Introduccion. Assumptos hay tam claros que es lo mismo informarlos que persuadirlos ... se ceñira la defensa de esta parte en el Primero punto, á insertar la clausula y dibuxar el parentesco. El segundo, á reflexionar los fundamentos, que Don Simon pro
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Foi. i. INTRODUCCION. .SSUMPTOS HAY TAN CLA- ¡ ros, que es lo mifmo informarlos, 1que perfuad irlos; fe dexa ver fu fo- Ilida verdad, defde que amanece la luz de íá tazón, yfe defeubren, fin necefsidad, de que abulte fu eftáfüra el anteojo de menudas efipeculaciones. Se efiimó colocado en ¿fia claífe, el que ocupa lá prefente controverfiá, en que, compitiendo Una hembra dotada de la excelencia de la píimogenitura* la quieren deffio-urat, yobfcurecer otras dos hembras de lineas inferiores; pues que razón legal podrá patrocinar fe anticipe la linea inferior ála mayor \Ycomo logrará, aunque fe fatigué la diligencia humana, borrar caracteres, que eftampo la mano de la fuperior providencia ?Las reglas, que gobiernan la fuccefsion de mayorazgos, ló abominan, las particulares de nueftra fundación no lo protegen. Elle conocimiento dio ferio motivo árefiftir reiteradamente el eferibit en Derecho, pero el tenaz implufo de un mandato eftrechó halla los términos de dexar finarbkri© la condéfcendencia. Siguiendo pues el di&átffcn, fe feeáirá. Ja defenfa de cfta parte en el Primero punto, áinfertár la claufulá, ydibuxar el parentefeof, El fegüñdojá teflejeió^ nar los fundamentos, que Don Simenproponen ¥el tercero, árefponder, los que ha alegado Don Ftancifco.
í. é PUNTO I. f . IDon Miguel de Jauregui yGuzman, nieto del Fundador, que pofleyó. | . ti D. Lucas de Jauregui, primog. qué prttiiurio á fu Padre. B. r a 17.dt Seftiemirt dt 1izó. 3. Doña Ifabel Magdalena de Jauregui, hembra excluía. 5* D. Diego de Jauregui entró ápoflcer por varón. Don Miguel de Jauregui, Marqués de Gandul, ultimo agnado. ot V. 7.<L D. Diego de Roa,' ultimo pofleedor. Doña Ma- 1Doña PexiadeRoi, \-tronila dé hermana 1Roa, hernuyor. Iman.men. |que vive.' I ’6. t‘* 5. |Doña Jo- I Ifepha de ( IAlfaro, I i* litigante. : i! 1 ;1D. Sinaon 11 1de Ja j 1|Chica, 1 1*Litigante, y il » Doña Maria de Jauregui, B.tArij. dt 'Julio dt 16)1. üj : Doña María Antoniade Jauregui, D. Francilco Ortiz de Godoy, Litigante.
3. ENla fundación, que de efte Mayorazgo otorgaron en 30, de Junio de 1598. Miguel Martínez de Jauregui, yDoña Ifabel Hurtado fu -muger, frhallan las claufulas figuientes, que por conducir en la mayor parte, yefcufar el reparo, de que fe atribuya amyfterio omitir qualquier palabra, fe ponen ála letra. Por quanto al prefente tenemos nos los dichos Miguel Martínez de Jaurcgui ,yDoña Ifabel Hurtado, fu muger, por nueftros hijos legítimos ádicho D. Martin de Jaurcgui, que es el mayor, aD. Lucas de Jaurcgui, aD. Juan de Jauregui, yáD.Francifco de Jauregui, yD.Añil res de Jaii regui ,yD. Geronymode Jaurcgui, yD. Lorenzo de Jauregui,yD.Alonfo de Jauregui, que todos fon varones, en los quales, yen los demas hijos varones, que tuviéremos de nueftro matrimonio, yfus hijos, ydefcendientes legítimos 'varones por linea reSla mafculina de yarones> es nueftra intención, yvoluntad hacer, inftituir, éfundar efte dicho Mayorazgo, ylos llamamientos de él, precediendo el mayor al menor ,por la orden ,yprelacion, que aquí ferá declarada :Por tanto ordenamos ,ymandamos, queHefpües de los dias de nueftras vidas ,yde cada unode nos, fuccedaen efte dicho Mayorazgo el dicho D. Martin de Jauregui, nueftro hijo varón mayor legitimo, como primer llamado, el qual lo tenga, poífea ,ygoze por todos los dias de fu vida; ydefpnes, yáfalta de él, fus hijos, ydefeendientes legítimos varones,de legitimo matrimonio nacidos, por linea reda mafculina de varón, prefiriendofe el mayor al menor, ylalinea^y legitima fuccefsion del primero por linea reSla mafculina dé Varón fe acabe ,y fenezca primero, que entre elfegundo ,yel fegundo,yfu linea ,y fuccefsion mafculinafe prefiera al tercero, yla/uyay yafsi palle por todas Jas demás lineas mafculinas de varón ;yel primer grado fe prefiera al fegundo, yel fegundo al tercero, yafsi por todos los demás grados de fuccefsion ;yen un mifmo grado el mayor,yfu linea ,ydefcendencia mafculina prefiera al menor ,y la fuya,fiendouno folo, yUngular ,el que pofi. feyere. Yen efta fuccefsion haya lugar la reprefentacion de Derecho, fegun la qual los hijos, ydefendientes legitL mos varones por la dicha linca reda mafculina reprefenran
4* tan afus Padres muertos én vida del ultimo PoíTeedor ;y defpues de fu muerte ,bajía que de todo punto fe acabe Ufuccefsvm >y defeendmeia mafeulina de dicho D.Ma-rtin de Jauregui nueftro hijo mayor varón legitimo: yguando de todo punto fe acabe,de modo,que no baya Varón legitimo por la duba linea reBa mafeulina defeendierite Tuyo por dicha linea de varón, queremos, yé$ nueftra voluntad, que fucceda en efte Mayorazgo el dicho D. Lucas de Jauregui nueftro hijo varón fegundo, yfus hijos ,ydefeendientes iegitimos varones por la dicha linca reda mafeulina de varón, prefiriendo el mayoral rrtenor,y ti iñayo'-, yfu linea mafeulina al menor,yla fuya por lá dicha ordeniy en defecto,yáfalta de dicho D. Lucas ,yde fus hijos ,ydefeendientes varones leo-itimos~por la dicha linea reda mafeulina de varón, llamamos ala fuccéísion de efte Mayorazgo ádicho Don luán de Jauregui nuéftro hijo tercero,yafus hijos,ydefeendientes legitimes varones por la dicha linea reBa mafculina de varón por la dicha orden :yen defecto, yafalca de dicho D. Juan, yde fus defeendientes Iegitimos varones por la dicha linea recta mafeulina de varón ,llamamos ala fucccfsion de efte Vinculo,y Mayorazgo adicho D.Francifcode Jauregtti nueftro hijoquártoy y4fus hijos,ydefeendienré's legítimos varones por kdicha. orden: yen defecto, yafalca dé dicho D. Francifco, ydélos dichos fus hijos, ydefeendientes legítimos varones por la dicha lk nea recta mafeulinade varón, fucceda mefte Mayorazgo el dicho D. Andfrés dé lauregui nucltro hijo quinto,yfus hijos, ydefeendientes Iegitimos varones por la dicha orden, ylinea mafeulina dejaron: yfaltando dicho Don Andrés de Jauregui ,ydefeendientes legítimos varones, fucceda en efte Vinculo, yMayorazgo dicho D. Gcronymode jauregui nueftro hijo fexto, yfus hijos ,ydcícendicntes legítimos varones por dicha linea de varón, ypor la dicha orden :yén defe&o, yáfalta de dicho D. ero nymo,yde fus defeendientes legítimos varones ,ígeceda en efte Vinculo ,yMayorazgo dicho D. Lorenzo* de Jauregui nueftro hijo feptimo, yfus hijos, yde cen Íegitimos varones por la dicha orden :yén defe o,yaa ta de dicho D.Lortrizo, yde fus hijbsy ydéfe^fitesj^ gititaos varones, fucceda en efte dicho Vinculo, yaT
5• razgo dicho D.Alonfo de Jaurcgui nueftro hijo odavo,y fus hijos, ydcfccndiences legítimos varones por la dicha orden: ven defecto, yafalta de dicho D. AIonio, yde fas hijos, ydefeendientes legítimos varones, fuecedan en cite Mayorazgo todos los demas nueftros hijos varones, que tuviéremos de nueftro matrimonio, por fu orden, ygrado de mayor)a, y fus hi jos, ydefeendientes legítimos varones por la dicha orden. De manera ,que no pueda fucceder en efte Mayorazgo,por ninguna caufa penfada,ó no penfada,ninguna muger defcendicnte de dicho D. Martin de Jauregui, primer llamado, ni de fus defeendientes, ni délos demas nueftros hijos varones fus hermanos, que eftán llamados ala fuccefsion de efte Mayorazgo ,ni ningún Varón, quefea áefeendiente fuyo,de los unos,ni de los otros por linea<dé muger,de qualquier condición, ycalidad, que fea, porque las excluimos,, yhavemos por excluías, éinhábiles, eincapaces.dg la fucccísion de él aellas, ydlos varones, que de ellas defeendmen , yen ningún cafo queremos, que fucccdan en efte dicho Mayorazgo, porque efta es nueftra precifa, ydeterminada voluntad. Pero faltando todos nueftros hijos varones ,ylos descendientes legítimos fuyos varones por Udicha linea recta de varones, tenemos por bien, que.fucéedan en efte dicho Mayorazgo las hembras, hijas defeendientes legitimas de dichos nueftros hijos varones arriba nombrados, y que en adelante tuviéremos, por el mifmo grado,orden, y prelacion ,que eftán fus Padres llamados :Por manera, que primera fucceífora fea la hembra mayor, hija del hijo mayor varon,primero fucceíTor,y llamado, yfus hijos, ydefeendientes legítimos Varones,yhembras por línea reclama f culina,yfemenina perpetuamencc,pt efriendo el mayor al menor, yel varón ala hembra,aunquefea mayor la hembra,que el Varen, y eftén en un mifmo grado} yacabada efta íuccefsion mafculina, yfemenina de la cal hija mayor ,fucceda fu hija hembra fegunda,y efta, yfu linea mafculina, yfemenil na fe prefiera ála tercera, yafsi paíTepor todas las demás lineas de las hijas hembras del dicho D. Martin de Jauregui,primero llamado, yde todos los demás fus hermanos hijos nueftros arriba nombrados, yque adelante tuviéremos, por el mifmo grado,orden, ypelacion, que eftán fus BPa-
6. Padres llamados,como dicho es, halla que de todo punco fe acabe, yfenezcala fuccefsion mafcuiiná ,yfemenina de todos los dichosmicttros hijos varones, que tenemos ,y adelante tuviéremos;, yde fus hijos, ydefendientes !ea¿ timos varones ,yhembras yyen tal cafo, yde no haver defendiente nüeltrodCellosjy de ellas varón,ni hembra legitimo, que fuccéda en cfte Mayorazgo, llamamos ák fuccefsion de él aDoñaCathalina de Jauregu i, nueftrahi- ja, muger, que ahora es deDbn Murtin de Guzman, ya fus hijos, ydefendientes legitimes Varones, yhembras, por la dicha orden, que han de füéceder, yeftán llamadas las hijas hembras de los dichos iludiros hijos varones, ylos defendientes legitimosdcelksyaroñes, yhembras por linea máfcu-lina ,yfetiMuftá, ycon aquella mifma prelacion ;yafakadela dicha Doña Gathálina de Jauregui, ydé dichosfus hijos, ydefendientes legítimos varones, yhembras* lucceda en cite Mayor azgo Doña Lorenza María de Jaureguinueltí4‘ hija, yfus hijos, y; defendientes legítimos por kámUnmémy^enfatiá dé ála.y y de ellos ,llamamos álá íüeéhfsiofi dé éflé Mayorazgo a las demás nucíffás hiyas hé'mbíáSjqu'e ÉU'VMféfíles de nucítro Matrimonio,' yáfus hijos, ydéfGén'diéiítcs legítimos varones,yhemhra$,por kdiclíá pEéke:Són,y QtÁcn,ygéneros mafculinoss yfemeninos* Yqüártdo de todo piírttó fe acabé kfuccefsion maícnlina, yfefnertiná de todos los dichos mrdlms hijos, yhijas varones ,yhembras, afsi del primerOjcnmn del fegundo, tercero, ydérftas grados de fuccefsion, de manera,que no hayavaron, ni hembra,lcgi timo defendiente nueítro, yfuyo, aquien pertenezca elle dicho Mayorazgo,que remos, que fucceda en él D. Miguel de _küregui,h ijo íegiti - mo de Geronymo de Jauregui, hermano legitimo de mi el dicho Miguel Martínez de Jau regu i, yde Doña Ana de Aguiniful fu fegunda muger iydcfpues ,yáfalta de él, filshijos, ydefendientes legítimos varones,) hembras por linea recta ma(calina, yfemenina por la dicha Orden ;yen defcélo, yafalta dedicho D. Miguel de jauregüi ,yde fus defendientes legítimos Varones ,yhembras, fucceda en elle Mayorazgo Dona lfabcl de Jatuégui, hija del dicho D* Geronymo de Jauregu i,yde Doña Ifabel de Saiaya r
^ 7. fu primera muger, yfus hijos, ydcícendicntcs legítimos varones, yhembras por la dicha orden? yen íalcade ella, yde ellos ,llamamos ála fueeefsion de* efte di chaMayorazgo aDoña Geronyma de Jauregui, hija de dicho Dom Geronymo de Jauregui, yde dicha Doña Anade Aguiniful fu fegunda muger, yáfus hijos, ydefendientes legítimos varones, yhembras por la dicha orden, yprelacion: yáfalta de el ios, yde ellas, fucceda en efte Mayorazgo D. Diego de Jauregui, vecino dé la Villa de Bergara :ydefpues,y afalca de el, yfus hijos, ydefendientes legítimos varones,yhembras, fucceda en efte Mayorazgo Pedro de Aguilarde la Sal, hermano de mi la dicha Doña Ifabel Hurtado: ydefpues, yafalta de fushrjos, ydefendientes legítimos varones, yhembras por la dicha orden :yen defedo, yáfalta de él ,yde ellos, fucceda en efte Mayor-azgoel pariente tranfverfal. mas propinquo de nueftro Linage, qu eala fazon fe hallare ,prefiriendo los de mi el dicho Miguel Martínez de Jauregui, alos denuda dicha Doña Ifabel Hurtado, yfus hijos, ydefendientes legítimos varones, yhembras por la dicha, orden ,fin que tenga en efte cafo mas prerrogativa el Varón defendiente déla hmbra,que hmifma hembra [alvo concurriendo el Virón ,yhembra en una mifma linea, ygrado pero faltando varones, yhembras defcendientes nueftros entre los varones,y hembras ttanfvcrfáles, fe guarde la mifma orden,que efta mandada guar- / d'ar entre nueftros defendientes, en los llamamientos, donde fe permite la fuccefsion de várones,y hembras. Proveyendo ,como proveemos ,ordenamos ,y mandamos, que en cafo ,que haya de ferexcluida la hija, ódefendiente hembra del ultimo Pólice dor de la fuccefsion de efte Mayorazgo, por fer hembra, ypreferirfele varón, el tal varón fueceílor en dicho Mayorazgo fea obligado, yle obligamos, aque le dé ala tai hembra excluida, dote competente de los frutos de dicho Mayorazgo,^ qualfea,yfe entienda enlos primeros llamamientos denueftros hijos Varones,yfus defendientes Varones, en tai manera, que íi alguna hembra quedare excluida de efte Mayorazgo, por preferirfele el tal varón llamado,que el Poífeedor, que entrare excluyendo la tal hembra, efte obligado adotarla de los frutos del dicho Mayorazgo, h-afta en .cantidad, de
8. loque montaren las dos tercias pártesele los frnt-™ ' r. n.t103 «utos, etentas de-cite Mayorazgo en los tres anos primeros figuicnte* que facedlere efte cafo, para que.con ellos cafe con^fee’ to;y no cafandofe, no haya, ih fe le dé cofa al aüí¿Lr ~ que la otra tercia parte quede,como queda, para ei Poli-. dor varón para fus alimentos. COmprehendiendofe muy bien por Don Simón, que en reglas elementales de fuccefsion de May orazgos fe atiende primero la linca, defpues el grado, lucro el fexo, yúltimamente la edad., -O. Caft, itb, 3. cap. $.%r 6. &lib.^. cap. '90. O* 5>3. D.Molin. lib. 3. cap. -4. ír -5. previniendo los Add.HKW.14. Tándem pro regula ftatuendum cenfio íquod in fuccefsione Mayoratus ratiene Unedprafertur quis ómnibus pretenfonbus ,etiamfifmtproximiorts in grada, &alus, qualitatibus. YD. Caítill. ¿fine inferíur ,quod, cutn hx privilegiathneam, poftea gradum,fatmfixum, demde Matem, rnn ejl curandum degradu,nifi in linea, ñeque de fexu,nifiingradu, ñeque de <etate,rñfim fixu. Yconociendo igualmente íbr principio, que cada hermano deíHe fu nacimiento conífitu ye linea diftinta,y feparadapara con fus rcfpectivos defeendiences ,por cal orden, que mientras dura la del primero, -cftá fufpenfa ia entrada del fegundo, yde la fuya,ex Rox. de Incomp.i.part. cap. 6. mtm. 1i.ür szp. Avend, in leg, 40, Taur. glof.17. num. 26. D. Caftill.//A 5. cap. 93. ynueftra fundacionj ibi :lenunmifmogradoel mayor*, yfu linea, ydefi tendencia mafculinarftefkraal menor, yJa faya: Yque por con - íiguiente ,íiendo hermana mayor Doña María Madre de •efta Parte, mal podría entrar apolfcer Doña Petronila, ni -fu hijo ,afpi rb en fu Memorial en el fiegundo Punto afigurar efte Mayorazgo de qualidad ,óde fuccefsion irregular,que num. 81. explico fer de artificiofa agnació,aunque anum. 84. da áentender de limpie mafcuiinidad. Antes de confutar el penfamiento-, parece de admirar fe elija un medio, por cuya Penda fe queda D. Simón a mayores diftancias de obtener ipues eftablecida ya la artificióla agnación defde la vacante antecedente encabeza
5. de fu Avuela,Dona Ifabel Magdalena Madre dé! ultimo PoíTeedor ,era forzofo,que defds alli en adelánte carninaíTe de varón en varón, excluyendo la hembra,yfudefcendcncia ,que encontraíTe, como advirtió Rox. i. parí* cap. 6. num. 304. con el firnil de la linea blanca, quelite interrumpe con alguna parte de color diferente, dexa de fer enteramente blanca: con que intermediando ya otra hembra, que es fu Madre, íi (aunque viva )ia contempla exclufá, fe inhabilita ási mifmo, como que viene de ella, ex D.Vela differt. 49. ¿num. 60. <r 98.D. L'Aolm.lib.$.cap. 5.mttt. 41.porque viciada la raíz, es forzofo enfermen también fus ramas ,yfus frutos. Ni le ferá refugio la refpuefta, de que pretende por fu llamamiento perfonal,diftinto,é independiente de fu Madre, como uno de los defcandientes de efte Fundador ,ex congeftis aD. Larrea decif.^^.an.^%. porque no dimanándola excluíiva de Doña Petronila de contravención, ni otra inhabilidad perfonal, fino de faltarle la qualidad de varonía, que la fundación apeteció, le comprchendcá toda fu linea la repulía, ycxcluíion. D.Larrca ubi fup. num.6 5. Cum autem ad agnatiá • ítem refertur, tune in nepote ex filia, eadem3cju<e in Matre,ratio rnlitat, quid non ejl agnatus ,immo ab dio incipit linea cognationis Ideo Matris exclujione comprehenditur ,non tam verba, quam volúntate difponentis ,ex identitate rationis;nam, hcet in nepote mafculofexus Varietur, non autem Variatur excluftonis caufa, immo mugís adflringit. . Por no encontrar efte cfcollo,fc penfaria el rumbode la limpie mafeulinidad :yfin pararnos en íi es camino contrario al de la fingida agnación, podra falirle al paíTo una ventajofa probabilidad, que hay, ex D. Larrea deci/l 54. num. 11. . cum alus . Aguila 1.part. cap. 6. num. 325.refiriendo decijion ,fobreque en efta efpecis de vinculaciones fe antepone al varón, que enlaza por dos hembras, el que entronca folo por una; pues eftando ala vifta defeendientes varones, en quienes fe verifica efta apreciable circunfrancia ,podrían detenerle la aceleración ,con que fe precipita ápoífeer.En defenfa pues de efta Parte,y del mifmo D. Simón fe fundara,que efte Mayorazgo,ni es de maículinidad,ni de artificiofa agnación. Para foíidar claífumpto, conviene fuponcr, que por to»
Sjfo : ccndicntes de varones,para la fuccéfsion de fus dos hijas, yTus lineas ifino que devolviendo 'fu difpoflcion arecriad generales de un Mayorazgo regular, manda fe evacúen primero las lineas, que dimanaban de varones ,parar que cntraíTen dcfpues.las dos de fus dos hembras,por mantendría regla general de Mayorazgos, que antepone el varón; de! una linea, ygrado con la hembra. -li ;-rJ Hagamos demonftrablc el peníamiento, figurando, que dexó una hija Don Diego Alfónfo de Roa. Deberá efta entrar ápoíleer en fa vacante, que causó la muerte de fu Padre? Don Simón refponderá, que no, por mantener Tequela en fu defenfar, pero le convence la letra de la fundación ,que dice, fucceda la hembra mayor', yfus hijos, y defeendientes legítimos barones ,yhembras por linea tecla yés" afisi, que fi enttaíTc D. Simón ápoífecr, paífaria áun tranfverfal ,quedando defeendiente del Poííeedor en linea recta: luego el concepto de agnación, ymafculinidad tienen reíiftencia en eíta fundación. Allana con claridad qualquicra duda la claufula, en que manda dar cierta joya ,ydote ála hembra ,que padeciere la exclufion, diciendo: Lo ¿¡ualfea ,yfe entienda en losprimeros llamamientos de meftros hijos Varones,yfus defeendientes varones. Trató de compenfar aquel agravio ,que por confervar fu apetecida agnación,' infería ála hernbra,qüe dcfnudaba de la Primdgeñitura, que le viftió al nacer Ta providencia ;ycomo elle agravio,en fu concepto, no paífaba del primer llamamiento en ios varones de varones, y no áel figuiente de las hembras, yfus dependencias, por ¿fto declaró,que foloen los varones de varones debía permanecer ella penfiom es afsi, queriendo el Mayorazgo de agnación, ómafculinidad ,feria mas freqüénte el mifino a-aravio,y repulfa {cómo ahora lo felicita Don Simón: ) luego procedería inconfiguiente, ydeíiguál el Fundador, en no extender áelle cafo la compenfacion. Aunque lo expuefto bafta para reíponder los argumentos ,importa recordar, que riendo duda grave ,fi en el llamamieiito de Varón en Varón,fin mencionar hembra, fe ha de entender difpuefta la agnación,que toca D. Nolin. lib. 3. cap. 5. num. 15.Si mafeulos fimpliter ,ÚT abfolute m- VitaVerit,neede foeminain altqua parte memmerit ,yen que opi -Jnan
ir. nan tan difcordes ,queCcvail. enla 54I. la coloca entre ías Comunes contra Comunes,yD. Caífill. [ib. 6. cap.129. ufi¡. ad 133. mim.zo. fe reforma ,ymodera, en lo que fobre ella afirmo lib. 3. cap. 29.tte.l1b. 5. cap. 92. quefecitan de contrario, protegen nueftro intento ambas opiniones, yprobabilidades >pues fi en íentir de unos el continuo llamamiento de fofos los varones no alcanza aeftablecer la agnación ,porque fe requiere mas clara, yconcluyente voluntad, yen la de los otros bafta efte, quando fe hallen omitidas las hembras totalmente ,qué dirían en el cafo, en que fe fixa el primer llamamiento ,no en varón de hembra, fino en la mifma hembra? Yquando defde alíi continua, nombrando indiftinta, éigualmente varones^ hembras por linca mafculina,y femenina,y que hafi ta apurarfe toda la defcendencia de una linea, efté fufpenfa la otra? D. Vela diferí. 49. num. 45. para la fingida agnación, dice precifa la cfpeciai-exprefsion [accedan de Varón en Varón ,yconviene Rox. 1. pan. cap. 6. num. 304. ^ 3°<L hablando déla verdadera, ynum. 509. para la fingida, Vocando mafculos de mafculo in mafculum: Luego fi nuef* tros llamamientos carecen de cfta figura ,como fe podrá entender, ni aún opinable, que contengan mafcalmidad, ni agnación >La dicción T, ex D. Caftiíí. lib. 6. cap. 136. num. 3i.34. 81.-er 83. es copulativa ,ydemueftra igual afección ,éincluíion, álos que con ella fon llamados, y fueceden juntos, fi el aífumpto de la difpoficion no lo re- - pugna,como en los Mayorazgos notó D.Molin./i& 1. cap. 6.anum. 4. &Rox. 5•part. cap. 4. Luego llamados Varones, yhembras por linea mafculina,yfemenina,quedaron con taxi igual fubftitucion ,que folo tendrán preferencia los varones en ios cafos ,que preferíbernias reglas ordinarias de los Mayorazgos. La eftru&ura,y voces de ella fundación eftánperfuadiendo (ylo conoce el Papel de D. Simón num. 105. )fe conful tó con perfona inteligente. La palabra lineare que ufa tan frequentemente ex leg. 2. tit. 6. part. 6. es ayuntamiento ordenado de perfinas, queJe tienen masdé otras¿orno de cadena, defendiendo de una rai%,yhacen entre st grados departidos, que explicó Rox. 1. part. cap.6. anum.zC. previniendo num. i*. <2* 28. que la reda es incompatible con otra. Contef- Eta
ta el Papel de D. Simón num; 7J7. exD.CaftilI. qlTc cfl-a palabra linea fio es puerta fin myfterio, afirmando, llb. 5. cap. 9y. qúe firve, yconduce para interpretar ultimas voluntades :luego, hallandofe tanrepetida en nueftra fundación, yordenada por perfona inteligente, con mayor razón havra de confervar fu proprio, ynatural fignificado^ es afsi, que el faktUrio ,éinquieto movimiento, en que circulan agnación, ymafculinidad dcflruyc acada pa/To la fequela regular de cada linea iypugna claramente con la poííefsion de todos fus Varones,y hembras por linea recta en cada una de ellas: luego cada palabra de crta fundación efta publicando, que no fe puede contemplar de fuecefsion irregular 3<41nílibni oh No desfigura cfte concepto un reparo ,que hace el Papel contrario, num. 86.yéonfifte, en que al tiempo de concluir los llamamientos (tanto, que fe dirigen álas futuras hi jas,que acafo le fobrevinieífcn de fu Matrimonio) diga :Alas demás meftras hijas ¡Timbras ,que tuviéremos de efíe dicho mejlro Matrimonio *yafas hijos *ydefeenduntes legítimos Varones ,yhembras ?por la dicha preUcun >yorden ,ygéneros mafculiiios 3yfemeninos *porqué íbbre fer claufula referente ,que fe ha de entender ,yarreglarpor el relato, ex pluribuscongefiis áD. Vela dijfertt49, anum. it. fe conoce, que lo mifmo entendió por la voz genero mafcalino ,yfetneninoy que por la voz linea mafeulina ,yfemenina ,de que fe firvió hempre» Ni fe alcanza el íündamcnto,para que ia voz genero mafculm *yfemenino tignifique una anticipada gehéíál preferencia de varones ,yabfoluta excluíion ,o iufpenrton de toda hembra ,que es lo que D. Simón quiere, ynecéfsitajy no dice D.Caftül. en los lugares,que fe citan. Pero, aun concedido ,como recae fobre íubftitucion muy diftinta ,de la que oy fe trata ,fe havtia de decidir cftditiaio por fu proprio correfpondiente llamamiento, que es el de las hembras defendientes de varones ,yrcfervat áD. Simón efte reparo,para que lo oponga alas hijas futuras del Fundador,de quienes habla. Reflexionadas las ultimas claufulas de cita fundación, fe raftrea otra comprobación particular, fenecidos todos los llamamientos de la propria dcfcendencia ,e éoioeaft otros afavor de determinados fobiinos ,;epv cía-
cíales tranfvcrfaícs,y en ellos fe nominan tambica fe defcendencias de varones ,yhembras por linea rtEfa tmfulina, yfemenina por la dicha orden : con que fatisfacemos obiter ,lo que dice el Memorial de D. Simón num, 8$. que figura de diílinta eftru&ura efte nombramiento de los T.ranfvcr* Tales ,fiendo cu el codo relativo ,yacorde al de los proprios defendientes. PaíTa últimamente el Fundador aí llamamiento univerfal de los parientes ,ydice ,ibt: Tí falta de ellos ,fucceda en ejle Mayorazgo el futiente trahfverfal mas propincuo de mteftro Linage ,que dlajk^on fe hallare,préf:+ riéndo los de m) el dicho Miguel Martines de “jauregui ddos. demt la duba Doña Ifabel Hurtado ,y fus hijos 3ydefendientes legtt'h mos varones ,yhembras por la dicha orden ,fin que en efte tafo tenga mas prerrogativa el Varón defendiente de la hembra, que la tmfima hembra ;fabo concurriendo Varón ¡yhembra en una mifinia linea ,ygrado. El que por una fu bfti ración ,óparte de una difpoíicion ,fe interprete, yaclare la de otrasjes vulgar :luego fí en efte cafo determina literalmente ¿Fundador ,que no tenga mas prerrogativa el varón ,que defcendierc de la hembra, que la mifma hembra.; falvaliendo hermanos (que es el cafo, en que citarían en una linea, ygrado )es efte hecho ,ydeterminación un raudo ínter^ prete de fü voluntad ,íin que9el que rilé de aquella palabra en ejle cafa pueda conftruirfe, queenlos antecedentes havia determinado lo contrario ,como fe ¡da-a entena der por D.Simón dcfde num. 87. haftahl final. £b?nr Tomando Tolo las palabras :Teftenmun mjirn grado 'de la clan fula, que difpone la fuccefsion dehembras, yconfrontándola con la referida del llamamiento de tranfvcrfiles, que dice :Sin que en efte cafo tinga mas prerrogativa el varón de/tendiente de la hembra,que la mifina hembras falirg concurriendo Varón, yhembra en una mifima linea, ygrado, fe empeña en deducir, qué en ella limitación manifeftó, que éntre los defendientes de hembras ,no quifo fe atendieñe el privilegio de Ja linea ,fino folo el grado; yque por conílguíente, citando en uno mifmo Doña Jofepha ,yDon Simón, vence efte por la qualidad de varón. Efte concepto es opueftoá la letra de la fundación. Forma el primer llamamiento de D. Martin fu primogénito, yque en fu falta fucccdan fus hijos, ydefendientes legítimos varones;
10. Prefiriendo el mayoral menor, yla linea, ylegitima /ucee[ion del primeropor linea rebla ma/culma de varón fe acabe,yfenezca primero,que entre el fecundo,yel fecundo,yfu linea,yfuccefsm mafculina fe prefiera al tercer lafuy^yafsi paffe por todas las demas lineas mafculinas de Varón, Ya dexa literalmente ordenada la preferencia de 1incas ,fegun la ferie de fus mayorías. Sigue' Jel primero grado fe prefiera alfegundo, yel fegundo altn-- Kero, ynfsi por todos, los demasgrados de fuccejsmu Previno aquí 'la preferencia de grados dentrodeuna linea. Sigue :Ien un tmfino grado el mayor,yfu linea ,ydefcendencia mafeulina prefiera, almenor, ylafuya. Vuelve aratificar la preferencia de 4as lincas .por fu mayoría ,quando compitieífcn perfonas, que citando cada uno en la fuya, comparativamente tuvieífen igual grado, como acaece ahora entre Dona Joíepha, yDon Simón. Hemos viíto ya mandada obfervar la prelacion de lineas en la defcendencia de varones por nuefi* -tro Fundador, que la calificó con el exemplo, de loque pradira en el llamamiento de fus ocho hijos, colocando por el orden de fus edades la graduación de fus períonas, -y fus refpcdivas defccndencias, fin la menor alteración. Paífa al nombramiento de las hembras defeendientes rlccftos fus hijos los varones, ypreviene, yrepite fueífe por el mifmo grado0orden,y preh¡(ion,que e fiaban fus Padres Uarnadoi:luego íieneftoseftaba mandada obíervar tan clara- ^njence la prerrogativa déla linea, cítara igualmente prevenida en las defeendientes hembras. Se calificó también con el exemploaporque llamada la hembra mayor de dicho D. Martin ., previene fuccedan defpues fus hijos, y -defeendientes varones, yhembras por linea reda ;yque en no haviendo alguno de ella primer hembra, entre la fegunda, yla fuya, yen falta -de eíta, la tcrcera,y concluye: Ja/si paffe por todas las demás lineas de las bijas hembras de dicho 2). Martin de'jauregui primero llamado ,yde todos los demás fus hermanos,hijos nutfiros arriba nombrados ,yque en adelante tuviéremos, por el mifmogrado, orden ,yprelacion ,que efianJus Padres llamados ,como dicho es :luego en los defeendientes de eitas hembras quedó prevenido literal, ypradicamente epn vilegiode la linea. Sigue llamando el Fundador íus os hijas, yfu defcendencia mafeulina, yfemenina, yrepite fea por la dicha orden,que han de facceder, yfon llamadas las buyas *hp»:-
hembras de los Varones: luego es contra la letra de cfta fundación creer, que en las hembras defendientes no quedaífe mandado mantener el regular privilegio de la linea. Sigue el nombramiento de algunos fobrinos, yparticulares tranfverfaíes de ambos Fundadores,yvuelve árepetir también por la dicha orden.PaíTa al generaídel pariente mas cercano, que ala fagpn fe hallajje,ypor cortar la queftioh,o confufió de quaíidad,o mejoría de fus Iineas,u acafo concurriría uno, que enlazaífe por varón }yotro por hembra ,manifeftó fer fu voluntad fcprefirieflc .,el mas cercano,fin atender fi era varón de hembra, ófi era hembia,limitándolo folo,quando compitieíTcn varon,y hembra de una lrnea,y grado.Conoce el Memorial de D.Simó, que cfta oíd en,ydifpoficion fojo miróá regularla entrada de ios nanfverfaies comprehendidos baxode efte llamamiento general :luego inaplicable al cafo,yLitigantes del actual juicio. Ni del un calo al otro es buena la ilacion ,ya por Ja diípariedad dccircunftancias, ya porque cauto elmifmo Fundador, previno al punto, que efta íingularidad (que, por quitar confufiones, ylitigios,dif- Í jonia al entrar el llamamiento univerfal de tranfverfaes, donde queria ,que fueífe todo el móvil de fu preferencia la mayor immediacion deparentefeo, ibi: Eltranf• Ver jal mas propinquo de nueftro Linage )no queria corrieíTe entre los otros tranfverfaíes particularmente nominados, dixo: Terofaltando Varones 3yhembras defeendientes nueftros3en- tielos Varones3yhembras tranfverfaíes,feguarde la mifmaorden3 que efta mandada guardar entre nuejlros defeendientes en los liamamientos ,donde fe permite la ficcefsion de Varones ,yhembras. Conque conociendo el Fundador ,que podía fervir de confuíion para con Jos tranfverfaíes de particular nominación, lo que prevenía íobre la entrada de alguno de los del llamamiento univerfal ,por ello repitió, que en la de aquellos fe obfervaíle Ja graduación ,yprerrogativa de fus Jineas,como,y en la forma,que en la de fu propria def* Siendo cfta la natural, ygenuina inteligencia de efta claufula,es violento inferir, que con fola la palabra en efte cafo 3deftruyeíTe la prelacion delineas, que entre fus proprios defeendientes, yéntrelos tranfverfaíes de par- ?ticu-
ti. tt M• ticular nominación, dcxaba ordenada con tan reiterada explicación ,como que dixo :Jen un mi¡mo grado, el mayor, yfu [mea, ydejcendencia mafculina, prefiera al memr, yUfuya, y prohibió, que hafta efpirar la deícendencia toda de la hi- ja mayor, pudieííe poííecr fu hermana fegunda,ni la fu va, yafsi de las demás: yaun lo enfeñó con fu exemploen la firme, einalterable graduación de fus proprios hijos, fbgun la ferie de fus lineas ,yrcfpedtiva mayoría iyfiendo lo contrario contra reglas ordinarias ,yel derecho de re- Í >refentacion, nccefsitaba muy clara, yconcluyente vo untad, para creer, que en tan feria, ypremeditada fundación, no havia el privilegio déla linca. No fe cree contrario, fino favorable Rox. i.pan. cap. -C.mm. 343. que fe cita num. 76. del Memorial Defde num. 326. viene explicando el llamamiento,fuccedan fiemprepor linea mafculina ,con cuyo motivo excita laqueílion, An quede en el comprehendida la hembra defeendiente de varón ?Yrcfolv iendonum. 340. mas de lo que contuvo la pregunta, afirma, que no folo cítara incluida aquella hembra ,fino que talclaufula no baíta para entender eftablecida la agnación, yque necesita mas clara, ymanifiefta voluntad, quia extaliebufula, feu Verborum conceptionefcilicet defeendentes per lineam mafmlinam, fimili Vocatione, deduci ncnpeteft ,quodfuit habita ratio conferVand* agnado- ni’, curtí alias ratio ipfaconjenanda agmtioms exprejfa raparatur ,yel mafiadorum nomen txprcfijum, por lo que concluye mm.343. entrara la hembra, prefiriendo al varón de linea inferior. Con lo que fe rcfponde ,aloque dice mm. 74. el Memorial con laauthoridad D.Mo m. hki.caf. 6. mm. 37. pues fobre parecer inconducente la queltion, que excita, yrepitió lib. 3. uf. y.mm.íp.que cr.írenel cafo de el mifmo llamamiento, ibi :Guando yocantur In ,qui per mafcHÜmm ,ha de empezar la «clu - ion defde la mifma hembra ,como que es hn de la agnación, 6fr ha de comenzar defde fus hijos ,nocontc niendo tal claufula ella vineu ación ;fi apetece D. Sim la aplicación, de lo querefuelve eftc Dodor, (acara, q defde fu Madre empezó la exchihon,y fu repulía. Quintos difeurfos forma el Memorial de Don Srm perfuaden pofsible la fingida agnación, óroa cu >“ g’
perpíComo no alcanza el pudo aintroducir perfecta efectiva voluntad,en maceria tan odiofa ,yeílrecha, comoes ella ,es ociofo difeurrir veroíimilitudes, yno repugnancias, que explica defdenww. 83.quandoes pendón general de quaíquier prueba, que concluya pernecefse, yno per pofsibile. Ni el que eíle Mayorazgo huvieíTe íido en el principio de rigoroía agnación ,como nota num. 8o. es conjetura bailante para colegir ,quiío el Fundador ,que gradualmente decayeíTe en las figuras de fuccefsion ,que mas le aísimilaílenpor la regla in habentibus fymbolumfacilior eji tranjitus ,áque refponde D. Vela differt.49. num. 103. Ocupó el celebre difeurfo de efta Diflertacion, vinculación, que ordena un tranfveríal, con expreíla excluíicn de toda hembra, yllamamientos de verdadera agnación ,y previniendo ,que áfalca de los defeendientes varones de fus quatro hermanos, que cfpecialmente llamó, fuccediefe elpariente mas propincuo de fu linaje de Santillan ,yfus hijos] y defendientes ,cparientes ,por la orden, que arriba ejiafhalada para la fuccefsion de mis hermanos, yfus hijos 3llega áfaltarla varonía, quedando dos defeendientes de la tercera linea, o hermano. Concurren álitigar Doña Mariana de Santillan, hija del ultimo Pofleedor, yde la linea de primogenitura, con D. Fernandode Santillan fu Tio, hijo de Doña Beatriz de Sancillan,hija del mifmo tercer hermano de los del Fundador :muevefe fuerte duda, fobre fi fe debia contemplar ya el Mayorazgo de íimple máfculinidad. Examinafeoonla mayor reflexión ,yobtienepor Executoriá Doña Mariana.^Fue el principal fundamento de efta decifion ique, aunque era claro haver apetecido la verdadera agnación, no lo era,queen fu defe&o huviefle ordenado la mafeulinidad el Fundador. Eíle Mayorazgo era fundado antes del año de 16 1 5. refpe&o déla ferie de PoíTeedores, que lo desfrutaron antes de el de 6zz. en que advierte el Sr. Vela obtuvo Doña Mariana el Auto del Ordinario áfu favor. Quantas reflexiones, yfundamentos trahe en eíle lugar, concluyen ánueílro intento con mayor razón. Laclaufula ,que gobernaba la fuccefsion, para en falca de la agnación de Santillan ,fue un llamamiento confufo, éindiílinto del pariente mas cercano del Linage ,ycon la mifma orden de la fuccefsion de los prime-
24. ros llamamientos :La nueftra ,en falta de la agnación ¿Jaureguis ,Ordena fea la mifma hembra primera f, ,.-If- ¿ora, ypor fu muerte, fus hijos varones, yhembras por linea mafculina, yfemenina :Con que,íi por odiofa, ycon tra reglas generales la qualidad de mafcu Unidad no f~ conceptuó bañante aquella claufula, para conñruir, que cn falta de la varonía, fe havia devuelto áfer de mafcu lenidad ,que diremos ,donde 1a excluyela ierra de la fundación’ Para conocer,quanto repugna defpojar de lapoífefsion al defeen diente déla linea mejor, yalterar las reglas o-enc- rales de la fuccefsion, merece detenernos la Deciíion ,que trahe,y pruebafuo more D. Larrea en la 34. En fundación, que en fu origen fue de ártificiofa agnación ,con exciuíion de hembras, yllamamiento de Varón en Varen,compite un varón defeendiente de hembra de la primera linea,con un varón de varón de la linea pofterior, ófubftituida ;y examinado en difeordia por dos Salas, en la Real Chancilleria de Granada, yen la de Miliquinienras ,donde también fe llevó, obtiene el varón de hembra contra el varón ele varón favorable determinación. Entre otros fundamentos advierte D. Larrea mrn. 43.^45. eñe :Que la excluíion de hembras pudo tener dos fines, órefpedos en la mente de aquel Fundador: uno, el eftablecer la agnación: otro, la íimplc mafeulinidad :el de la agnación mas rigido, ycftrecho, comoque es mas excluirvo de las hembras,yfu defcendcncia ,contra reglas ordinarias iel de la íimplc mafeulinidad menos odiofo, como que retira folo Ja hembra,y no fu defcendencia,de la fuccefsion: yen efta indiferencia fe cftimó la interpretación ,éinteligencia, que diñaba, yretiraba menos del derecho común, yfuccefsion regular. Infenfiblemcnte preparamos refpuefta ála efpeciede Roxas 1.parí. cap. 6.num 34¿.que cita ,éinferta mm. 54* •del Papel. Addiciona, yexplica eftenra. Aguila»#w.3 55- diñinguiendo entre Mayorazgo deagnacion,y el de mafeulinidad. En el de agnación, extinguida efta por muerte de los verdaderos agnados, fe prefiere la hembra ,hija del ultimo Poífccdor, que compite con varón de hemora, quia aguata efi jal contrario en el de hmple mafeulinidad: ’oAV
*5- porque,como prevalece la quaíidad del fexó,y cfta fe halla en el varón, aunque defeienda de hembra, prefiere efteá qualquier hembra, aunque fea de linea mejor :con que hablando ya allí Roxas de Mayorazgo de agnación, como la nieta defeendia de varón de varón, ylitigaba con varón de hembra, no es de extrañar la prefiricííe, yprofigue,dando la razón en elmifmo num. 34 6.Btfic nepos ,etfi mafculus,non eftde linea mafculmafed de linea femenina,queefump* fit principium aMatee ,in qua egit finem linea mafcalina ,fectt initium linea femenina ad ejus filios, qui reVera funt de linea feménina . Efta efpecie fe contempla inaplicable ánueftro cafo: porque, íi como advierte elmifmo D. Simón num. 68.de fu Memorial, en Mayorazgos de quaíidad folo fe atiende cfta, yno la linea,no íiendo el nueftro (defde el llamamientodc las hembras )de fuccefsion irregular ,ut probatim manet ,áqué conducen efpecies ,que fu ponen la dificultad? Yaun omitida la diverfidad ,como no hallara literal refiftencia en efta authoridad ,fi fe fu pone fercfte Mayorazgo de artificiofa agnación, como fe afirma num. 85. ibi: Se debe entender,que la que difpufieronfue una artificiofa agnación, quandoD. Simón es hijo, ynieto de una hembra ?Ypara con el cafo de Roxas haMara,que íi el varón fue exclufo por hijo de una hembra ,le efta comprehendiendo la mifma quaíidad. Defembarazados ya del medio de ágnacion,y mafeulinidad (que ano refiftiríos nueftra Fundación ,podrían proteger la preteníion de D. Simón )falta regiftrar otros, que apunta, como por adorno de fu Memorial. Defeofo de encontrar un llamamiento, que, alterando el orden regular de fucceder, le prefirieífe áfu prima, lienta defde num. 43 .que hay tres efpecies: genera], efpecial ,yfingular; yconftruyendo, que en la claufula primera fuccefjora fea la hembra mayor ,tuvo fu Avuela llamamiento finguiar ;yen la palabra fus hijos, fu Madre Doña Petronila el efpecial ,faca por confequencia,que incluyendofe Doña Jofepha de Alfaro en el Íiguientc, yfus defendientes, tiene folo el colectivo, ógeneral, que fe pofponc al particular* yal efpecial. Concedido eftc difcurfo,como fe propone, vendría a concluir, que íiendo D. Simón tan nieto de la primer 11a- Gma-
5*.' Molía* &ibi Add. lib. 3. cap. ¿.num. 66. en queacón feja al Fundador, coloque en el primer nombramiento,cuantas circunftanc ias apetece, para que fe entiendan repecb das ,ypor él fe arreglen las demas :yálo que dixo D Cali. lib. %. cap. zz.num. 97•Zr lib. 4. cap. 9. 50. iobie claufula pueíla al principio de la difpoíícion. Comprueba el penfamiento, que poniendo deípues el llamamien- to de los otros líete fus hijos, Tolo dice por la dicha orden: con que íi confieíla Don Simón, que en ellos líete varones corría indifputablek reprefentacion, parece literal, que fiendo el llamamiento de las hembras, por el mifmogradó, orden, yprelacion, que ejldnfus Tadres llamados , quedó difpuefta la mifma preferencia de la hembra, cuya Madre mtixieífe en vida del PoíTcedor antecedente; yquando de un cafo áotro no aparece racional motivo ,para que varialíe el Fundador fus providencias. No difsiente Ceball. C0mmm.quxjl.76z. del derecho de reprefentacion en nueílro Reyno, pues excitada la quef* tion, pone num. \.Et pro affirmativa ,quod admittatur rept efentatio, ita ut exiflentes in gradu remot'tori intrent loenm fuorum farentum, ut detur xqualitasgradas, fac.it, &c. num. 58.pone la negativa; yanum. 75>. refuelve, que íi no lo impide la voluntad del Fundador ,ibi :QuaVolmtate cejfanterindubk prior opiniofequendaejl injudicando, &confulendo, tam de jure cmm. qudm mjlro Regio, exd. leg. Taur.quxexprefse admittit reprxfentatmem u/que ad mdlefimum gradum, tam in linea reBa, qudm in tranfVtrfali, ut infundamentis pro prima opinione. Ni fe opone Avend. in leg. 40. Taur. enconcrandofe folo en elle, yotros DD. alguna confuía explicación, dimanada de no diftinguir el derecho de reprefentacion abfolüto, dél de reprefentacion de Primogenitura; yde no fubdividirla Primogenitura adual, déla futura, ycomparativa. Figuremos el cafo, de que el Poíleedor de un Mayorazgo tiene muchifsimos hijos, en todos reluce igual el derecho de repreíentacion abíoluta; yen el mayor el de ia reprefentacion de Primogenitura :yaunque en los otros, yefpecialmente en los últimos, fe contemple una incierta, vana, ycali impofsible efperanza ápoííeer en el eílado prefente,es muy compofsihlcal mifmo tiempo conílruir en ellos una comparativa Primogenitura, fegun la quai.
33- el penúltimo, v. g. tránfmitc áfu defcendencia una mayoría ,ypreferencia, refpedode fu hermano menor, yla fuya tque es,lo que refponde Aguila i.part. cap.G.anum. z12. donde recopila,quanto propone el Papel de Don Si-, monen efte punto* Don Lucas de Taurégui, primogénito de D. Miguel, C. i. tuvo por fu hija única áDoña ífabel Magdalena de 3auregui,queíihuvieífeíido varón, óefte Mayorazgo no fueífe entonces de rigorofa agnación ¿huviera obtenido lapoílefsion fin controverfia. Efta, del matrimonio con DonPedrode Roa yMaza,tuvo quatro hijos, D* Diego, ultimo PoíTeedor, que caufa efta vacante ,quien jamás: tuvo hijos, Doña Ifabel fu hermana le premurió Doncellas luego como puede negarfe áfu hermana Doña María, yáefta Parte, como fu hija, la adual immediacion, yque en vida del ultimo Poíleedor formaífe linea de primogenitura? Yáque conducen al cafólos DD. que la Contraria cita ,yhablan en aquel ,que fe halla con remota efperanza ápoífeer, por antecederle otros de mejor derecho? Para apropriarlos fe vio precifado ádecir numé 24* Que Don Diego,}’ Doña Ifabel pudieron tener hijos ypero como efta no casó, yDon Diego entró en abanzada edad* fuecafi impofsible efta efperanza ;yconcedida, mientras no tuvo Don Diego fueeefsion, ynoanteeedia otrode mejor derecho áfu hermana Doña María, por qué le ha de negarla adual immediacion? Yaun concedidotodo ,fí tiene efta Parte prelativo llamamiento por la Fundación, como puede vencerle otra hembra, en quien con mayor razón militan los mifmos inconvenientes, que propone? Defdenum.30. excita la queftion de competencia entre varón de hembra >yhembra de varón ,que eftando en igual grado, fon ambos tranfverfales del ultimo Poffeedor, ycon el Sr. Caftiilo lib. 3.cap. 19. num. 151. intenta probar vence el varón, por el cap*Unico, de eo,quiJibi,<sr juis hrtred. Efte texto habla literalmente en los feudos,que por fu naturaleza excluyen hembras mientras ay varones :ypara folidar la refpuefta átodo ,mendiguemoíla del Sr. Molina, &ibi AdcLlib. 3. cap. S.num. 9. Qui textus loqueas in feudo,ex cujus natura,foeminafíantibus mafculis etiam rmoúonbus, nonfuccedit}ad Majoratus,ubi fcernina propter mafcu-
34* los remotioris Unece, gradus, ah eorum [uceefisione excluditur ex idéntitate rationis adduci poteftb nonautem ubi folum in eademli nea^gradu mafcuh fmts prdferuntur ,ut communiter in Q^ nibus Majoratibas contmgen folet ,proutahqui términos equíVol cantes [acere folent, cica vanos DD. yligue :Quorum plures, ZSr ahi, qui de bis equivoce loquuntur, in hoc cafu, z? in bis ternuras, intelhpendi (unt. Es afsi,que nueftra fundación en el llamamiento, que al tiempo prefente correfponde, llama poíitivamente las hembras ,yfolo las pofpone ,quando tengan hermano: luego ni es apropriable el texto, ni las doctrinas, que hablan en Mayorazgos de agnación od~ mafculinidad. Aguila i.part. cap. é. anum.zo 5, tócala queítion, v refuelve enlavot de la hembra, que defeiendede linea mejor, mm.z17. ibi :£t fie rejolvendum efl ,natum ex priori linea,(¡ve mafeulum,five f&mmam, pmferendim, ande fi ft neptis ex filio,&exfilia nepos, ea efi práferenda ,nepote exclufo, yconcluye mm. 231. diciendo ,que afsi fe ha de entender D. Cadillo lib. 3* cap.\ 9. num. \5i.Vuelve anum. 353.a retocar ede dlibio, yel de la fuccefsion al Reyno de Portugal, entre el Señor Phelipe Segundo, yfu prima Doña Cathalina,Duqucfade Berganza: ydiftinguiendo entre Mayorazgo de agnadon,6 mafeulinidad, yel regular, concluye num. 366. Unde manifeftum efi,plures mbacqudfime aberrajjc, dumvel ahfolute afienmt dfignum perumre Tbiltppo, utpote Mate majori: ut funt Mier. z. part. qu¿efi. 6,mm. Z6 5.&alii commu* niter ,veljine dijlinblwnedocent,mafeulum ex fieminá prceferendumejje fioeminre ex mafiulo', quoad hoc obfervandum ab AVendám in L40. Taur.glofi 6.num. 75* T>. Caftill. lib. 3. cap. 19. num ¿ 15 *• Sin la inteligencia, que dan eftos DD. al texto ,yal Sr. Cadillo, ede fe explica ási mifmo en el num. 151. en que haviendo referido los AA. yprobabilidad de eda opinión, dice ibi: /i quidem AJ. loquuntur, quando Majoratus numqudm perVerátúd tineam aiiquam Majoratus prMendentium fm meomm Jutboném Humqudm initium jumpfic, tune namquefi per* Venifin,doñee ea linea duraret,hs effemn pofietfed quando,ut dixi> ultimas pojjejjor tranfverfdhs ab/que hkrisftp' defcendemibus de* cejferit,nec caputlm* alterins emperat. Es cafo muy diverfo, quando fe difputa la fuccefsion. entre dos tranfverfales tan
35* tan remotos, que no fe halla en ellos, ni fus Authores cabeza delinea, ni poílefsion, del nueftro, en que fobre fer ambos defendientes del mifmo Fundador ,fon terceros nietos de Don Miguel, C. i. qiie fue Poífeédor yydcfde que faltó la varonía de Jauregu i, fe devolvió la fuccef- (ion afu Ávuela Doña Ifabel Magdalena, yen que fe hallan lineas formadaSj por donde fe ha de gobernar la preferencia: yaun ella mifma difparidad de cafos la prohíbe nUeftra fundación en que faltando todos los llamados, manda fucceda el pariente tranfverfal mas propincuo de. ruteJiro linage, que ala fa\onfe hallare Sin que tenga en ejle cafo mas prerrogativa el ‘Varón defcendiente de la hembra ,que la mifma hembrafafco concurriendo el Varón,yhembra en Una mifma linea,ygrado. Yúltimamente el Sr. Caftill. num. 16o. concluye la queftion con ellas palabras: Et inde, quodfila pri- VilegiatamfucceJsioHem,(iveeam, quee Vatri ob quahtatem mafculinuatis competeret3(i ViVeret, pr¿tendere non potefl, quia fexum Patris (ut dixi )non reprrefentat :en que es de notar la palabra ut dixi3para inferir habló num* 15i. en Mayorazgo de mafeulinidad ,yen que ella qual idad es cireunftancia, quecaufa el Derecho,para anteponer el varón. Ladecifion áfavor del Señor Phelipc Segundo en Ja competencia Con fu Prima al Reyno de Portugal, es confirmación de la refpueftá, advirtiendo ex Aguila i.parti Cap. 6. num. }6it &36$. que aquel Reyno es Mayorazgo de mafeulinidad. Otra difparidad apunta Avendaño m l. 40. glof 9. anum.76. yconhfte, en que fobre fer el Señor Phelipe Segundo mayor de edad, que fu Prima, era hijo de hermana mayor :Unde bfex nojler Thilippus dfcernina átate majori defienden*, ip fique ma/culus 3&majórijufiifiimc excluftCatharinam;lo contrario acaece en nueftro cafo, en que Doña Jofepha de Alfaro, yfu Madre fon fefpe&ivamente mayores,que Don Simón, yla fu ya. En el Reyno de Portugal no ay derecho de reprefentacion ,advirtió D* Molin. in allegat. apud Ceball. commun. quaft. 761. yella fue una délas razones, para que obtuvieíleel Señor Phelipc Segundo, dixo, ibi :Quod potiori ratione in tffigno Tortugalht dici poterit, ciim in eopegno ,non folum non fit lex ,quee etiam in fucceftone afeendentium réprafentationem concedat,immoptures, qiue illamin frimogeniorumfuccefsione excludant. Ylo contefta Aven-
3<L Avendaño iñ leg.46.ghf. i.num. 23. ibi; Jn qua mmtifsims Hilippus jufti/sime obtinuit ttamex eo ,quod receptum eratnon Jarim€ofygno VortugalU reprafentationem. De que fe coleo-i- rá ,do haver la contrapoficion ,que el Papel contrarío atribuye al Sr. Molina, por negar en efta alega:ion la reprcfentacicn, en que procede conforme álas "Leyes de aquel Reyno; yfe conocerá diífonante, yfaifa la conciliación, que apunta el Papel, num. 37. quando nueftros Regnícolas conceden igüal ,éindiftintamente la reprefentacion átododefeendiente, ya fea hembra, yá varón. Ypara que no quede la defenfa de efta Parte fin exemplar, que la authorice, importa recordar, el que apunta Aguila 3.part. cap, 4. num. 17. fobre Ja fuccefsion del Reyno de Navarra, en que muerto Carlos Primero fin hijos, compiten dos fobrinos, uno varón de hembra, y otro hembra de varón, yobtiene efta ,que fue la Infanta Doña Juana, como hija de hermano mayor. PUNTO III. DON Francifco Ortizde Godoy, Marido de Doña María Antonia de Jauregu i, litigó en la vacante antecedente,en que por falta déla rigorofa agnacion,empezó la fuccefsion délas hembras; yfiendo unas la fundación, ylas perfonas,fin mas diferencia, que litigar entonces un hijo, yahora dos nietos, de Doña Ifabel Magdalena de Jauregui, fi declaró entonces V. S» tocar la fuecefr fion áefta, vfu linea, le obfta aquella Executoria ad tradita per D. Salg. 4. part.de <%. cap. 8 .anum. 31o. 320. &526 . Mas claro*, lo que ahora folicita D. Francifco es, que defde la vacante antecedente debió empezar la fuccefsion por Doña Maria de Jauregui fu Avuela, yen fu linea, yno en la de Doña Ifabel Magdalena; V. S. declaró lo contrario: luego aquella decihon le obfta. Conociendo efte efi* caz convencimiento,refpondc,q aunque hizo fu opoficion entonces, ydio defpues el pedimento fol* 190. R. 2. deíiftiendofe, yconfesando tener mejor derecho D. Diego de Roa, efto fue un error de fu Procurador,quien no le pudo perjudicar. Aque fe ha fatisfecho,exponiendo, que el pe-
57*' dímentó formado en Viña ¿c los Autos* que tomó, vino firmado cambien de fu Avogado, yel no haver vuelto a profeguir fu inftancia, ydexado poífeer áD. Diego hafta fu muerte, perfuade quedó defengañado, yle obfta aquella confcfsion, yconfenti miento, que tranfeíende ála actual vacante, por durar la linea, que obtuvo,ytotal identidad de circunftancias ,yla mayoría de la linea,con quien confeífo no podia competir* Conoció entonces D. Francifco ,que ílendo fu Avuela Doña Maria,hermana menor de D* Lucas de Jauregui, quien fe baptizó en 27. de Septiembre de 16z6. yDoña Maria en 23. de Julio de 163 1. era linea anterior la de fu Colitigante D. Diego, yque por reglas elementales,mientras duraba defcendencia del hermano mayor, eftaba negada la entrada ála del menor. Comprehendió también, que litigando nietos dedos hermanos, uno varón, yotro hembra, aunquó efta hu vieífe nacido antes, era linea preferente, laque defeendia del varo_n,por fer firme principio en la fuccefsion de Mayorazgos, que entre hermanos, prefiere el varón menor de edad ala hembra, D*Caftill.//¿. 3*. cap, 19. num . 14C D* Molin. lib.i. cap. 3* num, 8. porque las hembras forman fegundo grado refpedo de los varones. Rox. y.part.cap.^. anum. 6.Pcemina enim,qudmvis:fit prih mogenita refpeclu virorum ejufdem Une*, gradas,redafta eflad inflar fecundigraius adfuccedendum in finculisi Taironatibtis, Majoratibus Hifpanhe. Ellas reglas mandó obfervar literalméate nueftro Fundador,tratando del llamamiento de las hembras,íbi: prefiriendo el mayor al, menor:Juego debe fer primero D. Lucas, yfu linea como mayor de edad, yel Varón día hembra, aunque fea mayor la hembra, que el Varón,yeflen en un mifmogrado: luego aunque huvieíle nacido mayor Doña María, feria linea preferente la de D. Lucas fu hermano* Efta orden la authorizó también con el exemplo. Haviendo tenido diez hijos, coloca con total antelación los ocho varones, yaun llama primero átoda la defcendencia de varones,yhembras de eftos,que aíus dos hijas, IDona Cu— chalina, yDoña Lorenza: luego debiera continuar conf] (TUiente Don Francifco el defengaño,que le alumbraron entonces tan feguras regias. Funda toda fu defenfa D. Francifco en la claufula ibf: -f KíPcr
for manera, que primera [uceeflora fea la hembra mayor , ^fe mi hijo mayor Varón, primero [uceeflor, yllamado,yful defendientes legítimos, Varones, yhembras-, es afsi, que efta fue Doña MarUníiAvucia,como hija de D. Miguel C. i.luetro def de la vacante antecedente debió ocupar la poífeffioivía defeendencia de efta. Pero le retuerze efta Parte el arcrU, mentó, ynegando la menor, le dice: Es afsi, que la hija mayor del hijo mayor varón, primero fucceííbr,yllamado fue Doña Ifabel hija de D. Lucas: luego obtiene judíamente la poífefsion fu defcendencia. Devuelto todo el dubio átomar el proprio, yVerdadero fentido de efta claufula, es de advertir le antecede otra, que dice: Tero faltando todos nuejiros hijos varones ,ylos defcendientes legítimosfuyos Varones por linea reBa de Varones, tenemos por bien,que fuccedan en e/le dicho Mayorazgo las hembras hijas de/rendientes legitimas de dichos me/lros hijos Varones arriba nombrados, yque en adelante tuviéremos, por el mifmo orden,grado, yprelación, que ejlan fusVadres llamados. Yluego proíigue: Tor manera, que primera fucceflvra fea, <sr c. que en fubftancia fue poner un exemplo, óexplicación de fu mente, yvoluntad en la claufula, que antecedía: Es afsi, que el orden, grado ,yprelacion ,con que eftaban llamados los varones Padres de eftas hembras, pedia literalmente, que fuccedieífe antes el hermano mayor, yfu linea de varones,que poíTeyeífe el fegundo, yla fuya; yque la del fegundo fe antepuíieífe al tercero :luego para mantener respectivamente entre las hembras la graduación mandada obfervaren los varones, deben fer anteriores las hembras de Don Lucas, como mayor de edad, alas de. fu hermana menor Doña María. Mas claro ;Concedamos aefta hermana la qualidad de varón, que no ay duda fer favorable, para íucceder en Mayorazgos; quedarían entonces dos hermanos varones, uno mayor, yotro menor con fü refpeftiva defcendencia defolas hembras :havria entonces, quien dudaífe, que las del mayor debían preferir las del menor ?Parece, que no; ylo acredita la Ejecutoria de V. S. en la vacante antecedente,en que concurrió, ylitigó un defendiente por hembra de Don Diego de Jauregui, hermano fegundo del Don Lucas, hijoafsimifmo de Don Miguel, C. r. yno obftante, que eftaba en la linea depof-
r?. fefsion, fe le excluyó por efta claufuia :luego con {uperior razón quedó vencida la linea de la hermana menor Doña María* Confirmafe mas reflexionando, que no llama labem* bra mayor ábfoíutamente, fino con el additamento ,bija del hijo mayor Varón, primerofucceffor,y llamado ;es afsi, que el hijo mayor varón primero íucceífor, yllamado era D. Lúeas, como Primogénito del aétüál Poífeedor :luego fu hi- ja Doña tfábel Magdalena es la hembra* áquien fe dirige eftaclaufull. Quita aun la mas léve duda* advertir,orofigue, que acabada lá fuccefsion mafculina ,yfemenina de la tal hija mayor, fudeéda fu hembra fegunda, yefta, yfu linea mafculina, yfemenina prefiera ala tercera, yafsi pajfe por todas las demds lineas de las hijas hembras de dicho £>. Martin de Jauregui, primero llamado ,yde todos los demos fus hermanos, hijos núeJiroS} arriba nombrados ,yque en adelante tuviéremos, por el mifino orden ,gradó, 'yprelacion, que ejión Jus Tadres llamados. Fue D.Martin de Jauregui el primogénito, yprimer llamado en efta Fundación: luego ignorando el Fundador, en que día, yen qual de fus ocho hijos acaecería efpirar la verdadera agnación ,mandando erhpezafíe defde las hembras de D. Martin lá fuccefsion, manifeftó havia de retroceder, ycorrer por la mifma ferie, que los Varones, toda la plana de la fuccefsion de hembras; yempezando por las de D. Martin fu primogénito, fegun fu. refpeftiva mayoría en fus hijas ,yfus lineas, havia dé continuar en las demás dé fus; ochó hijos varones por la mifmá graduación, que havia llamado áfus Padres. Es regla en Mayorazgos ,que lá excíuíion no fe ha de entender perpetua, yabíoluta, fino úna íufpenfíon, mientras dura la caufa, que la motivó,ex D. Molin;&ibi Ad¿Aib. i. cap. mrn. zz. la que trasladó lib. 3. cap. 5. mm. 7z. ála exchlfion de hembras, ibi: 'Decimoquinta conclufio:Fermina, femel dAíajoratusfuccefsioné exclufa, non cenfebitur perpetuo exclufa,fedfolum [ufpenfa, durante caufá exclufionis, ideoque, ea deficiente, admitiendo erit, ac fi exclufa numqudm fuiffet. Excluyó temporalmente el Fundador fus hijas, y defendientes hembras,mientras púdieíTéconfcrVar la rigorofa agnación; pero como fue foló una fufpenfion,para lograr efte intento,malogrado,quifo reftituirles la fucceffion
40* {ion por el mifmo orden de la mayoría,que les correfponl dia,fi fueíTe en Mayorazgo regular. Son muy de nueítro adumpto las palabras de Aguil. 3.p. cap. 4. w.23. tocando la controveríia en Mayorazgo de agnación) que en falta de eftafe devuelve áhembras, entre la de la linea del ultimo poífeedor, con la de la linea anterior :yrefiriendo algunos DD. que llevaron la opinión por la hembra de la linea fuperior,dice,ibk$(/¿a dibent intelligi,quando pofi ninfea* Jos inVeniantar yacaré foemmas, tune enim Majoratus dividitur in ditas lineas¡tma,qux componitur ex mafeulis prior,altera,qtoe compnnitur ex feemims pofterior ><£7 finita linea mafculorum incipit linea fominarum abiniúolinex ,quod nevejfano datur mprima feemim-y cjux ob mafeulos exclufajit\ &non debet inciperefuccefsio in medio linex,nec in fine UnexJccundum Voluntatem Teflatoris. hno linea ulttmi foffejjbris non efi attendenda’, quia linea prior,ubi intraYit fuccefsio,fufpenfa fuitob prxlationem abfolutam mafculorum, qua fiante3/cernina non petuit occupare fuccefswnem ,adhac vivit , er permanet cum eadem prxrrogativa hnex acluaUs primogemti ,in quam intraYit fuccefsio3ideoquefoeinma ex ea, <sr ejus linea,prxferenda efi pofienori,<sr priorijure tmed,quia vbferVanda eft prdaíio ínter familias,quxobferyareturfifuccefsio deferretur eo tempore, quo exclufxfunt ,quia Vere delata efi , £7 ob mafeulosfufpenfa-, C7 ideo concurrit linea habitualis prior cum habituad pofieriorrergo prior efi prxferenda. Nueftro Fundador no fe aquietó con el llamamiento: de fola fu agnación-, que es el cafo, en que fe excita la.: quellion entre la hembra de la linea de poífefsion, con la de la linea de Primogenitura. Eftampó dos lirerales llamamientos, lino de folos los varones,por linca reda de varones,otro de las hembras deícendientes de ellos, yde ellas* lue<70 en cfte cafo debe correr el fegundo por el mifmoordcn7 ,grado, yprefación, que el primero; yretrocediendo ála lmea de fu primer hijo D. Martin, correr la plana de la fuccefsion porJa ferie de fus refpedivas mayorias,íiendola primera,a quien fe teftituyeíle fu debida poífefsion la linea, yhembra, que quedó defraudada por confervar la agnación apetecida;efta lo fue Doñalfabel Magdalena, luego ju idamentefe le reintegró la fuccefsion,que temporalmente permaneció fufpenfa. Debiendofe contemplar irregular, ydiífonante, que haviendo tenido D. Migue*
4*« C. t. muchos hijos, yentre ellos quatro virones, fe folicite, que en una de fus hijas, que ni fue mayor de edad, ni tuvo la linea de poífefsion, ni la de Primogeñitura, tomaííe principio la fuccefsion dehembras,fin vislumbrearfe la mas ligera caufa,para iifongearfe efta eftrana preferencia. Con ocafion de interpretar las palabras etc la ley 7. tit. 7. lib. 5.pecop. el hijo mayor¡que en las dichas cafas afsi juntas por caf amiento,podía fucceder , recopiló Rox. 8.parí. cap. 5, quanto fe puede apetecer, para CQnftruir, yentender, las palabras de nUeftra fundación, primera fuccefjora fea la hembra mayoriyafirma num. 3.fluís, majar recognofci, aut regulad non debet per dtatem, imo per qualitatem, feu prerrogatibam,qud ei adhdreat in fuccedendo) ynum. 11. que en Mayorazgos de Efpaáa fon voces íinonomas hijo mayor,yPrimogénito'-, yen la controveríia entre fobrinohijo del Primogénito premuettó con fu Tio, que fe entiende aquel, no foío quando fe llama ál mayor, fino quando fe llama al mas anciano> punto, que también tocó D. Molin. ibí Add. lib. 8.cap. 8. 18. previniendo, que fi efta figurado con la voz fucceda el hijo Primogénito,es clara, yfin controvertía la preferencia del fohrino, en quien própriamente fe verifica fereImayor,y Primogénito por la reprefentacion de fu Padre, yde fu cafa; pero fi es cón la exprefsiort, fucceda el mayor en edad,aunque opinable,es mas fegura la fenteneia, que favorece al fobrino; yaun en cafo de fer el llaman miento,fucceda el mas próximo, dice Avend* in leg. 40.glof. 20. que fe entiende el fobrino, dando por razón, quafi Jit l'ocatus is proximior,qtú fecundum juris difpofitionem admitti deber, ypuntualmente en Mayorazgo derigorofá agnación, en cuya falta fe llama la hija mayor, concurriendo hembra de la linea de poífefsion con otra de linea anterior,que quedó poftergada; D. Caftill. hb.$.cap. yaunque opina áfavor de la linea de la poííefsion, trahe varias dodrinas para conocer, que en efta materia de Mayorazgos como tranfcendental, yperpetuaba voz hijo, fe entiende igualmente dequalquier nieto, ydefeendiente del Fundador: con que no ufando la claufula de la voz hija, fino de otra mas generaré indiferente hembra, y con el additamento de mayor, que es lomifmo, que Primogénita, ycon la redu-