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REPERCUSIONES ORGANIZATIVAS DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: UNA APROXIMACIÓN EXPLORATORIA Francisco José González Domínguez Universidad de Sevilla José Manuel Hernández Mogollón Universidad de Extremadura La. aplicación efectiva de la Ley 3.1/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de ri esgos Laborales y sus respectivos reglamentos, están provocando cambios en las empresas que van más allá de] propio campo de la salud y seguridad laborales, y que se están haciendo notar en el ámbito organizativo, y concreto en aspectos tales como la motivación del personal, la cultura organizacional, la productividad, los costes y la propia formación y actitudes a todos los niveles. A través de las opiniones de expertos y res -ponsables directamente implicados en esta área, hemos pretendido plantear una serie de hipótesis que marquen hacia donde se dirigen las preocupaciones y los posibles cambios antes señalados. La actual legislación en materia de seguridad laboral está exigiendo a las empresas profundas reformas en las medidas y acciones que han de tomar en esta materia. El presente artículo recoge la opinión de los principales agentes implicados: empresarios y sindicatos. Cómo perciben los posibles cambios e incidencias que la aplicación de la ley puede tener en distintos aspectos de la organización, de personal, etc... The current legislation as regards labor security is demanding the companies deep reformations in the measures and actions that they are supposed to take in this matter. The present article picks up the opinion of the main implied agents: managers and unions. How they perceive the possible changes and incidences that the application of the law could have in different aspects of the organization, of personal, etc. Palabras clave.- (riegos laborales/prevención/ empresarios/ sindicatos Key words: Labor risks/prevention/ unions/ managers TRABAJO 7(2000) Universidad de Huelva 2009
12 FRANciseo Jost GONZÁLEZ DOMÍNGUEZ Y JosE MANUEL HE NAN EZ M GOLL6N 1. INTRODUCCIÓN La seguridad en el trabajo y la salud de los empleados constituyen en la actualidad, tanto para los empresarios y trabajadores como para las Administraciones Públicas (AAPP), una cuestión crucial por la diversidad y trascendencia de sus consecuencias. A los elevados costos, mermas en la productividad, incidencias en la calidad y alteraciones en la organización, ya de por sí considerables, hay que añadir que en la práctica totalidad de los casos, detrás de cada accidente o baja laboral, nos encontramos un drama personal, familiar y social incuantificable, en cuan- to al padecimiento del sujeto que lo sufre, y que no puede resarcir una simple indemnización pecuniaria. España, dentro de su entorno natural —U.E. y O.C.D.E: , históricamente ocupa uno de los primeros puestos en el triste ranking de siniestralidad y bajas laborales; sólo entre enero y septiembre de 1998 se registraron, según cifras facilitadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, 1.079.268 accidentes de trabajo, acaeciendo casi en su totalidad (96'5%) en el propio lugar de trabajo. Se han aducido diversas razones: dispersión normativa, poca claridad y obsolescencia de estas normas, falta de medios tanto en las empresas como en las AAPP para hacer cumplir la legislación, relajación en las medidas inspectoras y, sobre todo, la falta de .conciencia -eión y de una cultura en esta materia que afecta tanto a empresarios, trabajadores y AAPP. Sin duda en este último motivo se encuentra la raíz del problema. No obstante, y a pesar de la secular coincidencia de intereses, no ha sido hasta prácticamente ahora cuando se ha pasado de las simples manifestaciones a la actuación efectiva con la aprobación de la ley 31/1995 de 8 de Noviembre de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) -que entró en vigor el 11 de febrero de 1996-, y su ulterior desarrollo reglamentario, aún inconcluso en un alto porcentaje. La LPRL supone en muchos sentidos un hito en lo que a salud y seguridad laboral se refiere. Desde un punto de vista técnico -juridico, no sólo se atiende un mandato constitucional (art. 40.2 de la Constitución Española de 1978 en que se lencomienda a los Poderes Públicos velar poi la seguridad y salud en el .trabajo, dentro del marco de la política social y económica), sino que, además, en su desarrollo se termina con la dispersión y obsolescencia normativas hasta entonces: existente, y.,en sintonía con nuestra condición de miembros de pleno derecho de la UE, ál tener presente tanto sus directivas' como los compromisos contraídos con la .Organización Internacional del Trabajo 2 . 1. Directivas: 89/391/CEE que contiene el marco jurídico general en el que , opera la po^xt cá-:die' pre= vención comunitaria; 92/85/CEE, 94/33 /CEE y 91/383 /CEE, relativas a la protección de la matemLdad y de los jóvenes y al tratamiento de las relaciones dé trabajo temporal y ,en empresas :de trabajo: temporal 2. Convenio 155, sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores y Medio Ambiente . 7'R4L4JO 7 (2000) Universidad de Huelva 2009
REPERCUSIONES ORGANIZATIVAS EN LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: UNA APROXIMACIÓN EXPLORA* IVA 13 Pero lo realmente novedoso y destacable de esta nueva normativa, y que está teniendo y aún tendrá más consecuencias a nivel organizativo y de conducta, es que emana del convencimiento de que es esencial el establecimiento de una Cultura de Prevención en la empresa en lo que se refiere a la seguridad y salud laboral. Esto supone, de manera inmediata, considerar la Prevención de Riesgos como una variable más en la organización y gestión empresarial (véase Jenkis, Brearly y Stephens, 1991) 3 , apoyados en una serie de principios básicos, tales corno evitar los riesgos, evaluar los inevitables y la ergonoma. En este sentido el R. D. 39/1997 que recoge el Reglamento de los Servicios de Prevención, establece las líneas de desarrollo de estos principios y el papel de cada uno de los sujetos implicados en la seguridad y salud laboral. A tenor de la nueva legislación, dentro del conjunto de actividades de la empresa, deben incluirse todas las actuaciones en materia de prevención a todos los niveles jerárquicos, creándose un Sistema de Seguridad Integrada en el que empresa y trabajadores tienen una activa participación y diversas responsabilidades, y que se plasmarán en la elaboración e implantación de un Plan de Prevención de Riesgos que incluya la estructura organizativa, definición de funciones. procedimientos, procesos y recursos para llevar a cabo dicha acción. En consecuencia, se obliga a la empresa a garantizar la seguridad y salud de sus trabajadores en sentido amplio y claro —ya sea a través de un Servicio de Prevención propio (obligatorio en algunos casos), ajeno o, en ocasiones, incluso pudiera ser mancomunado —, lo que le supone el cumplimiento de una serie de requisitos. También los trabajadores tienen un importante papel a través de los Delegados de Prevención o, cuando corresponda, los Comités de Seguridad y Salud. - Todo lo anterior nos lleva a cuestionarnos si realmente las empresas están o no capacitadas para asumir e implantar estos cambios; si trabajadores y empresas están realmente sensibilizados; los cambios que se producirán a nivel organizativo; si realmente el arraigo de una Cultura Preventiva redundará positivamente en aspectos de costes, productividad, y calidad (véase Priore, Fernández y Gómez, 1997); si productividad y seguridad son dos dimensiones a tener en cuenta en la conducta organizacional, o dos conductas que pueden friccionar. 3. Jenkis, Brearly y Stephens (1991), llegó: a la conclusión de que "para conseguir adecuados procedimientos de trabajo, los asuntos relativos a la seguridad, higiene y protección medioambíental deben ser tratados de la misma manera que otros objetivos empresariales ". TRABAJO 7(2000) Universidad de Huelva 2009
14 FRANCISCO Jost GON7ÁLEZ DOMÍNGUEZ Y Jost MANUEL HERNANDEZ MOGOLLÓN 2. OBJETO DEL ESTUDIO Y METODOLOGÍA En este primer trabajo pretendemos explorar la posición y opinión de los principales implicados en este proceso, a fin de extraer hipótesis de estudio, que puedan ser ulteriormente contrastadas, fundamentalmente a nivel de .organización y gestión empresarial El objetivo de la investigación es hacer un primer análisis sobre las repercusiones que a nivel organizativo está teniendo la LPRL, al margen de cuestiones legales, y centrándonos en como está afectando, su implantación, a aspectos tales como la motivación y satisfacción de los trabajadores, a la calidad, a la producción, a la participación de los trabajadores, a la imagen de la empresa, a los costes,... etc. Para ello se ha contando con un Panel de Expertos compuesto por profesionales implicados en la puesta en marcha, desarrollo y evaluación de la nueva ley y sus reglamentos, y en el que se contó con la colaboración de especialistas de los Sindicatos, representantes de las Asociaciones Empresariales, Responsables de Prevención de Riesgos, Directores de Prevención de Mutuas, Delegados de Prevención, y expertos de las AAPP. En total hemos contado con 12 colaboradores, a los que se pasó, en entrevistas personales, un cuestionario poco estructurado, que nos permitiese la flexibilidad que requería la investigación, ya que era imprescindible su adaptación a los distintos colectivos, según las. circunstancias y el. desarrollo de las entrevistas. Con los resultados de las encuestas llevamos a cabo un primer análisis de las debilidades y fortalezas, y de las oportunidades y amenazas (Análisis DAFO). en la implantación de la LPRL, tras el cual llegamos a determinar las repercusiones que puede suponer sobre los aspectos organizativos de las empresas, así como los faotores internos y externos que pueden actuar como moderadores en la implantación eficaz de una Cultura de Prevención en una organización 3. ANÁLISIS DAFO DE LA IMPLANTACIÓN DE LA LPRL De los resultados de las entrevistas realizadas, concluimos que existen las siguientes. debilidades en la implantación de la LPRL: • Falta de especialistas en Prevención de: Riesgos para la implantación y desarrollo de la nueva ley, : y en concreto para la realización de las e aivaci onet: de riesgos. TRABAJO' .7(2000) Universidad de Huelva 2009
REPERCUSIONES ORGANIZATIVAS EN LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: UNA APROXIMACIÓN EXPLORATIVA 15 • No existe una mentalidad o Cultura de Prevención. • Los empresarios se están encontrando con poca colaboración de las adminis tr aciones públicas, lo que junto a la carencia de especialistas en prevención, supone un importante obstáculo en la aplicación efectiva de la ley. • La problemática que se presenta en los autónomos, y en aquellas empresas con menos de seis trabajadores, donde es el empresario quien asume tomas las funciones de prevención. • Ausencia de Previsiones específicas en relación con los riesgos de carácter psíquico. • Y la lentitud legislativa de las AAPP, y en concreto en lo concerniente al desarrollo de la ley a través de sus reglamentos La nueva ley presenta como principales fortalezas, la armonización de la legislación española con la de la LIE, y el objetivo de implantar una auténtica Cultura de Prevención, tanto en empresarios como en los trabajadores. Pero tarribién de su aplicación pueden surgir amenazas, como puede ser la repercusión en precios de las inversiones que las empresas están haciendo en prevención de riesgos con el objeto de adaptarse al nuevo marco legal, o un exceso de obsesión en cuestiones de riesgos y salud laboral. Por último, la LPRL supone importantes oportunidades, que bien gestionadas, pueden ofrecer a los empresarios un saldo muy positivo, y que podemos resumir en: • Fomento de las acciones formativas • Incremento de la satisfacción y motivación de los trabajadores. • Repercusiones positivas tanto sobre la imagen interna como externa de la empresa. • Aumento de los niveles de calidad • Fomento de la participación de los trabajadores, favoreciendo el desarrollo de un nuevo lenguaje entre sindicatos y empresarios. • La obligación de llevar a cabo las tareas de prevención de una forma planificada. • Las evaluaciones de riesgo, que permiten a la organización conocer en profundidad la situación de riesgos existente, y que está teniendo como consecuencia que se aborden temas nuevos en materia de seguridad y salud laboral. TRABAJO 7(2000) Universidad de Huelva 2009
16 Fiw cisco Jost GONZÁLEZ DOMÍNGUEZ Y Jost MANUEL H ER N ÁND EZ Mocou.ÓN 4. REPERCUSIONES DE LA LPRL A NIVEL ORGANIZATIVO Del análisis DAFO realizado, y como apuntamos al principio de este trabajo, se extraen, a priori, una serie de cuestiones de la implantación de la ley, que pueden producir repercusiones significativas a nivel organizativo (ver Figura 1), y que hemos agrupado en: Figura 1 Modelo de efectos y factores moderadores de la implantación de una Cultura de Prevención de Riesgos. LPRL FACWRES MODERADORES EFRCTOS --------------- I IMPORTANCIA DE LA IMAGEN EXTERNA ' ¡ ÁMBITO DE 1 - ACT UA©6N 1 1 ---- -- CULTURA DE l SECTOR DE ACTIV ID AD: • 1 - - - • Tipos dc con tr atos ; ' i - - -' CALIDAD •Tecnologla s , -------' • Estructura de costes 1 • Nivel Cultural ' - ' L - - ' TAMAÑO -------------_. Fbmte: BE.boración Pr,pia. MOTIVACIÓN 1 CALIDAD 1 I PARTICIPACIÓN I PRODUCTIVIDAD I I SATISFACCIÓN I IMAGEN I FORMACIÓN Aumento en los niveles de motivación y satisfacción de los trabajadores . Todos los participantes en el Panel de Expertos - coincidieron en que a mayor nivel de Prevención de Riesgos en una organización, se experimenta una mejora del clima interno, lo cual repercute en la obtención de mayores niveles de :satisfacción y motivación de los trabajadores, ya que valoraran positivamente los esfuerzos que hace la organización en favor de su seguridad personal, y por tanto estarán en :mejor :dispo:- sición de recompensar esa actitud del empresario. JM &AJO' 7(200Q) Universidad de Huelva 2009
REPERCUSIONES ORGANIZATIVAS EN LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: UNA APROXIMACIÓN EXPLORATIVA 17 Cambios en la actitud frente a las acciones formativas. La ley hace un especial énfasis en la obligación que tiene el empresario de formar a sus trabajadores en materia preventiva, cuestión que ha tenido una consecuencia inmediata en la realización de cursos de formación sobre riesgos y autoprotección. En muchas pequeñas y medianas empresas, estas han sido las primeras acciones formativas que se han llevado a cabo, puesto que mantenían una actitud poco receptiva, tanto por parte de los empresarios como de los trabajadores, a este tipo de procesos de recursos humanos. Pero tras la favorable acogida que han tenido, y los beneficios que han producido, no sólo en las cuestiones de prevención y autoprotección, sino en cuanto a la motivación, satisfacción, integración o comunicación con los trabajadores, han iniciado procesos de formación en otros campos. Mejora de la imagen de la empresa De forma unánime, los especialistas consultados afirmaron que la implantación de una adecuada Cultura Preventiva tiene efectos positivos sobre la imagen de la empresa, tanto en lo que se refiere a la que tienen los trabajadores, que ven ala empresa más preocupada por ellos, como a la externa, ya que se ofrecerá una imagen de más profesionalidad, frente a organizaciones que hallan desarrollado un menor nivel de prevención de riesgos. Participación de los trabajadores La ley establece que la planificación, evaluación, organización y control de la prevención de riesgos en la empresa deberá llevarse a cabo con la participación de los trabajadores, cuestión que deberá tener efectos positivos tanto en los empresarios, que podrán apreciar los beneficios de esta participación, como en los traba -jadores, y que en definitiva, y a largo plazo, puede favorecer un giro hacia sistemas de dirección más participativa en las empresas, fruto de la activación que supone de los canales de comunicación. En esta línea, la nueva ley está favoreciendo la generación de un nuevo clima de diálogo entre sindicatos y empresarios, superando la relación tradicional de conflicto, para llegar a una situación de colaboración mutua, puesto que el objetivo en este tema es el mismo para ambas partes. TRABAJO 7(2000) Universidad de Huelva 2009
18 Fiasco JosE GONZÁLEZ DOMINGUEZ Y JosÉ MANUEL HERNÁNDEZ MOGOLLÓN Modificaciones en los procesos de fabricación. La implantación de la ley ha supuesto en algunos sectores importantes inversiones en equipos productivos que cumpliesen con la nueva normativa. La utilización de estos nuevos equipos, está originando, en algunos casos, un incremento del tiempo de trabajo para el desarrollo de determinadas tareas, producto del aprendizaje que implican las nuevas herramientas, máquinas, o las medidas de seguridad exigidas. Por tanto, a corto plazo, la implantación de la LPRL está ocasionando un incremento de costes a las empresas, tanto por los desembolsos que han tenido que rea -lizar, como por el aumento de los tiempos de trabajo. Pero los especialistas consultados estimaron, en su mayoría, que la cuestión de los tiempos se debe en la mayor parte de los casos a procesos de adaptación, por lo que a medio plazo es de suponer se corrija esta situación. En cuanto a los desembolsos realizados, entienden que los empresarios lo están viendo como una inversión, y que a medi o -largo plazo estas medidas de prevención tendrán un efecto positivo sobre la siniestralidad laboral, lo cual redundará en menos costes por accidentes laborales, menores pérdidas de tiempo de trabajo por siniestralidad laboral, y menores errores de fabricación. Todo esto tendrá un efec- to directo sobre un incremento de la productividad y de la calidad, y en consecuencia, que la implantación eficaz de una Cultura de Prevención producirá mayores beneficios a las empresas. 5. FACTORES QUE AFECTAN A LA IMPLANTACIÓN EFICAZ DE LA LPRL Una vez determinadas las repercusiones que a nivel organizativo tiene la implantación eficaz de LPRL, nos parece imprescindible dedicar un apartado .a aquellos factores internos y externos que pueden favorecer o dificultar la implantación eficaz de esta Cultura de Prevención (ver Figura 1). Como resultado de las entrevistas realizadas hemos agrupado estas variables moderadores, en las siguientes: Sector de actividad . Se observa como la ley se está implantando a un ; ri tmo diferente dependiendo del sector al que pertenecen las empresas,, fruto de las pa rt icularidades que , implícitas en cada uno de ellos. - mABAJ O 7(2000) Universidad de Huelva 2009
REPERCUSIONES ORGANIZATIVAS EN LA LEY DE PREVENCIóN DE RIESGOS LABORALES: UNA APROXIMACIÓN EXPLORATIVA 19 • Tipos de contratos. Hay sectores que por características de su actividad y su estacionalidad, en los que predomina la eventualidad de los trabajadores. Esta cuestión hace imposible, por ejemplo, el seguimiento de la salud de los empleados, o el desarrollo adecuado de acciones formativas, por el escaso tiempo que están en la organización, o la simple elección de Delegados de Prevención o la formación de Comités de Salud, por lo que la implantación de la ley en estos casos se reduce prácticamente al cumplimiento de las normas mínimas de seguridad, dejando al margen cuestiones tan fundamentales como la formación adecuada de los trabajadores, la evaluación de riesgos, la planificación. ..etc., y en definitiva dificulta la implantación de una auténtica Cultura Preventiva. • Tecnología. El nivel tecnológico que caracteriza un sector se presenta como un factor moderador, de tal forma que a mayor nivel tecnológico se dan mayores niveles de prevención. • Costes: Las estructuras de costes también están jugando un papel impo rt ante en la implantación de la nueva ley, observándose que existe una tendencia a que las empresas que actúan en mercados con menores márgenes de beneficios, y por tanto obligadas a mantener una políticas de reducción de gastos, sean las que menores niveles de prevención presentan. • Cultura de los trabajadores. Otro factor que aparece como determinante es la cultura de los trabajadores de un sector. Así en sectores donde se requiere una mano de obra menos cualificada, hay más resistencia por parte de los empleados a la implantación de una Cultura de Prevención. • Cultura de los empresarios. Al igual que en el caso anterior, hay sectores donde predomina un sector empresarial con un bajo nivel de formación, lo que actúa como un freno a la implantación de la ley. Importancia de la imagen de la empresa. Se observa como existe una relación entre mayores niveles de prevención de riesgos y salud laboral, y la importancia que tenga para la organización su imagen externa. Así en empresas con mucha proyección pública, bien sea por su relevan -cia en el mercado, su proyección social, o por su actuación ante los medios de comunicación, se aprecian altos niveles de implantación de una Cultura Preventiva, lo que a su vez utilizan para mejorar su imagen pública. También coincidieron los especialistas consultados en que un mayor grado de prevención ofrece una imagen de los trabajadores de mayor profesionalidad, y a su vez fomenta en estos el orgullo de pertenecer a la organización. TRABAJO 7(2000) Universidad de Huelva 2009