La terminología de la oración compuesta en los diccionarios y las gramáticas modernas
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© Asociación de Jóvenes Investigadores de Historiografía Res Diachronicae, vol. 7, 2009, págs. 189-202 e Historia de la Lengua Española ( AJIHLE ) ISSN: 1887-3553 LA TERMINOLOGÍA DE LA ORACIÓN COMPUESTA EN LOS DICCIONARIOS Y LAS GRAMÁTICAS MODERNAS O LGA J ULIÁN M ARISCAL * Universidad de Sevilla R ESUMEN El objetivo del presente trabajo es poder comparar los términos que se han utilizado a lo largo de la época moderna y contemporánea (s. XVIII - XX ) para nombrar los distintos miembros de la oración compuesta, así como la designación de los diversos tipos de relación sintáctica entre ellos, verbigracia, oración principal/ subordinada, oración compuesta/simple, yuxtaposición, coordinación, subordinación, interpolación, bipolaridad, etc. También haremos alusión a las clases de oraciones complejas (consecutivas, concesivas, causales, temporales, condicionales, etc.), ejemplificando en un tipo oracional concreto representativo. Para ello, tomaremos como base de nuestro estudio gramáticas y diccionarios representativos de los siglos que pretendemos abarcar. Con lo ello podremos ver si hay una correspondencia entre los términos empleados por gramáticos y lexicográficos, datar la introducción de terminología y definiciones metalingüísticas en los repertorios lexicográficos, así como la evolución, no sólo de los dichos términos, sino también de las propias definiciones semánticas de las expresiones utilizadas por gramáticos de épocas pretéritas a la nuestra y de las más representativas de la lingüística actual. P ALABRAS CLAVE Terminología, sintaxis, oración compuesta, gramática, diccionarios. A BSTRACT The aim of this study is to compare the terms that have been used throughout moder n and contemporary era ( XVIII - XX ) to name the individual members of the compound sentence, and the designation of the various types of relationship syntactic including, eg, main clause/subordinate, sentence composite/simple, juxtaposition, coord ination, subordination, interpolation, bipolarity , etc. We will also make reference to the kinds of complex sentences (consecutive, concessive, causal, temporal, conditional, etc.) Sentence exemplifying a particular type representative. To do this, we will base our study as grammars and dictionaries representing these centuries. With this we can see if there is a correspondence between the terms used in grammatical and lexical, dating the introduction of terminology and definitions metalinguistic lexicograp hical repertoires and the evolution not only of those terms, but also of their own semantic definitions of the expressions used by grammarians of past ages to ours and most representative of the current language. K EY WORDS Terminology, syntax, complex sent ence, grammar, dictionaries. * La autora de este artículo es beneficiaria de una beca FPU concedida por el Ministerio de Educación y Ciencia con código AP 200602458 y resolución en el BOE del 27-04-2007. Este estudio se enmarca en el seno del Proyecto HUM 2007-60410/ FILO , “Textualización y oralidad: del español clásico a nuestros días”, financiado por el Ministerio de Ciencia y Tecnología, que desarrolla en la actualidad el grupo de investigación EHA (El español hablado en Andalucía) ( HUM -134).
La terminología de la oración compuesta en los diccionarios y las gramáticas modernas 190 © Asociación de Jóvenes Investigadores de Historiografía Res Diachronicae, vol. 7, 2009, págs. 189-202 e Historia de la Lengua Española ( AJIHLE ) ISSN: 1887-3553 1. O BJETIVOS El objetivo del presente trabajo es poder comparar los términos que se han utilizado a lo largo de la época moderna y contemporánea (s. XVIII - XX ) para nombrar los distintos miembros de la oración compuesta, así como la designación de los diversos tipos de relación sintáctica entre ellos, verbigracia, oración principal/subordinada, oración compuesta/simple, yuxtaposición, coordinación, subordinación, interpolación, bipolaridad, etc. También haremos alusión a las clases de oraciones complejas (consecutivas, concesivas, causales, temporales, condicionales, etc.), ejemplificando en un tipo oracional concreto representativo. Para ello, tomaremos como base de nuestro estudio gramáticas y diccionarios representativos de los siglos que pretendemos abarcar. Con ello podremos ver si hay una correspondencia entre los términos empleados por gramáticos y lexicográficos, datar la introducción de terminología y definiciones metalingüísticas en los repertorios lexicográficos, así como la evolución, no sólo de los dichos términos, sino también de las propias definiciones semánticas de las expresiones utilizadas por gramáticos de épocas pretéritas a la nuestra y de las más representativas de la lingüística actual. 2. M ETODOLOGÍA Para desarrollar este trabajo y cumplir los objetivos expuestos hemos realizado la lectura detallada de aquellas gramáticas más representativas de los siglos XVIII , XIX y principios del siglo XX . Así, de la primera centuria que tenemos en consideración nos centramos en las obras de Benito de San Pedro, la primera gramática de la Real Académica Española, publicada en 1771 y el Curso de humanidades castellanas de Jovellanos. Durante las décadas decimonónicas, la producción gramatical en España se incrementó, por lo que la nómina de obras desgranadas para este estudio pasa a un total de cuatro, siendo éstas, por orden cronológico, los Elementos de gramática castellana de José Manuel Calleja, editado en 1818, la Gramática de la lengua castellana según ahora se habla de Vicente Salvá (1852), la Gramática de la lengua castellana de la RAE (1870) y, por último, el texto de Gregorio Herrainz y de Heras de 1885, titulado Tratado de gramática razonada: con aplicación decidida y constante al estudio del idioma español. Dado que sólo atendemos a la producción gramatical de inicios del siglo XX , para este período sólo consultamos el Arte de hablar: gramática filosófica de la lengua castellana de 1910 de Eduardo Benot y la GRAE de 1920 1 . Frente a la lectura de las gramáticas señaladas, en las obras lexicográficas buscamos directamente los términos que utilizaban los gramáticos, en concreto nos hemos centrado en apódosis, cláusula, coordinación, frase, oración, período, proposición, prótasis, subordinación, yuxtaposición. Los diccionarios que empleamos para este trabajo, procurando la mayor proximidad cronológica con las gramáticas estudiadas, fueron el Autoridades, el de Terreros y el diccionario académico de la RAE , editado en 1780, en el siglo XVIII . En el siglo XIX contrastamos las obras gramaticales con las definiciones de los diccionarios de Salvá, Domínguez y los DRAE de 1852 y 1884 y en el siglo XX , con los de Almany y los diccionarios académicos de 1925, 1927 y 1992 2 . 1 Los textos han sido consultados en Gómez Asencio (2001). 2 Textos tomados de RAE (2001).
Olga Julián Mariscal 191 © Asociación de Jóvenes Investigadores de Historiografía Res Diachronicae, vol. 7, 2009, págs. 189-202 e Historia de la Lengua Española ( AJIHLE ) ISSN: 1887-3553 3. E L SIGLO DE LAS LUCES 3.1. Las gramáticas dieciochescas En este período cronológico el concepto de sintaxis aludía a la concordancia, el régimen y el orden de las palabras, pero sólo en la oración simple. En esta época, tampoco encontramos clasificaciones de las oraciones, ni siquiera de las simples, y los gramáticos no son pródigos en definir los términos que emplean. No obstante, podemos encontrar un atisbo de clasificación de las oraciones compuestas en los distintos tipos de conjunciones que establecen los gramáticos de la época, sin que se llegue en ningún momento a aludir directamente a la oración compuesta. Sólo podemos percibir y presuponer la noción de composición sintáctica a nivel oracional gracias a las definiciones que ofrecen de la categoría conjunción. Así, San Pedro (1769) afirma que Semejante es la definición de la GRAE de 1771: Para Jovellanos (1794: 105), «la conjunción sirve para juntar dos palabras ó dos proposiciones, como es menester que el hombre estudie». De esta definición y del ejemplo aportado deducimos que, como parte de esa unión de proposiciones, considera igualmente las subordinadas sustantivas, si bien no las incluye en la clasificación que hace de los tipos de conjunciones, al igual que el resto de autores estudiados para este período. Así, San Pedro distingue entre conjunciones copulativas, disyuntivas, adversativas, restrictivas, condicionales, causales, causales, relacionales o inclusivas, las de transición y las ordinativas, mientras que Jovellanos y la GRAE de 1771 consideran que las conjunciones pueden ser copulativas, disyuntivas, condicionales, causales y continuativas, con la diferencia de que Jovellanos incluye también las adversativas. Por tanto, quedarían recogidas las oraciones coordinadas y las subordinadas adverbiales impropias (Narbona 1989), no así, las subordinadas sustantivas, como ya hemos señalado, ni las adverbiales temporales, locativas o modales. Pese a lo dicho, sí que podemos encontrar ciertas excepciones, como algunas, aunque escasas, definiciones metalingüísticas, como la oración en la GRAE de 1771 o la de proposición en Jovellanos: Palabra es lo mismo que voz, ó dicción, como: cielo, tierra, santo, docto, leer, escribir. El agregado de palabras ordenadas con que expresamos nuestros pensamientos se llama en lenguage común habla, y entre los gramáticos oracion, por lo qual se llaman con propiedad las palabras partes de la oracion ( GRAE 1771: 2).
La terminología de la oración compuesta en los diccionarios y las gramáticas modernas 192 © Asociación de Jóvenes Investigadores de Historiografía Res Diachronicae, vol. 7, 2009, págs. 189-202 e Historia de la Lengua Española ( AJIHLE ) ISSN: 1887-3553 Para esto hemos de advertir que un pensamiento se compone de uno o más juicios, porque cuando pensamos no hacemos sino juzgar dos o más cosas, y cuando expresamos con palabras estos juicios de nuestra alma formamos lo que se llama proposición (Jovellanos 1794: 152). Además, Jovellanos, al analizar el fragmento «¡Oh, qué maravilloso contraste no ofrecerá a la vista tan bello y magnífico objeto en medio de una escena tan hórrida y extraña» en el apartado que titula “Tratado de Análisis del Discurso”, habla de proposición principal y proposición subordinada en los siguientes términos: Jovellanos (1794) Asimismo, diferencia en ese mismo apartado lo que es proposición simple de la compuesta. Sin embargo, la explicación que da sobre lo que entiende por proposición compuesta no es equiparable a lo que conocemos hoy como oración compuesta. Jovellanos (1794) 3.2. Los diccionarios del XVIII Toca ahora observar en los diccionarios de la época el significado que dan a los términos empleados en las gramáticas. Cabe destacar en primer lugar la definición que da la Academia del término frase («La construcción de algunas palabras, que unidas entre sí, exprimen, ó declaran con viveza algún concepto» DRAE 1780, s.v. frase), definición que dista poco de la dada para oración. Terreros, por su parte, amplía la información que da sobre frase («y otros frasi, y frasis, modo de hablar, ó expresión, y torno de algun numero pequeño de palabras, o colocaciones de ellas. Fr. Phrase, Lat. Locútio, loquéndi rátio, vel modus, praxis, It. Frase. Hai frases vulgares, poéticas, oratorias, etc.» s.v. frase). A veces, como sucede en los diccionarios académicos, la definición lexicográfica es más extensa y completa que la que se ofrece en la propia gramática. Por ejemplo, tanto
Olga Julián Mariscal 193 © Asociación de Jóvenes Investigadores de Historiografía Res Diachronicae, vol. 7, 2009, págs. 189-202 e Historia de la Lengua Española ( AJIHLE ) ISSN: 1887-3553 en Autoridades como en el DRAE de 1780 se observa la división en oración de primera y segunda de activa, pasiva, etc., que se recogerá en otras obras gramaticales posteriores. Diccionario de Autoridades (1737) Al definir oración, Terreros señala que se trata de un «Término de gramática, discurso, conjunto, ó union de muchas palabras colocadas en orden» (s.v. oración). En otras ocasiones, no obstante, los Diccionarios académicos explican brevemente el significado de una determinada voz, como sucede en el caso de proposición y período («la cláusula entera y perfecta de la oración» Autoridades y DRAE 1780, s.v. período), Diccionario de Autoridades (1737) en comparación con las definiciones dadas por Terreros en su Diccionario: Terreros (1786)
La terminología de la oración compuesta en los diccionarios y las gramáticas modernas 194 © Asociación de Jóvenes Investigadores de Historiografía Res Diachronicae, vol. 7, 2009, págs. 189-202 e Historia de la Lengua Española ( AJIHLE ) ISSN: 1887-3553 4. E L SIGLO XIX 4.1. Las gramáticas Como características generales de esta época, se puede decir en primer lugar que parece haber un mayor interés en aclarar el sentido de los términos gramaticales, a la vez que se aprecia un paulatino afán clasificador, aunque se restringe casi exclusivamente a la oración simple. Así, aún perdura la poca atención a la oración compuesta y se atisba su clasificación gracias a las explicaciones de la categoría conjunción, como se comprueba en las obras de Calleja y Salvá. Se pueden establecer dos grupos en relación a las gramáticas estudiadas. El primero de ellos correspondería con la primera mitad del siglo y se caracteriza por la pervivencia de actitudes dieciochescas, en el sentido de que se habla aún de sintaxis regular, entendida preferentemente como concordancia, régimen y orden de palabras, así como la alusión indirecta a la oración compuesta a través de la clasificación y definición de la conjunción, aunque ya se aprecia una diferencia en el campo del estudio de la oración (Calleja y Salvá). El segundo grupo estaría formado por los textos ya reseñados de la segunda mitad del siglo, es decir, por la GRAE 1870 y la obra de Herrainz y de Heras. En ellos, la oración y sus tipos y clasificaciones se convierten en tema claramente delimitado dentro de los estudios gramaticales. 4.1.2. Primera mitad de la centuria La primera de las gramáticas analizadas para este período cronológico es la de Calleja, editada en 1818. Este autor alude indirectamente a la noción de la oración compuesta a través de la definición de conjunción («la Conjunción es una parte indeclinable de la oración que sirve para enlazar o unir una proposición con otra»), como ya sucedía en el siglo XVIII . Además, recoge la definición de oración compleja sin llegar a nombrarla como tal, ya que señala que «otras oraciones hay en fin que constan de sugeto, verbo determinante, una conjunción y otro verbo determinado; usado este ya en el modo subjuntivo ó ya en el de indicativo» (Calleja 1818: 91-92). Pese a que no habla de oración simple y compuesta, emplea otros términos que implican esa distinción, como: (1) a. resulta la frase con sus complementos; y la conjunción que une frases, de cuyo enlace resulta el período (Calleja 1818: 101). b. En el capítulo anterior hemos visto como de la union de las palabras resultan las frases y las proposiciones; y de estas los periodos (Calleja 1818: 103). En el apartado dedicado a la sintaxis o la construcción gramatical, encontramos ya un capítulo entero, concretamente el quinto, centrado en el estudio de las oraciones («el pensamiento espresado llamamos oracion» Calleja (1818: 106). Y es precisamente de esas diversas maneras de expresar el pensamiento de donde surgen, según Calleja, los distintos modos de nombrar las oraciones, en función del tipo de verbo empleado, del modo verbal, de la conjunción, etc. Además, considera que todas las oraciones pueden ser perfectas o imperfectas: Entendemos por perfecta, la que completa el sentido, ó acaba de espresar la idea que se propone; y por imperfecta, la que deja pendiente ó sin acabar de espresar la accion ó significacion del verbo (Calleja 1818: 107).
Olga Julián Mariscal 195 © Asociación de Jóvenes Investigadores de Historiografía Res Diachronicae, vol. 7, 2009, págs. 189-202 e Historia de la Lengua Española ( AJIHLE ) ISSN: 1887-3553 Ahora bien, la característica más importante de este autor es que ya establece una clasificación de la oración, diferenciando las oraciones de verbo sustantivo, las de activa (y dentro de ellas los verbos adjetivos en voz activa), las de pasiva, las de infinitivo, las de relativo y las de oración de sujeto, seguido de un verbo determinante más una conjunción y otro verbo. Por otra parte, Salvá, en su Gramática de la lengua castellana según ahora se habla de 1852, sigue concibiendo que el cometido principal de la sintaxis es el estudio de la concordancia, el régimen y el orden de palabras –«todos dan á lo último el nombre de Sintaxis, voz griega que significa coordinación ó arreglo» Salvá (1852: 2)–. Frente al autor precedente, no encontramos en la obra de Salvá ninguna clasificación de las oraciones, ni tampoco definiciones propiamente dichas de los términos que emplea: Siendo el objeto de la gramática el lenguaje, deberemos considerar ante todo las propiedades y accidentes, y la filiación ó variaciones de sus partes separadas; y despues el modo de ordenar dichas partes, para formar con ellas las proposiciones, incisos ó colones; con estos los períodos ó cláusulas, y finalmente el discurso ó habla, de que nos valemos para comunicarnos con nuestros semejantes (Salvá 1852: 1). No obstante, podemos considerar que sí expone el significado que tienen para él ciertas voces como oración –«Siempre que tratamos de espresar un pensamiento (lo cual se llama en lenguaje gramático formar una oracion)» Salvá (1852: 99)– y conjunción y frase conjuncional (semejante a lo que hoy denominamos locución conjuntiva): Las palabras que sirven para espresar la relacion que hai entre las partes de la oracion ó entre los incisos del discurso, sin modificar el significado de las dicciones ni contribuir para fijarlo, llevan el nombre de conjunciones, y el de frases conjuncionales las dos ó mas dicciones que se emplean reunidas con el mismo objeto (Salvá 1852: 96). Nuevamente, a través de la clasificación de los distintos tipos de conjunciones que este gramático establece podemos intuir las diversas clases de oraciones compuestas. Así, considera que las conjunciones pueden ser copulativas, disyuntivas/distributivas, adversativas, condicionales, comparativas, causales, finales, ilativas y continuativas, junto a «algunas que indican un tiempo, cuales son cuando, después que, entre tanto que […]» (Salvá 1852: 332). 4.1.3. Segunda mitad: el auge de la oración La GRAE de 1870 supone ya un punto de inflexión con respecto a las gramáticas vistas hasta aquí en cuanto al tema que nos ocupa. Así, en primer lugar, aunque la conjunción ―«Conjunción es aquella palabra ó frase que sirve para denotar la relacion que hay entre dos oraciones ó entre dos proposiciones de una misma oracion» GRAE (1870: 155)― y su clasificación tipológica (copulativas, disyuntivas, adversativas, condicionales, causales, continuativas, comparativas, finales e ilativas) siguen permitiendo sobrentender el concepto de oración compleja y su variedad semántica, ya existe una definición concreta. De hecho, en la segunda parte de esta Gramática la sintaxis regular comprende ya el estudio tanto de la concordancia, del régimen, de la construcción (entendida como orden de palabras), como de las oraciones. Ya en la Introducción se define el concepto de oración:
La terminología de la oración compuesta en los diccionarios y las gramáticas modernas 196 © Asociación de Jóvenes Investigadores de Historiografía Res Diachronicae, vol. 7, 2009, págs. 189-202 e Historia de la Lengua Española ( AJIHLE ) ISSN: 1887-3553 La palabra ó reunion de palabras con que se expresa un concepto cabal se llama en Gramática oracion. En fin de toda G RAMÁTICA es enseñar á conocer, ordenar, pronunciar y escribir correctamente las oraciones y las partes todas de que constan, pues con las oraciones se forman los períodos, y con los períodos las obras literarias ( GRAE 1870: 5). En el capítulo V de la segunda parte, titulado «De las oraciones», se establece una amplia clasificación oracional, distinguiendo entre las oraciones de primera, que pueden ser activas o pasivas, oraciones de segunda, que igualmente pueden ser activas o pasivas, las oraciones impersonales 3 , de verbo sustantivo, de verbo neutro, de verbo recíproco o reflexivo, oración primera de infinitivo, primera o segunda de imperativo, afirmativa, negativa, interrogativa. Podemos decir incluso que, dentro de esa clasificación, se insertan también las oraciones compuestas, si bien no las menciona exactamente así: De los nombres, de los adverbios y de las preposiciones que suelen dar principio á las oraciones, se llaman unas comparativas, otras condicionales, otras causales, copulativas, disyuntivas, ilativas, adversativas, etc. ( GRAE 1870: 215). Además de esa extensa tipología, se reconoce que las oraciones pueden ser completas o incompletas: Cuando la oracion tiene expreso el sujeto, el verbo y el complemento, se llama completa, y lo mismo cuando es segunda y tiene sujeto y verbo expresos; cuando se calla alguno de esos términos, es incompleta. Así las oraciones, muy arriba citadas, Todos desean la felicidad, y Desean la felicidad, son primeras de activa, completa la primera, incompleta la segunda ( GRAE 1870: 216). Por último en relación a esta gramática académica, como ya señalamos líneas más arriba, es la primera de las estudiadas que clasifica y denomina las oraciones en simples y compuestas: Completa o incompleta, la oración que por sí hace sentido se llama simple; la que termina en otra se llama compuesta. Simples: las primeras que en este capítulo van escritas: Dádivas quebrantan peñas; La fe obra milagros, y otras muchas. Compuestas: Queriendo el general partir, se lo impidió la gota; Estando Felipe comiendo, le dieron la noticia ( GRAE 1870: 216). En el Tratado de gramática razonada: con aplicación decidida y constante al estudio del idioma español de Gregorio Herrainz y de Heras de 1885 hay un amplio capítulo dedicado por completo a las oraciones, en el que también se dan definiciones claras para cada uno de los términos con que se refiere a las oraciones y sus distintos miembros. Veamos algunas de ellas: (2) a. La oración expresa el juicio en el habla y en la escritura, y no es posible separar la una del otro en el tratado gramatical, porque se aclaran y completan recíprocamente (Herrainz y de Heras 1885: 110). b. Cláusula ‒de cláusus ó cerrado, concluido‒ es toda expresión oral ó escrita que deja completo el sentido, cerrado, concluido y concepto (Herrainz y de Heras 1885: 123-124). 3 Nótese que estos tipos de oraciones estaban ya recogidos en el Diccionario de Autoridades y en el DRAE de 1780 (s.v. oración).
Olga Julián Mariscal 197 © Asociación de Jóvenes Investigadores de Historiografía Res Diachronicae, vol. 7, 2009, págs. 189-202 e Historia de la Lengua Española ( AJIHLE ) ISSN: 1887-3553 c. Período es la expresión oral ó escrita de un raciocinio; una cláusula, pero forzosamente compuesta de dos elementos generales, relacionados entre sí y que reciben el nombre de miembros: P ERDERÁS EL CURSO , si NO ESTUDIAS (Herrainz y de Heras 1885: 124). d.- Miembro principal, prótasis ó principio es la parte primaria y subordinante: ESTÁ ESCRITA LA CARTA , pero hay que firmarla‒No puede faltar en ninguna cláusula ni período (Herrainz y de Heras 1885: 124). e. Miembro subordinado, apódosis ó conclusión, el que expresa el elemento complementario del raciocinio: Yo mando, para que ME OBEDEZCAN ‒Es indispensable en todo período (Herrainz y de Heras 1885: 124). Este autor, al igual que la GRAE de 1870, alude directamente a las oraciones compuestas, frente a gramáticos de épocas anteriores. Herrainz y de Heras no sólo establece una clasificación de las oraciones, especialmente de las simples, sino que recoge brevemente las más frecuentes en el ámbito gramatical de su tiempo comentándolas, como, por ejemplo, la división entre oración de primera y segunda, entre equivalentes o enunciativas, las de verbo atributivo descompuesto, de pasiva, reflexivas, recíprocas, de infinitivo, de relativo, conjuntivas, de gerundio, de imperativo, de subjuntivo, etc. Sin embargo, la que él mismo defiende distingue entre oraciones sustantivas y atributivas, dentro de las cuales se diferencia entre intransitivas y transitivas, que a su vez pueden ser, además, de acusativo, de dativo o de gerundio-ablativo. Por último en relación a este autor, incluye en su tratado gramatical una clasificación de las cláusulas: Herrainz y Heras (1885)