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«Hic sunt leones». La nueva dimensión jurídica en la era de la globalización (una reflexión desde la incertidumbre)

López y López, Ángel M.

Abstract

La llamada globalización tiene su origen en el predominio del capitalismo financiero, que provoca, en apariencia, el escape al Estado de los flujos económicos, y a la consecuente predisposición normativa. Las causas del escape son la revolución tecnológica y el predominio de concepciones políticas y económicas de cuño ultra liberal-conservador: ideología neocon y escuela económica monetarista que abonan la idea de la inevitabilidad de las decisiones de los mercados. Sin embargo no hay: mercado sin reglas jurídicas salvo por el rehúse del Estado. Así nace el Derecho de la globalización como fruto exclusivo de las instancias del poder privado Los resultados: crisis institucional por vacío del poder político jurídico del Estado; aparición de modos de producción del Derecho sin legitimación política; de ello son vehículos la nueva lex mercatoria, el contrato y el arbitraje. Se debe notar que el Derecho global no es Derecho solo transfronterizo, sino que sus soluciones se trasladan al ámbito estatal. Vienen así a la existencia de dos dimensiones jurídicas, una desregulada, otra subalterna de la desregulación, alumbrando un mundo de grandes incertidumbres.

Full text

«HIC SUNT LEONES». LA NUEVA DIMENSIÓN JURÍDICA EN LA ERA DE LA GLOBALIZACIÓN (UNA REFLEXIÓN DESDE LA INCERTIDUMBRE) «HIC SUNT LEONES». THE NEW LEGAL DIMENSION IN THE AGE OF GLOBALIZATION (A REFLECTION FROM UNCERTAINTY) ÁNGEL M. LÓPEZ Y LÓPEZ P o eso Emé i o de De echo Ci il Uni e sidad de Se illa Resumen: La llamada globalización iene su o igen en el p edominio del capi alismo inancie o, que p o oca, en apa iencia, el escape al Es ado de los lujos económicos, y a la consecuen e p edisposición no ma i- a. Las causas del escape son la e olución ecnológica y el p edominio de concepcio- nes polí icas y económicas de cuño ul a libe al-conse ado : ideología neocon y es- cuela económica mone a is a que abonan la idea de la ine i abilidad de las decisiones de los me cados. Sin emba go no hay: me - cado sin eglas ju ídicas sal o po el ehú- se del Es ado. Así nace el De echo de la globalización como u o exclusi o de las ins ancias del pode p i ado Los esul ados: c isis ins i ucional po acío del pode polí i- co ju ídico del Es ado; apa ición de modos de p oducción del De echo sin legi imación polí ica; de ello son ehículos la nue a lex Abs ac : The so-called globaliza ion s ems om he p edominance o inancial capi- alism, which causes an appa en escape o he s a e o economic lows and you consequen egula ion. The causes o he escape a e he echnological e olu ion and he p e alence o poli ical and economic concep ions o ul a-libe al-conse a i e s amp: neocon ideology and mone a is school o economics. This analysis suppo s he idea o he ine i abili y o he decisions o he ma ke s. Howe e , he e is no ma - ke wi hou legal ules; he e is he e usal o he s a e powe . Thus, bo ns he global- iza ion law as he exclusi e p oduc o in- s ances o p i a e powe . I is esul s an in- s i u ional acuum o legal poli ical powe o he s a e; and he eme gence o modes o p oduc ion o law wi hou poli ical le- gi imacy; ehicles o his a e he new lex 171 Ángel M. López y López me ca o ia, el con a o y el a bi aje. Se debe no a que el De echo global no es De echo solo ans on e izo, sino que sus soluciones se asladan al ámbi o es a al. Vienen así a la exis encia de dos dimensio- nes ju ídicas, una des egulada, o a subal- e na de la des egulación, alumb ando un mundo de g andes ince idumb es. Palab as cla e: capi alismo inancie o, e olución ecnológica, des egulación, lex me ca o ia, con a o, a bi aje. me ca o ia, he con ac and a bi a ion. I should be no ed ha he so called law o globaliza ion is no only ansbounda y bu hei solu ions a e ans e ed o he s a e le e!. So, comes o he exis ence o wo legal dimensions, one un egula ed, ano h- e subo dina e o de egula ion, a ising a wo ld o g ea unce ain y. Keywo ds: inancial capi alism, echnolog- ical e olu ion, de egula ion, lex me ca o- ia, con ac , a bi a ion. 1. Cuando empleamos la palab a globalización es amos hablando de un enó- meno absolu amen e nue o, si bien con aíces an iguas, que p oceden de un cu so his ó ico en el que no ha dejado de amplia se la es e a e i o ial donde se eje ce la ac i idad económica, sob epasando los con ines de los Es ados. 2. En e dad, la in e nacionalización de la economía no es un enómeno nue o, sino muy an iguo y siemp e c ecien e, y de modo exponencial con la e olución del sis ema capi alis a. Lo e dade amen e dis in i o de la llamada globaliza- ción consis e en que has a hace poco iempo los Es ados con olaban los lujos económicos den o de su e i o io, y podían, en consecuencia, p edispone no mas ju ídicas que lo egula an, con un g ado de e icacia impo an e den o del e i o io some ido a su sobe anía. Es e con ol hoy ha dejado de exis i , si no en é mino absolu os, sí de o ma acusada. 3. Es e escape de la ac i idad económica al con ol de los Es ados no es no edo- so; sí lo es que la globalización de la economía, mul iplicada has a el in ini o en sus posibilidades po la e olución ecnológica, y en especial la de las co- municaciones, unida a de e minadas concepciones u condiciones polí icas (lo que se iende a ol ida , po que si se puede escapa del Es ado, no se puede escapa de la Polí ica: ol ido nada inocen e) ha p opiciado un mundo donde la in e conexión de los enómenos económicos es an g ande y an inmedia- amen e ejecu able a a és de la ed, que escapa al con ol de los Es ados y, en consecuencia, al De echo de p oducción es a al con las consecuencias que emos incluso en nues a ida dia ia. 4. En esa ida odos enemos la conciencia más o menos sen ida de que ese pode económico plane a io, su gido al calo de la impo encia del Es ado (o de su dese ción) y de las eno mes posibilidades de In e ne , condiciona nues as idas co idianas, y nos hace sen i nos cada ez más soli a ios y más alejados y descon iados de una a madu a polí ica que p o eja nues as ágiles exis encias. El eni a menos del Es ado, es un eni a menos de su De echo, e incluso pa a aquellos que ei indican un legí imo papel del plu alismo social en la p oducción ju ídica, una uen e de pelig os en los que pueden es a comp ome idos incluso los más elemen ales de echos humanos. 172 CJH 13 • 2015  «Hic sun leones». La nue a dimensión ju ídica... 5. P esen ado el an e io boce o, debemos expone algunas ideas, cie amen e conocidas, pe o que nos si en de pun o de pa ida pa a alcanza algunas conclusiones alidas sob e la dimensión ju ídica en la e a de la globalización. 6. Las polí icas económicas del Es ado libe al p imi i o pa ían de la a i mación del p incipio del laissez ai e, pe o lo modulaban en las elaciones económicas in e nacionales; unas eces, a a és de la ins au ación de ba e as de pene a- ción a las manu ac u as de o os es ados, y o as, al con a io, con la sup esión de dichas ba e as, exigiendo la ecip ocidad y p ac icando, si esul a necesa ia, la e o sión. Es el an agonismo en e p o eccionismo y lib ecambismo, que ha p esidido la dispu a polí ico-económica de los in e cambios in e nacionales en e las naciones en el siglo XIX, sob e odo de las más pode osamen e in- dus ializadas, cual es el caso de Ingla e a, Alemania, F ancia o EEUU. Nó ese la ausencia e ec i a de Asia, p oduc o a de ma e ias p imas, y en es ado de pe manen e igilancia polí ica po Eu opa, cuando no de di ec a colonización, como casi oda Á ica. 7. Todos es os úl imos enómenos son p opios de un capi alismo indus ial, gene- ado desde la e olución del mismo nomb e, que es ambién, una e olución ecnológica. En odo caso, la época se ca ac e iza po un Es ado y un De echo que gobie na en su e i o io la economía, cuyos lujos pueden se con olados en g an medida desde den o. Es muy ele an e pa a en ende es e iempo, ija la a ención en el papel y undamen o del dine o. Con espec o al p ime o, p e alece an e odo su unción de ins umen o de in e cambio de me cancías y se icios. En cuan o al segundo, se encuen a en el espaldo a a és de los pa ones me álicos, o de la e e encia a una única moneda de ese a, algo más a de. Es e papel y es e undamen o nos mues an un dine o de alo in ínseco po el espaldo me álico o po su indexación a las magni udes ma- c oeconómicas de la moneda de ese a. Al ene ese alo in ínseco, el dine o en sí mismo conside ado no es una me cancía, sino el ehículo del á ico de las me cancías. Lo que iene alo es el in e cambio de bienes eales, aunque su p ecio se exp ese mone a iamen e. 8. Pe o el capi alismo de nues os días ha desplazado el lujo de capi ales de la economía eal al lujo de capi ales pu amen e inancie os. La colocación de es os capi ales se ha con e ido en el mecanismo básico de la economía in e nacional. En e ec o, los capi ales inancie os cambian de manos de un país a o o esul ando indi e en e la localización de la indus ia, de la que jus amen e se p edica la «deslocalización» en la búsqueda de luga es donde, po la disminución del cos e de la mano de ob a, es a emig ación ene el implacable de e io o de la asa de ganancia. Nace lo que, con aguda ase, se ha denominado el g an casino, es o es un me cado inancie o donde los especulado es apos ado es juegan con el dine o, aho a conside ado un alo en sí, una me cancía con p opia ida, aunque no e leje los in e cambios eales de bienes y se icios. 9. Es esencial, pa a llega al ondo de la en aña del mundo ju ídico de la glo- balización, no ol ida las condiciones polí icas y doc inales que dan o igen a la si uación an es desc i a. No son o as que la «des egulación» de odos los 173 Ángel M. López y López me cados y especialmen e el inancie o, acompañados de una ue e c isis iscal del Es ado, al disminui se la p esión imposi i a sob e los más icos. Es amos an e la llamada e olución neoconse ado a, cuyos após oles ue on el P esiden e de los Es ados Unidos Ronald Reagan y la P ime a Minis a inglesa Ma ga e Tha che . Es a e olución ecibi á un sopo e sedicen emen e cien í ico a a és de los economis as de la Escuela de Chicago, cuyo masca ón de p oa se á el p emio Nobel Mil on F iedman, escuela mone a is a, po que p edica oda la egulación de la economía a a és de los lujos de la masa de dine o, y gene- a una bien de e minada polí ica económica que juega con el ipo de in e és como elemen o básico de las ansacciones, con i iendo a la economía en una co ien e de ac i os inancie os y no en una de me cancías y se icios. A la se- gunda se la llama con no o io cinismo «economía eal», dando a en ende que la economía inancie a ca ece de ealidad en sí misma, y la du a lección de la c isis ac ual lo ha demos ado. Es e es el ins an e en el que el dine o se uel e, como ya p edijo Ma x, una me cancía, suscep ible de in ini a mul iplicación, que no co esponde a la p oducción de bienes y se icios no inancie os. 10. El o o pila que sus en a ese dominio global de la economía, sin e e en es ju ídicos, es una e olución ecnológica, la mundialización de la ed. Con ella se ab e la posibilidad de que, desde lejanos e incon olables luga es, y pues o que los me cados (sob e odo los inancie os, que eje cen una despó ica e injus i icada dominación sob e odos los demás) son me cados abie os, se a o ezca ansacciones no con oladas po egulación nacional o in e nacional alguna, y que es as ansacciones no con oladas dominen incluso el ámbi o domés ico de la economía de los Es ados. 11. Los apologe as neocons p esen an esa globalización a como la p incipal causa de expansión económica, debida el iun o del me cado en e al Es ado; es más, se añade que no es posible al Es ado nacional ni a o ganismos sup aes- a ales emb ida su lógica; po los mismos apologe as se p edica una ine i a- bilidad y a alidad de las decisiones de los me cados inancie os, como si de los eclipses de luna se a a a. 12. Nada más also ni más con aminado ideológicamen e, pues enmasca a una apo ía: un me cado sin eglas, es un no me cado. Pa a que exis a el me cado exis e la necesidad de las eglas he e ónomas al mismo, pues su au o egula- ción no es sino un eu emismo pa a esconde el dominio de los más ue es de mane a incon olada, de o ma que el casino se uel e jungla; y pa a ambién ocul a que el me cado e dade o, pa a con e i se en un espacio de libe ad económica, necesi a esa egulación ex e io a él mismo. Es a necesidad se a i ma incluso po los que p edican una mínima egulación, sabedo es de que, en o al ausencia o g an de iciencia de es a, lo que lo ecen son maniob as especula i as ocul as, y posiciones monopolís icas, que a en an a la p opia libe ad de me cado. En e es as posiciones monopolís icas, hay que señala el escandaloso papel de las denominadas agencias de a ing o de cali icación que, desde una supues a independencia, mil eces desmen ida po su e gon- zosa colusión con los pode es económicos, deg adan la calidad de la deuda p i ada y de la deuda sobe ana. 174 CJH 13 • 2015  «Hic sun leones». La nue a dimensión ju ídica... 13. Di íase que el Es ado, y la polí ica asis en impo en es a es as maniob as, pues el me cado pa ece insensible a las de e minaciones de la polí ica del Es ado, y en consecuencia del De echo mismo. Pe o la ealidad es bien o a, que se ocul a as un alu ión mediá ico que p edica la endición del Es ado y del De- echo. No es cie o que la Economía haya dejado de se , como indicaba con ingeniosa ase Galb ai h, una ama de la polí ica, lo e dade amen e cie o es que esponde a una muy bien delibe ada polí ica, en la que el Es ado na- cional ehúsa su in e ención, incluso en ma e ias domés icas que es a ían a su alcance, y no impulsa en mane a alguna los mecanismos de gobe nanza global de los me cados. 14. Ese es el pe e so espejo de la globalización donde se mi a el De echo del iempo p esen e que. como e emos, se p esen a como un u o de las ins- ancias de pode p i ado, sin legi imación polí ica alguna. En ealidad esa c uda p esen ación de la absolu a p i a ización del De echo, no se sos end ía sin la coa ada de la ine i abilidad de las azones de lbs me cados en e a las azones de los pode es públicos. Sabemos que dicha coa ada es pu amen e ideológica, pe o ambién sabemos sus esul ados. El p ime o, en é minos muy simples, es una c isis ins i ucional que se aduce, en p ime luga y po la p edicada imposibilidad de hace en e a los impe a i os, de los me cados en un acío de la p esencia del Es ado, del pode polí ico-ju ídico. El segundo, ambién como consecuencia de ese acío, y pues o que el mundo del De echo, como el mundo ísico le iene ho o , es la apa ición de modos de p oduci el De echo sin legi imación polí ica alguna. 15. Yendo ese segundo esul ado, a ese De echo po encima del Es ado, u o - ganización sup aes a al nacional, se le nomb a habi ualmen e con el iejo nomb e de lex me ca o ia. La lex me ca o ia se ía el o igen de un De echo sin ley (en endida como el ac o de c eación del De echo con legi imación polí i- ca), o mado po los p o agonis as de la misma ida ju ídica. Da la sensación de que es a íamos an e un enómeno nada nue o en la his o ia, un De echo consue udina io como conjun o de p ác icas y eglas al ma gen del pode polí ico, el que los come cian es se dan a sí mismos. 16. Pe o no es menos cie o que es e pa ecido o mal de la nue a lex me ca o ia con el iejo ius me ca o um a ione me ca u ae, aun siendo p o undo desde algunos pun os de is a, es bien dis in o en el iempo p esen e, y no cabe pensa , sin más, en la e i iscencia de ó mulas ju ídicas que nacie on al calo de bien di e sas ci cuns ancias polí icas y económicas. Ni siquie a, y es o es impo an e pa a nues o discu so, el echazo po la an igua lex me ca o ia de las o mulas del De echo ci il de cuño omanís ico, se pa ece, o po mejo deci , iene las mismas cla es, a la ac ual exclusión del De echo ci il de o igen público po pa e de es a impe iosa neocos umb e me can il, po concede algún papel a la ieja e minología. Veamos con algún de alle es e conc e o ex emo. 17. La nue a lex me ca o ia iene dos ehículos p incipales, uno sus an i o, el con- a o, y o o p ocesal, el a bi aje, Es as dos ins i uciones, einas del De echo 175 Ángel M. López y López de la globalización, apa en an simili udes con lo que ue la pa ábola his ó ica del nacimien o del De echo me can il. 18. En e ec o, es a íamos, po un lado, an e la deseada simplicidad de o mas con ac uales que disminuye g andemen e los cos es de las ansacciones económicas, y po o o, an e la apa ición de ó ganos de decisión de las con- o e sias, no some idos al pesado i o p ocesal del Es ado. Pe o las apa iencias allan, o al menos no explican el enómeno en oda su p o undidad. ¿Po qué azones? Se pueden enume a a ias, ín imamen e conec adas en e sí. 19. La p ime a, de ca ác e gene al, es la sus ancial di e sidad de los au o es de la nue a lex me ca o ia, en elación con los que ue on p o agonis as de la an igua Sin que quepa ol ida , an es bien, dándoles un papel impo an e a las p ác icas come ciales que gene an usos, y que dan luga a ecopilaciones an impo an es de las mismas como las que e ec úa la Cáma a de Come cio In e - nacional, o al gene alizado uso de los inco e ms, la nue a lex me ca o ia iene o os señaladísimos p o agonis as, las law i ms in e nacionales de abogados. Es as se con igu an como emp esas p oduc o as de ó mulas ju ídicas adecua- das a la concu encia de las emp esas en el me cado global, ó mulas ju ídicas a las in en an do a de una legi imación sapiencial, pues o que ca ecen de legi imación polí ica. En ealidad, sus soluciones es án a la medida, muchas eces despiadadamen e, de los in e eses de los pode osos de la ie a. Es as law i ms son las que llama Dezalay los me cade es del De echo, con poca amabilidad, segu amen e jus i icada, pe o con singula p ecisión No es es e el luga pa a habla de la é ica de esos me cade es, sino pone de elie e que es án endiendo un p oduc o muy conc e o, el De echo y sus o mas. A bien pensa , y sin deja de ene en cuen a su e iden e colusión con las g andes emp esas mul inacionales, es os singula es me cade es se han uel o quizás los p o agonis as de la lex me ca o ia, ica ios, si se quie e, pe o p o agonis as al cabo. 20. No menos dis in os a los p o agonis as de la lex me ca o ia de los iempos pasados son los ins umen os median e los que se cons uye la nue a lex me ca o ia, ya an es apun ados, a bi aje y con a o. 21. En cuan o a lo que se e ie e el a bi aje —y el discu so siguien e ale p in- cipalmen e pa a el a bi aje in e nacional, pe o no en poca medida pa a el a bi aje in e no—, cuando se ha plan eado cuales son las no mas aplicables en el p oceso a bi al, el p incipio gene almen e a i mado es que la de e minación de aquellas se a ibuye a la olun ad de las pa es; pe o es e p incipio, aun en el caso de que igie a absolu amen e, deja ía siemp e en el ai e el p oblema si las pa es no llegan a un acue do. 22. La espues a al acío esul an e puede a on a se desde dos pun os de is a, que compo an soluciones muy di e sas: la p ime a de las soluciones consis i ía en que los á bi os decidie an, de acue do con «su leal sabe y en ende », ex aequo e bono, escogiendo las no mas que le pa ecie an aplicables al caso o incluso su p opio y lib e a bi io; una segunda ó mula se ía la de la u ilización de las no mas en ma e ia de con lic os de leyes. Es cie o que la p ime a de 176 CJH 13 • 2015  «Hic sun leones». La nue a dimensión ju ídica... las soluciones pa ece es a más en el co azón del a bi aje mismo; pe o ello no deja de se en muchos casos una apa iencia, po que al ca ece los á bi os de la po es ad de ejecu a lo juzgado, ienden a acomoda se a la lex o i que egule la ejecución. Pe o se ome una ía u o a, a la ho a de la e ec i idad comple a del a bi aje, el Es ado nacional no ha dimi ido, ni de hecho, ni de De echo: sólo a él le co esponde la úl ima e icacia coe ci i a, además de que dispone de un mecanismo que le pe mi e, en cie os má genes, igno a el laudo, la llamada «excepción de o den público». 23. Sin emba go, lo más señalado del a bi aje, y aho a el azonamien o ale inequí ocamen e an o pa a el a bi aje in e no como pa a el a bi aje in e - nacional, es el da o de que las legislaciones es a ales p edican la i e isabili- dad judicial de los laudos en cuan o al ondo del asun o, sal o excepciones asadísimas y p opiciando e isiones casi pu amen e p ocedimen ales. Es a al a de con ol judicial es ambién la que se p edica desde las ins ancias in- e nacionales empezando po la p opia Comisión de las Naciones Unidas pa a la Uni icación del De echo me can il (CENUDMI, UNCITRAL). 24. Con es e pano ama, que mues a que es inexac o que la e ec i idad del a - bi aje, como p i ilegiado ehículo de la lex me ca o ia se p oduce po im- po encia del Es ado nacional o de las o ganizaciones in e nacionales o po la al a de gobe nanza global, cob a cada ez más cue po la idea de que, al menos en é minos ela i os, si hay una ausencia del Es ado en la dimensión ju ídica de la globalización es po que el Es ado se ausen a olun a iamen e. Volun a iedad muchas eces sólo ju ídica en su es e ex e io , pe o de ás de la cual pueden la i enómenos de sumisión a o os Es ados, a o os pode es. 25. Con odo lo an e io men e dicho pa ece ía que la dimensión ju ídica en la e a de la globalización, dimensión ju ídica gobe nada po con a o y a bi aje como ins i uciones que la lex me ca o ia con igu a como solu i legibus, con- igu a ía una sue e de De echo sin legi imación polí ica, aunque necesi a a de la po es ad coe ci i a de los Es ados pa a su conc eción úl ima, pe o se ía solo el De echo del me cado global, aho a en endido como el del á ico ans on e izo. 26. Pe o con independencia de lo que se decida pa a el me cado global, es as de- cisiones acaba de e minando lo que se esuel e en el ámbi o domés ico, sob e odo como consecuencia de la al a de con ol de las ansacciones inancie as, al como se ha dicho. Ve al De echo de la globalización como el De echo del Me cado global adolece de miopía. En e ec o, la p oducción de la lex me ca- o ia po las law i ms con su ecunda c eación de modelos con ac uales pa a una economía en apidísima expansión, y a la que no pueden segui ni de lejos las leyes ci iles es a ales, acaba pos e io men e siendo ans e ida po el p opio legislado al o denamien o ju ídico in e no: bas a pensa en con a os como el leasing, el anchising, el ac o ing, el me chandising, la agency, que nacidos en el ámbi o de la lex me ca o ia, puede acaba siendo ecibidos, con mejo es o peo es écnicas, con azones más obligadas o menos obligadas, en el seno de una egulación es a al. 177 Ángel M. López y López 27. Es e aslado de la lex me ca o ia al o denamien o ju ídico po ía del legislado es, en ocasiones, no poco con lic i o, po que as de él es á la compe encia en e las g andes i mas de abogados, los nue os me cade es del De echo, compi iendo en e si y apa eciendo como lobbies en e al legislado nacional que desde el pun o is a o mal, iene la úl ima palab a. Ello es ce i icación de que con inúa de umbándose delan e de nues os ojos la cons ucción del De echo de la globalización como el De echo que el me cado global impone al Es ado; pe o no cabe igno a que hay una in e elación ecip oca en las que la elaciones de pode y dominación en y sob e el Es ado no son cla as, y no indican un cla o suje o dominan e; cuales sean en la ealidad, e iden emen e ha de depende de mul i ud de ci cuns ancias polí icas y económicas en cada caso. Pe o en línea de p incipio no es acep able que el De echo de la globa- lización quede de inido sin más, aunque sea con b illan e ase la ina, como el de una socie as cum ju e e sine lege, en el deci de Galgano. 28. Todo lle a a plan ea se la cues ión de si el mundo ju ídico de la globalización no se compone de dos dimensiones que coexis en, aunque sus i mos y e- locidades sean dis in os. Esa doble dimensión consis i ía en la exis encia de un De echo global donde el Es ado nacional iene el pob e papel que hemos is o, al lado de un De echo de ámbi o domés ico, en el que la p esencia de las uen es es a ales de p oducción del De echo se ía dominan e de una mane a muy acen uada, aunque acaba a acep ando como con enido p opio la lex me ca o ia. 29. Tan a ince idumb e nos lle a a es ablece solo conclusiones mínimas. 30. La p ime a es de ca ác e me odológico. Viene a a i ma que en elación con el De echo de la globalización, es necesa io e i a las alsas gene alizaciones y las alsas asimilaciones a enómenos en los que el pa ecido o mal no es más que una másca a que ocul a ealidades muy dis in as. No se puede pa i de analogía his ó icas abusi as, ni de p emisas exclusi amen e ideológicas o de isiones op imis as o pesimis as: hay que descende a la ealidad de la cons a- ación empí ica del o denamien o de la globalización dis inguiendo iempos, luga es, ac o es, ins i uciones. 31. De i ada de la an e io p emisa, debemos ambién conclui que la dimensión local puede se imp escindible pa a en ende la dimensión global; es iluso- io, a pesa de las apa iencias de i adas de las nue as ecnologías de la ed, pensa que odo sucede al mismo iempo; los ac o es, sean legislado es, sean á bi os, sean jueces, sean p o eso es, sea cualquie ope ado ju ídico más o menos ele an e, no pueden se en endidos en papeles unidimensionales de al mane a que unos sean solo c eado es del De echo, o os solo i ula es del pode , y o os deposi a ios de la legi imación sapiencia! de una supues a ciencia ju ídica uni e sal. 32. Y inalmen e hay que conclui ambién que la elación en e el De echo global y el De echo del Es ado nacional, nos los p esen a unas eces como an i- é icos, o as como colabo ado es, o as casi como iden idad. Todo ello se esuel e en un cúmulo de p egun as, de espues a absolu amen e incie a. 178 CJI CJH 13 • 2015  «Hic sun leones». La nue a dimensión ju ídica... La p egun a gene al se ía ¿cómo se salda la ensión en e lex me ca o ia con el De echo de los Es ados, y en especial con los de la adición del De echo codi icado? Quedándonos en el plano egional al que pe enecemos, ¿cómo asumi á es a adición que, an o po la necesidad de in eg a al common law en el De echo de la Unióñ, como po azones in ínsecas a es e De echo y sus elaciones con los o denamien os de los Es ados, la ju isp udencia del T ibunal de Jus icia de la UE es á con igu ando, a pesa de la abundancia de ex os no ma i os, una sue e de s a e decisis? ¿Es posible en Eu opa una codi icación que supe e la inexis encia de una au én ica Cons i ución polí ica y las p o undas di e encias en e las dis in as adiciones omano-canónicas de muchos países de la UE y las dis in as e siones del common law en la misma? ¿Y qué ipo de codi icación se ía? ¿Pa cial, con sólo el De echo Pa imonial? ¿Aún más pa cial, ceñida al De echo de las obligaciones, y en e ellas, ci cuns- c i a a las con ac uales, o ambién a las de i adas de la esponsabilidad ci il, o del en iquecimien o? ¿La dis inción en e De echo ci il y De echo me can il, desconocida en el mundo anglosajón segui ía eniendo el mismo sen ido? ¿La egulación del De echo del consumo se ía, y has a qué pun o, au ónoma y di e enciada de la de las elaciones ju ídico— emp esa iales? Supues a alguna codi icación, ¿se ía de cuño adicional, endencialmen e exclusi a a ione ma e iae, p ohibiendo la he e oin eg ación, y, como consecuencia, pe mi- iendo un amplio ecu so a la analogía? ¿Cuáles se ían los pode es del juez en la in e p e ación (sob e odo, pe o no solamen e, en la de los con a os), los adicionales de los Códigos o los amplísimos del common law, cues ión no pa icula sino gene al, po que in oluc a el modelo de juez y has a el de ju isdicción? ¿O el p oblema se plan ea ía en o os é minos, pues no se ía una codi icación adicional, sino o a de ca ác e p incipia!, con odo lo que ello ae consigo? ¿Qué eco ido end ían o as écnicas como las semejan es a los es a emen s ame icanos, o ambiguos in en os, como el del Common D a o Re e ence? Cualquie que ue a la écnica, ecopilado a, consoli- dado a o codi icado a, ¿cómo con i i ía con las cons an es e o mas de los Códigos Ci iles y de Come cio, en el ámbi o eu opeo? ¿Cómo se obsequia- ía la adición nacional con la p imacía del De echo de la Unión? Saliendo de nues o con inen e ¿de qué modo una ac ecida colabo ación económica en e las dos ibe as del A lán ico se pod ía aslada a las ó mulas ju ídicas? ¿Cómo in lui á en un mundo global que países asiá icos ele an ísimos pe - enezcan a la cul u a del ci il law, como es el caso de China y Japón, en e a la supues a dominación del common law, que se asocia, sin más a la hege- monía indiscu ible del inglés como lengua global, y aún ahí hab ía mucho que discu i ? Y, p egun a p íncipe, ¿cómo in lui án las Decla aciones y Ca as de De echos undamen ales, sup aes a ales o uni e sales, en la p axis conc e a del De echo P i ado, global o nacional que sea? 33. El an e io elenco de in e ogan es, cie amen e abiga ado y he e ogéneo, pod ía i aún más lejos. Dada es a i isada ealidad ju ídica mul i o me debemos e mina a i mando que la única guía en el incie o mundo de la dimensión ju ídica en la e a de la globalización es la dedicación al humilde abajo del análisis de lo conc e o, con conciencia de su suma a iabilidad, incluso ola ili- 179