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Inventarios de documentación del concejo de Alcalá de Guadaíra: 1495-1533

Carmona Ruiz, María Antonia

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TEMAS DE ALCALÁ Inventarios de documentación del concejo de Alcalá de Guadaíra. 1495-1533 M. a Antonia CARMONA RUIZ Universidad de Sevilla INTRODUCCIÓN Una de las principales dificultades existentes para reconstruir la historia medieval de Alcalá de Guadafra es la falta de documentación, debido, principalmente, a la pérdida de los fondos del Archivo Municipal. Afortunadamente, en numerosas ocasiones, las investigaciones en otros archivos pueden llevarnos al rescate del contenido de algunos de estos preciosos documentos. Creemos que el manuscrito que en esta ocasión transcribimos es de gran importancia, tanto por el tipo documental como por su contenido. Asf, nos encontramos ante dos «inventarios» de los documentos que el concejo de Alcalá poseía, explicándonos en algunas ocasiones su contenido. Desgraciadamente, no se nos han conservado estos registros, pero existe una copia de los mismos inserta en un pleito de términos que se produjo entre los concejos de Alcalá de Guadafra y Mairena y que actualmente se encuentra en el Archivo de la Real Chancillería de Granada1• Aunque este proceso está incompleto, sin embargo se han conservado algunas de las pruebas documentales que se presentaron. En este sentido, el concejo de Mairena obtuvo una autorización real para realizar traslados de todos Qafat Cfiá6 ir 14 los documentos que se guardaban en el «arca» de Alcalá de Guadafra y que hicieran referencia a los asuntos tratados en dicho pleito. Las sospechas que Mairena tenía de que el concejo alcalareño había ocultado algunos documentos importantes para el proceso les llevó a realizar también unas copias de los inventarios de los documentos que se depositaban en el arca del concejo, que son las que presentamos aquí. El primero de estos dos documentos es la copia de un libro con dos partes perfectamente diferenciadas. Así, la primera es un inventario de toda la documentación que el concejo alcalareño tenía el 23 de julio de 1495 y que se entregaron para su custodia al alcalde Bartolomé Fernández de Consuegra. Esta relación describe muy sucintamente un total de 130 documentos de carácter real y concejil. La segunda parte de este texto se trata de un registro de los documentos que el concejo de Alcalá recibió a partir de dicha fecha y que fueron entregados al alcalde y posteriormente al escribano del concejo encargado de la custodia de los mismos. Así mismo se registra la salida de algunos de estos documentos, así como su posterior devolución. El último registro de documentación se realizó el 14 de agosto de 1533. Posiblemente con posterioridad a esta fecha 1( e:v ista áe :Humattiáaáes TEMAS DE ALCALÁ se siguieron haciendo registros en el libro original. El segundo texto que transcribimos es un nuevo inventario real izado por el concejo de Alcalá en 1506, titulado: Libro de los priuilegios y escrituras de Alcalá de Guadayra. En esta ocasión la relación sólo recoge 90 documentos, hecho que nos lleva a suponer la pérdida de una parte importante de los fondos. Para atajar este mal, y como se indica en este libro, es en esta fecha cuando se realiza un arca con tres llaves en la que se guardaron todos estos documentos. Un alcalde, un jurado y el escribano del concejo eran los que guardaban cada una de estas llaves, con lo cual el arca tan sólo podfa ser abierta con la conjunción de estos tres personajes. A continuación de dicha relación se registran algunos documentos hasta 1531, fecha en que posiblemente se abandonó este registro paralelo para continuar con el que se habfa empezado en 1495. ************** DOCUMENTO 1 Jueves, veinte e tres de jullio de noventa e 9inco años. En este día, estando ayuntados en la casa de cabildo desta villa Bartolomé de Consuegra e Juan Martínez Delgado, alcaldes, e Juan Sánchez Navarro, alguazil e Antón Martínez Bermejo, e Martín Femández Vasco e Juan Martínes Abad e Diego Delgado e Juan Martínez de Dos Hermanas, regidores, e Gar9ía Fernández Fermoso, jurado, en presen9ia de mí, Silvestre de Montemayor, escriuano público e del con9ejo desta dicha villa dixeron que por quanto los previllejos y escripturas que este con9ejo tiene no se perdiesen y de!los se hiziese vesita9ión cada vn año que acordaban e mandaban que se pusiesen en poder de vno de los alcaldes de cada vn año (8r) para que los tuviesen e diesen cuenta dellos en fin de cada vn año. Y sobrello aver mucho platicado, finalmente acordaron e mandaron que este presente año los tenga Bartolomé Femández de Consuegra, alcalde, el qua] siendo presente se obligó de los tener e dar cuenta dellos al dicho con9ejo, pagar por los que dellos faltasen todos los daños que al pueblo viniesen por su falta e más 9inco mili maravedís para los reparos de las obras desta villa por los previllejos e por las otras cartas los daños que se re9ibieren. l. Primeramente, se dio e entregó vn previllejo rodado escrito en pergamino e sellado con sello de plomo pendiente del reí don Fernando. II. Otro previllejo del rei don Alfonso de los heredamientos, escrito en pargamino e sellado con sello de plomo pendiente. Qafat Cfzá6ir 15 (8v) III. Otro previllejo pequeño del reí don Alonso sobre los heredamientos e la torre de Abad, escrito en pargamino y sellado pendiente. IV. Yten, otro previllejo del rei don Alonso del año de mili e trezientos e setenta e tres de pargamino con sello de plomo2• V. Yten, vna carta de Sevilla sobre las monedas, escripta en pargamino e sellada con su sello. VI. Yten, vna carta de la 9ibdad sobre las Marismas para que las puedan pa9er, escripta en pargamino e sellada con su sello. VII. Yten, la carta de la dehesa del con9ejo escripta en pargamino. VIII. Yten, vna carta de la <;ibdad, escripta en pargamino sobre las franquezas que tiene esta villa del almoxarifazgo e sellada con su sello. IX . Yten, otra carta escripta en pargamino sobre las Marismas. X. Yten, otra carta escripta en pargamino de la <;ibdad sobre la franquezas desta villa sobre el almoxarifazgo. XI . Y ten, otra carta de la <;ibdad escrita en pargamino e sellada con su sello sobre que los alcaldes de la tierra no entren en esta villa, XII. Yten, otra carta de la dicha 9ibdad escripta en pargamino sobre la entrada del vino. XIII. Yten, otro previllejo de la dicha 9ibdad escrpto en pargamino e sellada con su sello sobre el meter de los vinos en la dicha <;ibdad. XIII!. Yten, otra carta de la dicha 9ibdad escripta en pargamino sellada con su sello sobre el entrada del vino en la dicha <;ibdad. 2(1Wista áe !J{umanüfaáes TEMAS DE ALCALÁ (9v) XV. Yten, otra sobre carta de la dicha <;ibdad , escripta en pargamino e sellada con su sello sobre el entrada del vino en esta villa. XVI. Yten, otra carta de la <;ibdad escripta en pargamino e sellada con su sello snbre que los vezinos de aquí no vayan enplazados a Sevilla de primera ynstan<;ia. XVII. Yten, vn previllejo del rey don Alonso el primero escrito en pargamino e sellado con su sello sobre los XXVI. Yten, vn treslado de vna albalá del rey don Enrrique de co nfirma<; ió n de los previllejos, abtorizado de Diego Al onso escriuano público desta villa, escripta en papel. XXVII. Yten, vna confirma <;ión del rey don Juan sobre los previllejos. XXVIII. Yten, vn traslado de vna carta de Sevilla sobre los roderos e portalgueros. abtorizada escripta en papel. XXIX. Yten, vna sobrecarta de la <;ibdad sobre las Yslas e Frogmenlo del im·enlario de la docwnenlación conlenida en un lUca del concejo de Alcalá de Gum/airlL Archivo de la Real Chancillt>tia de Granada. Sala 508. legajo 1.555. pieza 20. Aunque el proceso judicial hab(a comenzado anterionnenle. es llevado a L.1 Audienc ia de Granada en I 534. obladores. XVIII. Y ten, otra carta de Sevilla escripta en pargamino e sellada con su sello sobre las Yslas e Marismas. XIX. Yten, otra carta de mer<;ed de la dicha ~ - ibdad escripta en pargamino e sellada con su sello sobre las dichas Yslas e Marismas. XX. Yten, otra carta sobre la entrada del vino en Sevilla de la dicha ~ibdad escrita en pargamino y sellada con su sello. (lOr) XXI. Vna senten~ia en pargamino sobre Guadayrilla. XXII. Yten, otra carta en pargamino sobre la Torre del Abad. XXIII. Yten, otra carta en pargamino sobre la dicha Torre del Abad. XXIIII. Yten, otra senten~ia en pargamino sobre la Fuente de Marhalfajeme. XXV. Yten, vn treslado de vna carta del rey don Enrrique, escrita en papel e abtorizada del dotor Luis Sánchez. Qaíat Cfzá6 ir 16 Marismas. (lOr) XXX. Yten, vna carta del rey don Enrrique escrita en papel sobre las escribanías. XXXI . Y ten, vna carta del rey sobre el repartimiento de los veinte mili maravedís para los pleytos de Gandul. XXXII. Vn treslado de vna carta del rey sobre el promotor fiscal. XXXIII. Otra carta del rey sobre las escribanías desta dicha villa XXXIIII. V na carta del reí don Enrrique de llamamiento de ¡;iertos honbn:s desta villa. XXXV. V na carta del rey sobre las juraderías. XXXVI. Vna carta del rey contra el procurador fiscal. XXXVII. Otra carta del rey sobre las juraderías. XXXVIII. Vn mandamiento del duque de Cáliz sobre las monedas fareras. [XXXIX]. Vn testimonio contra el alcalde de la justi<;ia sobre los debates de Juan de Esquivel3. 1(evista áe :Humanüfatfes TEMAS DE ALCALÁ XL. V na fee de vna apela<rión de vn escriuano de Carmona sobre vna apelayión que apelaron del pleito de Alonso de Velasco. ( 11 r) XLI. V na carta de los executores sobre el meter del vino en esta villa. XLII. Otr a carta escrita en papel del rey e de la reyna, nuestros señores para que no se dé lleva ni ropa a la fortaleza desta villa. XLIII. Otra carta de los fieles executores que no metan vino en esta villa. XLilll. Otra carta del reí don Enrrique de comisión de Gómez Méndez de Sotomayor. XL V. Vn tres lado de vna carta del rey para repartir tres mili maravedís sobre el pleito de Alonso de Velasco. XL VI. V na carta del rey sobre el _pleito de Marchenilla y Gandul escripta en papel. XLVII. Vna carta del rey sobre las alcabalas contra la comisión del asistente. L. Tres cartas de Sevilla sobre las monedas fareras, que no paguen las dichas monedas los caballeros ni sus mugeres. ( 11 v) LI . Otr a carta del rey para enplazar los familiares. LII. Otr a carta para los diezmeros que no demanden lo que no devan. LVI. Yten, quatro cartas del rey sobre los francos de la casa de la moneda. LVII. Otr a carta del rey de seguro contra Alonso de Velasco. LVII l. Otra carta del rey don Enrrique sobre el pleito de Gandul y Marchenilla. LIX. Otra carta de Sevilla para el velar del castillo. LX. Vna albalá de pago del recabdador del pedido e monedas. LXI. V na carta de Sevilla que los alguaziles de Sevilla non fagan repre sarías en los vezinos, salvo en los jurados. LXII . Mandamiento del rey don Enrrique para los <rinco mili maravedís del bachiller de la Plazuela. LXIII. Vna carta del rey don Enrrique sobre el pleyto de Alonso de Velasco. (1'2r) LXIII l. Carta de Sevilla para los alguaziles de Sevilla sobre que no lleven salario de sus venidas. LXV. Carta de Se villa para tomar quenta a los mayordomos. LXVI. Carta de mandamiento de los veedores de los términos. LXVII . C arta de Sevilla sobre los ofi<rios de las alcaldías e alguazilazgos e mayordomos. LXVIII. Otra carta que entren los escriuanos en el cabildo desta villa. LXIX. Otr a carta de hordenan<ras de entre Morón e Alcalá. LXX. Otr a carta del rey don Enrrique contra Martín Fernández Pastor y Juan Alonso de Mayrena que pechen o contribuyan. LXXI. Vn testimonio de como los frailes no quisieron a<rebtar el repartimiento. LXXII. Otras condi<riones de entre Morón y Alcalá. LXXIII. Carta de Sevilla sobre el diezmo del azeite. ( 12v) LXX!lll. Carta de Sevilla sobre el def endimiento de los términos de entre Mor ón y El Arafal. LXXV. Carta de l rey contra los fidalgos que deben pechar. Qafat Cfiá6ir 17 LXXVI. Carta de Sevilla contra los alguaziles de la Canpiña. LXXVII. Otra carta de Sevilla contra el alguazil de la Can piña. LXXVIII. Treslado de vna carta de Sevilla que dio contr a Pero Fernández e Manuel Cataño que no puedan oyr los alcaldes de la Sierra e Axaraf e. LXXIX. Carta del rey don Enrrique sobre el pleito de Diego de Casaverde. LXXX. Carta de Sevilla para mudar las carne<rerías de Santa María. LXXXI. Carta del rey que los vezinos de Sevilla e su tierra coman las yervas. LXXXII. Carta del corregidor Juan Alonso que se aprovechen de los pastos. LXXXIII. Carta de Sevilla que no den posadas a los alcaldes de la saca. (l4r) LXXXIIII. Carta de Sevilla contra los arrendadores de la ca<ra que no puedan demandar salvo a los ca<radores. LXXXV. Carta del rey de perdón a los vezinos de Alcalá. LXXXVI . Testimonio del apela<;ión de Gar<ría Méndez. LXXXVII. Carta de Sevilla que no paguen moneda farera los caballeros. LXXXVIII. Carta de Sevilla sobre la Torre del Abad, XC . Dos cartas del rey don Enrrique sobre los ofi<rios desta villa. XCI. Carta del rey sobre el pleito de Alonso de Velasco. C. Pr o<;eso contra Bartol omé de Casaverde. CII. Conpusi<rión de las carne<rerías del año de XCIII. Clll . Carta de Sevilla sobre las dichas carne<;erías. Cllll. Carta de Sevilla sobre los que se fueron a Mairena. (13v) CV. Fee de las cosas quien adversarios. CVI. Carta de Sevilla para dar cuenta a los pr opios. CVII. Carta de Sevilla sobre el servi<;io y montadgo. CVIII. Vna carta del rei sobre lo de Quintos. CIX. Recadimento de la moneda farera. CX . Mandamiento de Sevilla para derribar la venta de Los Molares. CXI. Carta de Sevilla e del rey para el pres<;io de las mulas. CXII. Carta de Sevilla para fazer alegrías por la salud del rey nuestro señor. CXIII. Carta de Sevilla sobre la moneda farera. CXIIII. Treslado de carta de Se villa para fazer las rentas. CXV. Carta de Sevi ll a para fazer los alguaziles. CXVI. Carta de comisión para Luis Méndez sobre la putería CXVII. Otra comisión sobre la puerta nueva. CXVIII . Carta del rey sobre los alguaziles del a r<; obispo. (14r) CXIX. Carta de Sevilla que no posadas a Alonso Carrillo. CXX. Mandamiento de Sevilla para prender a LLoreinte Mart ín Gallego sobre los maravedís de la [blanco] Carta de Sevilla para que no paguen moneda farera los caballeros4 CXXI . Tres lado de la <;édula del rey para no dar posadas a Alonso Carrillo. CXXII. Mandamiento de Sevilla que los fijos de vezino no paguen moneda farera. CXXIII. Carta del rey que no sean enplazados los vezinos sobre las alcabalas. :J(evista áe !Humaniáaáes TEMAS DE ALCALÁ CXXIIII. Mandamiento de la ~ibdad para abrir la puerta nueva. d r f L · CXXV. Carta de Sevilla para que Pero e ya rae UlS de Villandraño fagan pesquisa. CXXVI. Mandamiento de Sevilla para corto con Mayrena. (l 4 v) CXXYII. Carta del re y snhrc las coronas CXXYIII. Carta del rei sobre: la saca del pan. Carta de Sevilla sobre la saca del pan. CXXIX. Alvalaes sobre la s albaquías. CXXX. Vn pergamino grande que están figurados todos los términos de Sevilla e Alc al:í e May rena e el Y1s o e Carmona. Los qua les dichos previllcjos e cartas y escripturas fueron dadas y entregadas al dicho Bartolomé Fernández de Consuegra para las tener en su l' ''dcr e dar cuenta dellas en la manera que dicha es. En jueves, diez días dd mes de setienbre de noventa e ¡;inco años, estandn ayuntados en la casa del cabildo desta villa Juan Martina Delgado e Bartolomé de Consuegra, alcaldes e Dieg <l Delgado, e Antón Gan;:ía de Trigueros, e Martín Fernánda Vascón, e Antón Martínez Bermejo, e Juan Abad, rq:idon:s, (15r) e Rui Martín de Mayrena, mayordomo, e All1nso Miguel de Trigueros, jurado, dieron e entregaron al dic·ho Bartolomé de Consuegra estos previllejos que se siguen: cuenta al dicho Bartolomé Fernández de todas las escripturas susodichas de las quales dio entera cuenta e los sobredichos en nonbre del dicho con<;:ejo se dieron por contentos dellas e lo dieron por libre e quito de las dichas escripturas, e otorgaron carta de fin e quito etc. Luego se dio por contento e pagado e entregado el dicho Pero Fernández de Ledesma, alcalde, de todas las (16r) dichas escripturas para las tomar en su poder e dar cuenta dellas al dicho con<;:ejo, so pena de las penas en esta otra parte contenido. E asy mismo le dieron e entregaron vna carta de la <;:ibdad, escripta en pergamino, sellada con su sello de la dehesa e de las yeguas, que ésta está e otra escriptura. CXL. Vna carta de la <;:ibdad de la dehesa del Garrobilio. CXLI. Vn treslado de la comisión de la <;:ibdad para Melchior e el mandamiento del dicho Melchior para sacar pescado e madera sin carga. CXLII. Vn mandamiento de Diego Mexía e de Barahona, diputados del alhóndiga en razón del trigo que se vendía en la pla<;:a. En lunes, seis días de henero de mili e quinientos años tomaron Per o Fernández de Ledesma , alcalde CXXXJ. V na senten<;:ia en papel del li<;:en<;:iado de la Rua sobre los de Machalfareme e sobre el arroyo de San Juan e sobre otras cosas. CXXXII. Otrosí, le dieron vna carta de la <;:ibdad sobre el almoxarifazgo que no puedan entrar aquí los almoxarifes ni sus Creemos qúe el manuscrito que en esta ocasión transcribimos es de gran importancia. tanto por el tipo documental como por su contenido. A sí, nos encontramos ante dos inventarios de los documentos que el concejo de Alcalá pose fa, explicándonos en algunas ocasiones su contenido. que fue desta villa de todas las escripturas del con<;:ejo e dio entera cuenta dellas, salvo de la escriptura del li<;:en<;:iado de la ( 16v) Rua e el treslado de los Portalgueros que se a de buscar y el guardas, es cripta en papel. CXXXJII. Otrosí, le dieron l:1 c::c·riptura de la Cabe<;:a del Sordo, escrita en papel. CXXXIJII. Otr osí, le dien'll <ll r.l carta de la <;:ibdad sobre los que no vinieren a cabikh'. !.1 pena que an de aver. CXXXV. Otra carta de 1:1 .;il•dad sobre la dehesa d.: Cortixena, escrita en papel. ( 15v) CXXXVI. Otra escritu r.t d< ' los mojones de Mayrena, escrita en papel. CXXXVII. La carta del reí "''br.· la ermandad. CXXXVIII. Carta de Sevi li :l "''t-rc los regatones del pan. CXXXIX. Mandamiento J,· p,-.. ! ro de Esquive! sobre lo susodicho. Miércoles, siete di:1s del mes de setienbre, año d.:l señor de mili e quatro¡;ient ,• > e n,•v enta e seis años, estando en casa de Bartolomé Fc n1.in.'a de Consuegra, Pedro Fernández de Ledesma ,. A l<' l " '' Sánchez de Carmona. alcaldes, e Juan Martínc·: de· ~l:lrt os, alguazil tomar on Qafat Cfrá6ir 18 papamundo (sic) que a de dar Martín Sánchez Navarro, alcalde [blanco] que se a de buscar que dizen que fue a Vtrera sobre las veredas, de todo demás le dieron por quito e yo me di por contento e pagado. En martes, honze días de mayo de mill e quinientos e vn años llevó Alonso Martínez de Dos Hermanas, alcalde, la carta de la mer¡;ed de la dehesa para la presentar en el pleyto de Carmona, la qua! res<;:ibió ante Gar<;:Ía Fernández, jurado e escriuano público desta villa. Testigos Go n<;:alo Sánchez de la Fuente e Juan Núñez, vezinos desta dicha villa. En miércoles veinte días del mes de Abril, año de m ili e quinientos e dos años, Silvestre de Montemayor, escriuano del con<;:ejo desta villa Alcalá de Guadayra, en presen<;:ia de mi Gan;ía Fernández Fermoso , escriuano público desta dicha villa dio e entregó vna carta de la .yibdad escrita en pargamino e sellada con su (17r) sello en 'l(evista áe J{umanúfaáes TEMAS DE ALCALÁ razón que los alcaldes de la tierra no puedan entrar en esta dicha villa a Ju an Sánchez Salvador, alcalde e a Juan Sánchez Navarro. regid or, e a Alonso Miguel de Trigueros, e Antón Gan ;ía de Triguer os, jurad os para la presentar a los bachilleres Ju an de Ortega e Rodrigo de Guadalupe que oy de la fecha están en esta dicha villa, los quales se obligaron de la bolber o pagar todos los daños e menoscabos que a esta villa le vinieren e más quinientos castellanos que el dicho Silvestre de Montemayor en nonbre del con<;ejo estimó, a lo qua! fueron testigos Per o Martín Gallego e Juan N úñez, vezinos desta dicha villa. Gan;í Fernández Fermoso, escriuano público. En este día susodicho se bolvió el dicho previlliego al dicho Silvestre de Montemayor e diose por contento dél, en fee de lo qua! firmamos aquí nuestros nonbres. Garc;ía Hern án dez . Juan de <:;:ea, escriuano público. Jueves, veinte e vno de abril de mili e quinientos e dos años, ante my Silvestre de Montemayor, escriuano público e del conc;ejo por ante ( 17v) mí el jurado Gar<;í Hernández Herm oso, escriuano público desta villa, dio e entregó a Juan Sánchez Salvador, alcalde, y al jurado Alonso Miguel de Trigueros la carta que esta villa tiene en razón de los alcaldes de la tierra, los quales se otorgaron de la bolver con otras dos escripturas, la vna firmada de Pedro de Esquive! e la otra sinple, so la pena desta otra parte contenida en fee de lo qua! firmé aquí mi nonbre Ga rc;ía Fernández F ermoso, escriuano público. En martes, veinte e seis días del mes de abril del dicho año por ante mí Juan Sánchez de <:;:ea, escriuano público, Juan Salvador, alcalde e Alonso Miguel de Trigueros, jurado dieron e entregaron al dicho Silvestre de Montemayor la dicha carta de la <;ibdad que fabla en razón de los alcaldes de la tierra y otra escritura firmada de Pero Desquivel, e otra, treslado de la carta de Sevilla sinple, e vn mandamiento de Diego Mexía e del jurado Barahona, dipu- ( 18r) tados del alfondiga en razón del pan que se ha de vender en esta villa que se ganó agora de nuevo. Juan Sánchez de <:;:ea, escriuano público. Jueue s onze días del mes de jullio, año de mili e quinientos e dos años. En este día Silvestre de Montemayor, escriuano público e del conc;ejo desta villa Alcalá de Guadayra ante mí, Juan Castillo, escriuano público desta dicha villa dio e entregó a Alonso Martín de Dos Hermanas e a Diego Martín Delgado, alcaldes desta dicha villa e Alonso Miguel de Trigueros, jurado desta dicha villa vna quenta que el jurado Andrés Marmolejo hizo en razón de la harina y c;ebada que los harrieros llevaron a Lanjarón, y vn mandamiento sobre razón del pan que se trae a vender a esta dicha villa, firmado de Pedro Desquivel; y otra carta de la <;ibdad sobre la saca del pan; y otro mandamiento sobre el dicho pan, firmado de Diego Mexía e del jurado Barahona, las quales se obligaron de lo bolver al dicho Silvestre de Montemayor, o pagar por él los (18v) quinientos castellanos que el dicho Silvestre de Montemayor estimó en nonbre del dicho conc;ejo, a lo qual fueron testigos Christóval Díaz e Qafot Cháóir 19 Juan Núñez, vezinos desta dicha villa. Juan Castillo, escriuano público. Cono<;emos los que aquí firmamos nuestros nonbres que resc;ebimos de vos, Silvestre de Montemayor, escriuano del conc;ejo desta villa de Alcalá de Guadayra, vna sentenc;ia que fue dada por Pero Ortiz de Sandoval, veinte e quatro de Sevilla, juez de comisión de la c;ibdad de Sevilla sobre las tierras del arroyo de San Juan, la qua! se llevó para yr a hazer pedimiento al dicho Pero Ortiz, que no se aren las tierras que la c;ibdad defiende por la dicha sentenc;ia, e porque es verdad firmamos aquí nuestros nonbres. Fecho diez e seis de hebrero de quinientos e c;inco años. Juan Martínez Gascón, Martín Sánchez, alcalde, Antón Garc;ía, jurado. En doze días del mes de setienbre de mili e quinientos e c;inco años llevó Pero Fernández de Ledesma la sentenc;ia del arroyo de San Juan para el pleyto. ( 19r) En quinc;e días del mes de setienbre de mili e quinientos e c;inco años, llevó Martín Hernández de Ledesma, alcalde vna carta de Seuilla sobre el seruic;io e montaluo (sic), sellada por mandado del conc;ejo, obligóse a la boluer o diez mili mrs. Martín Fernández de Ledesma. En miércoles veynte e c;inco días del mes de agosto de mili e quinientos e doze años. Yo Diego de Mayrena, escrivano público y del conc;ejo desta villa Alcalá de Guadayra puse en el arca del cabildo desta villa dentro en ella vna fee de Diego de Fuentes, escrivano de la reyna nuestra señora, que es titulo: •De la mojonera de entre esta dicha villa e la villa de Vtrera•, en fee de lo qua! firmé mi nonbre aquí. Diego de Mayrena, escriuno público del conc;ejo. En jueves, treynta días del mes de agosto del año del señor de mili e quinientos e doze años, yo Diego de Mayrena puse dentro en el arca del conc;ejo vna escritura escrita en papel que es la mojonera del arroyo de San lo han, que pasó ante Pedro Castillo, escrivano público desta villa, de que fueron juezes el señor bachiller Franc;isco Rodríguez Pilón, alcalde mayor de la c;ibdad, e don Juan de Guzmán, veynte e quatro e procurador mayor de la dicha c;ibdad. En lunes, c;inco de enero de mili e quinientos e diez e syete años se metió en el arca del conc;ejo vna escritura del cabildo de Seuilla en que manda que no sed¿ velas a la fortaleza desta villa, ynserta en ella la carta de sus (19v) altezas que paresc;e que hizo la dicha carta de la <;ibdad a syete de novienbre de mili e quinientos e diez e seys años ante Diego Vázquez, escrivano del cabildo de Seuilla. Va dado de la pendola, o dis a syete, no vala. Diego de Mayrena, escrivano público y del conc;ejo. En lunes terc;ia, primero de mayo de mili e quinientos e veynte e c;inco años, se metieron en el arca del conc;ejo desta villa vnas tablas entre las quales van c;iertos conos<;imientos de los seruic;ios de sus magestades de los años pasados que se cunplieron en el año de veynte pasado. Diego de Mayrena, escrivano público. 'l(evista áe !J{umanúfaáes TEMAS DE ALCALÁ En martes, diese seys de mayo d.: mili e quinientos e veynte e <;inco años, Christóual Ximénez Verdugo e Juan Sánchez Delicado, regidor, e yo Pero Afán de Ribera sacamos del arca del con<;ejo la escritura de la mojonera entre Alcalá y Vtrera. pero Afán de Ribera, escrivano público y del con<;ejo. E luego se tomó a traher e se metió en la dicha arca la dicha mojonera. Pero Afán de Ribera, escriuano público e del con¡;ejo. En martes veynte e tres de mayo de mili e quinientos e veynte e <;inco años, los llaveros del arca del En martes diez de abril! de mill e quinientos e veynte e seys años se sacaron del arca del conre}o desta villa estos preuillejos e cartas que se syguen: - Un preuillejo del rey don Alfonso escrito en pargamino que habla de las libertades e franquezas desta villa e de los heredamientos della a los riento e rinquenta pobladores (. .. ). con<;ejo desta villa sacaron della dos cartas de Seuilla escritas en pargamino que hablan en razón de la franqueza de los almoxa- (20r) rifazgos que deven gozar los vezinos desta villa para tomar los traslados dellas. Pero Afán de Ribera, escrivano público e del con<;ejo . Et luego se tornaron a boluer los dichos previllejos e se metieron en la dicha arca por mí, Per o Afán de Ribera, escrivano público e del con¡;ejo. En martes diez de abrill de mili e quinientos e veynte e seys años se sacaron del arca dd con¡;ejo desta villa estos preuillejos e cartas que se syguen: -Vn preuillejo del rey don Alfonso escrito en pargamino que habla de las libertades e franquezas desta villa e de los heredamientos della a los <;iento e ¡;inquenta pobladores. -Otra carta de confirma<;ión de tal preuillegio, escrita en pargamino con su roda. -Vna escrytura de Seuilla, escrita en pargamino por donde se mandan guardar estotros. -Otra carta de Seuilla, escrita en pargamino que se ganó. -Otra carta de la dicha ¡;ibdad. escrita en pargamino con vn sello de ¡;era pendiente por d,,nde se manda al arrendador de las yervas que consyenta a los vezinos desta Qafat Cftá6ir 20 villa comerlos con sus ganados, los quales llevaron Pero Fernández de Ledesma e Juan de Dos Hermanas, regidores para a ver acuerdo e consejo sobre las libertades que deven gozar (20v) los vezinos desta villa commo los de Seuilla, e sobre las Yslas. Juan de Dos Hermanas, Pero Fernánmdez de Ledesma. Pero Afán de Ribera, escrivano público e del con<;ejo. En domingo veynte e tres de abril de quinientos e veynte e seys años se sacaron del arca del con<;ejo desta villa estas cartas syguientes: -Vna carta de perdón del rey don Juan a los vezinos desta villa -Otra carta de Seyilla para que los vezinos desta villa no vayan enplazados de primera ystan<;ia a Sevilla En domingo, ¡;inco de mayo se sacó la mojonera desta villa, la qua! llevó Diego de Mayrena, escrivano público en su poder. Et la executoria de Marchenilla del mismo. Et la ynstru<;ión de las cosas que llevó Pala¡;ios llevó Pedro de Mayrena. Pero Afán de Ribera En domingo, veynte e quatro de junio de mili e quinientos e veynte e seys años se boluieron los priuilejos syguientes: -Ocho priuilegios escritos en pargamino qu e Pero Fernández de Ledesma e lhoan de Dos Hermanas, regidores desta dicha villa avían llevado a la <;ibdad de Seuilla. Pero Afán de Ribera, escrivano público e del con<;ejo. En seis de agosto se uoluió la executoria de la mojonera de la dehesa de Gandul al arca. (2lr) En treynta e vno de enero de mil! e quinientos e veynte e syete años se metió en el arca de las tres llaves vnas ordenan<;as de las heredades escritas en papel e sellada con el sello de sus magestades e quedaron en la dicha arca. Pero Afán de Ribera. En este día sacaron Al onso Martín e yo Per o Afan de Ribera la mojonera de la dehesa desta villa e la mojonera de entre Vtrera e esta villa. En miércoles veynte e quatro de abril del dicho año se boluió a esta arca la mojonera de los términos e dehesas desta villa e la mojonera del arroyo de San Juan por mí, Pero Afán de Ribera. Pero Afán de Ribera, escrivano público e del con¡;ejo. En martes treynta de jullio de mili e quinientos e veynte e syete años Andrés Martín ~ar<;uela , alcalde hordinario sacó del arca del cabildo desta villa las hordenan- <;as de las heredades desta villa. Andrés Núñez ~ar¡;uela . En lunes, nueve de mar¡;o de mili e quinientos veynte e ocho años Rodrigo de Mayrena, alcalde sacó del arca del con¡;ejo desta vila la executoria de Gandul y 'l(evista áe J{umaniáaáes TEMAS DE ALCALÁ Marchenilla entre esta villa e la mojonera. Rodrigo de Mayrena. (21 v) En lunes veynte e tres de mar~o de mili e quinientos e veynte e ocho años, Alonso Muñoz de Morón, vezino desta villa, alcalde que fue el año pasado troxo para poner en el arca del con~ejo desta villa las escrituras syguientes que tenía en su poder: -Vna provisyón de su magestad para que sy del encabe~amiento alguna presona se syntiere agraviada, los alcaldes diputados sean obligados desagravien e otros no. -Otra provisión para que los alcaldes desta villa exsecuten a los vezinos desta villa por el encabe~amiento, conforme a estotra comisyón -La senten~ia que el li~en~iado Durango dio en el pleyto deparado de Marchenilla y el traslado de su comisyón, y el traslado de la comisyón de su escrivano. -Vn traslado de vna ~édula de su magestad para ynivir a lo s juezes de los grados en el pleyto de Diego de Caria . En este día Rodrigo de Mayrena, alcalde, truxo e metió en el arca la executoria de Gandul y Marchenilla. En este día Rodrigo de Mayrena, alcalde, llevó en su poder la prouisión de su magestad de que no se entremeta persona a lo del encabe~amiento. (22r) En sábado veynte e syete de junio de mili e quinientos e veynte e ocho años se sacó el priuilleguio que tiene esta villa para que se meta vino en esta villa. En mi ércoles, veynte e quatro de mar~o de mili e quinientos e veynte e ocho años lohan Quadrado e Diego Martín de Carmona, alcaldes llevamos en nuestro poder la ¡;édula que dio su magestad para que después de repartido el cabe¡;ón sy alguna preso na se quexare, que los alcaldes con los diputados tornen a reveello, e non otra presona. Juan Quadrado, Diego Martín de Carmona. Trúx ose esta carta en lunes syete de junio de mili e quinientos e veynte e nueve años por los alcaldes e se metió en el arca. En seys de setienbre de mili e quinientos e veynte e nueve años, Rodrigo Gallego, regidor e Fr a n~i sco Ximénez alcalde sacaron desta arca la ~édula de sus magestades sobre lo del cabe¡;ón. Fran¡;isco Ximénez. En treinta e vno de otubre de mili e quinientos e veynte e nueve años Fran~i sco Ximénez, alcalde, llevó en su poder el pargamino de la pintura de los términos de entre Carmona e Seuilla e Mayrena e esta villa e firmó lo Francisco Ximénez. (22v) En sábado, seys días del mes de novienbre5 de mili e quinientos e veynte e nueve años, en presen~ia de mí, Diego de Mayrena, escrivano público desta dicha villa, Pero Afán de Ribera, escrivano público y del con~ejo desta villa dio e entregó a Martín Sánchez Navarro. alcalde, vna escritura de las dehesas del término desta villa e del amojonamiento dellas, e otra escritura de hermandad que se Qafat Cfrábir 21 fizo con Mayrena sobre el penar de los ganados de anbas villas, que se fizo en el año de quinientos e seys años para llevar a la ~ibdad al procurador mayor para la ver. Diego de Mayrena, escrivano público. En lunes , ocho días del mes de noviembre del dicho año el dicho Martín Sánchez Navarro, alcalde, metió en el arca del dicho con~ejo las escrituras que avía llevado de suso contenidas e porque es verdad fírmelo de mi nonbre. Pero Afán de Ribera, escrivano público e del con<rejo . En este dicho día Fran~isco Sánchez Navarro, alcalde, boluió al arca el pargamino de la pintura de entre Mayrena del amojonamiento. En lunes veynte e vno de hebrero de mili e qu1mentos e treynta años se metió en el (23r) arca del con<rejo vn mandamiento de Seuilla para que los jurados cobren el pecho e lo paguen a su costa en Seuilla. En diez e syete de agosto de mili e quinientos e treynta años se metieron en esta arca vna prouisión de sus magestades en que manda que se hagan alcaldes de contía e se tomen las tutelas ante los escrivanos del con~ejo. Et vn (. .. ) mandó traher ante sy todos los preuillejos e escrituras del conrejo desta dicha villá e las visytó e .fizo asentar por escrito, e asentadas mandó su mered que fuese fecha un arca que tenga tres . llaves, las quales tengan un alcalde e jurado e el escrivano del conreJo ( ... ) mandamiento de Seuilla en que manda que se hagan lo s ofi<riales de Año Nuevo a Año Nuevo. Et vn traslado de vn mandamiento del cabildo e diputados del pan en que mandan que no se saque pan de la tierra syn li~en9ia et las cartas e prouisiones de sus magestades en lo tocante a la moneda forera e vna li9en9ia de Seuilla para que sygan el pleyto contra Vtrera sobre los términos . Pero Afán de Ribera. En syete de jullio de mill e quinientos e treynta e tres años llevó Rodrigo Gallego, alcalde, la exsecutoria de Gandul e firmólo. En cator¡;e de Agosto se boluió la exsecutoria al arca. 2(evista Je 9-{uma~tiJades .; TEMAS DE ALCALÁ DOCUMENTO 11 Libro protocolo de los priuilegios y escrituras de Alcalá de Guadayra. lhesu Christo Protocolo -Vn priuillejo rodado con su sello del rey don Fernando. (23v)- Otro privillejo del rey don Alonso su fijo. -Otro priuillejo del rey don Alonso de los heredamientos. - Otr o priuillegio del dicho don Alonso ter<;ero . - Otr o previllejo del rey don Alonso, el protocolo de la Torre del Abad. -Vna carta en pargamino de la <;ibdad de la dehesa Nueva. -Sent en<;ia en pargamino de la dehesa del con<;ejo. -Vna carta en pargamino de las Marismas. -Otra carta en pargamino sobre las monedas. -Otra carta de la <;ibdad en pargamino sobre las Marismas. -Otra carta en pargamino de la <;ibdad sobre que se guarden los priuilejos e que gozen de las franquezas -Otra carta carta de Seuilla en pargamino de Seuilla para franquezas. -Otra carta de Seuilla para no yr enplazados de primera ystan<;ia. -Otra carta de Seuilla en pargamino para que los alcaldes de la tierra no entren en esta villa. (24r) - Otra carta de pargamino para pa<;er las yervas. -Otra carta de la <;ibdad en razón de los plazos. -Otra carta de Seuilla en pargamino para que no entre vino de fuera. -Quatro cartas de pargamino para meter vino en Seuilla. -Perdón del rey don Juan a los vezinos6. -Carta de Seuilla sobre el servi<;io e montazgo. - De Seuilla para sacar pescado syn cargas. -Provisión del encabe<;amiento, año de quinientos e dos. -Otra provisyón del rey para adelante. -Mandamiento de la <;ibdad para prendar a los de Carmona. -Mandamiento de Seuilla para hazer cotos con Mayrena. -Escrituras sobre los mojones de Mayrena. - Carta de pago de la contribu<;ión de la Hermandad. -Mandamiento de los secutores para pescar al privillerios (sic) -Carta del rey que no sean enplazados por las alcavalas. -Carta del rey sobre las coronas. (24v) -Mandamiento del rey e del consejo sobre el alguazil del ar<;obispo. -Traslado de la <;édula del rey para non dar posadas Alonso Carrillo. -Mandamiento del rey sobre lo que Quintos . -Confirma<;ión del rey don Juan. -Conftrma<;ión de los priuillejos desta villa. -Carta del rey don Enrique sobre los monedo res (sic). -Otro treslado sobre los monederos. - Carta del rey don Enrique contra los familiares . -Carta del rey don Enrique sobre Casaverde. -Traslado de la carta del rey contra el promotor fiscal. -<;édula del rey para no dar velas. QaÚlt Cfuí6ir 22 -Carta del rey don Enrique contra los hydalgos. -Carta del rey contra el promotor fiscal. -Dos cartas del rey sobre las juraderías. -Otra carta del rey sobre las alcavalas. -Vn testimonio contra los alcaldes de las syerras. -Carta del rey don Juan que no sea alguazil caual!ero. -Fin e qllito de las albaquías. (25r) -Fee de Gon<;alo Vásques que no paguen moneda forera los hijos de los vezinos. -Otras cartas de la moneda forera. -Otra carta de Seuilla, confirma<;ión de los ofi<;ios. -Carta del corregidor Juan Alonso para los pastos. -Carta de Seuilla que los alguaziles no hagan represarias en los vezinos, saluo en los jurados . -Carta de las carne<;erias como se mandaron ver. -Carta de Seuilla para los que se fueren a Mayrena. -Carta de Seuilla para que no se den cojederas para las mandas. - Sobrecarta de la Marisma -Carta de Seuilla contra los alguaziles que no lleven derechos de sus venidas. -Carta de los veedores de los términos. -Carta de Seuilla de los que no fueren al cabildo. -Carta de Seuilla sobre la dehesa de Mayrena. -Carta de Seuilla que no entren los escrivanos en el cabildo. -Carta de Seuilla contra los francos que sean aquí llamados. -Carta de los exsecutores sobre los que meten vino en esta villa. -Mandamiento de Seuilla para derribar la venta (25v) de lo s Molares. -Mandamiento contra los alcaldes de las sacas. -Mandamiento contra los arrendadores de la ca<;a que no demanden saluo a los ca<;adores . -Carta de Seuilla contra los alguaziles de Seuilla. -Carta de Seuilla contra el alguazil de la Canpiña. -Carta de Seuilla contra los des meros que demandan lo que non deven. -Comisión para abrir la puerta nueva. -Mandamiento de Lloreynte Martínez para lo prender. -Mandamiento de la <;ibdad para abrir la puerta nueva. -Carta de Seuilla para no dar posadas Alonso Carrillo. -Carta de Seuilla sobre el diezmo del azeyte. -Condi<;iones e carta de Seuilla contra Morón. -Fin e quito del encabe<;amiento de mili e quinientos e vno e mil! e quinientos e dos. -Fin e quito del encabe¡;amiento del año de quatro -Fin e quito del serui¡;io de las ynfantas. -Fin e quilo del encabe<;amiento de quinientos años. - La senten<;ia de la casa de la molienda. (26r) -Carta en pargamino de la Torre del Abad. -Escritura de la dehesa de la Cabe<;a de Gordón. -Senten<;ia en pargamino de la fuente de Machalharena. -Senten<;ia en pargamino de Matallana. -Senten<;ia en pargamino de Gu adayr illa. En Alcalá de de Guadayra, guarda e colla<;ión de la muy noble e muy leal <;ibdad de Seuilla, sábado veynte e dos días del mes de Agosto, año del nas<;imi ento de Nuestro Saluador lhesu Christo de mili e quinientos e seys años, 1(evista ác :Hunumiáaáes