Una aproximación a la documentación señorial: la Sección de Osuna del Archivo Histórico Nacional
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Una aproximación a la documentación señorial: la Sección de Osuna del Archivo Histórico Nacional ADOLFO CARRASCO MARTÍNEZ Origen, organización e instrumentos de descripción de la Sección de Osuna del AHN5 tino de los problemas con los que se encuentra el modernista preocu - pado por los problemas del régimen señorial es la dispersión de las fuen - tes. Generalmente, los archivos señoriales han sufrido destinos azarosos, malvendidos por urgencias económicas de los descendientes, o son de difícil acceso aún hoy por un excesivo celo de sus depositarios. Además, la documentación referida al señorío está muy repartida en los archivos locales, provinciales y otros, por lo que la reconstrucción de series está llena de dificultades. Por estas razones, disponer de coleccionescompletas de fuentes en centros de investigación accesibles facilita el trabajo del historiador. La Sección de Osuna del Archivo Histórico Nacional es uno de los pocos casos que cumplen estos requisitos, pues se trata de un fondo constituido por más de cinco mil legajos, trescientas sesenta y tres carpetas y ciento diez libros de temática nobiliaria y señorial. Esta concentración documen - tal está integrada por el archivo de la casa ducal de Osuna, que, a causa de la política endogámica de la aristocracia y por el agotamiento de las ramas principales de otras grandes casas a mediados del pasado siglo, permitió a los Téllez Girón asumir los títulos de Arcos, Béjar, Benavente, Gandía, Medina de Rioseco e Infantado, junto con otros títulos menores compren - didos dentro de los primeros1. Como consecuencia de este hecho, los archivos de las citadas casas pasaron al de Osuna, circunstancia feliz —y lo<[as las re[cretteias alegajos en las que no se indiqoe el archivo ni la sección pertenecen al Archi - vn Histórico Nacional, sección deOsuna. Ignacio Atienta explica el proceso deconcentración señorial y de títulos nobiliarios que engrandeció a Ja Casa de Osuna en .4risíoc-,-ac-ia, poder riqueza en les España moderna La casa de tIrana, siglas XVXIX. Madrid, [987. Pp. 73-77, Cuocíesnos cíe historia Moderna, n” [4, 265-276 - Editorial Complutense Madrid, [993
266 Adolfo cari-asco Martínez única—— para los investigadores del régimen señorial, la aristocracia penin - sular y la nobleza en general, por reunir en un fondo gran parte de la docu - mentación disponible. La documentación quedó depositada en el Archivo HistóricoNacional en septiembre de 1917 y fue adquirida definitivamente por el Estado en diciembre de 19272. Aparte del valor cuantitativo de su documentación y de su amplitud cronológica ——del siglo XII al XIX—, la Sección de Osuna goza de una organización, basada en las sistematizaciones elaboradas por los diferentes archiveros de las casas señoriales y completada —según criterios moder - nos— por los encargados contemporáneos, que permite entrar en el fondo de diversas maneras. Aún hoy, la clasificación antigua es útil para el investigador3. La Sección está constituida por las siguientes unidades archivísticas4: 1. Una general, con 4.452 legajos, integrada por el grueso de la docu - mentación. 2. La de cartas, formada por unos 621 legajos que no sólo comprenden correspondencia personal o administrativa, sino también informes, expe - dientes y memoriales. 3. La unidad de carpetas, con pergaminos, mapas, píanos y genealogías que, por su tamaño y valor artístico, han sido separados de sus legajos ori - ginales para su conservación en mejores condiciones. En todos los casos, en los legajos generales y de cartas, se hace referencia al número de car - peta en que se encuentra el documento segregado y su descripción. 4. Los 110 libros de matrícula, organizados por cada una de las diver - sas casas nobiliarias que componen el fondo. Son los registros de docu - mentos elaborados por los archiveros de Osuna, anteriores a 1917. Como principal instrumento de descripción, la Sección de Osuna dis - pone de un fichero alfabético con un triple criterio clasificador: toponími - co, onomástico y temático. Dentro de cada concepto, se pueden consultar las referencias de los legajos y los expedientes —unas 100.000— y una somera descripción de su contenido. Otros instrumentos complementarios están disponibles en la sala de investigadores del Archivo. Así, se puede consultar una guía, en dos volúmenes, que recoge la relación completa de entradas del fichero de la Sección, con lo cual es posible planificar el tra - bajo previamente al acceso a las fichas. También se cuenta con una rela - ciónmecanografiada de los libros de matrícula.Recientemente —en 1991—, se han puesto a disposición de los investigadores dos nuevos 2ArehivolIistós’ic.o Nacional Guía, dirigida por Carmen Crespo Nogucira,Madrid, [989, p. 65 3 El legajo 2998 recoge los primeros intentos de sistematización del archivo de la Casa del Infantado cocí siglo xvii. Los indices elaborados por los archiveros de esta casa en el siglo xvíií -cuando ya esta - ba unida a lasde Lerma y Pastrana-, en los legs. 2218-2226, 2282-2287, 2990-3000; en [a serie de “cadas’, leg.61 4Arehivo Histórico Nacional Guía, p. 65.
Una aproximación a la documentación señorial:... 267 catálogos. Uno es una guía que contiene los números de los legajos perte - necientes a cada casa, y el otro las correspondencias de numeración entre legajos antiguos y nuevos. En cualquier caso, es recomendable, antes de utilizar los instrumentos de descripción, consultar la última guía general del Archivo Histórico Nacional, publicada en I989~. Casas señoriales contenidas en la Sección Como se ha dicho anteriormente, la Sección contiene muchas de las grandes casas nobiliarias españolas. La siguiente relación contiene las nueve más importantes: Arcos (linaje Ponce de León) Béjar (Zúñiga) Benavente (Pimentel) Gandía (Borja) Infantado (Mendoza) Lerma (Gómez de Sandoval) Medina de Rioseco (Enríquez) Osuna (Téllez Girón) Pastrana (Silva) Además, hay que contar con los títulos anejos a cada uno de los men - cionados. Entre ellos, los marquesados de Cea, Ampudia y Denia, unidos al mayorazgo de Lerma6; el condado de Ureña y el marquesado de Peñafiel, pertenecientes al titular de Osuna7; el condado de Saldaña y los mar - quesados de Santillana y Cenete, dentro de la casa del Infantado8. Por otra parte, como las titulaciones de la relación eran las cabezas de sus respectivos linajes (entre paréntesis en la relación anterior), la lista debe completarse con el resto de títulos —marquesados,condados, viz - condados, baronías— detentados por las ramas menores del apellido. Por ejemplo, al linaje mendocino, cuya cabeza era la casa ducal del Infantado, pertenecían también los condados de Tendilla y Cifuentes y los marquesa - dos de Mondéjar, Montesclaros, Cenete, Cañete, Guadalest, Villafranca, Almenara y otros9. Pero la documentaciónseñorial y nobiliaria de la Sección no se limita a los linajes y títulos que fueron recayendo en la casa de Osuna, sino que vid nota 2. 6 Legs 2221, exp. 1 y 2226, exp. 26. ~ Leg. 9. exp. 2. El título de conde de Saldaña, otorgado por Enrique lv, quedó ligado al vazón primogénito de la Casadel Iníantado Leg. 2226, exp. 26. Vid. la guía de “Encabezamientos del índice de referencias de la Sección de Osuna”, en la entrada “Mendoza’ y las conespondientes a los títulos citados.
268 Adolfo carrasco Martínez también hay papeles referentes a otras familias aristocráticas. Ello es con - secuencia de las estrechas relaciones entre los miembros de la alta noble - za, que abarcan desde correspondencia de tipo panicular hasta contactos económicos, contratos matrimoniales o pleitos. Pueden encontrarse en esta Sección documentos sobre las casas de Hijar, Medinaceli, Medina Sido - nia, Feria, Alburquerque, Alba, Huéscar, Berwick-Liria, Alba de Liste y Sesa, por presentar sólo unamuestra del amplio catálogo de títulos. Final - mente, cabe reseñar la existencia de papeles referentes a títulos extranje - ros, de Italia, Francia, Alemania y Portugal, como consecuencia de la acu - mulación de dignidades fuera de las fronteras por algunos aristócratas españoles y de las recompensas otorgadas por los Reyes a nobles extranje - ros a su servicio. Entre ellos: duques de Salviati, Spinola, Colonna, Togliani, Della Royere, Francavilla, Salm-Salm y Palatinado; príncipes de Eboli y Santo Mauro; conde de la Chamusca y barón de la Roca Anguitola’0. Tipología temática de la documentación Más importante aún que el número de casas nobles contenidas en la Sección es la calidad y variedad de la documentación conservada. En una valoración general de ésta destaca su origen: se trata, en su mayor parte, de los papeles producidos por los señores y sus administraciones.Esto quiere decir que los documentos expresan el punto de vista señorial, fren - te al de los vasallos o el de otras instancias externas de poder. Ello es importante en la medida en que, habitualmente, los trabajos de régimen señorial se han basado en la documentación producida por los concejos o por los pleitos en los tribunales reales, donde aparece el punto de vista de los vasallos y la postura de la Corona en sus relaciones con los señores. Esta característica predominante de los fondos de la Sección ha abierto una perspectiva de estudios sobre el mundo aristocrático y señorial muy interesante. Al tratarse de los expedientesmanejados por las ot’ieinas cen - trales de los señores, son posibles los trabajos sobre la administración, el gobierno, y la gestión económica de los “estados” señoriales, imposibles de realizar únicamente —hay que reiterarlo con ¡a documentación de los archivos municipales u otros. En último término, puede decirse que los fondos de la Sección de Osuna corresponden, en lo señorial, a los de los consejos y otras instancias de gobierno de la Monarquía. Después de delimitar la orientación principal de la documentación, es preciso señalar otros aspectos destacados para el investigador Importantes O Como complemento a la docun3cntación sobre estas casas en sus: atehivos ct,rrespondientes. en la Sección dc Osuna se pueden encontrar canas personales, negociaciones matrimoniales, pleitos y otros. vid la guíacitaija en lanota antelior
Una aproximación a la documentación señorial:... 269 son las colecciones de cartas, formadas por misivas personales entre titu - lados —asuntos familiares, de cortesía, consultas, petición de favores— y correspondencia de tipo administrativoentre los señores y sus oficiales locales —concontenidoseconómicos, nombramientos, consultas, transmi - sión de órdenes y otros—. Al no tener el carácter oficial de los expedien - tes y memoriales, la correspondencia permite observar una doble dimen - sión en cuanto a las relaciones personales: las relaciones entre iguales nobles— y entre señores y servidores. Otro aspecto a resaltar en una primera aproximación es la abundancia de documentación económica, constituida por dos grupos de materias principales: la contabilidad seño - rial y la economía campesina. Dada la variedad de los temas a los que puede servir la documentación de la Sección, lo mejor es construir una tipología, aunque en modo alguno se puede considerar exhaustíva síno simplemente orientativa. A. Los aristócratas: 1. Notas biogróficas de los titulares. Las llamadas “historias genealógi - cas’, escritas por autores cercanos a los señores, intentan legitimar el poder y los privilegios de las casas construyendorelatos en los cuales los orígenes de linaje se funden con lo mítico —generalmente se hacen des - cender de los godos—. Apuntan numerosos datos ——de desigual rigor— sobre descendencia biológica, papel político de sus miembros, concesio - nes reales, fundación de mayorazgos, títulos y otros11. 2. Arboles genealógicos de un gran número de casas. Algunos de ellos están agrupados en las carpetas, fruto de una labor de expurgo de los lega - jos, y otros se encuentran encartados en expedientes y documentos diver - sos de los legajos generales. No sólo se localizan los de familias nobles cuya documentación se encuentra en la Sección, sino de otros linajes. La abundancia de árboles hace inexcusable la consulta de Osuna para cual - quier trabajo sobregenealogía y relaciones de parentesco nobiliarias12. 3. Noticias sobre nacimientos, matrimonios y fallecimiento de nobles, algunas localizables en varias entradas del fichero y otras repartidas en los legajos de correspondientes a cada casa13. 4. Información sobre segundones y ramascolaterales de las familias, a través de los testamentos, las particiones de bienes libres y modificaciones Por ejemplo, la historia Genealógico cje la Cosa de los Mendoza, escril.a en seis volómenes en [772 por Diego Gutiérrez Coronel, cg. 3408. Menosmítico y con más datos tiables es la “Relación sucinta del origen, sucesión y armas <le la ilustre familia de [os Mendozas, de donde proceden los Exemos. Señores Duques del Ynfantado, formadapor el Archivo de orden de SE para entregada a un literato alemán qt¡e la solicité, [beitadael 3Ode enerode [832, [cg. 2226, exp. 26. 12 Vid, laguía de“Encabezamientos del índice de referencias. - ~ Ibid cío
270 Adolfo carrascoMartínez de los mayorazgos, así como la correspondencia privada ——serie de “car - tas”___ ~ 5. Relaciones entre las casas nobiliarias, sobre todo por la correspon - dencia —serie de “cartas”— de diversogénero que se mantenía. 6. carreras políticas de los aristócratas. Dada la costumbre de los que desempeñaban cargos de quedarse, al finalizar su función, con los papeles de su gestión, es posible seguir, por ejemplo, el desarrollo de embajadas o virreinatos. Existen copias de informes enviados a los consejos de la Monarquía, las respuestas de éstos, cuentas de los servicios y documenta - ción secreta ——en algunos casos cifrada—15. 8. Estructura formal del régimen señorial: 1. Formación,composición y evolución de los mayorazgos. Gracms a los pleitos que, desde fines del XVIII y más intensamente en las primeras décadas del XIX, fueron incoados por los concejos o por los abogados reales, existen muchas referencias a la historia de los mayorazgos de cada casa. Los abogados de los nobles se vieron obligados a fundamentar la posesión de la jurisdicción y los derechos fiscales en los antiguos privile - gios reales, de manera que el investigador hoy dispone de expedientes que facilitan su trabajo, pues están recopilados los documentos que, alo largo del tiempo, justificaban la jurisdicción y la composición de los mayoraz - gos. 2. Naturaleza del régimen señorial. Al disponerse de los privilegios de concesión de títulos y otras mercedes, puede profundizarse en las diferen - tes modalidades de señorío, según la clasificación clásica confeccionada por Salvador de Moxó y otras variantes propuestas por autores posteriores16 3. Proceso de concentración/fragmentacióndel señorío. Es posible seguirlo a partir de las uniones matrimoniales y los testamentos. c. Administración central señorial: 1. Organización de la casa y corte señorial. Plantillas y nóminas de los servidores de las casas, cuentas del abastecimiento, contratos de trabajo, ~Aparte de los téndos de la Sección de Osuna, también es conveniente acudir al Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, donde se guardan testamentos y particiones de bienes de muchos aristócratas. En este archivo existenguías dedicadas a papeles testamentarios denubtes, aunque no son exhaustivas. ~ Por ejemplo, los papeles conservados por el Duque del Infantado, Rodrigo Hurtado de Mendoza, tras su embajada en Roma de [649 a 1652, entre los que se encuentran canas cifradas -algunas con su correspondiente clave-, informes confideticiales sobre la fidelidad a tos intereses españoles de los cardena - les romanos y referencias ala preocupación de Felipe tv por elretomo a España de so pintor Diego veláz - quez, [cg. 3366 ‘~ Salvador de Moxó fue el primero en definir los conceptos de señorío solariego, jurisdieeional y pleno: “Los señoríos Estudio mesodológico”, en 1 hornadas de Metodología aplicada d5’ las Ciencias 1-lis - tóricas, Santiago de Ct,mpostela, tomo II, PP. 165 y 167; Los antiguos señoríos de Toledo, Toledo, 1973, p. 14; “Los señoríos. En tomo a una problemática para el estudio del régimen señorial”, en Hispania, 1964, pp. 205206
Un a aproximación a la documentación señorial:... 271 condiciones de vida de la servidumbre. En cuanto a la “corte señorial”, o la “vida cotidiana” de la aristocracia, pueden consultarse las listas de gas - tos, que incluyen perfumes, ropajes, objetos de plata y oro, joyas, alimen - tos, carruajes y otros apartados suntuarios. Además, en las particiones de bienes se encuentran relaciones de muebles, tapices, cuadros, joyas, armas y libros17. 2. Estructura de gobierno de los “estados”. Documentación referente a los departamentos centrales de gobierno, ya sean secretarías, consejos, audiencias o juntas: ordenanzas de funcionamiento, componentes y com - petencias. Personal de alta gestión: secretarios, asesores, consejeros, oido - res. Además, las actas de las reuniones y los expedientes tramitados pue - den proporcionar una perspectiva ajustada del funcionamiento de la admi - nistración señorial y la participación de los titulares en los asuntos de gobierno’ 8 3. Defrnsa de las prerrogativasjurisdicciona les. Con motivo de los pleitos que promovían los concejos para evadirse de la jurisdicción seño - rial o zafarse de tributos de raigambre feudal, los señores hubieron de organizar equipos de abogados que defendiensen sus derechos en los tri - bunales reales. Estos letrados produjeron series de expedientes en los que se encuentran las pruebas que atestiguaban las posesiones. Además, al arreciar los ataques a la jurisdicción señorial por vía judicial, muchas casas nobiliarias reorganizaron la documentación acumulada a lo largo de siglos y crearon archivos funcionales que permitiesen el acceso rápido a los papeles. Estos archivos incluso llegaron a contar con un personal cua - lificado de cuyas actividades ha quedado constancta. 4. La dirección de la hacienda señorial. Todas las grandes casas que se encuentran en la Sección hubieron de dotarse de departamentos que se encargasen de la gestión económica de sus patrimonios. Las contadurías señorialesgeneraron una documentación de similares características que a la generada por los órganos hacendísticos de la Corona: balances anuales ——sus series permiten estudian la evolución general y las tendencias secu - lares—, presupuestos, contratos de arriendo, cobro de atrasos, negociación de retrasos, técnicas contables, organización de la tesorería, instrumentos de pago, planificación de inversiones,beneficios, estructura de las rentas y los gastos, composición de las rentas, importancia de la ganadería y las industrias de transformación, intervención de banqueros extranjeros y par - ticipación en la economía general de la Monarquía19 75obre las casas de Pastranae Infantado vid [oslegs. 21 t9, 2120, 2217-2220, 2225 y 2226. La sede de“cartas” contiene nóminas deservidores en los legs. 240, 241, 512, 544 bis, 592, 601 y 611. ‘~ Entre los trabajos que haai estudiado con detenimiento la organización administrativa señorial, cabe citar: tgnacio Atienza, op. cit; Adolfo Carrasco Martínez, El régimen señorial en la Castilla moderna: las oerras de la Caza del Infantado en los siglos XVII y XVIII, Madrid, 1991; Christian Windler, Lokale Lii - ten, zeigneurialesAdel und Refortnabsolutismus in Spanien (1760-1808), Stuttgart, 1992 ‘9 Acerca dela contadurfa de laCasa del Infantado,los legs. 2279, exp. 5; cartas, legs 241,453 y 454.
272 Adolfo carrasco Martínez 5. La justicia señorial. En segunda instancia, los señores gozaban del privilegio de entender en las causas y pleitos entre vasallos que no fuesen de tipo criminal. Por ello, algunas casas contaban bien con un órgano colegiado similar a las audiencias reales, bien con un “juez de apelacio - nes”, un jurista de confianza que decidía las causas prevta consulta a su señor. En otros casos, los asuntos judiciales pasaban a la secretaría de cámara o directamente a Los hombres de confianza del titular. De cualquier modo, existe constancia de los asuntos tratados, que indican el grado de accesibilidad para los vasallos de la autoridad señorial, la actitud de ésta para con las quejas de los vecinos, la persistencia o corrección de los abu - sos, en suma, la utilización de la prerrogativa judicial como un instrumen - to más del señor2<1. D. Administración terí’itorial: 1. Delegados del gobierno señorial,denominados gobernadores, corre - gidores o justicias mayores. Eran propuestos por los consejos asesores y designados por los señores, con funciones similares a los corregidores de la Corona en orden público, recogida de tributos, supervisión de los avun - tamientos, justicia en primera instancia y administración en general. Maíi - teníancorrespondencia periódica con sus superiores para recibir órdenes y comunicar novedades. Se han conservado, por tanto, los títulos de nom - bramiento de los gobernadores ——en donde figuran las atribuciones y el tiempo de su empleo—, la correspondencia oficial ordinaria y la secreta —tnformes confidenciales sobre los conflictos , infoi’mes de la secreta - ría sobre el desempeño de los cargos y expedientesabiertos contra los gobernadores negligentes. Además, se cuenta con las actuaciones de éstos en el gobierno de los municipios y en la primera instancia judicial21. 2. Mayordomos y administradores de rentas, eran los encargados de la hacienda del señor en los territorios de la jurisdicción. Su relación con las contadurías de las casas podía ser bien contractual, bien por nombramien - to directo. En el primero de los casos, el contratado adelantaba una canti - dad a la tesorería según la estimación de la recaudación y luego recogía para sí de los vecinos los tributos, más una diferencia a su favor como beneficio —existen abundantes contratos de este tipo——. En el segundo, el procedimiento de designación era similar al de los gobeí’nadores y actua - ban como simples recaudadores para la contaduría del señor. La documen - tación generada por las operaciones económicas de esta naturaleza recaudación, contratos de arriendo, nombramiento de personal subalter - 20 Sirva como ejemplo un mcmorial que tcsu’nc lo~ casos judiciales vistos por cljuez de apelaciones de la Casadcl Infantado a mediados del siglo ~V1ii, cg. 2244, exp 1. 21 Sobre tiempo en los empleos de corregidor señorial, funciones, actuaciones concretas y negligen - cias, vid legs. 703, exps. 24 y 25; cartas, legs 480, exps. 32. 34.35,53 y 76.
Una aproximación a la documentación señorial:... 273 no—— muestra la práctica gestora del patrimonio en su nivel inferior, que se completa con lo referido a los órganos centrales de la hacienda señorial22. E. Oí’ganización de los municipios de señorío 1. Estructura del territorio señorial. Es posible seguir la organización politico——económica del señorío, constituido por agrupaciones jerarquiza - das y articuladas, desde el punto de vistajurisdiccional, en comunidades de villa y tierra, distritos con una villa rectora y diversos lugares depen - dientes, villas eximidas y otras configuraciones. Todas las variedades tení - an su reflejo en la constitución de los gobiernos locales, la delimitación de los téríninos, los derechos sobre el aprovechamiento de la tierra y las com - petencias judiciales23. 2. La composición de los ayuntamientos, así como las elecciones de los oficiales —alcaldes ordinarios, regidores y otros—, la división de tareas entre los oficios y la delimitación de sus respectivas jurisdicciones. Tam - bién, es posible estudiar fenómenos de patrimonialización de los oficios y delimitar los grupos e intereses enfrentados por el poder local, gracias a las actas de reunión de los concejos y los informes dados por los goberna - dores a sus superiores. Además, como generalmente los señores gozaban del privilegio de presentación de candidatos, cuando no los elegían direc - tamente, puede seguirse la tensión entre poderes a través de estos meca - nIsmos24. 3. Las oí’denanzas municipales, tanto generales como específicas sobre algunas materias. En muchas ocasiones eran dictadas por la autoridad nobiliaria y siempre estabaninfluidas por ésta. Esta documentación permi - te estudiar la regulación del trabajo agrario, la explotación de los propios y los comunales, la participación del común en la vida pública y el grado de sometimiento a los ordenamientos real y señorial25. 4. Administración de la justicia en primera instancia. Como los alcal - des ordinarios y por debajo de ellos los alcaldes pedáneos— podían impartir justicia junto con los corregidores nombrados por el señor, existe documentación sobre los pleitos y querellas civiles, la formulación de las denuncias, las funciones de los alguaciles y los guardas, los conflictos derivados de las actividades agropecuarias, las intromisiones en las juris - 22 vid. legs. [649, [655, [656, [665, 1936, [953, 2216. 2217, 2225, 2233. 2242, 2250, 2313, 2954, 2955 y 2998; cadas, [cg’ 592 23 Son tttoy esclarecedores los expedientes promovidos por las localidades que solicitan eximirsede la ¡uns<lieción de su villa rectora: legs. 2575, 2580, 2586, 2590, 2622, 2763, 2955 y 3350; cadas, legs. 241, .592 y611 24 Para lacomposición de los ayuntamientos y la patrimonialización de los oticios son muy óí.iles los expedientes de los juicios de residencia, a los que remito; cfr Adolfo Carrasco Martínez, Con/sol y sc’spon - sahilidad cts lo administración señas-ial: los juicios de se sidenelo c’n las tiersas del Infanlaao (1650-1788), valladolid, 1991, pp 128-137. 25 Ordenanzas deMembrillera ([589), [cg 3120, exp 4; de Ayora ([747), cg. 936, exp 24.