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Contestación al informe que la Junta Local de Granada remite a la Provincial de Primera Enseñanza de la misma sobre el estado en que se hallan las escuelas públicas de la capital / [Agustín Rodríguez Lecea]

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Contestación al informe que la Junta Local de Granada remite a la Provincial de Primera Enseñanza de la misma sobre el estado en que se hallan las escuelas públicas de la capital / [Agustín Rodríguez Lecea]

Author: Rodríguez Lecea, Agustín
Publisher: Granada : Imprenta de Paulino Ventura Sabatel
Year: 1874
Source: https://digibug.ugr.es/bitstream/10481/51789/1/C-001-052%20%2833%29.pdf
CONTESTACION
AL INFORME
QUE LA
JUNTA LOCAL
DE GRANADA
R EM ITE A LA
PROVINCIAL DE l.'ENSEÑANZA
DE LA MISMA.
•SOBRE EL ESTADO EN QUE SE HALLAN LAS ESCUELAS
PÚBLICAS DE LA CAPITAL,
POR EL
di; la e u e a yn cíica
DE LA
NORMAL DE MAESTROS.
GRANADA.
Im p e n a de P aulino V e n u a y S ab a e l,
Plaza de B ib- a m ula .
1874.
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CONTESTACION
AL INFORME
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DE GRANADA
R EM ITE Á L A.
PROVINCIAL DE 1.a ENSEÑANZA
DE LA MISMA,
SOBEE EL ESTADO EN QUE SE HALLAN LAS ESCUELAS PÚBLICAS
DE LA CAPITAL,
POR EL
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DE LA
NORMAL DE MAESTROS.
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GRANADA.
Im p e n a d e -Paulino V e n u a yS ^ b a e l ,
Plaza de Bib-ba m bla.
1874.
25
ÍGOS 94
V
CONTESTACION
AL INFORME
QUE LA
DEGRANADA
R E M ITE A LA
PROVINCIAL DE i.' ENSEÑANZA
DE LA MISMA,
SOBRE EL ESTADO EN QUE SE HALLAN LAS ESCUELAS PÚBLICAS
DE LA CAPITAL,
POR EL
^ c jjín e de la ($¡
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p ác ica
DE LA.
NORMAL DE MAESTROS.
?
GRANADA.
Im p e n a de-Paulino V e n u a y S aba el,
Plaza de Bib-b a m b l a .
1874.

Dig nísim a J u n a local de 1 .a E n señ a n za .
Pa a o ma ace adamen e un juicio compa a i o en e el
concep o que á V. S. me ece mi escuela, en su ilus ado in
o me sob e el es ado de las escuelas públicas de es a Capi al,
y el que dicha escuela me eció á la Comision de su seno, co
mo apa ece en la comunicación que V. S. se si ió di igi me
á consecuencia de la isi a gi ada á la misma, y exámenes
e i icados en ella en Junio úl imo, asc ibo li e almen e di
cho documen o, y dice así:—«En la isi a gi ada en el mes
«an e io , y exámenes e i icados de los alumnos de esa Es-
»cuela, 1a. Jun a Local ha o mado el juicio siguien e po los
« esul ados que a oja on sus obse aciones.—Con supe io
«asis encia á las has a aho a juzgadas, es comple o el cuad o
»de asigna u as que en ella se enseñan, y de las cuales solo
«algunas ue on obje o de p ueba. Tampoco en o as se ha-
«bia is o igu a el Código polí ico en e las enseñanzas, y
«es muy ex ensa la de Geog a ía, A i mé ica y G amá ica.—
«Escuela en que se e aplicada la Pedagogía mode na con
« odos sus p ecep os, y en lo que se obse a la buena en
d en c ia de que la azón discu a po sí con lib e y o iginal
«sen ido, p o undizando en los mo i os de cada espues a, y
«es ableciendo e dade os gimnasios pa a la in eligencia, lo
«que ha á del niño de hoy el homb e que mañana se alimen-
» e de ideas p opias y segu as sin es i se con plumas age-
«nas, ni anda acilan e opinando con el úl imo que escucha,
«como si pe u ba an su ce eb o los apo es á muchos y mal
«di igidos conocimien os.—Siendo es a Escuela el modelo
»que han de copia los que al P o eso ado aspi en, y siendo
»g ande y me ecida la ama del S . Lecea, no es de ex aña
»que la Jun a desee e empleada oda la asiduidad de que
»es capaz dicho seño , haciéndose cada ez más digno de su
»nomb e, y supe io al apa en e descuido en que pudie a
»c eé sele.—Y se asc ibe á V. pa a su conocimien o y e ec-
» os consiguien es.—Dios gua de á V. muchos años. G ana—
»da 12 de Junio de 1874.—El P esiden e, Julián Saenz.—
»Hay una úb ica. —S . Di ec o de la Escuela P ác ica No -
»mal.»
— 4 —
Cua o años de es udios académicos en las Escuelas No 
males de Có doba, G anada y Mad id con no a de Sob esa
lien e en odos ellos; ein e de p ác ica, es udios especiales,
ensayos y expe iencia en la p ime a enseñanza; un sis ema
y mé odos especiales in en ados po mí pa a di igi mi es
cuela é ins ui mis discípulos; es oposiciones á Escuelas
elemen ales y cua o á supe io es en las capi ales de p o in
cia Có doba, Jaén y G anada, ob eniendo el p ime luga en
es de dichas oposiciones, al segundo en o as es, y al e 
ce o en una; a ios p emios ob enidos po los esul ados que
lie dado en la enseñanza; y inalmen e, la ca ego ía que ocu
po en mi modes a clase de Maes o público, pa ecen í ulos
su icien es pa a pode con es a á las ap eciaciones des a o
ables que Y. S. iene á bien consigna en el ilus ado in o 
me que di ige á la Jun a de Ins ucción pública de la p o
incia, sob e el es ado de odas las escuelas públicas de la
capi al, y del cual Y. S. ha enido la a ención de emi i me
un ejempla . Leido con el consiguien e in e és, encuen io
nada con o me el juicio que en él le me ece mi escuela, así
como ambién mi humilde pe sona, como maes o, con el que
V. S. consigna en la p einse a comunicación que se si ió
di igi me en Junio úl imo, po consecuencia de la :si a que
gi ó á mi escuela.
Dicho in o me, con su belleza li e a ia, su elegan e es ilo,
y el le e pe ume del poco incienso que po co esanía, in
he en e á an digna Oo po acion, o ece á es os Maes ospú-
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blicos, con iene el eneno de la censu a que ama ga po p i
me a ez mi co azon, cuando mi conciencia me dice, y puedo
ac edi a con hechos que, á pesa de an unes a y calami osa
época pa a la p ime a enseñanza, engo mi escuela á la al u a
que mi escasa capacidad acaso no pudie a habe la colocado;
pe o que sí lo han conseguido mi zelo y ac i idad, sin emba 
go de an os emba es como ha su ido desde el momen o en que
de ella omé posesion. Incluso yo en las des a o ables ap e
ciaciones de Y. S., y eniendo su ilus ado in o me la popula
idad que da la p ensa á ales documen os, V. S.
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descono
ce á que mi si uación es c í ica; y no puedo deja de con es a
á aquellas con igual publicidad, pa a que mi epu ación de
Maes o público, á an a cos a c eada, quede pa a V. S. y
pa a las pe sonas que conocen de es os hechos en el pues o
que le compe e; ó si esul ase p ueba en con a io po pa e
de Y. S. ó de quien c ea que puede ac edi a lo, enuncia in
media amen e una escuela que po ningún concep o debe ía
segui desempeñando.
Mi mu ismo an e las acusaciones de V. S. se ia in e p e a
do, ó de c asa igno ancia sob e los undamen os cien í icos
en que basa su in o me V. S., ó de e dade a y punible al a
en el cumplimien o de mi debe . Respec o á lo p ime o, no
me compe e hace mi misma apología; mas de lo segundo, sí
p o es o, que po mi empe amen o, educación, espe o á mi
inmedia o Je e, y más que odo, po mi conciencia p opia
(sen imien o pa a mí an e io á odos mis Supe io es ge á -
quicos), he p ocu ado s'emp e llena mi debe cual si las ci 
cuns ancias uesen an no males como en iempos más elices
pa a la p ime a enseñanza.
Ruego á V. S. que
110
in e p e e mi con es ación como e
sul ado de un sen imien o de sobe bia, según indica en un
pá a o de su in o me; po que si así uese, hubie a empezado
po enuncia mi escuela, lo cual equi ald ía á sali me de la
es e a en que debe gi a mi de ensa, siendo en onces es a in
opo una y has a incon enien e. Es única y exclusi amen e
po el debe que V. S.
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desconoce iene el homb e de ha
ce en e á los a aques que a ec an su epu ación, cuando
son di igidos colec i amen e, y no se e excep uado de ellos,
juzgándoseexen odecensu a. Loy p incipio á mi indicación.
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p ima ia?» Y la digna Jun a se lamen a con es ándose nega
i amen e.
Pa a demos a á V. S. que la educación é ins ucción an
en mi escuela en comple o conso cio, asc ibo li e almen e
la de inición que de la p ime a da en su e ce a acepción el
Doc o en Teología y Filoso ía, J. Ii. C. Schwa z, y que es la
genuina y p opia de las escuelas, y asimismo la de la segun
da. Dice, que en sen ido es ic o ó especialísimo, «Educa sig
ni ica di igi in encional y me ódicamen e al niño, de modo
que se desa ollen sus calidades ísicas y mo ales lo más'pe 
ec amen e posible. Tomada en es a acepción, dice el mismo
au o , se con apone á la ins ucción; po la cual en endemos
la con inuidad de acción in luyen e que eje ce un homb e so
b e o o, con el in de ensancha la es e a de sus conocimien
os, y de adies a sus acul ades ísicas ó in elec uales, pa a
que las pueda aplica debidamen e d las ciencias y á las a 
es.» De ambas de iniciones su ge inmedia amen e la co e
lación que exis e en e la educación é ins ucción; de la cual
se deduce, que educando se ins uye, po que hay asmisión
de conocimien os; é ins uyendo se educa, po que exis e des
en ol imien o en las acul ades in elec uales. Luego si en mi
escuela halló V. S. poca ó mucha ins ucción en mis discí
pulos, o zosamen e co e pa eja con es a la educación, y
po consecuencia, una y o a no se hallan en el di o cio que
V. S. lamen a.
Pe o inmedia amen e obse o que Y. S. hace o a p egun a
que dice: Quién no e el poco espe o á los monumen os que
se a ean sin piedad, hollando los sag ados de echos del domi
nión» Po es a p egun a eo que el sen ido es ic o que V. S.
quie e da á la palab a educación es el de cul u a, ci iliza
ción, co esanía; en una palab a, u banidad.
En es e supues o, V. S. se queja de que la u banidad y cul
u a no co en pa ejas en mi escuela con la ins ucción; y
po consecuencia, que mis discípulos es án con undidos con
esas u bas de agabundos de odas edades, de los que ase
gu o á V. S. que, no solo no son discípulos mios (ni con se
gu idad de ninguna escuela pública), sino que ninguno de
mis alumnos se oza jamás con esos se es desg aciados, y
que son cie amen e los ac o es de esos abusos que soy el

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p ime o en lamen a . Y. S. sabe muy bien el medio e icací
simo de co egi ese g a ísimo mal; y po lo mismo, c eo
es a exen o de an du a inculpación como V. S. me di ige.
Pa ece que es a ez, como o as muchas, oca al p o eso ado
de p ime a enseñanza hace el las imoso papel del asno de
la ábula de Los animales con pes e.
El mejo comp oban e de que mis discípulos es án bien di
igidos eó ica y ejempla men e, c eo lo halló la digna Co
misión de su seno en el espe o, ó den y compos u a que ob
se ó en la escuela du an e la isi a, á pesa del la go iem
po que lle aban de pe manencia en la clase. Y aunque es o
pa ezca na u al, no lo es si no u iesen adqui idos hábi os de
subo dinación, espe o, a ención, compos u a, e c., lo que
Y. S. comp ende á que no se consigue sin la enseñanza eó
ica y p ác ica de la Mo al y U banidad social, cuyo bené ico
in lujo hace que mis discípulos huyan de esos desg aciados
de quienes V. S. se queja, y los mi en con conmise ación.
Asimismo no ió ampoco la Comision ni en el edi icio, ni
en el salón, ni en el menaje de las clases el más le e indicio
de dibujos, g abados ni insc ipciones que des igu asen y a ea
sen po una pa e es os obje os, y po o a desp es igiasen el
buen nomb e y la ins i ución de es a escuela, con sus g o
escas o mas ó inmo ales alego ías. Es o, pues, e ela del
mismo modo el cumplimien o de mi debe en es e pun o an
esencial y de que Y. S puede ce cio a se, eje ciendo su ins
pección cuando lo juzgue con enien e.
Si á Y. S. le cons ase que odos los niños de la capi al es
aban en sus espec i as escuelas, y que á pesa de ello se
e i icaban dichos abusos, con jus ísima azón me cab ia mi
an o de culpa en el ca go que sob e es e pun o V. S. di ige
á es e p o eso ado, y p ocu a ía co egi lo en cuan o es u
iese de mi pa e. Puedo asegu a á V. S. que en la ida in
e io de mi escuela no hay que lamen a lo más mínimo de
cuan o V. S. se queja espec o á moles, pone se unos á o os
en idículo, e c., e c.; y en cuan o á la ida ex e io , jamás
dejo de co egi con mayo ó meno se e idad cualquie a al
a ó exceso que se me denuncie hayan come ido mis alum
nos. Te mino es e pun o, haciendo sabe á V. S. que los sába
dos los dedico á abajos de Religión, Mo al y U banidad,
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único medio de di igi el ie no é imp esionable co azon de
los niños po el p oceloso océano de ho o es que nos en
uel e.
En o o luga de es a pa e del in o me de V. S. dice, que
conside a abusi a é incon enien e la dis ibución de 'p emios
en masa. De es e ca go animismo c eo me hallo exen o, ya a
ya di igido sob e los que yo pueda da en mi escuela, ó sob e
los que V. S. ha adjudicado á la misma po mi inicia i a.
Ningún abuso ni incon eniencia puede cabe sob e es e pun
o en una escuela donde se ca ece en absolu o de ma e ial,
y po lo mismo, de obje os de p emio. Y. S. puede con en
ce se de que el sis ema de p emios y cas igos adop ado en
mi escuela se p es a poco á abuso ni incon eniencia, po que
es á educido únicamen e á ocupa pues os de p e e encia en
las secciones los niños que á ellos se hacen ac eedo es, á elo
gios y ep ensiones: es o es bajo el p ime concep o de los
dos indicados.
Con espec o al segundo, no ol ide V. S. que ni aun po
incidencia me p egun ó la Comision quiénes ni cuán os alum
nos pudie an se p emiados en mi escuela; y que igno é los
ag aciados, has a el dia en que se me emi ió la no a de ellos.
Es oy ambién exen o de es a inculpación po cuan o ni ui
consul ado, ni ampoco solici é nada pa a mis discípulos.
Soy an pa ida io de la pa quedad en los p emios, y déla
equidad y jus icia en su adjudicación, que si la Comision me
hubiese consul ado, como o as eces lo he sido po la mis
ma, quizá mi escuela hubiese ob enido menos p emios, y ad
judicados á dis in os alumnos de los que los ob u ie on, ha
biéndose dignado oi la Comision las azones que yo hubiese
expues o, y que con segu idad no las hab ía desa endido.
Te mina V. S. a ando de las elaciones que debo sos ene
con los pad es de los niños, y que debo cumpli es e debe
aunque el éxi o sea nulo y aun pe judicial.
Es e debe lo lleno, como odos, has a donde la impe ec
ción humana lo pe mi e; dispensándome Y. S. le asegu e, que
nadie cumple sus debe es has a el ex emo de se le pe judi
ciales, como V. S. quie e exigi de los Maes os. Más de un
disgus o he sopo ado y más de un g a e comp omiso co i
do en cumplimien o de es e debe , á consecuencia de las in
- i n 
con eniencias de muchos pad es, las que unas eces pueden
sob elle a se, y o as no pueden su i se ni aun po el hom
b e de mayo longanimidad. Así que, desde luego es la eco
mendación muy edi ican e en eo ía; pe o imposible su p ác
ica en absolu o, al menos po mi pa e, so pena de incu i en
hipoc esía, si asegu ase que cumplía mi misión al como Y. S.
p esc ibe.
Como sín esis de lo expues o en mi con es ación á su ilus
ado in o me, puede V. S. ene po cie o, que mi ca go lo
desempeño con igual in eg idad que en las épocas no males
pa a la p ime a enseñanza; que despleg'o oda la ac i idad
de que es suscep ible mi empe amen o; que mi p u i o p in
cipal se ci a en que la Mo al y buenas cos umb es de mis
discípulos se echen de e en odos sus ac os p i ados y pú
blicos; que si hay algún acío que llena , no es á en mis a
cul ades emedia lo. Y po úl imo, que mi escuela no c eo
es á ni aun lige amen e desa endida, no obs an e de ene que
busca eu la misma enseñanza, pe o en o a es e a, el sus
en o de mis hijos: de echo del que no c eo pueda p i a se á
un pad e de amilia, que no posee ni espe a o o pa imonio
que su abajo, y es e no se le e ibuye en el pues o o icial
que ob u ie a á cos a de an os dispendios y an g andes sa
c i icios.
G anada 15 de Agos o de 1874.