La custodia de Cádiz y el ciudadano Antonio Meneses. 1873
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LA CUSTODIA DE CADIZ Y EL CIUDADANO ANTONIO MENESES. 1873 (*) (Apología pro avo suo) Por ANTONIO GONZÁL EZ-M ENESES Y MELÉNDEZ Con este mismo título de «La Custodia de Cádiz», en la segunda época de Archivo His palense, publicó Hipólito Sancho de Soprani s un trabajo , repartido en varios números. En lo publicado en el número 107 , después de puntualizar el mal estado en que se encontra ba la Custodia y el gran peligro que corrió de ser des truida a petición del Cabildo catedral en 1792, tanto por ese deterioro cuanto porqu e el gusto de la época consideraba feísimo todo lo que no fuera es trictamente neoclásico, y nuevamente en 1805 el arreglo parcial que de limosna se realizó, se ocupa del acuerdo qu e el Ayuntamiento -Sopranis le llama un grupo de demagogostomó para enajenar la custodia para comprnr armamento para la gue rra que se preparaba en pro y en contra de la República Federal. Y en este punto Sancho de Sopranis dice: « ... y la custodia habría sido enajenada, siguiendo la propuesta del ingeniero González y García de Meneses, secundado por un maestro platero local, al súbdito inglés Mr. L ytton, sin la enérgica intervención en el seno de la Corporación municipal del cate- (*) El original fue dado a conocer en la Real Ac ad emia SeYillana de Buenas Le tra' en la se sión celebrada el 8 de febrero de 1974 .
26 ANTO NIO GONZÁLEZ·MENESES Y MEL ÉNDEZ dráti co de Historia don Antonio de Góngora, apoyado por el tambi én profesor y conocido historiador don Alfonso Moreno Espino sa ... ». El contras te entr e este párrafo y lo qu e la simple lectura de las Ac tas Capitular es de Cádiz ese año tran scriben es tan grande qu e no puede exc usar es el silencio. Y la simple co m - paración de la perso nalidad de Antonio González y García de Meneses, el Ciudadano Meneses de las Ac tas, como era re alment e y como se transparenta por toda la vida y la actuación del mismo, también s up one un motivo de duda acerca de la veracidad de lo que en el párrafo que se transcribe se afirma. Par ece que el mé todo más simple y men os subjetivo para demostrar que el ciudad a no Meneses ni propu so la enaj e nac ión de la Custodia, ni era un demagogo -lo que es tambi én objeto del trabajo «Defensa del Cantón de Cádiz», publicado en el Boletín de la Acad emia de Buenas Letras, Segunda época, vol. IV, núm. 4, 1976 -, ni votó en último término por dicha en aje nación , lo mismo qu e el ciudadano Góngora, el método pu es demostrativo es la cita literal de la s Actas de las Sesi on es Capitulares qu e trataron sucesivamente del tema y la evalución pormenorizada de las votaciones de cada punto y las ac titudes de los tr es gru pos de Conce jal es, claram e nt e definid as por su actuación. Ant es incluso de que tomara esta do público el desig ni o corpora tivo de enajenar la Custodia, el 26 de mayo de 1873, el Cabildo Catedral planteó la cues tión de si el Ayu ntam i ento estaría dis pue s to a p restar la Custodia p ara la pro ces ión de la fiesta del Santísimo Corpus Christi (así de r espet uo sa es la inserción en el ac ta ), pero la petición es algo sinuosa. Lo que el Cabildo Eclesiástico pr eg unta es si el Cabildo Municipal está di s puesto a coady uvar en la forma que ha sido siempre de cos tumbre. Inm ediata mente se produce la di visión de los Capitulares en t res g rupos muy n etos: uno , de anticl erica les violentos, e ntr e los que está Góngora; ot ro de clericales declarados, y otro tercero, de actitud e quilibrada y respetuosa, que qui ere n mantener el justo medio ent re ambas posiciones extremas;
LA CUSTODIA DE CÁDIZ Y ANTONIO MEl-<ESES. 1873 27 esos a quienes alguna de las dos Españas «les ha de helar el corazón». O las dos a la vez ... El desarrollo de las votaciones fue el siguiente: En primer lu gar, el ciudadano Góngora, supuesto defensor de las tradiciones históricas de Cádiz según Sancho de Sopranis, propone abiertamente que la Pro cesión del Corpus se prohíba. Fue desestimada esta propue~ta en votación nominal, y uno de los que votaron contra ella y para que se celebrara la procesión fue el ciudadano Meneses, con otros once, contra el parecer de diez, que formaban el grupo abiertamente anticlerical. A continuación, el grupo que ahora llamaríamos de derechas pidió que se prestaran la Custodia, los toldos y los palos para su co locación. Aquí votó Meneses con los que creyeron que el A yuntam iento no debía hacerlo. Y como soluc ión media (se podría ahora dec ir , del Vaticano II), el ciudadano Meneses propuso que , en caso de salir la proce sión, no tenga el Ayuntami en to dificultad en que se preste la Custodia. Se aprobó esta solución y se le dio cuerpo legal con una proposición redactada por el mismo Menes.:: .~. de este tenor: «El que subscribe pide se conteste al Gobernador Eclesiástico que el Ayuntamiento ha acordado no inmiscuirse para nada en la sa lida de la Procesión del Corpus, y solo accede a prestar la Custodia el día de la salida si el Cabildo determina sacarla.» Se aprobó tras una ligera discusión, con el voto en contra de los antirreligiosos, el primero de los cuales es Góngora de nuevo. Todavía en esta fecha no se ha hablado de vender Ja custoria, y es clara la actitud de ambos cabildos que aceptan la propiedad municipa l de la misma, unos pidiendo y otros concediendo su uso. Cuatro días después de este acuerdo, celebra el Ayuntamiento Cabildo Extraordinario el viernes 30 de mayo. Asisten veinte de los veinticuatro Concejales que de un modo o de otro van a ir interviniendo en este proceso de la venta de la Custodia Procesional. El punto único que se debate en la Sesión es que se enage ne (sic) la Custodia para allegar recur -
28 ANTONIO GONZ. 4LEZ ·MENESES Y MEL~NDEZ sos para abrir inmediatas atenciones. Conviene aquí considerar que este acuerdo no entraña ninguna animadversión respecto a la religión o al culto, puesto que la misma determinación había sido adoptada por el Cabildo Catedral en 1792, en propuesta a la Ciudad y el enajenar objetos litúrgicos de valor intrínseco para gastos de guerra lo había hecho también el mismo Cabildo Catedral en el siglo XVIII y bien puede decirse que es criterio autorizado en las opiniones del Santo Rey David. Se acordó por unanimidad la venta y se designó una comisión para preparar los trámites previos de estudio, recogida de las llaves del local y dictamen técnico del valor de la alhaja. Esta Comisión la forman cinco Concejales. Dos de ellos, Pacheco y Solórzano, son del grupo anticlerical; uno , Gutiérrez, es de los que ahora diríamos de derechas; otro, García Gómez, es un oscuro Concejal que no toma parte en ninguna votación nominal y nunca da a conocer su s opiniones, y finalmente el quinto, Rendón , demostrará en sus sucesivos puntos de vista pertenecer al equilibrado pequeño núcleo que mantiene la línea media de respetuosa imparcialidad. Es notable que en la firma del acta faltan los nombres de Góngora y de Meneses y de Solórzano, que pertenece a la comisión, a pesar de que consta su presencia en la Sesión. El miércoles, 11 de junio, en otro Cabildo Extraordinario, se contesta a un oficio del Cabildo Catedral que se concede la Custodia para que sea usada en la Procesión del Corpus si ésta se celebra. El acuerdo ha sido unánime y lo han tomado, entre otros, Meneses y los miembros de la comisión, menos Rendón, que no asiste . Y tampoco lo hace Góngora. Finalmente, el tema de la Custodia hace crisis en la Reunión Capitular del jueves 19 de junio de aquel trascendental año de 1873. En el punto 4.º del Cabildo Ordinario de aquel día, la Comisión especial nombrada para entender en lo relativo a la venta de la custodia presentó lo que llama con su peculiar ortografía y arcaica expresión el espuesto siguiente. Aunque en forma de apéndice se trascriben los textos completos de las actas y entre ellas este expuesto, conviene resu-
LA CUSTODIA DE CÁDIZ Y ANTONIO MENF.SES . 1873 29 mir aquí los puntos de interés vivísimo de lo que aquel día se dijo, se discutió y se acordó. La comisión declara paladinamente que los fondos que se obtengan de la venta de la Custodia servirán para completar la cantidad necesaria para la adquisición del armamento de los voluntarios de la República, afirma que la espresada (sic) alhaja se encuentra en perfecto estado de conservación, que el llamado cogollo no forma parte de la custodia porque la Catedral lo adquirió mucho antes de que ésta se fabricara. También declara la comisión el escaso valor artístico de la parte baja, de andas, egecutado (sic) posteriormente, mientras que acepta la belleza y el mérito de la custodia propiamente dicha. Finalmente, admite que al valor intrínseco ha de sumarse la estimación que para los católicos supone el obgeto (sic) a que está destinada. De todo lo cual, la Comisión estimó que el tipo para la subasta debía ser de setenta mil escudos a la obra . No hay duda de que se trata de una cantidad muy grande. Pero en ese momento se produce la declaración explosiva de que la Comisión ha acordado que en el caso de que la subasta no tenga efecto por cualquier causa se proceda a fundir dicha custodia, enegenándose (sic) en la forma conveniente la pasta que resulte por efecto de esta operación. Esta decisión conmueve al Cabildo. El ciudadano Angel, uno de los del grupo que llamarían confesional en estos tiempos, se levanta a afirmar que está de acuerdo con la venta, pero en ningún caso con la fundición y propone que, en caso de no vend erse, se siga repitiendo la subasta, a la baja, cuantas veces sea necesario. Le contesta el ciudadano Pacheco, uno de los anticlericall!s y en esta Sesión la segunda autoridad, después del tercer Teniente de Alcalde que preside, el ciudadano Pablo Pérez Lazo. Pacheco dice, como primer miembro de la Comisión, que se repetirá la subasta cuantas veces sea conveniente y que la fundición sólo se hará en caso extremo. Ahora aparece por primera vez el ciudadano Góngora con un criterio diferente del que ha preconizado siempre. Góngora
30 ANTONIO GO~ZÁLEZ - ~IENESF.S Y MELÉNDEZ ha votado todas las veces que el Ayuntamiento ha tratado de la Cus todia o de la Pro cesión en senti do rabiosamente anticleri ca l. P ero ante el anuncio de la destrucción propone que sien do un asun to de mucho inter és, se d eclare pendiente la resolución ha s ta el próximo cabildo. Y el acta continúa: «Después de un a ligera discusión se c.leclaró de urgente de spac ho por tr ece votos de los ciudadanos Sales, P ére z Lazo, Guerra, Molina, Re ndón, López Mas, Gómez, An gel, Sibiani, Bartole ro, Antoñán, Pa checo y Solórzano, contra siete de los Ciudadano s Fernández, Góngora, Meneses, Guti é rrez , Morilla, Ra tto y Mendoza. S eg uidament e fue aprobado el es pues to de la C omisión con l as aclaraciones hech as por el C .º Pacheco.» Y sigue el punto S. º. Todavía el juev es 26 de junio, en el punto 25 , la Comisión pide que se traiga la Cu stodia a la casa cap itular o a otro lugar d onde los licitadores puedan exa minarla. El A yuntamiento ac u er da que la Comisión det er min e el lo ca l. Por cierto que en esa Sesión, y en el punto 13 , la Comisión de S ani dad denegó a Mr. Lipm an el permiso pa ra co ntinuar la destilación de alquitranes en el int er ior de la Fábrica del Gas, por consi derar que la mencionad a industria pu ede ser nociva para la sa lud de las persona s y de las plantas. Este acu er do tan act ual, defendiendo de la con tamin ación el aire limpio de la ci udad, lo toma su Cabildo muchísimo antes que se supiera el papel cancerígeno de los al quitranes . Un siglo después, siguen los hombr es fumando y, por tanto , res pira n do los alquitranes que los que ll ama ba San cho de S opra nis un grupo de dem agogos no querían par a su querida patria ga dit ana. Parec e que ya e nt onc es la opinión ecológica se consideraba de izquierdas. Si se hace un sim ple análisis de los resultados de la s votaciones sucesivas qu e a través de un m es ju s to , del 26 de mayo al 26 de junio de 1873, tuvi eron lu gar acerca del tema de la Custodia procesional de Cádiz, se c on sigue conocer muy bi en la o pinión de casi todos los Con ceja les del Ayuntamiento de Cádiz durante aquel período interesantísimo de la vida políti ca de la ciudad. Un primer grupo, que además copa los puestos de gobierno
LA CUSTODIA DE CÁDIZ Y ANTONIO ME NES ES. 1873 31 de las Tenencias de Alcaldía, grupo de ideología marcadamente revolucionaria, anticlerical y federal, lo forman Salvochea, el Alcalde, Viesca, Pér ez Lazo, Pacheco, Góngora, Bartorelo, Solórzano, Gómez y Sales. Todos ellos, menos los dos últimos , firman el Manifies to de la Junta de Salvación en los momentos de ruptura con el Gobierno de Madrid, además de García Gómez, cuyas opiniones permanecen oscuras en el asunto de la Custodia, a pesar de que forma parte de la Comisión y de Antonio Meneses que es el segundo firmante del Manifiesto, inmediatamente detrás de Salvochea. Un segundo g rupo, tambi én co mpacto, lo constituyen los Concejales López Mas, Sibiani, Fernández, Ramírez , Gutiérre z, Angel, Malina y Ratto. Estos ciudadanos son defensor es sistemáticos de la postu ra del Cabildo Eclesiástico en la tramitación de la salida de la Procesión del Corpus , ninguno firma el Manifiesto del Cantón y sin embargo han votado a favor de que se venda para allegar armas, y cuatro de ellos lo hacen por la urg e ncia del acuerdo en que se determina la fundición si no se encuentra postor. Estos últimos son López Más, Sibiani, Angel y Molina. Así están constituidos los dos partidos clásicos del A yu ntamiento: la montaña y los girondinos. Entre ambos, en una difícil postura de cuánime ponderación , ha y cuatro Concejales que en la sinuosa y alternante definición, votan que no se prohíba la procesión, que no se presten los palos y toldos y que se pre ste la Custodia si la Cat e dral hace s alir el Corpus. Son és tos, Mendoza, Guerra, Re nd ón y Meneses. Un pu es to especial corresponde a los ciudadanos García Gómez y Antoñán. Estos do s no apa re cen en ning una de las votaciones que se r efieren a la Pro cesión, pe ro Gar cía Gómez forma parte de la Comisión y firma el Manifiesto y ambos votaron a favor de la urgencia y de que por tanto el Ayuntamiento autorice a fundir la custodia si no hay quien la co mpre. También votaron por esta urgenc ia y fundición dos de los ce ntrados concejales, los ciudadanos Guerra y Rendón . Se deduce de estos escrutinios que la de te rminación de oponerse a la fundición de la Cus todia, qu e era , en definitiva, lo que se jugaba al rechazarse la urgencia del acuerdo, se re-
32 ANTONIO GONZÁLEZ·MENESES Y :\I E L~NDEZ fería a una posición de respeto a la obra de arte, ya que los motivos religiosos no habían impedido que el Cabildo Catedral contemplara como posible tal des trucción muchos años antes y que los siete Concejales que quisieron impedir la destrucción de la alhaja, como se suele llamar en las actas a la Custodia, forman un grupo polític amente heterogéneo: cuatro de ellos son de derechas: Fernández, Morilla, Ratto y Gutiérrez, este último de la Comisión. Una de izquierdas, Góngora, repentinamente convertido a la postura respetuosa . Y dos del centro equilibrado, Mendoza y Meneses. La opinión de este último ya er a conocida en el Cabildo con ocasión de la solicitud de un párroco de pueblo de que se cediera un púlpito propiedad del A yunt amiento. El ciudadano Meneses afirmó solemne mente que el Ayuntamiento no debía ni favorecer ni perjudicar a ninguna reli - gión ni creencia y mostrarse resp etuoso con toda s. Este criterio de dar al César lo que es del César tiene una buena tradición. Y es el que ahora mantiene la Ig lesia Católica. Entonces quizá sonara a herético. Pronto los acontecimientos políticos arrasaron toda discusión sobre el tema de la Custodia. Se proclamó en Cádiz la R epú blica Federal y el Cantón independiente. Se colocó a su frente el Comité de Salud Pública (así, a la francesa), del que formaba en el segundo puesto el ciudadano Meneses, el 19 de julio. El gobierno central redujo a los federales militarmente y el 4 de agosto había cesado la lu cha . Antonio Meneses pudo esconderse, precisamente en casa de una ilustre personalidad conservadora. Al año siguiente logró huir a Huelva y un año después a Beja , en Portu ga l. P ero entre tanto , en el Ayuntamiento impuesto por el Gobierno Central, cuyo presidente ya no es el ciudadano Salvochea, sino el Se ñor Alcalde, éste dio lectura a una providencia dictada en los Autos formados contra el Ayuntamiento a instancias del Cabildo Eclesiástico y el Gobernador del Obispado para que no se venda la Custodia. Y se acordó que pase a informe del Sr . Procurador Síndico de la Corporación . El anterior Procurador Síndico era el c iudadano Antonio González García de Meneses, el ingeniero Meneses. Cádiz seguía manteniendo que la Custodia era suya.
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40 ANTONIO GONZÁLEZ·MENESES Y MELÉNOEZ de agosto. Ha sido ya disuelto el Ayuntami e nto elegido al proclamarse la República. P.1º 15. Al margen una D mayúscula rubricada. En el cuerpo dice : El Sr. Alcalde dio cuenta de que se le había notificado una providencia dictada en los autos formados a instancia del Cabildo eclesiástico y el Gobernador del Obi sp ado contra el Ayuntamiento sobre qu e no se venda la Cu sto dia , cuyo tenor es el siguiente: «Por presentado, agréguese a los autos de la referencia, por acusada la rebeldía, se ha por contestada la de manda ; hágase saber al Ayuntamie nto de esta Ciudad esta providencia, en la misma forma que se pra ct icó la de e mplazamiento y continuense los autos en rebeldía haciéndo se las sucesivas notificaciones en los estrados del Tribunal. Lo mandó el Sr. Juez Municipal e interino de primera instanci a del Distrito de San Antonio en Cádiz a catorce de agosto de mil ochocientos setenta y tres.-L.do Luis Morales y Vahe. Cayetano Grotta .» Se acordó que pase a informe del Sor . Procurador Síndico de lo Contencioso.
