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Estatutos de la Universidad de Sevilla por su Magestad el Rey Nuestro Señor

Universidad de Sevilla

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TOA ree - o EIITRTTA 7 77% STORIES: TAR E 7 0% PLIEA 7% . ., y 177 IATA y ; TAS A ARA AC AMERO SES VIA AMES LOTA AU AANIIAAOA ) RIA AAA SiS 7% A ú SAA A e RIA NE RA TOBIAS ETRGTD É SÓ % És 77) pesas Sai PIZN ESTA ) E 8 a E HA e. L e _— - = A it e Ñ > -. »-- u E Arcadi rs A A A _— ————— AAA A > AAA a A A A A A A AA A AA A A A A REA ET A A A E A A III il nd a rs : a o /ERS SIDAD DE SEVILLA 0 A as " d P e o En - 600048895 | Vi E SS R.40.044 ESTATVTOS o DE LA VNIVERSIDAD 2" DE SEVILLA POR SY MAGESTAD EL REY : 47 NvesTRO SEÑOR. /C24. SAI 7 AN XX Y 5d SE OS AR o ES S DNA IS NAS ANI RUANNSÑ NSOPDOIONO Ñ SESION SN Ñ WN A e An TT, « - IMPRESSOS AÑO DE MIL Y SEYSCIENTOS “Y TREYNTA Y QVATRO, SIENDOSRECTOR DE | ESTE COLEGIO MAYQR DE SANTA MARIA ; de lelus, y Vniverfidad, el feñor Doctor A Don Andres Salido. | a A : > | A uy 2) ¿ ge o ge $27 D A 0% A a ES y va 1+ e A A A A A E el 4 da > 7) LA GRACIA DE DIOS, REY DE CASTILLA, E, o) de Leon, de Áragon, de las dos Sicilias, de Geruíalen, TEZNSHLN de Portugal, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galizia,de Mallorcas,de Sevilla, de Cerdeña, de Corcega, de Cordova, de Murcia,de laé,de los Algarves de Aljezira,de Gibraltar, delas Islasde Canaria,de las Indias Oriétales,y Ocidécales, Islas, y Tierra Firme del marOxeano, Archiduque de Anftria,Duque de Borgoña, de Brabáre, y Mili,Códe de Abfpurg,de Fládes,y de Tirol, y de Barcelona, Señorde Vizcaya, y de Molina,écc. Á vos el Rector,Dottores,Macítros, Diputados, Confil1arios, y Clanítro de la Vaiverfidad de Sáta Maria de Tefus de la Ciudad de Sevilla, y alas demas períonas a quiélo de yulo cn elta carta contenido toca, y puede tocar en qualquicra manera. Salud, y eracia.Bien labeys, que avicndo nos fido informado,que por las Conftituciones de ella dicha Vniverfidad, y Colegio, la vilita del eftava cometida a la fanta Iglefia de effía dicha Ciudad, para que la hiziefle vn Canonigo Dotoral, y otro Magiltral, y otro Prevendado. Y porlo que fe nos avia Gignificado,mos conftó, que cldicho Colegio eftava repartido en vandos, y de feys Colegiales,los tres eran de vna parcialidad, y los otros tres de otra; y las coftumbres cítavan cítragadas, y la hazienda del, con fer gruefla,empeñada,y feparada, hn que los dichos Vilitadores dela di cha fanta Iglefia pudiclfen poner reformacion en cola alguna, afsipor lo que fe refiftian encl dar quenta de la dicha hazienda,como porque la di- - cha vifita fe hazia folo en nueve dias, y el vltimo dellos le davala fenten cia,y no quedava tiempo en que fe executalle, y le valian de Iuezes có. fervadores, y para que la dicha vifitano fc hiziefíe, o paraque lahecha no tuvielíe efeto. Y eftos daños porno averferemediado,fe avian ydo, y. yvan aumentando, de fuerte que el dicho Colegiosfiendo yn Seminario muy principal, fe védria a acabar de deltruyr.en muy breve tiempo, fino fe poniare medio, y le vifitava, y reformava porperiona de entera fatisfa cion. Vifto porlos.del nueltro Confejo, y ciertas relaciones , que lobre lo fufodicho porproviliones nueftrasembiaron ante ellos el Cardenal don Rodrigo de Caítro, Arcobifpo que fue de Sevilla, y el Dean, y Cas bildo dela lanta Igletía della, y el Regente, y luezes de la nueítra Au- - dienciade Grados de la dicha Ciudad,por vnanueftra carta, y comilsió, dada en tres de Otubre del año paífado de mil y feyfcientos y cinco, má damos al Licenciado don Luys de Paredes, Alcalde de nueftra: Cala y Corte,fiendoluezdeladicha nueltra Audiencia de Grados dela dicha Ciúdad,hizieffela dicha vilita del dicho Colegio, y Vniverfidad, y [e informaíle como ;y de que manera le avian guardado las Conftituciones, y Eftatutos que el fundador dex, y las que defpues acá le avianhecho, y lo demas que eftava proveydo, y Ordenado, y en que colas feaviade- | xado de cumplir;y po:que razon, y en que forma fe avian proveydo las Caredras, que defpues de la vltima vifita que fe aviahecho, avianvacado, y fi en ellas avia avido lobornos, y negociaciones lícitas y y queorden fé avia tenido. 'y tenia enlo de las Catedras, yliciones de las Catedrasjentodas las facultades, y profelsiones: y/e informafíe alsimifmo delo que convenia proveer acerca de la buena governacion del dicho ad, para auc con mas fintos, y vtilidad de los Eftu- GoléEio,y Vniverlidad) para q , y Ma, ON FELIPE POR a, + O - diantes, y demas perfonas delos, fe leyctfe, y vivielfencó la honeftidad, recogimiento, y buena orden,que convenia, como lo fufodicho, y otras. colas mas largamente enla dicha nueftra comision fe contienen.En cúplimiento de lo qual el dicho Licenciado don Luys de Paredes vifitó eflc dicho Coleg10,y Vnivestidad;y aviendole juntado con el algunos Doctores, Maeltros, y otras perlonas por vos nombrados, viftos los Eltatutos antiguos de efla Vniverfidad,hizieron,y ordenaron ciertos Eftatutos;y por vos en Clauftro pleno fueron aprovados, y pallados. Y avien dofe todo vito en el nucítro Confejo, y el parecer que dio el dicho Licé. ciado don Luys de Paredes, y lo dicho porel nueítro Fifcal parecio, que los dichos Eftatutos.eran vtiles, y provechofos, y devian ler confirmados,por fer asi convenientes ala buena governacion de e/fa dicha Vai- - verfidad.Su tenor de la quales comofe ligue. TITVLO PRIMERO DE LA ANEXION DESTA VNIVER- 11 fidad, al Colegio de Santa Maria de Iefus, y delos oficios, y: ] | ¿perjonas della, y de los Clauftros, e ID Or quanto porelamorque el Maeftro don Rodrigo, de Santa Ella; P Arcediano de Reyna,yCanonigo de la Santa Ielefia de Sevilla,tuvo aefta Ciudad, y el zelo del aprovechamiéto de los naturales della, y log demas foraítcros, que quifielfen valeríe del, con grande folicitud,y cuy: dado emprendio, y configuio fundar vn Colegio, y Vniverfidad para lo fufodicho,y vtilidad delta Republica:obreniendo dela Sede Apoftolica Bulas, y Letras,con los privilegios, y prerrogativas nccellarias. Y afsimif. mo hizoalgunas Conftituciones,y no pudiendo acabarlas con fu muertc, dio poder para que fe hizieffen otras, que conla variedad de lostiépos ha parecido,que conviene difponer, y reduzir ala necefsidad de los prefentes. Y por quanto los Señores Reyes Catolicos,ainitancia del Ca bildo,y Regimiento defta Ciudad , delpacharon fu carta, y Real provifion,para que en ella le hizieffern Eftudios Generales; y por entrambas Antotidades,Eclefiaftica,y Secularfeha puefto potobra,y executado el «te intéto, y cótinuadole:el exercicio del en ete Colegio, y Vniverfidad, con mucho aprovechamiento general, y particular deta Ciudad, y de fu tierra, y otras.Eltatuymos, y ordenamos, que efta dicha Vniverfidad afsi fundada, y erigida, elté,y aya de eftar anexa a clte Colegio de Santa Maria de lefus,que vulgarmente llaman de Macíftro Rodrigo, <n el qual fe juntenlos Claultros, fe den los Grados, feleanlas Catedras, y le haga todo lo demas que por eftos Eftatutos fe ordenará, y declarará, - Iren,eftatuymos, y ordenamos,que las perfonas dela Vniverlidad, a «quienfus privilegios, y prerrogativas comprehendan;, y alsimiímo obliguentus Conftituciones,fean el ReGtor, y Colegiales, y Miniltros, y todoslosDottores, y Macítros, vn Notario, y Secretario , vnMacltrode "Ceremonias, dos Vedeles,y las perfonas quetuvieren Catedra, o falario,o le yeren lin eftipendio por el tiempo que leyeren, y los Eltudiantes «detodas facultades, que eftuvieren' matriculados. > Lten, eftatuymos, y ordenamos,, que la cabega defta Vniverfidad len “fiempre el Reétor,o Vice Rector que es, o por tiempo fuere del Cole- -g10,por eleccion que del huvieren hecho los Colegiales,conforme a1us -Eftatutos, o por foltitucion que del Vice Reétor ordenan ellos mifmos cn [us enluscálos, y los Confiliarios, quando por eftos Eltatutos fe Oribe feanlos miímos del Colegio, conforme a los fuyos. dr - Tren, efituy mos, y ordenamos, que el primero dia de Ficíta defpues — delde año Nuevo el Reótor que huviere fido cleéóto, mande al Vedel juntar Clauftro delpues de comer, en el qual le prelentc ante la Vniverfidad, paraque venga a fu noticia como ha falido por Rector, y todos los: - Doctores, y Maeítros hagan juraméto de obedecerle, in licitis, 8 honeltis; y todos tengan precila obligacion de hallaríe en ete Clanfiro; pena de ocho reales el que faltare, fin caufa legitima, a arbitrio del Rettor, y Pena al 4 fal teniendo licencia fluya, la mitad para el arca del Colegio, y la mitad pa-: et ra la de la Vniveifidad, y elte tal tenga obligacion a yr ajurar ante el Se=. 191% 1 C aufcretario,en cellando climpedimento que le eltorvó yr al Clauftro, y en:2r0 de el jura elinterin que no lo hiziere,no gane propina : y el Reétor, y Confiliarios: mento. le impongan la multa,que fegun fu contumacia,le pareciere. e Iten,eftaruymos, y ordenamos, que el orden delos alsientos de elte Clauftro,y de los demas que le hizieren plenos, fea el Rector en vna filla folo en cabecera, y los demas Doctores, y Maeftros en bancos, por los la dos,1amano derecha el Dean de la facultad de Teologia, y defpues del los demas defta facultad por fus antiguedades, y lnego los Medicos, y a la mano yzquierda el mas antiguo Doctor enCanones,o Le yes, y tras el los demas de entrambas facultades, que para efto juzgamos por:vna mif ma, y delpueslos Macítros en Artes por fus antiguedades. Y en cíte Clauftro, y todos los generales no fe halle ninguna períona, fino esfien= El Mavibral do Doétor,o Maeltro par efta Vniverfidad, o inc orporado enella, y cl b agif 18 Canonigo Magittral de la fanta Igletía de Sevilla, a quienen llevando la. €5. temido. por Prebenda tenemos por Doctor, incorporado defta Yniverfidad. E para Doctor. defa todo lo difpueíto en eftos Eftatutos, y las preeminencias, y eravamenes D. ¡mos y gravam Vuterfidad, de la Vniverfidad,tenga luego el dezimo lugar, de manera queleavno | de los diez Dottores mas antiguos, y delde el vaya: ganádo antiguedad, Y los plenos fe han de juntar en la libreria alta, y el Verano, fial ReGtor Je parcciere,en la Capilla;y los particulares de Reétor, y Confiliarios, y otras perfonas que por eftos Eltatutos feran dichas,en el apofento Rectoral ante el Secretario, que en materias, y colas dela Vniverlidad , ¿de afsiftir fiempre: y en eftos Clauftros réga el Reétor el mejor lugar en yaa filla folo, y luego los Confiliarios enambos Coros, dos en vno, y dosen otro,por lis antigucdades;y luego los Dottorésporel orden, como fe afsientan enlos Clauítros plenos, | Trén, eftatuymos, y ordenamos , quetodas las vezes que fe huviere dejuntar Clauítro pleno, el Reétor va dia, o dosantes de vna cedula al. Vedel llamador,co que diga,q para tal dia, y hora cite atodos los Doctores, y Maeftros; y notificandola en fuperíona, o enalguna de lt cala, nohallandole en ella,tenga obligacion qualquier Doétor a venir, y Ai fal tre, incurra en la pena que el Rector huvicre puefto en Ja cedula, a quié Pena al Moce ermitimos que lo haga taflandolo, y moderádolo, fegunla calidad del ;,, que fal hs calo;y o fe puliere ninguna, pierda quatro reales ,dos para el arca del ve de (| Colegio,y dos pará la de la Vniverfidad:en la qual pena fe incurra con auftro la fee que diere el Vedel de que citó: yla mifma citacion fe hagaenlos 442que fe aya Clanítros particulares, a las perfonas, que fegun fe dirá, le han de hallas citado fu ps. cu ellos:en los quales vnos, y otros el Regtor propongalo quefehade yg, : atar, y refolves, finioclinar lu voluntad a $ ninguna; y voten E por la -fodoslos Grados de Doctores,Macftros,Licenciido s, Bachilleres; eia- ¿corporaciones, poniendo las perfonas a quien [e dieron, yla aprovació, :Oyreproyacion,o penitencia que facaron,con dia mes y año,y orden2da- mente,por las antiguedades, como fe van dando los Grados, para que en calo de duda, firva ete orden de provanca: y afsimilmo por entrambos a dos confte,paralas quentas de la Vniverfidad, y Colegio de.los “derechos adquiridos cn cada año:los quiles libros eften,y ayan de eftar fiempre en poder del Secretario halta que acaben de elcribirle, que entonces, y citando tomadas por ellos las quentas de todos los años, fc po -dránguardar en efte archivo de la Vaiverfidad. ore ET Iten,eftataymos, y ordenamos, que el Secrerario tenga'obligaciona -hazértodos los autos tocántes alos Clauftros ¡o Vniverfidad, tin dere- -chosniogunos, y filos recibiere,los buelva,có.el quatro tanto: y pos los autos particularesno lleve mas derechos delos que por eftos Eftarutos fe Le taflan,conla miíma pena: y no pueda dar, teftimonio de loque paífare endos Clauftras: ino fuerc.con licencia del Rettor,y Contiliarios,:y Diputados;y quando pareciereque conviene quete de, fea delazefolución que falto porlamayor parte, fin declararlo que particularmente vo taron las períonas quefe hallaron enel Claultro, fino.es que algunade ellas pida teftimonio de fu voto: y para que de todo conike, aya vn libro de Clauftros,el qual fe guarde en cl archivo de la Vniverfidad, donde fe efcrivan las propoficiones,y relolucionesde todo,con diames y año;pe ro de calas particulares, comofon Matriculas, Curlos, Grados, y otras femejantes, pueda darlas fee, y teftimonio,permitido por derecho; fin G fea menefter licencia alguna, falvo fi porefpecialrazon le pareciere al Reétor,y Confiliarios,v Deanes,o la mayor parte dellosprohibirlos. . Irene ftatuymos, y ordeñamos,que paratodoslas cartas de todos los Grados, mayores, y menores,renga el Secretario vn mimo eftilo ygual para cada vno,y [ea el quefe ha guardado fiempre , condiftiocion de la forma de aprovacion,fin que en ladetra, y luminaciones,ni pinturas pueda ponermas en vías cartas que en otras,relpeltivamentes fegunfucren los Grados: y tenga obligacion adarla carta dentro de tres dias de como [e graduó el quela pidiere, y fino la diere en elte tiempo , el Rector leapremic a que ladé de valde, y no queriendo carta, fino teftimonio, el que fe graduó, aya de daríele, y los derechos de rodoslosautos que ante el paffaren,leanlos que fe diran enlos titulos deítos Eltatutos. TITVLO SEXTO DE LOS VEDELES: P Or quanto enla inftitacion, y fundacion delta Vnivertidad, eftando ]" menos crecida que no agora, fc ordenó, que folamente huvieíle va Vedel paralas cofas neccffarias de los Grados, Claultros , y Otras : y ya por cl mucho numero de Dottores, y ocupacion, no baftaria para eltrabajo, y fervicio;y aísi fe ordenó, y ha vfado delpues que huvielle dos: cltatuymos, y ordenamos,que de aqui adelante, y para fiempre jamas 2ya en cíta Vaiverlfidad los dichos dos Vedeles , cuyo oficio fea perpetuo micatras por los que le: eligenno fueren privados, y la eleccion, y privacion del vno pertenezca 21 Kcétor, y Colegiales,o a la mayor parte. Y la del otro al Reétor, y Confiliarios, y Deanes de las Facultades, y alos Di pucados, y Procuradores de la Vniverfidad; oalamayor partes liendo todos cn todos perfonalmente citados para cfto:las quales tengan cdufideracion a clegir perfonas de buenos talles, y agilidad ¿ alsi porlo que importa 4 los acompañamientos; que han de hazer, comoa labrevedad, y preítes za con que deven acudica lus oficios; y lucgo que fean electosso alguna dellos,haganjuramento ¿ute el Reétor, y Confiliarios, y Secretario de guardar los Eltatutos del Colegio, y Vaiverfidxd, en lo queles tocare, procurando tu provecho; y elculando fwdaño, y de obedecer al Reétor cnlas colas licitas, y honeltas. ER dsp | Iren, e ftatuymos, y ordenamos, que los dichos dos Vedeles ayán de llamar alos Clauftros, y hazertodo lo que porcítos Eltaturos le les en. carga, y manda: y afsimilmo lo que el Reétor; encolas tocantes ala Voiyerfidad les ordenare. j : E 10 Ez :TBES CTD Lis Iren,cftatuymos, y ordenamos,que cl trabajo , pemolumento de ea: trambos Vedeles corre'por ygual: y alsi parvlo quetocaa echarlas fiel tas entos Generales, y mirar (los Catedraticos leen o no, y lamarClaul tros plenos,o de Diputadosy:o de otros, y-todás las demas diligencias q han de hazer, fin derechos, fean por melesy'alsiftiendo cada vno va mes alternativamente dan el Colegio a todo lo fufodicho, y alo que elRectorle ordenare: y en quanto alos Grados de Bachiller, y Ea por las quales han de aver propina, en que no aísifte mas que yn" edcl, haz zo las diligencias de vn Grado'el yno, y otras el otro : y en quánto alos rados mayores,y otras colas,en quee hallan ambos, ayan de aver pro pina fe las den yguales, y el electo por el Rector, y Colegiales, aunque “fea mas nucvo,vaya fiempre a la mano derecha: y la quenta del dincrog . aya entrado enpoderde cada vno para los Grados, propinas; y otros - galtos,que por fu mano fehuvierén repartido, la den el dia liguiente del ues de recebido el grado; al Rector, y Confiliarios, y Diputados de aquella facultad, 2 quien el tal Vedel cite pará la hora que el Reétor le (cñalare:y para la leguridad delte dinero,2yan de dar, y den flancas; en fiendo clegidos,legas,llanas, y abonadas, de trezientos ducados, y an< tes de darlas, no ganen propina, ni lean recibidos al vío, y exercicio de fas oficios. | AS a | Iten,eftatuymos, y ordenamos, que los dichos Vedeles, o alguno de éllos,no pucdan aufentaríe delta Ciudad in licencia del Rector, el qual uando fe la pidiere,vea fi es juftá la caufa,o'no,y fiendo julta, y daadole licencia,nombre otra perfona que enfulugar haga lu oficio; y lo milmo fea fi por enfermedad, prifion,o otra caula legitima eltuyiere impedido, elfoftituto gane las dos partes de lás propinas, y conla' tercera acuda al proprietario : lo qual [e entienda iclimpedimento no fuere muy lar- «go,porque folo el queremos que en propriedad fe nombre otro Vedely que en elte calo no pueda aver foftitucions * ' A TITVLO SEPTIMO DEL MAESTRO de Ceremonias. T] Stacuymos ; Y-ordenamos, queen efa Vniverlidad aya vn Maeftro ¡de Ceremonias, cuyooficio fea regir los acompañamientos dela Vniverfidad, queíe hazen dentro, y fuera del Colegio, conformea eftos - Eftatutos, y en particular al titulo primero,yendo a pic, o a cavallo, fegú E 1.) | que quefuererel Clauftro,y con vnavara.enla mano,con el remate de plata; tía confentir que ninguño delos Doétores,o Maeftros pierda lu lugar; ni ocupe el ageno,nique ayadeforden, fino queproporcionadamente va: yantodos.donde han de yr, y que nofe mezclen conel Clauftro perfomás oingunas,que no lean del,en ninguna ocalion, falvo endas que en ef tos-Eltatutos fueren.exprellados». + clica br «Tren, ordenamos,quela eleccion del Macftro de Ceremonias, la ayan de hazer,e hagan el Rector, y Confiliarios,y Deanes delas Facultades; y los Diputados, o la mayor paite de todos los quales, fin quefalte ninguno han de fer cirados-perlonalmente paraelta eleccion, luego que etofi cio baquesy en ella tengan confideracion a elegirperlonas de buen abi- to, y talle,y que no padezcan macula de infamia, ni otra notable.:Sobre lo qualanteel Reétor, y: Coníiliarios ferecibainformacion, ofe haga Otra averiguacion lecretaso publica,qualalosquehan de elegir lespas reciere, y luce goque fea eledtoyjure de guardarlos Eftatutos de la Vniver tidad; y de:que procuraráfu provecho, y efcufará ludaño:y afsimilmo de obedeceral Reétor enlas cofas licitas, y honeftas: cl qual oficio aya de Ícr, y dure por el tiempo que:ados eleétores parecieré, a quien permitimos; que le puedan remover: yencargamosquenolo hagan, fino es avicaldo MÍA sun cam oias Du ono 1. nico 0 ¡asp ¿el -Tren,cftatuymos, y ordenamos,queel Maeltrode Ceremoniasno pue da aufentarle deíta Ciudad, fino esconlicencia del Reétor, el qual pues da darícla-aviendo juíta canía¡y no de otra manera; y en efte calo, o por enfermedad,o ocupacion legitima,a arbitrio del Rettor,y Confiliarios, puedan ellos melmosnombrar ótro Maeftro de Ceremonias, que haga eloficio,y eve las dos partes de propinas, en las ocaliones que fe ofrecieren, y con la otra parte acudaal proprictario;y fi pareciere que en efte cafo haga fo oficio va Medel,como perfona mas inftruéta, lo mande aísi cl Reétor;y.endugardel Vedel le ponga vn foltituto., conforme al titulo precedente, y. las propinas, y derechos del Maeftro de Ceremonias fean las queendiferentes titulos yran declaradas en eltos Eftatutos. ' TITVLO OCTAVO DE LAS CATEDRAS ete reltodelaño;de fiete a 0cho:y:deaqui adelátelleve el Catedratico diez mibmaravedis de Salario eh cada vn año,que fon los milmos de la Cate «dra deprimade Teologia, y:quinientos mas de los que le avian llevado haftaagora, y las leturas:que en ellas fc han de lees, f£an quatro, por la nO - e, como. 3 comodidad delos Eltudiantes,de manera,que pafíado el quadrienio, fe hadeibolver acomencarpor la primera. El primero.año fe lea el titulo deTudicijs, leyendo en el la Reétorica, cap,r.cap.2. c.«Arfi Clerici, cap. Cum non abhomine;.cap.fin. Lo qual hade aver leydo defde principio de lecciones,hafta mediado Febrero, y delde entonces hafta Andelaño el titide foro competenti,leyendo enel el cap:r.c.Siquis contra Clericú, c-Si Clericus laicinm,c.Si diligenti,c.Significafti: y fi fobrare tiempolea delosmefmostitulos,o-de otros queno le encuentren, con alsignacion: los teftos que quilierdvoliviolods lobos 10 9rp noob od pibas Y elfegúdo año lea defde fan Lucas, hafta mediado Febrero:el tit. de ordine cognitiorum,leyendo en el el cap.1, c. Cumdileétus, c.Tuam» y el c.Vnicosde plus petitionibus;y el relto del añolea del titulo de cauía pofícíf.el c.r.c: Cum Ecclefia lutrina, y el cap: Paftoralis, y del de reftitutione (poliarorum, el'c.x.c.In liter1s;c:Gravas, y ti fobrare tiempo,lea del tos titulos,o.de otros, que noe encuentren ; con alsignacion los textos que quifiere. LOsoW 205 it olaa | > Y el tercero año, defde el principio del curfo , hafta veynte de Febrero,lea el titulo de probáatiónibus, fin dexar texto ninguno, y elrefto del año el titulo de iure iurando, y fi lobrare tiempo,los textos que quiliere, queno fean de alsiguacion.. aqueshodona yb DioquasTar Y.el quarto año, lea delde fan Lucas, halta veynte de Febrero el situlo de exceptionibus, y lomas que pudiere del titulo de pra fcriptionibus,te niendo confideraciona no dexartexto ninguno principal por leer, y el refto. del año acabe el titulo de prefcriptionibus,y lea el dere iudicata.. ,! ¿CATEDRA DE DECRETO. Ten, por quanto.en quiaze días del mes de Henero de mil y quinien- A tos y fetenta y dosaños,el Rector, y Colegífilas, que entonces eran de efte Colegio,e Vaiverfidad,inftituyeron vna Catedra de decreto,comp parece por los autos queen efta razon paflaron , ante Eltevande Rojas Notario, y Secretario delta Vniverfidad, con ciertas condiciones, y lecre to,y no le feñalaron leturas, ni la ora alli contenida, parece acomodada: eftituyaros , y ordenamos; queen efte dicho Colegio,e Vniverfidad le lea fiempre efta dicha Catedra de Decreto, defde principio. del curfo, haíta veynte de Abril, delde lasnueve'a lasdiez dela mañana, y el refto delaño,de ocho a nueve, en el general de primade Canones,cuyo falario fea feys mil maravedis en cada vn año, y las leturas, y afsignaciones quatro las figurentes o co arg Solo El primero año la diftinció veynte y vna, leyédo.en ella defde principio del curlo,balta mediido Febrero los texx, principales: y afsimifmo:la diftinció veynte y quatro,veynte y:cinco;y de la diftinció cinquenta, y € refto del año el capitulo primero, con los demas textos principales dela onze<queftion rercera;y lifobrare tiempo, lea1o'que le pareciere del De creto, queno le encuentre con la alsignacion. pao £l sol -Y eMegundo año,lea el capitulo primero, con los demas textos principales de la primera quzltion 1. y de las demas quzltionesGe figuen que comprebendan la materia de Simonia.. | LS Y el tercero año,lea de las diftinciones de penitencia los textos capte tales, y que parecierca mas a propofito para :comprehender en ellos la - materia de penitencia, Y el Y el quarto año, lea en las diftinciones de confecratione ,lo$textos dafsimifmo capitales: y fi pareciere quelos oyentes no fe acomodá:a oyr efta licion porel orden dicho, niel Decreto portextos, lea el Catedra. tico en lugar de las afsignaciones referidas, porviadeltrarado, las (1- “guientes. po O mm bidrs 100 + El prirrrero año la materia de Sacramentis, leyendo los textos, decla. andolos todos,defde el principio del curfo;hafta Kin del año, -YelMegundo año; Jeala materia de Víuris,por via de tratado, y compendio, de manera que entodo cl añolo ayaleydo, : dad - Y el tercero añolea la materia de Simonia, alsimifmo por via detrarado, difponiendola de fuerte;que pueda leerfetoda. bio Y el quarto año,leala materia de fententia excommunicationis, y fi en alguno de los quatro años q leycre poreltaforma fobrareriépo, lea Aa materia de irregularitate,o la materia de omicidio , o otra Canonica, qual le pareciere, con que nofea de las principales dichas, nipueda por - accefforialeeríe enel quadrienio vna dos vezes. CATEDRA DE VISPERAS DE-CANONES: Ten,por quanto de mucho tiempo a elta parte en efe Colegio,y Vai: ] verfidad fc haleydo yna Catedra de Vilperas de Canones, y es muy neceffariz para el cur lo, y aprovechamiento de los Eltudiantes; eltatuymos, y ordenamos, que de aqui adelante fe aya deleer, y lea cftadicha Catedra en el dicho Colegio, y Vniverfidad,delde principio del curfo, haíta veynte de Abril, de tres a quatro de latarde, y el refto del año de quatro a ciaco,en el general de prima de Canoncs, y el lalario que ha de aver en cada vn año el que la tuviere,há de fer leys mil maravedís: y las leturas,y Pa o ae figuientez: PÚEUA OS mo El primero año la RétÓrica, y textos principales deltitulo'de refcriptis,leyendo deldecl principio del curlo,hafta mediado Febrero, hafta le ¿gar af capitulo,Cum contingat,y el reíto del año acabe el titulo, y lea cl titulo de Coníuetudine: y li lobrare ticmpo,lo que le pareciere calas De cretales,que no fe encuentre con afsignacion, Y el fegundo año,defde el principio del curfo, hafta mediado Febresola Rótórica,y textos mas principales del titulo de oficio delegati, de manera que llegue al capitulo, querenti: y el relto del año acabe el titulo, y el titulo de officio legati:y fi lobráre tiempo, lea el titulo de regulis juris. RENO Ele: Y el tercero año, de(de principio del curío, hafta mediado Febreros lea la Réfórica, e primero capitulo,Referenti,7.cap.de multa, de Preben dis, y lo demas que pudiere defte titulo:y el reito del año le acabe, y lea el titalo,de conceptione Prxbenda: y fi lobrare tiempo , lea el titulo de inftitutionibus, y Y el quarto año,de(de el principio del curfo,hafta veynte de Febrero, lea la Retorica y cl cap.primero, cap.Nulli,conlos demas textos capita- Jes del titulo de rebus Ecclefig, y el cap.1. cap.Cum dileéti, y lostextos capitales del titulo de emptione,% venditione : y el refto delaño la Reterica,Cap. pp. fterilitatis,cap.potuit,de locato: y fi fobrare tiempo ,el c. illo vos ,;de pignoribus, y los demas textos que le paurecicre, que no le encuentre con alsignacion.:: A E : CA. | Ed CATEDRA DE DIGESTO VIEIO. 0) Ten, por quanto en doze dias del mes de Enero , de mil y quinientos y letenta y nueve años,el Reétor, e Colegiales que ala fazon cran de ette Colegio, y Vniverfidad, inftituyeron vna Catedra de Digefto viejo” con leys mil maravedis de falario en cada va año, como mas largamen: te coníta de los autos que pafíaron ante Eltevan de Rojas Notario, y Se- Eretario.eftatuymos, y ordenamos,que efta dicha Catedra conel miímo Salario fulodicho,fe aya de leer, y lea fiempre en elte Colegio,e Vnivers fidad defde principio de lecciones ,halta veynte de Abril , ala hora de nueve adiez, y el refto del año, de ocho anueve ca el general de prima de Teologia, y las leturas, y alsignaciones lean quatro, las figuientes. - Elprimeraño la Rubrica,l.r-l.iuris gentium,con lus SS.1.11 vna, $.pace tus ne peterct,f.de pactis,hafta mediado Febrero,defde el principio del curfos y.el refto del año, los. demas del titulo, y el titulo de tranfattionibus: y fi fobrare tiempo,lea la l.officium;nona,y las que mas pudiere del ciclo, f£. de reivendicatione. | eS E - Y elíegundo año lea del titulo de fervituribus la Rubrica,l.x. Lfervitutes 14, de/de principio de lectiones,hafta mediado Febrero : y el refta del año l.1.1.fraterá frate,l.Iulianus, Rede códitione indebiti: y ti fobrare tiempo, lo G le pareciere del Digelto viejo,que no le encuentre conalsig nacion» | eS Y el tercero año, Ica delde principio delecciones , hafta mediado Febrero del titalo,E.de rebus creditis fi certum petat.la Rubrica, lx. 1.2.cÓ0 fus SS.l.Cum quid,l. Si quis neque caufam,l.quod te matri: y el refto del año la 1.certi códiétio hogulariasl.vinum, 1.Icéta,L.ejus quiin Provincias y fifobrare tiempo; l.admonendi, de jure iurando, lin aétionibus, de in litem iurando. Pe E TES Y el quarto año, defde principio de lecciones, hafta mediado Febres ro,el titulo, ff.de oficio cui lervit mandat. y lo demas que pudiere del ti, tulo de jurifdidtione omnium indicum,y el reto del año acabe el titulos y lcalal.centum caput, y las que le pareciere del titulo de quoque certo loco: y fi fobrare tiempo, lea otrasleyes, o titulos, que no le encuentren —gonalsignacio o trariiy) 1 TA Ida E CATEDRA DE CODIGO, '40 Ten, por quáto en veynte y ficte dias del mes de Otubre,de mil y quí* A nientos e letenta y dosaños, el Rector, e Colegiales, que a la fazon eran deíte Colegio,e Vniverfidad inftituyeron vna Catedra de Codigo, con ciertas condiciones, y falario , como parece de los autos que paííaron ante Andres de Tarifa Notario, y Secretario de la Vniverfidad; ela. tuymos, y. ordenamos;que cita dicha Catedra de Codigo, de aqui ade lante fc lea en cfte Colegiose Voiverfidad;deíde principio de lecciones, haíta veynte de Abril, a la hora de dos atres: y el reito del año, de tresa quatro en general, que eftuvicre defocupado, o el Reétor le feñalare, y cl falario del que la leyere en cada va añosfean feys mil maravedis, y las leturas, las figuientes. E dd HS _ El primero año,lca el titulo,C.de inofAciofo teftamento,defde princí Pio del curío , hafta mediado Febrero, ha de aver leydo defde el princi» pi0) A pio,hafta la Aurhentica, fed fi poft viginti: y el refto del año acabe el titu lo, y lea el titulo, C.dc mofionfis dotibas, y el titulo, C.de petitione hereditatis. | y | di 1% Y ellegundo año, delde principio del curfo, hafta mediado Febrero, lea las leyes mas principales del titulo, Cade contrahenda emprione, y el titulo de refcindenda venditione: y el relto del año el titulo, C.de bo norum poffe(sionibus, y el titulo,C.de collationibus; e fi fobrare tiempo las leyes, otitulos, que ho cncontrandole con alsignacion le pareciere del Codigo : a db Pje Y el tercero año, defde principio del curlo , haíta mediado Febrero, lea el titulo, C.de edicto, ff. Adrian: Tolend. y todo lo que pudiere del ti: tulo,C.de fideicommitf. y li fobrare tiempo, el titulo, C. quando non - petentinin pates, y las demas leyes, o titulos, que no encontrandofe: có a[signacion,le pareciere, A 5 Des El quarto año,lea cl titulo,C.de impuberum,$alijs Mbititutio, leyen do dede principio de lecciones, hafta mediado Febrero, lo que mas pudiere del titulo: y el refto del año le acabe: y afsimiímo lea el titulo , C. de liberis prateritis, y elde pofthumis hered.ioftic.vtex heredandis; y (1 fobrate tiempo,las leyes,o titulos de vitimas voluntades, queno encon trandofe conalsignacion, le pareciere» CATEDRA DE INSTITVTA. Ten; por quanto en elte Colegio, y Vniverfidad de mucho tiempo a 1 efta parte,fe ha leydo vna Catedra de laftituta, y cóvicne para cl apro vechamiento dc los Eltudiantes luriftas,que fe continue; eftatuyimos, y ordenamos,que en efte Colegio;e Vniverfidad, fe lea, y aya de leerde aqui adeláte fiempre efta dicha Catedra,de Inftituta, defde principio del <urfo,hafta veynte de Abril defdellas dos a lastres: y clrefto del año, de tres a quatro,en el general de prima de Canones, y las leturas, y afsignas ciones, han de ler dos no mas, la vna le ha de lecrvnaño, y la otra otro, y feanlas (iguientes. ps ES a El primero añosdeíde principiodel curfo,hafta mediado Febrero, led el titulo de teftamentis, y el titulo de militari teftamento, y el titulo quibusnó eftpermiifum facere te(t. Y el refto delaño,el titulo de exhxreda tione liberty cl de hxredibus inttit. y el de vulgar,el pupilas, y el titulo, quibus neb dis teftamenta.infirment, y el de inofficiofo teftamento, y el de hevedum qualitat. diff. y li fobrare tiempo.el titulo de legatis. - Y el fegundo año,deÍde principio de lecciones, hafta mediado Febrero,lea el titulo de obligationibus, titulo quibus modis rei contrahitur obligatio,titulo, de verborum obligationibus, titulo, de duobusteis,ti- +£ulo,de ftipulatione lervorum:y el refto del año, el titulo de divifionefti pulationum,titulo, de invtilibus ftipu.tit.de fidciniforibus, titulo,de literarum obligatio.tirde obligation:quod ex confenfu,tit.de locatione, X condictione,tit.de Societarestitulo, demandato: teniendo confideracion alecr folamente principios de Derecho,lia alargarfe en la Difputa, para poder leer en eftos dos años todo loque toca a vitimas voluntades, y cótratos. Y el falario defta Catedra feá Ícys mil maravedis en cada yn año. CATE. A A O CATEDRA DE PRIMA DE:TEOLOGIA. I Ten,por quanto pórla conftitucion veynte y tres del Colegio, feinfi tuyó vna Catedra de Teologia, para que con ellafelea la doctrina de Santo Tomas, linaverleleñalado leturas; eltatuymos, y ordenamos,que efta dicha Catedra (ca la de Prima de Teologia, comolo ha fido halta aquiyla qualtéehade leer, e lea en el general delos Aétos, que es donde liempre le ha leydosde(de fan Lucas,hafta veynte de Abril,delasochoa las nueve,y el reíto del año,de liete a ocho:y el falario deltá Catedra fea ' diez il marayedisen cada vn año,comolo ha fido fiempre, y las afsignaciones quatro, las figuientes. | 7 A El primero año, lea la materia de Pi:edeftinatione. Y el fegundo año; la materiade Angelis. Y el tercero año,la materia de Fide. Y el quarto año,la materia de Euchariltia,difponiendolas cada vna en fuaño, de ma nera que le puedan acabar, oo vo CATEDRA DE ESCRITVRA. y Ten,por quanto en quatro dias del mes de Febrero, de mil y quinieñ¿ tos y ochenta y quatro años; el Rector, e Colegiales que a la lazon fueron en efte Colegio, Viiverfidad, inftituyeron vna Catedrade Elcri tura,para que en ella (e leyeffe Teologia pofitiva:cftatúy mos, y ordena» mos,que de aquiadelante le aya deleer, y lea eta dicha Catedra,en elte Colcgio,y Vniverfidad,en el general de prima de Teologia, dede pridcipio del curfo,halta veynte de Abril, delde las quatro alas cincó dela tarde: y clrelto del año, de cinco a feys: y las afsigaaciones, y leturas hán de (er, el primeto año del Teltamento viejo: y el feguñdo el Teftámento nuevo,y loscapitulos que en cada vn año ayan de (er; feñale el Rector, el mesdeÍunio, cl dia de las quentas de las arcas, con parecer del Dean de la facultad,o demas Dottores,(i quifiere; y alsifta el Catedratico ataberlasleturas;las qualesfe le feñalen con diftincion, y claridad, de.mánera que lepa quales ha de leerencada tiempo del año, eno pueda altes rarfesni prevettirle aquelte ordeñ,ni mudaríe las letúras que el Reótorle deñalare, idos PE O ¡Dios CATEDRA DE VISPERAS DE TEOLOGÍA. — Ten, por quarito en primero día del mes de Otubre, de mil y quinien- ] tos y felenta y vnaños, el Rector, e Colegiales, que entonces fueron en elic Colegio, inftituyeron; efuridarón vna Catedía. de Vilperas de Teologia, y agóra parece colacoaveniente difponer fobre lás letras: cf tatuymos, y ordedamos, que de aqui ádelante ayade leérle en elta Vab yerfidad elta Catedra de Vilperas, er el general de priña de Teologia, deíde priúcipio de lecciones, halta veynte de Abril; detresá quatrode - la tardes y el relto del año,de quatro acinco, con falario de leys mil maravedis en cada yo añosque es cl que haíta aqui ha tenido; y las afsigna- «ciones hiaú de ler quatro, las figuientes. El primero áño ¿la materia de Trinitate, Y el legundo.año,la materia de Gracia. Y el tercero años lama teria de Peccatis. Y el quarta año,la materia de Penitentia: las qualesto «dasle han de leer, profeguir, de manara q fe acabe cada vna io A año, al : a “CATEDRA DE DVRANDO. af Ten por quanto en diez y ocho dias del mes de Noviembre, de mil y ] quinientos € ROYENTA y vn años,cl Keétor,e Colegiales, que a lafazÓ fueron defte Colegio,e Vniveridad, infticuyeron, e fundaron vna Catedra de Durando, con cierto falario , comomas largamente confta delos autos que en efta razon paílaron ante Eltevan de Kejas,Notario, y Secre -* tario:eltatuymos,y ordenamos,que efta dicha Catedra fe aya de leer, y lea para fiempre jamas enelte Colegio, y Vniverfidad, enel general de piima de Teologia,defde fan Lucas, hafta veyute de Abril, deide las dos alas tres;y clreftodclaño, detresa quatro de latarde: y el falario lez feys mil maravedis encada vn año,como ha fido hafta aqui; y las leturas, y afsignacioneshan de [er cinco, las figuientes.El primero año,le lea el primerlibro de las fentencias. Y el fegundo año;todo el fegundo lia: bro. Y el tercero año,el libro tercero todo. Y el quarto año, delde la pris mera diftiacion del quarto libro, hafta diftincion veynte Y tres, de extre- 12 Vnétione. Y el quinto año, defde la diftincion veynee y quatro de Sacramento Ordinis,hafta cl fin del quarto,explicando fiempre la letra del gutor: : : E - CATEDRA DE PRIMA DE MEDICINA) A Ten, por quanto de tiempo inmemorial a efta parte, enelte dicho Cos i legio,e Vaiverfidad fe haleydo vna Catedra de prima de Medicina, y es muy conveniente, y neceflaria:eftatuymos, y ordenamos, que celta di: cha Catedra fe lea, e profiga en elta Vniverfidad, en el general de prima de Teologia.deíde lan Lucas,haíta veynte de Abril, deíde las diez a las onze de la mañana:y el refto del año,defde lasnucve alas diez, con fala rio de ocho mil maravedis en cada ya año,como hafta aqui hatenido; y la s leturas, y afsignaciones fean quatro,las figuientes. El primero añoy la materia de Coctione,% putredine, 8 humoribus. Y elfegundo año, la «materia de Morbo caula,% fyntomate. Y el tercero año, la materia de Fe bribus, «e carú curatione. Y el quarto año, la materia de 1ndicarionibus 8 víu precipuorum auxiliorum artis, leyendolas, e difponiendolas, de, manera que cada vnafe pueda acabarenfu año, , CATEDRA DE VISPERAS DE MEDICINA, Y Ten,por quanto en elte Colegio, y Vaiverfidad ay, y ha avido deriem poinmemorial a efta parte vaa Catedra de Vilporas de Medicina, y es muy conveniente, y necellaria: charuyaros, e ordenamos, que de aqui adelante fe aya de leer, y lea efta dicha Catedra, en elte dicho Colegio, de(íde fan Lucas, hafta veynte de Abril, defdelas tres alas quatro dela tarde:y el refto del 250, de quatro a cinco, en el general de Filofofia,que es el que eftá frontero,del de prima de Teología , con falario de feys mil “maravedis en cada vn año,que es el que hafta aqui ha tenido: y las lets yas,y afsignaciones [ean quatro, las figuientes. El primero año; la matciria de temperamentis compolitione, faculratibus humani corporis, Y el fegundo año, la materia de pulfibus, 8 vrinis. Y el tercero año, la ma- «geria de chrifibas, Se dicbus decrecoris. Y el quarto año, la materia delos a Pronof: 11 Pronolticos de Hipocrates,leyendolas, y difponiendolas,de manera G: lcalo mas, y en mayor provecho de los Eftadiátes que fuere poísible. - CATEDRA DE-METODO. Y Itea,por quanto la experiencia cofeña quan vtil, y provechofo lea, 4, .encíta Vniverfidad le lea la facultad de Medicina, como hafta aquí fe hahecho en las dos Catedras arriba referidas, y que conlas leturasdellas fuelen falir Eltudiantes Medicos aprovechados : y ettoferá con mas ventaja, li le inftituyelle otra Catedra, de que ay necefsidad: eftatuymos, y ordenamos,que de aqui adelante para empre jamas, lelea entíte Colegio,e Vniverlidad vna Catedra de Metodo, la qual denue vo inflituymos,e erigimos, y criamoscon falario ,que le aya de dar en cada vn año de leys mil maravedis al Catedratico quela leyere, y la hora,deíde fan Lucas, halta veynte de Abril, fea de quatro a cinco de latarde;y el resto delaño,de cinco a feys, en el general de Vifperas de Medicina, y las lecuras feanlas figuiétes. El primero año, la materia de Mctodo vniverfali curativa morborum,$ confervativa fanitatis. Y el Segundo año, la materia de locis affectis. Y el tercero año, profiga lo á le quedare dela miíma materia, conlo de Morborum cutaneorum curationc. Y el quarto año, la materia de los aforimos de Hipocrates, leycndolas, y difponiendolas de manera, que lealo mas, y en mayor provecho de los Eltudiantes que fuere pofsible. Y el Tercero año, lea el tercero libro de Paulo Gincta,en lugardelo dicho en aquel año. > . CATEDRA DE ARTES. «y Ten; por quanto en veynte y dos dias del mes de Otubre , de mil y 1 quinientos yferenta y dos años,el ReGtor, y Colegiales, que a la fazon cran en cite Colegio, e Vaiverfidad, inftituyeron, e fundaron vna Catedra de Filolofía natural, como mas largamente confta delos auos que palfaron ante Andres de Tarifa, Notario , y Secretario de cíta Vniverfidad : y afsimilmo de tiempo.iamemorial xeíta parte, parece averte leydo otras dos Catedras de Sumulas, y Logica, y es cola con: veniente quealsi le haga, y quelas Ártes fe lean entres Catedras diltintas;cftatuy mos, y ordenamos; que de aqui adelante, y para fiempre jamas felean las dichas tres Caredras,en la forma figuiente. td sb El primer año,delde principio de lecciones , halta veynte de Abril, | defdelas ocho alasnueve de la mañana: y el refto del año, de fiete a ocho,y porlatarde,de dos a tres,enel lavierno, y en el Verano, de tres 2 quatro enel general dela elcaleras lea vn Catedratico las Sumulas, los terminos, oracion,modo de fabersdifinicion,divifionnombre, Ver bo,y.todas las propoficiones,(ta:que quede cola por leer: y efte mifmo añoen el general de Medicinasque esel que cftá enfrente, del de Teodogía, ala mifaya hora dicha de tarde, y de mañana,lea el Catedratico de Logicalosvaiveríales,cinco predicables, diez predicamentos prio ges, y polteriores,topicos,y elencos,y periermenias. Y efte mifmo año el Catedratico de Filo/ofia lea en el general de Medicina de Invierno, de nueve a diez, y de Verano, de ocho anueve delamañana, y porla ¿sarde, de Invierno, de quatro a cinco, y de Nsrane, de ciacoafeys, los o : E quatro a quatro, y de quatro a cinco, refpeétivamente, fino es que al Reétor, y: Confiiiaros, por juítas caufas pareciere que conviene mudar lahora, que en tal cafo lo podrán hazer, como lea en vna de las lecciones. Iten, ordenamos , que el dia antes del que huviere de leer elopofi- El feror Rector de opulicion,e vna hora antes de la que conforme alo dicho'le totor je ñale pun Cares (e le feñalen los puntos arriba dichos,en elapofento Reétoral, en dl - el libro donde fon las materias, y alsignaciones de la tal Caredra,con- > tos) y los opoji forme alos Eltatutos deta Vniverfidad:y el Rector lea vna portres par Lores, tes, y delos textos que en cada vna dellas cayerc, elcojaelopofitorel = quelcpareciere : y eltelibro lea el que eneltitulo quinze de los gra- . dosdeLicenciados queda dicho:paralo qual acudan a abrir el arca có " fús Haves, con el Reétor,el Confiliario,y Secretario,que alli fe difpulo que las han de tener: y ante el fe leñalen los puntos, y para ello le citen | los demas opofitores, para que le hallen prefentes al fcñalarlos, E ! Tren,ordenamos,que pafladas las veynte y quatro horas, aya de cla : tar cl tal opofitor enel Colegio, para leerlaleccion de opolicion; la qual [ea de vna hora regulada por el reloxdela fanta Iglefia defta cíudad, y acabada,pueda informar en romance de fujufticia, compueftamente, y fin ofender a nadie, fino folamenterefiriendo fus Eltudios, y los titulos de fu jufticia; y fila leccion fuere de Teologia, Medicina, O . Artes,areuya vno,o dos de los opofitores por turno, quales el Reétoz feñalare,de manera que todos los quelo fueren,arguyan,e [ean arguy dos: y las dichas lecciones de opoficion, 2yan de fer,e can enel gene: sal de prima de Teologia. > IS Iten,eltatuymos,y ordenamos,que excepto las dos Catedras de Pri Votar Cathe. ma de Teología, y Canones, que [e iofticayeron en la fundacion defte vas ole gto, e Vniveriidad, cuya provifionpor la Conftitucion veynte y zz tres del dicho Colegio pertenece al Rector, y Colegiales, en todas las Y quien Vota demas Catedras delta Vaiverlidad fean votos enlas de Leyes, y de las de Prima. Canones;todos los Eltudiantes de entrambas facultades, que cltuyicren matriculados en cita Vniverfidad, y huvieren ganado curo de la Votos. mayor parte de va año: y alsimiímo todos los Bachilleres, Palíantes : en ambas facultades, por tiempo, y efpacio de quatro años,delpues de -averreccbido el grado, por efta Vniverfidad, y eltando Matriculados en ella,dentro de vn año,el qual paffado,no lean votos: y afsimilmo to dos los Licenciados por eíta Vniverfidad Matriculados,enla forma di cha:e afsimifmo todos los Doétores de entrambas facultades, por efta. Vniverhidad, aunque no eften Matriculados, y en Teologia, fean votos todos los Eltudiantes Teologos, y Bachilleres,y Licenciados,e por cÍ- ta Vniverfidad, conforme alo dicho enlos luriftas, y enlas Catedras dc Medicina: lean afsimifmo votostodos los oyentes Medicos, Bachi E E Jleres, y Licenciados,e Doétores en la mima facultad,como queda re- : ferido. Y en la facultad de Artes lean votos todos los qué enla de Teo logia queda dicho, y mas los Eltudiantes Artiftas, que huvieren curÍa. do vn curfo, y los Bachilleres por tiempo de dos años,defpues de aver recebido el grado de Bachiller,por efta Vniverfidad, y los Licéciados eftando Matriculados,y Macftros, aunque no lo eften, como queda dicho, aviendotodos oydo lecr de opoficion alos opofitores, o eltando de otros Actos, y ocafiones informados fuficientemente de fujufticia, porque finoesen vna delas dos maneras, el que nolo eftuviere no Íca | e voto; | | 1 yoto:paralo qual antes de votar fe tome atodos juramento, y de vnas, y otras Catedras han de [er alsimifmo votos codos los Colesia-. ”. les defte Colegio, Vnivertidad, de qualquiera facultad que fean, con ¿tales ] 071 “PO- tal declaracion, que los de aquella de quela Catedra quede trata der tos en todas proveer,voten enteramente,con las calidades que adelinte feran de- Cotedrass claradas: y fi fuerca de diferente facultad ,tengan obligacion de informaríc de perfonas della:e para cíto les encargamos las conciencias, y no tengan mas que voto perfonal, y calidad de Colegial,o de £us orde nes, las tuviere,como le dira, fín otra ninguna porlos grados:y los Fa miliares voten en lus facultades, y no cnotras; ywwalgan lus votos lo que fe dira. PERRA oa ossd nos in de - Iren,por quanto por la diferencia delos grados, fegun fueren mayoyes,o menores, y clriempo de los eltudios; y mas.o menos curlos, con; viene, que en el valorde los votos aya diferencia, degun que en otras Vaiverfidades le acoftumbra : y para que al tiempo del regular fe lepa lo que vale cada voto: cltatuymos, y ordcnamos,que todo lo queade-, lante fe difpuficre, y dixere de calidades de votos,le aya de entender y entienda, que vna calidad haga medio voto perlonal,. y doscalidades : vn voto, y media calidad la quarta parte del valor. de va voto, y dos : medias calidades hagan vna calidad; y aísife haga el compusodelo. “ ¡ne cada vno valicre, pararegularlos, >. 002000 cr pat Iten,eltatuymos, y ordenamos, que todoslos Eltudiantesdetodas . ,.,, y, Facultades, los dos primeros años de oyentes; no tengan mas queyo Calidades de voto perfonal;e los Luriftas en el tercero, y quarto, y quinto año: y dos, Votos en Cateo Teologos,y Medicos en el tercero, y quarto: y los Artiftas dentro del ¿y as. tiempo del curlo de Filofofía,tengan cada vnó va yoto perlonal, y me- E dia calidad: e fiendo ya graduados de Bachilleres,tengan yaa calidad: y (iendo Licenciados dos calidades: y fiédo Doctores, o Maeftros,tres calidades,para qualeíquiera Catedras;en que conforme aeftos Efltatu tos huviéren de fer votos. Y demas delte valor queles damos poríus - curfos, y grados,los que fueren ordenados de orden Sacro,tengaa otra media calidad: y los que fueren Sacerdotes, tengan calidad entera; de mas del qual valor.los que fueren Colegiales, porefteritulo; y razon tengan otra calidad cada vno,e los Familiares, cada vno media, ... "Tren, ordenamos, que acabadaslas lecciones de opoficion,, como queda referido cl Rettor,e Coníilisrios procedan a provcerla Catedra: a lo qual aísiítan, y fe hallen a votartodos los q legitimamére fueren votasstin faltas ningano, para 4 con el mayor numero fea la provifión mas jultificada,falvo fi por ocafion juíta, como es de enfermedad, oaníenciayo tan precilaocupacion, que altal voto leimporte mucho interclle,Le cículare:para lo. qual encargamos a todos lus conciencias: y enla milma forma, y precila necefsidad,queremos que oygan las lec ciones-de.opoficion, y fe abltégá de incurrir lasinhabilidades en eftos -Eltatutos exprefladas; y quando fe Matricularen, demas del juramen- «:dacoftumbrado,juren todoslos que tienen obligacion a Matricular- 7 m0. : di e A Los Dottores 4e, queacudiran a los Actos,y provifiones delas Catedras¡A conforme -- e FA a elnotuwvieren legitimo impedimento. Y los Doctores, y Macítros a)“ “Hem para, “0. - quien referyamos de Matricula, fean citados por el Vedel, parala pri- Votar,pena de , mera leccion de opoficion, va dia cor nes a ella, y las demas, y dos ducados. ANO Señores Cólez avotariconforme a cltos Eftaturos, pena.de dos ducados para elarca dela Woivetíidad, al quefaltáre. A o O, Ireóy ordenamos, que la parte, y lugares donde el Regtor; y Coníl» -liarios;y Secretario han de recebir los votos, lea enla piega de lalibre. , ma alra, de favierno, y de Verano, enla Capilla del Colegio. lo.qual. " queremos, y encargamos que fe hagacon mucha quietud, e compofta, ra,y que al voto queno latuviere,imponga.el Reétorla pena, o multa quele pareciere,como no fea de privacion de:voto,falvo fialguno de», clarare el fuyo,e dixcre por quiena de votar,porque en elte ca lo, le da, mos por inh abil para hazerlo.Y alsimilmo encargamos al Reétor,que, no haga,ni confienta hazerfe violencia , ni fuerca a ningun voto, para, inclinaríe'a algun opofitor,pena de queen fu perílona,o.qualquiera de lós Confiliarios, o Secretario fea canía de reculacion, epagueclque, hizicrelatal fuerga diezducados,para el arcade la Vniverfidad; enla. qual pena pecuniaria incurra qualquier Colegial,Doctos,o Masítro,o otraperfona que hiziere la tal fuercas. AR AN v Trenjordenamos; que aya dos caxas muy fuertes;.cadavnarcondos: llaves,donde le echen las:cedulas delos buenos votos, y de los malos,, fegun que fe fuere votando: y. el Secretario tenga hechas cedulas de, los rionbres de todos los opofirores de la Catedra; que eftuviere baca, efcritas en papel gruello , que nofe paífe de la tinta; y eftando juntos, Jos votós que cupieren enla parte; y lugar dondefewotasÍe den a cada voto fus cedulas, y le leanenalta voz cltos Eltatutos; y el Elcrivano re ciba de todos juramento, fobre filos han guatdado, o no; y el que hu-' viereincurrido en alguno,tenga obligacion de declararlo,pena de per juro, y las arriba contenidas; para que leadado por inhabil; fi afsi halla ten el Rector, y Confiliarios que cftá determinado por eftos Eftaturos. Y la vna llave decada arca parátodo el difenrlo, y ocafiones de la provifíon,tenga'el Secretario; e la otra elopofitor mas antiguo... +» Tren,que de en vno en vao, como acertaren a eltar affentados,.acur dana dar fus votos, y la cedula buenafe eche en la vna arquilla,doblada;y de mánera que no [e pueda ver por quien votó,poniendo el Secre tario en las cípaldas los cutlos, grados,o calidades del tal voto,confor me arriba eftá eftatuido:y en la otra arquilla fe vayiechádolasdemas cedulas,contandolas todas, para que no pueda ayerfraude en lacar nin Stna,pena de diez dúcados,la mitad para el arca del Colegio,y la mitad paraladela Vniverfidad,alque la facare, onoladicic.00: +: Tren, queaviendo acabado de votar, le falgan los votos, y entren | ótrosscon la compoltuta, y quietud que queda dicho, y afsi le vaya votando,haltaquefe acabe de proveer. E porquanto de abreviarla provifion de las Catedras fe atajanmucho sinconvenientes: eftaruymos, y - ordenamos; q aviendo en la provifion de la Catedra pocos votos, tengan obligacion a venir, y votartodos juntos , para que noe paíle nochic enmedioen el tiempo de votaríe la Catedra, fo pena preftiri juramenti, y mas las que el Reétorle pareciere imponer: pero fiacalo fuere precifo,y necellario patlarfe noche, ol elti enel interinqueíe proyee la Catédra, ayande quedar, e quedenlas arquillás delas cedulas, el proceflo, ylos demas papelestocantes ala provifion, cerradas en ynarca grande y fuerte, que: para cto aya;la qual aya de tenerdiez]lahe : yes : | EA 16 wes fuertes, y debuenas guardas, diferentes vnas de otras; y cerradas todas, lleven vna el Rector, y cada Confiliario otra, y otra el Secretario, y otra cl Diputado, ti huviere afsiftido, y fi no ella, y las demaslos * opofitores que huviere, por fos antiguedades: y Gfobraren algunas, Íe repartan entreellos: los quales todos tengan obligacion:a acudirala hora.que el Reétor les mandare bolvcra tomar votos;y el quefaltare, pague vn ducado'para delcerrajar, e bolveraderecaríu llave: - 2.0300 . --Irem,ordenamos,que fi algun opofitor pidiere-que atodo-lo lufodicho, y al regular los votos, lc halle el Diputado dela facultad, feaya ' de hazer aísi;y el Rector lo provea, y mande; y no lo queriendo/mandar,tenga obligacio a aísiftir requiriendofelo alguno dé los opofitores, y el Rector a admitirle, pena de feys ducados, pora elarcadela . Wniverlidad , encada vno de amboscaáfos, y acadavno del Rector, y Diputados que nolo hiziere. -- Hen para cfculár,y evitar fraudes,ordenamos, que filos opofitotes, * ola mayor parte dellos.pidieren al Reétor,e Coníiliarios,o a:ellos; Lin. - pediríelo,de oficio, lespareciere cola conveniente, ordenen, y mandé, - que todoslosyotos,para la provifion de la Catedra, o Catedras, donde afsi convenga, legitimen lus Matriculas,curfos, y grados, por teltimonios del Secretario dela Vhiverfidad,porloslibros de las Marricu- > las, y grados, fegun quelo.ordenaren: y en elte calo lleve el Secretario porcada teftimonio dos teales de derechos, y al tiempo del votatle, prelente cada vota; yellSécretario lo rubrique en dos,o tres partes, pa ta que el mifmo,0 Otro ño puedan votar con el:y li algun voto fele:ave siguare,que votó dos vezes, pierdalos curlos; e no pueda valesfe de cllos, ni del grado,o grados ue elfta Vniverlidad,c para memoria aya vn libro dóde fe cfcrivá los que encltal delito fueren prehendidos... 0 A Iten,ordenamos,que con qualquiera lego,que fin fer Eftudiante;có Sraude,y falíedad fe entremeticre a votar, liendo perfona noble,y ave-> siguandofe legitimamente,tenga de pena, fin:otra fentencia, nidecla.* racion diez mil maravedis, mitad parala Camara de lu Mageftad, y la - otra mitád para elarca de la Vniverfidad, y vn año de delticrro precifo defta Ciudad;y (us arrabales,porla primera vez:e porla fegunda,la pe na doblada:c por la rercera,cl tres tanto:y fino fuere perfona noble, la miíma pena pecuniaria,i verguéca publica, la primera vez, y la (legúda, doziétos:acotes,e la tercera,rres años dedervicio de galeras al remo, y fin fueldo,en la qual penaincurranlos fatores de pendencias., inquietadores de los Eltudiantes, entienpo de Catedras, demas de las elta- +uydaspor Derecho alosdelitos, y defacatos que hizieren. > N »Iren,que fi algun opofitorrecufare,o tuviere por (ofpecholo al Rector, alegue caufa:baltante, y depofite dos ducados ante todas colas, y Jos Confiliarios, y el Deandela facultad de que esla Catedra, conozcan dela dicha recufacion, y el opolitor prucve ladicha caufa-dentro de vadia natural plenamente, y fino la provare plenamente dentro del dichotermino,que el dicho Rector proceda enla provifion de la dicha Catedra, y el opofitar que recufó,pierda los dos ducados que depofitoy el vnofca para el Rector recufado, y el otro lea para gaftos'del arcade la Vniverfidad;y fi cauía baftante, le provare dentro del dicho:cer E ¡ . nino, a > tuviere cn rodas las colas tocantes a” 9 a Conciliario dí mino que cl dicho Reétorfe abítenga, y entre enfudugar el Confilias rio mas 30tiguo,y le le buelvanlos dos ducados que depofitó. .:-: >: Ly 0 pro-. Iren,que ti algun Conliliario fuere recuíado, el opofitor,querecula- -. prietario , y 0= re alegue canía baltante, y depolte ante todas colas vn ducado:y el Re y tras fe repite Ktor,€ Confiliarios, y el Dean de la facultad de que esla Catedra;: co. de Ta mifma nozcan dela dicha recufacion,y cl opolitor prueve la dicha caufa:baf : E tanterdentro de vn dia natural: alomenos, femiplenamente por vatel fuerte, fan pos tigo» y li aísino lo provare dentro del dicho termino,que el dicho có derfe entender «iliario proceda con el Reétor,y Coníiliariosen la provilion dela Cate del proprietadra, y el opofitos pierda el dicho ducado,eda mira d fea para el Coníi- : Jiario, erccufado, ela otra mitad para gaftos delarcade la Vniverít> yI0. E » k . sy , a Mi »7 dad: y fi caufabaftante le provare femiplenamente,como dichos, dé- A ef a razb fe rro del dicho termino,cl dicho Confiliario'quede recufado, y entre en | fatisfaze en ofulugar otro,a quien por los Eftatutos del dicho Colegio pertenece, y trá parte, lonfe le buelva al dicho opofitor el dicho ducadoque depofitó., Y queredeeñá tábienmos,que el Rector, y Coníiliarios nio puedá lerseculados fin caulabaf» á dyertido, y “AMt:y declaramos,que no fea cauía baltante de reculacion, fer alga: 2) fe advierte ona ob diia Pos | quan poco pe=.. Tren,quefi el Secretario fuere reculado; confolo el juramento del Je. - gpofitor, en qualquier tiempo que (ca; que el Reétor,e Conliliarios le den vnacompañado, fin lo/pecha,a cofta de quien lo re cufare,e que pa - xa cllo depofite los maravedis neceffaros ; como el Rector lo man- ARUTIDIOS? (ASES TETOY E + Iren,ordenamos,quefi contra algue Quando fe eX.res pufierenalguna excepcion,para má cepcionan votes de votar, y la prueven ante cl Rectdra tos, bafrá dos gos:los quales breve, y fumariamente co nos votos los opofitoos, le pueda hazeraniliarios:, con dosteflizcan della, y la determiné, ¿conforme a eltos Eltatucos: y li el opolitor pidiere que lea con afsiften» tefftgos, y PY0- cia del Dean,o Diputado de la facultad, el Rettor le mande llamar, y ceda el feñor. tenga voto con el, juntamente con los Confiliarios, pero delpues de Rector breve, aver votado,na fe pueda poneréxcepcion alguna. y Jjumaria men Iten,eftatuymos » y ordenamos , Que aviendo acabado el votar to- € mo dos los votos, c pronunciadofe fobre las excepciones, y reculaciones, => «11 las huviereavido,los opofitores renuncien el termino: lo qual no dilateninguno dellos de malicia,e para el efcufarla,e que vayan trayen- .dotodoslos votas,el Reétorles de la priía, y terminos perérorios que Je parecsere,e conclufo el proceifo, le proceda aregular los votos: lo qualhagan cl Rector, y Confiliarios,y Diputado de la facultad: fialguno de los opoíitoreslo pidiere, y el Secrerario tenga otras tantas agujasenhiladas,comofon los.opolitores, y cada Contiliario, y Diputado tengála de cada vno,y (1 fueren mas, mande el Reétor que para cfto affiftan Doctores, o Macítros de la facultad , conforme al numero de los ppolitores,por lus antiguedades,y cn cada aguja le vayan cofiendo,y .. smhilando las cedulas de cada opofiror, facandolas primero delarca buena conticnto,y 2 buenrecaudo,de manera que no le pueda perder ningunaynjaya fraude. * A Iren,ordenamos, que enbiladas todas las cedulas, fe regule la Cate- | ¿0 y aquel que mas votos taviere,conforme al cómputo de Sap lidades, 77 no delos opofitores Colega del Reétor, o Coníiliario del mimo Go: : Hu , 14 lidades, y Btados arriba referidos, fe le dela Catedra, proveyendolo perlonalméte afsicl Reétor. Y fi dos,o masfalicré yguzles enyotos,cl g fuere Colegial defte Colegio f: prefiera; y entre Colegiales”, elmas. a) antiguo Colegial y fino fueren Colegiales,el mas antiguo graduado, El feñior Reca y de mejor grado,porelta Vniverfidad,Salamanca, Valladolid, Alcala: ¿oy da la pof: de Henares,o el Colegio delos Efpañoles de Bolonia, fegun que para f leal las antiguedades del tomar puntos le dixo arriba. Conforme alo qual ) o el Reétorhaga citar, y dar avilo al que llevó la Catedra del fucello,pa: [atedras, ra venga a tomarla poflefsion;la qual le de ante el Elcrivano, porla impoficion de vn bonete, enel apolento Rectoral, y deldc alli pueda: yr atomarla del gencral, y Catedra donde huviere de leer, pagando, primero, y antes de tomar la polfc sion arriba, las propinas [1guientess Enlas Catedras de Primadetodas facultades, a el Rector veynterea les. A cada vno de los Confiliarios, y al Diputado, li huviere atsiftido, como queda dicho, diezreales.Al Vedel,y Maeltro de Ceremonias, y + al Secretario,a cada vno diez reales. Y en cada vna de las demas Cateapra dras dela Vniverfidad al Reétordiczreales, a cada vno de los Confi- Propinas en liarios, e Diputado, y Efcrivano, feysreales acada vno, del Vedel y Ja propi/10 de Maeltro de Ceremonias,cincoreales;lo qual fea, y le entienda quando E % ( A TS llanamente, y fia recufaciones, ni excepciones fe huviere proveydola * Se tal Catedra: porque fi las huviere avido,quereinos q cl Rector, y Cons filiarios puedan acrecétar al Secrctaro,Maeltro de Ceremonias, y Ve del,Íus propinas,fegun que huviere fido el trabaxo, y ocupacion, y en Proveyendofe Dios, y eu (us conciencias les parecicrespero las luyas, y de Diputado, las Catbedras fialsittierezno pucdá por ningua calo acrecécaro. aj Iten,eltatuymos, Cao e : y ordenamos,que fi dentro del termino de losediétos, no pareciere a pea oponerfe ningun opofitor, puedanel Reétor,e Confiliarios prorrogar- 191 Votan Jos Jos por eltiempo qué les pareciere conveniente: y fi vn opofitorfolo lamente el fer huvicre parecido a oponerfe enel dicho termino, le le provea la Catenr Reétor, y dra,por víico, fia opolicion:y en elta provilion voten el Reétor, e Con- Con ali arioÑ filiavios, yo mas: y en efte.calo las propinas de las Catedras de Prima + *- — * de todas facultades, fean al Rector quinze reales,a cada vno delos Có . * filiarios,Secrerario, y Ve del, nueve reales,e no aísiíta clMaeltrodeCeremonias: y entodas las demas Catedras dela Voiveifidad, al Rector ocho realesja cada vno de los Coníiliarios, quatro reales, al Secretas rio feys reales,quando afsimifmo le proveyeren lia opofitar.. | RDE TIT/VLO ONZE'DEL EXAMINADO los Eftudiantes, y dela forima del examen. - Sratuy mos, y ordenamos, que el examinadornombrada;.confor- E meal titulo primero, examine a los Eltudiantes que han:de pafíac 3 oyrotrafacultad, de manera que no aprueve a ninguno, fino es que Sepa entender,e conítruyr Latia, y hazer yna oracion breve,y larga, y (1 “hallare fuficiente al que le examina, le de vna cedula firmada de lu nóbre, en que diga,con d1a,mes, y año,que examinó al tal Eltudiante,y le hallo habil, y imfciente, y lc aprovo, y efcriva el nombre, y ellugar de donde.esnatural,en va libro que para efto ha de aver,del qual le hade hazer cargo a cada vno, al que tuviere elte pficio, e libro ie A Z cofta cofta del arca de la VniverGdad;y fino hallare fuficiente al q fe exami= na,pidiendole cedula de reprovacion,fe la de,diziendo como lo repro. Repronado MM vospara que acuda, li quiliere:al Reétor, y el puedanombrar en efte ca- Eftudiate,pue fo el foto en vna cedula firmada de fu nombre,que le dé otro Doétor,o de acudir a el. Maeftro del Clauftro que le examine, el qual guarde la mima forma q Reétor pára 7, eltádicha:y í1 le pareciere fuficióte para pallara oyr facultad, le aprue- PE f . vesy de cedula;y lí no, le reprueve fin darle otra de reprovacion,como: 2)". enelprimer calo: porque en efte no queremos que aya otro :examinagundo eXamidor:y el primero por cada examen, aprovando,o reprovando, lleve ya: nador. - real,y el legundo dosreales, y no mas; yla cedula deaprovacion, lá: aya defeñalar cl Reétorconfa rubrica, o firma,para que con ella en ef ta forma no de otra manera le Matriculeel Secretario. +: * mina No fe Matri=. Hen,eltatuymos,y ordenamos,quedideorra Vniverlidad,o Eftudio : aprovado viniere algun Eltudiante a eftudiar a efta, concurfos, pueda cule ninguno, sanarlosenclla fio que mueftre cedula de aprovaciondeexamen;trafinquela cedo yendo lostalcs curfos provados ante el Secretario de la tal Vniverlla vaya rubri dad,ante el qual fe prelume, que prelentaria la cedula de exámen. : Rector: TITVLODOZE DE LOS CVRSOS, DTET | gencias, que han de preceder al grado de Bachiber,: T Statuymos, y ordenamos, que qualquier Eftudiante, para aver do ads E ganar curlo enla facultad de Canones,aya de Matricularle en ella, Deje fan Lu al principio del curlo, de manera que para Navidad elte Matriculado, “e cas a Navi elos derechos dis han de pagar lean, al arca del Colegio catorze ma- Aa “ay, tavedis, aladela Vniverfidad otros:catorze:, al Secretario veynte y | «dad ef en Ma quatro maravedis, a cada vno de los Vedeles ocho maravedis, y eítos triculados los derechos ha de recibir el Secretario, y entregarlos a quientocan:en fin Eftudiantes.. decada vn año,para que con el Reétor que de nuevo entraffe,comien- .. ¿ce quenta,y conel que: acabo, fe tome la paffada; falvofiantes el Rec- Derec! A “tor, y Confiliarios quiíl eren quefe de que entonces hade ferobligaerecuos 440%] Secretario a darla:lo qual fe ha de entender en cada ynaño, por entodos queremos que los Eftudiantes ayan de Marricularfesy (i en el “tiempo dicho no lo hiziere alguno¿nole valga curfo, hatta quefe Ma- "tricule,que deflde entonces, y no antes. fiendo defpues de Navidad,ha Di pr.» de ganarle. Epo:queluelefuceder por ignorancia dexar de Matricu- ¡fpéfació en, 2 Sp A A 0 - + larie algunos,puedanel Rector,y Confiliarios con julta caufa, y¡no de vna Matrecó” ora manera, dipeníarla omifsion,y falta de yna Matricula, y no mas, la del Rector. entodo el tiempo de oyentes, y el priniero, e legundo año, el oyente E Canonitta ha de curíar en dos lecciones, la de Prima,o Vifperas,y lade ROA qu - Decreto precifa mentes de'manera qué el Secretario no puedadar reftitienen obliga Matricula. ... A p. 1 > » 38 a ! 18 Sando las vifperas de Ficha? y de lastales vacaciones', Con que nofe entiédanlas mayores del Verano,en que queremos quefe ganc curlo.. Iten,ordenamos,que los Eftudiantes quede otra Vniverlidad vinie: En, y traxeren provados,o provaren en efta algunos-dias de curfo, con” Inficiente numero de teítigos, fe les admitan en ella, para que puedan: profeguirle,conforme a eftos Eftaturos, y lo quefe difpone en'el titulo” A NT RN _ Iten,eftatuymos,que dentro de losciñco años decurlo;, qualquiera- Eftudiante para aver de oraduarle de Bachiller, aya de averleydo, 0, léa-cn el quinqueno , antes, o defpues deprovadostodoslos curfos, cinco lecciones en cincodias leétivos, leyendo en cada vna dellasla mayor parte de vn hora,de materia,o materias de la facultad. Y có los que de fuera vinieren a graduaríe a elta Vnivérfidad, o en ella tuvieren vrgente,e precifa necelsidad; puedan el Rector, y Confiliarios difpen= * far, para que las leccionesfe leantodasendós dias,oenvno, conque | fean enteramentecinco,emdiferentes medias horas: y el difpenfado pa DiJpenfacion gue alarca del Colegio ochoreales;y hechas eftas diligencias, yprode lecciones pá vandolas ante-el Secretario, el Rector, y Confiliarios,aviendolas viftos va o vadole y aprovado, den licencia para recebir el grado de Bachiller, al qual fe B S! 1 | proceda enla forma quefe dira en el titulo figuiente. E por la provanachtller. cade vn cutrfo, la qual preciflamente fe hadehazercon dos teltigos, lle ve el Secretario dosreales: efiendo dedos curlos de vi'miímo año,e provandofe entrambas a doslecciones;con vños miímos teltigos, lle ve tres reales: y ficon diferentes , lleve quatro : y eltos mifmos dere: chos lle ve porla provanca de qualefquiera dias de curío, aunqueno fea entero, que fe hagasy li dierc teftimonios;lleve ótro tanto por tefli- . monio decada curfo,o curfos,como por provarle, e porla provicade lecciones;que afsimifmo ha de fercondos teftigos, lleve dos reales. - "Tten,eftatuymos, cordenamos, que fiporno aver algun eltudiante ovado puntualmente fus curfos, en cada año, comolos araba de cúp!it le faltare tefligos para la pro vanca,queda vn curfo lolo; y no mas, en todo el quingucno;provarle con viteftigo folo, y lujuráméto; guar AMADA fot Er A OS “Irene ftatoymos, y ordcnamos, que todoslos dichos curlos fe ayan de ganaren años continuados, fninterpolacion notable detiempo: 3 Prueva de yn “el quelos gana, aya dexado de cutlarporque fi entre vno, y otro curfo cur fo OA pat el tiempo'que esmenclter para, graduaríe , Queremosqué nole e pe “valgan los que ganó primero : y queen eftotros aya de curíar; como efeigo 1) ju ju principiante 34 a a LE ad ade IRA TE 25 ramento. Iten,cftatuymos, y ordenamos,que los Eftudiantes Legiftas, en lo á “toca al tiempo, y modo de curíar Matriculas, y lecciones,.e Derezhos, guarden lo arriba dicho, con tal diferencia , que el primero,e fegundo año eurfen en dos lecciones, vna de Ínflituca precilaméte, yotradeDi _. elto viejo,o Codigo: y los tres años reftantes , en vna qual quificren Difpenfacion déltas dds,C: O HE viejos” ¿E 2? cil A Ada -en Dn cusfo. Iren;eftatuyios, y ordenamos,que fi algun Eftudiante, que iyacur “fido en efta Vniverlidad, o en Otra,cn Canones,o Leyes, quiliete 812: Soto dicados “duaríe cón los quatro años antes de aver cumplido el quinqueno,pue- PE “dan el Rector; y Confiliarios, o la'mayor parte dellos,difpenfar en unoPor ta : dl - deloscincoaños, y porla tal difpenfacion pague al arcade] Colegio) 4c10n.* Teysducados,y ala dela Vniverfidad vn ducado, Xen, > Ñ > ñ CNA Iten, eftatymos, yordenamos, que los Eftudiantes graduadosen Canones,puedan graduaríe en Leyes có otro año, que en ellas curlen, la mayor parte del en vaa de las tres lecciones, de E. viejo,ó C. ó Ioftiguta: y al contrario los graduados en Leyes,puedancon otro año, O la mayor parte que cuen en vaa leccion de Canones, qual quilicren,gta duaríc en Leyes Matriculandofe en la facultad,en que de nuevo custaren, e guardando en la provanga defte curío , y enlos derechos de la Matricula, todo lo que f+ ha dicho. - 2 | Tren, cftatuymos, y ordenamos,que el tiépo para graduarle los Teo logos,dcfpues de avergraduadole de Bachilleres en Artes, o podido graduarle,como fe difpone enfus calos, ayan de curlar quatro años en 'Teologia,guardando la miíma forma, y orden,en el tiempo de Matriculas, y todo lo demas que en los Canoniftas eltá dicho. Y los dos pri: meros años han de curíar con dos lecciones, lade Prima precilamente, y otra qualquiera: y los otros dos en yna de qualquiera de las Cate dras de Teología delta Vniverfidad,con que yn año curlen precilamérc en Elcritura,el que quifisre,o vna leccion de las dos, en que han de curíar los dos primeros años,lea precilamente defta Catedra. Y las lec ciones que han de lecr en el quadrienio,han de fer dicz,y los derechos de provarlas, y de los curfos, e todo lo demas, lean los milmos que en los Canoniftas queda dicho. ' Iten,eftatuymos, y ordenamos, quelos Medicos para poder ganar curío,ay sa de fer graduados de Bachilleres en Artes , o eftenaptos paya graduaríe,como fe dixo en los Teologos: y guarden, y cumplan lo smilino que los Canoniftas: y el tiempo que han de curíar , lean quatro años,los dos primerosenla leccion de Prima, y Vifperas: y los otros dos en qualquiera dellas, y enla de Metoda: y han de lcer,¡o averley- ' do en el quadrieno cinco lecciones ,la mayor parte de lahora en cada vna: conlo qual, y aviendolo prevado, como los Canoniítas, y guardando aquella forma,pueda graduarle de Bachiller, como eta dicho. Iten,eltaituymos, y ordenamos,quelosEftudiantes Artiftas, ayan de curíar tres años precilamente en elta Voiverfidad, comocitá dicho, el primero en Sumulas,yendo el Catedratico que tuviere la tal Catedra, y continuandola mañana, y tarde: y el fegundo en Logica, y el tercero «en Filofofia:y icon los dos primeros años quifieren graduarfe,guarde la forma que e dio al titulo de los Bachilleres en la parte que habla en cíte grado, y cite calo:e los derechos del Secretario, y otros delas Ma triculas, y provaneas de curlos,fcanlos milimos arribareferidos; y en etta facultad para clte grado no le han de leer lecciones. TITVLO TREZE DE LOS GRADOS DE Bachiller, en todas las facultades: y Sratuymos, y ordenamos, que los que fé quihieren graduar en Cas uter da Fra. Vilagez.o Leyes,aviendo cumplido,e provado los curíos, y lecciodas de Bachi. nesyenla forma referida cn el titulo vadezimo, pueda recebir el grado _Jler en Derechos; , de Bachiller:el qual tenga obligacion a darlele yno de los dos Catedraticos de Prima a los Canoniítas,y de Digcíto viejo alos Legiftas, a quien Solamente cometemos el poder graduar de Bachilleres, fiendo Es | + Roto: r | PES Doctores porefta Vniycrfidad;y no lo fiendo,los Catedraricos de Vilperas,de Canones,o Codigo, y: fino lo fucren,qualquiera Catedratico : dela facultad, que fea Doctor, y ino lo fueren el Dean dela faculrad;y 20 diere el gra en falta fuya el inmediato, y afsi porlos demas Doétores delia por etta do de Bachi- Vniverfidad,-e no.otro ningunos e para elto bate qualquierzinterpe-// ey. Jacion queel que le ha de graduar hiziere al tal Doctor ; pena que fi fe eSfcutare 10 caula legitima de enfermedad,o otra, a arbitrio del ReéGror pague vn ducado parael arca del Colegio, y primero,e ante todas colas el que alsi pretende graduarfe, paguelos derechos figuientesante el Secrerario, que de fee dellos.Alarcadel Colegio veynte y feysreales,al arca. de la Vniverfidad doze reales;ala de la facultad quatro rea S: ay difpenfa les,alRector,y Confiliarios, a cada vnotresreales,al Doétorquedieci9n de curfo sepbsrido ocroscaleshalgccierado lovasiehoy aleteo calles y, , 2 ocho, al Macítro de Ceremonias 'otros quatro, fin que tenga obliga- JP" JP00S AMAS cion de afsiltir, y el Secretario en vnlibroaísiente el dia, mes,y año 405 014.12. del:erado, para que altiempo de las cuentas pueda conftardelaentra- ,.. . da del dinero enstas dichías arcas; y al echarfe en ellas fe halle el Dipu- Y fi fo nlas lec tado. y lin:que elto:fe:aya cum plido con efero,nopuedarecibirel Sta ioosocho eg dojni pucda remiticle (us derechos:alguna, o algunas d e las perlonas eee queloshan de aver, pena de pagarlos doblados, la mitadal arcadel * ÓN) Colegio, y la mirada la dela Vniverfidad > el que aísilo remitiere: y , dit hecha eít: diligencia leproceda a darel grado, lo qual aya deter pre- Que ferán ELO cilamente en dia lectivo, y no deFicftasfalvo'enlas vacaciones del Ve dos 167. y dos radozenlas:quales no fe entienda cta prohibicion, nienlos forálteros' Je la Grama. Pena al que Propinas de Bachiller, a:quien por clcufar de comodidad, y. cofta,permitimos, que puedantes,;. xebireligrado cn qualquier dia. de Frefta,quádo cócurlos de otraVai- ,. 2 A verlidad vienen a graduarfe a efta: pero éuríando en ella, fe guarde lo Y fan que aya que con los Eftudiaotes ordinarios: y liédo el srado yn día deípues de difpe 1)acto en cumplido el cusfo,te pueda dar en los generáles de Canones, o leyes, nada fan oché fegun fuere la facultad, fra: que lo eltorvén las lecciones.que aquel dia A puédi dexaríe para elto:pero en otto delpues; o 4ntes,no aya de feren ly, AA tiempo. y:hora: que fe cftorve leccion alguna: y.el que hade tecebir 53 a eligradojure:én manos del Secretario; que no lerá contra el Colegio, Pena 4 quaa eNaivatidad fino quelesayudará empre : y eftando cl Doctoren la remitiere pro- Garedra, pidacelgraduádo en oracion Latina el grado al que le ha de pina sde Ba daur;quea todo lolifodicho efté con botla, y capirote, y elle lo conce- 38 dasenta forma liguientes >: A. IRAN ta tí quatro rea a COME 1¿Auctoritate Pontificia, Regia;quain hac parte fungor, concedoti Gr ados de Ba bidiberam facultate mCarhedram alcendendi,% ¡biiura Pontificia,vel chil ler, fe den Cefareazfegun la facultad interpretandi, 'yt curfibus tuis peráctislec. en días leÉti sibnibusque lectis ad Bachallaurcatus gradu pervenire valeas; quod'pos , falvo en tibifoclicirericedar, 8 vita m ctebnam confequaris,quam mibi, 8 omni o. bus:civcunitantibus -Dominus elargire dignetur, Amcn. Ylúbafe'enla * de RS de Catedra, baxandofe della el Doétor:, e proponga el declarar va téxto CActoMes. del faculrad, y eliSecrerario de la Voiverfidadténga obligáció adar-* Forafteros. le carta de Bachiller enla forma ordinaria por diez y leys reales,y que- Derechos Y el oScrito cl nombi ao did vd Mbs : ye AO ns efcr de ombie del fufodicho en va libto por tirorden , y fíentre Secretario por das; 0 mis hviere diferencia fobre a qual e de dar primero el la cartá deb grado, el que huviereganado en efta Vniverfidad todos los curfos, fe Le D4 prefiera as que tuviercalguno, o algunos de otra parte; y entre ellosel chiller, p | E A que yn NN ” Iten,eftatuymos, y orderiamos,que todos los graduados de Bachi lleresen Artes pororras Vniverfidades aprovadas, queriendo curíar en Teología,o Medicina,en cfta les matricule el Secretario, y ganen “curlo. | 4 | Los Familia=> Tren, eftatuymos, y ordenamos,que fi algun Familiar, o Familiares res no pagan del Colegio quifieren graduaríe de Bachilleres por cita Vniverfidad, a aviendo curfado conforme aclftos Eftarutos en qualquiera facultad; Tc - E pmna , les'aya de dar, y dé cl grado,conforme a lo difpuefto por ellos, finlletrá cofa engra yasles propinas , ni derechos niogunos en ningun cafo' de los contenidos de Bachi-.dos en efte tienlo,y en el precedente portodo,y qualquiera cofa delas Meéres. cos que para otros Eltudiantes eftan cftatuydas, con derechos, e propinas - L con que al tiempo de recebirel grado,fea el quele pretende actualmé te Familiar ¿lo qual nofe evtienda, ni prarique con Otro ningun gene, ro de perfonas. Sh OS un TIT/LO CATORZE DE LAS REPETICIO* nes para losgrados de Licenciados en todas facultades, + > A pa Statuyimos, y ordenamos, que ualquiera Eftudiante graduado de j D 'Jpenfaci om E pachiierpor qualquiera de 3 ai veslidades pro Vadd y traycade tiépo de paf do.dello carta,o teltimonio porante el Elcrivano de la Vaiverfidad, y -fante para Li.no ante orro,puedarecebir el grado de Licenciado en Canones, 0 en “ienciados. TLeyes,ocn Teologia,o en Medicina, defpues que ayan paífado quatro o años delde el dia quefe graduó de Bachiller, o provó todo lo necella- “Adel feys rio para graduarfe; y en Artes defpues que aya paflado dos años y mes 0 22 giodeldeclgrado,o defde que provorodas las diligencias para el, y Yea:es, porque e] Rettorsc Confiliarios puedan con los luriflas Tcologos,y Medicos avi edela pre difpenfáren ya año de patíance por leys ducados para el arca del Cole fentacio n paz gio, y en dosaños pordiez,para la miíma arca; y có los Artiltas en leys y Lia mecfesjo menos dias,-pordos ducados,c por vn año, o menos dias; Co- 4 mo paflemde leys mefes.porcinco ducados, y por año y medio, o me- o. “nos dias ; como paífen de dozc mefes, por ocho ducados para el arca | del Colegio. Him Mu drusioy 0n Depofito en: _Tten,ordenamos queel que fe pretendiere graduarde Licenciados plata en el y, Lc prelente ante el Rector,y Cófiliarios,y Secretario delaVniverfidad, del ¿y el Vedel,a quientocálas diligécias de aquel grado,avife,mandádo- ; ' felo afsi el Rectorjatodos los Doctores q há de examinar de la tal pre- | -— ¿Sentacion,e porctta diligencia le pague el graduando feysreales,y de- - Informacion Gpofiteien el Vedel todas las propinas, y galtos , e derechos detal gráá de hazer pa do luego que fe prefente en oro, o plata, y no en otra moneda, o pren: ra el orado das deora,o plata que lovalgan,conftando que fon fuyas, o. de per lo- e 1% do, PA que para efto las abone,con fuficiente feguridad,a arbitrio del Reeae L1cectadd: «ore Confiliarioszante los quales,y el Blcrivano dé informacion, fien- | - do Jurifta, o Medico contres tefligos, y Teologo con quatro, y Artitla Derechos - de con dos,de que eshombre de buena vida, y fama, de limpia cafta,y:ge Secretario sex; Ueracion, e que fu perfona no padece macula, ni defeto de infamia,/e ps o cb acio 06 enfus eftudios haprocedido virruolamente , procurando apro ve- IMC rare en ellos,e por cada yn teftigo pague al Eleriyano dos reales, y nes.” “ enlos Teologos le haga mas apretada informacion) y en e / 01655, 23 dofele públique el Vedel enlos generales de fu facultad, e pongale editos a la puerta del Colegio, y ala de laIgleñia mayor, que llanan del Perdon,con quatro dias de termino,para que fi alguno quiliere pre ferirfete,acuda ante el ReGtor,y Confiliarios a prelentar lus citulos. > dias de termi. Iten,ordenamos, que fidentro del termino de los editos pareciere alguno.con mejor derccho, porfus turnos,conforme a eftos Eltatutos, cjuzgandolo alsicl Reétor, e Confiliarios, fe prefiera con que luego anterrodas cofas depofite las propinas enla forma dicha, y no depof1- tandolas;o aviendofe palíado el termino, fe prefiera cl que le publico, elo miímo fea (¡cl que (e huviere preferido no entrarecnexamen den tro de quinze dias defpues de cumplidos los editos, queen tal calofe hadepreferir'cl mas nuevoque le prefentó primero, ía que al mas an: sigilo ie: reciba eleufa de enfermedad, ni otra: e porque no (e dilatela brevedad delos. grados; ordenamos, queíi en alguno deltos quatro diasiquifiererepstirel Bachiller, pueda hazerlo, con el miímo cargo de quefe prefieralel queen cite termino :pareciere mas antiguo, e vil dia antes dela repericion,ha de pediral Rettorlicencia: y el general delos actos; que esdonde eta de hazer, penade que li repitiere (ía clla, no le valga, y el Réctorno la pueda dar, fino es para dia leótivo. - Iten,ordenamos,:que el que afsi le prefento tenga obligacion a enerar cavel examen dentro de quinze dias, ¿contados delde el vltimo en que fe cumplieron los'editos: en vano delos qualesha de averrepetido,o-enlos quatio,como eltádicho, y no entrando, pierda las propinas, lino es que por impedimento de enfermedad, con dicho dedos Medicos lo dexe de hazer: ados quales encargamoslasc óciencias,para que conforme a ellas. y lin fraude informen: y en efte calo le prorroguen el Reétor, y Conliliarios el termino que porla ral relacion lespaseciere,con que no exceda de quarenta dias: y fi fe muricre,fe les buelya afusherederos,o a quien lo huviere de aver todo cl dinera del de: poíito,; menos lo que por la primera diligencia del Vedel, o informacion ante cl Secretario fe huviere gaftado, como queda dicho colas propinas de larepericion queadelante fe diran. dr] Iren,ordenamos, que! ¡ció a arepetició de los Canoniftas lea en qualquie ratexto de los del Derecho Canonico,y de Jos Legiltas del Civil, y de Jos Teologas en qualquiera parte de fanto Tomas,o del Maeftro; y de Jos Medicos, cn Hiprocates, o Galeno; y de los Artiftas en qualquiera parte de la Filofofia de Arittoteles; laqual ha de durar media hora por lo menos; y el que no la repitiere, no pueda recebirel grado hafta que pafíe yn año,que fe quente delde aquel dia; y quatro anteshade ayer moftrado la repeticion, y Coaclufiones al padrino : el qual [ea delos GCanoniftas.el Caredratico de Prima de Canones , fiendo Doctorpor Ponganfe edin t0s con quatro 110, De el feñor Recz tor,y Confilia- Yri0S. sá Renunciacion' del" 9rado por el tiépo delos. editos. la prelacion conozca: Pida licencia). y ¿general para. la repeticio al feñor” Reétor va dia antes. Queen día lec tivo fea la res peticion; Termino para entrar en exa MEN Autores en g fe dan los pun= tos em todas fa eunltades.o io La repeticion dure. media ho Ya. «Quatro días eta Vniverlidad, y no lo fiédo el de Decreto, y: fino lo fuerc,el de Vispe antesde lares yas;y fitampoco lo fuere, el Dean de la facultad: y delos Legiftas, el peticid f 08 Catedratico de Digelto viejo, li fuere Doétor afsimilmo por efta Vni- ; ce “yerfidad; y no lo fiendo,el de Codigo: y fino lo fuere, el Dandeli fa: fire al paari. cultad:y de los Teologos, y Artifias, el Catedratico de Primade Teo. 70» ( logia, frendo Dottor por cfta Vaiverfidad;y tino lo fuere, el de Vifpe- Padrinos ras;y-o lo fiendo; el de Etcritura: y fitampoco lo fuere; elde Dorádo, y ino lo fuere, el Dean de Teologia delos Teologos y de:los: Artik pis M Medicina, cenciados, . vea 1] grados de Lois No fiédo D,el Catedratico de. Pri ma,prefide en los agtos de Licenciado.ek, deVifperas. : El que fe efcue fare prefidir en Licencias .1) . ' migto; Je pone Tres Conclue fiones a de de: fender. el repin do lastres días Propinas 4 los arguyetes: Propinas dela repeticion pue blica en Lictciados. 050 | - drinole pareciere, y defele de propina dosrealesacada vno. > ud vaa da Medicina, fiendo Doctor, y fino lo fuere,el de Viíperas, y nolo fiendo, el de Metodo;y fino lo fuere,el Deá de la facultad: y eltas mifmas: fubrogaciones fe entiendan por el orden dicho , quando fiendo Doctores cftuyieren aufentes,enfermos,o legitimamente impedidos, y con licécia del Rector: y fi fin ella fe efcufare,paghe cada vno.dos ducados para:el arca del Colegio,y no lleve propina de repeticion,ni grado, y en lugar delos Dcanes, quando por alguna delas dichas caulas faltaren, vayanientrando los figuientes en antiguedad y Íultente cada vno de los repitientes tres Conclufiones,facadas del texto que repite, y tres dias antes lashadeaverfixado el Vedel en la puerta del gencralodo los Aétos,y en la del Colegio; y cada vnadellas defpues queacabede repctir,ha de arguir vo Eltudiante oyente,o Bachiller,o Licenciado, y no Doétor, ni Macttro, e profeguir vn medio folo el tiempoque al pas a «Irenyeftatuymos, y.ordenamos, que ala dicha repeticion afsifta el Reétor, deldecuyo.apofentohan de baxar al generalde los Attos, el - padrino con fu borla;y:capirote,y el repitiente.a lamano yzquierda:,y el Rector derras,y los. Vedeles. delante con fus macas, y los derechos; 2% epropinasfeanyal Rector ocho reales: al padrino otros ocho::<acada tiente, ponten=, vno del Secretario,Maeltro de Ceremonias;que tambitha de aísiftir, y Vedeles.leysreales;y acabando elte Agto, buelvántodos acópañan do 11 Rectora fu apofento,enla miíma formasel qual fi por Catedrati> cole tocare ferpadrino ,nohaga efte oficio, fino paíle al q quedafub> rogado en otroscaloso risas oo ecu agdo: 109 P13 64H, Cha Iten,ordenamos,que porque. de hazer precilos los dias leétivos pas ralas repeticiones ,Tecebirianalgunas vezes: daño ; e moleftia losfo+ rafteros que vienenfolo a graduarle,puedan el Rector, e Confiliarios, aviendo juíta caula,la qual dexamos en fu arbitrio, difpeníar para que fe haga en vacaciones,o en otro dia de Fiefta, comono lea de guardar delpueblo,ai en Miercolesslueves,ni Viernes Santo: en los quales pro Con cauja: dre hibimoscfte Aéto» 200 Iten,eftatuymos, y ordenamos,que acftarepericion, fiendo de Iuril guarda: de. La Íglefía. ios, TSE O Lacenciados en todas facultades. : Liar > “Examé en dia »: Statuymos; y ordenamos; que hechaslas diligencias de la repeti- a cion; pidael que fe pretende graduar al Rector > que le feñale el de Fica: E" ; en 24 meros figuientes al que le cúplieronlos editos que mas guftare el graduando, fino cs que aya inconveniente, queen tal calo podra feñalar . el Reétor otro quefea de Fiefta,o aviendo razon que eltorve el hazcrle Y con caufa ar enlos dias de Fiefta de los quinze dichos,a arbitrio del Reétor,e Confi bicraria en lec líarios,fe podrá feñalar vano leétivo,con que.nolea,ni pueda [er tenien tivo, do puntos para oponerfe a Catedra vacante alguno de los examinado res, que hán de fer,el Reétor,y en Canones, o Leyes todos los Docto- DVotaié l foño p ses graduadosporefta Vniverfidad, de entrambas facultades, A quanto 2elto juzgamos por vna mifma: y en Teologia todoslos Doc- Rector AO tores Teologos;y en Medicina los Doctores Medicos: y.en Árres los grados de Li. Maettros Artiftas:y falgunotuviere dos grados en dos facultades dife cEciados en to rentes, pueda entraren los examenes de entrambas, y llevar propina: y das facultades recilamente ha de fer, fea elte Claultro deexaminadores de quatro porlo menos,tin el padrino de las perlonas dichas, y nolo fabiendo ea, la ciudad, epor defeto luyo,de graduados de Licéciados por efta Vni- Plaufero deL; verfidad,por lus antiguedades;y fino los huviere, de Doctores, o Licé cenciado ha de ciados;prefiriendofo los Daétores,halta el numero referido, quefean ferde quatro graduados por Salamanca.en primerlugar, y en fegundo por Vallado", . ,, Maa lid, y entercero por Alcala, y en falta dellos, los graduados por.otra p ada » Vniverfidad aprovada, con que el padrino precilamente lo aya de ler fan el padrino, porefta: queremos que lean padrinos los que en el titulo precedente de las repeticiones quedan dichos coa la miíma diltincion, y orden. ren eltatuy mos, y ordenamos,que va dia antes del examen,a las fic te de la mañana,deíde el primer dia de leciones,halta veyate de. Abril VD PARITO y clrefto del añoa las feys enpunto, aya de eltar el graduando enel di ; apolento Rectoral,y los Coníiliarios, y el mas nueyo de los.que há de mar puntos» examinar,al qual vn día antes ha de citar el Vedel que hiziere las diligencias de aquel grado,y file elculare , o faltare defta hora, pierda la Af de citarel propina; y. otro tanto,para el arca del Colegio,(ino es con caula legiti Do? A z ma,a arbitrio del Rector, y con licencia (uyya;y entonces le cite el inme TAS diato, y afsi porlos demas:y el Rector,o alguno de los Confiliarios, o nueVo , para Doétor que ha de aísiítir, a quienel lo cometicre, leñalelos puntos, £014Y lospuns aviendo por tres partes para cada vno las que calualmente falicreaslia £os, acaya fraude, ni malicia, y en Canones han de lerdos, yao en que principalmente (e ha de Icer,y diíputaren Decrerales, y otro en Decre- Pena alDoó to,los que de las partes abiertas leñalare el Doétor que ha de aísiftira darlos puntos, que ea cada yno ha de feñalar vn rexto,e deftos tres el- : cogervno el graduando en el vn libro»y en el otro,por la mifma forma no Dintere a otro: y. en Leyes otros dos,el piineipalen Codigo, y elotro.en Digelper los puntos to viejo; y en Teologia otros dos,en el Maeltro de las fentencias yao, de Licencias enel primer libro, y. otro en el tercero, o vno enel fegúdo, y otro enel. AS quarto, (in G efta oiden le pueda prevertir, y el feñalarlos enprimero,y | tercero, o leguado, y quarto libro,fea a arbitrio del Rector ye Confilia- ,. tó a, rios, y el punto principal.y enqueleleala primera leccion,fea en el pri Libro de. los “mero, o enel fegundo , conforme al orden dicho; y en Medicinafean puntos, otros dos púitos,el vno el principal,en Ábicena, y el otro,y.menos prin E cipal enlos Aforilmosde Hipocrates:y en Ártes otros dos,el primero, y en que principalmente fe ha de repetir,en Filefofia natural, y elíegú. do, y Menos principal en Logica. : ise : «Iren,porevicar fraudes, ordenamos,que la Vaiverlidadtenga qn 05 tor citado que E “Jos dichos libros nuevos, y en envejeciondofe las ojas,Íe renueven toni color, y cuellos, yno enotros le ayande feñalarlos puntos, y eften - ¡guardados en vn arca detres llaves;de las quales tenga vna el Rector, - yotraáel Coníiliario,y otra el Secrerario,ante el qual fe han de (eñalar los puntos;e fi alguno dellos falrare ala hora dicha fe defcerraje lu las eye pague dozereales para hazer otra, y lo que fobrare del precio juks Sofitutode to, feeche emelarca de la facultad del grado, y fiendo Reétos, o Vice Reétor,o Vice Rector el que faltare, alsilta el que conforme las Conftituciones del Reétora Colegiole avia de tocar el oficio,e liédoel cófiliario,entre en lulugas ES clinmedistose faltando todos el Colegial mas antiguo, y di fuere el Secretario, haga lu oficio vn Notario, O Efcrivano que de fe delo que le hiziere, en E | TA Iren,ordenamos;que acabados de feñalar los puntos, el Secretario las eferiva entátos papeles como huvieré defer los Dottores,o Male tros que fe han de hallar en el examen, y el Vedelle los lleve , comencando porlos arguyentes, de manera que dentro de dos horaslosaya tlevadoa las cafas de la morada de todos los examinadores , y fe los dé,o'a algunaperlona cierta de fu cala, 6 ellos no eftuvieré en ella; y (8 faltare en elta diligenciaypicrda la propina, y otro tanto para elarca de la facultad. 4224 OBUD ia Jtca, ordenamos,que en todo el tiempo de los puntos ninguno de los examinadores vilite,ni pueda vifitar en fu cafa,ni fuera della ni en otra alguna parte al que los huviere tomado, ni ayudalle ala leccion, ni comunicalle fus argumentos,o los de otro,por efcrito,o de palabra, ARA - porfi, ni porinterpolita perfona,pena de que por la primera vez quede Pena al Doce inhabilporva año para examinar, y llevar propina, y por la feguna,pok tor, o Macftrodos años;e por la tercera,paraficmpre. que comun ica Iren,ordenamos,que otro día figuiente al que le dieronlos puntos; defde el primero de lecciones, halta veynte de Abril a las cincodela pe eferito > 0 carde, vel refto del año alas feys,acudaal Colegio el que [e pretende de palabra al y ce ' O graduar, yen el apofento Rectoral eltenjuntos, el Reétor en lulugar, quetrene pun- y los examinadores enlos fuyos,lentados por fus antiguedades:de los tos. quales fi faltare a efta hora alguno, pieda la propina, y el padrino Sale ga por elgraduando a faera,y trayendole configo, a la mano yzquier. da le ienten'ambos en efta forma, frótero de la filla del Rector, el qual ? pe | mande, quando le pareciere al que fe ha de graduar, que comience > y A el (inarenga, alo menos que lea larga, diga de memoriatodo lo que bl quifiere, fin limite ninguno de tiempo,que por el rigor que convicnea elte examen; queremos no le aya; y en acabando de dezir la lecció del [ | punto principal, le falga poralgunbreve efpacio, y conel el padrino a La leccion de Yecapacitar elfegundo punto, y el Rector, y examinadores fe queden puntos dure el en fus lugares, y buelva por la mifma orden a lect la fegunda leccion, A le detenga poco. tempo que pa... Iren,ordenamos, que acabadas las dos lecciones, arguyanlos qua: reciere..o tro exainadores mas nuevos,comencandoel mas moderno, y lusgo Proponen) fel inm ediaroshaíta cl mas antiguo, e cada vao proponga,e proliga qua gue quatro me YO medios,dando lugarel padrino al fuftentante, que refponda, y enca dios en los Li minando el argumento, quando fuere menelter, fin atra vefarle nadie, : falvo fi quiere replicar alguno de los mas antiguos, que lo podra hacenciados. — zeryeprofeguirla replica,fio quitar al que arguye el argumento, pord | | despues : La 4 : ? ss - : 25 e PES m7 pa - Aelpuesaueaya acabado de profeouirel mas nuevo, todo eltiempora, a QUCAy protegMres ES Penas a lo E que quihiere, y delpues que todosayanacabadodearguyrspodrá qual + A Eo pode quiera presuntar al quete gradua, oreplicar Sobre lo que huvicre di. Pertu rbaré LO. sho, lo que quifiere, y elto le haga con mucha compoltara, fia atravetra 'efta orden. e -Jarle vnoscon otros: e para ello pueda poner el Rector pena depedi - miento de propina,o otra multa,qual le pareciere neceflaria, 2... «. Iten,ordenamos,e mandamos, que acabadoslos argumentos le fal. : - gaelexamivado fuera, y el Secretario dé a cada vno de losexaminas - dores lasdos letras de A, y R. y (ía hablarle vaos a otros, niconferir ni rogarfe,niperfuadiríe el que En Dios, y en lu conciencia entendiere que merece [eraprovado, eche vna A. en lacaxa blanca, y laR. enla negra; y li quiliere reprovar,las trueque con fccreto, y efcondidamentesde manera queni el Reétor, cxaminadores, niSecretario, puedan : verlo que le vota: y conforme falicrenlaslerras fe le dé carta, efcrivién 00 -—doenellalas que Íalieron, falvo fipor mayor parte fuerereprovado, porque entál cafo no queremos que fede de, m que pueda bolver Ar ferexaminado, hafta que pate vn año, y conel Secretario fe lo embie Se buelva a a deziralsi el Reétor,para queno buclva a entrarmiporla mañana are potar enl, afo ae cebir cl grado, y lo ponga en el procelfosy delpuesquete ayahechocl jj, 4 JU -efcutrinio delasletras,¡nopuedan los cxaminadores, ni alguno dellos PRES bolvera votar, falvo [1 con juramento dixere ante el Rector, que fe her "04. ró,que ental calo lo podrá hazer, y laliédo aprovado por la m 4yor par ec, propenga el Reétor li convendraimpoaerle alguna penitencia de q paile mas tiempo, ono fe le dela carta dentro de alguno, o otrafeme- . Jantes€ lo que lalicre por mas votos, prefricndoleslufuerenyguales,la | «parte del Rector,fe guarde, y luego mande el Reétor llamar algraduá 2 do, y el Reétor, o Macltro mas antiguo le diga la o aue dEaÍÍA Penaia los F varom,y la penitencia que le dieron, li tuvo alguna,y el Rectorleleña: dierená citen Je para el día figuiente por la mañana la hora en que ha de venira rece derma Iten,por quanto los examinadores enefte calo hazen ofició de jue. Y dotar enLs zes,y conviene que con lecreto den ius votosenla forma dicha y, yde cencrados. - manifeltarlos, y declararlos refulrarian muchos inconvenientes : efta- E tuymos, y ordenamos,que (1 alguno exprellamente , o perotras feña- Propinas de les indirectas dentro, o fuera del lugar del examen huvicre declarado Y. iceciados en (1 voto, pierda por aquella vez la propina, y otro tanto como avia de, Derechos de aver, para cl arca del Colegio, tin que el Keétor fe lo pueda remitir, y Theo ] des no vote: y fi fuere contumaz en ello en diferentes ocaliones, el Rettor, 21% ) y Confiliarios le puedan imponer las penas que les parecicre,hafta pri Medicina. _arle de voto, y de oficio de examinador. 2... 0 Peafefiaydif -Tten,eftatuymos,y ordenamos, que las propinas,e gaftos de los Iuril penjació decur tas Teologos y Medicos fcan, al arca del Colegio cienreales, alarca (1, Poo. dela Vniverfidad veynte y quátro reales , 2ladela facultad. doz oo POS RES JJ: di= les,al Reétos,y al padrino,a cada vno quatro ducados , al Caredrarico *12/P07q4 efe de de Efcritura dozc reales, li la Catedra cltuvicre proveyda, y fe leyere,y Veran al arca fino fe acrezca efta propina al arca del Colegio , para las demas Catede ¡Colegio las dras:a cada vno delos diez Doétores mas antiguos dos dudados, y.a propinas ue fe los demasa ocho reales:al Secretario veynte y quatro reales; al Ve- (e sal e 3 del, a cuyo cargo cltuviere las diligécias de aquel grado, veyate y dos 144 Jan en € seales, y al oro Vedel por la afsiftencia de aquella nochesdoze reales: “6-14. Pro cg. al Mactro de Ceremonias ve jate y dos reales;acada Cofiliario ocño, 2 TOBIES ¿Yo las propinas de los Artiitas Ícan, al arca d el Colegio. dos du, criados el” cados, ala de la Vniverfidad dicz:reales, ala de lafacultad quatro.1Car . pinas. Artes. essalReGtor,e padrino,a cada vno veynte y dos reales :acadavnode a - Aosexaminadores nueve reales:al Secretario veynte y dosrealesjal Ve: A O aquel grado. doze reales, y al otro Vedel leys reales ;al Macítros pá de Ceremonias diez reales:acada Confiliotiorres:cales:allCatedsari. codeEferiturafeys:y enla mifma forma que en los otros grados ques da dicho: y démas deltas propinasied ta cadawno delos exámihado?, -yes,Secrerario,Macltro de Cere monias, y Vedeles, enlos:gra dos. de: == Teologia, Canones;y Leyes; y Medicina, dos libras de colaciom»yab nores Colegía: e AL —Propinas deco Rector y'padrino dobladas, y enlos deArtesla mitad. 00000000 + Jrenseltatuymoss y ordenamos, que fiendo el queí :gradua Coles | gial,o.E amiliar,cumpla cowdarila mitad delas proprinas,, y de¡la coy lacion:3 CE JOA A POFSAED NAT a 2 Tresspor quanto-31gunos Eftudiantes pobres;y R ligiofos, que:con; vistudbiran profeguido lus cftudios; y aproveshadofe en ellos, no po»! y A A ls A A » SEE y — 'Propinas desfe: driansecobirette grado, fiienteramente fe les llevatlenlas propinas: eb tatuymas; y ordenamos,queal que por pobre pretendieré graduarfo, i 5 + mido dando informacion con dos tefligos ante el Secretario,de que lo es,el | IICA Rettor, e Confilidrios;¡Dean,y Diputado dela facultadio:en falca fluya! ds los que porcftos Eftatutos fefoltivuyen 2 quien precifamente ha de: * mandar el Reétorcitara hora comoda; penade que'fi faltare alguna R em if ¡on del dellos; les impongael Reétorlamulra,o pena que le pareciere,paracl teycero par poarca de la facultadye tea nulo todo loque fin cllos eneftecalo [cáttua ds b EL e o re puedan remitirlela tercerayo'quarta, O Quinta parte délas propinas; lle 203% enlaforma figuiente. -Que'fitodos;nemine difcrepante, vinieren clb ola remilsion,lea lagercia partesy fi falcaren dos, o tres VOTOS , avicador fido:el Rector en temitiste, la quinta parce: fi faltare vno, fea la quar] _ta,y fiendo la mayor parte de votos, en que no [e admita porpabre ya 7 emygital número el Rector) mole difpenfe enninguna parte de propl- US A qual por juítas cauías no queremos que fe entienda en las del Se -cretario, VedelessniMaettro de Ceremonias, fino que fe ayan de pas : garenteramente,y porrecebir cadate ftigode los que para ella provan ] cafe prefentaren, lleve el Secretario dosreales. == ral 0 E Treny eftatuymos, e ordenamos, que en odo el tiempo de examen, 0 defdequeclquefeha de examinar entra co el Colegio ,hafta que fale Noa S di tenga el portero mucho ei 1ydado con la puerta y fia confentir q ention | 47. remos as q los exumnadores, y oficiales, y de cada vno vn criado, y emol SS e , , E 5) o E A EN y ñ E - o Lazo SI E a TA pu É , 10 enpropifas corredordel apolento Rectoral, y canzel, que ha de eltarcerrado5 ao Eo DA 42 deoficiales... puedaayer, niaya pesfona ninguna en el tiempo que fe han de hazer A amencs de'arriba,G fea defde nueftra Señora “de Setiembre, haf- E 10 A Se "ra fanIuan, y eltelto del año porel calor, queremos que fe hagan xba “> xoenla Capilla, eftando cerrada la primera, e fegunda puerta del Cope portero afuera, fin.conlentir que nsogu a perfona le: Megle Propina.alpor actcuchar : al qual poreltrabaxo cada vno de los que fe graduanide sérown Laició, LICORES los en Canones,y Leyes,y Teología, y Medicina, ledéquacia EA .: «tro reales, y en Ártes 01es,e no otra cofa.Elos examinadores, 0 algáno. yá * dellosno puedan falirfe hafta que elexamen efté acabado, atínque ale gaencanla vigente, falvopor aleun breve efpacio , pornecelsidad;o 3 3 qu + Ss E E, A por enfermedad repentina, con licenciadel ReBor.. ... - rep, $Ítatuy mos, y ordenamos, que otro dia figuiente defpuesde. | cheprecedente,en quetambicn han de aísiftir, y tañes, comofe acoltú no quemo afsf Ls bra,les deel que legradua lo que conforme al afsiento hecho por el tjeya 4 dar ef - Reétoraycon licencia fuya, pague ocho reales para otro Doctor de la grano ae Lee 'S Saculrad;que vay examen,in quo ab omoibus Doctoribus ibi ici: cris onatimar Fora prefá di graduim Ei centiabys. ratus pervenire valeas: Y 11 cl que diere el grado fuere Vice Reétor ha. 20 dedezir,anthoritare Pontificia, Regia quan hac parte fangos, de licentia Reétoris; exquando diga eltas palabras el Rector, o ViceRec= o E a a nuevo le tocare, ni otro, porqueen talca Jo: )s que entre en fu lugar el que por eftos Eltatutos (e-difp ho: Ls , Meca los calos que en ellos hablan. A 7 TITVLODIEZTSEYS DELORADO DE E eds Teología, 7 GnoRes y y Leyes, y Medicina, is Aa y Maefiro A e ES EN a Bro. EN AN ca es il E grádua. U de Dottores ES A que los que fe huvieren de graduar. 6 dos de Li RE UE e Spor elta Vniveríidad 2 and f EN > e E duados de Licenciados por ella miíma, hn Jelota ada dde Be, ciados por las ciados porotras, falvo los quelo feto a pa e deERO. de S e dades cla Ya Ci Alcala de Henares; alos qualescon a : de Salamaca, de admit mo privilegio,con que primero ant ad | 4, de admitir el Rettor, y Cófiliari Pp ,y antetodas colaslosayan Valladolid, 'y lo Ao el Rettor, y Cófiliarios,y Deanes de las facultad Si Alcala, pue nones, e Leyes botinamitad e a graduar, regulando Ca dan graduar fe ES votencon AA. y RR.fobre fiel E ed ap ica de Dottores, y e quatro Vniverfidades fe admitira para o Ms Ed alicre po “parte r, 0 Macítro, elo f er edo p: aptas le guarde, y execute, y en ygual numero de En yguules vo ioclinado;y cl que y voto, € prevalezca la parte donde fe huviere E ERES y el que vna vez huviere fido excluío, no pueda Í pos 0s, prevalez: do otra ninguna, ni porefte camino fe trate masde me a feradmiti. 1 one cine Ecole us Vado demos sr feñor Rector. díde A primero elde Licenciados poreltlWa 0 3 Padrinos en eS opos Ps della, - mo: pS - A S.€ Or 19 ID ( . . + Doétores.,:0 Fétnel Catediaticolde E a anos a para eftos grados” Maeftros. “ras; y de los. Teologos, y Artiltas io los Canoniltás, y Legif. El que fe pre- Doc de los Medicos, el Entedratico de os ee LS orespor celta Vnivciól e Medicina, fiendo tendegráduar Desde ja acido cobra de fer padrino el de Doctor, fié fente ante el Rector,e Conéliarios.£ DS que fc 4 de graduar fe pres do lursfta , 0 doleslicenciapara graduarle, y Ade el o POCO es, pidieno Medico, de ino informacion conquatro teltigos,e ¡Secretario de laVoiverlidad de » 16 Me es perfona de buena vidase igos,e fiento Teologo, confeys, c:que formacion con Jegitimado,e que no a e EAS o macrimonlafacniosá: RA do ¿e que noes notado deinfamiasiori IMonio nacic0,0 quatro teftigos de quemado o reconciliado,o o nieto. y fi fuere Teo» Tiquificion.i de las pertonas ss o e sed logo con feys, IESO gravesy de que nohafido detal: sporDerechomipadede atro 22 10% ¿ido la luficiencia, y olvidado SAS manera diftraydo, que VA PCre equifitos que Ad eli 18 dá a pi las letras; y por ellibio o e A po timonio del,o otra legitima pre A NR el Bautilino, o ñ pa pri comotiene campliel Teologo, y tener cita edad, queremos A A ade que fea preci. ámpoco lipadeciere alguno de los ay ia + ade Did que [e do teo illo vas para quero! ella A o alguna, le cumplió y 2.Y el Teologopc ida, o que aviendofele da acro. niento. e Sd AN ologo porleríu ia p: AA; Se miento, y defenía de la ES, prueve demas d ciencia para entendi- | A leve demas deíto.que liempre vivio.cn nucitra ii 2" Rueftca fanta Fé Catolica, fin aver ido fofpecholo enclla ¿e afimiln enla obediencia, c vnion de la fanta Madre Iglefta, y que aétualmente esordenado de Orden Sacro: e queremos que no balte protcftar, o jusar que le ordenará: con la qual imformacion,aprovada porel Reétone Confiliarios, y Dcanes, lea adimitido: y porrecebir cada relligo lleve el Secretariodos reales de derechos. : q | Iten,citatuymos,e ordenamos, que dada eftainformacion, 0 enel interior, o antes que fe reciba, porque por ella no fe dilate el grado;he- S cha la prefentacion arriba referida el Rector mande al Vedel que pongaediros a la puerta del Colegio, y én la de la Iglelia mayor acoltumbrada, y ello haga alsi, y de fee al Secretario de la fixacion que hizo; En grado de con termino de diez dias, para que dentro del acuda el que con mejor. Doétor je Pr derecho prerendicre prefericle, y acudiendo al Reétor alguno mas antiguo le prefiera, fi en efte termino depofitare todas las propinas; don. . d de no quede preferido el que le prefentó primero, filas depofitare,y lo. 74774180. de miímo le enticada, y aya lugar, fiel masantiguo no recibiere el gras diez 4/45. do dentro de veynte d1as,delde la prefentació:porque en tal cafo que= yemos que el primero prelentado mas nuevo, pueda graduarfe, falvo Señor Rector por enfermedad del mas antiguo; al qual con dicho de dos Medicos, conoce de la Doctores porla Vniverlfidad, que debaxo dejuramento declaren fer e tal la enfermedad,que impida las diligencias, le ayan de efperar por ef prelación. pacio de veynte dias, y no mas,o queriédo graduar al mas nuevo, dar Al mas antiguo la antiguedad, fi en elte termino le graduare, y efto mif mo le advierta (i muchos acudicré a preferirlezentre los quales fe guar den en efta forma las antiguedades. Iten,eftatuymos,c ordenamos, que paííados los diez dias de la par > blicacion el que pretende graduaríe , aya de hazerlo dentro de otros Señor Reétor veyate,pidiendo al Rector que le feñale dia:el qual lo hagaafsi,y avié feñale dia pas do inconveniente, en el que le propufiere, o pidierc el graduádo, a arracl erado. bitrio fuyo, y de los Coníiliarios,feñale otro en el mifino termino,que e! e40s ño exceda deftos veynte dias. | A - Iten,eftatuymos,e ordenamos,que vn dia antes delqueparaclDoc efe YN ca toramiento le huviere feñalado, aviédo de feren Teologia, Canones, 9*te5 d el gra e o Leyes,o Medicina, haga el Kector citaratodoslos Doctores,o Mací do la Vnive fa tros, para que fejunten en la poíada del Doétorando, dede primero dad, para que de Otubre, hafta fin de Masco alas dos dela tarde, y elreíto del año a feju E las tres puntualmente, fin que aya nioguna dilación pena de vna mul. 2 dad , : fa,qual al Reótor le pareciere poner al que tardare, lalvo defde mitad É of: AA de lunio,haíta mitad de Setiembre, en que permitimos fea alas quaduando. tro:econel padrino, han de yr defde lu caía primerolos Vedeles, e Macítro de Ceremonias, e toda la mulica,halta la caía del graduando, P eya puede po y alli fe ponga el capirote, diziendo, que lo haze de licentia Recttoris, ra feño ; ctodos juntos con acompñamiento en forma, vengan al Colegio, ada enorRe poítre, y en mejor lugar el padrino, a la mano derecha, y ala yzquierctor alDoétor da luahijado, defenviertala cabega, y de en dos en dos lós demas del que citado mo Clauítro, por el orden de lus antiguedades, como fe dixo en el titulo fuere al p affeo nen editos,C og ” primero, y delante dellosel Macftro de Ceremonias, y los Vedeles có : íus mácas, primero los trompetas 3 y atabales 3 y miniftriles ad cavallo, Colegiales pue fin que delte acompañamiento pueda efcufaríe ningun Doctor, o Maeí d E a —troslino es que Sea Colegial: a los quales por jultos refpetos ia a 4 * é ombibus previlegijs,£ imeunicaribus, quibis prohibitus eras gan: : «dere poísis, % tandem vitatn xternam conlequaris, Yleabrace, y luego fe fiente en el mas nuevo lugar de lu facultad : y fede de carta enla formaordinaria,o enla antigua, pongapor teftimonio el efcri vano, como quedo recebido por Doctor, para gozar plenariamente detodo lóquecltos Eltatutos conceden al que mas. E por eíte reftimonio , que ha de [er autorizado le de ocho reales. «¿Fren,eflatuymos, y ordenamos, que todo lo fufodicho en eftetiendo, leaya de entender, y entienda de manera,que ninguna perfóna lleve, nipueda lievar mas que vna propina, aunque pretenda derecho a dos,o mas por diferentes oficios que tenga, porque folo por el vno dellos,el que cxercitare , o exercitando dos, el que efcogicreshade llevar propina, conformea eftos Eltatutos. ? TITVLO DIEZ Y SIETE DELAS ÍN E corporaciones en los grados de Dogtores, de sí y Maefiros, > Ten, eftatuymos,e ordenamos, que por quanto parece cofa con. ] veniente a efta Voiverfidad, y alsife vía, y acoftumbra en otras, que por incorporacion puedan admitiríe en ella alos grados de Do Etores, y Macítros entodasfaculrades, los que por Vniverfidades rovadastuvierenlosdichos grados:pero li fueren por RR. elcrito particular de algun Principe, o Conde Palatino, queremos queno puedan ferincorporados en'efta Vniveriidad, fino que ayan derecebir primero todos los grados menores, conforme alos Eftatutos della: yalsimiímo €lque fiendo graduado de Licenciado porelta Vniverfidad le fuere a graduar de Doctor,o Maeftro en otra,no pue da ferincorporadoen cfta: y el que conformea lo dicho afsi quifie- Señor Reétoy re incorporarle,fe prelente ante el Re étor >€l qual aviendo viíto los val titulos, y cartayjuate Clauftro de los Confuiarios, y Deanes, y todos aprueda cacar 105 Doctores, o Maeftros de la facultad:los quales todos votenicon ta para la ins AA¡yRK.efaliendo por todos, nemiae difcrepante aprovado, fe corporacion, admitapara incorporarfe:y fi huvicre alguna R.no pueda entonces; nen tiempo alguno ler recebido aincorporacion. dit, Tten, eftatuymos,que para la dicha incorporació aya de aver cor El tiempo de * ido.defde el que la pretende fe graduó de Bachiller,hafta entonces Pa ¿ás aña el milmotiem poque para graduarle de Licenciado,fe dixo enel tiz tulo delos Licenciados,con la mifma diftincion de facultades fin cef] arto páYa e qual no pueda nadicincorporarfe en elta Vaiverfidad; aunque có la incorpora menos tiempo de Paflintetea graduado de Licenciado, Doétor;'0 cion. «Macítro por otra: tol Mela ¿sbidos ES sit Iremsordenamos,que el que afsi fe pretende incorporar, aya dere ner, Exfenga veynte y:vn años cumplidos. y buena vida, e famaje las demás aafidades: que eñel titulo diez y feys de los Dotoramientos fe dixo;que ha de tener cl que pretcade graduaríe de Doctor'¡o Macftro: las quales ha devaveriguar, e provarante las miímas perfonas,y enla miíma forma, - | En? E Iten, -- Iren,ordenamos,que el que le huviere de iatorporar, pulcilo: miímos desechos, e propinas,e haga todos actos, y ceremonias,e lo Jemnidades que pag3,y haze, y ha de hazere!que fe graduar de Doétor, o Maeítro, e publiquele de la miíma fuerte: y en quanto ala piclacion li acudierenñ.otros dentro del termino, fe guarde lo mimo que en cl titulo precedéte queda difpuelto ,falyo que no ha de aver acompañamiento por las calles, (íno el dia del grado fc ha de juntar todo el Clauítro enel Colegio, y delde el apolento Reétoral falira celebrasle al teatro, y a cl aver el Rector de darle, víe de la: mifma forma,e palabras;excepto que en lugarde las que dizen:Creo te Do CEtorem, diga:Recipiote in confortium,dc aremium huius Voiyerfitatis, vt de cetero huuus Vn1veríiatis Doctor, vel Magifter is: Y ha de cítar cubierto, y dado el grado, acompañe el Cluultro al Rector a lu apolento, como fe dixo en el titulo precedente , cuya forma fe guarde enel dar de las propinas, y no aya, nie de bexamen. TITVLU DIEZ Y OCHO DE LOS TRA ges delos Doctores, y Eftudrantes, y de lá vida, y cof id - tumbres que ban de guardar, pa O; quanto para las inclinacionesinteriores , conviene que lá des cencia exterior lea tal, que pos cllale pueda juzgar, y conjecturar: y alsimiímo le efculen gattos Ínperfiuos, e que las perfonasdel gremio defta Voiverfidad, vivaa honeítaze pacificafente : eltatuymos, y ordenantos, que de aqui adelante ninguno de los Doétores gun genero; nifuera del,como es efpada,dagaso otras:pena de perderlas, có. mas la pena,o multa q al Reétor,y Confiliarios, y Deanes de la facultad le pareciere imponerle : alos quales junte el Reétor, fiendo neceffario, para que determinen todos, ola mayor partela pena, fe gun que huyiere fido el elcandalo: y li de ordinario víare cas pa, y eípada, veltidos de color, e indecentes ala profelsion dele» tras, pierda las prerogativas, propizas,o emolumentos, vÍo,y exercicio de Doctor, portodo el tiempo que var lastales armas, o trages: Tren, por quanto las infignias Doctorales fon las que denotan la. diferencia de los grados, conlos colores que para cada yno feha víadoenelta Voiverfidad, y otras, y de miezclarlos conbordados, oro, tela,o pluta,pierden ln perfeccion: y afSimifmo le acrecientán galtos fuperfluos: citatuymos, y ordenamos, que de aqui adelante En InCOrpor4 cion fe pagan las mijmaspro pinas que en grádo de Doc tor, a ; P .. al e y E Editos, y pres lacion, como para Doétor; 9 En la ínco rpo -tacion fe vía de la mifina forma que en el Zrado de Doétor, a El feñor Reca tor caftigue a Los Doctores deta Vniverfidad trayga,ni pueda tract armas en el Clauftrosde nin. que traxerci Aras. todas las borl1sjmucetas, y Capirotes que de nuevo hizierenlosDo Etores, c Maeftros que le graduaren; Olos ya graduados, ayan de fer, e fean de feda, rafo,rateran, o terciopelo, cada cola deftas en fu vfo, fin que le pueda poner oro, ni plata en el,o paffamanos bordado,ni texido de ninguna manera,pena del que contra cíte. orden le Je pulicre, pierda las tales infignias, eno pueda ler admitido con elias al vío, y excrcicio de fu grado, enningun acto: y afsimilmo diez ducados, todo para cl arcade la Vniver lidad, y las ya hechas : A ¡ Q_ contra mn == Contra el tenor de efte Eltatuto , las reformen todos, lo las mifmas Jren; eftatuymos; e ordenamos) que ninguno de los Eftudiantes + —defta Vniverfidad, de qualquier eltado, calidad, o condicion que Sea trayga armas de dia,ofenfivas,ni defenfivas, arcabuz, piltolete, - montante, e/pada,daga rodela,broquel, cota,cafeo , niotra ninguna,publica, nifecretamente, lo pena quefilas traxere, e conellas - fuere hallado, o porinformacion conftare,las aya perdido ,e pier- - da pórla primera vez, eporla fegunda aísimifmo pierda, y aya per- “dido las dichas armas, y mastenga diez dias de carcel, y Íeapor condenado en dos mil maravedis, ela tercera vez, pierda tambien las armas;e tres mil maravedis, e fed porcondenado vn año de def tierro precilo delta Ciudad: y fidenoche para alguna necefsidad piecrín faliere de fu cafa,que fino es defta manera leo prohibimos; guarde las leyes deftos Reynos;en quanto alas armas defeniivas fo “Jas penas en ella contenidas , y maslas deite Eftatuto:: de la qual condenacion pecuniaria,o de armas,aplicadas, la mitad para el Al. Suazal,o miniltro que lo executare,y la otra mitad para el arca de la E LO Vnivetfidad. E | Z AS - ten, eltatuymos, y ordenamios, ( ninguna perfona de qualquier eftado,condicion,o calidad, fea ofado adararmas a Eltudiantes del - ta Voiverlidad, ni teneríelas guardadas, o reccprarfelas, fo pena de diez dias de carcel, y mil maravedis, aplicados, como dicho es: lo qual [e entienda en perfonas feglares, porque filos tales receptado resfueren Eftudiantes,o perfonas del gremio de la Vniverfidad,há de tenerla miíma pena que alos que traxeren las dichas armas eña impucita. A CENTASENS LIS Dita bo -Irenz ordenamos, que ningun Eftudiante, o Eftudiantes le acom- -«pañen conhombres feglares deftraydos, que llaman valentones. «para cauíar elcandalos,alvorotos,pendencias, nimatracas, fo pena - ,devmaño de deftierro precio delta Ciudad, e dos mil maravedis, aplicados en la forma dicha, demas de las penaspor Derecho efta» -tuydasalos cafos , o fucelfos que de lo fafodicho refultaren;.y el feglar que acompañare 2 los Eltudiátes, para lorcferido, tenga por - pena vn año de deltierro precifo defta Ciudad,porla primera vez; e - porla fegunda dosaños, eporlaterceratries al de feryicio de galexrasal remo, y fin fueldo, demas de las penas en que fillegare a.cometer delito en elte cafo incurriere por'Derecho. . 9 did, Tren eftatuymos,que los Eltudiantes defta Vniverfidad alos que de nuevo vinieren a cftudiar a ella,o alos que ya eftuvieren eftudiá- - :do,noles den matracas,niles hagan malos tratamientos, niles (lg Due y 4 VEnpatentes, lo pena de diez dias de carcel, y de bolverla parénte no feba-., la huvieré AA DE A Que 7, “alquelahuviere dado, y el quatro tanto por pena, aplicada, conio se Obsfpill %)J:quedadicho. | ticas Est las penas del,-s* Jren, por quanto de hazer los dichos Eftudiantes yn Obifpillo há y los que lo )¡-relultado muchosiazon vebientes de efcandalos, y alyorotos, ein- Zieren, y o o eat ode ala de aqui adelante no hagan daren. eleicao Opilpitiosniviea de otro genero de traza para ioquictárít, A pena de diez diasde carcel al Odifpillo, y alos que le dieren favor. o Os: | y ayuda, A A RE y ayuda, anduvieren con el, Y dos mitmaravedis; aplicados en la. forma dicha: y fi perlonas feglares les dierenfavor, y ayuda, Le han * o TS > e A] de aver,y ayanpor condenados en dos mil maravedis,enlamitma forma,y en vn año de deftierro precilo, porla primera vez, e porla - Segunda en dos, e por la tercera, en verguenga publica; e dos años de fervicio de galeras, - Iten,ordenamos,que ninguno delos Doétores, o Eftudiantes, o perionas del gremio defta Vaiverlidad, tengan en lus cafastablage publico de juego,nilos Eltudiantes acudan-a otras a jugar,penade diez dias de carcel,e dos mil maravedis, aplicadosenla forma di- ¿ : cha, porla primera vez, e por la fegundals pena doblada, e porla _ tercera vn año de deftierto precilo delta Ciudad , demas delas penaspor derecho eftatuydas contra los tablagcros, yjugadores. - Iten,ordenamos,que ningun Doétor, o Eftudiante, o perfona del gremio dela Vniverfidad; vaya a caía de mugeres enamoradas, fo pena de diez dias de-Carcel por cada vez que les hallaren en ellas, o porinformaciones conftare ayereftado: y afsimilmoles prohibi. mos eftar amancebados, fo pena de diez dias de carcel, e dos mil maravedis, aplicadosen la forma referida, porla primera vez que . Je averiguare, e por reincidencia en el miímo caío, la pena dobla- _da,e por la tercera vez,vn año de deftierro precifo delta Ciudad, de: mas delas peaas por Derecho impucitas alos amancebados. - -Iren,eftatuymes, e ordenamos, que ningun Eftudiante, de qual. quier calidad,o condicion que fea, traygabeítidos profanos; nide .colorenlo elterior,o debaxo de la (otanaycomo [on terciopelos, l1- fos,o labrados,o ralos,o tafetanes,afsimilmo labrados, telas, o cofas femejantes, o picas de oro, o plata en los fombreros, o botones,aunque les permitimos, que puedan traer feda lifaytafetan, gor goran,capichola,y otras defte genero, fileiles, y lanillas,, Lo pena de perderlos tales beltidos,e fe vendan luego,fin que ellós;niotro por elloslos puedan comprar, y el precio aplicamos enla forma referia da,y los Eftatutos defte titulo lc lean en los generales vna vez cada año,deíde lan Lucas, hafta Navidad, porel el Secretario, ; TITVLO DIEZ Y NVE VE DELOS EN: i _ tierros de los Doctores , y perfonas del gremio pi defía Vuiverfidad, E pa Ten, por quanto nofolo en vida, fino en muerte » conviene que la Wniverfidad honre a las perlonas de la gremio; y les acuda con fafragios, fiendo efte el beneficio mayor que puede hazerles; cítatuymos, y ordenamos, que de aquiadelante, para fiempre jamas, todas la vez, o vezes que musieren algunos de los Rector, o Doctores; o-Macítras, el Rector, o la perfona:que en tal ocalionbiziere fu oficio,lucgo que lea abifado de la hora del entierro, e parte donde fe livde hazer, y de la caladonde ha de falirel cuerpo del difun- to,mande que el Vedet cite en lus perlonas , ocn lus-calas 2 todos jos. Doctores, y Macitros, y al Secretario, Maeltro de Cere paa ese el otro Vedel, pará que fe hallen en ella, fo pena preftiti, y dé ocho Pena al. que reales,aplicadosal arca de la Vniverfidad,al que faltare fin caula de f altare de e» aufencia de la Cindad, o enfermedad, con dicho de Medico, o otra, ¿JCrrOS. queal Rector,y Confiliariosp arezcajulta,e con licencia del Reétor, | la qual pena le execute irremilsiblementesy afsimiímo en el que lle Efcufa arbi, gare deípues que el cuerpo efe enla Iglefia ; y el Vedel pague lo 3rarÍA. miímo por qualquiera que faltare por canta de no le aver citado; e > fi fuere alguno delos dichos oficiales, nombre el Reétor otro enfu ; lugar,c por el trabajo de acudir, le de acada vno de los Vedeles, Se. 'Propinas alos crerario,Macftro de Ceremonias, ocho reales del arca de la Vaiveroficiales enlos Sidad;e paralas dichas penas efcriva el Secretario todos los Doéto. entierros , del E S,y Mictias que Aci al entierro, de fé dellos, para que alsi - fe averigue los que faltan. ESA E areadelaVns lago queel Macítro de Ceremonias acuda a cala del verfid ad ; difiinto luego, y en tiempo competente, e haga poner ornato decen : - tedefillas, y todo lo demas neceflario, donde la Vniverfidad efte cfperando a que el cuerpo falga, y allile fienten todoslos Doéto+ «es, y Maeftros, con avito deccate, fin gorras, y fin Íus borlas, y los capirores en los hébros yzquierdos doblados, lo negro a fuera, por Que prefida el el orden de lus antiguedades,e facultades; eprelida, e tenga mejor Dean de la fa lugar el Dean de aquella de que fue el difunto, para ordenar, y difcultad de que poner loque manda efte Eftatuto: y [1 en elte ornato huvicre alguna N falta, pierda el Macítro de Ceremonias la propina, e obre el paño Jfuecl difunto. delatand, o andas, e té puefta la borla, y capirote que folia traer, y en fiendo hora de falir el cuerpo, le faquen los quatro Dodtores, o Maeftros masnuevos de la facultad,hafta la puerta de la calle, y no mas, y alli le reciban otras pesfonas diferentes; y tras el y el acompa ñamiento falga la Vniverfidad en cita miíma forma, ordenandola, y rigiendola el Maektro de Ceremonias, dcídealliala Igleha: y al lalit por la puerta de calados Dottores, o Macítros, los queelque ¿prefide feñalare,y en aviendo hecho eíte oficio, tomen lus lugares, delante de los mas nuevos vaya el Secretario, y ante todos.los Ve deles confus magas, fin alterar elte orden, e por cl milmo (e fienten. en la Igle(ía,en alsientos, y lugar decente, que cl Macítro de Ceremonias ha de tener prevenido en parte acomodada, fin que en el puedan fentarfe,ni mezclarle orras perfonas, lo pena de perdimicn. to de propina, y de ochoreales,aplicados as arca de la Vniverlidad, “fino tuviere cfte lugar bien acomodado, y de ocho reales Ki afsimifmo poraver faltado cn el ornato de la caía tiene , y aperdidala propina. 38 A Iten,e ftatuy mós, y ordenamos,que toda la Vniverfiidadenla fora mafufodicha, afsifta a todos los oficios, hafta que fean acabados, y el cuerpo efté enterrado, y luego Le quiten fus capirotes, y cn for: made Vniverfidad no tengan obligacion de bolyer, ni buelvana la.calz del difunto » nia otra parte > fino cada yno [e yaya donde quiliere, A 4 Iten, por quanto puede fuceder que algun Dottor , o Macítra muera, o efte defpuesde muerto en lugar, o cafaindecéte, y defaco modada para la Vnivesfidad; ordenamos, que en ral cafo , e pare- Ss | ciendole ciendole afsi al Dean de la facultad, y determinandolo, nó baño de acudira ella los Doctores, y Maellros; fino derechos alaTglefa, a dondeafsiitan, como:quedareferido , y el Maeftro de Ceremonias renga difpuéfto el lugar, como ¿Má dicho, con las mifmas penasal: que no huyiere venido:quando el oficio fe comieñga. 0. 0” AA A -»Iren,ordenamos,e mandamos , que li el ral Doctor, o Maeltro: fuere tán pobre,a arbitrio del Rector,e Coníiliarios,y Dean dedufa Del arca de cultad, que no tenga polsible para poderlleyar el acompañamien- to de Clerigos, y cera, que convenga para que vaya la Vniverfidad en fu acompañamieato,o elté cn fu entierro,con la decencia, y auto la Vntver/is dad fe pagan ridad quefe requicre,que ca tal cato el Rectormande, que le convi los gaftos del den veynte y quatro Clerigos, y leles dé cera alas manos, y mande q muriere pos llevar doze hachas, y que acudan perlonas que las lleyé, y elten encendidas hafta que fe entierre el cuerpo, y eltc gato le pague del arca dela Vnivertidad, | Iré, eftatuyimos, y ordenamos,que li muriere el Secretario, Maef: so de Ceremonias;o alguno delos Vedeles, le guarde concellos to bye. do lofufodicho:; excepto que la Vniverlfidadno ha de yr enforma, nilos Doctores; ni Mac/tros con borlas, ni cápirotes, y el que prelidiere, ha de lerel Dean mas antiguo , y la pena delos que falrarená - - deferadeys reales cáda wno,. 0001 En A -+Iten, por quanto de los concurfos dela Vniverfidad, y otrasco» munidades, y Tribunales,co mo fon la Inquilicion, y el Cabildo de la fanta Iglcha defta ciudad, fiiele aver incóvenientes ; eftaruymos, y ordenamos, quel algun Dottor, o.Macftro que muricre, lucedies referdealguna delas dichas dos comunidades;de manera que aya deaísiltica lu entietro; que en tal calo la Vniverlidad no vay anidea citada, nillamada para ello: y 11algunos Doétores,y Maeftras;o oficiales quilierenyr,lea como particulares, fin que [aya de guardar, nico pliry nrexecurar efte Eltatuto. ¿¿Trén,eftatuymos, e ordenamos, que quando muriere qualquiera delosfulodichos; v algun Colegial, o Familiar actual delte Colegios e Vniverlidad; o algun Eftudiante Matriculado en qualquiera facultad, el Rettoraiande al Vedel, que publique eótodos los gene rales, y entodas los liciones,que tódos vayan, lo pena pi xÍtiti; arezarporeltaldifunto'a la [ele(ra dondele enterrarc, el dia del enrier royeñifnere en dia de ficlta, de manera que no fe pueda aver publicado-atiempo;ló mande publicar el primero: dia leétiyo, para que todos vayan arezaradalglefa doúde fuereel entierro, NL - Tren, eftatuymos/e ordenamos que cada año le tragan vnas hons ras por los Doctores, y Maceltros difuntos de la Vnivertidad, las qua: les lean enla Capilla déPGolegio, en Va día dé los de la otaya de di funtos,qual al Rectorle pareciore, el qual mande citar con el Yedel atódo el Clanttio ¡para la hora de las nueve; y fi faltare alouno de los Doétores, y Maertros; Secrerario.Maeftro de Ceremonias, o Ves deles, pague echoreales para cl arca dela Vniverfidad: los quales fe executen irremiisiblemeotre,e fe junten todos en el apolento Rec toral, y baxen a la Capilla acompañando al Rector, en forma, y ora dei, Y fentados en ella, comole acoftumbra , fe diga vna vigilia, € | | 7 La Vniverfie dad no afsifra en concurfo de Inquificion; 0 otra Comunta dadyir cs Pena a quien altare a las honras de la Vniverfidad, Mila cantada de difuntos, con fus Diaconós; y mufica, y la Miffa e ermoa han de dezir Doétores,o Maeftros del Claultro,p or fus antiguedades,y al que la dixere fe den quatro reales, y al Diacono dos, y al fubdiaconono otros dos, y al que predicare doze del arcadela Vaiverfidad; dela qual afsimiímo le laque la cofta de la mufica ,: y de doze hachas blancas, que ha de aver, y delas belas ornato, y tu- + mulo que al Rettor le pareciere, que han de citar encendidas ato» do cl oficio, e puefta la Cruz dela Capillas. Al PIUTPEOPETNTE DE EAS PTESTAS y Dacaciones de la Vniverfidad, paratodas las iba 3d, E contenidas en ejtos Ejtatutos. ) (y Ot quanto el ordinario, y continuo trabajo de las perfonas dele: tras en cl exercicio dellas, afsi de los Maeítros, como delos dici pulos, es muy grande, y conviene aligerarle con algunas fieltas para ticulares, demas delas de precepto de lalglefia, e con vacaciones endiferentes tiempos: y afsimifmo eftaruyrlas para que en ellaslos Eftudiantes patfen algunas lecciones de las que no pueden contiz nuamente cada día:c afsimifiio los Lectores le prevengan paralecr las mejor: eftamymos e erdenamos » que endas Pafquas de Navis dad,e Reyes,ayadiez y feys dias de vacaciones, en que fc incluyan los feftivos que cn ellos caca: los quales comiencen delde el dia de fanto Tome Apolftol,veynte y. vno de Diziembre, haíta leys de Ene roinclufive; y alsihan de ceflarlaslecciones quatro dias antes de Navidad, y bolvera comencar ya dia defpues de los Reyes: e porla, Semana fanta aya otros dicz y feys de vacaciones, que comiencen. cl Sabado vifpera del Domingo de Ramos, quetambicn ha de fer dia de vacaciones, y el vltimo de leccion. el Viernes, yhanded fr hafta el Domingo de Quafimodo,e bolvera conrinuarlas lecciones luego el Lunes figuiente;y en el Verano, por los muchos caloresde. -efla Ciudad,ha de aver vacaciones delde la viípera de lan luan, haf. ta quinze de Setiembre , que han de bolvera comengar las, lecció»: nes, conforme alos Eftatutos del Colegio: demas de las quales va: caciones fe han de guardaren eita Vniverlidad las fieltas figuiétes,. por los meles,c todos los lueves de las lcmanas,en que no huviére, avido fiefta dela Voiverfidad,pero aviendola, deíde cl Lunes; hats ta cl Sabado,no fe guarde,ni le dexe de lecrenlueves,.. asi ; o», ls Sl - Ndiez y fiero dias delte mes, fin Antonio Abad,en diezy. ocho: E la Catedra de fan Pedro de Roma, en veynte fan Fabian, y Lan: Sebaftian, enveynte y tres lan llefonío ;; Argobifpo, en veyate yo cinco Ja Converfon de fan Pablo, enveynte y fiero: fan Juan Chris: Pa ¿0 MES. MES DE FEBRERO;: ME > N dos delte mes la Purificacion dela Virgen nueftra Señoray o Entros fan Blas, Obilpo, y Martir. Ennueve fanta Polonia vir gen. En veyate y quatro lanto Matia Apottol, MES DE MARZO... MN fiete delte mes lanto Tomas de Aquino. En onzela Dedicaz E cion de la fanta Igle(ia de Sevilla, En doze fan Gregorio Papas: En treze lan Leandro Obilpo. Eadiez y nueve fan loleph Confekk for, En veynte y cinco la Anunciacion de nueítra Señora, eh. MES DE ABRIL. N quatro delte mes fan Yldro, Arcobilpo de Sevilla. En treze E lan Ermenegiido Maitir» En veyare y cinco fan Marcos Evans gelifta. ¿OU5N MES DE MAYO, E Nprimero defte mes fan Felipe y Santiago Apoftoles; En tres la lInvencion de la fanta Cruz, En leys lan luan Anteportalatis nam. En diez y ticte la Dedicacion, y Capilla defte Colegio. MES DE IVNIO,. "TT Nonze delte mes fan Bernabe Apoftol. Entreze fan oa E de Padua,Confetlor. En veynte y quatro la Natividad de fan. Iuan Bautifta. 0 qn PES MES DE SETIEMBRE, : IN veynte y vno defte mes lan Mateo Apofol. En veyote y lies. E te fan Cofme,y fan Damian. En veynte y nueve la Dedicacion: de fan Miguel Arcangel. En treyata lan Geronimo Dottos, y Cons: fefTor. sd a pe ] AS N quatro lan Franciíco. En diez y ochó ias Evangelifa, o En veynte y ocho fan Simon, y ludas, Apoftules». 8 bis MES DE NOVIEMBRE. 0000 N primero defte mes la ficítade todos los Santos. En dosla A Conmemoraciondelosdifuntos.En onzefan Martin. Endoze ' fan Diego de Alcala. En veynte y vno la prefentacion dela Virgen nucitra Señora. En veynte y tres lan Clemente Papa e Martir. En veynte y cinco lanta Catalina Martis, En treynta 5. Andres a dl Juez, Confer- Vador. Propiña al ¿ Juez, Confer» dador.” r MES DE DIZIEMBRE: TIN quatro defte:mes fanta Barbara Virgen, y Martir. En feys lan. Esas obio E fiete lan Ambrofio, Arcobifpo, y Doctor. En ocho la Concepcion dela Virgen muéftra Señora. Entreze fanta: Luzia Virgen y Martir. En diez y ocho la Expeétacion de la Virgen nueftra Señora.En veynte y vno lanto Tomas Apoftol. Y fue acordado que deviamos mandar dar efta nueftra carta en la dicha razó,” enbstuvimoslo porbien;e porla prelente:confirmamos, y aprovas moslos dichos Eftatutos;que de fufo van incorporados; y 05 man» damos, quelo cnellos contenido guardeys, y cumplays.+e hagays: guardar, y cumplir de aqui adelante, fegun; y como en eños,y.en.ca: da vno dellos [e conticne,y declara:e por ellos, € no por otros.algunos fc govierne ella dicha Vniverfidad: «y no hagays otros Eftatu- “tos.mi Confltituciones, lin tener para ello licencia nueftra,ni víeys de ellostamanera alguna tontra el tenor, c forma delo qualnovays, nipaifeys,ni confintays yt, nipallar en manera alguna. -Epara que lo contenido enlos dichos Eltatutostenga cumplido efeto ,.nombramos al Licenciado don Garcia Portocarrero, Juez de la dicha * nueftra Audiécia de Grados de efla dicha Vniverfidad,al qual máda mos haga guardar, y cumplir, y executarlos dichos Eltatutos, e conozcayé juzgue entre Doctores; y Colegiales, e demas perlonas de effa dicha Vniverfidad, folamente en caflos de los dichos Eltatutos. privativamente, fin'queótro ningun luez pueda conocer, niconoz-; ca dello en manera alguna. Y en los demas calos las dichas perfonas de efía dicha Vniverfidad,figa cada vna dellas lu fuero: y fi el di cho Licenciado don Garcia Portocarrero faltare , o fuere promovido:mandamosftratada al Prefidente delnueftro Confejo, paraque en lu l6gar pueda dombrat, y nombre otro confervador, que (dl : fimiímo luez de la dicha nueftra Audiencia de Grados; erodas las vezes que faltare el dicho luez confervador delos dichos Eftatutos, por muerte,o promocion,o aya dexado de lertal Juez, aunque quede en efla dicha Ciudad de Sevilla con otro oficio, o fin el, o en. ocrá maneras [e acudá afsimiímo al dicho nucítro Prefidente, para que haga eldicho nombramiento, [egun, Yy'como dicho.es, pará d, fe guarden,tumplan, y executen los dichos Eltatutos. , e fe cónozca; en la dicha forma. Y en cafo que aya apelacion delos autos, O lens tencias que diere en lo Túfódicho ; el dicho luez confervador ha de . yr, e vaya la dicha apelaciona la dicha nueftra Audiencia de Grados deeffadicha Ciudad ¡ ylevea, y determine en vna de las falas: della, donde noafsiftierdel dicho luezconfervador, porque no'1de, fer luez de la tal cauía en el dicho Grado dela apelacion,nila ha de ver, ni determinar, Y los artos , e mandamientos que diercel dicho luez confervador,c todo lo demas quetocare a lu oficio lo ayan de cúmplir, y executar;4ó hazercoltas los Alguaziles de yara, ode ef pada dela dicha nueftra Audiencia:e maúdámos, que en todos los grados de Doctores. Maeftros,o Licenciados, le dé al dicho luez confervador vna propina mayor de la del Eftatuto,e que alsilta a to dos los grados que le parecicio fer neceflario ; o por requerimiento ss. lo | de algu- | É 5 de-alguna perfona del Claultro, o de oficio quando continición y aunque no afsifta alos dichos grados,fele aya de dar, y dela dicha propina mayor,de la mifma manera que fialsiftiera acllos: y enlas dichas afsiftencias tenga lu aísiéro, e lugar defpues de vos el dicho Rettor. Paratodolo qual que dicho es, le damos poder cumplido) contusincidencias, e dependencias, anexidades, e conexidades, y us vnos, nilos otros no fogades en dcal, fo pena de la nueftra merced;y de diez mil maravedis para nueftra Camara. Dada en Madrid a veynte y va dias del mes de Abril, de mil y feyfcientos e veynte y. vnaños. YO EL REY. YoPedro de Contreras, Secretario del Rey nuetro Señor la fizc efcrivir por fu mandado. El Arcobits pode Burgos. El Doctor don Diego Lopez de Salzedo. El Licen. ciado Iuan de Frías. El Licenciado Gilimon de la Mota, El Licenciado Garci Perez de Araciel. Regiftrada,Pedro de Mela, por Can» cillci mayor Pedro de Mela... pop ia - N la Ciudad de Sevillu a ocho dias del mes de Mayo, de mile feyfcientos eveyate y va'años, el feñor Licenciado don Garcia Portocarrero, del Confejo de lu Mageltad, e fu Oydor -nla Real Au diencia delta Ciudad, aviendo viíto eftá carta,e provifion conlervatosia Real de fu Mageltad,la tomó en fis manos, y la befó,e pulo loz bro fu cabegasdiziendo, que la obedecia; y obedecio con el acatamiento y reverencia devida,como carta de lu Rey,e feñor natural, y dixo,que eltá prefto. de cumplirlo en clla contenido , y enfu execus cion mandó a miel efcrivano yulo elcrito notiftque, y haga faber eb ca diclia comilsió al Vedel de la Vniverfidadsdiputado para los lla» _mamientos; y Claníftros della, que llame a Clauítro pleno para el: Martes onze delte prefeñite mes de Mayo,al Reétor, Doctores;¡Mael: tros, e Colegiales, e Doétores de todas facultades , y demas perfo=: nas que fe fuelen hallar en los Claultros plenos, para que en el; en: prefencia de fumerced fe Ican, e hegan faber los Eftatutos contenis: dosenefta confervatoria. Y a miel dicho efcrivano mandó que el: dicho dia me halle en el dicho Clauítro paraleellos: el qual llamas» miento fe haga con pena de dos ducados al que faltare, y afsilo pro vey0,mandó, y firmóen efte dicho dia, Licenciado don Garcia Por; tacarrero. Pormandado de fu merced”, Tluan Luysde Hoyas ek: criandi sm ao Dc hi9 Y y VICTOR E RS OoS aN la Ciudad deSevilla:a onze dias del mes de Mayo, de mil y * [ey [cientos y veynte e vn años,enel Colegio de fanta Marixde! Lefus,que vulgarmente e llama de Macle Rodrigo, eftando juntos, y congregados en el Clauliro los feñores Licenciado don Garcia Portocarrero,del Confejo de lu Mageltad, y lu oydor enla Real Au: diencia defta Ciudad, y Iuez confervador perpetuo de la VniverÍidad del dicho Colegio, y Doctor luaa de Alvarez Serrano, Reétor del dicho Colegio, y Doctores, Maeftros, Diputados, Confiliarios, fentados en oráca de Claultro, fegun que lo han de vío, ecoftamb:e,luego cl dicho feñor Oydor mandó a mi el eferivano yulo eferi- “to leala Real comiísion confervaroria de lu Mageltad atras conteni da, e cumplimiento dello lci en alta yoz la dicha Real provifió, hata ta el capitulo que empieca. Iren citatuymos, y ordenamos, que el ! S trabajo, q