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Conflictividad y disciplinamiento social en la Cantabria rural del antiguo régimen

Mantecón, Tomás A.

Abstract

Durante los Tiempos Modernos en la Europa Occidental se asistió a una expansión de la ley penal y de los aparatos judiciales destinados a aplicarla. Descuartizamientos y mutilaciones con escarnio púbico y ejemplaridad, hasta lograr la muerte del condenado eran parte de lo narrado en la más duras sentencias. Foucault ha interpretado, a partir de estas narraciones, que los gobernantes absolutos, por medio de esos castigos, intentaban convertir a los súbditos, penados y espectadores, en cuerpos dóciles, gente con limitada capacidad para oponerse a los proyectos absolutistas y al avance de nuevas definiciones de propiedad. Ese sería un proceso de criminalización con impacto desigual en el tiempo y el espacio. Así, mientras en las ciudades parecía asentado en el siglo XVI, el los entornos rurales puedo llegar a ser tardío y tener concrecciones distintas a las esperadas por los gobernantes. La información ofrecida por cuatro millares de casos civiles y criminales de la cantabria rural de la época muestran una sociedad rural con códigos consuetudinarios de cooperación y de violencia tan fuertes que hacen insuficiente el esquema foucaultiano para explicar esa realidad. Conflictividad y Disciplinamiento Social refieren a dos escenas complementarias, es decir, al análisis de los conflictos y a las formas de resolución de los mismos, cualquiera que fuera su fuente, naturaleza y concreción. Examinar esas fuerzas articuladoras de la sociedad rural es el fin de este libro, colocando el foco de atención sobre el nudo que relacionaba a sociedad, justicia y, por medio de ésta, poder real.

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Universidad de Cantabria Fundación Marcelino Botín Conflictiv idad y disciplinamiento social en la Cantabria rural del Antiguo Régimen T omás Antonio Mantecón Movellán T omás Antonio Mantecón Movellán Doctor en Historia Moderna por la Universidad de Cantabria en 1993. Profesor ayudante en esa universidad desde 1991 y V isiting Member del Darwing College (Unniversdiad de Cambridge) en 1995 y 1996. Es autor del libro Contrarr eforma y r eligiosidad popular en Cantabria. Las cofradíasa r eligiosas (Santander , 1990), de una veintena de artículos en revistas científicas y de un libro de microhistoria que será publicado por el Instituto de Estudios Cervantinos (Universidad de Alcalá de Henares) con el tiúlo de La muerte de Antonia Isabel Sánchez. T iranía y escándalo en una sociedad rural del Norte de España. Ha sido comunicante o conferenciante en Zamora (1988), Zaragoza (1989), Madrid (1989), Las Palmas (1994), Salamanca (1994), Murcia (1994), Montreal (1995), Leicester (1996), Burdeos (1996), Santander (1996). Mantecón Movellán, Tomás Antonio. Confllctlvldad y di lplinámlento social en la Cantabria rural del Antiguo Régimen / Tomás Antonio Mantecón Movellán. - Sanl'ander : Universidad de Cantabria: Fundación Marcelino Botln, D. L. 1997. ISBN: 84-8102-141..S. l. Luchas ocia les - Espaiia - Cantabria - S. XVH-XVlll 2. Cantabria (España) - Historia ocl¡li • S. XVII-XVIIJ l. Fundación Marcellno Botln (Santander) 11. Universidad de Cantabria m. TITULO. 946.0 1 3'' 16/ 17" 316.48(460.13)" 16/ 17" Avda. de Los Castros, s/n. -Tel.: (942) 20 12 91 / (942) 20 15 00 39005 Santander © Fundación Marcelino Botín ISBN: 84-8102-141-5 Dep. Legal: SA-9-1997 Imprime: J. Martínez, ISBN (13): 978-84-8 102 - 141- 7 ISNI: 0000 0005 0686 0180 DOI: https://doi.org/10.22429/Euc199 7 .00 1 www.editorial.unican.es Digitalización: Manuel Ángel Ortiz Velasco [emeaov] Diseño de la sobrecubierta: IKONO - Santander © Tomás An tonio Mantecón Movellán © Servicio de Publicaciones de la Universidad de Cantabria 64 CASA, FAMILIA Y COMUNIDADES RURALES vosa fue diversa, en atención a las circunstancias del delito. Excepcional  mente fueron destinados a trabajos forzados en galeras o condenados muer te, incluso cuando disponía de múltiples evidencias periciales, no meros in dicios o antecedentes agresivos 73 • La autoridad marital permitía que en cada célula constitutiva de la aldea se jerarquizara una estructura de poder absoluto cuyos límites éti cos eran la prudencia y el escándalo. Rebasados estos límites, intervenía la comunidad vecinal, por medio de vecinos y "curadores" públicos, ecle siásticos o seglares. Factores de carácter interno, sobre todo la cobertu ra de las necesidades económicas de la casa, y externo, como la emigra ción, brindaban un peso específico a todos los componentes de la casa. En su extremo se encontraban las involuciones de papeles entre marido y mujer , casi siempre consentidos por los vecinos, pues ocurrían en ca sos de cruda violencia o dilapidación de la hacienda doméstica por el ma rido. Como aquí se ha visto, la mujer asumía prot agonismo no sólo en es tos casos. Ella era el primordial objetivo de la iglesia postridentina, para disolver parentescos extensivos y penetrar en cada casa. A ello, sin du da, contribuyó la promoción de las devociones marianas, concretamen te la del Rosario, impulsada por los dominicos. María, el vértice de las iras dogmáticas de la Reforma, se convertía en la clave para facilitar la salvación. Además, era un modelo para la doncella, para la madre y para la viuda: fortaleza, sometimiento, dolor y recogimiento por la muerte de su hijo. La mujer se convertiría, progresivamente en el eje de la religio sidad doméstica. Así fue en los años posteriores a 1670 y, con una pro gresión clara, después de 1830. Así lo demuestra su participación en las cofradías religiosas. A ello contribuyó la promoción de una imagen ne gativa de la mujer, que la hacía más necesitada de purificación y perma nente vigilancia a las tentaciones del "maligno", por su "fragilidad". Por eso, la mujer participó activamente en el ritual, incluso, en la flagelación pública. Si el hombre era la garantía del orden en la casa, la mujer era, por todos los motivos expuestos, inductora de innovaciones, algunas am paradas por la propagandística católica, otras inducidas.su activa parti cipación en la obtención de renta y por la administración de la casa en la ausencia del marido. (73) Una muestra: AHPC, AL, leg. 78, n• 3, s.f. (A. Lloredo, 161 O): AHPC. RE. leg. 119, n• 4, s.r. (Reocfn, 1657): AHPC, Al, leg. 84, n º 2, L 2 (A. Lloredo, 1686): AHPC, RE, leg. 126, n• 19, H. I-!l, 18 v º -20, 40-42 (Reoc.ln, 1708); AHPC, Al, Jeg. 84, n• 5, sJ. (A. Lloredo, 1717); AHPC, CAY, leg. 79, n• 29, s.f. (Cayón, 1721); AHPC, Al, lcg. 86 1 n• 7, s.f. (A. Lloreclo, 1755): ADS, C-639-3 (Rcocln, 1770): AHPC, CAY, le¡¡. 8 1 1, n º 1, s.f. (Cayón, 1800); AHPC, RE, leg. 132, n• 9, s.f. (Reoc:ln, 1827): AHPC, CAY, leg. 85, n• 2, H. 26 v", I I3- ' I 15, l41, 183-193, 263-264 v" (Cayón, 1830). 382 LA DEFENSA DEL ÜRDEN COMÚN Bustillo (de Lloreda) había sufrido "cencerrada" en 1814 por casarse con una muchacha de Abadilla. Lo particular del asunto fue que en uno de los días inmediatos, disputando con otro joven del lugar, recibió un fuerte gol pe, dejándole "loco de la cabeza, que no sabía donde estaba", con mucha "calentura" y peligro de perder su vida. No llegó a ocurrir, por lo que la cau sa feneció sin sentencia. En algunos lugares de montaña, aún en el presen te siglo, se mantenía la costumbre de que el forastero que se casaba con una joven del lugar hubiera de pagar los derechos a los varones de la ve cindad, invitándoles a beber 185 • La sujeción a una casa implicaba integrarse más decisiv a y perfecta mente en el orden comunitario. La vida errante, aún vinculando los despla zamientos a una actividad laboral, implicaba una receptividad parcial por las comunidades vecinales, pues en ese supuesto no existían referentes de identificación de la persona (casa, parentela y vecindad) y esto dificultaba la ubicación dentro de la comunidad. Entre los ladrones itinerantes y los trabajadores eventuales del campo las diferencias parecen ostensibles, pe ro también se daban situaciones mixtas, que anotan sugerentes matices a la percepción de los forasteros ya descrita. Así, por ejemplo, a finales de ju lio de 1746 José Fernández, "residente" en Helguera (Reocín), sólo contaba con 0,023 has. de tierra en propiedad, otras heredades en renta y dos novi llos que llevaba en aparcería. No se le conocían otros bienes, "ni cosas de sustanzias de muebles". Su esposa había robado una bolsa con dinero de la taberna. De ellos se sospechó desde que se conoció el robo, por ser "per sona extraña y fuera <leste domizilio". Varios vecinos habían acudido a su casa a convencerla de que restituyese lo hurt ado. El dijo a su esposa "res pondiese al cargo que se le azía y dijese verdad". Devolvió lo hurtado. Al día siguiente José, "avergonzado de la hazión se ausentó de este lugar", re gresando días después, para cuidar de sus hijos, "con la caridad" de los ve cinos. En octubre se hallaba alojado en la casa de la viuda María de Arce, con otras "personas forasteras". El alcalde mayor de Reocín les <lió la op ción de tomar vecindad o ser expulsados del lugar. José alegó que no podía ser obligado, pues aún siendo pobre de solemnidad no era "extraño" a la co munidad sino "residente", y no se le podía negar la "habitación y morada en el lugar", ni apremiarle a avecindarse y ofrecer fianza, "sino para aque lla corta colecha y repartimiento que se me eche". Así fue 186 • (185) AHPC, CAY, leg. 84, n º 6, s.f. (Cayón, 1814); LÓPEZ LINAGE, J.: Antropología de la ferocidad ... op , cit. (186) AHPC, RE, leg. 129, n º 2, lf. 5, 15, 22, 31, 32 v º (Reocín, 1746). ÍNDICES DE CUADROS, GRÁFICOS Y MAPAS 2. GRÁFICOS l. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. Clero parroquial de Cantabria. "Montañas Bajas". Vis ita del arzobispo Navarrete. 1708-1709 ...................................... . Tierra vinculada y ágregos. Mayorazgo Velarde. Siglos XVII-XVIII .................................................................................. . Concursos de acreedores y reclamación de crédito a corto y largo plazo. Siglos XVII-XVIII ............................... . Actuaciones judiciales por deudas. Siglos XVII-XVIII .................... . Actuaciones judiciales por disputas sucesorias. Siglos XVII-XVIII .......................................... ........ ................................ . Reclamación judicial de bienes ocupados por otros parientes. Siglos XVII-XVIII ...................................................... . Causas formadas por cierras ilícitos. Tres jurisdicciones. 1610-1830 ......................................................... . Crecimiento anual pleit os- población. Siglos XVII-XVIII .................................... ........ ............. ......................... . 3.MAPAS O. Valles y jurisdicciones del siglo XVIII . Obispado 517 112 163 195 198 204 205 330 455 y provincia de Santand er. 1 798-1 799 ... ......... .. ... . .... .. ........ ..... ... ......... 19 11 (1). Territorios jurisdiccionales en Cantabria. Siglos XVII-XVIII . . ....... . ... ..... ..... . ...... ............... ....... ...... .. . .............. ... . .... 14 7 VI (1). Precisados de caridad comunitaria en Cantabria. Padrones de 1737-1743 ................ ....................................................... 372 VI (2). Campesinos sin tierra o con propiedades inferiores a las que llevaban arrendadas. Padrones de 1737-1743 ................................... ..................... ............... 373