El patrimonio de la desamortización. De los bienes cultuales y culturales
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103 EL PATRIMONIO DE LA DESAMORTIZACIÓN. DE LOS BIENES CULTUALES Y CULTURALES Manuel Antonio Ramos Suárez A lo largo de la Historia y más especialmente durante los siglos XVIII y XIX se produjeron en España numerosos procesos desamortizadores que incidieron principalmente en los bienes de las comunidades religiosas, si bien no quedaron exentas las propiedades de la nobleza o los bienes de los concejos. Sin embargo, y aunque numerosos especialistas han tratado lo sucedido a los bienes rústicos de esas instituciones, es mucho el desconocimiento sobre las consecuencias que tuvieron esos procesos en el Patrimonio Cultural. Ese desconocimiento afecta no sólo a nivel nacional donde se conocen algunos hitos, sino también a nivel local, caso de la localidad que nos ocupa. Para el estudio planteado y su realización se han consultado numerosas fuentes archivísticas y bibliográficas ya expuestas en la monografía Patrimonio Cultural y Desamortización. Marchena 1798-1901.1 Por ello, y aunque este trabajo se presentó con información inédita en una de las sesiones 1 La obra se publicó por la Diputación Provincial de Sevilla y obtuvo el premio Archivo Hispalense -Sección Artedel pasado año 2007. Fue presentada el pasado mes de abril de 2009 en la Sala Carrera de Marchena. Desde aquí mostrar mi agradecimiento a don Jesús-Lino Rodríguez por las imágenes que ilustran esta ponencia-resumen.
104 de las XIV Jornadas sobre Historia de Marchena, hoy puede servir de resumen de ese trabajo más amplio ya publicado. La desamortización se define como la acción legal para liberar los bienes de manos muertas (que pertenecen a la Iglesia, la nobleza o un municipio, etc.) de manera que puedan ser vendidos. Ésta afectó a toda clase de bienes. Y si bien, la más conocida de ellas es la desamortización del ministro Mendizábal, ésta no fue ni la primera ni la única. No obstante, se puede considerar como la más «virulenta», al menos para la institución eclesiástica. Se han sucedido numerosas desamortizaciones entre las cuales se señalan: la expulsión y extrañamiento de la Compañía de Jesús en el año 1767 considerada por numerosos historiadores como la primera desamortización; la desamortización de Godoy decretada en el año 1798 y que afectó a los hospitales, colegios, casas de misericordias, hermandades, cofradías, etc. y en la que se pusieron en venta numerosas propiedades rústicas y urbanas; la desamortización de José I aprobada en el año 1809, también condicionada por los momentos bélicos que padecía la nación española y que supuso la primera destrucción y pérdida del patrimonio artístico español; la desamortización de las Cortes de Cádiz decretada en el año 1812 y de poca duración; la del Trienio Constitucional que no supuso una supresión completa de todas las comunidades religiosas salvo de aquellas que tenían menos de doce regulares, las grandes desamortizaciones de Mendizábal y Espartero de los años 1835 y 1841 respectivamente, que en la mayoría de los casos supuso la exclaustración definitiva y supresión de todos los bienes rústicos, urbanos e incluso culturales, la desamortización de Madoz en el año 1855 que afectó directamente y de manera especial a los Ayuntamientos, y la desamortización de la revolución gloriosa de 1868 que redujo aquellas comunidades que habían pervivido a las desamortizaciones previas. Todos estos procesos desamortizadores se desarrollaron a través de una ley marco principal que era desarrollada con posterioridad y concretada en numerosos decretos y normas que se concretizaban según la temática o al tipo de propiedad afectaba: rústica, urbana, bienes muebles, etc. Toda la legislación aparecía publicada en los sucesivos compendios legislativos, así como en la Gaceta de Madrid o en otras publicaciones periódicas de tirada provincial. En ellas se recogían todas las leyes y decretos e incluso se anunciaron las ventas y subastas de todos los bienes rústicos y urbanos que pasaban de las comunidades de religiosos y religiosas a manos de la Hacienda Pública. Uno de esos ejemplos de publicaciones periódicas fue el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla cuyo primer número salió por esas fechas con el objetivo de presentar esas ventas de bienes nacionales. Las consecuencias de la desamortización fueron amplias y de diversa índole. Las principales afectaron al mundo religioso y se materializaron en la exclaustración de comunidades de religiosas y religiosos principalmente, pues la primera medida era prohibir la entrada a legos, para posteriormente reducir las comunidades de menos de Manuel Antonio Ramos Suárez
105 doce frailes profesos y finalmente producirse la supresión. Por tanto, un fraile que había vivido más de cuarenta o cincuenta años en un convento, en el mejor de los casos, serviría la parroquia que tenía junto a su convento, en otros tenía que volver a su pueblo natal, otros se secularizaron, etc. En el terreno económico se produjeron la subasta y venta de los bienes que eran propiedad de las distintas comunidades. Y aunque las ilusiones estaban puestas en que se produciría una mejora de la Hacienda Pública los resultados no fueron tales.2 Por lo que se refiere a las consecuencias sociales, en la nación española se apreciaba un fuerte anticlericalismo desde fuera por la clase política con la entrada de nuevas corrientes ilustradas y liberales e incluso dentro de la misma Iglesia por parte de la jerarquía y el clero secular, que no aceptaban de buen grado la vida y costumbres degradadas de los moradores de los conventos. Y finalmente, las consecuencias que afectaron al patrimonio cultural en todos sus ámbitos, principalmente en el terreno arquitectónico con el deterioro, destrucción y pérdida de numerosos edificios conventuales, con numerosos cambios de usos, transformaciones y derribos. Esta consecuencia trajo consigo la destrucción y el deterioro de muchos conventos que provocaron numerosos cambios urbanísticos en el viario de pueblos y ciudades españolas. Además se produjo la pérdida y el trasiego de todos los bienes muebles tanto en el terreno de la escultura, pintura, artes suntuarias o los fondos archivísticos y bibliográficos que poseían las comunidades. No obstante, si algo tuvo de positivo la ley desamortizadora respecto a estos bienes últimos fue la creación de las bibliotecas provinciales que sirvieron de depósito de esas bibliotecas conventuales o la creación de los museos provinciales que también acopiaron el patrimonio pictórico que poseían los conventos y que fueron requisados por los intelectuales de entonces. Teniendo en cuenta el título de la ponencia el patrimonio de la Desamortización estaba formado por bienes rústicos como tierras, cortijos, molinos, etc. y bienes urbanos destacando la iglesia y el edificio conventual, las casas que tenían las comunidades que se arrendaban y otros edificios como posadas, baños, etc. Respecto a los bienes muebles cabe diferenciar los bienes cultuales y los culturales, ya que la ley desamortizadora distinguió entre unos y otros. De ellos cabe señalar los retablos, las esculturas, pinturas, ornamentos, artes suntuarias, fondos bibliográficos y archivísticos. Cada una de las comunidades religiosas de la localidad tenía una zona conventual compuesta por la iglesia y las dependencias conventuales. Las comunidades de 2 Para conocer el tema en profundidad, véase A. LAZO DÍAZ,La desamortización de las tierras de la Provincia de Sevilla: (1835-1845) Sevilla, 1970. El patrimonio de la Desamortización. De los bienes cultuales y culturales.
106 religiosos que estaban establecidas en Marchena eran los dominicos (San Pedro Mártir), franciscanos recoletos (Santa Eulalia), franciscanos observantes (San Francisco), agustinos (San Agustín) y capuchinos (Santo Ángel). Estos edificios conventuales fueron los primeros que padecieron los diversos estragos de los distintos procesos desamortizadores. A continuación se va a ofrecer un somero análisis histórico de cada uno de ellos haciendo constar en primer lugar cuando fue su fundación, algunos hitos históricos y añadiendo los nuevos usos que tuvieron a lo largo de las distintas desamortizaciones. El convento de Santa Eulalia, situado a unos cuatro kilómetros fuera de la localidad, fue fundado por deseo de los duques de Arcos en el año 1490 según las crónicas y estuvo habitado por una comunidad de frailes franciscanos recoletos. Gozó de fama y santidad y según la historiografía allí habitó fray Juan Pérez de Marchena que posteriormente asesoró a Cristóbal Colón en su viaje. Su comunidad tuvo fuertes lazos de confraternidad con la comunidad del convento de San Francisco llegando a compartir la enfermería del último. Albergó una gran biblioteca, generosamente donada por la duquesa Guadalupe de Aveiro. Durante la desamortización de José I fue ocupado a fines de enero de 1810 y convertido en fortaleza. Sufrió graves destrozos por su ubicación en descampado, así como por ser zona de incursiones militares. En la desamortización del Trienio Liberal y obedeciendo el decreto de arreglo de conventos se le unieron las comunidades de Osuna y Palos de la Frontera. Entre los desperfectos que padeció hubo que reparar la cerca de la huerta conventual. Fue en la desamortización de Mendizábal cuando en octubre de 1835 se procedió a su supresión definitiva. A partir de entonces, se aumentó el deterioro del inmueble manteniéndose como capilla rural a cargo de un fraile exclaustrado. En los años cincuenta del siglo XIX sirvió de parroquia rural para atender a los vecinos de las haciendas cercanas, pasando con posterioridad a ser propiedad de una familia de la localidad. Hoy sólo se conservan algunos restos y ruinas del edificio. El convento de San Pedro mártir fue fundado por Bartolomé Sánchez de la Bonilla en el año 1517, con la intención de situarlo en la Plaza de la Fuente y con posterioridad gracias al mecenazgo de Rodrigo Ponce de León, I duque de Arcos, en el año 1520 se comenzó su construcción en los Cantillos de la puerta de Morón. Su capilla mayor sirvió de enterramiento de algunos de los miembros de la casa ducal, si bien desde mucho tiempo atrás, el convento de San Agustín de Sevilla había servido de lugar de enterramiento del linaje de los Ponce de León. A lo largo del siglo XVII y XVIII se sucedieron numerosos cambios estéticos en su inmueble, principalmente el cambio de cubierta del templo pasando de tener una armadura mudéjar a sustituirse por una bóveda de cañón a mediados del siglo XVIII. En esa centuria llegó a albergar hasta ocho hermandades. Manuel Antonio Ramos Suárez
107 Con motivo de la aplicación de la desamortización de José I y la ocupación napoleónica, las dependencias conventuales se usaron como cuartel, si bien su templo estuvo abierto desde noviembre de 1811 atendiendo a las peticiones de los fieles de la localidad pues en él se encontraban dos devociones de fuerte arraigo como el Cristo de San Pedro y la Virgen del Rosario, patrona de la localidad. Contraviniendo la norma general, el convento fue ocupado por los frailes en diciembre de 1812 procediéndose por parte de la comunidad a la reforma de tejados y recuperación de las puertas del cenobio. Durante el Trienio Liberal y tras la aplicación de la legislación vigente, fue uno de los conventos que se suprimió para unirse al de Carmona. Sus dependencias sirvieron como cuartel de guardia de la milicia nacional de Infantería. Con la desamortización de Mendizábal vino su supresión definitiva. El convento se usó para celebrar exámenes finales de las escuelas locales, como plaza de abastos que aún se conserva en este lugar, incluso planteándose la ubicación de la Casa consistorial. En el período desamortizador de Espartero y entre los años 1843 y 1845 se sucedieron varios pleitos promovidos por la Casa ducal de Arcos sobre la propiedad del inmueble, así como el deseo y la reclamación por parte del Consistorio a las autoridades provinciales para que se conservase su templo dados sus valores artísticos. A partir de 1850 la zona conventual comienza a sufrir fragmentaciones y arrendamientos por instituciones y particulares que llegan hasta nuestros días. Según Morales Sastre, el convento de San Francisco fue fundado en el año 1530 por acuerdo testamentario de Diego Núñez de Prado y Juana Blázquez, destinando su casa que luego fue capilla mayor, capilla del sagrario, sacristía y claustro chico. La casa ducal contribuyó económicamente durante muchos años a la celebración de capítulos intermedios de la orden franciscana, tal como se deduce de la contabilidad ducal. La aplicación del inmueble como fábrica de salitre durante la ocupación napoleónica dejó muy deteriorado tanto el templo como el convento. Posteriormente, a fines de 1812 la comunidad volvió a habitarlo tras hacer numerosas reformas. Con motivo de la desamortización del Trienio fue suprimido trasladándose cuatro frailes al convento de Aznalcázar y ocho al de Morón de la Frontera. Tanto el templo como la zona conventual se mantuvieron en buen estado usándose como escuela, si bien se desestimó su uso como cárcel provisional. La desamortización de Mendizábal provocó su definitiva supresión, aunque se quiso mantener abierto dada su importancia para la villa. Sin embargo, su clausura vino motivada por el hundimiento de la bóveda del templo a fines de 1846, sin poderse llevar a cabo su rehabilitación. Todo el templo y el convento se parceló ocupándose con inmuebles con diversos fines: viviendas, plaza pública, escuela, juzgados, etc. Tan sólo se conserva la capilla de la Vera Cruz como reducto de lo que fue el convento franciscano. El patrimonio de la Desamortización. De los bienes cultuales y culturales.
108 El convento de San Agustín se fundó en una ermita dedicada a Nuestra Señora de Gracia situada al final de la actual calle Santa Clara también con patrocinio ducal. Posteriormente, en el año 1616 la comunidad se trasladó a un nuevo inmueble que se fue construyendo a lo largo del siglo XVII, finalizándose en la segunda mitad del siglo XVIII. Sirvió de enterramiento de Manuel Ponce de León, VI duque de Arcos y desde sus inicios se vinculó con el convento agustino de la ciudad hispalense. Actualmente y desde el año 1915 está regentado por una comunidad de mercedarios descalzos. Se cerró con motivo de la desamortización de José I y padeció pocos destrozos. En el Trienio Liberal se mantuvo abierto, agregándose las comunidades de Écija, Cazalla y Osuna y procediéndose a la reparación de uno de los ángulos de su claustro. En octubre de 1835 se llevó a cabo su definitiva supresión. La zona conventual se usó como escuela para impartir clases y las dependencias se habitaron por los maestros y sus familias. El templo se abrió de nuevo en abril de 1840 trasladándose allí la Parroquia de San Miguel. Posteriormente, el edificio conventual quedó en estado ruinoso, sucediéndose numerosas reformas que fueron costeadas por el Concejo de la localidad. El convento del Santo Ángel, de la orden de capuchinos, se fundó en 1651 por deseo expreso del duque de Arcos y se construyó en el interior del palacio ducal, teniendo su entrada en uno de los ángulos de la Plaza ducal. Gozó de mucha asistencia de fieles, dada su ubicación en la plaza principal del pueblo. Estaba comunicado con el palacio con una tribuna desde donde los duques asistían a las diversas celebraciones religiosas. Dado su emplazamiento, éste se sintió afectado con las medidas de exclaustración de José I y durante la guerra de la Independencia se usó como cuartel de tropas por su cercanía al palacio ducal, lugar donde se atrincheró la caballería. El deterioro fue tal que el refectorio, las bodegas y otras dependencias se usaron como cuadras. En el año 1814 se procedió a su reparación. Con motivo del Trienio Liberal se agregó al convento de capuchinos de Écija, aunque su inmueble se mantuvo en buen estado. Con la desamortización de Mendizábal le llegó la supresión definitiva. Posteriormente, en el año 1841 se mantuvo abierto el templo bajo la dirección de un capuchino exclaustrado, se propuso como lugar para establecer allí el cementerio de la localidad. Al estar incluido dentro de la zona palaciega, también sufrió el deterioro y destrucción a fines del siglo XIX. Como se ha expuesto, las comunidades religiosas sufrieron en cada uno de los procesos la consiguiente exclaustración y posterior desamortización. Conscientes de que la desamortización de Mendizábal supuso la supresión definitiva de todas las comunidades religiosas masculinas que se establecieron en Marchena durante los siglos XV al XVII se analizarán algunos aspectos legislativos que afectaron al Manuel Antonio Ramos Suárez
109 patrimonio mueble de estas comunidades. Además se presentarán ejemplos de lo que sucedió a algunos bienes muebles y cual fue su destino. La ley marco del proceso desamortizador de Mendizábal se decretó el 25 de julio de 1835, si bien una nueva ley ratificada el 8 de marzo de 1836 definió en sus cincuenta y cinco artículos como se llevaría a cabo la misma. Estos artículos estaban divididos en siete bloques según sus contenidos: 1. Los conventos de religiosos varones (art. 1-3) 2. Los conventos de monjas (art. 4-10) 3. Consecuencias jurídicas supresión de conventos (art. 11-19) 4. Destino de los bienes (art. 20-26) 5. Pensiones (art. 27-38) 6. Colocaciones de exclaustrados y secularizados (art. 39-46) 7. Juntas Diocesanas (art. 47-55) De todos ellos, el bloque cuarto estaba dedicado al destino de los bienes. Abarcaba los artículos veinte al veintiséis en los cuales se señalaban qué sucedería con los bienes muebles y cual sería su aplicación. A continuación se desarrollan las ideas principales del mencionado articulado: Todos los bienes se aplicaban a la Caja de Amortización, salvo los muebles de las casas abiertas que se quedarían en ellas para su uso, haciéndose el correspondiente inventario. (art. 20) La excepción también afectó a los bienes y rentas de los colegios de misiones y la Obra Pía de los Santos lugares, objetos de hospitalidad, beneficencia e instrucción pública. (art. 21) Los diocesanos, tras la aprobación del Gobierno, destinaban para parroquias aquellas iglesias de los conventos suprimidos más convenientes, (art. 22) así como disponían de vasos sagrados, ornamentos y demás objetos pertenecientes al culto para destinarlos a las parroquias más pobres de los distintos obispados. Se suprimieron los ornamentos u objetos que por su rareza o mérito artístico debían conservarse cuidadosamente y los que por su elevado valor no correspondiese a la pobreza de esas iglesias. (art. 23) El Gobierno también podía destinar los conventos suprimidos a establecimientos de utilidad pública. (art. 24) Se aplicaban los archivos, cuadros, libros y objetos de ciencias y bellas artes a los museos, bibliotecas provinciales, academias y otros establecimientos de instrucción pública. (art. 25) También los religiosos podían llevar consigo muebles, ropas, libros, etc. de uso particular. (art. 26) De lo expuesto se deduce que se elaboraron numerosos inventarios que contenían los bienes de las comunidades religiosas. Esas propiedades, según su tipología El patrimonio de la Desamortización. De los bienes cultuales y culturales.
110 y función se agruparon en bienes cultuales y bienes culturales. De ahí que los bienes que se considerasen destinados al culto permanecerían en los templos, como así sucedió con los objetos litúrgicos y que fueron entregados al diocesano del lugar. Los que tuviesen un marcado valor artístico o cultural pasaban a formar parte de los museos, bibliotecas, academias o establecimiento de instrucción pública. A continuación se presentan algunos ejemplos significativos de esos bienes, si bien como ya se ha expuesto, un desarrollo más amplio de lo que sucedió puede consultarse en la monografía mencionada. Del convento de San Pedro mártir se va a reseñar un cuadro que representa al beato Francisco de Posadas. Y aunque la legislación manifestaba que los cuadros pasarían a los museos provinciales, el lienzo formaba parte de un retablo ubicado en el lado de la epístola dentro de la capilla mayor. Ello debió ser motivo para que permaneciese en el templo como un bien cultual y no fuese considerado como bien cultural. Así se aprecia en una fotografía de los años cincuenta del siglo XX de la fototeca del Laboratorio de Arte de la Universidad de Sevilla. Actualmente, el lienzo junto con su marco se conserva en una de las dependencias anexas del templo. Al darse uso de parroquia al convento de San Agustín eso permitió que se conservasen numerosos bienes muebles. Uno de los objetos que formaron parte del ajuar litúrgico de la comunidad agustina se encuentra en la vecina Parroquia de San Miguel. Se trata de un terno compuesto de capa pluvial y dos dalmáticas de color rojo, con el escudo de la orden agustina en el capillo de la primera y en los collarines de las dalmáticas. (Láms. 1 y 2) El terno se debió usar cuando la parroquia se trasladó al convento en el año 1840 y posteriormente pasaría a la parroquia cuando volvió a su antigua ubicación. Por tanto, este terno se puede considerar como un ejemplo de bien cultual que dada su función, se mantuvo entre las propiedades de la iglesia secular. Para el caso del convento capuchino del Santo Ángel se va a analizar qué sucedió con dos imágenes de la Virgen. En primer lugar, la historiografía tradicional manifiesta que la imagen de la Virgen Dolorosa que se conserva en un retablo del lado de la epístola de la iglesia de la Purísima Concepción -conocida como Santa María «la Chica»- proviene del mencionado convento capuchino.(Lám. 3) Se trata de una pequeña imagen de candelero que conserva una inscripción en la parte inferior de la saya. En ella se puede leer «Fray Francisco de Asís de Sevilla. 1839». La otra imagen mariana es una Divina Pastora de principios del siglo XIX que se encuentra en la iglesia parroquial de San Juan y que recientemente está ocupando el nicho del retablo de la Inmaculada de Pedro de Mena.(Lám. 4) Una vez que el templo se cerró al culto a fines del siglo XIX, se debió trasladar esta imagen desde el convento capuchino a la parroquia, ya que tras la desamortización de Mendizábal continuó abierto. Resulta de interés los comentarios que refiere Gómez Azeves cuando Manuel Antonio Ramos Suárez
111 hace su visita a Marchena en el año 1867, exponiendo que la iglesia continuaba abierta en el año 1865 a cargo del «último de sus conventuales» el hermano José Mayen.3 No obstante, y siguiendo las leyes desamortizadoras, no era común que las imágenes pasasen a la parroquia en la que estaba enclavado el convento. Sin embargo, y aunque resulta extraño que la imagen de la Dolorosa se trasladase al convento de las clarisas, tal vez esta circunstancia vino motivada por el hecho de que ambos conventos se encontraban dentro del palacio ducal y eso permitió su conservación en el convento femenino del palacio. El convento de Santa Eulalia fue uno de los que más sufrió el deterioro, posiblemente por su situación a las afueras de la población. No obstante, pudo conservar los bienes muebles que formaron parte del templo. Como se ha expuesto, la nave principal del convento de San Francisco se hundió once años después de suprimirse su comunidad. Tras ese suceso y desmembrarse todo el templo y la zona conventual, la hermandad de la Vera Cruz decidió ampliar su capilla. Para cubrir esos nuevos espacios necesitó mobiliario litúrgico, por lo que solicitó a la autoridad eclesiástica local varios retablos del convento de Santa Eulalia. Y allí fueron a parar los pequeños retablos de San Antonio y San José, que estaban ubicados en el sotocoro, y que fueron colocados en las naves del evangelio y de la epístola de la capilla de la Vera Cruz. (Láms. 5 y 6) De igual forma, se trasladó el retablo y el Cristo de la Salud, ubicándose en la nave del evangelio de la capilla. A los pies de la imagen del crucificado se encuentra una hornacina que alberga el busto de una Dolorosa que procesiona en la delantera del paso del Cristo de la Vera Cruz y que también provenía del convento franciscano de Santa Eulalia. (Lám. 7) Sin embargo, el convento que más padeció tras los efectos desamortizadores fue el de San Francisco. El derrumbe de parte del templo provocó el traslado de todos los bienes muebles por parte del vicario eclesiástico de la localidad.4 En un inventario se señalaron los muebles litúrgicos que tenían el convento y los templos donde se ubicaron nuevamente. Posiblemente, de todos los enseres se sabe que al convento de Santa Clara se trasladó el retablo de la Venerable Orden Tercera de San Francisco presidido por una Inmaculada de candelero que se conserva en la actualidad y que recientemente procesiona el día del Corpus, (Lám. 8) así como las imágenes de la Hermandad del Señor de la Humildad y Nuestra Señora de los Dolores. 3 Vid. Antonio GÓMEZ AZEVES, Marchena Pintoresca. Sevilla, 1867. p. 33. 4 Con posterioridad a la ponencia aquí desarrollada se ha publicado un trabajo sobre el particular, vid. Manuel Antonio RAMOS SUÁREZ, «La dispersión del patrimonio mueble del convento de San Francisco de Marchena» en El Franciscanismo en Andalucía. Exclaustración y desamortización de los conventos franciscanos andaluces. Córdoba, 2009, pp. 201-220. El patrimonio de la Desamortización. De los bienes cultuales y culturales.
118 El patrimonio de la Desamortización. De los bienes cultuales y culturales. Lám. 6: Retablo de San José. Nave del evangelio. Capilla de la Vera Cruz.
119 Lám. 7: Retablo del Cristo de la Salud. Nave del evangelio. Capilla de la Vera Cruz. Manuel Antonio Ramos Suárez
120 Lám. 8: Imagen de la Inmaculada Concepción. Retablo del lado de la epístola de la iglesia de Santa Clara. El patrimonio de la Desamortización. De los bienes cultuales y culturales.
121 Lám. 9: Campana donde aparece la escena de la estigmatización de San Francisco. Espadaña de la iglesia de San Pedro Mártir. El patrimonio de la Desamortización. De los bienes cultuales y culturales.