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Contaminación acústica submarina: análisis de la normativa europea y estatal vigente y las estrategias de futuro

Loyo Vega, Mikel

Abstract

El trabajo analiza la problemática de contaminación acústica submarina, abordando su origen, impacto y regulación. Se estudian las principales fuentes de ruido en el medio marino, entre ellas el tráfico marítimo, y se exponen sus efectos negativos en la fauna marina, que incluyen alteraciones en el comportamiento, interferencias en la comunicación y daños fisiológicos. Asimismo, examina la legislación actual a escala internacional, europea y estatal, evaluando su evolución y eficacia en la reducción del impacto del ruido submarino. Para determinar la efectividad de la normativa europea actual, se identifican deficiencias en la aplicación de estas regulaciones y se mencionan mejoras recomendadas por expertos para fortalecer la protección de los ecosistemas marinos, esto es, se compara con la evidencia científica más reciente sobre los efectos del ruido submarino. A través de esta comparación, se evalúa si la legislación vigente responde adecuadamente a los conocimientos actuales o si es necesario implementar medidas adicionales. Este análisis permite valorar en qué medida la normativa es determinante en la reducción del impacto acústico marino y qué aspectos podrían reforzarse para mejorar la protección de la biodiversidad marina.

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BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO MÁSTER UNIVERSITARIO EN NÁUTICA Y TRANSPORTE MARÍTIMO TRABAJO FIN DE MÁSTER CONTAMINACIÓN ACÚSTICA SUBMARINA: ANÁLISIS DE LA NORMATIVA EUROPEA Y ESTATAL VIGENTE Y LAS ESTRATEGIAS DE FUTURO Estudiante: Loyo Vega, Mikel Directora: Fernández García de la Yedra, Ainhoa Curso: 2024-2025 Fecha: Bilbao, 24 de junio de 2025 BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 2 RESUMEN El trabajo analiza la problemática de contaminación acústica submarina, abordando su origen, impacto y regulación. Se estudian las principales fuentes de ruido en el medio marino, entre ellas el tráfico marítimo, y se exponen sus efectos negativos en la fauna marina, que incluyen alteraciones en el comportamiento, interferencias en la comunicación y daños fisiológicos. Asimismo, examina la legislación actual a escala internacional, europea y estatal, evaluando su evolución y eficacia en la reducción del impacto del ruido submarino. Para determinar la efectividad de la normativa europea actual, se identifican deficiencias en la aplicación de estas regulaciones y se mencionan mejoras recomendadas por expertos para fortalecer la protección de los ecosistemas marinos, esto es, se compara con la evidencia científica más reciente sobre los efectos del ruido submarino. A través de esta comparación, se evalúa si la legislación vigente responde adecuadamente a los conocimientos actuales o si es necesario implementar medidas adicionales. Este análisis permite valorar en qué medida la normativa es determinante en la reducción del impacto acústico marino y qué aspectos podrían reforzarse para mejorar la protección de la biodiversidad marina. Palabras clave: Contaminación acústica submarina, normativa europea, fauna marina, recomendaciones, tráfico marítimo. BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 3 ABSTRACT The paper analyses the issue of underwater noise pollution, addressing its origin, impact, and regulation. It examines the main sources of noise in the marine environment, such as maritime traffic, and outlines its negative effects on marine fauna, including behavioural changes, communication interference, and physiological damage. The current legislation at the international, European, and national levels is reviewed, assessing its evolution and effectiveness in reducing the impact of underwater noise. To determine the effectiveness of current European regulations, shortcomings in the implementation of these rules are identified, along with expert-recommended improvements to strengthen the protection of marine ecosystems. In other words, the legislation is compared with the most recent scientific evidence on the effects of underwater noise. Through this comparison, the study evaluates whether the current legal framework adequately reflects existing scientific knowledge or if additional measures are necessary. The analysis assesses to what extent the regulations are effective in reducing marine acoustic impact and identifies which aspects could be reinforced to better protect marine biodiversity. Key words: Underwater noise pollution, European regulations, marine fauna, recommendations, maritime traffic. BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 4 LABURPENA Lan honek urpeko kutsadura akustikoa aztertzen du, bere jatorria, eragina eta erregulazioa jorratuz. Itsas inguruneko zarata-iturri nagusiak aztertzen ditu, hala nola itsas zirkulazioa, eta itsas faunan dituen eragin negatiboak zehazten ditu, jokabide-aldaketak, komunikazio-interferentziak eta kalte fisiologikoak barne. Nazioarteko, Europako eta Estatu mailan indarrean dagoen legedia berrikusten da, urpeko zarataren eragina murrizteko duen bilakaera eta eraginkortasuna ebaluatuz. Indarrean dagoen Europako araudiaren eraginkortasuna zehazteko, arau horien ezarpenean dauden gabeziak identifikatzen dira, adituek gomendatutako hobekuntzekin batera, itsas ekosistemen babesa indartzeko. Hau da, legedia urpeko zarataren eraginei buruzko ebidentzia zientifiko berrienekin alderatzen da. Konparazio horren bidez, azterlanak balioesten du egungo lege-esparruak behar bezala islatzen duen lehendik dagoen ezagutza zientifikoak edo neurri osagarriak beharrezkoak diren. Azterketak ebaluatzen du araudiak zenbateraino diren eraginkorrak itsas inpaktu akustikoa murrizteko, eta zehazten du zein alderdi indartu daitezkeen itsas biodibertsitatea hobeto babesteko. Hitz gakoak: Urpeko kutsadura akustikoa, Europako araudia, itsas fauna, gomendioak, itsas zirkulazioa. BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 5 ÍNDICE LISTA DE ABREVIATURAS ..................................................................................................... 8 1. INTRODUCCIÓN ..................................................................................................................10 1.1. Contexto y justificación del trabajo ............................................................................10 1.2. Objetivos y beneficios del trabajo ...............................................................................11 1.4. Metodología ..................................................................................................................12 1.5. Estructura del trabajo ...................................................................................................13 1.6. Diagrama de Gantt .......................................................................................................15 2. CONTAMINACIÓN ACÚSTICA SUBMARINA .....................................................................16 2.1. Concepto .......................................................................................................................16 2.3. Fuentes de ruido ...........................................................................................................17 2.4. En especial: impacto de la contaminación acústica submarina en los mamíferos .19 3. MARCO REGULATORIO INTERNACIONAL: CONVENIOS INTERNACIONALES RATIFICADOS POR ESPAÑA .................................................................................................25 3.1. Convenio de Barcelona para la protección del medio marino y de la región costera del Mediterráneo ..................................................................................................................26 3.2. Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres (CMS) ..................................................................................................................26 3.3. Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) ........27 3.4. Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) ..........................................................28 3.5. Convenio OSPAR para la protección del Medio Ambiente Marino del Atlántico del Nordeste ...............................................................................................................................29 3.6. Acuerdo sobre la Conservación de los Cetáceos del Mar Negro, Mar Mediterráneo y Zona Atlántica Contigua (ACCOBAMS) ..........................................................................30 3.7. Acuerdo en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional (BBNJ) ......................................31 4. MARCO REGULATORIO EUROPEO ...................................................................................32 4.1. Primeras normativas europeas....................................................................................32 4.2. Directiva Marco sobre la Estrategia Marina del 2008 .................................................34 4.2.1. Características principales ....................................................................................34 4.2.2. Impacto de la DMEM según el Informe de la Comisión Europea de 2020 ..........35 4.3. Evolución de la normativa europea hasta la actualidad ............................................36 BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 6 4.3.1. Decisión 2010/477/UE, de 1 de septiembre de 2010, sobre los criterios y las normas metodológicas aplicables al buen estado medioambiental de las aguas marinas .............................................................................................................................36 4.3.2. Decisión (UE) 2017/848, de 17 de mayo de 2017, por la que se establecen los criterios y las normas metodológicas aplicables al buen estado medioambiental de las aguas marinas, así como especificaciones y métodos normalizados de seguimiento y evaluación ...............................................................................................37 4.3.3. Recomendaciones TG Noise .................................................................................38 4.3.4. Directiva (UE) 2024/1203 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho penal ......40 5. MARCO REGULATORIO ESTATAL ....................................................................................41 5.1. Normativa nacional anterior a la DMEM ......................................................................41 5.1.1. Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido ........................................................41 5.1.2. Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad ..........................................................................................................................................42 5.2. Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de Protección del Medio Marino ..........................42 5.3. Evolución de la normativa estatal hasta la actualidad ...............................................44 5.3.1. Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental .................................44 5.3.2. Real Decreto 1365/2018, de 2 de noviembre, por el que se aprueban las estrategias marinas .........................................................................................................45 5.3.3. Real Decreto 150/2023, de 28 de febrero, por el que se modifican y actualizan las Estrategias Marinas de las cinco demarcaciones marítimas españolas ................47 6. ESTRATEGIAS DE FUTURO INTERNACIONALES, DE LA UE Y ESTATALES ................48 6.1. Directrices de la OMI sobre contaminación acústica submarina ..............................48 6.2. Estrategias de la UE para implementar el BEA ..........................................................49 6.3. Estrategias estatales ....................................................................................................51 7. MÁRGENES DE MEJORA EN LA NORMATIVA EUROPEA ...............................................52 7.1. Medidas de mitigación del ruido submarino ..............................................................52 7.1.1. Implementación de Programas de reducción de velocidad ................................52 7.1.2 Designación de Corredores Verdes “Silenciosos” y Áreas Marinas Protegidas52 7.1.3. Incentivos y reconocimientos para la industria naviera .....................................53 7.1.4. Umbrales de ruido ..................................................................................................54 7.1.5. Investigación, monitoreo y cooperación Internacional .......................................55 7.1.6. Mantenimiento y consideraciones operacionales ...............................................56 7.2. Tecnologías disponibles para la reducción del ruido ................................................57 BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 7 7.2.2. Mejora del flujo de agua hacia la hélice................................................................58 7.2.3. Tratamientos suplementarios a la hélice ..............................................................58 7.2.4. Diseño y aislamiento de maquinaria .....................................................................58 7.2.5. Avances tecnológicos en investigación ...............................................................59 7.3. Necesidad de adoptar estas recomendaciones .........................................................60 8. COMPARATIVA ENTRE LA LEGISLACIÓN EUROPEA Y RECOMENDACIONES DE EXPERTOS ..............................................................................................................................61 9. CONCLUSIONES .................................................................................................................63 10. FUENTES ......................................................................................................................64 10.1. Bibliografía ..................................................................................................................64 10.2. Informes y documentos de trabajo ...........................................................................65 10.3. Normativa ....................................................................................................................67 10.3.1. Convenios internacionales ..................................................................................67 10.3.2. Normativa de la Unión Europea ..........................................................................68 10.3.3. Normativa nacional ..............................................................................................69 10.4. Noticias .......................................................................................................................69 BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 8 LISTA DE ABREVIATURAS ACCOBAMS Acuerdo sobre la Conservación de los Cetáceos del Mar Negro, Mar Mediterráneo y Zona Atlántica Contigua AMP Áreas Marinas Protegidas ASCOBANS Agreement on the Conservation of Small Cetaceans of the Baltic, North East Atlantic, Irish and North Seas / Acuerdo sobre la Conservación de los Pequeños Cetáceos del Mar Báltico y del Mar del Norte BEA Buen Estado Ambiental BOE Boletín Oficial del Estado CBD Secretariat of the Convention on Biological Diversity / Secretaría del Convenio sobre la Diversidad Biológica CDB Convenio sobre la Diversidad Biológica CLT Contracted and Loaded Tips CONVEMAR Convenio de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. CMS Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres DFO Department of Fisheries and Oceans / Departamento de Pesca y Océanos de Canadá. DMEM Directiva Marco sobre la Estrategia Marina DOUE Diario Oficial de la Unión Europea EAE Evaluación Ambiental Estratégica EIA Evaluación de Impacto Ambiental EMSA European Maritime Safety Agency / Agencia Europea de Seguridad Marítima IFAW International Fund For Animal Welfare LOBE Lowest Observed Adverse Effect Level / Nivel más bajo con efecto adverso observado MITECO Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ODS Objetivos de Desarrollo Sostenible OMI Organización Marítima Internacional UE Unión Europea UPV/EHU Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 9 LISTA DE IMÁGENES Y TABLAS 1. imagen: Gantt diagrama 15 2.Imagen: Demarcaciones marítimas españolas 43 1. tabla: Odontocetos más sensibles 20 2. tabla: Misticetos más sensibles 21 3. tabla: Recomendaciones de valores umbral de la UE 38 4. tabla: Comparación entre la evidencia científica y la normativa Europea 61 BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 16 2. CONTAMINACIÓN ACÚSTICA SUBMARINA 2.1. Concepto La contaminación acústica submarina se refiere a la presencia de sonidos generados por actividades humanas que alteran el ambiente sonoro natural de los océanos, mares y otros cuerpos de agua (MITECO, 2023). La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, hecha en Montego Bay el 10 de diciembre de 1982, conocida también como la Constitución del Mar (CONVEMAR) (ver apartado 3.1 del trabajo) proporciona una definición legalmente reconocida de la contaminación marina en su artículo 1, punto 4. Así, define como contaminación del medio marino: “la introducción por parte del ser humano, ya sea de forma directa o indirecta, de sustancias o energía en el medio marino, incluyendo al ruido, que pueda resultar perjudicial para los recursos vivos y la vida marina en general, o que pueda obstaculizar las actividades marítimas legítimas”. En este contexto, el ruido submarino encaja y se reconoce como una forma de contaminante que, en consecuencia, debe ser objeto de regulación (MITECO 2023). 2.2. Características de la contaminación acústica submarina A diferencia de la contaminación química o plástica, el ruido en el agua es una forma de energía que se propaga a través de ondas mecánicas, lo que permite que viaje grandes distancias con una menor atenuación que en el aire. Esta característica hace que el sonido sea un elemento fundamental en la comunicación y orientación de muchas especies marinas, las cuales han desarrollado una gran sensibilidad auditiva para adaptarse a su entorno acuático (Aguilar & Tejedor, 2012). Desde una perspectiva física, el sonido en el agua sigue las mismas leyes básicas que en otros medios, pero con algunas diferencias importantes. En primer lugar, la velocidad del sonido en el agua es significativamente mayor que en el aire. Mientras que en la atmósfera terrestre el sonido viaja a aproximadamente 343 metros por segundo, en el agua de mar su velocidad promedio es de aproximadamente 1500 metros por segundo, dependiendo de variables como la temperatura, la salinidad y la presión. Estas condiciones hacen que las ondas sonoras en el medio acuático sean más difíciles de dispersar y absorber, permitiendo que recorran largas distancias sin perder demasiada energía (National Geographic, 2023). BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 17 Las ondas sonoras en el agua se clasifican según su frecuencia en infrasónicas (por debajo de 20 Hz), sónicas (entre 20Hz y 20kHz) y ultrasónicas (por encima de 20 kHz). Diferentes especies marinas utilizan estas bandas de frecuencia para comunicarse, detectar presas o evitar depredadores. Por ejemplo, los cetáceos, como ballenas y delfines, han desarrollado complejos sistemas de ecolocalización basados en la emisión y recepción de ondas sonoras. El medio acuático, a diferencia del aire, es un entorno donde la visión es limitada debido a la dispersión de la luz, lo que hace que el sonido sea el principal canal de percepción para muchas especies. Cualquier alteración en el ambiente acústico puede modificar la forma en que los organismos interactúan con su entorno, afectando su capacidad de encontrar alimento, detectar peligros o comunicarse con otros individuos (Weilgart, 2023). 2.3. Fuentes de ruido Las principales fuentes antropogénicas de contaminación acústica submarina, esto es, aquellas que provienen o resultan de las actividades de los seres humanos, son variadas e incluyen, entre otras, el tráfico marítimo, las prospecciones sísmicas en busca de recursos energéticos, el uso de sónar tanto para fines militares como civiles, y un amplio abanico de actividades industriales. El transporte marítimo se erige como una de las fuentes más prominentes y ubicuas de contaminación acústica en los océanos del mundo. Los buques, en particular los grandes cargueros y portacontenedores, son generadores de ruido de baja frecuencia, el cual se propaga a grandes distancias en el agua. La cavitación de las hélices, un fenómeno hidrodinámico que produce burbujas de vacío que implosionan, es una de las causas principales de este ruido, generando un sonido de banda ancha que puede abarcar frecuencias de hasta 100 kHz. Este tipo de ruido afecta negativamente a los cetáceos, interfiriendo con sus sofisticados sistemas de comunicación y ecolocalización, dificultando la localización de presas y provocando un considerable estrés fisiológico (Di Giura, 2024). Las actividades de perforación y producción de gas y petróleo constituyen otra fuente significativa de ruido submarino antropogénico. Las plataformas de extracción y los buques de perforación emiten ruidos de baja frecuencia que son detectables a grandes distancias desde el punto de emisión. El impacto específico de este ruido varía en función de la tecnología empleada, pero, en términos generales, se ha observado que afecta al comportamiento natural de mamíferos marinos y peces, alterando sus patrones migratorios y sus hábitos de alimentación. Las bajas BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 18 frecuencias son particularmente problemáticas debido a su capacidad para interferir con las señales acústicas que muchas especies utilizan para la orientación espacial y la navegación (Rodrigo Saura, n.d.). La exploración sísmica, que se lleva a cabo mediante el uso de cañones de aire comprimido, es otra actividad humana que genera un ruido submarino considerable. Esta técnica, utilizada principalmente en la búsqueda de yacimientos de hidrocarburos en el subsuelo marino, produce pulsos acústicos de alta energía que se propagan a través de largas distancias en el agua, alcanzando niveles de hasta 260 dB. Estos pulsos intensos tienen el potencial de afectar a una amplia gama de especies marinas, desde las grandes ballenas y cachalotes hasta el diminuto zooplancton, e incluso se ha demostrado que pueden impactar negativamente en la supervivencia de larvas de peces e invertebrados marinos (Weilgart, 2023). La construcción de infraestructuras marinas de gran envergadura, como parques eólicos marinos o plataformas petrolíferas, también contribuye de manera significativa a la contaminación acústica submarina. La instalación de estas estructuras, que a menudo implica la hinca de pilotes en el lecho marino, genera ruidos de alta intensidad. Aunque existen tecnologías de mitigación del ruido, como las cortinas de burbujas, que se utilizan para atenuar la propagación del sonido, se ha observado que las alteraciones en el comportamiento de los animales marinos pueden persistir incluso con la aplicación de estas medidas (Weilgart, 2023). Los sonares activos, empleados tanto en aplicaciones militares como en la cartografía marina, representan otra fuente importante de ruido antropogénico en los océanos. Los sonares de baja frecuencia (1-10 kHz) se utilizan para la búsqueda y detección de objetos a larga distancia, mientras que los de alta frecuencia se emplean para la detección de minas submarinas y para la realización de mapeos detallados del fondo marino. Los sonares de frecuencia media son especialmente peligrosos para los mamíferos marinos, ya que pueden causarles daños auditivos permanentes. La gran propagación de estas emisiones acústicas en el océano amplifica considerablemente su impacto potencial sobre la fauna marina (Rodrigo Saura, n.d.). Finalmente, las explosiones submarinas, ya sean de origen militar o como resultado de la eliminación de artefactos explosivos no detonados, constituyen una de las fuentes más potentes de contaminación acústica en el medio marino. Estas explosiones generan pulsos de presión extremadamente fuertes que pueden causar lesiones graves, e incluso la muerte, a los mamíferos marinos que se encuentren en las proximidades. Aunque estas explosiones son BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 19 eventos relativamente infrecuentes, su impacto es devastador debido a la enorme intensidad del ruido generado, que puede ser detectado a cientos de kilómetros de distancia del lugar de la explosión (Rodrigo Saura, n.d.). 2.4. En especial: impacto de la contaminación acústica submarina en los mamíferos 2.4.1. Breve descripción de la situación El impacto de la contaminación acústica submarina en la fauna marina se ha convertido en un motivo de creciente preocupación para la comunidad científica y los gestores ambientales (cada vez se elaboran más y más estudios que se mencionarán a continuación y a lo largo de todo el trabajo). Las repercusiones socioeconómicas también son considerables, impactando a las comunidades costeras cuya subsistencia depende de actividades como la pesca y el turismo, sectores ligados a la salud de los ecosistemas marinos (Di Giura, 2024)., pero he estimado oportuno dedicar un apartado concreto a exponer los efectos en los mamíferos porque son los organismos más dependientes del sonido para sus funciones vitales, presentan una sensibilidad acústica especialmente elevada y acumulan la mayor parte de la evidencia científica disponible sobre los impactos del ruido submarino. A pesar de los notables avances que se han producido en la investigación sobre el ruido submarino y sus impactos en los últimos años, aún existen importantes lagunas en el conocimiento científico sobre esta problemática (CBD, 2014). La complejidad de los ecosistemas marinos dificulta la cuantificación precisa de los efectos del ruido en toda su extensión (Weilgart, 2023). Por ejemplo, el estudio "Informe del Taller de Expertos sobre Ruido Submarino y sus Impactos en la Biodiversidad Marina y Costera", elaborado por el Secretario de la Convención sobre Diversidad Biológica (Secretariat of the Convention on Biological Diversity), subraya la necesidad de realizar más investigaciones para abordar las lagunas en el conocimiento sobre los efectos del ruido antropogénico en diversas especies marinas. Este informe destaca varias prioridades de investigación, tales como el desarrollo de una terminología común y métricas para los sonidos subacuáticos, la comprensión de los sonidos generados por diferentes fuentes, así como la investigación sobre la mortalidad y lesiones causadas por la exposición al sonido. Además, señala la importancia de conocer las habilidades auditivas de una gama más amplia de especies BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 20 y explorar cómo el ruido puede enmascarar sonidos biológicamente relevantes, junto con las respuestas de comportamiento de los organismos marinos ante el ruido (CBD, 2014). El informe SOUNDS (2021), elaborado por la Agencia Europea de Seguridad Marítima (EMSA), identifica una serie de especies de cetáceos presentes en aguas europeas que se ven afectadas por el ruido submarino generado por el tráfico marítimo. Entre los odontocetos (cetáceos dentados) más sensibles se encuentran: Nombre común Nombre científico Estado UICN Delfín moteado del Atlántico Stenella frontalis Preocupación menor Delfín de flancos blancos del Atlántico Lagenorhynchus acutus Preocupación menor Beluga Delphinapterus leucas Preocupación menor Delfín mular común Tursiops truncatus Preocupación menor Delfín común Delphinus delphis Preocupación menor Marsopa común Phocoena phocoena Preocupación menor Orca Orcinus orca Datos insuficientes Calderón común Globicephala melas Preocupación menor Narval Monodon monoceros Preocupación menor Calderón tropical Globicephala macrorhynchus Preocupación menor Cachalote Physeter macrocephalus Vulnerable Delfín tornillo Stenella longirostris Preocupación menor Delfín listado Stenella coeruleoalba Preocupación menor Delfín de hocico blanco Lagenorhynchus albirostris Preocupación menor Zifio de Blainville Mesoplodon densirostris Preocupación menor Zifio de Cuvier Ziphius cavirostris Preocupación menor 1. tabla: Odontocetos más sensibles BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 21 Entre los misticetos (cetáceos con barbas) más sensibles se encuentran: Nombre común Nombre científico Estado UICN Ballena azul Balaenoptera musculus En peligro Ballena boreal Balaena mysticetus Preocupación menor Ballena de Bryde Balaenoptera edeni Preocupación menor Rorcual aliblanco común Balaenoptera acutorostrata Preocupación menor Rorcual común Balaenoptera physalus Vulnerable Ballena gris Eschrichtius robustus Preocupación menor Ballena jorobada Megaptera novaeangliae Preocupación menor Ballena franca glacial Eubalaena glacialis En peligro crítico 2. tabla: Misticetos más sensibles Esta clasificación se basa en la Tabla 2 del informe SOUNDS: Study on Inventory of Existing Policy, Research and Impacts of Continuous Underwater Noise in Europe (EMSA, 2021) 2.3.2. Efectos en la comunicación acústica Uno de los efectos más documentados del ruido submarino es su capacidad para interferir en la comunicación acústica entre los animales marinos. Numerosas especies, entre las que destacan los cetáceos por su alta dependencia del sonido, utilizan las señales acústicas para orientarse en el medio acuático, localizar fuentes de alimento y comunicarse entre sí, tanto a cortas como a largas distancias. El ruido antropogénico, generado por actividades como el tráfico marítimo o las prospecciones sísmicas, puede enmascarar los sonidos naturales de los que dependen estos animales para llevar a cabo sus funciones vitales. Este fenómeno, conocido como enmascaramiento acústico, reduce significativamente la capacidad de los animales para percibir e interpretar señales acústicas que son cruciales para su supervivencia, afectando negativamente a su comportamiento, a su bienestar general y, en última instancia, a su éxito reproductivo (Secretariat of the Convention on Biological Diversity [CBD], 2014). Un estudio internacional publicado en Science concluye que "el ruido causado por las actividades humanas en el océano altera el comportamiento, la fisiología, la reproducción y, en casos BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 22 extremos, incluso causa la muerte de los animales" (Duarte et al., 2021). Además, un estudio de la Universidad de Bristol demostró que los delfines aumentan el volumen y la duración de sus llamadas para compensar el ruido de fondo, lo que, sin embargo, no evita una reducción en su tasa de éxito comunicativo del 85 % al 62,5 % (Sørensen et al., 2023). 2.3.3. Daños en los órganos auditivos y otros tejidos La exposición prolongada a niveles elevados de ruido submarino también puede causar daños físicos de diversa consideración a los organismos marinos. Por ejemplo, los sonidos impulsivos de alta intensidad, como los emitidos por los sonares militares de gran potencia o las explosiones submarinas, pueden provocar daños severos en los órganos auditivos e incluso en otros tejidos corporales de los animales marinos que se encuentren en las proximidades. Un estudio publicado en Proceedings of the Royal Society B (McCarthy et al., 2011) concluyó que "las ondas de presión generadas por explosiones submarinas pueden causar lesiones internas severas en los cetáceos, incluyendo hemorragias en el oído y daño pulmonar". En casos extremos, se ha documentado que estos sonidos de alta intensidad pueden inducir varamientos masivos, como se ha observado en diversas especies de ballenas picudas que han estado expuestas a sonares de baja frecuencia. De hecho, según Fernández et al. (2005), "los análisis post mórtem de zifios varados han revelado embolias gaseosas y hemorragias internas asociadas a la exposición a sonares activos". Los impactos negativos del ruido no se limitan únicamente a los mamíferos marinos, sino que también se ha demostrado que los peces, los reptiles marinos y una gran variedad de invertebrados sufren consecuencias físicas graves como resultado de la exposición a niveles elevados de ruido antropogénico. Según un estudio de André et al. (2011) en la revista Frontiers in Ecology and the Environment, "la exposición al ruido puede causar daño estructural en los otolitos de los peces y afectar su capacidad de detección de depredadores" (Fisheries and Oceans Canada [DFO], 2024). Además, el informe SOUNDS destaca que se han encontrado daños en los tejidos blandos, órganos internos y sistema nervioso de diversas especies marinas tras exposiciones a fuentes acústicas intensas. Por ejemplo, se documentan casos en los que la exposición a señales acústicas potentes provoca lesiones traumáticas, como hemorragias internas, desgarros en tejidos blandos y daños en los sistemas vestibular y auditivo, especialmente en cetáceos y pinnípedos. También se señala que los peces pueden sufrir daños en las vejigas natatorias, BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 23 rotura de capilares y desplazamiento de órganos debido a los picos de presión acústica (EMSA, 2021). 2.3.4. Estrés fisiológico El estrés fisiológico es otro de los efectos documentados que el ruido submarino tiene sobre las especies marinas. La exposición a ruido antropogénico induce un aumento en los niveles de cortisol, una hormona directamente relacionada con la respuesta al estrés, lo que puede comprometer seriamente la salud de los animales al afectar negativamente a su sistema inmunológico y a su capacidad reproductiva. Un estudio publicado en Nature Ecology & Evolution (Rolland et al., 2012) encontró que "durante un periodo de reducción del tráfico marítimo tras los atentados del 11 de septiembre, los niveles de glucocorticoides en ballenas francas del Atlántico Norte disminuyeron significativamente, lo que demuestra la relación directa entre el ruido y el estrés fisiológico". Este estrés crónico tiene el potencial de disminuir las tasas de supervivencia y de afectar negativamente a la salud general de las poblaciones marinas a largo plazo. Además, se ha observado que algunos animales modifican su comportamiento habitual en respuesta a la presencia de ruido. Por ejemplo, un estudio de Pirotta et al. (2019) en Proceedings of the Royal Society B concluyó que "las ballenas jorobadas alteran sus rutas migratorias y reducen la comunicación vocal en presencia de ruidos de alta intensidad, lo que puede afectar su reproducción y supervivencia" (CBD, 2014). Además del aumento del cortisol, el informe señala que los efectos fisiológicos del ruido submarino pueden incluir alteraciones metabólicas, inmunológicas y reproductivas, incluso cuando no se observan daños físicos externos. Estas alteraciones se producen como respuesta al estrés crónico provocado por la exposición a ruido continuo, como el generado por los motores y hélices de los buques mercantes (EMSA, 2021). 2.3.5. Efectos acumulativos Los efectos acumulativos del ruido submarino constituyen también un motivo de gran preocupación para la comunidad científica. Las especies marinas se encuentran frecuentemente expuestas a múltiples fuentes de ruido de manera simultánea o consecutiva, lo que puede generar efectos sinérgicos, es decir, efectos combinados que son mayores que la suma de los efectos individuales de cada fuente de ruido. Diversos estudios han demostrado que el ruido submarino ha aumentado significativamente en las últimas décadas debido a la intensificación BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 24 del tráfico marítimo, la exploración sísmica y otras actividades humanas. Por ejemplo, un estudio publicado en Science (Frisk, 2012) reveló que "los niveles de ruido de baja frecuencia en los océanos han aumentado aproximadamente 3 dB por década en los últimos 50 años, impulsados principalmente por el incremento del tráfico naval". Del mismo modo, un análisis de Andrew et al. (2011) en Journal of the Acoustical Society of America encontró que "el ruido de fondo en ciertas regiones del océano se ha duplicado desde mediados del siglo XX, especialmente en áreas con alta actividad industrial y portuaria". Este aumento del ruido antropogénico intensifica la problemática del enmascaramiento acústico, ya que fuentes como el ruido de los motores de los barcos y las prospecciones sísmicas pueden combinarse para ocultar de manera aún más efectiva los sonidos naturales cruciales para la supervivencia de los animales marinos, dificultando su comunicación y navegación. Estos efectos combinados no solo afectan a los individuos a nivel particular, sino que también pueden alterar la estructura y el funcionamiento de comunidades marinas enteras al desestabilizar las complejas relaciones tróficas y los hábitos de las especies que las componen (DFO, 2024). 2.3.6. Efectos indirectos en las comunidades costeras Además de los impactos directos sobre los animales marinos, el ruido submarino también tiene el potencial de afectar negativamente a las comunidades costeras que dependen de los recursos marinos para su subsistencia. Diversas investigaciones han demostrado que el incremento del tráfico marítimo global ha elevado significativamente los niveles de ruido en los océanos, alterando la distribución de especies clave para la pesca. Un análisis de Erbe et al. (2019) en Ocean & Coastal Management concluyó que "los buques comerciales han modificado la ecología acústica de numerosas zonas costeras, afectando la capacidad de pesca de comunidades locales al alterar el comportamiento y la disponibilidad de especies objetivo". Las especies que migran o evitan las áreas ruidosas pueden modificar la disponibilidad de presas en determinadas épocas del año, lo que pone en riesgo la seguridad alimentaria de estas comunidades humanas. Este fenómeno pone de relieve la importancia de adoptar un enfoque holístico e integrador en la gestión del ruido submarino, que tenga en cuenta no solo los impactos ecológicos sobre la fauna marina, sino también las repercusiones económicas y culturales sobre las poblaciones humanas que dependen de los recursos marinos (DFO, 2024). BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 25 3. MARCO REGULATORIO INTERNACIONAL: CONVENIOS INTERNACIONALES RATIFICADOS POR ESPAÑA Tal y como ha quedado referido en el punto anterior, la complejidad de los ecosistemas marinos dificulta la cuantificación precisa de los efectos del ruido en toda su extensión. En vista de esta incertidumbre, se recomienda la adopción de un enfoque precautorio que se traduzca en medidas concretas (Weilgart, 2023). El enfoque precautorio se basa en la premisa de que la falta de certeza científica no debe usarse como excusa para posponer medidas que puedan prevenir la degradación ambiental. En este sentido, se sugiere aplicar medidas como límites de exposición acústica, monitoreo continuo, y regulaciones claras para las emisiones sonoras de actividades humanas como la navegación, la exploración sísmica y las construcciones offshore (Weilgart, 2023). La regulación de la contaminación acústica submarina a nivel global se ha desarrollado a través de convenios internacionales, ya que los océanos no pertenecen exclusivamente a ningún país y las actividades que generan ruido (como el tráfico marítimo) suelen tener un alcance transfronterizo. Lo cual se respalda en el Convenio de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), que establece que las áreas situadas fuera de la jurisdicción nacional, como la alta mar o la zona, son patrimonio común de la humanidad y deben usarse con fines pacíficos y en beneficio de todos (Naciones Unidas, 1982). Por esta razón, no existe una normativa única y obligatoria a nivel global, sino que muchos de los esfuerzos para mitigar el impacto del ruido en los ecosistemas marinos se canalizan mediante acuerdos multilaterales de carácter voluntario. En este contexto, los Estados deciden si se adhieren o no a estos convenios y, en caso de hacerlo, deben asumir compromisos que pueden incluir la adopción de políticas públicas, la creación de normas técnicas o la implementación de medidas de monitoreo. España ha suscrito diversos convenios internacionales que, de forma directa o indirecta, abordan la problemática de la contaminación acústica submarina. Estos acuerdos internacionales establecen un marco de cooperación para la adopción de medidas de mitigación y control. A continuación, se detallan los principales convenios internacionales en esta materia a los que España está adherida y que, por ello, forman parte del marco normativo español en materia de medio ambiente y conservación. BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 32 4. MARCO REGULATORIO EUROPEO 4.1. Primeras normativas europeas La Directiva Marco sobre la Estrategia Marina del año 2008 (ver apartado 4.2) representó el primer instrumento legal en reconocer de manera explícita el ruido submarino como una forma de contaminación con entidad propia, pero no se pueden obviar los esfuerzos previos encaminados, si bien de manera más indirecta, a abordar esta problemática. De hecho, algunas Directivas comunitarias, aunque no se centraban de forma específica en la cuestión del ruido submarino, sí que sentaron unas bases normativas importantes para una mayor y mejor protección del medio marino en su conjunto, estableciendo principios y obligaciones que, posteriormente, facilitarían el estudio y regulación de la contaminación acústica (Di Giura, 2024). La Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 19929, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, en el artículo 2 menciona: "la presente Directiva tiene como objetivo contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres en el territorio 1 europeo de los Estados miembros en el que se aplica el Tratado". En el marco de esta directiva se establece la Red Natura 2000, una red ecológica de ámbito europeo que comprende zonas especiales de conservación designadas por los propios Estados miembros de la Unión Europea con el fin de proteger aquellos hábitats y especies que se encuentran más amenazados. Posteriormente la Directiva 2001/42/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación ambiental de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente10, introduce el concepto y la obligatoriedad de la evaluación ambiental estratégica (EAE), una herramienta para la integración de las consideraciones medioambientales en la elaboración y adopción de planes y programas que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente. La EAE exige la evaluación exhaustiva de los posibles impactos ambientales de un plan o programa en el medio ambiente, incluyendo aspectos como la biodiversidad, la población humana y la salud humana. En este sentido, el Anexo I de la Directiva especifica que el informe ambiental debe incluir “los probables efectos significativos en el medio ambiente, incluidos en 9 Publicada en el Diario Oficial (DOUE) n° L 206 de 22/07/1992. Disponible: https://eur-lex.europa.eu/legalcontent/ES/ALL/?uri=celex:31992L0043 10 Publicada en el DOUE n.º L 197 de 21/7/2001. Disponible: https://eur-lex.europa.eu/legalcontent/ES/ALL/?uri=celex:32001L0042 BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 33 aspectos como la biodiversidad, la población, la salud humana, la fauna, la flora, el suelo, el agua, el aire, los factores climáticos, los bienes materiales, el patrimonio cultural, incluido el patrimonio arquitectónico y arqueológico, el paisaje y la interrelación entre los factores mencionados”. Asimismo, el Anexo II establece los criterios para determinar la significación de los efectos ambientales, considerando, entre otros aspectos, “los riesgos para la salud humana o el medio ambiente (debidos, por ejemplo, a accidentes)” (Anexo II). El marco regulatorio europeo comenzó a fortalecerse en relación con el ruido submarino con la adopción de la Directiva 2004/35/CE sobre Responsabilidad Ambiental11. Esta Directiva establece un marco legal de ámbito comunitario para la prevención y la reparación de los daños ambientales, fundamentado en el principio de "quien contamina paga". Los operadores económicos son considerados responsables de prevenir la ocurrencia de daños ambientales y, en caso de que estos se produzcan, están obligados a repararlos, extendiéndose esta responsabilidad a la contaminación en general según los artículos 3 y 6 de la Directiva. De esta forma, se podría considerar que el ruido submarino, al causar potencialmente un "daño ambiental" según la definición establecida en la propia Directiva (como podría ser un cambio adverso y mensurable en un recurso natural o el perjuicio de un servicio de recursos naturales), podría estar sujeto a reclamaciones bajo esta normativa. No obstante, la aplicación de la Directiva de Responsabilidad Ambiental al ruido submarino presenta desafíos. Uno de los principales problemas es demostrar que un ruido específico causa un daño concreto en el medio marino, ya que hay muchos factores que pueden influir en los ecosistemas. Además, la Directiva no establece criterios claros para medir este tipo de daño (Di Giura, 2024). Esto es, la Directiva de Responsabilidad Ambiental solo juega un papel secundario en este tema, lo que limita su eficacia en la protección del medio marino en relación con la contaminación acústica, por lo que es necesario completar el esquema con la Directiva Marco sobre la Estrategia Marina, como veremos a continuación. 11 Publicada en el DOUE n.º L 143 de 30.4.2004. Disponible: https://eur-lex.europa.eu/legalcontent/ES/ALL/?uri=celex:32004L0035 BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 34 4.2. Directiva Marco sobre la Estrategia Marina del 2008 4.2.1. Características principales La Directiva 2008/56/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, conocida como Directiva Marco sobre la Estrategia Marina (DMEM), establece el objetivo de alcanzar un buen estado ambiental (BEA) en las aguas marinas de la UE para 2020 (artículo 1)12. El BEA se define como el estado en el que los mares y océanos son ecológicamente diversos, dinámicos, limpios, sanos y productivos, garantizando el uso sostenible de los bienes y servicios marinos (artículo 3). El Anexo I de la directiva establece 11 descriptores cualitativos para evaluar el BEA. El Descriptor 11 se refiere a la contaminación acústica y establece que se alcanza el BEA cuando "la introducción de energía, incluido el ruido submarino, se encuentra en niveles que no afectan negativamente al medio marino". La DMEM es el primer instrumento legal internacional que reconoce el ruido submarino antropogénico como una forma de contaminación marina (artículo 3.8). Para su implementación, la Directiva exige a los Estados miembros desarrollar estrategias marinas nacionales que incluyan (se analizará en el apartado 5.2 cómo transpuso España esta normativa): ● Una evaluación inicial del estado ambiental de sus aguas (artículo 8). ● La determinación del BEA y la fijación de objetivos ambientales (artículos 9 y 10). ● El establecimiento de programas de seguimiento (artículo 11). ● La aplicación de programas de medidas para alcanzar el BEA (artículo 13). ● La revisión y actualización de todos estos elementos cada seis años como parte de un ciclo de planificación continua (artículos 5.2 y 17). La Directiva se aplica a todas las aguas marinas de la UE, incluyendo aguas costeras, de transición, territoriales y la zona económica exclusiva (artículo 2). Abarca diversas actividades humanas que generan ruido submarino, como el transporte marítimo, la construcción, la exploración de recursos y las actividades militares (Anexo III). En relación con el ruido submarino, la DMEM promueve la cooperación regional e internacional para el seguimiento y la gestión del impacto acústico en el medio marino (artículo 6). Se han desarrollado proyectos de investigación para mejorar la medición del sonido submarino y 12 Publicada en el DOUE n.º L 164 de 25/06/2008. Disponible: https://eur-lex.europa.eu/legalcontent/ES/ALL/?uri=celex:32008L0056 BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 35 respaldar la implementación de medidas basadas en evidencia científica. En este contexto, destaca el proyecto QUIETMED (y su continuación QUIETMED2), que ha trabajado en la armonización de metodologías de monitoreo del ruido submarino en la región mediterránea, desarrollando indicadores comunes y promoviendo la coordinación entre estados miembros (QUIETMED2, 2021). Asimismo, el proyecto JONAS (Joint framework for Ocean Noise in the Atlantic Seas) ha establecido un marco conjunto para la evaluación del ruido en el Atlántico nororiental (JONAS Project, 2023). A diferencia de normativas previas que se centraban en la protección de mamíferos marinos y en los efectos agudos del ruido en animales individuales (Di Giura, 2024)., la DMEM adopta un enfoque ecosistémico. Considera el impacto del ruido en todas las especies marinas y los efectos acumulativos a largo plazo en poblaciones y ecosistemas (artículo 1.3). Además, establece un marco legal vinculante con objetivos, indicadores y medidas específicas, en contraste con regulaciones anteriores basadas en recomendaciones no obligatorias. 4.2.2. Impacto de la DMEM según el Informe de la Comisión Europea de 2020 La evaluación del impacto de las normativas europeas en la reducción del ruido submarino presenta desafíos debido a la limitada disponibilidad de datos a largo plazo (CBD, 2014). Sin embargo, según el informe de la Comisión Europea de 2020 relativo a la aplicación de la Directiva marco sobre la estrategia marina: "la Directiva marco sobre la estrategia marina ha fomentado el diseño de programas completos de seguimiento marino dentro de las estrategias marinas nacionales”. En este contexto, se han establecido programas específicos de monitoreo para analizar la distribución espacial y temporal del ruido submarino y sus efectos sobre los ecosistemas marinos (ver punto 6.2). Se han desarrollado registros de ruido impulsivo en diferentes regiones de la UE, aunque persisten importantes deficiencias en el seguimiento y conocimiento del problema. El documento destaca que "la Directiva marco sobre la estrategia marina sirvió de incentivo para el desarrollo de encuestas de seguimiento y para establecer una serie de registros de ruido subacuático impulsivo". Los estudios han identificado al tráfico marítimo como la principal fuente de ruido submarino continuo, con un impacto significativo en áreas de alta actividad como el mar Mediterráneo. El informe señala que "el transporte marítimo es la principal fuente de ruido continuo, con una BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 36 exposición elevada en el mar Mediterráneo, donde aproximadamente el 27 % de su superficie experimenta niveles elevados de ruido". Pese a los avances logrados, persisten desafíos estructurales que limitan una gestión efectiva del ruido submarino. La falta de series de datos coherentes y de metodologías estandarizadas para evaluar los impactos a largo plazo dificulta la formulación de estrategias de mitigación eficientes: "la integración y armonización de los datos a escala de la UE sigue siendo un reto". Aunque la Directiva Marco fomenta la planificación anticipada y la regulación de las fuentes de ruido, su implementación varía entre regiones y sigue siendo insuficiente en áreas con alta presión antropogénica. A nivel regional, los convenios marítimos han facilitado el intercambio de información y el desarrollo de enfoques comunes. Sin embargo, la efectividad de estas iniciativas depende de una aplicación más estricta de las regulaciones y del fortalecimiento de los mecanismos de control. En este sentido, el informe concluye que "es necesario reforzar las regulaciones existentes y aplicarlas de forma más estricta y rigurosa si se quiere alcanzar el ambicioso objetivo de reducir significativamente las emisiones de ruido submarino" (Comisión Europea, 2020). 4.3. Evolución de la normativa europea hasta la actualidad 4.3.1. Decisión 2010/477/UE, de 1 de septiembre de 2010, sobre los criterios y las normas metodológicas aplicables al buen estado medioambiental de las aguas marinas En 2010, la Comisión Europea adoptó la Decisión 2010/477/UE, de 1 de septiembre de 2010, sobre los criterios y las normas metodológicas aplicables al buen estado medioambiental de las aguas marinas13. El objetivo de la Decisión 2010/477/UE fue proporcionar un marco metodológico uniforme para la implementación de estrategias marinas en los Estados miembros, asegurando un enfoque coordinado y basado en el ecosistema, como lo exige el artículo 9 de la Directiva (Artículo 1). La Decisión 2010/477/UE introdujo criterios específicos para evaluar el impacto del ruido submarino en el medio marino. Estos criterios están recogidos en el Anexo, Descriptor 11, donde se establece que la introducción de energía en el medio marino, incluido el ruido subacuático, debe mantenerse en niveles que no afecten adversamente a los ecosistemas. 13Publicada en el DOUE n.º L 232 de 2/09/2010. BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 37 La normativa enfatiza la necesidad de que las actividades humanas en el mar se desarrollen en armonía con la protección y preservación del medio marino. Esta obligación se menciona en el Considerando 6 de la Decisión 2010/477/UE y en su Anexo, donde se establece que el logro del buen estado medioambiental depende de que todas las actividades humanas relevantes se realicen respetando la protección del medio marino. Asimismo, se destaca la importancia de evaluar y monitorear los impactos del ruido en los ecosistemas marinos. En particular, el punto 11.1 establece indicadores para medir la distribución temporal y espacial de ruidos impulsivos de alta, baja y media frecuencia, mientras que el punto 11.2 define la necesidad de analizar la evolución del ruido continuo de baja frecuencia. De esta manera, se busca garantizar un seguimiento constante de estos impactos en el medio marino. 4.3.2. Decisión (UE) 2017/848, de 17 de mayo de 2017, por la que se establecen los criterios y las normas metodológicas aplicables al buen estado medioambiental de las aguas marinas, así como especificaciones y métodos normalizados de seguimiento y evaluación En 2017, la Comisión Europea revisó la Decisión 2010/477/UE (que quedó derogada) mediante la Decisión (UE) 2017/848, de 17 de mayo de 2017, por la que se establecen los criterios y las normas metodológicas aplicables al buen estado medioambiental de las aguas marinas14, así como especificaciones y métodos normalizados de seguimiento y evaluación. Esta revisión se llevó a cabo conforme a lo establecido en el Considerando 4 de la Decisión de 2010, que señalaba la necesidad de actualizar los criterios y mejorar las normas metodológicas en estrecha coordinación con los programas de seguimiento. La revisión tenía como finalidad garantizar una evaluación más precisa del buen estado medioambiental de las aguas marinas, en línea con lo dispuesto en el Artículo 25, de la DMEM. La revisión de 2017 introdujo actualizaciones en los criterios para evaluar el impacto del ruido submarino, incluyendo: ● Criterio D11C1: La introducción de energía, incluido el ruido submarino, no genera efectos adversos en los ecosistemas marinos. ● Indicador D11C1: Tendencias en la presión sonora impulsiva en banda ancha, expresadas como la distribución anual acumulada de la densidad de energía sonora en 14 Publicada en el DOUE n.º L 125 de 18/05/2017. BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 38 un área determinada, para cetáceos y pinnípedos. ● Indicador D11C2: Tendencias en la presión sonora continua de baja frecuencia, expresadas como la distribución anual acumulada de los niveles de presión sonora en un área determinada, para peces y cefalópodos. La Directiva introdujo la exigencia de que los Estados miembros establezcan valores límite para el ruido submarino. Esta medida, incluida en el Anexo, busca garantizar una evaluación más precisa del impacto del ruido antropogénico en los ecosistemas marinos y permitir una comparación homogénea entre regiones marinas. La implementación de esta exigencia se ha de desarrollar de manera gradual y coordinada, en conformidad con lo establecido en el Considerando 5 de la Decisión (UE) 2017/848, que destaca la importancia de la cooperación regional y la aplicación progresiva de los criterios revisados. Además, el Artículo 4 de la Decisión (UE) 2017/848 establece la necesidad de adoptar metodologías estandarizadas para la determinación de los valores límite, tomando en cuenta las características biofísicas y socioeconómicas de cada región. 4.3.3. Recomendaciones TG Noise En el marco de la DMEM, los organismos asesores de la UE (TG Noise) han emitido en 2023 una serie de recomendaciones sobre valores umbral de ruido submarino para la protección de los ecosistemas marinos15. Estas recomendaciones, que se fundamentan en la evidencia científica más actualizada y robusta disponible en la actualidad, proporcionan una guía para que los estados miembros de la UE establezcan y revisen sus propios valores umbral a nivel nacional y regional, adaptándolos a las particularidades de sus aguas. Las mencionadas recomendaciones de valores umbral son las siguientes: 3. Tabla: Recomendaciones de valores umbral de la UE Descriptor Descripción D11C1 Ruido impulsivo Para la exposición a corto plazo (1 día), la 15 Disponible para su consulta en: https://publications.jrc.ec.europa.eu/repository/handle/JRC133477 BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 39 proporción máxima de un área de evaluación/hábitat utilizada por una especie de interés que se acepta que esté expuesta a niveles de ruido impulsivo superiores al Nivel de Inicio de Efectos Biológicos Adversos (LOBE), durante 1 día, es del 20% o inferior (≤ 20%). Para la exposición a largo plazo (1 año), se calcula la exposición media. La proporción máxima de un área de evaluación/hábitat utilizada por una especie de interés que se acepta que esté expuesta a niveles de ruido impulsivo superiores a LOBE, en promedio durante 1 año, es del 10% o inferior (≤ 10%). D11C2 Ruido continuo El 20% del hábitat de las especies objetivo que tiene niveles de ruido por encima de LOBE no debe superarse en ningún mes del año de evaluación, de acuerdo con el objetivo de conservación del 80% de la capacidad de carga/tamaño del hábitat . (TG NOISE, 2023) La relevancia de estas recomendaciones se ve amplificada por el hecho de que la Decisión (UE) 2017/845 de la Comisión ya establecía la obligación para los Estados miembros de definir dichos valores umbral, pero con la exigencia implícita de que estos se fundamentaran en el conocimiento científico más avanzado disponible en cada momento. A partir de esto, se puede desgranar con mayor detalle por qué estas recomendaciones son de gran importancia y cómo se interconectan con otros aspectos clave de la estrategia europea de protección del medio marino en su conjunto. BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 40 4.3.4. Directiva (UE) 2024/1203 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho penal La Directiva de la Unión Europea relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho penal (Directiva (UE) 2024/1203) ha sido actualizada para reforzar la lucha contra los delitos ambientales16. Esta nueva Directiva, que sustituye a la anterior de 2008, fue adoptada formalmente por el Consejo de la UE el 26 de marzo de 2024. Entre las novedades más destacadas de esta actualización se encuentra la ampliación de la lista de conductas consideradas delitos ambientales, que pasa de nueve a veinte. Esta ampliación se basa en la revisión de la DMEM y la adición de nuevos delitos basados en las infracciones más graves del Derecho medioambiental de la UE, como se menciona en el considerando 5. Esta ampliación incluye, por primera vez, la contaminación acústica submarina que afecta significativamente a especies como delfines y ballenas. El artículo 3 de la Directiva detalla las conductas que los estados miembros deben tipificar como delito, y el artículo 3, incluye una lista de conductas que se consideran delito cuando son ilícitas e intencionadas. El considerando 15 explica que la introducción de energía, como el ruido subacuático, puede causar daños sustanciales a la calidad del aire, de las aguas o del suelo, o a los ecosistemas, incluyendo daños a animales como delfines y ballenas17. Las sanciones también se han endurecido notablemente, tal como se menciona en el considerando 6. Los delitos dolosos que causen la muerte de una persona serán punibles con penas máximas de al menos diez años de prisión, como se establece en el artículo 5. Mientras que otros delitos podrán conllevar penas de hasta cinco años, tal como se establece también en el artículo 5. Además, las empresas involucradas en delitos ambientales graves podrán enfrentarse a multas de al menos el 5% de su volumen de negocios total a nivel mundial o 40 millones de euros, según lo dispuesto en el artículo 7. Los Estados miembros de la UE tienen un plazo de dos años desde la entrada en vigor de la directiva para adaptar sus legislaciones nacionales a estas nuevas disposiciones, como se indica en el artículo 28. 16 Publicada en el Diario Oficial (DO) n.º L 1203 de 30/04/2024. 17 Se analiza en profundidad la contaminación acústica submarina como delito en Di Giura, L. (2024). La contaminación acústica marina como delito ambiental (1.ª ed.). Publicacions Universitat Rovira i Virgili. BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 41 5. MARCO REGULATORIO ESTATAL 5.1. Normativa nacional anterior a la DMEM 5.1.1. Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido La Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido18, fue la primera norma a nivel nacional en abordar de manera general la problemática de la contaminación acústica. Si bien su enfoque principal se centró en el ruido ambiental de origen terrestre, sin regular específicamente el ruido submarino antropogénico, la ley contiene disposiciones que pueden ser consideradas en el contexto de la contaminación acústica en el medio marino. El artículo 1 establece que el objetivo principal de la ley es prevenir, vigilar y reducir la contaminación acústica con el fin de evitar daños a la salud humana, a los bienes materiales y al medio ambiente en general. En este sentido, el artículo 3, apartado b), define la contaminación acústica como la presencia de ruidos o vibraciones que impliquen molestias, riesgo o daño para las personas, los bienes o el medio ambiente. Esta definición, aunque no menciona explícitamente el ruido submarino, podría aplicarse a este tipo de contaminación en la medida en que se ha demostrado científicamente que el ruido submarino puede causar efectos negativos en el medio marino (Di Giura, 2024). La norma se centra en la evaluación y gestión del ruido ambiental, estableciendo herramientas como los mapas estratégicos de ruido (artículo 14) y los planes de acción para la reducción del ruido (artículo 15). Asimismo, el artículo 19 prevé la delimitación de zonas de protección acústica especial, las cuales incluyen espacios naturales que requieren protección frente a la contaminación acústica. Aunque estas medidas fueron diseñadas para el ámbito terrestre, podrían servir de referencia para la regulación del ruido submarino en áreas marinas protegidas. Además, la ley contempla la necesidad de establecer índices acústicos homogéneos y valores límite de emisión e inmisión, cuya determinación corresponde al Gobierno central (Artículo 8). También distribuye las competencias en materia de ruido entre las administraciones locales, autonómicas y estatal (artículo 4) y establece un régimen de infracciones y sanciones para los casos de incumplimiento (Título IV). 18 Publicada en el BOE n.º 276 de 18/11/2003. BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 48 ● Fomento de la investigación científica sobre el impacto del ruido submarino en los ecosistemas marinos (artículo 10). ● Coherencia con otras normativas ambientales que regulan la calidad del medio marino, asegurando una planificación integrada y efectiva para la protección del entorno acústico submarino (artículo 11 y Anexo VIII). Finalmente, el Real Decreto 150/2023 refuerza los programas de seguimiento ambiental y evaluación continua, garantizando que las medidas adoptadas sean efectivas en la protección del medio marino (artículo 12). 6. ESTRATEGIAS DE FUTURO INTERNACIONALES, DE LA UE Y ESTATALES 6.1. Directrices de la OMI sobre contaminación acústica submarina 6.1.1. Directrices de 2014 En 2014, la OMI redactó las Directrices para la reducción del ruido submarino procedente de los buques mercantes, reconociendo el creciente cuerpo de evidencia científica sobre los impactos del ruido antropogénico en la fauna marina, especialmente en mamíferos marinos, peces y otras especies sensibles al sonido. Estas directrices, de carácter no vinculante, tienen como objetivo proporcionar a los Estados miembros y a la industria naviera una serie de recomendaciones técnicas y operativas para mitigar la emisión de ruido submarino, incluyendo medidas relacionadas con el diseño del casco, el mantenimiento del propulsor, y la planificación de rutas y velocidades de navegación (OMI, 2014). Las directrices se centran particularmente en el ruido de baja frecuencia (10 Hz–1 kHz), que es el rango en el que operan muchos buques comerciales y que coincide con las frecuencias utilizadas por varias especies marinas para comunicarse, navegar o detectar presas. A pesar de ser voluntarias, las directrices representan un primer paso importante hacia la gestión global del ruido submarino, en tanto que fomentan la adopción de buenas prácticas por parte del sector naviero y sientan las bases para futuros desarrollos normativos (Leaper, 2019; Erbe et al., 2019). 6.1.2. Directrices de 2023 La OMI ha reconocido el impacto negativo del ruido submarino generado por los buques, en particular los mercantes, sobre la vida marina, especialmente en especies sensibles como los cetáceos. En respuesta a este problema, en 2023 revisó y actualizó sus Directrices para la BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 49 reducción del ruido submarino procedente de los buques comerciales, ampliando su ámbito de aplicación a todas las embarcaciones, independientemente de su tamaño o función. La elaboración de estas directrices fue el resultado de un proceso colaborativo entre expertos de distintos países miembros de la OMI, científicos especializados en acústica marina, representantes de la industria naval y organizaciones medioambientales. Se analizaron estudios sobre la propagación del sonido en el agua y sus efectos sobre los ecosistemas, así como las tecnologías disponibles para reducir dicho impacto. Las directrices actualizadas incluyen medidas técnicas y operativas que abarcan todas las fases del ciclo de vida de un buque: desde el diseño y la construcción, hasta la modificación y el funcionamiento diario. Entre ellas se encuentran el uso de hélices más silenciosas, sistemas de aislamiento para maquinaria ruidosa, recubrimientos del casco que reducen la cavitación, y prácticas de navegación que evitan maniobras innecesarias o excesivas en zonas sensibles. Ante la creciente preocupación por los efectos del ruido en los ecosistemas marinos, en julio de 2023 la OMI adoptó Directrices voluntarias revisadas, incentivando a los estados miembros y a las partes interesadas a participar en un programa de aprendizaje de tres años. Este programa busca crear conciencia sobre la problemática y fomentar el desarrollo e implementación de soluciones efectivas para la reducción del ruido submarino (OMI, 2023). 6.1.3. Plan de acción de 2024 En septiembre de 2024, la OMI aprobó un plan de acción con el objetivo de impulsar la adopción de estas medidas. Este plan incluye una fase educativa sobre las directrices revisadas, la sensibilización del público y un período de recopilación de experiencias. Durante este período, los actores involucrados compartirán lecciones aprendidas y mejores prácticas para facilitar la integración de estrategias más eficaces en la gestión del ruido submarino25. 6.2. Estrategias de la UE para implementar el BEA La primera prioridad en la agenda es el desarrollo de criterios y umbrales cuantitativos más precisos y robustos. Para ello, la UE, a través de la Comisión Europea y con el apoyo de grupos de expertos como el Grupo Técnico sobre Ruido Submarino (TG Noise), está trabajando activamente para definir umbrales claros y bien fundamentados para el ruido continuo de baja frecuencia, principalmente aquel procedente del transporte marítimo, basándose en los datos 25 https://www.imo.org/en/mediacentre/Pages/WhatsNew-2032.aspx BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 50 científicos más recientes y actualizados sobre su impacto en los animales marinos. También se mejorarán los criterios de control del ruido impulsivo, incluyendo la capacidad de definir umbrales para fuentes de ruido de frecuencias más altas, que también pueden tener efectos perjudiciales sobre la fauna marina. Según TG noise es necesario fortalecer la implementación de la DMEM y ampliar la cooperación regional entre los estados miembros. Esto implica una mayor armonización de las acciones de los estados miembros en la gestión del ruido submarino, el intercambio de mejores prácticas y lecciones aprendidas, y la creación de bases de datos e indicadores comunes que permitan una evaluación coherente del problema a nivel europeo. Además, se trabajará para crear una base de datos paneuropea sobre ruido impulsivo que sea más completa, accesible y usable para los diferentes actores implicados. Se han propuesto medidas de mitigación específicas, con especial atención al transporte marítimo, que es la principal fuente de ruido continuo de baja frecuencia en los océanos. Estas medidas incluyen fomentar activamente el uso de tecnología más silenciosa en los buques, como las desarrolladas en el marco del proyecto SATURN, financiado por la UE, que investiga soluciones para reducir el ruido subacuático del transporte marítimo mediante mejoras en hélices, motores y estructuras de los barcos26. También se han implementado zonas obligatorias de navegación a baja velocidad en áreas marinas sensibles desde el punto de vista acústico, como en el Santuario de Mamíferos Marinos del Mediterráneo (Pelagos), donde la reducción de velocidad ha demostrado disminuir en un 50% el ruido submarino y reducir el riesgo de colisión con cetáceos (Thomsen et al., 2021). Asimismo, se están planificando rutas de navegación que minimicen el impacto del ruido sobre la fauna y la flora marinas, como en el proyecto North Sea Quiet Area, donde se han evaluado desvíos de rutas en el Mar del Norte para reducir el impacto acústico en especies marinas sensibles. Además, se han propuesto zonas marinas tranquilas o “refugios acústicos”, como las áreas de protección acústica establecidas en el Mar Báltico a través del proyecto BALANCE, que busca preservar hábitats críticos para especies afectadas por el ruido submarino, como la marsopa del Báltico27. 26 Más información en: https://www.saturnh2020.eu/ 27 Más información en: https://balance-eu.org/about_us/index.html BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 51 La UE está financiando proyectos a través de programas como Horizonte Europa para mejorar la comprensión de los impactos del ruido submarino sobre los ecosistemas marinos y para desarrollar tecnologías y técnicas de reducción del ruido más eficaces e innovadoras. También se apoyará la innovación en la industria marítima para crear barcos más silenciosos, con diseños de casco y hélices optimizados para reducir la cavitación y la emisión de ruido, en línea con las regulaciones propuestas en la Directiva de Crimen Ambiental de la UE, que, como hemos visto, ha incluido el ruido submarino como un delito penal (Thomsen et al., 2021). 6.3. Estrategias estatales España debe implementar la DMEM mediante ciclos de planificación y actuación renovables cada seis años, tal como establecen los artículos 5.2 y 17 de la Directiva marco. Actualmente, se encuentra en el tercer ciclo (2024-2030). Este ciclo, que comenzó en 2024, se basa en los aprendizajes y resultados del segundo ciclo de evaluación del estado ambiental del medio marino, consolidando el conocimiento adquirido y las herramientas técnicas desarrolladas hasta el momento. Según el documento del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO, 2024), el nuevo ciclo da continuidad al proceso iterativo de evaluación y ajuste de medidas enmarcado en la Directiva Marco sobre la Estrategia Marina. Se prevé una actualización progresiva y más precisa de la definición de BEA, que implicará establecer umbrales más rigurosos en criterios clave como la captura accidental (D1C1), la abundancia poblacional (D1C2) o las características demográficas (D1C3). Esta mejora metodológica se apoyará en una mayor disponibilidad de datos obtenidos a través de campañas científicas (como las aéreas o acústicas) y programas de seguimiento ampliados, como los dedicados a varamientos y fotoidentificación de cetáceos. Además, se formularán objetivos ambientales más detallados y ambiciosos, especialmente orientados a los grupos más sensibles, como los cetáceos de buceo profundo y los misticetos. (MITECO, 2024). BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 52 7. MÁRGENES DE MEJORA EN LA NORMATIVA EUROPEA 7.1. Medidas de mitigación del ruido submarino Este apartado recoge las estrategias y acciones recomendadas en diferentes informes técnicos analizados para reducir la contaminación acústica submarina generada por los buques. 7.1.1. Implementación de Programas de reducción de velocidad La reducción de la velocidad de los buques se presenta como una medida operacional altamente eficaz para disminuir el impacto ambiental en el medio marino. En particular, la disminución de la velocidad por debajo de la velocidad de inicio de la cavitación en buques con hélices de paso fijo, ayuda a reducir significativamente el ruido submarino, aunque en el caso de buques con hélices de paso controlable se deben buscar combinaciones óptimas de velocidad del eje y paso de la hélice. Esta medida, además de reducir el ruido, disminuye las emisiones de gases de efecto invernadero y minimiza el riesgo de colisiones con ballenas. La campaña "Blue Speeds" de IFAW (International Fund For Animal Welfare) 28 propone una limitación de la velocidad al 75% de la velocidad máxima de diseño, lo cual conlleva una reducción efectiva del 5-10%, que se traduce en una disminución del 25% de la contaminación acústica, 23% de colisiones con ballenas y 8% del consumo de combustible y emisiones. Cuando se trata de zonas donde las colisiones con ballenas son un riesgo, se recomienda navegar a 10 nudos o menos. En otras zonas, una reducción del 20% de la velocidad puede reducir significativamente el impacto del ruido en los mamíferos marinos. Además de la reducción de velocidad, es importante considerar las rutas de navegación, evitando zonas marinas sensibles como rutas migratorias y hábitats conocidos para minimizar los efectos adversos en la fauna marina (OMI, 2023). 7.1.2 Designación de Corredores Verdes “Silenciosos” y Áreas Marinas Protegidas Según la OMI, la implementación de corredores marítimos específicos puede servir como un catalizador para la innovación en la búsqueda de la descarbonización y la reducción del ruido submarino, además de atraer inversiones en el diseño de buques más silenciosos. Para evaluar la eficacia de las medidas implementadas para la reducción del ruido, como la limpieza de cascos de bioincrustaciones, el uso de dispositivos de ahorro de energía o la reducción de velocidad, se 28 Más información en: https://bluespeeds.org/ BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 53 podrían utilizar estaciones de escucha submarinas que permitan medir las emisiones acústicas. (OMI, 2023). Un ejemplo de la designación de áreas marinas como zonas silenciosas para reducir la contaminación acústica submarina es el proyecto SILEMAR29 . Este proyecto se centró en la Reserva Marina de Cabo de Palos-Islas Hormigas, en España, y tuvo como objetivo principal gestionar y mitigar el ruido submarino en áreas marinas protegidas. Entre sus acciones, se desarrolló un mapa interactivo que muestra los niveles de sonido submarino generados por la navegación en la zona durante 2019, permitiendo identificar áreas con mayor presión acústica y facilitando la implementación de medidas de mitigación, como la designación de zonas silenciosas. 7.1.3. Incentivos y reconocimientos para la industria naviera Entre las recomendaciones analizadas, los incentivos pueden ser una herramienta eficaz para fomentar prácticas más sostenibles y mitigar el impacto sobre la vida marina. En el ámbito de la certificación ambiental, algunas sociedades de clasificación han establecido normativas específicas para reconocer a los buques con menor impacto acústico. Un caso relevante es la notación SILENT-E, desarrollada por Det Norske Veritas30, que certifica embarcaciones que cumplen con estrictos estándares de emisión de ruido bajo el agua. Esta certificación, además de demostrar el compromiso ambiental de las navieras, puede traducirse en ventajas operativas, como reducciones en tasas portuarias en ciertos puertos. En 2021, el petrolero "ONEX Peace", construido por Hyundai Samho Heavy Industries, se convirtió en el primer buque mercante en recibir esta distinción, marcando un precedente en la industria. Otro enfoque innovador ha sido la implementación de programas de reducción de velocidad, diseñados para minimizar la contaminación acústica submarina en áreas ecológicamente sensibles. Un ejemplo destacado es la iniciativa "Protecting Blue Whales and Blue Skies"31, que reconoce a las navieras comprometidas con esta práctica mediante el galardón "Whale Tail". Asimismo, entre 2014 y 2018, el Santuario Marino Nacional de las Islas del Canal, en Estados Unidos, llevó a cabo un programa de incentivos dirigido a las empresas navieras. Ofreciendo 29 Más información en: https://ctnaval.com/proyectos/silemar/ 30 Más información en: https://www.dnv.com/news/dnv-awards-first-merchant-vessel-silent-e-notation200156/ 31 Más información en: https://sanctuaries.noaa.gov/news/press/2015/blue-whales-blue-skies.html BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 54 beneficios económicos a los buques que redujeran su velocidad a 10 nudos o menos en ciertas zonas, la iniciativa logró disminuir la contaminación acústica en un 25%, beneficiando a especies como ballenas y delfines. Además de los incentivos económicos, existen otras medidas para fomentar la reducción del ruido submarino. En algunos puertos, las embarcaciones que cumplen con estándares acústicos más exigentes pueden recibir prioridad en el atraque, lo que representa una ventaja operativa significativa. En Canadá, programas como EcoAction y Green Wave han adoptado este enfoque, otorgando descuentos en tasas portuarias a los buques que implementan tecnologías y prácticas de navegación más silenciosas. A nivel internacional, el Proyecto NEPTUNES (Noise Exploration Program To Understand Noise Emitted by Seagoing Ships)32 ha reunido a diversos puertos en un esfuerzo conjunto por identificar las principales fuentes de ruido y desarrollar soluciones de mitigación. Ciudades portuarias como Róterdam, Ámsterdam, Estocolmo, Gotemburgo, Hamburgo, Turku, Copenhague-Malmö, Koper, Cork, Vancouver y Nueva Gales del Sur han participado activamente en esta iniciativa. Como resultado, se ha desarrollado una marca de calidad que premia a los buques más silenciosos con incentivos económicos, como reducciones en tasas portuarias, promoviendo así la adopción de prácticas responsables en la industria marítima. 7.1.4. Umbrales de ruido TG Noise ha recomendado en su informe de 2023 valores umbral específicos para el ruido submarino con el objetivo de mitigar la contaminación acústica y proteger la fauna marina, en cumplimiento de la DMEM (TG Noise, 2023). Para la exposición a corto plazo (1 día), se establece que la proporción máxima de un área de hábitat utilizada por una especie de interés que puede estar expuesta a niveles de ruido impulsivo superiores al umbral de efectos biológicos adversos (LOBE) es del 20% o menos (≤20%). En el caso de la exposición a largo plazo (1 año), la proporción máxima aceptada se reduce al 10% o menos (≤10%), dado que una exposición prolongada al ruido puede provocar desplazamiento de especies y degradación del hábitat, afectando la capacidad de carga de la población. 32 Más información en: https://sustainableworldports.org/project/port-consortium-neptunes-project/ BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 55 El objetivo de estos umbrales es garantizar que al menos el 90% del hábitat de una especie objetivo permanezca sin degradación acústica significativa, permitiendo así la conservación de las poblaciones marinas a largo plazo. En caso de que la exposición al ruido impulsivo supere estos valores, se considera que el hábitat entra en un estado no tolerable, lo que puede derivar en una pérdida significativa del área disponible para las especies y una posible disminución de sus poblaciones. Además, TG Noise reconoce que la sensibilidad al ruido varía entre especies y regiones, por lo que recomienda que los estados miembros puedan establecer umbrales más estrictos si cuentan con información científica que lo respalde, especialmente en periodos críticos como épocas de reproducción o en hábitats esenciales para especies protegidas (Thomsen et al., 2021). 7.1.5. Investigación, monitoreo y cooperación Internacional En el congreso OCEANOISE de 2023, celebrado el 8 de junio con motivo del Día Mundial de los Océanos, expertos internacionales destacaron la necesidad urgente de reforzar la monitorización, la cooperación internacional y la investigación para reducir la contaminación acústica submarina. Subrayaron la importancia de fomentar plataformas colaborativas que reúnan administraciones, científicos y ONG para desarrollar estrategias efectivas, así como fortalecer la legislación existente para regular el ruido en sectores marítimos clave. Además, hicieron un llamado a incrementar la inversión en tecnologías innovadoras que minimicen el impacto del ruido generado por el transporte marítimo, parques eólicos y actividades extractivas, garantizando así la protección de los ecosistemas marinos y su biodiversidad33. Además, un ejemplo de buenas prácticas en la monitorización del ruido submarino es el Puerto de Vancouver, en Canadá, que ha implementado el ECHO Program (Enhancing Cetacean Habitat and Observation Program)34. Este programa busca reducir el impacto del ruido generado por el tráfico marítimo en las poblaciones de orcas residentes del Pacífico. A través de un sistema de monitoreo continuo, medidas voluntarias de reducción de velocidad para los buques y el desarrollo de tecnologías más silenciosas, el puerto ha logrado disminuir significativamente la contaminación acústica en sus aguas. La colaboración entre el sector marítimo, la comunidad 33 Se puede consultar la publicación con los resúmenes y más información en: https://2023.oceanoise.com/programme/abstract-book 34 Más información en: https://tc.canada.ca/sites/default/files/migrated/echo_program_summary_may_2017.pdf BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 56 científica y las autoridades portuarias ha sido clave para el éxito de esta iniciativa, demostrando la efectividad de la cooperación internacional y la investigación en la protección de la vida marina. 7.1.6. Mantenimiento y consideraciones operacionales Según las directrices de la OMI para la reducción del ruido submarino radiado por los buques y su impacto en la vida marina (2023), el mantenimiento regular y adecuado de las partes del buque que influyen en la generación de ruido, como las hélices, el casco y las máquinas, "puede reducir significativamente el ruido radiado al agua". Recomienda la limpieza periódica del casco y las hélices para prevenir la acumulación de incrustaciones que puedan aumentar la resistencia y el ruido. "La pulimentación adecuada de las hélices es crucial", ya que ayuda a disminuir la cavitación y el ruido asociado. Asimismo, mantener la superficie del casco limpia y libre de contaminantes minimiza la resistencia al movimiento. Prevenir la acumulación de incrustaciones biológicas es una medida importante, dado que estas pueden aumentar la rugosidad del casco y contribuir al ruido submarino. Las prácticas operacionales pueden influir en la cantidad de ruido submarino generado, por lo que se recomienda optimizar la velocidad y las rutas de navegación para minimizar el impacto acústico. "Disminuir la velocidad del buque puede reducir significativamente el ruido radiado al agua", ya que esto reduce la cavitación en las hélices y la resistencia del casco. Además, la planificación de rutas de navegación que eviten áreas sensibles protege la vida marina de los efectos adversos del ruido. La optimización del operar de los buques incluye ajustar la ruta, la velocidad y el tiempo de navegación para reducir el tiempo fondeado y evitar zonas protegidas, especialmente durante períodos críticos para la fauna marina. Finalmente, optimizar el asiento y calado del buque ayuda a reducir la potencia necesaria y, en consecuencia, el ruido de cavitación de la hélice (OMI, 2023). BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 57 7.2. Tecnologías disponibles para la reducción del ruido Este apartado describe las innovaciones tecnológicas enfocadas en disminuir la generación de ruido en los buques. 7.2.1. Diseño y optimización de hélices Otra de las recomendaciones de la OMI es el diseño de hélices más eficientes que minimicen la cavitación, una de las principales causas de ruido. Esto implica una optimización de la carga de la hélice, la garantía de un flujo de agua hacia las hélices lo más uniforme posible y la selección meticulosa de características como el diámetro, el número de palas, el paso, la inclinación y las secciones. La cavitación, principal fuente de ruido submarino, puede minimizarse mediante el diseño de hélices optimizadas, como las de tipo CLT (Contracted and Loaded Tips), que además mejoran la eficiencia de propulsión. Existen diversas alternativas en este ámbito, como hélices de alta inclinación, hélices de punta cargada contraída, hélices contrarrotantes, hélices Kappel, hélice con aleta de punta inclinada hacia atrás, propulsores de vaina, chorros de agua, bombas de chorro y hélices compuestas (OMI, 2023). En línea con esto, la UE también apoya las directrices revisadas de la OMI sobre la reducción del ruido radiado bajo el agua, adoptadas en julio de 2023, fomentando la implementación de tecnologías más silenciosas en los nuevos diseños de buques. Un ejemplo de tecnología que contribuye a reducir el ruido submarino en los nuevos buques es el desarrollo de hélices de diseño avanzado, como las fabricadas por Kongsberg Maritime, que ofrece soluciones innovadoras para minimizar la contaminación acústica. Estas incluyen hélices de diseño optimizado que reducen la cavitación, disminuyendo así las vibraciones y la emisión de sonido al agua; sistemas de propulsión híbridos que permiten una operación más eficiente y silenciosa al combinar diferentes fuentes de energía; y sistemas de control inteligentes que ajustan la operatividad de los motores y propulsores para minimizar la generación de ruido en aguas ecológicamente sensibles35. 35 Más información en: https://www.kongsberg.com/maritime/feature_articles/2024/8/reducing-underwaternoise-from-shipping/ BILBOKO INGENIARITZA ESKOLA ESCUELA DE INGENIERÍA DE BILBAO Trabajo final de Máster – Mikel Loyo Vega (2025) 64 10. FUENTES 10.1. Bibliografía André, Michel, Solé, Marta, Lenoir, Marc, Durfort, Mireille, Quero, Carmen, Mas, Antoni, Lombarte, Antoni, van der Schaar, Mike, López-Bejar, Manel, Morell, Maria, Zaugg, Sébastien, & Houégnigan, Lionel. (2011). Low-frequency sounds induce acoustic trauma in cephalopods. 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