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Revista do Programa de Pós-Graduação em Direito da UFC • 373 LA TECNICA DE LA LIBERTAD. EL ORDEN REPUBLICANO EN EL FEDERALISTA Antonio Hermosa Andújar Resumen El presente artículo intenta poner de relieve cómo para los autores de El Federalista la presencia de ciertos principios e instituciones en la Constitución -la soberanía popular, la división de poderes, la representación o el federalismo-, constituyen la condición necesaria para hacer del poder un medio para preservar la libertad (así como también la seguridad y cierta igualdad) en lugar del instrumento que la reprime. Así mismo, se intenta poner de relieve cómo el poder sólo puede ser eficaz a la hora de llevar a cabo su función constitucional si se le dota de ciertos recursos que lo fortalezcan y aumenten su capacidad de acción. En suma, se trata de hacer ver que el Orden Republicano apuesta por un poder fuerte que garantice su eficacia, pero a la vez sujeto a determinados límites inviolables que lo mantengan en su condición de medio sin hacer de él nunca un fin. A ese delicado equilibrio entre fuerza e instituciones denominamos la técnica de la libertad. Palabras clave El Federalista. Soberanía popular. División de poderes. Representación. Federalismo. THE TECHNIQUE OF FREEDOM. REPUBLICAN ORDER ON THE FEDERALIST Abstract In this article we try to highlight how for the authors of The Federalist the presence of certain constitutional principles and institutions –popular sovereignty, division of power, representation or federalismconstitute the necessary condition to use power as a mean to preserve freedom, security and some extent of equality instead of being a repression instrument. Likewise, we intend to highlight how power can only be effective to fulfil its constitutional function if it is provided with certain resources to strengthen it and increase its action capacity. In summary, we try to show that the Republican order seeks a strong power to guaranty its eficacy being subject at the same time to certain inviolable limits which assure it remains a medium and never becoming into an end. We call the freedom technic to this delicate equilibrium between force and institutions. Keywords The Federalist. Popular sovereignty. Division of powers. Representation. Federalism. Universidad de Sevilla
374 • v. 35.2, jul./dez. 2015 La “mano de la Providencia” 1 que Madison adivinara tras los acontecimientos cristalizados en la Constitución de 1787, y que ya agitara las banderas de los colonos durante la revolución, no sólo debía ser visible para el hombre religioso que mirase el resultado; el cúmulo de circunstancias vencidas, y su dificultad, habían sido tales que quizá el agnóstico, y hasta el nihilista, siendo “sinceros”, hubieran podido divisar a partir de su natural “asombro” la tramoya desde la que aquella inefable mano transfiguraba la realidad en leyenda. La República Federal, el Estado único conformado por los trece Estados originarios de los actuales Estados Unidos, y del que la citada Constitución era su expresión y su orden, constituía la radical novedad histórica cuya mera formación significaba a la vez la derrota del imperio de la naturaleza, la refutación de las lecciones de la historia y el desafío a los límites de la política a la hora de configurar la ordenación de una sociedad. Por explicarnos con ejemplos: la vastedad de un territorio ya no será el espacio por el que se pierda la imaginación política o sus ideas, ni el fracaso de ligas y confederaciones en el pasado se perpetuará, por la inercia de las cosas, en el fracaso de futuras asociaciones estatales, ni la necesidad de conjugar series de intereses opuestos conjurará fatalmente contra el orden racionalmente obstinado en alcanzar su equilibrio. La Federación, en efecto, al disolver prácticamente el vínculo que la teoría política estableciera por siglos entre territorio grande y monarquía (o tiranía); o al tener jurisdicción directa sobre los ciudadanos de los Estados que la integran, y no sólo sobre éstos 2 ; o bien al mostrar su capacidad de aunar los intereses de los Estados grandes con los de los pequeños, o la estabilidad y energía de un gobierno fuerte con la libertad republicana –por quedarnos con dos de las cuatro magnas dificultades elencadas por Madison 3 -; o, incluso, y por hacer también referencia al ámbito internacional, por representar su sola existencia la anulación de ciertos factores susceptibles de provocar conflictos entre los Estados 4 , la Federación, decimos, dibujaba en la conciencia de sus partidarios el primer amago de respuesta positiva a la eterna cuestión de si es o no posible que un pueblo quiera y funde racionalmente un “buen gobierno” 5 . El pueblo que por su propia voluntad ilustrada irrumpe en la historia destrona con ese solo hecho a los viejos déspotas, el azar o la fuerza, que tan 1 El Federalista, nº 37. Hay española en FCE, México, 1998 (tr. de Gustavo R. Velasco) y otra de Daniel Blanch y Ramón Máiz, recentísima, en Akal, Madrid, 2015. 2 La federación, tal y como la define Hamilton por los tres autores del libro, “es la asociación de dos o más Estados en uno solo” (nº 9). Y en cuanto Estado ejerce imperio precisamente sobre sus ciudadanos. Igualmente, en cuanto Estado se diferencia tanto de las confederaciones como de las mismas repúblicas unitarias, al igual que en cuanto república representativa también se diferenciará de las democracias (como dice Madison en el cap. siguiente). Justo por ello todo serán ventajas, dicen ambos citando a Montesquieu: las de los Estados pequeños combinadas con las de los Estados grandes, la fuerza de aquéllos sumada a la libertad de éstos. 3 Ibidem. 4 Cf. los artículos de Jay, especialmente los números 3 y 4. 5 Hamilton, nº 1.
Revista do Programa de Pós-Graduação em Direito da UFC • 375 violentamente han regido y rigen los destinos de los hombres, imprimiendo en la acción política un sello de madurez y previsibilidad desconocidas al arbitrio, con la consecuencia de reincorporar el futuro al quehacer político cotidiano –esa figura central del republicanismo cuyo descuido por parte del gobernante ya fuera señalado por Tácito como indeleble seña de identidad de la autoritaria concentración del poder 6 (y antes por Tucídides como una de las señales de la descomposición de un gobierno 7 ). La Federación, decíamos, era una novedad histórica radical. No lo es, pues, sólo por su contenido, sino también por su método de formación. El “pueblo sabio y libre”, como Jay consideraba al suyo, y que estaba distribuido en trece Estados, construyó la Federación en virtud de una decisión colectiva tomada mediante procedimientos democráticos, pues la Constitución resultante, que la creaba, sería más tarde ratificada por las correspondientes asambleas estatales elegidas al respecto. Su origen, por tanto, no fue un acto de fuerza, del que la historia ofrecía modelos para todos los gustos, como tampoco la voluntad originaria fue la de uno de aquellos grandes hombres –Teseo, Ciro, Moisés 8 - de los que dan fe mítica los anales de los diversos pueblos 9 ; hombres que casi parecen dioses, y que en algunos casos, como el propio Teseo o Rómulo, hasta llegaron a serlo 10 . Ni se trató sin más de una simple declaración de voluntad tomada por una multitud de individuos a título personal en condiciones de inexistencia material de derecho y de poder, a partir de la cual el Estado era creado ex nihilo, según se preconizara en las doctrinas del contrato social. Por el contrario, cuando los miembros de la Convención aprueban su Constitución, preámbulo para la creación de un Estado ex novo, lo hacen como delegados de un pueblo ya constituido, y por tanto en una situación histórica 6 Historias, I-1. Cf. EF, nº 34 (Hamilton). Esa fue también la imborrable lección que la prudencia romana legara al ejercicio del poder, incluido el del príncipe (El Príncipe, Madrid, Istmo, 2000, cap. 3). (Para Tocqueville la prudencia sería igualmente necesaria porque el interés, la palanca que de modo cada vez más absoluto regía la conducta del americano medio, produce sobre todo ovejas). 7 Historia de la guerra del Peloponeso, II-53 3/4. Tucídides narra en esos parágrafos algunos de los efectos morales de la peste caída como una maldición sobre Atenas, y entre ellos destaca, con la pérdida de las esperanzas por el hombre –los atenienses-, la desaparición del futuro del horizonte de su tiempo. 8 Cf. Levi, La federazione: costituzionalismo e democrazia oltre i confini nazionali (introducción a Il Federalista, Bologna, Il Mulino, 1998, págs. 9-116), págs. 22 s. 9 Fue la Historia la que en América suplió a los sacros legisladores del pasado; el ser ya una sociedad libre en el momento de su fundación los hizo innecesarios (Hartz, La tradición liberal en los Estados Unidos, FCE, México, 1994, págs. 57-60). 10 Cf. Tito Livio, Historia de Roma desde su fundación, I-16; cf también Jenofonte, Ciropedia, I-6 (la excelencia de Ciro le hace ser único, es decir, no puede ser modelo para sus súbditos, pues basa precisamente su legitimidad en el hecho de ser el mejor; cf. también V-, 5, 8/36 donde Jenofonte escenifica ejemplarmente en el diálogo de Ciro con Ciaxares ese auténtico drama del honor regio, una versión por lo general descuidada de la soledad del poder. Una soledad de carácter personal que, por lo demás, parte de otra, de naturaleza política: la inexistencia de espacio público por la inexistencia de ciudadanos).
376 • v. 35.2, jul./dez. 2015 en lugar de natural. El poder constituyente tenía ya detrás una serie de poderes constituidos de los que obtenía la legitimidad suficiente y necesaria para crear una nueva legalidad 11 . La Federación diseñada por la Constitución era, al igual que los trece Estados fundadores con los que pasaba a constituir un único Estado, una república. Es decir, se basaba en el principio republicano por excelencia, el de que cada uno está capacitado para autogobernarse, que en su traducción política significa establecimiento de la soberanía popular 12 . El esfuerzo por aplicarlo y conservarlo le dotó de un grado de lucidez normativa muy superior al de cualquiera de los Estados particulares, pese a las notables analogías de su estructura respecto a las de aquéllos, sus modelos organizativos. El pueblo americano quería ser tan dueño de su destino después de la Unión como antes, y al respecto ideó una original serie de instituciones en la que parapetar sus valores e intereses, regida siempre por la divisa de que la circulación del poder por ellas no debía en ningún momento saldarse con la servidumbre de la voluntad colectiva de la que partió. El modelo establecía una tupida red de garantías primarias –la estructura propia de la Constitución, con su cohorte de órganos distintos pero coordinadosy de garantías secundarias –el modo de funcionamiento de cada uno; si con las primeras el poder prometía al pueblo respetar los límites que se le imponían, con las segundas él mismo se garantizaba respetar sus promesas, pues éstas representaban las condiciones mediante las cuales el poder se hallaba en grado de acometer con éxito las tareas para las que había sido creado. Veamos tal disposición. Los antiguos colonos hoy ya independientes no han cambiado de fines al constituir la Unión; tienen, en todo caso, motivos para deplorar el fracaso de la reciente experiencia política ideada para lograrlos, la antigua Confederación 13 ; pero sus objetivos personales y sus aspiraciones sociales siguen siendo las mismas: en el ámbito público la libertad, la paz, la seguridad, la prosperidad; y en el privado la dignidad, la libertad y la felicidad, es decir, los mismos 11 Resultaría extremadamente sugerente dilatar aquí la originalidad de la Federación americana en relación a problemas esenciales de la historia y la práctica políticas, como el de la solución dada a la correlación entre ambos poderes, tan diferente en la práctica constitucional americana a la teórica de Sieyès, o a la cuestión del absoluto. Pero remitimos al lector a las luminosas páginas dedicadas por H. Arendt (Sobre la Revolución, Alianza Editorial, Madrid, 1988, especialmente IV-3 y V-1), en relación con esos problemas que no son objeto de nuestro estudio. Cf. también Madison, nº. 40). 12 EF, nº 39 (Madison). 13 Acerca del peso de dicha experiencia sobre el origen de la idea de un gobierno central fuerte, véase el excelente texto de Abbattista La rivoluzione americana, Laterza, Roma-Bari, 1998 (cap. IX).
Revista do Programa de Pós-Graduação em Direito da UFC • 377 “derechos” que, con ligeras variaciones, eran considerados como verdades autoevidentes por la famosa Declaración de Independencia 14 , y tomados por naturales. Tampoco aquí hay una definición de dichos valores, y menos una exploración en torno a su esencia, como tampoco indicación alguna acerca de si todos ellos poseen el mismo estatuto ontológico o no (y ello a pesar de que el discurso al respecto no siempre es claro, por cuanto la supuesta identidad ontológica a veces queda en entredicho para los primeros, o bien diluida su autonomía para los segundos; aquéllos, en efecto, ocasionalmente reducen su número a dos al integrarse la libertad y la paz en los dominios de la seguridad, y éstos pasan a ser la trilogía en la que se ramifica el concepto de interés 15 ). También aquí, pues, la evidencia ve la verdad al mirarse en el espejo de sus nombres. Los autores del El Federalista no sólo sabían, al igual que Maquiavelo, que el poder es necesario para preservar el orden social 16 , sino que sabían así mismo, como Aristóteles, algo que ha sido gravemente olvidado o incomprendido después: que el poder es necesario para preservar la libertad 17 . La visión del hombre manejada en esta doctrina política es la del realismo de la naturaleza humana, cuya inevitable dosis de pesimismo 18 , que tanto escándalo hipócrita y tanta bienintencionada miopía ha suscitado entre sus críticos, no hace sino resaltar la colosal dosis de optimismo antropológico inherente a ella. Pues que el individuo, aisladamente considerado, sea un ser más egoísta que sociable, más interesado que racional, no significa que no pueda vivir en sociedad; al revés, es precisamente la vida social la que refrena en parte esos instintos egoístas, conteniéndolos en un punto de equilibrio que aunque conflictivo no 14 Cf. Jefferson, Autobiografía [en Autobiografía y otros escritos, Madrid, Tecnos, 1987], pág. 24. Cf. también EF, nº 1 (y nº 23). 15 Cf. nº 9 y nº 1 respectivamente. Añadamos que en una ocasión ese doble mundo parece raquíticamente identificado con el de la justicia y el bien común (nº 51). 16 EF, nº 15 (Hamilton). Paine, por citar un caso, había sido uno de los últimos personajes en incorporarse a la fatídica lista con su famosa afirmación de que mientras la sociedad proviene de la bondad del hombre el gobierno lo hace de su maldad. De ahí que todo sean frenos a su marcha antes de haber siquiera echado a andar. 17 “La vitalidad del gobierno es esencial para la salvaguardia de la libertad”, exclama Hamilton casi al exordio de la obra. E insiste cuando se lleva recorrido casi un tercio de la misma al vincular la “energía del gobierno” con “la seguridad” en el disfrute de los derechos individuales” (nº 26). 18 “El hombre –dice Hamiltones ambicioso, vengativo y rapaz”, lo que acabará garantizando la guerra incluso entre repúblicas (nº 6; cf. también el nº 70). Con todo, no era ésa la primera ocasión en la que el republicanismo abandonaba su virtuosa matriz histórica para pasarse al bando absolutista rival, pues aparte el caso de Maquiavelo, que siempre vio al mismo hombre aun cuando cambiaba de régimen, también Giannotti operaba con una antropología similar (La República de Florencia, CEPC, Madrid, 1997), y con una idea de la política que anticipaba la de El Federalista, pues también el orden republicano refrenaba las pasiones naturales de los hombres volviéndolos no sólo sociables, sino aspirantes legítimos a alcanzar la virtud (libro I, caps. 3 y 4, págs. 17 s).
378 • v. 35.2, jul./dez. 2015 por ello, como expusiera magistralmente Maquiavelo en su día 19 , es necesariamente precario. En este sentido, cabría decir, como ya se ha hecho en alguna ocasión, lo contrario del tópico ilustrado, roussoniano sobre todo: que si el hombre es malo por naturaleza, la sociedad lo vuelve bueno, vale decir: sociable 20 . Sin duda, su belicosidad es tal que la guerra es ineliminable del panorama humano, como afirma Jay, y de esa quema no se salvan ni repúblicas ni monarquías, pues ambas guerrean por igual; pero no es menos cierto que su interés y su inteligencia se concitan para forjar instrumentos capaces de erradicar la violencia tanto del orden interno como del internacional; o, por decirlo con otras palabras, el hombre está en grado de transformar la fuerza en poder y el poder en derecho, y de garantizarse con ello su libertad en sociedad 21 . ¿Cómo lo logra? Descontada la necesidad del poder al respecto, ¿cómo es posible ese invocado milagro de su transformación en Derecho? ¿Cómo puede el hombre contener con sus acciones sus instintos, y los hombres, juntos, salir indemnes de la dominación establecida por ellos mismos? ¿Cómo es posible al pueblo, reconocido soberano cuando se mira al poder en su fuente, seguir siendo soberano cuando dicho poder ha redondeado su ciclo; evitar que el instrumento ideado para su protección acabe siéndolo de su servidumbre? En suma: puesto que se anhelan los fines públicos y privados antevistos, ¿cuáles serán los medios al respecto? El mundo moderno –sostienen los federalistasha traído consigo, en el pensamiento y en la acción, una serie de novedades que permiten afrontar con cierto optimismo el desafío del futuro; la ciencia política especialmente ha podido deducir ya de las recientes experiencias los principios con los que articular una red normativa susceptible de atrapar la libertad, y de hacerla vivir por siempre en medio de los hombres. Tales serían la representación, la división de poderes y su consiguiente equilibrio, el propio bicameralismo o la creación de un poder judicial independiente. La suma de todos ellos se llama república, si bien ésta admite una ulterior corrección en aras de su perfecta configuración: el federalismo, el aporte excepcional de los nuevos Estados Unidos al presente y a la posteridad 22 . El orden republicano resultante de la conjunción 19 Discursos sobre la primera década de Tito Livio, AE, Madrid, 1987, I-4. 20 Arendt, op. cit., págs. 179-80. Cf. también Pocock, The Machiavellian Moment... Pinceton University Press, Princeton, 1975, para comprender la novedad de semejante concepción antropológica en el interior de la tradición republicana; y Botana, La tradición republicana, Suramericana, Buenos Aires, 1997, cap. 2. 21 EF., nº 4 (Jay); cf. También el nº 10, de Madison; y Levi, cit., págs. 39-40. 22 La república federal, en efecto, tendrá carácter de “modelo”, es decir, será reproducible. La orgullosa confianza de Publius de que el futuro rendirá homenaje al presente estadounidense actual es heredera, y por la misma razón, de la de Pericles (en Tucídides, II, 37). Por lo demás, esta idea completa otras acerca del modelo de sociedad y de mentalidad que acercan a aquellos norteamericanos a la Atenas clásica, y que Pocock resume con la preferencia de Pericles frente a
Revista do Programa de Pós-Graduação em Direito da UFC • 379 de los principios señalados, a saber, la Unión, es así la síntesis armónica de las exigencias de la libertad con las exigencias del poder: del fin y sus medios, de la voluntad con la necesidad. Ambos tipos de exigencias aparecen tan entremezcladas que cuesta trabajo a veces deslindar con claridad qué pertenece a unas y qué a otras, pero en todo caso demuestran que ni la libertad podría ser sin el poder ni el poder sin la libertad. Empecemos por las primeras de esas exigencias, las de la libertad. Su primera gran cita con los medios republicanos se personifica en el concepto de representación, sobre todo cuando ésta se amplía hasta englobar junto a la elección directa del representante su elección indirecta. Pero antes de elegir debemos saber quién elige, quién debe ser el sujeto representado. Y al respecto la respuesta es terminante: para la Unión los electores serán los mismos que en cada Estado miembro, es decir: “el entero pueblo de los Estados Unidos” 23 . La soberanía popular no admite que las diferencias económicas, sociales o culturales de los sujetos –las relativas al nivel de riqueza, al linaje o al saberse traduzcan en diferencias políticas susceptibles de establecer dos tipos de individuos o dos grados de ciudadanía, a las que cumplidamente se abonara y se abonará el pensamiento europeo 24 , desde Locke y Spinoza a Diderot y Kant o Constant y Mill. La ausencia de discriminación entre los electores se traslada tal cual a los electos, pues si bien se fijan condiciones para su elección 25 , entre éstas no se hallan las concernientes al ideario político ni a la confesión religiosa, como tampoco a las de linaje, riqueza o cultura recién indicadas, o a la profesión, etc., (sí persisten, en cambio, las de género). Al igual que todos eligen, cualquiera puede ser elegido, y la elección será directa o indirecta, según se apuntó. Representantes serán todos los electos, con independencia de la modalidad de elección, si bien los vínculos entre mandante y mandatario serán más inmediatos, estrechos y complejos en el primer caso que en el segundo, por cuanto “el deber, la gratitud, el interés personal y hasta la propia ambición” (pág. 493) vincularán férreamente a unos con otros. Eligiendo todos libremente a sus representantes, y pudiendo elegir en condiciones de igualdad a cualquiera, el pueblo ciertamente gobierna. Ahora bien, de un lado en la idea de representación se subsumen otras dos, la de la Licurgo (op. cit., XV-4). En cuanto a la influencia sobre la “posteridad” del citado aporte americano, la lectura del célebre texto de Elazar Exploring Federalism (The University of Alabama Press, 1987) nos proporciona, aunque exagerada, una amplia perspectiva de las virtualidades del concepto. 23 EF., nº 57; cf. también nº 54 y nº 46. 24 En la Antigüedad también Pericles insistió en la que la oscuridad del pobre no debía discriminarle (II-37). 25 Tanto físicas –edadcomo políticas: la nacionalidad. Condiciones que se extreman algo más a la hora de seleccionar a los candidatos de la segunda cámara.
380 • v. 35.2, jul./dez. 2015 separación entre titularidad y ejercicio del poder, y la de que este último es en puridad el poder; de otro, la participación del pueblo en el gobierno, en gran medida se agota ahí 26 : ¿qué garantías tiene entonces de seguir siendo el sujeto del poder? Es decir, ¿cómo se asegura el buen gobierno, objetivo natural de toda constitución? La americana ha reforzado la autoridad del pueblo, principio republicano cardinal, con un conjunto de “garantías subsidiarias” (Madison) al objeto de evitar sea que el uso del poder se salde con su abuso, sea el sacrificio de la libertad en el altar de la eficacia 27 . La dimensión positiva del buen gobierno –su ejercicio por los mejoresel pueblo norteamericano la resuelve recurriendo a la sociología y a la psicología antes incluso que a la misma política, es decir: seleccionando a aquéllos de quienes conoce los méritos y las capacidades para actuar en su nombre y por su cuenta, y eligiendo a quienes la elección, halagando su propia vanidad, los identifica con un régimen en el que creen ver reconocidas sus cualidades personales. Después, ya en el cargo, los tendrá allí el tiempo suficiente para familiarizarse con sus tareas, y hasta los recompensará con la reelección si cumplieron como se esperaba de ellos. Sociología y política terminan de redondear su contribución al buen gobierno con dos nuevas aportaciones; la infinitud de intereses, de ideas y valores existentes en una sociedad se halla presente cuando cada uno de sus miembros deposita su voto. El elector, máxime si posee la madurez ya demostrada por el norteamericano, al manifestar así sus preferencias no las hace recaer únicamente sobre un candidato validado por su capacidad y su buen comportamiento, sino más en concreto en aquél con quien además cree compartir 28 en mayor o menor grado gustos, opiniones o intereses. Ese será idealmente su representante fiduciario, al que dejará hacer libremente en el desempeño de su cargo, y al que renovará o no su confianza al final de su mandato dependiendo, entre otros factores, de la satisfacción obtenida con el mismo. Ello garantiza la formación de una cámara en la que esté presente la sociedad 29 ; la 26 El pueblo de la Unión tiene más cauces aparte del representativo para seguir participando activamente en el gobierno, como es el caso del jurado. Pero el imperio del pueblo sobre el gobierno conoce otros modos aún más refinados de ejercerse, como más tarde pondrá de relieve Tocqueville (De la démocratie en Amérique, Gallimard, Paris, 1986, I-II, 1). 27 No hay que olvidar lo que decía Hamilton: que el abuso del poder puede venir de todo poder, también del necesario, y no sólo del superfluo. 28 Identidad, por cierto, que no degenerará en corporativismo, haciendo que al comerciante lo represente el comerciante, etc.: la técnica jurídica ‘sabe’ que diversos intereses profesionales pueden aunarse en una sola categoría profesional (nº 35) (con todo, éste será uno de los blancos preferidos por los enemigos que la Constitución se crea -junto al de la supremacía de la Unión frente a los Estados-, que abogarán por la representación de los intereses sectoriales; al respecto, Abbattista, op. cit., págs. 119 s). 29 Como garantizará también su peligro, a saber: la coincidencia absoluta en la misma fe –“liberal”, añadecontiene en su tentación –la de generar una unanimidad que por absoluta deviene absolutistalos gérmenes de su caída: el otro, lo distinto, corre el riesgo de ser estigmatizado. Riesgo que en los años 50 del pasado siglo, cuando “la excentricidad devino pecado”, se volvió deletéreo para quienes no comulgaban con los mismos dogmas (cf. Hartz, op. cit., cap. I). Contra
Revista do Programa de Pós-Graduação em Direito da UFC • 381 proporcionalidad adoptada como criterio para su composición asegura, con independencia del número de sus miembros, la representatividad del entero territorio, tanto como la pluralidad de los mismos asegura, con independencia de sus características personales, la representatividad del conjunto de la población. El pluralismo de opiniones e intereses, llevado como quería Burke desde la sociedad hasta la instancia de representación constituirá de este modo el mayor obstáculo tanto a la formación de un interés propio y separado del mandatario con respecto al mandante, como a la prevalencia de una opinión o de un interés sobre los demás, enfermedades ambas indicativas del imperio de la corrupción sobre la totalidad del tejido social. Así, la pervivencia del pluralismo político, consecuencia en sus orígenes del buen funcionamiento de los mecanismos de selección del representante en una sociedad plural, revierte sobre sus orígenes preservando los dos. Frente al peligro de aislamiento de la esfera política en relación a la sociedad, o al de que un interés se cierre a cal y canto sobre sí mismo en forma de facción, y frente a sus consecuencias, es decir, que la esfera política se convierta en una burbuja que flote como una corte sobre la sociedad, o que el interés cerrado alcance tal fuerza que no sólo impida la circulación de diferencias en su interior, sino que por lo mismo acentúe las tendencias uniformizadoras latentes en toda sociedad, o imponiendo su número en las decisiones políticas vuelva con eso facciosa la decisión mayoritaria; frente a todo ello, decimos, la pervivencia del pluralismo político deviene la garantía de la fortaleza del sistema, en tanto que testimonio de que en un régimen donde contienden pacíficamente numerosos intereses potencialmente conflictivos ningún antídoto mejor que la libertad para conjurar los peligros derivados de la propia libertad 30 , filosofía ésa más tarde puesta también en práctica por Tocqueville. El último aporte positivo al buen gobierno provenía de la política. Al respecto son varias las medidas ideadas. Que el representante sea renovable es una de ellas. Su buen obrar, en efecto, le hace meritorio de ser reelegido para el cargo, medida ésa que beneficia tanto a la persona como al sistema, pues al tiempo que recompensa la pericia y lealtad de la primera al segundo, favorece éste al impedir que los conocimientos acumulados durante el ejercicio del cargo no rindan su fruto si se le aparta definitivamente del mismo. Otra sería la elección indirecta de representantes, endureciendo las condiciones de los candidatos, que formarían parte de una instancia separada de la anterior, más elitista y por ende más instancia de cualidad, donde estuvieran presentes aquellos caracteres que los hombres van adquiriendo con la edad, como una mayor racionalidad, más conocimientos, más sentido de la responsabilidad, esos mismos peligros, y su bifurcación en los terrenos moral y jurídico, ya habían advertido los propios federalistas, bien que con mucho menor énfasis del puesto por Jefferson y más tarde por Tocqueville. 30 Nros. 56, 57, 10 y 60.
388 • v. 35.2, jul./dez. 2015 máximos responsables de cada “sector” se hallen en grado de resistir los intentos abusivos provenientes de los demás; lo cual se logra proporcionándoles, de un lado, todos los recursos necesarios al respecto, y de otro un “interés personal” en hacerlo. Se parte pues del supuesto, parcialmente aristotélico, de la plausible coincidencia de los “intereses personales” de quien desempeña el cargo con los “derechos constitucionales” del mismo, y se trata de conseguir que quienes se hallan ocupando cargos públicos vean su ambición personal satisfecha con dicho ejercicio: se trata, en suma, “usar la ambición como antídoto de la ambición” 43 , en la gráfica expresión de Madison henchida de resonancias montesquianas 44 . Es así como cada poder, asegurándose su propio dominio sobre sí, pone las bases 45 de su igualdad con los demás y de su libre cooperación con ellos: las mismas bases que convertirán al poder en garantía de la libertad 46 . 43 Ciertamente, está aquí presente la idea, esbozada por Hobbes y Locke, de que la perfección de un ordenamiento nunca satisfará la aspiración, transformada por Spinoza en su primer objetivo jurídico-político, de impedir el mal, pues siempre habrá resquicios normativos que sólo una decisión humana entre otras posibles, es decir, un acto subjetivo, habrá de cubrir; como también lo está la anexa a ella, a saber, que siendo la naturaleza humana como es nada garantiza el mejor móvil tras la decisión; de ahí que se invoque el interés personal en pleno ámbito público. Pero el pesimismo exudado por esa tal invocación, y la conclusión deducida de “¿qué es el gobierno sino el más poderoso análisis de la naturaleza humana?”, que lo acentúa, no termina de hacer justicia a la convicción de Madison. Primero porque contraviene una de las más grandes verdades, casi cabría decir descubrimientos de no ser porque antes escribieron Hume o A. Smith, expuestos a lo largo del libro, a saber, que el interés personal no tiene por qué recluirse en el ciego egoísmo del sujeto; y en segundo lugar, porque semejante idea, la antítesis de la moral religiosa y metafísica más común de todas las tradiciones culturales, implica en su propia formulación el reconocimiento de que lo personal y lo público pueden ser las dos caras de la misma moneda, que no hay contradicción inmanente entre el interés personal y el bien común. Es decir, el gobierno seguirá siendo, desde luego, un análisis de la naturaleza humana: pero en el mismo no habrá sólo elementos negativos. 44 Nº 51. También ciertas garantías primarias operan a favor del fortalecimiento del poder: la representada por la misma Constitución, superior a cualquiera de sus órganos; o el señalado principio de legalidad, que sometiendo por igual a todos los poderes, incluido el supremo que las hace, a las leyes posibilita a los demás, sometiéndose a su voluntad, liberarse de su arbitrio, serían dos de ellas. 45 Ibidem. 46 Hablábamos también de reglas específicas operantes en el seno de cada poder en pro de su fortalecimiento; originariamente, en una república representativa, el poder ejecutivo es un poder menos fuerte que la asamblea legislativa, por lo que se debe hacer lo imposible por dotarle de la energía necesaria para no sucumbir ante las presiones de aquélla y contribuir así a la salvaguardia de la sociedad. De ahí que su poder deba reunir requisitos como la unidad y la duración además de los antevistos (Nºs. 71 y 72). En cambio, en su elección se velará por impedir que ésta recaiga sobre sus posibles favorecidos y que pueda, elegido, gratificar a quienes lo eligieron (Nºs. 67 y 68). En relación al poder judicial cabe decir que se precisa la amovilidad de sus miembros requerida por su independencia, sin la cual la libertad sería sin más expulsada de la Constitución y de la sociedad (Nº. 78).
Revista do Programa de Pós-Graduação em Direito da UFC • 389 La tercera y última de tales garantías, y la más innovadora de todas las provenientes de suelo americano, la constituía la federación. Ya hemos hablado cumplidamente de ella, tanto al referirnos a las exigencias de la libertad como a las del poder, pues al tratar de la representación y de la división de poderes, en ambos casos era nuestro objeto la república federal aun sin nombrarla expresamente. Virtud de la federación es extremar los efectos benéficos que para la convivencia destilan las repúblicas unitarias; éstas, por ejemplo, coartan los “eventuales intentos de la tiranía” por apoderarse de la sociedad subdividiendo el poder al que renuncia el pueblo en “diversos órganos separados y distintos”, y los abusos probables de una parte sobre otra de la misma sociedad multiplicando sin tregua los intereses y las categorías de ciudadanos, hasta impedir la formación de una mayoría facciosa en grado de atentar contra los intereses de una minoría. La república federal, por su parte –tal es el caso de la Unión-, cumple con las exigencias del poder multiplicando por dos la subdivisión de los poderes, ya que añade un gobierno central común a los respectivos gobiernos particulares, y tan dividido internamente como éstos; es decir, duplica las garantías de libertad de la sociedad frente al gobierno. Y cumple con las exigencias de libertad no sólo añadiendo cantidad a la cantidad –la derivada de juntar la población de trece Estados en uno-, sino sumando la calidad que deriva de dicha adición –hay más intereses en juego, etc.- a la otra calidad inherente al sistema, a saber: la de la selección en la elección de representantes, pues los que acceden a los órganos de la Unión sobresalen de los demás por sus facultades intelectuales y morales, así como por su mayor cualificación profesional 47 . Impidiendo la formación de mayorías facciosas y ampliando el número de filtros por los que un individuo llega a estar por otros, la federación fortalece las garantías de libertad de una parte de la sociedad respecto de otra 48 . Hasta el presente hemos subsumido idealmente el conjunto de fines supremos de que se dota el ordenamiento republicano en el mayor de todos, el de libertad. Semejante simplificación, deliberadamente adoptada, la creímos justificada porque, tradicionalmente, la libertad ha sido el príncipe normativo del republicanismo, así como el valor donde por excelencia encarna la dignidad humana, pues de todos los fines elencados es el único que no puede coexistir materialmente con su contrario, la proteica tiranía, mientras que paz, seguridad y prosperidad sí pueden hacerlo en mayor o menor grado, y por 47 Esa al menos es la creencia profesada por Madison; cf. nº. 51 y nº 10. Cf. también nº 3. 48 Con razón dice Raynaud que ni el reconocimiento positivo de las facciones ni la defensa de los intereses impide que se haya de considerar la Constitución americana como la constitución de la libertad; en ello, por lo demás, pormenoriza una originalidad que se manifestaba en el hecho de haber sido capaz de disociar el equilibrio de poderes de las divisiones orgánicas características del régimen mixto, tal y como pueden verse en un Giannotti (véase su contribución, L’idée republicaine et The Federalist, al volumen dirigido por Furet y Ozouf sobre la idea de república en la Europa moderna, Gallimard, Paris, 1993, Parte I, cap. 2).
390 • v. 35.2, jul./dez. 2015 mayor o menor tiempo, con ella. Igualmente, representamos el mundo de los fines en el de libertad porque, como apuntáramos al principio, los autores de El Federalista en algún caso transforman en sinónimos el orden de la seguridad y el orden de la libertad (aunque ellos subsumen paz y libertad en la seguridad) 49 ; y, sobre todo, porque mientras la libertad echó raíces desde el principio en suelo americano y nunca fue desarraigada, seguridad, paz y prosperidad han vivido momentos convulsos siguiendo el ritmo de las circunstancias, las últimas de las cuales, la guerra de Independencia y las vicisitudes sufridas por la Confederación, las han expulsado desde el terreno de los hechos al de los ideales 50 . Pero ha llegado el momento de corregir parcialmente el ángulo de visión. En efecto, el poder reclama la federación para realizar los demás valores citados, que completaban, junto a la libertad, el telos normativo republicano, no porque sean contradictorios o porque no quepa integrarlos entre sí, sino porque su realización, singular o conjunta, respira con dificultad en el interior de la trama socio-institucional de una república unitaria 51 . A decir verdad, en materia de seguridad, El Federalista no habla con una sola voz; la exposición de la doble vertiente, interna y externa, de la seguridad se la reparten respectivamente Hamilton y Jay, y aunque las posiciones comunes abundan, las divergentes no les van a la zaga. El análisis de la naturaleza humana y de sus consecuencias sobre la socialidad interestatal, pese al mayor énfasis puesto por aquél en las virtudes de la maldad, constituye el mayor espacio común construido por las respectivas doctrinas en el ámbito internacional. Pero en el diagnóstico de las causas de los conflictos interestatales, y más especialmente en las soluciones ideadas para conjurarlos, las diferencias adquieren relieve sobre el fondo plano de las concomitancias. Hamilton, quien, como dijimos, debate acerca del futuro de las relaciones de los trece Estados soberanos o de las varias confederaciones a que podrían dar lugar, es decir, de los peligros que les amenazan de no reunirse en uno solo, no duda en afirmar que en una símil situación de independencia las pías intenciones de pacífica coexistencia acabarían saltando por los aires sin mucha dilación. En efecto, las disputas por el territorio, eternas como la historia y que en el Nuevo Mundo, con sus espacios ilimitados por desconocidos y el deseo ferviente de explorarlos, se prestan como en pocas partes a degenerar en conflictos tras cada proyecto de expansión, sin contar la permanente espada de Damocles que pende sobre las cabezas de los Estados pequeños de verse anexionados por los gran49 No. 9. 50 Cf. uno de los lapidarios resúmenes de las actuales circunstancias por las que, al decir de Hamilton, pasan las repúblicas norteamericanas en el nº 6. 51 En principio, la coexistencia entre todos ellos no entra en el terreno de lo problemático, pero Hamilton no deja lugar a la duda cuando afirma que de fallar la seguridad, y fallaría si se deshace la Unión, también la libertad acabaría por faltar a su cita con la política republicana (nº 8).
Revista do Programa de Pós-Graduação em Direito da UFC • 391 des. Una tentación ésa en la que les sería fácil sucumbir por su inmediata asociación con el aumento de su seguridad. De igual modo, la competencia comercial en absoluto posee según Hamilton las propiedades taumatúrgicas descubiertas por Adam Smith, quien ve en su extensión la mayor garantía de paz para el mundo, la sustitución de la política por la economía también en el ámbito internacional 52 ; más bien descubriríamos ahí no sólo otra puerta abierta a la guerra en las relaciones entre las repúblicas, sino así mismo un nuevo envite, ofrecido en otro escenario, para que el pez grande devore al chico. Las tensiones inherentes a la cuestión de la deuda pública, o las generables por determinadas alianzas políticas, no harían sino arrojar leña al fuego de los conflictos, hasta hacerlos estallar en una guerra segura en cuyas llamas no sólo ardería su libertad sino incluso su misma existencia. Antes de llegar a ese punto de no retorno al que habría conducido la debilidad en la que se hallarían los trece Estados por no constituirse en uno, o por agruparse sólo en varios, aquéllos pasarían por varias guerras antes de la última, o antes de la servidumbre, y por algunas de las consecuencias de éstas cuando son civiles, como la mayor crueldad, una más amplia destrucción de bienes y personas, la renuncia a la libertad en aras de la seguridad, el empobrecimiento de la población y la paulatina militarización de la paz hasta que de ella sólo quedara su recuerdo y el sometimiento del poder civil al poder militar. Hamilton basaba su argumentación, desenvuelta con apasionada contundencia, en la fe que la experiencia aporta al conocimiento, y la conducía con la esperanza de “hacer tesoro” de sus enseñanzas pero “sin pagar el precio”. De ese manantial de verdades los amigos de la paz y de la concordia debían quedarse al menos con dos: que la naturaleza humana gusta regalarse con la sed de poder o de preeminencia, siendo la hostilidad la criatura que mejor se adapta a ese suelo; y que, como tal, la naturaleza humana no entiende de regímenes políticos, por lo que actuando en una república o en una monarquía los efectos son los mismos: y, de hecho, historia dixit, los hábitos de la primera han sido tan belicosos, y sus efectos tan belicistas, como los de la segunda 53 . Lógicamente, esa naturaleza humana tampoco entiende de países, y lo que hizo en otras partes del viejo mundo lo repetirá, en idénticas circunstancias, en el nuevo: el destino de hambre, miseria, esclavitud y guerra, que 52 Destino ése que también le preparaba en el ámbito nacional, pero para el que se reveló finalmente insuficiente, como se aprecia en las tareas que asigna al Estado –justicia, defensa, obras públicas-, blasón de su necesidad para el orden social (Investigación sobre la riqueza y causas de la riqueza de las naciones, FCE, México, 1979); sus ideas sobre los beneficios del comercio para la sociedad internacional fueron en cierta medida anticipadas por Montesquieu y Hume (cf. Rosanvallon, Le Libéralisme économique, Paris Editions du Seuil, 1989, cap. 3, y Pocock, op. cit., XV4). Añadamos que el beneficio comercial también para las parte adversaria –los españolesserá uno de los argumentos esgrimidos por Jefferson en su reclamación del derecho a navegar por el Mississipí (1792) [cf. el Documento..., op. cit., pág. 327]. 53 EF, Nos. 5-8.
392 • v. 35.2, jul./dez. 2015 tanto imperio ejerció y ejerce en Europa, será igualmente el suyo si las voluntades de los trece no acaban sumando uno. Para Jay, ese mismo destino cambiará poco si en vez de contemplar el horizonte intrarrepublicano divisamos el de sus relaciones con el mundo exterior. Divididas en unidades soberanas, la violación de los tratados, el uso de la fuerza o los intereses económicos representan otros tantos polvorines a los que la mecha de la naturaleza humana, invariablemente prendida por sus pasiones, sus intereses o su desconocimiento, terminará haciendo estallar. Como para Hamilton, la unión es para Jay el único remedio posible a esa situación. Un “único buen gobierno” constituye la sola salida viable al enigma de la existencia, cuyo drama empieza en su propia constitución y del que la federación repúblicas es el modo no sólo de evitar que el drama termine en tragedia, sino –merced a la capacidad que tiene el hombre de conseguir la paz en sociedad transformando la fuerza en derechode procurarle un final feliz, es decir, en consonancia con las aspiraciones de la sociedad a la libertad, la paz, etc., y las personales a la dignidad y la felicidad. Constituida la federación, aduce Jay, el automatismo de su existencia reduce a una las diversas interpretaciones de los tratados que proliferan donde abundan las voces y los intereses, y extingue el mal uso de la fuerza al tiempo que menoscaba los motivos de discordia esparcidos por la economía en el mundo interestatal por la vía del comercio; el mal del mundo internacional queda así sensiblemente disminuido en su potencial, al menos el que puede ejercer contra los nuevos Estados unidos. Guiado por los mejores hombres de la sociedad, el gobierno federal cifra en sus capacidades la garantía de la obtención y el mantenimiento de la paz 54 . Así pues, en el punto común de la Federación confluyen los esfuerzos de Hamilton y Jay por construir un futuro para la seguridad (el mismo, recuérdese, que compartirá la libertad). Con todo, hablábamos de diferencias entre ambos y es aquí donde se hacen notar con mayor vigor. Porque en dicha solución única, lo que aquél tiene in mente es el orden republicano, cuya división de poderes, bicameralismo, representación, etc., completa con la federación. Mientras éste, según hemos visto, fía el remedio más que al propio orden republicano a la certeza de que serán los “hombres mejores” 55 quienes estén al frente del mismo, es decir, más a las personas que a las instituciones sensu 54 Nos. 3-5. Añadamos que el gran poder que materialmente es la federación no sólo disuade potencialmente a las potencias extranjeras de perpetrar un ataque contra ella, o al menos le hace pensárselo dos veces, sino que le garantiza ese derecho a la neutralidad del que se vale para aplicar la política económica agente de su prosperidad (Nos. 11-13). 55 Nº 3.
Revista do Programa de Pós-Graduação em Direito da UFC • 393 stricto. Diferencia ésa que está en el origen de otras más; si en Hamilton la solución democrática al problema de la seguridad está clara 56 , aunque sus efectos se limiten al campo de acción de las relaciones de las repúblicas norteamericanas entre sí, en Jay el referente democrático es sólo un supuesto, es decir, algo dado, pero que deja sin demostrar 57 . Su argumentación resulta más probatoria cuando vincula seguridad y federación, pero no lo es tanto a la hora de fijar el nexo democrático que debiera unir ambos conceptos. De hecho, concentrar en la figura del monarca absoluto los defectos de la naturaleza humana que impulsan a su titular hacia la guerra es reproducir con idéntico simplismo un viejo argumento esgrimido por Locke, pero que, como hemos visto, ha sido categóricamente rechazado por Hamilton basándose en el oráculo de la experiencia; y los otros héroes de su argumentación, aunque más consistentes, tampoco dejan sentir ninguna predilección específica por la democracia. La unidad de interpretación de los tratados, por ejemplo, que dará firmeza y coherencia a la conducta gubernamental frente al guirigay de opiniones fue una de las opciones en las que Hobbes cimentó técnicamente la superioridad del poder monárquico frente al asambleario (que haría en cualquier caso las delicias de cualquier tirano), y “la sabiduría y prudencia” que adornan a sus gobernantes preferidos, los “hombres mejores” de un “único buen gobierno”, no son sino las calidades que adornan al soberano lockiano, vale decir, al titular del ejecutivo que ejerce funciones jurisdiccionales facultado por el poder extralegal de la prerrogativa 58 . En ningún caso, ni en Hamilton ni en Jay, tenemos una respuesta claramente democrática al problema de la seguridad, pues el orden republicano invocado por aquél detiene sus efectos en el interior de la federación norteamericana, pero no puede dar respuesta clara a la cuestión de la seguridad –la pazen el entero ámbito internacional, pues bajo los presupuestos de ambos no hay respuesta completa a la cuestión de qué permite a 56 Desde luego, de ser cierto el duro juicio de Jefferson sobre Hamilton, al acusarle de ser “partidario de un rey hereditario, con una Cámara de los Lores y una Cámara de los Comunes corrompidas a voluntad e interpuestas entre el pueblo y él” (Anotaciones, en op. cit., pág. 132) sería menester considerarlo como la reedición del dios Jano. 57 Sin duda resulta honesto y, desde luego, legítimo construir un pensamiento sin explicitar los supuestos, pues como diría Hartz “sólo cuando se da por supuesta la ética, todos los problemas surgen como problemas de técnica” (op. cit., ibidem); con todo, resulta desaconsejable, porque es fácil topar con quien defendiendo ideas análogas no los tiene iguales, o con quien sí los tiene pero extrae de ellos consecuencias diferentes (el reproche de Jefferson a Hamilton de creer salvaguardados los derechos individuales por la Constitución aun sin incluir en ella ninguna declaración, y la defensa de éste, que los consideraba preservados en su condición de constitutivos de la naturaleza humana y por la técnica constitucional, dan cumplida cuenta de cuanto decimos. Sin duda, los norteamericanos, empezando por el propio Hamilton, habrían acabado perdiendo de no haberse incluido las 10 primeras Enmiendas apenas dos años después de ratificada la Constitución). 58 Nos. 3 y 4. Cf. Locke, Segundo tratado sobre el Gobierno Civil, Madrid, Alianza Editorial, 1994, cap. XIV.
394 • v. 35.2, jul./dez. 2015 un pueblo –incluído el democráticamente constituidooponer sus ideales, intereses y hasta ciertas pasiones, máxime si constituye de suyo una potencia, a las otras pasiones dominantes que arrastran a las sociedades a la dominación de otras. La cuestión, por lo demás, no tiene respuesta válida dentro de ese esquema intelectual, en el que la naturaleza humana provocará ineluctablemente la guerra entre los Estados y la única respuesta legal en grado de controlarla se limita a la constitución de federaciones republicanas, un modelo ciertamente exportable a otras regiones, pero sin fuerza suficiente para reunir, como quiso Kant, al conjunto de los Estados del mundo bajo el palio del Derecho. Esta ausencia la saldaron ambos amigos de la paz con la apuesta por el máximo aislamiento internacional amparándose en el escudo que ofrecía la geografía, en el caso de Hamilton 59 , y con la buena fe, traducida en una buena gestión, en el caso de Jay: la incauta buena fe del que cree que para no guerrear es suficiente con que uno no desee hacerlo. La federación, en definitiva, constituía para los americanos el futuro donde hallarían cobijo los ideales de seguridad, interna y externa, y prosperidad, así como la confirmación de que el de libertad, tan asociado al primero, no habría de exiliarse de su suelo. Ahora bien, ¿de dónde sacaría aquélla la energía suficiente para no defraudar ese semillero de esperanzas?, ¿cuáles eran sus recursos para tan loable cometido? O, si se prefiere, ¿de qué poder disponía la federación al objeto de satisfacer sus objetivos?, ¿qué la hace fuerte? Nos las vemos aquí con el principio de eficacia, es decir, con la garantía técnica de la libertad. De lo que se trata es de reunir en las mismas manos los fines y sus medios, es decir, de dotar de autonomía al poder federal. ¿Cuál fue la solución ideada a tan conspicuo problema –la fuerza, puesta al servicio de la libertadpor el constituyente americano y defendida por los autores de El Federalista? Aquélla se articuló en dos tiempos: por un lado, la fijación de los objetivos; por el otro, la determinación de la “cantidad de poder” necesaria al respecto. El primer aspecto se resolvió reservando para la federación todas las competencias en materia de defensa –diplomacia y guerra-, comercio, finanzas y paz pública. Las demás competencias recaerían, de manera igualmente exclusiva, en los gobiernos locales 60 . El segundo aspecto no fue, en el sentir de Publius, sino la lógica consecuencia del primero, y constituye una verdad simple y universal resumible en el siguiente axioma: “los medios deben ser proporcionados al fin” 61 ; lo cual, añadamos, comprende la plena titularidad legislativa 59 Nº 8. 60 Cf. Nos. 17, 23 et al. 61 Y prosigue: “... aquéllos a quienes se les pide la obtención de un fin cualquiera deben poseer los medios para hacerlo” (nº. 23).
Revista do Programa de Pós-Graduação em Direito da UFC • 395 sobre los procedimientos tendentes a facilitar la ejecución de los fines señalados. Tan estricta delimitación competencial se hallaba presidida, en efecto, por dos supuestos, el de la supremacía del gobierno federal sobre el otro sujeto de la relación -esto es, los gobiernos periféricosen los citados ámbitos, y el de la convicción de su eficacia, avalada históricamente por el ejemplo de Roma, en el que la exclusividad de las competencias no supuso mayor obstáculo para la cooperación de los poderes ni para el logro de su celebrada grandeza. Al objeto de realizar los fines que la esperanza americana pone en ella, la federación debe legislar sin interferencias acerca de los medios al respecto; sus leyes, de las que es dueño de su contenido y juez de su número, serán así supremas, vinculantes para el conjunto de los ciudadanos, sin que ningún Estado posea la facultad de emitir normas contrarias en grado de derogar la vigencia de aquéllas en su territorio; su soberanía en el mismo, aunque plena, es relativa a su ámbito, y si en éste el poder de la federación es nulo, en el de ella es nulo el suyo. La supremacía política del poder federal, con todo, sólo se ejerce mediante leyes que toman “por base la Constitución” 62 , por lo que cualquier decisión central lesiva de intereses particulares, así como las que pudieren afectar a normas estatales ajenas a su poder, entraría de lleno en el capítulo que la tiranía también gustaría de escribir en la política americana, y contra lo cual la Constitución dota a los ciudadanos con el derecho de resistencia 63 . Por lo demás, la división competencial no sólo garantizaba al pueblo americano la realización de los fines perseguidos, sino que por lo mismo representaba para los Estados el reconocimiento de su autonomía en el interior de la federación; su soberanía quedaba intacta en lo relativo a “la vida, la libertad y la propiedad de los ciudadanos”, y su participación en el funcionamiento de la federación – la elección del ejecutivo era un ejemplo entonces válidorevalidaba la necesidad de su poder para la existencia de la misma, en tanto lo contrario no tenía lugar. Los Estados, por el espacio que ocupan en la vida del ciudadano, y por las parcelas que rigen de su actividad, continuarán manteniendo en su pecho un lugar más cercano al corazón de éste que la federación, que sólo reglamenta “intereses más generales” 64 . El fortalecimiento de la federación pasaba por determinar sus objetivos específicos, mas no se detenía ahí. Si aspiraba a ser algo más que un solemne brindis al sol necesitaba igualmente procurarse los medios al respecto. El problema, pues, es ahora el de saber cuánto poder necesita detentar el gobierno federal para cumplir el mandato popular en lo concerniente a su defensa, al comercio, a la guerra y a su seguridad. Nos cerniremos en nuestra exposición al primer punto, y la cuestión es la siguiente: puesto que la regla a la que ha de atenerse el poder es su adecuación al fin, ¿cuánto poder deberá reclamar la 62 Nº 33. 63 Nos. 33 y 28. 64 Nº 17.
396 • v. 35.2, jul./dez. 2015 federación en aras de la defensa de sus ciudadanos? La respuesta es contundente: ilimitado. Ahora bien, ¿qué justifica una exigencia semejante, en la que el pueblo parece hablar con la voz del tirano y la democracia defenderse incluso con el amoral secretismo de la razón de Estado? La exigencia, además, continúa su curso, por cuanto la contundencia del contenido se traslada también a la forma de reclamarlo: se trata de otra verdad elemental, que ni las leyes pueden prohibir 65 ni la razón ocultar, y cuya violación no sólo rompería el delicado y necesario equilibrio político entre “gobierno fuerte y derechos individuales” 66 , sino que privaría al órgano de la posibilidad de realizar la función para la que ha sido creado. De otro modo, ¿por qué, en materia de defensa, un gobierno es fuerte sólo si posee un poder ilimitado? La defensa se centra básicamente en dos tipos de objetos: la puesta en acto de una fuerza organizada y el poder de hacerlo, lo que se concreta en poder formar un ejército y en los poderes anexos, sin los cuales sería un mero ignis fatuus, en especial el poder de tasación: un gobierno debe poder tasar para formar un ejército: y que tal poder sea ilimitado es el medio de cubrir tal necesidad. Adecuando el principio que rige la concesión de poder a este contexto diríamos que únicamente en tal forma ambos medios, ejército y tasación, se adecuarían a su objeto: la seguridad de la federación frente a cualquier amenaza exterior o interior. La sencillez cartesiana de semejante verdad convierte en una misma operación la explicación y la justificación de la misma; aunque ya el fracaso de la reciente experiencia de la Convención sería suficiente para enviar al limbo todo proyecto que cifre la defensa de una federación en la buena fe o el supuesto interés más propio de sus miembros 67 , existen otros elementos mediante los que avalar positivamente la reivindicación de un poder ilimitado en dicha materia. El primero de ellos es que cuando está en juego la supervivencia de nada valen los subterfugios legales con los que se pretendiera proveer a la defensa; otro es el cambio constante de las circunstancias y el anonimato de la dirección emprendida, lo que envuelve en una nube de incertidumbre el futuro de la vida humana, frente a la cual una cierta prevención es siempre más que aconsejable; otro provendría de la fuerza enemiga, que podía refugiarse en la misma nube al objeto de descargar toda su furia sobre la federación a fin de impedirle, en la economía como en la política, llegar a ser lo que puede ser, y que obliga a ésta a tener preparada otra fuerza de defensa en grado de repeler la posible ofensa; finalmente -por poner límite a este recuento, no porque no hayan más-, porque la política republicana debe hacer uso de aquel instrumento tan ensalzado desde antiguo como una de las 65 Sería vano -¿quién puede ponerle puertas al campo de la supervivencia?-, y algo peor, esgrime Madison: un error imperdonable e irreparable: ¿qué defensa cabe oponer a un peligro ya consumado? (Nº 41). 66 Nº. 26. 67 Nº 23.
Revista do Programa de Pós-Graduação em Direito da UFC • 397 máximas virtudes del gobernante, la prudencia, entre cuyos mecanismos se halla el de tener la mirada puesta constantemente en el horizonte además de en el presente; lo que en este campo significa tanto intentar prever las diversas combinaciones adoptables por las potencias extranjeras en el escenario internacional, cuanto organizar una fuerza en grado de oponerse a la omnímoda del azar 68 . Todos esos caminos convergen en un mismo punto: la necesidad de un ejército regular 69 : incluso en tiempos de paz. He ahí uno de los vértices en los que se concreta el ejercicio del poder ilimitado para la defensa. Empero, la naturaleza cartesiana de semejante verdad política no se impone con el automatismo de las proposiciones claras y evidentes ni al sentido común ni a las mentes forjadas en una cultura política pretérita, por dominante que aún pueda ser, y curtidas en sus prejuicios, por no hablar de quienes deliberadamente velan sus intenciones en discursos inapropiados. Hamilton y Madison, plenamente conscientes del fenómeno, dejan para otro tiempo más maduro la proclamación de la autoevidencia de la verdad y se aprestan a arroparla con varios argumentos a fin de hacerla más accesible a los hombres de su época. Objetivo primario al respecto es cancelar de la razón política el nexo entre poder ilimitado y monarquía absoluta (la inglesa, que como la mayoría de las europeas adolecía del rasgo más autoritario de todos, al decir de Rousseau: su carácter hereditario). Con idéntica pasión a como antaño hablara de la maldad del hombre o de la natural psicología invasora de los poderes, contra lo que invitaba a la libertad a precaverse con el escudo republicano, federación incluída, Publius habla hogaño de la bondad que supone para todo “pueblo libre” ceder el ejercicio de su poder, o de la gran “sabiduría” del pueblo americano para evitar la anarquía, que se traducirá en otorgar a sus representantes, en aras de su seguridad, el poder ilimitado requerido. Delegar el poder, añade Publius, significa de hecho confiar en otro, y en las repúblicas contemporáneas es la propia libertad quien establece la necesidad de delegarlo 70 ; no ignora con ello el riesgo del abuso, pero prefiere afrontarlo a dejarse sumir en la impotencia o vencer por la anarquía. Pero no es únicamente en el 68 Nos. 23, 25, 34 y 41. 69 Que en la federación americana no significa la derrota definitiva de la milicia popular, de hecho aún reconocida por la Constitución (Art. II, secc. 2ª), pero sí de su inviabilidad para una misión de tanta envergadura como es la defensa. 70 A decir verdad, y como bien sostiene Pettit (op. cit., pág. 47), la participación directa en el gobierno dista de ser una exigencia histórica del republicanismo. La historia romana contada por Tito Livio es elocuente a este propósito, pero incluso Salustio, que había denunciado la apatía del pueblo romano y culpado de la ascensión de Sila, instándole a luchar por recuperar la república, reconoce igualmente que aquél, ni siquiera cuando quiere libertad, está con ello exigiendo siempre participación (cf. Historias, I-55). Pocock, para quien la escisión entre titularidad y ejercicio del poder significaba el “final de la teoría política clásica” y, en parte, el paso del republicanismo al liberalismo, había remarcado en cambio, de manera errónea, que fue precisamente durante ese trayecto cuando el pueblo perdió la virtud y, con la virtud, el derecho a gobernar sancionado por el republicanismo (op. cit., XV-2).