Don Carlos Segundo Rey de Castilla Aragon, y Sardeña &c. y doña Maria Anna Reyna, madre, tutora, y gouernadora. Sea à todos manifiesto como el Excelentissimo Señor Don Francisco Tutavila Duque de San German, Señor del Estado de la Campana de Albala,
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DON CARLOS SECVNDO REYDE Castilla Aragon^y SARDEÑA&c. rPONA MARIA ANNA REYNA MADRE, TVTORA, y COVERNADORA. EAátodos manifiefto como el Eicclctiffimo Señor Don Franeiko TutiVil* Duíjui de San fírrman ,Señor del .Efta,- do de la Campana de Albala,y Villa de Sauccdilla ,Comendador de la peña Vfeda en la Orden ,YMilicia de. Sátilgo, del Confejo de fu Magcftad en losfi*- premos de Guerra de Italia, ydel Colateral dJReviro de Ñapóles ,Virrey ,yCapitán General de eftc Reyno de Cerdeña Ordena ,manda, yhaze noticiofos átodos los Naturales ,vezinos ,yde mas que biuen ,yrefiden en las Ciudades ,Villas ,ylugares del prefente ácvno de qualquier calidad ,eft3do,pichcmincncia, dignidad, óeftamen- to, que fueren, como en veinte de lunio dcl año paíTado de t66S. entre las doze,y vna paffada la medianoche para eldia ai.dedicho mes, mataron aleuofamente de Carauinazos, yeftocadas áDon Aguftin de Caftcihii ,yLanza Marques deLaconi, Vifeondede Sanluri, en la mifma cabe mayor donde c! biuia de habitación proccdiejtdo los d^. Alin-
iK ¡ioqucntcs con tanta inhumanidad, como -fe rcj:9npi;¡.o Ja rcuiíla dcl Cadaucr ,yheridas, que fe manifeílaion en íii cuerpo ,yhauiendofc hecho diuerfos juizios íobre el homicidio ,no fe pudo entonces poner en claro porque Je ocuitauan los tmfmos, que hauian faltado ála obligación déla íer natural, ydeuida fidelidad por hauerfcpeiT prctado de orden de Doña Franciíca fatrillas ,yCaftefui Marquefa de Laconi ,yíiette fuentes ,fobrina ,ymuger de dicho Marques, cooperando en el deliéfo D5 Syludire Aymerich, yotros, que concurrieron adicho homicidio, ypara colorear operaciones tan pcrucrfasinuentaron vanas cofas permdiciak-s.fufcitando falfos teft!monios,ferobtando zizania.para culpar ávarias, ydiuerfas perfonas, que cftauan inpócentes dcl cafo, ynocontcntos de cftainfoiccia ,éiniquidad ,intentaron commouct Jos ánimos de muchos ,paraque obralTcn acciones ,muy indignas de la Icaldad, que ptofeíTauan, haziendo juntas, colloquios ,y conucnticulas ,yteniendo gente armada, qucpi^uiniciíiin muy áfu paz ,y faluo,vinicró ádar en el mayor precipicio de haucrpucfto las rnanos facrilegamentc en el Prcfciíto pretorio, matando de caraiiinaioE alEícclcnritfirao Marques de CamarafTa ,ficndo Virrey de elle Rcyno ,yporque cía la inflancia,qnc hizo dicha Marquefa Doña Franciíca pai trinas ,paraque fe fulminaflc clproccflb de la muerte de fu marido (dcfpucs del homicidio de dicho Marques de CamarafTa) fe valió de medios íinieftros, ytcftigos falfos, que hizo atemorizar con amenazas ,yrigores ,con promezas ,ycfpcranzas de premio, para culpar como culparon ala Exccientiffima Señora Doña IfaucldcPortocarrcro Marquefa de CamarafTa motiuando, queella con fcicncia de fu marido .hauia hecho cometer el homicidio dcl dicho Marques de Laconi con aífiftcncia de el DoíFor Don Anroqio de Molina Abogado fifcal dclaRcal Audiencia de cftc Rcyno, ycon interuencion de Dó GafparNiño Cauallcro de la Orden de Sáluan Sobrino del Expectable Don loícph Niño Regente ia Real Cancillería ,de Don Antonio de Pedraza Comifario de la Caualleria de Jos Calaos
3 Jbos de Caller, yGallura, Don luán de Claueria Sargento Mayor de dichos Cabos ,de lofcph Bueno ,yIgnacio que aíiftian al dichoRegente ,yFifcal fufo mencionados ,yporque procediendo como procedía dicho homicidio de caula priuada ,la quifieron hazer de caufa publica diuulgando ,que hauian muerto al dicho Marques de Lacóni por Syndico del Reyno ,que le hauia opuefto aldonatiuo, que pedia el Virrey en Cortes, quido es confiante, que fe yió obligado ádifolucrlas por fer impraíficablcs las condiciones, que proponian; Yvfando de la auíforidad ános conferida en el Gobierno de efte Reyno ,ydéla delegación particular ,que tenemos de fu Mageftad ,hauiendo procedido cnefla caufa, hemos apurado con teftigos fide dignos, pruebas releuantes ,cartas comprobadas ,cinformación plcnaria en que confia con cuidencia ,que el Procedo ,que fe fulminó fobre el homicidio del Marques de Laconi ,áinfiancia de fu Muger Doña Francifea gatrillas,es falfp ,yde ningún momento por muchos ,yvatios cauos ,que fe maniíicftan en los audlos, por haucrlo declarado allí los teftigos, que fueron atemorizados, yfubornados de ella, yde fus adherentcs, confiando de quien los apremió ,yaconfejó ,yde que adi lo conocieron al mifmo tiempo, que le fulminaüan,y como la verdad de! cafo es ‘, que al tiempo ,que eftaua en Madrid el dicho Marques de Laconi ,ciega de paftion fu muger la Marquefa Doña Francifea ^atrillas, pcimitió que frequentade fu cafa Don Silueftre Aymerich ,yhauiendo retornado el dicho Marques áfu cafa en el Mes de Mayo de i6(SS. trataron de matarle dichos Don Silueftre ,yla Marquefa para cafarfe defpues áfu beneplácito fegun lo pulieron en exequeion ,pues hauiendole muerto ¿Tos 20. para 21. del Mesde lunio ,en hora noífurna ,y del modo fufo dicho, fe cafaron en menos de tres Mefci, ypara encubrir caufa tan torpe, dilimulando fu aleuofia, culparon tantos innocentes, yperdicronelrefpcfto áquien le deuiande Iufticia,yllamando vn abifmoáotro abifmo, tnatató al dicho Virrey con in humana tcfolució,rctirandofc muchos
4 muchos ácafa de dicha Marquefa ,yotros al Combento de San Francifeo dcCauftralcs del Arrabal de Eftampachc, en cuyas partes tubicron gente armada, pertrecho de municiones ,ypedreros con mofquetcs de pofta ,centinela, yatalaya, ycmbarcandofc para el cauo de Sacer ,fin cuidar dei intemperie ,ydel peligro de la mar procediendo con extraordinario aparato de gente armigera, hafta quádo publico dicha Marquefa Doña Fraucilca fu MaAimonio en la Villa de Cullar, contrauiniendo ála difpoficion dei derecho Diuino ,yHumano ,yálade los Sacros Canotiés ,que prohíben femejante Matrimonio ,conque fiedo Reos del execrable homicidio perpetrado en perfona del dicho Virrey, ydel deíiíto del dicho Marques de Laconi hauiendofe procedido áfentencia contra Don lavmc Arta! deCaftellui Marques de Cea, Don Antonio Brondo, Don Francifeo Cao ,Don Francifeo Portugués ,Don GauinoGrixoni.y contra el dichoDó Silucflre Aymtrich, yhauiendolos condennados .cn Rebeldía por alciiofos á muerte natural, co ifiscacion de vienes, yde mas que partee por ti tenor de la Ítíinncia ,eflando forludicados, y pregonados ddpues de las citaciones jurídicas ,como nueuameute por iiiflancia del Doélor Efteban Antonio Alemán Cauallcro defta Ciudad ,yAbogado Fifcal por nos non brado en eflas caufas, han fido accufados, y denunciados dicha Marquefa Doña Francifea parrillas ,y dicho Don Silueílrc Asmcrich ,ypor no haucr parecido en el termino ,que les fue aflignado en la citación, fe han pronunciado Sentencias con voto del Noble ,yMar gnifii oDon luán de Herrera Confejero de fu Magcftad tn el de Santa Clara del Reyno de Ñapóles ,yconfukor de cftas caufas en fas qualcs han fido condemnados ála mifma.pena de muerte natural ,ycomo Reos de crinim líf* Mxicfljitii infrimo cafitc ,dcciarados por Rebeldes ,y áperdimientos de bienes muebles, yraizes, feudales, yallodia- ¡ts .derechos ,vozes ,yacciones quetubieron hafta el dia d'.l crimen, j> dtlicl:o,qucperpett3ron, aplicados alRcgio Erario, yque fe les hayan de derribar ,ydemoler las cafas de fu