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LA PROTECCIÓN AMBIENTAL DEL MEDIO MARINO LITORAL Angel Luque Escalona Facultad de Ciencias del Mar 1982-2012
-Abrigan 2/3 de la población humana mundial. -Más de 50% de la biomasa marina se produce en las proximidades de la costa. - Más del 95% de la captura pesquera mundial se produce a menos de 320 Km del litoral. - Los 10 centros principales de endemismos de especies marinas se localizan sobre arrecifes de coral cercanos a la costa: en un 0,012% de la superficie de los océanos habitan cerca 50% de las especies bentónicas conocidas. Ambientes litorales
Urbanización: ocupacióndellitoralconobras marítimasqueinfluyenenelmediomarino. Eutrofización:causadaprincipalmenteporlos residuosindustrialesydomésticos. Sobrepesca: causadaprincipalmenteporuna políticapesqueracontroladaporlucros inmediatos Principales amenazas
Eutrofización Aumento de nutrientes en el agua, especialmente de los compuestos de nitrógeno y fósforo, que provoca un crecimiento acelerado de las algas y las especies vegetales superiores Si este enriquecimiento es excesivo se producirán efectos degradantes de la calidad del agua y…… la eutrofización se convertirá en una forma particular de contaminación.
N en la atmósfera fijación industrial FERTILIZANTES COSECHAS N (suelos Y agua) EUTROFIZACIÓN POBLACION desechos N en depósitos fósiles combustión NOx en atmósfera y agua precipitación atmosférica fijación biológica ECOLOGÍA: EUTROFIZACIÓN DEL MAR
¡ [)eSCGr 'gas de nitr' óge : no y fósfor,o' p,rocedentes de diversas actividades humanas en ' países del Nort ,. de Europa en ár , eas ribereñas del mar Bá ,ltieo ,durante el año 1989 . -, I 1 Fu. ' ntel Acti vidad I Nitrógeno FÓ :$,f,or'o 1 (to neladas 1 (tonel, adas 1 -- .. - -- 1 . . - - - " ,Agri, cu l tu l ra I 607 . 800 12.800 --- - --- - - - -- -- - - ,B' os :q_ ues _l _ ,silvic ,' ultura I 8,7.6001 3. 600 i I -- "" -- _. "" - Emisarios urbanos 214.6100 33 .. 700 Indust!rias 32.900 6.600 Acuicultura (prod' ucción .159 .',300 Tm , , de sa ,li món,) I 14.200 ' 2.400 De ' posieión t f " · sobre el I 448 .. 000 6,.700 ,Q, mos '! erlca mar - - - - - - --- -- -- .- --- -- ;' F' ijQc i' ón de l nitróg_ eno 134 . .. 000 -- ! T,OTAL I 1.539. ,1'00' 65 ,.800 Fuente,: I Enell y Acke' fors" 1' 992
Total de vertidos en Canarias 117.000 Tm de Materia Orgánica Aumento de los contenidos de N y P disueltos PROBLEMA= EUTROFIZACION
JlM 15 10 5 200 100 , , , , .,..' ~~---------., , .--- ,," , O~--~~--~-o~~--~--~~--~~ 1980 1850 75 •
PRODUCCION Y CONSUMO MUNDIAL DE FERTILIZANTES
2000
2000
2002
Marzo 2002 Mayo 2002
2006
2012
PROBLEMASDELAPESCA DESAPARICIÓNDECALADEROS INCREMENTODELAFLOTA SECTORDESORDENADO •NOHAYLONJAS=NOHAYCONTROL •POCAVIGILANCIAPESQUERA •SUBVENCIONADO MEJORADETECNOLOGIA CAMBIOENLOSVALORES INCREMENTODESMESURADODE CONSUMIDORES
Síntomasdelasobrepesca Sustituciónecológicadelasespeciessobre‐ explotadasporespeciescompetidoras. Pérdidasenlosstocksadultosyfallosenel reclutamiento. Desestabilizacióndelfondomarinoylasupresiónde lascomunidadesbentónicas,enelcasodelapesca dearrastre. Pérdidasdebiodiversidad. Alteracionesenlaestructuratróficadelas comunidadessobre‐explotadas. Unasobrepescacontinuadapuedecausarlaextinción delosrecursosydelaactividadpesquera.
Scheffer M., S. Carpenter and B. de Young. Cascading effects of overfishing marine systems. TRENDS in Ecology and Evolution Vol.20 No.11 November 2005
Otrasamenazas…. Lasderivadasdelcambioclimáticoglobal. Losprocesosdecontaminaciónpor hidrocarburosysustanciastóxicas derivadasdeltráficodebuquesenlas aguascanarias. Losvertidoscontaminantesproducidos poraccidentestantoenlacostacomo marinos.
Medidasdeprotección Enestacharlaconsideramoscomomedidasdeprotección todaaquellanormativaorientadahacialaconservación, recuperaciónymanejodeespaciosyespeciesdeformaque seregulenlasformasdeusoyexplotacióndecaraaun desarrollosostenible. Normativaen4nivelesdiferentes •Normativaeuropea •Normativadelestado •Normativaautonómica •Normativamunicipal. Desdeunpuntodevistaecológico •Proteccióndeespecies •Proteccióndeespacios
DIRECTIVA 2008/56/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de junio de 2008 por la que se establece un marco de acción comunitaria para la política del medio marino (Directiva marco sobre la estrategia marina)
Sistemas de protección del medio litoral - Plan Insular de Ordenación del Territorio - Espacios protegidos por la Ley de Espacios Naturales de Canarias. - Espacios protegidos por la normativa Europea. LIC Red “Natura 2000” - Reservas marinas de interés pesquero - Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental. Declaraciones de Impacto
PIOT:Gran Canaria dividida en dos grandes bloques. Bloque de conservación: Es el que va desde el Puerto de Mogan al Puerto de Agaete abarcando el Oeste de la Isla. Viene a ocupar mas del 25 % de su perímetro. Este litoral se encuentra prácticamente inalterado y la presión humana es casi inexistente. Orientación es la conservación estricta, sin proponer nada mas que medidas de protección del medio natural (sustitución de pistas por accesos peatonales, desaparición de aparcamientos e instalación de servicios de emergencia y sanitarios donde lo consideramos imprescindible).
Bloque de desarrollo sostenible La protección de los elementos naturales de valor como son las rasas intermareales y los acantilados que aun no hayan sido ocupados por el proceso urbanizador o de realización de obras marítimas, para lo cual los declaramos áreas de sensibilidad ecológica. La necesidad de protección de los espacios que tienen algún tipo de catalogación de interés ambiental, supeditando las propuestas de uso a los necesarios planes de manejo que se tienen que elaborar . Conservar el estado natural de las zonas con poco nivel de alteración proponiendo medidas como el establecimiento de zonas de reservas marinas y parques marinos, que consoliden e incluso mejoren el actual estado de conservación. Múltiples actuaciones de mejora y rehabilitación de litorales degradados y normas de utilización, gestión y conservación que mitiguen la gran intensidad de uso a que se ve sometida la costa.
ZONA A1.1L Litoral con muy alto valor natural ZONA A1.2L Marina con muy alto valor natural ZONA Ba.1L Litoral de alto valor natural y/o paisajistico ZONA Ba.3L Litoral de moderado interes natural y/o paisajistico. ZONA Bb.1L Litoral de menor valor natural ZONA Bb.2L Marina con menor valor natural Bb.2.1L. interés pesquero alto. Bb.2.2L interés pesquero medio. Bb.2.3L. interés pesquero bajo. ZONA C2L Litoral que albergan dotaciones, equipamientos e infraestructuras.
•IVHabitat/espaciodemanejodeespecies:Espacio orientadoprincipalmentealaconservaciónconunaactiva intervencióndelhombreenelmanejodelasespecies(vivero) •VPaisajeSubmarino(seascape)Protegido:Protecciónde áreasdondelainteracciónentrelaactividadhumanaylosvalores naturalespresentanunespecialvalorestético. • •VIÁreadeGestióndeUsosMúltiples:Áreasdondeselimita laexplotaciónparaprotegerlosrecursos,lossistemasecológicosy aquellassociedadesocomunidadesquevivenenarmoníaconla naturaleza. (CardiffUniversity yIUCN2002)
Superficie total del océano protegida como reserva marina Adaptado de Robert and Haukins (2000)
Ley12/1994,deEspaciosNaturalesde Canarias •“aquellosdelterritorioterrestreomarítimoque contenganelementososistemasnaturalesde especialinterésovalor” •Constituirunamuestrarepresentativadelos principalessistemasnaturalesydeloshábitats característicos,terrestresymarinos,del Archipiélago.
Ley12/1994,deEspaciosNaturalesdeCanarias •Albergarpoblacionesdeanimalesovegetalescatalogados comoespeciesamenazadas,altasconcentracionesde elementosendémicosoespeciesqueenvirtuddeconvenios internacionalesodisposicionesespecíficasrequieranuna protecciónespecial. •Contribuirsignificativamentealmantenimientodela biodiversidaddelArchipiélagoCanario. •Incluirzonasdeimportanciavitalparadeterminadasfasesde labiologíadelasespeciesanimales,talescomoáreasde reproducciónycría,refugiodeespeciesmigratoriasy análogas. •Constituirunhábitatúnicodeendemismoscanariosodonde sealberguelamayorpartedesusefectivospoblacionales.
•LaleydePescadeCanarias(Ley17/2003, de10deabril) “Medidasdeprotecciónyregeneracióndelosrecursos pesqueros” Reservasmarinasdeinteréspesquero. •Laszonasque,porsussingularescondiciones,precisende unamayorproteccióndecaráctergeneraleintegralparala regeneracióndelafaunayfloraconstitutivadelosrecursos pesqueros. •Enelámbitodelasreservasmarinaspodrándelimitarse áreasozonascondistintosnivelesdeprotección. •Enladeclaracióndeunareservamarinadeinteréspesquero sefijaránlosmediosnecesariosparagarantizarel cumplimientodelasmedidasqueseestablezcan..
Zonasdeacondicionamiento marino •Sepodrándeclararzonasdeacondicionamientomarinocon elfindefavorecerlaprotección,regeneraciónydesarrollode losrecursospesqueros.Enestaszonassepodránrealizar obrasoinstalacionesquefavorezcanestafinalidad. •Sonarrecifesartificialesunconjuntodemódulosoelementos dediferentesformasinstaladosenlosfondosdelaszonasde acondicionamientomarino,conlafinalidaddefavorecerla generación,atracción,concentración,desarrollooprotección delosrecursospesqueros. •Ladeclaracióndezonadeacondicionamientomarino….se estableceránlasmedidasdeproteccióndelazonarespectoal ejerciciooprohibición,ensucaso,delaactividadpesquera, asícomodecualquierotraactividadquepuedaperjudicar estafinalidad.
Informe de los estudios realizados en el área de Arguineguín (Oeste de Gran Canaria) para la evaluación del estado previo al establecimiento de una limitación de actividades pesqueras.
Zonasderepoblaciónmarina. ‐Podrándeclararsezonasdestinadasalaliberacióncontrolada deespecies,encualquierfasedesuciclovital,conelfinde favorecerlaregeneracióndeespeciesdeinteréspesquero. •Laintroduccióndeespeciesforáneasdecualquiertallayciclo vital,asícomodehuevos,esporasoindividuosdedichas especies,condestinoarepoblaciónosimpleinmersión, requerirápreviamentelarealizacióndeaquellosestudiose informesdecaráctercientíficoquegaranticensuidoneidade inocuidadrespectoalasespeciesdelmedio. •…sera necesariorecabarinformedelministeriocompetente enmateriadepesca,enrelaciónconlaincidenciadela declaraciónenlosrecursospesquerosdelasaguasexteriores.
Declaracióndezonasprotegidas.. •DecretodelGobiernodeCanarias,apropuestadela consejeríacompetenteenmateriadepesca •a)Delimitacióngeográficadeláreaprotegida. •b)Justificacióndeladeclaraciónydelcontenidodel régimendeprotecciónaplicable. •c)Vigenciayrevisióntemporaldeladeclaración. •d)Prohibicionesylimitacionesdelaactividadpesqueray marisquera,decaráctertemporalopermanente,totalo parcial,asícomodeotrasactividadesquepuedanincidir sobrelazonaprotegida. •Serápreceptivo…informeporlaconsejeríademedio ambienteyordenacióndelterritorioydelcabildoinsular. •Ladeclaraciónpodrácontenerotrasmedidas,respectodel áreaprotegidaysuentorno,defavorecimientodela regeneraciónydeproteccióndelosrecursosmarinos.
LAS RESERVAS MARINAS DE CANARIAS
TERMINOSDEREFERENCIA PRESENTACIÓNDEPROPUESTA •Cartografíatemática •Propuesta •VALORACIÓNDELÁREACOMORESERVAMARINA •Estadodeconservación •ImportanciaEcológica •Diversidaddeespecies •Diversidaddehábitat •Productividad •Presenciadeespeciesrarasoamenazadas •Tamaño •Importanciaeconómica •Imporanciasocialycultural •DELIMITACIÓN •Emplazamientozonasdevigilancia. •Elaboracióndeprenormativas. •Actividadesquepudieranafectaryqueseanecesarioregular.
LasReservas marinasde Canarias FUERTEVENTURA CORRALEJO‐LOBO
►NATURA 2000 La red de espacios naturales europea para la conservación de los hábitats naturales y de las especies en el marco de un desarrollo sostenible. Es una red ecológica europea coherente, formada por las zonas especiales de conservación (LIC) y por las zonas de especial protección para las aves (ZEPA). Lo que pretende la Directiva es fomentar la ordenación del territorio, la gestión de los elementos del paisaje que revisten importancia para la flora y la fauna silvestres, así como garantizar la aplicación de un sistema de vigilancia del estado de conservación de los hábitats naturales y de las especies.
Con fecha 9 enero de 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) la Decisión 2002/11/CE de la Comisión, de 28 de diciembre, por la que se aprobaba la lista de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) de la Región biogeográfica Macaronésica de la Red Natura 2000, dando con ello cumplimiento, a lo requerido por la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.
Orden ARM/3521/2009, de 23 de diciembre, por la que se declaran zonas especiales de conservación los lugares de importancia comunitaria marinos y marítimo terrestres de la región Macaronésica de la Red Natura 2000 aprobados por las Decisiones 2002/11/CE de la Comisión, de 28 de diciembre de 2001 y 2008/95/CE de la Comisión, de 25 de enero de 2008. (Vigente hasta el 15 de septiembre de 2011) 7 3 2 5 2 2 1 176.000 Ha
Reservas de la Biosfera 10 0 O
PROTECCIÓNAMBIENTAL PROTECCIÓNDEESPECIES
Proteccióndeespeciesexplotadas Secontabilizanuntotalde144especiesmarinas explotadasenCanarias •13sonmoluscos •9soncrustáceos •122sonpecestantoelasmobranquioscomo teleósteos
Limitacionespesqueras REALDECRETO2200/1986,de19deseptiembre,de regulacióndeartesymodalidadesdepescaenlasaguas delcaladerocanario. •Seprohibe •lapescadearrastre, •lapescaconartesdeenmalle •cerrarbahías,ensenadas,caletones,etc.,, •Sepermitedeformatransitorialaprácticadelapescacon nasa, •unaluzdemallamínimade31,6milímetros •laprofundidadmínimaparafondearnasasesde18 metros.
LEY 4/2010, de 4 de junio, del Catálogo Canario de Especies Protegidas. Los taxones susceptibles de incluirse en este Catálogo serán, en todo caso, aquéllos previamente registrados en el Banco de Datos de Biodiversidad de Canarias y que tengan la consideración de ser silvestres y nativos. Quedan excluidas de la catalogación las especies exóticas, las que no hayan sido científicamente descritas y las poblaciones híbridas.
Proteccióndeespecies 1)ESPECIESAMENAZADAS a) Especies“enpeligrodeextinción”,queserán,apartede aquellasconpresenciasignificativaenCanariasyasí calificadasporelCatálogoEspañoldeEspecies Amenazadas,constituidasportaxonesopoblacionescuya supervivenciaespocoprobablesilosfactorescausalesdesu actualsituaciónsiguenactuando. b) Especies“vulnerables”,queseránaquéllasconpresencia significativaenCanarias,constituidasportaxoneso poblacionesquecorrenelriesgodepasaralacategoría anterior,enunfuturoinmediato,silosfactoresadversos queactúansobreellosnosoncorregidos,obienporque seansensiblesalaalteracióndesuhábitat,debidoaquesu hábitatcaracterísticoestéparticularmenteamenazado,en graveregresión,fraccionadoomuylimitado.
2) ESPECIES DE “INTERÉS PARALOS ECOSISTEMAS CANARIOS”. Son aquellas que, sin estar en ninguna de las dos situaciones de amenaza del apartado anterior, sean merecedoras de atención particular por su importancia ecológica en espacios de la Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos o de la Red Natura 2000. 3) ESPECIES DE “PROTECCIÓN ESPECIAL”. Las especies silvestres de “protección especial” son aquellas que sin estar en ninguna de las dos situaciones de amenaza, ni ser merecedoras de atención particular por su importancia ecológica en espacios de la Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos o de la Red Natura 2000, sean merecedoras de atención especial en cualquier parte del territorio de la Comunidad Autónoma en función de su valor científico, ecológico, cultural o por su singularidad o rareza.
a)Planderecuperaciónparalasincluidasenla categoría"enpeligrodeextinción",enelquese definanlasmedidasnecesariasparaeliminartal peligrodeextinción. b)Plandeconservacióndelhábitatparalasincluidas enlacategoría"sensiblesalaalteracióndel hábitat". c)Plandeconservaciónparalasincluidasenla categoría"vulnerables"y,ensucaso,laprotección desuhábitat. d)Plandemanejoparalasincluidasenlacategoría "deinterésespecial",quedeterminelasmedidas necesariasparamantenerlaspoblacionesenun niveladecuado.
a) Análisis de la situación actual: situación de la especie, distribución, estado de las poblaciones, estado de conservación de su hábitat y amenazas. b) Medidas de conservación: establecimiento de objetivos, medidasdirectasdeproteccióndelaespecie,medidasde restauración o conservación de su hábitat, ámbito geográfico de aplicación, desarrollo de programas de investigación y educativos. c) Programas de actuación: calendario y fases de ejecución, relación con otras administraciones, establecimiento de acuerdos y convenios, medidas legales. d) Programa de seguimiento: medidas de control del cumplimiento del plan y de sus objetivos. e) Evaluación económica del plan. f) Igualmente podrán incorporar a su contenido, las determinaciones de los instrumentos de ordenación de los espacios naturales
Otras medidas de protección ambiental ►Normativa de vertidos (todos los niveles) ►Convenio MARPOL ►Normativa para los estudios de evaluación de impacto ambiental ►Programas de seguimiento de obras ►Planes municipales ►Etc…
A TODOS FELICIDADES POR EL CUMPLEAÑOS MUCHAS GRACIAS