Re is a de Es udios Tau inos
N.º 32, Se illa, 2012, págs. 87-102
EL SÍNODO DE SEGOVIA DE 1216
Y LAS FIESTAS DE TOROS
Bea iz Bado ey Ma ín*
I. INTRODUCCIÓN: EL RESTABLECIMIENTO
DE LA DIÓCESIS SEGOVIANA
n el año 1079 Al onso VI de Cas illa econquis ó
Sego ia, siendo epoblada po Raimundo de Bo goña.
Tal p oceso coincide con el p edominio de la o den
cluniacense, cuya in luencia se dejó sen i en odos
los einos hispánicos y, especialmen e, en Cas illa y León.
Fue on muchos los monjes cluniacenses o clé igos o mados po
ellos que llega on a las más impo an es sedes episcopales. Po
ejemplo, el p ime obispo de Sego ia, don Ped o, ue un clunia-
cense p oceden e de Gascuña. A i ma Colmena es que había
nacido en la ciudad ancesa de Agen, en la ibe a sep en ional
del ío Ga ona. Desde allí le ajo don Be na do, a zobispo de
Toledo, que le nomb ó su a cediano y después, obispo de
Sego ia, «sin que has a aho a sepamos año, ni dia ijo des e
nomb amien o» (2005: 178). Sí sabemos que, en el año 1110, ue
uno de los p elados que acompañó el cue po del ey Al onso VI
has a el con en o de Sahagún, donde ue sepul ado; siendo es a
la p ime a no icia documen ada de es e p elado, que pe maneció
al en e de la diócesis has a su allecimien o, el 28 de no iem-
b e de 1148 (Ibidem: 177 y 228).
* Uni e sidad Nacional de Educación a Dis ancia.
E
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Así pues, Sego ia enace en plena e apa cluniacense. Muy
p on o ue eo ganizada su diócesis que, enseguida, debió cele-
b a sus p ime os sínodos e incluso algún concilio. Po ejemplo,
se sabe que en ma zo de 1166 se celeb ó un impo an e concilio
p esidido po Juan, a zobispo de Toledo, que an e io men e
había sido obispo de Sego ia. Además, un documen o conse -
ado en el a chi o ca ed alicio e e en e a la solución de un con-
lic o en e el obispo y el cle o de la diócesis sego iana, ci a los
dec e os de un concilio p o incial celeb ado po el a zobispo de
Toledo, don Ma ín López, en e los años 1191 y 1206. Y, es-
pec o a los sínodos, hacia los años 1208 o 1209 el obispo de
Sego ia, don Gonzalo, con ocó uno en el que impuso a su cle o
un nue o ibu o, con el ca ác e de subsidio ca i a i o a a o
del obispo. Tal ibu o enía a añadi se al ca ed á ico que ya
cob aban los obispos po de echo común, po lo cual el cle o se
esis ió a acep a lo. Su suceso , llamado Gi aldo o Ge a do
(1211-1224), in en ó cob a lo pe o en onces la esis encia ya ue
enaz y ino a uni se a o os con enciosos que el cle o y pueblo
de Sego ia enían con a el obispo. Todas es as cues iones se a-
a on en un nue o sínodo celeb ado hacia 1216, poco después de
la conclusión del La e anense IV1.
II. EL SÍNODO SEGOVIANO DE 1216
En e ec o, hacia 1216 se celeb ó un sínodo en Sego ia. Al
ma gen de o as cues iones, su impo ancia de i a del hecho de
que, p obablemen e, es el p ime sínodo conocido en Eu opa
que in en ó pone en ma cha las e o mas del La e anense IV.
1El concilio de 1166 ue edi ado po (Linehan, 1980:31-44). Pa a el es o de
las asambleas id. (Ga cía y Ga cía, 1988: 355-494) y la e e encia en págs. 449-451.
El sínodo de Sego ia de 1216 y las ies as de o os 89
II.1. PRECEDENTE: ELCONCILIO LATERANENSE IV
El 11 de no iemb e de 1215 el papa Inocencio III con o-
có un nue o concilio ecuménico, con dos obje i os undamen a-
les: «la e o ma de la Iglesia uni e sal y, sob e odo, la libe ación
de Tie a San a» (Ga cía y Ga cía, 1988: 453).
Se puede a i ma que el IV concilio de Le án es, po
muchos concep os, el más impo an e de oda la Edad Media.
Especialmen e po que ningún o o concilio ecuménico medie al
o ece un cue po legisla i o disciplina de an la go alcance.
Pa a An onio Ga cía y Ga cía el Concilio La e anense IV es el
más impo an e de los cinco La e anenses y, además, es el p in-
cipal concilio ecuménico medie al, po el cue po de las e o mas
con enidas en sus 71 cons i uciones. No en ano és as se inclu-
ye on casi ín eg amen e p ime o en la Compilación 4 an igua -
apa ecida en 1218 y acep ada en Bolonia en 1220- y después en
las Dec e ales de G ego io IX, con lo cual se ga an izó su impac-
o en la sociedad y su igencia du ade a ya que, sus ancialmen-
e, es u ie on igen es has a 1918. Es más, muchas de sus
no mas se pusie on de nue o en igo en los Códigos de
De echo Canónico de 1917 y 1983. Po ejemplo, en el Código
de 1917 se ci an ex os la e anenses al pie de 228 cánones
(Ga cía y Ga cía, 1988: 463).
Sin emba go, en un p incipio su aplicación ue di ícil en
oda Eu opa y, especialmen e, en España. No es ex año: en la
Edad Media ue bas an e ecuen e que muchos ex os legales no
u ie an un éxi o inmedia o y sí lo u ie an a la go plazo. Eso les
sucedió a las cons i uciones de es e concilio. Así, en e 1215 y
1228 apenas se celeb ó en España ningún concilio, cuando es e
e a el cauce p e is o en el canon 6 del La e anense IV pa a la
e o ma. No obs an e, hubo alguna no able excepción. Es e ue
el caso del sínodo celeb ado en Sego ia en 1216, p obablemen-
e el p ime o conocido en Eu opa que in en ó pone en ma cha
algunas e o mas del La e anense. Su impulso ue el obispo
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Gi aldo, uno de los 27 p elados que, p oceden es de la Península
ibé ica, asis ie on al Concilio de 1215.
II.2. EL OBISPO GIRALDO
Poco se sabe de Gi aldo an es de que ue a nomb ado, en
1211, obispo de Sego ia, sede en la que pe maneció has a su
allecimien o en 1224. Sí conocemos que e a a ec o al ey de
Cas illa Al onso VIII, lo que pudo ale le su p omoción al epis-
copado de Sego ia. Poco después ue en iado po el mona ca a
Roma, pa a ecaba el apoyo del Papa en la gue a con a los
musulmanes. El esul ado de su embajada ue un llamamien o de
Inocencio III a los a zobispos y obispos de F ancia, pidiéndoles
ayuda pa a la c uzada que el ey cas ellano iba a emp ende . La
gue a culminó con la ic o ia de las Na as de Tolosa de 1212.
Gi aldo causó an buena imp esión en Inocencio III que, en los
años siguien es, le comisionó pa a en ende en di e sos li igios.
Ya en 1215 le mandó asis i al Concilio de Le án, que se eunió
desde el 11 has a el 30 de no iemb e de ese año. Y, como se sabe
que el obispo pe maneció en Roma casi un año, pa ece jus i i-
cado supone que eg esó a su diócesis hacia mediados de 1216,
po lo cual hacia inales de ese año o p incipios del siguien e
con ocó el sínodo al que nos enimos e i iendo; aunque, como
e emos, ha sido da ado e óneamen e po algunos au o es en
1215. Aho a bien, dado que el 11 de ma zo de 1217 ue ele a-
do del gobie no de la diócesis, pa ece bas an e ace ado pensa
que la echa de celeb ación del sínodo se si ua ía en e el o oño
y el in de año de 1216, an es de la pé dida de juicio del obispo
(Alonso Rod íguez, 1993: 246-248). Pa ece que el mo i o de an
g a e ci cuns ancia ue on los la gos plei os que sos u o con
algunos miemb os de su diócesis. Y es que el cle o sego iano no
acep ó de buen g ado algunas e o mas in oducidas po el obis-
po, especialmen e aquellas que modi icaban su es a us bene i-
cial y económico. Con ellos, muchos laicos hicie on causa
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común con a Gi aldo y le emplaza on an e los ibunales. El
obispo llegó a gas a 5.000 áu eos en p ocesos. La ba alla ue an
du a que el p elado acabó pe diendo la salud men al y el obispa-
do2. Po in, en los p ime os meses de 1217 se llegó a un a bi-
aje en an enconada lucha. Los á bi os ue on el maes e de
Cala a a, don Ma ín Fe nández, Diego Díaz, cancille del ey
don Ga cía, y los maes os Ma ín de Tu égano y Domingo de
Cuélla . Al ma gen de la esolución del con lic o, lo impo an e
de es e a bi aje es que el documen o inal de los á bi os ep o-
duce el ex o del sínodo de don Gi aldo, siendo la única uen e
po donde se conoce (Ga cía y Ga cía, 1988: 467-468).
II.3. LAS CONSTITUCIONES SINODALES DE 1216
Como ya se ha apun ado, la pa icula idad de es e sínodo
es que es el p ime o que se conoce en la Península ibé ica y uno
de los p ime os celeb ados en Eu opa as el Concilio
La e anense IV de 1215. El documen o se encuen a en Cuélla
(Sego ia), en el A chi o pa oquial de la iglesia de San Miguel,
leg. 10, n. 11-A. Es un pe gamino de 54 po 47 cen íme os, que
con iene un ex o cuad ado de 46 po 46 cen íme os. Es á esc i-
o po un buen calíg a o en le a gó ica. En el do so, en una mano
pos e io al año 1500, se lee: «Pode es. Comisiones Apos ólicas.
Sen encias que ya no son del caso». O a mano, p obablemen e
del siglo XVIII, o ece el esumen del con enido del pe gamino:
«Sen encia a bi al que die on los jueçes nomb ados po la san-
idad de Inocencio e çe o en el iempo que se çeleb ó el
Conçilio La e anense, sob e çie as … que los clé igos ansi des a
2En al sen ido esc ibe Colmena es: «… p onunciada la sen encia sob e-
ino al obispo una la ga en e medad, juzgada de odos po sob ena u al, y cas igo
del cielo, como esp esamen e lo dicen ins umen os au én icos des e suceso, p i-
ándole ambién del juicio, causa de que el pon í ice Hono io III come iese el
gobie no de nues o obispado al celeb ado a zobispo de Toledo D. Rod igo
Ximenez» (2005: 303-304).
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illa como de Sepúl eda y o os luga es auian (?) con a el S .
obispo … el modo de i i que los … las cosas que en el se
be an … 1215».
Ha sido edi ado a ias eces:
En 1961 po An onio Ubie o A e a -Colección diplomá i-
ca de Cuélla , págs. 21-29-, que lo da ó e óneamen e en 1215
y, al pa ece , con nume osos e o es de ansc ipción,
En 1993 en el Synodicon hispanum, di igido po A. Ga cía
y Ga cía, quien ya lo había publicado en su lib o Iglesia,
Sociedad y De echo, II. Es e au o lo da ó en 1216 (Alonso
Rod íguez, 1993: 243-244; 248 no a 13).
Y, en 2010, en la Colección documen al de Cuélla (934-
1492), elabo ada po Balbino Velasco Bayón (O. Ca meli a),
Mau icio He e o Jiménez, Segismundo Pecha omán Ceb ián y
Julia Mon al illo Ga cía.
El esul ado del sínodo ue on 21 cons i uciones. Algunas
a an de pone en acción a ias no mas la e anenses y e san,
en e o as cosas, sob e ma e ia bene icial y ibu a ia. En gene-
al no ue on bien ecibidas po la iglesia cas ellana del siglo
XIII, especialmen e las que p e endían modi ica el s a us eco-
nómico y bene icial del cle o. O as a ec an más di ec amen e a
lo que en onces se llamaba i a hones as cle ico um, es deci , la
ida co idiana de los clé igos. Así, la cons i ución p ime a les
obliga a lle a co ona y onsu a; la segunda no les pe mi e lle-
a es idos ojos, co ados po abajo o pe o ados en el homb o;
la e ce a dispone que no pueden lee o can a en la iglesia sin
capa, palio o sob epelliz; la cua a les p ohíbe usa cuchillos a i-
lados; la quin a es ablece ía la p ohibición de juga a los dados;
y la sex a la de bebe en las abe nas, a no se en caso de nece-
sidad cuando se an de iaje. Como apun a An onio Ga cía y
Ga cía, es as seis cons i uciones p ime as ep oducen, más o
menos li e almen e, no mas que se encuen an en los es a u os
la e anenses (1988: 465).
El sínodo de Sego ia de 1216 y las ies as de o os 93
II.3.1. LA CONSTITUCIÓN QUINTA
Pues bien, algunos au o es han apun ado que una de ellas
con end ía la e e encia legisla i a más an igua a las ies as de
o os. Se a a ía de la cons i ución quin a que, según la ans-
c ipción de An onio Ubie o A e a, es ablecía: «Quod nullus cle-
icus luda ad decios, nec assi a lude u ibus» (1961: 25); y que,
adicionalmen e se ha aducido del siguien e modo: «Que nin-
gún clé igo juegue a dados, ni asis a a juegos de o os».
Fig. n.º 5.- Clé igos en e el público de una co ida de o os. Apud.
Ma qués de Juan de Pied as Albas (2010): Fies as de To os. Bosquejo
His ó ico, Real Maes anza de Caballe ía de Se illa, Uni e sidad de
Se illa, Fundación de Es udios Tau inos, ig. n.º 41.
Así pues, se a a ía de la p ime a no ma, en es e caso de
de echo canónico, ela i a a las ies as o juegos de o os. Una
disposición que no p e endía egula el espec áculo sino ep en-
de una conduc a inadecuada elacionada con el mismo, como
e a la asis encia de los clé igos a los es ejos au inos. En cual-
quie caso, la no ma end ía a con i ma que en 1216 se co ían
o os en el obispado de Sego ia.
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Lo cie o es que algunos au o es se hicie on eco de dicha
ansc ipción. Po ejemplo, Césa Ma a y Ma ín a i ma que, en
el mes de diciemb e de 1215, cua o á bi os componedo es –el
maes e de Cala a a Ma ín Fe nández; el cancille del ey
Diego Díaz; y los maes os Ma ín de Tu égano y Domingo de
Cuélla – acaba on con las di e encias que, po cues iones de dis-
ciplina eclesiás ica, exis ían en e el obispo de Sego ia don
Ge aldo y los clé igos y laicos de la diócesis. «Una de ales
–añade– se á la p ohibición de asis i a las ies as de o os así
como su pa icipación en juegos de aza , es ableciéndose al es-
pec o una limi ación absolu a, so pena de suspensión». Y, a con-
inuación, ep oduce la ansc ipción de An onio Ubie o A e a
(1995: 53-54). El mismo au o , en Ri os au inos en Cas illa y
León, a i ma que la an igüedad es una seña ca ac e ís ica de los
encie os de Cuélla . Y «siendo los encie os más an iguos de
España, según ezan los ca eles anunciado es, bueno se á in o-
duci nos en la documen ación que nos habla de o os en Cuélla
y su ie a. Ya en 1215, según e e encias exp esas del Obispado
de Sego ia, se co ían o os en Cuélla . En onces se p ohibía a
los clé igos juga a los dados y a los o os, so pena de hace cae
sob e ellos se e as sanciones canónicas» (2008: 69-71).
Respec o al o igen de dicha p ohibición, el p o eso Félix Ja ie
Ma ínez Llo en e apun a: «Las azones al p ohibición debemos
busca las en la común opinión en e la gen e eclesiás ica de que
las ies as au inas no se a aban, aunque en ello es u ie a implí-
ci o, de una di e sión de e ia o es i idad, sino de un o o o p o-
mesa eligiosa a cuyo cumplimien o se obligaba la colec i idad
po medio de sus egido es. En el ondo se a aba del sac i icio
de un o o en hono de una olun ad o ue za sob ena u al a la
que se p e endía ene p opicia con al inmolación» (1995: 22).
Po su pa e, Isido o Rod íguez Ta o señala que en la ci ada dis-
posición «el obispo Ge aldo de Sego ia p ohíbe a odos los
sace do es sego ianos asis i al juego del o o y el que lo hicie-
El sínodo de Sego ia de 1216 y las ies as de o os 95
e se ía suspendido» (1999: 18). En el mismo sen ido, el p o e-
so Víc o Manuel Cabañe o Ma ín señala que el documen o
sego iano «es el más an iguo de cuan os se ienen conocimien o
en esa asociación o o y juego»; y que de él «pa ece desp ende -
se cie o sen ido de gene alidad en cuan o al mencionado juego,
po cuan o sus manda os alcanzan a la o alidad de la diócesis»
(2010: 17). Po su pa e, Isaías Rod igo C iado a i ma que los
encie os de Cuélla son los más an iguos de España; que exis-
en esc i os echados en el siglo XII en los cuales se habla de los
no illos que se co ían en la illa, si bien no los apo a; y que se
conse a un documen o de 1215 «que da e de la cos umb e de
co e o os en la illa, lo cual ue obje o de negociación, pues
e a una disposición del obispo de Sego ia en la cual se p ohibía
la asis encia de los clé igos a es os juegos de o os, bajo la pena
de suspensión» (1998: 11). E incluso, como ya se ha apun ado,
los ca eles anunciado es de los encie os ecogen dicha e e en-
cia. Así, en el P og ama o icial de ies as de Cuélla se lee:
«Nues os encie os son nues o mayo o gullo. Allí donde
amos, p egonamos que son los más an iguos de España po que
así lo a es igua el documen o de 1215 que se conse a en el
a chi o ducal: siendo Ge a do Obispo de Sego ia, se eunió un
Sínodo pa a me e en cin u a a los clé igos medie ales.
Tex ualmen e dice: En quin o luga , que ningún clé igo juegue a
los dados ni asis a a los juegos de o os –lude u ibus–. Sea sus-
pendido si así lo hicie a»3
Sin emba go, hay a ios aspec os que llaman la a ención
en es a no ma, especialmen e el uso de la oz u ibus pa a e e-
i se a los o os. Po ello, es a disposición me ece un análisis
más de allado que puede lle a nos a conclusiones bien dis in as.
3Vid. el P og ama O icial de las Fies as en hono de Nues a Seño a del
Rosa io, 28, 29, 30 y 31 de agos o y 1 de sep iemb e de 2011, edi ado po el ayun-
amien o de Cuélla .
Bea iz Bado ey Ma ín
102
Rod igo C iado, Isaías (1998): En e To os y Limonadas,
Cuélla : los encie os mas an iguos de España, Cuélla .
Rod íguez Ta o, Isid o (1999): His o ia Tau ina de las “Fies as
del C is o” de San Sebas ián de los Reyes, San Sebas ián
de los Reyes.
Ubie o A e a, An onio (1961): Colección diplomá ica de
Cuélla , Sego ia.