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Terapia ocupacional en la escuela pública Valenciana

Eltoro Blasco, Tayza

Abstract

Introducción: la figura de la terapia ocupacional ha sido incluida en el grupo de profesionales no docentes del sistema educativo valenciano. Las 6 terapeutas ocupacionales trabajan dentro de las Unidades Especializadas de Orientación. Método: en la actualidad, el personal de terapia ocupacional asesora e interviene en centros educativos de titularidad de la Generalitat y puede asesorar al resto de centros educativos sostenidos con fondos públicos, a propuesta de la dirección de la unidad especializada de orientación. Su intervención no incluye trato directo con el alumnado, sino que su trabajo se basa en aportar orientaciones al equipo educativo que trabaja con las alumnas y los alumnos. Conclusión: en el siguiente trabajo se busca, por un lado, describir las funciones de la terapia ocupacional, así como el funcionamiento dentro de dichas unidades. También, se comparten algunas de las reflexiones sobre el presente y el futuro de la profesión dentro del ámbito educativo. Sin olvidarse de identificar las limitaciones aparecidas y las necesidades futuras de trabajos de investigación por realizar más estudios que se centren y aborden sobre el tema.

Full text

DOI: 10.5281/zenodo.18012430 TOG (A Coruña) Vol. 22. Num 2. Nov. 2025. ISSN 1885-527X. www.revistatog.com 122 COLABORACIONES TERAPIA OCUPACIONAL EN LA ESCUELA PÚBLICA VALENCIANA OCCUPATIONAL THERAPY IN PUBLICS SCHOOL IN VALENCIAN COMUNNITY Tayza Eltoro Blasco* Graduada en terapia ocupacional. Terapeuta ocupacional en la Consellería de Educación de la Comunidad Valenciana. España * persona autora para correspondencia Introducción: la figura de la terapia ocupacional ha sido incluida en el grupo de profesionales no docentes del sistema educativo valenciano. Las 6 terapeutas ocupacionales trabajan dentro de las Unidades Especializadas de Orientación. Método: en la actualidad, el personal de terapia ocupacional asesora e interviene en centros educativos de titularidad de la Generalitat y puede asesorar al resto de centros educativos sostenidos con fondos públicos, a propuesta de la dirección de la unidad especializada de orientación. Su intervención no incluye trato directo con el alumnado, sino que su trabajo se basa en aportar orientaciones al equipo educativo que trabaja con las alumnas y los alumnos. Conclusión: en el siguiente trabajo se busca, por un lado, describir las funciones de la terapia ocupacional, así como el funcionamiento dentro de dichas unidades. También, se comparten algunas de las reflexiones sobre el presente y el futuro de la profesión dentro del ámbito educativo. Sin olvidarse de identificar las limitaciones aparecidas y las necesidades futuras de trabajos de investigación por realizar más estudios que se centren y aborden sobre el tema. Introduction: The role of occupational therapy has been incorporated into the group of non-teaching professionals within the Valencian educational system. The six occupational therapists work as part of the Specialized Guidance Units. Method: Currently, occupational therapy professionals provide advice and intervention in educational centers owned by the Generalitat and may also offer guidance to other publicly funded schools, upon request from the director of the specialized guidance unit. Their work does not involve direct contact with students; instead, it focuses on providing recommendations to the educational team that works with the pupils. Conclusion: This paper aims, on the one hand, to describe the functions of occupational therapy as well as its operation within these units. It also shares reflections on the present and future of the profession within the educational field, while identifying current limitations and future research needs. DeCS Terapia ocupacional; Educación MeSH Occupational therapy; Education. Texto recibido: 10/09/2025 Texto aceptado: 07/11/2025 Texto publicado: 30/11/2025 Derechos de persona autora INTRODUCCIÓN El derecho a la educación es uno de los 30 derechos humanos que la Organización de las Naciones Unidas (ONU) identifica como fundamental e innegociable que todo individuo posee por el simple hecho de ser humano(1). Este derecho queda recogido también en el artículo 27 de la Constitución Española, declarando que: «todos tienen el derecho a la educación. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales»(2). Además, en la actual ley educativa LOMLOE (Ley Orgánica de Modificación de LOE) se indica en el Título II sobre la Equidad en la Educación que «Las Administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional y asegurarán los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria… puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado»(3). A nivel autonómico, este derecho constitucional se configura y regula en la Comunidad Valenciana a través del Decreto Valenciano de Equidad y de Inclusión Educativa, el cual recoge que la diversidad del alumnado es un valor positivo y que, por lo tanto, se busca eliminar toda forma de exclusión, desigualdad y vulnerabilidad. Para ello marca que se debe garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso, aprendizaje y participación del alumnado, prestando especial atención a la prevención, detección e intervención temprana en todas las etapas y niveles educativos asegurando para ello la accesibilidad física, cognitiva, sensorial y emocional(4). Autora: Eltoro Blasco T. TOG (A Coruña) Vol. 22. Num 2. Nov. 2025. ISSN 1885-527X. www.revistatog.com 123 Para hacer más efectivo este decreto, la Conselllería de Educación de la Comunidad Valenciana, crea las Unidades Especializadas de Orientación (UEO), las cuales tienen como función, entre otras, la de asesorar, cooperar y dar apoyo a los centros docentes sostenidos con fondos públicos para ofrecer la mejor respuesta educativa a todo el alumnado(5). En noviembre del 2022 se publica las funciones de las personas profesionales de la Terapia Ocupacional dentro de la Consellería de Educación de la Comunidad Valenciana(6), y tras ello, se crean 6 puestos de terapeuta ocupacional dentro de las UEO. La introducción de la figura de Terapia Ocupacional en el sistema público de educación valenciana sigue a otros dos ejemplos previos en nuestro país como son, el sistema educativo inclusivo de la Comunidad Autónoma del País Vasco y el sistema educativo canario. Fuera de nuestro país hay ejemplos significativos como los llevados a cabo por las personas profesionales de la Terapia Ocupacional en Carolina, California o Australia entre otros. La creación de estas plazas en los diferentes sistemas educativos de distintas partes del mundo y de nuestro país, nos lleva a identificar que, la necesidad que ya señalaban las familias y profesionales docentes, se está materializando. Una vez dentro del sistema público de educación, toca llevar a cabo dos misiones: dar a conocer a la comunidad cómo es el funcionamiento de esta profesión en dicha institución, además de analizar y reflexionar puntos fuertes del modelo elegido de trabajo y propuestas futuras. Objetivos Por todo ello, el objetivo del presente trabajo es describir las funciones de la terapia ocupacional en la Escuela Pública Valenciana, así como los diferentes tipos de intervención que se llevan a cabo desde esta área. MÉTODO El estudio seguirá un enfoque descriptivo, basado en la recopilación y análisis de información cualitativa y documental sobre prácticas, programas e intervenciones implementadas, lo que permitirá comprender de manera detallada el rol y las metodologías empleadas por la terapia ocupacional en el contexto escolar. En la actualidad, el personal terapeuta ocupacional asesorara e interviene en centros educativos de titularidad de la Generalitat y puede asesorar al resto de centros educativos sostenidos con fondos públicos, a propuesta de la dirección de la unidad especializada de orientación. Los centros educativos de la Generalitat abarcan desde primer y segundo ciclo de infantil, primaria y secundaria. Por lo tanto, las y los profesionales de la terapia ocupacional podrán intervenir o realizar asesoramiento dentro de las funciones reflejadas en la Resolución de 14 noviembre de 2022(6), para el beneficio de cualquier alumnado escolarizado en estas etapas educativas sin ningún otro criterio de inclusión ni exclusión. RESULTADOS Para entender cómo funciona el servicio de terapia ocupacional en la Consellería de Educación de la Comunidad Valenciana, debemos conocer previamente cómo funcionan las Unidades Especializadas de Orientación en las cuales están ubicadas las personas profesionales de la terapia ocupacional. Funciones de las Unidades Especializadas de Orientación (UEO) Las UEO fueron diseñadas para dar soporte a los equipos educativos de los centros de infantil, primaria y secundaria y asegurar así, la mejor respuesta educativa para todo el alumnado en relación al acceso, aprendizaje y participación educativa en su etapa escolar. Las respuestas educativas para la inclusión están clasificadas en cuatro niveles y 3 áreas (acceso, aprendizaje y participación). El nivel 1 es el más general, ya que está dirigido a toda la comunidad educativa y al entorno socio-comunitario; el nivel 2 se dirige a todo el alumnado de un grupo clase; el nivel 3 está enfocado al alumnado que requiere una respuesta diferenciada, individualmente o en grupo; y, por último, el nivel 4 está destinado al alumnado que requiere una respuesta personalizada e individualizada. Estos cuatro niveles se pueden dar en 3 áreas de respuesta educativa para la inclusión; por un lado, encontramos las medidas de acceso que están dirigidas a favorecer la accesibilidad física, cognitiva y sensorial al centro, las aulas, mobiliario y/o materiales, actividades, extraescolares, etc. También abarca el uso o no de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICS), de productos de apoyo, Sistemas Aumentativos y Alternativos de Comunicación (SAAC), coordinación con servicios educativos, agentes externos, entre otras. Las medidas de aprendizaje están orientadas a promover medidas organizativas, Colaboración: Terapia ocupacional en la escuela pública Valenciana. TOG (A Coruña) Vol. 22. Num 2. Nov. 2025. ISSN 1885-527X. www.revistatog.com 124 adecuación personalizada de las programaciones didácticas, metodologías facilitadoras de la inclusión, programa de estimulación del lenguaje oral, adecuación personalizada de las unidades didácticas de la programación común, adaptaciones curriculares, y programaciones personalizadas para la comunicación, autonomía personal, lectoescritura, etc. Por último, para favorecer la participación de todo el alumnado, las medidas de esta área promueven los patios inclusivos, comedores accesibles y participativos, acciones para fomentar la igualdad y la convivencia, canales bidireccionales de comunicación con la familia, tutorías personalizadas o entre iguales, programas de competencia emocional, programas específicos de la conducta, autorregulación y procesamiento sensorial entre otras muchas(4,7). Las UEO están organizadas a su vez en 6 ámbitos especializados: • Ámbito de Convivencia y Conducta y de Igualdad y Diversidad. • Ámbito de Trastorno del Espectro Autista. • Ámbito de Discapacidad Sensorial (auditivos y visuales). • Ámbito de Discapacidad Motriz. • Ámbito de Discapacidad Intelectual y Altas Capacidades Intelectuales. • Ámbito de Dificultades Específicas del Aprendizaje y Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad. Los equipos profesionales de los diferentes ámbitos de las UEO están compuestos por un equipo interdisciplinar formado por personal docente tales como profesionales de la orientación educativa, maestras/os de audición y lenguaje, maestras/os de pedagogía terapéutica y si procede, por otro tipo de profesorado. También están constituidos por personal no docente como profesionales de trabajo social y educación social, fisioterapeutas y terapeutas ocupacionales, así como otro personal no docente que la consellería competente en materia de educación considere5. Funciones de terapia ocupacional Las funciones de las personas profesionales de terapia ocupacional según la federación mundial de la terapia ocupacional(8) son: «permitir, apoyar y promover la completa participación y bienestar del estudiantado potenciando sus fortalezas y buscando soluciones, reduciendo o eliminando limitaciones en las actividades de aprendizaje y restricciones en la participación». Desde la perspectiva de la Terapia Ocupacional se entiende que las actividades más significativas para la persona son el motor de su vida y es, el rendimiento y la satisfacción personal en la ejecución de dichas tareas o, mejor dicho, en dichas ocupaciones, las que determinan la calidad de vida y el equilibrio ocupacional. En este sentido, el 4º Marco de trabajo de la Terapia Ocupacional(9) identifica una amplia gama de ocupaciones categorizadas en actividades de la vida diaria (AVD), actividades instrumentales de la vida diaria (AIVD), manejo de la salud, descanso y sueño, educación, trabajo, juego, ocio y participación social. Por último, la Asociación Americana de la Terapia Ocupacional (AOTA) indica que no deben centrarse únicamente en las habilidades del alumnado, sino en el diseño de las actividades y entornos para reducir las barreras a la participación. Además, señala, que las y los terapeutas ocupacionales deben abordar las actividades académicas tanto como el juego/ocio, participación social, habilidades de autocuidado y por supuesto, los momentos de transición de etapas educativas y acceso al mundo laboral. Para ello debe tener en cuenta al individuo como un todo indivisible, analizando, por tanto, cómo los aspectos físicos, cognitivos, psicosociales y sensoriales, repercuten en el desempeño de las actividades de la vida diaria(10). Así, las funciones de terapia ocupacional en las UEO de la consellería de educación de la Comunidad Valenciana, se concretan y especifican en la Resolución del 14 de noviembre de 2022, indicando en primer lugar que estas y estos profesionales se encargarán junto con el resto del equipo de las UEO, de identificar las barreras del entorno del alumnado. A demás, asesorarán sobre el perfil sensorial y estrategias en el área, sobre productos de apoyo y colaborarán con los equipos y departamentos de orientación educativa y profesional en las evaluaciones sociopsicopedagógicas. También darán orientaciones sobre las necesidades motoras, sensoriales y/o cognitivas del alumnado durante las tareas de higiene, cuidados básicos y hábitos de alimentación. Además, podrán elaborar instrumentos y materiales propios de la profesión, participar en estudios de investigación e innovación para la inclusión educativa promovidos por la dirección general, así como todas aquellas funciones propias de la Terapia Ocupacional y de las UEO. En este último punto, se pueden desarrollar programas de patios inclusivos individualizados y los programas de educación afectivo sexual, además de la evaluación y orientaciones sobre el equilibrio ocupacional del alumnado de secundaria(6). DISCUSIÓN Autora: Eltoro Blasco T. TOG (A Coruña) Vol. 22. Num 2. Nov. 2025. ISSN 1885-527X. www.revistatog.com 125 Entendiendo las virtudes del Decreto de Inclusión, conociendo el funcionamiento de las Unidades Especializadas de Orientación y los objetivos de intervención desde el área de terapia ocupacional, sería beneficioso hacer pequeñas reflexiones sobre el presente y el futuro de la profesión en la educación pública valenciana(4-6). Ubicación de las personas profesionales de la terapia ocupacional En primer lugar, invitamos a reflexionar, si la ubicación de la terapia ocupacional en las Unidades Especializada de Orientación es la más adecuada para generar la mejor respuesta educativa para la inclusión de todo el alumnado, o si la introducción de la figura en otros recursos podría ser más beneficiosa para las alumnas y los alumnos. Ya que, la presencia de la terapia ocupacional en las UEO permite que se lleve a cabo asesoramiento específico de esta área en cualquier caso que lo necesite, sin embargo, al no haber terapeutas ocupacionales en las plantillas de los centros, muchas de las medidas que se recomiendan por estas y estos profesionales, no pueden llevarse a cabo ante la ausencia de personal cualificado y especializado. De esta forma, surgen dos vías de actuación, por un lado, puede ocurrir que las recomendaciones realizadas por las y los terapeutas ocupacionales se realicen por cualquier profesional del equipo educativo sin estar cualificadas/os para ello, depositando sobre estas personas una responsabilidad que no les corresponde. Por otro lado, puede suceder que se acabe indicando a las familias la necesidad de que su hija/o debe recibir terapia ocupacional, derivando a un servicio externo a la escuela y privado, y por tanto, aquí ya no se dará la equidad que demanda el decreto, sino que sólo accederán al recurso el estudiantado de aquellas familias que lo consideren relevante y que además tengan los medios económicos para cubrir dicha necesidad. Generándose, por tanto, exclusión, desigualdad y vulnerabilidad. Con este análisis planteamos que la introducción de la figura profesional en las UEO es insuficiente si no están también en los centros educativos. En segundo lugar, tanto los centros de educación especial (CEE) como las unidades específicas de centros ordinarios (UECO) presenta alumnado con dificultades significativas para el aprendizaje, acceso y participación en la educación derivada de su discapacidad, y por ello, se torna evidente que esta población se vería beneficiada de contar con dicha profesión como recurso del centro donde acuden para mejorar sus posibilidades de aprendizaje, desarrollo, participación y satisfacción personal, o lo que es lo mismo, promovería a tener un mejor equilibrio ocupacional. Además, sería enriquecedor analizar el papel de la terapia ocupacional en los centros ordinarios con alumnado sin discapacidad pero que, debido a dificultades del aprendizaje, problemas socioemocionales o de salud mental entre otros, perdieran dicho equilibrio ocupacional, repercutiendo directamente en el alcance de los objetivos planteados por la educación inclusiva, pudiéndose verse beneficiados de la intervención desde terapia ocupacional. Un ejemplo de ello son las y los terapeutas ocupacionales estadounidenses que intervienen en las escuelas públicas para mejorar las habilidades lecto-escritoras de las niñas y de los niños. O el trabajo que hacen las personas profesionales de la terapia ocupacional del entorno clínico privado o concertado para abordar habilidades sociales, atencionales, de alimentación, entre otras.(11) Exclusión de alumnado sin discapacidad En la actualidad, el alumnado que no tenga un diagnóstico que implique discapacidad no podría beneficiarse del trabajo de las terapeutas ocupacionales, aunque presente características típicas de personas susceptibles de recibir terapia ocupacional(9). Asesoramiento sin contacto directo con el alumnado La intervención que llevan a cabo las personas profesionales de la terapia ocupacional se basa en el asesoramiento a otros profesionales y no se interviene con las alumnos y alumnos. Es evidente que aquí influyen aspectos ya mencionados como que estas y estos profesionales sean parte de los equipos de las UEO y no de los propios centros, ya que la mayoría de los profesionales de las UEO no intervienen de manera directa con el alumnado, sino que lo hacen a través del asesoramiento de las y los profesionales que trabajan en los centros educativos. Destrezas de alimentación Dentro del horario de los centros educativos se puede contar con uno o varios momentos de consumo de alimentos, por lo cual, es en este entorno donde se puede detectar fácilmente dificultades de alimentación en el estudiantado. Sin embargo, no existen protocolos de detección, intervención o derivación de alumnado cuando su nutrición está comprometida.(12) Limitaciones del estudio El poco tiempo que llevan las terapeutas ocupacionales en la Consellería de Educación de la Comunidad Colaboración: Terapia ocupacional en la escuela pública Valenciana. TOG (A Coruña) Vol. 22. Num 2. Nov. 2025. ISSN 1885-527X. www.revistatog.com 126 Valenciana, así como, la pobre representación profesional, ya que tan solo son 6 terapeutas ocupacionales. Líneas futuras de investigación Analizar la perspectiva que hay de la terapia ocupacional por parte de otras figuras profesionales que trabajan en los centros educativos. De esta manera se podría conocer qué cantidad de profesionales conocen la profesión, qué beneficios esperan y de qué manera consideran que podrían intervenir las y los terapeuta ocupacionales en los centros. También sería beneficioso describir propuestas de intervención en las diferentes modalidades educativas, es decir, qué funciones tendría la persona profesional de la terapia ocupacional en centros de educación especial, en las unidades educativas terapéuticas, en las unidades específicas de centros ordinarios, en centros ordinarios y en educación infantil de primer y segundo ciclo. Aplicabilidad práctica El presente trabajo es de vital importancia para ayudar a identificar en qué momento se encuentra nuestra profesión dentro del ámbito de la educación pública. Además, la publicación de este estudio, no sólo resulta de utilidad para el análisis del presente y del futuro de la figura en el ámbito educativo, sino que también, facilita a cualquier entidad pública interesada en la introducción de la figura de la terapia ocupacional en sus administraciones, disponer de dicha información. CONCLUSIONES La escuela, y en general la educación suele verse como uno de los canales más efectivos para paliar un problema grave de la sociedad. Si observamos, por ejemplo, que es necesaria una conducta más ecologista, diremos que es fundamental la educación. Si detectamos violencia machista, señalaremos que es imprescindible la educación. Si identificamos comportamientos racistas, afirmaremos que necesitamos educación, educación y más educación. La educación no es la solución para todos nuestros problemas como sociedad, pero sí un factor clave para caminar hacia el perfil de comunidad que deseamos y merecemos. Es muy posible que nosotras y nosotros sólo seamos las personas que generan esos cambios y no las protagonistas que los vivan. Y a la vez hemos de trabajar como antes lo hicieron otras y otro, gracias a las cuales hemos llegado hasta aquí. La terapia ocupacional, como profesión holística, ve a la persona como un todo, entendiendo a la vez sus diferentes partes. Ahora nos toca ver a la educación como usuaria o paciente, de nuevo entendiendo sus diferentes partes, pero viéndola como un todo. Así, una profesión como la nuestra, que tiene muchas formas de actuar, se podrá adaptar a las diferentes demandas o necesidades que tiene ahora mismo el sistema educativo. Nos encontramos en los primeros pasos, entendiendo que ha supuesto un laborioso trabajo de mucha gente estar aquí, pero que haber llegado sólo se debe a un factor; la terapia ocupacional beneficia. Por lo tanto, es necesaria para el alumnado de una escuela que pretende ser inclusiva. El trabajo que se está realizando ahora mismo en la escuela pública valenciana por parte de 6 terapeutas ocupacionales dentro de la normativa de las unidades especializadas de orientación es un logro y un avance de nuestra sociedad que nos permite analizar las ventajas de la actual forma de proceder, a la vez que nos permite identificar nuevas fórmulas de trabajo más efectivas para materializar dicha inclusión del alumnado. Debemos de sentir satisfacción de presenciar esta realidad tan solicitada por la comunidad educativa, sin dejar de entender que este no es el destino de la sociedad y por tanto, tampoco de la profesión, únicamente se trata de una de tantas paradas que nos quedan por hacer y que nos permitirán avanzar hacia allá donde debemos estar. AGRADECIMIENTOS Gracias a mi hija Carmen y a mi compañero de camino, Andreu. Por ser siempre un lugar seguro y lleno de amor. Gracias a todas las niñas y niños que he conocido como terapeuta, la infancia merece crecer en espacios llenos de respeto, dignidad y cariño. Gracias a la Consellería de Educación, que a pesar de las dificultades que conlleva una innovación como es, la introducción de una nueva figura profesional, ha asumido el reto y lo está desarrollando. Gracias al Colegio Oficial de terapeutas ocupacionales de la Comunidad Valenciana y a todos los colegios y asociaciones que trabajan de manera incansable para conseguir aumentar la calidad de vida de muchas personas, a través de la Terapia Ocupacional. Gracias a la Escuela Pública, la única que nos hace iguales y puede conseguir una verdadera inclusión. No existen conflictos de intereses. No he recibido apoyo financiero para el desarrollo de esta intervención. Autora: Eltoro Blasco T. TOG (A Coruña) Vol. 22. Num 2. Nov. 2025. ISSN 1885-527X. www.revistatog.com 127 DECLARACIÓN DE LA AUTORÍA La autora realizó la totalidad de las acciones descritas en el presente estudio. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS 1. Organización de las Naciones Unidas. Declaración Universal de Derechos Humanos. 1948. 2. España. Constitución Española. 1978. Artículo 27: Derecho a la educación. 3. España. Ley Orgánica de Mejora de la Ley Orgánica de Educación. 2020. Título II: Equidad en la Educación. 4. Comunitat Valenciana. Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell, por el que se desarrollan los principios de equidad e inclusión en el sistema educativo valenciano. 5. Comunitat Valenciana. Decreto 72/2021, de 21 de mayo, del Consell, de organización de la orientación educativa y profesional en el sistema educativo valenciano. 6. Comunitat Valenciana. Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Directora General de Inclusión Educativa, por la que se determinan las tareas del personal trabajador social, educador social y terapeuta ocupacional adscrito a las unidades especializadas de orientación. 7. Comunitat Valenciana. Orden 20/2019, de 30 de abril, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regula la organización de la respuesta educativa para la inclusión del alumnado en centros sostenidos con fondos públicos del sistema educativo valenciano. 8. World Federation of Occupational Therapists. Declaración de posicionamiento sobre la terapia ocupacional centrada en el usuario. World Federation of Occupational Therapists Bulletin . 2015; 71(1). 9. Occupational Therapy Practice Framework: Domain and Process-Fourth Edition. Am J Occup Ther. 2020 Aug 1;74(Supplement_2):7412410010p17412410010p87. doi: 10.5014/ajot.2020.74S2001. 10. American Occupational Therapy Association. Occupational Therapy: Living Life To Its Fullest . Bethesda (MD): AOTA; 2017. 11. Lynch H, Moore A, O’Connor D, Boyle B. Evidence for implementing tiered approaches in school-based occupational therapy in elementary schools: a scoping review. AOTA. 2023;77(1):1-11. 12. Reche L, Torres L, Compañ L, García M. The role of occupational therapy in managing food selectivity of children with autism spectrum disorder: a scoping review. Children (Basel). 2021;8(11):1024-1038. Derechos de persona autora