND P., en "Poverty in the United Kingdom",
Penguin, Hardmondsworth, 1986.
83
En el Informe 1989 sobre la pobreza tantas veces apuntado.
84
Véase al respecto la exposición del Informe
8
CES (págs.
4
y
SS.)
sobre medición
y
líneas de pobreza, variables consideradas en
los estudios
y
estadísticas
y
sistemas de cálculo.
cuantificación de la misma, el eterno problema es el de
sus indicadores
y
las fuentes de información. Como se ha
venido comentando, unos
y
otras son variadísimos
y
de muy
distinta significación lo que, sin duda, relativiza los
estudios sobre la pobreza e introduce una nueva
disfuncionalidad en la constatación de ésta85.
3.
Sin pretender enunciar todos los
indicadores, pues se trata de un largo listado con
numerosas especificaciones, sí pueden agruparse en torno
a dos categorías, a saber, económicos
y
sociales y,
dentro de los primeros, monetarios o no monetarios.
Aunque ambos guardan una estrecha relación con algunas de
las tipologías anteriormente apuntadas, debe precisarse
que no siempre existe una total correspondencia entre
unas
y
otras ya que, con frecuencia, dichos términos son
utilizados con diferentes sentidos y, a menudo, los datos
obtenidos no coinciden porque se manejan variables
también distintas.
En cualquier caso, los indicadores subjetivos
se refieren a resultados elaborados a partir de los datos
de opinión
y
actitudes de los propios afectados sobre su
situación en la pobreza. Por su parte, los indicadores
objetivos consideran magnitudes económicas que expresan
la realidad de los individuos o familias86,
ya
85
Como exponente de esta inquietud, GIL LACRUZ
y
BERJANO
PEIRATS, en "Aspectos psicosociales en la...", ob. cit. pág.
74,
han
señalado que "la compilación
y
elaboración de indicadores es un
objeto prioritario para facilitar el acercamiento cuantitativo
y
cualitativo de los datos nacionalesu.
86
Cfr. ROIX CELIX, en "Indicadores socioeconómicos y
sociológicos de la pobreza en la España de los
8OU,
La pobreza en
España
y
sus causas, ob. cit. pág.
44.
atendiendo a la renta o el gasto, ya a la posesión de
ciertos bienes, a la posibilidad de realizar determinadas
actividades o al disfrute de concretos servicios o
como di da de^^^.
Sea cual sea el parámetro tenido en cuenta
y
las ventajas e inconvenientes de cada uno de ellos, lo
cierto es que subyace en todos una doble característica,
utilización dificultosa
obtención de información. Además,
y
éste es un hándicap
que no puede pasar desapercibido, los datos y reseñas de
los que se dipone son siempre relativos en el tiempo
y
el
espacio por lo que deben apreciarse con cautela, teniendo
en cuenta el distinto grado de fiabilidad de las
variables
Ya se apuntó que la medición del gasto
monetario es un indicador, no sólo de la disponibilidad
de ingresos sino, también, de los hábitos consumistas del
hogar que, por ejemplo, en el caso de los ancianos suele
ser inferior. Repárese en que la cuantificación de los
recursos de un núcleo de convivencia no suele reflejar
los obtenidos en la economía sumergida o que las encuesta
de presupuestos familiares vienen referidas sólo a los
residentes que viven en un hogar y no a los individuos
sin techo, a los inmigrantes clandestinos o a los
87
A cada uno de estos bienes y servicios TOWNSEND ("Poverty
in the United Kingdom
...",
ob. cit.
)
les da el nombre de
necesidades, a partir de las cuales y una vez seleccionadas
y
hallada la proporción de éstas en cada hogar, se calcula el índice
de carencia cuyo valor máximo marca
el
umbral por encima del cual
una familia será clasificada como pobre.
Convencionalismo que, como apunta, DEMETRIO CASADO en
"Viejos y nuevos pobres en...", ob. cit. pág.
17,
no debe
confundirse
con
la utilización arbitraria
o
caprichosa.
residentes de hogares colectivos. Por último, ha de
considerarse que la diferencia entre bienes básicos y de
lujo es, cuando menos, discutible
y
que el servicio y
utilidad que se da a los mismos determina diferentes
grados de satisfacción.
Admitiendo éstas
y
otras eventuales
limitaciones, no puede dejar de reconocerse que la
cuantificación de la pobreza, al margen de los métodos
y
variables utilizados, es una labor de exploración que,
como se dijo, permite conocer el nivel de bienestar de
una comunidad
y
facilita
la
aplicación
de
programas de
política social
y
la estimación de su incidencia. Las
investigaciones estadísticas sobre la pobreza
contribuyen, por otro lado, a definir sus contornos y a
analizar el espacio que ocupa en la estructura social.
Además de todo ello, la adopción de un determinado umbral
de pobreza es un criterio selectivo que condiciona
el
contenido y alcance de ciertas medidas de protección
social.
Cuando se trata, concretamente, de prestaciones
económicas destinadas a paliar estados de necesidad,
el
importe
y
el ámbito subjetivo de éstas suele estar
íntimamente relacionado con la concepción y medición de
la pobreza que se tome como referencia.
En
este sentido,
puede adelantarse que las normativas reguladoras de
ciertos subsidios o pensiones recurren, mayoritariamente,
a operadores monetarios a la hora de detectar la pobreza,
haciéndola coincidir, frecuentemente, con la cuantía
asignada a la ayuda económica en cuestión. Quiere ello
decir que la situación de precariedad que justifica el
disfrute de ésta no es sino el resultado de aplicar unos
concretos indicadores que fijan el límite a partir del
cual un ciudadano es considerado pobre y, en
consecuencia, merecedor del referido instrumento
protector.
Así, como se tendrá ocasión de comprobar, el
colectivo potencialmente beneficiario de
RMA
y
de otro
tipo de prestaciones es identificado porque su volumen de
ingresos, en el que eventualmente queda comprendido la
titularidad de ciertas propiedades, títulos
o
derechos89, se considera insuficiente al no superar un
determinado importe. Ello permite afirmar que en la
práctica, frente a la disparidad de variables e
indicadores expuestos, los poderes públicos optan por una
concepción objetiva, económica y eminentemente
monetarista de la pobreza. De ahí que, cuando articulan
medidas para combatirla, relativizan la pobreza, no tanto
en función del ambiente socioeconómico en el que vive el
individuo o de las necesidades que este entorno genera en
él, como de la disponibilidad de una cantidad de recursos
fijada aleatoriamente. De este modo, la cuantificación de
la pobreza y la problemática que se suscita en torno a
dicha tarea tienen una proyección limitada y concreta en
las prestaciones citadas ya que tal operación está
fuertemente influenciada por factores que poco o nada
tienen que ver con los utilizados en los diferentes
estudios de medición.
89
No existe, evidentemente, una aplicación uniforme de dicha
regla ya que, como se verá en el capítulo
3",
este criterio de
delimitación del estado de necesidad del solicitante presenta
numerosas excepciones, matizaciones
y
particularidades.
Desde esta perspectiva, es posible localizar
dos concepciones
o
tipos
de umbrales de
pobreza;
por
un
lado, los que, con mayor o menor fiabilidad y rigor,
utilizan los expertos acudiendo a distintas variables y,
por otro, los que instrumentalmente construye el
diseñador de cada prestación quien, en base a criterios
económicos pero, también, a condicionantes
presupuestarios, políticos, sociales, institucionales,
etc., decide dónde se sitúa aquélla.
6)
CATEGOR~AS
SUBJETIVAS
O
PERFILES DE POBREZA
1.
Comentar los perfiles de la pobreza supone
localizar los grupos mayoritariamente afectados por la
misma, precisar las variables que concurren en ellos y
dilucidar las circunstancias que condicionan y propician
dicha situación lo que no es otra cosa que identificar el
ámbito subjetivo de la pobreza.
Si, a los efectos de una concreta prestación y
en su respectiva normativa reguladora, se trazan los
límites entre la suficiencia
y
la precariedad económica,
es obvio que, en la identificación objetiva de la pobreza
se reconoce al pobre. El legislador esboza, pues, tanto
el patrón de una como el perfil de otro
y,
conforme a
criterios de diversa índole,
establece los requisitos que
debe reunir aquél para ser merecedor de ese instrumento
de tutela. De este modo, las condiciones de acceso a la
prestación constituyen el enunciado normativo que
personifica la pobreza en la que se pensó al articular la
referida prestación.
Ahora bien, aquel boceto subjetivo se refiere,
reservadamente, al potencial beneficiario de la
prestación y, en este sentido, no pasa de ser un mero
descriptor teórico y finalista de un reducido grupo de
pobres. Fuera de este contexto, el colectivo de pobres
es, evidentemente, mucho más amplio
y
heterogéneo pero,
aún así, son frecuentes los comentarios en los que se
alude al perfil del pobre
y
al rostro de la pobreza.
Aunque se ha reiterado que el universo de ésta
es, por naturaleza, diversiforme
y
plural
y
que su
padecimiento personal es particular e irrepetible, no
cabe duda que existen circunstancias asociadas a la
pobreza. Nadie ignora que factores como el hábitat o el
grado de instrucción del individuo son significativos de
su nivel de bienestar
y
la realidad demuestra que los
pobres ni suelen alojarse en zonas residenciales ni
tienen, normalmente, títulos universitarios. De igual
manera es sabido que los hogares con mayores índices de
pobreza presentan altas tasas de dependenciag0, suelen
ser los de tamaño más pequeño y más grande en cuanto a
número de miembros y se concentran en las zonas rurales
o los núcleos urbanos periféricos.
Operando con éstas u otras variables se
constata,
y
las estadísticas así lo confirman, la
habitualidad de ciertas pautas, cualidades
y
condicionantes o su significativa presencia entre la
Entendiendo por tal la proporción existente entre menores,
inválidos
y
ancianos/adultos.
69
población pobre. Algunas tienen su explicación en el
propio entramado, problemático
y
carencial,
de
la
pobreza, otras apuntan las circunstancias y el entorno
que les son más propicias, pero todas ellas están ligadas
de un modo u otro a la pobreza y, en torno
a
las mismas,
se han bosquejado diferentes tipos socio-económicos de
pobreza.
No obstante, la excesiva tendencia a crear
patrones de pobreza
y
a analizar ésta a partir de
estereotipos puede ser peligrosa por los efectos
indeseados que produce el uso y abuso de la expresión "el
perfil del pobreu. Así, su utilización indiscriminada
provoca una arbitraria identificación de las causas
últimas de la pobreza y divide inútilmente la sociedad en
atención a rasgos que no están ni siquiera
explicitadosgl. Por otro lado, el recurso generalizado
a determinados roles lleva, con frecuencia, a asociar la
pobreza a situaciones cuyas connotaciones negativas en
nada contribuyen a erradicar la estigmatización del pobre
y, menos aún, a fomentar la solidaridad hacia este
colectivog2.
91
Si se habla de la feminización de la pobreza o del
alarmante incremento de mujeres pobres es probable que se caiga en
el error de relacionar la pobreza y el género o de simplificar el
origen de aquélla, desconociendo los cambios sociales
y
demográficos
que constituyen su auténtico fundamento. Del mismo modo, referirse,
sin más, a las madres solteras o a los disminuídos físicos o
psíquicos como colectivos vulnerables supone generalizar unos
perfiles de difícil constatación y de relativa o escasa relevancia
como criterio de identificación
de
un grupo social.
92
Cuando se alude al alcoholismo, la drogodependencia, la
vejez o el analfabetismo como eventuales perfiles del pobre se
disfraza el alcance de su padecimiento
y
se agrava su situación de
marginación al añadirse
un
nuevo motivo de rechazo.
Aunque la sociedad, de forma interesada o
condicionada, orienta en muchos casos las imágenes
sociales en determinado sentidog3, profanos
y
especialistas coinciden en la percepción de diferentes
categorías subjetivas en la pobreza. Éstos últimos, tras
examinar con rigor
y
minuciosidad los aspectos que tienen
en común sus víctimas, han localizado los sectores de
sexos, hogares, actividades, edades, núcleos geográficos,
etc. en los que suelen concentrarse las situaciones de
precariedad
y
han propuesto al respecto diversas
clasificaciones de la población pobre.
Y
es que, asumiendo los riesgos
y
adoptando las
debidas cautelas, el análisis de la pobreza desde la
óptica de sus perfiles presenta innumerables ventajas.
Siempre
y
cuando se evite el simplismo de pretender
modelos uniformes, el estudio de lo que podría
considerarse el retrato robot de los afectados permite
identificar los colectivos en los que la pobreza incide
con perseverancia, con especial intensidad o de modo
peculiar. Conociendo los rasgos de la población en
situación de precariedad
y
detectando las zonas de
preferente localización de la pobreza o los grupos más
vulnerables a ésta, se está en condiciones de adecuar las
medidas preventivas
y
focalizar las reparadoras al
hipotético censo de pobres.
93
DEMETRIO
CASADO,
en "Introducción
a la
sociología..
.
",
ob.
cit.
pág.
155.
2.
Siendo de diversa índole las variables
a
considerarg4, es imposible, además de inoperante,
pretender una relación exhaustiva de las numerosísimas
clasificaciones que se han propuesto cuando, desde
diferentes instancias
y
perspectivas
y
con distintos
propósitos
y
métodos, se ha analizado el ámbito subjetivo
de la pobreza95. Teniendo en cuenta el carácter
instrumental que preside esta exposición, su estudio
interesa en la medida en que pueda contrastarse, a
posteriori, con el perfil del sujeto en estado
de
94
A
la variedad de estándares e indicadores que pueden
utilizarse para medir la pobreza, ha de añadirse los numeroso
factore's que son considerados para focalizarla: desde el sexo, el
nivel formativo, el estado civil, la situación laboral o la edad del
sostenedor familiar hasta el número de miembros de los hogares
afectados, el grado de dependencia entre ellos o respecto al
exterior, pasando por el carácter urbano
o
rural de los mismos o la
Comunidad Autónoma de residencia. Si se atiende a presupuestos de
carácter sociológico, demográfico o sicológico las posibilidades son
infinitas: estado de salud, escolarización de menores, acceso a
recursos de uso colectivo, grado de marginación, presencia de
patologías como el alcoholismo a las toxicomanías, etc. son sólo
algunas de las variables con las que se esboza el perfil de la
95
Véase al respecto y en lo que hace a la situación de
nuestro país los trabajos de AYALA, MARTÍNEZ y RUIZ-HUERTA, en
especial, "La distribución de la renta en España en los años
ochenta: una perspectiva comparada" 1 Simposio sobre Igualdad y
Distribución de la Renta y la Riqueza, vol. 11, Fundación
Argentaria. También la obra colectiva "La distribución funcional
y
personal de la renta en España: un análisis de sus relacionesu Edit.
CES, Colección Estudios, Madrid,
1996.
Las diferencias regionales
son analizadas exhaustivamente por BOSCH, ESCRIBANO
Y
SANCHEZ, en
"Evolución de la desigualdad y la pobreza en España. Estudios
basados en las Encuestas de Presupuestos Familiares", Madrid, INE,
1989.
Son igualmente ilustrativos los resultados que,
periódicamente, facilita este Instituto a partir de las citadas
encuestas pues en ellos se examina diferentes aspectos de los
hogares menos favorecidos. Sobre
la
tipología de la pobreza expuesta
en las diferentes investigaciones españolas da noticia RENES V., en
"Lucha contra la pobreza hoy", Edic. HOAC,
1993.
Ha de citarse, por
último, los numerosos trabajos que, encargados por entidades como
Cáritas o las propias Consejerías de Servicios Sociales autonómicas,
han hecho público el perfil o perfiles de los pobres, el interesante
Cuadro 11-27 del Informe
8
CES en el que se compara el perfil de los
viejos
y
los nuevos pobres así como los datos contenidos en "El
gasto público en servicios Sociales en España", Vol. (director
BAREA
TEJEIRO), M" de Trabajo
y
Asuntos Sociales, Madrid,
1997.
necesidad destinatario de las medidas de protección a las
que
luego se hará referencia. Por ello
ha
de
precisarse
que, como toda selección, también ésta es relativa,
centrándose en aquellos perfiles de pobreza que mejor
reflejan las condiciones en las que se desenvuelve el
presente de ésta y las transformaciones socio-económicas
que han determinado su dimensión actual.
En tal sentido, se prioriza la atención sobre
los grupos de población cuyas tasas de pobreza son
porcentualmente elevadas, particularmente preocupantes o
especialmente significativas, ya por su tendencia al alza
ya por la magnitud del problema que se esconde tras las
cifras. Ha de señalarse como Última matización que los
tipos socio-económicos que se describen seguidamente, no
sólo presentan solapamientos, sino que resultan de la
consideración conjunta de distintos criterios
y
de la
manipulación de los patrones al uso, muchos
magnifícamente expuestos y analizados por especialistas
en el tema.
Éste es el caso, por ejemplo, de la pobreza
inst itucionalizada, expresión acuñada por
CASADO'^
para
identificar a los sujetos cuya precaria situación
económica deriva, precisamente, de las insuficiencias
y
limitaciones de los mecanismos de protección existentes.
Forman parte de este colectivo los individuos perceptores
de pensiones
o
subsidios de desempleo, supervivencia,
96
En obras como uIntroducción a la sociología.
. .
",
ob. cit.
o "La pobreza en la estructura social de España", Madrid, Edit.
Ayuso,
1976,
recurre a una clasificación, que sucesivamente
y
según
sus propias palabras ("Viejos
y
nuevos.
. .
"
,
ob. cit. pág.
19)
,
irá
adaptando para mejorar
su
capacidad de representación, en la que se
incluye.
enfermedad, jubilación, etc., con independencia de la
entidad
u
organismo que los dispensa, cuyos importes,
requisitos o condiciones de acceso no permiten que sus
beneficiarios o los hogares de los que forman parte
disfruten de un nivel de vida adecuado.
Aunque no se trata de un sector homogéneo de
población ya que incluye franjas distantes en cuanto
a
sexo, edad, disponibilidad laboral, estado físico, etc.,
ni
la
intensidad de la cobertura
y
la
gravedad de sus
padecimientos son, tampoco, uniformes puesto que varía en
función de la dotación
y
el régimen jurídico de las
correspondientes prestaciones, lo que tienen en común
todos estos pobres institucionalizados es que el propio
sistema es cómplice de su infortunio.
Cualquiera que sea el orígen último de éste, lo
cierto es que, no disponiendo de fuentes autónomas de
ingresos o debiendo renunciar a ellasg7, los recursos
que se les proporciona no se corresponden con las
necesidades, individuales o nog8, a las que tienen que
hacer frente. Gran parte de este colectivo incluye a
pobres tradicionales, caso de los ancianos, viudos o
inválidos, dependientes hasta ahora de exiguos subsidios
de corte asistencial, que han visto mejorar en los
Últimos años su situación tras adoptarse medidas
97
Bien porque sean incompatibles con la pensión concedida,
bien porque la suma de los recursos obtenidos por ambos conceptos
supere el tope máximo fijado por la norma.
98
Aunque sobre ésto se volverá, no es infrecuente que,
en
la
práctica, los requisitos de acceso que se establecen condenen a
subsistir con una prestación, en principio individual,
a
un
hogar
formado
por
dos o más miembros.
correctorasg9. Sin embargo, en los últimos años se han
producido incorporaciones tan significativas como la
de
los desempleados subsidiados, que se han visto afectados
por las reformas, siempre restrictivas, de la protección
de esta contingencia.
Si el fundamento de la pobreza
institucionalizada se encuentra, de un modo u otro, en
las prestaciones, es posible que la introducción
de
innovaciones en sus respectivas normativas genere
una
notable reducción del censo, imposible de cuantificar por
las dificultades que entraña cruzar
y
contrastar una
información tan copiosa100. Otras tipologías de pobres,
en realidad todos los pobres, se verían igualmente
beneficiados por una hipotética modificación del actual
marco regulador de la protección social que extendiera
e
intensificara progresivamente su brazo protector. Sin
embargo, estar excluído de éste no es dato lo
suficientemente representativo como para reconducir a él
el perfil de los restantes pobres.
3.
Éste puede esbozarse retomando la anterior
exposición sobre la etiología de la pobreza
y
considerando las variables allí apuntadas. Junto al
importante colectivo de pobres de la tercera edad,
99
Como las de revalorización de pensiones, garantías de
mínimos o establecimiento de prestaciones no contributivas, por
citar algunos ejemplos.
'O0
Son orientativas al respecto, aunque no reflejan la
auténtica dimensión del problema porque
excluyen's
colectivos como
el de los ancianos
y
relacionan variables que ahora no se
consideran,
los diferentes cuadros
y
gráficos elaborados por
AGUILAR
M.,
GAVIRIA
M.
y
LAPARRA
M.
al dibujar el mapa de la España pobre
y
asistida, en "La caña
y
el pez. Estudios sobre los salarios sociales
en las Comunidades Autónomas", Fundación FOESSA, Madrid,
1995.
parcialmente coincidente con el ya descritolo', las
transformaciones demográficas, combinadas como es lógico
con otros agentes, han revelado un nuevo factor de
riesgo, el género,
y
un colectivo especialmente
vulnerable, las mujeres. Por su parte, la inestabilidad
e
inseguridad que propicia la evolución experimentada en
el ámbito de las relaciones laborales agrava la ya de por
sí
frágil situación de ciertas economías y grupos de
trabajadores, ubicados en el límite de la pobreza a
consecuencia de
la
falta de empleo; también los que
carecen de él o los que sufren su precarización
configuran un perfil adicional de pobreza.
Tanto en uno como en otro hay, a su vez,
subgrupos y especificidades que confirman la aparición de
ltnuevas formas de pobrezan relacionadas con las
mutaciones en la estructura familiar y el mercado de
trabajo. En concreto, en lo que hace a las primeras, las
tendencias en la distribución de la pobreza por sexos
muestran un aumento del porcentaje en los hogares
encabezados por una mujer. Rescatando, de nuevo, el
factor edad, resulta evidente la precaria posición del
sexo femenino ya que la tasa de pobreza de las ancianas,
con frecuencia dependientes de pensiones de viudedad, se
sitúa siempre por encima de la correspondiente a los
lo'
Según se deduce del estudio de RUIZ-HUERTA
J.
y
MARTÍNEZ
R.,
"La pobreza en España:
¿qué
nos muestran...", ob. cit., págs.
55
y
SS.,
las tasas de pobreza son superiores a la media en los hogares
encabezados por mayores de
64
años; de hecho, un
30%
de las personas
que
viven en estos hogares son pobres
en
1990.
Aunque es evidente
que ni todos los ancianos son destinatarios de medidas
de
protección
social ni, en consecuencia, todos los que son pobres se cuentan
entre los institucionalizados, la constatación de una relativa
mejora en las tasas específicas de pobreza de los ancianos en los
últimos
10
años obedece, entre otras razones, a la adopción de
políticas
y
medidas correctoras como las apuntadas.
varones con idénticos años, perceptores, por lo general,
de las más generosas pensiones de jubilación.
Aunque no por ello deba aceptarse, sin más, el
fenómeno de la I1feminización de la pobreza11102
y
sea
discutible la creciente presencia de la mujer entre los
pobres103, lo que
es
un hecho incuestionable es que
existen procesos determinados que afectan sólo a las
mujeres "engendrando una pauperización continua para el
conjunto de ellas"lo4. Estos mecanismos peculiares, que
tienen que ver con la discriminación laboral, salarial
y
de protección social que sufren las mujeres, acentúan sus
efectos ante situaciones de rupturas matrimoniales que,
según algunas corrientes de opinión, hacen visible un
problema oculto durante el matrimoniolo5.
Sean unas
u
otras las causas, a
las
tradicionales desventajas de la mujer ha de añadirse la
'O2
Discutido, sobre todo, en relación con su identificación
como nueva pobreza. Según
FERNÁNDEZ
VIGUERA
B.,
en "La feminización
de la.
. .
"
,
ob. cit. pág.
17,
se trata de una pobreza tradicional
puesto que las mujeres siempre han sufrido una desigualdad económica
respecto a los hombres y han sido las primeras en sufrir las
consecuencias de las crisis económicas.
'O3
Los resultados que ofrecen los diferentes estudios
al
respecto no apuntan en la misma dirección, entre otras cosas, porque
se manejan datos en los que es evidente la desproporción entre
hogares encabezados por mujeres y por hombres, porque la esperanza
de vida de unos
y
otros no coincide. Téngase en cuenta, además, que
ser cliente más habitual de los Servicios Sociales que el hombre o
ser el femenino el sexo mayoritario de los perceptores de
determinadas prestaciones no es, "per ser', síntoma de feminización
de la pobreza. Resultan por ello especialmente criticables
conclusiones tan simples como la reseñalada en titulares en
un
artículo de prensa que afirma que "la pobreza en Canarias tiene
nombre de mujeru (La Provincia, Miércoles
8
de Marzo,
1995)
.
'O4
SCOTT
HILDA,
en rlWorking your way to the bottom. The
feminization o£ poverty", Londres-Boston, Pandora Press,
1984.
'O5
Si
para algunas posiciones la auténtica causa es la
dependencia económica que crea el matrimonio, desde otras posturas
se ha defendido que es el propio matrimonio el que empobrece a la
mujer.
penalización de ciertas situaciones, reflejo de nuevos
modelos de unidad familiar, cuya presencia es cada vez
más frecuente en las sociedades occidentales. Como ya se
comentó, las tasas de pobreza son superiores en los
hogares monoparentales, especialmente en aquellos cuyo
único progenitor es una mujer, que en los restantes y,
aunque las estadísticas demuestran que su peso
demográfico es aún muy reducido, las solteras, separadas,
divorciadas y viudas con responsabilidades familiares
constituyen un grupo de riesgo cualitativamente
importante.
4.
La penuria económica que padecen no es ajena
a la situación de fragmentación y precarización del
empleo, circunstancia ésta que, salvando las diferencias
que entraña el género, afecta objetivamente al conjunto
de la población activa. Si no es posible hoy en día ligar
la indigencia y el trabajo o estratificar socialmente la
pobreza atendiendo a dicho factor, es debido,
precisamente, a la frecuente incidencia que la carencia
de éste tiene en aquélla. No obstante, el mercado de
trabajo proporciona pautas para identificar los perfiles
de un amplio colectivo de pobres, acudiendo, no tanto a
su condición de trabajadores, cuanto a la situación o
condiciones en las que se encuentran respecto al ámbito
laborallo6.
'O6
Se retoma con ello otra de las categorías, los
trabajadores pobres, identificada por
CASADO,
D.,
en "Viejos
y
nuevos pobres en la...", ob. cit., poniéndola al día
y
adaptándola
a las circunstancias actuales aunque subsisten algunas de las
situaciones allí descritas, caso de los trabajadores agrícolas o los
trabajadores, extranjeros o no, que desarrollan su actividad en la
economía sumergida.
Los sujetos que han sido expulsados o no han
podido acceder al
y
los que permanecen en 61
a tiempo parcial, de forma eventual o de manera
clandestina suelen desenvolverse en un marco de
inestabilidad e inseguridad económica
y
es bastante
probable que este contexto les conduzca a la pobreza.
Aunque tampoco ahora puede generalizarse ya que las
situaciones descritas no desembocan necesariamente en
estados carenciales, en torno al anterior panorama se
generan bolsas de pobreza tipificadas por los rasgos
comunes que presentan los afectados.
Teniendo en cuenta las graves consecuencias de
la progresiva destrucción de empleo en los países de
nuestro entorno
y
las altas tasas de desempleo que se
registran en ellos, puede sorprender que no se constate
un drástico aumento en la proporción de pobres en hogares
de desempleados. La explicación, según RUÍZ-HUERTA
y
MARTÍNEZ~~*, se encuentra en el hecho de que muchas
estadísticas reflejan el impacto que el desempleo tiene
en las economías familiares, atendiendo particularmente
a la situación laboral del sustentador principal10g.
'O7
No se incluyen, a estos efectos,
los sujetos que no tienen
edad o capacidad para trabajar, inactivos que, percibiendo o no una
pensión, son susceptibles de configurar perfiles específicos de
pobreza.
'O8
Ob. cit., pág
67
'O9
Evidentemente, cuando es éste el que ostenta la condición
de parado se resiente en mayor medida el nivel de bienestar de la
unidad de convivencia pero, aún así, al estudiar la incidencia del
desempleo en la pobreza deben considerarse otras variables: número
de miembros del hogar, proporción entre activos y dependientes,
fuentes alternativas o complementarias de recursos, etc.
Admitiendo las desviaciones de estos datos,
puede identificarse conforme a ellos un nuevo perfil del
pobre que, a pesar de su relativo peso, tiene una
repercusión colectiva importante en cuanto que transmite
la vulnerabilidad al conjunto del hogar. Se trata del
varón con responsabilidades familiares, situado en la
franja de los
45
y
los
64
años de edad que, tras perder
su empleo
y
transcurrido un amplio período de tiempo, no
ha podido reincorporarse al mercado laboral
y
continúa
situado extramuros del mismo.
El parado de larga duración es uno de los
rostros en los que, ahora sí, se renueva la pobreza
porque ésta "aparece en hogares
y
personas que no la
conocieron antesw1l0. Además, los trabajadores que,
forzosamente, han dejado de serlo en la edad adulta,
normalmente han agotado todo tipo de prestaciones
y
subsidios
y
su situación de extrema indigencia puede
prolongarse hasta que llegue el momento de la pensión,
dada sus dificultades para el reciclaje
y
la recolocación
profesionales.
Este último es uno de los factores que marca
las distancias respecto a las hornadas de jóvenes, con
edad
y
disposición para trabajar, que no pueden hacerlo
por las restricciones impuestas
y
que, sin embargo,
teniendo ciertas desventajas a la hora de acceder a un
primer empleo, cuentan, también, con mayores
oportunidades de tipo educativo o formativo. Obsérvese,
CASADO,
D.
,
en "Viejos
y
nuevos pobres en
. .
.
",
ob. cit.
,
pág.
25.
La impronta, especialmente dramática, de la pobreza en
estos hogares confirma el dicho popular según el cual, aunque ésta
nunca avisa, es más cruel cuando no se la espera.
8
O
por otro lado, que la eventual situación de penuria
económica de este colectivo se alivia, con frecuencia,
recurriendo a la protección familiarlll.
Continuando con el análisis del perfil del
pobre en función de su situación laboral, no puede
olvidarse la especial fragilidad de alguno de los
componentes del otro grupo. Si la precarización del
empleo cobra mayor virulencia entre aquellos sectores de
población que, por su escasa representatividad, poder
adquisitivo, nivel cultural, etc., difícilmente pueden
oponerse a las pésimas condiciones de trabajo que les son
impuestas, es indudable que uno de los colectivos peor
parados es el de los inmigrantes extranjeros.
Su presencia en España "hace visible entre
nosotros el hambre
y
el endeudamiento del Tercer
und do""^
pero, si además la entrada o la permanencia
en nuestro país se produce de manera irregular, no tienen
otro horizonte que el de la economía sumergida.
La única
salida que se les ofrece, al margen de la expulsión
gubernativa
y
la sobrexplotación,
es la venta ambulante,
la delincuencia
o,
paradógicamente, la pobreza que
creyeron haber superado.
En este contexto de inferioridad
y
desventajas,
no es de extrañar que la masiva llegada de
extranjeros ilegales añada un peculiar perfil a la
'11
No por ello se trivializa la problemática de este
colectivo ya que existen jóvenes sin protección familiar ni empleo
y familias de bajísimo nivel socio-económico cuyas esperanzas de
mejora se ven frustradas cuando sus hijos no consiguen un empleo con
el que completar el exiguo presupuesto del hogar.
RENÉS
V.
y
LINARES E., en "Cáritas ante la Renta Mínima:
interrogantes
y...",
Documentación Social no
96,
ob. cit.,
pág.
94.
pobreza y aporte otra dimensión a la problemática que
gira en torno a ella.
En concreto, la inadaptación, la marginación
y
el aislamiento social son parte de su cotidianidad, como
también lo son en la existencia diaria de otro sector de
la población, tan variopinto como paradigmático, que vive
en la pobreza, el de los desarraigados. Este conjunto de
pobres en el que se incluyen pedigüeños, pequeños
delincuentes o delincuentes de supervivencia, bohemios,
desinstitucionalizados, minorías étnicas, etc. se
corresponde con lo que en su momento se identificó con la
expresión cuarto mundo. Si, como fenómeno, refleja la
tendencia hacia la polarización de la estructura social
en dos clases, como colectivo identifica a quienes, por
circunstancias muy diversas, no logran integrarse en el
entramado social.
Son sujetos todos ellos que, según la acertada
descripción de CASADO, por vivir de espaldas a las reglas
del juego, tienen grandes dificultades para obtener
recursos y, viéndose condenados a la pobreza, optan por
organizar o gestionar su propia protección socia1113.
En la frecuente escena de los sin techo
y
los
limpiacoches o vendedores ubicados en los semáforos se
reconoce, como versión actualizada, a los clásicos
vagabundos y mendigos pero, prescindiendo de ocasionales
tintes de picaresca, el panorama de la pobreza marginal
'13
De ahí que el autor citado
se
refiera a ellos como los
pobres autogestionarios, en "Viejos
y
nuevos pobres en la...",
ob.
cit., pág.
30
y
SS.
y el cúmulo de carencias que se asocian a ella alcanza
hoy límites insospechados e intolerables.
Sea el precio de la disidencia o la
contestación, el fruto de ciertas limitaciones
o
debilidades personales
o
el resultado de una lucha entre
desiguales, lo cierto es que el porcentaje de
transeuntes, de usuarios de comedores y albergues
municipales, de residentes en chabolas y, en general, de
pobres o indigentes con dificultades graves de inserción
o
problemas importantes de marginación no ha conseguido
reducirse.
A
modo de recapitulación, puede concluirse
señalando que el mosaico de imágenes ligadas
a
la pobreza
y
la disparidad de rostros en los que se siente su huella
impide atribuirle un único perfil y generalizar patrones
que, elaborados a partir de indicadores, métodos y
criterios de medición diversos, son siempre relativos,
cambiantes y tergiversadores. No obstante, ancianos,
mujeres, pensionistas, parados, extranjeros, disminuidos,
ex-reclusos, minorías étnicas, etc. son sectores
concretos de población cuyos rasgos identificativos
parecen predisponerlos a la precariedad económica, motivo
por el cual se recurre a ellos para describir el actual
ámbito subjetivo de la pobreza
y
las tendencias que se
constatan o adivinan al respecto.
7)
ENTRE EL DINAMISMO DE LA POBREZA
Y
LA TENDENCIA
INMOVILISTA
DE
LA POLÍTICA
SOCIAL
1.
Del panorama descrito hasta el momento
pueden extraerse, entre otras, las siguientes
conclusiones: por un lado, se ha constatado que las
formas de precariedad
y
de pobreza son muy diversas
y
presentan entre sí diferencias considerables en el tiempo
y
el espacio en cuanto a gravedad, distribución,
incidencia, sintomatología, etc.; a pesar de ello, las
situaciones de estrechez económica no constituyen
realidades aisladas sino manifestaciones o aspectos de un
mismo fenómeno que, desde hace unas décadas
y
en esta
sociedad de fín de siglo, se revela con especial
virulencia.
En cuanto tal y como proyección del entramado
en el que surge
y
se desenvuelve, es obvio que la pobreza
evoluciona al compás de las coordenadas sociales,
económicas
y
culturales de la comunidad de referencia.
Si
los estados carenciales, haciéndose eco de todos estos
cambios, modifican su fisonomía paulatinamente, no puede
pretenderse que permanezcan constantes las exigencias
individuales
y
colectivas de tutela. La pobreza que cada
sistema genera reclama instrumentos de cobertura
igualmente renovados
y
el entorno, en continua mutación,
propicia un proceso paralelo, en las demandas de
protección que el conjunto social aspira a satisfacer.
De lo dicho se desprende que la política
social, en lo que hace, en concreto, a la atención
de
situaciones de precariedad, no puede quedar estancada
sino que ha de adaptarse, en cada momento, al desarrollo
y
a
los avances económicos y sociales de la población,
asumiendo nuevos desafíos a medida que se conforman
nuevos fenómenos de marginación
y
desigualdad114.
Siendo ésto de una lógica aplastante, no pasa de ser un
mero espe
j
ismo o desiderata ya que la realidad se encarga
de demostrar que las respuestas normativas son tardías,
cuando no insuficientes o precarias, y que la reacción de
los poderes públicos es, por lo general, asincrónica.
La limitada virtualidad tutelar de las fórmulas
tradicionales de protección, pensadas para un contexto
y
unas necesidades sociales radicalmente distintas, unida
a la dispersión
y
falta de coordinación de los mecanismos
existentes se traducen en unos niveles de cobertura que
ni son aceptables ni acordes, en cantidad
y
calidad, a
las dimensiones que actualmente alcanza la problemática
de la pobreza.
No en vano, el origen de ésta se atribuye, en
parte, a las incoherencias
y
disfuncionalidades de los
modelos de protección social que, hasta hace bien poco,
permanecieron anclados en el pasado por su inercia
inmovilista
o
evolucionaron en una línea restrictiva
y
'14
En palabras de DOMÉNECH
M.
(Conseller de Trabajo
y
Seguridad Social de la Generalitat Valenciana), pronunciadas en la
inauguración de las jornadas sobre llPensiones no cointributivas en
Europan celebradas en el marco de un coloquio extraordinario del
Instituto Europeo de Seguridad Social (Jávea, Mayo de
1988)
,
"los
mecanismos de protección social requieren una permanente
actualización en función de la evolución social. En caso contrario
corren el riesgo de quedarse anclados en el pasado
y
perder
eficacia".
excluyente por las exigencias económicas del
entorno115. Como apunta
GW
PERRIN, "si se acusa a la
Seguridad Social de ser responsable de la pobreza
...
esta
acusación se acentúa al aumentar, debido a
la
crisis
económica, el número y la gravedad de tales situaciones,
confinadas en lo que se ha dado en llamar pudorosamente
"bolsas de pobreza" en los años de prosperidad, mientras
que se iban elevando sin cesar los gastos de Seguridad
Socia1
2.
Los retos e interrogantes con los que se
enfrentan aquellos sistemas son comunes en la mayoría de
los países de nuestro entorno pues, si todos aquéllos
presentan deficiencias innatas a su concepción,
funcionamiento, extensión, técnicas, etc., todos éstos
comparten, de un modo u otro, las secuelas de los cambios
de las estructuras familiares, las mutaciones del mercado
de trabajo o el envejecimiento de la población. Dichas
circunstancias, absolutamente desconocidas en la Europa
del bienestar y el progreso de la posguerra, comenzaron
a generalizarse a partir de mediados de la década de los
setenta, coincidiendo con la crisis económica que se
suscita en todo el área occidental
y
en la que se inicia
el ucuestionamiento de la bondad de los gastos públicos
'15
Cfr. apartado
3.2.3.
116
"La
Seguridad Social
y
la pobreza en los países
desarrollados", Revista de Seguridad Social,
no
41,
Enero-Marzo,
1989,
pág.
7.
sociales como elementos efectivos de redistribución de
rentas hacia los más necesitados"l17
Sin que ello suponga una crítica a aquel modelo
de política social
y
al margen de los argumentos que
puedan utilizar sus defensores y detractores, lo cierto
es que las situaciones antes mencionadas han desbordado
la capacidad tuitiva de los sistemas de protección cuyas
previsiones, efectuadas en un marco de pleno empleo y de
crecimiento económico sostenido, se han visto pronto
superadas por el devenir de los acontecimientos.
No resulta extraño, pues, que las fisuras de
los diversos sistemas y las lagunas de
su
acción
protectora terminaran por imponerse, máxime cuando
aquéllos no quisieron o no supieron adecuar ésta, en el
momento preciso, a las nuevas demandas sociales. El
interés que despertó, durante el decenio de
1960,
el tema
de la pobreza
y
la declaración de guerra contra la misma,
si bien tuvo una escasa proyección práctica, supuso una
primera llamada de atención sobre la preocupante
persistencia de la pobreza en los países industrializados
y la insuficiencia de las medidas para reducirla118.
Si ésto ocurría entonces -y casi treinta años
después, no se han constatado mejoras considerables ni en
'17
En, ROJO TORRECILLA E.
,
"La protección Social. Reflexiones
sobre el estado del bienestar en Europa
y
en España", Razón
y
fe,
Enero
1992,
pág.
63.
11*
Según expone MARGARET S. GORDON, en "La Política de
seguridad Social en los países industrializadosu, Colección Economía
y
Sociología del Trabajo,
no
42,
1990,
M"
Trabajo
y
Seguridad
Social, págs.
29
y
SS.,
autores como GILBRAITH o TITMUSS disentían de
la opinión generalizada conforme a la cual la pobreza sería
eliminada con la mejora de los programas de sostenimiento de la
renta
y
mantenimiento del pleno empleo.
un sentido ni en otro- está más que justificada la
inquietud demostrada por el Comité Económico
y
Social de
la Unión Europea ante la reducción de los medios y el
aumento de las necesidadesllg. Tal desequilibrio, que
alcanza cotas nada despreciables, ha provocado un
incremento del número de personas no cubiertas o
insuficientemente cubiertas por los actuales instrumentos
de protección120 y es que, como acertadamente se ha
dicho, las lagunas aceptadas en períodos de crecimiento
son
difíciles de tolerar en momentos de crisis121.
Teniendo en cuenta que la red de protección se
construye sobre la base de la Seguridad Social como
institución nuclear, son sus correspondientes sistemas
nacionales los que se han revelado incapaces para frenar
el desarrollo de importantes focos de pobreza122.
Frente al expansionismo experimentado por aquélla en afios
119
La Sección de Asuntos Sociales de dicho Comité recuerda,
según palabras textuales, las responsabilidades que tienen en el
origen de la pobreza los políticos demasiado apocados
y
las opciones
presupuestarias inadecuadas e insuficientes, añadiendo que la
valentía política de un gobierno es,
en buena medida, reflejo de la
valentía política de los ciudadanos
(
Documento Informativo sobre la
pobreza, CES
412/88,
ob. cit., apartado
3.2.1.).
120
Se ha subrayado al respecto que, a menudo, las categorías
de personas que están ya más duramente afectadas por los problemas
del empleo son las que se ven de nuevo perjudicadas cuando el nivel
de prestaciones sociales no es suficiente o cuando están pura
y
simplemente fuera de cualquier sistema de protección social
(Dictamen sobre la evolución social en la Comunidad en
1986,
CES
648/87,
punto
5.2.5)
.
12'
GW
PERRIN, en "La Seguridad Social
y
la pobreza en..
.
",
ob. cit., pág.
7.
122
Las deficiencias de la Seguridad Social en cuanto a la
lucha contra la pobreza provienen, según
GW
PERRIN, de su
concepción ligada a los riesgos tradicionales, de las limitaciones
de su campo de aplicación personal, de la técnica del seguro social
a la que recurre generalmente
y
de la excesiva utilización de las
prestaciones en metálico en detrimento de las restantes modalidades
de intervención. ("La Seguridad Social
y
la pobreza en...", ob. cit,
pág.
14.).
precedentes, al iniciarse el decenio de
1980
se estrena
una política de signo contrario puesto que la coyuntura
económica, con un crecimiento inestable, unas tasas
altísimas de desempleo y una situación financiera
delicada, crea unas condiciones más propicias al control
del gasto que a la ampliación de la cobertura.
Así las cosas, el debate sobre la orientación
que debe darse a ese gasto social para paliar las
manifestaciones más severas de precariedad fue relegado
ante la imperiosa necesidad de aplicar criterios
restrictivos con el fin de reducir los costes
y
contener
el déficit. Desde entonces y aunque se constatan avances
en ambas direcciones, el problema de la pobreza, lejos de
erradicarse o reducirse, se ha ido extendiendo
y
agravando. Por su parte, la Seguridad ~ocial~~~, a
remolque siempre de los acontecimientos y sin adelantarse
nunca a los mismos, no ha demostrado especial interés en
adaptar sus intervenciones al nivel y al ritmo que exigen
las demandas sociales.
Sin embargo, la red de protección social no
podía permanecer eternamente de espaldas a la realidad
y,
con más tardanza que premura, ha reaccionado frente a sus
propias limitaciones
y
rigideces, introduciendo
mecanismos correctores. Cuando se afirma que "soplan
vientos de cambio en los sistemas institucionales de
123
Descrita por ALIENA MIRALLES
R.
como "un gigante
al
que
la
evolución de nuestras sociedades exige seguir creciendon, en
"A
la
sombra de Speenhamland: una perspectiva histórica para
el
Ingreso
Mínimo de InserciónH, en Documentación Social, no
78,
ob. cit. pág.
74.
Seguridad Social, en especial los europeosu124 se
vaticina la reordenación de los mismos a partir de
esquemas adecuados
y
efectivos con los que mitigar la
continua emergencia de estados carenciales.
Ante los requerimientos de los colectivos más
desfavorecidos, precisamente aquéllos que han permanecido
ajenos a los beneficios del crecimiento económico de
lustros anteriores
y
que sufren el paro,
la precarización
del empleo o la desagregación de la célula familiar
tradicional, la mayoría de los legisladores del contexto
europeo han ido ofertando prestaciones de nuevo cuño o
moldeando las existentes.
Así, además de extender los beneficios de la
asistencia social, atenuar los requisitos de acceso a
ciertas pensiones
o
subsidios, eliminar la excesiva
contributividad de las mismas o prolongar su duración, se
apuesta decididamente por universalizar la cobertura
mediante la implantación, como técnica alternativa o
coadyuvante, de sistemas de recursos garantizados.
Desde hace varios años se asiste a una nueva
etapa en el largo y lento avance hacia fórmulas de
protección más redistributivas
y
solidarias, acordes con
las exigencias de la comunidad y compatibles con los
postulados del Estado social
de
derecho. Para GONZALO
GONZÁLEZ se trata de "la última fase
de
un largo proceso
de cambios, consecuente con las sucesivas
transformaciones operadas en
la
estructura
y
composición
124
ROJO TORRECILLA
E.
,
en "La Renta Mínima en el contexto
internacional", Documentación Social, no
76,
pág.
150.
de las propias sociedades europeas desde la creación del
primer seguro social
"125.
En la línea expuesta se sitúan las experiencias
de nuestros vecinos europeos
y
las sugerencias de
instituciones comunitarias
y
organismos internacionales,
recordando la necesidad
y
conveniencia de "elaborar
sistemas de protección social de tipo universal
y
establecer prestaciones de base mínimas que permitan a
los ciudadanos más desfavorecidos
y
a sus familias, no
sólo sobrevivir, sino vivir dignamentev126. En idéntico
sentido
y
con un enfoque más global, las orientaciones
del Comité encaminadas a reforzar e intensificar el
combate a la pobreza priorizan, entre otros programas de
actuac'ión, el relativo a la introducción de una renta
mínima de inserción que "sería tanto un signo de justicia
social como un arma para la lucha contra la marginación
y
la exclusión
El
relativo anquilosamiento de los sistemas de
protección social, que ni fueron concebidos como
instrumentos
de
neutralización de la pobreza ni están en
condiciones de combatirla en solitario,
no ha impedido la
adopción de medidas que atenúen el componente profesional
125
Es la tercera y última fase, conocida como etapa
universalista y comentada por dicho autor en "Las pensiones no
contributivas en Europa", Documentación Laboral, no
27/28,
88-89,
pág.
15.
Petición formulada por la Asamblea Parlamentaria del
Consejo de Europa a los gobiernos de los países miembros cuya
legislación no prevé todavía ingresos mínimos garantizados,
contenida en el Proyecto de Recomendación sobre Unos Ingresos
Mínimos Garantizados, Julio de
1989.
127
ROSEINGRAVE
T.
,
en "Enfoque
y
recomendaciones del Comité
Económico
y
Social relativo a la Renta Mínima", Documentación
Social, no
78,
pág.
130.
y
potencien, al tiempo, su carácter solidario. Ello
supone, en de£ initiva, la apertura de un nuevo frente con
el que impedir el avance de aquella lacra social o
reducir sus efectos.
En este contexto, el dispositivo de los
ingresos garantizados se perfila, con sus ventajas e
inconvenientes
y
en sus diversas modalidades, como un
elemento dinamizador de gran virtualidad. Al estudio de
esta figura
y
de otras semejantes o próximas así como a
la descripción del eco que han tenido en los sistemas
nacionales europeos de protección
y
en diferentes foros
internacionales y supranacionales se dedican los
siguientes apartados. No obstante, puede adelantarse que
las propuestas de los legisladores europeos giran,
principalmente, en torno a la creación de una red de
seguridad que colme los huecos existentes en sus
respectivos sistemas de protección social.
3.
Las deficiencias que, en abstracto
y
desde
una perspectiva general, se han comentado hasta ahora de
éstos pueden predicarse también, de modo concreto
y
particularizadamente, del conjunto elaborado de normas,
principios y técnicas que conforman el modelo
de
nuestro
país cuyo esquema protector no se caracteriza,
precisamente, por su preservación dinámica. El
crecimiento económico
y
la mejora considerable de las
condiciones de vida de ciertos sectores de la población
española no oculta las profundas dicfuncionalidades de un
sistema que,
a pesar de su escasa fijeza
y
sus indudables
avances, es reacio a adaptar su estructura para asumir
los retos que imponen la sociedad y la pobreza, siempre
cambiantes.
Los contradictorios movimientos del sistema de
protección social en España dificultan la descripción de
su tendencia evolutiva,
hasta el punto de no admitir más
notas definitorias que las predicables, separadamente, de
cada una de las ramas que se comprenden en él. Así, si la
respuesta de los poderes públicos a las necesidades de
ancianos e inválidos, aún tardía, evidencia una cierta
sintonía con el padecimiento de estos colectivos en los
últimos años, no puede afirmarse lo mismo respecto a la
política aplicada por aquéllos, por ejemplo en materia de
desempleo o de atención a la familia.
Sabido es que en dichos ámbitos se han
experimentado intensas
y
bruscas transformaciones y, sin
embargo, o las normas apenas se han hecho eco de tales
cambios o bien la proyección que les han dado apunta en
una dirección radicalmente opuesta. Ante circunstanci.as
como la inestabilidad del mercado de trabajo y la
precarización del empleo o la descomposición de la
estructura familiar tradicional y la caída demográfica
que, en buena lógica, exigen el reforzamiento de la
cobertura, el legislador, paradógicamente, retrocede
y
reacciona limitando
o
restringiendo ésta128.
128
Esta incoherente tendencia es magníficamente descrita por
ESCUDERO RODRÍGUEZ R., en "Nuevos vientos fríos en la protección por
desempleo", Reforma del Mercado de Trabajp, Monografía? Relaciones
Laborales, págs.
116
y
SS.
y
por GONZqEZ-SANCHO LOPEZ E., en
"Apuntes sobre la protección de la familia en España en
1989
y
sobre
la conveniencia de mejorarla", publicación de las ponencias
pronunciadas en el Seminario sobre "Prestaciones no contributivas
y
lucha contra la pobrezau, Instituto Sindical de estudios, ob. cit.,
págs.
62
y
SS.
Si para el primero, en la regulación de la protección
por desempleo "ha habido un claro vaivén legislativo,
...
una
í
cont inúa
. . .
)
En cualquier caso, ya sea por exceso de
disposiciones ya por defecto, repercuta en unas
prestaciones o en otras y se concrete en la congelación
de las mismas, en su desmantelamiento o en el
endurecimiento de los requisitos de acceso, lo cierto es
que el recorrido que ha seguido el legislador nacional
puede calificarse, a veces, como desconcertante. Sin
negar la trascendencia de los cambios operados y los
pasos de gigante que se han dado en las últimas tres
décadas en lo que a la protección pública de la necesidad
se refiere, no puede dejar de señalarse que muchas
intervenciones vienen a destiempo o contracorriente o
bien son oscilantes, produciendo unos efectos que no han
sido debidamente calculados.
A
nadie se le esconde que estos escarceos
normativos y este titubeante proceder de los poderes
públicos obedecen, prioritariamente, a la búsqueda del
equilibrio presupuestario y a la necesaria contención del
gasto. Pero, aunque dicho objetivo marca de modo unívoco
el discurrir de la protección social en Europa a partir
de la crisis económica de mediados de los setenta, las
secuelas de dicha política han sido especialmente
cruentas dentro de nuestras fronteras.
Ello se debe, entre otros motivos, a la
vertiginosa rapidez con la que se ha transformado la
sociedad española, a las mayores cuotas de desempleo que
128
(
.
.
.
continuación)
vertiginosa sucesión de avances en el nivel
y
la' intensidad de la
cobertura, pero también de retrocesos en una
y
otra,
...
un
planteamiento expansivo
y
otro recesivo
...",
para el segundo, la
protección a la familia en España "ha llegado a una situación
fosilizada,.
. .
debido a la política constante de dejar morir por
inanición dicha ramaN.
se han alcanzado aquí
y,
sobre todo, a la especial
desventaja de la que parte nuestro sistema o, mejor
dicho, los ciudadanos de nuestro país en estado de
precariedad, cuando el mismo comienza a hacer aguas.
Quiere ello decir que, frente al nivel y la intensidad de
la cobertura con la que contaba la mayor parte de
nuestros vecinos al sobrevenir la ralentización
económica, la situación española es notoriamente
de£ icitaria e inferior tanto subjetiva como
objeti~amente'~~.
Este considerable desfase, que se deja sentir
en el número de sujetos que pueden acceder a algún tipo
de protección y en la calidad y proporcionalidad de la
atención que se les dispensa, determina que, lo que en
otros sistemas son meros huecos, algunos heredados pero
todos acentuados por la dimensión actual de la pobreza
y
al tiempo condicionantes de la misma, en el nuestro sean
auténticas lagunas. Los espacios de desprotección o
infraprotección que se constataban en el pasado,
subsisten en parte en el presente
y
se perfilan, junto a
otros de nueva creación, como realidades a corto y medio
plazo.
Si, como se ha dicho, el punto de partida es
desfavorable y los logros
y
conquistas de otros sistemas
no llegaron o lo hicieron con retraso a nuestro país, no
12'
Valorando con cautela las estadísticas, el gasto corriente
de protección social en
%
del
PIB
se sitúa en España, para
1980,
seis puntos por debajo de la media europea, lo
que
explica que, a
pesar de los esfuerzos realizados,
continúe en
1991
a una distancia
de casi cinco puntos respecto a dice? media (tabla publicada
en
el
cuadro no
3
del trabajo de
AYALA
CANON,
"Los
sistemas generales de
rentas mínimas
...",
ob. cit, pág.
232.
Fuente: EUROSTAT)
.
es de extrañar la diferida incorporación del sistema
español de protección social
a
la
ola de cambios a la que
se asiste en los últimos años. Adquiere sentido, de este
modo, que se califique de novata la experiencia
autonómica de las
RMA,
lo que explica, por lo demás, que
el debate iniciado en Europa sobre las rentas
garantizadas como estrategia de lucha contra la pobreza
se encuentre, aquí, en un estado incipiente.
Las expectativas generadas en torno a la
implantación de las
RMA
en las diecisiete Comunidades
Autónomas están, por lo dicho, más que justificadas, como
justificado está, también, que se proceda a su examen
crítico tras un lustro de vigencia de la normativa
pionera. Para ello, resulta conveniente que se describan
las pautas que, hasta el momento, han decidido el modelo
de protección social en España en lo que hace, en
concreto,
a las fórmulas de garantía de ingresos mínimos,
cuestión que se aborda en este primer capítulo.
SEGUNDA
PARTE.-
LAS
RENTAS
GARANTIZADAS
COMO
TÉCNICA
DE
PROTECCI~N
SOCIAL:
CONCEPTO,
MODALIDADES
Y
EXPERIENCIAS
EUROPEAS
1.
La pobreza, al igual que la enfermedad,
puede ser contemplada "como un mal social contra el que
han de adoptarse medidas de lucha que, inevitablemente,
están en concordancia con las distintas fases de la
evolución de la sociedad y del ~stado"'~~. Si las
conocidas "leyes de pobres" son la respuesta que, en su
momento, se dió al pauperismo, manifestándose en las
mismas el espíritu con el que se practicaba el socorro
público de los indigentes131, las rentas mínimas
constituyen el exponente del fracaso de ciertas
políticas, evidenciando los avances que se han dado en
este esfuerzo colectivo de afrontar una lacra antigüa
pero no superada.
Siendo así, las rentas garantizadas o los
subsidios universales no dejan de ser meras estrategias
130
APARICIO
TOVAR
J.,
en "La Seguridad Social
y
la protección
de la salud", Civitas,
1989,
pág.
22.
13'
Tanto la primera de las "Poor Lawsn
,
la de
1601,
como las
sucesivas que modificaron parcialmente el sistema de asistencia
legal introducido por aquélla, conciben la caridad estatal
o
la
beneficiencia pública como un instrumento para suavizar la
generalizada situación de pobreza de las clases bajas inglesas ante
el temor de convulsiones
y
protestas sociales.
postuladas, cierto es que con mayor énfasis en los
últimos años, como remedio a aquel padecimiento. Sin
embargo, lejos de lo que pudiera pensarse, la propuesta
de garantizar unos ingresos mínimos es herencia del
pasado por lo que se trata de una alternativa poco
novedosa.
Las expectativas que hoy generan tales
prestaciones retoman un discurso que tiene su origen en
épocas anteriores; como aspiración o como obligación, la
idea de proporcionar un mínimo social para atender las
necesidades básicas de los miembros de la colectividad
está ligada a ciertos principios religiosos
y
morales
y,
según algunos, su filosofía no es ajena a prácticas
y
preceptos de las sociedades islámica, hindú, inca o
azteca132.
Se admitan o no antecedentes tan lejanos, puede
afirmarse que los sistemas de ingresos mínimos son la
versión contemporánea de propuestas e instrumentos de
protección conocidos de antaño, si bien en su momento se
concibieron bajo otros parámetros, no fueron llevados a
la práctica
o
tuvieron una limitada difusión. Con el
tiempo, una vez superados los esquemas
y
planteamientos
de aquellas primitivas fórmulas, la garantía de un mínimo
vital ante situaciones de precariedad continúa siendo
objeto de reivindicaciones periódicas.
Sin embargo, ha sido en los últimos decenios,
con el recrudecimiento de la pobreza
y
las dificultades
económico-financieras, cuando la renta garantizada
132
MILANO
S.
,
en "La revenu minimum garanti dans
la
CEE",
París,
P.U.F.,
1989,
pág.
5.
adquiere un interés renovado,
no faltando desde entonces
pronunciamientos a favor
y
en contra de la misma. Ello ha
suscitado un debate en el que se oponen, no sólo los
argumentos de sus detractores
y
partidarios sino,
también, las diferentes concepciones
y
propuestas
apoyadas por éstos últimos.
Y
es que, de la mano de
ciertas bases teóricas
y
corrientes de pensamiento, los
defensores de la idea de unos ingresos mínimos han ido
marcando distancias entre sí al posicionarse en torno a
diferentes modalidades.
El horizonte, en consecuencia, se ha
diversificado
y
enriquecido al hacerse eco de distintas
orientaciones e iniciativas pero, al mismo tiempo, se ha
vuelto' un tanto oscuro a nivel conceptual
y
terminológico
por la propia ductilidad y policromía que caracteriza a
las rentas mínimas133.
La deficiente elaboración de determinadas
construcciones
y
su escasa fijeza así como la ambigüedad
de algunas expresiones
y
su incorrecta generalización han
relativizado los perfiles de las rentas mínimas hasta tal
punto que resulta difícil discernir lo que es una
variedad de éstas
y
lo que constituye una categoría
distinta. Por otro lado, se acusa una notable confusión
entre técnicas
y
objetivos, entre sistemas
y
fórmulas,
entre principios
y
características, elementos todos ellos
susceptibles de múltiples combinaciones. Debe añadirse,
por último, que el establecimiento de las rentas mínimas
133
Y
en las que reside, según ESTIVILL
J.,
en "La
ambivalencia de las rentas mínimas", Documentación Social,
no
78,
págs.
113
y
SS., a
la
vez
que
su fuerza, una de sus debilidades.
ha estado, en ocasiones, marcado por la provisionalidad
o la improvisación
y
sujeto a continuas modificaciones
para su adaptación a un contexto variable, circunstancias
que introducen un factor añadido de complejidad.
Ante tal panorama, la noción misma de renta
garantizada o ingreso mínimo se presenta como un
referente conceptual vago, excesivamente contaminado por
la utilización indiscriminada de términos que no siempre
apuntan a una realidad unívoca. Por ello, más que
conveniente resulta instrumentalmente necesario para
delimitar el campo de análisis
y
establecer las oportunas
comparaciones, efectuar algunas precisiones sobre las
diversas fórmulas jurídicas de protección social que se
aglutinan en torno al descriptor de garantía de ingresos.
En este propósito de clarificar los contenidos
de las distintas propuestas debe tenerse en cuenta que la
lista de "recetas" para proporcionar, parcial o
totalmente, de modo directo o indirecto
y
con carácter
universal o limitado, unos ingresos mínimos en los
supuestos de precariedad económica es amplísima. Aunque
las múltiples variables que diferencian unas
y
otras
experiencias ponen de relieve su discutible reconducción
a una categoría única, es posible localizar mayores
coincidencias o similitudes si se recupera la visión
retrospectiva.
2.
Admitiendo que "el debate sobre la necesidad
de garantizar una renta mínima a todo ciudadano carente
de recursos encuentra sus orígenes en la propia crisis
del Estado del Bienestar
y
en su incapacidad para atender
a las nuevas demandas sociales"134, ha de advertirse
que
su
formulación no se produce
ex
novo
a partir de este
momento. Cuando se afirma que "la idea de una renta
mínima garantizada o de un subsidio universal no es, en
sí misma, original de nuestro siglo"135, se está
pensando, con seguridad, en aquella propuesta de ciertos
magistrados británicos que, según voces autorizadas,
sitúa "la prehistoria del subsidio universal11136 en los
últimos años del
S.XVII1.
Conocida la historia137
y
la novedad138 del
"sistema Speenhamland"
,
topónimo con el que se alude a la
iniciativa adoptada en dicho lugar
y
al período en el que
134
ROJO
TORRECILLA, en "La renta mínima en el contexto
internacionalN, Documentación Social, no
78,
ob. cit., pág.
150.
135
Fragmentos extraídos del trabajo de MÍNGUEZ F., "Rentas
mínimas garantizadas: algunas reflexiones para el debate", Dossier
Renta mínima y salario ciudadano, Volumen
1,
Octubre
1989,
Servicio
de Documentación de Cáritas, págs.
19
y
SS.
13'
VAN
PARIJS, P.
,
en "La préhistoire du débat
:
l'ombre de
Speenhamland", en La reme nouvelle,
1985,
no
4,
págs.
395
y
SS.
También GAZIER BERNARD o ALIENA MILLARES en España, recuperan el
mito de Speenhamland al referirse a los antecedentes históricos de
las rentas mínimas garantizadas en "Fondements de la protection
sociale et revenu minimum garanti" Reme Francaice des Affaires
Sociales, no
2,
1989
y
"A la sombra de Speenhamland: una perspectiva
histórica para e1 Ingreso Mínimo de Inserción", Documentación
Social, no
78,
1990.
137
En
1795,
reunidos los notables del condado británico de
Berkshire para discutir las medidas de socorro a los pobres ante el
alza de los precios, se decide la implantación de un subsidio de
complemento o sustitución de salarios, fijándose para ello la renta
mínima que cada trabajador debía recibir, ya de su trabajo
y
el de
su familia ya del subsidio.
138
ES,
precisamente, su otorgamiento conforme a una escala
regular, que tiene en cuenta tanto el precio del grano en el mercado
como el número de componentes de la familia pero, sin hacer
distingos entre trabajadores e inactivos, la aportación principal de
la propuesta. Los magistrados idearon, pues, una fórmula
asistencial, utilizada de modo esporádico en un ámbito geográfico
reducido, que constituyó una auténtica novedad en la tradicional
política del socorro de los pobres.
Su
limitada aplicación se
corresponde con una vigencia también breve, cayendo en el olvido
tras la aprobación de una nueva ley de pobres en
1834.
la misma se aplica, no pasa desapercibido su originalidad
en el marco de una política asistencia1 de corte
tradicional y con un claro predominio del paternalismo y
el subsidio. Si bien se asiste, desde entonces, a un
cuestionamiento permanente sobre las ventajas del ingreso
mínimo como instrumento para combatir la pobreza o
neutralizar sus efectos, ha de reconocerse que algo han
cambiado las cosas hasta la fecha.
Ante un fenómeno intemporal como el de la
pobreza
y
una búsqueda constante e inconclusa del elixir
que acabe con ella, se han sucedido remedios que,
evidenciando la filosofía
y
prioridades dominantes en
cada época, han sido sometidos a revisión con
posterioridad. Por ello, sin negar las facultades que,
mutatis mutandi,
atribuiría el derecho de propiedad
intelectual a los magistrados británicos, lo cierto es
que fue años más tarde cuando, tras sentarse las bases
teóricas de sus dos modalidades principales, la idea de
garantizar un ingreso mínimo a las personas en situación
de precariedad adquiere carta de naturaleza y empieza a
definirse sobre pilares más sólidos.
De modo unánime, los especialistas en la
materia ven en la escuela liberal el fundamento
científico de las construcciones actuales y atribuyen a
aquélla el origen doctrinal último de las diferentes
asignaciones que, hoy en día y con una nomenclatura no
exenta de errores, implican el establecimiento de una
garantía de ingresos mínimos. Las fórmulas del impuesto
negativo y del dividendo nacional, a las que se hará
referencia a continuación, se plantean en un contexto
cualitativamente distinto al de la propuesta británica
anteriormente comentada pero, distante también, del marco
en
el que continúan siendo reelaboradas.
La idea básica en torno a la cual se articulan
una
y
otra propuesta es la de proporcionar una prestación
única, costeada mediante un impuesto progresivo, que
sustituya a todas las, existentes. Ahora bien, si la
primera se construye sobre la base de un impuesto cuya
cuota es negativa para las unidades fiscales que no
alcancen un determinado umbral
de
recursos, de modo que
en vez de pagar reciben un ingreso diferen~ial'~~, la
segunda consiste en la creación de una asignación
económica que se abona a título individual, extendiéndose
a todos los sujetos, cualesquiera que sean sus rentas,
actitudes ante el trabajo y situaciones familiares.
Ninguna de las dos responde, en puridad, a la
fórmula prevista en el "sistema Speemhamlandu, del que
toman, en cada caso, sólo algunos aspectos, pero ambas
implican la fijación de un mínimo garantizado al que
pueden acceder, respectivamente, el hogar como unidad de
imposición o la persona como potencial beneficiaria.
Teniendo en cuenta las lógicas consecuencias
que se derivan del factor temporal, son condicionantes de
tipo ideológico, económico, social y político los que
permiten establecer diferencias en materia de concepción
13'
Su funcionamiento es explicado por
EUZEBY
CH.,
en "El
ingreso mínimo garantizado: experiencias
y
propuestas", Revista
Internacional del Trabajo, no
3,
Julio-Septiembre,
1987,
pág.
55,
conforme a la regla siguiente:
S=
G
-tg, en donde
S
es el subsidio
abonado,
G
representa el mínimo garantizado, t la tasa de imposición
correspondiente a la parte del ingreso ganado
que
el Estado deduce
y
g equivale a las ganancias personales.
y de argumentos en favor de la aplicación de un ingreso
mínimo en cada concreto momento histórico. No obstante,
la cláusula del Estado social, presente en el
constitucionalismo contemporáneo, determina una peculiar
consideración de la protección pública en la medida en
que impone actuaciones positivas destinadas a paliar los
desequilibrios sociales. El Estado así calificado asume,
entre otras responsabilidades, la directa provisión de
ciertas cuotas de bienestar
y
sus intervenciones, que
deben encaminarse en este sentido, evidencian una
peculiar sensibilidad en el tratamiento de la pobreza y
el aseguramiento de unas condiciones de vida mínimas.
Todo ello se trae ahora a colación para
explicar el planteamiento desde el que, a partir de la
década de los cincuenta, se aborda la creación o
instauración de mecanismos de garantía de rentas.
Aunque
no es éste el lugar ni el momento apropiados para hacer
una historia de la protección de la pobreza ni se
pretende describir la trayectoria seguida desde las leyes
británicas de pobres hasta las iniciativas más recientes,
no puede dejar de señalarse que, en el presente siglo,
han cambiado, no sólo las estrategias sino, también, los
roles mismos del pobre.
Quiere ello decir que, si éste fué en el pasado
un simple mendigo o pedigüeño, hoy es un ciudadano
en
situación de necesidad. Si ayer era un mero asistido,
dependiente de la beneficiencia y destinatario de
auxilios graciables, en la actualidad es un sujeto
demandante de tutela140 que, en cuanto titular de un
derecho genérico a la protección141, aspira a la
satisfacción de sus carencias mediante una política
solidaria de redistribución de la riqueza. Si, por
último, sus padecimientos sólo propiciaron, en el pasado,
sentimientos de caridad
y
medidas de socorro ocasionales,
sectoriales
y
profundamente estigmatizadoras, la
superación de tales problemas es concebida, en el
presente, como una exigencia colectiva de justicia e
igualdad, como una meta prioritaria para la que han de
aunarse esfuerzos
y
hacia la que deben dirigirse,
conjuntamente, las aportaciones de sociólogos, políticos,
economistas, etc.
3.
Son, precisamente, estos últimos, los que,
abonando el terreno para posteriores reflexiones,
formulan los dos métodos anteriormente citados cuya
aplicación resulta, no obstante, problemática.
Y
es que,
tanto el impuesto negativo como el dividendo
140
Es curioso, en este sentido, al observar los numerosos
términos con los que, a lo largo del tiempo, se ha identificado al
sujeto en situación de precariedad, que se compruebe la recuperación
y
actualidad de algunos de ellos lo que, quizás, pudiera
interpretarse, como el rescate de objetivos que aún no se han visto
satisfechos o que fueron deficitariamente cumplidos en su momento.
Así, desde diferentes instancias se alude con frecuencia a los
indigentes o los pobres, términos más propios del pasado que, sin
embargo, recuperan hoy su espacio para comprender con ellos a aquel
colectivo de individuos que, padeciendo un estado de necesidad, no
se ajusta a los perfiles dominantes de esta categoría definida,
primordialmente, en atención a contingencias que avalan su eventual
protección mediante mecanismos aseguratorios.
14'
Aunque se volverá sobre ello, al comentar el art.
41
de la
CE y analizar el título con el que se otorgan las
RMA,
entiéndase
ahora por derecho genérico a la protección el reverso de un
correlativo deber estatal, también abstracto e indeterminado, de
tutela frente a situaciones de necesidad.
nacional142, conocido también bajo el nombre de
subsidio universal, se perfilan como propuestas
excesivamente monetarias
y
de imposible trasposición
práctica porque "presuponen un contexto institucional
insólito".
Con estas palabras,
EUZEBY
CH.143 describe el
punto de partida de ambas fórmulas, la supresión de los
servicios sociales públicos y la incorporación de la
protección social
y
de las finanzas públicas a un solo
esquema organizativo
y
funcional. Antes de referirnos a
ellas
y
comentar, siquiera de modo somero, sus principios
teóricos
y
las objeciones que se han ido apuntando, es
necesario destacar que no fueron concebidas
originariamente como instrumentos de lucha contra la
pobreza y, de hecho, salvo limitadas aplicaciones, no se
ha demostrado todavía su capacidad práctica en este
campo144.
Las miras de los economistas liberales, caso de
FRIEDMAN'~~,
STIGLER, DOUGLAS o
RHYS
-WILLIAMS~~~,
142
Atribuída generalmente la primera teoría al economista
FRIEDMAN
M.,
respecto a la segunda fórmula se ha señalado que tiene
un doble origen en las ideas abrigadas por PAINE
T.
y FOURIER
CH.
143
En "El ingreso mínimo garantizado:
.
.
.
ob. cit.
144
Uno de los experimentos más caros jamás hechos en materia
de ciencias sociales -las conocidos experimentos de New Jersey
(1967-1972)
y
otros posteriores en Seattle
y
Denver, financiados por
la Oficina Norteamericana de Oportunidades- tenía como objeto de
estudio el impueso negativo sobre la renta pero centrando la
atención principalmente en la repercusión de los pagos asistenciales
en el incentivo al trabajo.
14'
Este economista, que se oponía especialmente a los
programas obligatorios de seguridad social, propuso en su obra
"Capitalism and FreedomM (Chicago,
1962)
la abolición de la
normativa sobre asistencia pública
y
de toda la seguridad social
existente
y
su sustitución por un impuesto negativo sobre la renta.
están puestas en una política social que censuran
duramente porque su coste detrae recursos a los procesos
que de verdad crean riqueza. Desde esta perspectiva,
consideran que los mecanismos asistenciales típicos del
estado del bienestar son elementos desestabilizadores que
perturban el modelo de crecimiento, impidiendo la
corrección espontánea de lo que califican como
externalidades.
Además de compartir otras caracteri~ticas~~~,
tanto el impuesto negativo como el subsidio universal
acentúan la distinción entre los recursos provenientes
del desarrollo de actividades productivas y los que, por
el contrario, están ligados a la marginalidad o la
exclusión social. Esta dualización, aspecto clave para
explicar la concepción liberal del ingreso mínimo, es
objeto de numerosas críticas formuladas por las restantes
escuelas, en especial desde posiciones socialistas, cuya
aspiración última es la erradicación de tal fenómeno.
Qué duda cabe que el nivel de la prestación es,
precisamente, el obstáculo principal de ambas propuestas
ya que su determinación no está exenta de contrariedades;
para el impuesto negativo, la fijación del umbral puede
146
(
.
.
.continuación)
146
Fue ella quien, en
1943
y según expone
GORDON
M.
en "La
política de Seguridad Social en los
...",
ob. cit., pág.
413,
propuso un método alternativo de renta mínima garantizada, conforme
al cual toda familia recibiría un dividendo social o crédito
tributario que sustituiría a todas las demás prestaciones.
147
Así, el hecho de que las dos propuestas presupongan una
economía sumamente flexible que excluya toda noción de salario
mínimo garantizado
y
presente un perfecto ensamblaje entre oferta
y
demanda de trabajo. Según la autora citada, cuyos trabajos
constituyen el soporte de esta exposición, una y otra fórmula
comparten, además, un esquema de distribución vertical que se
efectúa vía tributación, olvidando las necesidades para centrarse en
los ingresos.
107
resultar discriminatoria respecto al grupo de familias
que se sitúan apenas por encima del mismo
y
que pueden
estar sujetas a tasas de imposición elevadas. Para el
dividendo nacional, la insuficiencia o suficiencia del
subsidio determina que el individuo tenga que acceder a
otra prestación complementaria o que, por el contrario,
se abstenga de trabajar por las repercusiones fiscales
que se derivan de la percepción de ingresos en cuantía
superior al mismo.
Para evitar este efecto disuasorio, la
propuesta del impuesto negativo pasa por establecer un
subsidio degresivo que se reduce a medida que aumentan
las ganancias personales, pero a un ritmo menos rápido
que éstas. Así, al ser descontadas sólo en parte, se
alienta a los beneficiarios a trabajar
y
buscar empleo ya
que sus ingresos finales pueden superar el umbral
representado por el ingreso mínimo148. Contrariamente,
la tesis del subsidio universal implica su otorgamiento
en cuantía idéntica, sólo ajustable en función de la edad
y/o el grado de invalidez,
y
sin considerar los recursos
disponibles.
Además de las dificultades financieros que se
derivan del coste presumiblemente elevado de su puesta en
práctica, el funcionamiento de las técnicas descritas
14*
Siguiendo el ejemplo recogido en la obra colectiva "El
salario social sudado", de LAPARRA NAVARRO
M.,
CORERA OROZ C.,
GAVIRIA LABARTA M.
y
AGUILAR HENDRICKSON M., Editorial Popular,
S.A., Madrid,
1989,
pág.
31,
si se establece un umbral de 500.000
ptas. anuales, una famllia sin ingresos percibiría una devolución de
hacienda por dicho importe; si sus ingresos fuesen de 300.000 ptas.
anuales recibiría, vía impuesto, medio millón de ptas. menos un
porcentaje, denominado tasa moderadora o de desincentivación del
ocio. Si éste fuera del
75%,
a sus recursos personales (300.000
ptas) sumaría otras 275.000 ptas., disponiendo finalmente de una
renta de 575.000 ptas.
plantea otro tipo de inconvenientes, entre ellos, la
necesaria comprobación de recursos y la consideración del
hogar y del año fiscal como unidad y período de
imposición en el caso del dividendo nacional y la falta
de selectividad
y
el recrudecimiento de la dualización
social en el caso del subsidio universal.
Si "el principal peligro de las propuestas
liberales estriba en su radicalismo excesivou149, lo
cierto es que las mayores ventajas de la segunda la han
hecho particularmente atractiva a pesar de su exclusiva
aplicabilidad en países con sistemas de producción
y
mercados de trabajo muy adaptables y su limitada
viabilidad a corto plazo por las profundas reformas que,
con miras a su ejecución, deben acometerse en los
sistemas de protección social vigentes150.
Para evitar el desmantelamiento de éstos con el
consiguiente descontento de quienes lo consideran una
conquista, y los efectos, no suficientemente medidos, que
pudieran derivarse sobre el empleo, los costes
salariales, la estratificación social, el sistema
impositivo
y
la economía en general, se han buscado
métodos alternativos que pasan por respetar el modelo de
protección existente e incorporar a él una red de
seguridad conocida como ingresos garantizados.
14'
EUZEBY
CH.
,
en "El ingreso mínimo garantizado.
. .
"
,
ob.
cit., pág.
67.
lS0
Recuérdese que ambas propuestas parten de la supresión de
las prestaciones
y
servicios existentes
y
su sustitución por un
único subsidio en el marco de la integración de la protección social
y
las finanzas públicas en una misma estructura institucional,
presupuestos ambos de dificil instauración.
2)
LA
PROCURA
DE
UN
MÍNIMO
VITAL
COMO
FUNDAMENTO
ÚLTIMO
DE UNA PLURALIDAD DE PROPUESTAS
1.
Aunque son muchas las dificultades que han
terminado por posponer el debate sobre el denominado
salario ciudadano, es inevitable que se dediquen algunas
líneas a tan sugerente proyecto -reformulación de muchas
de las ideas ya comentadas- que no puede pasarse por alto
dado el enorme interés que ha despertado.
Tal
y
como lo presentan sus partidarios,
inscritos en corrientes que van desde el "neowelfarismo"
hasta la izquierda alternativa o el socialismo utópico
pasando por posiciones ideológicas de signo dispar que
asocian el ecologismo con la crítica al trabajo y a la
división sexual, los pilares sobre los que se construye
el salario ciudadano actúan como palancas y propulsores
de cambios sociales de envergadura.
Si el fundamento de la propuesta, siguiendo a
GARCÍA-NIETO~~', se encuentra en el vínculo indisoluble
entre el derecho a una renta
y
el derecho al trabajo, su
formulación jurídica sería el derecho que tiene todo
ciudadano a percibir un ingreso suficiente para llevar
una vida normal
y,
en justa correspondencia, a aportar
una cierta cantidad de trabajo a la comunidad152.
151
En "Más allá de la renta mínima, el salario ciudadano", El
Ciervo,
1990.
152
En palabras de
GORZ
A.,
1987
(Fátima Minguez, Dossier
1,
pág.22)
cada ciudadano debe tener el derecho a un estándar normal de
vida, pero también la posibilidad (el derecho
y
la tarea) de
contribuir a la sociedad de forma equivalente
a
lo que recibe.
La reducción del tiempo de trabajo153
Y
el
posterior reparto de éste154, la subvención de
actividades necesarias para la colectividad
y
no
individualizables en su oferta ni en su demanda155, el
fomento de la cooperación
y
la participación
sociales156 son algunos
de
los presupuestos que
confirman
que
la propuesta comentada, como doctrina o
filosofía, va más allá de
la
aportación originaria del
dividendo nacional en la que se inspira.
La
máxima del
salario ciudadano es garantizar
la
supervivencia
y
participación social reconociendo a todo individuo el
derecho a una renta básica, abonada periódica
e
lS3
Entendida no sólo como limitación de la jornada sino, de
modo más amplio, como flexibilización de los horarios,
favorecimiento de la jubilación, adaptación de la actividad a las
exigencias de una utilización más efectiva de los recursos (trabajo
nocturno, rotatorio, plurivalencia de profesiones), desarrollo
cíclico del trabajos con interrupciones periódicas de cierta
duración (estudios, reciclaje, cuidado de parientes u otras
actividades socialmente útiles), etc.
154
Entre activos e inactivos, entre hombres
y
mujeres, entre
ancianos
y
jóvenes, de modo que pueda disminuir la cantidad de
trabajo suministrado por cada uno de ellos sin merma del poder
adquisitivo de ninguno ya que la renta real no es sólo la derivada
de aquél sino el resultado de añadirle la que aporta el Estado. De
este modo, la cantidad de trabajo
que
deba efectuar una persona
depende de sus necesidades económicas que pueden verse satisfechas
con ocupaciones intermitentes que complementen aquellos recursos
garantizados.
155
Se trata de incentivar la realización de trabajos que,
exigiendo un modo de producción peculiar por los recursos
y
necesidades implicados, satisfagan carencias comunitarias tales como
repoblaciones forestales, campañas sanitarias o de alfabetización,
reciclaje de productos contaminantes, etc.
156
Al disminuir la duración del trabajo con fines económicos
y
aumentar el tiempo libre, éste puede invertirse en la prestación
de servicios de interés social que, hasta ahora han sido dispensados
por entidades privadas o públicas (cuidado de ancianos
y
niños,
asistencia a colectivos problemáticos, etc.
)
pero que pueden mejorar
en calidad
y
resultar más satisfactorios si se rinden entre los
propios miembros de la comunidad.
indefinidamente,
en correspondencia a su intervención en
el proceso social de producción.
Entre sus numerosos adeptos se cuentan
prestigiosos filósofos, sicólogos, juristas y científicos
de otras disciplinas de la talla de GORTZ, PRZEWORSKI,
VAN
PARIJS
y
VAN DER
VE EN^^^,
sin que falten en
nuestras fronteras seguidores y estudiosos del tema. Las
aportaciones de éstos y otros muchos han sido, todas
ellas, enriquecedoras, dando pie a continuas reflexiones
e interrogantes
y
contribuyendo a dar altura a un debate,
incipiente en España hasta hace pocos años.
El primero de los autores citados, al referirse
a las políticas de acompañamiento que requiere el salario
ciudadano, afirma que la renta en que consiste éste "no
es realmente un salario porque no depende de la cantidad
de trabajo suministrado ni remunera a los individuos en
su calidad de trabaj adores11158. Los comentarios del
filósofo francés ponen en entredicho la idoneidad de la
expresión utilizada para identificar una asignación que
se caracteriza, precisamente, por la superación de los
esquemas clásicos del trabajo mediante formas nuevas de
distribución, tanto de éste como de la renta y la riqueza
social producida.
157
Dado que la obra de los autores citados es abundantísima,
se citan seguidamente algunas publicaciones a título orientativo
y
sin prejuzgar su representatividad: "Los caminos del paraíson,
Barcelona, Laia,
1986
y "El que no trabaje comerá", en Letra
Internacional, no
3,
1986,
ambos de ANDRE GORZ, "Disorganized
Capitalism", Oxford, Polity Press,
1985,
de CLAUS OFFE "Una vía
capitalista al comunismo", de los otros dos autores citados,
y
"La
viabilidad de los subsidios universales en el capitalismo
democrático" de PRZEWORSKI
A.,
ambas en Zona Abierta,
46-47,
1988.
158
GORZ
A.
,
en "Los sindicatos entre el neocorporativismo
y
la ampliación de su misiónn,
El
Proyecto, Junio
1987,
pág.
38.
La desacertada elección del nombre, habida
cuenta de la naturaleza no retributiva del salario
ciudadano, no tendría mayores consecuencias si se
llmitara su aplicación a esta concreta propuesta de
manera que sólo ella resultara identificada. Sin embargo,
lejos de circunscribirse a la misma, ambas denominaciones
han terminado por generalizarse y, al igual que ha
ocurrido con otras, adoptan múltiples combinaciones que,
por su uso y abuso indiscriminado para aludir a
prestaciones de signo dispar, han complicado
considerablemente el panorama conceptual.
Así, refiriéndose a otra expresión igualmente
controvertida, apunta
GARCÍA-NIETO
que "ni jurídica ni
sociológicamente tiene sentido hablar de salario
social
...
siempre utilizado para designar aspectos
complementarios de tipo social al salario monetario
propiamente dicho en una relación laboral normal"159.
En este sentido, el citado autor llama la atención sobre
la popularización de ciertos calificativos, como salario
de pobres o de la marginación, que son también
incorrectos a su juicio a pesar de que se utilicen desde
otra perspectiva.
El propio
STANDING
se hace eco del babélico
panorama terminológico
y
de lo problemático que resulta
escoger un nombre de entre la pluralidad de giros, por
las connotaciones que conlleva cada uno160. Aunque
159
GARCÍA-NIETO
J.,
en "Concepto
y
alcance de la renta mínima
y
el salario ciudadano", en Documentación Social, no
78,
pág.
64.
En "Desempleo
y
flexibilidad del mercado laboral en el
Reino Unidou, Informes
OIT,
MTSS,
1988
el autor rechaza salario
(continúa
. . .
)
pretende relativizar dicho inconveniente, revela su
predilección por las expresiones renta social o dividendo
social, sin que por ello deje de recurrir a otras en sus
discursos.
2.
No se ignora que el confusionismo en torno
al salario ciudadano obedece, en parte, a la forzada
trasposición de palabras cuya significación en el idioma
de origen se desvirtúa por una traducción errónea,
excesivamente literal o simplemente poco af ortunada16'.
Tampoco se oculta que la tendencia a importar modelos
extranjeros, desconociendo el contexto del que se toman
y
reproduciéndolos parcialmente
y
con escasa fidelidad,
conduce a tomar, equivocadamente, la parte por el todo.
De este modo, no es infrecuente que, lo que en un ámbito
nacional designa una figura o especie entre las varias
existentes, en otro remite al conjunto del sistema o
identifica a unas prestaciones no necesariamente
coincidente^'^^.
En cualquier caso, debe tenerse en cuenta que
el debate en torno a esta figura está plagado de matices,
l6
(
.
.
.
continuación)
social por los argumentos expuestos y no oculta
deuda y obligación que tiene la denominación
social o el sentido de limosna del término
ingresos.
ItAllocation universal", "reddito
las implicaciones de
de crédito fiscal o
garantía básica de
di cittadinanza" y
"citizenship income", "universal grants" e, incluso, "basic income
guarantee" son las locuciones extranjeras de mayor arraigo en la
literatura especializada.
162
Sin perjuicio de volver sobre esta cuestión, es llamativo
que se aluda al minimex como la renta mínima de Bélgica cuando este
país dispone de una red de mínimos sociales muy diversif icada; o,
por citar un ejemplo más cercano, no se explica que en España se
hable de salarios sociales cuando ninguna de las normativas
autonómicas identifica a su respectivas prestación con esta
denominación.
existiendo marcadas diferencias entre las propuestas de
unos y otros, sus enfoques, argumentos y conclusiones.
"En su defensa encontramos planteamientos absolutamente
divergentes ya sea en el plano ideológico o en las
previsiones sobre la posible articulación práctica de tal
propósito"163, particularidades todas ellas que pueden
también explicar la variada nomenclatura.
A
las expuestas con anterioridad, pueden
añadirse locuciones como asignación universal, renta
garantizada o ingreso mínimo164. Ahora bien, mientras
la primera conecta con la propuesta del salario ciudadano
o con la más lejana del dividendo nacional, de las que ya
se comentó su extensión subjetiva, las dos últimas, en su
acepción más amplia, constituyen una especie de cajón de
sastre en el que, además de las propuestas citadas, se
incluyen distintas clases de prestaciones, técnicas
o
fórmulas que apuntan vagamente la idea de procura de un
mínimo vital, sin prejuzgar quiénes son o deber ser sus
concretos destinatarios.
Dicho en otras palabras, si aquéllas presuponen
su asignación a todos los ciudadanos, éstas evidencian
163
AYALA
CAÑON, en "Los sistemas generales de rentas mínimas
en Europa: logros, límites
y
alternativasn, Documentación Social, no
96,
pág.
270.
Añade este autor una nueva expresión, la de renta
mínima incondicional -para referirse, en concreto, a aquéllas que no
contemplan alguna forma de participación- admitiendo que no es
posible, por lo dicho, agrupar todas las propuestas en el mismo
saco.
164
Con menos frecuencia se habla, también, de renta base,
ingreso básico o asignación social y, aunque la nomenclatura, como
ya
se ha comentado, no es unívoca, con dichas expresiones se suele
hacer referencia a lo que aquí se ha descrito como la propuesta del
salario ciudadano. Con este sentido los mencionan, entre otros,
LINDSTEDT G. y STANDING G., en "Un salario sociale minimo garantito
a tuttin, ~nternazionale Socialista, no
3,
1987
y en "Desempleo
y
flexibilidad en
...",
ob. cit.
y
diferentes trabajos elaborados en
el seno de cáritas Diocesana.
una total ductilidad al respecto, de manera que, además
de tal posibilidad, admiten también limitaciones en
cuanto a su ámbito de aplicación sin que, por el juego de
criterios selectivos y reductores, se anulen sus
potencialidades como garante de protección.
En realidad, tanto el salario ciudadano como
sus homólogos tienen como objetivo primario asegurar que
todo ciudadano disponga de un determinado volumen de
ingresos y, desde esta perspectiva y cualesquiera que
sean sus formulaciones concretas, se perfilan como
técnicas de garantía de recursos, bien que cualificadas
por su vocación de universalidad. Precisamente, uno de
los aspectos más polémicos de la propuesta es la
controvertida existencia de un nivel de abundancia
suficiente para mantener una cobertura incondicional
las necesidades básicas del conjunto de la colectividad.
Ante la discutible viabilidad económica del
proyecto, la reticencia de importantes sectores políticos
y
sindicales, los drásticos cambios de mentalidad
y
procesos de ajuste que exige su aplicación
y
la carga
excesivamente utópica de algunos de sus presupuestos165
se ha optado, como ya se adelantó, por fórmulas más
sencillas y a corto plazo.
Aun así, la implantación de un salario
ciudadano no es una aspiración a la que se haya
165
Sobre las dificultades que presenta el salario ciudadano
y las argumentaciones a favor
y
en contra de la propuesta véase,
entre otros, "Marxismo, ecologismo
y
transición directa al
comunismo^,
de
VAN
PARIJS, en Mientras Tanto,
26
de Mayo de
1986,
la
obra colectiva "El salario social sudado", anteriormente reseñada,
así como "El ingreso mínimo garantizado:...", de EUZEBY
CH.
y
"Desempleo
y
flexibilidad del mercado laboral en...", de
STANDING
G.,
obs. cit.
renunciado166, máxime cuando el alarmante
recrudecimiento del desempleo, las tendencias alcistas de
las tasas de pobreza
y
la acentuación de la desigualdad
social confirman la permanente actualidad de sus
postulados. Por ello, se ha afirmado que, con
independencia de todos los obstáculos existentes, el
salario ciudadano "si no es una solución válida para 1.0s
problemas de hoy, podría ser una solución para
mañana
l6
.
3.
En el interin, ha de darse respuesta
inmediata a aquellos estados carenciales que, por su
perentoriedad, no pueden esperar. De manera que, si no es
posible conciliar el desarrollo económico con un modelo
nuevo de distribución de la renta
y
del trabajo sí es
exigible que los que no participan del confort y el
progreso que genera aquél, sufriendo sin embargo sus
efectos más devastadores, vean al menos satisfechas sus
necesidades básicas.
Es en este contexto teórico y socio-económico,
en el que
se
replantea la idea de asignar un mínimo a las
personas o grupos familiares que, careciendo de recursos
propios o disponiendo de ellos en cuantía ínfima, son
frecuentemente ignorados, o atendidos de manera
deficiente, por los sistemas de protección social. Al no
166
La puesta en práctica del salario ciudadano no es,
obviamente, tarea fácil, aunque tampoco imposible si, como apunta,
GARCIA-NIETO, "nos colocamos en una doble perspectiva: la de una
utopía posible
y
la de una reestructuración radical' del trabajo", en
"Concepto
y
alcance de la renta mínima
y
...",
ob. cit. pág.
61.
167
"Programme for full employment in
the
1990sm,
Informe de
la Comisión presidida por el ex-canciller austriaco
KREISKY
B.
sobre
el pleno empleo en ~uro~a, Londres,
1989.
poder avanzar en otros frentes, se ha recurrido al
mecanismo de ingresos mínimos para paliar la continua
emergencia de nuevas situaciones de precariedad.
De ahí que sean concebidos como prestaciones,
de carácter fundamentalmente pecuniario*68, destinadas
a paliar la falta de recursos de individuos o grupos
familiares proporcionándoles medios con los que
satisfacer sus necesidades corrientes.
A
diferencia de
las propuestas anteriormente comentadas, el
establecimiento de las rentas mínimas no se explica sin
el referente de un concreto sistema de protección social,
al que no pretenden sustituir ni reestructurar y cuyas
lagunas o deficiencias completan.
El espacio en el que se mueven aquéllos es,
pues, el de la escasez de recursos, la indigencia y la
precariedad, realidades ignoradas hasta hace poco por la
mayoría de los sistemas de protección social y que, sin
embargo, centran ahora el debate en torno a las grandes
orientaciones estratégicas de éstos. La crisis en la que
se encuentran16' no favorece la implantación de
instrumentos radicales de lucha contra la pobreza pero
tampoco parece que deba remontarse desconociendo el papel
que les corresponde como línea de defensa contra ella.
Ésta es, precisamente, la función que han ido
asumiendo las rentas mínimas en las últimas décadas,
168
Excepcionalmente la prestación se abona en bonos de compra
o, siguiendo el modelo de rentas de inserción que seguidamente se
comenta, se acompaña de actuaciones o programas de integración.
16'
Triple crisis de eficacia, de equidad
y
de legitimidad,
según EUZEBY
CH.,
en "La protection sociale et revenu minimum
garanti", Futuribles, no
139,
pág.
3.
ampliando así su propósito originario de taponar los
huecos del sistema de seguridad social. Concebidas
Inicialmente como última red de seguridad para que ningún
ciudadano viva sin un mínimo de recursos económicos170,
la aparente novedad de los programas de rentas
garantizadas estriba, pues, en su progresiva ampliación
subjetiva
y
objetiva lo que contradice, por otro lado, su
primitiva vocación de provisionalidad171.
A
medida que
aumenta el número de individuos desprovistos de fuentes
autónomas de ingresos
y
sin posibilidades de acceder a
una protección adecuada
y
suficiente, se incrementa el
volumen de beneficiarios de los programas de rentas
mínimas que intensifican su presencia como "instrumento
de acción selectivo
y
operativo para atenuar la
pobreza"172, otorgando a ésta plena significación en
cuanto situación merecedora de tutela.
A
pesar de que los dispositivos de ingresos
mínimos fueron creados, en los países del norte de
170
El fundamento y "modus operandi" de esta última malla de
protección social varían según la orientación bismarckiana o
beveridgeana del sistema de seguridad social de referencia; así,
dado el carácter profesional del primer modelo, la renta mínima se
dirige a los colectivos excluídos, fundamentalmente parados,
procurándoles recursos con los que satisfacer sus necesidades
básicas. Por el contrario, en los países que disponen de una
seguridad social de corte universal o asistencial, la renta mínima
incrementa las prestaciones sociales cuya cuantía es insuficiente.
171
Téngase en cuenta que se pensó en ellas como medida
transitoria llamada a desaparecer a corto plazo, de utilización
excepcional, para garantizar
un
mínimo vital a reducidos grupos de
población, circunstancialmente excluídos del mercado de trabajo y
del sistema de protección social, cuyo nivel de vida mejoraría ante
el aumento del bienestar colectivo
y
la aplicación de prestaciones
especializadas. Sin embargo, lejos de cumplirse estas expectativas,
se ha prorrogado indefinidamente la vigencia de los programas de
rentas mínimas, creándose otros nuevos e implantándose allí donde no
existían.
172
QUESADA
POLO S., en "Planteamiento y recomendaciones del
Consejo de Europa...", ob. cit. pág.
34.
Europa, antes de que las transformaciones acaecidas en la
sociedad occidental dispararan los índices de desempleo
y pobreza, lo cierto es que, en la actualidad, tienen
como objetivo inmediato hacer tolerables est.as
situaciones. Su establecimiento y generalización
contribuyen a preservar la cohesión social evitando
graves tensiones pero, al tiempo, tlconstituyen un
pretexto para no desarrollar la protección social de
base"173. Quiere ésto decir que, entre modificar los
sistemas de protección social para adecuarlos a las
necesidades no contempladas y compensar sus deficiencias
de previsión mediante prestaciones complementarias o
subsidiarias, se ha optado decididamente por esta segunda
f órmul'a, más fácil, menos costosa pero, también,
profundamente estigmatizadora.
En cualquier caso, por controvertida que sea
esta figura de la política social, la existencia de un
mecanismo de rentas garantizadas es una necesidad
ampliamente reconocida ya que actúa como un auténtico
balón de oxígeno en un panorama de desempleo estructural
y pobreza persistente. Aunque en la polémica generada en
torno a su establecimiento subyace una polarización
ideológica de mayor calado, lo que hoy se cuestiona no es
el qué sino el cómo, no es tanto la oportunidad o
conveniencia de los programas de ingresos mínimos cuanto
su incorporación
y
articulación en los sistemas de
protección social vigentes.
173
SERGE
MILANO,
Documentación Social, no en "Protección social
y
renta mínima",
78,
pág.
122.
Dicho en otras palabras, admitida la propuesta
por su viabilidad económica
y
rentabilidad social, son
múltiples las alternativas
y
sugerencias que se han
planteado respecto al modo en que debe instrumentarse
para conciliar las demandas de tutela con las
posibilidades reales que ofrece el contexto social,
económico e institucional de referencia.
Así,
la calidad
e intensidad de la protección, los colectivos de
población a los que se dirige o el sistema de
financiación
y
gestión son algunos de los aspectos que,
o
bien centralizan el debate o bien marcan las
diferencias entre los dispositivos ya implantados.
Y
es que no debe olvidarse que, en materia de
rentas mínimas, a las aportaciones teóricas, con
soluciones
y
argumentos bien dispares, se acumulan las
experiencias prácticas, condicionadas a su vez por
múltiples factores
y
con un desigual desarrollo, lo que
genera un amplio mosaico de tipos, clases, modelos
y
programas de ingresos mínimos.
Teniendo en cuenta que su descripción
y
estudio
se efectúa en apartados posteriores, valga ahora como
recordatorio de lo dicho
y
adelanto de lo que se dirá
que, a pesar
de
la diversidad, existe un hilo conductor
en todos los dispositivos de protección conocidos como
rentas garantizadas o ingresos mínimos: su función
correctora de las disfuncionalidades de los sistemas
de
protección social mediante el aseguramiento de un mínimo
vital con
el
que satisfacer estados carenciales.
6.
Sin cuestionar ahora la idoneidad
y
e£ icacia
de las rentas mínimas como estrategias de lucha contra la
pobreza, ha de reconocerse que no constituyen una
panacea. Entre las críticas formuladas, son numerosas las
voces que censuran el alcance exclusivamente monetarista
de la medida por entender que el fenómeno de la pobreza,
lejos de limitarse a una mera insuficiencia de recursos,
es mucho más complejo y demanda soluciones integrales.
En esta línea, se ha apuntado que los profundos
problemas de marginación
y
desarraigo que orbitan en
torno a los estados de precariedad severa son causa
y
consecuencia de ésta, manifestando una cierta tendencia
a instalarse
y
transmitirse de manera generacional. La
exclusión social con todas las desventajas que conlleva
-
escasa autoestima, bajo nivel formativo, di£ icultad de
relación, economía sumergida y empleo precario, etc.
-
es,
pues, el primer obstáculo con el que se enfrenta el
individuo para superar su situación de inseguridad
económica
Como se apunta en el informe sobre la pobreza
en Europa tantas veces aludido, "garantizar un mínimo de
renta a las personas pobres no es ciertamente una
condición suficiente para hacerles encontrar el camino de
la reinserción social
y
de la autonomía.. .más allá de las
indispensables intervenciones destinadas a proporcionar
una renta a los más pobres, la lucha contra la pobreza
exige la adopción paralela de medidas sociales
y
educativas"17*.
La Sección de Asuntos Sociales, Familia,
Educación
y
Cultura aboga, en concreto, por la atribución
174
Apartado
2.3.1
del Documento Informativo
de
la Sección de
Asuntos Sociales, Familia,
...,
1989,
ob. cit.
de una renta mínima social que tome la forma de una
prestación de inserción, surgiendo
así
la figura de la
renta mínima de integración. En aquella recomendación
comunitaria se inspiran, además de las
RMA,
otras
políticas nacionales de protección social que dan por
supuesto que cualquier esquema de ingresos garantizados
debe ir necesariamente acompañado por dispositivos
tendentes a la erradicación de la exclusión
y
la
dualización social.
El establecimiento de un vínculo entre
asignación monetaria
y
medidas adicionales de inserción
es el elemento que caracteriza lo que algunos describen
como "la tercera ola de las rentas mínimas"175 cuya
implantación en algunos países es la principal
y
más
reciente novedad en el proceso evolutivo experimentado
por aquéllas.
La
renta mínima de inserción no es más que
una modalidad del género amplio de dispositivos de rentas
mínimas cualificada en razón de su doble objetivo,
garantizar un mínimo vital a los sujetos en estado de
necesidad
y
eliminar las barreras que dificultan la
integración de éstos.
Con este propósito, a los beneficiarios de las
prestaciones económicas se les implica en sus procesos de
normalización social procurando su participación en
cursillos formativos
y
de reciclaje, campañas de
alfabetización, programas de empleo, actividades de
interés social, etc. actuaciones todas ellas respaldadas
por una red de servicios sociales. Si bien. el énfasis en
175
AYALA
cAÑÓN,
I1Los sistemas generales
de
rentas mínimas
en
Europa.
. . N,
ob.
cit.
.
la
inserción profundiza en la multicausalidad de la
pobreza
y
supone una considerable mejora en la búsqueda
de soluciones a la marginación y la exclusión social, lo
cierto es que la incardinación de estas actividades en la
dinámica de la ayuda monetaria plantea dificultades
conceptuales
y
de califica~iónl~~.
De lo dicho puede deducirse que las rentas
mínimas de inserción superan el tradicional tratamiento
económico-asistencialista de la pobreza y, al incidir en
los procesos que generan la precariedad
y
la exclusión,
se presentan como algo
más
que simples dispositivos de
garantía de ingresos. De hecho, "no sólo han de cumplir
los objetivos de equidad, sino que han de suponer un
impulso de movilización social
176
Aunque el análisis de esta problemática se efectúa con
posterioridad, al estudiar las rentas mínimas de inserción
implantadas por las Comunidades Autónomas, son dos las cuestiones
que han centrado el debate: por un lado, las repercusiones que, en
el título de otorgamiento de la renta mínima
y
en su consideración
como derecho, tiene el carácter obligatorio de la participación del
beneficiario en las actividades enunciadas repercute; por otro lado,
la
influencia de la suscripción de compromisos, la imposición de
obligaciones
y
la aceptación de contraprestaciones en el régimen
jurídico
de
las rentas mínimas y en la cobertura de estados de
necesidad.
177
AYALA
cAÑÓN,
en "Los sistemas generales de rentas mínimas
en Europa...", ob. cit.
pág.
260.
3)
LAS PROPUESTAS DE RENTAS GARANTIZADAS
Y
SU ACOGIDA
EN
LOS FOROS EUROPEOS
3.1)
CONSIDERACIONES PRELIMINARES
1.
Como se ha venido comentando, el incremento
progresivo y la consolidación de focos de pauperismo en
los países occidentales obedecen
a
idénticos factores
cuya mayor o menor incidencia explica la particular
evolución de las tasas de pobreza en cada uno de ellos.
Circunstancias tales como el incremento del desempleo, la
modificación de los procesos productivos, la inadecuación
de los sistemas de protección o los nuevos modelos
familiares, lejos de sorprender, constituyen hoy estampas
cotidianas en las sociedades industrializadas.
Si
la internacionalización de la economía y la
generalización de ciertas transformaciones sociales han
hecho de la pobreza un fenómeno de dimensiones
transfronteri~asl~~, es obvio que la articulación de
fórmulas adecuadas para combatirla no
es
tarea que
incumbe reservadamente a contados gobiernos o preocupe en
exclusiva a ciertas comunidades. De hecho, en los
numerosos Estados que comparten el problema se asiste a
continuos debates sobre el mejor modo de tratar con la
pobreza y se aplica algún tipo de medidas o programas
17'
Más
aún si
se
tienen en cuenta factores como la apertura
de
fronteras, la circulación de mano de obra, los flujos migratorios
y
el fenómeno de los refugiados económicos.
para su erradicación, actuaciones éstas que suscitan
opiniones encontradas.
Tratándose de una lacra común, la denominada
pobreza del desarrollo azota a toda la sociedad
occidental
y
es una realidad que afecta a países
distantes a nivel cultural, geográfico, económico etc. e
inquieta por igual a sus poderes públicos
y
ciudadanos.
La respuesta que los primeros han ido dando ante las
demandas de los segundos ha sido anacrónica; de ahí que
el ejemplo de los países pioneros se revele como un
valioso material para aquéllos otros, particularmente el
nuestro, que se han incorporado tardíamente a
los
programas de lucha contra la pobreza.
Uno de los mecanismos al que se recurre con
frecuencia es el aseguramiento de unos ingresos mínimos
cuyas bondades en la atenuación de los efectos de aquélla
le han hecho ocupar un papel relevante. Desde esta
perspectiva, cobra especial importancia la experiencia
comparada en materia de rentas garantizadas,
señaladamente la del entorno europeo a la que, por su
tradición, riqueza
y
proximidad, se dedica un posterior
apartado.
2.
Pero, además de objetivo prioritario
de
los
Estados individualmente considerados
y
referencia a
seguir por los
más
rezagados, la eliminación de la
pobreza
y
la búsqueda de estrategias para conseguirlo se
perfila como una empresa de mayor envergadura en la que
está implicada la propia comunidad internacional. El
papel de ésta es, hoy por hoy, incuestionable, no sólo
por la discutible efectividad de las medidas unilaterales
sino, también, por la proyección supranacional de los
intereses en juego.
La protección frente a situaciones de
infortunio
-y
la precariedad económica no es más que el
origen
de
un cúmulo de desdichas- se presenta como el
reverso de una serie de derechos (la dignidad humana, el
adecuado desarrollo de la personalidad individual, el
disfrute de un nivel de vida digno, etc.) cuya tutela se
encomienda a instancias internacionales por su
significación
y
trascendencia17'.
De
este modo, más allá de las fronteras
nacionales existen organismos que se erigen en
abanderados de una serie de valores, principios y reglas
cuyo respeto demanda la vinculación efectiva de los
Estados a través de obligaciones de carácter
internacional. Si la labor de la comunidad internacional
se juzga imprescindible en la salvaguarda de ciertos
derechos,
lo
es aún más cuando se trata de aquéllos que,
por imponer
un
compromiso social a los Estados, exigen
de
los mismos una decidida actuación en favor del bienestar.
Es el momento de recordar,
como manifestaciones
concretas de la intervención de instancias
supranacionales
y
del relieve internacional
que
tienen
los derechos sociales, el especial protagonismo asumido
por la Organización de las Naciones Unidas
y
por la
17'
Aunque la literatura sobre la internacionalización de los
derechos humanos es abundantísima, recuérdese la llamada de atención
de
BRUNET
sobre la necesaria intervención de la comunidad
internacional cuando afirma que "...no se puede encomendar
únicamente a los Estados la preocupación de salvaguardar
en
su
territorio el respeto de los derechos humanos...", en "La garantie
internationale des droits de l'homme", Génova,
1947,
pág.
28.
Organización Internacional del Trabajo en materia de
Seguridad Social, protección de la familia, la infancia
y
la maternidad
y,
en general, en el aseguramiento de un
nivel de vida adecuado.
La labor que ambas han desarrollado en este
campo es de sobra conocida
y
cualquier comentario al
respecto no deja de ser una mera referencia
ilustrati~a'~~. Lo que quizás pase más desapercibido es
su creciente preocupación ante la cadena de
acontecimientos que se han sucedido tras la crisis
económica de mediados de los setenta. El fenómeno de la
polarización social
y
la desigualdad económica, producido
a
partir de la generalización de recortes de gasto
público con la consiguiente erosión de las prestaciones
de seguridad social, produce intranquilidad en las
organizaciones citadas, caracterizadas por su decidida
defensa del progreso social.
Aunque el interés demostrado por ellas no se ha
materializado en la adopción instrumentos concretos de
los que pudiera derivarse algún tipo de compromiso para
los Estados en la lucha contra la pobreza
y
la exclusión
social, sí se han propiciado estudios
y
coloquios
diversos sobre las múltiples dimensiones del problema.
Entre otros, merece ser destacado el Informe de la
0.I.T
que, bajo el título "La Seguridad Social en la
180
Desde la Declaración Universal de Derechos Humanos de
1948,
que contiene una serie de derechos de carácter netamente
social, hasta el Pacto Internacional de Derechos Económicos,
sociales
y
culturales de
1966,
pasando por los numerosos Convenios
celebrados bajo los auspicios de la
O.
1.
T.
y
su importantísima labor
de difusión, promoción
y
asistencia técnica, ambas organizaciones
han dado cobradas muestras de su preocupación por la justicia social
y
por la nececesaria implantación de políticas sociales
que
garanticen una protección adecuada
y
satisfactoria.
perspectiva del año 2.00OV, efectúa un diagnóstico de los
males que la aquejan
y
propone un recetario de medidas
a
corto y medio plazo181.
En concreto, en el apartado relativo a la
pobreza, dicho informe resulta especialmente
significativo porque insiste en la imposibilidad de
reducir o eliminar aquélla con los instrumentos de
cobertura existentes cuya inadecuación era desde entonces
manifiesta. Sin perjuicio del controvertido papel que se
asigna a la Seguridad Social y a la Asistencia Social en
la protección de situaciones de necesidad, lo cierto es
que en el citado trabajo se ahonda en la conveniencia de
establecer un ingreso mínimo.
Según la opinión casi unánime del grupo de
expertos, "un mínimo nacional es indispensable para
llevar a cabo una tarea que, para todo sistema de
Seguridad Social digno de este nombre, es primoridal e
imperativa: cuidar de los desfavorecidos
y
de los
económicamente débiles". Teniendo en cuenta que la
finalidad de las recomendaciones es guiar las políticas
de Seguridad Social de los años venideros
y
que la
mayoría de los autores del informe defiende la
incorporación de la lucha contra la pobreza en la
corriente principal de aquéllas, es obvio que en el seno
de la
O.I.T.
se apuesta decididamente por la aplicación
de un ingreso mínimo.
18'
Informe de la Oficina Internacional del Trabajo, elaborado
por un comité de expertos a instancias del Director General, en
1984.
La favorable opinión que merece no implica que
el mecanismo para establecerlo
y
las condiciones
de
su
otorgamiento tengan necesariamente que coincidir en todos
los países, pues cada uno de ellos deberá decidir el
nivel, el grado de decrecimiento, el colectivo de
beneficiarios, etc., en función de sus respectivos
sistemas
y
legislaciones de protección social. En
cualquier caso, el pronunciamiento en pro de una
intensificación y extensión de las iniciativas que deben
adoptarse en este campo es una llamada de atención que se
hace a todos
y
cada uno de los gobiernos nacionales.
3.
Éstos, por otro lado, son conscientes de las
escasas posibilidades de éxito que tienen sus programas
de lucha contra la pobreza si se diseñan y ejecutan
ignorando factores tales como la pro£ unda
interdependencia de sus economías, el alto coste de las
políticas y sus repercusiones en la competitividad de los
mercados o los fenómenos migratorios que provocan las
situaciones de precariedad. Siendo opinión ampliamente
compartida la que predica "la incapacidad de los Estados
de garantizar, efectivamente, por sí solos, el goce por
los individuos de los derechos
no
parece
que, en lo que hace a la protección de los que tienen un
marcado componente socio-económico, pueda tampoco
defenderse la autosuficiencia de aquéllos.
Los Estados han asumido el hecho de que no son
universos aislados y, en consecuencia, todo lo que
pretendan conseguir en el interior de sus fronteras
182
RODRÍGUEZ-PIÑERO
M.
,
en "Antecedentes, génesis
y
significación de la Carta Social Europea",
pág.
133.
depende, en parte, de lo que ocurra fuera de ellas. Dicho
presupuesto es especialmente significativo en materia de
política social ya que, conforme a una concepción
dinámica e integrada de la misma, se ha terminado por
reconocer la fragilidad y relatividad de los logros
propios cuando no se producen avances paralelos en los
países del entorno.
Tal máxima,
que
reclama un cierto grado de
coordinación de las iniciativas nacionales para
garantizar su efectividad
y
optimizar los resultados, es
de inexcusable observancia cuando los Estados están,
además, implicados en proyectos cuya viabilidad exige la
adopción de estrategias conjuntas. De este modo, lo que
era práctica coadyuvante se torna labor imprescindible en
espacios e instancias que han hecho de la convergencia
y
la armonización una realidad cada vez más habitual,
cuando no una regla de funcionamiento.
Como es evidente, se está pensando en el
paneuropeísmo, sus dos organizaciones más representativas
y
las directrices seguidas por sus respectivos paises.
El
Consejo de Europa y la Unión Europea dan cuenta, por un
lado, de este acercamiento progresivo de los paises que
conforman la región europea en torno a inquietudes e
intereses compartidos y, por otro, de la importancia que
tiene el establecimiento de pautas comunes en la
construcción
y
consolidación de aquélla.
La paulatina aproximación de las políticas,
economías y normativas nacionales así lo confirman y la
materia que ahora nos ocupa, con cabida en estos tres
frentes, no constituye una excepción. Desde esta
perspectiva, cualquier propuesta formulada por
instituciones u órganos del Concejo de Europa o la Unión
Europea que verse sobre mejora
de
condiciones de vida
y
promoción del bienestar social proyecta su incidencia
sobre cada uno de los Estados miembros que deberán
avanzar conforme a las pautas descritas.
Los compromisos derivados de la incorporación
a las organizaciones internacional y supranacional
apuntadas limitan, formal y materialmente, la autonomía
de los Estados a la hora de diseñar sus políticas
sociales y, en consecuencia, sus programas de lucha
contra la pobreza
y
la marginación. Pero, al tiempo,
su
positiva incidencia en estos temas constituye una
garantía de progreso en el afianzamiento y mejora de los
sistemas de protección social de los diferentes países
europeos, abanderando considerables mejoras en la calidad
e intensidad de la cobertura dispensada por éstos.
En concreto, en lo que a las rentas mínimas se
refiere, el papel del Consejo de Europa
y
de algunas
instituciones de la Unión Europea puede calificarse de
fundamental en la medida en que a través de sucesivas
resoluciones, dictámenes y recomendaciones han llamado la
atención de los gobiernos de los Estados miembros sobre
la necesidad de su implantación. Aunque el
establecimiento de los mecanismos de garantía de ingresos
es, en algunos casos, anterior incluso a la existencia de
las propias organizaciones, no por ello desmerece su
labor en este campo, especialmente en lo que tiene de
concienciación
y
sensibilización sobre las múltiples
dimensiones y consecuencias que presenta el problema de
la pobreza en la sociedad europea de fín de siglo.
Si bien es verdad que el debate en estos foros
es reciente, porque nuevas son también las proporciones
y
el dramatismo que alcanza la pobreza tras la crisis de
los setenta, no es menos cierto que se ha intentado
compensar el vacío de décadas anteriores desplegando una
intensa actividad en los últimos lustros. Desde efectuar
estudios y análisis sobre el fenómeno
y
su
multicausalidad hasta promover grupos de trabajo y
conferencias de expertos sobre el tema, pasando por la
elaboración de los instrumentos
y
propuestas que
seguidamente se comentarán, son numerosos
y
variados los
frutos de esta incipiente atención que el Consejo de
Europa
y
la Unión Europea dedican a las rentas mínimas
como alternativa ante la pobreza.
4.
De lo dicho hasta el momento se desprende
que ambas organizaciones, y más ampliamente el espacio
europeo en el que se insertan, son cita obligada en
cualquier estudio que se aborde sobre los sistemas de
rentas mínimas. Dentro de este mismo contexto material y
regional
y
a pesar de que sus actividades se desenvuelvan
en planos muy específicos, debe también mencionarse, por
la proyección de sus reflexiones y aportaciones,
a
la
Organización de Cooperación y Desarrollo Económico y al
Instituto de Seguridad Social de la Universidad Católica
de Lovaina.
Sin desconocer la importante labor
desarrollada por una y otro en sus respectivos ámbitos,
su incidencia en el tema analizado no puede equipararse.
Así,
mientras la primera se ha limitado a llamar la
atención sobre el alarmante incremento de las situaciones
de pauperismo y vulnerabilidad económica183, el segundo
ha
realizado una esmerada tarea de investigación cuyo
fruto final, el conocido como Proyecto de Código de
Lovaina
(1977)
184,
está indisolublemente unido a la
renta garantizada.
Y
es que, en efecto, el derecho de
todo ciudadano a una renta mínima que le permita una
existencia humana
y
digna es el principal envite185 del
modelo de Seguridad Social propuesto en dicho trabajo.
Las novedades que se contienen en él, las
alternativas sugeridas en los trabajos acometidos en este
centro o en cualquiera de las organizaciones
anteriormente citadas y, en general, las soluciones que
se han ido aplicando en el entorno europeo constituyen
una realidad que no puede desconocerse porque enmarca, a
nivel político, normativo, institucional y geográfico,
muchos programas de lucha contra la pobreza que
contemplan la concesión de una prestación análoga.
lE3
Por ejemplo, en la reunión de Ministros de Trabajo
y
Asuntos Sociales de la OCDE celebrada en París en
1988
se hizo
pública la preocupación de los responsables políticos ante la
previsible continuidad del proceso de marginación
y
dualización
social al que se asiste en la actualidad.
184
Aunque, según ALONSO OLEA, en "Un nuevo modelo de
Seguridad Social", Instituto de Estudios de Sanidad
y
Seguridad
Social, Madrid,
1978,
pág.
11,
sus autores optaron por la
denominación de Código de Seguridad Social, el nombre completo del
texto es el de "Proyecto de Código para la armonización de las
legislaciones nacionales europeas de Seguridad Socialn.
185
Tal ambiciosa declaración, formulada en el art.
4,
es
posteriormente desarrollada en los arts.
139
a
156
del Código que,
según expone ALONSO OLEA en la pág.
14
de la obra anteriormente
citada, "atiende también como riesgo al puro
y
simple hecho de que
las rentas que se tienen no alcancen el nivel mínimo que se
determine
...
como admisible...".
Particularmente, en lo que hace a los planes
diseñados en las diecisiete CCAA, tal es la referencia
principal de los legisladores autonómicos,
y
así lo
confirman tanto sus respectivas normativas como los
estudios que acompañaron o prepararon las mismas186.
Acercarse a todo este material es, pues, imprescindible
y
por ello, sin ignorar que los foros europeos no
monopolizan el debate
y
que el ingreso mínimo no es de
aplicación exclusiva en los países de este área, en las
siguientes líneas se ofrece una visión panorámica del
mismo.
Antes de describir globalmente los diferentes
sistemas de rentas mínimas implantados en Europa, se
procurará conocer, a través de sus respectivos cuerpos de
disposiciones, la opinión
y
el criterio que mantienen al
respecto el Consejo de Europa
y
la Unión Europea. En este
doble marco de coordinación
y
armonización en el que se
procura la unificación
y
defensa de los derechos sociales
se inicia, pues, este breve recorrido sobre las
recomendaciones, propuestas
y
experiencias europeas en
materia de ingresos garantizados.
Las anotaciones
y
comentarios que se efectúen
al respecto permitirán reflexionar sobre el tan traído
modelo europeo de protección social
y
comprender esa
A
título de ejemplo, pueden citarse las leyes asturiana
6/91
y
gallega
9/91
en cuyos preámbulos se alude a la Resolución
2171
del Parlamento Europeo
y
al Dictamen de
12
de Julio de
1989
del
Comité Económico
y
Social de las Comunidades Europeas,
respectivamente. El interés demostrado por las Administraciones
Públicas autonómicas ante la experiencia de sus homólogas europeas
es especialmente evidente respecto a la renta mínima de inserción
francesa; prueba de ello es el estudio ya citado sobre la misma,
encargado por el Departamento de Trabajo y Seguridad Social del
Gobierno Vasco
y
publicado en Documentos de Bienestar Social.
política social regional que se está intentando
construir. Si, en efecto, nos hallamos en el inicio de
una larga andadura en el plano nacional
y
supranacional,
es necesario conocer la trayectoria de otros países y los
requerimientos de las organizaciones implicadas en el
proyecto para anticipar las dificultades,
deficiencias e
inconvenientes con los que habrá de enfrentarse nuestro
sistema de protección social.
3
.2
)
PLANTEAMIENTO
Y
RECOMENDACIONES DEL CONSEJO DE
EUROPA
1.
A diferencia de las Comunidades Europeas,
cuya política social fue prácticamente inexistente hasta
la superación de las concepciones economicistas
y
liberales de sus padres fundadores187, el Consejo de
Europa, en palabras de ALONSO QUESADA, "puede
vanagloriarse de una larga andadura en defensa de los
derechos sociales"188.
NO
en vano, el propio ~statuto
de la Organización prevé que la misma "tendrá como fin
conseguir una unión más estrecha entre sus miembros, con
187
Sabido es que, conforme a dicha concepción, se subordinó
la acción social a los objetivos esencialmente económicos de la
organización comunitaria
y,
como apuntan ALVAREZ
DE
LA
ROSA
y
PALOMEQUE LOPEZ, "los institutos sociales contemplados
originariamente son
...
otros tantos engranajes de la misma
maquinaria económica", en I1Derecho del TrabajoM, Edit
.
CEURA,
Madrid,
1994,
pág.
293.
188
"Planteamiento
y
recomendaciones del Consejo de Europa
sobre seguridad social
y
renta mínima", en Documentación Social, no
78,
pág.
36.
objeto de
...
favorecer su progreso económico
y
añade que al Consejo de Europa le cabe el privilegio de
ser a nivel europeo la pionera en este campo, como lo
confirma la antigüedad y proyección de sus principales
instrumentos internacionales:
el Convenio Europeo para la
protección de los derechos humanos
y
las libertades
fundamentales
y
la Carta Social Europea.
Teniendo
en
cuenta las cuestiones que han
centrado su actividad, la Seguridad Social es, sin duda,
una de las materias estrella, de lo que constituye prueba
irrefutable la ingente
y
continua labor desarrollada en
este ámbitolgO. Por ello, no resulta extraño que la
pobreza, la lucha contra
la
indigencia
y
la
reivindicación
de
un nivel de vida digno para quienes
padecen situaciones de precariedad, sean temas a los que
el Consejo de Europa dedique una atención creciente.
189
En
el art.
1
del Estatuto del Consejo de Europa (Londres,
5
de Mayo de
1949),
del que se extrae el fragmento, se añade que se
intentará conseguir el fín descrito, por el estudio de asuntos de
interés común, la firma de acuerdos y la adopción de una acción
común, así como por la salvaguardia
y
desarrollo de los derechos del
hombre y las libertades fundamentales.
lgO
Junto a Convenios cuyo contenido es estrictamente de
Seguridad Social, como los iniciales acuerdos interinos europeos
posteriormente sustituídos por el Convenio de Seguridad Social, el
Código Europeo de Seguridad Social
y
su Protocolo adicional o el
Código revisado de
1990,
existen otros de contenido más amplio, pero
también con referencias directas o indirectas a la Seguridad Social,
así, la Carta Social Europea
y
los Convenios relativos al Estatuto
jurídico del trabajador emigrante
y
a la Asistencia Sacia1
y
Médica.
Además de tales instrumentos y para completar esta relación no
exhaustiva de las actividades del Consejo de Europa en materia de
Seguridad Social, ha de hacerse referencia a las conferencias
celebradas por los ministros del ramo, fruto de las cuales se han
adoptado Resoluciones y Recomendaciones sobre aspectos tales como la
Seguridad Social de la mujer en el hogar, medidas en favor de los
pensionistas, liquidación de pensiones, generalización de la
asistencia sanitaria, etc. Cfr. Revista de Seguridad Social, no
39,
Julio-Septiembre
1988.
En cuanto fenómeno estructural, fruto de la
desigualdad económica
y
de oportunidades, el proceso de
pauperización al que asiste la comunidad europea es una
realidad que no pasa desapercibida; máxime cuando amenaza
con consolidar una sociedad dual, totalmente ajena a las
concepciones de justicia social o de solidaridad
colectiva plasmadas en los ordenamientos constitucionales
de cada uno de los Estados miembros. Los principios
y
valores enraizados en la ciudadanía europea explican
sobradamente el espíritu que informa los diferentes
debates
y
grupos de trabajo en los que se analizan los
sistemas europeos de protección social,
y
dentro de ellos
los dispositivos de Seguridad Social, valorando su
incidencia en la lucha contra la pobreza.
Ya se apuntó que, si los primeros no han
conseguido dar respuesta al problema, constatándose un
incremento del número de personas desamparadas o
insuficientemente tuteladas por la Seguridad Social, la
razón se encuentra en las condiciones de acceso a la
misma, cada vez más rígidas
y
difíciles de cumplir, así
como en las reglas de cálculo del importe de las
prestaciones. Ante esta incuestionable realidad,
unánimemente reconocida por los ministros europeos
responsables de la Seguridad ~ocial~~~, se ha insistido
en la necesidad de generalizar la protección dispensada
por aquélla
lgl
Especialmente en las últimas conferencias celebradas que,
en línea con lo expuesto, han abordado los siguientes
y
sugerentes
temas: la generalización de la Seguridad Social (Madrid
1982),
la
Seguridad Social en períodos de crisis (Atenas
1985)
y
la Seguridad
Social en una sociedad en mutación (Lugano
1989).
2.
La preocupación demostrada por este aspecto
y
el evidente interés que,
por su conexión, despierta el
tema de la pobreza se refleja en el texto final de la
Conferencia de Atenas, de
1985,
destacándose en 61 que
"la Seguridad Social bien concebida, constituye la
primera línea de defensa contra la pobreza o, como
mínimo, permite reducirla"lg2.
Para avanzar en la pretendida universalización
de la cobertura, el Comité de expertos creado tras la
celebración de la primera Conferencia ya planteaba la
instauración de regímenes no contributivos que concedan
una pensión bajo condiciones de recursos, como una de las
posibles alternativas en el sector de prestaciones193.
En esta misma línea, el Comité de Ministros del Consejo
de Europa ha aprobado varias recomendaciones, una de las
cualeslg4 apunta la flexibilización de los requisitos
de acceso
y
su aplicación igualitaria, la armonización de
ciertas definiciones
y,
sobre todo, el derecho a
prestaciones no contributivas, como medidas específicas.
Que el Consejo de Europa es sensible a la
problemática de la pobreza y defensor de las rentas
lg2
Y
ello a pesar de que, como se señala en el mismo
comunicado final, la lucha contra la pobreza no constituye un
objetivo encomendado generalmente a los sistemas de seguridad
social.
lg3
Particularmente en lo que se refiere a las prestaciones de
vejez. Aunque la sugerencia contribuye, en efecto, a generalizar la
protección, el Comité la hizo en el marco de un estudio inscrito en
el programa de trabajo trazado tras la Conferencia de Estrasburgo en
1979;
en él se pretende desarrollar la cooperación internacional con
el fín de reducir, progresivamente, las desigualdades existentes
entre los países miembros sobre la extensión y nivel de protección
de sus respectivos sistemas de seguridad social.
lg4
Recomendación sobre generalización de las prestaciones de
vejez e invalidez
(1987).
mínimas lo demuestra el hecho de que se creara a
instancias del mismo un grupo de trabajo encargado de
medir
e
inventariar el alcance del fenómeno en los
Estados miembros. Sin embargo, si entonces "se llamaba la
atención sobre la necesidad de atenuar el carácter
humillante de determinadas modalidades de concesión de
prestaciones sociales"lg5
,
el reconocimiento del
derecho a una renta mínima no pasó de ser una mera
propuesta196.
Tampoco salió adelante, aunque se tramitara
ahora como ~ecomendaciónl~~, la iniciativa de requerir,
a los gobiernos de los países miembros cuya legislación
no prevé una renta mínima garantizada,
la instauración de
sistemas de protección social de tipo universallg8. Si
bien el rechazo de la Asamblea Parlamentaria generó una
cierta frustración entre los que consideran a la renta
mínima como un eficaz mecanismo para combatir la pobreza,
no cabe duda que el debate no ha finalizado
y
que, en el
futuro, el Consejo tendrá que pronunciarse de manera
decidida al respecto.
lg5
QUESADA POLO, en I1Planteamiento
y
recomendaciones.
. .
",
~b.
cit. pág.
49.
lg6
En la Resolución
893
de la Asamblea Parlamentaria,
aprobada el
24
de Abril de
1980,
se propuso la incorporación de tal
derecho en el Convenio Europeo de Derechos Humanos
y
en la Carta
Social Europea.
lg7
El proyecto fue rechazado en la la Asamblea Parlamentaria,
en
1989,
por un escaso margen de votos.
lg8
Además del establecimiento de prestaciones de base mínimas
que permitan a los ciudadanos más desfavorecidos y a sus familias no
solamente sobrevivir, sino vivir dignamente (apartado
6.c
del
Proyecto de Recomendación).
En cualquier caso, no han sido baldíos los
esfuerzos realizados hasta ahora y continúan abordándose
estudios y presentándose sugerencias para mejorar
determinados aspectos de las rentas mínimas y optimizar
sus resultados; señaladamente la de vincular su
atribución a la participación de los beneficiarios en
programas de inserción, fórmula propugnada, entre otros,
por el propio Consejo de ~uro~al~~ y que cuenta con un
número cada vez mayor de adeptos.
3.3.1)
Primeras iniciativas
1.
También en el ámbito comunitario, la
combinación y complementariedad de las políticas de
garantía de recursos
y
las de integración social es una
idea ampliamente defendida. En
el
contexto de la Unión
Europea se ha resaltado el carácter multidimensional de
la pobreza
y
la exclusión y, conforme a una concepción
amplia, global
y
coherente de la protección social, se
pretende que todos los Estados adapten sus respectivos
lg9
Las medidas de acompañamiento en el campo de la
reinserción social y profesional fueron consideradas un aspecto
fundamental en el proyecto de recomendación comentado; así, se pedía
a
los gobiernos de los Estados miembros que establecieran medidas de
inserción como complemento de la ayuda financiera. Ya en
1986,
con
ocasión de las Jornadas de estudio sobre la pobreza,
celebradas bajo
los auspicios del Consejo de Europa,
WRWSINSKI
apuntaba que "ha de
combatirse la resignación
de
los pobres haciéndoles partícipes
de
la
idea de
que
deben
y
pueden superar su condición de marginados".
sistemas para conseguir un doble objetivo: la
erradicación de la precariedad mediante prestaciones
económicas suficientes
y
la lucha contra la marginación
a través de dispositivos que favorezcan la autonomía
y
la
promoción
de
los necesitados.
Siendo ésta la filosofía que inspira las más
recientes iniciativas de la Comunidad, ha de señalarse,
sin embargo, que en un primer momento la actividad
desarrollada por dicha organización puso su énfasis en la
necesidad de garantizar unos recursos mínimos a todos los
ciudadanos, dispensando un tratamiento exclusivamente
económico al fenómeno de la pobreza. La perspectiva de
reinserción social es, por tanto,
una
exigencia que
comienza a generalizarse en Europa a finales de la década
de los ochenta.
No debe olvidarse, por otro lado, que sólo unos
años antes la propuesta del espacio social europeo era
una realidad lejana, cuando no impensable,
y
que la
voluntad política de progresar en la construcción del
mismo no se manifestó formalmente hasta
1985~".
Por este motivo, sólo a partir de entonces,
y
a medida que la política social europea inicia
y
concluye
200
Si bien con anterioridad se reparó en la atención
específica
que
demandaban los problemas sociales de la comunidad
y
algunas instituciones reivindicaron el papel decisivo
y
autónomo de
la política social en la construcción de la unión europea, hubo que
esperar a
1984
para que, con la adopción del Programa de acción
social comunitario a medio plazo, se sentaran las.bases teóricas
del
nuevo proyecto. La aceptación del espacio social europeo es una
realidad tras el Informe del Comité Dooge (Bruselas,
1985)
en el que
se apunta
que
"un espacio económico interior integrado debe estar
asentado, no solamente en las políticas industrial, económica
y
monetaria, sino también en
la
política social".
etapas avanzando en su proceso de
comienza a abordarse en foros comunitarios la
problemática de la pobreza
y
a proponerse la instauración
de
un ingreso mínimo social para combatirla. Bien es
verdad que, inicialmente, tal cuestión fue planteada de
manera instrumental al analizarse factores como el de la
crisis económica, las reestructuraciones industriales, el
incremento de las tasas de desempleo
y
las repercusiones
de este escenario sobre los sistemas nacionales de
Seguridad Social.
Éste es el' propósito de trabajos como el
documento de la Comisión de las Comunidades Europeas de
16 de septiembre de 1986 que versa, precisamente, sobre
problemas de Seguridad Social
y
en el que se abordan
temas de interés común.
A
los riesgos de precariedad
económica
y
exclusión social que genera el desempleo se
dedica un capítulo del informe cuya principal aportación
es la de provocar un debate generalizado en torno a la
instauración de un ingreso mínimo social
Una más temprana atención mereció el contexto
en el que se sitúa éste,
la
erradicación de la
indigencia, empresa que ha impulsado, no sólo actuaciones
parciales o locales sino, también, una acción comunitaria
201
En un primer momento, la noción de la dimensión social del
mercado interior hace que la política social continúe teniendo
un
carácter complementario. Con posterioridad, tras el Acta Unica
Europea
(19861,
se refuerza la idea de la cohesión económica
y
social
y
se centran las miras en la reducción de las diferencias
interregionales
y
en el desarrollo de políticas comunes. El relativo
respaldo
a
la formulación del espacio social europeo que supone la
Carta comunitaria de los derechos sociales fundamentales de los
trabajadores
(1989)
no impide que los países miembros, de nuevo con
la excepción británica, aprueben un Protocolo sobre política social
(Maastrich
1992)
en el que reafirman su intención de avanzar en la
línea trazada por la Carta.
específica de lucha contra la pobreza. Fruto de esta
política, que se ha ido fortaleciendo progresivamente, es
la elaboración de programas
y
estudios experimentales, el
primero de los cuales se remonta a
1975.
Sin embargo, ante el aumento del fenómeno en
número
y
en intensidad202, el Parlamento consideró
prioritario dirigir mayores esfuerzos a intervenciones
y
medidas in situ con el fín de evitar que los mismos
siguieran concentrándose en investigación e intercambio
de información. En la línea de tal apreciación,
manifestada en la Resolución de
16
de septiembre de
1988
sobre la lucha contra la pobreza en la ~omunidad~~~,
y
con las miras puestas en la elección de medios más
eficaces para combatirla, se formulan una serie de
reflexiones
y
sugerencias. Cabe destacar las que
enfatizan la necesidad de una ayuda alimentaria para
hacer frente a las consecuencias de la pobreza
y
aquellas
otras que insisten en los problemas de marginación y
exclusión social que suelen asociarse a la misma. En este
sentido, se pide a la Comisión que apoye los programas
que fomenten la participación de las personas más
desfavorecidas
y
que
estimule la instauración, en todos
los Estados miembros, de una renta mínima garantizada,
para favorecer la inserción de los ciudadanos más pobres
en la sociedad.
'O2
En 1988, año en el que finalizó un programa de lucha
contra la pobreza cuya puesta en práctica fue autorizada a la
Comisión por el Consejo, mediante Decisión 85/8
(DO
L
2
de 3.1.85),
se calculaba
que
45
millones
de
europeos eran víctimas de la
pobreza.
2.
Qué duda cabe que el volumen de paro de la
Comunidad, además de estadísticamente preocupante por su
coste económico, personal
y
social, es el elemento
explicativo de la existencia de nuevas bolsas de pobreza
y
de una fractura social importante. La relación de ambos
presupuestos ha sido constatada en diferentes trabajos
sobre
la
dimensión social del mercado interior que se han
llevado a cabo en el seno de la Comisión
y
del Parlamento
Europeo.
En algunos de ellos se ha insistido en la
necesidad de reforzar los mecanismos de solidaridad de
que dispone la sociedad
y
de rediseñar continuamente los
programas de ayuda social con el fín de adaptarlos a los
nuevos fenómenos que surgenm4. Con esta concepción
dinamicista de la protección social, el aseguramiento de
un nivel mínimo de ingresos para todos los individuos ha
dejado de ser una medida ideal para convertirse en
elemento integrante de una acción eficaz en pro de las
personas menos f
avore~idas~~'.
No obstante, no pasa desapercibido que el
tratamiento otorgado a éstas difiere según sea su
relación con el mercado de trabajo. Dicho en otras
palabras, en el seno de la Unión Europea se reproducen
los esquemas tradicionales conforme
a
los cuales la
protección de la situación de necesidad se desenvuelve en
un doble plano atendiendo al carácter de trabajador
204
Apartado 58 del Documento de trabajo de la Comisión de las
Comunidades Europeas, Bruselas,
14
de Septiembre de 1988.
205
Apartado
46
de la Resolución del Parlamento Europeo sobre
la dimensión del mercado interior, doc.
A
2-399/88.
excluído o simple individuo pobre o menos favorecido que
ostente el sujeto en cuestión. Así, mientras éstos son
potenciales destinatarios de los beneficios de la
asistencia social o de ayudas financieras que les
permitan un nivel de vida aceptable206, los primeros
son titulares del derecho a unos ingresos mínimos
garantizados
y
deben poder disfrutar de prestaciones
y
de
recursos suficientes, adaptados a su situación
personal207.
De lo dicho se desprenden dos consideraciones
importantes: por un lado, la necesaria articulación de
mecanismos que, favoreciendo la integración socio-laboral
de los colectivos subsidiados
y
dependientes, atenúen la
dualización que provoca el desempleo a todos los niveles;
por otro, la configuración de la renta mínima como un
derecho reconocido a toda persona que se encuentre en
situación de necesidad
y
que carezca de recursos
económicos, siempre que esté posibilitada para acceder al
mundo laboral.
3.
Se reafirma, pues, la idea de que sólo
influyendo sobre las causas estructurales de la exclusión
social
y
económica puede combatirse eficazmente el
alarmante incremento de la población en situación de
pobreza
y
marginación. Lo que era una realidad constatada
y
una propuesta reiteradamente formulada se tradujo, en
206
En estos términos se pronuncia el Parlamento Europeo en el
apartado
46
de la resolución anteriormente citada.
207
La consideración de derecho social fundamental que se
afirma en el apartado
56
de la misma resolución es,
posteriormente,
confirmada, en la Carta comunitaria de los derechos sociales
fundamentales de los trabajadores, aprobada, por sólo once de los
Gobiernos comunitarios, en Estrasburgo el
9
de Diciembre de
1989.
1989, en el establecimiento de un programa comunitario de
acción a medio plazo relativo a la integración económico
y social de las categorías de personas menos
Los ambiciosos objetivos del programa y las
diversas actividades a las que se destina la ayuda
financiera que la Comisión podrá fomentar y/o
proporcionar209, no ocultan el hecho de que no hay
integración posible si el sujeto implicado no tiene
cubiertas sus necesidades básicas. El Consejo, en este
sentido, al tiempo que afirmó que "la exclusión no
encuentra únicamente su razón de ser en la falta de
recurso^^^,
reconoció que "un componente esencial de la
actuación contra dicha exclusión era la existencia de un
conjunto de medidas que garantizaran un nivel de
prestaciones
y
recursos su£ icientesu2l0.
La asociación de ambos presupuestos es, como se
ha dicho, la esencia de la renta mínima de inserción que
tiene, por ello, un propósito dual que la perfila como
una prestación cualitativamente distinta a la mayoría de
208
Según la Decisión 89/457 del Consejo, de 18 de Julio de
1989, dicho programa se establece para el período comprendido entre
el
1
de Julio de dicho año
y
el
30
de Junio de 1994.
209
Para garantizar la coherencia social de todas las medidas,
contribuir a la elaboración de medidas preventivas, producir modelos
organizativos innovadores, realizar una labor de información,
coordinación, evaluación e intercambio de experiencias, etc. (art.
2),
la Comisión financiará, entre otras actividades, la puesta en
práctica de medidas tipo implantadas en el tejido local
y
las
iniciativas innovadoras tomadas por organizaciones no
gubernamentales para la integración económica
y
social de los menos
favorecidos así como la evaluación de experiencias
y
el intercambio
periódico de datos (art
.3)
.
210
Resolución del
29
de Septiembre de 1989 del Consejo
y
de
los Ministros de Asuntos Sociales de los países comunitarios.
las articuladas hasta el momento. No se trata,
evidentemente, de una modalidad novedosa para la propia
organización comunitaria puesto que, desde años atrás
y
en
Resoluciones sucesivas, el Parlamanto Europeo las ha
propugnado, dirigiéndose a la Comisión
a
fin de que
estimule su instauración en los Estados miembros. Sin
embargo, puede afirmarse que las esperanzas depositadas
en ella han hecho de
su
establecimiento
y
generalización
una estrategia de creciente interés en los programas para
la erradicación de la pobreza.
Aunque no todo son ventajas
y
halagos, pues se
renuevan los interrogantes en torno a su viabilidad,
riesgos de estigmatización, complejidad de los
procedimientos, efectos perversos en el mercado de
trabajo, disfuncionalidades en la propia dinámica de la
inserción, etc., es imposible desconocer el espacio que
corresponde a las rentas mínimas de inserción en una
política integrada
y
coherente de lucha contra la pobreza
y
la marginación.
En cualquier caso, si el papel que tales rentas
juegan hoy en los sistemas de protección social
nacionales es todavía reducido, el que, teórica
y
potencialmente, están llamadas a desempeñar en la
política social de los Estados miembros parece ir
in
crescendo. Al menos así se deduce de los numerosos
estudios
y
con£ erencias211 que, desde diferentes
211
Organizada por la Universidad de Bath
y
auspiciada por
la
Comisión, como
lo
fuera
la
de Tilques en
1988,
se celebró a mediados
de Noviembre de
1989,
la Conferencia Europea sobre renta básica en
Cumberland Lodge (Inglaterra). Con asistencia de representantes de
los Estados miembros
y
de especialistas
y
técnicos, se abordó el
(continúa.
.
.
)
instancias
comunitarias, se han promovido en los últimos
años, durante los cuales se asiste, por lo demás, a
nuevas experiencias.
Prueba de ello es la Recomendación del Consejo
del
24
de junio de 1992~'~~ elaborada, tras
pormenorizados trabajos preparatorios, siguiendo la
propuesta del Programa de acción y desarrollo de la Carta
comunitaria de derechos sociales fundamentales de los
trabajadores213. En ella se insiste en la necesidad de
asociar las diversas formas de ayuda inmediata con
medidas encaminadas a integrar económica y socialmente a
las personas afectadas. Late, pues, en todo el texto la
pretensión de que todos los Estados hagan suya la idea de
unos recursos suficientes en el marco de
programas integrados y globales de lucha contra la
marginación.
Si bien se había advertido con anterioridad que
corresponde a cada Estado decidir, mediante la aprobación
de la norma correspondiente, aspectos tales como su
cuantía, criterios de cálculo, financiación, etc., la
instauración de rentas mínimas de inserción es una
211
(
. .
.
continuación)
tema de la renta mínima
y
la posibilidad de su instauración en todos
los Estados miembros. Aunque ninguna de las ponencias se centraba en
el aspecto promocional de las prestaciones, la experiencia francesa
propició comentarios
y
reflexiones diversas sobre la oportunidad de
articular mecanismos que favorezcan la inserción de los
beneficiarios en el marco de políticas de lucha contra la exclusión
social.
212
DOCE
L
245,
26.8.92.
213
El referido programa, aprobado el mismo mes que la Carta,
propuso recomendar la convergencia de objetivos en materia de
protección social
y
la adopción de criterios comunes relativos a la
existencia de unos recursos
y
prestaciones suficientes en los
sistemas
de
Seguridad Social.
recomendación que aspira a lo deseable dentro de lo
posible. El Consejo es consciente de que no puede
defender un proyecto único de aplicación uniforme en
todos los Estados pero, aún así, pretende que éstos
reconozcan un derecho subjetivo general a una garantía de
recursos y prestaciones suficientes dentro de un
dispositivo de lucha contra la marginación social,
adaptando, cuando sea necesario, los sistemas de
protección social nacionales para conseguir estos
obj
etivos214.
4.
Comentada, a título meramente orientativo,
una selección de los textos de mayor significación, ha de
recordarse que son numerosos y variados los documentos,
informes e instrumentos normativos que se hacen eco de la
actualidad de las rentas mínimas y del creciente interés
que suscitan en diferentes foros europeos.
Para finalizar este recorrido no exhaustivo por
el material comunitario existente sobre renta mínima
y
lucha contra la pobreza, debe hacerse una referencia
especial a la importante labor desarrollada por el Comité
Económico
y
Social de la Unión Europea. Esta institución,
que desempeña funciones de carácter consultivo, ha puesto
de manifiesto en diferentes dictámenes los problemas que
subyacen en un contexto de precariedad e inseguridad
económica.
214
En este sentido, existe una recomendación explícita del
Consejo (Diario Oficial de las Comunidades Europeas,
26-8-92)
sobre
los criterios de convergencia de los sistemas asistenciales
comunitarios de cara a garantizar un nivel mínimo de ingresos a cada
ciudadano. En ella se insiste en la necesidad de reconocer el
derecho fundamental de cada persona a un nivel suficiente de
recursos
y
asistencia social para vivir de un modo compatible con la
dignidad humana.
Si, ya con anterioridad, advirtió sobre los
riesgos que entraña la deficiente cobertura de los
sistemas nacionales de protección social, en
1986
denunció el cúmulo de desastres que se encadenan ante dos
tendencias contrarias, la alcista de las tasas de
desempleo y la restrictiva de los programas de Seguridad
socia1215. Ante tal panorama, se explica que, para el
CES, una renta mínima garantizada sea "un arma importante
para detener el deslizamiento de los niveles de vida
precarios a una pobreza severa" ya que "un descenso
brusco de la renta o la pérdida del derecho a la
protección social es el momento crucial que sume a los
afectados en la espiral imparable de privaciones
múltiples"216.
Consciente de que la dependencia de una ayuda
financiera restringe la libertad del asistido y consolida
la tan temida estigmatización y dualización social, el
CES ha hecho suya la batalla en favor de una renta mínima
que sirva a dos objetivos complementarios: la
satisfacción de las necesidades esenciales del
destinatario y su reinserción gradual en la sociedad.
Ésta es una de las ideas eje del Informe sobre la pobreza
elaborado en el seno de dicha institución que,
posteriormente, se convirtió en el crucial Dictamen
aprobado por unanimidad en la sesión plenaria del
12
de
215
El Comité, en su dictamen de
1986
sobre el desarrollo
social de la Comunidad, resaltó que "las categorías de personas
que
están ya afectadas muy severamente por los problemas del empleo son
a menudo golpeadas de nuevo cuando los subsidios son demasiado bajos
o cuando simplemente no están cubiertas por la Seguridad Social".
216
ROSEINGRAVE
T.,
en "Enfoque
y
recomendaciones del Comité
Económico y Social
...",
ob. cit., pág.
128.
julio de
1989.
En la confianza de que la provisión de una
renta mínima de inserción contribuye a eliminar
la
indigencia
y
la marginalidad, se recomienda dar
preferencia, entre otros, a los programas de acción de la
Comunidad Europea que la contemplen.
3.3.2)
La difícil armonización
en
materia
de
ingresos
garantizados
1.
De
fecha más reciente, concretamente de
noviembre de 1994, es la declaración conjunta sobre el
futuro de la protección social en Europa. Dicho texto,
cuyo comentario sirve de hilo conductor a las reflexiones
siguientes, fué suscrito por los Presidentes
y
Secretarios Generales de los Consejos Económicos
y
Sociales de los Estados miembros de la Unión Europea
participantes en la convocatoria anual.
Congregados para analizar las modificaciones
que deben introducirse en los sistemas de protección
social nacionales a fín de mejorar su viabilidad y
garantizar su continuidad, en la citada reunión se
trataron, además, otras cuestiones de interés, como el
deseable acercamiento de las políticas sociales
y
la
progresiva conformación de un modelo europeo
de
protección social.
Como es sabido, los sistemas de protección
social de los países europeos,
y
dentro de ellos los
regímenes de Seguridad Social, se han desarrollado a unos
ritmos
y
siguiendo unas orientaciones diferentes, fruto
en cada caso del modelo, británico
o
germánico, en el que
se inscriben pero, sobre todo, del peculiar contexto en
el que se diseñan y aplican. El resultado es la
existencia de numerosas
y
muy acusadas particularidades
nacionales en aspectos que van desde la estructura
y
la
organización administrativa o la financiación
y
gestión
hasta la extensión subjetiva
o
la intensidad de la
cobertura dispensada.
Si bien esta situación preocupó, en un
principio, por
sus
eventuales repercusiones en los costes
de
producción, las capacidades competitivas, la afluencia
de capitales, la libre circulación de mano de obra, etc
.
,
con el tiempo el tema comenzó a abordarse desde
perspectivas más amplias, aumentando el interés por el
mismo. Se confirmaba con ello que la aproximación de las
legislaciones nacionales de Seguridad Social no sólo era
un medio para eliminar distorsiones en el ámbito
económico
y
en el funcionamiento del mercado común sino,
también, un instrumento al servicio de una finalidad muy
precisa, la equiparación por la vía del progreso de las
condiciones de vida
y
de trabajo.
Aunque no son éstos momento ni lugar adecuados
para abordar un estudio en profundidad sobre tan
espinosos temas, es obvio que las conclusiones que se
adopten al respecto no son ajenas a las rentas mínimas
pues su papel como mecanismos de neutralización de la
pobreza y cobertura de necesidades depende de la suerte
que corran los sistemas de protección en los que se
integran.
En este sentido, reconociendo que los profundos
cambios sociales, económicos, demográficos,
etc.
dificultan la viabilidad de un sistema
de
protección
social basado en presupuestos
ya
superados,
los Consejos
Económicos
y
Sociales coinciden en que el mismo debe
mantenerse como "instrumento de equilibrio, de cohesión
social
y
de solidaridad entre los habitantes de todos los
Estados miembros".
Sin embargo, si bien destacan la especial
atención que merecen los más desamparados de la sociedad
y
la necesidad de combatir la exclusión social por todos
los medios posibles, ni la pobreza ni las rentas
mínimas217 son aludidas en el texto que, por contra,
enfatiza la importancia de otros aspectos.
Así,
el
anunciado matiz financiero de la reforma hace que, salvo
puntuales declaraciones de voluntad como las
citadas218, la práctica totalidad de los
pronunciamientos giren en torno a medidas de
racionalización
y
control del gasto, reducción del
déficit, promoción del empleo
y
eficacia de la gestión.
Las
modificaciones propuestas,
que
deben
contribuir a mejorar los sistemas de protección
nacionales, incrementan las posibilidades de
En realidad, salvo la referencia a la racionalización de
las prestaciones por jubilación, no se examina ninguna prestación o
pensión concreta ya que el documento
se
limita a ofrecer una visión
panorámica de los sistemas de protección, describiendo de manera
general sus problemas
y
proponiendo alternativas al respecto.
218
En la misma línea, se afirma que debe darse cumplimiento
a la decisión política de mantener el nivel de integración social
que constituye la base de la convivencia ciudadana, señalándose en
otro apartado del texto,
que
el
modelo de sociedad de Europa
presupone la búsqueda constante de la calidad de vida
y
una
preservación dinámica del modelo europeo de protección social
garantizado por el Estado.
homogeneización de unos
y
otros al reducir las
divergencias existentes entre ellos. No obstante,
ésto no
es suficiente para progresar en la configuración de un
modelo europeo de protección social ya que, como
acertadamente recoge la declaración conjunta, "es
necesario definir unos objetivos comunes,
establecer una
progresividad en la puesta en marcha de los mismos
y
fijar un procedimiento de seguimiento y evaluación
periódica que permita apreciar la evolución hacia
aquéllos".
2.
Tales iniciativas resultan particularmente
relevantes en determinados ámbitos, verbigracia, aquéllos
en los que están en juego derechos como el de la dignidad
humana
y
principios como el de la solidaridad, la
justicia social y el bienestar colectivo, todos ellos
pilares fundamentales de las democracias europeas.
En
este sentido, tras describir las disfuncionalidades
de
los sistemas de protección, el documento reseñado insiste
en que ha de darse una respuesta común europea
y
trabajar
a fin de conseguir unos derechos sociales mínimos para
todos los países.
Sin negar el papel esencial de la Unión Europea
en el establecimiento de los mismos, desde algunos
sectores se ha juzgado necesario elevar el tono de la
propuesta y exigir que las garantías de rentas mínimas se
desarrollen a nivel europeo219. Así, considerando que
219
Y
ello porque, como apunta
GF¿AHAM
ROOM,
los procesos de
cambio económico de la Comunidad son también responsables del
aumento de la inseguridad. ("Conclusiones técnicas de la Conferencia
Europea sobre renta mínima", Revista de Seguridad Social, no
41,
1989,
pág.
261.).
En
la misma línea, pero pronunciándose a favor de
(continúa
... )
su reconocimiento no puede dejarse en manos de los
Estados miembros, sus regiones o comunidades locales, se
ha dicho que "el derecho, como tal, a una renta básica
mínima debería establecerse dentro de la propia
Comunidad"220.
Las posibilidades de que ésto ocurra, al menos
a corto plazo, son tan reducidas que la mera oponibilidad
frente a las autoridades comunitarias de un derecho
subjetivo a la renta básica no pasa de ser un espejismo.
Y
es que, si las expectativas eran poco halagüeñas
y
no
mejoraron tras la aprobación de la Carta Comunitaria de
los Derechos Sociales de los Trabajadores, menos
optimista es el horizonte que se atisba para los próximos
años.
Ante tal prospectiva, deben ensayarse
alternativas más viables
y
realistas para generalizar los
dispositivos de ingresos mínimos
y
borrar el espectro de
la miseria
y
la precariedad. La solución pasa por retomar
la trascendental noción de cohesión económica
y
social
y,
conforme a ella, avanzar en el desarrollo armonioso del
conjunto de
la
Unión Europea mediante políticas comunes
219
( .
. .
continuación)
la convergencia de los sistemas de rentas mínimas, se pronuncia
LEGW
J.
al señalar que si el desarrollo de la integración europea
ha propiciado la extensión de nuevas formas de exclusión, la
Comunidad se convierte en responsable de atenuarla, proponiendo al
respecto el autor que fije las directrices
a
seguir ("On the
convergence o£ guaranteed minimum income schemes", Universidad of
Bath,
1990).
220
ROSEINGRAVE
T.,
en "Enfoque
y
recomendaciones del Comité
Económico
y
Social...", ob. cit., pág.
131.
que reduzcan las diferencias entre las diversas regiones
y
el retraso de las menos favorecidas221.
El desigual desarrollo de los países es,
precisamente, el origen de las divergencias constatadas
entre los sistemas de protección social nacionales, lo
que determina, a su vez, el variopinto panorama existente
en lo que al reconocimiento de los dispositivos de
ingresos mínimos se refiere.
Así,
como muestra de la
diversidad reinante en materia de política social, ni la
concesión de los mismos es una práctica generalizada en
todos los Estados miembros de la Unión ni su
articulación, en aquéllos que sí la contemplan, obedece
a concepciones y fórmulas idénticas.
Este dispar punto de partida evidencia las
enormes dificultades que deben sortearse para extender la
aplicación de las rentas mínimas, máxime cuando su
implantación exige esfuerzos
y
adaptaciones que no todos
los Estados pueden o quieren asumir. Ante la
imposibilidad de imponer, directa
o
mediatamente, un
sistema uniforme de ingresos mínimos, la consolidación de
una política social regional que los incluya como áreas
de actuación prioritaria se convierte en una necesidad
imperiosa.
Y
es que la nula vinculabilidad jurídica
predicada de la Carta, en la que la garantía de recursos
221
Art.
130
A
del Tratado de Roma, incorporado al Título
V
que,
como es sabido, fue añadido por
el
art.
23
del Acta Única
Europea.
se contempla de modo parcial, causal
y
es
extensible a todo el material comunitario relativo a las
rentas mínimas que se ha comentado hasta ahora. Al
tratarse de normas, propuestas u opiniones no
vinculantes, su aplicación efectiva en cada uno de los
países comunitarios depende de variadas circunstancias,
la mayoría de alcance eminentemente nacional, cuya
incidencia podría atenuarse de existir una decidida
actuación comunitaria de apoyo, promoción, financiación,
asesoramiento
y
supervisión de los procesos de
instauración de sistemas de ingresos garantizados.
Desgraciadamente, los programas de lucha contra
la pobreza de la Unión Europea han sido escasos tanto en
número como en presupuesto
y,
como se dijo, si hasta
ahora no se ha avanzado en el diseño de un proyecto común
tendente al progresivo establecimiento de dispositivos de
rentas mínimas, los últimos acontecimientos y tendencias
no parecen indicar un cambio de rumbo. Así, a la
desregulación social, la lenta recuperación económica, la
flexibilización normativa, la degradación de derechos a
meros principios,
la necesaria contención de los déficits
públicos o la falta de unanimidad en la adopción de
acuerdos ha de añadirse "el nuevo enfoque restrictivo de
la acción comunitaria en materia social, que supone la
renuncia a la armonización hacia arriba de los derechos
222
En realidad, como apuntan RODRÍGUEZ-PIÑERO
M.
y
CASAS
BAAMONDE
M"
E.,
en "Por una Constitución Social European, Relaciones
Laborales, no
13,
pág.
1,
la Carta no otorga a los ciudadanos de los
Estados derechos subjetivos oponibles frente a las autoridades
comunitarias o nacionales. En opinión de dichos autores, a pesar de
que muestra una cierta preocupación por los derechos proclamados en
ella y un propósito de dotarles de una significación
y
efectividad
jurídicas superiores a las de los meros principios políticos
...
el
instrumento
que
se utiliza al efecto es extremadamente liviano.
de los Estados miembros
y
acepta
y
respeta la diversidad
de los derechos nacionales"223.
3.
Aunque formulada desde una perspectiva más
amplia, la anterior afirmación es sintomática de los
aires que se avecinan
y
explica gráficamente la
ralentización del reconocimiento efectivo del derecho de
todo ciudadano europeo
a
unos ingresos mínimos con los
que atender sus necesidades básicas. Evidentemente, la
técnica de
la
armonización, prevista en el art.
117
del
Tratado constitutivo de la Comunidad Europea
y
señalada
como uno
de
los elementos más importantes de la
integración política a la que se aspira224, no
encuentra hoy una atmósfera demasiado propicia en el
ámbito de la política de protección social.
Los principios en los que se inspira225, su
fundamento ético-jurídico
y
el indudable papel que
desempeña como motor de avance en la pretendida cohesión
social
y
económica226 no ocultan el controvertido
alcance
y
la discutible viabilidad
de
la armonización en
un contexto de recesión e incertidumbre como el actual
y
22
RODRÍGUEZ-
PIÑERO
M.
y
CASAS
BAAMONDE
M"
E.
,
en "Por una
Constitución Social...", ob. cit., pág.
5.
224
VANPRAAG
P.,
en "Armonización de la Seguridad Social en la
C.E.E.",
ob. cit., pág.
214.
225
Siguiendo a
DE
LA
VILLA,
en "Armonización de la Seguridad
Social en la C.E.E.", Instituto de Estudios Fiscales, Ministerio de
Hacienda, Madrid,
1975,
pág.
10,
tales son, sintéticamente: la
aceptación de mas directrices comunes, el mantenimiento de las
peculiaridades propi.as de cada legislación admitiendo cualquier vía
capaz de conducir a resultados análogos
y
el perfeccionamiento de
los instrumentos aptos para aminorar las diferencias existentes.
226
Véase, entre otros, "Posibilidades de armonización de las
prestaciones sociales en la CEEn, de
CANNELA
G.,
en "Armonización de
la seguridad social...", ob. cit., págs.
143
y
SS.
en un aspecto tan delicado como la instauración de una
última red de protección.
Frente a la técnica
de
la coordinación, con una
limitada influencia sobre la regulación positiva de los
sistemas nacionales, la política de armonización
compromete a los Estados a reducir las discrepancias
existentes entre sus legislaciones, efectuando a tal fín
los reajustes normativos necesarios.
Ha de tenerse en cuenta, sin embargo, que, en
aras de la armonización social
y
jurídica, no puede
pretenderse que los Estados renuncien, por ejemplo, a
mejorar sus niveles de protección
o
a adecuar ésta a la
evolución de ciertas variables por mucho que las
correspondientes modificaciones legislativas aumentenlas
diferencias respecto a otros países. Repárese, por lo
demás, en el hecho de que no todos los países cuentan con
un modelo acabado
y
perfectamente definido de protección
social lo que está en consonancia con el dinamismo
y
constante evolución de la sociedad
y
de los problemas a
los que debe darse respuesta.
Los sistemas nacionales de Seguridad Social
re£ lejan la concepción que, en materia de política social
y
por razones históricas, económico-sociales o de mera
oportunidad, impera en cada país, motivo por el cual sus
gobiernos ven con desconfianza toda iniciativa regional
que ignore los condicionantes, factores, objetivos
y
opiniones que conforman el modelo por el que han
apostado.
El
recelo ante las propuestas de armonización
se agudiza aún más si las mismas persiguen la
generalización
de rentas mínimas, imponiendo mayores
sacrificios a los Estados cuyos niveles de protección
social más se alejan, subjetiva
y
objetivamente, del
umbral medio o general; aquéllos que, por razones
diversas -escasa voluntad política, coste financiero de
los programas, atención prioritaria a otros objetivos,
etc.- carecen de dispositivos semejantes o, simplemente,
están en inferioridad de condiciones, difícilmente
secundarán iniciativas que, para equipararlos al tono más
elevado de cobertura de los sistemas vecinos, hipotequen
el futuro
de
los propios.
Por lo dicho hasta ahora es obvio que, ya
persiga la eliminación de las diferencias sociales y
la
distribución más equitativa de la riqueza, ya la
igualación en el progreso
y
la mejora de las condiciones
de vida, se trata de una labor que cuenta con numerosos
inconvenientes de carácter jurídico, político
y,
sobre
todo, financiero. No en vano, sean cuales sean las metas,
se ha afirmado que "la armonización tiende a lo
socialmente deseable, pero se limita a lo económicamente
posible"227.
De ahí que, conociendo los insuperables
condicionamientos impuestos por el desigual desarrollo de
los países, la propia Comisión haya entendido que deben
rechazarse las propuestas de eliminación de las
disparidades para concentrar los esfuerzos en el
establecimiento de niveles mínimos de protección
susceptibles de mejora. En el mismo sentido se pronuncian
227
VELDKAMP
J.,
en
!)La armonización
de
la Seguridad
Social...",
ob.
cit.
pág.
235.
los Consejos Económicos y Sociales participantes en la
reunión anual
de
1994
que coinciden en la necesidad de
mantener los actuales niveles de protección, evitando, en
una primera fase, la aparición de mayores divergencias
entre los Estados miembros para caminar después hacia las
posibilidades de homogeneización de los sistemas de
protección social.
4.
En conclusión, respecto
a
los ingresos
garantizados la única lectura que puede hacerse de lo
hasta ahora expuesto es que, además de negársele
institucionalmente su condición de derecho social por no
reconocerse como tal en ningún instrumento comunitario,
se renuncia
a
exigir su implantación como nivel básico de
protección social o suelo mínimo de cobertura a dispensar
por los sistemas nacionales.
Desechada la primera vía y pospuesta sine die
la segunda, puede apuntarse, como reflexión final, que
queda
aún
mucho camino por recorrer si se pretende que,
al estrenar el nuevo siglo, todo ciudadano europeo
disponga de un nivel mínimo
de
recursos con el que
satisfacer sus necesidades básicas. Mientras tanto, el
debate sobre la necesaria convergencia de los sistemas de
rentas mínimas continúa abierto, creciendo en intensidad
y
diversificándose el alcance de las propuestas.
Desde los requisitos de justicia
y
cohesión en
la
construcción del espacio social europeo hasta los
peligros del
dumping
social tantas veces apuntado pasando
por la previsible movilidad de flujos de .población, son
cada vez más numerosos
y
sólidos los argumentos proclives
a la misma. Los problemas, en palabras de
AYALA
cAÑÓN,
"surgen a la hora de valorar los posibles criterios que
puedan guiar las líneas de convergencia"228
y
ello
porque, como ya se ha comentado y se verá seguidamente,
son innumerables las diferencias presentes en los
esquemas nacionales de rentas mínimas.
No obstante y para avanzar en esta línea, la
Comunidad debe continuar su labor de sensibilización
respecto a la necesidad de implantar dispositivos de
ingresos garantizados allí donde no existan, procurando,
en cualquier caso, que se intensifique la protección de
los grupos menos favorecidos
y
que se eleve,
progresivamente, el nivel de cobertura de los sistemas
nacionales.
De
este modo, no sólo se propicia el
acercamiento de legislaciones
y
políticas sino que,
además, se clarifica el modelo
de
protección social por
el que debe apostarse y, lo que es más importante, se
contribuye
a
hacer realidad la igualdad de derechos entre
los ciudadanos comunitarios.
228
"Los sistemas generales
de
rentas mínimas
:
. . .
",
ob. cit.
,
pág.
266.
4)
LOS
DISPOSITIVOS
DE
RENTAS
MÍNIMAS
EN
LOS
PAÍSES
COMUNITARIOS
1.
A
pesar de que ningún Estado ha optado por
la fórmula de una prestación universal para asegurar unos
recursos básicos a los más necesitados, la mayoría de los
países europeos cuenta con algún dispositivo de rentas
garantizadas.
La
idea
de
establecer programas de ingresos
mínimos está, pues, presente en casi todas las políticas
nacionales de protección social pero, dada la función de
"última malla de seguridad" que desempeñan estas
prestaciones, sus perfiles varían considerablemente en
unos territorios y otros.
La instauración de mínimos sociales en el
continente europeo se ha producido de manera paulatina
y
secuencia1 ya que su aplicación ha tenido lugar
en
períodos sucesivos, al hilo de ciertos acontecimientos
y
procesos de carácter fundamentalmente económico pero,
también, social y político. Lógicamente, los años
transcurridos entre la aparición de los primeros
mecanismos de garantía de ingresos
y
las más recientes
experiencias han dejado su huella en estas prestaciones
cuyo rostro se ha ido modelando desde
1933,
fecha a la
que se remonta el SOCIAL
BISTAND
danés, hasta la más
reciente instauración del
REVENU
MINIMUM D,INSERTION
francés en 1988, posteriormente modificado en
1992.
Así, los sistemas pioneros se instauraron
durante una fase de bonanza
y
expansión económica por lo
que resultaban excepcionalmente necesarios ante "el buen
funcionamiento de los mecanismos primarios laborales
y
de
Seguridad ~ocial"~~~. Tras la crisis de los setenta,
aumentan los problemas de financiación y
las
fisuras de
los sistemas de protección social, potenciándose la
vocación asistencia1 de los ingresos mínimos, ante la
generalización de situaciones de pobreza. Un nuevo cambio
de rumbo, en lo que a la concepción de las rentas mínimas
se refiere, se produjo con su vinculación a programas de
inserción, siendo éste el rasgo definitorio de algunos de
los dispositivos de ingresos garantizados que se pusieron
en marcha en la pasada década.
No obstante, no puede afirmarse que cada
período de tiempo se corresponde con un tipo diferenciado
y
singular de rentas mínimas; todo lo más, con una
particular instrumentación de éstas. Incluso tal
conclusión debe admitirse con reservas ya que, por
ejemplo, la orientación general del SUPPLEMENTARY WELFARE
ALLOWANCE irlandés, sistema de rentas mínimas instituido
en
1977,
se aproxima más a la del británico que a la de
su contemporáneo, el
MINIMEX
belga, que se aleja
considerablemente de los restantes dispositivos de los
países comunitarios.
229
ROJO
TORRECILLA,
en "Rentas mínimas
y
protección social
en
la
Europa comunitaria", Cuadernos Jurídicos,
no
16,
pág.
9.
2.
Por otro lado, si con su implantación se
aspira
a
atenuar las insuficiencias
y
lagunas dejadas por
los tradicionales sistemas de protección social, basta
con recordar las profundas divergencias existentes entre
los regímenes nacionales de Seguridad Social, para
adivinar que la diversidad ha de ser también una
constante en los esquemas europeos de rentas mínimas.
Cada uno de ellos trata de atender a distintos
objetivos, según el volumen
y
naturaleza de las
necesidades
a
cubrir, apuntándose en este sentido que
"cuanta mayor importancia tenga el mecanismo primario de
mantenimiento de rentas, menos relevante será el sistema
secundariou230. El hecho de que las rentas mínimas "no
sean inteligibles más que desde la referencia al conjunto
de la protección impide pensar en un modelo
único de prestación porque la configuración de ésta
dependerá, entre otros factores, de los huecos
y
rigideces que aquél presente en cada marco estatal.
Dicho en otras palabras, los ingresos
garantizados sólo se conciben en función de los
correspondiente sistemas a los que complementan
y
en los
que se integran
y
éstos, como es sabido, no operan nunca
bajo idénticos parámetros. No puede olvidarse, por otro
lado, la vinculación que existe entre la renta
garantizada
y
el mercado de trabajo lo que,
indudablemente, supone un factor adicional de diversidad.
230
AYALA
cAÑÓN,
en llLos sistemas generales de rentas
mínimas...",
ob.
cit. pág.
226.
231
QUINTÍN
O.
:
Conferencia europea sobre la renta básica:
conclusiones políticas", Revista de Seguridad Social, no
41,
1989,
pág.
274.
Así las cosas, coincidiendo las legislaciones
nacionales "en la búsqueda de las fórmulas más apropiadas
para paliar la continua emergencia de nuevas
necesidades..
.
lo que varía es el modo en que han de
instrumentarse los dispositivos de rentas mínimas
y
a qué
tipo de población deben atender"232. El ámbito
subjetivo de aplicación
y
la intensidad de la cobertura
son algunas de las variables en torno a las cuales giran
las particularidades detectadas en los esquemas europeos
de rentas mínimas.
A
partir de ellas
y
teniendo en cuenta
las prioridades
y
propósitos de cada sistema, se
localizan numerosos rasgos distintivos que afectan
a
aspectos tales como los requisitos de acceso, la
duración, cuantía
y
dinámica de las prestaciones o los
derechos asociados a su percepción
y
las obligaciones
impuestas.
Cualquier estudio comparado de las mismas pone
de manifiesto, además, las diferentes formas de
financiación
y
gestión a las que se recurre, "los
enrevesados tipos de suficiencia que existen en las
rentas mínimas nacionales"233, los dispares métodos de
cálculo utilizados para su determinación
y,
sobre todo,
los discrepantes planteamientos que fundamentan las
fórmulas por las que, finalmente, se opta. El sesgo
ideológico que se esconde tras ellas introduce nuevos
matices a la hora de catalogarlas como derecho o mero
232
AYALA
cAÑÓN: "Los sistemas generales de rentas mínimas en
Europa...", ob. cit. pág. 224.
233
GRAHAM
ROOM, en I9Conferencia europea sobre rentas mínimas:
conclusiones técnicasn, Revista de Seguridad Social, no 41,
1989,
pág.
264.
auxilio social, de dotarlas de carácter universal o
limitado o de asignarles un importe u otro según el nivel
de vida mínimo o digno que se pretende proporcionar a sus
perceptores. Qué duda cabe que la determinación de dicho
nivel, la fijación de la cuantía de la prestación, la
consideración de los conceptos computables, etc. son
importantes puntos de fricción entre los diversos
sistemas nacionales en lo que hace a las fórmulas
adoptadas para garantizar la renta básica.
La existencia de una amplia red de prestaciones
que desempeñan la función del mínimo social y la
constatación de acusadas diferencias entre ellas,
dificultan considerablemente la descripción general de
los mecanismos de rentas garantizadas de los países
comunitarios. No obstante, su análisis comparado revela
la presencia de determinados rasgos comunes que, por su
significación y entidad, constituyen una referencia
excelente para caracterizar, globalmente y haciendo
abstracción de las particularidades, las experiencias
nacionales de ingresos garantizados.
3.
Antes de proceder al examen conjunto de
las mismas
y
sin perjuicio de lo que entonces pueda
apuntarse, conviene hacer ciertas reflexiones en torno a
la eventual existencia de modelos o patrones de rentas
mínimas, comentando al hilo de la exposición algunos de
los factores que han podido condicionar los diferentes
esquemas europeos.
Teniendo en cuenta que los ingresos
garantizados no son sino piezas de unos entramados de
protección social más amplios, parece lógico imaginar que
el predominio del elemento asistencia1 o del contributivo
en un sistema dado, determinaría "a priori" el diseño de
su correspondiente ingreso garantizado.
En
este sentido
cabe plantearse si la mera adscripción de los sistemas
nacionales a uno de los dos grandes modelos de Seguridad
Social explicaría, de modo razonable, ciertas similitudes
y
desemejanzas observadas en la red de rentas básicas,
autorizando, en tal caso, su dual tipificación en torno
a aquél dato.
De hecho, si conforme a los planteamientos
originales de Beveridge, la garantía de una renta mínima
forma parte integrante de la Seguridad Social, según la
tradición bismarckiana serviría de complemento a una
protección de marcada orientación e~ional~~~.
Tomando como referencia los paradigmas más
significativos de una
y
otra línea, son notables las
particularidades que distinguen al
INCOME
SUPPORT
británico, de carácter residual pero considerable cuantía
y
concebido en una estructura profundamente centralizada,
del
SOZIALHILFE
alemán, prestación diferencial sometida
a prueba de recursos
y
financiada en un porcentaje
considerable por cada Lander al que corresponde, también
y dentro de unos límites, fijar su importe.
La proyección exterior de las anteriores
figuras es, no obstante, limitada
y
sus esquemas no
tienen reflejo inmediato en otros dispositivos europeos
234
En cuanto prestaciones asistenciales
y
como expone
MILANO
S.
"son concebidas en los sistemas bismarkianos para que nadie se
quede sin nada para vivir
y
en los sistemas beveridgianos para
incrementar hasta el mínimo legal las prestaciones mínimas de la
Seguridad
Socialn,
en "Le revenu minimum garanti dans la CEEv,
París,
PUF,
1989,
pág.
14.
ya que, como se predica de los modelos atlántico y
continental, "existe gran diversidad en la proporción con
la que se combinan los elementos de uno
y
En
consecuencia, ni los caracteres o rasgos típicos de
aquellas prestaciones han sido reproducidos literalmente
ni ellas han servido de ejemplo único
y
exclusivo a
posteriores experiencias. Es más, en lo que hace
concretamente al Reino Unido, no sólo se cuenta con otro
mínimo asistencíal, el FAMILY CREDIT, sino que, en la
actualidad, ni siquiera se aplica
el
dispositivo
de
rentas garantizadas tal y como
fué
concebido
originariamente236.
Desde su creación, se han producido ciertos
cambios en la configuración inicial de las prestaciones
que, ante los numerosos reajustes efectuados en el
sistema de protección social británico, han terminado por
reducir su cuantía
y
duración. Por otro lado, el aumento
de beneficiarios ha reforzado el papel atribuído, en un
principio, a las rentas mínimas
y
así, Irel creciente
235
Con estas palabras, ALARCÓN CARACUEL y GONZÁLEZ ORTEGA se
refieren, en su "Compendio de
...",
ob. cit., págs. 28
y
42,
a los
sistemas mixtos que predominan en la mayoría de los países como
resultado de la fuerte tendencia al acercamiento entre los modelos
puros.
236
El régimen de prestaciones complementarias original
(Supplementary Benefit) fue sustituído en 1988 por un nuevo régimen
de sostenimiento de la renta, el mencionado INCOME SUPPORT que
centra su atención en la ayuda a los verdaderos necesitados y a las
familias trabajadoras de renta baja. También los iniciales
complementos de renta familiar (Family Income Supplement)
desaparecieron para dar paso a un nuevo crédito, el
FAMILY
CREDIT,
destinado a personas con una cierta actividad profesional.
recurso a las mismas cuestiona el supuesto carácter
residual que deberían tener"237.
Sin embargo, no es sólo el dispositivo
británico el que ha cambiado; otros sistemas han
modificado, también, sus esquemas iniciales a través de
sucesivas reformas
y
casi todos han visto incrementar el
volumen de perceptores de sus respectivas prestaciones
asistenciales. El espacio de éstas se ha ampliado, tanto
en los países de marcada orientación atlántica como en
los de influencia germánica, contribuyendo con ello a
difuminar los perfiles teóricos de ambos modelos cuyo
progresivo acercamiento ha dado paso al ya comentado
predominio de sistemas mixtos.
En realidad, a partir de la crisis económica y
ante la manifiesta desprotección de las situaciones de
necesidad que afloran con ella, se asiste a un
relanzamiento de los ingresos garantizados pero,
también,
a una reformulación de los principios
y
objetivos que
impulsaron, décadas atrás, su nacimiento.
En este sentido, no faltan estudios que
analizan los rasgos distintivos de los diferentes
mecanismos nacionales situándolos en el tiempo
y
resaltando el contexto que condiciona la aparición y
formulación de los mismos238. Si bien cada autor sigue
237
AYALA
cAÑÓN,
en IrLos sistemas generales de rentas
mínimas...", ob. cit., pág
234.
238
Puede citarse, entre otros, "Los sistemas de renta mínima
garantizada. Realizacionesr1, ponencia de EWRARD
F.,
expuesta en la
Conferencia europea sobre renta básica (Cumberland Lodge,
Inglaterra, Noviembre de
19891,
"Rentas Mínimas
y
protección social
en la Europa comunitaria", derROJO TORRECILLA
o
el tantas veces
mencionado trabajo de
AYALA
CANON, rrLos sistemas generales de rentas
mínimas en Europa".
su propio criterio a la hora de agruparlos239, el
perfil cronológico que trazan permite apreciar la
evolución que han experimentado los dispositivos de
ingresos garantizados
y
las pautas conforme a las cuales
se diseñan
y
conciben, en cada etapa.
En cualquier caso, se amplíen o reduzcan los
períodos de referencia
y
los ejemplos nacionales
incluídos, es lógico que existan ciertas coincidencias
entre los sistemas coetáneos, porque surgen en similares
circunstancias para dar respuesta, desde una perspectiva
próxima, a una problemática común. Prueba más que
elocuente de ello es la sintonía con la que el REVENU
MINIMrJM
GARANTI
luxemburgués
y
el REVENU MINIMUM
D,INSERTION
francés, máximos exponentes del comentado
giro que han dado los sistemas de rentas mínimas,
intentan superar las fracasadas fórmulas tradicionales
y
apuestan por estrategias globales de lucha contra la
pobreza
y
la marginación
4.
Si el panorama europeo de ingresos
garantizados no propicia la localización de modelos o
tipos
de
éstos, la variedad de elementos presentes en su
239
Concretamente,
AYALA
C. distingue tres olas de rentas
mínimas: la anterior a la crisis económica, la que surge a partir de
ella
y
la que se inicia en la segunda mitad de los ochenta. Por su
parte, la autora reseñada describe las experiencias de los países
agrupándolos en cuatro secciones, si bien la última incluye a los
que no cuentan con un dispositivo de renta garantizada a nivel
nacional.
El
profesor
ROJO
T.,
por Último, diferencia dos períodos
históricos
y,
en consecuencia, dos grandes tendencias
de
rentas
mínimas según pongan su acento en la dimensión económica o en la
social.
240
ESTIVILL
y
DE
LA
HOZ
distinguen, en "~aa rentas mínimas
garantizadas
y
de inserción", Mon Laboral, Extra 89- 90, pag
.
23,
dos
generaciones de países en su aplicación de la renta garantizada,
apuntando que la principal diferencia entre la primera
y
la segunda
es, precisamente, la declaración explícita por parte de los
componentes de ésta de perseguir la finalidad de la inserción.
funcionamiento y la disparidad de variables a considerar
relativizan, como se ha visto, cualquier clasificación de
los diferentes sistemas nacionales de rentas mínimas en
torno a un conjunto de caracteres o rasgos.
Así, aunque el momento de su instauración
o
la
tradición del sistema de protección social en el que se
insertan expliquen las mayores o menores coincidencias
apreciadas entre algunas rentas mínimas, el alcance de
tales factores es más aparente que real a la hora de
establecer una cierta tipología. En realidad, toda
disposición por clases o categorías resulta sólo
parcialmente orientativa ya que ni existen arquetipos o
puntos de referencia unívocos, ni los dispositivos
nacionales se han realizado conforme a unos mismos
diseños, ni hay, por último, ningún sistema de renta
mínima que, por
imitar241.
Es más,
multifuncionalidad
dar una sóla
su perfección, se deba seguir e
si la Mductilidad, policromía
y
de las rentas mínimas hacen difícil
de£ ini~ión"~~~, estas mismas
características unidas a las irrepetibles coordenadas en
las que se produce la articulación de cada una de ellas
confirman su lógica resistencia a ser clasificadas. Por
ello, las tipologías propuestas no reproducen ni
identifican auténticos modelos y no tienen, por tanto,
24i
Como señala QUINTÍN
O.
,
en "Conferencia Europea sobre
rentas básicas. Conclusiones políticas",
RSS,
no
41,
pág.
274,
"los
sistemas de renta mínima son los elementos de una política de lucha
contra la exclusión
y
solamente son evaluables si caracterizan
sociológicamente a las poblaciones amenazadas por esa exclusión".
242
ESTIVILL
y
DE
LA
HOZ,
en "Las rentas garantizadas
y
de
inserción", ob., cit., pág.
20.
más valor que el de resaltar los rasgos diferenciales de
los sistemas comunitarios de ingresos garantizados,
poniendo el acento
en
unos
u
otros aspectos.
Sin ánimo de ahondar en este tema
y
como última
consideración respecto a la posibilidad de reconducir los
sistemas de renta mínima europeos a tipos o clases,
conviene recordar que ni siquiera la función
complementaria o sustitutiva de tales dispositivos es, en
la práctica, un criterio de distinción relevante243.
1.
Con el objetivo, no de proporcionar una
descripción exhaustiva de cada uno de ellos, sino de
ofrecer, a partir de sus rasgos comunes, un retrato
global
y
conjunto de los diferentes sistemas, se exponen
a continuación, las notas más significativas de los
dispositivos de ingresos garantizados implantados en los
Estados miembros de la Unión
Frente a las propuestas defendidas por los
liberales, las rentas mínimas implantadas en Europa han
243
Entre otros, MILANO
S.,
en su estudio "La revenu minimum
garanti dans la CEEsv, París,
1989,
pág.
14,
hace referencia a esta
doble tipología, distinguiendo entre la renta mínima garantizada que
se inserta en la protección social existente
y
la completa
y
la
renta mínima garantizada sustitutiva, que, como su nombre indica,
sustituiría al conjunto de las prestaciones sociales vigentes.
244
España, Grecia, Portugal e Italia quedan excluidos de este
comentario general al tratarse de países en los que no existe una
red mínima garantizada a nivel nacional.
renunciado a reemplazar los sistemas
y
prestaciones
existentes y, reconociendo las insuficiencias de unos
y
otras, se limitan a atenuarlas. Aunque su incorporación
en los sistemas nacionales se efectúa a través de
fórmulas diversas, el carácter complementario parece ser
una constante en los ingresos garantizados de los países
comunitarios. En este sentido, ha apuntado
CHANTAL
que
Itsu introducción ha tenido la finalidad de complementar
el sistema social vigente para llenar las lagunas, sin la
voluntad de transformarlo o reestru~turarlo'~~~.
Nunca, como con en estas prestaciones, ha sido
tan evidente que la situación de necesidad es una .noción
dotada de una extraordinaria fuerza expansiva
11
246
1
capaz de contrarrestar las rigideces impuestas por
conceptos como riesgo social, contingencia o hecho
causante, todos ellos de corte claramente restrictivo
pero profundamente arraigados en las políticas de
mantenimiento de rentas.
A
di£ erencia de los mecanismos que las aseguran
sólo cuando se han perdido, los ingresos mínimos son
dispositivos "destinados a garantizar a todos los
ciudadanos una cobertura de los niveles básicos de
subsistencia"247 y por ello complementan una renta
--
245
El ingreso mínimo garantizado.
:
experiencias europeas",
Seminario nPrestaciones no contributivas
y
lucha contra la Pobreza",
Instituto Sindical de Estudios, Madrid,
1989.
ALARCÓN
CARACUEL
M.
R.
y
GONZÁLEZ ORTEGA
S
.
,
en Compendio
de Seguridad Social", ob. cit., pág.
115.
247
ESTIVILL
J.
y
DE
LA
HOZ,
"Las rentas mínimas garantizadas
y
...",
ob. cit., pág.
22.
cuando es insuficiente o la proporcionan cuando no
existe248. Suplen ya la escasez ya la falta de recursos
provenientes del trabajo, del patrimonio, de las
prestaciones sociales o, incluso, de las obligaciones
legales de alimentos, elevando en cualquier caso los
ingresos del perceptor hasta un umbral fijado por cada
legislación en su respectivo país.
Intervienen, por tanto, a título doblemente
complementario ya que, si por un lado integran las
lagunas de los sistemas de protección, principalmente de
los regímenes de Seguridad Social,
por otro, se adicionan
a los recursos propios del beneficiario para cubrir ese
mínimo previamente especificado.
De lo dicho se desprende que los ingresos
garantizados se presentan, además, como prestaciones de
carácter diferencial, reproduciéndose, también en lo que
hace a este aspecto, la diversidad a la que se ha venido
haciendo referencia. Así, mientras que en Holanda o el
Reino Unido, dos figuras distintas cumplen la función del
mínimo a~istencial~~', en Bélgica, por ejemplo, "existe
una red de mínimos sociales muy diversificada con
248
Ésta última estrategia es la que más tardíamente se ha
desarrollado a nivel nacional, excepto en el Reino Unido, jugando,
por lo general,
un papel marginal hasta la aparición del fenómeno de
la nueva pobreza que ha obligado a un replanteamiento de la
protección social. En estos términos se expresó SHüLTE B. en la
ponencia que, sobre las estrategias para el mantenimiento de la
renta, pronunció en la Conferencia Europea sobre Renta Mínima
(Cumberland Lodge, Inglaterra, Nqviembre de
1986).
Esta y otras
ponencias son comentadas por MARTINEZ
LOPEZ
F.
en ltRenta básica o
mínima", Revista de Seguridad Social, no
41, 1989,
págs.
143
y SS.
249
De modo similar al Incomme Support
,
destinado a los que no
trabajan
y
al Family Credit que complementa los ingresos de familias
cuyo sustentador trabaja, en los Países Bajos coexisten dos formas
de rentas mínimas, según se trate de parados que, además de reunir
otros requisitos, hayan agotado prestaciones de desempleo (RWW) o de
familas con insuficiencia de ingresos
(ABW).
prestaciones superiores a la del Minimex que cumple, por
ello, un papel claramente residualn250.
Las anteriores y otras muchas experiencias
"han sido efectuadas para proporcionar ayudas a las
familias que no están protegidas por los regímenes de
seguro o que se hayan insuficientemente protegidas por
ellos, sea porque ninguno de sus miembros tiene una
ocupación normal, sea porque su base de ingresos es
demasiado baja, sea porque padecen varias desventajas a
la
El carácter complementario
y
diferencial de las
rentas mínimas, apuntado unánimemente en los numerosos
análisis comparados efectuados hasta la fecha, hacen de
ellas una ayuda subsidiaria, sujeta a la investigación
previa de los recursos del interesado. Es precisamente
este último dato el que propicia la puesta en
funcionamiento de un complejo proceso administrativo que,
a juicio de
EUVRARD,
hace que el número de beneficiarios
sea inferior al potencialmente elegible252.
2.
En cualquier caso, lo cierto es que los
dispositivos analizados no pueden confundirse ni con las
250
AYALA
cAÑÓN
L.
,
en I1Los sistemas generales de rentas.
.
.
",
ob. cit.
,
pág.
234.
Aunque se ha constatado un aumento progresivo de
perceptores del
MINIMEX,
éste se dirige
a
las situaciones de pobreza
más severa ya que coexiste con formas de protección destinadas a
ciertas categorías de personas (ancianos, minusválidos, etc.) que
gozan de regímenes especiales
y
más favorables)
251
EUZEBY
CH.,
en "El ingreso mínimo garantizado:
experiencias
y
...",
ob. cit., pág.
56.
252
Ésta y otras sugerentes reflexiones fueron recogidas en la
ponencia "Los sistemas de renta
garantizada.Realizaciones",
pronunciada en el curso de la Conferencia Europea, sobre Renta Mínima
(Inglaterra, 1989)
y
comentada por
MARTINEZ
LOPEZ
F.,
en "Renta
básica o
...",
ob. cit., pág. 151.
prestaciones mínimas o garantía de mínimos que conceden
los regímenes de seguro ni con aquellas otras
transferencias de rentas o prestaciones complementarias
otorgadas para satisfacer necesidades puntuales
o
específicas.
Y
es que, como ayuda de subsistencia, el
ingreso mínimo se concede para satisfacer necesidades
corrientes o básicas, lo que no impide su eventual
acompañamiento por otras pretaciones especiales, de
carácter discrecional o no,
o
que lleven implícitos otros
derechos asociados (asistencia sanitaria, programas de
formación, servicios de alojamiento
y
guardería, etc.)
.
Es más, la renta garantizada consiste, casi siempre, en
una ayuda exclusivamente pecuniaria253.
El importe de las prestaciones varía
considerablemente de unos dispositivos nacionales a otros
pero, también, dentro de cada uno de ellos, en función de
los recursos de los que dispone el solicitante o de las
necesidades familiares. Por este motivo se suelen
establecer diferentes suplementos atendiendo al número de
componentes del hogar famliar o a la concurrencia de
ciertas circunstancias en sus miembros (minusvalía, edad,
viudedad, etc.)
.
253
demás
de las excepciones de Francia
y
Luxemburgo que,
como se ha dicho,
incorporan programas de inserción socio-laboral en
sus sistemas nacionales de ingresos garantizados, en otros países se
han adoptado disposiciones
y
medidas tendentes a la formación,
readiestramiento
y
perfeccionamiento profesional de los
percepctores,
al
fomento de la creación de empresas por éstos, a su
participación en actividades públicas, etc. Sin embargo, estas
medidas se mantienen más o menos al margen de los dispositivos de
rentas mínimas, si bien se percibe una tendencia a la coordinación
con éste.
Ya se adelantó que, tanto el nivel de la
prestación como su cálculo dependen de los baremos,
reglas, procedimientos de actualización
y
suplementos
establecidos en cada legislación nacional. Así, los
ingresos mínimos de base se fijan con arreglo al salario
mínimo legal en ~olanda~~~, a la pensión de vejez en
Finlandia, a una canasta de bienes considerados
indispensables en Alemania o sin referencia a ningún
parámetro en Francia.
Por su parte, a la hora de efectuar el cómputo
de los recursos propios
y
determinar la cuantía
diferencial de la renta mínima se opta por soluciones que
van desde la totalización de todos con independencia de
su naturaleza
y
origen, caso de Dinamarca, hasta la
exoneración de algunas rentas
de
actividad, como ocurre
en ~él~ica~~~,
O
la consideración de una cierta
proporción de ellas, así en los Países Bajos, pasando por
la acumulación del ingreso garantizado con subsidios
familiares en Luxemburgo.
Ha de tenerse en cuenta que, si bien la calidad
de la cobertura social no depende exclusivamente de las
variables expuestas -pues deben valorarse, además, los
requisitos de acceso de los beneficiarios o la duración
254
El caso holandés es especialmente significativo porque su
cuantía es prácticamente igual
a
la del salario mínimo y, a
diferencia de los restantes ingresos garantizados europeos cuya
cuantía es independiente de la evolución
de
las rentas medias del
conjunto de la población, el de los Países Bajos trata de mantener
su posición relativa.
La cuantía del
MINIMEX
no siempre se fija de manera
diferenciada ya que es un ingreso complementario sólo a partir de
un
determinado umbral de recursos por debajo del cual, recursos propios
y
prestación pueden sumarse.
de las prestaciones, por ejemplo- resultan ilustrativas
del nivel de protección dispensado por cada sistema
nacional de ingresos garantizados256. La diversidad de
fórmulas existentes es, precisamente, uno de los
principales escollos en la convergencia hacia una renta
mínima garantizada en el seno de la Unión ~uro~ea~~~.
En cuanto a la duración del ingreso mínimo, ha
de apuntarse que, en consonancia con el carácter
permanente de las necesidades, será previsiblemente
ilimitada mientras se mantengan las condiciones que
propiciaron
la
concesión
de
la prestación.
No
obstante,
suele otrogarse inicialmente para un período determinado
de tiempo, prorrogándose e, incluso, revisándose su
cuantía de forma periódica, tras un examen de los
recursos disponibles o, en su caso, de las contrapartidas
cuando éstas estén previstas258.
3.
Atención especial merece el catálogo de
requisitos que determinan en cada país
y
para su
256
Véase al respecto la triple clasificación que realiza
CHANTAL E. en "El ingreso mínimo garantizado. Experiencias
.
.
.
11,
ob.
cit., pág. 162
y
SS.,
quien, apuntando acertadamente que "sería
peligroso o no significativo asilar el ingreso mínimo del resto de
la cobertura social", distingue tres grupos de países según el nivel
de protección dispensado finalmente por la renta mínima
y
el
conjunto de la cobertura social.
257
PETERS
M.
,
en la ponencia presentada sobre el tema en la
Conferencia de Cumberland Lodge, Inglaterra,
1989,
plantea una serie
de interrogantes que debenresolverse al respecto; muchos de ellos
versan, precisamente, sobre las cuestiones apuntadas: ¿cuál debe ser
el nivel de una renta mínima?, Leste nivel debería relacionarse con
el coste de la vida, la renta media disponible
o
el salario mínimo?,
¿cómo debería variar ese nivel según la tabla
y
la composición de
los hogares? o, finalmente ¿la renta mínima debe ser o no
completamente individual? (Cfr.
MARTINEZ
LOPEZ,
"Renta básica o
...",
ob. cit., págs.
157
y
SS.)
258
Es el caso, por ejemplo, de la renta mínima de inserción
francesa que sólo es renovable si a los tres meses de su concesión
se ha firmado el correspondiente contrato de inserción.
respectiva renta mínima, el perfil de los potenciales
beneficiarios de las mismas. Como apunta
AYALA
cAÑÓN~~', "aunque existe una imagen estereot ipada de
las rentas mínimas como prestaciones de carácter
universal, una rápida revisión de las condiciones de
acceso obliga a matizar tal afirmaciónI1. Ciertamente, la
pretendida universalidad de las prestaciones no es tal
cuando la exigencia de condiciones referidas a la
nacionalidad, residencia, edad, etc., restringe
considerablemente el acceso a las mismas, excluyendo
ciertos colectivos de población.
También en este aspecto las disposiciones
legislativas varían mucho de unos países a otros y,
así,
la renta mínima está destinada en Luxemburgo a las
personas de más de treinta años, domiciliadas en ese
Estado y con una residencia no inferior a una década
mientras que en Dinamarca o el Reino Unido, por ejemplo,
pueden obtenerla los mayores de edad aún cuando sigan
viviendo con sus padres.
Haciendo abstracción de las particularidades
nacionales, son principalmente los jóvenes y los
extranjeros -o ciertas categorías de ellos
260-
quienes
presentan mayores dificultades para disfrutar de las
rentas mínimas. Tal restricción no deja de resultar
significativa cuando son éstos colectivos especialmente
259
En "Los sistemas generales de
. .
.",
ob. cit., pág
240.
260
El requisito de la residencia está muy extendido,
exigiéndose
en
menor medida la nacionalidad respecto a la cual
suelen establecerse excepciones para los refugiados, asilados,
ciudadanos europeos o, en el caso francés, de otros países con los
que se han suscrito tratados bilaterales.
afectados por la precarización del empleo y, en el caso
de los segundos, por la marginación y la pobreza. Ha de
tenerse en cuenta, por otro lado, que la prueba de
recursos, la exigencia de ciertas contrapartidas o la
necesaria concurrencia de circunstancias que
imposibiliten la autonomía personal (invalidez,
ancianidad, etc) son presupuestos adicionales que
cuestionan la noción de universalidad en el contexto de
las rentas garantizadas.
No obstante ello, desde el momento en que se
reunen los requisitos para la atribución
y
se cumplen las
obligaciones exigidas, la renta mínima se concede
automáticamente, configurándose así como un derecho
susceptible de ser ejercitado una vez se constata el
estado de necesidad. No faltan, en este sentido,
comentarios acerca del carácter de "cuasi derechou del
ingreso garantizado en la medida en que "está sometido al
poder de apreciación de las colectividades territoriales,
variable acorde con el grado de rigos de las tensiones
presupuestarias y el estado del mercado de trabajon261.
Respecto a la financiación de las prestaciones,
la situación es, también, variopinta y, si bien la tónica
general es la participación mayoritaria de los
presupuestos estatales, tal aportación es íntegra en
países como Irlanda, más reducida en Francia y, por
nombrar una situación intermedida, en un cincuenta por
ciento en Bélgica o Dinamarca donde los costos se
261
EUZEBY
CH.,
en "Asistencia Social
y
Renta Mínima
Garantizada",
IV
Jornadas de Estudio de Economía de los Servicios
Sociales.
reparten por igual entre el Estao
y
las comunas o
municipios. Particular interés tiene la reciente reforma
de? ingreso garantizado de los Países Bajos -el conocido
como
ABW-
cuyo funcionamiento y financiación dependen, en
gran medida, de los municipios, responsables de
incrementar hasta un máximo del
20
por ciento de la
prestación base, la cuantía final de ésta si aquélla no
resulta suficiente para atender las necesidades
básicas.
La misma diversidad comentada cabe predicar de
la gestión
y
administración de las rentas mínimas
nacionales, debiendo destacarse, no obstante, que la
descentralización es la pauta dominante y que tales
tareas se confían generalmente a instancias
territoriales.
Ante un panorama tan rico en matices, resulta
arriesgado elaborar un concepto general de renta mínima,
válido para todas las prestaciones que, con idéntico o
similar perfil, desempeñan, en sus correspondientes
ámbitos de aplicación
y
siempre en Estados miembros de la
Unión Europea, esta función de última malla de seguridad
a la que tantas veces se ha hecho referencia. Es
igualmente peligroso efectuar una valoración global de
las experiencias de los países comunitarios en materia de
ingresos garantizados pues, como también se ha reiterado,
todos presentan patrones distintos
y
no pueden aislarse
de sus respectivos sistemas de protección que los dotan
de sentido
y
coherencia.
Sirvan, pues, a modo de epílogo, los siguientes
comentarios
y
conclusiones de la mano de su autor,
[Document text truncated for crawler view.]