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Técnicas Avanzadas de Enseñanza e Innovación Pedagógica 21 EL ESTUDIO DE LA CONTRATACIÓN EN EL MERCADO FINANCIERO A TRAVÉS DEL MÉTODO DEL CASO Y OTRAS METODOLOGÍAS DOCENTES Matilde Pacheco Cañete Pedro Jesús Baena Baena Josefa Brenes Cortés Inmaculada López de la Torre RESUMEN: El empleo de un instrumento metodológico como el método del caso posibilita el trabajo en equipo y fomenta el aprendizaje cooperativo del estudiante a la vez que, facilita la evaluación de su rendimiento académico y del seguimiento del proyecto, al poder ofrecer indicios día a día de los avances en la adquisición de las competencias del alumno, pues durante las clases prácticas los alumnos son incitados a participar activamente en la resolución pública de los supuestos propuestos y en el análisis de la documentación proporcionada. Si bien, para el alumnado que por primera vez se aproxima al estudio del Derecho mercantil, parece más aconsejable la no aplicación del método del caso en sentido estricto, en el que las situaciones jurídicas son extraídas de la práctica sin adiciones ni supresiones, sino con mayor flexibilidad, mediante casos que con un sustento real son adaptados a las necesidades docentes. Se consigue con ello concentrar en un solo caso cuestiones que la práctica no suele plantear juntas y presentar separadamente diversos aspectos de un mismo problema para facilitar su comprensión. Palabras clave: Método del caso, lección magistral, nuevas metodologías docentes.
Técnicas Avanzadas de Enseñanza e Innovación Pedagógica 23 1. INTRODUCCIÓN. ANTECEDENTES Durante el curso académico 2009-2010 los profesores que firmamos este escrito concurrimos a la convocatoria de Proyectos de Innovación y Mejora Docente de la Universidad de Sevilla, con el titulado “Estudio de la contratación en el mercado financiero a través del método del caso y otras nuevas metodologías docentes”, con el que pretendíamos introducir las nuevas metodologías docentes en el estudio de la contratación en el mercado financiero. Para alcanzar este objetivo decidimos que una parte fundamental del programa docente de las asignaturas afectadas (Derecho Mercantil II de la Licenciatura en Derecho, Derecho Mercantil de la Licenciatura en Administración y Dirección de Empresas y Derecho del Mercado Financiero de la Licenciatura en Dirección y Administración de Empresas) se impartiría en las clases prácticas a través del conocido como “método del caso”, ofreciendo a los alumnos la oportunidad de adquirir las competencias diseñadas mediante el análisis de casos prácticos extraídos del tráfico desarrollado por los operadores mercantiles (entidades de crédito, compañías de seguros y operadores del mercado de valores) y de documentos mercantiles empleados por estos protagonistas del comercio en sus negocios cotidianos. El empleo de esta metodología no suponía eliminar otras sistemáticas tradicionales como la lección magistral, sino que ambos se consideraban instrumentos coadyuvantes en el aprendizaje. Por lo demás, los participantes en el Proyecto nos encontrábamos ya dados de alta para la impartición de asignaturas en la plataforma virtual para la enseñanza de la Universidad de Sevilla y, preocupados por la mejora de su actividad docente y la innovación, habíamos participado en diversos cursos del Instituto de Ciencias de la Educación de la Universidad de Sevilla y en Jornadas de Innovación Docente. Aunque el Proyecto se inicia, tras la resolución notificada de su aprobación en el marco de la convocatoria de ayudas, ya muy avanzado el curso académico 2009-2010, por lo que había pocas posibilidades de aplicación al año académico en cuestión. No obstante, los integrantes del Proyecto decidimos no ahorrar esfuerzos sino que seguimos con el plan diseñado y elaboramos cinco casos prácticos sobre mercado de valores, contratos bancarios y contrato de seguro, que se ofrecieron para su análisis a los alumnos del curso 2009/2010 por medio de la plataforma virtual. Y también decidimos que este material docente debería seguir estando a disposición de los alumnos en años académicos sucesivos, pudiendo ser utilizado en ellos como material docente desde el mismo comienzo del curso, aumentando así la posibilidad real de hacer un mejor aprovechamiento del recurso. 2. OBJETIVOS Mediante la utilización del método del caso perseguimos como objetivo fundamental crear un contexto de aprendizaje para fomentar la reflexión, el conocimiento y la participación del alumno en el aula mediante la comprensión y resolución de las cuestiones planteadas. Así, el estudiante ha de ser capaz de enfrentarse a un problema buscar las soluciones posibles y tomar una decisión, desarrollando su capacidad crítica. Además de pretende motivar al alumno y acercarlo a la realidad profesional.
Técnicas Avanzadas de Enseñanza e Innovación Pedagógica 24 3. METODOLOGÍA 3.1. El método del caso y las clases prácticas. Novedad y tradición. El recurso metodológico conocido como “método del caso”, muy empleado en la enseñanza de las Universidades de los países de los sistemas jurídicos anglosajones, en los que el estudio del Derecho se realiza a través del los “cases of law”, no es ajeno a nuestra tradición universitaria. Al contrario, también en nuestro Departamento, como en algunos otros, se venía complementando las enseñanzas desarrolladas mediante clases teóricas con otras denominadas prácticas, dedicadas a la resolución de casos propuestos por el profesor. Y esto ocurría incluso cuando en los planes de estudio no se distinguían entre clases teóricas y prácticas, por lo que en muchas ocasiones (singularmente en la Licenciatura en Derecho) se tomaba la decisión de añadir una clase semanal a las previstas específicamente en el plan de estudios oficial. Por esta razón no podemos hablar de este recurso metodológico es novedoso sino más bien tradicional. Sin embargo, los supuestos utilizados tradicionalmente en nuestro Departamento para las clases prácticas no responden exactamente a lo que en puridad se conoce como “método del caso”, en el que las situaciones jurídicas son extraídas de la práctica sin adiciones ni supresiones, sino que se trata de casos que con un sustento real (bien por ser extraídos los antecedentes de la Jurisprudencia, bien porque el supuesto escolástico o de laboratorio elaborado por el profesor esté inspirado en la realidad) son adaptados a las necesidades docentes. Se consigue con ello concentrar en un solo caso cuestiones que la práctica no suele plantear juntas y presentar separadamente diversos aspectos de un mismo problema para facilitar su comprensión. Se logra de esta manera ofrecer al alumno un instrumento pedagógico adecuado a sus conocimientos previos de cada institución estudiada con una pretensión de acompasar la adquisición de conocimientos más prácticos a su saber teórico, el cual ha de aplicarse, junto a la lógica jurídica, en la resolución del caso. Se quiere con ello proporcionar al alumno competencias vinculadas al análisis de la práctica jurídico mercantil, que le permitan enfrentarse con una seguridad mayor a casos inspirados en la realidad, aplicando para ello sus conocimientos teóricos, permitiéndole además lograr una mejor comprensión de la teoría al ver aplicada, se compensa de esta manera de un modo adecuado la imprescindible abstracción propia de la lección magistral. Y se pretende conseguir que el estudiante adquiera soltura en el manejo de los textos normativos y de los documentos utilizados en la práctica. Pero, además, la manera académica de elaboración de los casos está muy condicionada por las escasas oportunidades de conexión del profesor con la práctica, especialmente agravada por el riguroso régimen de incompatibilidades legalmente establecido, y la dificultad de obtener información sobre los supuestos reales (protegida por la debida confidencialidad), más allá de fuentes indirectas como la Jurisprudencia, las resoluciones de los órganos de control de los mercados financieros (Comisión Nacional del Mercado de Valores, Banco de España y Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones) y de otros órganos administrativos (como la Dirección General de los Registros y del Notariado), etc.
Técnicas Avanzadas de Enseñanza e Innovación Pedagógica 25 3.2. Ejecución del Proyecto. Los casos prácticos elaborados. Se trata de cinco casos prácticos no elaborados de una manera colectiva sino que su autoría corresponde a miembros concretos del grupo, y así se indica en su texto. Se quiere con ello aprovechar la especialización de cada uno de los integrantes del Proyecto y reconocer la labor de cada uno de ellos (su propiedad intelectual). No obstante esta primera fase de elaboración individual ha sido completada con una puesta en común en la que el grupo ha respaldado unánimemente la calidad de los casos al incorporarlos al Proyecto. El caso práctico n.º 1, cuyo autor es Pedro Jesús Baena Baena, versa sobre la contratación en el mercado de valores y está compuesto por un conjunto de situaciones jurídicas deducidas de los últimos Informes anuales de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), disponibles en la red (http://www.cnmv.es), respecto a las que se pide al estudiante su estudio para el asesoramiento a un posible cliente que acude a él para exponerle unos hechos acaecidos en su relación con una entidad de crédito a la que se ha encomendado el depósito y la gestión de una cartera de valores. Se entremezclan así diversas figuras jurídicas también enlazadas en la práctica real como los contratos de compraventa mercantil, de comisión mercantil, de cuenta corriente, de comercio electrónico, de garantía mercantil, los negocios jurídicos con acciones, el Derecho de consumidores y usuarios; en suma, contratos mercantiles, bancarios y del mercado de valores, Derecho de sociedades, Derecho de familia y hasta Derecho penal). Para su más fácil abordaje por el alumno se ha optado por exponer las situaciones conflictivas de una manera separada reclamándose respuesta a cada una de ellas y para la mejor comprensión de las consecuencias económicas de las distintas actuaciones de las partes se hacen referencias cuantitativas porcentuales, en los casos de las variaciones en la cotización de los valores y en las comisiones practicadas. La utilización de Informes de la CNMV como fuentes para el caso introduce al estudiante en la labor de supervisión del sector de este órgano administrativo y en su función de protección del inversor reflejada en las memorias de atención de reclamaciones y consultas de los inversores y en sus criterios en la resolución de reclamaciones más habituales, como son las planteadas en el caso en cuestión. El caso práctico n.º 2, cuya autora es Matilde Pacheco Cañete trata sobre la contratación bancaria. La tipología de las operaciones bancarias es muy amplia y los contratos bancarios se han clasificado, tradicionalmente, atendiendo a la función desarrollada en el ámbito de la intermediación crediticia. Así, atendiendo a la parte contratante que concede el crédito se diferencias entre operaciones activas, pasivas y neutras. Este caso práctico, el primero de los destinados al estudio de los contratos bancarios, se centra en las operaciones bancarias activas, para lo que se enuncian distintos supuestos de contratos que celebra una cliente de una entidad bancaria, en concreto seis, con el objeto de que el alumno determine qué contrato bancario se ha celebrado en cada caso. En concreto, se analizan las operaciones bancarias activas, atendiendo a su naturaleza, diferenciando entre el préstamo, la apertura de crédito y el descuento, que son las modalidades básicas y más relevantes de financiación crediticia, además de otras operaciones de financiación tales como el leasing y el factoring. Una vez que el alumno ha dado respuesta a esta cuestión, y conoce y diferencia en profundidad las operaciones bancarias activas desde un punto de vista práctico, se pide la resolución y reflexión sobre cuestiones conexas a la materia, que se entremezclan en el caso tales como la sustracción de una cuantía monetaria de un depósito bancario a la vista abierto en una entidad de crédito, la existencia de cláusulas abusivas en los contratos bancarios o el procedimiento
Técnicas Avanzadas de Enseñanza e Innovación Pedagógica 26 para la ejecución de valores ofrecidos en garantía. Para la resolución de estas cuestiones el alumno ha de manejar las Leyes civiles y mercantiles básicas sobre la materia además de la jurisprudencia existente al respecto. El caso práctico n.º 3, cuya autora es Inmaculada López de la Torre, es el segundo de los casos destinadas al estudio de la contratación bancaria, en concreto de las operaciones pasivas así, aborda el análisis de los contratos de depósito bancario de dinero y de cuenta corriente, ampliamente utilizados en la realidad, respecto de los cuales se pide al alumno su estudio para la resolución de diversas cuestiones conflictivas que surgen entre un cliente, titular de varias cuentas corrientes, y su banco. Por ello, el alumno debe adentrarse no sólo en el conocimiento de la naturaleza jurídica de los contratos de depósito bancario de dinero y de cuenta corriente, sino también en el de otros extremos, como la titularidad y modalidades de dichos contratos, así como en los derechos y obligaciones de las partes implicadas en los mismos. Para facilitar al alumno la tarea encomendada se le solicita que vaya dando respuesta a distintas preguntas planteadas en el caso, con lo que se pretende un estudio ordenado y una mejor comprensión de las diversas figuras jurídicas en él descritas. De esta manera, a través del análisis de los distintos instrumentos jurídicos que llevan a cabo la actividad bancaria, el estudiante se introduce en el conocimiento de la actividad típica y específica de intermediación crediticia, de los sujetos que la desarrollan, de la clasificación de las operaciones bancarias y de las fuentes del derecho aplicables al caso. La autoría de los casos n.º 4 y 5 corresponde a Josefa Brenes Cortés. En tales supuestos se pretende poner a disposición del alumno un soporte al estudio del régimen jurídico y de algunos de los problemas prácticos que se suscitan en el ámbito del Derecho de seguros. A través de ellos, se quiere ofrecer una base útil a partir de la cual el alumno aprenda a utilizar, interpretar textos jurídicos, desarrollar y defender un discurso jurídico, a manejar las fuentes legales, jurisprudenciales y doctrinales en la resolución de algunas cuestiones litigiosas que se plantean en el sector de los seguros. Ambos casos se presentan como complementarios puesto que permiten analizar cuestiones tales como la naturaleza aleatoria del contrato de seguro, el momento de perfección del mismo, las consecuencias jurídicas que acarrea el impago de la prima, la ratio del principio indemnizatorio y, partiendo de la relación que existe entre el valor del interés y la suma asegurada, las diferentes situaciones que en la práctica pueden darse (seguro pleno, sobreseguro e infraseguro), etc. Los dos supuestos prácticos plantean la cuestión fundamental de las consecuencias jurídicas que produce el impago de la prima. Por último, ha de destacarse que para guiar al alumno en la resolución de ambos supuestos prácticos de Derecho de seguros se le proponen una serie de cuestiones cuya solución permitirá una mejor comprensión de las situaciones conflictivas planteadas. 4. RESULTADOS El resultado obtenido por el empleo del método del caso ha sido altamente satisfactorio y ha sido valorado positivamente tanto por parte del profesorado como por parte de los alumnos. Por lo que se refiere al profesorado integrante del Proyecto juzgamos que el empleo de un instrumento metodológico como el método del caso permite el trabajo en equipo y fomenta el aprendizaje cooperativo del estudiante y, así mismo, facilita la evaluación del rendimiento académico del alumno y del seguimiento del proyecto, al poder ofrecer indicios día a día de los avances en la adquisición de las competencias del alumno, pues durante las clases prácticas los alumnos son incitados a
Técnicas Avanzadas de Enseñanza e Innovación Pedagógica 27 participar activamente en la resolución pública de los supuestos prácticos y en el análisis de la documentación proporcionada. Además, entendemos que la utilización del método del caso promueve la creatividad del alumno y motiva al alumnado al confrontarles con situaciones reales y desarrolla sus habilidades comunicativas, su capacidad para explicar y responder al caso práctico y el empleo de un lenguaje especializado. También estimamos que el empleo del método del caso mejora el llamado aprendizaje significativo, puesto que el alumno emplea conocimientos previos para el análisis del problema y la resolución del supuesto lo que facilita el afianzamiento de los conceptos previamente explicados de forma teórica. Así mismo, consideramos que la utilización de la plataforma virtual de la Universidad de Sevilla facilita el acceso a los recursos utilizados (textos de los casos, documentos aportados, enlaces a páginas web), así como, de un lado, permite al profesor conocer el grado e intensidad de seguimiento del proyecto, empleando para ello instrumentos como los foros de resolución de dudas; y, de otro, a los alumnos cooperar activamente en el aprendizaje. Por lo que se refiere al alumnado la utilización del método del caso ha sido valorada positivamente, y en la evaluación de las asignaturas en las que se ha aplicado el proyecto se ha realizado un examen que constó de una parte en la que los alumnos habían de responder a preguntas teóricas y de otra en la que debían de resolver un caso práctico, siendo el resultado altamente satisfactorio, frente a otros exámenes que sólo contemplan aspectos meramente teóricos. 5. CONCLUSIONES Consideramos que la utilización de un instrumento metodológico como el método del caso permite el trabajo en equipo y fomenta el aprendizaje cooperativo. Además consideramos que ello facilita la evaluación del rendimiento académico del alumno, pues permite tener indicios que permitan valorar el conocimiento día a día de los avances en la adquisición de las competencias del alumno, dado que las clases fomentan la participación del alumno y tienen un carácter mucho más dinámico, frente al carácter eminentemente teórico y estático de la tradicional lección magistral. Ahora bien, también advertimos que el empleo de casos prácticos es un recurso metodológico que debe servirse del soporte de otras técnicas, como la citada lección magistral, base sobre la cual debe apoyarse y sin la cual la calidad del aprendizaje decrecería, pues carecería de la necesaria abstracción que facilita la resolución de problemas nuevos. Asimismo juzgamos que, habida cuenta del nivel de formación especializada de los alumnos a los que va dirigido (mucho menor en el caso de estudiantes de la Licenciatura en Dirección y Administración de Empresas) no es oportuno el empleo del método del caso en su vertiente más pura, que llevaría a utilizar supuestos reales sin aditamentos ni tamices, pues su complejidad podría ser excesiva para unos estudiantes que requieren de una aproximación más paulatina y didáctica a los temas objeto de estudio. Razón por la cual nos parece más oportuna una aproximación más específica a temas que se juzgan claves para su formación.
Técnicas Avanzadas de Enseñanza e Innovación Pedagógica 28 REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS BANCO DE ESPAÑA, Memorias del Servicio de Reclamaciones, disponibles en www.bde.es. COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES, Criterios y recomendaciones de interés aplicables en la resolución de reclamaciones, disponibles en www.cnmv.es. DE MIGUEL DÍAZ, M. (coord.) (2006) Metodología de enseñanzas y aprendizaje para el desarrollo de competencias. Orientaciones para el profesorado universitario ante el Espacio Europeo de Educación Superior. Madrid. Alianza Editorial. DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES, Informes del Servicio de reclamaciones, disponibles en www.dgsfp.meh.es. JIMÉNEZ SÁNCHEZ, G. J. (coord.) (2010) Derecho Mercantil, vol. 2, 14ª edición, Editorial Marcial Pons, Madrid. OLVARRÍA IGLESIA, J., SORIA FERRANDO, J. V., Y FAJARDO GARCÍA, G. (2000) Casos y materiales de Derecho mercantil. Valencia. Editorial Tirant lo Blanch.