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Fundamentos de la ordenación territorial en Andalucía. Desde sus orígnes hasta la aprobación del POTA

Tomás Medina, Carmen De

Abstract

La aprobación de la Constitución Española de 1978, supuso la asignación de las competencias en materia de ordenación territorial a las Comunidades Autónomas, lo que propició entre los objetivos más inmediatos de las mismas, el establecimiento de un marco normativo que regulase tan difícil actividad. En Andalucía la ordenación territorial quedó regulada con la aprobación en 1994, de la ley de ordenación del territorio Andaluz, texto que procuraba el establecimiento de una conformación física del territorio acorde con las necesidades de la sociedad. No obstante no se definió un modelo territorial para la Comunidad hasta el año 2006, cuando se aprobó el Plan de Ordenación del Territorio Andaluz. Sin embargo, antes de la aprobación de la ley, y durante ese difícil periodo de transición surgido tras la aprobación de la Carta Magna, se llevaron a cabo una serie de experiencias de ámbito regional y subregional que influyeron decisivamente tanto en el texto legislativo aprobado, como en el proceso de planificación territorial desarrollado a posteriori, experiencias que constituyeron los fundamentos territoriales sobre los que se erigió el modelo. Esta investigación tiene como propósito acercarse al conocimiento de estos documentos para estudiar sus principales aportaciones y analizar el modo en que fueron asumidas por el Plan de Ordenación del Territorio Andaluz e integradas como parte fundamental de su modelo de ordenación, con el objeto de subrayarlos como los instrumentos sobre los que se fraguaron los fundamentos de la ordenación del territorio Andaluz.

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70 CAPÍTULO III FUNDAMENTOS DE LA ORDENACIÓN TERRITORIAL EN ANDALUCÍA DESDE SUS ORÍGENES HASTA LA APROBACIÓN DEL POTA Carmen de Tomás Medina. Arquitecta, Doctora por la Universidad de Sevilla. Profesora del Departamento de Urbanística y Ordenación del Territorio de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura. Universidad de Sevilla, España. Carmen de Tomás Medina 71 Visiones territoriales del mundo. Un acercamiento a la experiencia práctica de la Ordenación territorial en Andalucía BREVE RESEÑA CURRICULAR Arquitecta, Doctora por la Universidad de Sevilla. Ha desarrollado su carrera compaginando el ejercicio de la profesión con una intensa actividad docente e investigadora como profesora del Departamento de Urbanística y Ordenación del Territorio de la Universidad de Sevilla y como miembro del grupo de investigación HUM-710, Ciudad, Paisaje y Territorio de la misma Universidad. Ligada desde sus inicios al urbanismo y con un estrecho contacto con la Administración pública, ha sido redactora de instrumentos de planeamiento, arquitecta municipal, arquitecta de la Empresa Pública del Suelo de Andalucía, arquitecta del servicio de planeamiento de la Dirección general de Urbanismo de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio y asesora técnica de la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía. Profesora Asociada del Departamento de Urbanística y Ordenación del Territorio de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de la Universidad de Sevilla desde el año 2008. Su labor como docente se ha retroalimentado de su experiencia práctica y se ha focalizado en asignaturas de planeamiento e historia del urbanismo, materias que ha impartido en diferentes cursos del grado en Arquitectura y del Máster de Urbanismo, Planeamiento y Diseño Urbano impartido por el Departamento de Urbanística y Ordenación del Territorio de la Universidad de Sevilla. Con una activa trayectoria investigadora, destaca por contar con publicaciones científicas en revistas de reconocido prestigio de carácter nacional e internacional, por ser conferenciante invitada en universidades nacionales y en congresos nacionales e internacionales, por su participación en proyectos de investigación, y por ser miembro de comités científicos de revistas especializadas en urbanismo, así como por organizar y dirigir jornadas de urbanismo y ordenación del territorio de carácter internacional. Fundamentos de la ordenación territorial en Andalucía. Desde sus orígenes hasta la aprobación del POTA 72 RESUMEN La aprobación de la Constitución Española de 1978, supuso la asignación de las competencias en materia de ordenación territorial a las Comunidades Autónomas, lo que propició entre los objetivos más inmediatos de las mismas, el establecimiento de un marco normativo que regulase tan difícil actividad. En Andalucía la ordenación territorial quedó regulada con la aprobación en 1994, de la ley de ordenación del territorio Andaluz, texto que procuraba el establecimiento de una conformación física del territorio acorde con las necesidades de la sociedad. No obstante no se definió un modelo territorial para la Comunidad hasta el año 2006, cuando se aprobó el Plan de Ordenación del Territorio Andaluz. Sin embargo, antes de la aprobación de la ley, y durante ese difícil periodo de transición surgido tras la aprobación de la Carta Magna, se llevaron a cabo una serie de experiencias de ámbito regional y subregional que influyeron decisivamente tanto en el texto legislativo aprobado, como en el proceso de planificación territorial desarrollado a posteriori, experiencias que constituyeron los fundamentos territoriales sobre los que se erigió el modelo. Esta investigación tiene como propósito acercarse al conocimiento de estos documentos para estudiar sus principales aportaciones y analizar el modo en que fueron asumidas por el Plan de Ordenación del Territorio Andaluz e integradas como parte fundamental de su modelo de ordenación, con el objeto de subrayarlos como los instrumentos sobre los que se fraguaron los fundamentos de la ordenación del territorio Andaluz. ABSTRACT The approval of the Spanish Constitution of 1978, supposed the assignment of the competences in territorial planning to the Autonomous Communities, which led among the most immediate objectives of the same, the establishment of a regulatory framework that regulated such difficult activity. In Andalusia, the territorial ordinance was regulated with the approval in 1994 of the law for the ordination of the Andalusian PALABRAS CLAVE ● Ordenación del territorio ● Orígenes ● Andalucía ● Planeamiento territorial ● Fundamentos KEYWORDS ● Territorial organization ● Origins ● Andalusia ● Territorial planning ● Foundations Carmen de Tomás Medina 73 Visiones territoriales del mundo. Un acercamiento a la experiencia práctica de la Ordenación territorial en Andalucía territory, a text that sought the establishment of a physical conformation of the territory according to the needs of society. However, a territorial model for the Community was not defined until 2006, when the Andalusian Territory Ordinance Plan was approved. However, before the approval of the law, and during that difficult period of transition that arose after the approval of the Magna Carta, a series of regional and subregional experiences were carried out that decisively influenced both the approved legislative text, as in the territorial planning process developed a posteriori, experiences that constituted the territorial foundations on which the model was built. This research aims to get closer to the knowledge of these documents to study their main contributions and analyze how they were assumed by the Andalusian Territory Planning Plan and integrated as a fundamental part of their management model, with the aim of highlighting them as instruments on which the foundations of the management of the Andalusian territory were forged. 1.INTRODUCCIÓN A principios del siglo XX los urbanistas españoles Rubió y Tudurí plantearon en el artículo “La cuestión fundamental del urbanismo” publicado en una revista catalana, una propuesta de articulación de la ciudad recurriendo al entorno territorial. El texto asumía casi en su totalidad lo que los urbanistas ingleses llamaban Regional Planning, entre cuyas premisas se subrayaba la necesidad de considerar las relaciones de la ciudad con el territorio, en el proceso de planificación urbanística (Rubió, 1926). Se podría decir que el artículo sentó un precedente en la ordenación territorial de nuestro País, aunque la consideración que en el se hacía no era ni mucho menos novedosa, pues la idea de recurrir al territorio para solucionar los problemas urbanos surgió aproximadamente un siglo antes en Inglaterra y como alternativa a la caótica situación desencadenada tras el estallido de la Revolución Industrial. Lo cierto es que muchas de las cuestiones descritas en el artículo fueron íntegramente asumidas por la Generalitat en su plan de distribución de zonas de 1932, donde se trato de describir y calificar las zonas del territorio Catalán en las que debía de llevarse a cabo diferentes actividades económicas, y se habló de equilibrios territoriales gracias a las infraestructuras y a una redistribución equilibrada de los equipamientos. La experiencia territorial fue tan beneficiosa para el desarrollo de las ciudades catalanas, que tanto el Plan Nacional de Urbanismo, como los planes provinciales, comarcales y metropolitanos que se Fundamentos de la ordenación territorial en Andalucía. Desde sus orígenes hasta la aprobación del POTA 74 desarrollaron posteriormente en nuestro País hasta la década de los setenta, las utilizaron como base en sus esquemas de ordenación. Sin embargo el modo de proceder cambió con la aprobación de la Constitución Española y con ella la delegación de competencias en materia de ordenación territorial a las Comunidades Autónomas, pues se planteó la necesidad de establecer un marco normativo autonómico que regulase dicha ordenación. Ordenación que tal y como se especificaría en cada ley, se materializaría definitivamente con la aprobación del planeamiento territorial. En Andalucía el marco normativo quedó establecido con la aprobación de la ley 1/1994 de Ordenación del Territorio de Andalucía 10 , y materializado con la aprobación del Plan de Ordenación del Territorio Andaluz 11 en el año 2006. No obstante, antes de la aprobación de la ley, y durante ese difícil y extenso periodo de transición surgido tras la aprobación de la Carta Magna, se llevaron a cabo una serie de experiencias de ámbito regional y subregional que influyeron decisivamente, tanto en el texto legislativo aprobado, como en el proceso de planificación territorial desarrollado a posteriori, y que constituyeron los fundamentos territoriales sobre los que se erigió la ordenación territorial Andaluza. Así pues, el propósito de esta investigación es acercarse al conocimiento de estos documentos, señalar sus principales aportaciones a la ordenación territorial y subrayar la manera en que fueron asumidas en el texto legislativo e integradas en el modelo de ordenación propuesto por el Plan de Ordenación del Territorio Andaluz, en adelante POTA, con el objeto de demostrar que constituyen los fundamentos de la ordenación territorial andaluza. 2.LOS ORÍGENES DE LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO El invento de la máquina de vapor marcó, como tradicionalmente se ha considerado, el inicio de la revolución industrial, pues dejó en un segundo plano la necesidad de que la industria se ubicase al lado de una fuente hidráhulica para producir energía y posibilitó su disposición en cualquier parte del territorio, lo que provocó el traslado de la industria a la ciudad y con ella un fuerte movimiento migratorio de la población. El hecho de que el ferrocarril y la industria pudiesen llegar hasta la traza urbana distorsionó los viejos tejidos medievales, estranguló la circulación, y generó la densificación, polución y hacinamiento de la población en la urbe, ocasionando graves problemas urbanos (Benévolo, 1990). Ante estas circunstancias no tardaron en aparecer diferentes corrientes de pensamiento para ofrecer nuevas alternativas urbanas a la ciudad tradicional. Alternativas que, cimentadas en doctrinas de reforma social, o en cuestiones pragmáticas o formales llegaban a una misma conclusión: era necesario recurrir al territorio circundante para solucionar los problemas generados en la ciudad con motivo de la Revolución Industrial. 10 Ley 1/1994, de 11 de enero de Ordenación del Territorio de Andalucía. 11 Decreto 206/2006 de 28 de Noviembre. Carmen de Tomás Medina 75 Visiones territoriales del mundo. Un acercamiento a la experiencia práctica de la Ordenación territorial en Andalucía Robert Owen fue de los primeros en materializar este pensamiento proponiendo como solución a la situación desencadenada, la fundación de comunidades espaciales dispersas en el territorio. Comunidades que negaban la ciudad tradicional y aportaban un nuevo modelo urbano fundamentado en una reforma social. Considerado el referente del socialismo utópico 12 , Owen consiguió con su trabajo en la gestión de New Lannark (1799) en Escocia y con la fundación de New Harmony (1824) en Indiana, sentar las bases del movimiento cooperativista a partir del levantamiento una comunidad modelo, que siendo autosuficiente, estando basada en principios comunitarios y en la agricultura como principal fuente económica; con su implantación en el territorio y su morfología de paralelogramo 13 pretendía superar la barrera entre el campo y la ciudad (de Tomás, 2017). A mediados del SXIX, tras la derrota de los levantamientos socialistas y el triunfo de la burguesía, surgió en París un nuevo modelo urbano que caracterizado por su pragmatismo también proponía recurrir al territorio para solucionar los problemas desencadenados en la ciudad con motivo de la Revolución Industrial: El Ensanche de Haussman 14 (1848). El nuevo tejido urbano no rechazaba la ciudad tradicional, y al contrario de lo descrito en líneas anteriores buscaba su conexión e integración en la misma. La pieza propuesta se conectó perfectamente con la vieja ciudad de París a partir de un cuidado sistema viario que actuó como directriz de la nueva traza reticular levantada en el territorio circundante, y con cuya geometría garantizaba además, la isotropía del terreno, el espíritu utilitario, y la igualdad de los ciudadanos (De Tomás, 2017). Tras los resultados obtenidos muchas ciudades de Europa 15 y América se animaron a construir sus propios ensanches. El recurso al territorio ante el estrangulamiento de la nueva ciudad industrializada fue una premisa común de las primeras alternativas propuestas para solucionar los problemas desvelados en la antigua ciudad medieval. Sin embargo, no fue hasta 1890 cuando Ebenezer Howard definió realmente una “estructura urbano-territorial” que conseguía integrar la ciudad en el territorio y entrelazarlo con él. No obstante, bien es cierto que Arturo Soria en 1882, anticipándose a las reflexiones de Howard marcó el inicio de la evolución conceptual, aludiendo a la forma de la ciudad como principal responsable de los problemas y señalando la necesidad de crear un nuevo espacio urbano basado en el encuentro de la ciudad y la naturaleza (Terán, 1996), propuso la ciudad lineal 16 . 12 Corriente de pensamiento sugida a raiz de los problemas desencadenados por la revolución industrial. Negaban la ciudad tradional; defendían modelos urbanos utópicos integrados en el territorio y basados en el cooperativismo y buscaban una reforma de la sociedad. A la obra de Owen hay que sumar las interesantes porpuestas de Fourier y Godin. 13 Owen adoptó como modelo urbano “el cuadrilátero”. Era un modelo utópico desarrollado en torno a una plaza que se cerraba con edificios construyendo un paralelograma. Tres de los lados se destinaban a las viviendas de los adultor y el cuarto a las de los niños. 14 El ensanche que Haussman propuso para París se convirtió en el paradigma de todos los ensanches que se realizaron a posteriori. Consiguió convertir la antigua ciudad medieval de París, en la ciudad más moderna del mundo. 15 Barcelona en 1858 y Madrid en 1860 fueron algunos de los brillantes ejemplos españoles. 16 La ciudad lineal fue la solución lógica que encontró Soria para los problemas existentes en la ciudad. Fue una ciudad proyectada y levantada en el territorio circundante de Madrid, cuyo tejido urbano se desarrollaba en torno a un eje principal que contenía las infraestructuras básicas para el funcionamiento de la ciudad. Fundamentos de la ordenación territorial en Andalucía. Desde sus orígenes hasta la aprobación del POTA 76 Figura 1:Diagrama de la ciudad Jardín de Ebenezed Howard, Fuente: HOWARD, Eduard (1898), Tomorow: A peaceful path ti real reform. Editado a partir de 1902 como Garden Cities of Tomorrow (traducido Las ciudades jardín del mañana. Barcelona, Gustavo Gili, 1972). Los estudios de Howard 17 subrayaron el crecimiento incontrolado de las ciudades como la causa de sus problemas y plantearon como solución la construcción de una ciudad estática: la ciudad jardín. La ciudad jardín se conformaba a partir de una estructura radioconcéntrica articulada por una ciudad central cuyo crecimiento se detenía por un gran anillo verde, así como por una serie de ciudades satélites unidas radialmente a la principal y coronadas, también, por sendos anillos verdes (Howard, 1898, ed 1972). Con su esquema estaba proponiendo en realidad un sistema polinuclear, descentralizado y que recurría al territorio para detener el crecimiento, estaba definiendo un esquema de vertebración urbano-territorial (Figura 1). Por esto, y como diría en 1998 Peter Hall, la ciudad jardín “no debe de entenderse como una ciudad aislada, sino como una ciudad integrada en un sistema policéntrico de ciudades” (Hall, 1998). 17 En su libro “Tomorow: A peaceful path ti real reform” publicadon en Inglaterra, subrayó la necesidad de conseguir un nuevo marco social que liberase a la sociedad de la explotación y del hacinamiento. Propuso una ciudad estática e integrada en el territorio: la ciudad jardín. Carmen de Tomás Medina 77 Visiones territoriales del mundo. Un acercamiento a la experiencia práctica de la Ordenación territorial en Andalucía Howard definió por primera vez lo que podría considerarse una estructura urbano-territorial con su proyecto de ciudad jardín, aunque realmente fueron el escocés Geddes y el norteamericano Mumford quienes, a principios del siglo XX, dieron el paso definitivo en la constitución de los cimientos de la ordenación territorial subrayando la importancia de integrar la ciudad en el territorio de una manera instrumentalizada, y poniendo en valor la planificación territorial y urbanística. Geddes afirmaba que el objeto de la planificación urbanística debía de ser tanto la ciudad como el territorio que la circundaba, y que el fenómeno de la conurbación implicaba que no era posible entender la ciudad sin considerarla formando parte de un territorio más amplio (Geddes, 1915). Mumford por su parte subrayaba que “el mantenimiento del marco regional, era de importancia fundamental para la cultura de las ciudades, y allí donde este marco se veía afeado, mutilado o destruido, necesariamente se seguía la decadencia de la ciudad, pues la relación era simbiótica” (Mumford, 2012). Ambos resaltaron la importancia de la planificación integrada entre la ciudad y el territorio y desvelaron cuestiones fundamentales que más tardes fueron asumidas por el conocido “Regional planning” 18 nacido en Reino Unido y extendido a países como Alemania, Estados Unidos o España. Figura 2:Propuesta del Plan de Abercombrie para Londres, Fuente: ABERCOMBRIE. P (1933), Town and Country Planning. Londres, Oxford University Press, 1961. 18 Término acuñado para definir la ordenación territorial. Fundamentos de la ordenación territorial en Andalucía. Desde sus orígenes hasta la aprobación del POTA 78 El regional planning tenía como objeto, tal y como subrayó Adams en 1928 planificar el territorio para asegurar el bienestar de sus habitantes y englobaba los esquemas de planificación desarrollados en Inglaterra. La cuestión fundamental de estos esquemas era el uso del suelo, el cual debía de plantearse siempre según fuese más beneficioso para la región. En este sentido se señalaba como de total importancia la reserva de suelo para el trazado de las vías principales y para la construcción de espacios libres (Benabent, 2006). Desarrollando estas premisas se elaboraron conocidísimos documentos de planeamiento para las ciudades de Bristol, Bath ó Londres 19 (figura 2), entre otras. Documentos donde se fijaron las pautas que materializaron los principios de la ordenación territorial, fraguando sus cimientos y desvelando además, conceptos tan importantes como la zonificación, la descentralización o la polinuclearidad. Figura 3:Plan de distribución de zonas del territorio Catalán. Esquema regional, Fuente: RIBAS PIERA, M (1995), Nicolau m. Rubió y Tudurí el planejament regional. Barcelona: Institut d´estudis Metropolitans de Barcelona y Editorial Alta Fulla. 19 Especial mención merece el Plan que realizó Abercombrie para Londres, el cual basándose en las reflexiones de Howard, estableció un modelo de crecimiento para la conurbación inglesa que apostaba por la descentralización, la zonificación y el recurso al territorio. Peter Hall lo describió en 1975 como el plan que comprendía la expresión práctica de la planificación regional de Geddes y las unidades urbanas autosuficientes propuestas por Howard. Carmen de Tomás Medina 85 Visiones territoriales del mundo. Un acercamiento a la experiencia práctica de la Ordenación territorial en Andalucía Comunidad Autónoma Andaluza, y se convirtió en el marco de referencia territorial para los demás planes en general (Consejería de obras públicas y transportes, 2007). Se elaboró conforme a lo dispuesto en la ley 1/1994, y se fundamentó en el desarrollo del documento de Bases y Estrategias aprobado en 1999, aunque mejoró considerablemente sus propuestas y estableció definitivamente el modelo territorial de Andalucía (figura 6) ofreciendo un esquema de ordenación del territorio según los objetivos y necesidades de la Comunidad. En este sentido se subsanaron muchos de los errores desvelados, estableciendo un sistema de ciudades jerarquizado según las diferentes escalas y tipologías de redes de ciudades, así como por sus diferentes funciones y dotaciones; definiendo sistemas de articulación entre las distintas ciudades y dominios y unidades territoriales en función de las condiciones físiconaturales y de los aprovechamientos socieconómicos. 4.CONCLUSIONES Llegado este momento, y tras el estudio realizado se puede afirmar que los orígenes y fundamentos de la ordenación territorial andaluza se fraguaron a partir de la experiencia territorial acumulada en los documentos de planeamiento aprobados en la Comunidad Autónoma, durante el periodo transcurrido tras la asunción de las competencias en materia de ordenación territorial, la aprobación del marco normativo de referencia para la regulación de dicha ordenación: la ley 1/1994 de Ordenación del Territorio de Andalucía y la aprobación del Plan de Ordenación del Territorio Andaluz, con el que quedó materializada la propuesta de ordenación. Así pues a escala regional, el documento de Bases para un programa territorial de Andalucía del 76 planteó algunos de los conceptos fundamentales asumidos posteriormente en el modelo de ordenación territorial andaluz, como la importancia de la selección de núcleos urbanos para sustentar propuestas de desarrollo y la dirección de los ejes territoriales de crecimiento. La propuesta de comarcalización del 83 planteó una división territorial de la región en ámbitos funcionales y núcleos urbanos para conseguir una distribución equilibrada de los equipamientos y dotaciones de la ciudad. Sirviendo de fundamento años mas tarde, para la organización del sistema de ciudades de Andalucía, sobre el que se sustentó el primer plan de carreteras aprobado en el 86. Y el documento de Bases aprobado en los 90 fue el que haciéndose eco de todo lo descrito terminó constituyéndose en el primer documento que logró ofrecer una ordenación territorial de la región. Asumió el sistema de ciudades propuesto por la propuesta de comarcalización, las directrices del plan de carreteras aprobado en el 86 y propuso la división del territorio en unidades territoriales para procurar su perfecta articulación. Además subrayó la importancia de estudiar aspectos poblacionales, socioeconómicos y ambientales para un buen entendimiento territorial, y propuso dos nuevas fases en el estudio territorial: el diagnóstico y la propuesta. Las directrices aportadas en este documento también subyacen en el definitivo Plan de Ordenación del Territorio Andaluz. Fundamentos de la ordenación territorial en Andalucía. Desde sus orígenes hasta la aprobación del POTA 86 De igual forma en el ámbito subregional muchos de los planteamientos de los Planes Especiales del Medio Físico redactados desde mediados de los 70, el Plan Director de Coordinación de Doñana y su entorno del 88, así como el documento de Bases para la Coordinación del Planeamiento Urbanístico de la Bahía de Cádiz de los 80 y las Directrices del Área metropolitana de Sevilla de los 90, fueron asumidos íntegramente por la legislación y el planeamiento territorial. En cambio no sucedió lo mismo con las Directrices del Litoral aprobadas en 1990, pues si bien aportaron cuestiones significativas no fueron integradas en la legislación, lo que ha provocado que tuviesen un bajo grado de cumplimiento. La codificación de los recursos y valores naturales de Andalucía, así como el establecimiento de redes territoriales de espacios de interés natural realizada en los Planes Especiales de Protección del Medio Físico, fueron la base para la creación del inventario de espacios naturales protegidos del 89 y la esencia del sistema regional de protección de los recursos naturales que años más tarde propuso el POTA. Y la defensa del sistema polinuclear frente al tejido continuo y conurbado como medio para mantener la identidad de las ciudades, así como la propuesta de una distribución equilibrada de dotaciones y equipamientos, recogidas en el documento de Bases de la Bahía de Cádiz quedó reflejada en la vertebración territorial propuesta por el planeamiento andaluz, donde también se esbozaron muchas de las cuestiones definidas en el documento de directrices del Área Metropolitana de Sevilla. Sin embargo, y en contra de lo que pudiera parecer, el Documento de bases y estrategias del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía redactado en el 99 como el avance del futuro plan territorial del 2006 fue el que más se alejó de los planteamientos definitivos del mismo pues no consiguió proponer un modelo regional integrado. El modelo se elaboró construyendo un sistema de asentamientos y de articulación a partir del tamaño de las ciudades, estableciendo jerarquías tipológicas y dejando en un segundo plano la importancia de sus funciones. Además la división del territorio en unidades territoriales se hizo exclusivamente en función de los soportes “visibles”, es decir los físicos, ecológicos y culturales. Como consecuencia no se propusieron redes que aseguraran las relaciones funcionales y se limitó la sostenibilidad de los recursos a las características físicas del territorio olvidándose completamente de las actividades productivas. No obstante, el hecho de que muchas de sus determinaciones fueran cuestionadas provocó su revisión, y finalmente una nueva definición de las mismas, en el Plan Territorial Andaluz. En definitiva, el estudio de los diferentes documentos de ámbito regional y subregional elaborados para Andalucía tras la aprobación de la Carta Magna y la elaboración del marco normativo e instrumental que se ocuparía de su ordenación territorial, ha puesto de manifiesto que los fundamentos territoriales que subyacen en la legislación y en el planeamiento territorial de la Comunidad Autónoma se fraguaron en muchos de estos documentos, por lo que se podría decir que ellos constituyen, sin duda alguna, los cimientos de la ordenación territorial Andaluza. Carmen de Tomás Medina 87 Visiones territoriales del mundo. Un acercamiento a la experiencia práctica de la Ordenación territorial en Andalucía BIBLIOGRAFÍA ABERCOMBRIE. P (1933), Town and Country Planning. Londres. Oxford University Press, 1961. BENABENT, CLUSA, FERIA, VEGA (1986), Estudio del sistema de ciudades. Junta de Andalucía Consejería de Política Territorial, 2 volumenes. BENABENT FERNANDEZ DE CÓRDOBA, Manuel (2006), La Ordenación del Territorio en España. Sevilla: Universidad de Sevilla. BENÉVOLO, L. (1990), Historia de la arquitectura moderna. Barcelona: Editorial Gustavo Gili, S.A. DE TOMÁS, Carmen (2017), “El método histórico como fundamental para la aproximación al conocimiento de la ciudad”. En Los nuevos crecimientos urbanos. Teoría y práctica de la Ordenación Urbanística en Andalucía. DÍAZ QUIDIELLO, Joaquín (2009), Atlas de la historia del territorio de Andalucía. Sevilla: Instituto de Cartografía de Andalucía. Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía. FALUDI, A y WATERHOUT, B. (2002), The making of European Spatial Development Perspective. No Masterplan. Londres: Routledge. FERNÁNDEZ GALIANO, E; ABELLÓ, R.P (1984), “Una metodología para la valoración del paisaje en estudios de ordenación territorial. Su aplicación al término municipal de La Granja de San Ildefonso”, en Ciudad y Territorio, (pp. 53-58). GEDDES, P (1915), Cities in evolution. Londres: Benn, 1968, (traducido Ciudades en evolución, Buenos Aires.: Editorial infinito, 1960. GEHL, J. (2008). La humanización del espacio urbano. La vida social entre los edificios. Barcelona: Ediciones . HERNÁNDEZ, A., ALGUACIL, J., MEDINA, M. & MORENO, C. (2000). La ciudad de los ciudadanos. Madrid: Ministerio de Fomento. HALL, Peter (1988), Cities of Tomoroww. An intellectual History of urban Planing and Desingn in the twenty Century. Oxford, Blackwell Publisher (traducido Ciudades del mañana. Barcelona, Ediciones Serbal, 1996. HOWARD, Eduard (1898), Tomorow: A peaceful path ti real reform. Editado a partir de 1902 como Garden Cities of Tomorrow (traducido Las ciudades jardín del mañana. Barcelona, Fundamentos de la ordenación territorial en Andalucía. Desde sus orígenes hasta la aprobación del POTA 88 Gustavo Gili, 1972). LYNCH, Kevin (1981), A Theory of Good City Form. Cambridge, The Mit. (traducido La Buena forma de la ciudad. Barcelona, Gustavo Gili, 1985). MUMFORD, Lewis (2014), La ciudad en la historia. Logroño: Ediciones Pepitas de calabaza. RIBAS PIERA, M (1995), Nicolau m. Rubió y Tudurí el planejament regional. Barcelona: Institut d´estudis Metropolitans de Barcelona y Editorial Alta Fulla. RUBIÓ, N (1926), “La questió fonamental de l´urbanisme: el pais-ciutat”. En Ribas M, Rubió y Tudurí el planejament regional. 1995, Barcelona. SANCHEZ BIEC, J (2002), “Problemática y complejidad de la ordenación del paisaje en los Planes de Ordenación del Territorio”. En Andalucía geográfica. Boletín de la Asociación de geógrafos profesionales de Andalucía, nº9, (pp 56-61). TERÁN, F (1996), “Evolución del planeamiento urbanístico”. En Ciudad y Territorio. Estudios Territoriales, nº107-108. ZOIDO, Florencio (1998), ”Paisaje y actuación pública. Inserción en la legislación y planificación europeas”, en E. Martínez de Pisón, Paisaje y medio ambiente. Salamanca: Universidad de Valladolid y Fundación Duques de Soria (pp. 29-44). ZOIDO, Florencio (2002), “Andalucía, cohesión y diversidad territorial”. Scripta Nova. Barcelona. Vol VII. pp 7. ZOIDO, F y VENEGAS, C (2002), Paisaje y Ordenación del Territorio. Consejería de Obras Públicas y transportes. Junta de Andalucía y Fundación Duques de Soria. VENEGAS MORENO, C; y RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, J (1997). Propuesta técnico-metodológica para la integración paisajística de los centros históricos andaluces. Consejería de Obras Públicas y Transportes, Junta de Andalucía. LEGISLACIÓN Ley 1/1994 de 11 de Enero, de Ordenación del Territorio de Andalucía. PLANEAMIENTO CENTRO DE ESTUDIOS TERRITORIALES Y URBANOS (1990), Bases para la Ordenación del Territorio de Andalucía. Junta de Andalucía. Consejería de Obras Públicas y Transportes. CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES (1990), Directrices regionales del Litoral de Andalucía. Junta de Andalucía, Consejería de Obras Públicas y Transportes. Carmen de Tomás Medina 89 Visiones territoriales del mundo. Un acercamiento a la experiencia práctica de la Ordenación territorial en Andalucía CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES (1999), Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía. Bases y estrategias. Junta de Andalucía, Consejería de Obras Públicas y Transportes. CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES (2007), Plan de Ordenación del territorio de Andalucía. Junta de Andalucía. Consejería de Obras Públicas y Transportes. CONSEJERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL Y ENERGÍA (1983), Propuesta de Comarcalización de Andalucía. Documento para información pública. Junta de Andalucía. Consejería de Política territorial y energía.