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Marco legal y contexto socioeconómico del trabajo a tiempo parcial. Su evolución y escenario actual

Callau Dalmau, María Pilar

Abstract

En una situación de crisis económica como la actual, con altas tasas de desempleo y con un mercado laboral cada vez más globalizado y competitivo, el contrato a tiempo parcial se ha configurado, además de como un instrumento de interés entre las propuestas que abogan por dotar de mayor flexibilidad a la organización del trabajo, como una herramienta muy útil para afrontar el problema del desempleo, pasando a ocupar un lugar destacado entre las medidas de las políticas activas de empleo. Sin embargo, es preocupante, el que esta figura siga aglutinando muchos de los elementos indicativos de la precariedad laboral, como la involuntariedad, la elevada temporalidad, la retribución inferior, a la que le correspondería proporcionalmente a la jornada realizada respecto a un trabajo a tiempo completo, la concentración de colectivos jóvenes, o la feminización excesiva de este tipo de trabajo y, consecuentemente, las discriminaciones indirectas por razón de sexo que se producen. Su régimen jurídico, es el resultado de una evolución normativa, que durante estos últimos años ha sufrido profundas alteraciones y ha derivado en un alto grado de flexibilidad, lo que puede desembocar en una desprotección absoluta del trabajador frente a una disponibilidad arbitraria de su jornada de trabajo por parte del empresario. In an economic crisis such as the present one, with high rates of unemployment and a job market that is becoming more and more globalised and competitive, the part-time contract has been packaged, not only as an attractive instrument among various proposals advocating greater flexibility in the organisation of labour, but also as an extremely useful tool for tackling the problem of unemployment, and now occupies a prominent place in the measures set out in active employment policies. That said, it is of some concern that this instrument still encompasses many of the elements indicative of job insecurity, such as involuntariness, the high incidence of seasonal employment, lower wages than would normally correspond proportionally to the workday when compared with a full-time job, the concentration of groups of youngsters, or excessive feminisation of this type of work, and consequently, indirect discrimination as a result of gender. Its legal status is the result of regulatory developments that over the course of the last few years have undergone profound changes and led to a high level of flexibility, which may eventually leave workers completely unprotected against their employer with respect to the arbitrariness of their availability during the working day. Callau Dalmau, María Pilar

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Resumen Marco legal y contexto socioeconómico del trabajo a tiempo parcial. Su evolución y escenario actual dra. Pilar callau dalMau deParTaMenTo de derecho de la eMPresa universidad de zaragoza [email protected] Resumen: En una situación de crisis económica como la actual, con altas tasas de desempleo y con un mercado laboral cada vez más globalizado y competitivo, el contrato a tiempo parcial se ha configurado, además de como un instrumento de interés entre las propuestas que abogan por dotar de mayor flexibilidad a la organización del trabajo, como una herramienta muy útil para afrontar el problema del desempleo, pasando a ocupar un lugar destacado entre las medidas de las políticas activas de empleo. Sin embargo, es preocupante, el que esta figura siga aglutinando muchos de los elementos Acciones e Investigaciones Sociales. ISSN: 1132-192X, Núm. 36 (2016). Págs. 169 a 200 indicativos de la precariedad laboral, como la involuntariedad, la elevada temporalidad, la retribución inferior, a la que le correspondería proporcionalmente a la jornada realizada respecto a un trabajo a tiempo completo, la concentración de colectivos jóvenes, o la feminización excesiva de este tipo de trabajo y, consecuentemente, las discriminaciones indirectas por razón de sexo que se producen. Su régimen jurídico, es el resultado de una evolución normativa, que durante estos últimos años ha sufrido profundas alteraciones y ha derivado en un alto grado de flexibilidad, lo que puede desembocar en una desprotección absoluta del trabajador frente a una disponibilidad arbitraria de su jornada de trabajo por parte del empresario. Palabras clave: Contrato a tiempo parcial, flexibilidad laboral, empleo precario, conciliación vida personal, familiar y laboral, desempleo. legal framework and socio-economic context of part-time work. Its evolution and current scenario Abstract: In an economic crisis such as the present one, with high rates of unemployment and a job market that is becoming more and more globalised and competitive, the part-time contract has been packaged, not only as an attractive instrument among various proposals advocating greater flexibility in the organisation of labour, but also as an extremely useful tool for tackling the problem of unemployment, and now occupies a prominent place in the measures set out in active employment policies. That said, it is of some concern that this instrument still encompasses many of the elements indicative of job insecurity, such as involuntariness, the high incidence of seasonal employment, lower wages than would normally correspond proportionally to the workday when compared with a full-time job, the concentration of groups of youngsters, or excessive feminisation of this type of work, and consequently, indirect discrimination as a result of gender. Acciones e Investigaciones Sociales. ISSN: 1132-192X, Núm. 36 (2016). Págs. 169 a 200 Its legal status is the result of regulatory developments that over the course of the last few years have undergone profound changes and led to a high level of flexibility, which may eventually leave workers completely unprotected against their employer with respect to the arbitrariness of their availability during the working day. Keywords: Part-time contract, flexible working arrangements, precarious employment, work-life balance, unemployment Acciones e Investigaciones Sociales. ISSN: 1132-192X, Núm. 36 (2016). Págs. 169 a 200 Marco legal y contexto socioeconómico del trabajo a tiempo parcial. Su evolución y escenario actual Pilar Callau Dalmau Recibido: 27/04/2016 Aceptado: 12/07/2016 INTRODUCCIÓN En términos generales, el trabajo a tiempo parcial es aquel que ocupa menos tiempo del que ocupa uno a jornada completa, ya que el mismo “se organiza a partir de una reducción del tiempo de trabajo contratado respecto de una duración estándar de la jornada que se identifica con la propia del trabajo a tiempo completo” (Barcelón, 2013: 24). Aunque este tipo de prestación de trabajo no representa ninguna novedad, por formalizarse en periodos anteriores a la promulgación de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores (en adelante, ET), en los que la duración de la jornada de trabajo se apartaba en muchas ocasiones de la que marcaba el modelo tradicional del trabajo, “como referente normativo; esto es, como patrón o estándar social para la reglamentación de la relación laboral obligatoria” (Valdés, 2007: 244), es considerado todavía hoy como un “empleo atípico” (Carrasquer, 2012: 23) o “no estándar” (Lorente-Campos, 2003: 17), dado que a diferencia del canon de trabajo a tiempo completo concebido en términos de relación laboral como uno de jornada completa, el de tiempo parcial ha ido asociado durante muchos años a una intensa diversificación del empleo (Gómez, Pons y Martí, 2002: 2). Acciones e Investigaciones Sociales. ISSN: 1132-192X, Núm. 36 (2016). Págs. 169 a 200 Pilar Callau Dalmau 174 Acciones e Investigaciones Sociales. ISSn: 1132-192X, núm. 36 (2016). Págs. 169 a 200 Esta divergencia con el trabajo a tiempo completo vista en los últimos años como una contribución positiva desde la perspectiva de la flexibilidad de las relaciones laborales y de la política ocupacional, no lo es tanto bajo el prisma de los interlocutores sociales europeos, que lamentan el hecho de que el aumento de las tasas de empleo haya sido, en parte, el resultado de aplicar algunas formas precarias de empleo como el trabajo a tiempo parcial no voluntario, y manifiestan su preocupación dado que estos empleos no proporcionan a los trabajadores condiciones de vida dignas ni derechos laborales adecuados, en contra del rumbo hacia la recuperación del mercado de trabajo que marca el “Paquete de Empleo”1. En este sentido, el Parlamento Europeo reclama, además, una mayor atención a la integración de la perspectiva de género y a las políticas dirigidas a las mujeres, con el fin de alcanzar los objetivos principales en materia de empleo y reducción de la pobreza que marca la Estrategia UE-20202, para eliminar las diferencias en cuanto al desempleo y la pobreza que aún persisten entre géneros, pues advierte que, en algunos Estados miembros, el incremento de la tasa de empleo femenino se debe principalmente al aumento del trabajo a tiempo parcial3. Tras realizar unas consideraciones previas sobre el concepto de trabajo a tiempo parcial desde un punto de vista tanto socioeconómico como jurídico, el presente artículo pretende analizar con la ayuda de diferentes bases de datos españolas y europeas, el repunte de esta modalidad contractual experimentado en España desde el inicio de la crisis económica, comprobando además de la evolución de su utilización, las manifestaciones preocupantes de precariedad que rodean el escenario actual de este tipo de trabajo, propiciadas en gran medida por las sucesivas modificaciones legislativas de las que esta figura ha sido protagonista. 1 Conjunto de recomendaciones de la Comisión Europea a los gobiernos nacionales claramente centradas en la creación de puestos de trabajo y la mejora de las políticas de empleo. 2 Adoptada en el Consejo Europeo de junio de 2010, constituye el marco de referencia para la coordinación de las políticas económicas y de empleo de los Estados miembros de la Unión Europea. 3 Así se considera en la Resolución del Parlamento Europeo sobre el empleo y los aspectos sociales de la Estrategia UE-2020 [2014/2779(RSP)] de 19 de noviembre de 2014. Marco legal y contexto socioeconómico del trabajo a tiempo parcial. Su evolución y escenario actual 175 Acciones e Investigaciones Sociales. ISSn: 1132-192X, núm. 36 (2016). Págs. 169 a 200 CONTEXTO SOCIOECONÓMICO DEl TRAbAJO A TIEMPO PARCIAl El estudio de la incidencia del trabajo a tiempo parcial, dentro de la economía de cada país “es un elemento más que permite analizar la comparación del mercado laboral y de su influencia en el desarrollo de las sociedades, en general, y de las familias, en particular” (Gómez de Enterría, Pin y Pau, 2002: 23). En este sentido, las relaciones laborales del siglo XX se han articulado en paralelo a la coexistencia de un trabajo típico (asalariado, a tiempo completo, estable, masculino…) con la proliferación de diferentes tipos de trabajo atípicos (temporal, a tiempo parcial…) en consonancia con el proceso histórico de la ordenación del tiempo de trabajo, influido en gran medida por las alteraciones habidas en los mercados, provocadas a consecuencia del cambio estructural y tecnológico a nivel global, sectorial y de la empresa4, y en los que determinados empleos dejan de tener sentido. Como afirma Castells (2000: 350), “tendencias a la flexibilidad impulsadas tecnológicamente subyacen a la actual transformación de la organización del trabajo”. De esta manera, el devenir y el peso específico del uso del trabajo a tiempo parcial, fluctúa según sea el contexto económico imperante. Mientras en tiempos de progreso económico, esta figura ha facilitado el pluriempleo y el acceso al mercado laboral de trabajadores inactivos, con lo que se observa en los diferentes Estados que componen la UE un aumento del porcentaje del trabajo a tiempo parcial sobre el empleo total, si bien con diversos niveles de intensidad (Gómez de Enterría et al., 2002: 23), en tiempos de recesión económica, aparece ligado a un contexto de elevado desempleo y descentralización productiva como fórmula de reparto de empleo ligada a las nuevas formas de organización del trabajo (Valdés, 2007: 244), además de como una medida de fomento de empleo para ajustar los tiempos de trabajo a las necesidades reales de los ciclos productivos (Gallego, 2012: 211), asumiendo la función social y económica desde su origen como un tipo de trabajo “a medida”, normalmente ligado a la política 4 Como se desprende de los Principios Generales de Política del Empleo, Párrafo 10 (a) de la R169 -Recomendación sobre la política del empleo (disposiciones complementarias), adoptada en Ginebra, en la 70ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, el 26 de junio de 1984. Pilar Callau Dalmau 176 Acciones e Investigaciones Sociales. ISSn: 1132-192X, núm. 36 (2016). Págs. 169 a 200 de creación, reparto y conservación de empleo reinante en cada momento (González del Rey, 1998: 31 y ss.). En definitiva, esta figura contractual “se relaciona con las fórmulas de reparto de empleo, afecta a las nuevas modalidades de ordenación del tiempo de trabajo; facilita una gestión flexible de las organizaciones de trabajo; y favorece la conciliación de la vida familiar y laboral” (Díez de Castro, Redondo, Barreiro y Rivas, 2002: 77). MARCO NORMATIVO DEl CONTRATO A TIEMPO PARCIAl En nuestro ordenamiento jurídico, la figura del contrato de trabajo a tiempo parcial, según la redacción vigente del artículo 12 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, queda definido como aquel en el que “se haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año, inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable”. La prestación de este tipo de trabajo, es el resultado de una evolución normativa, que desde su lejana recepción legal en el artículo 12 de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores5, ha sufrido hasta nuestros días numerosas reformas legislativas que han venido a alterar, el régimen jurídico e incluso, la propia delimitación conceptual de esta modalidad contractual, hasta convertirla en el “tipo negocial” que más profundas alteraciones ha sufrido durante estos últimos años (Rodriguez-Piñero, Valdes y Casas, 2001: 15; Casas, 2000: 415 y ss.). En este sentido, hay que subrayar que, tras sucesivas modificaciones de la rúbrica del artículo 12, la más relevante en cuanto a la regulación jurídica del contrato a tiempo parcial desde la promulgación del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores de 1995, se llevó a cabo mediante el Real Decreto5 Que en su redacción inicial contemplaba que “El trabajador se entenderá contratado a tiempo parcial cuando preste sus servicios durante un determinado número de días al año, al mes o a la semana, o durante un determinado número de horas, respectivamente inferior a los dos tercios de los considerados como habituales en la actividad que se trate en el mismo período de tiempo. La cotización a la Seguridad Social se efectuará a razón de las horas o citas realmente trabajados”. Marco legal y contexto socioeconómico del trabajo a tiempo parcial. Su evolución y escenario actual 177 Acciones e Investigaciones Sociales. ISSn: 1132-192X, núm. 36 (2016). Págs. 169 a 200 ley 15/1998, de 27 de noviembre, de medidas urgentes para la mejora del mercado de trabajo en relación con el trabajo a tiempo parcial y el fomento de su estabilidad, fruto de un acuerdo con los sindicatos mayoritarios españoles, por acomodarse a los compromisos establecidos a escala europea en el Acuerdo Marco sobre el Trabajo a Tiempo Parcial, incorporado al Derecho de la Unión Europea (en adelante, UE) mediante la Directiva 97/81/CE. Con esta reforma legislativa, se configuró un nuevo marco jurídico para el trabajo a tiempo parcial por garantizar la igualdad de trato y no discriminación de los trabajadores a tiempo parcial en relación con los trabajadores a tiempo completo, amparar el principio de voluntariedad en el acceso al trabajo a tiempo parcial, incorporando el derecho del trabajador a no ser despedido por negarse a ser transferido desde un empleo a tiempo completo a otro a tiempo parcial. Asimismo, mediante el Real Decreto-ley 15/1998 se le dio una nueva redacción a la disposición adicional séptima6 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, estableciendo modificaciones en el régimen jurídico de la acción protectora de la Seguridad Social, y haciendo compatible el principio de contributividad propio del sistema de Seguridad Social, eje fundamental del Pacto de Toledo, con los principios de igualdad de trato y proporcionalidad del trabajo a tiempo parcial7. A esta reforma le sucedió otra, realizada primero, por el Real Decreto-ley 5/2001, de 2 marzo, de medidas urgentes de reforma del mercado de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad, y seguidamente, por la Ley 12/2001, de 9 de julio, con el mismo título, que modificó notablemente la regulación anterior al introducir un nuevo concepto de trabajo de tiempo parcial y una mayor dosis de flexibilidad, por alterar el régimen preestablecido de determinación y concreción del tiempo 6 Actualmente contemplada en los artículos 245 al 248 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de Octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. 7 Mediante el Real Decreto 144/1999, modificado por el Real Decreto 1131/2002, y revisados posteriormente mediante el conjunto de reglas específicas relativas a la acción protectora de la Seguridad Social aplicables a los trabajadores a tiempo parcial concretadas en el art. 5 del Real Decreto-ley 11/2013, de 2 de agosto para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social. Pilar Callau Dalmau 184 Acciones e Investigaciones Sociales. ISSn: 1132-192X, núm. 36 (2016). Págs. 169 a 200 gráfico 4: % de participación del trabajo a tiempo parcial de los hombres y mujeres en el empleo total en España (2008 - 4T 2015) 14 12 10 8 6 4 2 0 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2,43 9,38 2,7 9,8 3 10 3,3 10,3 3,6 10,9 4,3 11,5 4,16 11,91 4,34 11,38 4T 2015 % hombres a tiempo parcial sobre empleo total (mujeres y hombres) % mujeres a tiempo parcial sobre empleo total (mujeres y hombres) Fuente: Elaboración propia a partir datos del INE (EPA) Expertos y organismos como la OIT han advertido, en varias ocasiones, sobre el excesivo peso que ha cobrado el trabajo a tiempo parcial involuntario sobre todo en España a raíz de la crisis de 2008 especialmente en el empleo femenino (OIT, 2014: 92). Marco legal y contexto socioeconómico del trabajo a tiempo parcial. Su evolución y escenario actual 185 Acciones e Investigaciones Sociales. ISSn: 1132-192X, núm. 36 (2016). Págs. 169 a 200 gráfico 5: % Motivos del trabajo a tiempo parcial femenino (2008 - 4T 2015) 70,0 60,0 50,0 40,0 30,0 20,0 10,0 0,0 Otras razones Seguir cursos de eseñanza o formación Cuidado de niños o de adultos enfermos, discapacitados o mayores Otras obligaciones familiares o personales Enfermedad o incapacidad propia No haber podido encontrar un trabajo de jornada completa 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 Fuente: Elaboración propia a partir datos del INE (EPA) gráfico 6: %Motivos del trabajo a tiempo parcial masculino (2008 - 4T 2015) 80,0 70,0 60,0 50,0 40,0 30,0 20,0 10,0 0,0 Otras razones Seguir cursos de eseñanza o formación Cuidado de niños o de adultos enfermos, discapacitados o mayores Otras obligaciones familiares o personales Enfermedad o incapacidad propia No haber podido encontrar un trabajo de jornada completa 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 Fuente: Elaboración propia a partir datos del INE (EPA) Pilar Callau Dalmau 186 Acciones e Investigaciones Sociales. ISSn: 1132-192X, núm. 36 (2016). Págs. 169 a 200 Trabajadores a tiempo parcial en España y en la UE Según los últimos datos publicados por la Oficina Europea de Estadística de la Comisión Europea (en adelante, EUROSTAT), el empleo a tiempo parcial en la UE supone un 20,4%. En España, se observa un incremento de un 11,8% en 2008 a un 15,9% [Datos de la EPA más actualizados al cuarto trimestre de 2015 indican un 15,72%]. gráfico 7: % Personas empleadas a tiempo parcial sobre el empleo total UE / España (2008 - 4T 2014) 25 20 15 10 5 02008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 18,2 18,7 19,2 19,5 20 20,4 20,4 11,8 12,5 13 13,6 14,5 15,8 15,9 ESPAÑA UE Nota: Los datos UE, en el periodo 2007-2013 se refieren a UE-27 y en el 2014, a UE-28. Fuente: Elaboración propia a partir datos de EUROSTAT La representación del empleo a tiempo parcial de las mujeres en la UE es más alta que en España. En el año 2014, representaba en la UE el 33% del empleo femenino y en España, el 26,09% [Datos de la EPA más actualizados al cuarto trimestre de 2015 indican un 25,02%]. Marco legal y contexto socioeconómico del trabajo a tiempo parcial. Su evolución y escenario actual 187 Acciones e Investigaciones Sociales. ISSn: 1132-192X, núm. 36 (2016). Págs. 169 a 200 gráfico 8: % Mujeres a tiempo parcial sobre el empleo total de mujeres UE / España (2008 - 4T 2014) 35 30 25 20 15 10 5 02008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 31 30,9 31,3 31,9 32,1 32,5 33 22,5 22,4 22,7 22,9 23,9 25,3 26,09 ESPAÑA UE Nota: Los datos UE, en el periodo 2007-2013 se refieren a UE-27 y en el 2014, a UE-28. Fuente: Elaboración propia a partir datos de EUROSTAT También se comprueba la tendencia hacia una mayor progresión en la UE en el aumento de contratos a tiempo parcial, en los ocupados masculinos. En el año 2014, representaba en la UE el 9,8% del empleo masculino y en España el 7,64% [Datos de la EPA más actualizados al cuarto trimestre de 2015 indican un 7,95%], en donde casi se ha duplicado el porcentaje en solo siete años, seguramente por la situación económica que se ha vivido en España desde 2008 y que ha llevado a la desaparición de un buen número de empleos a tiempo completo. Pilar Callau Dalmau 188 Acciones e Investigaciones Sociales. ISSn: 1132-192X, núm. 36 (2016). Págs. 169 a 200 gráfico 9: % Hombres a tiempo parcial sobre el empleo total de hombres UE/España (2008 - 4T 2014) 12 10 8 6 4 2 02008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 7,7 7,8 8,3 8,7 9 9,4 9,8 4,16 4,9 5,3 5,9 6,6 7,8 7,64 ESPAÑA UE Nota: Los datos UE, en el periodo 2007-2013 se refieren a UE-27 y en el 2014, a UE-28. Fuente: Elaboración propia a partir datos de EUROSTAT “Aunque en toda la Unión ha crecido, con la crisis, la involuntariedad del trabajo a tiempo parcial, sobre todo en el caso de los varones, los datos de España, para hombres y para mujeres, son mucho mayores” (Consejo Económico y Social, 2015: 251). Marco legal y contexto socioeconómico del trabajo a tiempo parcial. Su evolución y escenario actual 189 Acciones e Investigaciones Sociales. ISSn: 1132-192X, núm. 36 (2016). Págs. 169 a 200 gráfico 10: % Total de empleo involuntario a tiempo parcial sobre el empleo total a tiempo parcial España /UE (2008 - 4T 2014) 70,0 60,0 50,0 40,0 30,0 20,0 10,0 0,0 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 25,6 25,6 27,0 26,3 27,7 29,3 29,6 36,0 44,2 50,1 56,0 61,3 63,3 64,0 ESPAÑA UE Nota: Los datos UE, en el periodo 2007-2013 se refieren a UE-27 y en el 2014, a UE-28. Fuente: Elaboración propia a partir datos de EUROSTAT ESCENARIO ACTUAl DEl TRAbAJO A TIEMPO PARCIAl EN ESPAÑA Por grupos de edad, los porcentajes más altos, y con bastante diferencia sobre el resto, son los grupos de jóvenes menores de 30 años. Llama la atención la gran brecha de género existente en los grupos de edad de 16 a 19 y de 20 a 24 años, con 26,9 y 17,6 puntos de diferencia respectivamente. El grupo de edad de 25 a 29 años, es con 13,2 puntos de diferencia donde esta brecha es menor. Pilar Callau Dalmau 190 Acciones e Investigaciones Sociales. ISSn: 1132-192X, núm. 36 (2016). Págs. 169 a 200 gráfico 11: % Ocupados a jornada parcial, por sexo y grupo de edad respecto del total de cada grupo de edad (4T 2015) 80,0 70,0 60,0 50,0 40,0 30,0 20,0 10,0 0,0 De 16 a 19 años 45,5 28,5 16,3 9,6 6,7 5,4 5,0 3,5 4,7 6,9 72,4 46,1 29,5 23,7 24,1 24,4 25,4 19,7 20,7 23,4 De 20 a 24 años De 25 a 29 años De 30 a 34 años De 35 a 39 años De 40 a 44 años De 45 a 49 años De 50 a 54 años De 55 a 59 años De 60 a 64 años Mujeres Hombres Fuente: Elaboración propia a partir datos del INE (EPA) En lo referente a sectores de actividad, cuando se analiza la jornada de trabajo a tiempo parcial, el análisis pone de manifiesto que la jornada de trabajo a tiempo parcial continúa siendo, en gran medida, un modelo que se aplica en el sector servicios (Gráfico 12), sector que acumula más del 80% de los contratos masculinos con esta jornada, y casi un 95% en el caso de las mujeres (Gráfico 13). Marco legal y contexto socioeconómico del trabajo a tiempo parcial. Su evolución y escenario actual 191 Acciones e Investigaciones Sociales. ISSn: 1132-192X, núm. 36 (2016). Págs. 169 a 200 gráfico 12: % Participación sobre el empleo a tiempo completo y tiempo parcial por actividades en España (4T 2015) 70,0 60,0 50,0 40,0 30,0 20,0 10,0 0,0 Agricultura 4,0 12,9 0,7 5,5 0,3 61,9 14,3 Industria Construcción Servicios 0,3 Jornada a tiempo parcial Jornada a tiempo completo Fuente: Elaboración propia a partir datos del INE (EPA) gráfico 13: % Participación sobre el empleo a tiempo parcial por sexo y actividades en España (4T 2015) 100 90 80 70 60 50 40 30 20 10 0 Agricultura 4,84 6,78 4,12 5,73 0,88 82,6 94 Industria Construcción Servicios 1 Mujeres Hombres Fuente: Elaboración propia a partir datos del INE (EPA) Pilar Callau Dalmau 192 Acciones e Investigaciones Sociales. ISSn: 1132-192X, núm. 36 (2016). Págs. 169 a 200 En cuanto a los motivos del trabajo a tiempo parcial, los datos del cuarto trimestre de 2015 reflejan que no haber encontrado un trabajo a tiempo completo, es la primera razón que esgrimen tanto hombres como mujeres para tener un empleo a tiempo parcial. El segundo motivo que aducen las trabajadoras a tiempo parcial para estar en ese tipo de jornada es tener que encargarse de niños o personas dependientes, motivo aludido en quinto lugar sin embargo, en el caso de los hombres. gráfico 14: % Ocupados a tiempo parcial por motivo de la jornada parcial y sexo (4T 2015) 80,0 70,0 60,0 50,0 40,0 30,0 20,0 10,0 0,0 8,45,4 1,1 1,6 1,0 1,4 69,2 61,9 5,37,5 12,88,6 5,1 9,2 Mujeres Hombres Seguir cursos de enseñanza o formación Enfermedad o incapacidad propia Cuidado de niños o de adultos... Otras obligaciones familiares o personales No haber podido encontrar trabajo de... No querer trabajo de jornada completa Otros motivos de tener jornada parcial Fuente: Elaboración propia a partir datos del INE (EPA) En lo concerniente al nivel formativo y el subempleo, entendiendo como tal, el trabajar a tiempo parcial involuntariamente al no poder encontrar trabajo a tiempo completo, se observan elevados porcentajes de parcialidad, tanto en el grupo de técnicos y profesionales científicos e intelectuales y técnicos y profesionales de apoyo, para los que se necesitan estudios superiores, como en el colectivo con estudios de la primera etapa de educación secundaria. Marco legal y contexto socioeconómico del trabajo a tiempo parcial. Su evolución y escenario actual 193 Acciones e Investigaciones Sociales. ISSn: 1132-192X, núm. 36 (2016). Págs. 169 a 200 De estos datos, se desprende que, la concepción generalizada de que, cuanto más alto es el nivel de formación, menor es la incidencia del trabajo a tiempo parcial, no sólo no se confirma, sino que parece que a grandes rasgos, un alto nivel de estudios, determina el hecho de tener más posibilidades de tener un contrato a tiempo parcial. gráfico 15: % Empleo a tiempo parcial según niveles de formación (4T 2015) 40,0 35,0 30,0 25,0 20,0 15,0 10,0 5,0 0,0 Analfabetos /Educación primaria 10,5 36,0 15,3 11,2 27,0 7,6 32,7 13,8 12,2 33,8 1ª etapa de educación secundaria 2ª etapa de educación secundaria 2ª etapa de educación postsecundaria no superior Educación superior Mujeres Hombres Fuente: Elaboración propia a partir datos del INE En cuanto a la temporalidad en este tipo de contratación, según datos de Enero de 2016 del Servicio Público de Empleo Estatal, de los 1.396.929 contratos registrados a esa fecha, más de cuatrocientos cincuenta mil, son a tiempo parcial y temporales, lo que significa casi un 30%, 11 puntos más que 7 años atrás.