Techo de cristal en los parlamentos autonómicos españoles.
Abstract
El trabajo tiene como propósito el estudio teórico y empírico del fenómeno del “techo de cristal” en el marco institucional de los parlamentos autonómicos españoles. Su propósito es determinar si existen diferencias significativas por género en la representación de puestos de poder, así como en la capacidad de toma de decisiones, en el ámbito político. Así mismo, se valora si los mecanismos legislativos implantados hasta ahora han sido efectivos para mejorar las situaciones de disparidad de género en el marco del empoderamiento político.
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RESUMEN El trabajo tiene como propósito el estudio teórico y empírico del fenómeno del “techo de cristal” en el marco institucional de los parlamentos autonómicos españoles. Su propósito es determinar si existen diferencias significativas por género en la representación de puestos de poder, así como en la capacidad de toma de decisiones, en el ámbito político. Así mismo, se valora si los mecanismos legislativos implantados hasta ahora han sido efectivos para mejorar las situaciones de disparidad de género en el marco del empoderamiento político. Además, se analiza la composición por género de los diferentes puestos de poder en las instituciones autonómicas de referencia. Finalmente, confeccionamos un índice como método para cuantificar las barreras de acceso de las mujeres a altos cargos. Palabras clave: techo de cristal, parlamentos autonómicos, igualdad de género, empoderamiento femenino, poder institucional. ABSTRACT The purpose of this work is the theoretical and empirical study of the glass ceiling phenomenon in the institutional framework of the spanish autonomous parliaments. The purpose is to determine if there are significant differences by gender in the representation of positions of power, as well as in decisión-making capacity, in the political field. Likewise, it assesses whether the legislative mechanisms implemented have been effective in improving the situations of gender disparity of the different positions of power in the autonomous parliaments. Finally, we created an index as a method to quantify the barriers to access for women to high positions. Key words: Glass ceiling, autonomic parliaments, gender equality, female empowerment, institutional power.
Índice Introducción .................................................................................................................... 1 1. Marco teórico. .......................................................................................................... 3 1.1. Marco conceptual. ......................................................................................................... 3 1.2. Factores determinantes del techo de cristal. ................................................................. 5 1.3. Consecuencias económicas del techo de cristal. ........................................................... 9 2. Cómo se mide el “techo de cristal”. ..................................................................... 11 2.1. Índice de Potenciación de Género (IPG) .................................................................... 13 2.2. Índice Mundial de Brecha de Género (Global Gender Gap Index). ........................... 16 2.3. Índice de Igualdad de Género del Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE). .................................................................................................................................... 19 2.4. Índice de Techo de Cristal de The Economist. ............................................................ 22 3. Composición y representatividad de la mujer en los parlamentos autonómicos españoles. ....................................................................................................................... 24 3.1. Marco legislativo......................................................................................................... 24 3.2. Estructura genérica de los parlamentos autonómicos. ............................................... 28 3.3. Evolución del “techo de cristal” y representatividad de la mujer en los parlamentos autonómicos. ........................................................................................................................... 30 3.4. Composición actual de los parlamentos autonómicos. ............................................... 34 4. Análisis del techo de cristal en los parlamentos autonómicos. .......................... 51 5. Conclusiones. ......................................................................................................... 58 ANEXOS……………………………………………………………………………….61 Referencias bibliográficas…………………………………………………………….88
1 Introducción La importancia del papel de la mujer en las instituciones y en el panorama social ha ido evolucionando progresivamente, aunque a un ritmo frenéticamente lento. La historia ha demostrado que el sufragio a voto ha sido un importante hecho histórico y un auténtico logro como sistema democrático. A pesar de ello, para algunos colectivos, como es el caso de las mujeres, dicho logro ha ido acompañado de un notable retraso temporal con respecto a los hombres (Serra Cristóbal, 2008). Sin embargo, un hecho constatable y que puede recriminarse a la democracia representativa, es la segregación de género en las instituciones, el cual ha ido mejorando en las últimas décadas con gran influencia de la legislación vigente. Durante las primeras legislaturas, el Congreso de los Diputados estaba representado por mujeres en torno a un 6%, porcentaje que fue creciendo hasta la legislatura del período 2000-2004 con un 28% de representación (Valiente, Ramiro & Morales, 2003). En 2022, se sitúa en un 43,4% de representación femenina, de acuerdo a la información oficial del Congreso de los Diputados (2022). Este es solo un ejemplo de que asistimos durante los últimos años a un incremento notable en los puestos institucionales de las mujeres. Sin embargo, esto no significa que esa mejora de representatividad femenina se traduzca en un incremento en los puestos de poder. Tal y como veremos durante el desarrollo del trabajo, a pesar de que las instituciones españolas mantienen una composición por género con paridad representativa (tal y como se recoge en la legislación), esta situación no se traduce en una representatividad femenina equitativa a la que ocupan los hombres en los órganos rectores u otros cargos de poder. Este fenómeno entra dentro de lo que la literatura denomina “techo de cristal”, es decir, aquellas dificultades y limitaciones “invisibles” que dificultan a las mujeres el ascenso a puestos de poder (Guil Bozal, 2008). En el ámbito político, la representación por género en los consejos de gobierno 1 también refleja dicho fenómeno. De acuerdo a las webs oficiales de los gobiernos autonómicos (2022), mientras que la participación femenina en estos consejos es de 44,56% (45,89% si consideramos además a Ceuta y Melilla), solo 4 de las 17 comunidades autónomas (CCAA) son presididas por mujeres, un 23,5%. Aunque dicha 1 Los consejos de los gobiernos nacionales y autonómicos están integrados por la presidencia del gobierno y los puestos de consejerías.
2 situación ha mejorado con el tiempo, pues hasta antes de los 2000 solo una mujer alcanzó este cargo, Antonia Martínez García se convirtió en la primera presidenta de la Región de Murcia (y en la primera presidenta de una región española) desde abril de 1993 hasta 1995. No sería hasta 2004 cuando de nuevo una mujer ocupase dicho puesto en una CCAA, pues Esperanza Aguirre se convirtió en la presidenta de la CCAA de Madrid en dicho año. La representación de mujeres en estos puestos se ha mantenido constante desde estas primeras incorporaciones, en cifras en torno al 20% del total, excesivamente bajo y sin cambios considerables, que constatan una vez más que el ascenso de mujeres a altos cargos sigue siendo de mayor complejidad. Esta situación se traslada también a muchos otros ámbitos del espacio social 2 . La mejora de representación institucional, política y económica de la mujer, está tardando en trasladarse a un incremento en la ocupación de puestos de poder. Por ello, el propósito de este trabajo es estudiar el fenómeno del “techo de cristal” en las instituciones legislativas autonómicas de España, para comprobar si con la legislación vigente, se ha traducido en un incremento en la representación de los altos cargos públicos. La estrecha similitud en la estructura de los parlamentos regionales permitirá una fácil comparación entre ellos. Dadas las características particulares de este concepto, lo estudiaremos tanto de forma teórica, como analítica y empíricamente. Ya que los trabajos en relación al techo de cristal son bastante escasos, uno de los objetivos fundamentales del estudio será proponer una medida de dicho fenómeno. Es por ello que, el trabajo se ha estructurado en 5 capítulos. En el primero, se realiza un repaso de la literatura con el propósito de determinar aquellos factores que motivan y mantienen este fenómeno, así como las consecuencias de esta desigualdad, que van más allá de razones puramente éticas y que se traducen en problemas de rentabilidad económica. En el segundo apartado, analizaremos metodológicamente cuatro índices de género elaborados por importantes organismos, relevantes para mejorar la orientación del análisis empírico final. Tras ello, el tercer capítulo analiza la composición de los parlamentos autonómicos de España, tanto desde una perspectiva histórica, hasta una 2 En el ámbito económico, las mujeres difícilmente ocupan puestos de dirección. En el año 2019, según datos del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades (2019), en los órganos directivos de las empresas del IBEX 35, más del 97% de puestos de CEO (Chief Executive Officer) eran ocupados por hombres (solo el 2,941% son ocupados por mujeres), así como en los puestos ejecutivos y no ejecutivos de los órganos directivos, solo un 16,2% y 30,4% eran representados por mujeres, respectivamente.
3 representación institucional completa y actual, centrándose en los principales puestos de poder. Para finalizar, en el apartado 4, se presenta la metodología del Índice de Techo de Cristal Parlamentario y se determinan sus resultados. Se cierra el trabajo con las conclusiones del estudio, acompañadas por una serie de futuras líneas de investigación. 1. Marco teórico. 1.1. Marco conceptual. En primer lugar, definir el concepto de ‘’techo de cristal’’ es clave para el correcto seguimiento del trabajo. Es por ello por lo que, una vez concretado dicho concepto, se delimitará la definición de otros términos relacionados con el propósito principal de evitar la confusión entre ellos que puedan resultar similares. Barberá et al (2002) determinan que el incremento del nivel formativo de la mujer y el aumento de su presencia en el mercado laboral, no han generado un incremento proporcional en las posiciones de poder que ocupan. Se ha comprobado cómo mujeres bien preparadas que han tenido la oportunidad de entrar a una posición con gran status, encuentran en un momento dado, barreras para el progreso de su profesión. El concepto de “techo de cristal” se acuñó en el artículo de The Wall Street Journal, ‘’The glass ceiling: why women can’t break the invisible barrier that blocks them from the top jobs’’(Hymowitz y Schelhardt, 1986). No sería hasta los 90 cuando la expresión alcanza gran repercusión, estableciendo una definición más completa, refiriéndose a aquella como barreras invisibles que obstaculizan a las mujeres en la obtención de cargos más altos, manteniéndose estas inmovilizadas en puestos de nivel medio (Peck, 1991). Así, Barberá et al (2002), lo definen como una metáfora que pretende explicar de una manera sutil las modalidades de actuación de algunos mecanismos discriminatorios, obstaculizando el desarrollo profesional de las mujeres, que las limitan y les marcan un tope difícil de sobrepasar, siendo estas barreras muchas veces poco evidentes y transparentes, así como su afrontamiento, a menudo manifestado en un camino largo y lleno de tropiezos. No se trata, como ocurría años atrás, de la existencia de una legislación laboral discriminatoria, sino de un freno profesional interno en las instituciones. Guil Bozal (2008, pág 213) define el techo de cristal como ‘’barreras invisibles que dificultan el acceso de las mujeres a puestos de mayor poder, prestigio o salario, en cualquier ámbito laboral y en cualquier país’’. En la misma línea, Bustos Romero (2002,
4 pág 2) lo describe como ‘’una superficie superior invisible en la carrera laboral de las mujeres que resulta difícil de traspasar, impidiendo que las mujeres sigan avanzando’’. Se refiere, por tanto, a aquellos límites o barreras implícitos que impiden que las mujeres continúen ascendiendo en su carrera laboral (Guillén, 1997). Es de interés diferenciar el techo de cristal de otros conceptos similares, como es el denominado “precipicio de cristal’’ (‘’glass-cliff’’). Dicho concepto hace referencia a que las mujeres que alcanzan posiciones de liderazgo tienen un mayor riesgo de fracaso (García Beaudoux, 2015). Este trabajo analiza los organigramas de cien empresas británicas y comprobaron que, las organizaciones que atraviesan momentos de crisis o con desempeños en caída, son aquellas que tienen una mayor implicación por contratar mujeres para que ocupen posiciones de liderazgo, con la esperanza de revertir la situación. Sin embargo, estos puestos representan un alto riesgo de fracaso dada la complicada situación de la empresa desde el inicio de la incorporación. De igual forma, para comprobar si esta idea era extensible al ámbito político, analizaron los datos de las elecciones generales para comprobar si las mujeres eran seleccionadas para aquellos puestos más difíciles de ganar, corroborando la hipótesis, ya que las mujeres aspiraban a escaños en los que tenían una probabilidad significativamente menor de ganar que los ocupados por hombres. Otro concepto que también puede estar relacionado con el techo de cristal, es el denominado “suelo pegajoso’’, definido por Upegui Valencia y Cervera Delgado (2018, pág 1846) como “pegamentos que hacen disminuir las oportunidades para su ascenso y mejor colocación laboral; las mujeres al tener que hacerse cargo de sus familias, dejan a un lado parte de su formación continua en cursos fuera de su horario laboral y tienen más dificultades para asistir a eventos fuera del trabajo, etcétera’’. La metáfora del “muro de cristal” (Lupano, 2009) se aplicaba especialmente durante el transcurro del siglo pasado en las décadas de los 60 y 70, con las primeras incorporaciones de las mujeres al mundo laboral. Durante estos años, había una clara diferenciación de los roles de género, donde la mujer se encargaba principalmente del mantenimiento del hogar y de la crianza de los hijos. Su incorporación al mundo laboral fue un proceso lento y paulatino, igual que lo fue el proceso de la incorporación al mundo académico. De hecho, sus incorporaciones se mantenían en puestos de complicado ascenso o en ocupaciones de puestos meramente administrativos, donde su relevancia en
5 el liderazgo del negocio era mínima. Los “muros” encasillaban entonces a las mujeres en determinados puestos como la Docencia o los Recursos Humanos. También se habla de otro tipo de metáfora mucho más cercana al concepto “techo de cristal” como es el denominado “laberinto de cristal”. Esta sólida relación de conceptos surge cuando en un artículo del Wall Street Journal en 2014, destacó que el concepto de “techo de cristal” ya no servía para seguir describiendo la realidad que se vivía en la promoción de mujeres a puestos más elevados (Lupano, 2019). Esta metáfora consideraba que ya no existían estas barreras invisibles que imposibilitaban el ascenso a puestos más elevados, sino que tenían mayores dificultades y obstáculos que los hombres que debían superar para llegar a estos puestos de poder, y donde los caminos correctos para alcanzar estos, pueden ser difíciles de encontrar, de ahí el símil con el laberinto. De esta forma, estos ascensos, en el caso de las mujeres, son mucho más lentos que en el de los hombres en condiciones de igualdad de experiencia académica y laboral. Para finalizar este apartado, mencionaremos en último lugar la denominada metáfora de las “tuberías con fugas”-“like pipeline”- (Verdugo et al., 2019), que se refiere a la existencia de una mayor probabilidad de que las mujeres abandonen el sector STEM (Science, Technology, Engineering and Mathematics) en cualquier momento de su vida, tanto durante su etapa formativa como durante su etapa laboral. Esta situación no viene únicamente de un menor reclutamiento de mujeres en dichas áreas, sino también por los estereotipos de género existentes vinculados al ámbito STEM. 1.2. Factores determinantes del techo de cristal. En este subapartado se recogen los factores determinantes de la existencia del techo de cristal. De acuerdo a las investigaciones actuales, se pueden distinguir dos tipos de barreras en el acceso de las mujeres a las élites: las barreras externas, centradas en los factores socioculturales derivados de una cultura patriarcal y asociados al establecimiento de roles de género diferenciales en detrimento de la mujer; y barreras internas, asociadas a la identidad de género femenina influenciada por la socialización que explica el desarrollo de características diferenciales entre hombres y mujeres (Barberá, et al., 2009; Sarrió, et al., 2002). Dentro de las barreras externas, existen ciertas teorías que confirman cómo los estándares sociales derivan a una mayor dificultad del ascenso de las mujeres. La Teoría del Capital Humano centra especial atención a los conocimientos y las habilidades que
6 se adquieren a través de la experiencia y la formación continua. Sin embargo, las condiciones sociales han perjudicado a la figura de la mujer ya que al tener hijos estas quedan marginadas de la promoción y no pueden dedicar el tiempo suficiente en mejorar su formación, ya que la mujer ha adquirido el rol de cuidadora tanto de los hijos como de personas familiares con necesidades de dependencia por razones de la cultura social, además de ejercer, de manera general, las tareas del cuidado del hogar (Guillén, 1997). También destacamos la Teoría de la Elección Racional, focalizada en las decisiones que tienen que tomar las mujeres con respecto a los compromisos familiares, los cuales restan las posibilidades de éxito profesional. Tienen que decidir si mantenerse en la competencia profesional o relegar esta aspiración si tienen que compatibilizarlo con obligaciones familiares. Otra de las teorías sociológicas a destacar son aquellas basadas en la estructura organizacional, las cuales consideran que más que la existencia de estereotipos de género, lo que importa es la posición ocupada en la jerarquía organizacional, asimilando las mujeres los puestos más bajos de la empresa ante la tendencia general a que los hombres ocupen aquellos más altos. (Sarrió et al., 2002). La cultura organizacional también ha sido ampliamente reconocida como uno de los factores limitantes al ascenso. Esta cultura organizacional está dominada por valores androcéntricos, excluyentes de lo femenino, que provocan altas dificultades para que las mujeres puedan desarrollarse profesionalmente (Sarrió et al., 2002). Tradicionalmente, la cultura organizacional ha asociado el éxito empresarial al liderazgo masculino, excluyendo los roles femeninos, por lo que las mujeres han tenido que asumir un liderazgo masculinizado para encajar así en un entorno puramente masculinizado, impidiendo de esta forma que las mujeres desarrollen su estilo de liderazgo propio y obstaculizando su éxito (Barberá, et al., 2009). Varios procesos de la cultura organizacional han contribuido al detrimento de la promoción de las mujeres, una de ellas a destacar es el networking con gran fortalecimiento masculino, ya que debido a la situación patriarcal mucho más latente años atrás, los directivos y altos cargos eran hombres que han fortalecido los lazos y redes de contacto, determinantes en la política organizacional y el proceso de decisión, excluyendo de estos círculos informales a las mujeres. Barberá, et al. (2009) también señalan las creencias erróneas de que las mujeres no se adecúan al perfil directivo o que supondrán un coste extra por su conciliación familiar o, en determinados casos, por la situación de baja por maternidad. La ausencia de una política laboral que favorezca la conciliación familiar y el trabajo limita en gran medida que las mujeres puedan ser
7 contratadas. Muy pocas empresas aplican políticas activas de género para que estos asuntos no sean un problema de contratación. Por su parte, las barreras internas, como mencionamos, hacen referencia a la influencia de la socialización en el desarrollo de características diferenciales entre hombres y mujeres significativas en el acceso a las élites. Los estereotipos de género, diferencias entre géneros en sus características de personalidad y motivación de logro, las diferencias en intereses profesionales o las características diferenciales de liderazgo y trabajo pueden señalarse como barreras internas. Sarrió et al. (2002), en sus investigaciones, analizaron los rasgos motivacionales y de personalidad que demostraron pequeñas diferencias entre ambos sexos. Las mujeres sobresalían en rasgos como la capacidad de comunicación y la empatía, mientras que los hombres destacaban en la fidelidad a la organización, interés por el poder y ambición personal. En cuanto a las investigaciones orientadas a la eficacia en la acción directiva, se observó que los hombres tenían un estilo de dirección autocrático y orientado a las tareas mientras que las mujeres tenían resultados más favorables en un estilo de liderazgo interpersonal y democrático. Sarrió et al. (2002) concluyen que las diferencias entre hombres y mujeres se deben más a estereotipos de género y a factores intervinientes y contextuales (como la personalidad o las cargas familiares) que por razones de diferencias de sexo. Destacan el poder que tiene en estas barreras internas la “profecía autoincumplida”, es decir, que la creencia sociológica de que los hombres están diseñados para los puestos directivos puede llevar a que las mujeres sean contratadas en menor medida por ello y que las propias mujeres no se preparen o se presenten a este tipo de puestos por haberles hecho creer la propia sociedad que no sirven para ello. Munduate (2003) coincide en que los modelos de socialización para ejercer la función de directivo han sido desarrollados por hombres, incorporándose la mujer lentamente y viéndose obligada a imitar los modelos de liderazgo ejercidos por los hombres. De esta forma, se limita el desarrollo de liderazgo propio de las mujeres, al tener que adaptarse a un modelo de liderazgo masculino. Además, no solo asocia estas barreras psicológicas a la propia conducta, sino también como señalaban Sarrió et al. (2002), a los estereotipos de género. Munduate (2003) recoge el estudio llevado a cabo por Schein (2001) para evidenciar su propuesta, pues tanto las mujeres como los hombres en puestos directivos medios en empresas norteamericanas, percibían que aquellas características asociadas al éxito del trabajo como directivo, estaban más próximas a las características
14 Con la introducción del IDG, se trataba de ajustar el IDH a las disparidades de género existentes, ponderando de distinta forma determinados logros en función de la desigualdad de rendimientos entre hombres y mujeres. De esta forma, se calculan un índice masculino y otro femenino, de acuerdo a las variables mencionadas. El cálculo del IPG se articula a partir de tres variables que lo confeccionan y que reflejan la participación o empoderamiento de la mujer en la sociedad (Schüler, 2006). Estas tres variables están relacionadas con tres formas de participación y poder que se enumeran a continuación: 1. Participación política y poder en la toma de decisiones políticas. Este aspecto lo mide el IPG mediante la representación de las mujeres en los parlamentos, considerando la proporción de escaños de un parlamento que son ocupados por mujeres. 2. Participación económica y acceso a oportunidades profesionales. Se representa teniendo en cuenta el porcentaje de hombres y mujeres en altos cargos de funcionarios o ejecutivos, así como la proporción de mujeres que ocupan puestos técnicos y profesionales. 3. Poder adquisitivo. Se recoge mediante los ingresos de la renta nacional que provienen efectivamente de aquellos puestos ocupados por mujeres y de aquellos ocupados por hombres. Se estudia con la variable de ingresos per cápita. Cada una de estas tres dimensiones, utiliza promedios ponderados de la población para derivar porcentajes equivalentes distribuidos equitativamente por sexos. Las dos primeras variables descritas, utilizan el índice de Atkinson con un parámetro de aversión a la desigualdad, descrito por la fórmula siguiente (Pillarisetti & Gillivray, 1998, p. 198): 𝑋𝑖(𝜀)=(𝑝𝑓𝑥𝑖,𝑓1−𝜀 +𝑝𝑚𝑥𝑖,𝑚1−𝜀)1 1−𝜀 , donde: • 𝑋𝑖 es la variable considerada para incluirla en el IPG (en este caso, i sería la variable participación política y poder en la toma de decisiones política (E) o la variable participación económica y acceso a actividades profesionales (P)). • 𝑝𝑓 es el porcentaje de mujeres en la población. • 𝑝𝑚 es el porcentaje de hombres en la población. • 𝑥𝑖,𝑓 es el porcentaje de mujeres en la categoría i.
15 • 𝑥𝑖,𝑚 es el porcentaje de hombres en la categoría i. • 𝜀 evalúa el nivel de desigualdad existente, mide la aversión hacia dicha desigualdad. Es igual a 2 para garantizar la coherencia con el IDH y el IDG. Dado que 𝑋𝑖 tiene como valor máximo 50, una vez obtenido dicho valor se divide por 50 (𝑋𝑖(𝜀)/50), obteniendo así un valor de número índice comprendido entre 0 y 1 (entre 0 y 100 una vez aplicados porcentajes). Por otra parte, la tercera variable “poder adquisitivo”, se calcula de acuerdo a la siguiente fórmula (Pillarisetti & Gillivray, 1998, p. 199): 𝐼(𝜀)=(𝑝𝑓[𝑤𝑓 𝑤𝑎𝑓1 𝑝𝑓]1−𝜀 +𝑝𝑚[𝑤𝑚 𝑤𝑎𝑚1 𝑝𝑚]1−𝜀)1 1−𝜀 , donde • 𝑤𝑓 es el salario promedio femenino (sin considerar el salario agrícola). • 𝑤𝑚 es el salario promedio masculino (sin considerar el salario agrícola). • 𝑤 es el salario promedio. • 𝑎𝑓 es la proporción de mujeres económicamente activas con respecto a la población activa total. • 𝑎𝑚 es la proporción de hombres económicamente activos con respecto a la población activa total. • 𝜀 evalúa el nivel de desigualdad existente, mide la aversión hacia dicha desigualdad. Es igual a 2 para garantizar la coherencia con el IDH y el IDG. Una vez calculado el resultado, se multiplica por el PIB per cápita real no ajustado tal y como se muestra. Se ajusta en valores entre 0 y 1 (o entre 0 y 100 una vez aplicados porcentajes). 𝑋𝐼=𝐼(𝜀)𝑦−𝑦𝑚𝑖𝑛 𝑦𝑚𝑎𝑥−𝑦𝑚𝑖𝑛 , donde • 𝑦 es el PIB per cápita real no ajustado. • 𝑦𝑚𝑎𝑥 es el PIB real per cápita máximo observado entre la muestra de países considerados. • 𝑦𝑚𝑖𝑛 es el PIB real per cápita mínimo observado entre la muestra de países considerados.
16 Finalmente, se obtiene el IPG mediante la suma del promedio de las tres variables calculadas (Klasen & Schüler, 2011). 𝐼𝑃𝐺 =1 3 (𝑋𝐸+𝑋𝑃+𝑋𝐼) Este índice, como todos, posee algunas características que pueden limitar su uso y reflejar inadecuadamente algunos aspectos sobre el empoderamiento femenino. En primer lugar, un número adecuado de mujeres ocupando escaños en el parlamento nacional, no tienen que reflejar un grado de poder equivalente en la toma de decisiones. De hecho, dentro de un parlamento, existen diferentes puestos con diferentes niveles de responsabilidad, por lo que, no todos los asientos parlamentarios son equivalentes. Por tanto, la utilización de esta variable en el IPG resulta simplista y no representa la realidad de la implicación de las mujeres en un determinado país en la toma de decisiones políticas (Charmes & Wieringa, 2003). Por otro lado, el IPG no se ocupa en absoluto de las cuestiones relacionadas con el cuerpo y la sexualidad, las cuestiones religiosas, culturales o legales y, en definitiva, los derechos de las mujeres. Este no se preocupa por la violación de los derechos de las mujeres y no mide, por ejemplo, si un país se ha adherido a la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) de la ONU, como variable para determinar si un país tiene especial interés en la lucha contra la discriminación de las mujeres en el marco social y político (Charmes & Wieringa, 2003). 2.2. Índice Mundial de Brecha de Género (Global Gender Gap Index). El Foro Económico Mundial de Davos elabora desde 2006, el Índice Mundial de Brecha de Género que mide las brechas de género en cuatro dimensiones: 1. Participación y oportunidades económicas, 2. Logros educativos, 3. Salud y supervivencia, y 4. Empoderamiento político (World Economic Forum, 2020). En la edición del 2020, se evaluaron 153 países diferentes de todos los continentes y proporciona clasificaciones que permiten comparaciones efectivas entre regiones. La metodología de confección del índice se ha mantenido desde su nacimiento en 2006, con el propósito de permitir comparativas temporales. Los indicadores utilizados para la elaboración del índice, de acuerdo a cada una de las dimensiones utilizadas, se muestran en la siguiente tabla:
17 Tabla 1 Indicadores del Global Gender Gap Index, del Forum Económico Mundial. Participación y oportunidades económicas. • Porcentaje de participación en la fuerza laboral. • Igualdad de salarios entre hombres y mujeres para el mismo trabajo. • Estimación de ingresos ganados. • Porcentaje de participación en puestos de dirección, altos cargos funcionarios y gerentes. • Porcentaje de representación en cargos como trabajadores profesionales y técnicos. Logros educativos. • Tasa de alfabetización. • Porcentaje de matriculación en educación primaria. • Porcentaje de matriculación en educación secundaria. • Porcentaje de matriculación en educación terciaria. Salud y supervivencia • Proporción de sexos al nacer. • Años de esperanza de vida saludable. Empoderamiento político • Porcentaje de mujeres en escaños del parlamento. • Porcentaje de mujeres en cargos ministeriales. • Número de años con jefa de estado durante los últimos 50 años. Fuente: Elaboración propia a partir de World Economic Forum (2020) La metodología seguida en la construcción del índice, se inicia convirtiendo todos los datos en ratios de mujer a hombre, para garantizar que el índice capture las brechas entre los niveles de logro de los hombres y de las mujeres, en lugar de tener solo en cuenta los niveles en sí. Por tanto, un país que tenga un 20% de puestos ministeriales frente al 80% que tendrían los hombres, se le asigna una ratio de 0.25 (World Economic Forum, 2020, p. 47). Tras esta conversión, los datos son truncados al “punto de referencia de igualdad” considerado con el valor 1, indicando dicho valor que hay el mismo número de hombres que de mujeres para la categoría estudiada. Este punto de referencia es considerado para todos los indicadores vistos anteriormente, excepto los dos indicadores
18 de salud y supervivencia. En el caso de los nacimientos por sexos, es de un valor de 0.944 4 y el de la esperanza de vida, de 1.06 5 . Además, se utiliza una escala unilateral de calificación donde se le asigna el mismo valor a un país donde exista plena igualdad entre hombres y mujeres en una categoría determinada que en otro donde las mujeres superen a los hombres. Es decir, mide lo cerca que están las mujeres de alcanzar la paridad, pero no penaliza ni recompensa por superar dicho punto de referencia y tener una brecha de género en la otra dirección. Posteriormente, se calculan los cuatro subíndices que conforman el Índice Mundial de Brecha de Género como promedio ponderado de los indicadores subyacentes que conforman cada uno los subíndices. Para asignar los pesos a cada indicador, primero se calculan las desviaciones estándar de cada uno de ellos. Tras ello, se determina en qué se traduciría un cambio de 1% en términos de desviación estándar dividiendo 0.01 por la desviación estándar para cada indicador. El resultado de esta última operación, es utilizado como ponderación para calcular el promedio ponderado de los indicadores que conforman el subíndice. Esta forma de ponderar los indicadores permite asegurar que cada indicador tenga el mismo impacto relativo en el subíndice. Un indicador con baja variabilidad, como por ejemplo la tasa de primera matriculación, obtiene un peso mayor dentro del subíndice de logro educativo que la tasa de tercera matriculación, con mayor variabilidad entre países. De esta manera, se castiga a aquellos países con brecha de género en la tasa de matriculación, ya que supone un indicador en el que existe paridad entre hombres y mujeres de forma genérica en el mundo. El anexo 1 recoge las operaciones descritas y las asignaciones de pesos para cada indicador. Finalmente, el indicador final es obtenido como la media ponderada de los cuatro subíndices, los cuales obtienen un valor entre 1 (igualdad total entre sexos) y 0 (total desigualdad entre sexos). 4 Se usa un valor diferente a 1 ya que es considerado como norma general que, por cada nacimiento femenino, se produce 1,06 nacimientos masculinos. 5 La ratio está basada en los estándares usados para la confección del Índice de Desarrollo de Género, ya que usa como edad máxima de esperanza de vida para mujeres y hombres, 87.5 y 82.5, respectivamente. Las mujeres tienen una esperanza de vida mayor a los hombres. Como tal, se considera que existe igualdad cuando la mujer supere al hombre en esperanza de vida en 5 años.
19 2.3. Índice de Igualdad de Género del Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE). El Índice de Igualdad de Género o Gender Equality Index estudia seis ámbitos de género, el “poder” es uno de ellos, disgregando dicho dominio en tres subdominios: político, económico y social (Barbieri et al., 2020) El EIGE lanzó la primera edición del Índice de Igualdad de Género en 2013 con cifras relativas a 2010. Desde entonces, anualmente realiza un nuevo informe y el cálculo de los indicadores para analizar su evolución. El objetivo del índice en primera instancia era identificar las diferencias más sutiles que en materia de igualdad de género se producen dentro de los países más desarrollados y, dado que la disponibilidad de la información estadística en este grupo de países permitía refinar los indicadores empleados hasta ahora, se hacía necesario un índice que midiera la situación de desigualdad de género de los países miembros de las Unión Europea (Olaskoaga Larrauri & Salaverri Ruiz Ozaita, 2020). La metodología empleada para la construcción del índice sigue cuatro pasos principales: 1. Selección y tratamiento de los indicadores, 2. Cálculo de la brecha de género, 3. Ponderación, agregación y normalización y 4. Obtención de una medida del indicador final (Barbieri et al., 2017). 1. Selección y procesamiento de indicadores. En primer lugar, se utilizan 31 indicadores para confeccionar el Índice de Igualdad de Género clasificados en 6 dominios principales (Trabajo, Dinero, Conocimiento, Tiempo, Poder y Salud) que se disgregan en subdominios. Para ampliar información, el anexo 2 recoge los indicadores utilizados detallando el procedimiento de obtención y el procesamiento de datos necesario, si corresponde 6 . 2. Cálculo de la brecha de género. Se consideran y tratan de la misma manera todas las brechas, independientemente de que favorezcan a hombres o a mujeres. El índice considera perjudicial cualquier brecha de género para la sociedad en su conjunto. Además, para el cálculo de la brecha se identifica el punto de igualdad para permitir la interpretación y comparación y asegurar 6 El EIGE ha utilizado para la obtención de los indicadores las bases de datos de Eurostat, Eurofound y datos propios de su base de datos estadística de género.
20 que comprende un valor que puede asociarse con la igualdad de género. La fórmula de dicha brecha que combina los valores de hombres y mujeres para cada variable se describe: г(𝑋𝑖𝑡)=1+[α(𝑋𝑖𝑡)·(1−ϒ(𝑋𝑖𝑡))]·99 De esta forma, se permite la comparación entre indicadores de un mismo país, así como permite la comparación de cada indicador entre los países analizados. La fórmula toma valores entre 0 y 100, siendo 0 total desigualdad y 100 igualdad completa entre géneros. El resultado de la brecha de género es consecuencia de la multiplicación de dos conceptos: el coeficiente de corrección y el coeficiente de brecha de género. • α(𝑋𝑖𝑡) es el coeficiente de corrección. Permite tener en cuenta el contexto del país comparando los niveles alcanzados en todos los países miembros de la UE para cada indicador. Un indicador con buena puntuación refleja tanto baja brecha de género como alto nivel de logro. El propósito del coeficiente es comparar el desempeño de cada país con el mejor de los desempeños de los países de la UE. El coeficiente de corrección se expresa: α(𝑋𝑖𝑡)=( 𝑋 𝑖𝑡𝑇 max {𝑋 𝑖2005𝑇,𝑋 𝑖2010𝑇,𝑋 𝑖2012𝑇,𝑋 𝑖2015𝑇} El denominador del coeficiente de corrección se ha mantenido desde la 3º edición, permaneciendo fijo en futuras ediciones y permite así un análisis de tendencias del índice, mejorando de esta forma la interpretación de indicadores en diferentes ediciones. El coeficiente de corrección toma valores entre 0 y 1 y, para cada indicador, se penaliza a los países con bajo nivel de alcance. • ϒ(𝑋𝑖𝑡)=|𝑋 𝑖𝑡𝑤 𝑋 𝑖𝑡𝑎−1| es el valor de brecha de género donde 𝑋 𝑖𝑡𝑤representa el valor del porcentaje de mujeres de la variable X para un determinado país y 𝑋 𝑖𝑡𝑎representa el promedio de los valores del porcentaje de hombres y mujeres de la variable X para ese mismo país. Se usa valor absoluto con el fin de evitar efectos compensatorios entre hombres y mujeres, consiguiendo de esta manera que todas las brechas de género
21 independientemente del sexo sean tratadas indiferentemente. Por razones de interpretación, se invierte el componente en la fórmula (1−ϒ(𝑋𝑖𝑡)), con valores entre 0 y 1, siendo 1 igualdad total y 0 total desigualdad. 3. Ponderación, agregación y normalización. En este último paso, se desarrollan los métodos de ponderación, agregación y normalización seguidos para llegar a un valor final de la brecha de género por país. La primera decisión se basa en asignar los pesos a cada variable, subdominio y dominio. El proceso de jerarquía analítica (AHP -analytic hierarchy process) es un enfoque participativo utilizado en la construcción del índice por la cual las ponderaciones son asignadas en función de la opinión de un grupo de expertos. Este enfoque combina aspectos cualitativos, mediante la consideración técnica de la preferencia entre dos dominios, y aspectos cuantitativos, asignando puntuaciones a la intensidad de preferencia de los dominios. El AHP sigue una comparación por pares de dominios y, posteriormente, se asigna una fuerza de preferencia a un dominio seleccionado del 1 (igual importancia de dominios) al 9 (dominio más importante). Las ponderaciones a cada dominio deben ser consistentes y coherentes. Finalmente, un análisis de robustez involucró todos los aspectos para el cálculo de un indicador compuesto y confirmó el uso de ponderaciones iguales de los indicadores a nivel de subdominio, así como establecer también ponderaciones iguales en los propios subdominios. Además, confirmó la necesidad de establecer diferentes ponderaciones a nivel dominio, de acuerdo al AHP. Estas ponderaciones utilizadas hasta ahora son las siguientes 7 : Conocimiento: 0.22; Poder: 0.19; Trabajo: 0.19; Dinero: 0.15; Tiempo: 0.15; Salud: 0.10. Posteriormente, el proceso de agregación agrupa las variables para crear índices a nivel de subdominio, dominio o para crear el indicador final. La agregación de media aritmética permite una mayor compensación entre variables, donde el mal desempeño de algunas de ellas puede ser compensada con una ventaja suficientemente grande en otras; mientras que la agregación geométrica y armónica disminuye ese potencial compensatorio. Se utiliza el método aritmético para incluir las variables en los 7 Los pesos señalados corresponden a valores redondeados. La ponderación exacta es la siguiente: Trabajo, 0.193293420026752; Dinero, 0.154066793988684; Conocimiento, 0.216676323111808; Tiempo, 0.14589100376959; Poder, 0.190954414426013; Salud, 0.0991180446771528.
22 subdominios y el método geométrico para agregar los subdominios en los dominios, así como para compactar los dominios y calcular el índice final. Las variables contempladas se normalizan para que estén acotadas entre 0 y 1, donde 1 representa la igualdad plena y 0 la desigualdad total. De este modo, se permiten los procesos de agregación y ponderación, a la vez que posibilitan la comparación de aspectos de un mismo país. 4. Cálculo del índice final. Una vez desarrollados los pasos anteriormente vistos, se puede obtener el Índice de Igualdad de Género del EIGE para un país 𝑖 en el año 𝑡 a través de la fórmula siguiente: 𝐼𝑖𝑡=∏{∏[∑г(𝑋𝑖𝑡𝑣) 𝑛𝑠 𝑛𝑠 𝑣=1 ]1 𝑛𝑠𝑑} 𝑛𝑠𝑑 𝑠=1 6 𝑑=1 𝑊𝐴𝐻𝑃𝑑, donde: • 𝑖= 1, …, 28. País de la UE. • 𝑡 es el año para el cual se calcula el índice. • 𝑑= 1, …, 6. Dominio. • 𝑠= 1, …, 14. Subdominio. • 𝑣= 1, …, 31. Variable. • 𝑛𝑠𝑑 representa el número de subdominios en el dominio 𝑑. • 𝑛𝑠 representa el número de indicadores en el subdominio 𝑠. • г(𝑋𝑖𝑡𝑣) es la fórmula de la brecha de género calculada en el paso 2. • 𝑊𝐴𝐻𝑃𝑑 es la ponderación asignada por los expertos a cada dominio. De esta forma, es posible obtener el índice para todos los países integrantes de la UE y facilitar de esta forma la comparación entre países en un año determinado. Finalmente, el EIGE comprueba la capacidad descriptiva de la fórmula obtenida a través de un análisis estadístico mediante estadísticos descriptivos, análisis multivariante y análisis de robustez. 2.4. Índice de Techo de Cristal de The Economist. Por último, se describe el Índice de Techo de Cristal de The Economist que es uno de los más recientes. Aparece por primera vez en 2014, con el objetivo de medir la situación de la mujer en diversos países, especialmente centrándose en el mercado laboral. Se ha calculado para 27 países de la OCDE, entre ellos España. Para la formulación del
23 indicador, The economist ha utilizado tanto datos propios, como estadísticas oficiales de la OECD, la Catalyst European Comision, los GMI Ratings, el Graduate Management Admissions Council y del Inter-Parliamentary Union (De Miguel, 2015). Se trata de un índice porcentual (toma valores entre 0 y 100) y se calcula a partir de nueve indicadores que finalmente se ponderan sobre el indicador final. La ponderación de cada uno de los indicadores se realiza a partir de las propuestas de un panel de expertos seleccionados por la revista. Los criterios utilizados en la confección del índice son los siguientes: • Diferencias en educación superior. Mide las diferencias por género en la proporción de población con estudios superiores en las edades comprendidas entre los 25 y 64 años. Este indicador se pondera por el 14% del indicador final. • Participación en el mercado de trabajo. Mide las diferencias por género en la tasa de participación en el mercado de trabajo. Se pondera por el 14% del indicador final. • Diferencia salarial. Porcentaje de salario menos que recibe la mujer con respecto al hombre en el mismo puesto de trabajo. Se mide como el salario medio del hombre menos el de la mujer, dividido por el salario medio del hombre. Este indicador se pondera por el 14% sobre el indicador final. • Mujeres ejecutivas. Proporción de puestos ejecutivos ocupados por mujeres en las empresas. Se pondera por 14% sobre el índice final. • Mujeres en los consejos de administración. Proporción de mujeres en los consejos de administración de las empresas. Se pondera sobre el 14% del indicador final. • Coste de guardería. Porcentaje que supone el coste mensual de una guardería sobre el total del salario medio mensual. Se pondera sobre el 8% del indicador final. • Permiso de maternidad. Se considera el número de semanas que se dan por permiso de maternidad. Se pondera por el 8%. • Proporción de mujeres que se examinan del GMAT (Graduate Management Admission Test). Mide la proporción de exámenes del GMAT realizados al año por mujeres, esto es, el examen para ser admitido en un programa de estudios en administración y dirección de empresas. Se pondera por el 8% del indicador final.
30 Además, todo parlamento cuenta con la Secretaría General, encargada de la gestión de los distintos servicios administrativos y técnicos. Está dirigida por el/la letrado/a general que, a pesar de ser un funcionario que ha accedido mediante oposición pública, es designado por la Mesa del parlamento entre los miembros del Cuerpo de Letrados de cada parlamento, pudiendo elegirse a aquellos perfiles que tengan como mínimo cinco años de antigüedad en el Cuerpo de Letrados. Este órgano administrativo se encarga de prestar asistencia, apoyo y asesoramiento a los distintos órganos del parlamento (Lozano Miralles, 2006). 3.3. Evolución del “techo de cristal” y representatividad de la mujer en los parlamentos autonómicos. Las posiciones de poder de la mujer en el área política han evolucionado notoriamente desde la transición a la democracia. En el presente trabajo se va a estudiar la evolución en la composición de los parlamentos o asambleas autonómicas, según denominación. La representación por género en el cómputo del conjunto de plenos de los parlamentos o asambleas legislativas, se refleja en la figura 2. El anexo 4.1 recoge los diputados y diputadas correspondientes desde la primera hasta la última legislatura disponible en cada una de las cortes parlamentarias. Además, el anexo 2.2, refleja la participación correspondiente de mujeres en el Pleno en cada una de las legislaturas hasta ahora.
31 Figura 2 Evolución de la representación de parlamentarias en el Pleno de los parlamentos autonómicos españoles (1983-2021) Fuente: Elaboración propia a partir de las páginas webs oficiales de los parlamentos autonómicos e Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades (2022). Como se observa, la situación de la mujer en el área política en los años 80, representaba un porcentaje residual, con valores en torno al 5%-10%, con tendencia estable y sin destacables cambios. La situación se mantiene anteriormente a 1997, por debajo del 20% de representación, pero a destacar la consiguiente tendencia positiva. Ya a principios del milenio, con el cambio de legislatura en 1999, se produce un incremento de 10 puntos porcentuales, llegando al 30% de representación y manteniendo esa buena tendencia de representación política en el Pleno durante los años posteriores. Superado el margen del 40% de representación en 2007, la tendencia ha seguido positiva desde entonces, aunque a un menor ritmo, aunque hay que destacar un ligero descenso durante los años de la crisis económica. Actualmente, la representación de mujeres se sitúa en el 47,3%. La Mesa de las cámaras se compone por tres tipos de puestos: presidencia, vicepresidencia y secretaría. Estos dos últimos puestos, pueden ser ocupados por más de un cargo, de acuerdo a lo acordado en los estatutos. El anexo 5 recoge cada uno de los puestos ocupados en cada una de las CCAA a lo largo de la historia. 0% 5% 10% 15% 20% 25% 30% 35% 40% 45% 50% 19831985198719891991199319951997199920012003200520072009201120132015201720192021 Proporción mujeres parlamentarias
32 Figura 3 Evolución de la participación de las mujeres en el total de los puestos de las mesas de los parlamentos autonómicos españoles (1983-2021). Fuente: Elaboración propia a partir de las páginas webs oficiales de los parlamentos autonómicos españoles. La figura 3 refleja la evolución del porcentaje de representación femenina sobre el total de puestos desde 1983 hasta la actualidad. Teniendo en cuenta la evolución del porcentaje de parlamentarias en el Pleno, se comprueba cómo a pesar de que la tendencia de representación iba incrementándose año tras año desde el inicio de la primera legislatura, esto no se refleja en el número de puestos en las mesas ocupados por mujeres, pues representaban menos del 10%. No sería hasta a partir de 1993 cuando esta tendencia se mantendría con una mayor positividad. Igualmente, hasta 2003 no se supera el margen del 30% y desde 2007 empezaría a superarse el margen del 40% con la entrada en vigor de la Ley 3/2007, que recordamos exigía una mínima representación por género del 40%. Sin embargo, cabe destacar que no todos los puestos de la Mesa gozan del mismo poder. La presidencia del parlamento sería el máximo rango político dentro del órgano. Es por ello, que se disgregan los diferentes cargos de las mesas parlamentarias en el siguiente gráfico. 0% 10% 20% 30% 40% 50% 60% 19831985198719891991199319951997199920012003200520072009201120132015201720192021
33 Figura 4 Evolución de la participación de las mujeres en los diferentes puestos de las mesas de los parlamentos (1983-2021). Fuente: Elaboración propia a partir de las páginas webs oficiales de los parlamentos autonómicos españoles. En primer lugar, durante los primeros años, las mujeres solían ocupar, a pesar de ser un número muy reducido, principalmente los puestos de secretaría, siendo inferiores a estos las vicepresidencias y presidencias de las mesas. Desde luego, la ocupación de las presidencias por mujeres ha sido uno de los aspectos que más destacan en el gráfico por la dificultad de la propia evolución de mantener una tendencia positiva, pues no será hasta el 2004 cuando se supere el 20% de presidentas. Una vez más, ante la llegada de la Ley 3/2007, se produce un incremento notorio en la representatividad femenina, con fluctuaciones bastante acusadas de los puestos de presidencia, pues durante los años de crisis económica los puestos ocupados por mujeres en las presidencias disminuyó hasta por debajo del 25%, mientras que entre 2015 y 2019, se llega a superar el 60% de representación, volviendo a caer en 2019 a valores por debajo del 20% y situándose en 2021 con unas cifras de representación inferiores al 30%, lo cual mantiene la existencia de las dificultades actuales de mantener este tipo de puestos en mujeres. Por último, destaca la disminución que se ha producido desde 2019 en las secretarías ocupadas por mujeres. 0% 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 19831985198719891991199319951997199920012003200520072009201120132015201720192021 Presidencia Vicepresidencia Secretaría
34 Finalmente, se han analizado los coeficientes de correlación de Pearson entre los tres tipos de puestos en las mesas, comprobando que existen correlaciones positivas entre las variables (con valores entre 0,6 y 0,8). 3.4. Composición actual de los parlamentos autonómicos. En este subapartado, se analiza la composición actual en 2022 de los parlamentos autonómicos de las CCAA. En primer lugar, es importante analizar aquellos puestos en la cúspide de la organización interna de los partidos políticos. Por ello, el líder regional del partido es una figura con especial importancia en el resultado político de su partido y su consiguiente representación en el parlamento autonómico. Dado que, en ocasiones, se ha comprobado que el fenómeno del “precipicio de cristal” es una realidad social, se ha considerado la contabilización de solo aquellos candidatos en los que su partido político al que representa haya alcanzado al menos un diputado en las últimas elecciones autonómicas. La tabla siguiente recoge los candidatos y candidatas por CCAA a la que se presentaron.
35 Tabla 2 Distribución por género de los/las candidatos/as a la presidencia por género en las últimas elecciones autonómicas de cada CCAA y CA y porcentaje de representación femenina. Período 2018-2022. HOMBRE MUJER % representación femenina ANDALUCÍA 3 2 40% ARAGÓN 7 1 13% ASTURIAS 3 4 57% BALEARES 6 1 14% CANARIAS 5 2 29% CANTABRIA 4 1 20% CASTILLA-LA MANCHA 2 1 33% CASTILLA Y LEÓN 7 0 0% CATALUÑA 5 3 38% C. VALENCIANA 3 3 50% EXTREMADURA 3 1 25% GALICIA 2 1 33% LA RIOJA 2 2 50% MADRID 2 3 60% MURCIA 4 1 20% NAVARRA 2 4 67% PAÍS VASCO 2 4 67% TOTAL CCAA 62 34 35% CEUTA 4 1 20% MELILLA 4 1 20% TOTAL CA 8 2 20% TOTAL 70 36 34% Fuente: Elaboración propia a partir de las webs de los parlamentos autonómicos. Actualizado el 04/02/2022 La tabla muestra que los candidatos fueron hombres de forma mayoritaria. La representación femenina en los parlamentos se sitúa frecuentemente por debajo del 40%, siendo en promedio del 34%. Existe igualdad (entre el 40 y 50% de representación) en las últimas elecciones de Andalucía, Comunidad Valenciana y La Rioja, mientras que superan el 55% de representación de candidatas en Navarra, País Vasco, Madrid y Asturias. El resto de CCAA reflejan datos por debajo del 40%, destacando a Castilla y León, Aragón, Baleares, Cantabria, Murcia, Ceuta y Melilla, donde solo un 20% o menos han sido mujeres presentadas como candidatas.
36 Este análisis primario confirma a simple vista la existencia de dificultades de acceso de las mujeres para ser candidatas a presidentas de los gobiernos, pues presentan datos excesivamente bajos que remarcan el “techo de cristal” existente. Situación similar a la que se presenta si se observan los cargos de poder de presidencias y secretarías regionales de las formaciones políticas, tal y como representa la tabla 3. Tabla 3 Distribución por género de los altos cargos de poder (presidencias y secretarías regionales) en la organización interna de las formaciones políticas con representación parlamentaria. Año 2022. HOMBRE MUJER % representación femenina ANDALUCÍA 7 2 22,2% ARAGÓN 8 4 33,3% ASTURIAS 8 3 27,3% BALEARES 8 7 46,7% CANARIAS 8 3 27,3% CANTABRIA 6 2 25% CASTILLA-LA MANCHA 2 3 60% CASTILLA Y LEÓN 9 2 18,2% CATALUÑA 9 6 40% C. VALENCIANA 5 6 54,5% EXTREMADURA 5 2 28,6% GALICIA 6 1 14,3% LA RIOJA 4 3 42,9% MADRID 5 4 44,4% MURCIA 5 3 37,5% NAVARRA 6 5 45,5% PAÍS VASCO 5 4 44,4% TOTAL CCAA 106 60 36,1% CEUTA 6 2 25% MELILLA 4 1 20% TOTAL CA 9 2 18,2% TOTAL 115 62 35% Fuente: Elaboración propia a partir de las páginas webs oficiales de las formaciones políticas.
37 Las formaciones políticas tampoco tienen preferencia para que las mujeres presidan la organización regional de su partido, siendo en la mayoría de ellos una presencia de mujeres inferior al 40%. Datos muy bajos especialmente en Galicia y Castilla y León, mientras que en Castilla La Mancha y Comunidad Valenciana, las formaciones políticas sí son más propensas a que las mujeres encabecen el liderazgo interno. En segundo lugar, y una vez detallado la organización interna de las formaciones por género, desglosamos la composición de los órganos parlamentarios. Como mencionamos con anterioridad, el Pleno supone el hemiciclo de representación de la ciudadanía y está compuesto por todos los miembros integrantes del parlamento. En el contexto del “techo de cristal”, su estudio no determina cargos relevantes ocupados. Sin embargo, permitirá determinar si se cumple con el mínimo del 40% de representación, así como los miembros totales del parlamento divididos por género, ya que estos mismos miembros serán los que complementen el resto de órganos y determinantes en la representación por género del resto de órganos parlamentarios. La figura 5 muestra la proporción de parlamentarias en dicho órgano.
38 Figura 5 Proporción de parlamentarias en el Pleno de los parlamentos autonómicos en España. Fuente: Elaboración propia a partir de las páginas web oficiales de los parlamentos autonómicos españoles. Actualizado a 4/02/2022 Analizando los datos de composición actual de los plenos de los parlamentos autonómicos, podemos confirmar que se alcanza en todos ellos el mínimo exigido en la representación del 40% por género. A pesar de ello, existen diferencias entre ellos, pues mientras que, en Galicia, Navarra, País Vasco y la Comunidad Valenciana las parlamentarias superan en número a los parlamentarios, en el resto de CCAA, ocurre lo contrario, mostrando la mayor presencia de hombres en las instituciones legislativas autonómicas. De hecho, son Ceuta, Castilla La-Mancha, Castilla y León y Cantabria las CCAA con menor representación femenina en los plenos, no llegando a alcanzar el 43% de representación. En cuanto a la Mesa de las cámaras, como mencionamos anteriormente, supone el órgano rector y organiza el trabajo del parlamento. Además, decide sobre la tramitación de determinadas iniciativas. En el marco del “techo de cristal”, supone un órgano muy relevante a estudiar dado el carácter relevante de su función como órgano rector y por la integración de puestos que suponen altos cargos en la institución. De hecho, integra al presidente de la institución, que supone el máximo cargo de la misma. Es por ello que en 0,00% 10,00% 20,00% 30,00% 40,00% 50,00% 60,00% CEUTA CASTILLA-LA MANCHA CASTILLA Y LEÓN CANTABRIA EXTREMADURA CANARIAS ASTURIAS ANDALUCÍA % medio CATALUÑA BALEARES MELILLA LA RIOJA MADRID MURCIA ARAGÓN C. VALENCIANA PAÍS VASCO NAVARRA GALICIA
39 la tabla 4 se representa la ocupación actual de los puestos de la Mesa del parlamento de cada CCAA y de las Ciudades Autónomas (CA) de Ceuta y Melilla. Así mismo, la tabla 5 refleja el porcentaje de ocupación por mujeres en cada una de las mesas autonómicas. Tabla 4 Distribución por género de los puestos en las mesas de los parlamentos autonómicos y de las asambleas de las Ciudades Autónomas. 2022. Presidencia Vicepresidencia/as Secretaría/as DIPUTADOS DIPUTADAS DIPUTADOS DIPUTADAS DIPUTADOS DIPUTADAS ANDALUCÍA 0 1 1 2 2 1 ARAGÓN 1 0 1 1 1 1 ASTURIAS 1 0 1 1 2 0 BALEARES 1 0 1 1 1 1 CANARIAS 1 0 0 2 1 1 CANTABRIA 1 0 0 2 1 1 CASTILLA-LA MANCHA 1 0 0 2 2 0 CASTILLA Y LEÓN 1 0 1 1 2 1 CATALUÑA 0 1 0 2 3 1 C. VALENCIANA 1 0 1 1 1 1 EXTREMADURA 0 1 3 0 1 3 GALICIA 1 0 1 1 0 2 LA RIOJA 1 0 1 1 0 2 MADRID 0 1 2 1 3 0 MURCIA 1 0 1 1 2 0 NAVARRA 1 0 0 2 2 0 PAÍS VASCO 0 1 1 1 2 0 TOTAL CCAA 12 5 15 22 26 15 CEUTA 1 0 1 1 0 0 MELILLA 1 0 1 1 1 0 TOTAL CA 2 0 2 2 1 0 TOTAL 14 5 17 24 27 15 % Representación femenina 26,3% 58,5% 35,7% % Representación femenina en total de puestos de las mesas 43,1% Fuente: Elaboración propia a partir de la información contenida en las páginas webs oficiales de los Parlamentos autonómicos. Actualizado a 4/02/2022
46 representación en este puesto. Además, los cargos de presidencia, tampoco parecen mostrar diferencias significativas de representación (a excepción de Aragón, Cantabria o Comunidad Valenciana, con datos inferiores al 40% de representación femenina), manteniendo a Navarra, La Rioja, Castilla y León, Andalucía y Canarias con una representación de mujeres en dichos cargos superior al 55%. De esta forma, a simple vista las presidencias no parecen relegar a las mujeres a los puestos de vicepresidencia para aumentar la presencia de hombres en las presidencias. Por otra parte, el puesto de secretaría sí que se mantiene en datos inferiores que los ocupados por hombres, al igual que ocurre en los puestos de portavocía (aunque hay que tomar dichos datos con precaución ante la falta de datos en la mayoría de CCAA). Mencionar que se respeta la paridad de género en todas las CCAA, manteniendo todas datos entre el 44 y 55% de representación por géneros. Finalmente, se analizan los cargos de las presidentas en función de la temática de constitución de la comisión que preside, para comprobar si existen diferencias significativas según géneros. Los datos que se presentan, se han normalizado, ya que cada parlamento autonómico dispone de comisiones diferentes y con integraciones de temáticas distintas.
47 Figura 6 Proporción de mujeres que presiden comisiones por temática. Año 2022. Fuente: Elaboración propia a partir de las páginas webs oficiales de los parlamentos autonómicos españoles. Actualizado a 4/02/2022 Como se observa en el gráfico, existen diferencias sobre el tipo de comisión que se suele presidir según el género. Así, se aprecia que las mujeres están especializadas en las comisiones enfocadas en la defensa de la igualdad, la protección de los derechos humanos, las políticas sociales y las políticas integrales de discapacidad. En total, un 81,25% de este tipo de comisiones está presidida por mujeres, seguido de sanidad (64,71%), las comisiones de economía y hacienda (62,96%) y las enfocadas a la educación, la cultura y el deporte (59,26%). Sin embargo, los hombres suelen presidir en mayor volumen, las comisiones de reglamento y del estatuto (24%), las dirigidas a promover la transparencia de cuentas y de la financiación pública (33,33%), turismo (33,33%), las comisiones de administración pública, presidencia e interior (33,33%) y 81,25% 64,71% 62,96% 59,26% 54,55% 53,33% 52,94% 52,63% 50,00% 50,00% 46,15% 45,45% 38,46% 33,33% 33,33% 33,33% 24,00% Igualdad, derechos humanos y políticas sociales y… Sanidad Economía, Hacienda y presupuestación Educación, cultura, deporte y protección lingüística Control de Radio Televisión autonómica Empleo, formación y trabajo autónomo Universidad, ciencia, innovación, investigación y… Fomento: infraestructuras, vivienda, ordenación,… Justicia Peticiones y participación ciudadana Industria, Desarrollo empresarial, Comercio y Consumo Cooperación internacional, acción exterior y asuntos… Agricultura, Ganadería, Pesca, desarrollo sostenible,… Presidencia, Interior, administración pública… Turismo Transparencia Reglamento y del Estatuto
48 aquellas de ganadería, pesca, medio ambiente, transición ecológica y de la lucha contra el cambio climático (38,46%). Podemos concluir de esta forma, que las mujeres continúan orientadas a cubrir puestos con temática de sanidad, de educación o de igualdad y de políticas sociales; como venía haciéndose, ya que las mujeres eran las que en su mayoría cubrían puestos de enfermería y ejercían como maestras en las escuelas. Aunque hay que decir que sí se alcanzan algunas temáticas, para las que antes era más difícil acceder, como las comisiones de economía y hacienda o las de empleo y trabajo. Dentro del sector administrativo del parlamento, se ha considerado también la introducción del Letrado Mayor del Parlamento pues, a pesar de ser un funcionario que ha accedido mediante oposición pública, resulta elegido por la Mesa de los parlamentos entre los miembros del Cuerpo de Letrados de cada parlamento, pudiendo elegirse a aquellos que tengan una antigüedad de como mínimo cinco años. Supone un alto cargo ya que tiene especial importancia en el asesoramiento jurídico a los órganos y asume la dirección de la sección administrativa del parlamento autonómico. La pregunta que suscita es, ¿el órgano rector del parlamento tiene preferencia por la elección de hombres en el liderazgo del servicio administrativo? La tabla 10 recoge el género del Letrado/a Mayor de cada parlamento en 2022.
49 Tabla 10 Distribución por género de los letrados mayores de los parlamentos autonómicos en 2022. Letrado Mayor Hombre Mujer ANDALUCÍA 1 0 ARAGÓN 0 1 ASTURIAS 1 0 BALEARES 0 1 CANARIAS 1 0 CANTABRIA 1 0 CASTILLA-LA MANCHA 1 0 CASTILLA Y LEÓN 1 0 CATALUÑA 1 0 C. VALENCIANA 1 0 EXTREMADURA 0 1 GALICIA 1 0 LA RIOJA 1 0 MADRID 0 1 MURCIA 0 1 NAVARRA 0 1 PAÍS VASCO 1 0 TOTAL 11 6 % Representación femenina 35,29% Fuente: Elaboración propia a partir de las páginas webs oficiales de los Parlamentos autonómicos. Actualizado a 4/02/2022 Estadísticamente, los hombres tienen preferencia en la ocupación del liderazgo del sector administrativo de los parlamentos autonómicos. Se refleja un dato por debajo del 40%, siendo solo de un 35,29% el porcentaje de representación femenina como letradas mayores, liderando por mujeres el sector administrativo de los parlamentos en Aragón, Baleares, Extremadura, Madrid, Murcia y Navarra. Dentro del sector administrativo, se pueden encontrar jefaturas y dirección de secciones pero que no sirven para estudiar la problemática del “techo de cristal” ya que estos ocupan puestos de funcionarios y acceden por oposición. Para cerrar el apartado de composición de los parlamentos, una vez que hemos desglosado dicha composición institucionalmente, resulta también interesante categorizar
50 determinados cargos en función del partido político al que se pertenezca. Es por ello que, se ha elegido la presentación de datos de los diputados, portavoces y candidatos a la presidencia correspondientes a cada partido político, centrándonos en los partidos políticos con representación a nivel nacional; siendo estos PP, PSOE, Ciudadanos, VOX y Unidas Podemos por la mayor diversidad de datos disponibles y permitiendo una correcta comparación sin sesgos. De igual forma, los anexos del 7 al 9 contiene las diferentes categorías de puestos estudiados en el resto de partidos regionales con representación parlamentaria. Presentamos en la tabla 11, los datos por partidos políticos, del porcentaje de puestos ocupados por mujeres en el Pleno de los parlamentos como diputadas, el porcentaje de los puestos como portavoces y el porcentaje de representación de candidatas a la presidencia autonómica. Para un mayor detalle del número de puestos ocupados en los partidos políticos que se presentan a continuación, así como su descomposición por CCAA, se puede encontrar en el anexo 7.1, 8.1 y 9. Así mismo, el anexo 7.2 y 7.2, presentan los datos de los partidos regionales. Tabla 11 Porcentaje de representación femenina por partidos en el Pleno de los parlamentos autonómicos y las CA de Ceuta y Melilla en 2022. % Parlamentarias % Portavoces mujeres % Candidatas PP 42,99% 29,41% 22,22% PSOE 50,53% 55,56% 31,58% Ciudadanos 43,27% 28,57% 20,00% VOX 34,85% 27,27% 23,08% UNIDAS PODEMOS 56,94% 52,94% 58,82% Fuente: Elaboración propia a partir de las páginas web oficiales de los parlamentos autonómicos españoles. Nota 1. Se han fusionado los datos de diputados de los partidos Podemos e Izquierda Unida en la coalición de Unidas Podemos en aquellas CCAA donde se presentaron por separado (Aragón, Asturias, La Rioja y Navarra) para facilitar el análisis. Nota 2. Se han disgregado aquellos diputados pertenecientes a Ciudadanos o PP en aquellas CCAA donde pertenecen a una misma confluencia (en el caso del País Vasco, PP+Cs; y en Navarra mediante la confluencia Navarra Suma). Nota 3. El color rojo refleja un resultado de representación inferior al 40%, el amarillo una situación moderada y donde se respeta la igualdad paritaria (entre un 40 y 50%) y el color verde representa una situación donde las mujeres tienen una representación en el cargo mayor que los hombres (mayor al 50%). Actualizado a 4/02/2022
51 Como se observa, existen diferencias significativas entre los cargos ocupados y entre los diferentes partidos políticos que representan a la ciudadanía. A nivel de representación parlamentaria en el Pleno, solo Vox es el partido que no alcanza ese mínimo de representación del 40%, manteniéndose PSOE, Ciudadanos y PP en términos de paridad, con una representación entre el 40 y 50% (aunque PSOE llega a superar el 50% de representación). Quien mejores cifras registra en estos cargos es Unidas Podemos, con un 56,94%. El fenómeno del techo de cristal es más significativo en los puestos de portavoz y de candidatura a la presidencia del gobierno. En cuanto a la representación de portavoces en los Parlamentos, claramente se distinguen, por un lado; los partidos más conservadores y liberales, dentro del marco ideológico de la centro-derecha y derecha, con datos de mujeres portavoces bastante bajos, por debajo del 30% de representación; y por otro, los partidos socialistas y progresistas, de centro-izquierda e izquierda, con un mayor número de portavoces de género femenino que de género masculino, siendo PSOE, en este caso, el partido con mayor representación de mujeres en este cargo. Por último, si los datos eran excesivamente bajos en las portavocías, aún peor son en el caso de las candidaturas presidenciales, ya que PSOE se une a los otros partidos con datos inferiores al 40%. Eso sí, mientras PP, Ciudadanos y Vox se sitúan entre el 20-23% de representación, PSOE se sitúa en el 31,58%. Solo Unidas Podemos es el partido político que, no solo respeta el mínimo de 40%, sino que tiene un mayor número de candidatas que de candidatos. Finalmente, como conclusión a lo analizado, a medida que el cargo es “más alto”, los partidos considerados “de derechas”, tienden a cubrir estos puestos con hombres, mientras que en los considerados “de izquierdas”, hay diferencias entre los dos partidos existentes, pues mientras PSOE mantiene mayores números de mujeres en las portavocías, cuando se sube de rango, esto no se mantiene (a pesar de presentar mayor representación de mujeres que los partidos “de derechas”). Unidas Podemos sería el único de los cinco partidos que presenta mayor número de mujeres en los altos cargos. 4. Análisis del techo de cristal en los parlamentos autonómicos. Para entender mejor la presencia femenina en los parlamentos autonómicos, es preciso definir una medida que agrupe la información anterior para comparar el grado de
52 igualdad entre ellos. Con tal fin, proponemos un índice numérico al que hemos denominado Índice de Techo de Cristal Parlamentario (ITCP). En concreto, empleamos la estructura que sigue el Global Gender Gap del Foro Económico Mundial (World Economic Forum, 2020). Partiendo de dicha metodología, el ITCP considera 5 dimensiones diferentes: • Poder interno en las formaciones políticas: bajo esta dimensión, se estudia la influencia y poder de las mujeres en la organización interna regional de los partidos políticos con presencia en el parlamento de la CCAA. Para su cómputo, se tendrán en cuenta dos indicadores: ❖ Proporción de candidatas a la presidencia en las últimas elecciones autonómicas (considerando únicamente aquellas candidaturas por las cuales obtuvieron como mínimo un escaño de representación para su partido). ❖ Proporción de mujeres en altos cargos de poder en la organización interna de los partidos políticos (considerando solo la organización interna regional de los partidos políticos con representación mínima de un escaño). • Participación parlamentaria: mide la presencia de mujeres como miembros delegados en los órganos de los parlamentos autonómicos. Se ha limitado dicha participación a su presencia como miembros del Pleno, la Diputación permanente y las comisiones permanentes. No se han incluido las comisiones no permanentes ante su limitado número en la mayoría de parlamentos (incluso de ausencia de ellos en otros). La Junta de Portavoces y la Mesa rectora del parlamento se consideran por el ITCP como dos dimensiones adicionales, ante la relevancia en el contexto del techo de cristal de pertenecer a dichos órganos. Los indicadores que se emplearán para su construcción, son tres: ❖ Proporción de mujeres miembros del Pleno. ❖ Proporción de mujeres miembros de la Diputación permanente. ❖ Proporción de mujeres miembros de las comisiones permanentes. • Participación en portavocías: proporción de mujeres que ocupan puestos de portavoces en el parlamento regional. Supone un cargo de interés en el estudio del techo de cristal pues, el portavoz es el encargado de representar
53 y transmitir las ideas del grupo parlamentario al que pertenece, siendo este designado por su propio grupo. • Poder en las comisiones parlamentarias: dicho poder se mide mediante la proporción de mujeres que efectivamente ocupan puestos de presidencia en las comisiones permanentes. • Participación en la Mesa del parlamento: la Mesa supone el órgano rector del parlamento. Es por ello que la presidencia de la Mesa supone el mayor rango al que aspirar dentro de la organización del parlamento. Se consideran los puestos de presidencia, vicepresidencia y secretaría ocupados por mujeres en dicho órgano. Figura 7 Estructura del Índice de Techo de Cristal Parlamentario. Fuente: Elaboración propia. En primer lugar, los datos presentados en el apartado 3 son considerados. Consecuentemente, se obtienen fácilmente los porcentajes de hombres para cada uno de los indicadores. A partir de aquí, es posible convertir todos los datos en ratios de mujer a hombre, garantizando así que se capturen las brechas entre los niveles de logro de hombres y de mujeres, en lugar de tener solo en cuenta los niveles en sí. Por ejemplo, en el caso de Andalucía, la proporción de candidatas a presidir la Junta de Andalucía en las
54 elecciones de 2018 fue del 40%, por lo que consecuentemente el 60% fueron candidatos, por lo que la ratio sería de 0,67 (40/60). Se utiliza una escala unilateral de calificación donde se asigna el mismo valor a un país donde exista plena igualdad entre hombres y mujeres en una categoría determinada que en otro donde las mujeres superen a los hombres. Es decir, mide lo cerca que están las mujeres de alcanzar la paridad, pero no penaliza ni recompensa por superar dicho punto de referencia y tener una brecha de género en la otra dirección. Por ello, el valor máximo de las ratios será de 1. La tabla 12 muestra la matriz de ratios mediante la conversión mencionada. Tabla 12 Matriz de ratios del Índice del Techo de Cristal Parlamentario (ITCP) DIMENSIÓN Poder interno en las formaciones políticas Participación parlamentaria Participación portavocías Poder comisiones permanentes Participación Mesa Parlamento INDICADOR Candidatas a la presidencia en las últimas elecciones autonómicas Altos cargos de poder Miembros Pleno Miembros Diputación Permanente Miembros comisiones Portavoces principales Presidentas de las comisiones permanentes Mujeres en cargos de la Mesa del Parlamento ANDALUCÍA 0,67 0,29 0,85 1,00 0,80 0,67 1,00 1,00 ARAGÓN 0,15 0,50 0,97 0,50 1,00 0,00 0,50 0,67 ASTURIAS 1,00 0,38 0,80 0,90 0,85 1,00 1,00 0,25 BALEARES 0,16 0,88 0,90 1,00 0,94 0,33 0,75 0,67 CANARIAS 0,41 0,38 0,79 1,00 0,93 0,75 1,00 1,00 CANTABRIA 0,25 0,33 0,75 1,00 0,86 0,25 0,33 1,00 CASTILLA-LA MANCHA 0,49 1,00 0,74 0,88 0,80 1,00 0,75 0,67 CASTILLA Y LEÓN 0,00 0,22 0,74 0,42 1,00 0,00 1,00 0,50 CATALUÑA 0,61 0,67 0,90 1,00 0,96 1,00 1,00 1,00 C. VALENCIANA 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 0,58 0,67 EXTREMADURA 0,33 0,40 0,76 1,00 0,83 1,00 1,00 1,00 GALICIA 0,49 0,17 1,00 0,92 1,00 0,50 0,86 1,00 LA RIOJA 1,00 0,75 0,94 0,90 1,00 0,33 1,00 1,00 MADRID 1,00 0,80 0,96 0,96 0,96 1,00 1,00 0,40 MURCIA 0,25 0,60 0,96 0,88 0,81 0,25 1,00 0,25 NAVARRA 1,00 0,83 1,00 0,83 1,00 1,00 1,00 0,67 PAÍS VASCO 1,00 0,80 1,00 0,67 1,00 1,00 0,89 0,67 Fuente: Elaboración propia a partir de World Economic Forum (2020). Nota: Las ratios con valores superiores a 1 se han truncado al punto de referencia de igualdad, es decir, se ha asignado un valor de 1. Posteriormente, para las dimensiones con más de un indicador, se calculan las ponderaciones que les corresponden a cada uno. Primero, se calcula la desviación
55 estándar para cada uno de ellos y, en segundo lugar, se determina en qué se traduciría un cambio del 1% en términos de desviación estándar, obtenida mediante la división de 0,01 por la desviación estándar. El resultado de esta operación se utiliza como ponderación para calcular el promedio ponderado de los indicadores que conforman cada subíndice. Esta forma de ponderación permite asegurar que cada indicador tenga el mismo impacto relativo en el subíndice. A continuación, se muestra el cálculo de las ponderaciones para los indicadores de las dimensiones de poder interno en las formaciones políticas y en la participación parlamentaria. Tabla 13 Cálculo de las ponderaciones sobre cada subíndice del ITCP. Desviación estándar Desviación estándar ante cambio del 1% Ponderación sobre subíndice Poder interno en las formaciones políticas Candidatos a la presidencia 0,3611 0,0277 0,4319 Altos cargos de poder 0,2745 0,0364 0,5681 Participación parlamentaria Miembros Pleno 0,1027 0,0973 0,3546 Miembros Diputación Permanente 0,1794 0,0557 0,2031 Miembros comisiones 0,0824 0,1214 0,4423 Fuente: Elaboración propia a partir de World Economic Forum (2020). Una vez obtenidas dichas ponderaciones, ya es posible obtener los valores del indicador final. Se recuperan los valores de las ratios obtenidas y se aplican las ponderaciones correspondientes. De esta forma, se obtiene una matriz de ratios final, por lo que para determinar un valor de indicador final para cada CCAA solo habrá que aplicar la media ponderada de las cinco dimensiones, con valores entre 0 (total desigualdad entre sexos) y 1 (igualdad plena entre sexos). Se muestra, en primer lugar, la matriz final de resultados en la siguiente tabla:
62 Porcentaje de mujeres en escaños del parlamento. 0.166 0.060 0.310 Porcentaje de mujeres en cargos ministeriales. 0.208 0.048 0.247 Número de años con jefa de estado durante los últimos 50 años. 0.116 0.086 0.443 Fuente: World Economic Forum (2020)
63 Anexo 2. Indicadores del Índice de Igualdad de Género del EIGE. Dominio trabajo Participación 1.Tasa de empleo equivalente a tiempo completo Este indicador permite medir a las personas empleadas de una manera que permite compararlas independientemente de que trabajen una cantidad de horas diferentes por semana. Se obtiene comparando el promedio de horas trabajadas de un trabajador por el promedio de horas trabajadas por un trabajador a tiempo completo. Un trabajador a tiempo completo tiene un valor de este indicador a 1, mientras que un trabajador a jornada parcial consigue un valor proporcional a las horas a jornada completa. Se considera solo a la población mayor de 15 años. 2.Duración de la vida laboral. Mide el número de años que se espera que una persona con más de 15 años se encuentre activa en el mercado laboral. El indicador es extraído directamente de Eurostat. Segregación e igualdad en el trabajo 3.Personas empleadas en la educación, salud y trabajo social Obtenido mediante la proporción de personas empleadas en estas actividades del total de actividades, considerando solo a la población mayor de 15 años. 4.Flexibilidad. Capacidad para tomarse una o dos horas libres durante la jornada laboral para ocuparse de asuntos personales y familiares Indicador obtenido de una de las preguntas que conforman la Encuesta europea sobre las condiciones del trabajo (EWCS): Dirías que coger una o dos horas libres durante la jornada laboral para ocuparte de asuntos personales y familiares te resulta…1. Muy fácil 2. Bastante fácil 3. Bastante difícil 4. Muy difícil. Se transforma en un valor porcentual ponderando los valores anteriores. 5.Perspectivas. Índice de perspectivas. Obtenido directamente del Eurofound, el cual emplea una metodología que incluye variables para su construcción como la situación de empleabilidad, el tipo de contrato o cómo ve las perspectivas laborales en su trabajo actual. Toma valores de 0 a 100, siendo mayor cuanto mejor sea la calidad del trabajo. Dominio Dinero Recursos financieros 6.Ingresos mensuales medios. Medida en PPS (paridad de poder adquisitivo) en el sector de la industria, construcción y servicios (excepto la administración pública, la defensa o la seguridad social). 7.Ingreso neto equivalente medio. Ingresos totales de una casa en PPS, después de tasas y otras deducciones, dividido por el número de miembros ponderados cada
64 uno según su edad, usando la denominada escala de equivalencia de la OECD. Situación económica 8.Pobreza. Situación sin riesgo de pobreza. Se ha realizado un procesamiento de la “ratio de población en riesgo de pobreza” de Eurostat para permitir la homogeneidad con el resto de datos, permitiendo que, a un mayor valor, mejor situación de igualdad, calculando 100 menos dicha ratio y de esta forma obtener la proporción de población sin riesgo de pobreza. 9.Distribución de ingresos. Se calcula como la inversa de la ratio del total de ingresos del 20% de la población más rica entre el total de ingresos del 20% de la población más pobre (1/(S80/S20)). La inversa de esta ratio es un procesamiento específico para que se refleje de mejor forma que ante una mayor participación en los ingresos, mayor es la igualdad. Dominio Conocimiento Logro y participación 10.Graduados en educación terciaria. Porcentaje de personas con educación terciaria completada sobre el total de la población con más de 15 años. 11. Participación en educación formal o no formal. Porcentaje de personas que participan en educación y formación formal o no formal sobre la población total mayor a 15 años. El período de referencia para la participación en educación y formación son las cuatro semanas anteriores a la entrevista. Segregación 12.Estudiantes en educación terciaria en los campos de educación, salud, humanidades y arte. Porcentaje de personas estudiando en las áreas mencionadas sobre el total de estudiantes mayores a los 15 años. Dominio Tiempo Actividades de cuidado 13.Porcentaje de personas que cuidan a sus hijos o nietos, ancianos o personas con discapacidad diariamente. Porcentaje de personas con 18 años o más que participan en cualquiera de estas actividades de cuidado cada día: cuidado de niños, ancianos, nietos o personas con discapacidad. Indicador obtenido por la Encuesta europea sobre calidad de vida (EQLS) de Eurofound. 14.Personas haciendo de cocinar y labores de casa diariamente. Porcentaje de personas con 18 o más años envueltas en labores de cocina y labores de casa fuera de la jornada laboral dirariamente. Indicador obtenido por la Encuesta europea sobre calidad de vida (EQLS) de Eurofound. Actividades sociales
65 15.Trabajadores que hacen deporte, actividades culturales o al aire libre diariamente o varias veces por semana. Porcentaje de personas empleadas (con más de 15 años) que hacen deporte, actividades culturales o al aire libre diariamente o varias veces al mes. Indicador obtenido por la Encuesta europea sobre las condiciones de trabajo (EWCS) de Eurofound. 16. Trabajadores que realizan voluntariados o actividades caritativas al menos una vez al mes. Porcentaje de personas empleadas (con más de 15 años de edad) que realizan voluntariados o actividades caritativas al menos una vez al mes. Indicador obtenido por Encuesta europea sobre las condiciones de trabajo (EWCS) de Eurofound Dominio Poder Poder político 17.Porcentaje de ministros/as. Porcentaje de ministros por sexo basado en un promedio de los últimos tres años sobre la población mayor a los 18 años. Solo tiene en cuenta los ministros del gobierno nacional. 18.Porcentaje de miembros del parlamento. Porcentaje de miembros del parlamento por sexo basado en un promedio de los últimos tres años sobre la población mayor a los 18 años. Solo tienen en cuenta los parlamentos nacionales. 19.Porcentaje de miembros de asambleas regionales. Porcentaje de miembros de las asambleas regionales por sexo basado en un promedio de los últimos tres años sobre la población mayor a los 18 años. Si en un país no existieran las asambleas regionales, se incluyen niveles políticos locales. Poder económico 20.Porcentaje de miembros de las juntas directivas de las empresas cotizadas más importantes, en el consejo de supervisión o en el consejo de administración. Porcentaje de miembros de las juntas de dirección de las empresas cotizadas más importantes basado en un promedio de los tres últimos años sobre la población mayor a los 18 años. 21.Proporción de miembros de la junta del banco central. Porcentaje de miembros de las juntas de dirección de las empresas cotizadas más importantes basado en un promedio de los tres últimos años sobre la población mayor a los 18 años diferenciada por sexo. Poder social 22.Proporción de miembros de la junta de organizaciones de investigación de la financiación. Porcentaje de miembros del órgano con mayor poder de decisión de los organismos de investigación de la financiación basado en un promedio de los tres últimos años sobre la población con 18 o más años (diferenciados por sexo). 23.Proporción de miembros en la junta en organismos de radiodifusión de propiedad pública. Porcentaje de miembros en la junta de organismos de radiofusión de propiedad pública basado en un promedio de los tres últimos años sobre la población con 18 o más años por sexo.
66 24.Proporción de miembros del máximo órgano de decisión de la organización olímpica nacional. Porcentaje de miembros del máximo órgano de toma de decisiones de las 10 organizaciones deportivas olímpicas nacionales más populares. Basado en un promedio de los últimos tres años sobre la población con 18 o más años por sexo. Dominio Salud Estado 25.Salud autopercibida. Porcentaje de personas que consideran su salud como “muy buena” o “buena” en la población mayor a 16 años. Extraído de Eurostat donde se pregunta cómo percibe su salud la persona encuestada, teniendo como respuestas “muy buena”, “buena”, “regular”, “mala” o “muy mala”. 26.Esperanza de vida al nacer (en valor absoluto). La esperanza de vida en una determinada edad es el número de años adicional que de promedio una persona con esa edad puede esperar vivir manteniendo las condiciones de vida actuales. Indicador extraído de Eurostat. 27.Años de vida saludable al nacer (en valor absoluto). Mide el número de años que se espera que una persona viva si ningún tipo de problema de salud grave o moderado. Extraído de Eurostat por un indicador compuesto que combina datos de mortalidad con datos de estado de salud. Comportamiento 28.Proporción de gente que no fuma y que no está envuelta en problemas de alcoholemia. Porcentaje de personas que no han estado involucradas en conductas de riesgo: no fuman y no están involucradas en episodios de consumo excesivo de alcohol, considerando este como la ingesta de 6 bebidas o más de 60 gramos de alcohol puro durante los últimos 12 meses (diferenciando en la frecuencia de ingesta: en una ocasión, mensualmente o con más frecuencia). Se considera que todas las personas que fumen y estén involucradas en episodios de ingesta excesiva han ejercido conductas de riesgo. Se considera solo a la población con 16 o más años. 29.Proporción de gente que hace ejercicio físico y/o consume frutas y vegetales. Porcentaje de gente que realiza ejercicio físico al menos 150 minutos por semana y/o consume al menos 5 porciones (400 gramos) de fruta y vegetales al día, de acuerdo a la recomendación de la Organización Mundial de la Salud, sobre la población con 16 o más años. Acceso 30.Porcentaje de población sin necesidades insatisfechas de examinación médica. Proporción de personas que afirmaron que no tienen necesidades insatisfechas que declarar de examinación médica. Se examina mediante la propia evaluación del encuestado de si él o ella necesitó algún examen o tratamiento pero nunca lo tuvo. Se tienen en cuenta como “cuidados médicos” a los servicios de salud individuales (se
67 excluye tratamiento dental) prestados bajo supervisión directa de médicos o profesionales equivalentes de acuerdo al sistema nacional de salud. 31. Porcentaje de población sin necesidades insatisfechas de examinación dental. Proporción de personas que afirmaron que no tienen necesidades insatisfechas que declarar de examinación dental. Se examina mediante la propia evaluación del encuestado de si él o ella necesitó algún examen o tratamiento, pero nunca lo tuvo. Se tienen en cuenta como “cuidados dentales” a los servicios de salud individuales (se excluye tratamiento dental) prestados bajo supervisión directa de dentistas. Se incluyen servicios de ortodoncia. Fuente: Elaboración propia a partir de los datos del informe metodológico del Índice de Igualdad de Género 2017. EIGE.
68 Anexo 3. Legislación autonómica en materia de mejora de representatividad femenina y lucha contra el “techo de cristal”. CCAA Legislación/normativa, decretos Aspectos más importantes en cuanto al techo de cristal. Andalucía Ley 9/2018, de 8 de octubre, por la que se modifica la Ley 12/2007, de 26 de noviembre para la promoción de la igualdad de género en Andalucía. (BOE, 269, de 7 de noviembre de 2018). Artículo 11 “Cada Consejería, organismo público y entidad de derecho público, vinculado o dependiente de la Administración pública andaluza, garantizará la representación equilibrada de hombres y mujeres en el nombramiento de titulares de órganos directivos” Artículo 26.1 “Fomentará la igualdad en la promoción profesional, en la participación en procesos de formación continua, en el desarrollo de la trayectoria profesional” Artículo 26.2 “Garantizará la igualdad de oportunidades en todas las facetas de la relación laboral y, en especial, en relación con la igualdad de retribución por trabajo de igual valor…tenga carácter prioritario el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades en el ámbito laboral y del empleo” Artículo 27.2 “Las empresas procurarán la presencia equilibrada de mujeres y hombres en sus órganos de dirección.” Artículo 27.3 “Las organizaciones empresariales procurarán la presencia equilibrada de mujeres y hombres en sus órganos de dirección.” Artículo 53 “Las candidaturas para las elecciones al Parlamento de Andalucía garantizarán la presencia equilibrada de mujeres y hombres.” Artículo 56.2 “Las Administraciones públicas fomentarán la igualdad de oportunidades en la participación de las mujeres y hombres en los ámbitos políticos y económicos.” Artículo 56.3 “Las Administraciones públicas competentes promoverán la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de dirección y decisión en el ámbito social, político y económico.”
69 Aragón Ley 7/2018, de 28 de junio, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Aragón. (BOE, 209, de 29 de agosto de 2018). Artículo 24 “Se garantizará el principio de representación equilibrada de mujeres y hombres: 1. En el nombramiento de titulares de órganos directivos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón cuya designación corresponda al Gobierno de Aragón, procurando la representación de mujeres procedentes de grupos minoritarios. 2. En la composición de los órganos colegiados de la Comunidad Autónoma de Aragón… 3. En la designación de los representantes del Gobierno de Aragón en órganos colegiados, comités de personas expertas o comités consultivos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y los organismos públicos vinculados o dependientes de ella. 4. En los nombramientos que le corresponda efectuar en los consejos de administración de las empresas en cuyo capital participe la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y los organismos públicos vinculados o dependientes de ella. 5. En la composición de cualesquiera órganos colegiados que se constituyan para la selección de personal de nuevo ingreso…” Artículo 46 “1. La Comunidad Autónoma de Aragón fomentará y promoverá acciones para que las empresas y otras entidades privadas se comprometan a alcanzar el objetivo de la presencia equilibrada de mujeres y hombres en sus órganos de dirección, especialmente en aquellos sectores profesionales más feminizados. “2.se articularán mecanismos de promoción de la participación de la mujer en dichos órganos…” Artículo 81 “1. Se fomentará que en los órganos de dirección de las asociaciones y organizaciones profesionales, empresariales, de economía social, sindicales, políticas, culturales o de otra índole exista una presencia equilibrada de mujeres y hombres…” “2. Las asociaciones y organizaciones profesionales, empresariales, de economía social, sindicales, políticas,
70 culturales o de otra índole que discriminen a las mujeres, en su funcionamiento o en la participación de sus órganos de decisión o consultivos, no podrán recibir subvenciones o ayudas públicas…” Decreto 72/2021, de 2 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se crea y regula la Comisión Interdepartamental para la Igualdad. (BOA, 127, de 15 de junio de 2021). Artículo 3.1 “Coordinar las actuaciones a realizar dentro de los objetivos fijados por la Ley 7/2018, de 28 de junio, para hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres” Asturias Ley 2/2011, de 11 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género. (BOE, 106, de 4 de mayo de 2011). Artículo 1 “…promover la presencia equilibrada de unas y otros en los ámbitos público y privado del Principado de Asturias” Artículo 6 “…aprobará cada Legislatura … un plan estratégico de igualdad de oportunidades, que incluirá medidas para alcanzar el objetivo de igualdad entre hombres y mujeres’’. Artículo 8 “Composición equilibrada de los órganos directivos y colegiados, donde se atenderá al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en el nombramiento de altos cargos de la Administración del Principado de Asturias y sus organismos públicos…respetar el principio de presencia equilibrada en la composición de sus órganos colegiados’’. Baleares Ley 12/2006, de 20 de septiembre, para la mujer. (BOE, 248, de 17 de octubre de 2006). Artículo 52 “Representación equilibrada de mujeres y hombres en el nombramiento o en la designación de personas, para constituir o formar parte de órganos o instituciones’’ Artículo 54 “Las subvenciones electorales se incrementarán en un 10% para los escaños obtenidos por mujeres’’. Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres. (BOE, 202, de 22 de agosto de 2016). Artículo 4.1 “El Gobierno de las Illes Balears garantizará la representación equilibrada de mujeres y hombres en el nombramiento de las personas titulares de los órganos directivos de la Administración…” Artículo 40 “Las empresas deberán procurar la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de dirección y consejos de
71 administración, y el Gobierno de las Illes Balears deberá promover las medidas necesarias para conseguirlo” Canarias Ley 1/2010, de 26 de febrero, Canaria de igualdad entre mujeres y hombres. (BOC, 45, 5 de marzo de 2010). Artículo 12 “1. Se atenderá a la representación equilibrada de hombres y mujeres en el nombramiento de titulares de órganos directivos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias cuya designación corresponda al Gobierno de Canarias. 2. En la composición de los órganos colegiados de la Administración canaria deberá respetarse la representación equilibrada de mujeres y hombres. Este mismo criterio de representación se observará en la modificación o renovación de dichos órganos. A tal efecto, se tendrá en cuenta lo siguiente: a) Del cómputo se excluirán aquellas personas que formen parte en función del cargo específico que desempeñen. b) Cada organización, institución o entidad a las que corresponda la designación o propuesta facilitará la composición de género que permita la representación equilibrada.” Artículo 60 ‘’Las candidaturas para las elecciones al Parlamento de Canarias garantizarán la presencia equilibrada de mujeres y hombres’’ Cantabria Ley 2/2019, de 7 de marzo, para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres. (BOE, 76, de 29 de marzo de 2019). Artículo 128 ‘’Las candidaturas que presenten los partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de personas electoras para procesos electorales al Parlamento de Cantabria, garantizarán la presencia equilibrada de mujeres y hombres…sólo admitirá aquellas candidaturas que cumplan lo señalado en este artículo, tanto para las personas candidatas como suplentes’’ Castilla LaMancha Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de igualdad entre mujeres y hombres de CastillaLa Mancha. (BOE, 37, de 12 de febrero de 2011). Artículo 5 “1. Se tenderá al principio de participación equilibrada de mujeres y hombres en los distintos órganos públicos de decisión, ejecutivos, consultivos y asesores de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de sus organismos autónomos y de todas las entidades que conforman el sector público regional. Para los altos cargos y los órganos unipersonales del Gobierno Regional se tenderá a la misma proporción en el conjunto de nombramientos. Estos
78 ANEXO 4.2. Proporción de mujeres en el Pleno de los parlamentos autonómicos desde la primera a última legislatura. C. AUTÓNOMA Nº LEGISLATURA Y PERÍODO I 19821986 II 19861990 III 19901994 IV 19941996 V 19962000 VI 20002004 VII 20042008 VIII 20082012 IX 20122015 X 20152018 XI 2018X ANDALUCÍA 4,6 4,6 12,8 22,0 28,4 34,9 39,4 45,9 47,7 49,5 45,9 I 19831987 II 19871991 III 19911995 IV 19951999 V 19992003 VI 20032007 VII 20072011 VIII 20112015 IX 20152019 X 2019X ARAGÓN 6,1 1,5 7,5 9,0 29,9 31,3 35,8 32,8 47,8 49,3 BALEARES 5,6 6,8 16,9 30,5 33,9 37,5 49,2 45,8 47,5 47,5 CANARIAS 1,7 1,7 6,7 13,3 28,3 35,0 40,0 36,7 53,3 44,3 CANTABRIA 8,6 7,7 7,7 15,4 35,9 41,0 40,5 43,6 38,9 42,9 CASTILLA-LA MANCHA 2,3 9,5 19,1 23,4 40,4 53,2 53,2 46,9 42,4 42,4 CASTILLA Y LEÓN 3,6 3,6 9,5 20,2 27,7 36,0 43,4 38,1 41,7 42,5 EXTREMADURA 4,6 3,1 16,4 16,9 30,8 36,9 40,0 40,0 47,7 43,1 LA RIOJA 11,4 9,1 21,2 21,2 33,3 39,4 39,4 39,4 45,5 48,5 C. VALENCIANA 6,7 5,6 13,5 24,7 40,4 41,6 45,5 40,4 44,4 50,5 MURCIA 4,7 0,0 11,1 15,6 20,0 31,1 39,1 40,0 35,6 48,9 NAVARRA 2,0 8,0 14,0 18,0 26,0 32,0 38,0 34,0 48,0 52,0 I 19831987 II 19871991 III 19911995 IV 19951999 V 19992003 VI 20032007 VII 20072011 VIII 20112012 IX 20122015 X 20152019 XI 2019X ASTURIAS 8,9 11,1 20,0 20,0 33,3 31,1 33,3 42,2 42,2 48,9 44,4 I 19831987 II 19871991 III 19911995 IV 19951999 V 19992003 VI 20032003 VII 20032007 VIII 20072011 IX 20112015 X 20152019 XI 20192021 XII 2021X MADRID 12,8 16,7 23,8 27,2 32,4 37,8 37,8 42,5 44,2 42,6 46,2 48,9 I 19811985 II 19851989 III 19891993 IV 19931997 V 19972001 VI 20012005 VII 20052009 VIII 20092012 IX 20122016 X 20162020 XI 2020X GALICIA 1,4 1,4 11,8 13,3 16,7 33,3 33,3 40,0 40,0 45,3 53,3
79 I 19801984 II 19841986 III 19861990 IV 19901994 V 19941998 VI 19982001 VII 20012005 VIII 20052009 IX 20092012 X 20122016 XI 20162020 XII 2020X PAÍS VASCO 6,7 6,7 13,3 17,3 24,0 29,3 34,7 52,0 45,3 49,3 53,3 50,7 I 19801984 II 19841988 III 19881992 IV 19921995 V 19951999 VI 19992003 VII 20032006 VIII 20062010 IX 20102012 X 20122015 XI 20152017 XII 20172021 XIII 2021-X CATALUÑA 5,1 8,9 11,1 12,6 14,8 23,7 29,6 36,3 41,5 40,0 39,3 42,5 47,4 Fuente: Elaboración propia a partir de los datos proporcionados del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades y actualización de datos por páginas webs oficiales de los parlamentos. Actualizado a 4/02/2022
80 ANEXO 5. Puestos en las Mesas de los parlamentos autonómicos desde la I legislatura hasta la última legislatura disponible. Fuente: Elaboración propia a partir de las páginas webs oficiales de los parlamentos autonómicos. Nota: P (Presidencia), V (Vicepresidencia) y S (Secretaría). Actualizado a 4/02/2022 P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S H 1 2 2 1 2 2 1 2 1 1 2 1 1 3 2 1 2 2 0 2 3 0 2 1 1 1 1 1 1 1 0 1 2 M 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0 1 0 0 1 0 1 1 1 1 0 1 1 2 0 2 2 0 2 2 1 2 1 P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S H 1 1 2 1 2 2 1 2 2 1 2 2 1 2 2 1 1 1 1 1 0 1 1 2 0 3 0 1 1 1 M 0 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 1 0 1 2 0 1 0 1 0 2 0 1 1 H 1 2 1 1 1 2 1 2 2 1 2 0 1 1 1 1 2 2 0 1 1 0 2 0 1 2 1 1 1 1 M 0 0 1 0 1 0 0 0 0 0 0 2 0 1 1 0 0 0 1 1 1 1 0 2 0 0 1 0 1 1 H 1 2 2 1 2 2 1 2 1 1 2 1 1 2 0 1 2 1 1 1 0 1 1 1 0 1 1 1 0 1 M 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0 1 0 0 2 0 0 1 0 1 2 0 1 1 1 0 1 0 2 1 H 1 2 1 1 2 1 1 2 2 1 1 2 1 1 1 1 0 1 1 0 1 1 2 0 0 0 1 1 0 1 M 0 0 1 0 0 1 0 0 0 0 1 0 0 1 1 0 2 1 0 2 1 0 0 2 1 2 1 0 2 1 H 1 2 2 1 2 2 1 2 2 0 2 2 1 1 2 1 0 2 1 2 1 1 1 0 1 0 0 1 0 2 M 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0 0 1 0 0 2 0 0 0 1 0 1 2 0 1 2 0 2 0 H 1 2 2 1 2 2 1 2 2 1 2 2 1 2 2 1 1 1 1 1 0 0 2 0 0 1 2 1 1 2 M 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 1 0 1 2 1 0 2 1 1 0 0 1 1 H 1 2 2 1 2 2 1 2 2 1 2 2 0 2 1 1 1 1 0 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 M 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 1 0 1 1 1 1 1 0 1 1 0 1 1 0 1 1 H 1 2 2 1 2 2 1 2 2 1 2 2 1 2 1 1 2 1 1 2 1 1 1 1 0 2 2 0 3 1 M 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0 1 0 0 1 0 1 1 1 0 1 1 0 3 H 1 1 1 1 2 2 1 0 2 0 2 2 1 2 1 1 1 1 1 2 0 1 1 1 0 1 1 1 1 0 M 0 1 1 0 0 0 0 1 0 1 0 0 0 0 1 0 1 1 0 0 2 0 1 1 1 1 1 0 1 2 H 1 2 2 1 2 2 1 1 2 1 2 2 1 2 2 1 2 2 1 0 2 1 2 0 0 1 2 1 1 2 M 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2 0 0 0 2 1 1 0 0 1 0 H 1 3 3 1 2 2 1 2 2 0 1 2 1 0 1 1 1 2 0 2 1 1 2 1 0 2 2 1 0 2 M 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 1 0 0 2 1 0 1 0 1 0 1 0 0 1 1 0 0 0 2 0 P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S H 1 2 1 1 2 1 1 0 2 1 2 0 0 1 2 0 2 2 0 1 1 1 2 0 1 2 1 1 1 1 1 1 2 M 0 0 1 0 0 1 0 2 0 0 0 2 1 1 0 1 0 0 1 1 1 0 0 2 0 0 1 0 1 1 0 1 0 P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S H 1 1 4 1 2 3 1 2 2 1 2 3 1 2 4 1 1 3 1 2 1 1 2 3 0 2 2 0 1 4 0 2 2 1 2 2 0 0 3 M 0 1 0 0 0 1 0 0 2 0 0 1 0 0 0 0 1 1 0 0 3 0 0 1 1 0 2 1 1 0 1 0 2 0 0 2 1 2 1 P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S H 1 2 2 1 2 2 1 2 2 1 2 2 1 2 2 1 0 1 0 1 2 0 2 1 1 0 1 1 1 0 1 1 0 M 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2 1 1 1 0 1 0 1 0 2 1 0 1 2 0 1 2 P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S H 0 3 2 0 3 2 1 3 3 1 3 1 1 3 1 0 3 1 0 1 1 0 2 1 1 2 2 0 3 1 1 3 0 0 2 3 M 1 0 1 1 0 1 0 0 0 0 0 2 0 0 2 1 0 2 1 2 2 1 1 2 0 1 1 1 0 2 0 0 3 1 1 0 P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S P V S H 1 1 2 1 2 2 1 2 2 1 2 2 1 2 1 1 1 1 1 2 1 0 1 2 0 1 2 0 1 2 0 1 1 0 1 2 M 0 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 1 1 0 0 1 1 1 0 1 1 0 1 1 0 1 1 1 1 1 0 PAÍS VASCO XI 2018-X X 2019-X ARAGÓN VII 2004-2008 VIII 2008-2012 IX 2012-2015 X 2015-2018 ANDALUCÍA I 1983-1987 II 1987-1991 III 1991-1995 IV 1995-1999 V 1999-2003 I 1982-1986 II 1986-1990 III 1990-1994 IV 1994-1996 C. VALENCIANA VI 2003-2007 CANTABRIA CASTILLA-LA MANCHA CASTILLA Y LEÓN V 1996-2000 VI 2000-2004 VII 2007-2011 VIII 2011-2015 IX 2015-2019 BALEARES CANARIAS VIII 2011-2012 EXTREMADURA LA RIOJA MURCIA NAVARRA I 1983-1987 II 1987-1991 III 1991-1995 IV 1995-1999 V 1999-2003 VI 2003-2007 VII 2007-2011 IX 2012-2015 X 2015-2019 XI 2019-X XIII 2021-X XII 2017-2021 XI 2015-2017 X 2012-2015 IX 2010-2012 VIII 2009-2012 II 1984-1988 I 1980-1984 ASTURIAS CATALUÑA I 1981-1985 II 1985-1989 VIII 2006-2010 VII 2003-2006 VI 1999-2003 V 1995-1999 IV 1992-1995 III 1988-1992 XII 2021-X IX 2012-2016 X 2016-2020 XI 2021-X GALICIA I 1983-1987 II 1987-1991 III 1991-1995 IV 1995-1999 V 1999-2003 VI 2003-2003 III 1989-1993 IV 1993-1997 V 1997-2001 VI 2001-2005 VII 2005-2009 VII 2003-2007 VIII 2007-2011 IX 2011-2015 X 2015-2019 XI 2019-2021 III 1986-1990 II 1984-1986 I 1980-1984 MADRID XII 2020-X XI 2016-2020 X 2012-2016 IX 2009-2012 VIII 2005-2009 VII 2001-2005 VI 1998-2001 V 1994-1998 IV 1990-1994
81 ANEXO 6. Composición de las comisiones autonómicas clasificadas por género y cargo. ANEXO 6.1 Puestos de las comisiones permanentes clasificados por cargos ocupados en los parlamentos autonómicos en 2022. Comisiones permanentes Presidencia Vicepresidencia Secretaría Portavoces Miembros totales Diputados Diputadas Diputados Diputadas Diputados Diputadas Diputados Diputadas Diputados Diputadas ANDALUCÍA 8 12 13 9 14 8 60 33 185 147 ARAGÓN 8 4 5 8 6 6 * * 172 176 ASTURIAS 6 7 8 6 10 4 * * 133 113 BALEARES 8 6 6 9 10 5 * * 88 83 CANARIAS 7 9 7 10 11 6 * * 136 126 CANTABRIA 9 3 4 8 7 5 * * 62 53 CASTILLA-LA MANCHA 8 6 8 4 8 6 * * 55 44 CASTILLA Y LEÓN 6 9 5 10 9 8 33 26 125 128 CATALUÑA 9 11 8 11 13 8 88 72 173 167 C. VALENCIANA 12 7 12 12 12 12 * * 106 116 EXTREMADURA 8 8 6 9 8 8 * * 138 115 GALICIA 7 6 8 7 5 10 * * 68 80 LA RIOJA 4 8 2 7 7 5 * * 49 56 MADRID 9 9 8 10 7 10 48 42 151 145 MURCIA 3 3 1 5 5 2 19 10 46 37 NAVARRA 5 12 10 8 16 2 36 60 119 139 PAÍS VASCO 9 8 5 13 9 9 * * 114 135 TOTAL 126 128 116 146 157 114 284 243 1920 1860 Fuente: Elaboración propia a partir de las páginas webs oficiales de los parlamentos autonómicos. Nota 1. Las casillas marcadas con “*” indican ausencia de información sobre ese aspecto. Nota 2. Los miembros totales incluyen el puesto de presidencia, vicepresidencia, secretaría, portavoces y vocales de la comisión. Actualizado a 4/02/2022
82 ANEXO 6.2. Puestos de las comisiones no permanentes clasificados por cargos ocupados en los parlamentos autonómicos en 2022. Comisiones no permanentes Presidencia Vicepresidencia Secretaría Portavoces Miembros totales Diputados Diputadas Diputados Diputadas Diputados Diputadas Diputados Diputadas Diputados Diputadas ANDALUCÍA 2 0 1 0 0 1 10 9 4 6 ARAGÓN 0 1 * * * * * * 2 6 ASTURIAS 1 1 1 0 0 1 * * 14 13 BALEARES 1 0 1 0 1 0 * * 9 4 CANARIAS 0 2 2 0 1 1 * * 9 13 CANTABRIA 1 2 2 1 2 1 * * 15 15 CASTILLA-LA MANCHA 1 0 0 0 1 0 * * 4 3 CASTILLA Y LEÓN 0 3 0 0 0 0 2 1 9 14 CATALUÑA 0 0 0 0 0 0 0 0 2 5 C. VALENCIANA 1 4 4 1 1 4 * * 30 36 EXTREMADURA 2 1 1 2 1 2 * * 17 13 GALICIA 2 2 1 3 0 4 * * 16 26 LA RIOJA 0 1 0 1 1 0 * * 4 10 MADRID 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 MURCIA 0 2 1 2 2 1 10 4 18 15 NAVARRA 2 0 0 2 0 2 0 0 12 10 PAÍS VASCO 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 TOTAL 13 19 14 12 10 17 22 14 165 189 Fuente: Elaboración propia a partir de las páginas webs oficiales de los parlamentos autonómicos. Nota 1. Las casillas marcadas con “*” indican ausencia de información sobre ese aspecto. Nota 2. Los miembros totales incluyen el puesto de presidencia, vicepresidencia, secretaría, portavoces y vocales de la comisión. Actualizado a 4/02/2022
83 ANEXO 7. Parlamentarios/as del Pleno de los parlamentos clasificados por partidos políticos. ANEXO 7.1. Parlamentarios/as del pleno de los parlamentos clasificados por partidos políticos con representación nacional. PP PSOE Ciudadanos VOX UNIDAS PODEMOS DIPUTADOS DIPUTADAS DIPUTADOS DIPUTADAS DIPUTADOS DIPUTADAS DIPUTADOS DIPUTADAS DIPUTADOS DIPUTADAS ANDALUCÍA 15 11 19 14 11 10 8 3 3 3 ARAGÓN 9 7 12 12 6 6 2 1 2 4 ASTURIAS 5 5 10 10 3 2 1 1 3 2 BALEARES 9 7 9 10 4 1 2 1 2 4 CANARIAS 7 4 13 12 1 1 0 0 2 2 CANTABRIA 6 3 3 4 2 1 2 0 0 0 CASTILLA-LA MANCHA 6 4 11 8 2 2 0 0 0 0 CASTILLA Y LEÓN 18 11 19 16 6 5 0 1 1 1 CATALUÑA 1 2 16 17 4 2 8 3 5 3 C. VALENCIANA 12 7 14 13 6 7 4 6 1 7 EXTREMADURA 13 7 17 17 5 2 0 0 2 2 GALICIA 21 21 6 8 0 0 0 0 0 0 LA RIOJA 8 4 7 8 2 2 0 0 0 2 MADRID 34 30 10 14 0 0 9 4 4 6 MURCIA 8 8 8 9 3 3 3 1 1 1 NAVARRA 2 0 4 7 2 1 0 0 1 2 PAÍS VASCO 2 2 5 5 2 0 0 1 4 2 TOTAL CCAA 176 133 183 184 59 45 39 22 31 41 CEUTA 6 3 3 4 0 0 3 1 0 0 MELILLA 5 5 1 3 0 0 1 0 0 0 TOTAL CA 11 8 4 7 0 0 4 1 0 0 TOTAL 187 141 187 191 59 45 43 23 31 41 % Representación femenina 42,99% 50,53% 43,27% 34,85% 56,94% Fuente: Elaboración propia a partir de las páginas webs oficiales de los parlamentos autonómicos españoles. Nota 1. Se han fusionado los datos de diputados de los partidos Podemos e Izquierda Unida en la coalición de Unidas Podemos en aquellas Comunidades Autónomas donde se presentaron por separado (Aragón, Asturias, La Rioja y Navarra) para facilitar el análisis. Nota 2. Se han disgregado aquellos diputados pertenecientes a Ciudadanos o PP en aquellas comunidades donde pertenecen a una misma confluencia (en el caso del País Vasco, PP+Cs; y en Navarra mediante la confluencia Navarra Suma).
84 ANEXO 7.2. Parlamentarios/as del Pleno de los parlamentos autonómicos clasificados por partidos políticos con representación regional. Diputados Diputadas % Representación femenina Diputados Diputadas % Representación femenina ASG 2 1 33,33% JUNTS 16 16 50,00% BNG 8 11 57,89% MÁS MADRID 12 12 50,00% CHUNTA ARAGONESISTA 1 2 66,67% MDyC 1 1 50,00% COALICIÓN CABALLAS 1 0 0,00% MÉS PER MALLORCA 3 1 25,00% COALICIÓN CANARIA 11 8 42,11% MÉS PER MENORCA 1 1 50,00% COALICIÓN X MELILLA 4 4 50,00% NUEVA CANARIAS 2 2 50,00% COMPROMÍS 9 8 47,06% PARTIDO ARAGONÉS 2 1 33,33% CUP 4 5 55,56% PNC 1 0 0,00% EH BILDU 12 16 57,14% PNV 15 16 51,61% EL PI PROPOSTA 1 2 66,67% POR AVILA 1 0 0,00% ERC 17 16 48,48% PRC 7 7 50,00% FORO ASTURIAS 2 0 0,00% UNIÓN DEL PUEBLO LEONÉS 1 0 0,00% GBAI 4 5 55,56% UPN 8 7 46,67% GENT X FORMENTERA 0 1 100,00% Fuente: Elaboración propia a partir de las páginas webs oficiales de los parlamentos autonómicos españoles.
85 ANEXO 8. Puestos de portavocía en los parlamentos por género clasificados por partido político. ANEXO 8.1. Puestos de portavocía en los parlamentos por género clasificados por partido político con representación nacional. PP PSOE Ciudadanos VOX UNIDAS PODEMOS HOMBRE MUJER HOMBRE MUJER HOMBRE MUJER HOMBRE MUJER HOMBRE MUJER ANDALUCÍA 1 0 0 1 1 0 1 0 0 1 ARAGÓN 1 0 1 0 1 0 1 0 2 0 ASTURIAS 0 1 0 1 0 1 1 0 1 1 BALEARES 1 0 0 1 0 1 1 0 1 0 CANARIAS 0 1 0 1 0 1 0 0 1 0 CANTABRIA 1 0 0 1 1 0 1 0 0 0 CASTILLA-LA MANCHA 0 1 0 1 1 0 0 0 0 0 CASTILLA Y LEÓN 1 0 1 0 1 0 0 0 1 0 CATALUÑA 1 0 0 1 1 0 1 0 1 0 C. VALENCIANA 0 1 1 0 0 1 0 1 0 1 EXTREMADURA 0 1 0 1 1 0 0 0 0 1 GALICIA 1 0 1 0 0 0 0 0 0 0 LA RIOJA 1 0 1 0 1 0 0 0 0 1 MADRID 1 0 0 1 0 0 0 1 0 1 MURCIA 1 0 1 0 1 0 1 0 0 1 NAVARRA 0 0 1 0 0 0 0 0 1 1 PAÍS VASCO 1 0 1 0 0 0 0 1 0 1 TOTAL CCAA 11 5 8 9 9 4 7 3 8 9 CEUTA * * * * * * * * * * MELILLA 1 0 0 1 1 0 1 0 0 0 TOTAL CA 1 0 0 1 1 0 1 0 0 0 TOTAL 12 5 8 10 10 4 8 3 8 9 % Mujeres Portavoces 29,412% 55,556% 28,571% 27,273% 52,941% Fuente: Elaboración propia a partir de las páginas webs oficiales de los parlamentos autonómicos españoles. Nota 1. Se han fusionado los datos de diputados de los partidos Podemos e Izquierda Unida en la coalición de Unidas Podemos en aquellas Comunidades Autónomas donde se presentaron por separado (Aragón, Asturias, La Rioja y Navarra) para facilitar el análisis. Nota 2. Se han disgregado aquellos diputados pertenecientes a Ciudadanos o PP en aquellas Comunidades donde pertenecen a una misma confluencia (en el caso del País Vasco, PP+Cs; y en Navarra mediante la confluencia Navarra Suma).
86 ANEXO 8.2. Puestos de portavocía en los parlamentos por género, clasificados por partido político con representación regional. Hombre Mujer ASG 1 0 BNG 0 1 CHUNTA ARAGONESISTA 1 0 COALICIÓN CANARIA 1 0 COALICIÓN X MELILLA 1 0 COMPROMÍS 1 0 CUP 0 1 EH BILDU 0 2 EL PI 1 0 ERC 0 1 FORO ASTURIAS 1 0 GEROA BAI 0 1 JUNTS 0 1 MÁS MADRID 0 1 MÉS PER MALLORCA 1 0 MÉS PER MENORCA 1 0 NAVARRA SUMA 1 0 NUEVA CANARIAS 1 0 PARTIDO ARAGONÉS 1 0 PNV 1 0 PRC 1 0 TOTAL 14 8 % representación femenina portavocías total partidos regionales 36,364% Fuente: Elaboración propia a partir de las páginas webs oficiales de los Parlamentos autonómicos españoles.
87 ANEXO 9. Candidatos a la presidencia por partido político en las últimas elecciones autonómicas. PP PSOE Cs VOX Unidas Podemos HOMBRE MUJER HOMBRE MUJER HOMBRE MUJER HOMBRE MUJER HOMBRE MUJER ANDALUCÍA 1 0 0 1 1 0 1 0 0 1 ARAGÓN 1 0 1 0 1 0 1 0 1 1 ASTURIAS 0 1 1 0 1 0 1 0 0 2 BALEARES 1 0 0 1 1 0 1 0 1 0 CANARIAS 1 0 1 0 0 1 0 0 0 1 CANTABRIA 0 1 1 0 1 0 1 0 0 0 CASTILLA-LA MANCHA 1 0 1 0 0 1 0 0 0 0 CASTILLA Y LEÓN 1 0 1 0 1 0 1 0 1 0 CATALUÑA 1 0 1 0 1 0 1 0 0 1 C. VALENCIANA 0 1 1 0 1 0 0 1 1 0 EXTREMADURA 1 0 1 0 1 0 0 0 0 1 GALICIA 1 0 1 0 0 0 0 0 0 0 LA RIOJA 1 0 0 1 1 0 0 0 0 1 MADRID 0 1 1 0 0 0 0 1 1 0 MURCIA 1 0 1 0 0 1 1 0 1 0 NAVARRA 0 0 0 1 0 0 0 0 1 1 PAÍS VASCO 1 0 0 1 1 0 0 1 0 1 TOTAL CCAA 12 4 12 5 11 3 8 3 7 10 CEUTA 1 0 1 0 0 0 1 0 0 0 MELILLA 1 0 0 1 1 0 1 0 0 0 TOTAL CA 2 0 1 1 1 0 2 0 0 0 TOTAL 14 4 13 6 12 3 10 3 7 10 % CANDIDATAS A LA PRESIDENCIA 22,222% 31,579% 20,000% 23,077% 58,824% Fuente: Elaboración propia a partir de las páginas webs oficiales de los parlamentos autonómicos españoles.
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