La libre internación y extracción de mercaderías y metales vía Buenos Aires (1770-1810)
Abstract
El siguiente artículo es un tema poco estudiado sobre la historia de los virreinatos del Perú y Río de la Plata a pesar de su importancia. La libre interacción y extracción de mercaderías y metales vía Buenos Aires (1770-1810) fue una de las primeras medidas hechas por el virrey del Río de la Plata, Pedro de Ceballos para demostrar su independencia económica y política del virreinato del Perú. En un primer momento, significó un gran golpe para la economía de los comerciantes limeños y que sirvió para crecer la leyenda del gran poder político de Pedro de Ceballos en las Indias.
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39 LA LIBRE INTERNACIÓN Y EXTRACCIÓN DE MERCADERÍAS Y METALES VÍA BUENOS AIRES (1770-1810) Paula Ermila Rivasplata Varillas Universidad de Sevilla Resumen El siguiente artículo es un tema poco estudiado sobre la historia de los virreinatos del Perú y Río de la Plata a pesar de su importancia. La libre interacción y extracción de mercaderías y metales vía Buenos Aires (1770-1810) fue una de las primeras medidas hechas por el virrey del Río de la Plata, Pedro de Ceballos para demostrar su independencia económica y política del virreinato del Perú. En un primer momento, significó un gran golpe para la economía de los comerciantes limeños y que sirvió para crecer la leyenda del gran poder político de Pedro de Ceballos en las Indias. Abstract The following article is a topic little studied on the history of the viceroyalties of Peru and Río de la Plata in spite of its importance. The free interaction and extraction of goods and metals route Buenos Aires (1770-1810) was one of the first measures done by the the Rio de la Plata viceroy, Pedro de Ceballos, to demonstrate its economic and politics independence of the viceroyalty of Peru. In the first moment, it meant a great blow for the economy of Lima merchants and that served to grow the legend of the great political power of Pedro de Ceballos in the Indies. Palabras claves: Buenos Aires -Lima- Pedro de Ceballos- Manuel de Guirior-Siglo XVIII Key words: Buenos Aires -Lima- Pedro de Ceballos- Manuel de Guirior – 18th century. Recibido: 29 10 2009 Evaluado: 30 11 2009
40 Introducción Se han hecho estudios de libre comercio marítimo en América meridional colonial pero no muchos de la libre internación terrestre. Las internaciones fueron concedidas y denegadas periódicamente según las necesidades coyunturales de la Corona y de los dos virreinatos de Perú y México, con el fin de protegerlas. Pero en el siglo XVIII, este panorama cambió y las internaciones siguieron más las necesidades comerciales de la Corona entonces imperantes y de su dinámica internacional, la cual exigía por propia experiencia política que el Imperio Español se orientara hacia un comercio más libre que protegiera el mercado de la metrópoli, dinamizando los diversos puertos españoles. Pero esta libertad no sólo alcanzó a la coyuntura marítima del comercio, sino como necesidad y secuela, a una mayor libertad del comercio terrestre entre los virreinatos americanos, en especial en el caso concreto de América meridional. Se dinamizaron las rutas comerciales internas en Indias en cuanto a productos propios de cada virreinato que no fuesen caudales en oro-plata y productos de importación de España, que tenían establecidas sus rutas de ingreso y distribución según la conveniencia de la Metrópoli. Tardaron en adecuar los mercados a la dinámica terrestre principalmente en el virreinato de Nueva España por el temor de que terminase acaparando todo el mercado indiano. También se cerró por un breve tiempo la internación de algunos productos al Virreinato de Santa Fe, para preservar los intereses de la Compañía Guipuzcoana de Caracas1 El bando de la Libre Internación vía Buenos Aires–Potosí en 1777 no hizo más que legalizar una ruta que había estado abierta clandestinamente a lo largo de dos siglos como una entrada natural de las mercaderías hacia los Andes y como salida natural de los metales hacia el Océano Atlántico, ruta a decir verdad muy concurrida por el contrabando. Esta medida tan temida por la oligarquía limeña empezó a concretarse 1 Cristina Ana Mazzeo, El comercio libre en el Perú. Las estrategias de un comerciante criollo, José Antonio de Lavalle y Cortes 1777-1815, Lima: Pontificia Universidad Católica del Perú, 1994, pág. 48.
41 cuando se creó el Virreinato del Río de la Plata en 1776, ya que cuando esta ruta había estado controlada por el Virreinato del Perú, se había restringido el comercio directo de Buenos Aires con España para no perjudicar a Lima, la capital y sede del poder colonial en las Indias meridionales. Por más de dos siglos, la internación terrestre se tuvo que hacer desde Lima teniendo que atravesar miles de kilómetros de inhóspitos caminos, surcando la difícil geomorfología andina para llegar a lugares tan alejados como Potosí y Oruro. Sólo a través de permisos especiales dados por el Rey podían internarse por Buenos Aires las personas foráneas, fueran estas eclesiásticas o seglares. La ruta Potosí-Tucumán era de factura inca, pero desde allí hasta la desembocadura del Río de la Plata fue obra de los trajinantes que se aventuraron a recorrer el camino desde la ciudad de Buenos Aires, en que vivían ya desde mediados del siglo XVI. A pesar de todas las prohibiciones y del “control” de las aduanas secas, esta vía siempre estuvo abierta al contrabando. A mediados del siglo XVIII, como consecuencia de las reformas borbónicas fiscales, económicas y geopolíticas se abrió “legalmente” esta vía hacia la metrópoli española para que fuera fuente no sólo de recursos mineros sino también de producción europea para el mercado andino más grande de América meridional hispana. Ese mercado andino se hallaba fuertemente consolidado y resultaba difícil de cambiar, porque se preferían los productos autóctonos, con los que tenían que competir y a los que resultaba difícil superar. El principal gestor de la libre internación fue el primer virrey del Virreinato del Río de la Plata, Don Pedro de Cevallos, quien hizo efectiva el enlace del nuevo virreinato mediante la apertura de la arteria más importante de su jurisdicción, a saber, la vía Buenos Aires-Potosí para conectar con la metrópoli. En torno a este personaje se han tejido una serie de conjeturas sobre el poder desmesurado que le dio la Corona española. Lo cierto es que sólo cumplió con su deber y en menos de un año concretó lo que por siglos se había negado a Buenos Aires que era la libre internación hacia el Perú.
42 En el virreinato del Perú, a pesar de la furibunda reacción de las autoridades, como el virrey Manuel de Guirior y de los comerciantes limeños, nada pudieron hacer más que acatar la voluntad reformista de Carlos III y adaptarse a la nueva situación que en un primer momento fue aplastante para el comercio, tanto de Lima como de Cádiz. Así, se esfumó la imagen que se había formado en Lima de un virreinato temporal en la Provincia de la Plata para afrontar la guerra con los portugueses por la Colonia de Sacramento y se tuvo que enfrentar la realidad, que es el motivo de este estudio, que va a tratar también de los acontecimientos anteriores al bando de internación de mercancías y extracción de metales por la vía de Buenos Aires en 1777 y las reacciones, demandas y opiniones que se produjeron durante largo tiempo principalmente entre los virreyes de ambos virreinatos, sin excluir al Tribunal del Consulado de Lima, al Cabildo de Buenos Aires y a mercaderes y mineros de ambos virreinatos. Este acontecimiento está más estudiado en relación a la personalidad de don Pedro de Cevallos que a su verdadero significado. Pero historiadores argentinos como Enrique Barba señalan la internación vía Buenos Aires hacia Chile y Perú como el antecedente inmediato de la ampliación del comercio libre a Buenos Aires de 2 de febrero de 1778 y del reglamento y aranceles para el comercio libre de España a Indias de 12 de octubre de 1778.2 La libre internación y extracción de mercaderías y metales vía Buenos Aires (1770-1810) puede dividirse en los siguientes periodos que guardan sus características propias. La Antesala a la libre internación, 1770-1777 Este primer periodo podría denominarse la antesala al bando de libre internación, caracterizado por la presión de diferentes grupos, concretamente, el cabildo de Buenos Aires, los mineros andinos y algunas autoridades del virreinato del Perú que defendían la introducción rápida y barata del azogue de Almadén vía Buenos Aires. En el Alto Perú, esta última reclamación fue cada más intensa a causa de la escasez y alto precio del mercurio de Huancavelica, sita en los andes centrales del Perú. Otro tanto 2 Barba Enrique, Don Pedro Cevallos, Madrid: Ediciones de Cultura Hispánica, 1988, p. 215.
43 ocurrió con la demanda de introducción de esclavos por los terratenientes peruanos a través de la mencionada vía. Así, este periodo estuvo caracterizado por peticiones de introducción legal por la ruta del sur de productos necesarios para la actividad económica en el Perú, como azogues y esclavos, pero no de otras mercancías que habrían atentado contra el monopolio de los grandes comerciantes limeños. Durante el periodo 1770-1777, la vía Buenos Aires-Potosí tuvo una intensa actividad comercial, aunque generalmente ilegal,3 que confluía en las minas altoperuanas de Potosí, mercado que se abastecía principalmente desde Mendoza, Jujuy, Charcas, Puno, Arequipa y Cuzco. El metal argénteo se transportaba por la vía peruana de Potosí, Cuzco, Lima, o Arica que alimentaba a su paso, mientras que por la vía Potosí–Buenos Aires reinaban las mercaderías de contrabando. Antes de la libre internación vía Buenos Aires, Lima había desarrollado un monopolio comercial en manos de un poderoso grupo de comerciantes que se habían dedicado a la venta de mercancías importadas de Cádiz para los centros mineros de producción de plata. Se había tenido presente entre las autoridades peruanas que el potencial económico peruano se basaba en la minería aunque no se la incentivó, desprotegiéndola si sus intereses se enfrentaban a los del comercio. Los mineros y algunos funcionarios4 se quejaban constantemente de los comerciantes que se aprovechaban del intercambio desigual: 1) mercancías por plata, 2) préstamos usureros o cargas de los costes financieros al precio de la plata adquirida, 3) especulación con el tráfico y avío del azogue, 4) y adquisición de plata a precio muy bajo en el centro minero, con grandes ganancias de los mercaderes por conducirla a la ciudad para el ensaye y amonedación. 3 Esta semitolerancia comercial estaba basada en permisos que no fueron nunca generales, sino exclusivamente a título particular. Juan Carlos Garavaglia, El Río de la Plata en sus relaciones atlánticas: una balanza comercial (1779-1784), Madrid: Moneda y Crédito, 1977, p. 80. 4 El visitador Juan Antonio Areche tomó medidas para proteger a los mineros de los comerciantes especuladores y cortar la influencia de los comerciantes en las minas del virreinato peruano. Alfonso W. Quiroz, Deudas olvidadas. Instrumentos de crédito en la Economía colonial Peruana 1750-1820, Lima: Pontificia Universidad Católica del Perú, 1993, p. 120.
44 En el Virreinato del Perú, las actividades mineras eran consideradas por lo general como arriesgadas, especialmente las ubicadas en el Perú, por la dispersión de las vetas, la dificultad de acceder a ellas y la dependencia del azogue, factores que hacían incrementar los precios y producían escasez, lo que puede explicar el escaso auxilio que el sector comercial ofrecía a la minería en el Perú.5 El sector que poseía dinero era el comercial y, a diferencia de México, en el caso peruano no prestaba capitales al sector minero para su desarrollo, porque se le consideraba mal pagador, mientras que en el Virreinato de Nueva España, el auge minero en el siglo XVIII se debió en gran parte a los ingentes recursos crediticios, comerciales y de inversión proporcionados por bancos de plata y grandes comerciantes-aviadores locales6. El problema del desabastecimiento de azogue fue el detonante que hizo estallar la paciencia de algunos mineros principalmente del Alto Perú frente a la inercia de las autoridades virreinales que consentían los abusos de los comerciantes para lucrarse con la escasez. Los mineros reclamaban azogues más baratos y frecuentes no sólo al virrey peruano sino también al virrey rioplatense, que utilizó esta reclamación como prueba de la ineficacia de la administración peruana, y de la urgente necesidad de internación terrestre de azogue vía Buenos Aires, por ser la ruta más cercana y barata a las minas andinas. Don Pedro de Cevallos fue nombrado primer virrey del Río de la Plata en agosto de 1776 pero como estaba enfrascado en la guerra con los portugueses no asumió en forma efectiva la administración de dicho virreinato hasta julio de 1777 cuando acabó la guerra con los lusitanos. Previamente, el 10 de junio de 1777,7 el cabildo de Buenos Aires pidió al virrey Cevallos la libre internación de mercaderías por la vía Buenos Aires-Potosí, petición reiterada en repetidas ocasiones a la metrópoli desde mucho 5 Mercurio Peruano, Vol. 1, nº 1 ( 2 enero 1791), f. 4. 6 D. A. Brading, Miners and Merchants in Bourbon Mexico, 1763-1810, Cambridge: The University Press. 1978, p. 267. 7 Informes sobre materias gubernativas, 10 jun. 1777. “Seis puntos que se advierten al virrey para la felicidad de las provincias de Buenos Aires”, Archivo General de Indias (AGI), Buenos Aires, legajo 21.
45 tiempo atrás por diferentes autoridades políticas y económicas de Buenos Aires. También, algunos mineros del Alto y Bajo Perú pidieron al Virrey Cevallos que intercediera por ellos para lograr la internación del azogue por la mencionada vía con el fin de reducir los precios y acabar con el desabastecimiento y corrupción que se desarrollaba en torno a tan importante producto entre algunos mercaderes y autoridades del Perú. Esta petición se produjo una vez conquistada Sacramento que había estado ocupada por los lusitanos, pues se había eliminado el motivo más importante que por mucho tiempo habían tenido los limeños para convencer a la metrópoli de mantener las prohibiciones del tráfico por Buenos Aires y así evitar el contrabando a través de Sacramento. Los mercaderes bonaerenses argumentaban que no existían razones para continuar con la prohibición al libre internamiento de productos hacia el Alto Perú, aduciendo que esta medida seria eficaz tanto para la bonanza económica de la zona meridional de América como para España. Convencido de ello, el virrey Cevallos se hizo eco de estas aspiraciones y con su intervención logró este fin por tanto tiempo acariciado. El 8 de Julio de 1777,8 el virrey Cevallos promulgó un bando prohibiendo que se extrajesen de los limites del nuevo virreinato oro, plata en barras, piñas o tejos, salvo en el caso de que fuese con su correspondiente guía para Buenos Aires, único lugar desde donde los metales preciosos podían salir sin estar acuñados, solo con pagar los impuestos, cambiando con esta medida la ruta del drenaje de metales altoperuanos y pasando a engrosar los ingresos de la aduana bonaerense. La elaboración de la moneda se hacia en Lima y muy poco en Potosí, por lo que el bando se ciñó a la realidad del momento, que era la circulación de metal en plata y oro sin acuñar. 8 Céspedes del Castillo, Guillermo. Lima y Buenos Aires. Repercusiones económicas y políticas de la creación del Virreinato del Plata. (Sevilla, Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Escuela de Estudios Hispano Americanos de Sevilla, 1947). p: 119.
46 El 22 de Julio de 1777 fue el Cabildo de Buenos Aires quien solicitó al virrey la libre internación de productos a Perú y Chile, con el fin de satisfacer una necesidad apremiante para el desarrollo del naciente virreinato. Se quejaba de la presión de Lima en la metrópoli española para mantener una situación insostenible, pues estaba comprobado que la vía Buenos Aires-Potosí para internar mercaderías y extraer metales era la más adecuada por los menores costes y tiempo invertido. La obstinación de enriquecer a Lima había conducido a empobrecer al resto del virreinato del Perú y territorios colindantes. Esta petición se apoyaba en los siguientes criterios: 1) Que (Buenos Aires se considere tan) acreedora al comercio del Perú y Chile (como) que la de Lima … por la disposición en que la situó la naturaleza 2) Que en la consecución de este libre, y franco comercio se interesa también el Estado en General, y la misma Real Hacienda 3) Que la solicitud realizada no solo era de la población del virreinato del Río de la Plata, sino de todos aquellos que se hallan situados en muchas provincias del Perú, y Reino de Chile, que pueden ser proveídos por esta parte, con más comodidad que por Lima9 El 20 de agosto de 1777, Blas Gascón,10 oficial real de Oruro, sugirió al virrey Cevallos la prohibición de la internación de productos de todos los territorios del Virreinato de Río de la Plata al Perú y el envío de azogue de Almadén a Buenos Aires para no estar tan supeditado a Lima. Pero, mientras existiese escasez de azogue, pidió el envió de cartas a la metrópoli española y al virrey de Lima para que se abasteciera de azogues por ambos lados. El oficial real de Oruro transmitió el descontento general 9 Petición del Cabildo de Buenos al virrey Cevallos de libre internación de productos a Perú y Chile, Buenos Aires, 22 julio 1777. AGI., Buenos Aires, leg 157. 10 Blas Gascón era oficial real de Oruro en 1775 según consta en el expediente sobre la propuesta efectuada por él para admitir dinero girado para España por medio del correo (1775-1776) Correspondencia, expedientes y cuentas administración de Buenos Aires, AGI., Correos, 48/1774-1776/.- Llegó a América en 1763 para ocupar un cargo en Oruro. “Expediente de información y licencia de pasajero a Indias de Blas Gascón, contador oficial real de las cajas de la villa de Oruro con Joaquín, criado, negro a Charcas”. AGI., Contratación, 5506, N.2, R.59/30-10-1763/Blas Gascón.
47 hacia Lima y la sorpresa de no haber incorporado Chile al virreinato del Río de la Plata: “Ojalá se hubiese pensado en reducir a Lima a Gobierno, o Provincia, y que solo (La Plata) fuese el virreinato, pues convendría más al Reino” 11 El 8 de septiembre de 1777, Cevallos pidió a José de Gálvez, la libre internación de mercancías desde Buenos Aires,12 aunque la implantó antes de que se hubiera aceptado la petición. El 8 de Octubre de 1777, Cevallos solicitó el envío de azoque de Almadén por Buenos Aires13. En dicha petición incluye una carta del 20 de julio de 1777 del corregidor de Huancavelica Juan Manuel Fernández de Palazuelos, enviada al virrey. Esta carta fue utilizada por Cevallos como testimonio de la realidad que se vivía en el Perú para atender solamente a los comerciantes limeños. Esta carta fue incluida como justificación de su solicitud de libre internación de azogue de Almadén por Buenos Aires. El virrey Cevallos argumentó la necesidad del internamiento en la evidencia de que no sólo redundaría en bien del nuevo virreinato, sino también del propio Perú. El bando de libre internación, 1777-1778 Este segundo periodo estaría conformado por el bando de libre internación en si y los acontecimientos inmediatos, tanto las reacciones peruanas como las rioplatenses. El bando de libre internación vía Río de la Plata, Perú y Chile y la prohibición de exportación de metales vía Perú, lo dio el virrey Pedro de Cevallos de forma intempestiva por medio de un bando el 6 de noviembre de 1777,14 porque el nuevo 11 Representación anónima (atribuida a Blas Gascón) de 20 de Agosto de 1777, AGI., Buenos Aires, leg 21. El investigador Barba atribuye este documento al Cabildo de Buenos Aires en su libro sobre el primer virrey del Virreinato del Río de La Plata. (Barba, 1988: 212-214) 12 Solicitud del virrey Cevallos al secretario de Indias, Joseph Gálvez, para la libre internacion de mercancías por Buenos Aires a la Metrópoli, Buenos Aires, 8 sept. 1777. AGI., Buenos Aires, 57, fol. 120. 13 Estas cartas fueron respondidas con el envío de azogue vía Buenos Aires a las zonas mineras del alto Perú en 1778. AGI., Buenos Aires, 57, fols. 138 y 549. 14 “Bando de Libre Internación de Productos por Buenos Aires, Lima y Chile”, Buenos Aires, 6 nov. 1777. AGI., Buenos Aires, 57, fol. 156.
54 en las provincias interiores de la sierra grandes caudales en ropas y efectos, que han vendido al fiado, y remitido de su cuenta, bajo de aquella buena fe de girar el comercio por el Cabo con la regularidad y buen orden hasta aquí observado, de no permitirse internación de ropas de Castilla a las provincias de Perú y Chile, ni la saca de caudales de oro y plata por Buenos Aires. Y que bajo de esa misma buena fe se halla aquí este comercio con sus almacenes llenos de ropas y demás efectos de Castilla con el preciso destino de expenderlas en las provincias interiores de este reyno. Fuera del retorno de crecidas cargazones que esperan en los próximos registros por el Cabo, de aquellos caudales, que bajo del mismo concepto, y sin tener ni aun la más leve sospecha de semejante novedad, remitieron a Cádiz para este fin. Pero, esta medida sacudió y alteró todo lo establecido, amenazando con la ruina. El “decreto del superior gobierno de Buenos Aires, viene a ser en esas criticas circunstancias una repentina sorpresa, o violenta represalia de los caudales y ropas de ambos comercios del Perú y España”26 Para facilitar el trabajo del virrey Guirior, el Real Tribunal del Consulado del Perú entregó el 3 de enero de 1778 una relación de prohibiciones y permisos reales como los contenidos en la Recopilación de Indias, en las leyes del titulo 14, libro 8. y en algunas del titulo 26, libro 9. También las contenidas en las células y reales ordenes expedidas desde el año de 1580 en que se fundó la ciudad de Buenos Aires hasta 1777, para no permitir por aquel puerto, internación alguna de ropas y efectos a las provincias del Perú y reino de Chile limitándola únicamente al preciso consumo de los géneros de Castilla que necesitasen los vecinos de aquellas tres provincias del Río de la Plata, como también para no poder extraer del Perú y Chile caudales de oro y plata acuñada en barras, tejos, vajillas, ni otras alhajas por aquella vía, bajo de la pena de decomiso. Además, las indagaciones del Tribunal concluyeron que no se habían encontrado publicados en el Perú ninguna Real orden, o cedula, en que el rey haya revocado las prohibiciones en el nuevo Virreinato del Río de la Plata. Asimismo, el Real Tribunal del Consulado afirmaba la existencia de reales órdenes que ordenaban mantener las prohibiciones de internaciones y extracciones en Buenos Aires 26 Manuel de Guirior José de Gálvez, nº 265, Lima, 28 feb. 1778. AGI, Lima, 657.
55 El Tribunal del Consulado Peruano presentó una relación de permisos y prohibiciones de internaciones y extracciones como antecedentes de que en ningún momento la Corona había permitido al Virreinato del Río de la Plata aquellas prerrogativas que su primer virrey Cevallos había asumido conceder y que eran las siguientes: 1) La Carta dada en San Lorenzo a 14 de Octubre de 1768 dirigida al virrey Amat por Don Julián de Arriaga, Ministro de Indias, en el que se otorgó una Real Cedula sobre la recíproca internación de ropas y efectos de Castilla entre los Virreinatos de Lima, y Santa Fe. De este antecedente se valió el virrey Cevallos para la internación vía Buenos Aires, a la que el Tribunal de Consulado de Lima aduce que no es adaptable al nuevo virreinato, así por sus circunstancias particulares; como porque el rey suspende en ella expresamente la prohibición de internar, que para aquellos había establecida. 2) La Real Cedula dada en Madrid en 28 de Enero de 1774 sobre la franqueza de comercio de unas provincias a otras de los cuatro Reynos de América (Nueva España, Perú, Guatemala y Santa Fe), tampoco favorecía a Buenos Aires, pues esa franqueza, o libertad se reducía únicamente al comercio de los frutos, que producían sus respectivos territorios y de las fabricas, o artefactos que en ellos hacían sus moradores, dejando siempre en vigor y fuerza las prohibiciones sobre internación de ropas, y efectos de Castilla. Además el 19 de Julio de 1774, el Presidente de Chile elevó una consulta al Consejo de Indias sobre la pretensión de ciertos comerciantes de aquel Reino, que intentaban introducir el fierro y clavazón, que habían conducido desde Buenos Aires hasta Mendoza con licencia particular de aquel Gobernador. Por el Real Despacho dado en San Lorenzo a 31 de Octubre de 1775, dicha petición fue denegada por el rey al Apoderado de los Comerciantes de Chile, para que pudiesen estos internar a los Puertos Intermedios del Mar del Sur, desde el de Valparaíso, las ropas, y efectos que les sobraban, de las que habían recibido de España por los Registros del Cabo
56 La Real Bula del 10 de julio de 1776, que es una ampliación del indulto de la Cedula del 28 de enero de 1774, en el que se incluye al vecindario de las tres provincias del Virreinato del Río de la Plata al igual que los otros cuatro virreinatos de América, solamente se permite la franqueza del mutuo comercio de los frutos, que se cosechan en aquellas tres provincias con cualquier otra de América y de ninguna manera la internación de ropas y efectos de Castilla al Perú y Chile. Sólo se había permitido la introducción de ropas y otros efectos de Castilla con la precisa limitación de que fueran los necesarios al consumo de las tres provincias del Río de la Plata con objeto de que no hubiera motivo de intervención en las del Perú y Chile, ni que de ellas se extrajeran caudales por aquella vía. Los mercaderes limeños alegaban sus antiguas justificaciones para impedir la libre internación de mercancías por Buenos Aires, las cuales eran el contrabando con los portugueses y, asimismo, las leyes de prohibición de la internación vía Buenos Aires en la cedulas de 1774 y 1775 La reacción del virrey Guirior ante el bando de libre internación El virrey Guirior se convirtió en el portavoz principal del Tribunal del Consulado de Lima y de los mercaderes limeños que se hallaban consternados por el bando de libre internación dado a titulo propio por el virrey Cevallos, el 6 de noviembre de 1777. Dicho bando permitía que por ahora fuese licita la internación de ropas y demás efectos de Castilla a las provincias del Perú y Chile, así por los corregidores provistos de aquel distrito como por cualquiera otras personas que quisiesen practicar su comercio recíproco sacando los géneros y especies, o del mismo Buenos Aires o del Reino de Chile y conduciéndolos por el Tucumán, y puertos intermedios y en derechura por Copiapó como mejor cuenta les tuviese, y también para que pudieran extraer de las mismas provincias del Perú y Reino de Chile todos sus caudales en oro o plata sellada, labrada o en pasta a la de Buenos Aires. 27 27 Manuel de Guirior a José de Gálvez, nº 265, cit.. Da cuenta con testimonios de autos de la novedad hecha por el primer virrey de Buenos Aires, publicando por bando la franqueza de internación de ropas y
57 El virrey Guirior, como representante máximo del virreinato del Perú, expuso al Rey y a José de Gálvez a través de un amplio documento los perjuicios que según el Consulado produciría tal bando hecho tan unilateralmente, con quebranto de las leyes y sin la anuencia del rey y del virrey del Perú.28 Por tales motivos dio órdenes al presidente-gobernador de Chile, a los oficiales reales y a los corregidores de los puertos intermedios del Mar del Sur para que no permitiesen el cumplimiento del bando dado por el virrey del Río de la Plata y decomisasen “las ropas y caudales que se quisieran introducir y extraer para Buenos Aires de sus respectivos distritos.” El comportamiento autoritario del virrey Cevallos era conocido en Lima por sus actuaciones anteriores, porque no había tomado en cuenta las resoluciones que desde el Virreinato del Perú se habían dado sobre los territorios peruanos antes de que fueran parte del nuevo virreinato del Río de la Plata, por lo que le pareció inútil al virrey Guirior cualquier entendimiento con él: No me pareció conveniente pasar al virrey de Buenos Aires los oficios que me pidió el consulado por considerar no tendrían efecto alguno, y antes podrían servir de incomodar más el ánimo de aquel jefe, quien desde los principios había mostrado total separación y no quiere correspondencia alguna con este gobierno pasando a dar providencias muy contrarias a las que yo había tomado en Potosí, y otras provincias antes de haberse publicado la división y establecimiento de su nuevo virreinato (que sería muy molesto referirlas) sin haberme primero comunicado como era regular sus resoluciones, causando notable censura semejante procedimiento y no poco desaire a la elevada autoridad y representación del empleo en que su Majestad, me ha puesto; y ofendiendo aquella buena armonía, con que deben manejarse los que están empleados en el servicio de un propio soberano. extracción de caudales por aquella vía de las provincias del Perú y Chile, contra las reales ordenes que la prohíben, y expone cuanto comprende importante en este grave punto y toca como incidentes de el, los perjuicios que sufren los comercios de España y este Reyno con las providencias de aquel virrey en no permitir bajen a Lima a amonedantes los oros y platas de algunas de aquellas provincias; que para manifestar estos, los que experimenta la Real Hacienda, y la Ruina del Reyno: ofrece remitir los expedientes que claramente hacer ver. 2 anejos (uno impreso). Índice de remisión en signatura N. 48. Folios 210-272. 28 Manuel de Guirior a José de Gálvez, cit.
58 El virrey del Río de la Plata no sólo abría las fronteras para internar productos en su territorio sino también en territorios ajenos a su jurisdicción como Perú y Chile. Era claro que esta medida rebasaba sus poderes, pero lo hacía consciente de que tenia concedidos plenos poderes para hacerlo hasta llegar a avasallar al virreinato del Perú. Esta actitud ponía el acento en el poder ilimitado que le había conferido a Cevallos la Corona: La más relevante prueba la ministra el mismo suceso, de que se va tratando, pues aquel virrey, no solo expidió su decreto para la franqueza de internar ropas a las provincias del Perú, que caen bajo del territorio de su virreinato, sino que también la extendió a las del Perú, Chile y puertos intermedios, que son pertenecientes al distrito de mi jurisdicción sin haberme antes, ni después requerido sobre un negocio de tan extraña novedad que de contado traiga, podía traer fatales consecuencias a los intereses de la Real Hacienda, y de los comercios del Perú y España. Pues cuando hubiese podido usar de la autoridad de su empleo en las provincias del distrito de su Gobernación sin necesidad de darme esa noticia, debía considerar que excedía notoriamente de sus facultades, mandando observar su decreto en territorio ajeno, sin ponerse de acuerdo conmigo, ni requerir antes mi consentimiento, para que lo permitiese, y auxiliase, siendo justo, y en nada opuesto al servicio de su Majestad y bien público del Reino. Y no debiendo ignorar que ningún juez puede mandar en distrito de otro, que no le sea subordinado, aunque se contempló el más inferior, sin el medio legal de una requisitoria, ya se ve cuánto extrañaría yo, que aquel virrey se mostrase tan despótico y autoritativo, si no con menos precio, a lo menos sin la atención debida al elevado carácter de mi cargo. Sobre que suplico a su Majestad se sirva mandarle advertir de su exceso, en el modo que tenga por más conveniente.29 El virrey del Perú mandó en su jurisdicción que se respetasen las leyes, cedulas, reales órdenes, rechazando el bando realizado por Cevallos bajo pena de decomiso, emitiendo como respuesta un bando de prohibición de internación de mercancías por el virreinato del Perú desde Buenos Aires. El virrey expuso una serie de razones para que no se permitiese la internación de productos por Perú vía Buenos Aires, como la fácil entrada del contrabando por la vía de Buenos Aires y la fácil extracción de caudales de oro y plata de forma ilegal, pérdida que significaría al Real erario de los quintos, diezmos y derechos reales por no ser debidamente recaudados o por el contrabando, generando riquezas a terceros y no a la Corona, entre otros. 29 Ibidem.
59 El virrey Guirior se preguntó por qué el Cabildo y Regimiento de la Ciudad de Buenos Aires había pedido a su primer virrey internar las mercaderías de Castilla al Perú y Chile, a no ser que hubieran tenido gran cantidad de productos lícitos o ilícitos con necesidad de internar, porque además informaba de un hecho harto conocido por aquel entonces, a saber, que desde que el virrey Cevallos había llegado a Buenos Aires, a esa ciudad se le habían permitido más libertades comerciales: todos saben, que hasta la llegada de Don Pedo Antonio de Cevallos con su armamento, no pudieron los registros de España, licenciados a aquel Puerto, haber traído mas ropas, que las que su Majestad tiene permitidas para el preciso consumo de las tres provincias del Río de la Plata y bien se entiende, que de estas no habrían de existir tantas sobrantes, que luego que se rindió la Colonia pudiesen libremente internarlas, sin hacerles falta a las vastas Provincias del Perú y Reino de Chile. Finalmente, el virrey peruano opinaba que la internación y extracción libre de caudales de las provincias del Perú y Chile sería muy perniciosa y destructiva, no solo de los intereses del Rey sino también del comercio general del Reino, y del de España establecido por el Cabo de Hornos y que faltando estos dos ejes tan principales, toda la máquina política de estos dominios, caminaría aceleradamente a su ruina, pues se dislocarían todas aquellas reglas que los regían. Además, indicaba que la mencionada internación solo favorecía a unos pocos comerciantes de la ciudad de Buenos Aires Con todos estos razonamientos y como respuesta al bando de Libre internación de mercancías por Perú y Chile y extracción de metales por Buenos Aires, el virrey del Perú Manuel de Guirior emitió un bando el 15 de enero de 1778, que prohibió el acatamiento al bando del virrey del Río de la Plata bajo pena de decomiso y se mantuvo firme con las leyes y reales ordenanzas providentes de la Corona: Mando que en todo el distrito de este virreinato se guarden y cumplan precisamente las Reales prohibiciones para no permitirse dentro de sus respectivas provincias y territorios internación algunas de ropas, y cualquiera otros efectos de Castilla, venidos por la vía de Buenos Aires, ni extracción de caudales en oro y plata acuñada, ni en barras, tejos, pastas, vajillas, ni otras
60 alhajas, comisándose por los gobernadores corregidores, oficiales, reales y demás justicias de su distrito. 30 El principal motivo del rechazo al bando emitido por el virrey del Río de la Plata, estuvo en la ilegalidad del mismo al asumir “una suprema regalía que solamente es propia del soberano, y no puede ejercerla, ni usurparse, por ningún magistrado, aunque sea de la más elevada representación y autoridad.” Además en la copia del Decreto o Bando de internación que llegó a las manos del virrey Guirior por terceros no aparece, ni se cita cédula, ni real orden de su Majestad en que hayan alzado, o revocado las absolutas prohibiciones de internación de ropas, y saca de plata por la vía de Buenos Aires, “ni que se haya conferido a aquel señor virrey semejante facultad.” El virrey asumió la protesta general del reino de su mano, en mutuo acuerdo con el superintendente del Tribunal del Consulado, el Administrador de Correos y el Superintendente de la Casa de la Moneda de Lima. El virrey envío al Rey todos los antecedentes, justificaciones y razonamientos necesarios para lograr la revocación del bando del virrey del Río de la Plata Cevallos. Pero no fue escuchado pues el 18 de julio de 1778, el ministro Gálvez comunicaba a Cevallos la aprobación definitiva de su bando. Las consecuencias de la libre internación, 1778 - 1810 Este tercer periodo se caracteriza por una serie de acontecimientos que hicieron que el virreinato del Río de la Plata se dividiera en dos mercados claramente visibles: el de los puertos marítimos de Buenos Aires y Montevideo y el mercado interno andino. La libre internación y el libre comercio beneficiaron económicamente más al desarrollo de los puertos atlánticos y a Buenos Aires que al interior andino, pues los grandes comerciantes bonaerenses obtuvieron grandes beneficios como intermediarios tanto en la exportación como en la importación y en los repartimientos de mercaderías, pareciéndose cada vez más al sistema de comercio llevado a cabo en Lima antes de 30 AGI. Lima 657/1778 15 01/documento adjunto al emitido el la Carta nº 265 del 28-02-1778
61 1777. Buenos Aires se desarrolló más orientada hacia Europa que hacia el interior, convirtiéndose Potosí y Oruro, en zonas cada vez más lejanas de los intereses culturales y sociales bonaerenses,31 aunque los intereses económicos primasen pues Buenos Aires dependía de los mercados mineros para la disponibilidad de metálico, entregando a cambio mercancías europeas, esclavos y productos de la tierra. Tanto es así que constituyó el 50% del total de mercaderías importadas, principalmente efectos de Castilla, que salían de Buenos Aires hacia Potosí, la Paz y Salta.32 Sin embargo, paulatinamente en el Virreinato del Río de la Plata se fueron marcando dos mercados claramente diferenciados, a saber, los puertos de Buenos Aires y de Montevideo con su dinámica internacional y los mercados internos andinos con su dinámica regional. Este desmembramiento fue paulatino. Así, de 1779 a 1784, Buenos Aires fue puerto y puerta, vía hacia el interior minero y hacia las regiones colindantes y salida hacia la economía mundial. Los destinatarios principales de los efectos de Castilla eran las zonas andinas, aunque las mercancías de consumo masivo para los indígenas y mestizos los cubrían las industrias regionales (Moquegua, Cuzco, Arequipa, Mendoza, La Paz, etc); pero los destinatarios de una gran parte de las importaciones del puerto de Buenos Aires eran los sectores de consumo medio y alto. En el periodo 1779-1784 Buenos Aires fue la cabecera de los intercambios de mercancías por metales preciosos. Además, al puerto de Buenos Aires se dirigían productos peruanos y chilenos como azúcar, ropa de la tierra, cobre, cacao y cascarilla para ser reexportados, intercambiados y pagados con oro y plata a cambio de esclavos, mercaderías españolas, cordobanes y yerba mate. La exportación desde el Virreinato del Río de la Plata fue eminentemente metálica correspondiendo un 82% a moneda en metálico, el 15% a los cueros y 3 % a las reexportaciones de Perú y Chile. 33 Este periodo estuvo marcado por guerras externas con Inglaterra y Francia que afectaron a la 31 Lo que permitió que la zona del Alto Perú terminara formando una unidad bien diferenciada política, económica y culturalmente tanto de Buenos Aires como de Lima, espacio que con el tiempo seria la nación boliviana. 32 Juan Carlos Garavaglia, El Río de la Plata en sus relaciones atlánticas: una balanza comercial (1779- 1784), Madrid: Moneda y Crédito, 1977, p. 94. 33 Garavaglia, Op. Cit., pp. 79, 81, 83 y 90.
62 conexión entre la metrópoli y las colonias, deteniendo la salida de caudales, de cueros y la entrada de mercancías españolas.34 Las guerras internas producidas por las revoluciones indias andinas de 1780 al 1782 y la lucha por la intendencia desde Buenos Aires entre 1808 a 1810, perturbaron la conexión de la vía de Buenos Aires-Potosí, aislándola muchas veces y provocando la disminución del envío de caudales al rey y las remesas de particulares. Estas luchas internas terminaron por cortar la comunicación, el flujo de mercaderías y los envíos de plata entre el alto Perú y las ciudades portuarias de Buenos Aires y Montevideo a la metrópoli. El poder del virreinato de Río de la Plata estuvo en las importaciones y exportaciones concentradas en los puertos del Atlántico, concretamente Buenos Aires y Montevideo. La independencia se dio en Buenos Aires y acto seguido se cortaron las remesas de caudales y el flujo de mercaderías vía Buenos Aires. Conclusiones En el virreinato del Río de la Plata, la libre internación y extracción de mercaderías y metales vía Buenos Aires contribuyó a la formación de dos polos de desarrollo, uno interior y otro portuario, con características comerciales independientes pero conectadas por el metálico de las minas andinas cuyo radio de acción comercial continuó activo en el virreinato del Perú La economía peruana ya no contaba con los caudales de la minería andina de forma directa, aunque lo obtuvo a través de las transacciones comerciales de forma indirecta. Así, la economía peruana, a pesar de no bastarse ya en una economía eminentemente minera, siguió siendo mercantilista. La moneda se exportaba hacia España a través del comercio y la tributación fiscal en cantidades tales que generaba problemas de circulación interna afectando a la misma producción de metales y a las actividades comerciales. Se recurría al crédito para suplir la escasez de moneda y 34 A partir de 1778, la exportación anual de cueros aumentó de 150.000 a 1.400.000 cueros anuales (Caravaglia, p. 85). La ganadería estaba en la Banda Oriental y en Córdoba, cercanos a Buenos Aires.
63 satisfacer las necesidades de inversión y financiación, siendo el requisito fundamental para acceder al préstamo la confianza en la retribución. Aunque, el Perú se orientó a una política mercantilista, siguió conectada económicamente a la explotación de las minas de Cerro de Pasco en el centro del Perú y a las actividades comerciales con las minas andinas de lo que había sido el Alto Perú. La salida atlántica desde Potosí hasta Buenos Aires fue bastante tardía y creó problemas administrativos de gran envergadura que obligaron a rectificar a la Corona y a reintegrar a la provincia de Puno al virreinato del Perú. El caso contrario ocurrió con Potosí y Oruro, que se integraron muy rápidamente en el Virreinato del Río de la Plata por su acceso más fácil al exterior que les aprovisionaba principalmente de azogues más baratos, elemento esencial para la extracción de la plata. Se dinamizó aún más el comercio interprovincial o regional, abriéndose nuevos polos de desarrollo en Arequipa, Moquegua y Paraguay principalmente por la venta de aguardiente y coca. También se presentó mayor intercambio comercial en la costa sudamericana del Pacifico sobre el eje Guayaquil-Lima-Valparaíso. La creación del virreinato del Río de la Plata fue diseñada para que se convirtiese en la puerta de salida de la plata andina. Sin embargo, el Callao continuó siendo el puerto de mayor salida de caudales de origen mercantil. De tal manera que la metrópoli española obtuvo más de lo esperado económicamente: duplicó sus ingresos por la competencia que se entabló entre Lima y Buenos Aires. La libre internación por Buenos Aires trastocó este sistema cerrado afectando a la alta burguesía limeña, sin destruir el modelo, pues el Perú y no sólo Lima siguieron comerciando en los grandes mercados andinos mineros, de tal manera que la riqueza se esparció y no se concentró en sólo algunos grupos de poder. Además, los comerciantes limeños se vieron obligados a buscar nuevas estrategias y rutas comerciales ante la inesperada coyuntura. No tomaría mucho tiempo adaptarse a los cambios de tal manera que en pocos años se comprobó que la libre internación no había logrado eliminar a Lima de su presencia en Potosí y continuó siendo el puerto del Callao la principal vía de internación a los mercados interiores.