scieee AI-readable full text Open interactive document viewer

Arquitectura y urbanismo en la Sevilla ochocentista: la plaza-mercado de la Encarnación

Fernández González, Alberto

Full text

RESUMEN El presente trabajo analiza la historia constructiva de la plaza-mercado de la Encarnación de Sevilla, desde su configuración como espacio urbano, en tiempos de José I Bonaparte, hasta finales del siglo XIX. Se estudia, por tanto, el mercado provisional de madera que diseñó probablemente José Echamorro, y el definitivo, labrado en fábrica según proyecto del arquitecto académico Melchor Cano. También se valoran las diferentes planimetrías custodiadas en el Archivo Municipal de Sevilla, algunas inéditas todavía; y se dan a conocer y estudian tres valiosos planos del Archivo Histórico Nacional que documentan gráficamente el plan de intervención previsto por Cayetano Vélez. PALABRAS CLAVE: Arquitectura. Urbanismo. Mercado. Planos. Siglo XIX. Plaza de la Encarnación. Sevilla. KEYWORDS: Architecture. Urbanism. Market. Plans. 19th Century. Encarnación Square. Seville. ABSTRACT The present work analyses the history of the construction of the Encarnación market-square in Seville, since its configuration as urban space in Joseph Bonaparte’s times until the end of the 19th century. Thus, it studies both the provisional wooden market —probably designed by José Echamorro— and the definitive one, made of cement and bricks according to the project designed by academic architect Melchor Cano. It also values the different plans filed in Seville Municipal Archives —some of them still remain unpublished— and makes known and studies three valuable plans from the National Historical Archives which graphically document the intervention plan prepared by Cayetano Vélez. La actual plaza sevillana de la Encarnación, como es conocido, tuvo su origen en la drástica intervención urbanística que llevó a cabo el gobierno de José Bonaparte tras ocupar la ciudad, tal vez con la intención de convertir a Sevilla en une grande ville1. A pesar de que las condiciones de rendición concertadas entre el monarca y los representantes municipales el 1º de febrero de 1810 garantizaban en su capítulo segundo las propiedades de todos los eclesiásticos seculares y regulares de ambos sexos2, el rey José I sancionó el 20 de abril un Real Decreto que aprobaba el derribo del convento de la Encarnación y de todos los edificios que ocupaban la manzana comprendida entre las plazas de Regina y de la Encarnación3. La configuración que en ese momento de su historia presentaba este importante sector ciudadano, con las dos mencionadas plazas, el convento de monjas agustinas y las casas de vecindad, está perfectamente detallada en el famoso plano de Sevilla levantado por Francisco Coelho y grabado por Joseph Amat que mandó realizar el Asistente Olavide en 1771 (Fig. 1). En ejecuArquitectura y urbanismo en la Sevilla ochocentista: la plaza-mercado de la Encarnación Alberto Fernández González Universidad de Sevilla Recibido: 11 de mayo de 2009 Aceptado: 22 de septiembre de 2009 Anuario del Departamento de Historia y Teoría del Arte vol. 21, 2009, pp. 205-222 ISSN: 1130-551 Anu. Dep. Hist. Teor. Arte, vol. 21, 2009, pp. 205-222. ISSN: 1130-5517 establecimientos comerciales de Madrid y Granada, que disponían en espacios públicos y en forma cuadrangular cajones numerados de tamaño medio y una serie de tarimas uniformes y regulares. En el mercado proyectado, a fin de aliviar un poco los calores del verano, se podrían colocar una fuente y varias líneas de naranjos y limoneros. La sencillez estructural del plan permitiría añadir más adelante, cuando las finanzas lo permitiesen, los soportales y sus respectivas fachadas. Una última ventaja sería que no gravaría ni a los vecinos ni al Consistorio, pues la obra correría por cuenta de los vendedores, que tendrían que fabricar cajones o tarimas según su abasto. Los fondos, adelantados por los comerciantes a un interés del tres por ciento anual, una vez inaugurado el establecimiento, se irían descontando mensualmente de las cuotas municipales que los vendedores estaban obligados a pagar. En unos años, por tanto, la deuda del Ayuntamiento estaría saldada, quedando la Ciudad como propietaria del mercado15. En ese momento de su historia, Sevilla todavía conservaba la mayor parte de su configuración medieval de calles angostas y sinuosas que fomentaban la dispersión de pequeños puestos comerciales por las plazas de la Alfalfa, del Pan y del Salvador y por sus callejuelas y plazuelas contiguas16. Pero además de no contar con un sistema centralizado de abastos17, y de sufrir la especulación fraudulenta de los entradores de comestibles y sobre todo de los regatones18 –uno de los males endémicos del comercio de la ciudad19– , que provocaba el encarecimiento de los productos de primera necesidad20, su contexto socioeconómico acusaba el déficit crónico de la hacienda municipal y un fuerte estancamiento industrial21. No es de extrañar, por tanto, que el plan de Guillermo Atanasio Jaramillo, a pesar de que la Encarnación carecía de tradición comercial, fuera bien acogido y que los munícipes sevillanos resuelvan el 5 agosto de 1813 que el arquitecto titular diese forma técnica al proyecto22. Hasta el 14 de diciembre de 1814 no se ve en cabildo el nuevo plan pergeñado por Cayetano Vélez para la ahora plaza y mercado de la Encarnación23. De este primer intento constructivo apenas tenemos documentación, pero se sabe que fue enviado a Madrid24. El Ayuntamiento, con todo, no cejó en su empeño de levantar en la Encarnación una plaza monumental con un moderno mercado de víveres en su centro, y así, en 1818, vuelve a presentar el proyecto. Por fortuna, de esta segunda solicitud se conserva en el Archivo Histórico Nacional un extenso legajo25 y tres planos (Fig. 2, 3, 4), inéditos, a los que me referiré más adelante. A partir de las noticias proporcionadas por el expediente se puede establecer la cronología de los hechos: el segundo proyecto de Cayetano Vélez llega el 20 de noviembre de 1817 a manos de Manuel de Masa, procurador mayor del Consistorio sevillano, quien alaba “la forma que se propone en el plano y su memoria, pues puede establecerse ción de las órdenes de José Bonaparte, el intendente honorario del ejército y subprefecto de la provincia, Antonio Cabrera, establece, el 18 de mayo, el plazo de un mes para el desalojo de los inmuebles que iban a ser demolidos y veinte días naturales para el traslado forzoso de las monjas de la Encarnación al hoy extinguido convento de los religiosos terceros4. Tanto la demolición de los edificios expropiados, que fue ejecutada siguiendo el plan previsto por el arquitecto municipal Cayetano Vélez5, como la construcción de la futura plaza, contaron con el beneplácito de la Corporación municipal. Es cierto que la medida iba a proporcionar al ejército invasor un lugar idóneo donde reunir sus tropas6, muy necesario, desde luego, dada la estructura cerrada de la ciudad, pero no cabe duda de que la finalidad última de la intervención era la de levantar una plaza unitaria y monumental, como demuestra la inclusión en el proyecto que Vélez presentó al Ayuntamiento de sendos alzados de fachadas elevadas sobre soportales7. Una vez obtenida del Monarca la aprobación del plan constructivo, que fue comunicada al Consistorio por el marqués de Almenara, Ministro del Interior, en agosto de ese mismo año8, el procurador mayor y el regidor más antiguo, como era preceptivo9, fueron comisionados para supervisar la evolución de las obras. Dos años más tarde, cuando los franceses abandonan Sevilla, únicamente se había llevado a cabo la fase previa de derribo, quedando el solar de la Encarnación irregular y anegado de escombros. Será el propio Cayetano Vélez, en octubre de 1812, en calidad de arquitecto municipal, el encargado de comunicar oficialmente el lamentable estado de abandono en que se encontraba el terreno donde se pensaba levantar la plaza. El Jefe Superior Político toma cartas en el asunto y ordena a los contratistas que habían corrido con el derribo que desalojen la finca, entreguen los materiales aprovechables y se hagan cargo de la nivelación del solar10. Aunque Vélez agiliza los trámites y establece como escombrera una extensa área que ocupaba desde la puerta de la Barqueta al barrio de los Humeros11, la operación se demoró varios meses, por la escasez de toda clase de bestias y carruajes y porque los asentistas habían contratado para las obras de extracción a un sujeto llamado Fernando Torres que no había cumplido con diligencia su cometido12. A mediados de julio de 1813 se cuestiona por primera vez el proyecto de la monumental plaza porticada. Guillermo Atanasio Jaramillo, teniente de caballería y empleado en la Dirección General de Loterías, considera la obra “tal vez demasiado ambiciosa para los escasos fondos de la Ciudad”13, presentando al Ayuntamiento un plan alternativo y de fácil ejecución que incorporaba, además, un dibujo explicativo ya estudiado en su momento por José Manuel Suárez Garmendia14. La propuesta de Jaramillo consistía en levantar un mercado de abastos en medio de la plaza, siguiendo el modelo de los Alberto Fernández González206 Arquitectura y urbanismo en la Sevilla ochocentista: la plaza-mercado de la Encarnación todo el mercado con amplitud, aseo, hermosura, policía, régimen y gobierno”26. A juicio del procurador mayor, cabían tres posibilidades de intervención: que el establecimiento, adaptándose al plan trazado por Vélez, fuera ejecutado por los propietarios privados del terreno; que la obra se sacase a subasta y que el contratista adjudicatario, a fin de resarcirse de su inversión, la explotase varios años, y una vez compensado el asentista e indemnizados los dueños de las fincas, pasase ésta a dominio de la Ciudad; o que una vez concluido el arrendamiento por parte del contratista quedase el mercado, salvo las carnicerías y pescaderías públicas, en poder de los titulares el terreno27. En vista del informe de Masa, y teniendo en cuenta que la rehabilitación de la Canicería Mayor sería muy cara, pues el edificio estaba prácticamente arruinado, resuelve el Ayuntamiento, en la sesión del día 24, levantar la plaza de abastos bajo contrata pública e ir indemnizando a los dueños de las fincas en función de los fondos disponibles y de las varas superficiales estipuladas en sus respectivos títulos de propiedad28. Como la intervención tenía que ser autorizada por el Consejo de Castilla29, “se quitó copia exacta y bien iluminada del plano trabajado por el arquitecto don Cayetano Vélez”, tarea de la que se encargó el maestro de obras municipal José Echamorro, pues el técnico titular se encontraba de viaje en Madrid30. La valiosa planimetría que tuve la fortuna de hallar en el Archivo Histórico Nacional31 (Fig. 2) está firmada por Echamorro, es cierto, pero corresponde a mi entender al mencionado proyecto que había ideado Vélez algunos meses antes. Lleva fecha de marzo de 1818 porque, tal como explican las anotaciones que figuran en el plano, “es copia fiel del que está en el expediente”; es decir, del croquis anteriormente delineado por el arquitecto jerezano32. La relevancia del documento estriba en que plasma gráficamente el nuevo orden que el Ayuntamiento ambicionaba para las transacciones comerciales de la ciudad. Frente a la dispersión irracional de los abastos y la caótica red de distribución, ahora se buscaba facilitar el consumo masivo de la población en un punto concreto de Sevilla, que coincidía, además, con el centro geométrico de la ciudad. El documento gráfico incluye la planta del mercado, el alzado de su fachada occidental, una vista en sección de la organización interna de los pabellones, el croquis de la armadura que iba a coronar los edificios angulares y la alineación urbana del perímetro de la plaza. Cuatro pabellones longitudinales, organizados en torno a una fuente, tal como testimonia la distribución en planta proyectada por Cayetano Vélez, configuran el mercado de abastos. Cada una de las naves presenta una galería exterior de soportales (letra A) que define el contorno de la estructura; un edificio angular de dos alturas denominado en el plano “lonjas con habitaciones” (nº 8); y una serie de puestos de venta paralelamente compartimentados y en directa comunicación con el inmediato pasillo de acceso (nº 15 B), donde se emplazaban también dos depósitos de agua (nº 16). En el pabellón nororiental se disponían las panaderías de Sevilla (nº 1) y Triana (nº 2), puestos de recova (nº 6), bacalao (nº 7) y “para carnes saladas y de fuera” (nº 14), y una de las dos estancias que acogían las letrinas del establecimiento (nº 12). En la nave noroccidental se vendía asimismo bacalao, recova y carnes saladas, pero sus especialidades comerciales eran las hortalizas (nº 5) y el pescado (nº 4). Justo enfrente de esta estructura se localizaba el pabellón suroccidental, con sus respectivos puestos de frutas (nº 9) y hortalizas, las otras letrinas y el cuerpo de guardia (nº 13). La nave suroriental, que acogía el “juzgado real” (nº 10), se reserva para la venta de frutas y productos cárnicos (nº 3). La solución constructiva proyectada por Vélez, que conjugaba monumentalidad espacial y economía edilicia, queda patente en el alzado que describe gráficamente los dos pabellones correspondientes al frente oeste del mercado. Utilitarios, combinan un gran cuerpo horizontal, pensado para albergar a los vendedores, con sendos edificios de dos alturas, localizados en los ángulos, dedicados a instalaciones y servicios. El corte en sección muestra el tipo de articulación interna de los pabellones. A cielo abierto y justo en el eje medio del edificio angular, se distingue el pasillo de acceso a los puestos comerciales. También se aprecia el tejado a un agua que recubre ambos cuerpos laterales y los diferentes sistemas de cubrición de cada sector: abovedado, en las estancias que iban a albergar a los vendedores, y plano, en la galería perimetral. Otro dato de interés que proporciona el diseño son las líneas de regularización urbana que establecería la nueva y monumental plaza. Aunque la calle de Regina no se modificaba, el resto del tejido preestablecido en el lado norte se vería afectado por las obras. En el frente este, desde la embocadura de la calle de Pedro Ponce de León hasta más allá de la del Coliseo, tendrían que ser demolidos varios edificios. Para levantar el lado sur de la proyectada Encarnación Anu. Dep. Hist. Teor. Arte, vol. 21, 2009, pp. 205-222. ISSN: 1130-5517 207 Fig.1. Francisco Coelho. Plano topográfico de Sevilla. 1771. Sevilla. Ayuntamiento. Alberto Fernández González era preciso alinear las casas situadas entre las calles Pedro Ponce, Dados y de la Sopa que daban a la plaza, operación que habría que repetir en el frente oeste, afectando en este caso a las comprendidas entre las calles de la Sopa, Compañía33 y Venera. Ahora bien, el proyecto de Cayetano Vélez, en cuanto a dimensiones técnicas, fue cuestionado por José Echamorro34, quien informó al Ayuntamiento, en un escrito fechado el 7 de marzo, sobre la necesidad de delinear un nuevo plano con la configuración urbana por separado y la conveniencia de solicitar a la Real Academia de San Fernando los planos y alzados para el ornato de los cuatro frentes de la plaza. En mayo, sin embargo, resuelve la Ciudad que Cayetano Vélez, ya vuelto a Sevilla, se encargue de la rectificación de las medidas erradas y del diseño de nuevos alzados para las fachadas35. La orden municipal dio lugar a otras dos importantes planimetrías del arquitecto jerezano, datadas ambas en 22 de agosto de 1818, que también he tenido la suerte de encontrar en el Archivo Histórico Nacional. Uno de los documentos gráficos36 (Fig. 3) detalla rigurosamente el perímetro de los edificios demolidos por los franceses (letras A, B, C, D, E, F, G y H), así como la superficie total que ocupaban. Excluyendo la primitiva plaza de la Encarnación y la de Regina, que eran de dominio público, comprendía su área casi 17.000 varas cuadradas37. El sentido último de este croquis, qué duda cabe, no es otro que establecer las dimensiones de las fincas de los propietarios del terreno para fijar proporcionalmente la cuantía de sus indemnizaciones. El otro dibujo de Vélez38 (Fig. 4), que corresponde a su propuesta unitaria de alzado para los cuatro frentes de la plaza, se mueve dentro del neoclasicismo fernandino. Más que residencial y doméstico, el edificio tiene un marcado carácter representativo y monumental que recuerda el clasicismo de palacios renacentistas romanos como el de la Cancillería o el del cardenal Corneto, después Torlonia. Su fuerte sentido horizontal, la sobriedad decorativa y la concepción de la planta baja como un rudo apoyo a modo de zócalo son los rasgos más significativos del proyecto. Las planimetrías y memorias explicativas son enviadas el 26 de septiembre al Consejo de Castilla, haciendo hincapié el Ayuntamiento en el estado ruinoso e indecenAnu. Dep. Hist. Teor. Arte, vol. 21, 2009, pp. 205-222. ISSN: 1130-5517 208 Fig.2. José Echamorro. Proyecto para la plaza principal de víveres de la Encarnación. 1818. Madrid. AHN. Arquitectura y urbanismo en la Sevilla ochocentista: la plaza-mercado de la Encarnación te de la carnicería y pescadería de la ciudad y en el interés público de la obra39. Vista la propuesta, el Alto Tribunal ordena a la Audiencia de Sevilla que emita un expediente informativo al respecto. El fiscal de la Audiencia se mostró muy crítico con el proyecto, pues según recoge su exposición de 6 de marzo de 1819, era preciso, antes de aprobarlo, verificar el presupuesto de 881.800 reales, muy escaso para la enorme complejidad de la obra, bien por errores de cálculo o por el interés particular de los arquitectos. Pero también se debía valorar en su opinión la cuando menos arbitraria tasación en más de 300.000 reales de los edificios municipales destinados a carnicerías, pescaderías y a la venta de pan y otros comestibles; y calcular de nuevo los supuestos 544 reales de réditos diarios –en un año sumarían 198.560– que produciría el arrendamiento del mercado, cifra a todas luces desproporcionada. Otras cuestiones no menos importantes que tampoco recogía la memoria económica del proyecto eran la indemnización de los propietarios privados del terreno y el estado financiero del Ayuntamiento40. El tribunal hispalense, con todo, informa favorablemente a Madrid, argumentando que la Anu. Dep. Hist. Teor. Arte, vol. 21, 2009, pp. 205-222. ISSN: 1130-5517 209 Fig.3. Cayetano Vélez. Perímetro del terreno correspondiente a la actual plaza. 1818. Madrid. AHN. Fig.4. Cayetano Vélez. Alzado de las fachadas previstas para la Encarnación. 1818. Madrid. AHN. Alberto Fernández González plaza-mercado era una empresa útil y necesaria para la ciudad41. El 18 de junio, ante las dudas expresadas por el fiscal de la Audiencia, el Consejo de Castilla ordena al Asistente de Sevilla José Antonio Blanco que tramite un nuevo expediente informativo. En cumplimiento del decreto del Alto Tribunal, el Asistente nombra, para que lleven a cabo el peritaje de los edificios de la carnicería y pescadería municipal y de los palenques localizados en la plaza del Pan y en las embocaduras de las calles de Siete Revueltas y Confitería, al ahora técnico principal de la Ciudad, José Echamorro42, y a Manuel Cintora, arquitecto de la Audiencia y los Reales Alcáceres. Una vez reconocidos los inmuebles43, el conjunto edilicio fue tasado en 275.186 reales44. Representados por varios procuradores, los dueños del terreno donde se pensaba levantar la plaza y el mercado aprovecharon la audiencia concedida por el Asistente Blanco el 14 de julio para criticar abiertamente al Ayuntamiento: los regidores, a su entender, tenían planeado el derribo mucho antes de la entrada de los franceses en Sevilla; es más, habían sido españoles, y no extranjeros, los que subastaron los materiales procedentes del derribo y se beneficiaron con su venta. También censuraron otras actitudes del Consistorio, como retrasar maliciosamente la indemnización que aprobó en su momento Fernando VII45; mantener una constante opacidad informativa sobre la intervención y sus responsables directos; y pretender aumentar sus ingresos de Propios a costa de terreno ajeno y con la excusa, además, de buscar un supuesto bien público. Pese a todo, tanto las monjas de la Encarnación, acogidas en ese momento en el convento de religiosos terceros, como el resto de los perjudicados estaban dispuestos a aceptar el proyecto porque lo consideraban beneficioso para Sevilla. Pero eso sí, no renunciaban a la posibilidad de vender o permutar las fincas según su interés ni a la de ajustarse al diseño aprobado por el Ayuntamiento y construir por su cuenta el establecimiento comercial. Las monjas querían retener la titularidad del agua que detentaban en la plaza, y los demás implicados, por su parte, pretendían una compensación a cuenta de los ingresos obtenidos con la venta de los puestos municipales de abastos que se pensaban derribar46. El 11 de agosto, una vez cumplidas las disposiciones del Supremo Consejo, el Asistente remite a Madrid el expediente completo47. Casi dos meses antes, concretamente el 18 de junio, el Alto Tribunal había enviado la memoria explicativa y los planos a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando48. La respuesta de los académicos llegó al Consejo de Castilla el 20 de julio: visto el proyecto en la junta ordinaria del día 11, habían decidido no aprobar los planos por carecer la edificación “de comodidad, hermosura y decoración”. Es más, una obra de primer orden como esa, “que iba a dar honor y fama a la ciudad”, requería “que el Ayuntamiento de Sevilla se valga de persona que por sus conocimientos artísticos forme nuevo proyecto propio que reciba el decoro, policía y buen aspecto que merece un pensamiento de su clase”49. La entrada del gobierno constitucional en España en mayo de 1820 supuso la no resolución del proyecto por parte del Alto Tribunal50 y la construcción de un mercado provisional de madera. En otoño del año anterior, se había declarado una epidemia de fiebre amarilla en Cádiz y otros pueblos andaluces. Para proteger la salud de la población de Sevilla, pues surgieron alarmantes casos de calenturas contagiosas en el barrio de Santa Cruz, la Junta Suprema de Sanidad ordena el 18 de noviembre trasladar los hortelanos de la plaza de la Alfalfa a la de la Encarnación51. Once días más tarde, valorando las estrecheces de las calles, la mala ubicación de los puestos de abastos y el serio riesgo de epidemia que podía provocar la insana aglomeración de consumidores, resuelve agrupar, bajo multa de 40 ducados, a todos los vendedores salvo los dedicados al comercio de carnes y pescados en el gran solar vacío de la Encarnación52. Aunque la medida, desde luego, fue tomada por razones de higiene pública, no cabe duda de que los planes municipales se vieron favorecidos. En este sentido, y ante la inestable situación política que atravesaba España y que iba a suponer, cuando menos, el retraso del plan proyectado, no es de extrañar la oportuna propuesta de fabricar un mercado de madera que Luis Pizarro y José Joaquín de Aroca, alcaide de la carnicería mayor, presentan el 9 de marzo de 182053. A partir de los datos exhumados en el Archivo Histórico Municipal de Sevilla, se puede establecer que el 3 de junio de 1820, con la publicación de edictos, se iniciaron los trámites administrativos para la construcción del primer mercado de víveres de la Encarnación. Se trataba en realidad de un establecimiento provisional54, fabricado de madera, con mesas bajo toldos y cajones portátiles de planta cuadrangular y batiente a media altura para facilitar el despacho de la mercancía55. Como en esa época no existía el moderno derecho de expropiación, el Ayuntamiento tuvo que hacer frente a varios pleitos interpuestos por los propietarios de las fincas que culminaron el 20 de noviembre de 1821 con una resolución de la Diputacion Provincial que limitaba el derecho de arriendo de la Ciudad exclusivamente a los puestos situados en terreno público, es decir, el que antes de la demolición ocupaban las viejas plazas de la Encarnación y Regina, espacio urbano constatable en el plano que Olavide mandó levantar en 1771 (Fig. 1), pues los demás puestos comerciales se habían edificado en propiedad particular y estaban sujetos, por tanto, a los derechos de sus titulares56. Un nuevo fallo de 5 septiembre de 1822 a favor de las monjas agustinas, condenó al Ayuntamiento, a raíz de la erección del juzgado del mercado en una parte de la finca que ocupaba el derruido convento de la Anu. Dep. Hist. Teor. Arte, vol. 21, 2009, pp. 205-222. ISSN: 1130-5517 210 Arquitectura y urbanismo en la Sevilla ochocentista: la plaza-mercado de la Encarnación Encarnación, a pagar una compensación diaria de tres reales y medio57. Otro importante foco de desavenencias, esta vez con los vendedores sevillanos, fue el traslado forzoso a la plaza de la Encarnación de todos los puestos comerciales58. La medida, muy impopular por la arraigada costumbre de realizar transacciones en las mencionadas plazas y calles del centro de la ciudad, dio lugar a la interposición de numerosas denuncias ante el Juez Político de Sevilla a lo largo de la primavera y verano de 1820: se acusaba al Consistorio de buscar la ruina de los comerciantes; de que su proyecto de mercado centralizado no tenía en cuenta el desmedido tamaño de la plaza y su escasa protección contra climatologías adversas, tanto estivales como invernales; y de que los cajones de madera eran inadecuados para contener alimentos ya que favorecían la putrefacción de mantecas, carnes y pescados59. Aunque el mencionado plano de Cayetano Vélez (Fig. 2), hasta cierto punto, podría haber dado las pautas generales del establecimiento, pienso que detrás del diseño del mercado de madera de la Encarnación está en realidad José Echamorro. Varios son los motivos que podrían explicar la atribución: tras la suspensión del arquitecto jerezano en junio de 1819, el técnico principal del Ayuntamiento era Echamorro, por lo que parece lógico que fuese él, y no su antecesor en el cargo, el responsable directo del plan de intervención; el edificio dibujado por Vélez, por otra parte, presenta notables diferencias con la estructura finalmente construida, pues en vez de ocho, sólo incluye cuatro pabellones; también la documentación manifiesta que el “plan general” y una serie de “diseños parciales” salieron de las manos de José Echamorro, confirmando cuando menos la intervención destacada del maestro60. En todo caso, se puede precisar que a finales de julio o tal vez en agosto de 1820 se iniciaron las obras del mercado por su flanco este, donde se concentraron inicialmente los puestos de hortalizas61. Esta mala distribución de los comestibles, que agrupaba atropelladamente las casillas de verduras en el lado oriental, retrasó durante un tiempo la evolución estructural del complejo edilicio. Y es que los vendedores, con buen criterio, no querían invertir capital en levantar casetas en el extremo occidental del mercado porque sus ingresos regulares dependían sobre todo de la venta de productos de primera necesidad y sólo la equitativa ubicación de los puestos garantizaría la libre competencia. La redistribución de las casillas de hortaliza entre ambos parajes fue aceptada por los regidores sevillanos, por ser justa, supongo, y porque tampoco tenían otra alternativa si querían conseguir la regularidad del establecimiento comercial. Una vez comprometido el Ayuntamiento, los vendedores no tuvieron reparo alguno en culminar el sector oeste del complejo62. En el verano, tras recibir los ediles un oficio del gobernador militar, se dota el mercado con un pequeño cuerpo de guardia a mando de un oficial63, pues al fin y al cabo la plaza de abastos, como lugar muy concurrido y bullicioso, era un importante foco de atracción para comerciantes ambulantes, mendigos y gentes de dudosa reputación64. Durante los meses de estío también se cerró el nombramiento del alcaide interino del establecimiento, recayendo el oficio en José Joaquín de Aroca65, quien ya había desempeñado funciones similares en la carnicería mayor y era además, como se explicó, una de las personas que había propuesto a la Ciudad la fabricación del mercado de madera. Mantener el orden y la correcta distribución de los puestos, velar por la limpieza de la plaza y por un adecuado acceso a ella, supervisar el comportamiento de los guardias y hacer cumplir las ordenanzas municipales eran sus obligaciones más importantes66. El 7 de septiembre, bajo la dirección técnica de José Echamorro, se estaban levantando las casillas de los excusados de la plaza, imprescindibles tanto por su cometido higiénico como por su función cohesionadora y niveladora del perímetro exterior del conjunto edilicio. Situados en los ángulos del paralelogramo que conformaba el mercado, los cuatro edificios, de planta cuadrada, tenían en su exterior una puerta, dos claraboyas enrejadas y muros de ladrillo enlucido. Su doble compartimentación interior, también de ladrillo, separaba los inodoros de los “vertederos de orines”. La construcción de tres de los excusados ya estaba muy avanzada en ese momento, pues sólo faltaban por concluir sus cubiertas de madera, similares a las que techaban los puestos contiguos, y la tabicación y enlucido de sus dependencias interiores. El remate de esta obra, ajustado en 4.000 reales, lo tomó a su cargo Juan Orindo67. Como la plaza de la Encarnación no estaba pavimentada ni tampoco tenía vertientes ni declives que facilitasen el desalojo de las aguas68, surge en ese mismo mes de septiembre un grave problema de desagüe que anegó los cajones de los abastos y gran parte del entorno urbano hasta la calle de la Imagen69. A esta falta de canalización adecuada del agua de lluvia, hay que añadirle otros dos problemas hidráulicos estrechamente relacionados con aspectos urbanísticos, como la rápida evacuación de las aguas insalubres provenientes de la limpieza y el eficiente aprovisionamiento de agua para el aseo general y particular. El abastecimiento de agua estaba garantizado por la fuente que había sido construida en 1720 en medio de la primitiva plaza de la Encarnación y que en ese momento se trasladó al centro del mercado70. Pero como el desalojo y la distribución del líquido elemento era insuficiente, se abrió una zanja en la misma plaza como solución inmediata71 y se sacaron a subasta, el 6 de octubre, bajo las condiciones que estableció Echamorro72, las obras de empedrado y las de canalización de agua en los tramos correspondientes a las calles del Aire, Imagen y Aranjuez73. Aunque figuran como asentistas José Díaz, Anu. Dep. Hist. Teor. Arte, vol. 21, 2009, pp. 205-222. ISSN: 1130-5517 211 Alberto Fernández González Juan de Salas y Joaquín Escalera74, los aspectos técnicos del proyecto corrieron a cargo del maestro mayor y de Tomás Escacena, pues será el propio José Echamorro, tal como consta en su informe de 27 de octubre, el encargado de nivelar la red de distribución exterior, que implicaba a varias calles del entorno urbano, y de supervisar la canalización interior del mercado, que además de garantizar el suministro a los usuarios, recogía los derrames de la fuente y los conducía, mediante una corta tubería subterránea, a la calle del Correo, donde se pensaba situar un pilón para ser utilizado como bebedero de ganado75. Cayetano Vélez, molesto por haber sido apartado de su cargo de arquitecto titular, denuncia el 6 de noviembre a Echamorro y lo acusa de ser un simple “facultativo albañil” incompetente para diseñar obras públicas y de haber dilapidado fondos municipales al ejecutar erróneamente el sistema de desagüe de la plaza76. A raíz de la acusación, los regidores sevillanos solicitan la opinión facultativa de los arquitectos Manuel Cintora y Alonso Moreno, quienes, el 9 de diciembre, dictaminan la buena ejecución de la canalización y alaban incluso la comodidad del empedrado77. Por motivos utilitarios, se resolvió fabricar el mercado provisional de madera; pero la idea de convertir a la Encarnación en la principal plaza-mercado de la ciudad no fue abandonada por los regidores hispalenses. Buena prueba de ello es la significativa valoración que a finales de abril de 1821 hacen los síndicos municipales de una serie de proyectos presentados al concurso del plan general de fachadas para la plaza. Aunque destacaron el diseño de José Echamorro, los síndicos rechazaron todos los proyectos que concursaron por carecer de monumentalidad y magnificencia y no incluir arcadas de tránsito. Tal como recogen en su informe, estaban a favor de adoptar un sistema de soportales similar al dispuesto en la plaza Mayor de Madrid, fórmula que en Sevilla, al ser el área más extensa, daría lugar, quizá, a la mejor plaza de España. Otras disposiciones complementarias que mejorarían el resultado final de la obra serían la elevación de los cuatro frentes de la plaza hasta una altura de tres pisos78, la homogénea distribución de balcones y ventanas, y el ensanche hasta un mínimo de cinco varas del sector correspondiente a las arcadas. Tomar buena nota de la falta de proporción existente entre el mercado provisional que se había levantado y el contorno exterior de la plaza a fin de mejorar la relación en el futuro proyecto de mercado permanente, también fue sugerido por los síndicos municipales79. El 4 de agosto, cuando la Comisión Municipal de Aspecto Público se reúne para estudiar el plan de fachadas en los términos expresados por los síndicos, considera su propuesta muy compleja. Dos días más tarde, sin embargo, es aprobado un croquis de Echamorro80 como modelo de referencia para todos los edificios que en adelante iban a circunvalar la Encarnación, tal vez similar al que todavía se conserva en el fondo municipal (Fig. 5). De carácter homogéneo, el alzado81 presenta dos plantas, balcón principal centrado y simétrica distribución de ejes verticales. Su amplio soportal columnario, de llevarse a cabo la obra en su totalidad, permitiría un cómodo recorrido bajo los cuatro frentes de la plaza. Aunque el programa de intervención se cumplió en algunos edificios, como pudo constatar en su momento Félix González de León82, jamás fue completada la uniformidad de las fachadas. Es más, la Encarnación, en el plano delineado por José Herrera y Dávila en 1848 (Fig. 6) con el mercado permanente ya instalado , sigue mostrando prácticamente el mismo tejido urbano que reproduce la planimetría que mandó levantar Olavide en 1771 (Fig. 1). Otro interesante croquis inédito que custodia el Archivo Histórico Municipal de Sevilla, fechado en 22 de mayo de 1821, documenta gráficamente el plan de construcción de sótanos ideado por Tomás Escacena Anaya (Fig. 7). Muy valorado por la Comisión de Policía Urbana, que destacó la utilidad, buena ventilación y amplitud de los espacios subterráneos, el proyecto de Escacena trataba de regular las excavaciones que algunos vendedores, sin autorización, estaban practicando debajo de sus respectivos cajones con la intención de abrir sótanos donde almacenar los productos más perecederos a fin de que se conservasen mejor. Tras ser aprobado en la sesión municipal del 8 de junio, se da orden al alcaide de la plaza para que impida la construcción de cualquier subterráneo que no se ajuste al plano delineado83. En julio vuelve Tomás Escacena a intervenir en asuntos relacionados con el mercado central de abastos, dando las pautas de ejecución para el empedrado exterior de la plaza84. Los trabajos, que habían llegado a su ecuador en abril85, se encontraban en ese momento paralizados por las diferencias que surgieron entre los contratistas y el Ayuntamiento respecto al tipo de desagüe que debía llevar el pavimento86. La nueva intervención, que dejaba el firme preparado para colocar soportales87, quedó licitada a favor de José Roldán y Juan de Salas en la cantidad de 47.600 reales88. El empedrado, aparte de mejorar el tránsito por y hacia el mercado, también facilitó la limpieza diaria de la plaza y la instalación de un moderno servicio de alumbrado89. El 5 de junio de 1822 se inicia la construcción del juzgado90, concluyéndose la obra en pocos meses91. Con objeto de garantizar la salubridad de los avituallamientos, impedir las frecuentes estafas a la población derivadas de la introducción fraudulenta de comestibles y asegurar el cobro de los derechos municipales, el 27 de septiembre resuelven los regidores condenar las puertas y ventanas exteriores de los cajones perimetrales del mercado92. La colocación de puertas de hierro en los accesos93 y una serie de medidas complementarias como la obligación de presentar las respectivas Anu. Dep. Hist. Teor. Arte, vol. 21, 2009, pp. 205-222. ISSN: 1130-5517 212 Arquitectura y urbanismo en la Sevilla ochocentista: la plaza-mercado de la Encarnación papeletas de repeso antes de efectuar la descarga diaria, acabaron de regular la entrada de mercancías en la plaza de abastos94. Gracias a la contabilidad de las rentas que percibía el Ayuntamiento por el ramo de sombras y banastas95, es decir, por los toldos colocados en el mercado, y al orden que establecía el artículo 5º del bando municipal promulgado el 9 septiembre de 182296, se puede conocer el grado de ocupación de las casillas perimetrales de la plaza de abastos así como la distribución de sus ocho pabellones centrales. De los ciento doce cajones que conformaban el circuito, en 1824, por estar ubicados en mal sitio, estaban cerrados veinticinco97. En cuanto al orden distributivo, de sur a norte y ocupando todo el frente oriental del establecimiento comercial, se disponían cuatro cuarteladas: la primera albergaba hortelanos, panaderos de medias de Sevilla y comerciantes de semillas; la segunda, palenques de hortalizas, de panaderos de Alcalá y San Bernardo, y varios puestos de semillas; el tercer cuartel un palenque de hortaliza; y el cuarto agrupaba en su interior pescado y verduras. La fachada occidental, por su parte, y también en sentido sur-norte, acogía una primera cuartelada con palenques de frutas y roscas; una segunda, a continuación, surtida con hogazas de Mairena, medias de Sevilla y puestos de frutas; y dos últimos cuarteles dedicados, respectivamente, a palenques de frutas y semillas, y a puestos de carne, pescado y gandingas. Aunque el análisis exhaustivo de los bandos municipales relacionados con el mercado central de la Encarnación supera las intenciones de este trabajo, que pretende escudriñar la historia de su arquitectura, tanto la construida como la proyectada, me parece pertinente apuntar, cuando menos en líneas generales, las referencias más significativas de la normativa de estos primeros años del establecimiento comercial para poder comprender mejor la realidad económica y social del sistema de abastos sevillano. En este sentido, cabe señalar que ya en diciembre de 1820, con la plaza de abastos todavía por concluir, y en previsión de posibles incendios, se aprueba un edicto que prohibía hacer fuego dentro de los cajones y alumbrarse con candiles u otro tipo de luces salvo faroles cubiertos de hojalata98. El bando del Ayuntamiento constitucional emitido en febrero de 1821 penalizaba la modificación o aumento de los puestos de víveres, la entrada de carros y carretas por temor al deterioro del pavimento99, los juegos de naipes, la venta de ropa y licores100, y cualquier puesto ambulante situado en las proximidades del mercado101. Otra ordenanza del alcalde Félix María Hidalgo que refundía los edictos anteriores tiene fecha de 2 de marzo de 1822. Entre sus más de cincuenta artículos contempla fuertes multas por adulteraciones, tanto las nocivas para la salud como las relativas a pesos y medidas102; regula para los carniceros la fijación obligatoria de papeletas selladas por el matadero municipal con fecha de salida y volumen total de carne; y con objeto de evitar posibles fraudes al consumidor, prohíbe la mezcla de distintas variedades cárnicas en un mismo puesto103. El obligado cumplimiento por parte de los vendedores de respetar a los compradores, que se extendía a no proferir en ningún caso palabras insultantes o indecentes, también formaba parte de la normativa104. Todo lo referente a la higiene del establecimiento, como es evidente, estaba minuciosamente reglamentado por el Concejo hispalense: los vendedores tenían que regar diariamente sus puestos; no se permitía el acceso de animales vivos, matanzas ni vertidos de aguas105; y las familias, por supuesto, no podían cocinar ni pernoctar dentro de los cajones106. Una última normativa sobre la disciplina de mercado que debe citarse es el Anu. Dep. Hist. Teor. Arte, vol. 21, 2009, pp. 205-222. ISSN: 1130-5517 213 Fig.5. Anónimo. Alzado de fachada para los edificios de la plaza. 1821. Sevilla. AHMS. Fig.6. José Herrera y Dávila. Plano de Sevilla. 1848. Sevilla. Ayuntamiento. Alberto Fernández González Anu. Dep. Hist. Teor. Arte, vol. 21, 2009, pp. 205-222. ISSN: 1130-5517 220 un reparo de consideración, pues estaban quitadas las rejas que sirven de puertas y resguardo a las casillas donde se vendía el pescado salado y de cuchillo, y desquiciada su fábrica que es de ladrillo bien deteriorado, tanto en los pies derecho como en su cubierta” (AHN. Consejos, leg. 3561/21, s. fol.). 44 AHN. Consejos, leg. 3561/21, s. fol. 45 La compensación aprobada y no ejecutada debe entenderse en su contexto histórico: la burocracia del centralismo borbónico frenaba las iniciativas municipales, pues cualquier proyecto requería múltiples representaciones e informes; pero algunas cuestiones, por su ambigüedad jurídica, daban lugar a la libre interpretación o incluso al incumplimiento por parte del Ayuntamiento (Don José Manuel Arjona…, p. 152-153). 46 AHN. Consejos, leg. 3561/21, s. fol. 47 AHN. Consejos, leg. 3561/21, s. fol. 48 AHN. Consejos, leg. 3561/21, s. fol. 49 AHN. Consejos, leg. 3561/21, s. fol. 50 Tal y como recoge el procurador general en su informe de 13 de julio de 1831 al citar los antecedentes del proyecto enviado al Consejo de Castilla en 1818 (AHMS. Sección 10ª. Actas capitulares. 1ª escribanía. Tom. 24, fol. 173-174 v.). 51 AHMS. Sección 10ª. Actas capitulares. 2ª escribanía. Tom. 48, fol. 517 v.-518. 52 AHMS. Sección 10ª. Actas capitulares. 2ª escribanía. Tom. 48, fol. 522 v.-523 v. 53 Pizarro y Aroca exponen al Concejo el “penoso estado de los edificios públicos destinados a la venta de carne y pescado” (AHMS. Sección 10ª. Actas capitulares. 2ª escribanía. Tom. 49, fol. 92 v.-93). 54 Los regidores sevillanos, desde luego, no habían abandonado la idea de levantar un mercado de víveres permanente, como demuestra la resolución tomada en el cabildo extraordinario celebrado el 23 de mayo de 1820, donde se acordó unánime “que a la posible brevedad se presente el plan para la formación de la plaza permanente” (AHMS. Sección 2ª. Contaduría. Acuerdos para librar, s. fol.). 55 AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 1425, s. fol. 56 AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 1425, s. fol. 57 AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 498, doc. 8. 58 El bando, fijado el 15 de julio de 1820, permitía sin embargo que los carniceros instalaran sus puestos en los portales de las casas (AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. 1820-1823, Tom. 32, doc. 7). Mucho más tarde, en virtud del bando municipal de 12 de junio de 1846, la venta de carne quedó limitada exclusivamente a los locales instalados a propósito en el mercado central de la Encarnación y en los demás establecimientos de abastos de la ciudad: Postigo de Aceite, Altozano en Triana y Feria (AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 511, doc. 74). 59 AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. Tom. 27, doc. 3 y 4. 60 En esta línea interpretativa se inscribe el memorial que el 16 de julio de 1821 presentó Echamorro al Ayuntamiento. Según consta en el documento, además de pedir un aumento de sueldo, solicita que se le abonen varios planos: el del “plan general para la formación del mercado y plaza de víveres que sirvió para la construcción de dicha plaza hasta su conclusión”, los “diseños particulares de los puestos del cerco exterior” y los relativos a las “naves y manzanas que forman las panaderias, pescaderia, frutas y hortalizas en diferentes figuras” (AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. Tom. 18, doc. 47). 61 AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. Tom. 27, doc. 15. 62 AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. Tom. 27, doc. 21. 63 Se aprovechó la oportuna cesión por parte del prelado de un local situado en el convento de Regina (AHMS. Sección 2ª. Contaduría. Acuerdos para librar, s. fol.). Debido al aumento de desórdenes y robos en la plaza, se decidió en diciembre de 1821 incrementar el cuerpo de guardia a disposición del alcaide hasta un total de seis soldados y un cabo, que ejercían sus labores desde las 7 hasta las 10 de la mañana (AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. Tom. 27, doc. 26). En 1846 se reducen los efectivos a cuatro guardias y un cabo, situándolos estratégicamente en garitas emplazadas en los cuatro ángulos del mercado. En horario de máxima concurrencia, eso sí, se incorporaban dos alguaciles destinados en el juzgado (AHMS. Sección 10ª. Comisiones especiales. C.A. 1115, lib. 249, fol. 65). 64 Un buen ejemplo de los altercados que solían producirse en el mercado, aunque extremo, eso sí, es la disputa con sables desenvainados que protagonizó un grupo de soldados. El enfrentamiento, que terminó con varios heridos, tuvo lugar el 16 de octubre de 1820 junto a los palenques del pan y fue incitado por algunas de las vendedoras ambulantes de tabaco que también ejercían la prostitución (AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. Tom. 15, doc. 5). 65 AHMS. Sección 2ª. Contaduría. Acuerdos para librar, s. fol. 66 AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. Tom. 27, doc. 26. Entre las prerrogativas del oficio de alcaide cabe destacar el cobro de un impuesto directo a los vendedores. Las tasas fueron suprimidas bajo el régimen constitucional y aprobadas de nuevo al reinstaurarse la monarquía en 1823. El edicto municipal de 8 de enero de 1836 derogó finalmente el impuesto al considerarlo un abuso (AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 498, doc. 13). 67 AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. Tom. 27, doc. 15. 68 AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. Tom. 27, doc. 16. 69 AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. Tom. 15, doc. 13. 70 La fuente todavía se conserva en la actualidad muy cerca de su originario emplazamiento. Para conocer sus características estilísticas, véase Antonio SANCHO CORBACHO, Arquitectura barroca sevillana del siglo XVIII, Madrid, 1952, p. 338. Según consta en la documentación consultada, en septiembre de 1816, años antes de iniciarse la construcción del mercado de madera, los vecinos de la plaza piden al Ayuntamiento que solucione un serio derrame de la fuente (AHMS. Actas capitulares. 2ª escribanía. Tom. 44, fol. 271 v.). En la sesión del 2 de septiembre de 1822, con el nuevo mercado ya en funcionamiento, se acordó enrejar la pila de la fuente con la reja que rodeaba el crucero de la plaza de la Alfalfa y abrir un sumidero subterráneo de canalización, medidas que pretendían restringir el acceso del público a la fuente, mejorar la higiene del surtidor y solucionar los frecuentes derrames del líquido elemento (AHMS. Administrativo. Comisiones de Hacienda y Policía. Caja 1113-230, s. fol.). 71 AHMS. Sección 2ª. Contaduría. Acuerdos para librar, s. fol. 72 AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. Tom. 15, doc. 13. 73 AHMS. Sección 2ª. Contaduría. Acuerdos para librar, s. fol. 74 AHMS. Sección 2ª. Contaduría. Acuerdos para librar, s. fol. 75 AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. Tom. 16, doc. 17. 76 AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. Tom. 27, doc. 8. 77 AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. Tom. 27, doc. 8. Arquitectura y urbanismo en la Sevilla ochocentista: la plaza-mercado de la Encarnación Anu. Dep. Hist. Teor. Arte, vol. 21, 2009, pp. 205-222. ISSN: 1130-5517 221 78 En su conjunto, debían tener una altura superior a 20 varas, “o no bajar de la que tienen las casas más altas de la plaza de la Constitución, pues de lo contrario todo será mezquino y miserable y no estaría proporcionado a la plaza” (AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. Tom. 27, doc. 9). 79 AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. Tom. 27, doc. 9. 80 Por este plano solicita al Ayuntamiento, el 16 de agosto de 1821, 250 reales (AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 1425, s. fol.). 81 La existencia del plano ya fue apuntada en su momento (Temas sevillanos…, p. 246). 82 Noticia histórica…, p. 4. 83 AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. Tom. 27, doc. 13. 84 AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. Tom. 15, doc. 8. 85 AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. Tom. 15, doc. 22. 86 AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 1425, s. fol. 87 AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. Tom. 15, doc. 7. 88 Pagaderos en plazos semanales de 5.000 reales (AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. Tom. 15, doc. 1). 89 Según datos de 1826, la Encarnación contaba con más de 16 faroles, y la ciudad, que tenía reducido el servicio a la población intramuros y los barrios de Cestería, Carretería y Resolana, disponía de unos 1.800 (AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 1040, s. fol.). En 1732 se realizaron los primeros ensayos de alumbrado público, pero hasta 1791, por obra del Asistente Avalos, no contó Sevilla con un auténtico servicio de alumbrado. Habrá que esperar al año 1827 y a la iniciativa del Asistente Arjona para su modernización (Historia de Sevilla…, p. 98). 90 AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 498, doc. 8. Entre los cometidos del juzgado figura la custodia de los libros donde los escribanos de rueda asentaban las multas a fin de poder controlar las reincidencias de los vendedores y aplicar las sanciones correspondientes (AHMS. Sección 12ª. Tom. 9, doc. 75). 91 Como parecen indicar los documentos, pues el 11 de noviembre de 1822 se fija en su entrada un segundo edicto municipal que prohibía a los vendedores de los cajones exteriores, bajo multa de 50 duros, practicar cualquier tipo de comunicación (AHMS. Sección 12ª. Tom. 9, doc. 205). 92 A condición de enrejarlos con una malla de alambre fino, se permitían los pequeños respiraderos de las casetas (AHMS. Sección 12ª. Tom. 9, doc. 175). 93 Aunque desconozco la fecha exacta de su fabricación, el cerramiento del mercado ya estaba concluido el 9 de septiembre de 1822, pues ese día se publica un bando que previene multas para todo aquel que practique comunicaciones exteriores (AHMS. Sección 12ª. Tom. 9, doc. 205). 94 AHMS. Sección 12ª. Tom. 9, doc. 175. 95 AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 1425. 96 AHMS. Sección 12ª. Tom. 9, doc. 168. 97 AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 1425. 98 AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. Tom. 27, doc. 17. 99 Para conducir los géneros de surtido a los puestos se permitía el uso de caballerías, pero nunca en la franja horaria de máxima afluencia (AHMS. Sección 12ª. Tom. 9, doc. 168). 100 AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. Tom. 27, doc. 10. La prohibición de vender vinos, aguardientes y licores dentro de las plazas sevillanas se deroga en 1837; pero debido a los repetidos escándalos, que provocaron incluso la muerte de varios individuos, se reinstauró la norma poco después, el 1 de enero de 1838 (AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 498, doc. 14). 101 Con la excepción de la venta de higos de tuna, obra de palma y flores, permitidos desde la esquina de la Compañía hasta la Venera (AHMS. Sección 12ª. Tom. 9, doc. 168). 102 Para evitar malicias en la pesada, el Ayuntamiento disponía de ruedas de pesas. El 2 de enero de 1827, sin embargo, resuelven los ediles no actuar de oficio en el repeso, medida que desde luego no dio los frutos deseados y que fue preciso revocar porque, según explica el síndico municipal Miguel Bandarán, los vendedores eran “hombres viciosos, que todo es poco para saciar sus pasiones inmorales, que se dedican a estafar al dócil vecindario” (AHMS. Sección 6ª. Escribanías de cabildo del siglo XIX. Tom. 82, doc. 38). 103 Los carniceros, con frecuencia, hacían pasar la carne de macho cabrío por otra de mayor calidad. El despacho de este artículo no se permitió en la plaza de abastos hasta el 8 de abril de 1837, fecha en que se prohíbe su venta en cualquier otro punto de la ciudad. El resultado, con todo, dejó mucho que desear pues en las calles vecinas se fueron abriendo numerosas carnicerías que operaban al margen de las ordenanzas (AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 498, doc. 22). 104 AHMS. Sección 12ª. Tom. 9, doc. 75. 105 El incumplimiento de la disciplina de mercado, a pesar de las multas, era frecuente: el 3 de mayo de 1824, según consta en los documentos, apestaba la Encarnación “por las aguas sucias que vertían en la plaza los vendedores de pescado y bacalao” (AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 498, doc. 6). 106 Según recoge el bando de 9 septiembre de 1822 (AHMS. Sección 12ª. Tom. 9, doc. 168). 107 Historia del Excelentísimo Ayuntamiento…, p. 249-250. 108 AHMS. Sección 9ª. Segunda época constitucional. Tom. 27, doc. 21. 109 Tras más de ocho años de pleitos con el Ayuntamiento, el príncipe de Anglona, como heredero del mayorazgo de los Ponce de León, de la Casa Ducal de Arcos, a quienes pertenecía la mayor parte del terreno sobre el que se levantó el mercado, gana el litigio en 1830. Entre ese año y 1835 se reconoce, a sus respectivos dueños, la propiedad particular de las diversas parcelas de la plaza. Para conocer las bases legales en que se apoyaba la demanda del de Anglona, véase AHMS. Sección 6ª. Escribanías de cabildo del siglo XIX. Tom. 74, doc. 61. 110 Don José Manuel Arjona…, p. 252. 111 En 1837, momento en que se concluyó el nuevo mercado de abastos, las rentas ascendían a la nada despreciable suma de 406.610 reales anuales (Temas…, p. 251-252). 112 AHMS. Sección 10ª. Actas capitulares. 1ª escribanía. Tom. 24, fol. 145v.-146. 113 AHMS. Sección 10ª. Actas capitulares. 1ª escribanía. Tom. 24, fol. 154 v.-155. 114 AHMS. Sección 10ª. Actas capitulares. 1ª escribanía. Tom. 24, fol. 173-174 v. 115 AHMS. Sección 10ª. Actas capitulares. 1ª escribanía. Tom. 25, fol. 66. 116 AHMS. Sección 10ª. Actas capitulares. 1ª escribanía. Tom. 25, fol. 66-66 v. 117 Arquitectura y urbanismo en Sevilla…, p. 49. 118 AHMS. Sección 6ª. Escribanías de cabildo del siglo XIX. Tom. 58, doc. 48. De Melchor Cano también se conserva otro plan de alineación parcial correspondiente al frente este de la plaza. Anu. Dep. Hist. Teor. Arte, vol. 21, 2009, pp. 205-222. ISSN: 1130-5517 Alberto Fernández González 119 AHMS. Sección 10ª. Actas capitulares. 1ª escribanía. Tom. 25, fol. 161. 120 El Asistente dirige el 28 de noviembre de 1832 una instancia al Ayuntamiento para que “se den las medidas del terreno del Excelentísimo Príncipe de Anglona y demás propietarios de la plaza de la Encarnación para labrarla de material” (AHMS. Sección 10ª. Actas capitulares. 1ª escribanía. Tom. 25, fol. 233 v.). Pero los munícipes no se dieron demasiada prisa en su cometido: hasta el 21 de enero de 1833 no acuerdan formar una comisión para dar las medidas al de Anglona, y hasta el 27 de marzo deberán esperar las monjas (AHMS. Sección 10ª. Actas capitulares. 1ª escribanía. Tom. 26, fol. 31-31 v., 77 v.-78). 121 A tenor de lo expresado por su apoderado, los propietarios siempre buscaron la grandeza y comodidad pública del mercado. Es más, aceptaron cualquier mejora susceptible de llevarse a cabo, aun sin figurar en el plano aprobado por la Real Academia de San Fernando (AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 498, doc. 12). 122 Como el pavimento pertenecía a los Propios de la Ciudad, se decidió reutilizar la piedra en el malecón de Triana (AHMS. Sección 6ª. Escribanías de cabildo del siglo XIX. Tom. 74, doc. 72). 123 AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 498, doc. 12. 124 AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 498, doc. 12. 125 AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 498, doc. 16. 126 AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 498, doc. 17. El croquis de Melchor Cano fue publicado recientemente en Plaza de la Encarnación. La plaza y el laberinto, Catálogo de la Exposición celebrada en Sevilla los meses de marzo-mayo de 2003, Sevilla, Ayuntamiento-COAS-FIDAS, 2003, p. 191. 127 La medida se vio reforzada en virtud del bando municipal del 12 de junio de 1846, donde se establecía, entre otras disposiciones relativas al comercio de carne, la prohibición de vender pan en cualquier puesto fijo o ambulante, quedando su abasto circunscrito a los mercados de Sevilla (AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 511, doc. 74). 128 Arquitectura y urbanismo en Sevilla…, p. 65. 129 AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 498, doc. 18. 130 AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 502, doc. 133 bis. 131 Los seis planos del proyecto, de los que sólo publico uno (Fig. 12), figuran en el archivo municipal. cf. AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 503, doc. 141, 145 -147. 132 Esteban CASTAÑER MUÑOZ, La arquitectura del hierro en España. Los mercados del siglo XIX, Madrid, 2004, p. 126-127. 133 El arquitecto también valora la posibilidad de emplear en la cubierta plancha de cinc del mineral catorce, alrededor de 7.000 pts más barata y con una duración entre seis o siete años. Con todo, se inclinaba por la de hierro galvanizado, más rentable, porque tenía una vida media de veinte años (AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 501, doc. 93 bis.). 134 Fue el último arquitecto municipal del período isabelino. A pesar de estar vinculado con varios organismos hispalenses desde mediados de los años 40, no accederá al puesto de arquitecto titular del Ayuntamiento hasta 1862 (Arquitectura y urbanismo en Sevilla…, p. 111-114). 135 AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 498, doc. 5. 136 AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 498. 137 Otras zonas privilegiadas de venta estaban determinadas por la concreta ubicación de los cambistas de monedas. En 1845, cuando la británica Dora Quillinan visita la Encarnación, éstos colocaban sus puestos en las esquinas de las vías interiores del mercado. Cfr. Francisco MORALES PADRÓN, Viajeras extranjeras en Sevilla. Siglo XIX, Sevilla, 2000, p. 36. 138 AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 499, doc. 30. El plano del arquitecto fue publicado con anterioridad en Plaza de la Encarnación. La plaza y el laberinto…, p. 191. 139 Las puertas de la fachada este se denominaban Ceres, Oriente y Apolo; las de la oeste, Neptuno, Poniente y Flora; y las correspondientes a los frentes septentrional y meridional, norte y sur, respectivamente. Cfr. Alfonso ÁLVAREZ-BENAVIDES, Curiosidades sevillanas, Sevilla, 2005 [1ª ed., 189899], p. 76. 140 Los planos de Ayala figuran entre los documentos. La intervención contemplaba una nueva tabicación; la remodelación completa de la azotea; la instalación de un entramado de madera de Flandes y cuatro nuevas rejas; y la renovación de cornisas, cielos rasos, puertas y ventanas (AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 499, doc. 30). 141 AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 499, doc. 30. 142 AHMS. Sección 10ª. Comisiones especiales. C.A. 1115. Lib. 248, fol. 91. 143 El 21 de noviembre de 1861 aprueba el Ayuntamiento la fabricación de cuatro puestos. La medida fue tan acertada y rentable que pocos meses más tarde, el 28 de febrero, resuelve levantar otros dos cajones (AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 500, doc. 63). 144 Manuel GÓMEZ ZARZUELA, Guía de Sevilla, Sevilla, 1866, p. 131. 145 “…las losas del pavimento, ahora pulimentadas y desgastadas provocan numerosas caídas con las lluvias al humedecerlas y provoca depósitos de lodo y focos antihigiénicos que amenzan la salud” (AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 502, doc. 134). 146 Figura en la documentación, pero no lo público por limitación de espacio y porque no es significativo. 147 AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 502, doc. 134. 148 AHMS. Administrativo. Col. Alfabética. Caja 502, doc. 134. 222