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P.9.2/10-2-96 I I I ENCUENTRO DE ECONOMIA PUBLICA Departamento de Teoría Económica y Economía Política Universidad de Sevilla Sevilla 9, 10 de febrero de 1995 PONENCIA Los incentivos fiscales a la inversión privada en el impuesto sobre sociedades. Especial referencia al País Vqsco. Ana María FERRERO RODRIGUEZ Balerén BAKAIKOA AZURMENDI Departamento de Economía Aplicada (D. Universidad del País Vasco
LOS INCENTIVOS FISCALES A LA INVERSION PRIVADA EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. ESPECIAL REFERENCIA AL PAIS VASCO (*) K 1INTRODUCCION GENERAL La Economía desde finales de los años 70 ha estado marcada por una ralentización del crecimiento de la demanda global, la subida del paro, las fluctuaciones de las tasas de interés reales, los cambios internacionales, así como por factores de incertidumbre y de pesimismo sobre las perspectivas de crecimiento. Ese contexto permite comprender mejor que el tema que nos ocupa, las ayudas a la inversión, están en el centro de los debates de política económica. En efecto, la inversión es un elemento clave del problema de la competitividad económica. Invertir permite producir más, ampliando las capacidades de producción o realizando fabricaciones nuevas. También invertir permite producir mejor modernizando lo que conlleva un aumento de productividad y por ello de la competitividad. La inversión no es ni una variable objetivo, ni un fin en sí misma, sino una variable intermedia que puede "jugar" un papel activo en las finalidades de la política económica. En concreto la inversión es susceptible de contribuir a la estabilidad de la economía aunque sin duda donde se constituirá en un elemento estratégico será en el crecimiento y desarrollo de los recursos productivos de dicha economía. La gran funcionalidad de la variable inversión justifica el empeño de las autoridades económicas por implementar medidas que traten de influir en su volumen, su composición, o en su localización. Nuestro trabajo tiene como finalidad estudiar si es posible que los instrumentos fiscales puedan desempeñar un papel de estímulo a la inversión o lo que es equivalente, analizaremos si es posible una relación fiscalidad-inversión. Nos hemos centrado en el Impuesto sobre Sociedades puesto que desde la óptica de las decisiones empresariales de producción, inversión, financiación o empleo es el más relevante, con efectos más rápidos y penetrantes en los diferentes sectores de la economía. Además la política de incentivación fiscal se ha venido concretando, especialmente, a través de este impuesto, dadas las posibilidades que ofrece vía gastos fiscalmente deducibles, deducciones en la cuota, exenciones, o alteración en el tipo de gravamen. • Ana María FERRERO Balertn BAKA1KOA Universidad del País Vasco/Euskal Hemko Unibertsitatea Departamento de Economía Aplicada (I) Facultad de Derecho Diciembre 1995 1
Nosotros hemos utilizado los incentivos fiscales más habituales en los códigos fiscales de los países industrializados. Las peculiaridades entre el País Vasco y el resto del Estado en la aplicación de los incentivos nos lleva a estudiar, al menos brevemente, la normativa vasca. 2. LA INVERSION Y SUS DETERMINANTES. La empresa invierte cuando dedica capital con el objeto de mantener o mejorar su situación económica y financiera. Conviene hacer referencia a tres concepciones en la materia siquiera suscintamente: - A nivel Económico: La inversión constituye fundamentalmente una desviación de producción, es decir invertir supone desviar provisionalmente unos recursos de la actividad de producción que se constituirán en instrumentos que permitirán producir más, mejor u otra cosa2 . - A nivel Macroeconómico: La Formación Bruta de Capital Fijo representa el valor de los bienes duraderos adquiridos por las unidades productoras residentes con la finalidad de ser utilizados durante al menos un año en su proceso de producción3 . - A nivel Microeconómico: El Plan General Contable no se refiere a la inversión, sino a las inmovilizaciones (elementos no consumidos en el primer uso) que pueden ser materiales (terrenos, construcción, máquinas,elementos de transporte, mobiliario), inmateriales (gastos en investigación y desarrollo, fondo de comercio,patentes, licencias, que no se toman en cuenta en la FBCF) a los cuales pueden ser incorporados los derechos de propiedad o financieros (acciones, obligaciones, créditos, intereses)4 . Queremos resaltar que la mayoría de los criterios de definición de la inversión tienden a restringir su campo alrededor de la inversión material aunque no es la única. Hacer frente a los cambios actualmente conduce a incorporar más tecnología, formación, gastos ligados a las relaciones con la clientela: marketing, publicidad o comunicación.... Por tanto, sin olvidar que cada vez más los resultados de la empresa están influidos por inversiones complementarias a la inversión material, nosotros en este trabajo nos vamos 1 La concepción económica queda claramente explicada por PAUL SAMUELSON en el capitulo 10 *La rema y el producto nacionales* y capitulo 11 * El ahorro, la inversión y el consuno* en Economía Me Graw HUI 1984. donde adviene 'para los economistas inversión siempre significa formación de capital real: producción de mu bienes en existencias o producción de nuevas plantas, casas y herramientas Pag 199 ' Se puede consultar pera esta concepción BRODLEV R SCHILLER 'Principios esenciales de Economía* Ed. Me Graw HUI 1994 Pag» 5*-62 * Véase el Real Decreto 1643/1990.de 20 ds diciembre, por el que se apruebe el Plan General de Contabilidad Le tercera parte del nm ae refaces a ta» 'defunciones y relee iones contables' donde te de contenido i las cuenta» que densos nombrado por niiiqi "Inmovilizado-compre cu>« tos si» mera ni del petnmreui denmedo e servir de turma duradera en le actividad ds la empresa .
a centrar en esta inversión directamente productiva en capital fijo. El estudio de los determinantes de la inversión es considerado esencial tanto para explicar la evolución de esta variable, de la demanda o de la producción, así como para las previsiones y la aplicación de políticas económicas de relanzamiento, de estabilidad o bien de localización de capital, entre otras. Uno de los problemas más graves con el que nos enfrentamos al analizar con la inversión e intentar relacionarla con la fiscalidad es la multiplicidad de teorías que existen sobre los determinantes de la inversión. Los economistas y los econometras en el análisis de la inversión ponen el acento principal sobre los siguientes factores como explicativos de la inversión: La demanda anticipada, el coste relativo de los factores productivos, la coacción de la solvencia, y la rentabilidad de la inversión. 3EL IMPACTO DE LA FISCALIDAD: LOS INCENTIVOS FISCALES A LA INVERSION. Una vez que hemos recordado los principales elementos susceptibles de influir sobre la decisión de inversión es necesario analizar el papel que pueden "jugar" los incentivos fiscales sobre los mencionados determinantes. 3.1. LA DEMANDA ANTICIPADA Las diferentes especificaciones que incorporan la evolución de la demanda en la determinación de la inversión reposan todas sobre el ajuste del capital a la demanda anticipada. Es lo que se conoce como "efecto acelerador"; cuando una empresa debe satisfacer encargos adicionales, si sus capacidades están totalmente utilizadas, para poder satisfacerlas deberá invertir. Sin embargo la demanda futura, como su propio nombre indica es incierta por corresponder a momentos venideros, lo que hace necesario anticiparla. Sólo cuando la empresa prevea un aumemo de la demanda, invertirá. Por ello las ayudas fiscales no parecen poder desencadenar un proceso inversor a partir de su efecto expansivo sobre la demanda, ya que aquellas no intervienen en la formación de ésta. En el mejor de los casos, podría esperarse un efecto indirecto como consecuecuencia de la disminución impositiva provocada por los estímulos, como apunta PIERRE FONTANEAU, podría haber una posibilidad de relación indirecta demandaincentivo5 . El coste del uso del capital6, sí es susceptible de integrar la influencia de las ayudas fiscales, éstas provocarán un aligeramiento en la presión fiscal que recae sobre el capital pudiendo a su vez esta disminución en el input capital provocar un ' PIEJULE FONTANEAt' * Fútala* *t aubaraM* l«1 p»g 20 * fu* pan «ta* qnuaa "a al tamfc EDMOND MALIHVAUD *FMa-oa mesurar I «votuboo du caül d sujt du capaai pradutur aa L laissi «i timaipu a* 12 Avfd l«7l O SMS ESFITlA ESCVER M y abas 'festónala» fistai*. a la tavtna»a Iravasdal «npusaa. aobss Sutudadas* I fe F IW Paga ICP l« 3
descenso en el precio final del output. Esta caída del precio del producto podría provocar un aumento de la demanda, fundamentalmente si la elasticidad precio es superior a la unidad. No obstante, este efecto desencadenado que teóricamente no admite dudas, no se ve confirmado en la práctica. Sólo si los márgenes de beneficio de las empresas quedasen invariables , una disminución sensible de los costes podría provocar un aumento lógico de la demanda. Sin embargo, siendo la maximización del beneficio uno de los objetivos fundamentales de los empresarios, lo que éstos hacen es revisar los márgenes de beneficio al alza en lugar de bajar el precio de venta de los outputs. Finalmente, podríamos concluir que el efecto de la incentivación sobre la demanda es básicamente nulo. Las empresas no invertirán mientras las expectativas de mejora no sean durables, ya que tal y como distintas investigaciones prueban, la inversión de las empresas parece hoy conceder más ventaja en su determinación a las variaciones de la demanda que a otros determinantes, tales como las dificultades de financiación o el coste de uso del capital7. 3.2 EL COSTE DE LOS FACTORES PRODUCTIVOS Pasamos a continuación a intentar delimitar la acción de los incentivos sobre otro de los determinantes de la inversión, el coste relativo de los principales factores productivos. Esta teoría se puede resumir de la siguiente forma: las variaciones de los costes relativos del capital y del trabajo pueden influir en la decisión de inversión debido a las posibilidades de sustitución de esos factores. Por ejemplo, si la variación en el incremento del coste salarial es más rápida que la correspondiente al coste del capital, ceteris paribus, las empresas preferirán sustituir el trabajo por capital. Esto será así cuando la empresa en su proceso de optimización utilice una función de producción que incorpore la posibilidad de tener en cuenta el coste relativo de los factores. Consiguientemente, si disminuye el coste de adquisición de los bienes de equipo, esta reducción se puede traducir en un incremento de la inversión. Sobre el coste de la inversión actúan distintos medios de la política económica. Entre los incentivos fiscales principales se encuentran: A. LA DEDUCIBILIDAD DE LA AMORTIZACION: Nos ocuparemos de la importancia de considerar gasto deducible o no la amortización, en concreto, nos acercaremos a los efectos provocados por las reglas de contabilidad fiscal sobre la cantidad por amortización legalmente permitida de las inversiones en bienes de activo ' En cau sesudo st expreses entra otros. MUET. FIERRE ALAIN. AVOUYI-DOV1. SANV1. aponen una información interesante, besada en esa ——i entra loa responsables da les empresas, sobre les rizosas por las cuales les empresas susceptibles da beneficiarse da beneficios tntHSanoe. asi embargo so han aumentado su gastos "ta tazón más frecuentemente mencionada es que las perspectivas de desarrollo no les perecea justificar ua esfuerzo súpleme ala no de leve raaos! Esta consutacioa refleja los resultado» acostóme traeos puestos en evidencia, el efecto peni rmasisi de les perspectivas ds crsi MUS asi sobra la dac tasós de invertir" "L efln das iscsauosa fiscales sur I investí ue mentí" ea ss.servati.ee» ai DugaoOsc» Esososuqua» Revus ds I OFCE a* II Janvter 1917 pag 157 151 4 •IBUOTEC*
fijo8. Las normas sobre amortización modifican considerablemente la base de imposición pudiendo repercutir en las elecciones de la empresa. Consideremos el aumento de riqueza total actualizado que se va a producir en la empresa debido a una nueva inversión como: AR = E (V, - O - u (V. - C.) - Inversión (1+r)1 donde, y es el tipo impositivo del Impuesto sobre Sociedades, V, los ingresos generados por esa inversión, C, el valor de los inputs intermedios, y r es la tasa de rentabilidad mínima exigida por el empresario que nos sirve como tasa de actualización de las cantidades cobradas o pagadas generadas por el nuevo proyecto de inversión. El gasto en inversión no es deducible inmediatamente, al contrario de lo que sucede con los bienes intermedios, lo que provoca que el coste de estos últimos sea menor. Ahora bien, si tenemos en cuenta la amortización que se puede deducir del beneficio gravable ese coste de la inversión se reducirá, AR = E (1-y) (V,- C,l - Inversión + E y Amortización (1+r)1 d+r)1 La amortización a su vez la podemos expresar como un porcentaje de la inversión, at AR = E (\-y) (VtC,) - Inversión + E y a, Inversión (l+r)1 (l+r)1 Lo más habitual es que el bien se amortice a lo largo de su vida útil (at •< 1), con lo cual el valor actualizado de los descuentos por amortización será inferior a su valor. Los sistemas de amortización acelerados consisten en elevar a, para cubrir el valor del activo en un plazo más corto. Si fuese posible amortizar el cien por cien (a,= l) en el ejercicio de compra del equipo, entonces la inversión sería tratada por el sistema fiscal como cualquier bien intermedio. En los mecanismos de amortización degresivos el montante de las dotaciones anuales es más elevado en el curso de los primeros años que aquel que resultaría de la amortización más próxima a la verdadera - la lineal según tablas oficiales-, para decrecer después los años siguientes. Como consecuencia, con estos mecanismos el gobierno está concediendo a las empresas un "crédito" sin intereses al rebajar los impuestos inicialmente, aunque después se incrementen al no ser deducible la depreciación corriente. En definitiva, el coste del * Sobra ta. sapscto* practico* d* ta amoniutra vsaac Tobo sobra ta doctaractaadt Soctodadoa 95" JOSEP M* Hl GL'ET TURREM ADt Y ROGEJt BERGL'A CANEELES Ed Prau» 1994. rapoctaimmc p*g» (I6VIS5) y (SI9-ÍJ7) 5
capital deviene más económico y el aumento de la riqueza también según la expresión que acabamos de precisar. IL EL CREDITO FISCAL A LA INVERSION: Se conoce por este nombre la disminución de la cuota impositiva en un porcentaje de la inversión nueva realizada. Esta deducción por inversiones, al reducir el precio efectivo de los activos, tendrá repercusiones en la determinación de la base que se utiliza para el cálculo de la amortización al ser dicha base habitualmente el coste de adquisición. Esta consideración implica que puedan aplicarse dos métodos: 1El primero consiste en admitir como deducción de la cuota líquida un cierto porcentaje del precio de adquisición de la inversión. Junto a esta ventaja, el empresario aplicará la amortización. Ahora bien, en el cálculo de ésta, la base amortizable se reducirá en la cuantía de la deducción. 2El segundo método consiste igualmente en permitir una deducción de la cuota líquida, igual a un porcentaje del precio de coste, pero esta cantidad no va a disminuir el coste que se toma como base amortizable. El segundo método presenta más ventajas que el primero para el empresario: al no ser deducible de la base amortizable el crédito de impuesto su incidencia es mayor. De esta manera la empresa puede deducir de sus impuestos futuros una cantidad por amortización más elevada que la que correspondería al precio efectivo del equipo, debido a la no reducción de la base amortizable. La amortización se basará en el coste de adquisición total de la inversión, lo que es equivalente a una revaluación del coste histórico de la inversión. En definitiva, este conjunto de incentivos fiscales que acabamos de describir va a disminuir el coste del capital por la economía del impuesto que hacen posible. Este efecto tendrá amplitudes diferentes según el incentivo concreto que se implante, así como la intensidad del mismo. De este análisis se deriva que al menos teóricamente, se pueden estimular las inversiones reemplazando el trabajo por capital. La importancia de este resultado dependerá del grado de sustitución entre el capital y los otros medios de producción. Si tomamos el capital y el trabajo, el valor de la sustituibilidad está medido por la elasticidad de sustitución, T, entre ambos factores productivos. Esta elasticidad de sustitución explica la sensibilidad de la estructura técnica de la empresa, K/L a la modificación de los costes relativos del capital y el trabajo. Si la elasticidad fuese nula, el coste del capital no intervendría en la decisión de inversión de la empresa. A mayor elasticidad de sustitución, mayor será la sensibilidad de la estructura técnica a la modificación de los costes relativos9. Las elasticidades que se suelen manejar varían entre un 0,1 y un 0,6. * E» interesante añadir que ta surtios:mn capital (rabas? •• un fenómeno muy complejo que 'opera por diversas vías aplicación da equipos nuevos, depreciación de equipos viejo* e igualmente 'los factor** que demandan ta maumción aon vanadas tendencias del progreso lee uso > de ta organuactoe del trabajo, cosse* relativo* del trabajo y del capital desarrollo relativo de tas diferentes actividad** ligadas por ejemplo a si*, c toast á* espacial tracto*» mas ruar tonal' DUROtS. PAUL " bree atusasen*. productiva* at subnmrtiou du capnai au travad* Ecoanau* ai •atirtiqu* a* 127 Novsarttrr l««0 Pag 4 6
Por tanto una disminución del coste del capital podría dar lugar, al menos, teóricamente a un aumento de la inversión10. 3.3 LA SOLVENCIA FINANCIERA DE LAS EMPRESAS Este factor explicativo pone de relieve que la inversión crece si aumentan los fondos disponibles de la empresa disponibles para la autofinanciar las inversiones. Pero ese comportamiento tiene límites porque un nivel más elevado de deudas puede amenazar la supervivencia de las empresas y lleva a los prestamistas a exigir tasas cada vez más elevadas. Esto implica que la decisión de invertir está ampliamente influenciada por la coacción de la solvencia. Numerosas medidas han sido tomadas con el objetivo de reconstruir los fondos propios de la empresa: A. LOS METODOS DE AMORTIZACION ACELERADOS: Como ya sabemos estos regímenes están especialmente diseñados para recuperar el valor del bien a un ritmo más rápido que el correspondiente a la depreciación económica real o verdadera. A través de estos mecanismos, además de cubrirse el coste de adquisición más rápidamente, lo cual disminuye el riesgo asociado al proyecto de inversión, se posibilita a la empresa la mejora de su tesorería, debido al ahorro de impuestos que generan y que por consiguiente mejoran sus reservas de autofinanciación. La concepción amortizacióntesorería-inversión, ha provocado, al menos en parte, la aplicación de los sistemas de amortización acelerada. B. APLAZAMIENTO O COMPENSACION DE PERDIDAS: Un principio fiscal importante es el de la "independencia de ejercicios", en virtud del cual los resultados de un ejercicio no son trasladables a otros. Este principio se rompe cuando existe la posibilidad de compensar un déficit. Ese resultado negativo reduce la base del impuesto de otros ejercicios, y puede presentar diferentes variantes11. Con esta técnica los poderes públicos estám contribuyendo a mejorar la situación financiera de las empresas. C. LA CONSTITUCION DE RESERVAS EXONERADAS DEL IMPUESTO: La constitución de reservas destinadas a la inversión ha recibido tradicionalmente un trato favorable en el Impuesto sobre Sociedades. Se trata de una medida empleada en ' Debemos hacer como observación al resultado ame ñor El proceso que se inicia coa la aplicación de incentivos fiscales y financieros, da lugar a un descenso del capital y concluye en un aumento de la demanda de inversión, sólo seria significativo cuando la variación del cocte relativo si considerada por las empresas como durable, c incluso en este caso, no se mantiene ya que el estudio del proceso de sustitución del -apilar por trabajo en un periodo amplio ae muestra bastante independiente de la secuencia de los costes relativos de los mismos. 1 La» do* vana Mas ds compensación son la primera, cuando se permite que las pérdidas se imputen sobre ejercicio* futuro» al compensarse coa los beneficios de uno o mas abo* inmediato* siguiente» sucesivos -hasta un plazo común de 5 anos y un máximo de ochoen la cuantía que al mieso rnnaidare criar tan Mi. nampe* que se encuerara dentro de lo* Unales de la base positiva La segunda técnica esta menos extendida » peroras que las pirdidai ra imputen sobra ejercicios parados -erara ano y iras ano*- Con esta tecuca los poderes público* esun contribuyendo * mesurar I* ssniti ion finara iira da las inqussai 7
España bajo la denominación de "Previsión para inversiones"12, afecta, como su propio nombre indica, a las reservas destinadas a una nueva inversión. Este incentivo consiste en una reducción en la base del impuesto, equivalente al importe de las cantidades que se destinen a un fondo especial de reserva para financiar inversiones reales. En consecuencia, sólo se protegen las inversiones reales autofinanciadas con beneficios de la empresa, pero no las que puedan efectuarse mediante fondos ajenos o por ampliación de capital. D. PENALIZACION DE LOS BENEFICIOS DISTRIBUIDOS: La utilización de esta técnica tiene su origen en la identificación del beneficio distribuido o dividendo como renta destinada al consumo, y en cambio el beneficio no distribuido sería la renta productiva con la que se acometerá parte de las inversiones. Se trata de establecer tipos menores para los beneficios distribuidos, o alternativamente tipos más elevados para los no distribuidos. E. LA REDUCCION DEL TIPO DE GRAVAMEN: La disminución de la fiscalidad que recae sobre las empresas se puede implementar como estamos viendo a través de múltiples modalidades, una de ellas es el descenso del tipo impositivo del Impuesto sobre Sociedades. El objetivo atribuido a esta medida es estimular la inversión y la competitividad de las empresas. Los desarrollos teóricos consideran que la reducción del tipo de gravamen13 aplicable al conjunto de los beneficios realizados, al disminuir la carga impositiva que pesa sobre la empresa, provoca un volumen mayor de fondos que se destinarán tanto a retribuir a los accionistas u otros acreedores, así como a aumentar los recursos propios de la empresa. Finalmente señalar en esta parte que hace referencia a la obligación de solvencia que aplicar técnicas que permitan reconstruir los fondos propios de la empresa puede no tener los resultados esperados ya que en lugar de estimular exclusivamente la adquisición de bienes de equipo, estas medidas dejan a la empresa libre de la utilización de la reducción del impuesto. Otro inconveniente de esta búsqueda de liquidez es "que llevado a sus ultimas consecuencias, implica la negación de la asignación mas eficiente de los recursos, cautivos en la empresa que los genero. Los mercados de capitales deben asignar los recursos a las empresas mas eficientes y su buen funcionamiento no es posible en el marco de un sistema tributario que prime la autofinanciacion"14. B Para conocer las notas características del "Régimen de Previsión para inversiones" y * Reserva pan inversiones de exportación".se puede consultar MANUEL LAGARES CALVO * Apoyo fiscal a ta inversión: coméntanos sobre un nuevo incentivo del sistema tributario español* Crónica Tributaría n* 1. 1972. O ANTONIO DELGADO GOMEZ "Coméntanos sobre desgravación fiscal a ta inversión" Crónica Tributan* n* 8. 1974. " Durante loa últimos años, ta mayor parte de los países industrializados han venido introduciendo modificaciones en los impuesto* que recaen sobra lo* beneficios de tas sociedades, en ta linea de reducir lo* tipo* de gravamen correspondientes Se puede consultar estas vanacme» ce "Rebaja del Implícalo sobra Sociedades" Cromes Tributan* a* 203 Noticia no 1994 Paga 9 y 10 " EDUARDO SANZ GADEA "Propuerta para ta nlonas 4*1 Impuesta sobra Sociedades' Zergak 0*3 Gaceta Tnhuurw del Pa» Vasco 1994 8