scieee Open visual document viewer

Las empleadas de hogar. Régimen jurídico y de Seguridad Social

Sánchez Giménez, Raquel; Jiménez Romera, Gemma

Abstract

Esta investigación presenta un estudio de género del régimen jurídico laboral aplicable al personal del servicio doméstico. Sector ocupado mayoritariamente por mujeres. El objetivo principal es realizar un análisis jurídico sobre el marco legal aplicable para la actividad de las empleadas de hogar. Se presentará evolución de la normativa laboral, de seguridad social, así como análisis de la acción protectora vigente, observando la precariedad existente para este colectivo. Para abordar este estudio ha sido necesario efectuar un análisis documental y bibliográfico, junto con otros informes y datos estadísticos. Se pretende así, mostrar una visión general de la relación laboral del personal al servicio del hogar familiar, analizando así sus peculiaridades respecto de la relación laboral común. La importancia de esta investigación radica en sus peculiaridades, difícilmente podemos encontrar una regulación tan precaria, teniendo en cuenta que la mayor parte de las personas que trabajan en este sector son mujeres.

Full text

LAS EMPLEADAS DE HOGAR: REGIMEN JURIDICO Y DE SEGURIDAD SOCIAL Au o a: Sánchez Giménez, Raquel  Coau o a: Jiménez Rome a, Gemma  RESUMEN Es a in es igación p esen a un es udio de géne o del égimen ju ídico labo al aplicable al pe sonal del se icio domés ico. Sec o ocupado mayo i a iamen e po muje es. El obje i o p incipal es ealiza un análisis ju ídico sob e el ma co legal aplicable pa a la ac i idad de las empleadas de hoga . Se p esen a á e olución de la no ma i a labo al, de segu idad social, así como análisis de la acción p o ec o a igen e, obse ando la p eca iedad exis en e pa a es e colec i o. Pa a abo da es e es udio ha sido necesa io e ec ua un análisis documen al y bibliog á ico, jun o con o os in o mes y da os es adís icos. Se p e ende así, mos a una isión gene al de la elación labo al del pe sonal al se icio del hoga amilia , analizando así sus peculia idades espec o de la elación labo al común. La impo ancia de es a in es igación adica en sus peculia idades, di ícilmen e podemos encon a una egulación an p eca ia, eniendo en cuen a que la mayo pa e de las pe sonas que abajan en es e sec o son muje es. PALABRAS CLAVE Se icio domés ico, géne o, acción p o ec o a, elación labo al especial. ABSTRACT: This esea ch p esen s a gende s udy o he labo legal egime applicable o domes ic se ice pe sonnel. Sec o occupied mainly by women. The main goal is o ca y ou a legal analysis on he applicable legal amewo k o he ac i i y o domes ic wo ke s. The e olu ion o labo egula ions, social secu i y will be p esen ed, as well as he analysis o he cu en p o ec i e ac ion, obse ing he exis ing p eca iousness o his g oup. To add ess his s udy i has been necessa y o ca y ou a documen a y and bibliog aphic analysis, oge he wi h o he epo s and s a is ical da a. The aim is o show a gene al ision o he employmen ela ionship o he s a a he se ice o he amily home, analyzing hei peculia i ies wi h espec o he common labo ela ionship. The impo ance o his esea ch lies in i s peculia i ies, we can ha dly ind such a p eca ious egula ion, aking in o accoun ha mos o he people who wo k in his sec o a e women. KEYWORDS Domes ic se isse, gende , p o ec i e ac ion, special employmen ela ionship.  Mon iel y Ga cía Aseso es S.L, aquel.sg@ho mail.com  Uni e sidad de Mu cia, ji [email protected] 713 1. INTRODUCCION. Con es e abajo se p e ende ealiza el es udio de géne o de un de e minado colec i o de abajado es y abajado as, que desa olla su ac i idad labo al en el ámbi o del se icio del hoga amilia . Con ca ác e p e io se e ec úan unas b e es p ecisiones e minológicas. Asimismo, se apo a án y alo a án da os es adís icos, pa a pode conoce an o la ep esen a i idad como la desag egación po sexo de las pe sonas abajado as en es e sec o . El cue po p incipal de es e abajo con iene un p ime análisis de la egulación desde la pe spec i a del De echo del T abajo en ando en de alle de la si uación ac ual en cuan o a de echos labo ales se e ie e. T adicionalmen e el colec i o de abajado es y abajado as del hoga ha es ado muy alejado de las mejo as en las condiciones de abajo e incluso se puede a i ma que ha sido un colec i o ol idado po pa e del legislado . En una segunda pa e se analiza el Sis ema Especial de Segu idad Social (en adelan e SESS), pa a los empleados y empleadas de hoga a ando las peculia idades en ma e ia de co ización, así como la acción p o ec o a de es os abajado es y abajado as espec o del pe sonal encuad ado en el Régimen Gene al de la Segu idad Social (en adelan e RGSS). Se p e ende, en de ini i a, mos a una isión gene al de la elación labo al del pe sonal al se icio del hoga amilia , analizando así sus peculia idades pa a da las a conoce , pues o que en es a elación se dan an as singula idades que, en la mayo ía de los casos el abajado o abajado a, se encuen a en una si uación de disc iminación o p eca iedad espec o al égimen común; llegando incluso a desconoce an o los empleados y empleadas como los empleado es y empleado as las bases legales de es e ipo de p es ación de se icios. Pa a abo da es e es udio ha sido necesa io e ec ua un análisis documen al y bibliog á ico basado en la no ma i a exis en e ac ualmen e, así como o os ipos de in o mes, da os es adís icos e in o mación p oceden e de di e en es medios. Todo ello, inco po ando el consiguien e análisis de géne o, sabiendo que ealmen e es un sec o en el que la p esencia de la muje es mayo i a ia, y donde exis e el empleo i egula o economía sume gida. Po úl imo, con es e abajo se p e ende da espues a a cues iones como la exis encia de una igualdad eal en la p es ación de se icios del pe sonal al se icio del hoga amilia espec o de la elación labo al común, o si se a a ealmen e de un sec o eminizado y p eca io. 714 2. CONCEPTO. TRABAJADORES/TRABAJADORAS DOMESTICAS. La O ganización In e nacional del T abajo en su Con enio 189 en su a . 1.a). de ine abajo domés ico como “el abajo ealizado pa a o den o de un hoga o a ios hoga es” Es e abajo puede inclui a eas como limpia la casa, cocina , la a y plancha la opa, el cuidado de los niños, ancianos o en e mos de una amilia, ja dine ía, igilancia de la casa, cho e de la amilia, e incluso cuidando los animales domés icos. El peculia ámbi o en el que se desen uel e la elación de se icio domés ico o abajo en el hoga amilia ha de e minado su adicional ma ginación del De echo del T abajo. Pese a la concu encia de los ca ac e es de inido es del con a o de abajo, olun a iedad, ajenidad y dependencia, el legislado ha p e e ido, po la go iempo, man ene a los se ido es domés icos al ma gen de la legislación labo al y den o del p eca io ma co del con a o de a endamien os de se icios. La especí ica egulación llegó a me ced al Real Dec e o 1424/1985 de 1 de agos o, egulado de la elación labo al especial de empleados de hoga , el cual ha se ido como ins umen o impo an e en la cla i icación de las no mas de aplicación a los Empleados de hoga . Así pues, el égimen ju ídico de es os abajado es se con igu a, po un lado, como Relación Labo al de Ca ác e Especial del Se icio del Hoga Familia egulado po el Real Dec e o 1620/2011, de 14 de no iemb e po el que se egula la Relación labo al de ca ác e gene al del se icio del hoga amilia (en adelan e RDHF) y en lo que concie ne a la p o ección social como Régimen Especial de la Segu idad Social de Empleados de Hoga , egulado po el Real Dec e o- Ley 29/2012 de 28 de diciemb e, sob e mejo a de ges ión y p o ección social en el Sis ema Especial de Empleados de Hoga y o as medidas de ca ác e económico y social. 3. LA PRECARIEDAD EN DATOS Pa a ob ene in o mación sob e el núme o de pe sonas que se dedican como empleadas de hoga en España se deben ene en cuen a dos uen es, p incipalmen e: ➢ Es adís icas de A iliación al Sis ema de la Segu idad Social. En ma zo 2018, la a iliación al Sis ema Especial de Empleados de Hoga (SEEH), es de 420.194 pe sonas, suponiendo una educción en ni eles absolu os espec o pa a el mismo pe iodo de ma zo de 2017 de 8.330 pe sonas. Si compa amos con el año an e io , se obse a una le e endencia dec ecien e si uándose la media de a iliación pa a el año 2017 en 425.810 pe sonas. En el conjun o del Sis ema de la Segu idad Social es a ci a supone un 3 % del o al de a iliación en al a labo al. 715 ➢ Encues a de Población Ac i a (en adelan e EPA) del Ins i u o Nacional de Es adís ica (en adelan e INE).1 La población ac i a que decla a es a empleada en hoga es como pe sonal domés ico alcanza la ci a de pe sonas, 78.200 homb es y 641.700 muje es según la EPA co espondien e al cua o imes e de 2017. En consecuencia, la composición po sexo de la población ac i a dedicada al abajo domés ico, es mayo i a iamen e emenina. Como se puede comp oba el sec o es á al amen e eminizado: el 88 % de la a iliación a la Segu idad Social del sec o son muje es. De es as pe sonas, 425.810 es án dadas de al a en el SEEH, lo que supone que el 66,3% de la población ac i a del sec o del empleo domés ico es á co ec amen e encuad ada y en al a, mien as que un 33,70% ealiza ía su ac i idad en modo i egula . También cabe des aca , que conc e amen e el sec o del empleo domés ico exis e un al o po cen aje de pe sonas que ealizan su abajo sin es a en si uación de al a en la segu idad social e incluso en si uación de desempleo o como pe sonas inac i as. Es os da os son solo cuan i a i os, pe o un análisis más p o undo indica que, el abajo domés ico mues a cla amen e la disc iminación de géne o que exis e en la di isión sexual del abajo. His ó icamen e el epa o de a eas suponía la asunción po pa e del homb e del espacio público y p oduc i o y de la muje el espacio p i ado y ep oduc i o. Es a si uación asladada al con ex o ac ual se mani ies a de o ma muy cla a en es e ipo de ocupaciones, las ac i idades del ámbi o ep oduc i o y p i ado es án des alo izadas y es a azón es la consecuencia di ec a de la si uación ac ual de las empleadas de hoga . A con inuación, se de alla á an o el égimen labo al aplicable como su egulación en e e encia a la segu idad social 4. REGIMEN LABORAL APLICABLE. En lo que concie ne a los suje os de la elación labo al especial del Se icio del Hoga Familia se de ine como aquella que “concie an el i ula del mismo, como empleado , y el empleado que, dependien emen e y po cuen a de aquél, p es a se icios e ibuidos en el ámbi o del hoga amilia ” (a . 1.2 RDHF). El RDHF en su p ime a ículo, delimi a su ámbi o obje i o de aplicación en él se de allan: ➢ Ac i idades Incluidas: • Ta eas domés icas. • Di ección o cuidado del hoga en su conjun o o de algunas de sus pa es, • El cuidado o a ención de los miemb os de la amilia o de las pe sonas que o man pa e del ámbi o domés ico o amilia , 1. Ambas ins i uciones u ilizan las mismas clasi icaciones pa a ag upa y di e encia las dis in as ac i idades económicas. El INE es en España el o ganismo esponsable del man enimien o y ac ualización de las es adís icas, y sigue las pau as de la Unión Eu opea y de O ganización de Naciones Unidas pa a la a monización de las es adís icas y ga an iza el a amien o uni o me de los da os es adís icos sob e ocupaciones en el ámbi o nacional y su compa abilidad in e nacional y comuni a ia. 716 • O os abajos que se desa ollen o mando pa e del conjun o de a eas domés icas, ales como los de gua de ía, ja dine ía, conducción de ehículos y o os análogos” (a . 1.4 RDHF). ➢ Ac i idades Excluidas (a 2.1. RDHF): • Relaciones conce adas po pe sonas ju ídicas, de ca ác e ci il o me can il. • Relaciones conce adas a a és de emp esas de abajo empo al. • Relaciones de los cuidado es p o esionales con a ados po ins i uciones públicas o po en idades p i adas. • Relaciones de los cuidado es no p o esionales consis en es en la a ención p es ada a pe sonas en si uación de dependencia en su domicilio. • Relaciones conce adas en e amilia es. • T abajos ealizados a í ulo de amis ad, bene olencia o buena ecindad. • Se icio de cuidado o a ención de los miemb os de la amilia de ca ác e ma ginal (a la pa ), p es adas a cambio de comidas, alojamien o o simples compensaciones de gas os (a . 2.2 RDHF). • Se icios domés icos y o os se icios ajenos al hoga amilia en ac i idades o emp esas del empleado , sal o p ueba en con a io” (a . 2.3 RDHF). Como se puede obse a , legalmen e las ac i idades es án enunciadas, pe o poco desa ollado as. La poca conc eción ju ídica puede da luga , y de hecho lo da, a si uaciones en las cuales se p oduce un exceso de ac i idades no con empladas. 4.1 RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN. En ma e ia de acceso al empleo el a . 4.1 RDHF dispone que, “los empleado es pod án con a a a los abajado es di ec amen e o po in e mediación de los se icios públicos de empleo o de las agencias de colocación debidamen e au o izadas”. ➢ Fo ma del con a o, “el con a o de abajo pod á celeb a se po esc i o o de palab a”. En odo caso, “en los con a os de du ación de e minada po iempo igual o supe io a cua o semanas se á po esc i o”. Aho a bien “cualquie a de las pa es pod á exigi que el con a o se o malice po esc i o, incluso du an e el anscu so de la elación labo al” (a . 5 RDHF). ➢ In o mación sob e los elemen os esenciales del con a o, (a . 5.4 RDHF) Cuando la du ación de la elación labo al sea supe io a cua o semanas, si los mismos no igu an en el con a o o malizado po esc i o el abajado debe á ecibi in o mación sob e los elemen os esenciales del con a o. Incluyendo: a) “Las p es aciones sala iales en especie, cuando se haya con enido su exis encia. 717 b) La du ación y dis ibución de los iempos de p esencia pac ados, así como el sis ema de e ibución o compensación de los mismos. c) El égimen de pe noc as del empleado de hoga en el domicilio amilia , en su caso”. ➢ Du ación del con a o, “pod á celeb a se po iempo inde inido o po du ación de e minada”, emi iéndose a la no ma i a exis en e en el Es a u o de los T abajado es (a . 6 RDHF). ➢ La egulación del pe iodo de p ueba se ecoge en el a . 6.2 RDHF, según el cual, se puede pac a un “pe iodo de p ueba, es e ha de se po esc i o y no puede excede de dos meses”. La di e encia espec o de la elación labo al común, consis e en que la olun a ia esolución de la elación labo al du an e el pe iodo de p ueba po cualquie de las pa es equie e un pe iodo de p ea iso que no pod á excede de sie e días na u ales. 4.2 RETRIBUCIÓN. - En cuan o a la e ibución, el a . 8.1 RDHF, es ablece que en la elación labo al especial “se á de aplicación el Sala io Mínimo In e p o esional, (en adelan e SMI) ijado anualmen e po el Gobie no”, siendo es e e e ido a jo nada comple a. El sala io se puede mejo a a a és de pac o indi idual o colec i o, si bien al no exis i po el momen o con enios colec i os en el sec o , queda en manos de la au onomía indi idual la posibilidad de inc emen a o no dichos mínimos. Ac ualmen e el SMI se encuen a en 735,90€, debemos ene en cuen a que como su p opio nomb e indica es e sala io debe hace e e encia al mínimo, sin emba go, son mayo i a ias las ocasiones en las cuales o bien no se pe cibe en sala io mínimo o bien se abona es e sala io sin ene en conside ación el ho a io o las condiciones especiales del pe sonal que abaja. Si bien, es un mínimo legal debemos ene en cuen a que en el égimen gene al los sala ios suelen se más al os po no ma gene al. Es e hecho deja a las pe sonas empleadas en el hoga en una cla a des en aja sala ial. - Po o o lado, pa a la p es ación de se icios domés icos a iempo pa cial, debe á ene se en cuen a el sala io po ho as, en el cual se incluyen odos los concep os e ibu i os, (sala io po el iempo abajado, más la pa e p opo cional co espondien e al descanso semanal, acaciones y pagas ex ao dina ias). - En cuan o al sala io en especie, “como alojamien o o manu ención, se pod á descon a po ales concep os el po cen aje que las pa es acue den, siemp e y cuando quede ga an izado el pago en me álico, de al menos, la cuan ía de SMI, y sin que pueda esul a un po cen aje de descuen o supe io al 30 po 100 del sala io o al” (a . 8.2 RDHF), ya que es e ipo de sala io en especie se da con mucha ecuencia y en ocasiones gene ando si uaciones abusi as. Po o a pa e, si se pac a sala io en especie, el impo e equi alen e en dine o del mismo debe consigna se en el con a o o en la comunicación esc i a sob e los elemen os esenciales del con a o y ambién en la 718 comunicación o al a en la Segu idad Social (Llano Sánchez 2012). Es e ema ambién es especialmen e con lic o ya que las pe sonas que abajan como empleadas de hoga en égimen in e no en algunas ocasiones no pe ciben pa e de su sala io o al y es di ícil comp oba ehacien emen e cual es el sala io en especie y cual la e ibución. - En cuan o a las pagas ex ao dina ias, end á de echo a dos g a i icaciones ex ao dina ias al año. (a . 8.4 RDHF). - “La documen ación del sala io debe á ealiza se median e la en ega al abajado de un ecibo indi idual y jus i ica i o del pago del mismo, en la o ma en la que acue den las pa es, o en de ec o de pac o, de con o midad con el a 29.1 ET” (a . 8.6 RDHF). Debe á con ene con la debida cla idad y sepa ación las di e en es pe cepciones del abajado , así como las deducciones que legalmen e p ocedan (Co de o Go dillo, 2014). La cues ión del sala io ambién es eseñable, si bien, la ley es ablece unos “mínimos” es di ícil cons a a que es os se cumplan. Es más, son nume osos los casos en los cuales el sala io es más bajo, jus i icando es e sala io po medio de sus en os poco o nada legales. También es cie o, que en muchas ocasiones es la p opia necesidad de la empleada la que la lle a a acep a condiciones que an en con a de su p opia dignidad como abajado as. 4.3 JORNADA, VACACIONES Y PERMISOS. • “La jo nada máxima semanal de ca ác e o dina io se á de cua en a ho as de abajo e ec i o, sin pe juicio de los iempos de p esencia, que pudie an aco da se” (a . 9.1 RDHF). • “El iempo de p esencia pod ía de ini se como aquel en el que el empleado pe manece en el luga de abajo, a disposición del empleado , pe o sin p es a abajo e ec i o”. • En cuan o a la du ación del iempo de p esencia el a . 9.2 RDHF dispone que, “debe espe a la jo nada máxima de abajo y los pe iodos mínimos de descanso. Sal o que se acue de compensación con pe iodos equi alen es de descansos e ibuido, las ho as de p esencia no pod án excede de ein e ho as en p omedio mensual y se e ibui án con un sala io no in e io a las ho as o dina ias”. En es e caso, los limi es son di usos ya que al coincidi el luga de esidencia con el luga de abajo es di ícil cons a a si se espe an los pe iodos mínimos de descanso. • Po lo que espec a a las ho as ex ao dina ias, no se á de aplicación el a . 35.5 ET, es deci no se p ecisa el egis o dia io de ho as de abajo, o alización y en ega de esumen al abajado (a . 9.3 RDHF). “Con ello se acili a al empleado la ges ión del con a o, pe o a cos a de pe judica al abajado po cuan o se le p i a de un medio de p ueba documen al pa a las e en uales eclamaciones en es a ma e ia” (Llano Sánchez, 2012). • En cuan o al ho a io se á el ijado lib emen e po acue do en e las pa es. Se econoce, además, un descanso mínimo en e jo nada y jo nada de doce ho as. Sin emba go, pa a 719 los empleados de hoga in e nos el descanso en e jo nadas, “pod á educi se a diez ho as, pe o el es o has a alcanza doce ho as debe á compensa se en pe iodos de has a cua o semanas”. También, se ecoge pa a el empleado in e no un mínimo de dos ho as dia ias pa a las comidas p incipales, no siendo compu able como de abajo y po an o no se á e ibuido (a . 9.4. RDHF). Es e pun o es á ligado con el iempo de p esencia, si bien es cie o que se pueden aco da unos ho a ios de e minados, ambién es cie o que se puede ulne a el descanso mínimo o es ablece ho a ios que ayan más allá de las 40 ho as semanales. • El descanso semanal se á de ein a y seis ho as consecu i as que comp ende án, como egla gene al, la a de del sábado o la mañana del lunes y el día comple o del domingo. Pa a abajado es que no abajan a jo nada comple a la e ibución de es e descanso se á p opo cional a las ho as e ec i amen e abajadas (a . 9.5 RDHF). • El pe iodo de acaciones anuales es de ein a días na u ales, que puede acciona se po pe iodos, siendo uno de ellos al menos de quince días na u ales consecu i os. El pe iodo de dis u e se aco da á en e las pa es. • Du an e el dis u e de las acaciones el empleado no es á obligado a esidi en el domicilio amilia (a . 9.7 RDHF). Aho a bien, “en el caso de que el empleado de hoga in e no desee con inua esidiendo en el hoga amilia du an e su pe iodo de acaciones, la e ibución de las acaciones debe comp ende an o el sala io en dine o como en especie, po lo que cab ía de ende que el abajado conse a ía su de echo al alojamien o y manu ención du an e el pe iodo acacional” (Co de o Go dillo, 2014). Aquí encon amos o o pun o que puede c ea con o e sia pues si bien legalmen e se es ablecen los pe iodos de acaciones, si la pe sona enca gada de las a eas del hoga dis u a de sus acaciones en el hoga pa a el que abaja suele ealiza a eas co idianas que se encuen an den o de las conside adas a eas labo ales. • El abajado end á de echo al dis u e de las ies as y pe misos p e is os pa a el es o de los abajado es. 4.4 EXTINCIÓN DEL CONTRATO. El a . 11 RDHF emi e a las causas ex in i as p e is as con ca ác e gene al en el a . 49 ET, es ableciendo, eso sí, pa icula idades pa a el despido disciplina io y man eniendo una causa especi ica que ya exis ía en la no ma i a an e io , el desis imien o del empleado . En es e caso podemos deci que la elación labo al puede ex ingui se po : ➢ Despido disciplina io. Pa a el caso del despido disciplina io el a . 11.2 RDHF, emi e a las causas con empladas en el ET, siendo, po an o, las siguien es: a) Las al as epe idas e injus i icadas de asis encia o pun ualidad al abajo. 720 b) La indisciplina o desobediencia en el abajo. c) Las o ensas e bales o ísicas al emp esa io o a las pe sonas que abajan en el hoga amilia o a sus amilia es. d) La ansg esión de la buena e con ac ual, así como el abuso de con ianza en el desempeño del abajo. e) La disminución con inuada y olun a ia en el endimien o de abajo no mal. ) La emb iaguez habi ual o oxicomanía si epe cu en nega i amen e al abajo. g) El acoso po azón de o igen acial o é nico, eligión, discapacidad, edad y o ien ación sexual y el acoso sexual o po azón de sexo del empleado o pe sonas que abajan en el hoga amilia . Es e ipo de despido debe comunica se median e no i icación esc i a de las causas del mismo, sin de echo a indemnización a pe cibi po pa e del abajado , sal o en el caso de que la ju isdicción lo decla e el despido imp oceden e en cuyo caso se abona ía en me álico el sala io co espondien e a ein e días po año con un lími e de doce mensualidades. Nó ese que en la elación labo al común, alude que la indemnización se ci a en ein a y es días po año con un máximo de ein icua o mensualidades (Salcedo Bel án, 2014). ➢ Desis imien o. La modalidad de ex inción de la elación labo al po decisión emp esa ial es la del desis imien o (a . 11.3 RDHF), ca ac e izado po que el i ula del hoga amilia da po inalizada la p es ación labo al sin alega ninguna causa. Los equisi os que se han ijado pa a su alidez son los siguien es: a) Mani es ación exp esa de la olun ad del empleado de pone in a esa elación labo al, pa a ello comunicación esc i a, cuyo con enido y modelo es á es ablecido po el MESS2. Además, dicha comunicación debe á “deja cons ancia de modo cla o, e minan e y p eciso la olun ad del empleado de da po inalizada la elación labo al po es a causa” (De Sande Pé ez-Bedma 2011 pág. 140). b) P ea isa la comunicación, con una an elación mínima de ein e días pa a elaciones supe io es a un año y de sie e días en los demás supues os. El emp esa io pod á sus i ui es e p ea iso po una indemnización equi alen e a los sala ios de dicho pe iodo. c) Pone simul áneamen e a disposición del abajado una indemnización, ín eg amen e en me álico, co espondien e a doce días na u ales po año de se icio con el lími e de seis mensualidades. “Se habla de sala io en gene al, lo que incluye ambién las pe cepciones en especie” (Ba celó Cobedo, 2012 pág. 29). Es e ipo de despido es muy conc e o y no lo encon amos en el égimen gene al, supone una desp o ección hacia las pe sonas que abajan en es e sec o pues o que en cualquie momen o y sin causa jus i icada se puede pone in a la elación labo al. 2 Minis e io de Empleo y Segu idad Social. H p://www.empleo.gob.es/es/po ada/se iciohoga /modelos/index.h m (Consul ado 01/04/2018) 721 con a ación o incluso el aude. En es e caso la simpli icación de los ámi es, así como el es ablecimien o de educciones y boni icaciones a la con a ación, pa ece una exigencia cla a. Pa a conclui cabe a i ma que aún queda camino po egula pa a que es e sec o pueda equipa a se en de echos al sis ema gene al, es necesa io un mayo econocimien o ju ídico y social pa a que la p eca ización de es e sec o desapa ezca poco a poco y con ello se comba a la p opia p eca ización del abajo emenino. BIBLIOGRAFÍA Ba celon Cobedo, Susana (2012). “La elación labo al de ca ác e especial del se icio del hoga amilia as el Real Dec e o 1621/2011 de 14 de no iemb e” A anzadi Social nº 1 () Co de o Go dillo, Vanessa (2014) La elación labo al especial del se icio del hoga amilia : RD 1620/2011, de 14 de no iemb e Ti an Lo Blanch, Valencia. De Sande Pé ez-Bedma , Ma ía (2011): “La elación labo al especial de los empleados de hoga : aspec os labo ales y segu idad social” Re is a Ju ídica V.23 (137-165). Gala Du án, Ca olina (2014), “La p o ección en ma e ia de Segu idad Social de los Empleados de Hoga as el RDL 29/2012: Un iaje de ida y uel a”. Relaciones labo ales y empleados del hoga : e lexiones ju ídicas, Dykison, Mad id, (151-155). Llano Sánchez, Mónica (2012): “El nue o con a o de labo al especial del se icio del hoga amilia ” Ac ualidad Labo al, nº 6 (1-21). Salcedo Bel án, Ma ía del Ca men (2014) La elación labo al especial del hoga amilia : ámbi o de aplicación, con a ación y ex inción. Dykinson, Mad id. Vela Díaz, Raquel (2013) “De la Ley 27/2011 al RD-Ley 29/2012 de mejo a de ges ión y p o ección social en el sis ema especial pa a empleados de hoga : La nue a on e a en e las pe sonas abajado es al se icio del hoga amilia ”. Temas labo ales, núm.121 (133-149) 728