Exposición que la Religión Hospitalaria de San Juan de Dios hace a las Córtes con motivo del dictámen presentado por la comisión sobre reforma de regulares
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EXPOSICION “7 QUE LA RELIGION HOSPITALARIA DE SAN JUAN DE DIOS HACE Á LAS CÓRTES, con motivo del dictámen presentado por la Comision sobre reforma de Regulares, a É. y Jo ¿ MADRID: 1820. EN LA OFICINA DE DON FRANCISCO MARTINEZ DÁVILA, impresor de Cámara de S. M.
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tan distintas como lo son los tiempos y las costumbres de éstos, no hagan variar con respecto á su utilidad ó perjuicio. Las leyes mas sábias , los establecimientos mas sólidos, las diyposiciones mas acertadas en ún tiempo; pueden'em “otto ser justamenté reputadas por inutiles , débiles:ó. perjudiciales. Así nos lo enseña la historia, y' así lo demuestra la-experiencia con respecto á toda clase de establecimientos así Religiosos como civiles: Como la' base principal destodos ellos ha debido ser la utilidad que de los'mísmos ha podido resultar 4 la Tgles sia y al Estado; si desapareció esta utilidad, “ya sea: porque no existen las causas impulsivas de su fundacion, ya porqué rios ¿ los Feutónicos, y enel último siglo la de los" Jesuitas; por nio ¿Ne e der desvanecer el concepto que tal vez sin culpa suya merecido. Por fortuna todos son hechos públicos ; palpables y de los que se puede convencer aun 'el mas ignorante; % lo que lleva una gran ventaja á las demas Ordenes , por == ya abolición opina la “comision. No por esto se trata de de primir el grande mérito y utilidad que en todos tiempos resultado á la Iglesia y al Estado de estos establecimien religiosos. Asilos de la virtud desde su creacion , ellos sido el depósito de las ciencias sagradas y profanas, Y en ces das épocas han dado á la Religion y al Estado los Baro 105
mas eminentes y, que le, han hecho-1os: mas. considerables. seryicios. Mas .por grandes que éstos hayan sido.,-1os cono= ce-el sábio, y. los .estima ¡el hombre ilustrado y piadoso: pero los que ha hecho y hace la Religion, de san Juan de Dios son conocidos del mas:ignorante, y apreciados por el mas rudo é infeliz; porque siendo dirigidos principalmente al alivio. de la humanidad. doliente, tienen que ser tan generales, cuan- to lo son.Jos.males, y, enfermedades á.que está, el hombre :su- Jeto..Su alivio y curacion, de. cualquier clase que sean , fué el que se. propuso. el Santo fundador; y éste ha sido el que en todos tiempos. ha'desempeñado y desempeña la Religion en Cuanto está 4, sus alcances. Para demostrar esta verdad bastará hacer una. ligera 'enumeracion de los hechos de que ha. sido y es :testigo.toda la Nacion, y cuya autenticidad se pue=. de probar con los documentos que existen en los Archivos de las Secretarías de Estado, en los de la Órden y en los de los ayuntamientos de casi todas las ciudades de España é Indias; documentos. irrecusables, y 4 los que no.se podrá objetar igunngénero de: parcialidad. 0 00010, —o.contentos los hijos de san, Juan de Dios con la asistencia. elos enfermos existentes en los Conventos Hospitales de la eden, la Nacion: los ha encontrado en todos tiempos enme- 0 de. las. mas. horribles epidemias , encargados del cuidado los Hospitales y Lazaretos; y en cuantas: expediciones de y. tierra se han hecho; desde que se fundó la Órden. has. £ldia; siendo en todas, partes muchos de ellos víctimas de MU ardiente zelo, y objeto de admiracion y gratitud. Digalo la Célebre expedicion de don Juan de Austria en 1570 a los. Moriscos de Granada, en la que á pesar de estar . A sus principios la Órden., mostró.todo el fervor de su. idad en la! asistencia y, curacion: de los: iunumerables heri— table paella encarnizada guerra: dígalo la siempre memo- LS batalla de Lepanto; 4 la que quiso llevar y: leyó ex- Presame hte el ya referido don Juan de Austria cuatro Rel¡- dién dal Para la direccion de los Hospitales de la armada; ha- Wa los A oido los mismos en la expedicion que hizo con- -Wrcos en 1572: Dígalo la expedicion que al mando
del Marques de Sánta (on se destinó! para asegurar la-posé=" , | se padeció en el Hospital de Gibralarz> Acne la quese: pas llay Xerez”, 1San' Eucarsy otras 'deAndalucia, en la que po” recieron veinté y dos Religiosos de la "casa de Sevilla, y hasta ber fallecido todos los Religiosos; así en la que por los añ 1676'hasta el de'1678, se padeció en lá plaza de Orán 28
tinados; y la que en 1680 sufrió la ciudad y reyno de Córdo=" ba. Mas:z4 qué fin molestar la atencion del Congreso con ía incómoda relacion de las epidémias quela Nacion ha padecido, cuando en los ultimos tiempos en nuestros mismos dias, y lo que aun es mas doloroso en el presente año nos vemos a= magados de tan terrible azote; y en todas ocasiones se ha vis=- to á los Religiosos de San Juan de Dios ser los primeros que: despreciando el mayor delos peligros se han «dedicado á la. asistencia de los Lazaretos y Hospitales? Ahora mismo á pesar de estar en los principios la epidémia acaba de morir un Religioso del Hospital de Cádiz, destinado á la asistencia de los enfermos de esta clase. ¿Y se podrá decir que la Religion de san Juan de Dios no es tan útil en el dia al Estado co= mo lo fué: al tiempo-de su creacion? ¿Se podrá argiiir á sus: individuos de que-han abandonado el primitivo fervor, ó sé han desviado de las reglas desu instituto? Las ciudades de Andalucía , y aun todos los pueblos donde existen Conven= tos Hospitales , podrán responder á esta pregunta. Veamos si pesar de los servicios que quedan demostrados , conviene la extincion «de esta Orden, porla utilidad que de ella pudie- Ta resultar 4 la Nacion, que-es el segundo punto que se ofre= ció demostrar. | Siendo la salud del Estado la suprema ley, y á la que toas ceden, por dolorosa que se presente á los individuos de a Orden y Suextincion, la sufririan gustosos si conocieran que € ella habria de resultar alguna ventaja á la Nacion , ó que Pl £ste medio habria de mejorar su suerte.: Asi se podría creer los bienes que en el dia estan destinados á los Hospitales e ¿iminlstra la Religion , con su disolucion pudiesen entrar pa £l Estado, y con su importe se pudiese atender á cubrir en "le el enorme crédito de la Nacion. Pero por desgracia aunhe e:la:Orden de. san Juan de Dios, no se enriquecerá lic “Umentará el fondo destiñado para el pago de la deuda pú- A-La:razon .es:bien clara; por no. poseyendo: los con= e la Órden a excepcion del de Madrid , otros bienes Pueblos Que antes estaban uestivados ¿Jos Hospitales de los > £s claro que aunque se disolviera la Religion , Jos Ventos d
bienes quedarian siempre para la dotacion de los mismos Hos=: pitales á que estan afectos ; á no ser. que se les quisiera privar. de este beneficio , lo que no es: creible. Mas claro: habiendo: sido llamados los Religiosos: de san Juan de Dios para la di= reccion y asistencia decasi todos los Hospitales , que hoy: for= > man sus Conventos, todos los bienes eran y son de los mismos Hospitales, y no de los Conventos; y así lo único que se: conseguiria con la extincion de la Orden seria el que dichos, Hospitales en lugar de los Religiosos , que enel dia los sirven,: pasasen 4 manos de seglares. Si esta novedad seria útil Ó perjudicial , se podrá demostrar con cotejar los estados de cualesquiera Convento Hospital, con los de los Hospitales civiles. Entónces se veria en donde estaban mejor asistidos los enfer. mos , así enlos alimentos como-en las medicinas y ropas des-: tinadas á su aseo y comodidad ; entónces se notaría la notable diferencia que hay en el gasto, á pesar de la mayor abun= dancia y mejor calidad: de los. alimentos 5 entónces finalmente se: advertiria el órden y economía en la administracion de los bienes que constituyen sus fondos , sin necesitar de ' numero=. sas contadurías , comisarías, veedurías y otras oficinas que abserven las rentas de los pobres, y.se veria la piedad , celo y exactitud con que uno ó dos Religiosos Sacerdotes, sin mas emolumentos ni rentas que una racion , atienden á la asisten cia espiritual de los enfermos, en lugar de la multitud de Capellanes que con considerables dotaciones , existen en los dex: mas Hospitales. Tal es la diferencia que debe resultar necesa” riamente de practicar estos ejercicios por la obligacion del ins" tituto, ó hacerlos solo por el interés del estipendio. ; -A-unos hechos tan claros, como públicos se añade que cas todos los Conventos Hospitales de la Orden estan bajo la inmédiata intervencion de los Ayuntamientos de los pueblos, cuyo% individuos, aun antes de concederseles esta atribucion' por la $4? bia Constitucion de la Monarquía Española, tenian y exercial la facultad de visitar estos establecimientos , examinar cuentas, y velar sobre el exacto cumplimiento de los ind duos destinados á los mismos; como que eran y son. propiedades de los mismos pueblos, entregadassolo al. cuidad0 iyi-
xj direccion dela Órden. Por lo mismo, léjos de estar en con. tra dicoion con: lo «prevenido en la Constitucion de la Monar-. quía: Española, y Decretos de las Córtes, elativos á este par— ticular, parece la habian prevenido en, tan sábia idéa; sin que por consiguiente se tenga «que hacer ¡en ¡esta parte la menor alteracion. Y he aquí otra prueba que, puede ofrecer gustosa la Religion: de:san Juan de Dios, del estado en que se halla >9.y de su utilidad encel día; prueba nada equivoca, y 4 la que no se puede tachar de parcial; por no ser creible que los , Ayuntamientos de los pueblos prefieran al interés y utilidad general la existencia de la Orden. Informen pues todos aque— llos donde hay Convento Hospital, pues desde luego defiere con la mayor satisfaccion á su dictámen. Si pues, segun se ha demostrado, los beneficios que dis. pensa la Orden son conocidos y palpables, y de su extincion ninguna utilidad puede resultar al Estado, ¿será justo el que se la extinga y borre del número de las Órdenes Religiosas en España? ¿tendrán sus individuos el desconsuelo de desnu— darse del habito religioso que prometieron vestir en vida y Muerte? ¿se los obligará á separarse de los enfermos cuya asistencia prometieron al tiempo de su profesion? ¿Será su - SUérte peor que la de los démas Regulares, á quienes la Na= Cion Conserva, aunque con las restricciones y reforma que el Mgreso tenga por conveniente? De ninguna manera. La Religion de san Juan de Dios no cree haber dado mo- YO para que se la imponga un castigo tan terrible. No . .* Que habrán intervenido mil noticias falsas, informes A estros de personas que disfrazadas, tal vez, con capa de mos edad habrán ocultado sus torcidas y pérfidas intencio- > P£ro seguéa de los hechos que acaba de exponer, desde Y €n la sabiduria y justificacion del Congreso Nacional Quien= e a Pera que penetrado de los conocidos beneficios que Conservacion y existencia han resultado en todos tiem. Mili en el dia resultan á la Nacion, y de la ninguna ans de su disolucion puede seguirse al Estado; no Consentir el que se estinga, y si la concederá el que