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Carta pastoral que dirige a los fieles de su territorio abacial el ... señor Don Manuel Ferrer y Figueredo ... con motivo de la publicación del jubileo del año santo, que ha extendido para todos los fieles ..

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TASTORAL QUE ALOS FIELES -. UXORIO ABACIAI^'í ^ EI< JAMO.- SEÑOR Oí^MANITeIí FERRER Y FIGÜEREDO, ARZOBISPO DE EEffiSSA, IaBAD del real sitio de S. ILDEFONSO, CON jyroTivo DE LA PUBLICACION DEL JUBILEO DEL AÑO Santo ,/qüe ha extendido para todos los Fieles por espacio de seis meses Ntro. Smo. Padre EN MALAGA: LA IMPRENTA YLIBRERIA DE D. LUIS DE RRtoAs Impresor de esta M. LCiudad ,de , jjppDiGNiDAD Episcopal ,de la Sta. Igle- : ‘..5IA:, &G. en la PlA^A. OMNES SITIENTES VENITE AD AQUAS ,ET qui .non habetis argentum ,properate ,emite , comedite ,venite ,emite absque argento. absque lilla commutatione. Isaix 55. i. SIDESEAIS, AMADOS HIJOS MIOS ,WESTRA' felicidad veirdajdera ,si queréis ser dichosos ,si araais vuestra salud qterna ,venid al convite, que os hace Dios por su Profeta ,gustad las suaves delicias ,ybebed las saludables aguas de la verdad, sabiduría ,gracia ydoctrina de Jesu Christo ,que os, ofrece con tan abundante liberalidad ,.y con que perderéis el apetito de las cosas terrenas ;.entrad en ei caudaloso rio del Señor lleno de ks. aguas ,cuyo ímpetu alegra la Ciudad de Dios (i: )jlas aguas vivas ,con que jamás tendrá sed quien las bebiere; (2)las aguas de que clamaba el Salvador en el Templo ,si alguno tiene sed, venga ámí .y.beba (3); las aguas de que decía David dstar sedienta su alma (4) ;las aguas que dixo Isajas de las fuentes del Salvador (5en cuya Pasión corrieron por otros tantos canales como llagas tuvo en su Cuerpo Santísimo ,con que se obró nuestra redención ,con que fuimos libres de la esclavitud del Demonio, reconciliados con Dios ,yse celebró la feliz eterna alianza de todas las gentes vnaciones del mundo en la Santa Iglesia ,donde con tan infinita liberalidad nos A2las (I)Psalm. 64. 10 '2)Joan. 4. 13. )Joan 7. 37, Psalm. 45. 5. (5) 123’ "f 4. las concede yfranquea el mismo Jesu Christo en su doctrina ,sacramentos ,ayuda ygracia ,la qual sola puede apagar en esta vida nuestra sed ,sin la que nada podemos ,ycchi^ la que lo podemos te do ;Ja qual nos ilustra ,nos enseña ,nos atrae ,convence, persuade, convierte, vivifica, yes aquel dón perfecto que nos viene de. ló alto ,ydesciende del Padre de las luces ,comer dixo Santiago (i);dón infinitamente-superior átodos los de la naturaleza; dón de D¡o& que tan pocas gentes conocen ,por ti qual somos todo lo que somos como dice el Aposte 1,(2) si por fortuna somos algo delante de Dios ,ydón que solo pudo aaefecemos Jesu Christo. - Venid ,pues ,llenos de confianza ,bebed con alegría ,yquedaréissatisfechos :que aunque es tan preciosa ,yde tan ínfiaito valor esta celestial agua de la vídáeterna ,se os dá de valdé ,bastaos tened sed. El justo justifiqúese mas-; conviértase el pecador ,yacábese para siempre aquella desidia tan lastimosa -y abominable ,en que por una inacción y descuido ,tán reprehensible ,como -perjudicial ,y por un incomprehensible olvido de símismos ,de sus mas esenciales obligaciones, de sus verdaderos intereses ,felicidad ysalud eterna se exponen tantos' ,y experimentan muchos las funestas conseqüencias de la reprobación en el seno mismo de la Iglesia ,confundidos ,condenados yperdidos para siempre ,porque se apartaron ydexaron al Señor ,vena de las aguas vivas ,como Jeremías dixo (3). Por tanto-, para librar átodos sus hijos de esta suma desgracia ,yconducirlos ála dichosa eternidad ,N. Smo. P. Pío VI. ,que felizmente gobiér- -.na (I)C. I. 17. (2)Cor. I. Í3. 10. (3) 17- 5 na la Santa Iglesia ,ha concedido la extensión del Jubileo del Ano Santo átodos los Fieles del Mundo, deseando que unidos en caridad ,en amistad ygracia del Señor, participemos todos las inagotables riquezas del tesoro infinito de los merecimientos de Christo ,quedando por ellos enteramente libres de todos los pecados ,ysatisfechas todas las penas de que somos por ellos deudores ála Divina Justicia, Acuyos justos deseos ,coadyuvando como debemos por nuestra parte ,solicitando que ninguno por ignorancia por no hacer como se deben las diligencias, ópor otro motivo semejante ,quede sin aprovecharse de tan celestial beneficio ,para ayudar átodcsj facilitar el camino ,dar áconocer los medios yel modo de execufarlos 'para Conseguir esta ysemejantes gracias ,hemos creído tanoportuno, como de nuestra obligación ,deciros generalmente lo que son las Incuigencias ,con varias cosas acerca de ellas :I» que es después el Jubileo del Año Santo ,ylo que se debe, hacer para ganarlo ;yen fin ,qual es el Jubileo extraordinario óde dos Semañas ,con las di1' gen -jas que se han de practicar y^cofas ;que soa los tres puntos que pretendemos trátar. PUNTO PRIMERO. Qué cosa san las Indulgencias, k -O-unque habiendo nacido todos hijos de ira ,de maldición ,yenojo de Dios siendo concebidos en pecado, la excelente dignidad de Christianos obra en nosotros un segundo nacimiento por la regeneración en el Sto. Bautismo ,con que logramos la libertad preciosa dé hijos de Dios ,adquirimos derecho ála herencia de su Gloria, somos su Pueblo amado ,hermanos de Jesu Christo, sus coherederos, ymiembros de 6 de su cuerpo Místico ,que es la Sta. Iglesia Cat6Vica¡ fuera de la qual no hay salvación ;coino viváiTios en un Mundo enemigo declarado de la sagrada Ley ,cu^^a observancia profesamos tan solemnemente delante de Dios, de su Iglesia ysus Ministros, obligándonos con los mas fuertes vínculos átenerla ,yrespetarla como la regla infalible ,yúnica de nuestra Fe ycostumbres ;como somos continuamente perseguidos de nuestra propia miseria, de tantas malas inclinaciones, ycontrarios que abrigan nuestro mismo corazón ;como estamos cercados de tantos riesgias. áque el ínteres ,la vanidad ,el orgullo ,la ambición ,ytantas otras cosas naturalmente nos inclinan, como son tan violentos los esfuerzos del amor propio, el combate de los sentidos, yla fuerza dé lasvpasíones aque estamos sujetos; y como son tan gandes los peligros ,áveces mal ,ó nada conocidos, menos prémedítádos ,yen no pocas ocasiones ,múy áoiicitádos yqueridos, son tan freqüen- 'tes ,como lastimosás las repetidas en que por mas que la Religión detesta lo que persuade el amor de los deleites ,por maá^ que condena lo que aprueba el Mundo ,ypor mas que prohíbe lo que autorizan los malos exemplos ,lo' que agrada álos disolutos, y justifican las extravagantes máximas del siglo ,son, vuelvo adecir, ínucha^ las veces en que olvidándonos de la Religión yde nosotros mismos ,faltando á las solemnes promesas con’ que noá^ empeñamos ásu cumplimiento ,quebrantando por la infidelidad mas vituperable los divinos mandamientos ,yentregándonos al gusto' de-.nuestras desregladas inclinaciones, perdemos toda nuestra dicha ,por tan vergonzosa condescendencia ,yquedamos en la mas desgraciada y lamentable situación con el pecado :perdida la amistad ygracia de Dios, yel derecho á-la herencia de su Gloria ;quedamos objeto de su mayor indignación ,horror, enojo, venganza ,yfuror de sujus- 7 tícfa; quedamos viles desgraciados ,infames escla-. vos del Demonio ,sujetos ásu infeliz servidumbre, ytiranía ,yenemigos de Dios ,yquedamos obligados álas penas eternas del Infierno. En tan deplorable estado ,es precisa la reprobación eterna ,ypor tanto el salir de nuestro mayor Ínteres ;la penitencia la única tabla para librarnos de tan funesto naufragio, como dice el Concilio Tridentino (i) satisfaciendo por ella ála Divina Justicia, convirtiéndose áDios el corazón ,llorando su ofensa, volviéndole el honor injuriado por la culpa ,castigando con las mortificaciones ,,maceracion ,ayunos, vigilias yobras penales nuestra deslealtad ,ingratitud ,yatrevimiento hasta recuperar lo perdido, restituidos ála amistad de Dios con el perdón del pecado, ysatisfecha enteramente su Divina Justicia de la pena que merecieron nuestros delitos. Notad bien estas dos cosas ,aunque diferentes, indispensablemente necesarias para entrar en el Cielo, remisión de la culpa, ysátisf ación de la pena, lo primero se consigue por la gracia de los Sacramentos, ylo segundo' por las buenas obras, exercicio de virtudes ,ypenitencias corporales; las que si no basta-,, ^ rea ácubrir la deuda ,se ha de pagar todo el resto de pena que faltare en las d^ Purgatorio ,hasta que del todo quede satisfecha la Diviná'Justicia. ^De donde habréis comprehendido ,que perdonadas ya. sus culpas al hombre, yvuelto ála amistad de Dios, como la pena eterna del Infierno que por ellas merecía ,se le muda en otras temporales, que debe satisfacer, se le dilatará la vista de Dios en su Gloria ,basta que las pague enteramente jmas co- (i) Conc. Trid. sess. 14. c. t. z. 5. ^can. z. 8 nio estapena temporal es tan: grande -en .sí misma, yha de corresponder siempre ála gravedad del 'delito, dePe ser por. consiguiente mucho el exercic-io de virtudes ypenitencias, que se deben hacer para su satisfacion. La Iglesia en su antigua disciplina determinó lá que se debía practicar por varios pecados ,mandando ayunar por oños quarenta dias ,por otros vemite, por otros mas ómenos ,conforme asu gravedad ,yen muchos eran de pan yagua los ayunos, como también en otros de 'siete ,de tres ymas años la pe- -nitencia ,yáveces de toda la vida con las otras' penalidades ,trabajos ,vergüenza ,confusión ^yceremonias de la penitencia pública de que tratariamos con gusto 5ycon todo eso como Madre piadosa viendo por una parte la necesidad de satisfacer ála Divina Justicia ,conociendo por otra nuestra debilidad en lo que debemos hacer para ello, ydeseando siempre que 'en qualquier instante que la muerte nos córte .el hilo de la vida ,no solo estemos en gracia yamistad •de Dios, si no es también libres del reato detoda la .pena témpora! que no satisfecha en este Mundo ,ha- -bi aenteramente de pagarse en el otro ,retardándoseles entretanto álas almas 'la vista del Señor ,usando como piadosa Madre de -aquel celestial poder que Je concedió Jesu Christo Señor nuestro ,ha ocurrido átodo con la remisión de aquella pena temporal que habían con las penitencias de pagarse en este Mündo, ó' satisfacer en el Purgatorio ,como enseña el An^lico Maestro (i) yes lo que llamamos indigencias pías qua. (i) In suppl. q. t. 25.' art. i, In corpibi. Quídam dicunt ,qiiod indulgentia non valent ad absolvendum aredtu fena ,quaquis in Piirgatórló seciíñdU'fn 'ftídiciwn J)ei meretur ,sed valent ad absolvendum ah pbli- 9 quales por tanto son un pérdoft de lá pena temporal que dehe satisfacerse por tos pecados ya perdonados en quanto ála culpa ¡ypena eterna ,concedido fuera de sacramento por quien tiene autoridad para elfo, por la aplicación del tesoro de la Iglesia. Con esto decimos ycreemos el poder yfacultades de la Iglesia para conceder indulgencias :que por ellas ,no solo se perdona la pena temporal determinada en los Cánones ,sino también la que debería sufrirse en el Purgatorio :yque hay en la Iglesia el tesoro de que se satisface ála Divina Justicia la pena temporal que se remite por las indulgencias :tres puntos de que por su importancia diremos^ algo con brevedad, yen que tan desgraciadamente erraron los Waldenes, Juan Wicleff, Lutero ,Calvin© ,ysus sequaces. Facultad en Por lo que hace álo. primero el la Iglesia paSanto Concilio TVidentino expresamenra conceder te nos enseña (i) que la Iglesia recibió indulgencias, de Jesu Christo ej poder yiácultad de conceder indulgencias ,que ha usado desde sus primeros tiempos de ella; ®.que gatione qua Sacerdos obligavit penitentem ad penara aliquam vel etiam ad quam obligatur ex canonum statutis. Sed hacopimo non videtur vera. Ecciesia enim hiijiismodi indúlgentias faciens ,’aliquem rnagis damnificaret quani adjuvaret ,quia remíteret eitm ad gravieres penas ,scilicet Purgatoríi ábsolvendo dpmi~ tentiis injunctis, (i) Sess. 25. ibi. Cíini patestas corferendi indulgentias dChristo Ecelesia concesa sit atqiie hnjuímoái poteState divinitus siki traáha antlquishnis etiam tem^ poribus illa usafuerit .Sacrosancta Sinodus indul- . qiia hay én el tesoro dé la Iglesia con 'reladon k'los de Christo, Señor nuestro, de quien ellos toman .su valor yde que no se separan: mas nunca juzgarnos que se perdonen las culpas por ellos ,como para la qualidad de Redentor es preciso ;antes-bien creemos yconfesamos ,que solo pudo el Hijo de Dios humanado librarnos de la servidumbrepdel pecado, tanto en quanto. ala culpa ,como en quañto ála péiia |de donde ni las buenas obras de los' Santos ,aunqué nos aprovechen ,los hacenredentores ,ni aunque como meritorias les están premiadas con la gloria ,dexan de servirnos como satisfactorias en lo áellos ya no necesarias de esta suerte. ' De menos momento es el otro médio ,con que los Calvinistas impugnan este tesoro de la Iglesia, creyendo ser injurioso al valor infinito de los méritos de Jésü Christo ,Señor nuestro ,juntar los de tos Santos, como' si con estos pudiera añadirse algo álo infinito de aquellos ;en que se engañaH tanto ,Gomo que ni es esto lo que cree la Santa Igle-" s^iá Católica-, ni jamás ha enseñado que por los méritos de los iSaiitos se añadacosa alguna al infinito valor, intensivo de los de Christo: si no es mayor extensión del caudal solamente ,por decirlo asi ,en quanto sé extiende tuas el tesoro ,yaumenta con el mayor número de obras buenas que se le llegáh con el mayor número de los méritos de los' San* tos ,que asi puestos eñ él ,no quedan ociosos ,como lo fueran ,si no habiendo menester para sí ,como siiponemos ,estas satisfacciones ,no se aplicaran áOtros, en que los Santos mismos reciben yse les hace particular honor ,resplandece con especialidad la eficacia de los méritos de Christo viéndose en ellos de este modo ,que rio sólo pueden por si mismos perdonar los pecados ,ylas penas debidas alos perdonados ,sirio también hacer que losméritos de los 'San- ' •17 Santos tengan como satisfactonos fuerza por ellos, para expiar el reató' de la pena temporal qite resta, •,p.Vd onada la culpa en los Fíeles.'. ‘' Sin que de esto se siga, que empezasen antes •de Christo ,ypor consiguiente, antes que la Iglesia los efectos ycaudal de estetesoro; como que hubo antes de ella en la ley natural ,yescrita personas justas ;'ni que como infinito haya de durar aun después del juicio final, sin premio ni destino ;lo qual se opone ála Divina Justicia ;óque ni Dios mismo podrá ,como infinito, agotar este tesoro, ni remunerarlo condignamente, lo que repugna ásu Omnipotencia ;porque ningún' inconveniente hay en buena Teología para que las satisfacciones de :Ábel, Job ,yotros justos permanecieran en la mente Divina para aplicarlas á su tiempo (estando cerrado ,por explicarme asi, tan gran tesoro, todo el dé la Sina» goga, áquien nunca sé dieron las llaves de los Cielos )hasta que Christo las concedió ásu Iglesia .; cuya milicia concluida en el juicio final, durará perpetuamente aun el tesoro de las satisfacciones de Christo ,aunque no habrá áquien puedan aplicarse: como durará el poder de Dios sin ser ocioso, aunque no obre las infinitas cosas que pudieran hacer; sin que esto derogue ála Divina Justicia que concede todo aquello áque se ordenó eficazmente la sátisfaccion de Christo ,ni al Divino .Poder capaz siempre de remunerar tanto ,como pudo Christo merecer: yasi no vencen sus méritos ,osobrepujan al poder de Dios ,sino es al poder ,opor mejor decir ála impotencia de Ips hombres á' pecar rporqué Christo soto pudo satisfacer mas ,que todosios hombres desmerecer con sus pecados. Quieny como Está, como se ha dicho, ehcáro-afuede disfoda por el mismo Jesu Christo, lá dlsner del tesoro pensacion deitesoro de .lá Iglesia pride la Iglesia. Cme- ^IS meramente ksu Vícarior él Pontífice Sitmói que Cómosu cabeza visible ,ypor la plenitud de potestad que goza sobre todos los Fieles puede átodos conceder, quanto necesiten ,yen todas las ocasiones que sea conveniente absoluta remisión de las penas aque qoe# daron deudores por sus culpas ya perdonadas. El Concillo General presidido por él Papa también puede conceder indulgéncla plenariá ímas no lo siendo se .controvierte mucho ,esforzando su pa.rtido quanto le es. dable cada parte. (i). Los Patriarcas ,Primados ,yArzobispos en toda su Provincia aun fuera de visita ,.pueden conceder ochenta dias de indulgencia., observando lo dispuesto ,en el Goncilio .de Letran,. celebrado en tiempo de Inocencio tercero el año mil dosciento.s quinc.e (2). — .Los Obispos, ya sea por derecho divino ,ya por positivo, de. cuya dispútanos abstenemos, conformeal arreglo de los Cánones., como se dice en el .Concilio Gonstauciense-, (3) pueden conceder en la dé- -dicacion de, alguna Iglesia un año ,de indulgencia, .quarenta dias.eu: el; de su anniveparip ysiempre que ,1o juzgaren .conveniente. , '-:Los (1) Van-Ranst opúsculo de índulgentlís quest. -cura. 3. Tourneli coñ. tom. 6.part. 2.apend. de indúh -gent. cap. 3. num. 89. <Sc alii.^ rt» (2) Cap. nostro de pcemt. C? rem. cap. Romana e. t. in 6. ;, (3) Tom. iz. Conahorum pag. 270. utrum -credat quod Pat>a ómnibuscbrisfianis veré contritis ac confesis ex causa pia &concederé posit indulgentias in ^emisianem veccaiorum &.qmd singuli Episcopi suis subditis secundum limitationem sacrorum cananum pa~ sint etidni illas concederé* . L'ós Cardenales ,sea peí* cSstmnbre legítima 6 por gracia especial conceden cien dias de indúlgencia en las Iglesias de sus títulos ,ylo mismo el mawr Penitenciarlo :(i) pero los Nuncios yLegados Apostólicos tendrán aquellas facultades queel Sumo Pontífice les diere, respecto áque conlo’ tales, náu» guna se les asigna en el derecho. Los Vicarios Generales ,Cabildos en sede vcu tárite-. Abades ,ydemas Prelados Seculares ,óRegulares ,ni los Párrocos pueden nada en éste puntó (2). Yaunque los Superiores' de las Religiones hacen participantes amuchos de sus biénecbores de los bienes espirituales dé su Religión ,esta coraunicácion no es indulgencia, porqué no se hace sacando »lgo del tesoro de ios" méritos de Christo ysos Santos, ni por ella sé aplijcán las satisfacciones pasadas ^si nó és las buén^ obras futuras. ' Disposición Supuesta la facultad en quleñ t!n quien pre~ concede las indulgéhcias ,es también fende ganar en quien há dé ganar las precisas la indulgencias. ,disposición ;que fedrísiéte en .hallarse en gracia de Dios al tiempo de lograrlas, porque la.remisión de pena temporal que por ellas se consigue ,supone perdonada la culpa, como que sin estar borrada ésta, no se remite aquella según énseñañ los Teologcs: pero quando son varias las diligencias que se deben hacer pára obtener la Indulgencia, aunque muchos C2di- (1) Abelitrac, de indulg. f. 2. Pazjordaií de Rs. Jib. g. tit. 16. Ferrar, verbo indulgentia art. 2. (2) Cap. '12. de excessib. Pral. Tcurriéü ubi pro* sime ánum. 92. Van-Ranst nüm. 4. d. 7. 2® dicen ser menester hallarse en gracia quanáo cada «na se^ practica, (i), yes lo mas seguro ,y.sin duda ne-: cesaría ,quando en las Bulas se dice conceder la In-, dulgencia ,álos que verdaderamente contritos visita-^: ren tal Iglesia, 6hicieren tal ,otal cosa, en los demas casos ,es ,muy fundado que basta estar en gracia para , ganar la Indulgencia, óJubileo al tiempo que se hace Ja última diligencia (2). Mas aunque perdonada la culpa, queda el alma > cap:az de, recibir por el Jubileo, üotra Indulgencia plenaria la remisión déla pena temporal que debe, ni siempre, ni todos los que ganan el Jubileo, ó Indulgencia, alcanzan el perdón de toda, la pena; por-; que aquel se regula ,yadquiere según la disposición, de. los sugetos ,remitiéndosele ácada uno .mas ómenos cantidad de la pena que debe, según su mayor ómenor disposición.; de suerte que la Indulgencia plenaria no remite siempre toda la pena ;es capaz si de remitirlá siempre, habiendo en la persona que la gane toda ía disposición proporcionada áesta g;rac¡a :pero no ;encontrándola remite solamente áproporcionde la disposición que halla lo que según esta corres-., ponde ;yasi en unamisma Indulgencia ,óJubileo,, unos por su perfecta disjiosicion alcanzarán el perdón de toda la pena temporal que debian ,otros menos: dispuestos alguna parte mayor 6menor ,según también lo fuere su disposición. Notad bien esto por lo ; mucho que interesamos ,ypor lo que nos debe obli-, gar áprocurar la mas perfecta disposición que nos fuere posible, para que ganando las indulgencias ,consigamos todo el fruto que por ellas es capaz de alcanzarse. Co- .(l) Sotus 5callii apus Bellarm. cap. 13. (íj Van--Ranst. qusst. 6.num. 7. *I - Cómo nohan faltado muchos que sientan de otra manera en este punto ,nos vemos obligados ádecir algo mas en él ,siendo tan importante. Yno creemos se debe dudar en su certeza ni que dexe arbitrio para opinar de otra suerte la grave autoridad de S. Buenaventura que en él se explica por estas-, palabras (i). Las indulgencias quanto es de parte dé quien las concede valen tanto quanto prometen aunque no valen igualmente para todos. La cantidad, de la indulgencia se atiende respecto de la pena ,según lo que tiene de razón, de precio, bdeuda que se paga :mas esta cantidad se mensura conforme el recto juicio del Sumo Pontífice, ódel que hace las indulgencias jel qual quando las dá considera la .xausa, porque juzga digno de esta gracia ,ysegún lo que los hombres mas bmenos se cercan áella ,mas, b menos participan de la indulgencia , de cuyo sentir * igualmente son con S. Carlos Borromeo, los CardenaJes Cayetano y-^ronio, con otros gravísimos Autores. Este mismo ha sido el sentir de los Pontífices, ylo que sus decisiones ños enseñan. El Papa Bonifacio VIH. hablando del-Jubileo del año Santo, dice: (2) cada uno merecerá mas ,yconseguirá mas eficazmente la Indulgencia ,que mas devotamente freqüentare, ymas visite las Iglesias. Inocencio IV. se explica de esta suerte: (3) aunque generalmente se co^ede la Indulgencia ,por el trabajo ,por la devocion ,ypor los peligros :con todo ,uno consigue mas que otro dentro de aquel limite ,ómedida puesta por (1) In 4. sent. d. 20. i;., q. 6. (2) In extravag. Antiquorum de pcenit. Se rem. (3) Relat. áP. Natal Alexand. in cap. qmd autem extra de pcenit. ‘ £2 \__,,; for el Prelado ,SígtíH lo '^üS HHe iñhs dejólo ,irá^ baja mas ,bse exfone dmayores peligros. El Papa Urbano VIH. en una Bula 'de Jubileo asegura que inútilmente pretende ganar las indulgencias quien por la contrición ypractica de buenas obras, no prepara su corazón ,yGregorio VIL concediendo otra dice.: con tal que empleándote en buenas obras, lloran^r do los excesos cometidos quanto sea posible prepares d Dios un Templo puro ylimpio de tu cuerpo (i). Ala verdad ,fuera disipar ,yno administrar eí tesoro de la Iglesia conceder igualmente de él por unas mismas diligencias tanta gracia ,utilidad ,ybeneficio álos fioxqs ,tibios ,yperezosos ,como alos diligentes, fervorosos ydevotos >contra lo que dictan La razón ,ia Justicia yequidad ;fuera ,permítase decirlo asi ,en cierto modo abrir la puerta ála perdición ,libertinage ,eimpeniténcia ,por la omisión que en niuchos hubiera de muchas buenas obras en confianza de las indulgencias, yaun de la devoción yfervor con que. se deben todos disponer para pnarlas :fuera en perjuicio do; las almas que omitiéndolas ,carecerían del Mérito que por ellas tuvieran para mas copiosos auxilios ,que los preservaran de recaídas, ynuevos pecados ;fuera contra el espíritu de la lo-lesia, cuyos Pastores imitando la 'conducta de S. l^blo ,nunca intentan hacer participes de las induWencias álos pecadores, hasta que se convierten ^Dios con verdadera ysincera disposición de satisfacer lsu Divina Justicia ,exercléándose conforme hsus fuerzas en obras de penitencia ;yfuera contra las disposiciones mismas que ha establecido para In brev, ad Episcopum si con. de quo Card. Barón. 1073* ra su gobierno confónjie al sentir 'de un célebre Teólogo entre los que asistieron al Tridentino Doctor de Lobaina que dice (i). Si todo el que de qiialquíéra manera contrito ,y -condesado ^Joaliándose en estado de gracia consi^üiem la Indulgencia plenaria ,diría mal Bonifacio VIII. que cada uno merece^, yconsigue mas eficazme?ife las indulgencias según que mas ycon mayor devoción fre. qüentare las misrnás Basilicas. -Por lo qual no se ha de pensar ,como algunos enseñan ,que qualquiera que participe de las indulgencias, si al instante muriese, pasaría inmediatamente sin alguna pena dlos gozos del Cielo :es necesario que se arrepienta mucho ,ygane las indulgencias con mucha piedad yperfección ,á quien esto suceda yála verdad ,si para ganar las indulgencias bastára hallarse en estado de. gracia se aminoraría mucho el deseo de leí penitencia ysatisfacción ,ni querrían los hombres sujetarse dla p'eñitencia, si creyeran recibir de otra manera por las indulgencias plenarias la condonación de toda la pena que merecen. Yeste sería ciertamente un .error tan perjudicial ,como, intolerable ,porque no hay quien pueda dispensar alos pecadores de la obligación de hacer' frutos dignos de penitencia. Dios mismo expresó esta .necesidad en quantos. cayeren en culpa mortal,, ysir Evangelio Santo nos enseña que nadie puede exceptuarnos de esta ley ,ni expiarse de otra suerte nuestros delitos ,que con la penitencia. La^ Iglesia por tanto jamás ha considerado las indulgencias ,como dispensas ni exénciones de satisfacer áda Justicia Divina por la penitencia ,ni ha ímagi' (i) Joannes Hesel. parí. 2, Cathecbmñ cap. 46. 9A. Finado concederlas sino es Ilos que dan señales de su verdadera conversión ,con sus lágrimas ,ayunos, mortificación ,limosnas ,oraciones ,yotras obras de piedad ,yen quanto según ello mereciere su disposición. Quiere como piadosa Madre ayudarnos j citar nuestro fervor ,ysuplir lo que nuestra debilidad yflaqueza no pudiera conseguir sin mucho tiempo ytrabajo ,bálo menos sin mucha dificultad para satisfacer ála Justicia de Dios ;mas minea intenta dispensarnos en hacer penitencia ,ni quiere repartir su tesoro entre los que se niegan ápagar sus propias déudas ;porque no merecen le aprovechen las ¡atisfacciones yméritos de los otros ,quien no trata de adquirir ytener los propios ,yes indigno del socorro de sus amigos ,el que nada quiere hacer por sí mismo. •^j1 Con este espíritu ,ypara el tiempo mismo del Jubileo Universal ,quando se conceden tantas facultades álos Confesores ,les encarga su Santidad imponoan penitencias saludables, sobre que por ser tan del asunto ,yconfirmar admirablemente lo dicho ,no queremos dexar al silencio las palabras del Cardenal Juan Casimiro Denof en su Instrucción Pastoral, conque dice álos Confesores de esta suerte. ^ Eviten el abuso que introducen algunos Confesores los Jubileo ,yen las ocasiones de indulgencia flenaria con el fretexto de que estas cumpliendo literalmente con las obras enunciadas en las concesiones de los Sumos Pontífices ,remiten juntamente con la culpa toda la pena ,imponen a Bravísimos pecados levísimas penitencias ;porque esta práctica es contraria ála mente de la Santa Iglesia, la aual es cierto quiere ayudar ásus hijos asatisfacer \mediante las indulgencias ,por las penas debidas. Jas qua’es no pueden algunos acabar de pagar ,ya por falta de fuerzas ,ya por la brevedad de la vida ;por 25 emá razón muchos no habrán hecho fenltencta corres, pondiente asus focados. Mas no ffétende la Iglesia dispensarlos de la Ley Divina ,qtie los obliga aha. cer frutos dignos de penitencia ,ni ocasionarlos pere- %a ynegligencia en et exercicio de las obras satisfac. torias ,tan recomendadas por la Sagrada Escritura y Santos Padres :::Por lo qual sucede que no ganen enteramente las indulgencias plenarias todos aquellos que han depuesto el afecto álos pecados ,ycumplí, do literalmente las condiciones prescriptas ;porque no todos tienen la misma cantidad de deudas ^ que pagar, mi todas pusieron igual esfuerzo para disminuirlas ,á las quales cosas habitualmente atiende el Superior que concede la Indulgencia. Sin que de lo dicho pueda ni aun levislmamente sospecharse que pierdañ'las indulgencias algo de su valor ,ni se disminuya en nada su virtud ,poder ygracia ;pues como diximos antes con San Buenayentura ellas valen siempre tanto quanto prometen: aun que no valgan para todos lo mismo ,por su falta de disposición ,asi como nada pierdéñ ,ni se les dis-» inTnuyé su valor ,porque nada gánen -de ellas los <jue no se disponen pufincando suá almas dél pecado mortal ;asi como no se disminuye su valor, porque de dos personas que en amistad ygracia de Dios, pretenden ganar la misma Indulgencia ,oJubileo ;si la una con verdadero fervor de caridad detesta yse purifica de todos los pecados veniales:, yla otra conserva afición áalguno, aquella gané yparticipe mas ,6pueda hacerlo, que la otra ;yasi como no se disminuye el valor yvirtud de los Santos Sacramentos ,por no conferir la gracia aquien los recibe, sin las santas disposiciones con qué debe hacerlo: por- -qite todo esto no consiste ni depende de la eficacia, poder yvirtud de las indulgencias ySacramentos, si íio éá déla negligencia únicárñenté, poco fervor, y :D~fal- r habla de satisfacer etj esta vida ,ben el Purgatorio (0 después de perdonados aquellos. La Indulgencia plenaria es ,quando absolutamente se perdona toda la pena que se debía por los pecados ya remitidos, sin que las diferentes expresiones de que suele usarse añadan ,ni quiten cosa alo-una en la substancia ,como quando se dice Indulgencia ^leñarla con remisión de todos los pecados: Indulgencia plenisima en forma de Jubileo ,ámanera ,opor modo de Jubileo, porque siempre se entiende yes lo que se concede la remisión entera, como se ha dicho ,de toda la pena temporal debida por las culpas ya perdonadas :en que del todo con- •vlene la Indulgencia plenaria con el Jubileo ,por el qual se perdona lo mismo ;aunque se diferencian, mucho ,en que por este se conceden varias facultades ,yprivilegios que nunca se conceden con las indulgencias plenarlas ,plenísimas ,ni qualquier otra denonWíon que se les dé ,si clara yespecíficamente no se dice en la Bula. Aunque abolido el uso fatal de los Cuestores; no debiéndose publicar indulgencias algunas, sin que mrimero sean reconocidas por los Ordinarios ;ycumnliendose como es debido las santas disposiciones del Concilio Tridentlno (2) debe con razón esperarse, Que solo se den al público las que sean legítimas, Vverdaderas ;con todo, serd muy Justo siempre, y V-'aun (1) Tulllus Labor, tract. de indulg. parí. 2. cap. 10. Bellarminus lib. i, de indulg. cap. 9. Reinferst Tbeol. mr. torn. iz. disp. 3q'^^st., 2, num. 20,. ^... (2) Conc. Trident. Ses. 21. cap. 9. de reform. Sc Ses. 25. In decreto de indulgente S. Car. ÍH Con, Mediol, 5%. tit. de ifidulgentiiSe .' ^ 1 33 aun debido el mayor cuidado ;especialmente en los Confesores para no equivocar la que solamente fuere Indulgencia plenaria (porque vulgarmente le llamen Jubileo ,porque en la gracia se diga concederla en forma, óála manera de Jubileo ;6por otro algún motivo )con el que verdaderamente lo es ;y de cuyas facultades ,yprivilegios no se puede usar en aquel caso. De las indulgencias de pena yculpa creemos ocioso tratar porque ni se vé usar ya de esta, formula, ni como con sobrada razón creen muchos pct Ja expresión de ClementejV. yotros gravisimos fundamentos jamás la ha usado la Iglesia (i) ytenemos ya dicho que las indulgencias nunca perdonan las culpas lo qual entendemos aunque sean veniales solamente (2). Indulgencias Aunque algunas veces las indulreales, loca~ gencias se llaman Keales porque se les ,ypersO' conceden áalguna cosa determinada nales, como á«"uces ,medallas, orosarios en favor de los que rezaren con ellos devotamente ,oraren en presencia de tal Imagen, ohicieren tal, ótal cosa ganen la Indulgencia concedida :"Locales porque están fixas átal determinado lugar como la Iglesia de S. Estevan que se ha de visitar con las condiciones expresas enel Diploma ;yPersonales quando se conceden inme-j diatamente álas personas ,óalguna Comunidad par- (1) Clem. 2. de par.nit (S? rem. P. Theodor. áSpiritu Sto. in suo de indulg. tract, (2) Cit. P. Theodor. t. i. c, 5. §. 1. V. Liberíus á Jesu ex Carm. Disc. fam. controv. tom, i. tract. 2. parí. 5. controv, ii. dnum. 162. ticular corao áFrancisco ,Juan ,6Peciro ;alos her» manos de tal Congregación ,óHermandad ;todas se pueden comprehender en la división antecedente ,por«f que necesariamente han de ser ,ople« narías ,óparciales. Keales. Yadviértase en las primeras que pereciendo la cosa ,ómudándose tan notablemente que no se juzgue mo-^ raímente la misma en la común estimación de lo? hombres, como si el Rosmio que tenia indulgencias del todo se deshace ,6la medalla se rompe de manera que no quede lo mas principal de la Imagen esculpida en ella, se acaba la Indulgencia ;pero sí la mudanza no fuere notable ,como si se pierde alguna otra cuenta del Rosario, se le pone álas que tenían la Indulgencia nuevo cordon ,oengaste ,persevera ;lo segundo que según lo que dixrere la concesión será óno preciso llevar consigo la cósa áque se concedió la Indulgencia ,cuyo tenor se ha de observar; ylo tercero que como estas indulgencias dicen también relación álas personas áquien se dan las cosas áque está la Indulgencia anexa, solo puede ganarla aquella persona áquien se dio la tal cosa ;yasi Pedro áquien se dio el Crucifixo con cien dias de indulgencia por cada acto de contrición que hiciera en su presencia la ganará quando lo baga, pero no los demas áquien él lo dé ,ópreste ,ni otro que perdido se lo halle ,como declararon los Pontífices Alexandro VIL en seis de Febrero de mil seiscientos cinquenta ysiete ,éInocencio XIII. en quince de Junio de mil setecientos veinte yuno. Juocales, En quanto álas Indulgencias locales se ha de advertir que destruida la Iglesia en que se habían de ganac se extinguen yacaban enterainentei .35. no s6lo sürt'que se Iiaga de nuevo la ^ Iglesia con la propia advocación en otra parte ,sino también aunque se reedifique en el mismo sitio ,yde los propios materiales ;sino es que de su concesión claramente conste lo contrario ;(i) también se ha de notar que según la declaración de Urbano VIH. yel estilo común de los Rescriptos ,siempre que hay en. alguna Iglesia una Indulgencia local ,no vale sí pos-- teriormente se obtiene otra de la misma clase 5pstc» si se pueden veriñcar ,yvalen en la misma Iglesia itna Indulgencia local, yotra personal: como si esta se concediere áalguna Hermandad ,sita en Iglesia que gozaba ya de aquella según declaró en diez y seis de Marzo de mil seiscientos setenta ysiete la Sagrada Congregación (2). E2Sí (1) Tourneli Cont. tom. 6.part. 2. Apend. de /«- dulgentiis cap. i. num. 37. (2) Prcedícta clausula tnlnimé contineri altaría privilegiata pro defunctis ,ñeque indulgentias aut cer~^ to personarum generi concessas ,ut Confraternitatt Regularibus é? Capitulo ,aut certum piuni opus in ipsa Ecclesia peragentibus ut Litanias alias vel hujusmodi preces recitantibus ,ac iis qui christiana doctrina erudiuntur ,vel altos erudiunt ,qui Santissinue Eu~ cbaristia Sacramenti expositioni cutn oratione quadraginta borarum intersunt ;ñeque staticnum Urbis ,^ septem altarium indulgentias ,instar septem altarium Basilice Vaticana concessas ,ñeque demum qua pro una vics conceduntur. Caterum si alja induJgentia sive ple~ riaria, sive nonplenaria, in perpetuum vel ad tempuSy íum ah eoáem tum ab alio Remano Pontífice genera~ t'tm Christifidelibus Ecelesiam vel aliquod ejiis altare^ ^eu Capellam visitantibus eodem anni die. vel diversa r Si quando la Indulgencia está anexa hla visita de algún Templo sea necesario entrar en él corpoJralmente ;ysi esto solo baste para ganarla :decimos que en primer lugar se deben atender las palabras de la concesión 6privilegio :por que si dicen que se entre en la Iglesia ,ópiden tal acción que sin esto no se puede executar como la Sagrada Comunión en ella, visitar alguno de sus Altares ,6cosa semc'» jante ,no hay duda en que no ganará la Indulgencia quien por el concurso del Pueblo ,por estar cerradas las puertas, uotro algún motivo que se lo impida no entrare en la Iglesia. Pero ,si lo que se manda executar puede cumplirse por el acceso moral ála Iglesia, como parece suceder quando únicamente se manda visitarla ,yaun también quando se pida orar en ella ,es muy probable que haciéndolo ála puerta ,mediantes los impedimentos antes dichos ,se ganará la Indulgencia; porque al juicio, moral yprudente de los hombres ,se cree haberla visitado :(i) asi como quando se mandan visitar varios altares en la misma Iglesia ,ytodos se ven desde un, propio lugar se cumple visitándolos sin mudar de sitio ,porque se juzga moralmente visitado cada uno ,yhecha oración en él; sobre que. se ha de advertir que es necesasio hacer entonces alguna demostración exterior para orar en cada altar, como genuflexión, inclinar la cabeza, 6 cosa semejante ,sin que para obtener la Indulgencia concessa fuerit de qua non fiat mentio in Litteris postolicis ,has Hueras ob adjectam clausulam esse pvorsus irritas ac nullas. (i) Suarez, Honoratas áS. María ,&alii apud clt. Tourneli cont. dict. cap. i. n. 38. J cía baste la intención de visitarlos, aun que se reza lo correspondiente ácada altar ,si falta esta acción exterior que demuestra dirigirse ácada qual su oración ,porque lo que se manda es la visita sensible quesolo en el modo expresado se verifica (i). En quanto álo segundo, esto es ,si quando se manda visitar la Iglesia, se ganará la indulgencia solamente con ir áella :no se debe dudar que ya se mande hacer alguna oración ,ii otra cosa ;ya solo visitar la Iglesia, ni en uno ni otro caso basta la presencia material solamente ,6por acaso ,6por curiosidad ,ode paso ni aun de intento ;porque en el primer caso falta otro requisito que se ha de verificar juntamente con la visita de la Iglesia: yen el segundo no hay la que se manda ,porque esta debe ser una visita pía, devota yreligiosa, que ceda en honor ,culto yobsequio de' Dios (2). Indulgencia de Con esta ocasión nos creemos en Porciuncula. la gustosa necesidad de traeros ála memoria la célebre Indulgencia de Porchmcula llamada asi por la Iglesia en que se gana, yáque se dio este nombre ,opor su grande pequenez ,ópor ser una parte muy chica de la posesión en que se hallaba perteneciente álos Monges Benedic- (1) Cardin. de Lugo. disp. 27. de fenit. num. p8. ubi immd ,inquit ,Etiamsi sis in loco apto ut in medio Ecclesia ,velletn tamen aliquo gestu ,vel conversionis Capitis ,aut Co’rporis s'ignificari conversionem ad singula altaría. Nam exigitur visitatio sensibilis ,hoé est ,talis actio ,quce exterius significet ,orationem f.eri ad tale Altare. (2) Cit, Tourneli cont. ubi proximé num. 39. r 3^^ dictinos, cuyo pj'elado ce(3{(5 ál Patriarca S. Francisco esta Iglesia, que la reparó áexpensas de las limosnas ,ysu propio trabajo por su tierno amor yextraordinaria devoción ála Santísima Virgen de quien alii se veneraba una devotajmagen representando su' Asunción al Cielo por ministerio de los Angeles (aunque la que hoy se venera manifiesta el Sagrado Misterio de la Anunciación )ydonde recibió el Seráfico Padre tan grandes yespeciales favores del Cielo jentre los que fue muy singular, que orando una noche pidió al Señor por la intercesión de su Madre Santísima el perdón para todos los que arrepentidos, yconfesados de sus culpas visitasen aquella Capilla,- lo que Su Magestad le respondió ser de su agrado, mandándoselo pedir también asu Vicario. Gobernaba entonces la Iglesia el Papa Honorio III. ,3.quien efectivamente recurrió el Santo Patriarca ,yconociendo la Divina voluntad ,le concedió en Perusia el año mil doscientos veinte ytres Indulgencia plenarla perpetua de un día natural solamente cada año ,yse fixó al segundo de Agosto desde sus primeras vísperas hasta el poner del Sol. Yaunque jopoí" profundísima humildad ,b: por otros motives ,no se cuidó el Santo del Diploma ,que lustificáse la gracia del Sumo Pontífice ,ni salió vana'" su confianza ,ni eí transcurso de los tiempos ha borrado la memoria de una gracia tan singu-- lar como apreciada yútil en todo el Mundo ehrístiano ,ycuy& ves'daíl se ha hecho tan auténtica ,que no puede sin temsfidad ponerse en duda ,como se explica el grande Ponrifice Benedicto XIV. |Ni quien ha de contratrestar la prueba ó_evideneia que hacen la publicación ejecutada por los Obispos dé órden del mismo Pape Honorio III. :la que hi- - zo el mismo Seráfico Patriarca en su predicación :las contestes deposiciones de los que se hallaron presentes 39 tes al suceso :tantas Bulas Pontificias que expresan yconfirman esta Indulgencia ,extendiéndola átodas las Iglesias de la Sagrada Religión ,exhortando álos fieles hque la ganen ;yen fin ,el cumplimiento de la profecía del mismo Santo Patriarca quando dixo sería para las gentes profanas esta Indulgencia materia de burla ,para los indevotos de desprecio ,ypada los verdaderamente piadosos, preciosa yperpetuamen? te saludables ?(i) Pero adviértase $que habiendo el Papa Inocencio XII. concedido Indulgencia plenaria para todos los dias del año ,en el de mil seiscientos noventa ycinco ,en el magnifico Templo construido posteriormente áexpensas ydevoción de los Príncipes ,con la advocación de Santa María de los Angeles ,dentro del qual se conserva intacta la Capilla opequeña Iglesia de que hemos antes hablado :no se debe confundir esta Indulgencia con la de Poreiancula ,que solo se ganá en el dia dos de Agosto ,siendo como son dos gracias diferentes ;ylo declaró la Sagrada Congregación en diez yseis de Febrero de mil setecientos treinta ynueve ;ypor consiguiente no gana la Indulgencia de Porciuncula el que en el dia dos de Agosto visita la grande Iglesia de Santa Maria de los Angeles ,sino visita la pequeña Capilla ;bien que ganará la concedida hla otra ,como declaró el Papa Clemente XL el año mil setecientos seis» También se diferencian en que para ganar la de Porcimculct es suficiente visitarla ,habiéndose confesado bien de sus pecados :mas para la segunda es tam- (i) Bened. XIV. de Sinod. Dioces. lib. 13. cap. 18. ánútn. I. Lipsin tom. 2. Cathec. T. de Jndul~ gentia Portiuncula. Tourneli contin, tom. 6.apend. 3. cap, 8. núm. $. .1 también precisa la Sagrada Comunión jyrogar kDios en aquella Iglesia por. la concordia de los Príncipes christianos ,extirpación de las beregías ,yexaltación de la Santa Madre Iglesia. La de. Porciuncula se ha extendido por nuevas gracias de la Santa Sede átodas las Iglesias de la Religión Seráfica ,yno la otra. No se suspende aquella en la Iglesia misma de Pofítuncüla el año de Jubileo ,yesta si. Aquella puede ganarse tantas veces quantas se visite la pequeña Iglesia según la antigua práctica de los fieles ,no reprobada de la Iglesia como aparece del Decreto de la Sagrada Congregación del Concilio de diez ysiete de Julio de mil setecientos ;yesta solo una vez cada áia. Yaquella puede aplicarse por las almas del Purgatorio ,mas esta no. Q^J En quanto álas indulgencias personales ,que son de las que nos resta que decir algo, quisiéramos hace? comprehender átodos el verdadero interés, la suma utilidad ,ybeneficio que en ellas se les proporciona :quisiéramos hacerles visible la facilidad con que lo pueden conseguir ,yexcitar en cada uno la piedad ,la devoción ,santos afectos ,yvivos deseos de que nunca debe carecer un ehristiano de emplear-- se continuamente ,no solo en obrar su eterna salud, sino también de solicitar por todos los medios la mas pronta vista de Dios en la Bienaventuranza ,quando le saque de este Mundo ;ypsra que es tan fácil y seguro camino el de tantas Indulgencias ,que todos ycada uno de los fieles pueden ácasi ninguna costa lograr ,como eon la breve relación de algunas pocas entre las muchas que pueden todos conseguir ,intentamos hacerlo claramente ver. Supuesto el Decreto del Papa Inocencio XL acerca de las indulgencias apócrifas que se debe observar inviolablemente ,yno contando con muchas en que puede caber alguna duda, ToIndulgencias ¡personales. 4r Tocios ,ycada uno de los fieles ,que habiendo confesado asistieren álos Oficios Divinos en la festividad del Corpus Christí ,pueden ganar quatrocientos dias de Indulgencia si asistieren ála Misa ,si á los Maytines otros tantos ;lo mismo si álas Vísperas; ciento ysesenta dias por cada una de las horas menores 5yla mitad en cada dia de la octava. Lo mismo concedió Sixto IV. áquantos asistieren álos Divinos Oficios en la festividad yoctava de la Inmaculada Concepción de María Santísima nuestra Señora; yClemente VIII. hizo la misma gracia álos que asistieren al Oficio del Santísimo Nombre de Jesús devotamente >rogando por los fines de la Iglesia. ^E1 Papa Sixto V. concedió cien dias de Indulgencia ,la que renovó en veinte ydos de Enero de mil setecientos veinte yocho Benedicto XIII. ,áquanms al saludarse digan en qualquier idioma alabada sea jesu Cbristo, yátodos los que respondan por los siglos. Amenlo por siempre. Yambos concedieron también Indulgencia plenaria para la hora de la muerte ,htodos los que habiendo teñido esta santa costumbre, invocaren los Santísimos Nombres de Jesús yMaría con el corazón por lo menos, si con la boca no pudieren. También concedieron las mismas gracias átodos los Predicadores ,que exhortáran ásaludarse del modo referido ,yáquantos cooperaren ásu mas freqüente uso. Ala verdad ,debiendo como christianos llevar «o solo en el corazón ,sino también ,quanto pueda en la boca ,los Nombres Santísimos de Jesús y Maria ,debiendo ser santos ,no solo nuestros deseos ypensamientos ,sino también nuestras obras ypalaras ,ydebiendo ser nuestra conducía en todo conlonne ála Sagrada Ley que profesamos ;|qué cosa podra mejor acordarnos siempre nuestras obligaciones, cantinear nuestro comercio con los hombres ,justifi- demente VI. .áetermln^’ el año mil trescientos cincuenta que en adelante cada quinquagesimo año fuera de Jubileo; yUrbano VI, en el de mil trescientos setenta ynueve quiso lo fuese cada treinta y tres años en memoria de la Pasión de Christo ;lo que TIO llegó átener efecto ,porque Bonifacio IX. celebró el año Santo el de mil trescientos noventa por quanto no se habia celebrado alos treinta ytres después del Jubileo de demente VI. según la disposición de Urbano VI. yal año mil quatrodentos el mismo Bonifacio IX. volvió áconceder el Jubileo. Después Martino V. celebró año Santo el mil quatrodentos veinte ytres ,que aunque fue Jreinta y tres años después del primer Jubileo de Bonifacio IX. solo fue veinte ytres después del segundo ,yNicolao V. lo celebró el mil quatrodentos cinquenta conformándose con lo dispuesto por Clemente VI. que se dixo antes. Mas Paulo II. considerando la brevedad de la vida humana determinó finalmente en el año mil quatrodentos setenta que se celebrara cada veinte Vcinco, como ha sucedido sin cosa en contrario hasJa de presente ,porque Sixto IV. lo celebro el mil quatrociMtos setenta ycinco en Bolon.a por no lef ir fácilmente áRoma los Peregrmos acausa de la OTCrra; después lo celebtá Alexandro VI. el ano nul ^dnieñtos. Clemente VII. mil quinientos Teinte J S. Julio roqnWoMO' ycinquenta. Gregorio XIII mil quinientos setenta ycinco. Clemente VIII. Sse scientos. Urbano VIII. mil seiscientos veinte y SL. InocencioX. mil seiscientos cinquenta. Oemente Xmiseiscientos setenta ycinco. Inocencio XII. tnü fetSentos. Benedicto XUI. mil setecientos veinte y Seo. Benedicto XIV. mil setecientos ciisquenta iyhabiéndolo publicado Clemente XIV. para el mil setecien-. tó^etenta ycinco, por habérselo Dios llevado i, mejor “ida ,lo confirmó yllevó hefecto su disposición nu»- 49 tro Santísimo Padre Pío n. qué felizmente gobierna la Iglesia. Dílig^^rias Las diligencias ordinarias ,que fara el Jitbipara ganar este Jubileo se prescriben leo del año son que los naturales yhabitantes d© Santo. Roma por treinta dias continuos óinterpolados yles peregrinos yforasteros por quince de la misma manera hayan de visitar con devoción yreverencia las quatro Basílicas de S. Pedro, S. Pablo, S. Juan de Letran, y Santa Maris la Mayor ,rogando en ellas por la exaltación de la Santa Iglesia ,extirpación de las heregías ,concordia entre los Principes Catolices ,ysalud del Pueblo Christíano ,confesarycomulgar según la indubitable expresión del Papa Benedicto XIV. en su Bula de indicción del Jubileo universal para,el año de mil setecientos cinquenta ,(i) ydeclaración que por otras letras (2) hizo de este y otros puntos que controvertían los Teólogos." ' Suspensión de Antiguamente por el Jubileo del las otras inaño Santo no se suspendían las demas dulgencias en indulgencias concedidas álos Fielesf el año Santo,, opor lo menos, solo consta que fue Sixto IV. el primero que las mandd suspender (3) lo que han también executado sus Sucesores ,con la diferencia de expresarlo unos en la misma concesión del Jubileo ,yotfos en Bula Cf se— (1) In Bula Peregrinantes num. 6.ibi ómnibus utriusque sexus Cbristi fdelibüs veré panitentibus ¿5*; confessis ,Sacraque Communione refectis. (2) In Consí. Ccnvocatis n. 45- &scqq* (3)<iU(£madmoáum de pcenit, ¿5*fem^ 5® separada, ymuchos juzgan que siempre que no determináran otra cosa, debería la suspensión observarse por la generalidad con que está concebida, usque ad nostrum 6? ejusdem Seáis beneplacitum susfendimus, illasque durante beneplácito nostro ,Seáis prcedictis suspensas esse volutnus ,nec intertm cilicui sufragari, Mas corno no se ha usado en todas las suspensiones de la misma formula ,ni puede coartarse áella necesariamente el buen uso de la potestad del Vicario de Christo ,no dexa de encontrarse alguna diversidad entre los Decretos de suspensión hasta ahora expedidos ;ni han faltado álos Teólogas dudas que excitar, ycontrovertir :por lo qual lo mas cierto ,prudente yarreglado será siempre atender las palabras de la Bula, observando lo que naturalmente dicen ysignifican ;sobre cuyo supuesto ,decimos por regla general que se suspenden por todo el año del Jubileo, esto es, desde las primeras Visperas de la Vigilia de la Natividad de nuestro Señor Jesu Christo, hasta las del mismo dia en el año siguiente (en que el Sumo Pontifice solemnemente abre ycierra con las sagradas ceremonias, ysuntuoso aparato, ycelebridad acostumbrada la Puerta Santa de la Basílica de S. Pedro con grande concurrencia ,yedificación del Pueblo ,nombrando los Eminentísimos Cardenales á quien delega para executar lo mismo en las otras Basílicas respectivamente ,yquedando asi hasta otro año de Jubileo cerradas las Santas Puertas) se suspenden como deciamos ,por todo el año del Jubileo todas yqualesquier indulgencias de vivos ,plenarias ó parciales, reales, locales, opersonales de qualquier manera concedidas por la Silla Apostólica ,según expresamente consta de las Bulas de suspensión de Benedicto XIII. yXIV. Pero si la gracia se habla conseguido para cierto número de años, como en el delJubileo está suspensa. 51 sa, pasado vuelve acorrer hasta completar aquellos porque fue concedida :yasi la que se obtuvo^ por siete años >vg. para tal Iglesia »óConfraternidad, ypasados tres ocurre el año del Jubileo universal en que se suspende ,acabado este sigue por los quatro restantes ,hasta los siete ,de manera que se verifique la gracia enteramente sin diminución del número de años porque fue concedida. Gracias no No son comprehendidas en -esta com^rehendisuspensión las facultades de los Cárdelas en la susnales ,Nuncios Apostólicos yObispos pensión. en las indulgencias que pueden resr pectivamente conceder ;ni la Indulgencia de Porciuncula en su Capilla de que se habló antes :aunque si en todas las demas Iglesias áque se extendió después, como diximos ;ni el Jubileo de Santiago de Galicia, ni las indulgencias ,ygracias de la Bula de la Cruzada ;ya para la declaración qué~se asegura hubo de Clemente VIH. ya porque se concede por causa onerosa ,dando cada uno que la toma su limosna correspondiente (sin que poir esto sean venales, como Lutero clamaba contra las indulgencias, concedidas álos que dan limosna para reparación 6edificación de los Templos ,áque previno muchos años antes la respuesta el Angélico Maestro (i) en aquellas palabras ,por las cosas temporales ‘no puede hacerse indulgencia ,pero si por las temporales ordenadas á las espirituales ,como es la represión de los enemigos que perturban la paz de la Iglesia ,la construcion de Iglesias ,yla consignación de otras limosnas )yya G2sin- singularmente porque haciendo el Pontífice gracia de esta Bula para el año mismo del Jubileo, no puede, dexar de querer eximirla de la suspensión general; ni su limo. Comisario en estos Reynos procedería de ninguna suerte ála publicación que se hace en el mismo año del Jubileo, sin estar del todo asegurado ycierto de su facultad, * Tampoco se entiende la suspensión con los Alta- *NOTA,. Después de escrito esto llegó ánuestras manos el Edicto del limo. Sr. D. Manuel Ventura Figueroa, Gobernador del Consejo yCámara de Castilla ,yComisario Apostolice General de la Santa Cruzada en que déelara que la suspensión de indul» gencias del año Santo del Jubileo no comprehende, altera ,suspende, 6innova las gracias, indulgencias, composicion.es ,dispensaciones ,uso de lacticinios, elección de Confesor ,ydemas concedido en la Bula de la Santa Cruzada como expresamente lo tienen declarado los Sraos. Pontífices por diferentes Breves que religiosamente se guardan en el Archivo de la Comisaría general ,despachados en dos siglos, desde la Santidad de Gregorio XIIL que nuevamente ha confirmado yratificado nuestro muy Santo Padre Pió VI. por el suyo de veinte yocho de Febrero de mil setecientos setenta ycinco; en cuya conseqüencia prohíbe dicho Sr. limo. Comisario General pena de Excomunión mayor sententice ifso facto incurrenda reservada ásu persona la absolución ,que ninguno predique publicamente, ni persuada en acto privado lo contrario ;en cuya vista sería temeridad poner en duda quanto dexamos en esta parte asegurado ,yque tan admirablemente se confirma por esta solemne declaración. 53 tares privilegiados ,ydemas indulgencias directamente concedidas para el alivio de las almas del Purgatorio. Yaunque generalmente hablando las indulgencias concedidas álos vivos no se pueden aplicar por los difuntos ,sino es que se diga en su concesión expresamente asi, como ya tenemos advertido; era con todo eso muy fuerte la disputa entre los autores sí entraba ,6no la suspensión en este caso; la qual cortó el Papa Benedicto XIV. concediendo pudieran todas las indulgencias de vivos aplicarse por modo de sufragio por las almas del Purgatorio en el año de Jubileo ,aunque en su concesión no se hubiera dado esta facultad ,entendiéndose la suspensión en lo que respecta álos vivos solamente. El' mismo Pontífice preservó también de la suspensión las indulgencias concedidas para el artículo de la muerte :las que se ganan rezando la salutación Angélica ,de rodillas óen pie ,según el tiempo, conforme álo antes dicho :las concedidas alos que acompañan el Augustísimo Sacramento del Altar quando se ileva álos enfermos ,yálos que entonces llevan luces, oenvían quien las lleve. Ycomo la ignorancia no puede enervar la fuerza de la suspensión ,ni hacer que haya la Indulgencia que no existe ;se sigue que no puede ganarse alguna de las indulgencias suspensas ,aunque se ignore la suspensión ;ytambién por el contrario, que acabada esta, vuelven ácorrer como antes aprovechando áquantos ponen las debidas diligencias con este fin yconocimiento :yaun es opinión de Teólogos muy graves que finalizada la suspensión ,se ganan las ingulgencias por el que ignorando haberse acabado, hace las diligencias mandadas para obtenerlas ;en que no podemos dexar'de conocer mucha dificultad en la practica ;persuadiéndonos áque solo puede verificarse en algunas personas de singular devc- 54 vocion ypiedad, que hacen ánimo generalmente de ganar quantas gracias puedan yhubiere la Iglesia concedido álas buenas obras que hicieren ycon esta intención las executen. Yaunque pecan gravemente los que sabiendo la suspensión ,intentan ganar las indulgencias suspendidas ;no consta de pena alguna Eclesiástica determinada contra ellos ;pero si de la excomunión ,en que incurren los que las publican ,óinducen los Fieles ksu práctica ;sino los escusa la buena fe, b ignorancia de la censura fulminada por Sixto IV. yconfirmada por sus Sucesores. Suspensión de También durante el año del Julasfacultades bileo se suspenden las facultades para para absolver absolver de reservados ,conmutar vtíde reservados tos ,dispensar en irregularidad, ytoyotras cosas, áas las demás concedidas por la Santa Sede áqualesquier órdenes aunque sean Mendicantes ,Congregaciones ,Monasferies ,Hospitales ,ypersonas Seculares yRegulares de qualquier dignidad que sean ,sobre que nos persuadimos decir lo mas esencial ,dando las palabras de Benedicto XIV. que habiendo en su Bula de suspensión preservado únicamente (i) las facultades del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición ,ysus Oficiales ,de los Misioneros yMinistros diputados por él ,ópor la Congregación de Propaganda fide, bpor la Santa Sede; las facultades concedidas por el Oficio de la Penitenciaría Apostólica álos Misioneros para los Lugares de las Misiones ,ycon su ocasión ;las facultades de los Obispos en sus Diócesis para las dispensas yabsoluciones de sus Subditos en los (i) Cim nos §. prceservatis. ios casos ocultos reservados conforme ála disposición del Tridentino, óen los públicos según lo establecido por derecho ,ylas de los Superiores Regulares en sus Subditos, suspende universalmente todas Ia« demas diciendo (i). Cesteras omnes ,singulas indulgentias tamfleñarías ,quam non fleñarías ,etiam perpetuas ,peccatorum remisiones ,ac facultates ,&indulta absolvendí etiam dcassibus Sedi Apostolices reservatis^ etiam in litteris die Canes Domini legi solitis contentis ,sea relaxandi censuras ,commutandi vota ,aut dispensandi etiam super irregularitatibus quibusvisv.iQuomodo libet concessas'.:: Suspendimus, suspensas, ac suspensa declaramus ,easque ,^ea eodem anna durante ,nulli prodesse ,ac sufragar! debere ;irritum quoque , 6? innane decernimus ,si secas super his dquoquam quavis authoritate ,scienter vel ignoranter contigerit átentari ; lo que declaró en su Bula Convocatis num. 55. diciendo :Suspensio facultatum absolvendi ,dispensandi ,catera pro boc anno Soneto dnobis indicta ,non comprehendit ipsam Romanam Urbem in qua boc máxime anno prastat operariorum copiam, ^auxilia pro studendis petnitenti* bus non imminui. Yfinalmente por otras letras (2) dice: in báe riostra Constitutione :Cum nos nuper ,quesmadmodttm bactenus dictum est ,durante anno .Soneto non solum iudulgenties suspenduntur ,verum cmnes facúltates indulta absolvendi dcasibus reservatis, etiam in Bulla Canee secundum id quod in §. cuteras omnes legitur. Quam regulam in suspensione indul- (*) §' 3* Coteros. (2) Bul. Ínter prateritos d:Jgs'iitlsrufíi tenimnus ;eitfndem »süspsr¡stone fjíciíltatum ,ináultorurn servavtmus ,íkíw precipué fscultatiíS indulta expresserintus ,qM<s sub revocatione minimé comprehendi intellexintus ;««de sequitur illa quae excepta non sunt cotnprebensa remanére. In generali facultatum, ¿f indultorum suspensione alio temperé dubitatum fuerat ,num facultates cornprehenderentur quoe Prcelatis Regularibus ratione propii ofi~ di ,ac muneris competunt ahsolvendi scilicet regulares eorum Subditos in cassibus reservatts ,super aliquibus inipeáimentis dispensandi::: Verum cutn Regulares non soliim indultis ,¿j? facultatibus gaudeant super suos Subditos regulares, sed quídam eorum contendant habére se facultates, indulta sibi dSede^ Apostólica concessa ,nec unquam revocata absolvendt ácasibus eidem Sedi reservatis. Seculares Personas, &vota commutandí, aliasque varias res concedendi gravis controversia in medio remanet ,num eesdetn facultates sub suspensione indultorum ,facultatum, qua per annurn Sanctum fit comprebensa remaneantr.: Aliqui opinantur suspensas remanére. ^tdam vero alii dtstinguunt Ínter facultates absolvendi collatas per ocasionem ,aut intuitu indulgentiarum &facultates aliis de causis attributis. Sobre que decide al §. 32. Persuasum nobts est magnam esse vim generalitatis verborum ideoque protestamur ,quod salvh facultatibus expresé, ac ncminatlm exceptis ,suspensee remaneant, durante annoSancw, alia facultates absolvendi dcassibus Apostólica Sedi, etiam in Bulla Cana reservatis ,sivé indulgentiarum causa ,&intuitu ysive ob alias causas concessa stnt. Et quamquam boc ad aperiendam ,&manijestandam rnentem nostram circa td de quo agitur ,sufictens esse deberet-, nihilominus oportunum atque expedtsns esse existimavimus ,in altera constitutione nostrd, qua incipit Coayocatis, repetere quod omnes facultates^ ..57 'sóktnTt, ^^dispéftÉáhdl suspensas s!nt sivg ea mdulgentiarum causa ,ocassione ,sive alio quovis titulo causa conccssa fuerint ;tum cum de earum facultatum usu agitur €xtra Urhem ,sive in ea in Regulares Subditos eorum Prcelatorum ,SuperioTum Regularium quibus etsdem facultates legitimé compelere dignoscuntur quemadmodum etiam §. 24. indicatum est. Extensión del Mas no siendo posible que los Jubileo del Fieles iodos por grande que sea su año Santo de piedad, zelo, ydevoción vayan áRo1775 a, todo ma en el año Santo; ni ciñéndose por elÓrb.eChrisotra parto el Paternal amor del Vicañano. rio de Christo á los que lo executan solamente :hallan pronta siempre su caridad ,ydispix.esta ñcondescender con las instancias de los Principes,Católicos, yvivos deseos dq todas las personas fervorosas ,que apetecen conseguir los celestiales beneficios ,y<jue los Fieles, todos participen de ellos :,p.ara lo ,qual se ha dignado nuestro Santisiino Padre el Sumo Pontífice Fio VI. siguiendo el exeraplo, de. sus Predecesores dispensar universalmente yfranqae.ar los tesoros de la Iglesia para el bien de todos sus Hijos y<jue participen no menos de sus gracias los -ausentes ,que los que fueron yestaban en Roma el año -Santo próximo antecedente de mil -setesientos setenta ycinco, extendiendo por el tiempo ,de seis meses contados desde el día de la publicación en cada diócesi la gracia yJubileo que se ganó en ella por todo el transcurso del mismo año átodos ycada uno de los pieles de ambos sexós' existentes en qualquiera parte delMundo ,aunque hayan, ido áRoma en el año Santo, yallí ganado el Jubileo, que verdaderamente arrepentidos ,confesados ,yalimentados con la Sagrada Comunión ,dentro de seis meses ,contados^ desde el ¿ia Hde Mendo expreiamente requerida *comd cohdlcion pre-, cisa éindispensable (ylo mismo en todos los jubiIcos 6inciu.i^sn,ci3s ©ii sGin^sntcincntc s© recluí©-* ra ,lo que se debe advertir yconocer por las palabras de la Bulla ,oconcesión en cada caso^ para ga- ; narlas ,ya esté alguno con conciencia de pecado mortal ,ya solo de veniales ,como lo declaró el citado Benedicto XIV. en aquellas palabras :cumConfessia Sacramentalis in hoc Jubileo sit opus injunctum pe~ ragenda eadem erit etiam ab eo ,qui solis peccatis venialibus teneatur ,si hoc Jubilceum lucrari vellet :de que se sigue ,que el que por olvido ,por no juzgarse obligado creyéndose en gracia ,por algún impedimento üotro inculpable motivo ,por justo que sea ,no se confesare ,aunque en realidad esté en gracia yhaga todas las demás diligencias ,no ganará el Jubileo ,sino es que se le haya conmutado en otra obra ,en los casos que se puede :yse sigue ,qu© tampoco basta la confesión sacrilega para ganar el Jubiléo ,aunque se haga después verdadera contrición, con la qual se haya uno puesto en gracia de Dios para executar las demas diligencias ;porque quando ,como una de ellas ,se manda la confesión ,se manda buena ,santa yfructuosa ,áque no se satisface con la que no lo es :como por las mismas razones ,no satisface ni cumple con el anual precepto de la confesión el que se confiesa mal :por la qual debe en el caso propuesto nuevamente confesarse quien lo hizo mal ,si quiere ganar el Jubileo (i) ,pero sí basta la confesión interpretativa hecha por señales ,y en todos los casos que lo es verdadera capaz de absolución. Quan- ^i) Bened. XIV. ibidem núm, 7p, Guando ciitnplída la diligencia de la ccnfesiun mandada ,se acuerda alguno de pecado o, pecados mor-, tales ,que inculpablemente se le olvidaron confesar,, si quando se acuerda de ellos ,ylo advierte ya tenia hechas todas las otras diligencias ,ganó el Jubileo ;pero si aun le restaba que hacer alguna oalgunas, entre las que sea recibir la' Sagrada Comunión ,debe nuevamente confesarse cumpliendo con ^ el Precepto Divino :fruebese asi mismo el hombre (si hubiere pecado mortalmeníe ,6se acordare de mortal que no confesó por olvido )yde. esta suerte coma de aquel Pan (i) .Mas si habla comulgado ya, ysolo alguna oalgunas de las otras diligencias le faltaban ,como el ayuno ,visita, de Iglesia ola limosna :sienten muchos que ganará el Jubileo ,sin volver aconfesar ,por bastarle para esto el estado de gracia e,n que se puso ya por la confesión, aunque otros no sin fundamento juzgan lo contrario. Quando se. dexa. para elfin de la segunda sematía ,6el último día del Jubileo la confesión ,yniega ódifiere la absolución el Confesor jdistinguen algunos entre los dos casos que pueden suceder ,de ser Justa oinjustamente negada osuspensa. En el primero no se duda, que siendo de parte oel Penitente la falta de íU5;posieíoit?^:5, tón culpable ,como debido de parte del Confesor negarle la absolución ,no puede ganar el Jubileo. En el segundo creen ,que como privado injustamente de este beneficio ,si estuviere contrito ganará el Jubileo ;porque cumplió quanío estuvo de su parte ,porque la. Bulla solo pide la confesión ,yél la hizo ;yporque de otra suerte, Jíableado executado quanto pudo en cumplimiento de Ilas (i) Corinth i. ii. 23. 65 las diligencias mandadas para’gánarel Jubileo-, contra su voluntad se ie privaría de él ,ysin culpa su-; ya ,lo que no es razón. Mas no convenimos en esto ;yjuzgamos que en tal caso debe el penitente, si está bien dispuesto, y hubiere tiempo ,recurrir áotro Confesor; ysí np16 hubiere pedir al que le negó ósuspendió la absolución ,que le prorrogue el tiempo del Jubileo ,como puede, para en él disponerse, yconfesarse de modo que reciba la absolución :con lo que sin du-- da conseguirá sus buenos deseos ,yexsrcitará muchas virtudes. - Si como en diferentes indulgencias vemos ,no sé manda la confesión por una de las obras que para ganarla se deben poner (como se manda en este Jubileo )no es necesario para ganarlas confesarse. Pero quando se conceden las indulgencias como sucede freqüentemente con las palabras ,alos contritosyconfesados ,oálos verdaderamente penitentesy confesados :es común sentir de los Teologos ,no necesitan de confesarse para ganarlas ,los que no se sienten con ,conciencia de pecado mortal ;porque solo se expresa entonces la confesión como un medio ódisposición para el estado de gracia ,de que na necesita quien está en ella ;, peiomviokai; «jíputen lo contrario quando en la concesión se dice, ganen esta 6 aquella Indulgencia los que habiendo confesado sus pecados ,blos que precedida confesión visitaren tal Iglesia, &c. Aunque otros juzgan lo misma en estos que en el caso antecedente. Visita de Otra de las diligencias que se deben, Iglesias yOhacer para ganar este Jubileo es visitar radon. las Iglesias por el Ordinario señaladas otros tantos dias como expresa ,interpolados ,ócontinuos ,naturales ,o Eclesiásticos, esto es, desdólas primeras Vísperas de ua \m ála hasíá el anochecer llel que se lé sigue, que es el Eclesiástico :ódesde las doce de la noche del imo hasta la misma hora del siguiente ,que es el líatural. -^ Deben ser estas visitas con devoción ,modestia, piedad, ytales con que se dé honor, áDios yásus Santos ,exercitando la virtud de la Religión. Yaunque algunos tuvieron por suficiente que sea esto den-_, tro de la Iglesia únicamente ,aunque no se tuviera devoción en el camino, lo contrariodlxo el Pontífice Benedicto XIV. afirmando hubiera también de ser devota la ida yentrada en la Iglesia no menos que el estar en ella (i) de que se ir^tere son sus palabras que si no con fin piadoso ,si no es por mera curiosidad, diversión, opaseo, fuere alguno ,dla Iglesia que visita, no gana el Jubileo , cuya autoridad solamente alegamos en prueba de la que se debió dar ymerecía la razón de tantos que sintieron antes lo mismo. Pero si alguno fuera no precisa ,ni pricipalmente por curiosidad hla Iglesia, si no es por devoción con deseo de hacer lo que debia para ganar «1 Jubileo ,yefectivamente orase como era obligado, aunque tuviese algún movimiento de curiosidad, no dexaría por eso de conseguirlo ;entendiéndose respectivamente lo mismo en las otras cosas ligeras que siendo concomitantes ,no vician la acción ,ni quitan la santidad de la cosa que se hace :aunque si, quando son el fin principal,; porque entonces ni es verdad ,ni se puede decir que se ordenan al culto ¿e Dios. De quien va con mal fn dla Iglesia está de~ mas el decir, prosigue el mismo Pontífice :pues no 1 2 ga- (i) In cit. litt. Inter prceteritos nura. 75. 68 gana el Jubileo tyalá verdad, si -quien está eaella, bvá por mera curiosidad, diversión ,‘^entreteíii miento ,úotro fin semejante ,no tiene la Santa disposición ,religiosidad yafecto con que se deben practicar las acciones sagradas ;¿cómo podrá tenerlo quien bse sirve de ellas para malos fines ,ben ellas los pretende ,quien prefiere sus malas inclinaciones al culto de Dios, quien le injuria yofende, quando aparetita sus obsequios ? De donde pueden ,ydeben inferir muy bien, qual será el fruto de sus oraciones ,diligencias y jubíleos aquellos ídolos de la profanidad ,aquellas personas escandalosas, yaquellas, gentes inconsideradas, cuya libertad, cuya descompostura, ymal exemplo ni se sacia con sus propias culpas ,ni se contenta con las que dán motivo áque cometan otros en las demas partes ,ni respeta lo sagrado del Templo ,haciendo del mismo Santuario Teatro de abominaciones, insultando áDios en su misma Casa, y provocando su indignación yenojo allí mismo donde habían de procurar con mayores ansias ,yfervor aplacar su justicia ,implorar su .misericordia ,ymerecer su gracia con lágrimas ,contrición ,humildad, penitencia ,sumisión ,respeto yadoraciones, Ano mudar de designio ,hno mejorar de conducta, ydetestar con verdadero arrepentimiento sus yerros ,no deben dudar que son aquel desgraciado Pueblo de quien dixo el mismo Dios ,este Puebla me honra con los lavios ,pero su coraron está muy lexos de mi (i) certificándose igualmente de que la respuesta del Juez Supremo en el j'uicio final, quando pidan la recompensa de tales Oraciones, infaliblemen- (i) -Math. 15. 8. ^9 te será la que ya «es previno para excitar nuestro fervor ,yque ninguno alegue ignorancia ,habiéndola debido todos saber ytemer quando dixo ;No todo el que me dice. Señor, Señor, sino el que hiciere la voluntad de mi Padre ,entrará en el Keyno de los Cielos (i). Sin que por esto digamos que es malo quanto hacen estas infelices personas :pues no ignoramos la censura que fulminó el Tridentino (2) contra quien íuzcare que son malas todas las obras antes de la iusttficacion ;sabemos que los pecadores pueden hacer cosas moralmente buenas, exercer actos de religión yotras virtudes; ypor consiguiente visitar con devoción las Iglesias :ni nos falta la memoria de la proposición aQuesnel condenada cinqüenta yocho que decía; nec Deus est ,nex religio ubi non est Charitas :pero si afirmamos que el pecado mortal actual es incompatible con la devoción que se requiere en la visita de las Iglesias ;que la voluntad de una persona en tan miserable estado ,no puede componerse con la de hacer como se deben las cosas que pertenecen ai culto yhonor de Dios ;que se ©pone ála devoción yespíritu que ellas piden ;que las personas entregadas actualmente con tal impiedad álas criaturas ,no lo están ,ni pueden estar al Criador al mismo tiempo ;que aunque alli mismo ,bdespués se arrepientan ,yse enmienden, las culpas que cometieron ,ylas de que fueron áotros ocasión y motivo con su libertad ,escándalos ,o de otra qualquier manera siempre serán ofensas de Dios ;yen fia que. el pecado mortal actual quita la disposición con (1) Math. 7. 2r. (2) Ses. 6,cap. 7- ... - eon que se deben hacer las Cosas inandadas para conseguir el Jubileo ;aunque no el habitual jypor tanto ,insistimos con todas nuestras fuerzas en desear yexhortaros ála devoción ,piedad ,cuidado ,y atención con que se deben esta ylas demas diligencias cumplir para alcanzar los frutos saludables del Santo Jubileo. Oración. De esta suerte se debe erar en cada Templo por la exáltacíon de la Santa Madre Iglesia ,extirpación de las heregias ,concordia entre los Principes Católicos, salud ytranquilidad del Pueblo Chrisíiano ,ypor la intención del Sumo Pontífice. Yaunque será lo mejor ,ydeseamos que en cada Iglesia se pida áDios por todas ycada una de estas cosas particularmente; lo qual rogarnos átodos en el Señor esecuten con el fervor posible ,con lo qual exercitarán muchas virtudes ,yalcanzarán de Dios muy abundantes frulos ,tanto para sí ,como para los demas ;no dudamos en la probabilidad yrazón con que miuchos Teologos afirman ser bastante para ganar el Jubileo rogar generalmente por lo que el Pontífice manda, jes de su intención yvoluntad ;yaun hay quien diga ,no sin algún fundamento ,que ganará el Jubileo quien orare con intención de conseguirlo ;porque ora entonces virtualmente según la intención del que lo concede. Qual deba ser la oración ,si vocal omental, yquanta ,sería dilatarnos mucho tratarlo por menor :los opuestos dictámenes con que unos se contentan con la mental ,con la vocal otros :unos quieren se rece mucho ,otros muy poco :unos apenas se satisfacen ,otros casi de qualquier manera se aquietan ysosiegan ,nos daban sobrado margen para dilatarnos ,sino deseáramos lo contrario ,iuzgandolo inútil en un punto ,cuya decisión os pre- 'senf i áilÉlteÉaÉllÉliÉiÉitÉMilÉM ÉUMi íi n i 'iií i it 71sentamos con las mismas palabras del Papa Benedicto XIV. (i) que dice :las piadosas preces mandadas en la Visita de cada una de las Basílicas, que se han de hacer según los fines que deseamos ,yen nuestra Bulla de indicción se expresaron ,será bastante si fiueren vocales. El que solo mentalmente quisiere para los mismos jines devotamente orar ,es digno de alabanza ,pero junte también alguna oración vocal :esta es la regla ,esto lo que se debe hacer ^y ni queremos ,ni podemos obligaros ámas ;ni ganareis con menos el Jubileo. Pero nunca dexamos de insistir en que procuréis levantar áDios el corazón ,quanto mas humilde yconfiadamente os fuere dable ;pidiéndole todo lo que desea su Vicario ,ylas demas gracias que para sí cada qual necesitare. Ninguno puede ignorar la santidad yeficacia de la oración vocal ,mas tampoco debe dexar de saber que no es oración pronunciar (por muchas que sean ,ypor largo tiempo) santas palabras ,sin levantar áDios el espíritu ,coa un ánimo preocupado ,voluntariamente distraído ,y enagenado hácla otras cosas. Ycomo en la aceptación de Dios ha de ser preferida ymas agradable eti todas las buenas obras la devoción ,el fervor ,caridad, zelo yespíritu con que se hagan ,que el tiempo que se tarde en ellas, suponiendo el que dicte la prudencia competente ,regular ,yconveniente para cada una, deseamos incline vuestra piedad mas áaquella parte ,sin añadir álas palabras referidas del PapaBenedicto XIV. otra cosa ,que el que consideréis la santidad de la acción en que os ocupáis entonces ,la grandeza délos beneficios que pretendéis ,yque siendo tan libs- (i) In cit, iit. Convocatis niun. ¿r. 72 beral Dios con nosotros en repartimos sus gracias ,es indecente ,yes injusto que seamos con Su Magestad. escasos en la devoción ,reverencia ,obsequios yoraciones pareciéndonos mucho el tiempo que en elio, se gaste, Ysi aun dudare alguno consulte yhaga lo que su Confesor le mande. Se han de visitar cada dia todas las Iglesias señaladas ;yhan de ser distintos los días en que se haga esta visita de todas :de suerte que no basta visitarlas de otro modo tantas veces en un dia oen varios ,porque lo que se manda es, que se visíten tantos dias las Iglesias ,yno tantas visitas de Iglesias ,lo que siendo forma ycondición jbaxo la qual se concede el Jubileo, es tan esencial que una sola visita que se omita ,bastará para no ganarlo ;por ijo admitirse pafvedad de materia en este punto: mas no importa ,ni es del caso Ir en coche á la Iglesia ,ápie ,oácaballo jque aquella esté cerca, aú distante para lo que es lograr el Jubileo ;pero siempre lo que sea de mayor incomodidad ,molestia ,pena ,ymortificación será mas meritorio, la limosna. Dar limosna es otra de las cc»9a9 que se mandan para ganar este Jubileo :aunque hay limosna espiritual, que con la buena fioctrina, consejos ,yotros medios se hace átodos igualmente ricos ypobres ,tratamos de la corporal ,ótemporal solamente ,porque esta es la que generalmente se entiende quando se dice limosna sin otra particular expresión ,,y por convenir aella solamente la de hacerse álos pobres que se hallan en las Bulas de Jubileo ;en cuyo supuesto la común opinión es que no basta ordinariamente qualquiera muy pequeña limosna ,ycreemos se debe regular en cada uno según dicta la prudencia, miradas todas las circunstancias :El pobre dará mas 73 en menos cantidad ,que el rico de mayores facultades con la misma ,ópoco mas grande^ suma :Este será muy falto ydestituido de caridad ,si escasea en sus pobres áDios lo que para el lujo, profanidad ,lucimiento ymil superfluidades no parece mucho ksu vanidad :pues aunque importa mucho siempre la devoción yafecto con que se de la limosna, pudiendo una suma cortísima ser muy agradable áDios, como lo fue la de la pobre viuda del Evangelio que lo di<5 todo (i) dando tan poco ,ála manera que S. Pedro al Salvador decía haberlo dexado todo (2) por su amor ,aunque solo dexó las redes jen quien tiene mas que dar se atiende también lo que dió. Los pobres, ylos Religiosos, que lo son por su profesión ,también son obligados ádar limosna para ganar el Jubileo :por estos acostumbran regularmente darla los Prelados ,bpermitirles hacerlo conforme ásu estado en alguna pequeña cantidad; con que también cumplen los primeros ;mas si ni unos ni otros pudieren cosa alguna ,ni él Prelado por los Religiosos lo executase, deberán ocurrir al Confesor para que lo conmute en otra cosa ;ylo mismo se ha de observar en lodos los demas casos que no se pueda cumplir lo mandado por S. S. específicamente. Los padres ymaridos deben dai la por sus hijos ymuger«s ,ohellos franquear con que lo execuíen ,yen el primer caso convendrá se lo hagan entender. Basta dar limosna una, sola vez ,yno hay necesidad de repetirla ,ni darla en varias ,ocasiones: porque las Bulas regularmente solo previenen que Kse (1) Marc. 12. 42. (2) Math. ip. 4p, 8o lo se mandan ,lo que siendo en todos voluntario se ' sigue ,que sí lo quieren ganar ,deben también que» rer cumplir todo lo que para ello se manda ,una vez . <que puedan :ypor esta razón deben igualmente ayunar los pobres ytrabajadores para ganar el Jubileo,, aunque se bailen por estos motivos excusados del ayu-' no Eclesiástico de otros .dias del año ,sin^que este solo titulo sea suficiente para conmutarlo en otra cosa ,si no ,es que se les ocasione grave incomodidad en ayunar ,ben abstenerse del trabajo :pues aun- ; que regularmente para la dispensa es menester causa mayor ,que para la conmutación en el ayuno del Ju- ^ bileo ,se necesita mas grave motivo para conmutarlo ,que para eximirse del ayuno Eclesiástico :porque ' aquebse pone como condición que voluntariamente se ha de aceptar en la gracia del Jubileo ,yeste se manda para todos generalmente ,yobliga aun álos que ' no quieren. Si alguno en el último día del Jubileo ,queriéndolo ganar ,como que es imposible ya cumplir el ayuno dentro de las dos semanas ,pretende la conmutación en obras que pueda cumplir en el tiempo que resta ,se debe distinguir ;si inculpablemente le sucedió ,procediendo de buena fé ,6porque ignoró el Jubileo, 6porque estuvo ausente, úotro motivo se-' .í inejante ,sin duda puede conmutarse el ayuno en otras J obras que cumpla dentro del término que resta ,oI dilatárselo algún poco mas para que las execute. J Pero si culpablemente yde mala fé procedió pa- ; ra excusarse del ayuno ,como áninguno debe apro- ; veehar aquella ,no se le debe conmutar ,antes bien castigándole en lo mismo que delinquió ,se le dei berán mandar cumplir los ayunos en ios tres dias si- • guientes ;pues la imposibilidad en que la tal perso- , na se halla ,es justo motivo para que pueda el Confesor dil3tarle el tiempo del Jubileo ,yse hace muy asequible fó que Imposibilitaba. la malicia.-, Aia verdad ,es cosa que áno tocarse por la experiencia ,sería increíble que haya entre los Christianos almas tan desgraciadas ,que se valgan de tales yotras muchas estratagemas para huir de la mortificación :que se asustan de la penitencia ,que temen castigar su cuerpo ,macerar la carne ,subyugar las pasiones ,yhacer como se debe la guerra átan crueles enemigos ,como de todas partes nos combaten ypersiguen. La complexión ,el traoajo ,la delicadeza ,el empleo ,los negocios ,yotros mil especiosos títulos ;la fecilidad con que se condesciende ,contemplando con una cruel piedad ,opor falta de instrucción ,Qpor nimia laxitud ,opor otros motivos peores ,los que debieran estár muy agenos de todos ellos ;son los caminos por donde el amor propio hace su negocio contra el espíritu de ia Religión, contra la observancia de sus leyes ,ycontra los verdaderos intereses ,yfelicidad de las almas. IYque otra es la causa de estos males ,que no considerar ,no advertir ,ni comprehender como se debe ,la eficacia ,el poder ,santidad yvirtud de ia mortificación ,penitencias y' ayuno ,para preservarse del pecado el que no hubiere caído ,yparasanar quien se hallare ya contagiado ¿Pues no valiéndonos de arma tan poderosa ,no sirviéndonos de tan eficaz medicina ,^qué mucho sean tanto los vicios ,yse propague la relajación ?jQué mucho se beba como agua !a iniquidad ,se desgracien las felicidades que se desean ,yse dé acada paso en un precipicio ?iYqué mucho que no se entiendan ,ni perciban los avisos de Dios, que se experimente su enojo ,que no dé Su Magestad oidos ánuestras súplicas ,ni le aplaquen nuestros clamores? Revolver las Sagradas Escrituras ,yhallareis - que fue Daniel tan feliz, porque rogaba aDios con Layu- ayunos (i) que fue ‘tan Santa Jodííh ayunando todos los días de su vida ,sino es los Sábados yfiestas (2) yque fue Achab libre de la conmiriacion ,y amenaza que Dios le hizo ,por haberse cubieeío de cilicios ,yayunado (3) hallareis vencidos primera y segunda vez álos hijos de Israel por los de Benjainin, hasta que lloraron en la presencia ds Dios y ayunaron ,coa lo qual prevalecieron eníciices. con* tra sus enemigos (4) árvlcisés tratar con Dios en ei Monte ,recibir la Ley de su mana ,yser Caudillo de su Pueblo ,habiendo ayunado dos veces por espacio de quarenta dias ,(5) al mismo Salvador ayunar también otros quarenta con sus noches sin comer ,ni beber (5)para santificar nuestro ayuno, merecernos sus' virtudes ,enseñarnos, yexcitarnos aél -yásu Bautista en un perpetuo ayuno ,contento con unas pocas langostas yrriiel silvestre (p); Consultad el dictamen de los Santos ;ved el juicio que forman ,yreflexionad las conscquencías que sacan de estos ,yotros santos exemplares ,y doctrinas. El ayuno ,dice S. Agustín ,(8) purifica el entendimiento ,eleva el sentido ,sujeta la carne al espíritu ,hace el corazón contrito ,yhumillado ,du sipa las nieblas de la concupiscencia ,apaga los ardores de la impureza ,yenciende^_Ja luz de la castí~ : (1) Dan. 10. (2) Judiíh. 8. (3) 3. Regum 21. (4) Judie. 20. (5) Exod. 24. &34. (6)Math. 4. 2. (7) Math. 3. 4. (8) In serm. de Jejunio* S5 ttdad. El ayuno jescribe S. <jer¿nímo ,(i) no soto (¡.una virtud ferfecta ,sino también el fmidamento,^ santijicacicn ,honestidad) yprudencia de wdas .ta^ demás ,sin la qual ninguno verá áDios. El ayuno, eñrma S. Ambrosio {%) es la muerte de la culfa, des^ fierro de los delitos ,remedio de la salud_ ¡raiz .¿e la gracia ^fundamento déla castidad. Con esta esca~ íq se llega mas presto áDios. YS. Cipriano exclímet: {3) Jamas be oido que haya llegado Santo aU - guno ai Cielo ,sin que lo haya merecido con, los ayunos. .*- Pero ni ellos pueden enseñarnos ,ni nosotros creer otra cosa rc^uando las divinas letras claipan,» sabed que Dios oirá, vuestros ruegos ,si perseveráis en ayunos ,yoraciones dla vista del Señor: Sqnti~ ficad , pues ,el ayuno ,como en ellas se dice, (5) yoid los avisos, amonestaciones, yvoz del mismo, píos que os exhorta por su Profeta: (6) Convertios a mi de todo vuestro corqzon en ayuno ,llanto ygemi-^ dos ,coa cuya santa' disposición podréis dignamente llegar árecibir el Pan de los Angeles ,que es otra de las diligencias que se mandan -hacer para ganar el Jubileo extraordinario, yconvendrá mucho para conseguirlo sea la última. De la Sagrada Aurique en el Jubileo del año San® Comunión. to era la practica de los Pieles recibir la Sagrada Comunión ,creyeron .luZ .gra- (i) Epist. ad Demet. , (z) De Helia. &Jejun. (3) Serm. de Ecénit. (4) Judit. 4. 12. (5) Joel. 2. 15. (5),; Joel. 2. 12. graves Autores ño ser áe obligación^': pero el Sumo Pontífice Benedicto XIV. expresamente mandó hubiera de hacerse tan santa diligencia para ganar el que concedió para el año mil setecientos cinquenta; ylo mismo expresa en la suya de extensión del presente N. S. P. Pío VI; mas en los extraordinarios, no se duda por ser en ellos expr-eso ,que es necesaria, ni -que debe ser precisamente Sacramental :porque esta es lá que significan en sa natural verdadero sei>‘ tido las palabras de la Bula ,yno la meramente es» piriíual. Tamíneti es cierto que debe ser buena la comunión, que no basta la sacrilega, yque el que por su desgracia la hiciere asi ,aunque después tenga verdadera contrición ,Ny con ella cumpla la última diligencia del Jubileo ,no lo ganará ;porque quando la Iglesia manda la Sagrada Comunión ,quiere sea buena, digna ysanta como sucede en el precepto de la annual :yasí condena la proposición que afirmaba satisfacer aei eon la comunión sacrilega. (i). Otra cosa es en el que inculpablemente olvidado de un pecado mortal, comulgára con verdadera atrición ,en cuyo caso la Sagrada Eucaristía por accidente causa la primera gracia ,ypor eonseqüencía será también suficiente para ganar el Jubileo esta Comunión conforme ala doctrina de muchos Teólogos (2) :pero si en el mismo caso, aunque de buena fé ,.sin malicia en el que „obra ,inculpableraenta olvidado del pecado mortal sin haber tenido contrición ,lü atrición verdadera comulgase >no ganaría el (1) Prop. ^3. ab Innoceni. ix. damnat. (2) Viva in Tract. de Jub. q. í. 8-art. 44 el Jubileo :por ser la tal Comunión informe ,como, dicen los Teologos ,esto es ,que no causó gracia en el que la recibió ,ni se hizo según la intención de la Iglesia ,yvoluntad del Pontifice ,que mandando esta sagrada acción ,impone la sustancia ymodo de ella ,queriendo sea fructuosa ,útil yrefectiva dei alma.De los niños que aun no se hallan en estado de comulgar han sentido con mucha diversidad los Autores :mas el Papa Benedicto XIV. puso término, diciendo se les conmute en otra obra piadosa ,juzgándolos como legítimamente impedidos ,(i) ylo mismo determina para su actual Jubileo N. S. P. Pío vi. Ysi todas las sagradas funciones se deben celebrar santamente ,|con quanta santidad, reverencia, ypreparación deb'erémos llegarnos ála Sagrada Mesa, en que se recibe el mismo Autor de los Sacramentos ,la Fuente .misma yorigen de toda la gracia ,yel mismo Rey de la Gloria ?gCon qué santidad ,qué devoción ysagrados afectos deberemos comer aquel Pan Celestial ,Pan Divino ,Pan de vida ,de que solo era figura el que dió el Angel á Elias, ycon que le confortó ydió vigor para seguir su camino ?Ciertamente quanto mas conocida es, al hombre Christiano ,dicen los PP. del Concilio Tridentino. :(2) la dignidad de este celestial Sacra~ mentó, tanto con mayor diligencia deben guardarse de llegar drecibirlo sin grande reverencia ,ysantidad. El Sacramento Augusto del Altar es nuestro apoy-o, nuestro consuelo, yla mayor felicidad que po- (i) In eonstit. ConvocatU num. 48» {z) Ser. 1?. cap. 7. .. podemos tener en la tierra; es naestro refugio ,nuestro asilo yremedio en todas las necesidades ,peli- <rrüs ,ymales. En él-está nuestra vida ,nuestra fortaleza ,ytodo nuestro bien jen el tcusmos ei tesoro, de todos los bienes jla mas segura defensa contra tocios los enemigos ,yen una palabra ,tenemos ai sni''tTiO í3íOs 5cuya posesión bcice la Bienaventuran*: za de los Santos en el Cielo ,que se nos dá por prenda segura de la Gloria en la tierra. Pero ¡con qué infinito amor, con qué innumerables prodigios, ymilagros ,ycon qué ansias de nuestra salvación, veterna felicidad !' Dios todo Poderoso ,nuestro Divino Salvador, la misma Grandeza ,yMagesíad se avandona^sin distinción átodos sus Siervos ,mirándolos como áhijos ,de manera ,que parece olvidarse de sí mismo, para enriquecerlos ,yhonrarlos en tan adorable Sa- ' cramento. La sustancia de pan yvino aniquilada, sin destruirse los accidentes ,queda el Cuerpo ySangre real yverdadero de Jesu Christo baxo de ellos, para alimento de los hombres este mismo Cuerpo se reproduce al propio tiempo en una infinidad de luo-ares distintos ,siempre todo entero jse distribuye° indiferentemente álos buenos ,ylos malos, aunque con muy diversos efectos ;yeste mismo adorable Cuerpo ySangre de Jesu Christo está siempre en nuestros altares ,queriendo permanecer con los hombres hasta la consumación de los siglos ,expuesto á tantas irreverencias ,insultos ,profanaciones ,ysacrilegios de los impíos, ylibertinos :tal es; el exceso de su amor hácia nosotros ,verdaderamente infiaito ,verdaderamente incomprehensible conocido ,de muy pocos ,yde muchos menos estimado. Acuya vista ¿quien podrá significar ., ni entender hasta donde llega el exceso de Ja ingratitud de los hombres en su mala correspondencia? No habla- 1 ^7 blamos ahora de aquellos indevotos, sacrilegos, malvados que sin purificar sus conciencias en las sagradas aguas de la penitencia se atreven allegarse indignamente ála sagrada Mesa -del Altar ;porque estos, ya dixo el Apóstol, son reos del Cuerpo y Sangre del Señor; (i) son tan culpables en este enorme sacrilegio ,como los que hicieron morir á Jesu Christo ;comen su misma condenación ,yllevan consigo la infeliz sentencia de su eterna muerte. Nos ceñimos únicamente áaquellas personas, que en muchas semanas ,muchos meses ,yaun Ja mayor parte del año se privan ellas mismas de tanta felicidad ,troncos áridos ,plantas secas por falta de este divino rocio ;áaquellas personas que pasando la mayor parte de su vida en el juego ,diversiones ,concurrencias mundanas ,espectáculos, y quanto agrada álos sentidos, yaquellas personas ociosas que solo estudian en perder el tiempo ,que solo sirven ásu amor propio, ysolo piensan en quanto no es la eternidad ,el juicio ,muerte ,ni alguna de las cosas que únicamente nos interesan, que jamás tienen hambre ;ni aun quizá deseo de tan Divino Manjar, cercándose por consiguiente muy pocas ,yraras veces en todo el año árecibir al Autor de la vida, al Sumo Bien que los llama, convida ,yespera en el Augusto Sacramento ,yplegue áDios no sea por bien parecer ,hipocresía ,5 respetos humanos ,quando lo hacenYa se vé ,que todos aparentan motivos, dan sus escusas ,yjuzgan evadirse del cargo tan evidente que resulta contra su ingratitud, abandono, ymala correspondencia: pero se engañan ásí mismos;, porque (i) Cor. I. II. / 88 qne ya Jesú Christo íe's previno ,ye'riseñá con lá , parabola ^de aquella Cena grande áque se, escusaroti los Convidados con motivos que parecían los mas iustos ;Vcon todo eso los,^ declaro culpables ,excluyó ,yseparó de sí para siempre ,con aquellas terribles palabras :Pues os digo ,que ninguno de los que fueron llamados (yno vinieron )gustará mi Cena (i) en la Gloria eterna. “No ,amados hijos míos ,no son los negocios, no los cuidados de la familia ,no las obligaciones del emcleo ,no el respeto ,no la humildad ,no el tenerse por indignos ,ni el juzgar que no estáis bien preparados ,ydispuestos para recibir con mas ireqüencia la Sagrada Eucaristía ,lo que os aleja de ella; estas son unas escusas frivolas, sugestiones del amor propio ,yartificios de un corazón dominado del vicio ,que debierais conocer ,yevitar ;la razón verdadera que os mueve, 6por mejor decir la sin razón de lo que hacéis ,lo que os aparta de freqüentar la Sagrada Comunión ,es que para llegarse aeste Santo convite, se necesita ir con el adorno, atavíos ,ygala nupcial de la gracia ,que no apre-, cia ,no busca ,ni quiere vestirse un alma sumergida ,ybien hallada en el desorden :es que el corazón «nista mucho de los manjares del Mundo, con que estragado ,no apetece el Soberano alimento del Divino ", es que para acercarse áél ,se debe cortar primero aquella amistad peligrosa-, que no se quiere dexar ;se debe haCer aquella restitución de fama ,y de hacienda ,perdonar aquella injuria ,ydexar aquella comunicación que tanto envelesa ,yagrada :es la necesidad de hacer guerra viva álas malas inclinaciones, de romper con aquella envejecida costumbre, de con- eonti'a3ecir al amor propío »yt>be3ecer qüafito manda la Ley Santa de Dios, yde su Iglesia ,yen una p^abra que es menester para comulgar dignamente, mudar de conducta ,yvivir con innocencia ,santidad ,yarregfo de costumbres :para lo qual no hay valor ,esfuerzo ,ni resolución ,porque acomoda y gusta mas no dexar el pecado. Yde este modo ¿qué extraño puede ser, qu¿ novedad puede causaros ,ni que Dios fulmine la terrible sentencia con que cierra las puertas del Cielo álos que tan voluntaria yneciamente se apartan de Su Mag. ni que experimente las funestas conseqüencias del enojo que muestra en sus formidables palabras; dico autem vobis quod nemo virorum illorum, qui vocati suntt gustabit Coenatn meatnl Ypues aun es tiempo de remediar las faltas cometidas hasta ahora ,pues la ocasión del presente SantoJubileo nos ofrece tan buena coyuntura para empezar una vida nueva ,Christiana, Santa yarreglada, pues aun se nos dá tiempo, ytal tiempo en que podemos fácilmente negociarnos una dichosa eternidad ;seamos fieles ála gracia, aprovechémonos de la DivinaMisericordia ,oigamos la voz de Dios que nos llama, yconsiderad freqüentemente para vuestro mayor adelantamiento yfruto las admirables palabras ybella instrucción de S. Francisca de Sales (i) que dice: El Salvador ba instituido el Sacramento de la Eu^ earistta que contiene realmente su Carne ,ysu Sangre^ fara que quien lo come viva eternamente. Por esto quaU quiera que le use ámenudo ,ycon devoción ,fortalece de manera la salud, yvida de su alma, que es casi imposible sea emponzoñado de ningún género de mala cfMdon; (í) Introduc. ála vida dev, 2, part. cap. zo. ysi?