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Los derechos de pesca, ¿una solución al estado de los caladeros de Gran Canaria (Islas Canarias, España)?

Alemán Medina, Aday

Abstract

Máster en Gestión Sostenible de los Recursos Pesqueros

Full text

LOS DERECHOS DE PESCA ¿UNA SOLUCIÓN AL ESTADO DE LOS CALADEROS DE GRAN CANARIA (ISLAS CANARIAS, ESPAÑA)? Universidad de Las Palmas de Gran Canaria Tesis del Máster Universitario en Gestión Sostenible de los Recursos Pesqueros 2010/2011 AUTOR: Aday Alemán Medina DIRIGIDA POR: Dr. José Juan Castro Hernández LOS DERECHOS DE PESCA ¿UNA SOLUCIÓN AL ESTADO DE LOS CALADEROS DE GRAN CANARIA (ISLAS CANARIAS, ESPAÑA)? Aday Alemán Medina Facultad de Ciencias del Mar, Máster Universitario en Gestión Sostenible de Recursos Pesqueros. Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. RESUMEN Debido al descenso de las capturas en los últimos años causado por la sobrepesca de la mayoría de las especies bentodemersales y pelágico-costeras, la pesquería artesanal en Gran Canaria (G. C.) está envuelta en una profunda crisis, cuyas consecuencias más visibles son el desguace de embarcaciones, el paro de parte de la flota (principalmente la de cerco) y la falta de relevo generacional en el sector. Esta situación pone en evidencia que la política pesquera, de arriba hacia abajo, que se ha venido desarrollando en el Archipiélago (particularmente en Gran Canaria) no ha sido efectiva, incluso se puede considerar que ha sido contraproducente ya que ha fomentado un incremento importante y descontrolado del poder y esfuerzo de pesca en las últimas décadas (barcos más grandes, más infraestructuras en tierra y más de 96.000 licencias de pesca deportiva sin control de captura ni esfuerzo). Por ello, se analiza en este trabajo la viabilidad de establecer un cambio significativo en la estrategia de gestión de los recursos pesqueros y el desarrollo del artículo 21 (del reparto de las posibilidades de pesca) del Decreto 182/2004 (de 21 de diciembre) que desarrolla la vigente Ley de Pesca de Canarias (Ley 17/2003 de 10 de abril). El establecer derechos de pesca surge como una solución al grave momento en el que se encuentra el sector, pero su desarrollo requiere cambios importantes en la legislación actual y en la forma de actuar de las administraciones, la sociedad y principalmente de los pescadores, ya que estos últimos se vuelven co-responsables en la gestión pesquera, tanto en la vigilancia, en la adecuación de los usos y en la aplicación de las estrategias de conservación que se establezcan, como en la obtención de información biológico-pesquera fidedigna y en la evaluación científica del estado de los stocks. Este cambio de filosofía, no sólo sugiere la implantación de estrategias de asignación adecuada y justa de los repartos de posibilidades de pesca entre las diferentes cofradías y asociaciones de pescadores deportivos, sino también un importante programa de educación y concienciación que permita que esta nueva forma de gestión tenga arraigo social y se vea como una ventaja ecológica y económica para todos, y en especial, para la generaciones futuras. Palabras clave Gestión pesquera; Derechos de pesca; Acción colectiva; AGPs; Áreas marinas Antecedentes En la isla de Gran Canaria (Islas Canarias, Atlántico Centro-Oriental) la pesca artesanal se encuentran sometida a múltiples presiones que fundamentalmente giran en torno a la sobreexplotación de la mayoría de las especies objetivo (González, 2008), sobredimensionamiento de las infraestructuras y poder de pesca (Morales-Malla, 2011; Sistiaga, 2011), falta de relevo generacional y fuerte incremento de la pesca deportiva (Jiménez-Alvarado, 2010). La pesca profesional se configura en torno a 4 cofradías de pescadores y 2 cooperativas del mar (Moreno-Herrero, 2011). La situación actual en que se encuentran los recursos pesqueros es en parte consecuencia, entre otras muchas cosas, del carácter de acceso libre que presenta la totalidad del caladero a las diferentes flotas (artesanal y deportiva), con la excepción de limitaciones espacio-temporales sobre el uso de algunas modalidades de pesca (e.g.: pesca submarina restringida a determinadas áreas, uso de trasmallos en periodos específicos e áreas específicas, etc.; Ley 17/2003). En Gran Canaria no existen áreas marinas protegidas que limiten totalmente la pesca en su interior, aunque si existen propuestas al respecto en el litoral noroeste y este. Tampoco existe limitaciones sobre las capturas de la mayoría de las especies de interés pesquero (está prohibida la captura de 22 especies ninguna de ellas con interés pesquero, y limitada la pesca del guelde blanco -Atherina presbitercomo cebo), exceptuando la captura diaria obtenible por los pescadores deportivo. Esta situación de acceso a cualquier recurso escaso lleva inevitablemente a su explotación ineficiente, que en el caso de las zonas de pesca implica la sobreexplotación del recurso, y la aplicación de unas cantidades excesivas de factores, como el capital y la mano de obra, al proceso de producción (Bjorndal, 1992; Gómez-Lobo et al., 2009). Además, existe el añadido de una normativa pesquera regional no efectiva y con muchas lagunas en sus planteamientos (Barrera-Luján, 2011). La política pesquera en vigor, potestad de la Comunidad Autónoma de Canarias, ha dado lugar a un sector pesquero sobredimensionado (o sobrecapitalizado) y poco eficiente que subsiste a través de un sistema de subvenciones (Morales-Malla, 2011). En general, estas se han destinado a la mejora de infraestructuras, mantenimiento de equipamientos, adecuación tecnológica de barcos y artes para aumentar su poder de pesca, que desgraciadamente no han sido dimensionadas acorde a la situación de sobreexplotación a la que están sometidos la mayoría de los stocks (González, 2008). Esta tendencia de las subvenciones a producir la sobrecapitalización del sector pesquero es un mal generalizado a lo largo de todas las pesquerías del mundo (Sporrong & Bevins, 2002; Sharp & Sumaila, 2009). Por otro lado, no se han generado los sistemas de control necesarios, a pesar de los sistemas de primera venta, para recopilar toda la información (e.g.: capturas deportivas y esfuerzo) que permita establecer el nivel de explotación al que se encuentran sometidos los stocks. Curiosamente, es en las pesquerías marinas, donde apenas existen controles de las capturas, con una gran parte de la explotación realizada sobre especies migratorias, que el sistema pesquero se vuelve perverso con todos los actores intentando alcanzar el máximo provecho pero no la máxima rentabilidad (Gómez-Lobo et al., 2009). En esta situación, la pesca se vuelve un claro ejemplo de La Tragedia de los Comunes, sobre la que Hardin (1968) argumentaba que ‖la libertad en el ―común‖ trae la ruina a todos‖, ya que el comportamiento maximizador y el egoísmo individual conduce hacia el agotamiento de los recursos y el colapso del sistema. El propio Hardin propone dos posibles soluciones: a) la privatización, y b) la propiedad y gestión estatal de los recursos. Las medidas de gestión convencionales están basadas en la teoría de que las regulaciones darán como resultado una pesca sostenible. Desafortunadamente, la experiencia con este enfoque no ha conseguido siempre el efecto deseado (Fujita et al., 2006). Las modificaciones llevadas a cabo en las leyes para mejorar la ordenación pesquera actual no han logrado un cambio ni en el estado de los stocks, ni en el bienestar del sector. Y las regulaciones existentes sobre tamaños mínimos de luz de mallas, artes de pesca, vedas temporales y espaciales, tallas mínimas de captura de las especies objetivo, se han mostrado poco efectivas para controlar el exceso de capturas y lograr una pesca eficaz (Pampillón, 2005). Esta situación de fracaso de los sistemas de gestión ―clásicos‖, establecidos por un ente regulador de carácter estatal (gestión top-down) obliga a buscar métodos y estrategias alternativas de gestión en las que el sector extractivo sea redimensionado de modo que sea rentable y eficiente al tiempo que se ajusta a la capacidad de soporte de los ecosistemas marinos. Es decir, que el sistema de explotación alcance la sostenibilidad. En este sentido, se vienen ensayando en diversas partes del planeta, otras alternativas, entre las que destacan los derechos de explotación, transferibles o no (Gutiérrez et al., 2011) y las áreas de manejo como una especificidad del sistema de explotación basado en la cogestión (Gómez-Lobo et al., 2009). La propia Ley de pesca de Canarias (Ley 17/2003 de 4 de abril) plantea en el artículo 21 del Decreto 182/2004 que la desarrolla, la eventualidad de establecer el reparto de posibilidades de pesca. Esto permitiría desarrollar un nuevo modelo de gestión basado en los derechos de explotación. Este se refiere a la obtención del derecho a capturar un número limitado de individuos, mediante la ley de oferta y demanda, teniendo en cuenta el máximo de captura posible que permita la recuperación de las especies objetivo. La finalidad de este trabajo es profundizar en la posibilidad de desarrollar el artículo 21 del Decreto 182/2004, cuantificando las ventajas, inconvenientes y dificultades que una estrategia basada en los derechos de explotación tendría en el marco actual de explotación en el que se encuentran los recursos pesqueros de la isla de Gran Canaria y en la estructuración social y administrativa que tiene el sector pesqueros, tanto profesional como deportivo. Los derechos de explotación Los derechos de pesca son un aspecto importante de las instituciones en las que se desarrolla la pesca. Todos los regímenes de ordenación pesquera implican el establecimiento de normas que alteran los derechos, deberes, incentivos, expectativas, y el comportamiento de los pescadores (Huppert, 2005) y esto crea conflicto, pero no por ello se debe olvidar la situación en la que se encuentra el sector ni el objetivo prioritario que se tiene que establecer, que es el de conservar los recursos y con ellos un sector artesanal sostenible. Además, la teoría bioeconómica y estudios de casos sugiere que los derechos basados en cuotas de captura puede proporcionar incentivos individuales para la cosecha sostenible, que es menos propenso a colapsar (Costello et al., 2008). La opción de la gestión pesquera a través del sistema de los derechos de pesca no es, ni mucho menos actual, ya que se ha estado implantando desde la década de 1980 aproximadamente. Existen muchos ejemplos de su aplicación a lo largo de todo el mundo: Australia (Kearney, 2001), Nueva Zelanda (Bess, 2000; Kearney, 2001; Yandle, 2003; Arnason, 2005), Finlandia (Sipponen et al., 2006), Méjico (Costello et al., 2008), Brasil (Begossi, 1998), Islandia y Noruega (Arnason, 2005; Hannesson, 2005), Dinamarca, Países Bajos y Reino Unido (Davidse, 1999). Incluso existen casos específicos basados en los derechos de explotación en España, tales como la pesquerías de moluscos en Galicia (Morales et al., 2003; Frangoudes et al., 2008), Islas Baleares (Morales-Nin et al., 2010) o Asturias (Fernández-Rueda et al., 2006). No obstante, para fundamentar el sistema de los derechos hay dos puntos muy importantes dentro del ordenamiento; (i) el concepto fundamental de la acción colectiva y (ii) el funcionamiento organizativo del reparto de derechos. Un ejemplo clarificador de la implantación del sistema de gestión por medio de los derechos de pesca puede ser la pesquería artesanal desarrollada en la Isla San Salvador (Filipinas). En esta pesquería hasta la década de 1960 los pescadores gozaban del acceso libre e ilimitado a los recursos naturales costeros. Sin embargo, a partir de la siguiente década, por diversas causas se produjo un conflicto en el sector, que derivaron en reclamaciones al gobierno para que tomase el completo control sobre el uso y protección de los recursos marinos y costeros, aunque esto no significó el fin de la destrucción o degradación de los recursos (Mahfuzuddin et al., 2004). Se produjo una muestra de la poca efectividad de la gestión por parte del gobierno central (gestión topdown), siendo incapaz de contrarrestar la sobreexplotación o los artes de pesca dañinos, algo bastante extendido en muchos países desarrollados. Esta situación dio paso a una fase en la que se proporcionó una gran importancia a la acción colectiva (co-gestión). Este es uno de los conceptos más importantes dentro del ordenamiento que se propone, ya que se refiere a que todos los actores relacionados con el sector pesquero se involucren y aúnen sus fuerzas para el desarrollo del sector. Los actores en sí son el gobierno, las organizaciones no gubernamentales (ONG), grupos organizados de pescadores (cofradías o asociaciones deportivas) y otros grupos interesados en las decisiones de gestión. Esta parte del sistema es muy importante, ya que gestionar los fondos de recursos comunes exige los esfuerzos conscientes de una amplia gama de grupos de interesados, para organizar y crear reglas que permitan el uso equitativo y sostenible de los recursos, en beneficio de todos (Mahfuzuddin et al., 2004). En general, la acción colectiva constituye un sistema de gobernabilidad más democrático que la gestión del estado, porque los usuarios participan más en la determinación de los derechos de pesca y comparten la autoridad en la toma de decisiones. Además, mejora la eficacia de la gestión al hacer uso de los conocimientos autóctonos y asegurar una mayor conformidad con las normas (Mahfuzuddin et al., 2004). Por todo esto, en la bahía de San Miguel en la isla de San Salvador (Filipinas), se estableció el consejo San Miguel Bay Fisheries Management Council, compuesto por representantes de todos los grupos de actores interesados en la toma de decisiones. Otro ejemplo que demuestra el efecto positivo que puede tener este sistema alternativo de gestión pesquera sobre el sector y sobre el recurso es el desarrollado en Nueva Zelanda. Hasta el momento en que se implantaron los derechos de pesca, la gestión se basaba en la imposición de vedas, restricciones en el uso de artes de pesca, paros biológicos, etc., pero ninguna de las medidas tenía el efecto deseado. Con la implantación de los derechos se esperaba alcanzar algunos beneficios como la mejora biológica del recurso, garantizar el acceso al mismo, desarrollar una industria orientada al mercado y organizada por las leyes de libre mercado, reducir la sobrecapitalización, ofrecer mayor libertad, flexibilidad y responsabilidad al sector e incrementar su eficacia, competitividad y rentabilidad, así como minimizar la intervención gubernamental (Pampillón, 2005). El primer paso de la introducción del sistema fue la evaluación de las capturas de la pesca deportiva y, a continuación, el cálculo del Total Admisible de Capturas (TAC) de las especies objetivo más importantes. Los derechos de pesca se consideraron proporcionales, transferibles y comercializables del TAC establecido para cada especie, el cual lo propone el Ministerio de Pesca. El sistema por el que se que obtuvieron los derechos fue a través de subastas y cada compañía pesquera sólo podía poseer el 20% de los derechos a pescar cualquiera de las especies en cada uno de las Áreas de Gestión Pesquera (AGP). Las AGPs son las zonas en que se dividieron las aguas de pesca neozelandesas para explotar el reparto de los derechos, por medio del Derecho de miembros a persona cualificada para establecer un seguimiento de su concesión de explotación y que establezca un plan de explotación y gestión orientada a maximizar el rendimiento asegurando la sostenibilidad de los recursos presentes en el área. En cada AGP se establecerá el nivel de explotación y el reparto de los derechos de explotación entre sus miembros-asociados, ya sea como una asignación directa en función de la representatividad (número de pescadores, TRBs disponibles, derechos históricos, etc.) o a través de un sistema de subasta. No obstante, estos derechos pueden ser transferibles, alquilables o cesibles entre miembros o asociados, en incluso a individuos externos según las normas de funcionamiento establecidas en la AGP. De modo que a partir de aquí, los interesados en faenar en un área determinada deberán adquirir el derecho de pesca mediante el sistema de subasta y podrán obtener todos los derechos que deseen mientras no excedan el 30 % de la cuota perteneciente a cada AGP, tal y como establece el artículo 21 del Decreto 182/2004 de la vigente Ley de Pesca de Canarias. El precio del derecho dependerá de la abundancia del recurso y se fijará a través del sistema de la oferta y la demanda. En la misma ley antes citada se establece que las posibilidades de pesca son transferibles, siempre y cuando se haga previa autorización de la Consejería de Pesca. Esta se encargará cada año de ampliar o reducir la cuota anual de captura para el total de la isla dependiendo de la evolución del recurso, y al cabo de unos años, con el nuevo ordenamiento asentado se podrían vender los derechos cada dos, tres o los años que se crea conveniente. Las AGP no entrarán en conflicto con los diferentes sectores interesados, ya que existirán zonas diferentes para pescadores profesionales, para pescadores recreativos desde embarcación, para pescadores recreativos subacuáticos y para pescadores recreativos desde orilla. Y no podrán solaparse, ya que se trata de ―áreas privadas‖ donde solo pueden podrán ejercer la actividad extractiva aquellos a los que le han sido asignados los derechos de explotación exclusivos en cada zona. Ahora bien, el sistema de co-gestión no se puede limitar únicamente a otorgar derechos, si no también obligaciones. Entre las obligaciones que cada cofradía o asociación deportiva a la que se le han otorgado los derechos de explotación de un área específica se encuentra el registrar de modo exacto las capturas obtenidas de cada especie y el esfuerzo realizado para ello, y reportar dicha información a la Administración competente en materia de pesca (la Viceconsejería de Pesca en este caso). Además, deben contribuir en la vigilancia de la zona, denunciando todas aquellas irregularidades que se detecten así como la posible intromisión de terceros sin la preceptiva autorización o la presencia de furtivos. La implementación de un sistema de cuotas no evita la presencia de pescadores sin derecho a la pesca en un AGP, por lo que la vigilancia es una función muy importante y necesaria. Deben colaborar de forma activa en la evaluación del estado en el que se encuentran los recursos pesqueros dentro de su área, ya sea a través del encargo de evaluaciones propias o contribuyendo a sufragar los costes de los programas de investigación rutinarios realizados desde las administraciones locales. Por otro lado, son responsables de la ordenación de la pesca dentro de su área, dentro del marco de ordenación general establecido por la Viceconsejería de Pesca a través de leyes y reglamentos, estableciendo limitaciones de uso sobre artes y aparejos permitidos en el marco normativo vigente, nivel de esfuerzo realizado en cada momento (asignando horarios de pesca, cuotas de captura, vedas temporales y zonales y/o número de pescadores) y que especies y tallas pueden ser capturables en cada momento, así como establecer la estrategia común de comercialización en el caso de las cofradía o cooperativas de pescadores profesionales (los pescadores recreativos tendrán prohibida la venta de la captura). Es decir, las entidades concesionarias de los derechos de explotación tienen el disfrute del recurso y el deber de su protección. En el caso de que la autoridad competente entienda que esta obligación a la protección no está siendo llevada a cabo de forma adecuada puede revocar o dejar en suspenso, unilateralmente y previa presentación de los informes que así lo certifiquen, los derechos de explotación previamente adquiridos de forma definitiva o temporal. Este sistema prima a la eficiencia, ya que los derechos serán generalmente asignados a los pescadores más competentes, es decir, los que incurren en menores costes y pueden, por tanto, pagar un precio más alto por los derechos de pesca. Como corolario, los derechos de pesca estimulan el progreso al reducir los costes de las capturas. Los pescadores que adopten nuevos métodos que reducen los costes ganarán más dinero con sus cuotas y estarán en mejor situación para comprar las de los menos eficientes. Se da aquí un acusado contraste con el actual sistema de regulación, que estimula las sobreinversiones en la carrera por los recursos fugitivos (Pampillón, 2005). Organización de las cofradías y asociaciones con derechos de explotación asignados Con el funcionamiento de los derechos ya detallado, el siguiente eslabón será como se organizarán las diferentes Gestorías Pesqueras. Los departamentos ejecutivo, económico, jurídico, biológico y social son esenciales para que su labor sea fructífera. La parte ejecutiva será la ―cabeza pensante‖ de la cooperativa, aquí se incluyen el presidente y el secretario general, y se encargarán de la firma de los convenios y del acercamiento con la administración. Como indican Gutiérrez et al. (2011), si el presidente o el secretario de la GP tiene habilidades empresariales, será muy beneficioso para la organización. Aunque aparte debería existir un departamento económico que nutra a la gestoría de los conocimientos necesarios para la comercialización o el valor añadido del producto extraído. En este departamento se integraría al tesorero, que se encargaría de la contabilidad. La sección jurídica responderá en caso de alegaciones, querellas, demandas o demás conflictos que puedan afectar a la asociación por vía judicial, y defenderá los derechos de la misma en base a la legislación. El departamento biológico se encargará del control de los datos de capturas que se tomen en la zona y a partir de estos, propondrá el aumento o disminución de la cuota. También servirá como base para rebatir los informes de la administración, cuando no coincidan con los propios de las cooperativas. Y por último, y no menos importante, la parte social cuya función será la divulgación del sector con la creación de cursos de formación o de jornadas informativas para el consumidor. A todo esto hay que añadirle una parte administrativa donde se incluye a un secretario que justifique todos los procedimientos que se lleven a cabo internamente y unos vocales que serán los representantes antes los medios de comunicación y también tendrán la labor de llevar a la cúpula de la organización los problemas o incertidumbres de los pescadores. Estás gestoría tendrán plena potestad y derecho a influir en las decisiones que tomen relacionadas con el sector, de esta forma las regulaciones que se pudieran tomar estarán más respaldadas si todos los interesados han tomado parte en su definición. Ésta debe ser la tónica general desde el primer momento que se implante el nuevo sistema, ya que la acción colectiva es muy importante y hace a todos participes de la toma de decisiones. Por tanto, la administración debe implicarse y atender a las demandas de las asociaciones de interesados y éstos deben adoptar una actitud abierta y participativa para que el sector progrese unido en una misma dirección. Posible distribución de áreas de gestión pesquera en Gran Canaria Una posible propuesta de distribución de las Áreas de Gestión Pesquera en la propuesta del nuevo sistema podría ser la que se dibuja en la figura 1, donde además se establecen posibles área de protección (áreas marinas protegidas y zonas de alevinaje) La distribución de la AGP se han establecido aproximándolas en lo posible a las áreas actuales de acción de las distintas flotas de pesca asociadas a las respectivas cofradía de la isla. Sin embargo, la necesidad de incluir AGP asignadas a asociaciones de pescadores deportivos hace necesario reducir parcialmente las áreas de acción de las flotas profesionales. Las AGP de asociaciones deportivas se han establecido en función de la cercanía de los puertos deportivos, en el caso de la modalidad de pesca desde embarcación, o a lo largo de la costa hasta una cota de 10 m de profundidad para los pescadores de caña desde orilla o pesca submarina. Hay que recordar que los pescadores profesionales no pueden instalar sus aparejos de pesca a profundidades inferiores a los 18 metros, particularmente las nasas (30 m, en el caso de las redes de enmalle). Desde los 10 hasta los 18 metros de profundidad no se permitiría pescar a ningún sector interesado, a modo de zona de amortiguamiento. Se debe tomar a consideración que estas propuestas se verían afectadas por las zonas de reservas marinas o sebadales que se puedan crear, en ese caso se haría una modificación en esos puntos determinados. Además existe una ley en la que se describe como debe ser el comportamiento de todos estos grupos de actores, con lo que la propuesta no pretende entrar conflicto con la legislación vigente, sino que es un añadido a esta. Fig. 1. Propuesta de AGPs para la isla de Gran Canaria (Fuente: Elaboración propia) Conclusión Cabe afirmar que la implantación del sistema de los derechos de pesca en la isla de Gran Canaria no será sencilla pero puede significar una opción viable para alcanzar la sostenibilidad del sector y una estrategia adecuada para alcanzar un nivel de explotación adecuado para los stocks. Lo primordial es que todas las partes interesadas del sector pesquero artesanal grancanario estén de acuerdo en que la situación actual no puede prolongarse más tiempo. A partir de aquí, se deben poner de acuerdo y buscar una solución adecuada. La opción del sistema por derechos de explotación es una de las muchas que pueden existir, pero sin embargo, es de las pocas que se han usado en todo el mundo obteniendo buenos y esperanzadores resultados. La propuesta que se aquí se expone debe tratarse como una primera aproximación, nada definitiva, ya que su finalidad es sólo servir de ejemplo de una posible división territorial de los derechos de explotación en función del marco administrativo actual basado en seis cofradías/cooperativas de pescadores, conformadas por 317 pescadores profesionales, y más de 20 mil licencias de pesca recreativa en la isla (en 2011 el número de licencias para el conjunto del Archipiélago es de 96217). El objetivo del trabajo es el de servir como primera reflexión que ayude a establecer cambios significativos en la insostenible estrategia de explotación pesquera actual en la Isla, a partir de una acción colectiva de todos los actores implicados. Agradecimientos Quiero agradecer al Dr. José Juan Castro Hernández su ayuda inestimable y su apoyo incondicional, sin el cual no habría sido posible la elaboración de este trabajo. No me puedo olvidar de mis compañeros del Máster en Gestión Sostenible de los Recursos Pesqueros de la ULPGC, con los que he pasado un año muy exigente de la mejor manera posible. Este trabajo ha sido elaborado en colaboración con el Proyecto Gestión Sostenible de los Recursos Marinos (identificado con al acrónimo GESMAR y el código MAC/2/C068), enmarcado en el Programa de Cooperación Transnacional Madeira-Azores-Canarias, PCT-MAC 2007-2013. FISHING RIGHTS A SOLUTION TO THE STATE OF FISHING AREA IN GRAN CANARIA (CANARY ISLANDS, SPAIN)? Aday Alemán Medina Faculty of Marine Sciences, Masters Degree in Sustainable Management of Fisheries Resources. University of Las Palmas de Gran Canaria. ABSTRACT Due to declining catches in recent years caused by overfishing of most species and pelagic bentodemersales-coastal artisanal fisheries in Gran Canaria (GC) is enveloped in a deep crisis, whose most visible are scrapping boats, unemployment of the fleet (mainly purse) and the lack of generational replacement in the sector. This shows that fisheries policy, from top to bottom, which has been developed in the archipelago (particularly in Gran Canaria) has not been effective, can even be considered to have been counterproductive because it has fostered a significant increase and uncontrolled power and fishing effort in recent decades (larger boats, more infrastructure on land and over 96,000 licenses of fishing without catching or effort control). Therefore, this paper examines the feasibility of establishing a significant shift in strategy for the management of fishery resources and the development of Article 21 (the distribution of fishing possibilities) of Decree 182/2004 (21 December) developed by the current Law on Fisheries of the Canary Islands (Law 17/2003 of 10 April). The use of fishing rights emerged as a serious solution to the time when the industry is, but its development requires major changes in current legislation and how to act in government, society and especially the fishermen, as the latter becomes coresponsible fisheries management, both in monitoring the adequacy of the uses and implementation of conservation strategies to be adopted, as in obtaining reliable information and biological-fishing in the evaluation scientific status of stocks. This change in philosophy, not only suggests the implementation of strategies for adequate and fair allocation of the distributions of fishing opportunities among the various guilds and associations of sport fishermen, but also an important education and awareness program that allows this new form of have roots in social and management is seen as an ecological and economic benefit for everyone, and especially for future generations. Keywords Fisheries management, Fishing rights, Collective action, AGPs, Marine areas Background On the island of Gran Canaria (Canary Islands, Eastern Central Atlantic) artisanal fisheries are subject to many pressures that fundamentally revolve around the exploitation of most target species (González, 2008), oversizing of the infrastructure and fishing power (Morales-Malla, 2011; Sistiaga, 2011), lack of generational change and strong growth in sport fishing (Jimenez-Alvarado, 2010). Commercial fishing is set around 4 and 2 fishermen's cooperatives in the sea (Moreno-Herrero, 2011). The current situation in which fishery resources are found is partly due, among other things, the nature of free access that has the entire fishing ground to the various fleets (artisanal and recreational), with the exception of constraints on space-time the use of some fishing methods (eg: spearfishing restricted to certain areas, use of gillnets in specific periods and specific areas, and so on., Law 17/2003). In Gran Canaria, there are no marine protected areas that restrict fishing completely inside, although there are proposals at the coast north and east. There are no restrictions on catches of most species of fishery interest (prohibited the capture of 22 species of them with no commercial interest, and white guelder limited fishing -presbiter Atherinalike bait), except the daily catch obtainable by anglers. This access to any scarce resource exploitation inevitably leads to inefficient, in the case of fishing involves the exploitation of the resource, and the application of excessive amounts of factors such as capital and labor, the production process (Bjorndal 1992; Gomez-Lobo et al., 2009). There is also the addition of a regional fishing regulation ineffective and many gaps in their approaches (Barrera-Lujan, 2011). Fisheries policy in force, the power of the Canary Islands, has led to oversized fishing industry (or overcapitalized) and inefficient remaining through a grant system (Morales-Malla, 2011). In general, these have been earmarked for infrastructure improvements, maintenance of equipment, technological adaptation of vessels and gear to increase their fishing power, which unfortunately have not been rated according to the situation of exploitation to which they are subjected most stocks (González, 2008). This trend of subsidies to produce overcapitalization the fisheries sector is a widespread problem across all fisheries in the world (Sporrong & Bevins, 2002; Sharp & Sumaila, 2009). On the other hand, have not generated the necessary control systems, despite the first-sale systems, to collect all information (eg: recreational catches and effort) that allows the level of exploitation to which stocks are under. Interestingly, it is in marine fisheries, the benefit of the catch. Therefore, the best solution is a change management system that aligns the incentives and economic goals with ecological, compared to current bans or limitations that all they do is promote over-investment (Sporrong & Bevins, 2002; Sharp & Sumaila, 2009; Gomez-Lobo et al., 2009), as extracted from the report of the U.S. on Ocean Policy (U.S. Commission on Ocean Policy, 2004). According to this information, the incentives created by the governance of the commons results in the game "cat and mouse" between fishermen and managers: "... if managers limit the length of the boat, fishermen increased their width for more catches. If managers limit the width, fishermen install larger engines so they can go to and from the fishing grounds faster. If managers limit the horsepower of the engine side fishermen use boats to offload their catch while fishing remain. " Applicability of the exploitation rights to the artisanal fishery GC In Gran Canaria, there are four and two fishermen's cooperatives in the sea, so to facilitate transition to the new order should not change this distribution, if any, will be added (associations / federations of anglers) for proper distribution of rights of all stakeholders and reduce unrest for this reason. For all interested parties have access, upon entitlement, you have to take into account both professional fishermen and the recreational as well as potential areas for protection (e.g. marine reserve and nursery areas) that may occur along the coast. In the latter regard, studies so far, in the Mediterranean (Reina-Hervas et al. 1987; Guidetti et al. 2000; Verdiell-Cubed et al., 2007), Iberian Atlantic (Ribeiro et al ., 2006) and Canary (Mena et al., 1993, Aguilera et al. 1994; Polifrone et al., 2006, Tuya et al., 2006) coincide with the results of Thorn et al. (2011) for Gran Canaria, indicating that ―Sebadales‖ or Cymodocea nodosa meadows play an important role in areas of recruitment, to shelter large numbers of fry and juveniles of many species of fish. This implies that the prairies of C. nodosa contribute significantly to the production of fish and have a great importance in the conservation of coastal fish communities, since after the juvenile stage individuals of most species leave the prairies to go to other habitats, including rocky reefs (Aguilera et al., 1994, Tuya et al. 2004; Polifrone et al., 2006). About 80 fish species are exploited by artisanal fisheries in the Canary Islands (Franquet et al., 1995), some of them can be considered as target species, given its abundance in the catches and their economic interest. Among these are: Mullus surmuletus, Dentex gibbosus, Pagellus acarne, P. erythrinus, Pagrus Pagrus and Spondyliosoma cantharus, which is about 70% of the total catch of demersal coastal fish (Pajuelo, 1997). Of these 6 species, according to the results obtained by Espino et al. (2011), 4 use the meadows of Cymodocea nodosa in the early stages of development, which provides an insight into the role of this ecosystem in the sustainability of the fishing island. The international recognition of the environmental and economic importance of seagrass beds has led to the establishment of various legal measures. Thus, in Europe, the Berne Convention of 1979 in its Annex I (Council Decision 82/72/EEC of 3 December 1981, Convention on the conservation of wildlife and natural habitats of Europe) protect populations of Cymodocea nodosa in the Mediterranean Sea. Moreover, the Habitats Directive (Directive 92/43/EEC on the conservation of natural habitats and of wild fauna and flora) includes in its Annex I, Habitat Code 1110, called Sandbanks slightly covered by shallow seawater. What in the Canary Islands includes the habitat of C. nodosa and therefore ―Sebadales‖. However, despite their ecological importance in the islands, has not been listed as a priority habitat under the Directive. According to the Habitats Directive, in the Canary Islands have established a number of spaces are intended to protect the habitat of Sebadales. These spaces called LIC's (Sites of Community Importance) are part of Natura 2000. Among the LIC's declared Sebadales in Gran Canaria are: Franja Marina de Mogán, Bahía del Confital, Bahía de Gando, Playa del Cabrón, Sebadales de Playa del Ingles and Sebadales de Güigüi (Espino et al., 2008). In the year 2010 was declared by the Ministry of Environment, Rural and Marine Affairs (MARM) and Special Areas of Conservation (SAC), near the sea area of La Isleta and the coast of Sardina del Norte (Decree 174/2009, of December 29, by declaring Special Areas of conservation members of the Natura 2000 network in the Canaries and measures to maintain a positive conservation status of these natural Published in the BOC, January 13, 2010). The protection of nursery areas for fish is not the only thing to keep in mind when fighting the effects of overexploitation of fish stocks on the island of Gran Canaria. It is also important, as we saw in the Philippines, the creation of marine reserve areas that are partially or completely closed to the extraction of resources, since they offer much performance. Any of the above ZECs may well be named marine reserves, because they all have enough features to be. But there are three cases with more weight among all to get someday become a marine protected area. The first are Sebadales of Güi-güi, which besides providing a nursery area for fish, is part of the habitat of several species of great importance such as the bottlenose dolphin, Tursiops truncatus, and the loggerhead turtle, Caretta caretta. The second is the union of the coastline of Mogán and los Sebadales de Playa del Inglés due to the multitude of Sebadales and therefore nursery areas, located along the southern coast of the island, with its consequent ecological . In addition to forming part of the habitat of the two aforementioned species for the area Güi-Güi. And the third is the area between the peninsula and Arinaga Gando is currently under final report for incorporation in marine protected area of fisheries interest since 2008, but now stands. This area is included in the Natura 2000 network under Directive 92/43/EEC, though none is listed as a priority (Tuya, 2002). On the other hand, the total coast of Gran Canaria, excluding sea area that are configured as protected areas will be divided into Fisheries Management Areas (AGP), each of which would be assigned to a guild-run sports association by an executive body, economic and social development, the Fisheries Administration offices (GP). These cooperatives have the task of managing the catch quota belongs to him, that they will yield taking into account the maximum sustainable for each species in the area. The Ministry of Fisheries of the Canary Islands will be calculated according to scientific studies, campaigns or sampling the maximum amount of catch in each area annually. This does not mean that every GP includes among its members to establish a qualified person monitor their mining concession and to establish a business plan and managing maximize ensuring the sustainability of the resources in the area. AGP will be established at each level of exploitation and allocation of exploitation rights among its members, partners, either as a direct allocation based on the representation (number of fishermen, TRBs available, historical rights, etc.) Or an auction system. However, these rights may be transferable, rentable or transferable between members or partners, including individuals outside the operating rules as laid down in the AGP. So from here, those interested in fishing in an area must acquire the right to fish through the auction system and can obtain all the rights they wish until they exceed 30% of the share belonging to each AGP, such as prescribed in Article 21 of Decree 182/2004 of the current Law on Fisheries of the Canary Islands. The right price depends on the abundance of the resource and set through the system of supply and demand. The same law cited above provides that fishing opportunities are transferable, provided permission is made of the Ministry of Fisheries. This will each year to expand or reduce the annual total catch for the island depending on the evolution of the resort, and after a few years, with the new order established rights could be sold every two, three or years it sees fit. The AGP will not conflict with the various stakeholders, as there will be different areas for commercial fishermen to recreational fishermen from a boat for recreational underwater fishermen and recreational anglers from shore. And they cannot overlap because it is "private areas" can only be exercised where the extractive those who have been assigned the exclusive rights of exploitation in each area. However, the co-management system cannot be limited solely to confer rights but also obligations. The obligations that each fraternity or sports club which has been granted rights to exploit a specific area is the record of exactly how the catch of each species and the effort to do so, and report such information to the competent authority on fisheries (the Deputy Ministry of Fisheries in this case). They should also help in monitoring the area, exposing all the irregularities detected and the possible interference of third parties without permission or the presence of poachers. The implementation of a quota system avoids the presence of fishermen out of fishing rights in an AGP, so that surveillance is a very important and necessary. Should work actively in the evaluation of the state in which they are fishery resources within their area, either through commission or contributing to their own assessments cover the costs of routine research programs carried out from local authorities. On the other hand, are responsible for the management of fisheries within their area, within the general management framework established by the Deputy Ministry of Fisheries through laws and regulations, limitations on gear and appliances use permitted under the existing regulatory , level of effort each time (assigning hours of fishing, catch quotas, seasonal closures and area and / or number of fishermen) and species and sizes can be caught at any time, and establish joint marketing strategy If the guild or cooperative professional fishermen (recreational fishers have prohibited the sale of the catch). That is, the concession operators of the exploitation rights are the enjoyment of the resource and the duty of protection. In the event that the authority understands that this obligation to protect is not being conducted properly can revoke or suspend unilaterally and on presentation of the reports so certify, the previously acquired operating rights of permanently or temporarily. This premium system efficiency, since the rights will generally be assigned to competent fishermen, that is, they incur lower costs and can therefore pay a higher price for the fishing rights. As a corollary, the fishing stimulate progress by reducing the costs of the catch. Fishermen to adopt new methods to reduce costs more money to earn their fees and will be better to buy the least efficient. Given here contrasts sharply with the current system of regulation that encourages over-investment in the race for fugitive resources (Pampillón, 2005). Organization of the guilds and associations with exploitation rights assigned With the operation of the rights and detailed, the next link will be organized as different Fisheries Administration offices. The executive, economic, legal, biological and social are essential to its work is fruitful. The executive branch will be the "guiding mind" of the cooperative; this includes the president and the secretary general, and is responsible for signing agreements and approach to management. As indicated by Gutierrez et al. (2011), if the president or the secretary of the GP has entrepreneurial skills will be very beneficial to the organization. Although there should be a separate department that nurtures the economic knowledge necessary for marketing or valueadded product extracted. In this department, integrate the treasurer, who would be responsible for accounting. The legal department will respond in case of allegations, complaints, lawsuits or other disputes that may affect the association through the courts, and defend the rights of the same based on the legislation. The department shall monitor biological data of catches taken in the area and from these, propose an increase or decrease the quota. It will also serve as a basis to refute the reports of the administration, if different from their own cooperatives. And last but not least, the social function of which will be the dissemination of the sector with the creation of training or information sessions for consumers. To all this we must add an administrative part which includes a secretary to justify all procedures are carried out internally and a vocal that will represent the media before and will work to bring the dome problems or uncertainties organization of fishermen. You have full authority and private agency the right to influence decisions made related to the sector, thus the regulations could be taken will be better supported if all stakeholders have taken part in its definition. This should be the general trend from the first to implant the new system, and that collective action is very important and makes all participants in the decision-making. Therefore, management must get involved and meet the demands of the associations concerned and they should adopt an open and participatory for the sector to progress together in the same direction. Possible distribution of areas of fisheries management in Gran Canaria A possible proposal for distribution of Fisheries Management Areas in the proposed new system could be the one depicted in figure 1, where he also established possible protection area (marine protected areas and nursery areas) The distribution of AGP were established approximately as much as possible to current areas of action of the various fishing fleets to the respective associated brotherhood of the island. However, the need to include AGP assigned to associations of sport fishermen is necessary to partially reduce the areas of action for professional fleets. The AGP sports associations have been established based on the proximity of marinas in the case of the type of fishing from a boat or along the coast to an altitude of 10 m depth for anglers from shore or underwater fishing. Remember that professional fishermen cannot set up their gear at depths below 18 meters, particularly traps (30 m, in the case of gill nets). From 10 to 18 feet deep would not be allowed to fish any sector concerned, as a buffer zone. Consideration should be taken that these proposals would be affected by marine reserves or areas that can be created Sebadales in that case would be a change in those specific points. There is also a law that must be described as the behaviour of all these groups of actors, so the proposal does not conflict with the law into force, but is added to this. Fig. 1. AGPs proposal for the island of Gran Canaria (Source: Author) Conclusion Arguably, the implementation of the system of fishing rights on the island of Gran Canaria will not be easy but it can mean a viable option for the sustainability of the sector and an appropriate strategy to achieve an appropriate level of exploitation of stocks. The bottom line is that all stakeholders in the artisanal fisheries sector grancanario agree that the current situation cannot last longer. From here, you should reach an agreement and find a solution. The choice of operating system rights is one of many that may exist, but nevertheless is one of the few that have been used worldwide to perform well and encouraging results. The proposal presented here should be treated as a first approximation, nothing definitive, since its purpose is only an example of a possible territorial division of exploitation rights according to the current administrative framework based on six fraternities / fishing cooperatives, formed by 317 professional fishermen, and more than 20 000 licenses for recreational fishing on the island (in 2011 the number of licenses for the whole archipelago is 96,217). The study aims to serve as first thought to help establish significant changes in the unsustainable current-fishing strategy on the island, from a collective action by all stakeholders. Acknowledgements I want to thank Dr. José Juan Castro Hernández their invaluable help and unconditional support, without which there would have been possible to develop this work. I cannot forget my fellow Masters in Sustainable Management of Fisheries Resources ULPGC, with whom I spent a year demanding the best possible way. This work was developed in collaboration with the Project Sustainable Management of Marine Resources (identified by the GESMAR acronym and MAC/2/C068 code), set in the Transnational Cooperation Programme Madeira-AzoresCanarias, PCT-MAC 2007-2013.