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Manual para la organización de bodas

Aguilar Serrano, Jacqueline

Abstract

Ante la ausencia de un manual efectivo para profesionales del sector, el objetivo principal de esta investigación es establecer un manual para la organización de bodas que pueda servir como referente en el sector empresarial de la organización de eventos, en concreto en el sector de las bodas. Para la consecución de este objetivo principal establecemos los siguientes objetivos secundarios: Elaborar un marco teórico sólido en torno al concepto de matrimonio y organización de actos y eventos, y en concreto de las ceremonias nupciales. Relacionar la ceremonia nupcial con el concepto de relaciones públicas y gestión de la comunicación en relación a la trasmisión de mensajes a los públicos del entorno. Determinar cuáles son las etapas más relevantes a la hora de organizar una ceremonia nupcial. Estimar el coste económico de una ceremonia nupcial. Establecer una hipótesis de partida que guíe la investigación. Contrastar la hipótesis de partida hasta llegar a la conclusión final.

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Universidad de Sevilla. Facultad de Comunicación. Grado en Publicidad y Relaciones Públicas. TRABAJO DE FIN DE GRADO. MANUAL PARA LA ORGANIZACIÓN DE BODAS. Autor: Jacqueline Aguilar Serrano Tutor: Marta Pulido Polo Sevilla, a Septiembre de 2019 2 MANUAL PARA LA ORGANIZACIÓN DE BODAS. 3 ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN ................................................................................................................ 5 1.1 JUSTIFICACIÓN ACADÉMICA ................................................................................... 5 1.2 OBJETIVOS ................................................................................................................... 6 1.3 HIPÓTESIS .................................................................................................................... 7 1.4 METODOLOGÍA ........................................................................................................... 7 2.MARCO TEÓRICO ............................................................................................................... 9 2.1. UNA APROXIMACIÓN AL CONCEPTO DE CEREMONIA NUPCIAL ..................... 9 2.1.1 Concepto de matrimonio ........................................................................................... 9 2.1.2 Requisitos para contraer matrimonio ....................................................................... 10 2.1.3 Funciones del matrimonio ....................................................................................... 11 2.2 LAS CEREMONIAS NUPCIALES COMO EVENTO .................................................. 12 2.2.1 El concepto de evento ............................................................................................. 12 2.2.2 Ceremonial ............................................................................................................. 15 2.2.3 Protocolo ................................................................................................................ 16 2.3 ORGANIZACIÓN DE EVENTOS ................................................................................ 17 2.3.1 Modelo del proceso de organización de eventos de Goldblatt .................................. 21 2.4 LOS EVENTOS COMO HERRAMIENTA DE COMUNICACIÓN Y TRANSMISIÓN DE MENSAJES. ................................................................................................................. 23 2.5 PÚBLICOS ................................................................................................................... 24 2.6 HISTORIA DE LAS CEREMONIAS A LO LARGO DEL TIEMPO ............................ 26 2.6.1 Prehistoria .............................................................................................................. 27 2.6.2 Edad Antigua .......................................................................................................... 27 2.6.3 Edad Media ............................................................................................................ 29 2.6.4 Edad Moderna ........................................................................................................ 30 2.6.5 Edad Contemporánea .............................................................................................. 30 2.6.6 Época actual ........................................................................................................... 30 2.7 TIPOS DE MATRIMONIO SEGÚN LA FORMA DE CELEBRACIÓN ...................... 30 2.7.1 Civil ....................................................................................................................... 31 2.7.2 Católico .................................................................................................................. 32 2.7.3 El matrimonio en otras religiones y culturas ............................................................ 32 2.7.4 Por poderes ............................................................................................................. 33 4 2.7.5 In articulo mortis .................................................................................................... 35 2.7.6 En secreto ............................................................................................................... 36 2.7.7 Matrimonio de españoles en el extranjero ............................................................... 37 2.7.8 Matrimonio de extranjeros en España...................................................................... 38 2.8 SURGIMIENTO DE LA FIGURA DEL WEDDING PLANNER .................................. 38 2.9 ETIQUETA NUPCIAL ................................................................................................. 40 2.9.1 La etiqueta en invitados .......................................................................................... 40 2.9.2 Historia y evolución del vestido de novia ................................................................ 41 2.9.3 Historia y evolución del traje de novio .................................................................... 44 2.10. SIMBOLOGÍA Y TRADICIÓN EN LAS BODAS ..................................................... 44 3. ANÁLISIS .......................................................................................................................... 48 3.1 Resultado de la observación participante y las entrevistas. ............................................. 48 3.1.1 Personas y elementos que intervienen en la celebración de una boda. ...................... 49 4. CONCLUSIONES .............................................................................................................. 75 5. CATÁLOGO DE FUENTES .............................................................................................. 77 6. ANEXOS ............................................................................................................................ 85 ANEXO 1: CÓDIGO CIVIL ............................................................................................... 85 ANEXO 2: DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR ............................................................ 107 ANEXO 3: PASOS A SEGUIR PARA ORGANIZAR UNA BODA ................................. 108 ANEXO 4: PLANNING PARA EL DÍA DE LA BODA ................................................... 110 ANEXO 5: EL VESTIDO DE LA NOVIA Y EL VELO ................................................... 111 ANEXO 6: EL RAMO DE FLORES ................................................................................. 114 ANEXO 7: EL SIGNIFICADO DE LAS FLORES............................................................ 115 ANEXO 8: SIGNIFICADO DE LOS COLORES .............................................................. 116 ANEXO 9: EL TRAJE DE NOVIO ................................................................................... 117 ANEXO 10: DISPOSICIÓN DEL SALÓN ....................................................................... 118 5 1. INTRODUCCIÓN 1.1 JUSTIFICACIÓN ACADÉMICA El sector de las bodas es un sector en auge. Las bodas son un evento privado (algunas pueden ser públicas) que requieren de una planificación y se rige por unas normas preestablecidas (el ceremonial). Aún siendo un tema que podemos enmarcar en el ámbito de la comunicación y las relaciones públicas, aún no se ha abordado como tal. Es por ello que esta investigación se centra en elaborar un manual para la organización de bodas, desde el punto de vista de la comunicación y las relaciones públicas. La materia nupcial y, por consiguiente el matrimonio, han sido abordados por muchas materias de estudio, tales como: la antropología, la sociología, el derecho, la historia y la psicología, entre otros. La organización de bodas es un excelente tema a abordar desde el ámbito de la organización de eventos y las relaciones públicas, atendiendo sobre todo al auge que ha tenido el sector en los últimos años desde el punto de vista de la evolución económica y el emprendimiento empresarial. Una ceremonia nupcial no es más que la ratificación pública del hecho administrativo. Con la celebración de la ceremonia los cónyuges pretenden comunicar ante el público el hecho de haber contraído matrimonio. El autor crítico George Bernard Shaw definió a comienzos del Siglo XX el matrimonio como una institución que mantiene unidas a dos personas ''bajo la influencia de la más violenta, más insensata, más engañosa y más transitoria de las pasiones. Se les exige que juren que permanecerán continuamente en esa condición palpitante, anormal y agotadora hasta que la muerte los separe''. Por su parte Edmund Leach, antropólogo social, ofreció un enfoque muy diferente para definir el matrimonio. Según este el matrimonio debe entenderse más atendiendo a la regulación de la propiedad que a la regulación de las relaciones sexuales y la procreación. ''El matrimonio es la serie de normas legales que gobiernan de qué manera pasan de generación en generación los bienes, los títulos y la jerarquía social'' (Leach, 1991; p. 93) En el año 1949 el antropólogo estadounidense George Peter Murdock definió el matrimonio como una institución universal que implica que un hombre y una mujer 6 vivieran juntos, mantuvieran relaciones sexuales entre sí y cooperaran económicamente. (Murdock, 1949) Para la antropóloga Suzanne Frayser el matrimonio es una ''relación en la cual un sociedad aprueba socialmente y promueve las relaciones sexuales y el alumbramiento de niños'' (Frayser, 1985; p. 248) El Real Instituto Antropológico de Gran Bretaña hizo su propio intento por describirlo. Concentrándose en la función que le cabe al matrimonio en la determinación de la condición y los derechos de los niños, el instituto lo definió como «una unión entre un hombre y una mujer por la cual se reconoce como fruto legítimo de ambos miembros de la pareja a los hijos nacidos de la mujer». ''El acto del matrimonio consiste en que el novio permanezca en casa de la novia después del amanecer y compartan el desayuno que ella prepare''. (María Lepowsky,1990; p.192) Para la filósofa Iris Marion Young la función del matrimonio era ''emplear a las mujeres como medios para forjar alianzas entre hombres y perpetuar sus linajes''. Las sociólogas Christine Delphy y Diana Leonard dicen que el matrimonio es una de las primeras maneras que tuvieron los hombres de beneficiarse del trabajo de las mujeres y explotarlas. Stephanie Coontz, historiadora, dice que el matrimonio es un invento humano temprano y de vital importancia. 1.2 OBJETIVOS Ante la ausencia de un manual efectivo para profesionales del sector, el objetivo principal de esta investigación es establecer un manual para la organización de bodas que pueda servir como referente en el sector empresarial de la organización de eventos, en concreto en el sector de las bodas. Para la consecución de este objetivo principal establecemos los siguientes objetivos secundarios: -Elaborar un marco teórico sólido en torno al concepto de matrimonio y organización de actos y eventos, y en concreto de las ceremonias nupciales. 7 -Relacionar la ceremonia nupcial con el concepto de relaciones públicas y gestión de la comunicación en relación a la trasmisión de mensajes a los públicos del entorno. -Determinar cuáles son las etapas más relevantes a la hora de organizar una ceremonia nupcial. -Estimar el coste económico de una ceremonia nupcial. -Establecer una hipótesis de partida que guíe la investigación. -Contrastar la hipótesis de partida hasta llegar a la conclusión final. 1.3 HIPÓTESIS La hipótesis de partida de esta investigación es que la existencia de un manual facilitará el trabajo de los profesionales de la organización de eventos, en concreto de eventos nupciales, y hará que la planificación y organización de las ceremonias nupciales sea más efectiva y consiga comunicar el mensaje a su público. 1.4 METODOLOGÍA Para llevar a cabo esta investigación se utilizarán técnicas cualitativas. La investigación se va a producir de manera simultánea y heterogénea, no hay unos pasos establecidos ni cerrados. Según Corbetta (2007, p. 302): "La técnicas de recopilación de datos de la investigación cualitativa se pueden agrupar en tres grandes categorías, basadas respectivamente en la observación directa, las entrevistas en profundidad, y el uso de documentos". En concreto, en esta investigación, se utilizarán las técnicas de observación directa, uso de documentos y entrevista semiestructurada Según Corbetta (2007, p. 305) la observación participante es una ''técnica en la que el investigador se adentra en un grupo social determinado: a) de forma directa; b) durante un periodo de tiempo relativamente largo; c) en su medio natural; d) estableciendo una interacción personal con sus miembros; y, e) para describir sus acciones y comprender, mediante un proceso de identificación, sus motivaciones''. En este caso, lpara la observación participante, la investigadora se adentra en la organización de una ceremonia nupcial real, de la mano de un wedding planner, siendo testigo de todo el proceso de organización y planificación de la ceremonia, así como de la ceremonia 8 como tal. De esta observación participante se extraerá información necesaria para la elaboración del análisis. La segunda técnica utilizada es el uso de documentos. Para Corbetta (2007; p. 376), ''Un documento es un material informativo sobre un determinado fenómeno social que existe con independencia de la acción de investigador''. El uso de documentos ha sido la utilización de libros y artículos bibliográficos, definidos más adelante en la bibliografía, para la elaboración del marco teórico de la investigación. En la entrevista semiestructurada, según Corbetta, ''el entrevistador dispone de un guión, con los temas que debe tratar en la entrevista. (...), el entrevistador puede plantear la conversación de la forma que desee. En el caso de esta investigación se han realizado varias entrevistas semiestructuradas a proveedores de productos y servicios necesarios para el día de la ceremonia. Las entrevistas se realizaron de manera informal, sin unas preguntas preestablecidas, sólo manteniendo una conversación con la persona. En todo caso los entrevistados fueron avisados de que el objetivo de la conversación era extraer la información necesaria para realizar un análisis en torno a la organización de ceremonias nupciales. A continuación se detalla las personas entrevistadas: - Dependienta de boutique de vestidos de novia . -Estilista. -Gerente de joyería. -Proveedor de flores - Gerente de salón de belleza especializado en novias. - Profesional de restauración. -Wedding planner encargado de la organización de la ceremonia nupcial objeto de análisis. De todas estas entrevistas así como de la observación participante se obtuvo material necesario para abordar el análisis. 9 2.MARCO TEÓRICO 2.1. UNA APROXIMACIÓN AL CONCEPTO DE CEREMONIA NUPCIAL Siguiendo a Pérez Porto y Merino1, una ceremonia nupcial es un ritual mediante el cual dos personas contraen matrimonio. Este rito formaliza la unión entre dos personas ante una autoridad externa que regula y reglamenta el procedimiento, el cual genera compromisos contractuales u obligaciones legales entre las partes contrayentes, en función de la legislación vigente. La boda marca el inicio de la relación matrimonial. De la anterior definición se nos deriva directamente a la definición de matrimonio. 2.1.1 Concepto de matrimonio El matrimonio (del latín matrimonium) es la unión de dos personas que se concreta a través de determinados ritos o trámites legales. Tradicionalmente, la unión se produce entre un hombre y una mujer, aunque cada vez más estados aceptan el matrimonio entre personas del mismo sexo. Al contraer matrimonio, las partes adquieren ciertos derechos y deberes. Profundizaremos en ellos más adelante. Podemos ver, pues, que aunque conceptualmente matrimonio y boda son dos términos independientes y diferentes, no puede entenderse el uno sin el otro. Según afirma Elisa Golott (2016) 2, ''Matrimonio y boda (...) son dos ceremonias diferentes pero estrechamente relacionadas entre sí''. El matrimonio, según ella ''es la parte legal de la unión entre dos personas. Es la inscripción donde se hace fe del acto, con fecha y hora(...).'' En cambio, describe la boda como ''acto, ceremonia o celebración del matrimonio''. Según ella, las bodas son un evento que los novios lo hacen público para que el matrimonio sea reconocido ante la sociedad. Como vemos, aunque no son lo mismo, no podemos hablar de uno sin el otro, ya que sin matrimonio no habría ceremonia. Podemos concluir diciendo que el matrimonio es la parte legal mientras que la boda es la parte celebrativa. El matrimonio, al ser un acto jurídico y legal, produce una serie de efectos civiles desde su celebración, y para que sea válido es necesaria su inscripción en el Registro Civil. El matrimonio, al ser un acto jurídico y legal, se encuentra regulado en el Código Civil, en los artículos 42 a 107 (véase anexo) . Según se encuentra regulado en el artículo 57 del Código Civil, para formalizar el matrimonio es necesario que ambos contrayentes lleven un testigo mayor de edad que deberá estar presente en el momento de celebración 16 1) Acto público o privado, celebrado con solemnidad y según ciertas normas establecidas; como un casamiento, una función religiosa, la coronación de un rey o la toma de posesión de un ministro. 2) Saludo u otro acto con que se muestra amabilidad, respeto, reverencia o acatamiento a otra persona. Implica generalmente afectación o exageración. Para Otero (2009, p. 35), una ceremonia : -Es un acto externo en tanto que se manifiesta públicamente. -Es actividad sometida a un conjunto de normas coercitivamente explícitas y formales (leyes) o persuasivamente implícitas y no formales (costumbre). -Tiene por finalidad honrar u obsequiar a ciertas personas o cosas, en forma de culto (aquellas consideradas divinas) o reverencia (las profanas). -Se desarrolla con atención, respeto y afecto, de un modo externo y formal, revestido de cualidades como afectación, aparato o solemnidad.” 2.2.3 Protocolo Según la DRAE el protocolo es la “norma ceremonial diplomática o palatina establecida por decreto o por costumbre”. Para Otero (2011, p.46) el protocolo es un elemento ordenador del ámbito espaciotemporal en que se desenvuelve el poder establecido en forma de entidades y autoridades estatales y paraestatales, por lo que en primer lugar tendríamos que ceñir su campo de aplicación a aquellos eventos o aquellas ceremonias que cuenten con la participación de estas instancias como participantes, ya sean anfitriones o invitados. Para Jordi Xifra (2011, p. 42): “el protocolo que, además de constituir el conjunto de normas y usos que establecen y ordenan las mencionadas formalidades , no solo establece y ordena jerárquicamente las formalidades que se articulan en un acto y a las personas que participan en él, sino que gestiona el proceso de comunicación que genera la simbología del ceremonial que lo rodea. Así el protocolo es una muy potente técnica de creación de espacios simbólicos de poder que, recordémoslo, es uno de los fines de las relaciones públicas”. 17 Podemos decir que el protocolo es aquella parte del ceremonial que se encarga de la regulación, por norma, de los actos oficiales. Es un conjunto de normas legales. Otero (2011, p. 48) define las siguientes característica del protocolo: 1. Carácter formal: Aparece formulado como normas jurídicas y consuetudinarias que hay que cumplir. 2. Afecta al ámbito ceremonial: ordena la participación de autoridades o instituciones públicas en ceremonias públicas (no privadas). 3. Se manifiesta en dos vertientes: a) Las relaciones externas: especialmente las de carácter diplomático entre Estados y organismos interestatales y suprastatales. b) Las relaciones internas; entre las propias instituciones de Estado (los tres poderes y las tres administraciones territoriales), las organizaciones públicas y privadas y los ciudadanos. 4. Emisor oficial: solo puede otorgar normativa de protocolo el poder establecido formalmente, ya que solo el Estado y ciertas organizaciones paraestatales (UE, ONU,etc.) pueden promulgar normativas y leyes, que afectan a sus relaciones con otros países, con otros organismos y con sus propios poderes. Organizaciones particulares como empresas, fundaciones, sindicatos, asociaciones, iglesias, etc., no pueden dar normas de protocolo, pero sí normas de precedencia, honoríficas y sobre todo, ceremoniales. Las bodas, por tanto, se rigen por una serie de normas y regularidades que se han ido establecimiento por costumbre a lo largo de los siglos. 2.3 ORGANIZACIÓN DE EVENTOS La planificación estratégica es fundamental para organizar eventos. Para conseguir el éxito de la planificación, el organizador u organizadores de eventos necesita controlar una serie de aspectos concretos: evaluar y controlar el progreso de los objetivo, coordinar las decisiones en todas las aéreas y la comunicación entre ellas e inspirar y motivar a los responsables de ejecutar el plan (Bowdin, 2006; p. 118) Masterman (2004; p. 49) propone un proceso de planificación de eventos en el que se describan las siguientes etapas: 18  Objetivos: en esta etapa hay que determinar: por qué se realizará el evento, qué se quiere conseguir con él, quién obtendrá beneficio y cómo lo obtendrá y en cuanto tiempo.  Concepto: se trata de definir qué es el evento . En esta fase se elabora un esquema del evento. Para ello es necesario realizar un análisis completo de la situación de partida y de la situación de la competencia. Esta fase hace posible la identificación de las necesidades y las posibilidades del evento en cuanto a operaciones, tiempos, lugares, instalaciones, personas, etc... además de identificar las partes implicadas y los públicos a los que se dirige e evento. Tras establecer el concepto del evento hay que asegurar que se adapta a los objetivos del mismo, tanto a corto como a largo plazo.  Viabilidad: es la etapa en la que se comprueba la factibilidad del evento diseñado. En esta etapa hay que: - Identificar quién es el responsable de la consecución de los objetivos a corto y largo plazo. - Identificar los recursos necesarios: recursos humanos, instalaciones, equipos, marketing, servicios, etc... - Considerar la coordinación del evento y la implementación del mismo. - Identificar todas las posibles fuentes de recursos económicos para la celebración del evento: colaboradores, patrocinadores, venta de entradas, recursos propios, etc 19 - Realizar un presupuesto de acuerdo a los requisitos establecidos para el evento. - Realizar un análisis de costos vs beneficios. - Asegurar que se cumplen los objetivos del evento a corto y largo plazo  ¿Seguir adelante?: Esta fase es decisiva y deben estar presentes en ella todas las partes implicadas en el proceso. Se determina si es viable la celebración del evento y si va a conseguir los objetivos planteados. Si las partes implicadas deciden seguir adelante con el proceso, se pasa a la siguiente fase. En el caso de que crean necesario no seguir adelante con el proceso, se debe volver a la etapa del concepto y comenzar el proceso nuevamente.  Planificación de la implementación. Una vez decidido llevar adelante el proyecto, en esta etapa se determinan todas las operaciones estratégicas del evento, en relación a: recursos financieros, recursos humanos, proveedores, colaboradores, servicios, instalaciones, equipamiento, etc... Además, en esta etapa se debe controlar qué procesos se van a realizar para evaluar los objetivos del evento. Para ello hay que desarrollar un sistema de indicadores de eficacia que permita controlar todos los detalles de la ejecución del evento a corto plazo para alcanzar los objetivos planteados.  Implementación del evento. En esta etapa se ejecuta el plan de implementación. Comprende la celebración del evento planificado. Pero, esto no supone el final del proceso.  Entrega: Esta etapa hace referencia a la entrega de las instalaciones y/o equipamientos del evento.  Evaluación: la evaluación se realiza a partir de los objetivos planteados a corto y largo plazo. La evaluación a corto plazo se refiere a los impactos del evento en sí mismo, y a los impactos que se producen inmediatamente después del evento. La evaluación a medio y largo plazo hace referencia a los impactos producidos un tiempo después de la celebración del evento.  Retroalimentación: la evaluación del proceso no está completa si no existe un proceso de retroalimentación posterior. Hay dos tipos de retroalimentación. - Retroalimentación producida durante la organización del evento. Es repetitiva, puesto que se realiza en todas las etapas del proceso. - Retroalimentación posterior al evento o a partir de la evaluación final. 20 Ambas generan informaciones muy valiosas para la organización de eventos posteriores. Bowdin (2006; p. 124-135) plantea que el plan estratégico tiene que incluir una serie de variables: - Propósito, Visión y Misión: a la hora de organizar un evento es necesario, como mínimo, definir el propósito y la visión del mismo. La definición de estos conceptos debe ser breve, precisa y motivacional. La definición de la visión describe o que el evento pretende ser y lo que trata de conseguir a largo plazo. La definición de la misión tiene que describir el cometido que la organización del evento tiene que realizar. Si se ha definido una visión para el evento la misión tiene que ser vista en términos de cumplimiento de dicha visión. - Objetivos: podemos diferenciar los objetivos principales (metas) de los objetivos secundarios. Los objetivos principales son conceptos generales que buscan aportar una dirección a la organización del evento. Los objetivos secundarios son utilizados para cuantificar el progreso hacia la consecución de las metas. Esto permite a los organizadores del evento establecer qué aspectos de la planificación ayudan a la consecución de las metas y cuáles no. - Análisis de la situación: consiste en realizar una investigación a partir de una primera definición del concepto del evento. Esta investigación trata de encontrar las habilidades y fortalezas internas de la propia organización y las oportunidades y amenazas que ofrece el entorno. Para ello hay que analizar el entorno: político-legal, económico, sociocultural, tecnológico, demográfico, físico y competitivo. - Opciones estratégicas: a partir del análisis de la situación se pueden extraer una serie de conclusiones que aporten información fundamental para la selección de las estrategias a seguir. Las estrategias deben utilizar fortalezas, minimizar debilidades, evitar amenazas y aprovechar las oportunidades identificadas en el análisis. Se presentan varias opciones estratégicas alternativas y el organizador debe decidir por cuál de ellas optar - Selección y evaluación de la estrategia: algunos especialistas en gestión (Thompson y Martin, 2005; Johnson, Scholes y Whittington, 2005 en Bowdin (2006). Events Management.) consideran que las diferentes alternativas 21 estratégicas pueden ser evaluadas a partir de tres criterios básicos: idoneidad, viabilidad y aceptabilidad.  Idoneidad: hace referencia a que las estrategias seleccionadas y sus componentes deben ser consistentes. Las estrategias por las que se opte deben complementarse unas a las otras y ser consistentes respecto a entorno, los recursos y los valores de la estructura organizacional del evento.  Viabilidad: significa que la estrategia propuesta tiene que funcionar de manera práctica, considerando para ello los recursos disponibles y tiene que encontrar los factores claves para el éxito.  Aceptabilidad: hace referencia a que las estrategias tienen que ser capaces de conseguir los objetivos propuestos. - Planes operativos: una vez aceptadas las opciones estratégicas es momento de comenzar la implementación del plan. Dependiendo de la complejidad del evento puede que sea necesario establecer diferentes planes operativos, para las diferentes áreas de actuación. El plan operativo debe incluir: un programa o plan de acción, detalles de las responsabilidades individuales de cada aspecto del plan, un sistema de control y monitorización de los aspectos fundamentales, presupuesto incluido y una asignación de recursos. - Sistemas de control: una vez implementado el plan operativo es necesario poner en marcha algún sistema para asegurar que las acciones está funcionando conforme al plan. Estos mecanismos deben permitir contrastar que los objetos se van cumpliendo. - Evaluación del evento y retroalimentación: es la forma de ver si un evento ha sido un éxito o no. Consiste en delimitar cual ha sido el resultado de los esfuerzos realizaos y el resultado de la implementación del evento, en relación a los objetivos planteados. La retroalimentación es esencial puesto que aporta a todas las partes implicadas información sobre los problemas y deficiencias del proceso de planificación, lo que permitirá incluir mejoras en los próximos eventos. 2.3.1 Modelo del proceso de organización de eventos de Goldblatt Goldblatt (2005; p. 38 a 62)considera que la organización de eventos tienen cinco etapas claves: investigación, diseño, planificación, coordinación y evaluación. 22 - Investigación: en ella el organizador debe realizar un análisis de la situación exhaustivo, y dicho análisis debe permitir responder a 6 preguntas clave:  ¿Por qué debemos hacer el evento?  ¿Quiénes van a ser los implicados en el evento?(Organizadores patrocinadores, colaboradores e invitados)  ¿Cuándo tiene que ser el evento? (Fechas ideales y tiempo necesario para su organización)  ¿Dónde debe desarrollarse el evento?  ¿Qué es lo que tiene que producir el evento? (Es recomendable conocer las necesidades, expectativas y deseos de los asistentes al evento) Además, en esta investigación hay que encontrar oportunidades y amenazas, y fortalezas y debilidades del evento. - Diseño: una vez realizado el análisis de la situación y determinada la viabilidad del evento es el momento de comenzar con el proceso de diseño del evento. Consiste en utilizar la capacidad creativa de los organizadores para darle forma. Es la fase donde se pone la creatividad al servicio de los objetivos del evento. Hay que diseñar, además, todos los recursos de los que se dispone para materializar el evento. Una vez diseñado el evento y vito que se cumplen los objetivos deseados hay que ver si es viable celebrarlo. - Planificación: es el periodo más largo de todo el proceso. A partir de la investigación realizada y del diseño del evento es necesario desarrollar un procesos de planificación detallado. Para ello se ejecutará un calendario de acción y un documento detallado de los espacios y recursos necesarios. En esta etapa el organizador u organizadores desarrolla tofo los pasos a seguir para organizar el evento, detallando los tiempos y los recursos necesarios. - Coordinación: la fase de coordinación tiene lugar en la celebración del evento en sí. Durante el desarrollo del evento los organizadores tienen que coordinar todas las acciones que se planificaron en la anterior etapa y deben hacer funcionar de forma adecuada todos los recursos puestos en escena. - Evaluación: en esta etapa se debe analizar el resultado del evento. Para que la evaluación sea efectiva se debe evaluar cada parte del proceso, para saber en cuál de ellas están los aciertos u errores. Las partes que deben decidir qué aspectos del evento van a ser evaluados en función de los objetivos son el 23 organizador y las partes interesadas. En esta fase hay que decidir qué información se requiere para mejorar la planificación y así implementar mejoras de estrategias futuras. 2.4 LOS EVENTOS COMO HERRAMIENTA DE COMUNICACIÓN Y TRANSMISIÓN DE MENSAJES. ''El evento es la nueva herramienta que utilizan las empresas para la presentación de sus productos y servicios. Es la nueva carta de presentación de una marca. Con la organización de un evento se pueden alcanzar los objetivos estratégicos de la compañía''.(Gandiaga3, 2017) Campos (2008; p. 24) afirma que el evento puede conseguir comunicación e impacto porque lo hace a través de múltiples canales y experiencias vivenciales, con los cinco sentidos, mediante audiovisuales, espacios, aromas, texturas, decoración, música, etc... El evento permite captar la atención del público directamente y durante más tiempo que la publicidad, además de generar un marco para la interrelación y el contacto directo. La experiencia genero un recuerdo de mayor intensidad y más duradero que el recuerdo que generan otros medios. En este sentido se pronuncian Herrero y Campos (2010; p. 3) que señalan que los eventos, además de comunicar, traslada la imagen, el estilo y la responsabilidad social corporativa de una organización, permiten la interrelación con los skateholder, parte 24 fundamental de la planificación estratégica de la comunicación y generan experiencias, por lo que se convierten en herramienta estratégica en la comunicación de las organizaciones. Un evento no sólo sirve para trasmitir mensajes al público en general, sino que puede segmentarse para llamar la atención de grupos específicos, o incluso sirven para transmitir a los mismos asistentes una serie de valores, pasando de la mera comunicación a la creación de emociones y sensaciones. Esta es otra forma de transmisión de los objetivos de un evento. (Herrero, 2011: p. 63) Desde la perspectiva del marketing Mottard señala que los eventos son, ante todo, una herramienta para comunicar un mensaje a un público muy selecto. El mensaje, al ser transmitido en un evento, multiplicará su impacto: la prensa, los distribuidores, los comerciales, líderes de opinión, etc... (Mottard en Ortega e Izaguirre (2010); p.67). Para Palomares, gerente de Comunicación Comercial y Marketing Relacional de Telefónica España, en la Revista Protocolo (2011; p.8), ''los eventos tienen un claro componente estratégico, ya que permiten generar espacios y momentos de encuentro de gran valor con los distintos skateholders''. 2.5 PÚBLICOS Las relaciones públicas tienen muy en cuenta los públicos implicados, sean organizaciones o personas. Según Blumer (1946) un público es u grupo de individuos que: 1. Se ve enfrentado a un problema o tema. 2. Está dividido en sus ideas respecto a la manera de hacer frente a este problema. 3. Discute sobre el tema. En 1927 Dewey propone una definición similar. Para este un público es un grupo de personas que: 1. Se enfrenta a un problema. 2. Reconoce que el problema existe. 3. Se organiza para hacer algo respecto al problema. 25 Grunig, en su libro ''Dirección de relaciones públicas'' (2000) y partiendo de las definiciones anteriores define el público como un ''sistema libremente estructurado cuyos miembros detectan el mismo problema o tena, interactúan, ya sea cara a cara o por medio de canales interpuestos, y se comportan como si fueran una sola unidad''. Bernays (2006) habla de la importancia de definir de manera correcta los públicos y responder cuestiones favorablemente. Solo así el relacionista público conseguirá la fidelidad del cliente. Esman (1972) considera que los vínculos vitales para la organización son los funcionales, normativos, difusos o posibilitadores. Los funcionales son con organizaciones que proporcionan inputs y toman outputs , los normativos se establecen con organizaciones que comparten problemas y valores con ellos, los posibilitadores se mantienen con organizaciones y grupos sociales que dan autoridad y recursos necesarios para la existencia de la organización y los difusos se dan con elementos que no se encuentran identificados con claridad. Identificar y analizar los públicos de la organización es fundamental en relaciones púbicas. De hecho, tal y como comenta Míguez (2010; p.99), las primeras fases del modelo de Grunig y Repper se centran en identificar grupos genéricos en función de su involucración con la organización para identificar cuáles son los grupos que constituyen los públicos de la organización. Una vez establecidos los públicos se analizan para extraer datos concretos. Conocer las características del publico es fundamental para establecer los objetivos del programa de relaciones públicas de la organización. Grunig establece una clasificación de públicos según su grado de participación y de actuación (de menos activo a más activo): - No público: público que no tiene consecuencias sobre la organización ni esta sobre ellos. La organización, mediante sus acciones, no busca repercutir en ellos. - Público latente: es aquel que se enfrenta a un problema pero no reconoce que este exista , por lo que no hacen nada al respecto. - Público informado: es aquel que se sabe que se enfrenta a un problema pero no hace nada al respecto. - Público activo: es aquel que se enfrenta a un problema, reconoce que existe y además se organiza para hacer algo al respecto. 32 público y solemne; público porque tiene que celebrarse ante el autorizante del matrimonio y los testigos, y solemne porque debe ajustarse a los requisitos y solemnidades establecidas por la ley para que sea válido. Hasta la ley 13/2005 los matrimonios debían ser obligatoriamente entre un hombre y una mujer. Hoy en día pueden contraer matrimonio las personas del mismo sexo gracias a la modificación del artículo 44 del Código Civil tras añadirle el segundo párrafo. ''El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio conforme a las disposiciones de este Código. El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo''. (Artículo 44 del Código Civil). Este segundo párrafo fue añadido por la Ley 13/2005, del 1 de Julio. 2.7.2 Católico ''(...) la materia relativa al matrimonio canónico se regula en los cánones 1055 a 1165, ambos inclusive del Código de Derecho Canónico, promulgado el 25 de Enero de 1983(...)''. (Monserrat Quintana, 2011; p. 151). Siguiendo a Monserrat Quintana, un mes antes de la celebración del matrimonio los cónyuges deben solicitar el Expediente Matrimonial. Este expediente se entrega en la parroquia donde se celebrará la boda. Tras ella, los cónyuges deben entregar el certificado de matrimonio Canónigo firmado por la parroquia en el registro civil para obtener el libro de familia y así dar validez al matrimonio. Los elementos esenciales del matrimonio son el consentimiento y el vínculo. Este consentimiento implica que las partes que lo emiten no esté afectadas por ningún impedimento y que exista mutua aceptación para contraer matrimonio. (Monserrat Quintana, p. 153). Según el Canon 1057 / 2, ''el consentimiento es el acto de voluntad por el cual el varón y la mujer se entregan y aceptan mutuamente en alianza irrevocable para constituir el matrimonio'' 2.7.3 El matrimonio en otras religiones y culturas Además del matrimonio religioso católico, pueden darse matrimonios de otras religiones y culturas. En España actualmente conviven personas de muchas nacionalidades y religiones distintas. Aunque las bodas más comunes son la civil y la 33 religiosa católica, también tienen lugar bodas de otras religiones y costumbres que a continuación veremos. El artículo 16 de la Constitución Española dice que : ''Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones''. La ley Orgánica 7/1980, del 5 de julio, regula la libertad religiosa. España es un estado aconfesional, es decir, que no se adhiere a una religión específica. Y, aunque el catolicismo es la religión dominante, no es la oficial. El protestantismo, el islamismo y el judaísmo son confesiones religiosas mucho arraigo en España. ''Los matrimonios celebrados ante entidades religiosas que gocen de personalidad jurídica de derecho público producirán los mismos efectos que el matrimonio civil, siempre que cumplan con los requisitos contemplados en la ley, desde su inscripción ante un Oficial del Registro Civil''. Artículo 20 de la Constitución Española. Los cónyuges deben presentar en el Registro Civil para la inscripción del matrimonio los siguientes documentos, dentro de un plazo de ocho días: -El acta que otorgue la entidad religiosa que acredite la celebración del matrimonio y el cumplimiento de las exigencias que la ley establece para la validez del matrimonio -Nombre y edad de los contrayentes y los testigos. -Fecha de celebración Si la inscripción no se lleva a cabo en el plazo fijado el matrimonio no producirá efectos civiles. 2.7.4 Por poderes El matrimonio por poder, según Puig Ferrior (1991; p. 289) ''implica la posibilidad de que uno de los contrayentes pueda manifestar el consentimiento matrimonial, no él 34 personalmente, sino valiéndose de una tercera persona, que actúa como representante voluntario del contrayente en virtud de un apoderamiento que éste le ha conferido''. Según Máchelin Díaz7 (2017), abogada de extranjería, ''el matrimonio por poder es un trámite difícil y las autoridades competentes no lo conceden fácilmente debido a que presumen que en algunos casos puede tratarse de matrimonios de conveniencia, con el fin de obtener la documentación necesaria para residir legalmente en España o en la Unión europea''. El matrimonio por poderes está regulado en el Artículo 55 del Código Civil. El actual Artículo 55 del Código Civil debe su tenor a la Ley 35/1994, del 23 de Diciembre. De acuerdo con este artículo, no existe posibilidad de que ambos contrayentes se encuentren ausentes y otorguen un poder, puesto que, tal y como en él se recoge, ''siempre será necesaria la asistencia personal del otro contrayente''. Sólo se autoriza este tipo de matrimonio cuando uno de los contrayentes no se encuentra en el lugar de celebración, sea cual sea el motivo de dicha ausencia. En cambio, y según se expresa Lasarte Álvarez (2009; p. 50) ''no se podrán acoger a dicho matrimonio aquellos sujetos en que concurran determinadas eventualidades que impidan a uno de los contrayentes a acudir a su enlace'', como por ejemplo una enfermedad o discapacidad. Un poder es un documento público autorizado por un notario que permite a una persona, física o jurídica (poderdante) designar a otra como su representante (apoderado) de modo que pueda actuar en su nombre en determinados actos jurídicos. Tal y como determina el Artículo 55 del Código Civil, para este tipo de casos debe ser un poder especial. Además, este poder se debe otorgar de forma auténtica es decir, debe constar en documento público. De no ser así, ''el poder será nulo y no legitimará la celebración del matrimonio''. (Verdera, 2011; p. 255) Según Verdera, la declaración de voluntad que supone el poder tiene un carácter recepticio, por tanto, tiene que tener conocimiento de la situación no solo el apoderado, sino también el otro contrayente. 35 Según el art. 55.2 del Código Civil: ''En el poder se determinará la persona con quien ha de celebrarse el matrimonio, con expresión de las circunstancias personales precisas para establecer su identidad''. ''En el poder deben reseñarse, como mínimo, las menciones de identidad del otro cónyuge, entendiendo por tales (según el art. 12 del Reglamento del Registro Civil) el nombre y apellidos del cónyuge presente, nombre de los padres, número del documento nacional de identidad, naturaleza, edad, estado, domicilio y nacionalidad''. 2.7.5 In articulo mortis El matrimonio en peligro de muerte o ''in articulo mortis'' es aquel que se produce cuando uno o ambos contrayentes se encuentra en situación de peligro de muerte. El matrimonio en peligro de muerte se encuentra regulado en el Artículo 52 del Código Civil.'' El sujeto ha de encontrarse en una situación tal que la muerte pueda considerarse próxima según un examen racional de las circunstancias; así ocurrirá antes de la realización de una delicada intervención quirúrgica, o en presencia de sucesivos ataques de carácter grave que pueden reiterarse según dictamen médico''. (García Cantero, 1982; p. 111) El artículo 52 dice que dadas las circunstancias en las que se celebra no requiere previa formación de expediente para autorización. En cambio, si será necesaria la presencia de dos testigos mayores de edad, salvo imposibilidad acreditada. Esta flexibilización viene dada por el carácter de urgencia. Según recogen Moro Almaraz y Sánchez Cid (2005, p. 98), aunque la urgencia del caso exime la formalización del expediente previo, habrá que garantizar por quien celebre el matrimonio y los testigos la capacidad suficiente de los contrayentes para prestar válido consentimiento matrimonial. Siguiendo a Paniza (2011, p. 239) la persona que puede autorizar un matrimonio en peligro de muerte cambia en función de la situación. En general, un matrimonio en peligro de muerte puede autorizarlo el Juez encargado del Registro Civil, el delegado o el Alcalde. Pero, pueden darse varias situaciones excepcionales en las cuales está legitimado que la persona que los autoriza sea distinta, salvo que entre los presentes haya algún juez: 36  En caso de militares en campaña pueden autorizarlo el Oficial o el Jefe Superior inmediato.  En el caso de matrimonios celebrados a bordo de una nave o acronave, puede autorizarla el Capitán o Comandante de la misma. La persona que autoriza el matrimonio debe comprobar, en la medida de sus posibilidades, la capacidad del contrayente o contrayentes en peligro de muerte para prestar un consentimiento matrimonial válido. En el momento de la inscripción del matrimonio, y tal y como se recoge en el Artículo 65 del Código Civil, también se debe comprobar que se cumplen todos los requisitos legales para que el matrimonio sea válido. El juez o funcionario encargado del registro debe comprobar, antes de la inscripción, que concurren los requisitos legales obligatorios para que el matrimonio sea válido. Esto es un control a posteriori con el objetivo de evitar que se inscriban matrimonios que no cumplen los requisitos necesarios para su validez. En el caso de que no se hayan cumplido los requisitos, el matrimonio no podrá ser inscrito y por tanto no se considerará válido.( Paniza; 2011; p. 243) 2.7.6 En secreto El matrimonio en secreto se encuentra regulado en los artículos 54 y 64 del Código Civil. Según recoge el artículo 54: ''Cuando concurra causa grave suficientemente probada, el Ministro de Justicia podrá autorizar el matrimonio secreto. En este caso, el expediente se tramitará reservadamente sin la publicación de edictos o proclamas'' El matrimonio en secreto tiene unas normas distintas en cuanto a inscripción, reconocimiento y publicidad. El artículo 64 del Código Civil hace referencia a la inscripción y el reconocimiento. Según este, ''Para el reconocimiento del matrimonio secreto bastará su inscripción en el libro especial del Registro Civil Central'' . Los matrimonios celebrados en secreto se inscriben en el Libro Especial del Registro Civil Central, en lugar de en el Registro Civil Ordinario como los demás matrimonios, a efectos de salvaguardar el secreto. El acta, además, no produce asiento ninguno y es remitido inmediata, original y reservadamente al Registro Civil Central. Según García Cantero, el matrimonio secreto tiene un régimen especial de publicidad que provoca un modo especial de producir efectos civiles. Podemos decir, pues, que la característica principal de este tipo de matrimonios y que lo diferencia de los demás es la falta de publicidad. (1982; p. 166) 37 En este tipo de matrimonio es necesaria la formalización de expediente previo, pero este se instruirá sin ningún tipo de publicidad. Así lo recoge el artículo 54 del Código Civil: '' En este caso, el expediente se tramitará reservadamente, sin la publicación de edictos o proclamas''. Siguiendo a Paniza (2011; p. 245) es el Ministro de Justicia quien puede autorizar esta forma de celebración siempre y cuando concurra una causa grave probada. Resulta muy difícil elaborar una lista de causas graves, puesto que esto depende de las circunstancias personales, sociales, familiares, etc... y es la autoridad competente en cada caso concreto la que debe valorar la situación y decidir. Esta forma de matrimonio también está permitida en el derecho canónico y está regulado en los cánones 1130 a 1133. Este matrimonio puede ser celebrado por causa grave y urgente y se anotará en un registro especial. Los matrimonios celebrados en secreto de forma canónica se inscribe en el Libro Especial de la Curia. 2.7.7 Matrimonio de españoles en el extranjero Siguiendo a Garau (2011, p. 210) cualquier español puede contraer matrimonio fuera de España pero, para que ese matrimonio surta efectos civiles en España debe ser inscrito en el Registro Civil Español. Según se encuentra reflejado en el artículo 49 del Código Civil, un español puede contraer matrimonio fuera de España (con otro español o con un extranjero) ante del mismo cuerpo legal, el funcionario diplomático o consular encargado del Registro Civil en el extranjero, en la forma religiosa legalmente prevista y también con arreglo a la forma establecida por la Ley del lugar de celebración. Los requisitos de capacidad y consentimiento dependen, en cada caso, de lo establecido por la ley del lugar de celebración del matrimonio. El papel de las normas españolas se limita a establecer las condiciones necesarias para que tales matrimonios pueda ser registrados en el Registro Civil Español.(Garau, 2011; p. 211) En cuanto a la inscripción en el Registro Civil Español, el artículo 65 del Código Civil recoge que el matrimonio celebrado en el extranjero ante una autoridad local puede tener acceso al Registro Civil Español una vez que el encargado del mismo haya comprobado que se cumplen los requisitos legales para su celebración. 38 2.7.8 Matrimonio de extranjeros en España Aquí debemos distinguir entre una pareja en la que ambos cónyuges sean extranjeros o una pareja de una persona española y una extranjera. El artículo 50 del Código Civil establece que ''si ambos contrayentes son extranjeros, podrá celebrarse el matrimonio en España con arreglo a la forma prescrita para los españoles o cumpliendo la establecida por la ley personal de cualquiera de ellos''. Siguiendo a Garau (2011; p. 218) si sólo uno de los contrayentes es extranjero y el otro cónyuge es español pueden contraer matrimonio en España exclusivamente ante el Juez, Alcalde o funcionario señalado por el artículo 49, así como en la forma religiosa legalmente prevista. El artículo 56 del Código Civil establece que ''quienes desean contraer matrimonio acreditarán previamente, en expediente tramitado conforma a la legislación del Registro Civil, que reúnen los requisitos de capacidad establecidos en este Código''. 2.8 SURGIMIENTO DE LA FIGURA DEL WEDDING PLANNER El sector de las bodas es un sector en auge. Las cifras lo demuestran. Paola Herrera, de A-tipica (Empresa dedicada a la organización de bodas a nivel nacional) destaca que ''el sector de las bodas ha crecido enormemente''. Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), en 2018 se celebraron 163.430 bodas en España. Según el Libro blanco de las bodas (Blanco, E. ; El libro de las bodas: Protocolo y organización de las ceremonias matrimoniales) , el 57% de las bodas celebradas en España tiene entre 100 y 200 invitados, y el 21% supera los 200 invitados. Según Bodas.net, el gasto medio de una ceremonia nupcial se sitúa en torno a los 20.000€, una cifra bastante elevada teniendo en cuenta la cantidad de bodas que se celebran. El año 2018 fue un año prometedor para los wedding planers en España, y la tendencia de crecimiento sigue a la alta. Aunque la figura del wedding planner está bastante arraigada en España, ''aún queda un largo camino en España, en comparación con otros países para valorar la importancia que pueden llegar a tener las empresas de wedding planner. El concepto está normalizado pero todavía se desconoce hasta qué punto les podemos ayudar en una boda En algunas ocasiones, cuesta que se reconozca nuestra labor. (Greta Navarro, fundadora de Seven Wedding, empresa dedicada a la organización de bodas a nivel nacional) 39 Según un estudio elaborado por Bodas.et en Abril de 2017, cabe destacar que el sector nupcial está creciendo por encima del resto de sectores. Se identifica un sector en proceso de profesionalización y aumento de la calidad, tanto desde la propuesta declarada por el sector como la percibida por el cliente. Además, según Cruz8, las empresas del sector nupcial están encontrando un hueco dentro del comercio electrónico, aprovechando así sus ventajas para organizar bodas a través de internet. El termino wedding planner se usa para denominar a los organizador de eventos nupciales. Las épocas se han transformado y la falta de tiempo hace que cada vez sean más las personas que acuden a estos servicios, no por no querer organizar su boda, sino con el propósito de delegar en manos de un experto situaciones por las que no muchos están preparados a atravesar.(Méndez, 2012) Según Rivera, originalmente el término wedding planner surge en Estados Unidos, en los años 50. La figura del wedding planner nace de la falta de tiempo de los novios para organizar su ceremonia y la necesidad de que un profesional les ayudase con todo el proceso. Una de las propulsoras fue Martha Stewart. Martha fue una de las primeras en crear una marca dedicada a las bodas: Martha Stewart Wedding, y lanzó un magazine con tips y secretos para las futuras parejas a la hora de organizar su boda. Compartía conocimientos y datos de utilidad para los futuros novios. Marta Stewart Wedding se lanzó como una publicación anual en 1994 y se expandió a publicación trimestral en 1999. Podemos observar, pues, que al figura del wedding planner surge a finales del siglo XX, pero no es hasta el siglo XXI, cuando alcanza importancia. El primer país Europeo en incorporar esta profesión fue Inglaterra, y posteriormente se instauró en: Alemania, Italia y Francia. En España aparece en el año 2000. Las primeras ciudades en implantar esta figura fueron Madrid y Barcelona. El año 2009 fue un año decisivo para esta profesión y se produjo un ''boom''. Aparecieron muchos profesionales del sector nupcial y desde ese año ha seguido creciendo notablemente el número de profesionales dedicados al sector. La finalidad de contratar un wedding planner reside en poder derivar seguimientos y problemáticas típicas que acontecen antes y durante el día del evento. Se evita así el 40 estrés que pueda ocasionar tanto la elaboración del montaje como el desarrollo del evento. (Rivera, 2010) 2.9 ETIQUETA NUPCIAL Según protocolo.org, ''el vestuario de los novios es una de las cuestiones más importantes en la organización de una boda. Sobre todo, el vestido de novia(...). Su vestuario puede varias (...) en función del tipo de boda a celebrar y la categoría de la misma (...)'' - Ceremonia civil: vestidos más ceremoniosos, sin escote y con manga. - Ceremonia religiosa: vestidos normales, generalmente suelen parecer más un vestido de fiesta. - Ceremonia de día: telas sencillas, como el lino y el algodón, y poco brillantes. Vestidos lisos y sin detalles brillantes. - Ceremonia de noche: telas brillantes, como el satén, el raso la seda, brocados, pedrerías y adornos de perlas. - Ceremonia de invierno: telas fuertes y abrigadas, mangas largas, pocos escotes y espaldas cerradas. - Ceremonia de verano: telas frescas, mangas cortas o vestido sin manga, escotes amplios y espaldas abiertas. ''El novio suele vestir de traje. Los trajes suelen ser vestuarios clásicos y poco dados a innovaciones como ocurre en el caso de los vestidos de novia''. (Protocolo.org). El novio puede vestir de etiqueta, con un chaqué o un frac, o vestir esmoquin, aunque el esmoquin es un traje de fiesta y no de ceremonia. 2.9.1 La etiqueta en invitados Ríos Pak , en bodas.com, se pronuncia acerca del código de vestimenta en invitados de boda. Según ella, los novios ''tendrán que especificar el código de vestimenta en las invitaciones de boda. - Dress code casual o informal: permite que os invitados puedan portar su propio estilo vistiendo. Ellas pueden llevar lo que más les guste, siempre y cuando sea apropiado para una fiesta nupcial. Ellos llevarán traje sin corbata. 41 - Dressy casual o semi informal: etiqueta propia de eventos poco formales como cenas o cocteles. Colores claros para el día y oscuros para la tarde noche. Ellas deben llevar vestidos de coctel, faldas y vestidos con largo midi (entre rodilla y tobillo). Zapato cerrado, preferiblemente stilettos. Ellos vestirán traje, con o sin corbata, y zapatos formales. - Black tie optional o formal: código más utilizado en cremonias clásicas y elegantes. Ellas pueden vestir largos elegantes, de tejidos con brillo sutil, con detalles de pedrería. Zapato alto, ya sea abierto o cerrado. Ellos llevarán traje de dos o tres piezas en colores oscuros con corbata y zapatos oscuros. - Black tie o de etiqueta: exclusivo para bodas de noche y cenas de gala. El vestuario debe ser respetado. Las invitadas deben vestir vestidos de noche largos con mangas y con bordados, lentejuelas, brillos o pedrería. Esto es un must en los eventos de etiqueta. Ellos deben vestir frac o esmoquin. - White tie o etiqueta rigurosa: en los eventos de etiqueta rigurosa los invitados deben lucir impecables. Ellas deben llevar vestido largo hasta el suelo, colores oscuros y accesorios elegantes. Ellos deben llevar frac o esmoquin negro. - Gala: es el código de etiqueta más formal y riguroso. Ellas deben llevar vestidos de noche largos, hasta el suelo, con escote sutil y tirantes. El diseño del vestido debe ser lujoso, con lentejuelas, pedrerías o brillantes. El zapato debe ser alto, aunque no son visibles con el largo del vestido. Ellos deben llevar frac, chaqué o esmoquin. 2.9.2 Historia y evolución del vestido de novia El vestido utilizado por las novias el día de la ceremonia ha evolucionado notablemente hasta nuestros días. Aunque en la mayor parte de la historia las novias han vestido de blanco, es cierto que'' hace unos cuantos siglos el blanco era el color del luto''. (Ramírez9, 2018). Siguiendo a Parra10 (30 de septiembre de 2016), en su artículo ''La historia del vestido de novia a través del tiempo'', podemos describir la siguiente evolución en el vestido utilizado por las novias para el día de su ceremonia: En Grecia y Roma las novias usaban vestidos de color blanco. Iban cubiertas con una túnica de color naranja o azafrán y una corona de flores en el pelo. En la Edad Media la falta de higiene era una característica general compartida por toda la sociedad, fuera cual fuese la clase social. Es por ello que las bodas se celebraban al 48 la leyenda, ahuyentar a los malos espíritus que pueden intervenir en el futuro de la pareja. 3. ANÁLISIS 3.1 Resultado de la observación participante y las entrevistas. La organización de una ceremonia nupcial conlleva la consecución de una serie de pasos. Para analizar la organización de un evento de estas características y ver su relación con la organización de eventos y las relaciones públicas se va a seguir el modelo del proceso de organización de eventos de Goldblat definido en el marco teórico. En este caso se va a tomar como referencia una ceremonia organizada por un profesional del sector nupcial. 1. Investigación: en la fase de investigación el wedding planner realiza una entrevista a los novios para establecer qué objetivos quieren conseguir con su ceremonia, dónde quieren celebrarla, cuándo ha decidido celebrarla y conocerlos en general un poco más para ver qué pretenden conseguir con la celebración de su boda y diseñarlo todo en función de sus gustos y preferencias. 2. Diseño: en esta fase el organizador, tras haber realizado la entrevista previa, comienza a diseñar la boda. El organizador en esta fase busca los proveedores para la boda y una vez lo tiene todo planificado se reúne con los novios para que decidan si todo les gusta y quieren seguir adelante. 3. Planificación:una vez los novios han dado el visto bueno a todo es el momento de comenzar la fase más importante. En la fase de planificación el wedding planner elabora un calendario de acción para no dejar atrás ninguna actividad, y comienza a contratar proveedores, y a cerrarlo todo para la celebración del evento. 4. Coordinación: esta fase tiene lugar durante la celebración del evento. El día de la ceremonia el wedding planner se encarga de coordinar todos los elementos que intervienen en el día de la boda y así asegurar que todo sale a la perfección. 5. Evaluación: tras la celebración de la ceremonia, tanto novios como organizador hacen una evaluación del evento. Este paso es esencial para los organizadores puesto que les permite detectar fallos y así corregirlos para eventos futuros. 49 3.1.1 Personas y elementos que intervienen en la celebración de una boda. A continuación vamos a analizar y describir cada uno de los elementos y las personas que intervienen en la celebración de una ceremonia nupcial. Aunque no todos los elementos que vamos a ver son esenciales para la celebración de la misma, vamos a analizar los elementos que si intervinieron en la ceremonia objeto de estudio y que, según el wedding planner entrevistado para llevar a cabo la investigación, suelen repetirse. La novia Junto con el novio, es la pieza clave para la celebración de una boda. Sin novios no hay boda. Para una novia es muy importante sentirse especial en el día en el que ratifica ante todos que ha contraído matrimonio. El traje de la novia El traje de la novia suele ser uno de los elementos que genera más expectación. Tras la entrevista realizada a una dependienta de una boutique de traje de novia se extrajeron los datos suficientes para poder hablar sobre el traje utilizado por las novias el día de su ceremonia. En general, el precio de los vestidos suele ser elevado, y a las personas que deciden comprar uno para su ceremonia no suele importarle gastarse una partida económica elevada en este elemento. El día de la elección del vestido de, las novios suelen ir acompañadas de personas importantes para ella , normalmente madre, hermanas y amigas. En el caso de que los novios hayan decidido contratar los servicios de un wedding planner, este puede acompañar a la novia ese día si ella así lo decide. Los wedding planner suelen tener conocimientos en moda y estilismo, y pueden dar a la novia consejos de profesional para su elección. Algunos wedding planner ofrecen la posibilidad a la novia de buscar el vestido por su cuenta, en función de lo que la novia, en la entrevista previa, le haya indicado y ella luego va a probarse las distintas opciones que este haya elegido. También es bastante habitual, según la persona entrevistada, que las novias contraten un estilista profesional para que le ayude con su elección y le oriente sobre qué estilo, color y tejido le favorece más. El traje de la novia tradicionalmente es de color blanco, aunque cada vez más novias se decantan por trajes en otros tonos, como rosa malva, marfil, crema, nude, o blanco roto. Generalmente suelen ser tonos claros, aunque cada vez hay más novias que deciden ser atrevidas y eligen colores más arriesgados como rojo o azul pavo. 50 Las novias pueden elegir entre muchos estilos de traje diferentes. Tras la entrevista con un estilista y personal shopper profesional se establecen los siguientes tipos de vestido:  Vestido tipo sirena. Este estilo de vestido se ciñe a la cintura y al contorno del cuerpo en general, por lo que es perfecto para acentuar los cuerpos que presenten muchas curvas. Los vestidos tipo sirena son ajustados en todo el cuerpo, hasta los pies.  Vestido corte trompeta: es igual que el tipo sirena, pero a partir de la rodilla se ensanchan un poco y se abren.  Vestido corte princesa. Este estilo es uno de los más solicitados. Los vestidos corte princesa son ajustados hasta la cintura y anchos de la cintura a los pies. Es un estilo que se adapta a todos los tipos de cuerpos, y disimula vientre y caderas.  Vestido tipo imperio. Son vestidos ajustados hasta justo debajo del pecho, y que presenta caída desde la cintura hasta los pies. Suele ser el estilo perfecto para novias embarazadas. Estos vestidos tienen cierto aire romano.  Vestido tipo cenicienta. Es el estilo más espectacular y llamativo de todos. Los vestidos tipo cenicienta son muy ajustados en la parte superior del cuerpo, se ajustan al cuerpo a modo de corpiño realzando pecho y estrechando cintura y se ensanchan a partir de las caderas de la que sale una falda muy amplia y voluminosa. Es el vestido perfecto para personas con la cintura muy marcada y las caderas anchas. (Véase fotos en anexo 5) Tras varias entrevistas se ha consultado la página web de oalgunas marcas españolas reconocidas (Pronovias, Rosá Clará, Victoria by Vicky Martín Berrocal, Jesús Peiró) y se han analizado los precios de los vestidos, estableciendo que el precio medio de un vestido de novia está en unos 1.500€. Hay marcas que ofrecen vestidos más baratos y para todos los gustos, como Vertize Gala, que ofrece una gran variedad de posibilidades adaptada a todos los estilos y bolsillos. Factores a tener en cuenta a la hora de elegirlo Para elegir el vestido, las novias deben tener en cuenta varios factores. En primer lugar el tipo de ceremonia. No es lo mismo una ceremonia religiosa que una ceremonia civil. Para una ceremonia religiosa la novia debe elegir un vestido que no deje los hombros, o si elige un vestido que los deje al descubierto debe llevar algún chal 51 o chaquetilla para taparlos durante la ceremonia, además de elegir un vestido que no marque demasiado el escote. Además, la novia debe tener en cuenta la época del año en la que se celebrará la boda y si es de día o de noche. Para las bodas que se celebran en otoño e invierno se recomienda elegir un vestido con una tela que tenga más cuerpo, además de que es mejor elegir un vestido con media manga o manga larga. Para las bodas de primavera y verano vestidos de tirante o escote palabra de honor y telas más fresquitas. En cuanto a si la boda se celebra de día o de noche, para las bodas de día se suelen elegir telas más suaves, y más rígidas y formales para la noche. En tercer lugar, la novia debe tener en cuenta la forma de su cuerpo y su morfología a la hora de elegir su traje de novia ideal.  Cuerpo forma triangulo invertido. Este tipo de cuerpo se caracteriza por tener los hombros más anchos que las caderas y busto generalmente grande. Las novias que tengan este tipo de cuerpo deben buscar disimular, en la medida que se pueda, su parte superior y usar un vestido que defina las caderas.  Cuerpo reloj de arena. Hombros y caderas en la misma proporción y cintura definida. Se recomienda a las novias que tengan este tipo de cuerpo usar vestidos que queden pegados al cuerpo y que marque sobre todo la cintura. Es ideal para este tipo de cuerpos el vestido tipo sirena.  Cuerpo óvalo. Se caracteriza por ser un cuerpo más redondeado en la parte central, especialmente en la parte de la barriga. Las novias con este tipo de cuerpo deben buscar un vestido que disimule esa parte y le haga parecer más delgada. Se aconseja usar vestidos de corte imperio.  Cuerpo rectangular. Este tipo de cuerpo se caracteriza por tener el torso y la cintura poco marcados y el busto y las nalgas pequeños, es por ello que se recomienda usar un vestido que realce la cintura y cree curvas. Si la novia tiene los hombros anchos debe evitar los escotes palabra de honor, puesto que los acentuará más aún. En el caso de que tenga las caderas anchas y quiera disimularlas deberá elegir un vestido que tenga poco volumen en esa zona, y debe huir además de las telas de tul y las telas voluminosas, puesto que las acentuarán más. 52 Las telas más usadas para los vestidos de novia son el encaje, el tul, la seda y el satén. La novia cuya ceremonia ha sido objeto de estudio eligió para el día de su ceremonia un vestido blanco de corte sirena, con escote de palabra de honor y una gran cola de tul en tono rosa nude, a conjunto con el ramo, para añadir un toque de color a su look. No llevaba velo. En cuanto al calzado, portaba unos stiletto de color rojo. El calzado La novia debe buscar un calzado cómodo que pueda aguantarlo fácilmente durante horas. Generalmente el tacón medio es el calzado más usado. Muchas novias deciden usar un calzado alto con mucha plataforma, que estilizan más cuerpo y piernas y dan sensación de mayor altura. Además, algunas novias apuestan hoy en día por introducir un cazad de color en su look para hacerlo más llamativo. El rojo es el color por excelencia de calzado. Joyas Se recomienda usar joyas sencillas, que no desvíen la atención y que vayan en consonancia con el peinado y el vestido elegido. Tras la entrevista realizada al dueño de una joyería podemos concluir que el color plata es el color por excelencia de las joyas para novias, y generalmente se eligen piezas que combinen la plata con los cristales de swarovski. Resulta muy común que las novias lleven joyas pertenecientes a antiguas generaciones de la familia. Según la persona entrevistada cada vez son más las novias que deciden ir a una joyería a que le restauren las joyas de su abuela, bisabuela o tatarabuela para lucirlas perfectas ese día y darle un toque de modernidad a esas piezas vintage. Velo El velo es un complemento esencial en las novias. Algunas deciden llevarlos sólo por detrás, a modo de cola, y otras deciden cubrir su rostro también con él. El velo, cuando cubre la parte delantera de la novia puede ser corto, que solo cubra el rostro, medio, que cubre rostro y parte superior del cuerpo, o largo, que cubre todo el cuerpo por delante. El velo delantero suele retirarse antes de la ceremonia o después de la misma, quedando ya completamente descubierta la novia por delante y cayendo todo el peso del velo en la parte trasera del cuerpo. En la parte trasera la novia también puede elegir llevarlo corto o largo. 53 La novia debe elegir el velo en función de la forma de su rostro, del peinado elegido y del vestido. Los distintos tipos de velo entre los que la novia puede elegir son los siguientes:  Velo capilla: velo largo tradicional que simula una cola. Es unos centímetros más largos que el vestido. Es el velo ideal para chicas con la cara redondeada, ya que la forma que tiene de caer sobre el rostro hará que sus facciones parezcan más delgadas. Se inicia a mitad de la cabeza.  Velo catedral: Es un velo que simula una cola más larga que el vestido, en concreto es 2 metros y medio más largo que el vestido. Es perfecto para chicas con la cara cuadrada porque suavizará la forma de su cara. Se inicia a mitad de la cabeza.  Velo de puntas al codo: es un velo cuyo largo no supera la altura de los codos. El largo del velo llega hasta la cintura de la novia por detrás. Se sujeta en el peinado de la novia y se inicia en la mitad de la cabeza. Es perfecto para chicas con el rostro ovalado.  Velo de puntas al dedo: es un velo que llega hasta la altura de los dedos, o mejor dicho, hasta las caderas de la novia. Las chicas bajitas o con las piernas cortas no deberían usarlo puesto que hará que arezca aún más pequeña.  Velo tipo fuente: es un velo bastante tradicional. Empieza en la coronilla y tiene dos capas, una que cae sobre el rostro de la novia y otra que cae sobre la espalda. En la parte delantera es más corto que en la trasera. Este estilo de velo se adapta bastante bien a cualquier tipo de rostro.  Mantilla: el largo del velo estilo mantilla va desde la parte superior de la cabeza hasta más abajo de los codos, dejando el rostro despejado por delante. Se caracteriza por tener todo el borde bordado o con apliques de encaje. Es perfecto para novias con la cara triangular.  Velo corto o blusher: velo que se pone sólo en la parte delantera, en el rostro, y cuyo largo no supra los hombros. Deja la espalda totalmente libre.  Velo francés: el velo francés es un velo corto que se pone sobre el rostro en forma de tocado. Generalmente se usan materiales como la malla o una tela tipo red. Es un velo poco convencional que suelen llevarlo las novias que optan por un estilo retro. El ramo Tras la entrevista realizada a un proveedor de flores para ceremonias nupciales concluimos que las flores más demandadas en general para ramos de novia son: 54 rosas, tulipanes, gardenias, peonías, calas, ranúculus y jazmín. Cada vez más novias demandan ramos estilo silvestre, coloridos y con flores silvestres como paniculata, margaritas, craspedia y aster, entre otras. Los colores de ramo son muy variados. La tendencia actual apuesta por ramos coloridos, originales, que mezclan tonalidades diferentes y hacen una combinación armoniosa y llamativa. Las rosas rojas y de todos pastel son también de las más demandadas. Las flores, al igual que los colores, tienen un significado, y la novia puede elegir un tipo de flor u otro en función de lo que quiera expresar o de lo que sienta. La novia, además, debe tener en cuenta a la hora de elegir su ramo el estilo de vestido elegido y su altura. En cuanto al estilo del ramo, se puede elegir entre distintos estilos de ramo. El precio va en función de la cantidad de flores que lleve el ramo y del tipo de flor.  Ramo clásico o bouquet: ramo con forma redondeada simulando la forma de media esfera. Los tallos pueden ser cortos o largos. Tienen una variante que es el ramo posy.  Ramo posy: el ramo posy es muy parecido al bouquet solo que es una forma completamente redondeada.  Ramo en cascada: en el ramo en cascada las flores caen hacia abajo simulando una cascada. Las novias que sean muy bajitas no deberían usar este ramo porque le hará parecer más pequeña aún. Además, si el vestido es muy recargado este tipo de ramo no es el más adecuado.  Ramo pageant: este tipo de ramo es muy incómodo, lo que lo hace ser el menos demandado de todos, aunque es muy elegante. Este ramo está hecho de flores con tallos extra largos. Está diseñando para llevarlo recostado al antebrazo.  Ramo arco o medialuna: el ramo arco es un ramo que se forma creando una forma semiesférica sobre alambres, dejando las flores caer de manera que sea natural y armónica. Los ramos suele ser de flores naturales, aunque algunas novias prefieren encargarlo de flores preservadas, que son flores que han sido sometidas a un tratamiento que le quita 55 la clorofila y hace que se mantengan para siempre tal y como están y no se estropeen, o incluso algunas personas deciden llevarlos de flores artificiales. El peinado y el maquillaje Para hablar de este punto se ha entrevistado a un gerente de un salón de belleza especializado en novias. Tras la entrevista concluimos que los recogidos bajos y voluminosos son el protagonista sin duda de las bodas actuales. A un lado han quedado los recogidos altos. También es muy solicitado actualmente la melena suelta, con un aire más desenfadado y algún semirecogido. A la hora de elegir el peinado para su día, la novia debe tener en cuenta que en función de la forma de su cara le favorecerá más un estilo de peinado u otro. - Si la novia tiene el rostro cuadrado (frente y mandíbula a la misma altura) se recomienda pelo suelto con ondas suaves, no muy marcadas. - Si por el contrario tiene el rostro ovalado cualquier tipo de peinado le vendría bien. - El rostro redondo se ve favorecido con cualquier tipo de peinado, siempre y cuando no aporte mayor forma redondeada ni demasiado volumen. - A los rostros triangulares (frente estrecha y mandíbula más ancha) les favorecen los peinados con mucho volumen en la parte superior para equilibrar la forma de la cara. - El rostro de triángulo invertido (frente ancha y barbilla picuda) se ve favorecido con el pelo liso recto y los peinados geométricos. En cuanto al maquillaje, lo más demandado son los tonos tierras en los ojos, con pestañas marcadas, rostro natural y labios en tonos nude, o rosados. El maquillaje de novia debe ser un maquillaje sencillo, que realce su belleza sin estar recargado. Sobre todo, es importante que la novia elija un estilo de maquillaje y unos tonos que esté acostumbrada a llevar, para sentirse cómoda ese día y verse bien. El novio El novio es la otra pieza del puzle, el otro protagonista junto con la novia. El traje del novio El novio a la hora de elegir traje no tiene tantas opciones como las mujeres. Para hablar sobre el traje del novio la investigadora acompañó al novio de la ceremonia objeto de 56 análisis a elegir su traje y así ver las distintas opciones que había para elegir. Generalmente el traje se elige con unos meses de antelación. La elección del traje del novio, aunque también importante, no conlleva tanto ritual como la elección del traje de las novia. Los novios suelen ir acompañados por su madre generalmente, y algunos con sus hermanos y hermanas. Las distintas opciones entre las que el novio puede elegir son las siguientes, ordenados de mayor a menor etiqueta: - Frac: es el traje más protocolario, el que representa la mayor etiqueta y el más elegante. Sólo se puede usar un traje tipo frac para bodas de noche y bodas con un código de vestimenta que exija etiqueta de gala. Este tipo de traje está compuesto por una levita o chaqueta corta hasta la cintura en la parte delantera del cuerpo y largo por detrás hasta las rodillas con forma de v. El traje frac incluye chaleco, camisa, pajarita y pantalón. Este tipo de traje suele encontrarse en negro, azul marino y gris. - Chaqué: es un traje muy formal que puede usarse en bodas de día. Se compone de una levita con puntas semicirculares que llegan a la altura de la rodilla. El chaqué tiene que ir acompañado siempre por un chaleco recto o cruzado, un pantalón de mil rayas verticales, corbatón de seda y camisa de doble puño. - Esmoquin: el esmoquin es un traje elegante que se puede usar en un matrimonio de noche que exija menos rigurosidad. Es menos protocolario que el frac o el chaqué, pero más elegante que el que veremos a continuación. Es esmoquin lleva una levita o chaqueta recta que va cerrada con uno o dos botones en la parte delantera. La chaqueta lleva solapas de raso o de seda. El pantalón es sencillo, con una raya lateral. Además lleva camisa con cuello, pajarita o corbata, y chaleco. El esmoquin es uno de los trajes más demandados por ser elegante a la vez que cómodo. - Terno: es el traje más común. Es más informal que los anteriores, y es ideal para matrimonios civiles. Este traje se compone de dos piezas: la levita o chaqueta y el pantalón. A veces algunos novios incorporan un chaleco, aunque no es necesario. Lleva corbata y camisa normal y puede ser de colores oscuros, como negro, azul marino o gris oscuro, o de colores claros, como el gris claro, el beige o el tono crema. 57 - Traje normal con blazer: es la opción más informal de todas. Consiste en una blazer informal, de un solo botón, abrochada y un pantalón, que puede ser del mismo color que la blazer o no. La blazer es más entallada que los trajes anteriores y puede encontrarse en diferentes texturas, estampados y colores. (Fotos en anexo 9) En cuanto a los colores, lo más habitual es negro, azul marino o gris oscuro, aunque hay posibilidades de llevar un traje de tonos claros como el gris claro o el color crema. Factores a tener en cuenta a la hora de elegirlo Para elegir el traje los novios deben tener en cuenta varios factores. En primer lugar, la época del año en la que se celebre la boda. Si la boda se celebra en otoño/invierno el traje deberá tener un tejido diferente a si la boda se celebra en primavera/verano. En invierno lo ideal son tejidos como la lana, la franela o cualquier tejido grueso. En cambio en verano se recomienda usar tejidos de algodón. En segundo lugar, debe tener en cuenta la hora de la boda. Si la boda se celebra de día exige menos rigor que si se celebra de noche, por lo que para las bodas de día se recomienda más los trajes tipo terno, aunque también se puede llevar esmoquin, y para las bodas de noche de un esmoquin para arriba. Además, debe tener en cuenta el código de vestimenta establecido y el tipo de ceremonia. Si se exige etiqueta el novio debe ir con traje frac. El novio de la ceremonia objeto de análisis eligió un esmoquin azul con un estampado de cachemir del mismo color en los bordes de la chaqueta. El calzado El calzado elegido va en función del traje. Cada tipo de traje exige un calzado distinto, según pude observar que la chica de la tienda de trajes explicaba a Iván. - Con el traje frac el calzado debe ser de charol con puntera. - Con chaqué se aconseja llevar zapatos de punta,, lisos, y que sean mates o con un poco de brillo, pero poco. - Con el esmoquin zapato de puntera de charol. - El terno se acompaña de zapato sin puntera, brillante o mate. 64 Los lugares de celebración y los wedding planner, según nos cuenta el nuestro, tienen acuerdos entre ellos y los gerentes dejan precios más bajos a los novios que vienen con los wedding planners que tienen acuerdos con ellos para asegurarse así de que llevarán a los futuros novios que a su negocio. Además, a veces las fincas o hoteles que disponen de una suite nupcial regalan a los novios la noche de la boda por haber contratado la celebración con ellos. En cuanto al catering, hay que tener en cuenta también las condiciones de pago y si tienen descuentos especiales por un mayor número de invitados. La mayoría de los catering exigen a los novios abonar una parte antes de la celebración de la misma y lo restante tras la celebración, o unos días después.  Condiciones de cancelación y reembolso. Es algo que la mayoría de las personas no tiene en cuenta pero es muy importante, puesto que nunca se sabe lo que puede pasar y cualquier motivo de fuerza mayor, como la pérdida de un familiar o enfermedad, puede suponer tener que suspender una boda. Los novios deben asesorarse sobre si el lugar y el catering elegido ofrecen cancelación y reembolso y cuanto tiempo tiene para concertar la cancelación.  Los novios deben informarse de si el lugar elegido cuenta con el menaje adecuado y la decoración deseada para el día de la boda. En el caso de que no, los novios deberán alquilar todo lo deseado a una empresa externa. En el caso de que los novios hayan contratado a un organizador de bodas, estos la mayoría de las veces disponen de menajes y decoraciones variadas. Por lo que los novios primero deben ver si alguna de las que tiene les cuadra. En nuestro caso, nuestro wedding planner cuenta con una gran cantidad de objetos de decoración que dio a elegir a los novios y fue él quien se encargó de la decoración de la hacienda.  Iluminación del espacio. Los novios deben asegurarse de que el espacio tiene la iluminación adecuada, tanto si es un espacio interior como exterior.  Aseos. Hay que comprobar que el espacio cuenta con unos aseos adecuados para el número de invitados y bien acondicionados. Además, en el caso de que en la boda hubiera algún invitado con capacidades especiales o algún tipo de minusvalía, los novios deben asegurarse de que el espacio cumple con las condiciones de accesibilidad adecuadas.  Limpieza e higiene. Es fundamental que el lugar se encuentre limpio. 65  Amabilidad del personal. Es algo muy importante, puesto que es un día muy feliz, que marcará la vida de los novios, y nada ni nadie debe amargar el día.  Temperatura. Los novios deben asegurarse de que la temperatura que ofrece el lugar es adecuada, sobre todo si la boda se celebra un día que haga demasiada calor o frío. La temperatura debe ser la adecuada para que invitados y novios se sientan cómodos y puedan tener una buena velada.  Salidas de emergencia. Es algo muy importante, puesto que en cualquier momento puede ocurrir una emergencia, y los novios deben ser conscientes de que el lugar debe tener unas salidas de emergencia bien señalizadas y que se encuentren en buenas concisiones. Además, hay que contemplar la posibilidad de que alguien precise de una ambulancia, por cualquier motivo, por eso es importante comprobar que el lugar cuenta con las entradas adecuadas.  Parking para los invitados. Esto es esencial. El lugar debe contar con un parking para los invitados capaz de albergar todos los vehículos de estos.  Si la celebración es exterior, los novios deben asegurarse de que el lugar cuenta con una carpa adicional por si el día se presenta lluvioso, o algún salón que pueda acoger la celebración. El banquete El catering Los novios, al elegir el lugar de celebración del banquete, deben tener en cuenta si este tiene catering propio, o si por el contrario deben elegir un catering externo. También puede darse el caso de que el lugar ofrezca su catering pero de la posibilidad a los novios de que elijan si prefieren ese o si por el contrario quieren traer uno de fuera. A la hora de elegir el catering, los novios deben tener en cuenta varios factores: -El precio. Es muy importante valorar el precio que ofrecen por cubierto y sobre todo si el precio se ajusta a la calidad. En general, el precio medio de un cubierto actualmente ronda los 70 euros, teniendo en cuenta que hay cubiertos más baratos y también mucho más caros, en función del menú elegido. -El servicio. Es importante que el catering cuente con personal suficiente para cubrir la celebración con el número de asistentes a la boda. Por lo general, y según me cuenta mi prima que trabaja para un catering cubriendo bodas, bautizos y comuniones, el número medio de camareros que debe cubrir un evento es de 1 camarero por cada 8 personas. 66 Esta cifra puede ser útil para los novios para calcular cuántos camareros serían necesarios en su boda y ver si el catering cuenta con ese número de camareros. -Posibilidad de desplazamiento. Hay que tener en cuenta que si es un catering externo al lugar de celebración este debe tener capacidad para desplazar todo el material necesario para cubrir el evento. -La calidad. Es importante que el catering ofrezca productos de calidad. Para saber eso, los novios deben intentar informarse y pedir opinión a otras personas que hayan contratado los servicios de este catering con anterioridad. -La confianza. Es importante elegir un catering que inspire confianza. Es una gran cantidad de dinero la que se invierte el día de la boda en el catering por ello hay que tener la confianza de que todo va a salir según lo esperado. -Personal amable. Van a tratar directamente con tus familiares y amigos y las personas importantes de tu vida por lo que debes asegurarte de que el personal es agradable y no hará incomodar a tus invitados. El menú Los novios pueden elegir entre los diferentes menús que ofrezca el catering elegido. El precio de este irá en función de lo que vaya compuesto. La elección del menú no es tarea fácil. Elegir un menú que agrade a todos los invitados es prácticamente imposible, por lo que los novios deben elegir el menú que cumpla su expectativas y crea que puede ser el más acertado. Si los novios quieren dar en el clavo e intentar contentar a todos, lo mejor es que escoja un menú que se componga de: Primer plato, Segundo plato y postre. Si uno de los platos es de solomillo mucho mejor, puesto que el solomillo es un plato que le gusta a la mayoría de la gente, y si la calidad de la carne es buena los invitados quedarán encantados. Además, generalmente los menús ofrecen la posibilidad de poner platos de chacinas variadas o jamón y queso para compartir. Esta opción es muy acertada puesto que le gustará a la mayoría de los invitados y si son de buena calidad quedarán maravillados. Además, los novios deben contemplar la posibilidad de dar unos entrantes a los invitados antes del banquete, en una recepción. Los novios puede elegir qué entrantes ofrecer. Actualmente está de moda poner en la recepción, además de los entrantes que los camareros van ofreciendo a los invitados, distintos stands de comidas variadas que 67 van haciendo al momento, como huevos de codorniz. Además, uno de los servicios más demandados actualmente es poner una persona cortando jamón en directo. Para elegir el menú los novios deben tener en cuenta, además, el momento de día en el que se celebra la boda. En las bodas de día el menú debe ser más completo, mientras que de noche debe ser menos pesado. El catering ofrece a los novios una prueba de menú anterior a la boda para que estos prueben las diferentes opciones y así elijan cuál es el deseado. Es importante que los novios asistan a esta prueba para asegurarse de la calidad de los platos y así luego no llevarse sorpresas. Los novios suelen asistir a la prueba del menú junto con sus padres y en el caso de que no puedan asistir alguno de los padres se sustituyen generalmente por los hermanos. En cuanto a las bebidas, durante la cena y la recepción se ofrece a los invitados bebidas variadas, desde zumo, refresco, cerveza hasta vinos blancos y tintos. En el precio del cubierto están incluidas las bebidas. La barra libre de copas generalmente la ofrecen los catering por presupuesto. Tú decides qué partida de dinero quieres destinar, por ejemplo 2.000€, y las bebidas ofrecidas serán las que puedan comprarse con ese dinero y cuando se acaben las bebidas se acabó. Otros catering la ofrecen por horas, y el precio va incluido en el precio del cubierto, en forma de aumento. Por ejemplo, si el precio del cubierto es de 70€, la barra libre supone 10€ más por persona, por lo que el precio total del cubierto serían 80€. En el caso de que finalizadas las horas los novios quieran ampliar la barra libre, pueden hablar en el momento con el metre encargado de la boda y ofrecerle la posibilidad de ampliarla. Normalmente ningún catering pone problemas para ampliarlas, habiendo acordado previamente el importe que costaría una posible ampliación. En el precio del cubierto va incluido el servicio de camareros. En cuanto a la forma de pago, la mayoría de los servicios de catering ofrecen la opción de pagar por adelantado una parte del importe total y lo restante unos días más tarde de la boda. Esto es muy cómodo para los novios puesto que así pueden disponer del dinero que los invitados le den como regalo. 68 Los novios cuya boda fue objeto de análisis eligieron un menú que constaba de primer pato, segundo plato y postre. El primer plato era un cóctel de marisco, el segundo solomillo y de postre una torrija con pan brioche especialidad de la casa con helado. Para compartir había gambas, chacina variada y queso. El precio del menú, con barra libre incluida, fue de 85€. Disposición del salón En cuanto a la disposición de las mesas, los novios pueden elegir entre distintas opciones: -La disposición más repetida en las bodas son mesas redondas para los invitados, de unas 10-12 personas, y mesa rectangular para novios y familiares. Los novios pueden elegir entre poner su mesa en mitad del salón y las mesas de los invitados al rededor, o poner su mesa en un extremo del salón. Las mesas se ordenan por orden de afinidad, estando las personas más afines a los novios más cerca y las menos afines más lejos. -Otra opción que está cada vez más de moda es poner mesas rectangulares para invitados también, de distintos tamaños, ajustando así las mesas a las distintas familias o grupos de amigos y jugando con el largo de las mesas. Puede haber mesas de 10, o mesas de 40.Puede mezclarse con mesas redondas también. -La opción más nueva y que cada vez está más de moda según nos cuenta nuestro wedding planner es poner una mesa larga u dos, o varias mesas en forma de U. Los novios que eligen esta opción dan la posibilidad a sus invitados de ir sentándose donde quieran. Esto evita muchos problemas y complicaciones a los novios a la hora de decidir a quién sentar con quien y de estar ajustando cuantas personas irán en cada mesa para que cuadre. La disposición de las mesas elegidas por los novios de nuestro estudio de caso puede verse en el anexo 10. Los novios eligen quien va en cada mesa. En el salón se muestra el orden de las mesas y la composición de las mismas para que cada persona sepa dónde va sentada. En el caso de que la opción elegida por los novios sea una mesa larga, como ya hemos dicho, los novios se evitan este paso. 69 Otros elementos El fotógrafo/videógrafo Inmortalizar todos los momentos de un día tan especial te hará guardar un recuerdo único para toda la vida. La mayoría de los novios deciden guardar recuerdos fotográficos y de vídeo para guardarlo para siempre. Para ello, los novios contratan un fotógrafo y/o un videógrafo que cubran todo el evento. Puede contratarlos sólo para la ceremonia, para ceremonia y principio del banquete, o para la ceremonia y el banquete completo, y así guardar recuerdos de todos los momento de su día B. En función de esto irá el precio de sus servicios. Además, y según el wedding planner entrevistado, está de moda realizar varias sesione fotográficas más, llamadas Pre-boda y Post-boda, que consisten en realizar una sesión de fotos anterior a la boda, con el vestuario y el lugar que los novios elijan, y una sesión posterior a la boda, con vestido de novia y traje de novio incluido, en el lugar que los novios elijan. Esto, por supuesto, encarece muchísimo los servicios de estos profesionales. Además, para el día de la boda y para la pre-boda y la post-boda, hay ya empresas que ofrecen servicios tan avanzados como grabaciones con un dron, para tener así una vista aérea de todo y tener también fotos aéreas. Los fotógrafos dan a los novios varias opciones para la entrega de las fotos: entregar las fotos de manera digital y en un álbum (teniendo en cuenta que no serán todas las fotos del evento sino una selección), entrégalas sólo de manera digital o entregar sólo un álbum. Esto también influye directamente en el precio. Si se entregan de manera digital y en álbum será más caro. Esto también influye en el tiempo de entrega, puesto que elaborar el álbum y recibirlo lleva su tiempo, mientras que en formato digital las fotos pueden tenerse antes. Algunas parejas que pueden permitírselo económicamente y que quieren guardar u detalle muy especial pagan a los fotógrafos un billete de avión y la estancia en algún país que quieran visitar o que vayan a visitar en su viaje de novios y realizan allí su sesión de post-boda. París es uno de los destinos más elegidos para guardar un bonito recuerdo. 70 La decoración floral Algo que no falta en ninguna boda son las flores. En mayor o menor cantidad, ya sea decorando todo el lugar de la ceremonia y del banquete, so estando sólo presentes en los centros de mesa, nunca suelen faltar, puesto que aportan elegancia y frescura. Cuando hablamos de la decoración floral en una boda tenemos que tener en cuenta: - La decoración del transporte - Decoración de la Iglesia o el lugar elegido para la ceremonia - Decoración del lugar de celebración A la hora de elegir las flores para la decoración los novios pueden tener en cuenta el significado de las flores, en función de lo que quiera expresar con ellas. (Véase anexo). Además, deben tener en cuenta que las flores van por temporada, por lo que deben elegir una flor de temporada que sea fácil de conseguir. Regalos a los invitados El día de la boda, los novios suelen tener un detalle con sus invitados para que tengan un recuerdo del día de la boda. Esto no es para nada una obligación, hay novios que deciden no tener ningún detalle, pero la mayoría así lo hace. Según el wedding planner entrevistado, los regalos que más se repiten son los alfileres para las mujeres, y puros para los hombres, y las chapas con frases divertidas para con imán o abridor por detrás. Cada vez más parejas deciden destinar el dinero de los regalos a una organización benéfica, y el día de la boda dejan una tarjeta o algo representativo de la organización para que los invitados sepan a dónde fue a parar el dinero que tenían pensado destinar a los regalos. El baile nupcial Es toda una tradición que los novios, tras el banquete y antes de empezar la barra libre y el baile, hagan un baile. Tradicionalmente los novios bailaban una canción lenta sin ensayo previo, a lo que saliera, pero está de moda hacer coreografías, previamente ensayadas y preparadas de bailes de todo tipo, siendo los ritmos cubanos como la salsa, el merengue o la bachata los grandes protagonistas. La música La música no puede faltar en la celebración de una boda. Generalmente los novios contratan música para la barra libre, aunque según el wedding planner entrevistado cada 71 vez más novios deciden amenizar también la recepción con algo de música. Las opciones son infinitas: dj's, grupos de música de distintos estilos de música (flamenco, pop, rock, etc...), instrumentistas tocando algún instrumento como el saxofón, charangas, etc... En función de lo elegido el coste será uno u otro. Traslados Los traslados son algo esencial en las bodas, sobre todo si la ceremonia es en un lugar diferente al banquete. Además, hay que tener en cuenta que en la celebración de una boda los invitados pueden tomar alcohol, por lo que cada vez más novios ofrecen un servicio de autocar a sus invitados que los lleva y los trae del lugar de celebración. Según el wedding planner entrevistado, la mayoría de los novios deciden ofrecer este servicio, aunque no todos asumen su coste. Hay algunos novios que ofrecen a los invitados el autobús, pero es el invitado quien debe asumir el coste del mismo si quiere gozar de ese servicio. Los novios dividen el total del coste del autobús entre las personas que deciden acogerse a su servicio y se lo piden a los invitados. Esto ahora una cantidad de dinero importante. En cuanto al traslado de los novios, estos pueden elegir entre diversas opciones para llegar a la ceremonia: - Alquilar un vehículo antiguo. - Alquilar los servicios de un coche de caballos. - Pedir a alguien que tenga un coche grande y lujoso que les lleve el día de su boda. Hay que tener en cuenta que los novios llegan por separado a la ceremonia, por lo que precisan de dos vehículos diferentes. Tras la ceremonia y para ir al banquete en el caso de que fuera en un lugar diferente si comparten vehículo. Azafatas Hay algunos novios que deciden contratar azafatos/os para el día de su boda. Según nos cuenta nuestro wedding planner, él siempre ofrece la posibilidad y los novios, tras escuchar y saber las funciones que estas realizarían, cada vez más dan el paso de contratarlas. Sus funciones son diversas: 72 - Ayudar a los invitados en su colocación en el banquete y guiarles cuál es su sitio. - Acomodar a embarazadas, discapacitados y personas mayores. - Estar pendiente de los invitados y ayudar a aquellos que precisen de su ayuda. - Guiarles por el lugar de celebración, e indicarles dónde están algunas estancias como los servicios. - Acomodar las pertenencias de los invitados si ay algún lugar especial para guardarlas. Según el wedding planner entrevistado se aconseja 1 azafata por cada 50 invitados. Las azafatas suelen cobrar por horas. Algunos novios también contratan a animadores para que se hagan cargo de los niños, incluso algunos habilitan una zona en el lugar de celebración para que los niños duerman si lo desean, y contratan a una persona que se dedica a cuidar de ellos. Wedding Planner No es necesario contratar los servicios de un wedding planner para organizar una boda, pero cada vez más novios deciden contar con estos servicios, puesto que facilitan mucho la organización de la ceremonia nupcial. Un wedding planner es una persona especializada que se encarga de planificar y coordinar una boda y una persona que acompaña a los novios en todo el proceso, haciéndolo todo más fácil. Al contratar un wedding planner los novios pueden estar mucho más tranquilo puesto que es él quien se encarga de buscar todos los proveedores (catering, lugar, etc...) que se ajusten a los deseos de los novios. Para ello, se realiza una entrevista previa a los novios, para así conocerlos mejor y conocer al detalle lo que ambos deseen para el día de su boda. Una vez que el wedding planner conoce lo que los novios desean elaborar un proyecto en función del presupuesto establecido por los novios. La figura del wedding planner está en auge en nuestro país, puesto que cada vez más los novios descubren la tranquilidad que da contar con una persona que se encarga de buscar las diferentes opciones. Es el wedding planner el que busca, los novios sólo eligen la opción que más les convenga. En cuanto al coste de estos servicios, los wedding planner tiene varias formas de cobrar: 73 1. No cobrar a los novios. Aunque parezca una locura, es una de los sistemas preferidos por los weddings. Consiste en cobrar una comisión a cada uno de los proveedores contratados. Esta comisión puede ser entre un 5% y un 15% en función del tipo de proveedor. 2. Cobrar un porcentaje del total de la boda. Consiste en cobrar un % del total que hayan gastado los novios en su boda, generalmente un 10%. Este sistema no se usa en España. 3. Una tarifa fija por tus servicios. Cada wedding planner establece la cantidad. Esta forma de cobro no es muy común puesto que no es lo mimo organizar una boda de 60 invitados que una boda de 120 invitados. 4. Cobrar por horas. Otra de las opciones empleadas por los wedding planners a la hora de cobrar s cobrar pos las horas invertidas en organizar la boda, contando las horas que realice el día de la boda. 5. Cobrar en función de la complejidad de la boda. Algunos wedding planner cobran en función de la complejidad de la boda. No es lo mismo organizar una boda sencilla con pocos invitados que una boda que requiera muchos detalles. 6. Cobrar en función de un presupuesto personalizado. Tras conocer a los novios y realizarles una entrevista, el wedding planner establece el presupuesto que crea oportuno. 7. Crear un pack de servicios con un precio. Algunos weddings crean packs de servicios que puedes contratar a un precio previamente establecido. Generalmente suelen crear 3 packs, con distintos precios, y los novios pueden elegir cuál quieren contratar. Tematización Algunos novios deciden hacer una boda temática inspirada en alguna cultura o costumbre, por ejemplo una boda ibicenca o hawaiana. Incluso hay novios que deciden ambientar su boda como algunas series de televisión o películas. Esto supone un coste, puesto que tematizar o ambientar un lugar conlleva un coste importante. 80 Paniza, A. F. (2011). Capítulo 6, apartado 9 : Matrimonio en peligro de muerte. En Lledó Yague, F. & Sáchez Sánchez, A. (2011) Los 25 temas más frecuentes en la vida práctica del derecho de familia. Tomo 1: Parte Sustantiva. España. Dykinson. Paniza, A. F. (2011). Capítulo 6, apartado 10 : Matrimonio secreto. En Lledó Yague, F. & Sáchez Sánchez, A. (2011) Los 25 temas más frecuentes en la vida práctica del derecho de familia. 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ANEXOS ANEXO 1: CÓDIGO CIVIL TÍTULO IV Del matrimonio CAPÍTULO PRIMERO DE LA PROMESA DE MATRIMONIO Artículo 42 La promesa de matrimonio no produce obligación de contraerlo ni de cumplir lo que se hubiere estipulado para el supuesto de su no celebración. Artículo 43 El incumplimiento sin causa de la promesa cierta de matrimonio hecha por persona mayor de edad o por menor emancipado sólo producirá la obligación de resarcir a la otra parte de los gastos hechos y las obligaciones contraídas en consideración al matrimonio prometido. Esta acción caducará al año contado desde el día de la negativa a la celebración del matrimonio. Véanse los artículos 1107, 1334, 1342 y 1968 de este Código. CAPÍTULO II DE LOS REQUISITOS DEL MATRIMONIO Artículo 44 El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio conforme a las disposiciones de este Código. El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo. Artículo 45 86 No hay matrimonio sin consentimiento matrimonial. La condición, término o modo del consentimiento se tendrá por no puesta. Véanse los artículos 73.1.º, 4.º y 5.º, 1116 y 1125 de este Código. Artículo 46 No pueden contraer matrimonio:  1.º Los menores de edad no emancipados.  2.º Los que estén ligados con vínculo matrimonial. Artículo 47 Tampoco pueden contraer matrimonio entre sí:  1.º Los parientes en línea recta por consanguinidad o adopción.  2.º Los colaterales por consanguinidad hasta el tercer grado.  3.º Los condenados por haber tenido participación en la muerte dolosa del cónyuge o persona con la que hubiera estado unida por análoga relación de afectividad a la conyugal. Artículo 48 El Juez podrá dispensar, con justa causa y a instancia de parte, mediante resolución previa dictada en expediente de jurisdicción voluntaria, los impedimentos de muerte dolosa del cónyuge o persona con la que hubiera estado unida por análoga relación de afectividad a la conyugal y de parentesco de grado tercero entre colaterales. La dispensa ulterior convalida, desde su celebración, el matrimonio cuya nulidad no haya sido instada judicialmente por alguna de las partes. CAPÍTULO III DE LA FORMA DE CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO SECCIÓN PRIMERA Disposiciones generales 87 Artículo 49 Cualquier español podrá contraer matrimonio dentro o fuera de España:  1.º Ante el Juez, Alcalde o funcionario señalado por este Código.  2.º En la forma religiosa legalmente prevista. También podrá contraer matrimonio fuera de España con arreglo a la forma establecida por la ley del lugar de celebración. Artículo 50 Si ambos contrayentes son extranjeros, podrá celebrarse el matrimonio en España con arreglo a la forma prescrita para los españoles o cumpliendo la establecida por la ley personal de cualquiera de ellos. SECCIÓN SEGUNDA De la celebración del matrimonio Artículo 51 Será competente para autorizar el matrimonio:  1.º El Juez encargado del Registro Civil y el Alcalde del municipio donde se celebre el matrimonio o concejal en quien éste delegue.  2.º En los municipios en que no resida dicho Juez, el delegado designado reglamentariamente.  3.º El funcionario diplomático o consular encargado del Registro Civil en el extranjero. Artículo 52 Podrá autorizar el matrimonio del que se halle en peligro de muerte:  1.º El Juez encargado del Registro Civil, el delegado o el Alcalde, aunque los contrayentes no residan en la circunscripción respectiva  2.º En defecto del Juez, y respecto de los militares en campaña, el Oficial o Jefe superior inmediato.  3.º Respecto de los matrimonios que se celebren a bordo de nave o aeronave, el Capitán o Comandante de la misma. 88 Este matrimonio no requerirá para su autorización la previa formación de expediente, pero sí la presencia, en su celebración, de dos testigos mayores de edad, salvo imposibilidad acreditada. Artículo 53 La validez del matrimonio no quedará afectada por la incompetencia o falta de nombramiento legítimo del Juez, Alcalde o funcionario que lo autorice, siempre que al menos uno de los cónyuges hubiera procedido de buena fe y aquéllos ejercieran sus funciones públicamente. Véanse artículos 73.3 y 78 de este Código. Artículo 54 Cuando concurra causa grave suficientemente probada, el Ministro de Justicia podrá autorizar el matrimonio secreto. En este caso, el expediente se tramitará reservadamente, sin la publicación de edictos o proclamas. Artículo 55 Podrá autorizarse en el expediente matrimonial que el contrayente que no resida en el distrito o demarcación del Juez, Alcalde o funcionario autorizante celebre el matrimonio por apoderado a quien haya concedido poder especial en forma auténtica, pero siempre será necesaria la asistencia personal del otro contrayente. En el poder se determinará la persona con quien ha de celebrarse el matrimonio, con expresión de las circunstancias personales precisas para establecer su identidad. El poder se extinguirá por la revocación del poderdante, por la renuncia del apoderado o por la muerte de cualquiera de ellos. En caso de revocación por el poderdante bastará su manifestación en forma auténtica antes de la celebración del matrimonio. La revocación se notificará de inmediato al Juez, Alcalde o funcionario autorizante. Artículo 56 Quienes deseen contraer matrimonio acreditarán previamente, en expediente tramitado conforme a la legislación del Registro Civil, que reúnen los requisitos de capacidad establecidos en este Código. 89 Si alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias o anomalías psíquicas, se exigirá dictamen médico sobre su aptitud para prestar el consentimiento. Artículo 57 El matrimonio deberá celebrarse ante el Juez, Alcalde o funcionario correspondiente al domicilio de cualquiera de los contrayentes y dos testigos mayores de edad. La prestación del consentimiento podrá también realizarse, por delegación del instructor del expediente, bien a petición de los contrayentes o bien de oficio, ante Juez, Alcalde o funcionario de otra población distinta. Artículo 58 El Juez, Alcalde o funcionario, después de leídos los artículos 66, 67 y 68, preguntará a cada uno de los contrayentes si consienten en contraer matrimonio con el otro y si efectivamente lo contraen en dicho acto y, respondiendo ambos afirmativamente, declarará que los mismos quedan unidos en matrimonio y extenderá la inscripción o el acta correspondiente. SECCIÓN TERCERA De la celebración en forma religiosa Artículo 59 El consentimiento matrimonial podrá prestarse en la forma prevista por una confesión religiosa inscrita, en los términos acordados con el Estado o, en su defecto, autorizados por la legislación de éste. Artículo 60 1. El matrimonio celebrado según las normas del Derecho canónico o en cualquiera de otras formas religiosas previstas en los acuerdos de cooperación entre el Estado y las confesiones religiosas produce efectos civiles. 2. Igualmente, se reconocen efectos civiles al matrimonio celebrado en la forma religiosa prevista por las iglesias, confesiones, comunidades religiosas o federaciones de las mismas que, inscritas en el Registro de Entidades Religiosas, hayan obtenido el reconocimiento de notorio arraigo en España. 96 La reconciliación pone término al procedimiento de separación y deja sin efecto ulterior lo resuelto en él, pero ambos cónyuges separadamente deberán ponerlo en conocimiento del Juez que entienda o haya entendido en el litigio. Ello no obstante, mediante resolución judicial, serán mantenidas o modificadas las medidas adoptadas en relación a los hijos, cuando exista causa que lo justifique. Cuando la separación hubiere tenido lugar sin intervención judicial, en la forma prevista en el artículo 82, la reconciliación deberá formalizase en escritura pública o acta de manifestaciones. La reconciliación deberá inscribirse, para su eficacia frente a terceros, en el Registro Civil correspondiente. CAPÍTULO VIII DE LA DISOLUCIÓN DEL MATRIMONIO Artículo 85 El matrimonio se disuelve, sea cual fuere la forma y el tiempo de su celebración, por la muerte o la declaración de fallecimiento de uno de los cónyuges y por el divorcio. Artículo 86 Se decretará judicialmente el divorcio, cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio, a petición de uno solo de los cónyuges, de ambos o de uno con el consentimiento del otro, cuando concurran los requisitos y circunstancias exigidos en el artículo 81. Artículo 87 Los cónyuges también podrán acordar su divorcio de mutuo acuerdo mediante la formulación de un convenio regulador ante el Secretario judicial o en escritura pública ante Notario, en la forma y con el contenido regulado en el artículo 82, debiendo concurrir los mismos requisitos y circunstancias exigidas en él. Los funcionarios diplomáticos o consulares, en ejercicio de las funciones notariales que tienen atribuidas, no podrán autorizar la escritura pública de divorcio. Artículo 88 97 La acción de divorcio se extingue por la muerte de cualquiera de los cónyuges y por su reconciliación, que deberá ser expresa cuando se produzca después de interpuesta la demanda. La reconciliación posterior al divorcio no produce efectos legales, si bien los divorciados podrán contraer entre sí nuevo matrimonio. Artículo 89 Los efectos de la disolución del matrimonio por divorcio se producirán desde la firmeza de la sentencia o decreto que así lo declare o desde la manifestación del consentimiento de ambos cónyuges otorgado en escritura pública conforme a lo dispuesto en el artículo 87. No perjudicará a terceros de buena fe sino a partir de su respectiva inscripción en el Registro Civil. CAPÍTULO IX DE LOS EFECTOS COMUNES A LA NULIDAD, SEPARACIÓN Y DIVORCIO Artículo 90 1. El convenio regulador a que se refieren los artículos 81, 82, 83, 86 y 87 deberá contener, al menos y siempre que fueran aplicables, los siguientes extremos:  a) El cuidado de los hijos sujetos a la patria potestad de ambos, el ejercicio de ésta y, en su caso, el régimen de comunicación y estancia de los hijos con el progenitor que no viva habitualmente con ellos.  b) Si se considera necesario, el régimen de visitas y comunicación de los nietos con sus abuelos, teniendo en cuenta, siempre, el interés de aquéllos.  c) La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar.  d) La contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así como sus bases de actualización y garantías en su caso.  e) La liquidación, cuando proceda, del régimen económico del matrimonio.  f) La pensión que conforme al artículo 97 correspondiere satisfacer, en su caso, a uno de los cónyuges. 98 2. Los acuerdos de los cónyuges adoptados para regular las consecuencias de la nulidad, separación y divorcio presentados ante el órgano judicial serán aprobados por el Juez salvo si son dañosos para los hijos o gravemente perjudiciales para uno de los cónyuges. Si las partes proponen un régimen de visitas y comunicación de los nietos con los abuelos, el Juez podrá aprobarlo previa audiencia de los abuelos en la que estos presten su consentimiento. La denegación de los acuerdos habrá de hacerse mediante resolución motivada y en este caso los cónyuges deberán someter, a la consideración del Juez, nueva propuesta para su aprobación, si procede. Cuando los cónyuges formalizasen los acuerdos ante el Secretario judicial o Notario y éstos considerasen que, a su juicio, alguno de ellos pudiera ser dañoso o gravemente perjudicial para uno de los cónyuges o para los hijos mayores o menores emancipados afectados, lo advertirán a los otorgantes y darán por terminado el expediente. En este caso, los cónyuges sólo podrán acudir ante el Juez para la aprobación de la propuesta de convenio regulador. Desde la aprobación del convenio regulador o el otorgamiento de la escritura pública, podrán hacerse efectivos los acuerdos por la vía de apremio. 3. Las medidas que el Juez adopte en defecto de acuerdo o las convenidas por los cónyuges judicialmente, podrán ser modificadas judicialmente o por nuevo convenio aprobado por el Juez, cuando así lo aconsejen las nuevas necesidades de los hijos o el cambio de las circunstancias de los cónyuges. Las medidas que hubieran sido convenidas ante el Secretario judicial o en escritura pública podrán ser modificadas por un nuevo acuerdo, sujeto a los mismos requisitos exigidos en este Código. 4. El Juez o las partes podrán establecer las garantías reales o personales que requiera el cumplimiento del convenio. Artículo 91 En las sentencias de nulidad, separación o divorcio, o en ejecución de las mismas, el Juez, en defecto de acuerdo de los cónyuges o en caso de no aprobación del mismo, determinará conforme a lo establecido en los artículos siguientes las medidas que hayan de sustituir a las ya adoptadas con anterioridad en relación con los hijos, la vivienda familiar, las cargas del matrimonio, liquidación del régimen económico y las cautelas o garantías respectivas, estableciendo las que procedan si para alguno de estos conceptos 99 no se hubiera adoptado ninguna. Estas medidas podrán ser modificadas cuando se alteren sustancialmente las circunstancias. Artículo 92 1. La separación, la nulidad y el divorcio no eximen a los padres de sus obligaciones para con los hijos. 2. El Juez, cuando deba adoptar cualquier medida sobre la custodia, el cuidado y la educación de los hijos menores, velará por el cumplimiento de su derecho a ser oídos. 3. En la sentencia se acordará la privación de la patria potestad cuando en el proceso se revele causa para ello. 4. Los padres podrán acordar en el convenio regulador o el Juez podrá decidir, en beneficio de los hijos, que la patria potestad sea ejercida total o parcialmente por unos de los cónyuges. 5. Se acordará el ejercicio compartido de la guarda y custodia de los hijos cuando así lo soliciten los padres en la propuesta de convenio regulador o cuando ambos lleguen a este acuerdo en el transcurso del procedimiento. El Juez, al acordar la guarda conjunta y tras fundamentar su resolución, adoptará las cautelas procedentes para el eficaz cumplimiento del régimen de guarda establecido, procurando no separar a los hermanos. 6. En todo caso, antes de acordar el régimen de guarda y custodia, el Juez deberá recabar informe del Ministerio Fiscal, y oír a los menores que tengan suficiente juicio cuando se estime necesario de oficio o a petición del Fiscal, partes o miembros del Equipo Técnico Judicial, o del propio menor, valorar las alegaciones de las partes vertidas en la comparecencia y la prueba practicada en ella, y la relación que los padres mantengan entre sí y con sus hijos para determinar su idoneidad con el régimen de guarda. 7. No procederá la guarda conjunta cuando cualquiera de los padres esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos. Tampoco procederá cuando el Juez advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica. 100 8. Excepcionalmente, aun cuando no se den los supuestos del apartado cinco de este artículo, el Juez, a instancia de una de las partes, con informe favorable del Ministerio Fiscal, podrá acordar la guarda y custodia compartida fundamentándola en que sólo de esta forma se protege adecuadamente el interés superior del menor. 9. El Juez, antes de adoptar alguna de las decisiones a que se refieren los apartados anteriores, de oficio o a instancia de parte, podrá recabar dictamen de especialistas debidamente cualificados, relativo a la idoneidad del modo de ejercicio de la patria potestad y del régimen de custodia de los menores. Artículo 93 El Juez, en todo caso, determinará la contribución de cada progenitor para satisfacer los alimentos y adoptará las medidas convenientes para asegurar la efectividad y acomodación de las prestaciones a las circunstancias económicas y necesidades de los hijos en cada momento. Si convivieran en el domicilio familiar hijos mayores de edad o emancipados que carecieran de ingresos propios, el Juez, en la misma resolución, fijará los alimentos que sean debidos conforme a los artículos 142 y siguientes de este Código. Véanse: - Artículos 103.3, 142, 146, 147, 154, 156, 158, 1318, 1362.1.º y 1438 de este Código. - Artículos 224, 225 bis, 227, 618 y 622 del Código Penal. - Disposición Adicional Única de la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio («B.O.E.» 9 julio). - Real Decreto 1618/2007, de 7 de diciembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos («B.O.E.» 14 diciembre). Artículo 94 El progenitor que no tenga consigo a los hijos menores o incapacitados gozará del derecho de visitarlos, comunicar con ellos y tenerlos en su compañía. El Juez determinará el tiempo, modo y lugar del ejercicio de este derecho, que podrá limitar o suspender si se dieren graves circunstancias que así lo aconsejen o se incumplieren grave o reiteradamente los deberes impuestos por la resolución judicial. Igualmente podrá determinar, previa audiencia de los padres y de los abuelos, que deberán prestar su consentimiento, el derecho de comunicación y visita de los nietos con 101 los abuelos, conforme al artículo 160 de este Código, teniendo siempre presente el interés del menor. Artículo 95 La sentencia firme, el decreto firme o la escritura pública que formalicen el convenio regulador, en su caso, producirán, respecto de los bienes del matrimonio, la disolución o extinción del régimen económico matrimonial y aprobará su liquidación si hubiera mutuo acuerdo entre los cónyuges al respecto. Si la sentencia de nulidad declarara la mala fe de uno solo de los cónyuges, el que hubiere obrado de buena fe podrá optar por aplicar en la liquidación del régimen económico matrimonial las disposiciones relativas al régimen de participación y el de mala fe no tendrá derecho a participar en las ganancias obtenidas por su consorte. Artículo 96 En defecto de acuerdo de los cónyuges aprobado por el Juez, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden. Cuando algunos de los hijos queden en la compañía de uno y los restantes en la del otro, el Juez resolverá lo procedente. No habiendo hijos, podrá acordarse que el uso de tales bienes, por el tiempo que prudencialmente se fije, corresponda al cónyuge no titular, siempre que, atendidas las circunstancias, lo hicieran aconsejable y su interés fuera el más necesitado de protección. Para disponer de la vivienda y bienes indicados cuyo uso corresponda al cónyuge no titular se requerirá el consentimiento de ambas partes o, en su caso, autorización judicial. Véanse: - Artículo 64 de la L.O. 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género («B.O.E.» 29 diciembre). - Artículos 103.2.º, 1320, 1406 y 1407 de este Código. Artículo 97 El cónyuge al que la separación o el divorcio produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación 102 anterior en el matrimonio, tendrá derecho a una compensación que podrá consistir en una pensión temporal o por tiempo indefinido, o en una prestación única, según se determine en el convenio regulador o en la sentencia. A falta de acuerdo de los cónyuges, el Juez, en sentencia, determinará su importe teniendo en cuenta las siguientes circunstancias:  1.ª Los acuerdos a que hubieran llegado los cónyuges.  2.ª La edad y el estado de salud.  3.ª La cualificación profesional y las probabilidades de acceso a un empleo.  4.ª La dedicación pasada y futura a la familia.  5.ª La colaboración con su trabajo en las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro cónyuge.  6.ª La duración del matrimonio y de la convivencia conyugal.  7.ª La pérdida eventual de un derecho de pensión.  8.ª El caudal y los medios económicos y las necesidades de uno y otro cónyuge.  9.ª Cualquier otra circunstancia relevante. En la resolución judicial o en el convenio regulador formalizado ante el Secretario judicial o el Notario se fijarán la periodicidad, la forma de pago, las bases para actualizar la pensión, la duración o el momento de cese y las garantías para su efectividad. Artículo 98 El cónyuge de buena fe cuyo matrimonio haya sido declarado nulo tendrá derecho a una indemnización si ha existido convivencia conyugal, atendidas las circunstancias previstas en el artículo 97. Artículo 99 En cualquier momento podrá convenirse la sustitución de la pensión fijada judicialmente o por convenio regulador formalizado conforme al artículo 97 por la constitución de una renta vitalicia, el usufructo de determinados bienes o la entrega de un capital en bienes o en dinero Artículo 100 103 Fijada la pensión y las bases de su actualización en la sentencia de separación o de divorcio, sólo podrá ser modificada por alteraciones en la fortuna de uno u otro cónyuge que así lo aconsejen. La pensión y las bases de actualización fijadas en el convenio regulador formalizado ante el Secretario judicial o Notario podrán modificarse mediante nuevo convenio, sujeto a los mismos requisitos exigidos en este Código. Artículo 101 El derecho a la pensión se extingue por el cese de la causa que lo motivó, por contraer el acreedor nuevo matrimonio o por vivir maritalmente con otra persona. El derecho a la pensión no se extingue por el solo hecho de la muerte del deudor. No obstante, los herederos de éste podrán solicitar del Juez la reducción o supresión de aquélla, si el caudal hereditario no pudiera satisfacer las necesidades de la deuda o afectara a sus derechos en la legítima. Véanse artículos 806 a 822, 834, 835, 855 y 945 de este Código. CAPÍTULO X DE LAS MEDIDAS PROVISIONALES POR DEMANDA DE NULIDAD, SEPARACIÓN Y DIVORCIO Artículo 102 Admitida la demanda de nulidad, separación o divorcio, se producen, por ministerio de la Ley, los efectos siguientes:  1.º Los cónyuges podrán vivir separados y cesa la presunción de convivencia conyugal.  2.º Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro. Asimismo, salvo pacto en contrario, cesa la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica. A estos efectos, cualquiera de las partes podrá instar la oportuna anotación en el Registro Civil y, en su caso, en los de la Propiedad y Mercantil. 104 Véanse: - Artículos 69, 71, 83, 89 y 106 de este Código. - Artículo 42 de la Ley Hipotecaria. Artículo 103 Admitida la demanda, el Juez, a falta de acuerdo de ambos cónyuges aprobado judicialmente, adoptará, con audiencia de éstos, las medidas siguientes:  1.ª Determinar, en interés de los hijos, con cuál de los cónyuges han de quedar los sujetos a la patria potestad de ambos y tomar las disposiciones apropiadas de acuerdo con lo establecido en este Código y, en particular, la forma en que el cónyuge que no ejerza la guarda y custodia de los hijos podrá cumplir el deber de velar por éstos y el tiempo, modo y lugar en que podrá comunicar con ellos y tenerlos en su compañía. Excepcionalmente, los hijos podrán ser encomendados a los abuelos, parientes u otras personas que así lo consintieren y, de no haberlos, a una institución idónea, confiriéndoseles las funciones tutelares que ejercerán bajo la autoridad del juez. Cuando exista riesgo de sustracción del menor por alguno de los cónyuges o por terceras personas podrán adoptarse las medidas necesarias y, en particular, las siguientes: o a) Prohibición de salida del territorio nacional, salvo autorización judicial previa. o b) Prohibición de expedición del pasaporte al menor o retirada del mismo si ya se hubiere expedido. o c) Sometimiento a autorización judicial previa de cualquier cambio de domicilio del menor.  2.ª Determinar, teniendo en cuenta el interés familiar más necesitado de protección, cuál de los cónyuges ha de continuar en el uso de la vivienda familiar y asimismo, previo inventario, los bienes y objetos del ajuar que continúan en ésta y los que se ha de llevar el otro cónyuge, así como también las medidas cautelares convenientes para conservar el derecho de cada uno. Véanse artículos 90.B) y 1320 de este Código. 105  3.ª Fijar la contribución de cada cónyuge a las cargas del matrimonio, incluidas si procede las «litis expensas», establecer las bases para la actualización de cantidades y disponer las garantías, depósitos, retenciones u otras medidas cautelares convenientes, a fin de asegurar la efectividad de lo que por estos conceptos un cónyuge haya de abonar al otro. Se considerará contribución a dichas cargas el trabajo que uno de los cónyuges dedicará a la atención de los hijos comunes sujetos a patria potestad. Véanse artículos 90.C), 97.4.º, 1318 y 1438 de este Código.  4.ª Señalar, atendidas las circunstancias, los bienes gananciales o comunes que, previo inventario, se hayan de entregar a uno u otro cónyuge y las reglas que deban observar en la administración y disposición, así como en la obligatoria rendición de cuentas sobre los bienes comunes o parte de ellos que reciban y los que adquieran en lo sucesivo. Véanse artículos 90.D), 1319, 1375 a 1391, 1412, 1413, 1437 a 1441 y 1443 de este Código.  5.ª Determinar, en su caso, el régimen de administración y disposición de aquellos bienes privativos que por capitulaciones o escritura pública estuvieran especialmente afectados a las cargas del matrimonio. Artículo 104 El cónyuge que se proponga demandar la nulidad, separación o divorcio de su matrimonio puede solicitar los efectos y medidas a que se refieren los dos artículos anteriores. Estos efectos y medidas sólo subsistirán si, dentro de los treinta días siguientes a contar desde que fueron inicialmente adoptados, se presenta la demanda ante el Juez o Tribunal competente. Artículo 105 No incumple el deber de convivencia el cónyuge que sale del domicilio conyugal por una causa razonable y en el plazo de treinta días presenta la demanda o solicitud a que refieren los artículos anteriores. 112 Velo de puntas al codo Fotografía: Nordstrom Velo tipo capilla Fotografía: Pronovias Velo tipo catedral Fotografía: Pronovias Velo de puntas al dedo Fotografía: Nordstrom Velo tipo fuente Fotografía: BHLND 113 Velo corto o blusher Fotografía: Marisol Aparicio Velo mantilla Fotografía: Marisol Aparicio Velo francés Fotografía: Mariell accesories 114 ANEXO 6: EL RAMO DE FLORES Ramo tipo bouquet Fotografía: Flor and go Ramo tipo posy Fotografía: Pinteret Ramo tipo cascada Fotografía: Pinterest Ramo tipo pageant Fotografía: Pinterest Ramo tipo arco media luna Fotografía: Pinterest 115 ANEXO 7: EL SIGNIFICADO DE LAS FLORES FLOR SIGNIFICADO FLOR SIGNIFICADO Acacia Elegancia Paja Unión Adelfa Seducción Peonía Veracidad Alelí amarillo Fidelidad en la adversidad Petunia Alivio Amapola blanca Sueño Polyanthus Confianza Ambrosia Vuelta del amor Romero Recuerdo Azucena Corazón inocente Rosa Amor Begonia Cordialidad Rosa blanca Dignidad Belladona Sinceridad Rosa blanca y roja Mezcla de sentimientos Campanilla Esperanza Rosa roja Belleza Campánula Coquetería Tomillo Constancia Capuchina Obediencia Tragapán Caballerosidad Capullo rojo de rosa Pureza Trébol Venganza Centaura Felicidad Tulipán rojo Declaración de amor Crisantemo blanco Sinceridad Valeriana Facilidad de adaptación Crisantemo rojo Te quiero Vara de oro Ánimo Flor de azahar Castidad Verbena Encanto Flor de lis Llama Verónica Fidelidad Flor de manzano Preferencia Vinpervinca Amistad Girasol Adoración Violeta azul Confianza Hiedra Fidelidad Violeta de olor Molestia Hortensia Capricho Zinnia Recuerdo de los amigos ausentes Iris blanco Esperanza Jacinto Constancia Jazmín blanco Amabilidad, apego Laurel Gloria Lila Humildad y amor Lunaria Sinceridad Madreselva Lazos de amor Magnolia Simpatía Malva real Ambición Margarita ¿Me amas? Menta Virtud Mirto Verdadero amor Muérdago Superación Narciso Egoísmo Neguilla Gentileza Nenúfar Pureza de corazón Olivo Paz Orquídea Belleza 116 ANEXO 8: SIGNIFICADO DE LOS COLORES Blanco: Pureza, inocencia, optimismo, frescura, limpieza, simplicidad. Rojo: Fortaleza, pasión, determinación, deseo, amor, fuerza, valor, impulsividad. Naranja: Calidez, entusiasmo, creatividad, éxito, ánimo. Amarillo: Energía, felicidad, diversión, espontaneidad, alegría, innovación. Verde: Naturaleza, esperanza, equilibrio, crecimiento, estabilidad, celos. Azul: Libertad, verdad, armonía, fidelidad, progreso, seriedad, lealtad. Púrpura: Serenidad, misticidad, romanticismo, elegancia, sensualidad, eclecticismo. Rosa: Dulzura, delicadeza, exquisitez, sentimientos de gratitud, amistad. Gris: Paz, tenacidad. Negro: Silencio, sobriedad, poder, formalidad, misterio. 117 ANEXO 9: EL TRAJE DE NOVIO Frac Fotografía: Brooks Brotehrs Chaqué Fotografía: Hackett London Esmoquin Fotografía: Hugo Boss Terno Fotografía: Hugo Boss Traje normal con blazer Fotografía: Tommy Hilfiger 118 ANEXO 10: DISPOSICIÓN DEL SALÓN MESA NUPCIAL