Cuestión da Guarda: colección de artículos publicados por La Voz de Galicia
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CUESTION DA GUARDA ----- - Colección de artículos publicados x-ox< LA V@Z DE GALICIA PÁGINAS A) público Introito Un poquito de historia . Más datos históricos. . . Un despojo El Prelado Los P. P. Jesuítas. . . hl señor Da Guarda . . La Hermandad. . . . Paréntesis . . . ..... liesúmen ........................... Morra ó conto. . . . Documentos importantes. <2 O « XJ «¡J A. FSTAdLECIMIEKTO TIPOGRÁFICO DE «LA VOZ DE GALICIA» X B B G 8
CUESTION DA GUARDA
C u est ió n D a G u a r d a 5 AL PÚBLICO Desde hace algunos meses viene agitándose en esta lo calidad una importantísima cuestión de la que casi todos nuestros lectores se hallarán enterados seguramente; cues tión que, á seguir los rumbos que por ahora lleva, dará lugar á un ruidoso pleito entre el Sr. 1). Ensebio Da Guarda, rico banquero de la localidad, y la antigua Hermandad de la Paz y Misericordia, Las ramilicaciones que el asunto tiene, el interés mo ral y material que para la Coruña entraña y la lógica curio sidad que ha despertado, fueron causas bastantes para que nosotros tomásemos parte en la contienda; y así lo hicimos, publicando los artículos insertos á continuación, en nuestro diario La V o z d e G a l ic ia . Como siempre es bueno que al tratarse de asuntos im portantes para un pueblo, los datos que cada uno aporta — así sean estos insiguilicantes como los nuestros — queden de algún modo recogidos para esclarecer en lo futuro análo gas cuestiones que pudieran surgir, y como la hoja de un periódico tiene corta vida — acaso por lo mismo que en ella realiza una importante misión — nos hemos decidido á colec cionar en un folleto estos artículos, para que de este modo tengan, malos ó buenos, existencia menos perdurable. El esclarecimiento de la verdad ha sido nuestro norte y al servicio de la justicia hemos puesto todas nuestras facul tades. " . ¡Quiera Dios que de tal modo hayamos acertado, que ni la Justicia ni la Verdad tengan nadatpie reprocharnos! Al coleccionar estos trabajos hemos seguido el mismo orden que llevaron al estamp irlos por primera vez. Tan solo hemos añadido al final, bajo el título de: Documentos Im portantes, aquellos que dan exacto conocimiento de este asunto.
C u est ió n D a G u a r d a 13 III MAS DATOS HISTÓRICOS Sospechamos que por todos los que acostumbran ájuzgar de las cosas sin detenerse á examinarlas, serán aprecia das estas myestig ’ aciones históricas como de ning ún valor, y mas todavía, como impertinentes á la cuestión que se de bate. 1 No nos estraña. Cansados estamos de oir, á aquellos que se creen enterados de este asunto tan solo porque han visto edihcar la moderna capilla de San Andrés, vociferar por osas calles y plazas en contra de la Hermandad, de ln l a: // Misericordia y decir de sus individuos que son desagradecidos,y que son intransigentes,y que son,más que esto aun, unos pobres diablos que no teniendo sobre que caerse muertos, según la frase del vulgo, se han ensoberbe cido al verse dueños de un edificio que ha costado un ciento de miles de pesos. Da muy poco trabajo el impugnar, y sobre todo cuando se hace usando una palabrería hueca de razones y relle na tan solo de frases hechas hadhoc para cautivará los que piensan con cerebro ageno. . Nosotros no conocemos, por dicha, el abecedario de la hipocresía, ni nuestro amor á la razón y la justicia nos consiente andar en componendas que una y otra rechazan. Quedense estos tej?, nian-jes p ira los ¿pie, sin decidirse, por una u otra carta, encuentran cómoda finalidad á sus desig nios en dirigirnos diatribas (leí peor gusto, tan solo porque tenemos *a franqueza de decir lo que sentimos y pensamos. Desgracia y grande es la de esos seres que en todas DE SANTIAGO
J 14 C u e st ió n D a G u a r d a las cuestiones que surjen tienen que amoldarse forzosamen te, por una parte á las exijencias de los amigos y paniagua dos, y por otra á la veracidad que deben al público que les paga. Y conste que el hablar así nos dirijimos en primer tér mino al Anime inflo)* de la Coruna: que por algo hemos he cho antes alarde de franqueza. En efecto; El Anunciador de la Coruña sin decidirse por uno ni otro bando en este asunto, y dejando entrever á veces que se halla al lado de las pretensiones del Sr. Da Guarda — sin duda para granjearse el afecto de los podero sos — y descubriendo otras una punta del velo que cubre sus aficiones por los mareantes — sin duda por no ir en contra de lo que sostiene un su amigo y colaborador constante, el abo gado de la Santa Hermandad, señor Calderón — ha encontra do salida á estos aprietos en que le pusieron sus malas artes, estendiéndonos una ridicula patente de malos coru • ¡teses. ¡Bueno! Malos corudeses seremos, á la manera que El Anunciador lo entiende, pero en cambio al no andar con, trapacerías en este ni en otro asunto, somos — y esto si que no lo entiende El Anunciado)* — personas decentes. ¡Bueno! Malos coruñeses seremos á la manera que El Anunciador lo entiende, pero en cambio, al no buscar subterfujios, al no envolvernos en el manto de la hipocresía, al proponernos decir toda la verdad, somos — y esto tampoco lo entiende. El A n unciador — ciudadanos honrados. " Y si malos coruñeses somos nosotros por que nos po nemos siempre de parte de aquel que á nuestro juicio sos tiene la razón, malos coruñeses son todos aquellos que aho ra están á nuestro lado, que son muchos; y mal coruñés habrá que llamar á una respetabilísima persona, afecta has ta hace poco al Anunciador y que se ha distinguido siem pre por su amor á la Coruña y á Galicia toda, y no ha du dado en esta ocasión en salir á la palestra con las preciosas armas de su talento y de su vasta erudición,_á romper una lanza en pró de lo que él cree que es de justicia; en pró del mejor derecho de los Mareantes á la capilla de San An drés. Pero nos vamos escurriendo insensiblemente y aleján donos del principal objeto de este capítulo.
C u e st ió n D a G u a r d a 15 . Í-VV..1W/WWVWV-VWVWVVVWWWVVVW. V*ZVWW<»". -VV 1 --, . . . . - . V Volvamos al cauce que nos señala el título de estas li neas y perdonen nuestros lectores tantas disgresiones. Decíamos en el capítulo anterior que no comprendiamos que hubiera persona que pusiese en duda el derecho de propiedad que la Santa Hermandad tiene sobre los terrenos en que se halla edificada la capilla de San Andrés, puesto que en visitas eclesiásticas hechas á raíz de los sucesos del ultimo tercio del siglo XVI consta, por informaciones testi ■ ficales, que pertenecía aquel edificio — con otras rentas y juros — á la Hermandad de la Paz y Caridad. Y tales afirmaciones nuestras las hemos visto confir madas á las pocas horas de estamparlas, en un eruditísimo trabajo dado á la luz por persona que en estas cosas es au toridad irrecusable (1), No era nuestro ánimo remontarnos más allá del año 1589 por cuanto quedaron destruidos en aquella fecha los documentos de propiedad que tenían depositados los Ma reantes en San Francisco y eu el Hospital de San An drés, Pero aprovechando la mención que hace el esritor que antes citamos, del Hospital de los Angeles como propiedad que fué de los Mareantes, podremos añadir que en los archi vos municipales de esta ciudad se conserva un privilegidado por los Reyes Católicos á favor del «Gremio de Mareano tes y marineros de esta ciudad» para no paguen el Tecko de, quiutalndas de todo lo que carguen, g descarguen .» En dicho previlegio, confirmado después por Carlos V. dedican los Reyes Católicos frases de elogio á los indivi duos del Gremio y los llaman «Cofrades de la Cofradía de los Angeles.» Esto prueba que en aquella época (1496) el Gremio de Mareantes tenia muchas fincas que le rendían cuantiosas rentas, Hay más: en el mismo archivo municipal existe un pre cioso documento bajo el epígrafe de «Hospital de San An drés,» en que constan las fincas que poseían los Mareantes. (I) Nos referimos á un trabajo del Sr. D. Antonio de la Iglesia, cono cido arqueólogo y Director que fué de la «CrouicaUniversal» de Galicia. UNíVERStDADE DE SANTIAGO
1G C u e s t ió n D a G u a r d a Kn ta! documento se leé: «Dicho Hospital (el de San Andrés) que andaba incorporado con la Cofradía de San Andrés h> clusa e,í i g i esta ,ielgrcmo (1 , Marean tes etc . etc » ( )tiOS muchos documentos podían citarse que prueban el derecho de propiedad de los Mareantes en el^e^ la mencionada capilla; pero temiendo hacernos demasiado difusos los dejamos de consignar ' ! ,nnW^^ :e ™ lnar cou estos datos históricos que vamos apuntando, y como cita que mas adelante recoArem^s mienré de ni4 9 »T aqU61 acuerdos deFayunta: } d - Andfá tes ^Sus deapaea 86 ° Cupó con in& nOtros documentos, que en 1780 se cedió a Lehpe Mendez de Castro y Pigueroa y á José B ■ n • o mayordomos del gremio de Mareantes, «un pedazo de terren<> que c<míi naba con algunos terrenos que fueron de las temporalidades de los regulares de la Compañía de Jesús » Estos térrenos que se citan en las anteriores Kneas estaban inmediatos a la capilla de San Andrés seo-un se dice mas adelante en el mismo documento. ° ' Resoluciones dadas por la administración en este mis mo siglo y en especial cuando las leyes desamortizados s conhi man uambien los derechos de la Hermandad sobre ' la capilla de San Andrés; y por último, coniirmú y reconoció esta propiedad el mismo señor Da Guarda al dirigirse en 1881 pautes // Henead, d. la Pa?aM^^- j pidiéndole que le concediese «el terreno que hoy ocuna la capilla v 1 a casa contigua propiedad de la corporacmn » i Esto ultimo, que ya lo hemos dicho varias veces lo consideiamos muy digno de repetirse cuantas fuere necesario A aquellos de nuestros lectores que les haya causado sorpresa el que nos detengamos tanto en estos ^asuntos de ? apitu l oa ai Suiente 3 s; a po U rqué en ellos se nan atando todos los cabos, é irán viendo unp era ocioso ni mucho menos el repetir tanto las cosas v el hacer afincamiento en esto de los derechos tiue tiene la Her d~ite .fTT 6n * 1Ue 86 haUa ediSahm Z atina capilla cíe ban Andrés.
C u est ió n Da G u a r d a 17 IV UN DESPOJO Tal titulo merece la obra que se ha emprendido contra la Hermandad, de la Paz ?/ Misericordia. Ante todo nos corresponde declarar que creemos firme mente que el señor Da Guarda ha estado y está movido por los mejores deseos, y que si esta cuestión ha tomado sesgo distinto del que aquel opulento banquero quiso darle, no es de él ciertamente toda la culpa como tampoco lo es de la Hermandad déla Paz y Misericordia. Elementos extraños se han ingerido en este asunto y á ellos se debe exclusiva mente que, lo que en esencia era una muestra de generosidad se ha ya convertido en un pugilato de egoísmos. Si por todos está reconocido el derecho de propiedad que los Mareantes tienen en los terrenos de la capilla de San Andrés, y si en ningún tiempo se han puesto en duda esos derechos, claro es que el hacerlo ahora, es, sencillamen te un absurdo; máxime cuando los que tal cosa pretenden no se fundan en razones apreciables. Si fuéramos á dar pávulo á las hablillas del vulgo, ten dríamos que creer que se trabaja desde hace muchos años para desposeer á la Hermandad de lo que de tantos siglos acále pertenece. Y creeríamos también, si nos guiásemos por el clamoreo de la opinión, que todo lo que ahora ocurre estaba ya en el ánimo del Sr. Da Guarda, ó en el de aquellos que le inspiran, cuando propuso á los mareantes el edificar les la capilla de San Andrés. , , No sabemos nosotros lo que habrá de positivo en estas especies que corren de boca en boca; nosotros solo vemos 3 se UNIVkRSiüADb DE SANTIAGO nr roMMi'i'n ’ i
18 C u e st ió n Da G u a r d a por ahora los efectos. Las causas.... Quizá mas adelante nos aventuremos á investigarlas. Aquí nos encotramos por de pronto con dos hechos. El uno, la propiedad de la Cofradía sobre los terrenos de la capilla; el otro, la capilla misma editicada con intere ses cuantiosos que han salido de las manos del Sr. Da Guarda. Si á la Santa Hermandad se le hubiese dicho antes de edificar la capilla que después de terminada se le arreba taría todo aquello que venia poseyendo desde tiempo inme morial, posible y casi seguro es que no hubiese accedido á tal pretensión; por que los hermanos de la Paz y Miseri cordia, si bien quieren para el Dios de sus mayores un sun tuoso templo digno de la excelsitud divina, también saben que humildemente, sin pompas ni vanidades, sin artesonados ni pinturas, puede adorarse al mismo Dios, bastando para ello un altar, una cruz, un corazón y una plegaría. Mil veces preferirían celebrar el culto modestisimamente sobre las piedras en que hincaron la rodilla sus proge nitores y entre las cuatro tapias que aquellos levantaron, con los productos de su trabajo, para impetrar la misericor dia divina en las arriesgadas tareas á que se dedicaban, que pisar sobre lustrosos pinos y admirar ricos ornamentos, y ver coloreados vidrios, y respirar olorosas esencias, si con todo esto habían de llorar para siempre perdida aquella sa grada herencia que de generación en generación fue siempre el santo recinto donde venia á dar gracias el ma rinero que en deshecha tormenta había sido escuchado por el cielo. No, y mil veces nó — habrían dicho los Mareantes, si tal cosa hubieran sospechado — dejadnos con nuestra pobreza; dejadnos estas blancas paredes estas piedras ennegreci das y saturadas por el salobre líquido de que venían empa pados los vestidos de nuestros padres después de haber pa sado el riesgo de un temporal: dejadnos todo esto y lleva os vuestras riquezas, que de nada nos sirven si habéis con ellas de arrebatarnos lo que mas apreciamos. Esto hubieran dicho los mareantes si con las pretensio nes que ahora tiene el señor Da Guarda se hubiera presen tado en 1881. Pero la Santa Hermandad nada de esto dijo porque las
C u e st ió n D a G u a r d a 19 proposiciones que se le hicieron no atacaban en nada sus derechos de propiedad, sino que por el contrario los ga rantían. Y así se pasó el tiempo, todo tranquilo, hasta que un dia, pocos meses hace aun, se dijo que el Sr. Da Guarda no entregaría las llaves de la capilla á la Hermandad, faltando así á lo que había pactado. . . , , Y este hecho no solo resultó cierto, sino queden un do cumento de que ya hemos hecho mención — en el oficio une el Sr. Da Guarda dirigió á la Hermandad acusando recibo de los Estatutos — se negaba implícitamente la existencia déla Hermandad, al decir: «He recibido los Estatutos de la Her mandad que se p'eteiule crear bajo el nombre de Hermandad de la Paz y Misericordia.» ¡Que se pretende crear! ¡Que sarcasmo!.... . Pero no es esto solo, sino que todos los tiros se dirigían á negar existencia á la Hermandad y á pretender negarle su derecho á los terrenos de la capilla. . Así, el mismo Sr. Da Guarda, le dirige unas proposi ciones á la Hermandad, en las que no se hacían constar para nada los derechos de aquella, y sí en cambio, se decía, que la Hermandad no podría mezclarse nunca ni por ningún motivo en la capilla, que habría de entregarse á los P. P. Jesuítas. Para coronar esta obra faltaba solo un paso y ese se dio. Envió la Hermandad sus Estatutos al señor Arzobispo de Santiago para que, vistos, fuesen aprobados, y contesta su Eminencia negando la aprobación á los Estatutos y di ciendo, en cambio, que no existe el Gremio de Mareantes; que uo tiene sanción canónica la Cofradía de San Andrés, m la Hermandad que pretende crearse «tiende á otra cosa mas que á establecer una congregación secular y laica desnuda de las condicioues propias de toda hermandad ó cofradía reli giosa», y que por coii si (luiente — ¡buena consecuencia! que se considere extinguido el Gremio de Mareantes, y la Co fradía, y la Hermandad, é ítem más, que se considere á sus miembros sin personalidad, sin derechos, y sin representa ción ni gobierno en la capilla de San Andrés. , , La obra estaba consumada; el despojo se iba haciendo en toda regla; la Hermandad se quedaría sin una sola pie dra en su antigua capilla de San Andrés. u
20 C u es t ió n D a G u a r d a ¿1 a que han obedecido el señor Da Guarda y el Prela do al querer desposeer á 1 TT ’ ’ ’ ' ' nece? ■ * la Hermandad de lo que le perteLo iremos viendo. El PRELADO ’ .1 teutseíiou)- toufhoneur. En esta contienda, corresponde uno de los cuestos pri meros a la mitra compostelana; no tanto por lo que ella imeda pesar en las temporalidades de la Hermandac de la Paz y misericordia, sino porque con sus actos se ha inmiscuido en terreno que a nuestro juicio le esta vedado Quedense para luego la personalidad del Sr. D. Eusebio Da Guarda, y la de los P. P. Jesuítas, y la de la Santa Her mandad y dejen ahora todos plaza franca á las opiniones sustentadas en este asunto por el Prelado. Líbrenos Dios de poner en duda sus decisiones en asim os lehgiosos; ciegueu nuestros ojos, enmudezca nuesla lengua, paralícese nuestra mano antes que tocar la ex celsitud del pastor que guia sus obejas por divina senda. as seanos permitido, con los acatamientos debidos, examinar as decisiones del Arzobispo recaídas en la apro bación de los Estatutos de la Santa Hermandad, y esto solo se UNlVrRSIDÁnt DSA n ÍTAS o DE COMPOSTCLA
C u e st ió n Da G u a r d a 21 en a(|uello que afecta, como antes hemos dicho, á los bienes temporales de la misma. En julio del pasado año de 1884 dirigió la Santa Her mandad un oficio á Su Eminencia, enviándole al propio tiem po copia de los Estatutos reformados para recabar la alta aprobación del diocesano. , ■ El oficio se concretaba á suplicar tan sólo la aprobación de los Estatutos, y esta era esperada con ánsia por los her manos de la Paz y Misericordia. Pasaron desde la fecha del envio todos los meses del año de 1884, y no vino la deseada autorización. Pero como todo llega en este mundo, llegó el mes de Enero del presen te ano, y con el décimo séptimo dia del propio mes la con testación de Su Eminencia. No podía presumir la Santa Hermandad que los manda tos de Su Eminencia Romana traspasasen los límites de lo canónico, ni aunque á soñar se hubiera echado podría ba rruntar los rumbos que tomó el Arzobispo en su contes tación. Llevados los Estatutos al señor Fiscal Eclesiástico, éste dijo: en primer lugar: «Que el antiguo Gremio de Mareantes sé halla extinguido hace muchos años por la ley VI, títu lo II, libro 1, de la Novísima Recopilación, que ha extinguido todos los Gremios.» Aquí se echan de ver desde luego varias cosas. Primera: Que no había por qué traer á cuento al Gremio de Mareantes, por cuanto los Estatutos enviados para la ca nónica sanción se titulan Estatutos de la Paz y Misericor dia y no del Gremio de Mareantes. 'Segunda: Que si por la Novísima Recopilación están abolidos los gremios, no lo están las Hermandades que per siguen un fin esclusivamente caritativo dentro de la religión católica. . , Tercero: Que es muy extraño que el señor fiscal de Su Eminencia apele á leyes humanas para negar exis tencia á la Hermandad de la Paz y Misericordia; pe ro bien vemos que tampoco le seria posible apelar á las le yes eclesiásticas, cuanto que por estas siempre se había re conocido á la Hermandad, según le constará, al señor Fiscal por los libros de visitas que deben conservarse en los archi vos del cabildo. se UNIVKUSlDADh DE SANTIAGO ' u
C u e st ió n D a G u a r d a Esto es lo que á simple vista se desprende del primer razonamiento usado en el dictámen riscal. Y claro es que solo una perturbación del Sr. Fiscal de la Santa Diócesis pudo hacerle mezclar en este asunto al Gremio de Marean tes; y de aquella perturbacian nacen los dislates — perdóne nos el Sr. Fiscal la palabra — que se cometen en su dictámen. Pero sigamos. Continua el Sr. Fiscal argumentando con la citada No vísima Recopilación en la mano, y apoyándose en la ley XII titulo XII libro XII del mismo código, dice que «está prohi bido el erigir ni fundar cofradías sin la autorización real y eclesiástica» etc... Aquí no se trata, señor Fiscal, de erigir ni de fundar ninguna cofradía, puesto que la Hermandad de la Paz y Mi sericordia está ya fundada de largos siglos; duélenos, se ñor Fiscal, repetir que tampoco en este argumenio está V. S. todo lo afortunado que fuera de desear. »Además. Excmo. Sr. — continúa diciendo el dictámen fiscal — los estatutos cuya aprobación se interesa, no tienen por objeto la organización de una sociedad religiosa digna de la alta sanción de Vuestra Eminencia Romana, según se deja ver con breves reriexiones. «Sus autores se atribuyen la propiedad del templo de San Andrés y de los objetos y alhajas consagrados al culto, debidos á la propiedad y generoso desprendimiento del se ñor D. Ensebio Da Guarda, siendo así que todo ello se halla hiera del comercio de los hombres y su dominio exclusivo y eminente es de la Iglesia! Pase lo de que la Hermandad de la Paz y Misericordia no sea una sociedad religiosa, aunque no debía pasar puesto que teniendo por objeto aquella sociedad el prestar todos los auxilios y todos los consuelos de la religión cató lica á los desdichados que la humana justicia condena á mo rir en un patíbulo; y teniendo por objeto también la sociedad el celebrar actos religiosos en un templo, y asistir á las pro cesiones en corporación para darles mayor expleudor, y el hacer sufragios por las almas de los hermanos, parécenos que todos estos son tiñes exclusivamente religiosos. Pero acatemos las decisiones del Purpurado en esta de licada materia que solo á el compete, y no á nosotros, mise ros y pecadores mortales.
C u e s t ió n D a G u a r d a 29 objeto la capilla de San Andrés? ¿Qué necesidad tenían aquí de hacer uso del Sr. Da Guarda ó de otra cualquiera persona como mediadores? ¿No les hubiera sido más expedito el com prar un solar y edificar en él, siempre á su nombre, creán dose desde un principio, de este modo, una propiedad exclu sivamente suya? , ., Si, — contestan los que están aterrados a la idea mis teriosa que antes expusimos: todo eso podían haber hecho los Jesuítas, como pudieran haber hecho otras muchas co sas; pero las razones que quizás les hayan movido para no seguir el camino recto, pueden ser las siguientes: Primera: sabido es el amor qué tienen al terruño todas las congrega ciones religiosas; este amor ha hecho que los frailes exclaus trados. al volverá España hayan ido ocupando precisamente los mismos conventos que habitaron antes de la exclaustra ción, salvo en aquellos casos en que se encontraron con sus conventos totalmente derruidos: y los padres Jesuítas que ocuparon algunos años givicibxa me ule el Hospital de San Andrés, y que poseyeron una casa al lado de aquel edificio, tienen carinoá los terrenosde la. capilla y desearían ocuparla. Ya el año de 1879 — dicen las gentes — un padre Jesuíta muy conocido en esta localidad, se presentó á uno de los Hermanos déla Paz y Misericordia haciendo proposiciones para la edificación de la capilla: proposiciones muy pareci das ó idénticas á las que últimamente ha hecho el Sr. Da Guarda á la Hermandad. Afirman también muy formales los repetidos maliciosos, quecomolos jesuitas se han ido entrando en España sm que haya mediado autorización desde la célebre Pragmática de 1767, no se atreven á edificar por sí mismos, temiendo que llegue un dia en que por otro mandato igual ó parecido á aquel del católico rey Cárlos III . tengan que marchar dcjando aquí en manos impías, los bienes que posean, i asi "haciendo sus templos una persona agena á la Com pañía de Jesús, en todo evento resultaría que á una propiedad colo cada en tales condiciones, no le cogerían las leyes desamor - tizadoras que pudieran con el tiempo dictarse. , , Pero, enfin, aunque asisea, contestamos nosotros, ¿qua inconveniente habría en que los P. P. Jesuítas ocupasen la capilla de San Andrés? ¿Por ventura tan humildes varones son alguna plaga que haya que alejar de nosotros?...
Y. nos contestan: No sabemos nosotros si son ó no son los Jesuítas eso que ustedes dicen: sólo sabemos que por algo el católico rey don Carlos III, én la Pragmática que antes citábamos, dijo: «Prohíbo por ley y regla general que jamás pueda volver á admitirse en todos mis reinos en particular á ningún indivi duo de la compañía de Jesús, ni en cuerpo de comunidad con ningún pretexto ni colorido que sea, ni sobre esto admitirá mi Consejo ni otro tribunal instancia alguna, antes bien to marán á prevención las justicias las más severas providen cias contra los infractores,(auxiliaresy cooperantes de seme jante intento, castigándolos como perturbadores del sosiego público.» Y sabemos también — añaden — que el Papa Clemente XIII no quiso admitir en sus Estados á los Jesuítas luego que fueron expulsados de España. Y sabemos también que el mismo señor Rey Católico Cárlos III, en Real Cédula de 18 de Octubre de 1767, dijo: «Quiero y ordeno que cualquiera regular de la compañía de Jesús que en contravención de la Real Pragmática san ción de 2 de Abril volviere á estos mis reinos sin preceder mandato ó permiso mió, aunque sea con el pretexto de estar dimitido y libre de los votos de su profesión, como proscri to incurra en pena de muerte, siendo lego, y siendo ordenado in sacr.is se destine á perpetua reclusión á arbitrio de los or dinarios y á las demás penas que corresponden: los auxi liantes y cooperantes sufrirán las penas establecidas en dicha Real Pragmática.» Ahora, díganos el piadoso lector si puede discutirse se riamente con personas que discurren de un modo tan estra falario.
C u est ió n D a G u a r d a 31 VII El. SEÑOR PA GUARSA Aun falta algo que decir respecto á los P. P. Jesuítas; algo, que como es natural, se relaciona con el señor Da Guarda, y que lo encajaremos aquí por creer nosotros que estará muy en su lugar. Apuntábamos en nuestro articulo anterior los rumores que corren sobre si la capilla de San Andrés está hecha con el dinero de la Compañía de Jesús, y por nuestra parte de cíamos que eran de mucho volumen aquellas patrañas para que pasasen por el tamiz de la sana razón sin encontrar di ficultades. No negaremos que los argumentos expuestos por los que creen á pió juntillas que el Sr. Daguarda es un mero commissioiuwire de la Compañía de Jesús, están buscados con toda sutileza y presentan carácter de racionalidad. Claro es que no puede negarse de plano que el Sr. Da Guarda haya recibido de los jesuítas el encargo de gastar, por cuenta de la Compañía, ciento veintitantos mil pesos en la edificación de la capilla de San Andrés; tampoco puede negarse que. dada la organización del cuerpo jesuítico, y dados los fines que persigue — que son en resúmen el do minio absoluto del mundo moral y del material — y dados los medios que para esto emplea, es casi lógico que , en estos tiempos de descreimiento se valgan de personas láicas para el manejo de sus capitales, con el objeto de ponerlos á sal vo de la ola revolucionaria, su irreconciliable enemiga. , Pero si todo esto tiene visos de verdad, ó á lo menos no se pelea con la razón, creemos nosotros que tampoco puede
32 C u e st ió n D a G u a r d a rechazarse el hecho de que el señor Da Guarda haya sacado de sus propias arcas y por su propia cuenta, el dinero que se ba invertido en la construcción de la capilla. , Pero los que vienen sosteniendo con verdadera perti nacia que la capilla se levantó por cuenta de los jesuítas, siguen en sus trece y nos presentan los siguientes uKniéTicos argumentos que estamos en el deber de consignar: , Ahora bien: — dicen ellos — sin que esto sea meternos á hurgar en los capitales que el señor Da Guarda posea: ¿pue de cor.siderarse á dicho señor como iiini 0 -asa mente neo, dan do á esta frase todo su valor? ¿es el señor Da Guarda un hostehil? ¿es acaso un Mauzanedo, á quien se le calculaban trescientos millones de capital?.. . Nosotros no lo sabemos: sólo sabemos que en esta ciu dad, cuando hemos oido hablar de millonarios hemos escu chado los nombres del Sr. Fernandez Andrade ó de D. Fer nando González, pero el del señor Da Guarda no ha llegado hasta nosotros, circundada con la dorada corona de un Creso. Nos han dicho, sí, que el Sr. Da Guarda era muy rico, pero lo han puesto siempre en el quinto ó sexto lugar entre los capitalistas de la Gatuña. Tenemos nosotros muy en cuenta para, nuestro uso par ticular, aún en medio del optimismo altruista que nos domi na, el refrán aquel que se usa en tierra de Castilla y que dice: «de dinero y de bondad, la mitad de la mitad;».asi que, cuando oímos hablar de millones y millones que posee tal cual venturoso prójimo, aplicamos la sentencia á fín de qui tar á las palabras del vulgo, toda la exageración que pone en ellas. Pues bien; de todo esto resulta, á nuestro modo de ver, que el Sr. Da Guarda es rico, muy rico, pero que así y todo su capital no es tanto que no hagan en él mella dos ó tres millones de reales, con otros tres ó cuatro que pensase gas tarse en la edificación del Instituto. Por otra parte, — añaden — los que conocen con alguna intimidad al Sr. Da Guarda — que son en corto número, poi que el carácter de dicho señor está, según dicen, vaciado en la turquesa de la hurañería — nos lo presentan, no como un pródigo; no como un maniroto, no como un disi pador, sino muy al contrario, como un hombre cuida-
C u e st ió n Da G u a r d a 33 doso en demasía del acrecentamiento de su capital, como un hombre cpie sabe aquilatar los reales que tiene un peso duro, y como un hombre que, cuando da cinco pesetas de jor nal, procura que sus obreros no se duerman. Y habremos de confesar con toda franqueza, que estas condiciones que le atribuyen al Sr. Da Guarda sus propios amigos, unidas á los razonamientos que antes hicimos respecto al capital de dicho señor, no se avienen muy bien con el hecho de haber desembolsado graciosa/nieute las quinientas mil y pico de pesetas que ha costado la capilla de San Andrés,y la coleti lla de disponerse á gastar, cuando menos, otro tanto en el Instituto.» . ■ Esto dicen, y por cierto que tenemos que confesar de nuevo que no hemos visto á nadie sutilizar tanto y con tan ta pertinacia. Pero sus razonamientos caen todos por tierra con este solo que ahora nos ocurre: podrá el Sr. Da Guarda tener muchos ó pocos millones, que esto no nos importa; podrá el Sr. Da Guarda haber sido poco pródigo toda su vida, pero esto no es razón para asegurar, solo por suposiciones, que el dinero de la capilla es de los Jesuítas. Si el Sr. Da Guarda tiene uno, diez, veinte millones, puede gastarlos sin pedir permiso á nadie, y si el Sr. Da Guarda fue poco pródigo an tes de ahora, cosa que nadie sabe con toda certeza, puede haber variado, como variamos á cada momento los hombres, de modo de ser y de modo de pensar. . A nosotros nos fatigan en extremo esta clase de discu siones; creemos, y lo decimos con sinceridad, que con dine ro del señor Da Guarda se ha construido la capilla; y lo cree mos por qué no se nos presentan serios argumentos en con tra de ello: así, sea ello como quiera: tengan ó no tengan razón los que aseguran que á los jesuítas es debida la edifi cación de la capilla, lo cierto es que esta se halla levantada sobre terrenos pertenecientes á la Hermandad de la Paz y Misericordia y que á dicha Hermandad se dirigió el Sr. Da Guarda en 18'81 proponiéndole construir la capilla con la so la condición de que permitiesen á él y su esposa ser enterra dos dentro del templo. . . , Si el señor Da Guarda tenia planes ulteriores, si obro con doblez y falsía, digno es de las más fuertes censuras; si por el contrario el Sr. Da Guarda, desmintiendo con su geu
34 C u e s t ió n D a G u a r d a 'V-V-.-W^^V^W/WVX-Vv'wT.-v'-v-^-w* VN -*^w . - - - vve rw-w--*v-*N/^ V '--^v.---w* Arv nerosidad, ahora que se halla ó va llegando á los doce lus tros, la conducta que dicen siguió toda su vida, se propu so con la mayor buena fe edificar la capilla bajo las condi ciones pactadas con la Hermandad, y si después de esto ad quirió otros compromisos, sean ellos del orden que sean, que no le permitían cumplir lo estipulado, obró con suma lige reza dando una segunda palabra que no había de poder sos tener sin destruir la primera; por último, sí el señor Da Guarda falta á lo que ha ofrecido sin que tenga mas razones que las que sus caprichos le sugieren, es un temerario que c uiere que las leyes, que la sociedad, que el mundo todo se coblegue ante sus pasioncillas, sus rencores, sus afectos ó sus orgullosos extravíos. Si esto último fuere, debe darse por muy satisfecho el orgullo del Sr. Da Guarda ante la sola consideración de que ha conseguido un privilegio que no le es dado á los demas mortales; el de diferenciarse de todos allí donde todos so mos iguales; el de ser enterrado entre las gentes como si dijéramos, en medio de la ciudad, bajo las bóvedas de un templo, en sepulcro primorosamente cincelado, cosa que en siglos anteriores le era permitida solo á los señores de horca y cuchillo ó á los principes de la Iglesia. Después de todo no nos parece pequeño el premio para la magnitud de la obra. Aqui se vienen alegando por algunos, en contra de la Hermandad, razones de patriotismo, razones de agradeci miento. . A los que echan mano del patriotismo para esta cues tión, les habremos de decir que no consiste el patriotismo en humillarse ante los poderosos, siquiera estos nos hagan ó intenten hacernos algún favor; que si asi fuere, muy poco patriotas habrían sido nuestros padres que no quisieron de jar en manos del capitán del siglo estos terrones que consti tuyen la nacionalidad española, á cambio de los "beneficios que nos habría de reportar la civilización que aquel nos im portaba. Pero no, no es asi; el verdadero patriotismo en aquel caso, fué el de los que defendieron palmo á palmo la inte gridad del territorio; como el verdadero patriotismo en esta ocasión está de parte de los cofrades de la Santa Hermandad que no quieren dejarse arrebatar lo que íntegro recibieron
C u e st ió n Da G u a r d a 35 de sus antepasados é íntegro quieren entregarlo á sus descendientes. x Y respecto á los que hablan de agradecimiento, les dire mos, que cuando á cambio de un favor se exije un sacrificio mayor que el beneficio mismo, deja este de ser favor y se convierte en explotación: El agradecimiento tiene sus lími-_ tes ¿cómo no?.. Pues qué, los que tanto blasonan de agrade cidos ¿lo serían hasta el punto de perder aquello que más apreciasen, su honra por ejemplo, en aras de un servicio que cualquiera les hiciera? Y no se nos venga diciendo que en este caso el favor hecho por el señor Da Guarda es inmensamente mayor que el sacrificio que se exije de la Hermandad, porque entonces contestaríamos, (¡ue el beneficio del Sr. Da Guarda es d e los que pueden expresarse con una cantidad, y el sacrificio que se pide á la Hermandad es de aquellos para los que no se encuentra expresión algebráica que los patentice. Por una parte se cuenta un ciento de miles de pesos; por otra se cuenta un ciento de miles de recuerdos y de tra diciones; son cantidades heterogéneas y por consiguiente no pueden restarse. Para terminar, debemos decir también, que la conducta seguida por el Sr. Da Guarda con los Hermanos de la Paz y Misericordia no es todo lo correcta que debía espe - rarse de un hombre á quien se nos presenta como un mode lo de liberalidad, y que tiene, después de todo, un origen tan humildísimo corno el mas humilde de los individuos del antiguo Gremio de Mareantes. En el capitulo siguiente, al ocuparnosde la Hermandad, explicaremoslo que significan las afirmaciones del párrafo anterior.
36 C u est ió n D a G u a r d a VIII LA HERMANDAD. Poco nos va quedando ya que decir de este asunto, que está siendo, y será por algún tiempo aun, la comidilla diaria de todo el pueblo de la Coruña. Nos hemos hecho eco en los artículos anteriores de todos los rumores propalados por las gentes, debatiendo aquellos que nos parecían exagerados y dando en cambio asenso á otros que la razón no podía rechazar. Correspóndenos hoy reseñar las gestiones que la Her mandad ha venido haciendo en este asunto, y por cierto que bien corta ha de ser nuestra tarea. No hablemos ya — porque suficientemente discutida y probada está — de la existencia de la Hermandad; los datos históricos aportados por ilustradas personas qne han inter venido en el debate, y los que nosotros hemos consignado, dejan suficientemente probado este punto concreto. ‘ Respecto de los derechos de propiedad que la Herman dad tiene sobre la capilla de San Andrés, también hemos dicho lo suficiente, y si no bastase, apelaríamos á la pres cripción. Más ¿para qué? No hay persona sensata que se atreva á negar á la Her mandad esas dos condiciones que dejamos señaladas; y por tanto, queda reducida nuestra misión á dar cuenta de lo ocu rrido desde el año de 1881 hasta la fecha. Todos nuestros lectores conocen el acta notarial de la Junta celebrada por la Hermandad en primero de Mayo de
C u e s t io n D a G u a r d a 37 1881, y todos saben también en qué términos está concebi da la proposición que el Sr. Da Guarda hizo y á lo que que dó comprometido. Después de aquella fecha siguieron las cosas su natu ral curso. Comenzó la construcción de la capilla y los hermanos de la Paz y Misericordia no se mezclaron en nada, como era natural, durante la ediíicaciou. En el mes de Julio del pasado año tuvoá bien la Her mandad reformar sus Estatutos y llevó á cabo sus propósi tos. Terminada que fué la reforma cumplieron con lo que la ley preceptúa, solicitando la autorización competente de los Estatutos á la autoridad gubernativa. Los Estatutos fueron aprobados. Como una prueba de deferencia envió la Hermandad al Sr. Da Guarda un ejemplar de los Estatutos y dich > señor contestó acusando recibo con un oficio en que se pretendía ya desconocer la existencia de la Hermandad, pues, co menzaba diciendo, según ya recordarán nuestros lectores: «He recibido el ejemplar de los Estatutos de la Hermandad que se pretende crear bajo el nombre de Hermandad déla Paz y Misericordia.» En estas palabras vió la Hermandad lo que cualquier puede ver; que se intentaba desconocer su existencia. Tenemos enteudido que una comisión de los hermanos de la Paz y Misericordia intentó conferenciar con el Sr, Da Guarda, y que lo intentó en vano; á esto nos referíamos ayer al censurar en los últimos párrafos do nuestro articulo la conducta del Sr. Da Guarda para con los hermanos de la Paz y Misericordia. Nada de deshonroso tiene el que el Sr. Da Guarda sea de humilde origen: muy al contrario, esto le enaltece en grado sumo, pues revela, al haber llegado á la posición so cial que hoy ocupa, que posee condiciones de mucha estima; paro por esto mism ), cuteudemos nosotros que debería ha berse mostrado mas atento con las comisiones de la Her mandad que quisieron visitarle y no pudieron conse guirlo. Pasado algún tiempo, un cÓfr^le presentó á la Herman dad, en nombre del señor Da Guarda, una proposición, en la que se decía como principio: «El templo estará bajo la exclu - se UNIVKRMÜADl DE SANTIAGO
38 C u e st ió n D a G u a r d a siva y única dirección de los P. P. Jesuitas, sin ninguna in tervención por parte de la Hermandad, que en nada podrá mezclarse bajo ningún pretexto ni motivo.» La Hermandad no aceptó aquellas proposiciones, y en cambio al poco tiempo hizo llegar á manos del Sr. Da Guar da otras, basadas en el cumplimiento del acta notarial de Mayo, y concediendo al señor Da Guarda algunas prerroga tivas no consignadas en el acta: tales como la de nombrar el personal dependiente del sacerdote, el inspeccionar la ca pilla y el dar en ella disposiciones siempre que no compro metiesen, claro es, los derechos de la Hermandad. No aceptando unos ni otros las bases por cada cual ex puestas, y no habiendo por consiguiente conformidad, se ce lebró un juicio de conci iacion hace quince ó veinte dias, resultando de él lo contrario de lo que indica su nom bre. . El rompimiento fué difinitivo, y esto á causa de haberse negado el señor Da Guarda á reconocer personalidad á la parte demandante, La Hermandad entonces se dispuso á litigar, nombró abo gado y procurador, y presentó una demanda en regla, pi diendo el cumplimiento de lo estipulado con el Sr. Da Guar da y solicitando asi bien el recurso de pobreza. ' La demanda fué admitida por el señor juez de primera instancia de este partido, que accedió también á lo solicita do respecto á la pobreza de la Hermandad. En tal estado se hallan las cosas en los presentes mo mentos, y tal ha sido, dibujada á grandes rasgos, la con ducta que la Hermandad ha seguido desde el ano de 1881 hasta la fecha. ¿Podía le Hermandad haber intentado buenamente al gún otro medio para llegar á feliz acuerdo con el señor Da Guarda?...
C u e st ió n D a G u a r d a 45 Y llegamos al de El Sr. Da G-aÚrda. ¿Pero es (|ue llegaron á figurarse los enemigos de la Hermandad que la persona del señor Da Guarda estaba co locada en un pedestal y que al pié tuviese escrito el célebre Noli i me ta ngerdl ¿Es que creyeron que al hablar del Sr. Da Guarda, por tratarse de un poderoso, nosotros habíamos de morder la lengua ó llevar la cuestión de soslayo á fin de no incurrir en las iras de estos que hoy nos censuran? ¡Buena pretensión! Nosotros hemos dicho del Sr. Da Guarda lo que todo el mundo repite;y ni la afirmación de que el señor Da Guarda es de origen humilde, ni la de que el señor Da Guarda por idiosincrasia huye el trato de las gentes, ni aquella otra de que al capital del señor Da Guarda puedan hacerle mella dos, ó tres ó cuatro millones de ingreso ó de gasto, nada de esto es ofensivo para el señor Da Guarda. Y buena prueba de que nada rebasa los limites en que debe moverse todo trabajo periodistico, la tenemos en que ni se han dado ni podían darse por injuriados, ni se han movido en otros terrenos adecuados" para estos casos, ni han contestado á este ni á ninguno de los artículos que hemos escrito. ¿Qué hicieron, pues, los amigos del señor Da Guar da? Poner el grito en el cielo, que esto de gritar á todos nos es dado: hacer una protesta sin saber de qué protesta ban, y creerse ellox solos todo el pueblo de la Coruña, cuan do eran cinco, seis ú ocho docenas de personas. ¡Valiente pueblo de la Coruña seria este si solo los proDstan.les lo constituyesen! Pero no; no es así. El verdadero pueblo de la Coruña está á nuestro lado; y entendemos por verdadero pueblo á la mayoría, sin distinción de clases ni de sexos. Que después de todo, los reunidos en el ayuntamiento, son unos caballe ros particulares, muy apreciados sin duda en sus domicilios, pero ni por la cantidad ni por la calidad pueden arrogarse, como lo hacen, la representación de todo este pueblo. Para concluir. Ahí están todos nuestros artículos; ahi están esperando una refutación séría. Háganla si pueden los agraviados, que u
46 C u est ió n D a G u a r d a esto les servirla de más provecho que la protesta ridicula que han intentado. Nosotros les desafiaríamos á que se dirigiesen á todas las personas sensatas y que estas diesen su opinión respecto á nuestra conducta y la que ellos vienen observando. Y en cuanto al derecho que asiste á la Hermandad, en cuanto á lo que nosotros hemos venido sosteniendo, les desafiamos también á que nos presenten un solo letrado que opine en contra de los derechos de la Hermandad. ¿Que hay gentes no acostumbradas á la rectitud de conciencia, lealtad de Opinión y serenidad de juicio? Tanto peor para los torcidos, los ileales y los injustos. Nuestra conciencia está tranquila, y siempre... eternamente, rompe remos lanzas en pró del derecho público y de los fueros de la verdad y de la justicia. VNMRSID. DE DE SANTJA JO u
C u est ió n D a G u a r d a 47 XI MORRA O CONTO Ideado teníamos apartarnos en este último artículo del tono serio enquehepios venido tratando la cuestión Da Guar da, y esto con el objeto de quitar á nuestros lectores el mal sabor de boca que les haya causado tanto hablarles de hom bres que faltan á su palabra, de despojos, de jesuítas, de mi llones y de bulas. Nuestros propósitos, como se vé, eran buenos. Con un cuentecito que se adaptaba mucho al caso y que oímos de labios de nuestro querido amigo El pequeñ-o Mareante, ha bríamos dado agradable fin á esta ruda campaña que hemos sostenido en diez artículos en pró de la antigua y numerosa Hermandad de la Paz y Misericordia. Pero no está la Magdalena para tafetanes ni para cuen tos la asendereada Cuestión. Da Guarda. Dejemos las consejas para mejor ocasión, que, como de cía muy bien Sancho, no hay mejor palabra quelaqueestá por decir y Cristo con todos. O nosotros estamos ciegos ó se ha perdido por estas tierras el más rudimentario concepto de lo moral, de lo dig no, y de lo justo. Lo decimos porque estamos ya cansados de oir á unos y á otros lamentarse de que esta cuestión haya llegado á ser piedra de escándalo, sin reparar, aquellos que son nues tros contrarios, en que aquí el único autor del escándalo ha
48 C u e st ió n D a G u a r d a sido aquel que faltó á lo pactado, no entregaudo las llaves de la capilla de San Andrés á la Santa Hermandad. Siel señor Da Guarda hubiera cumplido punto por punto lo estipulado, nosotros no hubiéramos tenido para él más que frases de elogio: buena prueba de ello es que antes que aparecieran estas diferencias entre el señor Da Guarda y la Hermandad, nosotros no tuvimos inconveniente en suscri bir un álbum que el pueblo de la Coruña le dirigió, y dimos también nuestro voto en pró del proyecto de acuñar una medalla que se le había de ofrecer al señor Da Guarda el dia mismo de la apertura de la capilla. Pero es que entonces ignorábamos que el Sr. Da Guar da pensase faltar á su compromiso, é ignorábamos también que* fueseu sus intentos los de colocar para¿bí eterwum, en la capilla de San Andrés, álos P. P. Jesuítas. Placer inmenso hubiera sido para nosotros el ver que las cosas marchaban por senda regular, y que la capilla, después de concluida, se hubiera inaugurado con gran pompa. . i • • i Entonces nosotras, sin reservas de ningún genero, ha bríamos elevado en el fondo de nuestras conciencias cánti cos de alabanzas para el hombre que tan expontáneamente perpetuaba las grandezas del antiguo gremio de mareantes. Pero ¿somos nosotros culpables acaso de que las cosas no hayan pasado á medida de nuestro deseo? ¿Somos culpa bles de que el Sr. Da Guarda, faltando á lo pactado, no en tregase las llaves á la Hermandad? ¿Somos culpables de que dicho señor, en su oficio de recibo de los Estatutos haya pre tendido negar existencia á la Hermandad? ^ ‘ Somos culpables de que el Sr. Da Guarda muestre tan decidido empeño en colocar dentro de la capilla á los padres jesuítas? ... No, ciertamente. " De todas estas cosas el único autor es el señor Da Guarda. Que sea por capricho, que sea por terquedad, que sea por alguna otra causa, nosotros no vemos mas que un hom bre qne se compromete y falta á lo estipulado. . Hace algunos años vimos en el frontispicio de un pueblo de Castilla grabada en la piedra una hermosa déci ma cantando las glorias del Marqués de Almarza que había edificado aquel templo. .
C u e st ió n D a G u a r d a 49 Los seis versos últimos de aquellas decimas, que son los únicos que recordamos, decían: Lenguas haciéndose están, Que por siempre han de aplaudir Al barón que supo unir, En su noble edincar, Al ánimo de empezar La gloria de concluir. , ¡Lástima y grande es que no pueda grabarse algo igual ó parecido en el pórtico de la capilla de San Andrés para eter na gloria del Sr. D. Eusebio Da Guarda! El, es cierto, ha tenido el ánimo de empezar, pero la gloria de concluir ha quedado eclipsada á última hora con litigios promovidos por la actitud del Sr. Da Guarda. Y á todo esto, los que saldrían ganando, de realizar se los planes que bullen en la mente del Sr. Da (ruarda, se rian les PP. Jesuítas, que se encontrarían instalados en tina bo nita capilla, muy limpia, muy nueva, apropósito, en íin, pa ra tender aquellas sutiles redes jesuíticas qne sirven para prender en ellas las conciencias de nuestras mujeres e infla mar sus corazones con el odio que profesan á todo lo que sea libertad y progreso, átodo lo grande, á todo lo justo. De esto si que debiera protestar el pueblo de la Coruña; de estos trabajos de zapa, que al fin y á la postre, le reporta rían grandes males, y que se avecinan según las muestras. «Porque el jesuitismo — como ha dicho muy bien El Q]ol)O — no es el carlismo. Es la reacción ultramontana en lucha abierta con la revolución, Diferenciase esencialmente de aquel, en que no recluta su milicia en los campos, sino en las grandes capitales; no cala la boina, ni ciñe el sable, ni se guarece en las cimas de las montañas. Un modesto ora torio, una camlla. le bastan para pasar revista á sus huestes, darles la orden del dia, y mantenerlas en actividad constan te, ardorosa.» . . Desgraciados de aquellos que no ven esto y pierden las fuerzas en protestar sin fundamento contra nosotros, cuan do deberían emplearlas en oponerse á esa ola que a todos nos amenaza por igual. . Protesten, protesten contra nosotros y ayuden los si lenciosos trabajos de los hijos de Loyola. Cuando quieran ' 7 UNIVERSIDAD! - u
50 C u e st ió n D a G u a r d a apercibirse, será tarde; cuando quieran atajar el mal, yano habrá tiempo; y entonces, nuestros hijos, si es que no nos alcanza á nosotros el castigo, maldecirán de esta generación que apesar de lo aleccionada que debería estar, se dejó sub yugar por los adeptos de Loyola. ¿Y la Hermandad de la Paz y Misericordia? . ¿A donde irán sus gloriosos timbres? ¿A donde su histo ria brillante? ¿De qué le habrá servido ser ella la que en pa sados siglos contribuyó poderosamente á que se poblase esta querida ciudad? El antiguo gremio de mareantes, la Hermandadad San ta, yacerá en el olvido; solo en viejas historias conservará su nombre,¡y en ellas con toda imparcialidad se relatarán las causas de su desastrosa muerte y se revelará todo lo que ahora pudiera estar oculto... " . Pero no, no es posible que todo esto suceda: aun hay justicia, aun hay quien rinde culto á la verdad, aun hay quien ama el derecho hasta el delirio. Y este pueblo de la Coruña, que es noble, que es bran de, que alienta y vive por los ideales modernos, y odia y detesta á los que pretenden resucitar tiempos nefastos, se opondrá con todas sus fuerzas á que esos planes se realicen: se opondrá á ser dominado por el jesuitismo, y se opondrá á que con la Santa Hermandad se realice un inicuo despojo. Buena prueba está dando de cuanto decimos este pue blo, que en los presentes momentos ha dejado desairados á los que protestaron de nuestras palabras.
C u est ió n D a G u a r d a 51 /vWi<WWV>AzvVVVVV>^<V?VX^ V^*V^^^V^A^^^^V^VVWVVVV^ DOCUMENTO NÚMERO 1 Copia tlel acta de la Junta general celebrada en la sacristía de la Capilla de San Andrés, en la tarde del l.° de Mayo de 1881, por ante el notario D. Manuel Devesay Gago. En la ciudad de la Coruña, á 1 de mayo de 1881. — Ba jo la presidencia de D. Manuel Morales Suevos, vecino de esta ciudad, depositario de la antigua Cofradía de Marean tes conocida más bien con el nombre de Hermandad de la Paz y Misericordia, de este pueblo, excusando á don Balta sar Cerezo, que es el actual mayordomo de dicha corpora ción, se reunieron en la sacristía de la capilla destruida de San Andrés de esta capital en que radicaba el culto de la citada Cofradía como consagrada exclusivamente á la mis ma los hermanos agremiados que se designan al margen. El señor presidente dió á conocer el objeto, según se ha de expresar más adelante, leyendo seguidamente la lista de los hermanos para poder cerciorarse de los presentes y au sentes; acreditándose lo primero por las contestaciones afir ■ mativas que individualmente dieron las personas que figu ran en lista, y lo segundo por la falta que de los aemás se ha reconocido. . Suscitóse un ligero debate acerca de la personalidad de D. Miguel Cotrofe, que pretendía representar un individuo de su familia, el cual fue desechado por la circunstancia da que, tampoco podía admitirse la representación del Cotrofe, puesto que este ha renunciado expresamente por sí y sus herederos á todos los derechos que pudiesen corresponderle ó á la participación con que venía figurando, según consta del acta de Junta general de 20 de Febrero último, que al objeto se ha leído.
b2 C u e st ió n D a G u a r d a En tal estado, se presentó por D. Jacinto Suevos la pro posición que dice literalmente así: «Al Gremio de Mareantes y Hermandad de la Paz y Mi sericordia. — ProjiosiciÓTb. — Una persona caritativa, hija de este pueblo, cuyo nombre se reserva por ahora, se compro mete á redificar la antigua capilla de San Andrés, siempre que en la Junta general que hoy se celebre por los indivi duos de dicho Gremio y Hermandad se le conceda el terrreno que hoy ocupa la citada capilla, y la casa contigua propiedad de la corporación, para proceder á los trabajos necesarios al efecto, y de terminada ésta completamente, y puesta en disposición de celebrarse el culto á que siem pre estuvo destinada, entregar-las llaves del nuevo edificio a los individuos que entonces compongan la Junta directiva de esta Hermandad, sin otra condición que la de que se le permita al fallecer él y su esposa ser depositados sus cadá veres dentro del referido templo. Fundados los que suscri ben en estas consideraciones, y en el inmenso beneficio que en particular reporta al Gremio un acto tan filantrópico, y en general á este pueblo, no dudando un momento de que ha de ser atendida esta proposición, no tienen el menor incon veniente en presentarla á la consideración de la Junta, se guros de merecer la unánime aprobación. Coruña 1." de Mayo de 1881 , — JacHi lo Site cus. — Juan Ri cas; — José M. 1 31o uso .» Escuchada con el mayor respeto la lectura de esta pro posición, se levantó á defenderla, en breves palabras, el don Jacinto Suevos; y la Junta general, suficientemente enterada, prorrumpió en un entusiasta grito de aprobación, que ha repetido sin permitir ninguna votación nominal, atendida la expontaneidad de este acuerdo. Así las cosas, se presentó también D. José Leira y La- ■ go, de esta vecindad, expresando que el señor don Eusebio da Guarda y González, banquero en esta plaza, á quien te nía la honra de representar como su apoderado,' según así lo hizo constar fehacientemente, era el que se proponía edi ficar á su costa la nueva capilla, dotándola de altares, imá genes, ornamentos y todo lo demás preciso, hasta que pue da abrirse al público, sobre el terreno que hoy ocupa y el de la casa anexa n.° 44 moderno. La Junta general rinde un voto expresivo de gracias á u
C u e st ió n D a G u a r d a 53 tan distinguido bienhechor, y cede al mismo irrevocable mente desde luego, con el benéfico objeto propuesto, todo el terreno de la actual y ruinosa capilla de San Andrés, con el que ocupan sus paredes y casa citada n." 44 moderno, 180 antiguo, que dice frente al atrio, el terreno de este y todo lo demás adyacente como propiedad del Gremio, sin reser vación ni limitación alguna, admitiendo la condición , im puesta de que en la nueva capilla se dé sepultura á las cenizas de los Srs. D. Eusebio da Guarda y su esposa dona Modesta Goicouria y Cabrera, en el sitio que se estime más conveniente, pero siempre dentro de la iglesia, sin que en la designación de lugar que se juzgue más decoroso y ade cuado tenga que ingerirse para nada el Gremio, como tam poco tendrá intervención en las obras del nuevo templo y demás que realice el señor don Eusebio Da Guarda, porque todas las hará á su gusto, aunque con la anuencia y con sentimiento de la autoridad eclesiástica; con tanta mayor razón, cuanto que el mismo señor mandará construir tam bién de su cuenta, con la debida independencia de la iglesia aunque en comunicación interior con ésta, una sala ó local con destino especial á las juntas ó reuniones del Gremio, para tratar asuntos de su instituto religioso; todo, empero, bajo condición imprescindible de que el Excelentísimo Ayuntamiento, como medida de notoria y reconocida uti lidad pública, expropie de su cuenta las pequeñas casas que existen unidas á la que pertenece al Gremio, y la cochera que da vuelta á la travesía ó calle del Pórtico, y facilite los solares de estos tres edificios, de modo que quede comple tamente despejado el terreno que ocupa, y el nuevo templo, pueda ser digno de esta ilustrada población, del sitio cén trico en que ha de erigirse, del glorioso nombre que lleva y de la tradición misma que representa. Invitado para esta reunión se presentó también el señor D. Antonio Rodríguez Maceiras, como rector y cura propio de la parroquial iglesia de San Nicolás dé este pueblo, á que pertenece dicha capilla, y como autorizado, además, por el Eminentísimo señor cardenal arzobispo de la Diócesis pa ra velar y cuidar de todo lo concerniente al asunto reli gioso de que sa trata; y después de enterado de los acuer dos contenidos en esta acta, presta su consentimiento á la misma, hallándose también conforme, en unión de la Junta
C u est ió n D a G u a r d a celebrada, que una vez habilitada para el culto la nueva capina siga con la misma advocación que hoy tiene de San Andres, sin que en tiempo alguno pueda ser destinada á nin gún otro servicio, objeto ó culto que no sea el católico, apos tólico, romano, regido siempre por un sacerdote nombrado de acuerdo con la Junta de la Cofradía ó Hermandad á que pertenezca, bajo la innmediata inspección del cura párroco de >an .Nicolás en todo lo que se refiera al servicio religioso con arreglo a derecho: sin perjuicio de impetrar la superior aprobación que espera obtener del Emmo. cardenal-arzobis po, tan celoso del explendor del culto católico, requiriendo al objeto se le facilite copia autorizada de esta acta. Leída la misma por mí el notario, íntegramente y en alta VOZ, por haber renunciado á leerla los asistentes, a pebar del derecho que les asiste para hacerlo por sí, de lo que prescindieron, prestaron todos los concurrentes, absoluta unánime y completa conformidad, á la referida acta y á ca da uno de sus extremos; firman los que saben, y por los que carecen de esta instrucción lo verifica el primer testigo de los presenciales al acto, sin tacha legal, que lo fueron don Juan Na.veira Avellouy D. Jesús da Costa Rivas, vecinos de esta ciudad. 1 de todo lo aquí contenido yo, el notario, lo signo, firmo y doy le. — (Siguen las firmas).
C u est ió n D a G u a r d a 61 DOCUMENTO NUMERO 5 Fundamentos de Derecho, alegados en la demanda presenta da "pd Juzgado, en representación de la Hermandad. 1 ." Según la Ley 1. a , título l.°, libro 10 de la novísi ma recopilación, dé cualquier manera que aparezca que el hombre ha querido obligarse, obligado queda y debe cum plir lo estipulado. , 2 .° Cuando la obligación consiste en entregar a la aso ciación de la cual se ha recibido un solar de su propiedad, el edificio en el edificado, de concluido y en disposición de dedicarse al objeto ú objetos á que se le destina, no puede demorarse ni eludirse la entrega terminada que sea la edi ficación y las obras interiores á aquel efecto precisas. 3 ." El obligado que se niega á cumplirlo sin motivo justo ni razonable obra con notoria temeridad y debe ser "condenado en las costas del pleito á que dá lugar (Ley 8. , título 22, Partida 3. a ) Por tanto, pues, interponiendo la acción personal mas procedente, bajo las protestas y reservas legales, y Ajando en cuantía superior á 150.000 pesetas 25 céntimos la del liti gio, recurro al Juzgado, y SUP1IC0 que habiendo por presentado este escrito con los documentos en él citados y copia de unos ,y, otros; previa la tramitación adecuada al juicio que se inicia, se sirva en definitiva condenar al dem tndado Don Ensebio Da Guarda y González á que en el término de quinto (lia desde que la sentencia sea firme, entregue ála Hermandad de a Paz v Misericordia el demandante, la expresada capilla de S. Andrés de esta ciudad, con todo lo á ella anexo, conde nándole así bien en las costas del pleito. OTRO Rf, DIC t O: Que la Hermandad de la Paz y Mi-
62 C u e s t ió n D a G u a r d a sericordia, á nombre de la cual interpongo esta demanda, es un instituto de mera Beneficencia, puesto que, según el artículo 1." de sus estatutos, aprobados por el Sr. Goberna dor Civil de esta provincia, en 22 de Julio del año pasado, el objeto de tal asociación es única y exclusivamente prestar todos los auxilios necesarios á los reos condenados á muer te, dentro del radio de la población, desde que se los pone en capilla hasta que mueren en el cadalso, custodiarlos des pués de la ejecución, conducir sus cadáveres al Cementerio, y pedir limosna por sus almas con el fin de aplicar su re caudación por su privativo beneficio. Como tal instituto benéfico goza del beneficio de litigar en concepto de pobre, según está declarado en la R. O. de 20 de Junio de 1838, confirmada por otra de 11 de Diciembre 1847, y reconocido finalmente en R. O. circular de 21 de Di ciembre de 1857. Por tanto, y produciendo el acta que acredita el carác ter de la asociación Suplico al Juzgado se sirva admitirme esta demanda en papel y á calidad de pobre, mandar que en tal concepto se la tramite y se administre justicia á la repetida asociación, Todo ello procede y pido en Justicia. Coruña Febrero 24 de V^.=Licenciaflo, Juau A. 6^Zderon .=Junn Bautista Crespo. Es copia. Por virtud de ta «interior demanda, el Jusgado de primera instancia de esta capital, dict«'> la siguiente: I e M IXVIDEUTCIA Por presentada la anterior demanda con los documentos y las copias simples que se incluyen. Se confiere traslado de la misma á D. Ensebio de Guarda y Gonzalos al cual se emplazará para que dentro del término de nueve dias impro rrogables comparezca personándose en forma. Y cuanto al otrosí que dicha demanda comprende, como se pide en la suplica de dicho otrosí. Lo mandó etc. Coruña Febrero 28 de 1885. Es copia. se UNR-ERSIDAI DE SANTJAG' u
FE DE ERRATAS Páginas. Líneas Dice. ________ bebe decir. 9 27 núm\ 3 núm . 2 15 23 priviligi, privilegio- » 24 Mareano, Marean 17 11 ha ya haya 20 5 le u te seutncr tuut seigueur 22 16 argumenio argumento 23 40 antes este, antes que este 24 5 en vía, en la via 25 9 Emma, Erna, Erna, 25' 28 Emma, 28 6 rtasportan los trasiportanlos 28 15 atando, atando » 16 do, de. 29 38 ¿quá > ¿que 31 12 Daguarda Da Guarda 36 3 de de 15 suficientemente, suficientemente, 39 Título Paréutisis, Paréntesis 40 13 vergonzose vergonzoso paréntesis 41 22 parentisis, 48 38 frontispicio de un frontispicio de una iglesia de un 49 6 al barón al varón 50 11 la Hermandadad Hermandad 53 39 de que sa de que se 55 18 San András San Andrés 56 1 cualiscualesDE COMPOSTEI ?