El apoyo financiero a las PYME en Europa: los sistemas de garantía
Abstract
El objetivo común a todos los sistemas de garantías es permitir el acceso de las PYME, en las condiciones adecuadas, a los medios financieros externos. En los últimos años, los sistemas europeos han incrementado su actividad y se han creado nuevos sistemas en aquellos países donde no existían, gracias al impulso y promoción que están recibiendo de la Unión Europea, principalmente a través del Fondo Europeo de Inversiones. En el presente trabajo realizamos un recorrido por los diferentes sistemas de garantías europeos que nos permite observar la gran diversidad existente entre ellos, a pesar del objetivo común que persiguen, ofreciendo, además, datos acerca del nivel de actividad de cada uno de ellos.
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185 EL APOYO FINANCIERO A LAS PYME EN EUROPA: LOS SISTEMAS DE GARANTÍA Carmen Pérez López RESUMEN El objetivo común a todos los sistemas de garantías es permitir el acceso de las PYME, en las condiciones adecuadas, a los medios financieros externos. En los últimos años, los sistemas europeos han incrementado su actividad y se han creado nuevos sistemas en aquellos países donde no existían, gracias al impulso y promoción que están recibiendo de la Unión Europea, principalmente a través del Fondo Europeo de Inversiones. En el presente trabajo realizamos un recorrido por los diferentes sistemas de garantías europeos que nos permite observar la gran diversidad existente entre ellos, a pesar del objetivo común que persiguen, ofreciendo, además, datos acerca del nivel de actividad de cada uno de ellos. PALABRAS CLAVE: Europa, PYME, garantías, caución, aval ABSTRACT The guarantee systems work in the mark of the financial problem of the SME and there it is where it is necessary to understand the development of them in the different European countries. In this sense, the guidelines of the European Union head to the promotion and impulse of these through the European Investments Fund. Presently work carries out a journey for the different European systems of guarantees that it allows us to observe the great existent diversity among them and we offer relative data at the activity level of each one. KEY WORDS: Europe, SME, guarantee, caution, fee 1. INTRODUCCIÓN El alto porcentaje en el número de pequeñas y medianas empresas, PYME, existentes en Europa y el importante papel en materia de creación de riqueza y generación de empleo, la flexibilidad de adaptación a los cambios y el dinamismo que muestran este tipo de empresas contrastan con las desventajas comparativas inherentes a su dimensión. En este marco, concretamente en el de la problemática financiera de las PYME, es donde hay que entender el desarrollo en los diferentes países europeos de los sistemas de garantías o de caución mutua. El papel que desempeñan es el de compartir el riesgo sobre bases contractuales transparentes con los emisores del crédito. Con ello, consiguen fundamentalmente posibilitar el acceso al crédito de la PYME y, además, que éstas lo hagan en mejores condiciones financieras de plazo y coste.
CITIES IN COMPETITION 186 En el presente trabajo, realizamos un recorrido por los principales sistemas de garantías europeos (Anexo 1) que nos permite observar la gran diversidad existente entre ellos, a pesar del objetivo común que persiguen. Iniciamos el estudio detallando, de forma breve, la incidencia de las normativas comunitarias y el comportamiento de la administración europea para con los sistemas de garantías, en lo que hemos denominado el Entorno Europeo. Seguidamente, llevamos a cabo una caracterización genérica de la actividad que desarrollan. Posteriormente, nos centramos en algunos aspectos diferenciadores de los diversos sistemas: relaciones con el sistema crediticio, supervisión de los sistemas, medidas de apoyo público y coste del aval. Por último, también ofrecemos algunos datos relativos al nivel de actividad de cada uno ellos a través de una serie de variables fundamentales, como el número de PYME beneficiadas y el riesgo vivo. 2. EL ENTORNO EUROPEO La Unión Europea, desde 1991, ha reconocido que una de las formas más efectivas de ayudar a las PYME a superar sus dificultades financieras es mediante de los sistemas de caución mutua (Conclusiones de la Comunicación Sec(91) 1550, de 5 de Septiembre) . En los últimos años, estos sistemas de garantía han conseguido que esta administración supranacional les suministre apoyo económico, el cual se ha canalizado a través de las dos principales armas financieras europeas, el Fondo Europeo de Inversiones, FEI, y los Fondos Estructurales Europeos, FEDER. La Comisión Europea autoriza la utilización de los fondos FEDER para apoyar a los sistemas de garantía y el FEI funciona como institución de cobertura supranacional a través de la contragarantía de las operaciones de crédito a las PYME, y a veces también aportando la garantía directa, apoyando así la creación de sistemas en los países donde aún no se han desarrollado y la expansión de aquéllos que están en funcionamiento. A 31 de diciembre de 2002, el número total de operaciones concedidas por el FEI ascendía a 137.133 (1ª edición: Empleo y Crecimiento), las cuales beneficiaban a 120.243 PYME. El número de intermediarios implicados era de 23, perteneciente a 12 países europeos. El volumen de garantías en vigor en dicha fecha alcanzó más de 1.900 millones de euros. Estas contragarantías en algunos casos superan el 28% del total garantizado por el operador. En otro orden de cosas, al referirnos al entorno europeo de los sistemas de garantías hay que tener en cuenta que éstos se ven afectados por las políticas europeas de defensa de la competencia. Sin embargo, el sector, de forma reiterada, señala que las condiciones en las que reciben ayuda del estado cumplen las reglas vigentes en esta materia. Aluden que la decisión de garantía está basada en criterios de mercado, en concreto la viabilidad del proyecto; que no hay discriminación entre PYME; que las operaciones son de cantidades pequeñas y la ayuda pública es muy limitada; y además, que la garantía no es gratuita sino que genera el pago de una prima de riesgo y funciona en un sistema donde se comparte el riesgo entre el proveedor del crédito, el garante y el contragarante, mientras que el empresario conserva siempre la responsabilidad final de sus compromisos. Por último, otro aspecto a destacar al referirnos al entorno europeo es que también este sector se ve afectado por las políticas emanadas del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, que posteriormente se ven plasmadas en las directivas comunitarias. La implicación es doble. Por una parte, aquellos sistemas de garantía con régimen bancario tienen que cumplir los requisitos legales sobre los fondos propios mínimos, como cualquier otra entidad financiera. Por otro lado, cualquier sistema, sea del tipo que sea, puede reducir la ponderación de las carteras de créditos a PYME de las instituciones de crédito y disminuir los requerimientos de capital para la cobertura de éstas. En este sentido, los sistemas de garantía, a través de la Asociación Europea de Caución Mutua, AECM, se han involucrado en este proceso, manifestando su preocupación por el tratamiento sobre los riesgos con las PYME en
FINANCE MANAGEMENT CHALLENGES 187 las nuevas normativas, de forma que no se dificulte el acceso al crédito, así como sobre la calificación de las garantías. Los sistemas de garantía quieren que se reconozca de forma explícita su papel de garante y que se tenga en cuenta en la ponderación de las carteras la contragarantía directa e incondicional que sus riesgos reciben de los estados, las administraciones públicas nacionales o regionales o desde el FEI. En este aspecto, numerosas reivindicaciones del sector se han incorporado al Acuerdo Final, donde se reconoce el papel de las sociedades de garantía como instrumento de mitigación del riesgo siempre que se cumplan una serie de requisitos. 3. CARACTERIZACIÓN GENERAL DE LOS SISTEMAS DE GARANTÍA EUROPEOS Como ya se ha señalado, los sistemas de caución mutua han ido naciendo en los diversos países europeos para dar respuesta a las dificultades financieras de las PYME. Históricamente, la creación de estos sistemas surge de la asociación de pequeños comerciantes y empresarios para afrontar las dificultades de acceso a la financiación, especialmente en épocas de crisis. Por ello, su verdadero desarrollo coincide en todos los países bien con la aparición de crisis económicas, bien con necesidades de reconstrucción, mientras que su despegue se ve reforzado en la mayoría de los casos por la intervención de los gobiernos, convencidos del papel impulsor de las PYME en la economía. Aunque el problema a resolver es similar en todos los países, los distintos modelos nacionales que se han creado para darle respuesta son muy diferentes unos de otros. De acuerdo con el contexto histórico, la legislación vigente, la cultura financiera, la estructura del sistema financiero, ...cada país ha diseñado un sistema con régimen jurídico y operativa diferentes. Lo anteriormente expuesto refleja la dificultad de ofrecer una visión sintética de la situación de los sistemas de garantías europeos. Una primera clasificación distinguiría dos grandes grupos de sistemas: - Las sociedades de garantía mutua son iniciativas puestas en marcha por círculos socioeconómicos privados (empresarios, cámaras de comercio, instituciones especialistas en PYME) en el campo de los servicios financieros. Operan como sociedades privadas con la participación preferente de tres principales socios: empresarios, bancos y administraciones públicas. Directamente o indirectamente agrupan los intereses de las PYME en una sociedad y proporcionan a los empresarios la oportunidad de participar en los órganos de gestión, contribuyendo, gracias a su experiencia profesional, a tomar buenas decisiones. - Los fondos y programas públicos de garantía se han creado bajo el amparo financiero de los estados o las administraciones regionales como un instrumento de garantía, ocupando un lugar en el abanico de medidas políticas en favor de la PYME. Son servicios públicos sin personalidad jurídica (programas de garantía) o compañías mercantiles públicas que actúan como agentes económicos en el mercado (fondos de garantía). Estas definiciones expresan los dos extremos de la balanza, pero son numerosas las situaciones intermedias de cooperación pública y privada, incluyendo la participación en el capital, el apoyo financiero mediante la aportación de fondos, los programas de subsidiación de la comisión de garantía y los programas de contragarantía, como más adelante desarrollaremos. El objetivo común a todos los sistemas de garantía es permitir el acceso de las PYME, de la forma más adecuada, a los medios financieros externos, a cambio de comisiones muy moderadas. Además, estimulan la iniciativa y la capacidad empresarial por la asistencia, el asesoramiento y la supervisión en temas financieros. En teoría, para conseguirlo, analizan el riesgo considerando los aspectos intangibles y cualitativos de la operación, completando el enfoque bancario, normalmente más financiero y más cuantitativo. Generalmente están bien arraigados y presentes a un nivel regional, cerca de las empresas, lo que asegura un verdadero valor añadido a sus decisiones.
CITIES IN COMPETITION 188 Con su actuación, exteriorizan el riesgo de crédito más allá del perímetro de la responsabilidad financiera del banco (se traslada una parte del riesgo de pérdida a la sociedad de garantía en caso de incumplimiento). Además, cuando las sociedades de garantía son instituciones de crédito u organismos públicos, pueden reducir el peso de la ratio de solvencia de la cartera de crédito y suministran, por tanto, una palanca financiera para la expansión del balance bancario. En este sentido, se hace necesario un marco de supervisión prudencial serio y eficaz y una total transparencia y claridad contractual, que proporcione confianza y permita el correcto funcionamiento del sistema. En general, son sistemas multisectoriales (menos los prohibidos por las normativas comunitarias). No obstante, también encontramos sistemas que se limitan a operar en un sector determinado, como AVGH, en Hungría y los fondos rurales de Lituania y Rumania, en el sector agrícola. De igual forma, los Confidi y algunas sociedades españolas son de carácter sectorial. Siempre desarrollan su actividad en el segmento de PYME, pero la necesidad de la garantía viene normalmente conectada con una probabilidad menos evidente de éxito en ciertos segmentos de la curva de vida. Especialmente, su participación se hace más necesaria en procesos de renovación tecnológica o de innovación, donde los activos intangibles en sí no ofrecen cobertura al prestamista; en nuevas empresas, para financiar inversiones con necesidades importantes de capital circulante, en inversiones en investigación o para financiación pura y simple de las necesidades de liquidez; también es necesaria su intervención cuando son escasos los valores colaterales, cuando se ofrecen al prestamista activos sin valor residual en el mercado o donde los activos existentes están comprometidos como garantía en otras operaciones o cuando el endeudamiento es alto. Suelen garantizar entre un 50% y un 80% del importe total de la operación. Normalmente, el principio general es el de compartir el riesgo para que sigan implicados en las operaciones los financieros garantizados, aunque existen sistemas, como las Socama francesas o las SGR españolas que alcanzan el 100%. El plazo suele ser largo, hasta 20 años aunque también podemos señalar en este caso algunas excepciones, como los Confidi italianos que garantizan operaciones a corto plazo o las SCM belgas que sólo avalan los primeros períodos. Algunas instituciones han clasificado sus productos de acuerdo con los objetivos concretos que quieren alcanzar lo que les permite enfocar su actividad de forma más clara y pueden dotar provisiones especiales o fijar precios para situaciones específicas. Tanto AWS, como Finnvera, KredEx, SZRB... ofertan un completo abanico de programas de garantías. Otros sistemas desarrollan programas específicos para potenciar ciertos productos, como las Socama y las SGR con los microcréditos. Los distintos tipos de sistemas de garantías han ido evolucionando para adaptarse a las necesidades crecientes de sus asociados, realizando un importante esfuerzo de diversificación y convirtiéndose en auténticos intermediarios financieros. Así, no se limitan actualmente a la mera prestación de garantías para las PYME aunque existen excepciones, como los sistemas alemán y austríaco. Este cambio se ha orientado a través de dos grandes vías: por una parte la ampliación del tipo de avales prestados; y, por otra parte, la intensificación del asesoramiento técnico-financiero a las PYME (negociar condiciones más favorables para las operaciones avaladas, servir de canal de distribución de créditos subvencionados,...). Estas actividades suponen nuevas vías de ingresos no relacionadas con el riesgo, una ampliación del campo de cooperación con el beneficiario y la posibilidad de acceder rápidamente a la información sobre posibles morosidades o fallidos. En este sentido, son las sociedades públicas, generalmente, las que desempeñan una gama más amplia de funciones, que sólo el conceder garantías; como por ejemplo la concesión de préstamos y de subsidios, garantías a la exportación, micro préstamos, iniciativas rurales bajo el programa europeo SAPARD, etc... Por otro lado, también existen diferencias de funcionamiento respecto a las redes comerciales que presentan cada uno de los sistemas de garantía. El valor de la evaluación del riesgo que realizan reside en el fuerte peso que concede a elementos cualitativos que son personales del solicitante e intrínsecos del proyecto (la competencia del empresario y de su equipo, el valor técnico y económico del proyecto, elementos del mercado local, conocimientos de los ratios claves propios del negocio, etc...) y estos conocimientos son más precisos mientras mayor es la proximidad entre la entidad de garantía y las empresas que solicitan sus servicios, y en mayor
FINANCE MANAGEMENT CHALLENGES 189 medida, cuando los empresarios son los mismos que están involucrados en la decisión de la garantía. En este sentido, la mayoría de los sistemas se esfuerzan por quedarse en un ámbito más local y en armonía con los agentes económicos: empresarios, cámaras de comercio y de industria y organizaciones de PYME. Si empezamos por las excepciones principales, señalamos AWS, Hitelgarancia, Invega o KredEx, instituciones jóvenes que no disponen más que de una oficina central. En cuanto a ejemplos de sociedades que han desarrollado una red encontramos Sowalfin, SZRB, CMZRB, Finnvera, SIAGI, KGF, las SGR, etc... Los sistemas más ramificados son las Socama en Francia (42) y los Confidi en Italia (más de 600 cooperativas y consorzifidi activos). 4. RELACIONES CON EL SISTEMA CREDITICIO En cada uno de los sistemas varía el papel que desempeñan las entidades crediticias que finalmente conceden las operaciones. La intensidad de la colaboración entre entidades bancarias y sociedades de caución viene dada por las ventajas que aportan al sistema crediticio, lo que muchas veces viene determinado por las distintas normativas que rigen su actividad. En algunos países, la relación se establece directamente entre la entidad financiera y el sistema de caución mutua. Por su parte, la PYME no se asocia en ningún momento al sistema aunque indirectamente participa en él al ser miembro de alguna de las cámaras de artesanos, industria o comercio, accionistas de la sociedad de caución mutua, por donde canaliza la operación. Este tipo de funcionamiento lo encontramos en Alemania (Bürgschaftsbanken) y en Austria (Bürgschaftsgesellschaften). En otros países, sin embargo la relación surge, en primer lugar, entre la PYME y el sistema de garantía. Posteriormente, garantiza a su socio ante la entidad crediticia. En Bélgica (las SCM), Francia (Socama), España (las SGR), Italia (los Confidi) y Portugal (SPGM y las SCM) se opera bajo esta forma de funcionamiento aunque varía el nivel de implicación respecto de algún banco en particular o la independencia total respecto a ellos. Por ultimo, en otros sistemas, la relación se establece la PYME y el sistema de garantía, que también actúa como entidad financiera o bien, entre la PYME y el fondo o compañía estatal o mixta que opera. En este caso, incluiríamos por ejemplo a Eslovaquia (SZRB) y a la República Checa (CMZRB) y a todos los programas y fondos de garantías en vigor en cada uno de países. Por otra parte, también es importante analizar con mayor detalle la relación entre el garante y el prestamista. Generalmente, las sociedades de garantía trabajan con un gran número de pequeños bancos regionales, bancos mutualistas y redes de bancos cooperativos. Existe una "complicidad cultural" entre los socios que comparten la misma visión sobre el desarrollo regional a través de las PYME. Sin embargo, los grandes bancos nacionales también utilizan la garantía, quizás más con el propósito financiero de limitar sus pérdidas. Así, en Bélgica, los grandes bancos belgas formalizaron un contrato con Sowalfin tan pronto como empezó a funcionar. En Austria, los grandes bancos comerciales cooperan con Bürgschaftsgesllschaften para sus operaciones de ámbito regional. En Rumania, también RLGF trabaja con los bancos que son sus accionistas. Mencionamos, también, a las Socama, que se apoyan en una red aliada: los 25 Bancos Populares regionales. En este caso, además, no es sólo cuestión de relaciones comerciales, sino de una verdadera asociación entre instituciones cuyos esfuerzos conjuntos tratan de incrementar la cartera de préstamos y desarrollar sinergias de mercado.
CITIES IN COMPETITION 190 SUPERVISIÓN DE LOS SISTEMAS DE GARANTÍA EUROPEOS El control de los sistemas de garantía se lleva a cabo en diferentes niveles. En primer lugar, un control interno: todas las sociedades, de diferentes formas y con intensidades variables, realizan auditorías internas que verifican la calidad de sus riesgos y establecen las provisiones necesarias. En segundo lugar, un control externo. Este control se lleva a cabo por auditores externos que certifican la veracidad de la información contable que se refleja en las cuentas anuales y en el informe de gestión anual. Este control existe en todos los sistemas, excepto en el Fondo Rural de Rumania. En algunos países, como en Francia, en SIAGI, este control se duplica por la presencia de un auditor del gobierno. En tercer lugar, la supervisión prudencial, que en este sector es esencial para crear confianza en sus socios de mercado y, en particular, en los bancos con los que trabajan. Esta confianza se hace aún más necesaria cuando se formalizan operaciones que alcanzan o exceden muchas veces sus recursos propios. La forma principal de supervisión es la legislación bancaria, aunque las sociedades de garantía no son entidades de depósito y trabajan exclusivamente con sus propios fondos. En este aspecto, la cuestión más importante es la supervisión de la gestión, especialmente de la solvencia. El Nuevo Acuerdo de Basilea 2, que entrará en vigor en 2007, no cambiará la esencia del "coeficiente de solvencia" (poseer recursos propios de más del 8 % de los activos ponderados) pero examinará la clasificación y ponderación de los riesgos, con nuevas implicaciones para los sistemas de garantía. Además, este acuerdo es completamente esencial porque determina las condiciones que han de cumplir las garantías para poder ser un instrumento de mitigación del riesgo de las carteras de crédito de PYME bancarias. Como ya hemos señalado, el texto final reconoce el papel de los garantes y contragarantes como instrumentos de mitigación del riesgo siempre que se cumplan determinados requisitos. Sin embargo, existen sistemas no sometidos a la supervisión bancaria. Por ejemplo, en el sistema italiano operan los Confidis, compañías financieras no bancarias, y la seguridad financiera se consigue a través de los contratos bancarios, que definen los límites de los riesgos, y por la organización de Confidis en un segundo nivel territorial con mayor nivel de capital y que proporcionan contragarantías a los Confidis operativos, de primer nivel, más diseminados y menos capitalizados. Por último, en los sistemas públicos, existen normas especiales multiplican la supervisión prudencial mediante un sistema de control confiado frecuentemente a los Ministerios de Finanzas. Así, en AHGA, Sowalfin, Invega,... el estado impone controles adicionales para aceptar la responsabilidad financiera. 5. MEDIDAS DE APOYO ESTATAL O REGIONAL A LOS SISTEMAS DE GARANTÍA EUROPEOS En general, todos los países han desarrollado mecanismos destinados a compensar la situación financiera desfavorable en la que se encuentran el segmento de pequeñas y medianas empresas. Los sistemas de garantías han sido una de las medidas tomadas en este sentido y, por ello, todos se han beneficiado constantemente de algún tipo de respaldo estatal o regional que ha hecho posible su continuo y correcto funcionamiento. Generalmente, el papel de la administración en los sistemas de caución ha sido el de instaurar del marco legal necesario para la creación y funcionamiento de los mismos, además de proporcionar el respaldo que estas instituciones necesitan (existen excepciones, como el fondo rumano de garantía para empresarios y las Socama que trabajan de forma independiente, sin recibir apoyo público alguno). La gran mayoría son sistemas donde existen una participación conjunta privada y pública. Sin embargo, el apoyo recibido por los diferentes sistemas varía mucho de unos a otros. A continuación ofrecemos, de forma resumida, una visión de lo que supone la ayuda pública a este sector.
FINANCE MANAGEMENT CHALLENGES 191 - Determinadas exenciones impositivas: por ejemplo, AWS y las SGR están exentas de determinados impuestos. - Aportaciones de la administración estatal o regional al fondo de provisiones del sistema de garantía: fundamentalmente, aunque no es el único sistema, hay que señalar a los Confidi italianos, porque en este caso la ayuda pública se suministra principalmente por esta vía. En otros muchos sistemas se combina este tipo de ayuda con otras vías diferentes de actuación. - Participación de la administración, estatal o regional, en el capital del sistema de garantía: en Hungría, Chequia, Eslovaquia, el estado participa de forma mayoritaria en el capital de Hitelgarancia, CMZRB y SZRB. Finlandia, Austria, Bélgica, Lituania, Estonia, con la participación del 100 % del estado en Finnvera, AWS, Sowalfin, El Fondo Rural, Invega y KredEx. En España, el 27 % del capital del sistema está aportado por los gobiernos regionales y las administraciones locales y en Portugal, este porcentaje asciende al 48 %. - Donantes públicos: algunos sistemas, en Estonia, Hungría, Rumania y en Lituania, han recibido fondos europeos del programa PHARE. - Programas de contragarantía: prácticamente en todos los sistemas, la participación pública también se refleja en programas de contragarantía, generalmente automáticos. En este caso, la protección se extiende a la entidad de garantía, que desarrolla por sí misma el análisis y la decisión, con una intervención parcial en las pérdidas. Es un medio de apoyo muy útil pero presenta la desventaja para el contragarante de que, en el momento que suministra la ayuda, no sabe cuándo y por cuánto se traducirá el desembolso presupuestario y, por ello, los controles son muy estrictos. En Alemania, el reafianzamiento nacional y regional alcanza el 68%-80%, en Alemania Occidental y Oriental respectivamente. En Hungría, hasta el 70% de cobertura estatal hasta un tope presupuestario anual. En Bélgica, Sowalfin reafianza automáticamente hasta el 50 % de las pérdidas de las sociedades de garantía mutua existentes. En España, CERSA, compañía estatal con estatuto bancario, contragarantiza a las SGR, con un promedio del 35 %. En Austria, los ingresos financieros devengados del Fondo de Reconstrucción, ERP, se utilizan para cubrir parcialmente las pérdidas de AWS. En Italia, existen programas públicos que "reaseguran" los riesgos de ciertos Confidis. En Francia, el SIAGI tiene socios cogarantía públicos con ciertos gobiernos regionales (Borgoña) y con los Sofaris. - Subvención por parte de la administración estatal o regional de la comisión de garantía a pagar por el empresario: una modalidad especial de cooperación privada/pública reside en subvencionar la comisión de garantía. Con ello se consigue favorecer la entrada de la PYME en el sistema, con el beneficio añadido de la diversificación. El estado limita su partida presupuestaria a una cantidad que gasta en el año, sin que se vean afectados los presupuestos de los años siguientes. Esta modalidad se encuentra en diversos sistemas, como en la República Checa, las sociedades de garantía húngaras, en el Fondo de garantía rural de Lituania, en las SGR españolas, etc... Por último, debemos señalar que ciertos estados son totalmente responsables, en última instancia, de los riesgos de los sistemas de garantías, incluso aunque no asuman su dirección. En estos casos, el estado establece un límite a los riesgos de garantía que está dispuesto a asumir. Por ejemplo, en Austria, los riesgos serían asumidos en última instancia por el estado si la sociedad operativa AWS fuera incapaz de absorber las pérdidas totales. Ésta es una forma de paraguas financiero terminal, que tiene sentido solamente para demostrar a los bancos la seguridad de su protección pero que no incide de forma operativa. Lo mismo sucede para Sowalfin, en Bélgica, y en el Fondo Rural e Invega, en Lituania. 6. EL COSTE DEL AVAL EN LOS SISTEMAS DE GARANTÍA EUROPEOS El coste de las garantías para el empresario varía en cada uno de los sistemas. Como norma general, suelen incluir algunos de los siguientes componentes:
CITIES IN COMPETITION 192 1. Aportación al capital: este primer componente es la aportación de capital social que debe efectuar el solicitante dado el carácter mutualista de estas sociedades, excepto en casos como el alemán y el austríaco, en los que este requisito no se exige. Se aplica en Bélgica (SCM), en Francia (SIAGI, Socama), en Italia (Confidis), en España (SGR) y en Portugal (SPGM y SCM). La cantidad de la suscripción es normalmente bastante simbólica y al final de su operación, el empresario puede solicitar su reembolso (generalmente por el valor nominal, aunque en Francia (SIAGI, Socama) también se puede solicitar la parte correspondiente de las reservas). 2. Comisiones de apertura y/o de gestión: el segundo componente del coste es el pago de las comisiones destinadas a cubrir los costes de gestión de las sociedades y que se calculan bien como un porcentaje del interés pagado o bien como un porcentaje del riesgo vivo. Normalmente, se concretan en una comisión fija al inicio de la operación o comisión de apertura. En otras ocasiones, más escasas, también se cobra una comisión anual por el seguimiento del expediente. 3. Aportación a los fondos de garantía: este tercer componente, existente sólo en algunos países como Francia o Italia, es la aportación que el socio garantizado debe hacer a los Fondos de Garantía y su valor es el coste de oportunidad de la inmovilización que supone dicha aportación. 4. Comisión de aval: supone la parte más importante del coste. Suele consistir en un porcentaje anual sobre la cantidad pendiente avalada. El mayor o menor nivel del coste del aval desempeña un papel regulador en la composición de una cartera sana ya que si se mantiene alto, se dificulta desarrollar una elevada actividad, o bien lleva a formalizar operaciones de mala calidad. En todo caso, el precio hay que considerarlo en términos relativos, ya que depende de las tasas de inflación, las tasas de interés... La importancia del coste total del aval en la composición de la cartera lleva a la discusión de si sería deseable que estas sociedades cobraran diferentes precios según los niveles de riesgo que presenten cada una de las operaciones; si no, se estarían limitando la entrada de operaciones de bajo riesgo por las de alto riesgo. Sin embargo, en numerosos países, sobre todo en los sistemas más antiguos, la comisión es la misma para todos los proyectos, independientemente del riesgo. Las posibles vías para considerar esta circunstancia son muy diversas. Distinguimos dos formas de considerar el riesgo: - De forma global, donde las operaciones no serían estudiadas de forma individualizada sino que se supondrían unos determinados niveles de riesgo según ésta estuviera en diferentes circunstancias. En este sentido, podrían implantarse, por ejemplo, alguno de estos métodos: establecer una comisión de riesgo sobre el capital pendiente, mayor mientras más alto fuera el porcentaje de cobertura de la operación, instituir una comisión de riesgo que cambie dependiendo de la lejanía desde el momento de la concesión, siendo, por ejemplo, mayor el primer año respecto a los siguientes años o que la comisión sea diferente según el grado de madurez de la empresa avalada, distinguiendo principalmente entre empresas maduras y jóvenes. Otra manera de ajustar el nivel de la prima es crear productos vinculados con diferentes situaciones de riesgo para las que son fijados varios precios. Por ejemplo, el riesgo es diferente para una operación de renovación de equipo, para una empresa nueva o para financiar necesidades de liquidez. - Una segunda opción sería la de estudiar las operaciones de forma individualizada. En este caso, se trata de calcular la prima de riesgo de cada operación, relacionando intensidad del riesgo y precio de la garantía. Para el cálculo de esta prima de riesgo, se tendría que atender a la probabilidad de fallido de la operación. Un ejemplo se encuentra en Finnvera, donde los analistas solamente dan un "precio" después de haber considerado los factores de riesgo específicos de la operación y haberlos ponderado en un sistema de rating que ha establecido Finnvera gracias a su experiencia. Fluctuando entre el 1 % y el 4 %, la prima es por término medio del 2 %. En Chequia, CMZRB está trabajando en una dirección similar y ha desarrollado una herramienta informática para medir la "Probabilidad de incumplimiento". El Nuevo Acuerdo de Basilea 2 (enfoque IRB)
FINANCE MANAGEMENT CHALLENGES 193 inevitablemente popularizará las clasificaciones del riesgo, incentivando el principio de una comisión individualizada. Por otra parte, hay que señalar que, desde algunos países, como Austria, parten propuestas acerca de fijar el nivel de comisiones de forma más imaginativa y novedosa: la comisión tendría una parte fija y una parte variable, fruto de la participación en los beneficios del proyecto avalado. En este caso, la SCM, compartiría, en cierto sentido, el riesgo del proyecto. Así, AWS ha vinculado el coste de la garantía de supuestas operaciones "difíciles" (capital riesgo o innovación) a la obtención de beneficio por parte de la empresa. Cada beneficiario paga un porcentaje básico, pero si la empresa tiene éxito y es rentable, por la parte de la inversión cubierta por la garantía, remunerará a AWS de forma adicional con un dividendo sobre sus beneficios. Esta relación entre el nivel de riesgo de la operación y el precio del aval no concuerda, evidentemente, con el deseo de los sistemas mutualistas que tienen principios muy igualitarios. La misma prima para todo el mundo: esa es la regla en las SCM belgas, las Socama francesas y los Confidi italianos. Estos sistemas son solamente viables si las buenas operaciones participan de la cartera en mayor medida que las menos buenas. Supone conservar vigente el espíritu mutualista. 7. NIVEL DE ACTIVIDAD DE LOS SISTEMAS DE GARANTÍA EUROPEOS Para analizar la actividad avalista desarrollada en cada uno de los países, hemos estudiado diferentes variables indicativas de la misma: capitalización, número de PYME beneficiadas por los sistemas de garantía, volumen de garantías en vigor o riesgo vivo y riesgo formalizado anual, medidas a 31 de Diciembre de 2000 y 2001 (Tabla 2). Al respecto, hemos de señalar que los datos que se muestran en dichas tablas son los facilitados por la Asociación Europea de Caución Mutua, AECM, y hay que interpretarlos con cierta cautela ya que no reflejan todas las operaciones vigentes. En determinados países donde conviven más de un sistema de garantías, los datos contemplan solamente los resultados de algunos de ellos. Así, recogemos los datos de los 18 principales sistemas de garantía activos (sociedades o federaciones) en la Unión Europea. Sin embargo, las estadísticas no incluyen a todo el sector de garantía europeo ya que faltan sistemas como Sofaris (Francia), BBMKB (Países Bajos), Small Firms Loan Guarantee Scheme (Reino Unido), etc... Tampoco se contemplan aquellas sociedades de garantía dedicadas a otros objetivos que el avalar préstamos para PYME. Los siguientes comentarios se refieren a las estadísticas de los años 2000 y 2001. Al leerlas, deben tomarse en cuenta la distorsión que supone comparar nuevos sistemas y otros más maduros, considerar sistemas que cuentan con diferentes niveles de respaldo público y, por supuesto, comparar sistemas que operan en países de tan diferente tamaño. En 2001, aparecen los datos de los sistemas rumanos, FGCR y RLGF, que todavía no eran miembros de la AECM en 2000 y en Austria aparecen sólo los datos de dos de las sociedades de caución, NÖKBG y OÖKBG. • Fondos Propios: en 2001, el patrimonio total ascendía a cerca de 3.000 millones de euros. En conjunto, la capitalización es importante y principalmente se localiza en los fondos de reservas y las provisiones genéricas para riesgos, en mayor medida que en el capital. El sistema que más fondos propios mantiene es, con diferencia, el sistema italiano, con 1.360 millones de euros, el 45% del total. Le siguen los sistemas alemán, español y finlandés, que se sitúan en torno a los 300 millones de euros. Es destacable el poco nivel de fondos propios de sistemas como RLGF, de Rumania, y el fondo rural de Lituania que no alcanzan ni los 10 millones de euros. En 2000, los datos sobre fondos propios son algo menores que en 2001. Prácticamente todas las sociedades elevan su cifra de recursos propios salvo las SCM belgas, las Socama francesas, y AVHG de Hungría, que descienden levemente.
CITIES IN COMPETITION 200 RUMANIA: EL FONDO RURAL DE GARANTÍAS, FGCR Y EL FONDO PARA PYME, RLGF • El Fondo Rural de Garantía, fundado (1994) a iniciativa del gobierno rumano, el apoyo de cuatro bancos comerciales y el programa europeo PHARE. Su papel fundamental es facilitar la transición de la economía rural del país. En 2002 participó en el programa europeo SAPARD. • El Fondo de Garantía para empresarios privados, RLFG.Creado en 1993 por el estado con la asesoría canadiense, austríaca e italiana. Actualmente es una sociedad limitada, propiedad de compañías financieras rumanas. Tiene una oficina en Bucarest pero trabaja en todo el territorio a través de las cooperaciones con las Cámaras de Comercio, los Centros de Desarrollo de la Empresa y de Desarrollo Regional. No está sometido a supervisión. Multisectorial. Garantiza hasta el 70 % de los créditos bancarios (inversión y capital circulante). Sin ayudas, la comisión oscial entre 3% al 3,5 %, dependiendo del riesgo y una comisión de estudio de 1 %.