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Inventarios de arquitectura tradicional. Paradigmas de inventarios etnológicos

Agudo Torrico, Juan; Sánchez Expósito, Ismael; Delgado, Aniceto

Abstract

Los inventarios son fundamentales para conocer el patrimonio que pretendemos proteger. Pero también constituyen un primer paso en la puesta en valor de nuestro patrimonio, al atraer la mirada colectiva sobre unos testimonios hasta ahora desconocidos o desconsiderados como tal patrimonio. Por ello es necesario abordarlos con rigor, empezando por definir con precisión sus contenidos y siguiendo con la formación adecuada de los investigadores de campo que van a realizarlos. Es el caso de los complejos inventarios de arquitectura tradicional, donde a la variedad de manifestaciones que nos vamos a encontrar se une la no menos ambigua definición del concepto que los sustenta: popular, patrimonial, vernácula.

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133 Inventarios de arquitectura tradicional. Paradigmas de inventarios etnológicos Juan Agudo Torrico Universidad de Sevilla [email protected] Ismael Sánchez Expósito Consejería de Cultura de la Junta de Extremadura [email protected] Aniceto Delgado Instituto Andaluz del patrimonio histórico [email protected] Resumen Los inventarios son fundamentales para conocer el patrimonio que pretendemos proteger. Pero también constituyen un primer paso en la puesta en valor de nuestro patrimonio, al atraer la mirada colectiva sobre unos testimonios hasta ahora desconocidos o desconsiderados como tal patrimonio. Por ello es necesario abordarlos con rigor, empezando por definir con precisión sus contenidos y siguiendo con la formación adecuada de los investigadores de campo que van a realizarlos. Es el caso de los complejos inventarios de arquitectura tradicional, donde a la variedad de manifestaciones que nos vamos a encontrar se une la no menos ambigua definición del concepto que los sustenta: popular, patrimonial, vernácula. Palabras clave Arquitectura, tradición, patrimonio, inventario, vernácula. Abstract Inventories are essential to know the heritage that we try to protect. But also they constitude the first step toward valuing our heritage, attracting the collective look to a few testimonies unknown untill now or inconsiderate as such heritage. It is therefore necessary to approach them rigorously, beginning with the accurately definition of its contents and following with the suitable formation of the field investigator who are going to construct them. This is the case of the complex inventories of traditional architecture, where the variety of expressions that we will find joins the not less ambiguous definition of the concept that sustains them: popular, heritage, vernacular. Keywords Architecture, tradition, heritage, inventory, vernacular. No deja de ser paradójico que, al menos en España, la necesidad de inventariar los bienes patrimoniales (reconocer su existencia y documentarlos), por entonces considerados Tesoros Nacionales, precediera incluso al desarrollo de la legislación específica sobre patrimonio. En otros textos anteriores (Agudo, 2008) reseñábamos el carácter simbólico, visto desde el presente, que tiene en la historia de nuestro patrimonio cultural el Catálogo Monumental y Artístico de la Nación promovido por Real Decreto de 1 de junio de 1900. Un carácter simbólico porque en gran medida aquel ambicioso proyecto de inventario, de forma premonitoria, ha puesto de manifiesto hasta el presente el permanente conflicto entre la voluntad de proteger nuestro patrimonio y la realidad prosaica del desconocimiento que seguimos teniendo de él y, en consecuencia, su permanente estado de riesgo. Detalle de empedrados o ”llanos” en Linares de la Sierra, Huelva. Fotografía: Aniceto Delgado. 134 Y sin embargo la lógica de aquel proyecto era evidente: no se puede proteger, y ni aún valorar, aquello que no se conoce. Es la razón de los inventarios, lo que justifica su existencia y la permanente demanda para que se lleven a cabo, o se revisen y actualicen los ya existentes. Una tarea prácticamente interminable en la medida que se amplían o matizan los contenidos de nuestro patrimonio cultural: siempre habrán nuevos elementos que añadir, nuevos referentes de nuestro entorno que pasan a adquirir un valor patrimonial, subdivisiones tipológicas que exigen inventarios o clasificaciones parciales, etc. El carácter simbólico de aquel Catálogo Monumental se refuerza por tres factores que consideramos muy significativos en el desarrollo, en el plano institucional, de las políticas de protección del patrimonio cultural en España. El primero, va a ser la referida vinculación del proyecto, precediendo incluso a sus formulaciones legislativas1, a las nuevas políticas culturales que pretenden institucionalizar el reconocimiento y protección de los bienes culturales relevantes de la nación, por entonces significativamente denominados Tesoros Nacionales. El segundo factor a tener en cuenta es la repercusión de estas nuevas políticas institucionalizadas que ponen fin a las medidas legislativas más voluntaristas que efectivas que, de manera muy dispersa, se habían venido promulgando desde mediados del s. xix (Barrero, 1990). A partir de ahora, al menos en teoría, a la creación de instituciones administrativas específicamente dedicadas a velar por nuestro patrimonio (Dirección General de Bellas Artes en 1915) se une una legislación propia que irá ampliando tanto la formulación de los contenidos de estos bienes culturales, como las medidas a aplicar para su conservación. En todo caso, son medidas institucionales que suponen una radical innovación en la implicación del Estado en la protección de unos testimonios culturales progresivamente valorados por su condición de referentes simbólicos de las nuevas imágenes identitarias colectivas promovidas por los estado–nación surgidos en el transcurso del s. xix, y afianzados en la primera mitad del xx. En este contexto, el Estado pasa a desempeñar un papel activo, implementando medidas impensables en el s. xix, como fuera la limitación del derecho si no de propiedad jurídica2 sí de plena disponibilidad de uso de estos bienes (destrucción, intervenciones, enajenación) y, sobre todo, la implicación directa del Estado en su mantenimiento: adquisición, restauración, inventarios, etc. Medida esta última de especial significación porque de hecho supone la asunción colectiva de esta imagen de patrimonio común, al aceptar que se detraigan recursos públicos para esta finalidad. En razón de lo dicho, como tercer factor a reseñar, se impone la lógica de la necesidad de conocer previamente aquello sobre lo que se va a intervenir. Esa era la función del Catálogo Monumental y Artístico. Conocemos con bastante detalle los avatares que afectaron a dicho inventario (Pereda, 1981; López–Yartó, 2010, Domingo, 2012), y aunque no es el momento de detenernos en su análisis si de recordarlo por su carácter emblemático, y porque algunos de los problemas que impidieron la conclusión prevista siguen estando presentes, sorprendentemente, en el modo como se abordan algunos de los nuevos inventarios sobre nuestro patrimonio cultural. El modelo a seguir destacó por el rigor teórico–metodológico planteado: el informe de los bienes catalogados debía contener una descripción pormenorizada, sustentada en planos, dibujos y fotografías, así como un estudio crítico y una memoria histórica fundamentada en investigaciones realizada en archivos y bibliotecas. Pero también pone de manifiesto la frecuente desvinculación de la realidad de este tipo de proyectos, bien sea por el desconocimiento del área de trabajo (amplitud del territorio a cubrir, densidad de elementos a inventariar, existencia y/o posibilidad de acceso a fuentes documentales complementarias), o infravaloración de la propia labor a realizar: composición y cualificación de los equipos de trabajo, dotación presupuestaria, limitaciones temporales. Y no olvidemos que todo inventario parte del desconocimiento de lo que nos vamos a encontrar: es la propia razón que lo motiva. 135 Medina de las Torres. Inventarios para dar a conocer y contribuir a valorar los contenidos de la arquitectura tradicional. Fotografía: Aniceto Delgado. Inventario de arquitectura vernácula extremeña. De este modo, aún limitándose, como era de esperar para el tiempo en el que se promueve, al ámbito monumental y artístico, se pretendía documentar todas las riquezas monumentales y artísticas existentes en España. A la fecha de hoy no deja de sorprendernos lo ambicioso de sus pretensiones, si tenemos en cuenta que va a ser el concepto de monumento el que articule esta labor: un concepto que aún en nuestros días, y aunque su presencia en todas las legislaciones patrimonialistas como principal figura de protección sea inexcusable, sigue siendo notablemente ambiguo3; más aún si lo que lo califica son las variables histórico–artísticas sin más. De este modo, a las limitaciones impuestas por la realidad de las condiciones en que debía desarrollarse el trabajo (presupuestarias, condiciones de trabajo) se unía una no menos problemática: los límites y contenidos de éste catálogo. Sólo uno de estos límites parecía estar precisado: el topográfico, con la pretensión de abarcar todo el territorio español. Pero no podemos decir lo mismo en cuanto a sus contenidos: «todas las riquezas monumentales y artísticas». Y para poder llevar a cabo esta totalidad ideal se contaba con una sólo persona, el profesor D. Manuel Gómez–Moreno, que poco podía hacer frente a esta ingente tarea. Y cuando, ante la evidencia de la desproporción del trabajo, se amplia el número de los investigadores de campo, por Real Decreto en 1902, no se trató de un equipo coordinado (pese a que el art. 5.º del Decreto hablaba en apariencia de esta coordinación), que usara una misma metodología. Por el contrario se trató de un conjunto de personas de muy desigual valía y formación, que terminaron por lastrar el resultado final del trabajo (López–Yarto, 2010: 68; Muñoz, 2012: 29). Una problemática con la que, curiosamente, nos seguimos encontrando en muchos de los inventarios que se están realizando (sobre todo en los que, sea cual fuera la temática, ésta va acompañada de la etiqueta de etnológico), donde más allá del establecimiento de la ficha a cumplimentar, no siempre se tienen en cuenta otros aspectos más relevantes, como son la cualificación de los investigadores (especialización, formación) y la aplicación de una metodología compartida que conlleva la unificación de las miradas e interpretaciones 136 de los bienes a inventariar/catalogar: criterios de selección, léxico/conceptos especializados a utilizar en las descripciones, contenidos específicos que deben aparecer en cada ítem de las fichas e informes. De hecho, tomando de nuevo el ejemplo del Catálogo Monumental, las opiniones suelen coincidir en reseñar la valía del primero de ellos realizado por Manuel Gómez–Moreno en la provincia de Ávila, en contraste con las aportaciones posteriores; poniendo de manifiesto la importancia que hay que dar a la cualificación profesional de quienes han de abordar estas tareas. Y sin embargo, de nuevo la realidad parece contravenir este criterio: aún en nuestros días se suele considerar que los inventarios son trabajos menores (a veces se les cita como «meras etnografías»: descripciones sin más), propios para ser encargados a documentalistas que estén en la fase inicial de su formación investigadora. Sea como fuere, el Catálogo Monumental y Artístico de la Nación nunca se concluye, pese a que en 1911, 1915, 1922, 1931, 1933, 1940, 1941…, bien en iniciativas legislativas específicas o, más frecuentemente, por referencias en otros decretos o leyes, se seguirá hablando de culminarlo, o al menos de publicar lo catálogos provinciales terminados, tarea que habrá de esperar hasta el 20124. Inventarios, catálogos, registros De aquella experiencia pionera en España nos interesa reseñar un par de aspectos que creemos son claves en el tema que estamos tratando. El primero va a ser la relación que suele establecerse entre el inicio de la andadura de cada nueva categoría patrimonial y la necesidad de realizar el inventario de los nuevos bienes a proteger. Con posterioridad, la primera ley específica sobre patrimonio que se promulga en España, la de 1911 sobre Excavaciones Fuente de Cantos. Calidad, diseño y recursos ornamentales no son incompatibles con la arquitectura más sencilla. Fotografía: Aniceto Delgado. Inventario de arquitectura vernácula extremeña. 137 Arqueológicas, pese a la parquedad de su formulación y número de artículos, dedica el 3.º de los mismos a «la formación de un inventario de las ruinas monumentales y de las antigüedades utilizadas en edificios modernos», y así podríamos seguir viendo otras legislaciones posteriores y la importancia que se da a estos inventarios (Agudo, 2008: 147–151). Hasta llegar a nuestros días donde, aunque se ha perdido el principio de proponer desde la formulación de las propias leyes la creación de estos inventarios de campo sistematizados de cada tipo de bien, de una forma u otra diferentes instituciones o administraciones (locales y autonómicas) van a estar implicadas en un dispar y disperso mundo de inventarios en la medida que se van reconociendo nuevas tipologías patrimoniales: véase al efecto las numerosas bases documentales (inventarios, catálogos) que se están haciendo sobre patrimonio etnológico (en sus múltiples contenidos: rituales, arquitectura tradicional, oficios artesanales,…), paisajes culturales, patrimonio industrial, arquitectura contemporánea, etc. La razón no es otra que el ya citado principio axiomático que justifica todo inventario patrimonial: la necesidad de conocer previamente aquello que se debe de proteger. Sin embargo, los inventarios de campo no han estado exentos de crítica, dado que con frecuencia no existe correlación entre el esfuerzo y costes empleados y su utilidad final. Las preguntas de, ¿para qué sirven? y ¿cuáles son sus límites?5, son inherentes a todo inventario, dado que su propia existencia conlleva una labor permanente de revisión y/o nuevas incorporaciones. Lo que ha hecho que desde hace tiempo se haya replanteado no la necesidad de su existencia, sino el propósito de estos inventarios y el modo de abordarlos. Actualmente se ha dejado de hablar de inventarios como medio de conocimiento en sí, para enfatizar la necesidad de promover aquellos otros que tienen por finalidad un conocimiento directamente encaminado a la aplicación de medidas concretas para la protección de los bienes que van a ser inventariados (Chatenet, 1993: 121). Si bien algunos de estos cuestionamientos habría que matizarlos, dado que los inventarios por sí mismos constituyen una primera fase en la puesta en valor/protección de un determinado bien: significa su reconocimiento como un testimonio valioso que le hace merecedor de su inclusión en tal inventario, lo cual constituye un primer paso en la revisión de la mirada colectiva (valoración) de dicho testimonio. A lo que unir, en según qué inventarios, el valor jurídico de reconocimiento de propiedad de estos bienes, lo que dificulta su expoliación o puede favorecer su recuperación. Es en el modo de abordar la realización de estos inventarios donde se ha producido el cambio más significativo. Lo que nos lleva al segundo de los aspectos al que queremos referirnos. La asunción por las comunidades autónomas de la gestión directa de sus patrimonios culturales ha hecho que les corresponda ahora a ellas realizar la tarea de documentación que conlleva su inventario. En este contexto, y como era de esperar dada la creciente complejidad tipológica de los bienes patrimonializados, no existe ni se ha propuesto la realización de macro inventarios de campo que incluyan «todos» los testimonios culturales susceptibles de ser valorados y potencialmente protegidos como bienes culturales. Pero sí se han originado multitud de inventarios específicos, centrados en diferentes tipologías (arqueológicos, paisajísticos, cultura inmaterial, etc.), e incluso, dentro de estos marcos generales, en razón de la institución que los posee (ejemplo de los inventarios de los bienes muebles de la Iglesia realizados en diferentes comunidades), o por sus peculiaridades funcionales (molinos de viento, mareales, cortijos, haciendas, etc.). De todo ello lo que nos interesa reseñar es que ya no son las respectivas Consejerías de Cultura las que habitualmente los promueven o gestionan, ni se hacen los mismos o similares inventarios en todas las comunidades. Salvo su ineludible participación (financiera, coordinación) en aquellos inventarios que tienen que ver con los bienes monumentales–histórico–artísticos6 más reseñados según la vieja tradición patrimonialista, van a ser otras instituciones las que los patrocinen, a veces, y sin ninguna coordinación entre sí, desde otras consejerías de estas mismas administraciones autonómicas7 (industria en relación con actividades artesanas, medio ambiente con paisajes o arquitectura diseminada, obras públicas), o bien en contextos de instituciones locales o mancomunales. En todos los casos las justificaciones para su realización son el valor patrimonial de los bienes seleccionados, su significación cultural (referentes identificatorios de un territorio o tiempos históricos) y/o su potencialidad como recurso patrimonial (turístico); si bien esta descoordinación supone en la práctica fuertes carencias en la aplicación de unos mismos criterios teórico–metodológicos que faciliten la documentación, intervención, e investigación de los bienes inventariados; repetición, parcial o total, de los mismos inventarios según que contextos territoriales (locales, comarcales) o nuevas temáticas; 138 fragilidad de la preservación de los fondos documentales y dificultad para su consulta, etc. Todo lo cual se refleja en el frecuente desconocimiento de su existencia por parte de estas mismas Consejerías de Cultura que, como instituciones públicas especializadas en la documentación, gestión y puesta en valor de nuestro patrimonio, debieran estar al menos al tanto de su existencia y resultados. Ahora bien, las palabras: inventario, catálogo y registro no pueden faltar, como era de esperar, en toda ley sobre bienes culturales. Otra cosa es la confusión que se establece entre estos términos, y aunque tampoco nos podemos detener en analizarlos en detalle, sí es necesario establecer algunas precisiones. La primera de ellas es que estos términos no se refieren ya a labores de investigación sistemáticas, de investigación/documentación resultantes de investigaciones de campo, sino que son sólo registros administrativos en los que se van dando asiento, con las finalidades de tratar de protegerlos, a aquellos bienes culturales que han sido propuestos/declarados como tales bienes desde muy diferentes procedencias y circunstancias. En segundo lugar, aunque conceptualmente sí podemos diferenciar entre catálogos e inventarios8 (Agudo, 1999: 56; Múñoz, 2012: 28) en la legislación y aplicación administrativa, ambos términos son empleados como análogos, con una función, como hemos indicado, de registros administrativos. Y cada vez con más frecuencia, a estos términos se superpone el de Registro, siguiendo una normativa internacional propiciada desde la UNESCO. De este modo los inventarios/catálogos van a ser empleados de forma un tanto confusa en las legislaciones autonómicas; a veces para diferenciar los bienes a proteger según categorías/rangos: mientras que el término Registro se emplea para recoger los bienes de mayor rango (BIC) los Inventarios/Catálogos acogerían el registro general de todos los bienes, o bien los de menor rango (reconocidos, inventariables), o incluso reservase para una determinada tipología (catálogos bibliográficos)9. Los inventarios de arquitectura tradicional Dicho todo lo cual, en adelante nos referiremos al concepto de inventario como inventarios de campo, lo que conlleva el registro sistemático de una determinada tipología de bienes, en este caso de arquitectura popular/tradicional/vernácula. La existencia y el relativo interés por estos inventarios específicos estaría en relación con el creciente reconocimiento del patrimonio etnológico del que forma parte; del valor que se le atribuye como un patrimonio de proximidad en el que se manifiestan buena parte de las señas de identidad que actualmente (alejadas de la exclusividad de los viejos hitos monumentalistas) reflejan la multiplicidad de identidades que hoy en día reconocemos en nuestro entorno social: desde lo local a lo étnico. En este contexto, la arquitectura tradicional ocupa un papel relevante10, poniendo de manifiesto, en el caso de España, la diversidad de territorios (locales, comarcales) en los que podemos compartimentarla, mostrando esta arquitectura, entre otros referentes, su rica diversidad cultural. Pero también va unido este interés a la creciente preocupación por su preservación y continuidad, ya sea por la pérdida de funcionalidad de una considerable parte de esta arquitectura ante las transformaciones tecnoeconómicas habidas, como por su desvalorización frente a los nuevos modos de hábitat. Todo ello ha originado la llamada de atención, tanto desde organismo internacionales como estatales, para tratar de evitar, o al menos aminorar, esta situación de riesgo; para lo que es imprescindible comenzar por saber cuál es el estado de la cuestión, y para ello los inventarios se consideran un recurso necesario. (Patrimoine, 1993). Para analizar la problemática de este tipo de inventarios tomaremos como referencia los dos de carácter genérico (totalidad de tipologías arquitectónicas) que se han realizado hasta ahora en España: el de Andalucía (Agudo, 1999b) y el de Extremadura (Calderón, 2011; Sánchez, 2011). En principio, la problemática de los inventarios sobre bienes etnológicos, en los que se insertan los de arquitectura tradicional, no se han de diferenciar en un contexto metodológico de cualquier otro inventario. Pueden abordarse desde una perspectiva temática, territorial/topográfica, o cronológica (Agudo, 2008: 161–162); variables que de una forma u otra van a estar presentes en todo inventario, pero entre las que podemos priorizar, hasta convertirla en el eje vertebrador del inventario de campo. 139 Los inventarios temáticos estarían centrados en una tipología específica de bienes, generalmente vinculados a un determinado territorio. Son los inventarios más frecuentes en el ámbito de la arquitectura, tanto tradicional como de otros contextos patrimoniales (industrial, militar, religiosa, etc.), centrándose en el caso de la arquitectura vernácula en tipologías que por una razón u otra han adquirido una especial relevancia simbólica: chozos, molino, lagares, cortijos, etc. En principio son estas tipologías claramente delimitadas por sus usos las más fáciles de abordar, por cuanto son más precisas de definir en sus contenidos; y por lo tanto suelen ser también los inventarios que se concluyan satisfactoriamente. En el caso de los inventarios territoriales/topográficos no se trata tanto de una determinada tipología de bienes en razón de sus características morfológicas o funcionales, sino del conjunto de todas ellas a partir de la vinculación contextual que establezcamos entre las mismas, y el área territorial en el que se ubican. El marco contextual de referencia vendría a tener más un carácter conceptual genérico, abarcando generalmente tipologías de bienes muy dispares. Buen ejemplo de ello serían los inventarios que se realizan o derivan de unas cartas arqueológicas, concebidas para registrar la totalidad de estos bienes en un determinado territorio, pero que obliga primero a definir que criterios definen esta condición de arqueológicos: periodos históricos, ruinas, localización en el subsuelo, etc. Lo mismo podemos decir de las cartas etnográficas e incluso de los inventarios de arquitectura tradicional, en los que, como veremos seguidamente, lo primero por concretar es el marco de referencia teórico (tradicional, vernácula, popular), la pertinencia o no de establecer unos límites en sus contenidos (habitacional, actividades productivas, etc.), e incluso niveles de integridad (grado de conservación, modificaciones y transformaciones habidas en el transcurso del tiempo). La tercera perspectiva sería la temporal, presente necesariamente en las dos anteriores, y que de hecho rara vez nos aparecerá como variable independiente. Aunque puede darse sí de lo que se trata es de inventariar los testimonios adscritos a una determinado marco cronológico: Edad Media, s. xix, etc. Paradójicamente no siempre es fácil dirimir entre estas tres variables, pudiéndose dar el caso de inventarios encuadrables en cualquiera de ellas o en más de una a la vez. Es el caso de los inventarios, relativamente frecuentes, en los que se registran los objetos vinculados a un determinado personaje histórico (literato, político, pintor, etc.) que podríamos incluir bien en la primera, si sólo registramos su producción artística o literaria, o en la tercera si recoge objetos diversos relacionados con su trayectoria vital (cronología). Los inventarios de arquitectura tradicional nos los vamos a encontrar adscritos a las dos primeras perspectivas; si bien nos centraremos en el análisis de la problemática de los inventarios territoriales/topográficos que pretenden registrar la totalidad de la arquitectura tradicional de un determinado territorio, en este caso tomando como ejemplos los que se han hecho en Andalucía (1994–1997) y Extremadura (2008–2009). La primera cuestión, como hemos indicado, es definir el marco conceptual: ¿qué entendemos por arquitectura tradicional? La vieja terminología de arquitectura popular ha entrado en desuso por su mayor ambigüedad si cabe, y por la carga ideológica que acompaña al propio término «popular»: ¿abarcaría únicamente la arquitectura vinculada a los colectivos subalternos, en el sentido de popular como concepto contrapuesto a lo culto y clases dominantes?; ¿dónde situamos los límites que se irán difuminando en los espacios intermedios que separan los polos opuestos de las escalas sociales, si tenemos en cuenta que buena parte de las imágenes que hoy asociamos con esta arquitectura popular recogen viviendas y construcciones que pertenecieron a sectores sociales intermedios, e incluso acomodados, de las sociedades que la crearon?; o bien, ¿sería toda la arquitectura si popular se relaciona con la acepción de pueblo como colectividad étnica? Sea como fuere, al igual que en otros ámbitos, el término popular (ideológico) esta siendo sustituido por el más aséptico de tradicional/vernáculo, en el que priman las variables tiempo (pasado que pervive en el presente) y modo de transmisión (intergeneracional), aparente más neutrales. Aunque no por ello deja de ser un concepto abierto a múltiples interpretaciones. 140 En ambos inventarios se emplean11 los términos de tradicional/vernáculo como sinónimos. La arquitectura tradicional vendría a ser la resultante, en cada territorio concreto, de la adaptación de los diferentes colectivos que los habitan a los recursos ecológicos disponibles y procesos históricos compartidos. El medio natural actúa siempre como factor condicionante, aportando los materiales necesarios para la construcción, influyendo en su planimetría (orografía) y disposición de sus elementos y espacios interiores (climatología). Pero son los factores históricos, culturales, los que van a determinarla, con el desarrollo de técnicas constructivas propias o mas o menos generalizadas, diseños espaciales, y resultados estéticos característicos; resultantes de largos procesos evolutivos en los que han tenido cabida tanto modelos de raíz endógena, como préstamos y adaptaciones procedentes de otros lugares. Todo ello ha culminado por generar modelos arquitectónicos peculiares, adaptados a cada zona, comarcas12, e incluso localidades. A su vez, la variedad interna de estos mismos modelos reflejará la diversidad de la estructura social (grupos sociales) y económica (oficios, actividades) del colectivo que la crea. De ahí que, al contrario de las objeciones que pudiéramos poner al adjetivo popular, dentro de esta conceptualización de tradicional/vernácula tendrán cabida tanto los modelos arquitectónicos relacionados con los sectores sociales más humildes (jornaleros, pequeños propietarios, artesanos, pescadores, etc.) como las construcciones de mayor prestancia vinculadas a otros sectores más acomodados. De este modo, ambos inventarios, centrados en este caso en la importancia que en Andalucía y Extremadura ha tenido la tenencia de la tierra como eje socioeconómico, nos reflejan, en el caso de las viviendas, la existencia de unos patrones arquitectónicos compartidos (distribución básica de sus planta, técnicas constructivas) entre los diferentes sectores sociales; si bien, como es lógico, con muy notables diferencias conforme se alejan los polos de sus estructura sociales: número y amplitud de las dependencias, calidad constructiva, elementos ornamentales, etc. Orce. Límites no siempre fáciles de establecer entre lo culto y lo tradicional. Fotografía: Juan Agudo. 141 Ahillones. Lo culto en convivencia con lo tradicional. Fotografía: Aniceto Delgado. Inventario de arquitectura vernácula extremeña. La arquitectura, aún la más elemental, aunará su finalidad funcional primaria (habitación, lugar de trabajo, almacenaje, etc.) con otros valores simbólicos que reflejan la condición social de sus habitantes o de quienes las mandaron construir: valores que no sólo encontraremos en las arquitecturas habitacionales, sino también en otras más funcionales como es el mayor o menor derroche constructivo que podemos observar en cortijadas, bodegas, haciendas, fábricas, etc. De este modo, la arquitectura tradicional no es una mera expresión material con valor en sí misma (valoración etnográfica), acorde con los criterios estéticos o arquitectónicos que queramos atribuirle; por el contrario, su valor radica en su condición de verdaderos textos documentales (valor etnológico) que nos hablan del pasado y presente de una determinada comunidad; de cómo han resuelto sus necesidades materiales y espirituales; y de como se han estructurado las relaciones entre los diferentes sectores sociales que la han configurado. Todo ello debe quedar reflejado en estos inventarios. Lo que nos plantea una cuestión clave, abordada en la metodología de los inventarios de Extremadura y Andalucía, y que nos remite a la diferencia que anotáramos entre inventarios y catálogos: no todo lo que se inventaría es susceptible de ser protegido (catalogado), pero debe necesariamente formar parte de estos inventarios. Si únicamente debiéramos de inventariar aquellas construcciones potencialmente protegibles con las medidas al uso, difícilmente tendrían cabida aquellas relacionadas con los sectores sociales más humildes; pese a que, en el caso de las viviendas, suelen ser las más abundantes en numerosas poblaciones. La fragilidad de sus técnicas constructivas y parquedad de espacios impiden su readaptación a nuevos usos, e incluso en muchos casos dificulta su rehabilitación para los nuevos estándares de vida. 148 Ello supone, a la hora de inventariarla ver de lo que nos queda qué testimonios son susceptible de ser inventariados, significación patrimonial de los mismos, grado de conservación, etc. Ante cualquier inventario de arquitectura tradicional, a modo de conclusión, todo lo dicho se podría resumir en dos aspectos operativos fundamentales muy a tener en cuenta: ponderar antes de abordarlo los recursos disponibles (financiación, equipo de trabajo) y grado de abarcabilidad al que pretendemos llegar; y, en segundo lugar, prever la complejidad e imprevisibilidad que se da en este tipo de proyectos: acceso a los bienes a inventariar, dispersión de los mismos, etc. Ya hemos reseñado la importancia que debemos dar al nivel formativo de los investigadores de campo que han de llevarlos a cabo. En los inventarios temáticos el objeto esta predeterminado y la calidad de las fichas que se realicen pueden ser revisadas; pero no ocurre lo mismo en los inventarios territoriales/topográficos sobre arquitectura tradicional en general, donde antes de rellenar las fichas hay que determinar qué referentes seleccionamos y justificar dicha selección. En una palabra, van a ser los investigadores de campo los que determinen qué bienes arquitectónicos reúnen los requisitos para formar parte de estos inventarios; y en sentido contrario, cuáles quedan fuera de los mismos, es decir, seguirán en el olvido o son descartados por la carencia de unos valores significativos. De no tenerse en cuenta estos condicionantes, no es extraño, como ocurriera en Andalucía, que los inventarios queden inconclusos. O que terminen por convertirse en un fin en sí mismos, sin utilidad alguna: bien porque no se difundan ni si apliquen sus contenidos a fines de preservación (planes urbanísticos, inclusión en los inventarios y catálogos patrimoniales17), o porque la calidad y cuestionamiento de sus contenidos (criterios de selección, cumplimentación de las fichas) haga inviable este misma utilización. Bibliografía AGUDO TORRICO, J. (1999): «Patrimonio etnológico e inventarios. Inventarios para conocer, inventarios para intervenir». En: patrimonio Etnológico. Nuevas perspectivas de estudio, Coordinadora: Encarnación Aguilar Criado, Instituto Andaluz del patrimonio histórico, Granada: 52–69. — (1999b): «Inventario de arquitectura tradicional en Andalucía. Definición de objetivos y metodología: espacios habitacionales». En: Anuario etnológico de Andalucía. 1995–1997, Consejería de Cultura, Sevilla: 259–272. — (2004): «Arquitectura tradicional extremeño–andaluza. La riqueza de un patrimonio compartido». 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Y teniendo en cuenta que hasta 1926 no se promulga la ley sobre «Protección, conservación y acrecentamiento de la riqueza artística», considera la primera que pretende definir y abarcar la totalidad del patrimonio a proteger, predecesora no siempre bien reconocida de la emblemática Ley de 1933 en «Defensa, conservación y acrecentamiento del Patrimonio Histórico–Artístico Nacional», vigente hasta 1985. 2 Es conveniente no olvidar que en la protohistoria de la legislación patrimonialista que todas las medidas promulgadas con anterioridad al s. xx, además de tener un carácter mas voluntarista que de efectividad, (por la propia falta de medios que debían de acompañarla y de instituciones específicas que las hicieran cumplir) únicamente afectaban a aquellos bienes de titularidad pública. Cuando no simplemente se desdeñaban como tales bienes culturales: monumentos abandonados o simplemente convertidos en canteras tras la desamortización, destrucción de importantes bienes (murallas, conventos, palacios) en aras de la modernidad urbana que se extiende por la España de la segunda mitad del s. xix, etc. Un patrimonio que durante este s. xix y aún parte de comienzos del xx estuvo claramente en almoneda para la creciente demanda de estos bienes, primero en los países europeos y después en EEUU, como bien refleja el conocido y emblemático soneto de José Zorrilla «A España artística», escrito en 1840. 3 Casi siempre citados en relación con testimonios arquitectónicos, los monumentos serían cualquier referente con capacidad de rememorar un determinado pasado y contribuir a mantener la identidad de una comunidad (Rielg, 2003; Choay, 2007); o bien dan cuenta de «una fase representativa de la evolución o progreso, o de un suceso histórico» (Carta de Venecia, 1964); a lo que hay que unir, en el imaginario colectivo, la condición de ser obras «colosales», tal y como queda recogido en la Ley del patrimonio histórico de España (1985) en la que se dicen que son monumentos los inmuebles «que constituyen realizaciones arquitectónicas o de ingeniería, u obras de escultura colosal…» (art. 15). En definitiva, un consolidado concepto de muy imprecisa definición. 4 En esta fecha, bajo la Coordinación de la Dirección General de Bellas Artes y bienes culturales del Ministerio de Cultura, el Instituto del Patrimonio Cultural de España y el Instituto de Historia del Centro de Ciencias Humanas y Sociales (CSIC) culminan la extraordinaria labor de restauración y digitalización de estos Catálogos, facilitando su libre consulta a través de la página web del CSIC: http://biblioteca.cchs.csic.es/digitalizacion_tnt/. 5 Resulta reveladora la crítica que ya en 1919 realizara Torres Balbás al Catálogo Monumental y Artístico, y que bien podría aplicarse a otros muchos inventarios caracterizados por la falta de concreciones temáticas, cronológicas, etc. Decía: «es absurdo pretender inventariar totalmente el arte antiguo de una región o provincia; a la persona que con mejor voluntad quiera hacerlo y emplee en ello una ciencia sólida y mucho tiempo, seguramente se le pasarán por alto bastantes obras de arte. Imposible será también agotar la documentación que a ellas se refiere». Citado por Muñoz (2012: 31). 6 Siempre con excepciones, y en razón de la fuerza que en un determinado momento histórico atraiga una determinada tipología patrimonial. Es el caso de los inventarios de arquitectura tradicional a los que nos luego nos referiremos, promovidos y financiados por la respectivas Consejerías de Cultura de las Juntas de Andalucía y Extremadura. 7 Buen ejemplo de ello lo podemos observar en Andalucía, donde la en su momento denominada Consejería de Obras Públicas y Transportes (actual de Fomento y Vivienda) ha realizado y difundido algunos de los mejores inventarios realizados en esa comunidad: Cementerios de interés arquitectónico (1986–89); Pósitos, cillas y tercias (1987–88); Cortijos, haciendas y lagares (1991–2002). 8 Para abreviar, la diferencia entre ambos conceptos queda meridianamente expresada en el mundo de los museos, donde el inventario tiene la finalidad descriptiva de «identificar pormenorizadamente los fondos… con referencia a la significación científica o artística de los mismos, y conocer su ubicación topográfica», mientras que los catálogos tendrán un significado más connotativo, con la pretensión de «documentar y estudiar los fondos depositados en el mismo en relación con su marco artístico, histórico, arqueológico, científico o técnico». (Reglamento de los Museos de titularidad estatal y del sistema español de museos. 1987. art. 12). Así pues, mientras los inventarios se limitan a constatar la existencia de algo, los catálogos suponen el estudio y valoración de estos testimonios. 9 Véase al efecto el cuadro comparativo en la legislación vigente (Agudo, 2008: 173–77). 150 10 No deja de ser significativo que en las leyes autonómicas sobre patrimonio, cuando excepcionalmente se cite algún tipo de bienes específicos a proteger, siempre estén relacionados con la arquitectura tradicional, como ocurre, de forma muy concreta, en las de Castilla La Mancha, Cantabria, Aragón, Canarias o la Rioja. 11 En sus planteamientos metodológicos, pero no así en sus denominaciones. En Andalucía se denomino «Inventario de arquitectura popular», mientras que en Extremadura lo fue de «Arquitectura vernácula». 12 Lo que no significa que deban ser «exclusivas» de dichas comarcas o localidades. En determinados contextos, el valor de esta arquitectura radica también en ser un valioso testimonio de los ricos y variados intercambios que se han dado entre territorios circunvecinos. Y son múltiples los ejemplos que podríamos poner de ello, como las cercas de piedra y hermosos palomares que encontramos en la comarca zamorana del Sayago y la de Miranda do Douro en los Trás os Montes portugueses, o las técnicas y modelos constructivos compartidas entre las comarcas del Sur de Badajoz y las norteñas de Andalucía (Agudo, 2004). 13 Criterio que sí se está aplicando en Extremadura pero no así en Andalucía, en gran medida, en esta última comunidad, por la nula difusión que ha tenido el inventario, desconociéndose su existencia incluso en las poblaciones que están inventariadas, y aún menos la metodología seguida: fichas, clasificaciones tipológicas, etc. 14 En un reciente estudio centrado en la localidad extremeña de Alange (Badajoz), al tiempo que cuestiona la ancestral antigüedad de las bóvedas de aristas consideradas hoy en día como uno de los principales referentes identificatorios de la arquitectura tradicional extremeña, y que se datarían de la segunda mitad del s. xix (al menos en su generalización como técnica constructiva en viviendas de muy diferentes adscripciones sociales), se ha identificado a buena parte de los alarifes que construyeron estas casas abovedadas, reseñando su origen portugués en algunos casos. (Carmona, 2009). 15 Sin entrar en las cuestión político–cultural de cuáles son los límites de estas comarcas, rara vez precisos. Tanto en Andalucía como en Extremadura esta problemática ha sido abordada fallidamente en varias ocasiones en su delimitación institucional. Pero en ambas comunidades existen ya sólidos trabajos (procedentes fundamentalmente del campo de la geografía humana) que se aplican incluso en marcos funcionales por las mismas administraciones: turismo, sanidad. 16 Como ejemplo, en el inventario de Andalucía en la categoría de arquitectura relacionada con procesos productivos se llegó a contabilizar 56 tipologías, buena parte de ellas presentes sólo en algunas comarcas. A ellas hubo que unir los espacios de sociabilidad (22 tipologías) y las 3 básicas (jornaleros, medianos y grandes propietarios) de arquitectura habitacional. 17 En este sentido, es interesante reseñar que, en el caso extremeño, se ha iniciado una dinámica en la que los técnicos municipales que redactan o revisan los respectivos PGM (Planes Generales Municipales) están comenzando a solicitar la información de lo hasta ahora vertido en el IAVE (Inventario de Arquitectura Vernácula de Extremadura) para tener en cuenta al patrimonio inmueble vernáculo en la normativa de dichos planes. 151 Complejo hidráulico de fuente, lavadero y abrevadero en Linares de la Sierra (Huelva). Usos y aprovechamientos del agua. Fotografía: Aniceto Delgado. 152