1EM.
MJMSTO1A
DE
SEVILLA.
.
Tj l
'
:
. gP
3
Ü
QUE
EN
LA
SOLEMNE
APERTURA/
DEL
TRIBUNAL
de
LA
REAL
AUDIENCIA
DE
SEVILLA,
PRONUNCIÓ
EL
DIA
5
DE
ENERO
DE
1851
SU
REGENTE
EL
S .
D.
ELADIO
ALONSO
VALDENEBRO.
SEVILLA:
Imp en a
de
D.
José
Hidalgo
y
Compañía.
T
Nec
1
abeas
i ia,
nec
e as.
QuinüUanus
ad
simicum,
cui
cu a
e
ins
-
uc io
alio um
demanda a
e aU
SEÑORES:
1
o
p ime a
ez
engo
el
hono
de
di igi os
la
palab a
pa a
anuncia
(según
cos umb e)
la
solemne
ape u a
de
es e
T ibunal.
Vamos
á
con¬
inua
nues as
delicadas
a eas,
y
al a ía
yo
á
uno
de
mis
p incipales
debe es,
si
con
es e
mo i o
no
eco dase
las
obligaciones
y
ju a¬
men os
con
que
es amos
ligados,
ni
exci ase
ues o
celo
po
el
bien
gene al
de
es a
P o¬
incia.
Nues o
amado
Sobe ano
decidido
á
oda
cos a
y
abajo
po
sus
ieles
asallos
,
nos
la
iene
con iada
,
y
es ablecido
leyes
,
pa a
que
según
ellas
demos
y
conse emos
á
cada
uno
lo
que
le
pe enece.
¡
Lejos
de
mi
la
ana
p esunción
de
c ee me
capaz
de
ilus a
ai
Real
Acue do!
El
poco
iempo
que
hace
es oy
en
medio
de
oso os,
amados
Com¬
pañe os,
Minis os
espe ables
de
es e
T ibu¬
nal,
es
mas
que
su icien e
pa a
es a
bien
pe¬
ne ado
de
ues a
sabidu ía,
ci cunspección,
in eg idad,
y
ec a
adminis ación
de
jus icia.
Con inuemos
pues,
mani es ando
á
esos
hom¬
b es
malé olos,
que
se
ocupan
en
desac edi a
la
au o idad,
exage ando
y
aumen ando
las
al¬
as
que
ad ie en,
ó
al
ez,
que
solo
p esu¬
men
en
los
Magis ados,
que
ni
po
un
solo
momen o
nos
ol idamos
de
que
no
se
nos
ha
en egado
en
ano
el
sag ado
depósi o
de
la
Jus icia5
de
es a
i ud
Di ina,
cuya
admi¬
nis ación
nos
es á
enca gada
po
el
mejo
de
los
Reyes,
y
que
desempeñada
po
noso os
con
la
in eg idad,
desin e és
y
alen ía
que
es
jus¬
o
,
nos
da á
la
paz
an
necesa ia
como
de¬
seada
po
los
homb es
de
buen
juicio.
La
sociedad
end ía
á
se
una
mons uo¬
sa
ag egación
de
homb es
agi ados
de
oda
es¬
pecie
de
pasiones
$
se ia
una
espan osa
ana ¬
quía,
si
los
pob es,
los
pequeños,
los
débiles,
no
u iesen
un
p o ec o
en
las
leyes
:
y
los
g andes,
los
obus os,
los
icos,
quien
cas i¬
gase
sus
iolencias.
Pa a
e i a
amaños
ma¬
les
,
án es
que
las
leyes
se
esc ibiesen,
y
se
ijasen
las
penas
con
que
habían
de
cas iga se
los
deli os,
los
homb es
se
iaban
de
la
sabi¬
du ía,
in eg idad
y
p udencia
de
los
que
eje ¬
cían
la
au o idad
judicial,
á
cuyo
a bi io
se
quedaba
odo:
y
después
que
las
leyes
se
san-
clona on
y
publica on,
los
Jueces
son
sus
de¬
posi a ios
y
ejecu o es.
Su
obligación
esencial
es
a egla se
á
ellas,
a os ando
con
alo
cuan¬
os
pelig os
se
opongan.
Cualquie a
debilidad
que
se
no e
en
un
Juez,
ó
que
condesciende
ácilmen e,
aunque
sea
po
compasión,
á
los
uegos
de
los
que
quie en
se
suspenda
el
cum¬
plimien o
de
las
leyes,
bas a á
pa a
qui a
en
los
subdi os
el
emo
á
la
jus icia,
que
es
el
que
p oduce
y
conse a
sus
he mosos
u os,
el
o den,
la
paz,
y
la
segu idad
de
las
p o¬
incias
y
de
los
ey
nos.
La
his o ia
es á
lle¬
na
de
ejemplos
que
demues an
es a
e dad,
y
el
Seño
ha
que ido
que
los
Jueces
la
engan
siemp e
p esen e,
consignándola
en
las
San as
esc i u as.
Moisés
legislado
del
pueblo
de
Dios,
conociendo
que
las
leyes
se
esien en
ácilmen¬
e
de
los
a aques
de
la
laqueza
humana,
eli¬
gió
pa a
su
i meza
y
segu a
ejecución
,
los
homb es
mas
ín eg os,
y
de
mas
espe o
po
su
alo
y
celo,
que
á
oda
cos a
cumpliesen
cuan o
se
o denaba
y
mandaba
po
la
ley
in¬
imada
á
aquel
pueblo
escogido.
El
eyno
de
Da id
no
ue
pací ico.
Ya
se
le
e elaba
una
T ibu,
ya
o a;
su
hijo
Ab-
salon
se
le
opone
y
hace
gue a
:
su
asallo
Seméi
le
desp ecia,
y
su
capi án
Joab
le
ame-
naza.
La
causa
de
odo
es o
es,
que
e a
blan¬
dísimo,
y
se
había
llegado
á
pe de
el
emo
á
la
jus icia.
Los
uegos
de
Abigail
bas a on
pa a
de ene le
cuando
iba
á
desca ga
el
gol¬
pe
de
la
jus icia
con a
Nabáb
Las
azones
de
una
muge
ecui es
le
hacen
pe dona
la
g an
maldad
de
su
hijo
Absalon.
E a
ya
sa¬
bido
que
con
pedi le
pe dón,
odo
se
ol ida¬
ba.
El
mismo
llegó
á
conoce
lo
mucho
que
pe judicaba
es o
á
la
paz
y
bien
es a
de
su
eyno.
Po
eso
deseaba
con
ansia
el
eliz
mo¬
men o,
en
que
omase
el
gobie no
su
hijo
Sa¬
lomón,
en
cuyos
dias
dice,
nace ía
la
jus icia
y
la
abundancia
de
paz.
Asi
ue:
el
sabio
Sa¬
lomón
bien
pene ado,
de
que
no
puede
ha¬
be
paz
si
no
hay
jus icia,
dis inguió
los
p in¬
cipios
de
su
eynado
cas igando
el
a e imien¬
o
de
su
he mano
Adonias,
á
quien
hizo
qui¬
a
la
ida,
sin
que
pudiesen
empla
su
i¬
go
los
uegos
de
su
mad e
Be sabé,
y
se
es a
la
p ime a
pe ición
que
le
había
hecho
después
de
Rey,
Manda
busca
al
capi án
Joab
su
p imo
he mano,
y
enga
con
su
mue e
los
muchos
males
que
había
hecho.
Acuden
á
su
audien¬
cia
dos
muge es
con
el
li igio
sob e
un
niño,
que
cada
una
eclamaba,
y
p e endía
se
su-
yo,
y
pidiendo
un
al anje
pa a
pa i
el
niño
po
medio,
descub ió
cual
e a
la
Mad e
e ¬
dade a.
De
aqui
se
siguió,
lo
que
dice
la
Esc i u¬
a,
que
odo
Is ael
emió
al
Rey.
Con
an os
ac os
de
igu osa
jus icia,
se
asen ó
el
emo
po
pied a
undamen al
en
el
eyno,
de
don¬
de
p ocedió
se
an
paci ico,
que
se
quedó
con
es e
nomb e
en e
odos
los
eynos
del
mundo.
No
hay
duda,
Seño es,
asi
como
la
nece¬
sidad
ha
obligado
en
odos
iempos
¿i
los
hom¬
b es
á
acoge se
á
la
Jus icia,
del
mismo
modo
se
ha
is o,
que
su
adminis ación
ec a
y
i¬
go osa
ha
conse ado
la
paz,
sin
la
que
la
elicidad
de
que
el
homb e
es
capaz
en
socie¬
dad,
es
un
an asma.
Oigamos
pues
a en amen¬
e
la
oz
de
los
que
eclaman
sus
de echos
consignados
en
las
leyes.
Ce emos
los
ojos
pa a
no
e
o a
cosa
que
la
jus icia,
y
ella
nos
es o za á
pa a
cumpli
sus
debe es.
A
oso os,
Abogados
de
es e
ilus e
Co-
legio,
os
oca
ayuda nos
con
ues as
luces
pa a
da
á
cada
uno
lo
que
es
suyo,
acla an¬
do
los
de echos
de
los
li igan es:
sed
solíci os
en
la
mas
pun ual
y
exac a
obse ancia
del
solemne
ju amen o
que
p es as eis
al
ing eso
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SEGUNDA
DE
LO
CIVIL
.
——
-
Demos ación
de
los
plei os
y
espedien es
que
se
han
despachado
desde
2
de
Ene o
has¬
a
3
i
de
Diciemb e
de
i
8
3
o
en
la
Sala
se¬
gunda
que
p esidió
el
S .
D.
Juan
Ped o
Mo¬
ales.
Seño es.
D.
Juan
Ped o
Mo ales
.
D.
José
Joaquín
de
San a
Ma ía
.
D.
Eugenio
de
La umbide.
D.
José
Ma ía
Che i
D.
Ra ael
G ego io
de
Velejia.
D.
Agus ín
de
Lope edi.
.Rela o es
....^
Pe ez.
Escu¬
de o.
Valdi-
BIELSO.
Los
cinco.
Esc ibanos
de
Cama a
Solano
Mo an
Mon es
López
Reina.
Plei os
de ini i os
en
is a
051
071
020
0*
8
Idem
en
e is a..
015
008
005
003
Idem
in e locu o ios.
086
067
017
036
Espedien es..
412
402
129
146
Recu sos
de
ue za.
002
002
000
000
Compe encias.
002
002
001
002
568
552
172
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de
los
plei os
y
p e ensiones
de
que
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Rela o es
de
las
dos
Salas
de
lo
Ci il
desde
2
de
Ene o
de
1
850,
has a
51
de
Di¬
ciemb e
del
mismo
año.
En
la
Sala
p ime a.
1511
En
la
segunda...
1497
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SALA
DEL
CRIMEN.
Plan
de
las
causas
espedien es
y
p e ensiones
que
se
han
despachado
desde
2
de
Ene o
has¬
a
3i
de
Diciemb e
de
i83o
en
la
Sala
del
C imen
,
p esidida
po
el
Seño
Gobe nado
D.
F ancisco
de
Olaba ie a.
Í
D
.
F ancisco
de
Olaba ie a..
G
obe nado .
D.
b
ancisco
Delgado
Fej'nandez
del
Pino
D
Juan
Nepomuceno
Muñoz.
D.
Indalecio
Almansa
y
E as i
.
D.
Pascual
Mendez
Acuña.
U.
Manuel
Ga da
de
la
Cole a.
Rela o es...
.
..
Esc ibamos
de
Cama a
.
|
Fe nandez
On a-
-
Lecom-
delasRozes
na .
e.
Causas
de
homicidio..
.
,
.
060
De
in an icidio.
000
De
suicidio.
000
De
he idas
....
...
.
.
.
080
080
De
insul os.
007
De
inju ias
.......
012
De
iñas.
007
De
ap ensión
de
a mas
p ohibidas.
.
.
007
008
De
eneno
..*....
000
De
hallazgo
de
cadá e es
.
.
004
De
obo
.
•
•
•
175
167
De
a e ías
.
.
.
003
De
es a as
.
009
De
agancia
.
015
De
ab icación
de
moneda
alsa
.
.
•
000
002
De
espendicion
de
moneda
alsa
.
.
•
002
000
De
juegos
p ohibidos.
.
.
.
001
De
amancebamien o
....
007
392
382
*
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004
De
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De
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De
OOI
003
De
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De
003
002
De
002
004
De
conspi ación..
OOI
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De
canciones
del
abolido
sis ema.
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002
De
pasquines
y
p oclamas
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De
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cá cel.
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De
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jus icia.
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y
suplan ación
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i mas.
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De
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las
causas
despachadas.
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182
192
040
054
Absuel os
o almen e
y
de
la
ins ancia.
059
105
Idem
á
equisición
de
dias.
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010
008
025
014
RESUMEN
GENERAL
de
los
plei os
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y
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nes
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en
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el
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En
el
Real
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En
la
del
C imen.
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To al
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de
plei os
y
p e ensio¬
nes
ci iles
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