Un amojonamiento del término de Bormujos en 1631
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UN AMOJONAMIENTO DEL TERMINO DE BORMUJOS EN 1631 por ANTONIO HERRERA GARCIA Para el análisis, comentario y transcripción de este interesante testimonio de un apeo del término de Bormujos, efectuado a fines del primer tercio del siglo XVII, expondremos sucesivamente unas noticias previas sobre los antecedentes históricos de la villa hasta ese siglo, la exposición concreta de la venta de su señorío, dentro del cual se halla insertado el deslinde en cuestión, y finalmente la realización y testimonio del mismo. NOTICIAS PREVIAS Como la mayoría de los pueblos y lugares de la comarca del Al - jarafe, Bormujos ha debido tener su origen en uno de los numerosos y pequeños núcleos de población asentados en la misma desde tiempos muy antiguos y dedicados a la explotación agrícola de su suelo. Si en un principio estos grupos humanos serían independientes y prácticamente autónomos, sacando de su trabajo muy poco más de lo necesario para su subsistencia y un excedente que le permitiese conseguir a cambio algunos pocos productos que no obtenían con el esfuerzo de sus brazos, con el establecimiento en la región de las primeras organizaciones políticas y con la ocupación del territorio, llevada a cabo por conquistadores venidos de fuera, comenzaría a establecerse un sistema de propiedad de grandes fincas, bajo el que, las
36 ANTONIO HERRERA GARCIA gentes de aquéllos grupos, hasta entonces autónomos, entrarían en la condición de campesinos asalariados, pagados en dineros o en productos de la propia tierra que trabajaban para su mantenimiento, y cuyos propietarios residirían cada vez menos en esos lugares, atraídos cada vez más por las mayores comodidades y más variados medios de las ciudades vecinas. . Algo así debió ocurrir en la comarca durante lo s siglos de la dominación romana, de la monarquía visigoda y de la conquista musulmana. Durante la primera, las «villas» o granjas de explotación agrícola del término de Bormujos quizás dependie se n en buena parte de los señores romanos o hispanorromanos que vivían en Híspalis o Itálica -en el término de Bormujos; como en todo el Aljarafe, han aparecido frecuentes restos y vestigios de esta época-; esta situación se prolongaría de forma parecida en la época visigoda, y luego, en los siglos del dominio musulmán, esas mismas «Villas», que con la lógica transformación del lenguaje en ese tiempo terminaron por llamarse alquerías -«estrellas blancas en un cielo de olivos» las llamaba bellisímamente un poeta de esa misma etapa-, tales como la propia Bormujos o las de Santo Domingo del Repudio, Macharlomar, Paterna o Saudín en sus cercanías, pasarían a depender de propietarios que residirían corrientemente en Jsbiliya o Carmona, por ejemplo. La pregunta sobre la antigüed ad de estos grupos. humanos por ahora no tiene respuesta ni siquiera aproximada y en ella ·cada uno puede despacharse a su gusto. Si los nombres que han conservado la mayoría de estas alquerías en el Aljarafe procede de la época musulmana, por ejemplo, los de las citada .s Saudín o Macharlomar -marchar significa cortijo, en árabe-, y al gunos son posteriores a la reconquista castellana de Ja comarca, como el de Santo Domingo, hay nombres que indican una mayor antigüedad, como, v.gr., el de Villanueva, nombre que traspasa la época musulmana y que indica un origen que se remonta a la época romana o visigoda; en el caso de Bormujos, sí aceptarnos la hipótesis de Menéndez Pidai, su nombre sería precisamente uno de los más antiguos, pues podría provenir de la raíz borm, anterior a lo romano, que hace alus ión a la presencia de aguas minerales y que, según el mentado filólogo, se podía hallar en relación con el nombre del vecino arroyo del Repudio, que significa «río podrido», denominación que cada vez que aparece hace referencia a la existencia de aguas sulfurosas en ese lugar en alguna época. De origen pues muy antiguo, Bormujos y las demás aldeas o alquerías de su término atravesaron esas primeras etapas de su pasado
UN AMOJONAMIENTO DEL TERMINO DE BORMUJOS EN 1631 37 desarrollando la fonna de vida y de trabajo indicadas, según inducen a creer las noticias generales sobre el Aljarafe que aparecen en la historiografía hispanomusulmana de última época que nos ha llegado. No tenemos noticias sob re cada uno de estos lugares en concreto hasta el siglo XIII y, por lo tanto, podríamos considerar que todo ese larguísimo período de tiempo que discurre con anterioridad a dicho siglo constituye la prehistoria de la comarca y, por ende, la de Bormujos. Los primeros documentos escritos que hacen referencia a Bormujos son de mediados del siglo XIII, a raíz de la conquista cristiana del tenitorio. A partir de esta fecha y a lo largo de casi cuatro siglos, hasta aproximadamente la fecha del deslinde en cuestión, Bormujos pasaría por un proceso de despoblamiento, seg uido por otro de repoblación y, finalmente, por una etapa de progresivo crecimiento, que conduciría a que desbancase a la vecina alquería de Santo Domingo del Repudio, en cuya «mitación» en un principio había quedado incluida, para constituirse en el concejo cabecera de su término, del cuál habrán de depender todos los demás lugares que se encontraban en el mismo. Podemos considerar que esa etapa termina con la venta del señorío de la villa. Las aludidas primeras noticias escritas sobre Bormujos se hallan, como las de otros muchos lugar es del Ajarafe, en el texto del repartimiento de Sevilla y sus tierras, realizado tras de su conquista por las tropas castellanas de San Femando para, por un lad o, compensar el esfuerzo de todos los que habían contribuido a la conquista del reino de Sevilla y, por otro, fijar en su suelo a una población que lo hiciese producir y lo defendiese. En dicho texto, estudiado y editado por el profesor J. González, queda constancia de cómo las alquerías de Bormujos, Paterna y Macharlomar fueron dadas a algunos de los doscientos «caballeros de linaje», con los que aquel monarca trató de dejar asegurada la defensa de Sevilla. Concretamente en ese documento se dan los nombres y apellidos de aquéllos a los que las veinte aranzadas de olivar, o de olivar e higueral, que entre otras remuneraciones se les dio a cada uno de ellos, se le señalaron en estos lugares: 26 caballeros en Bormujos, 21 en Paterna y 4 en Macharlomar; además consta cómo la alquería de Saudín la dio el rey al concejo de Sevilla y un tal don Gil, sobrino de un deán pontificio, recibió cincuenta aranzadas de olivar, igualmente en Bormujos. Lo primero que habría que preguntarse es cómo habían afectado todos estos acontecimientos a la población de Bormujos y de las otras alquerías de su término. La conquista de la ciudad de Sevilla se vio precedida de un lar go asedio de cerca de un año, durante el cual las
38 ANTONIO HERRERA GARCIA tropas castellanas, para evitar el aprovisionamiento de los sitiados, devastaron parte de las tierras aljarafeñas, de donde le venía «el resuelto» a la ciudad, e igualmente tales tropas debieron aprovisionarse en ellas para su mantenimiento. Todo esto y el temor a represalias, a despojos o a perder la vida debió hacer que parte de la población de la comarca comenzarse a huir a otras zonas más seguras por el momento para ella, como el reino granadino. Luego, una vez conquistada Sevilla, consta que la población musulmana de la ciudad y del Aljarafe fue expulsada. Por lo que puede deducirse de los antiguos cronistas parece que en una buena parte la s alquerías aljarafeñomusulmanas quedaron despobladas, y aún algunos pequeños grupos que quedaron fueron definitivamente exp ul sados con ocasión de su levantamiento en apoyo de una rebelión morisca, que intentó recuperar Sevilla unos quince años después de su conquista. Por otra parte, muy pocos de los campesinos de estas alquerías aljarafeñas habrían podido demostrar que no eran musulmanes y que aún conservaban a través de varios siglos la fe cristiana de sus antepasados, pudiendo quedarse así en el lugar que habítaban. Así pues la despoblación del Aljarafe y, por ello, de las alquerías del campo de Bonnujos tuvo que ser muy considerable, si no total. La trascendencia de la donación de estas tierras por los r eyes castellanos Femando III y su hijo Alfonso X, realizada a mediados del XIII, hay que enfocarla, pues, teniendo en cuenta las circunstancias ex puestas. En primer lugar algo parece claro, y es que los que se beneficiaron de tales donaciones, los famosos «caballeros de linaje» no fueron por ello pobladores o vecinos de las alquerías en las que recibieron sus respectivas donaciones: lo único que estrictamente pueden ser considerados tales caballeros es como los nuevos propietarios de las tierras en cuestión. Estos «caballeros de linaje» eran hidalgos que tenían la misión de la defensa militar y de la seguridad del nuevo reino conquistado y, aparte de que estos olivares del campo de Bonnujos no constituían los únicos lotes de tierras que recibían, sino que con ellas se les dieron otras aranzadas de viñas, otras yugadas de tierras de sembradura y algunas aranzadas de huertas en otros lugares sevillanos, también se les hizo donación de «casas buenas para su morada en Sevilla», donde debían vivir e instalar a sus familias en el plazo máximo de dos años e interesarse en los asuntos relativos al gobierno y defensa de la ciudad. El primer problema que se les planteaba a estos nuevos propietarios era el de la explotación de esas tierras que habían recibido y, más concretamente, el de obtención de beneficios de ellas, y esto no era
UN AMOJONAMIENTO DEL TERMINO DE BORMUJOS EN 1631 39 posible conseguirlo sin una repoblación de tales tierras que le proporcionase la necesaria mano de obra. Una gran parte de las tierras de Bormujos se hallaba constituída entonces por plantíos de olivar: en el texto del Repartimiento se dice que en Bonnujos se contaban treinta mil pies, que abarcaban 660 aranzadas; en Paterna sesenta mil pies y 1.105 aranzadas; en Macharlomar veinticinco mil y 540, re spectivamente, y en Saudín otros treinta mil pies y 235 aranzadas, lo que en total venía a suponer casi ciento cincuenta mil pies de olivos y más de 2.500 aranzadas dedicadas a este plantío. Aunque este tipo de cultivo no requiriese un gran número de labores anuales, sin embargo, debido a las dificultades que en aquellas circunstancias presentaba el encontrar repobladores, no es extraño que algunos beneficiarios de las donaciones de tierras las vendiesen y volviesen a sus lugares de origen, una vez pasados los doce años en que las instrucciones reales les prohibían hacerlo o incluso antes; y también es lógico pensar que otros, por el contrario, en unos años de abundante oferta de tierra y bajos precios de la misma, aprovechasen la ocasión para aumentar sus posesiones y crearse latifundios de mayor o menor extensión, como de todo ello se tiene noticia. Lo cierto es que de la forma que fuese -con la llegada de campesinos norteños en busca de mejores tierras; con la paralización, aunque fuese momentánea, de las empresas militares y el consecuente licenciamiento o abandono de la s filas del ejército por bastantes combatientes que buscaban buenas tierras donde asentarse y traer a los suyos; con algunos de los anteriores labradores hispanomusulmanes de estas tierras, que volvían solapadamente a s us antiguos lugares ante las muchas dificultades que probablemente encontraban en otros sitios, etc.-, la tierra, la buena tierra aljarafeña, comenzó a repoblarse pronto, en parte también debido a las atractivas condiciones que muchos de estos nuevos propietarios ofrecían a todos aquellos que aceptasen quedarse en ellas como labrado.res en generosos contratos de aparcería, arrendamiento o dación a censo de numerosas suertes de tierra. Así, a fines de ese mismo siglo XIII, ya las tierras cercanas a Sevilla, como las de Bormujos y otras del Aljarafe, se debían encontrar en buena parte repobladas, según ha sido comprobado por los investigadores de esta etapa del pa sado sevillano. Durante los siglos XIV y XV las aludidas etapas de repoblación y crecimiento de Bormujos se dieron de forma progresiva y, aunque no contemos con muchos documentos, sí se conservan algunos que nos permiten vislumbrar una visión aproximada de este proceso.
40 ANTONIO HERRERA GARCIA El lentísimo ritmo de poblamiento que debió darse en el siglo XIV en las alquerías bormujanas se aceleró algo en el siguiente. Según los datos investigados por la profesora M. Borrero, a principios del siglo XV las tres alquerías que formaban la mitación de Santo Domingo del Repudio (la propia Santo Domingo, que la encabezaba, Bormujos y Paterna de los Doscientos) sólamente reunían entre las tres nueve vecinos, o sea, no mucho más de unas treinta y cinco personas, que serían las que se dedicaban a la incipiente explotación agrícola de sus tierras. Pero a lo largo de este mismo siglo XV van a tener lugar dos fenómenos. Uno fue el ya aludido del crecimiento de la población: los nueve vecinos de 1438 son ya diecinueve en 1489 y cuarenta y cinco en la primera mitad del siglo siguiente (1534); el otro fenómeno fue la clara preeminencia que tomó en la mitación el lugar de Bormujos sobre las otras dos alquerías, pues en este Jugar se concentró la población y se dio el crecimiento, mientras que Santo Domingo y Paterna quedaron como lugares prácticamente despoblados, só lo con uno o dos vecinos, que seguramente serían sus colonos y caseros. Conocemos los nombres de esos vecinos de Bormujos en tales tiempos, y aquéllos a quienes interese conocerlos puede verlos en los apuntes históricos que D. Pineda publicó sobre este pueblo. Igualmente conocemos que en estos siglos se estaban extendiendo allí las plantaciones de viñedos, como en todo el Aljarafe, ya que eran entregadas pequeñas parcelas o suertes de tierra a los labradores que se comprometían a su plantío a cambio de la entrega de parte de la cosecha anual, y eJlo iba dando lugar poco a poco a la constitución de pequeñas propiedades en mano de modestos labradores. Al mismo tiempo el olivar se encontraba bajo la propiedad de notables terratenientes hacendados, que residían en Sevilla y que iban concentrando en sus dominios grandes extensiones de tierras dedicadas a este cu ltivo. Ya por las fechas que venimos considerando se conocen como propietarios de olivares en estas tierras bormujanas a Ja familia sevillana de los Zúñiga en Paterna, al convento de Santa Inés, que poseía 63 aranzadas en este mismo lugar, a varios dueños sucesivos de una heredad de 250 aranzadas en Valencina del Hoyo, que a principios del XVI fue vendida a Diego Pardo de Deza, sobrino del arzobispo de Sevilla, al mercader genovés Ribero!, dueño de tierras de olivar en Marcharlomar, etc. A principios de XVI consta que el lugar de Bormujos había adquirido la categoría de villa o concejo, o sea, que ya tenía su ayunta-
UN AMOJONAMIENTO DEL TERMINO DE BORMUJOS EN 1631 41 miento con sus correspondientes cargos concejiles de alcaldes, regidores, escribano, etc., entre los que la escribanía del cabildo era ocupada por individuos que nombraba Sevilla, por ser Bormujos un concejo que caía dentro de «su tierra». Pues bien, durante ese siglo XVI el vecindario de Bormujos continuó creciendo y, en la segunda mitad del mismo, dan los documentos cifras que oscilan entre los 86 y los 100 vecinos (350-400 habitantes), o sea, que en el transcurso de ese sig lo se había duplicado la población. La propiedad de la tierra habría de seguir siendo objeto de acaparamiento por ciertas familias sevillanas, como la de los acaudalados Alcázar, entre los que Melchor del Alcázar fundó en este sig lo un mayorazgo en el cual incluyó sus extensas po sesiones en las tierras bormujanas de Macharlomar. Y, en lo tocante a la producción, siguió aumentando el plantío de viñas a costa de los otros cultivos, ocupando incluso ilegalmente tierras de realengo, que eran de aprovechamiento comunal para los vecinos, como es posible deducir de ciertos procesos seguidos a algunos vecinos de Bo rm ujos que cometieron tales infracciones, conservados en el Archivo Municipal de Sevilla. Así pues, con esta si tuación administrativa, constituyendo un conce jo perteneciente a la tierra de Sevilla; esta situación social, con un vecindario constituido casi exclusivamente por labradores, propietarios de sus pequeñas suertes o jornaleros, y con unos grandes propietarios o hacendados sevillanos no avecindados en Bormujos, y esta situación económica, en la que avanzaba el viñedo a causa de la creciente demanda y altos precios de lo s vinos, Bormujos estró en el siglo XVII, en el que se produjo la venta de su señorío. LA VENTA DEL SEÑORIO Como es bien sabido, las grandes necesidades de dinero de la Hacienda Real habían comenzado en el reino de Castilla con el primero de los monarcas de la Casa de Austria, Carlos J, quien para conseguir recursos con los que cubrir los enormes gastos que Je provoca ban sus empresas imperiales echó mano de todo cuanto le fue posible vender, hipotec ar o empeñar: los señoríos y rentas de las Ordenes Militares -por ejemplo, Villanueva del Arisca!-, las rentas de la Corona -po r ejemplo, las de la seda de Granada-, o los impuestos -por ejemplo, las alcabalas de Castilleja de la Cuesta -. Con su hijo, Felipe II, continuó este proceso y se vendieron lugares y rentas que
42 ANTONIO HERRERA GARCIA eran de dominio eclesiástico, pero fue en el siglo xvn, a consecuencia de la s necesidades crecientes y de una Hacienda cada día más entrampada, cuando la Corona llegó a vender todo lo vendible: lugares realengoss, títulos de nobleza, oficios concejiles a perpetuidad, etc. En 1625 las Cortes habían dado su consentimiento para que la Corona pudiera vender veinte mil vasallos suyos a aquellos señores que lo solicitasen y tuviesen suficiente dinero para ello. El propio ministro del rey Felipe IV, el poderoso don Gaspar de Guzmán, conde duque de Olivares, que por entonces trataba de aumentar las tierras de su señorío en el Aljarafe, solicitó en 1627 que se le vendiesen los dos mil vasallos que, dentro de la citada cantidad, correspondían a la jurisdicción de Sevilla; para ello señalaba varios lugares que podrían componer en su conjunto ese número de vasallos y, entre olros como Tomares, Espartinas o Coria, indicaba el lugar de Borrnujos o Bormu.x, como escribía exactamente en su petición. Sin embargo, por una serie de motivos, que aquí no vienen a cuento, el conde duque de Olivares demoró Ja gestión de Ja adquisic ión que había solicitado y, además, ya por entonces había iniciado los trámites para la compra del señorío de Ja villa de Bormujos el mercader sevillano Ju an Bautista Sirmán. Como se sabe, la venta de un lugar y de su término por la corona a favor de un particular no significaba en absoluto que se Je vendiese Ja propiedad de casas y tierras en ese lugar y término y, cuando en una escritura de venta de esta clase se declaraba que se le traspasaba al comprador «el señorío, vasallaje y jurisdicción» del lugar que fuese, lo que se hacía era traspasarle el dominio eminente que hasta entonces había tenido el rey sobre aquél; que los vecinos del mismo se rían en adelante vasallos del comprador y a éste habrían de pagar los derechos e impuestos señoriales que hasta ese momento habían pagado al rey, y que el nuevo señor poseería en adelante la administración de justicia del lugar, nombrando para ello a los jueces o alcaldes que tuviese por conveniente. Habían dejado, pues, tales vecinos de ser directamente vasallos del rey, para serlos del nuevo señor que había adquirido tales derechos sobre Ja villa, aunque indirectamente seguía existiendo su dependencia real, ya que el nuevo señor era vasallo del monarca, pero éste nuevo señor poseería en adelante toda la autoridad directa e inmediata sobre el lugar en cuestión. Para la venta de los lugares de la Corona o realengos la Real Hacienda había dado ciertas normas a las que deberían ajustarse. Una vez solicitada la compra de un lugar por alguien que le interesase, se
UN AMOJONAMIENTO DEL TERMINO DE BORMUJOS EN 1631 43 efectuaba una estimación provisional del número de vasallos y de la extensión del término de tal lugar; aquel organismo había establecido que el precio de cada vasallo a vender sería de 16.000 maravedís cada uno, mientras que el de la legua cuadrada de tierra se estipuló a 6.400 ducados, escogiendo la Hacienda Real el vender el lugar solicitado por el vasallaje de la villa o por la extensión de su término, según le resultase más ventajoso. Pagado el importe de la compra, era extendida una primera escritura de asiento de la misma y se le daba posesión al comprador del señorío de la villa adquirida y de su término; luego se procedía sobre el terreno a una averiguación detenida y exacta, tanto del número de vasallos que existían en el lugar como de las leguas de su término y, averiguado ello, ajustadas las cuentas de nuevo y li - quidada la diferencia de su importe, en el caso de que la hubiere, se procedía a otorgar la escritura definitiva y el privilegio real de la venta del señorío enajenado. Todo esto funcionaba así, si no surgía ningún obstáculo o inconveniente, y parecía oportuno exponer este funcionamiento para entender mejor el proceso que se produjo en la venta del señorío de Bormujos. En efecto, dentro de las circunstancias históricas arriba señaladas, con las calidades apuntadas y a través de los indicados mecanismos, se efectuó la venta del señorío de la villa de Bormujos, que en su caso sí se vio obstaculizada por ciertas contradicciones e inconvenientes. Antes de la anteriormente citada so licitud del Conde Duque de Olivares para adquirir el lugar de Bormujos, ya se había acordado una primera venta de la villa con Juan Bautista Sirmán. En efec to , fechada en Madrid el 27 de noviembre de 1626, fue expedida una Carta o escritura real de venta mediante la cual quedaba asentado un concierto de enajenació"n del lugar de Bormujos a favor del mentado Sirmán. Era éste, como se dijo, un acaudalado mercader sevillano: En 1627, era «fami liar>> -una especie de agente o delegadodel Santo Oficio de la Inquisición; en 1631, formaba parte del cabildo municipal de Sevilla en calidad de jurado, y en 1640 contribuyó con cinco mil ducados - una respetable cantidadal donativo pedido por Felipe IV a los comerciantes hispalenses. Era pues el comprador de Bormujos un personaje metido en el comercio indiano, que disponía de bastantes recursos y de considerable influenci a. El asunto de la compra de Bormujos no marchó luego muy de prisa. Al conocido hecho de que «las cosas de Palacio van despacio» debieron unirse la petición de Olivares al año siguiente y la resistencia
50 ANTONIO HERRERA GARCIA sólo en una ocasión a un propietario vecino de Gines, lo que nos muestra un régimen aristocrático de la propiedad, que solía ser de tipo absentista y que explotaba sus fincas por medio de colonos o aparceros, que éstos sí que serían vecinos de Bormujos o de los lugares cercanos. En cuanto a los topónimos que aparecen en este fragmento del texto, aparte de Las Moreras y Los Pinos, indicándose explícitamente en lo que toca a éste último que respondía a la anterior existencia de un trozo de tierra con vegetación forestal de esta especie que ya por entonces había sido roturada -alguno aislado debe quedar todavía-, los dos nombres más notables son la hijuela -así se llamaba a la vere da que, partiendo de un camino principal, conducía a algún lugar cercano a ella-de Aldoncillo y la Crucijada de los Cuatro Callejones, que posiblemente se denominaba así a la confluencia de los caminos que venían de Gines y de Castilleja y corrían en sentido este-oeste, con los que procedían de Castilleja de Guzmán y de la unión de los de Tomares y Bormujos, que lo hacían en sentido norte-sur. Esta confluencia se hallaba en las inmediaciones de la actual Venta A lj arafe, donde hoy aún es más com plicada la confluencia de direcciones viarias. Veamos pues el texto en el que se exponen estos límites, con cuya realización, a partir del punto inicial, se dio principio a «la dicha mojonera». La cual se prosiguió, y de la dicha casa se salió y de la güerta, y se fue a la esquina de Las Moreras, que los dichos amojonadores declararon ser de la Santa Iglesia de Sevilla, adonde había otro mojón, el cual se renovó de piedra, tierra y ramas. Y, prosiguiendo más adelante, en la esquina del olivar que llaman de Los Pinos, se renovó otro mojón junto a unas tapias, adonde había hechas unas cruces en la pared de una güerta de la dicha casa, las cuales se renovaron. Y, prosiguiendo la dicha mojonera más adelante, a la esquina de una viña, que está detrás de la dicha güerta, se llegó a un mojón antiguo de ti erra, quedando los olivares de D. Luis de Balcázar por término de la dicha villa de Bormujos. Y, prosiguiendo, se renovó otro mojón antiguo, que estaba hecho de tierra, a la esquina de la suerte de Los Pinos, junto a un vallado de la viña que dijeron ser de D. Pedro de Guzmán, que antiguamente estaba con pinos, y el dicho mojón alinda con término de Gines, que es del marqués de Villamanrique. Y, prosiguiendo el vallado adelante, en una esquina que hacía una viña, que dijeron los amojonadores era de Cristóbal Alonso, vecino de la dicha villa de Gines, se renovó
UN AMOJONAMIENTO DEL TERMINO DE BORMUJOS EN 16 31 51 otro mojón que estaba hecho antiguo de tierra, que está arrimado al camino que va de la dicha villa de Gines a Maclzarlomar, quedando a la mano derecha por té rmino de la dicha villa de Borrnujo s. Y, prosiguiendo más adelante, en un padrón se r enov ó otro mojón, que esta ba hecho antiguo de tierra. quedando viñas del convento de la ciudad de Sevilla por términos de Borrnujos. Y, prosiguiendo la dicha mojonera por el mismo padrón declarado en el mojón antecedente, se ren ovó otro mojón antiguo, que estaba hecho de ti erra. Y por el dicho padrón adelante se fue prosiguiendo la dicha mo jo nera, y a la boca de la hijuela que va a la villa de Castilleja , qu e seg ún declararon los dic ho s amojonador es se llama Aldoncillo, se renovó otro mo jó n que esta ba hecho antiguo de tierra. Y, prosig ui endo adelante en la dicha mojonera, se llegó a un sitio que se llama La Crucijada de Cuatro Callejones, adonde se renovó otro mojón que estaba hecho antiguamente de tierra, quedando a la mano derecha por término de Borrnujos. Y, prosiguiendo la dicha mojonera por el dicho padrón y calle jón adelante, <se llegó> a la esquina de una viña de Rodrigo de la Barreda, jurado de Sevilla, y allí se renovó otro mojón, que estaba hecho de tierra antiguo, adonde acabó el té1mino de Gines. Los límit es del término de Bormujos con el de Ca stilleja de la Cuesta eran y son los más cortos. Su señalamiento se efectuó en nu eve puntos, que generalmente, como en el tramo anterior, se hicieron de tierra y que se encontraban aún visibles y en pie desde el apeamiento anterior. También en estos límites las referencias a lo s propietarios de las ti erra y fincas que eran at ravesadas aluden casi siempre a hacendados sevillanos, no avecindados en los lugares en cuestión: seglares, como Laso de la Ve ga o los dos contadores, Jiménez y Burgos, o eclesiásticos como el beneficiado de Castilleja o la mi smísima iglesia catedral hispalense. En tales fincas seguían dominando los viñedos, en este caso de una forma absolut a. El topónimo El Acebuchal, el único que se recoge en este tramo, hace claramente referencia a la anterior existencia de vegetación de esta especie, pero que ya a la sazón había desaparecido. Los vocablos caballada, reguera y majuelo, equivalentes a caba ll ón o lomo de un vallado o surco, a canalillo abierto en la tierra para conducir el agua del riego y a sue rt e de viña, respectivamente, pertenecen a un vocabulario rural que va desapareciendo progresivam en te del Aljarafe.
52 ANTONIO HERRERA GARCIA Finalmente, si al principio se fue bordeando el camino de Bormujos a CastiJleja, que hoy sigue la carretera que une la s dos poblaciones, casi al final se atravesó el camino principal -el Realque conducía desde Bormujos a Sevilla, camino existente aún ho y día que, desembocando en lo que entonces era la sali da de Castilleja hacia Sevilla, tomaban ya unidos la cuesta del Caracol o la trocha, que cada caminante elegía seg ún estimase más conveniente. Vamos a ver, pues, estos límite s. Y, comenzando con el de Castilleja y en la dicha mojonera, se fue prosiguiendo por el vallado adelante <y> a la esquina de la dicha viña se renovó otro mojón antiguo, que estaba hecho de tierra, quedando la viña del susodicho por término de la dicha villa de Castilleja, y viñas de don Diego Lasso de la Vega por término de la de Bormujos. y fuese prosiguiendo, más adelante se renovó otro mojón, que antiguamente estaba hecho de tierra, en la caballada de la reguera que dicen El A ce buchal, adonde está una cruz, y más adelante, a la viña del beneficiado de Castilleja, se renovó otro mojón, que estaba hecho antiguamente de tierra. Y prosiguiendo la dicha mojonera adelante, a la esquina de una hijuela se renovó otro mojón antiguo, que allí estaba he ch o, quedando viñas del dicho beneficiado de Castilleja por término de Bormujos. Fu ese prosiguiendo y, allegando al camino que va de Bormujos a Castilleja, a la esquina de los majuelos de Cristóbal Ximénez, contador del conde de Olivares, y viña de doña Luisa de las Cassas, en el va11ado se renovó otro mojón, que estaba antiguamente hecho de tierra, quedando viña de los susodichos por término de la dicha villa de Bormujos. Y, prosiguiendo con la dicha mojonera, más adelante del dicho camino a la esquina de viña de don Gaspar de Melo se renovó otro mojón, que estaba hecho antiguamente. Y, prosiguiendo mas adelante con la dicha mojonera por el dicho camino abajo, en viñas del dicho don Gabriel (sic) de Melo se renovó otro mojón, que estaba hecho antiguamente de tierra, linde de viñas de Gaspar de Burgos con tierra de la Iglesia mayor de la ciudad de Sevilla, quedando la viña del dicho don Gabriel por término de Bormujos. Y, prosiguiendo la dicha mojonera por la dicha reguera y linde adelante, al Camino Real, que va de Bormujos a Sevilla, de las viñas declaradas, allí se renovó otro mojón, que estaba hecho antiguo de ti erra, habiendo dejado en la di cha linde otros mojones, que así mismo estaban hechos, que todos se renovaron. Y, prosiguiendo el dicho camino que va a Sevilla, a la esquina de viñas del contador Gaspar de Burgos se renovó otro mojón de tierra, que antiguamente estaba hecho, en el cual se acabó el ténnino de Castilleja y se comenzó el de Tomares.
UN AMOJONAMIENTO DEL TERMINO DE BORMUJOS EN 16 31 53 Doce puntos quedaron indicando el deslinde de los términos de Bormujos y Tomares, igualmente trazado en dirección norte sur, puntos que quedaron señalados tanto por montoncillos de tierra apisonada como por cruces hechas en algarrobos y olivos. La propiedad de la tierra sigue es tando en manos de gente de posibles y destacada -el tratamiento de don o doña que precede a lo s nombres no s lo hace notar-y no vecinos de estos lugares -e n un caso concreto se consigna ex plícitamente su avecindamiento en Sevilla-, mientras que sólo un vecino del Aljarafe, ese barbero citado como dueño de una viña, parece ser propietario. Se alternan en los cultivos citados en este fragmento las viñas con los olivares y, entre estos últimos, aparecen dos especies, el gordal y el verdial, que continúan produciendo exquisitas aceitunas; los algarrobos se encuentran al parecer como árboles aislados y de esta forma se han conservado todavía algunos. El topónimo de La Coscoja, dado en el texto a un olivar, puede indicar la existencia de matas de este vegetal achaparrado, que aún no se ha perdido del todo en la comarca, dándose en algunos vallados. En este tramo lindante con el término de Tomares se atravesaron los caminos que llevaban desde Bormujos a Saudín y desde Sevilla a Aznalcázar, camino éste que, atravesando la parte meridional del término de Bormujos, pasaba por la ermita de Santo Domingo del Repudio, así como también se pasó por el camino ganadero o cañada de Va/verde. Veamos su transcripción. Fuese prosiguiendo más adelante en un camino, que va para un prado arriba hacia la villa de Castilleja, adonde estaba otro mojón antiguo, que estaba hecho de tierra, el cual se renovó y linda con término de la villa de Tomare s, quedando a mano derecha el término de Bormujo s. Y, prosiguiendo por el dicho camino abajo, a la esquina de viñas de don Francisco Velázquez y de Juan Muñoz, barbero, se renovó otro mojón, que estaba hecho de tierra encima del vallado de la dicha viña. Y, prosiguiendo el dicho vallado arriba, a la esquina del olivar de Miguel de Caucedo, vecino de Sevilla, se renovó otro mojón que estaba hecho antiguo de tierra. Y, prosiguiendo el dicho vallado adelante, a la esquina de viña de Rod1igo de la Barreda y viña de doña Lucía de las Casas, que era olivar de Gaspar Ruiz de Montoya, se renovó otro mojón de tierra qu e estaba hecho en el dicho sitio. Y, prosiguiendo en la dicha mojonera, en un árbol de garrobo en el tronco de él se renovó una cruz, adonde al parecer estaba otro antiguo, y se seflaló por mojón del término.
54 ANTONIO HERRERA GARCIA Prosiguiendo más adelante, el vallado de viña del dicho Rodri go de la Barreda se renovó otro mojón, que antiguamente estaba hecho de tierra. Y, prosiguiendo más adelante con la dicha mojonera, en otro árbol de garrobo, que estaba en el camino que va de Bormujos a Saudín, se hizo una cruz en el tronco del dicho árbol, demás de las que estaban hechas antiguas, y quedó puesto y señalado por mojón del dicho término. Y, prosiguiendo más adelante, en otro árbol de garrobo se hizo otra cruz, demás de otras que en él estaban hec ha s, el c ual quedó señalado por mojón que divide el dicho término. En prosecución de la dicha mojonera, en un pie de olivo de aceitunas gordales, según Jo declararon los dichos amojonadores, que se llama La Coscoja, se hizo en el tronco una cruz, demás de otras que estaban hechas, y se señaló por mojón que deslinda y amojona Jos dichos términos. Y, en prosecución de la dicha mojonera, el camino que va de Sevilla a Aznalcázar se renovó en el dicho camino otro mojón antiguo, que estaba hecho de tierra. Y, yendo en la dicha prosecución por el camino desde Ja Cañada de Va/verde abajo, en un pie de olivo verdial en el tronco de él se hizo una cruz, demás de otras que estaban hechas antiguas, y se señaló por mojón de lo s dichos términos. Y, prosiguiendo más adelante, a la esquina de viña de Don Francisco de Herrera, se renovó otro mojón de tierra antiguo, que estaba hecho, y se acabó en él el término de Tomares y comenzó el de Palomares, quedando siempre a la mano derecha por término de Bormujos. El hecho de que el documento hable a continuación del término de Palomares y no del de Mairena del Aljarafe, con el que actualmente limita, se debe a que por esos años Mairena, aunque había crecido notablemente en vecindario y aún superaba en su número a la propia Palomares, todavía no constituía un concejo o municipio autónomo y dependía del de ésta última, dentro de cuyo término se hallaba, co mo cuando no era más que una hacienda conocida con el nombre de Mairenilla. Sin embargo, ya por entonces Mairena ges tionaba su reconocimiento como villa autónoma e independiente de Palomares, condición que vería reconocida precisamente unos años después, a fines de es ta misma década. De forma similar a como se ha visto en los tramos anteriores, ta mbi én en éste -primera parte del límite sur del término, con un trazado en dirección este-oestelos hitos son señalados de varias maneras (montones de tierra, acebuche, espino o carrasca), se indican lo s tipos de cultivos (viñas, olivares, tierra calma) y aparece el mismo tipo de propietario hacendado, sevillano y absentista (F. Enríquez de
UN AMOJONAMIENTO DEL TERM INO DE BORMUJOS EN 1631 55 Ribera, de la casa de los Medinaceli, otro «veinticuatro» del cabildo sevillano o el convento de Santa Inés de Sevilla), aunque entre los eclesiásticos está el convento de Santo Domingo, enclavado en el borde sur del término de Bormujos y del que se habló al principio, que aún debía encontrarse en pie y habitado por un grupo frailego más o menos numeroso. Pero lo más notable con que nos topamos en este trozo del apeamiento es el incidente provocado por la justicia de Palomares y las noticias que se recogen en su referencia. En primer lugar se halla que, junto con el alcalde de Palomares, llega un alcaide de Mairena: ante el hecho del indicado crecimiento de este lugar debía haberse constituido en él una especie de concejo o ayuntamiento delegado, probablemente nombrado por las justicias de Palomares, que seguramente se hallaba presidido por este alcaide o alcalde ordinario -de la s dos manera<; se le cita-, que podría tener una función parecida a la de Jos actuales alcaldes pedáneos. Luego se nos presenta un caso concreto de la aplicación de las conocidas jurisdicciones personales del Antiguo Régimen: para un mismo tipo de infracción por desobediencia delictiva se prevé una pena sólo de multa, si el infractor pertenece al estamento noble, o de azotes, envío a galeras y confiscación de bienes, si pertenecía al estado llano o popular. Por último, el asunto fue liquidado con una sutileza legal: los autores de la protesta no venían suficientemente apoderados. En lo que toca a topónimos y caminos, se hallan aquí los de La Mata (Vieja y del Almijar, -otro término aljarafeña y andaluz-), que aún se conserva y aparece en las hojas del Topográfico, las Ochenta, claramente indicativo de extensión, La Moraleda, de origen vegetal, y ese curiosísimo del Asaetado, que pudiera haber sido originado por el hallazgo en algún tiempo atrás de un hombre muerto, atravesado por una flecha o saeta. Los caminos atravesados fueron el de Mairena a Saudín, el de Bormujos a Mairena, que hoy sig ue una carretera, y el anteriormente citado Camino real de Sevilla a Aznalcázar, terminando el deslinde entre ambos términos en una alcantarilla sobre el arroyo del Repudio, la llamada precisamente del Asaetado. En fm , este deslinde entre los términos de Bormujos y de Palomares (hoy de Mairena) reza así: Y en este sitio y mojón pareció Ja justicia de Ja dicha villa de Palomares y, en su nombre, don Juan Osorio, alcalde de la dicha villa, y Francisco de Lora, alcaide de Mairena, en su nombre, que es
56 ANTONIO HERRERA GARCIA jurisdicción de la dicha villa de Palomares, los cuales dijeron que en nombre de los dichos sus concejos y como citados para este amojonamiento se venían a hallar presentes a él. Y se fue prosiguiendo en esta manera: Y, prosiguiendo la dicha mojonera más adelante, a la esquina de la viña de La Mata Vieja y camino que va de Mairena a Saudín se renovó otro mojón de tierra, que estaba hecho antiguo, quedando toda La Mata Vieja de la mano derecha por termino de la villa de Bormujos. Y, prosiguiendo el dicho vallado adelante, a la esq uina que llaman La Mata del Almijar, se renovó otro mojón, que estaba hecho antiguo de tierra. Y, prosiguiendo más adelante por el camino que va de Bormujos a Mairena, junto a él en las suertes que llaman Las Ochenta, de don Francisco Enríquez de Ribera, se renovó otro mojón que estaba hecho de tierra antiguo. Y, prosiguiendo la dicha mojonera, en la esquina de la tierra calma del convento de las monjas de Santa Inés de Sevilla y olivares de Francisco de Herrera, «veinticuatro» de la dicha ciudad, se renovó otro mojón, que estaa hecho de tierra antiguamente. Y, prosiguiendo más adelante en Ja dicha mojonera, se renovó otro mojón, que estaba hecho antiguo de tierra, a Ja esquina del olivar de doña Isabel Velázquez. Y, prosiguiendo la linde abajo, a la esquina del olivar de don Francisco de Herrera, vecino y «veinticuatro» de Sevilla, se hizo otro mojón de tierra, que en el dicho sitio estaba hecho otro, que los dichos amojonadores declararon ir por allí la dicha mojonera y ser la linde que declaran los autos del amojonamiento hecho por don Femando de Peralta. En el cual dicho mojón el dicho Francis co de Lora, alcalde ordinario de Mairena, en nombre de su concejo dijo que contradecía la dicha mojonera, porque este mojón y su término lo eran del dicho lugar de Mairena y Palomares, y de cómo la contradecía pedía testimonio. Y el dicho señor Juez, por no haber el susodicho mostrado poder de su concejo, no le admitió la dicha contradicción y mandó que ninguna persona, de cualquier estado, calidad y condición que sea, sea osado a deshacer el dicho mojón ni los demás que se hicieren adelante, pena a los que fueren nobles de mil ducados para la Cámara Real, en los que los dio por condenados a cada uno que lo contrario hicieren, y a los plebeyos de doscientos azotes y seis años de galeras y mitad de sus bienes aplicados para la dicha Cámara Real: esto atento que por los autos de la mojonera del di cho don Femando de Peralt a, que se leyó allí, constó que el dicho mojón aquel es el mismo de que se le dio al dicho Juan Bautista Sirmán la posesión. Y en la dicha posesión Je reinegró, como lo manda Su Majestad, y so la dicha pena mandó que ninguna persona le inquiete ni perturbe en la dicha posesión, y que esto se notifique al dicho Francisco de Lora y al dicho don
UN AMOJONAMIENTO DEL TERMINO DE BORMUJOS EN 1631 57 Juan Osorio, como tal alcalde de los dichos lugares, y yo .. el escribano, se lo notifiqué a ambos en sus persona s. Y el dicho don Ju an Osario dijo que, en nombre de la dicha villa de Palomares y como su alcalde, hablando como debe, contradice la dicha mojonera, y de todo pidió testimonio. Y el dicho señor Juez, atento que no ha exhibido poder del dicho concejo de Palomares, no admitió la dicha contradicción y mandó se prosiga en la dicha mojonera por la linde de los dichos términos, como lo declaran los autos de la posesión del dicho don Femando de Peralta y que declararon los dichos amojonadores. Y, prosiguiendo la dicha mojonera la dicha linde adelante, se renovó otro mojón, que estaba hecho de tierra antiguamente. Y, prosiguiendo la dicha mojonera, a la esquina de la viña del convento de Santo Domingo se renovó otro mojón, que estaba hecho antiguo de tierra. Y, prosiguiendo en la dicha mojonera, donde estaba un pie de acebuche y espino se renovó otro mojón, que estaba hecho antiguo all í. Y, prosiguiendo la dicha mojonera, en medio de la postura de La Moraleda en una carrasca baja se renovó otro mojón, que estaba hecho antiguo de tierra y piedras. Y, prosiguiendo más adelante en la dicha mojonera, al Camino Real que va de Sevilla a Aznalcázar en un vallado estaba otro mojón antiguo de tierra, el cual se renovó; en la esquina del vallado está una cruz de madera. Y, prosiguiendo la dicha mojonera y dicho camino adelante hasta llegar a una alcantarillapuente que dicen del Asaetado, junto al pretil de ella se renovó otro mojón, que estaba hecho antiguo de tierra, donde se acabó el término de Palomares y comenzó el de Bollullos, quedando a mano derecha el término de Espartinas, adonde se fue el dicho alcalde de Mairena. Nada más iniciado el deslinde del término entre Bormujos y Bollull os de la Mitación, en el primer h ito d el mi s mo se suscitó otra protesta o contradicción: esta vez fueron lo s componentes del concejo de Bollullos casi en pleno los que contradijeron el apeamiento efectuado entre los dos términos, aduciendo que no iba « por la línea de - recha», ya que, según ellos estimaban, el heredamiento de Valencini/la del Hoyo habría de quedar dentro del término de su villa y no del de Bormujos. A pesar de ello, el juez de medición desestimó la protesta presentada, apoyándose en que no hacía más que seguir el apeamiento efectuado dos años antes por el juez Peralta, que estaba aceptado, y dictaminando las mismas penas que en la anterior protesta para aquellos que contraviniesen esta decisión. Veamos el principio de este incidente.
58 ANTONIO HERRERA GARCIA Y, prosiguiendo adelante, aguas venientes de Repudio arriba, antes de llegar a un molino que declararon se llamaba del Pardo, se renovó otro mojón, que estaba hecho de tierra y hierbas antiguo en tierras de Alonso Caballero, vecino de Sevilla, quedando todo el molino y su servicio en término de la villa de Bonnujo s. Y en este sitio y mojón pareció el concejo, justicia y regimiento de la villa de Bollullos y, en su nombre, Antón Prieto Ramírez, alcalde ordinario, y don Juan de Castañeda, cabalkro del hábito de San Juan, regidor perpetuo, y Salvador Márquez, regidor perpetuo, y Leandro de Gatica, alférez mayor de la dicha villa de Bollullos, y en su nombre dijeron que desde el dicho mojón contradicen la dicha mojonera que se va haciendo, porque no va por la línea derecha, y que protestan presentar contradicción por escrito, porque todo el heredamiento que llaman de Va/encina es término de la villa de Bollullos. Y el dicho señor juez mandó proseguir en la dicha mojonera, sin embargo de la dicha contradicción, por la parte y sitio que se declarase por los dichos amojonadores ser linde de los dichos términos y que se declara en el dicho amojonamiento hecho por el dicho don Femando de Peralta; y, habiéndose leido por los dichos amojonadores, declararon que el dicho mojón es Ja línea antigua del dicho término de Bonnujos y que se declara en el dicho amojonamiento, y que la dicha heredad de Va/encina siempre ha sido, es y fue término de la dicha villa de Bormujos y como tal siempre se ha amojonado y deslindado, y ansí se declara en el dicho amojonamiento. Y el dicho señor juez, sin embargo de la dicha contradicción, mandó proseguir por la dicha mojonera adelante por la linde contenida en Jos dichos autos y que declarasen los dichos amojonadores. Y en cumplimiento de lo que Su Majestad manda amparaba y amparó, reintegraba y reintegró al dicho Juan Bautista Sirmán en la posesión del dicho mojón y de los que adelante se fueren haciendo y de su término e jurisdicción: y mandó que ninguna persona, de cualquier estado, calidad y condición que sea, deshaga el dicho mojón ni los que adelante se hicieren en la dicha mojonera, ni inquieten ni perturben al dicho Juan Bautista Sirmán en la posesión de ellos en manera alguna, pena a los que lo quebrantaren, a los nobles de mil ducados para la Cámara Real y a Jos plebeyos de doscientos azotes y seis años de galera~ y mitad de sus bienes aplicados para la dicha Real Cámara, en lo que los dio por condenados a cada uno que contraviniere a lo susodicho, y que yo, el escribano, lo notifique a lo s susodichos. Yo, el escribano, lo notifiqué a los susodichos en sus personas, y los susodichos dijeron que, hablando como deben, lo contradicen, y el dicho señor juez mandó se prosiga en el dicho amojonamiento.
UN AMOJONAMIENTO DEL TERM INO DE BOR MUJOS EN 1631 59 De acuerdo con este mandamiento del juez, el deslinde entre ambos términos fue realizado y, en lo tocante a las particulares de este tramo, que constituye la otra parte del límite meridional del término bormujano, no se encuentran notables novedades con res pe cto a los anteriores. Los ca torce hijos que se reconocen siguen al principio el curso ascendente del arroyo del Repudio, s on señalados como siempre con tierra o con cruces en árboles aislados (olivos gordales, algarrobo) y se pasa p or campos plantados alternativamente de viñas y olivares, algunas de las primeras en tierras ganadas a lo s segundos, siguiendo una tendencia que venía de la s egunda mitad del siglo anterior. Lo más destacable en este aspec to es la existencia en el curso del Repudio de un molino, quiz ás harinero, y de al menos el recuerdo de otro en el topónimo de La aceña del Mojón, utilización hidráulica que hoy se ha perdido totalmen te , como puede suponerse. Entre los propietarios, de igual condición que los anteriores, aparecen los apellidos de conocidas familias sevillan as pertenecientes a la burguesía y a la aristocracia de los negocios (Mollinedo, Caballero de León, Avellaneda, Pinelo), un jurado del concejo de la ciudad (Villegas) y es posible que ese topónimo de Los Condes se refiera a una propiedad nobiliaria (¿los de Gelves, que poseían en esa dirección la heredad de Torrequemada?). De nuevo se cruza el Camino Real de Sevilla a Benacazón y una hijuela qu e conduc ía a la hacienda de Valencinilla del Hoyo. Con es ta s particularidades los discutidos límites entre Bormujos y Bollullos fu eron señalados de la siguiente forma: Y, prosig ui endo en el Cami no R ea l que va de Sevilla a Be na cazó n, en viña de la dicha villa junto al va llad o de ella, en un pi e gordal de olivo se hizo una cruz en el pie, demás de otras que estaban hechas antiguas. Renovóse otro mojón que estaba hecho en viñas de Gaspar de Mollinedo, que hoy posee el jur ado Villegas. Y, prosiguiendo la di cha mojonera adelante por el dicho camino hasta fin de o li vares de Alvaro Caballero de León, que posee su hija doña Gerónima, y tierras de D. Diego de Avellaneda, fin de ellas se renovó otro mojón, que estaba hecho antiguo. Y, prosig ui endo la dicha mojonera, en un ga rrobo en el tronco de él se hi zo una c ru z, en el cual había hechas otras antiguas. Y, pro siguiendo más adelante la dicha mojonera, en la esquina de viñas, q ue eran del licenciado Manrique <y> qu e hoy posee don Luis Pinelo. vecino de Sevilla, se renovó otro mojón. Y, prosiguiendo más adelante
