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La sentencia de La Haya contra el muro de Cisjordania en los medios de comunicación españoles

Thomas de Antonio, Clara María

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LA SENTENCIA DE LA HAYA CONTRA EL MURO DE CISJORDANIA EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN ESPAÑOLES Clara Mª Thomas de Antonio Universidad de Sevilla RESUMEN Este artículo analiza el modo en que los principales medios de comunicación españoles reflejan la sentencia del Tribunal Internacional de la Haya del 9 de julio de 2004 condenando la construcción del Muro israelí en Cisjordania, así como las circunstancias en que se produce dicha sentencia. Palabras clave: Palestina, el Muro, Cisjordania, Prensa española, Tribunal Internacional de la Haya. ABSTRACT This article analyzes the way in which the most important Spanish media reflects the sentence of the International Court of The Hague of 9 July 2004 condemning the erection of de Israeli Wall at the West Bank and the circumstances in which this sentence occurs. Keywords: Palestine, The Wall, West Bank, Spanish Press, International Court of the Hague. El Estado de Israel no ha dejado de dar pasos para hacer realidad el proyecto sionista, iniciado en 1882, de instalarse en Palestina. Para ello tenía que “desarabizar Palestina y judaizarla”, y lo ha ido haciendo de diversos modos, todos ellos encaminados a hacer imposible la vida cotidiana de los palestinos en Cisjordania y Gaza -los Territorios Ocupados (TTOO)- con el objetivo último de echarlos de Palestina. Así Israel los somete a una humillación cotidiana, utiliza la violencia de forma sistemática contra ellos, oculta los esfuerzos que éstos hacen por vertebrar una sociedad civil sana, o intenta enfrentarlos entre sí1. Y la política informativa israelí2, 1 Joss Dray y Denis Sieffert (2004) aportan muchos datos al respecto: en 1994, tras los acuerdos de Oslo, Rabin no apoyó a Arafat para controlar la violencia y cerró las fronteras de Gaza y Cisjordania con Israel, donde trabajaban muchos palestinos, castigando así a todo ese pueblo y estimulando el apoyo a los fedayines, según reconoce algún negociador israelí (p. 89); en 1997 y 1998 Arafat reprimió con eficacia a los grupos violentos palestinos, como reconocían algunos mandos israelíes (p. 88); en las negociaciones del 2000 y de 2001, Arafat se enfrentaba a un dilema, pues “la paz de los bantustanes en ningún caso podía convertirse en la paz de los palestinos. Y quien la hubiera ratificado, se habría deslegitimado ante los suyos” (p. I.S.S.N. 1132-0265 Philologia Hispalensis 21 (2007) 59-74 60 Clara Mª Thomas de Antonio centrada en transmitir la imagen de un “terrorismo” palestino contra el que tiene derecho a defenderse, constituye un pilar importante para ocultar esas tácticas y justificar su permanente conculcación de los más elementales derechos humanos del pueblo palestino y de la legalidad internacional. Pero tal vez la política más eficaz de Israel para apoderarse de la Palestina histórica es la de los hechos consumados, sobre todo en lo referente a la ocupación de la tierra, que es la base física imprescindible para que se pueda establecer un Estado Palestino viable. Y el último hecho más destacado para ocupar tierra palestina es la construcción del Muro de Cisjordania. 1. EL MURO, ANEXIÓN DE FACTO DE TIERRA PALESTINA La ocupación de Palestina comenzó con la compra de tierras por organizaciones sionistas para instalar en ellas a los inmigrantes judíos y dejar en paro a los campesinos palestinos. Luego, con la Partición de Palestina en 1947, la ONU le otorgó a Israel el 56% de la tierra, proporción que Israel amplió hasta el 78% durante la guerra de 1948—49. Y la ocupación del resto de Palestina (Gaza y Cisjordania) la consumó en la Guerra de los Seis Días de junio de 1967. La ocupación de ese 78%, es decir, toda Palestina salvo Gaza y Cisjordania, quedó sancionada por los propios palestinos en Argel, en noviembre de 1988, al aceptar el derecho a la existencia del Estado de Israel. Luego, en las distintas fases del “procesos de paz”, Israel ha intentado seguir legitimando su apropiación de la tierra en los TTOO, mientras ocupaba de hecho parte de ellos implantando allí gran número de colonias. Luego, en el verano de 2002, emprendió la construcción del Muro de Cisjordania, sobrepasando las fronteras de la línea verde de 1967 admitidas por la comunidad internacional. Con ese Muro pretende arrebatarles, por medio de los 83); y en 2001, ante las respuestas camicaces a los asesinatos selectivos de Israel, Arafat mandó detener a los responsables de los atentados, lo que le colocaba ante el dilema deseado por Israel: “ser considerado un traidor por lo suyos o un mentiroso por la comunidad internacional” (p. 87-88). Son reveladoras en este sentido las opiniones del psiquiatra palestino Eyad el-Sarraj, director del centro de Salud Mental de Gaza. En “Descansen en paz” (2004), señala con pena que Sharon sabe cómo dividir a los palestinos, y muestra de ello es el proyecto de abandonar Gaza para demostrar que los palestinos son incapaces de vivir en paz: “Parece que Sharon va a convertir Gaza en un cenagal donde los líderes de las milicias se maten unos a otros (…). Está dispuesto a enviar más y más armas a cada una de las facciones para cumplir con esta misión. Y en el momento en el que cualquiera de ellos suponga una amenaza para Israel, enviará un phantom y misiles para eliminarle a él y a su familia (…). Sharon nos ha estudiado y nos ha comprendido, y actúa en consecuencia”. Por desgracia, estos enfrentamientos internos se han producido en varias semanas de 2006 y 2007. 2 Dray y Sieffert (2004) analizan acertadamente los mecanismos de la propaganda israelí para manipular la información (ver nota 3). I.S.S.N. 1132-0265 Philologia Hispalensis 21 (2007) 59-74 La sentencia de La Haya contra el muro de Cisjordania… 61 hechos consumados, otro gran bocado de tierra y hacer inviable un futuro Estado Palestino, camuflándolo de nuevo con el pretexto de la seguridad y el derecho a la autodefensa. Ya en 2002, el “nuevo historiador” israelí Ilan Pappé comentaba las nefasta consecuencias de construir un “Muro en el corazón de Palestina”: La idea del Muro fue propuesta como un “plan de paz” por los laboristas en 1992, con su slogan en las elecciones de ese año: “nosotros estamos aquí; ellos, allí”; la izquierda israelí consideraba que lo que denominaban eufemísticamente “valla de separación” sería un paso para crear un Estado Palestino independiente, pues delimitaría sus futuras fronteras; pero, para Pappé (2002: 1), sólo era un paso más en el proceso iniciado en 1882 por el movimiento sionista para “desarabizar” Palestina -mediante la colonización, la expropiación y la expulsión- y borrarla del mapa. Según Pappé (2002: 1, 3), en Oslo (1993) los palestinos aceptaron un mini-estado sobre el 22% de la Palestina del Mandato británico, es decir, dos territorios sin continuidad geográfica y a su vez divididos en cantones. Pero ni siquiera ese limitado proyecto se haría realidad, pues se diseccionaría en Áreas A, B, y C con distintos grados de reducida autonomía; la Franja de Gaza sería cerrada y rodeada por una valla electrificada como si de una gran cárcel se tratara –la misma situación en que ha quedado tras la retirada de Israel en agosto de 2005-; y el 42% de Cisjordania y el 20% de Gaza quedaría directa o indirectamente en manos israelíes. La construcción del Muro propuesta por los laboristas la puso en marcha Sharon a fin de minar el Plan de Paz saudí de 2002 que contaba con el apoyo palestino y árabe. El Muro definiría la Palestina futura, que quedaría reducida al 75% de Gaza y la mitad de Cisjordania, dividida a su vez en cantones aislados, y ambos territorios con una soberanía limitada apenas a dirigir los asuntos municipales. Así, el Muro proyectado, que sigue construyendo Israel a pesar de todas las sentencia en su contra, supondría, según Pappé, que la población árabe autóctona quedaría encerrada en un área de menos del 15% de la superficie original de Palestina, hasta que llegara el momento propicio para su expulsión definitiva. Pero, además, Pappé vaticinaba que el Muro sólo traería a Israel más violencia y aislamiento internacional, pues aislaría tanto a los palestinos como a los israelíes, aunque la peor parte sería para los palestinos, cuya infrahumana situación podría deteriorarse aún más si cabe, como de hecho está sucediendo. Y todo esto lo ignoraba la población israelí, pues se le ocultaba dicha situación para alimentar su sensación de aislamiento y de estado de sitio a fin de que apoyaran las políticas intransigentes y agresivas de sus gobiernos. Pappé (2002: 4) denunciaba la cobardía de la prensa israelí, y en especial de los medios audiovisuales, que no informaban a la población de las circunstancias en que se producían los atentados: la ocupación, las humillaciones, los asesinatos, las detenciones masivas, la destrucción de hogares o el hambre que sufrían y sufren los palestinos y que alimentan los atentados suicidas, por lo que los israelíes aceptaban el Muro como si tuviera un poder mágico. I.S.S.N.1132-0265 Philologia Hispalensis 21 (2007) 59-74 62 Clara Mª Thomas de Antonio Finalmente Pappé destacaba las represalias -o etiquetas de “antisemitas”- contra quienes osaban alzar la voz denunciando esa nueva catástrofe (Pappé, 2002: 2, 4-5). 2. LA SENTENCIA DE LA HAYA EN LOS MEDIOS ESPAÑOLES El Tribunal Internacional de Justicia (TIJ) de La Haya emitió un fallo el 9 de julio de 2004 declarando ilegal el Muro de Cisjordania. Y los eficaces mecanismos de propaganda israelíes para manipular la información3 se activaron también para deslegitimar esa sentencia y luego para desviar la atención internacional hacia otras cuestiones. Repasando una muestra de las noticias más significativas sobre el tema aparecidas en varios diarios españoles4 -como El País, ABC, El Mundo, El Periódico de Cataluña o El Diario de Sevilla-, en la revista Tiempo, o en distintos informativos de televisión, se pueden extraer importantes conclusiones al respecto. Por ello nos centraremos en el análisis de la información ofrecida por esos medios desde el 24 de junio al 24 de julio de 2004, es decir, en un periodo de 15 días antes y después de producirse la sentencia del TIJ, para comprobar cómo evoluciona la información en torno a ella. 2. 1. Antes de la sentencia Desde el 11-S de 2001 la atención de los medios se focalizó, en general, en la llamada “guerra contra el terrorismo” que se estaba produciendo en Afganistán e Iraq, mientras quedaba desdibujada la durísima represión que sufría la población palestina bajo el gobierno de Ariel Sharon, “justificada” por su particular cruzada contra “el terrorismo” en los TTOO. Por tanto, en el periodo previo al fallo del TIJ de La Haya, previsto para el 9 de julio de 2004, los medios focalizaban su atención en la guerra de Iraq, mientras se relegaba la situación de Palestina a un segundo plano informativo. Y desde ese segundo plano, los medios informaban de la “muerte” de la “Hoja de Ruta” (El Mundo, 6-7-04) o de la preparación israelí de un nuevo “plan de paz” que tenía el visto bueno de EEUU, la UE y Egipto (ABC, 7-5-04), así como de las 3 Entre los principales mecanismos de la “guerra israelí de la información”, podemos destacar los siguientes: información a través de personas “creíbles”, falseamiento de los datos, establecimiento de falsas simetrías, desinformación, focalización, simplificación y personalización del conflicto, deshumanización del enemigo, deslocalización y descontextualización del conflicto, negación de la realidad, limitación de la libertad de prensa, contraofensiva informativa o intimidación a los informadores no afines… (Cfr. Dray-Sieffert, 2004 y Thomas, 2007). 4 Conste aquí nuestro agradecimiento al Dr. Esteban Arbués, profesor de la Universidad de Sevilla, y a la periodista sevillana Rocío Rubio Garrido, que nos han proporcionado parte de este material. I.S.S.N. 1132-0265 Philologia Hispalensis 21 (2007) 59-74 La sentencia de La Haya contra el muro de Cisjordania… 63 reuniones del Cuarteto en Jerusalén para estudiarlo (El Mundo, 6-7-04)5. Las noticias también se centraban en las críticas del Cuarteto a Arafat por “no abordar todas las reformas en materia de seguridad” (El Mundo, 8-7-04) y en las exigencias de Israel a la Autoridad Nacional Palestina para que controlase a los radicales, mientras el ejército israelí atacaba los campos de Gaza y anunciaba que permanecería en el norte de la Franja hasta el momento de retirarse (Diario de Sevilla, 3-7-04). El plan de Sharon para la “Desconexión Unilateral de la Franja de Gaza” (aprobado el 6-6-04 y previsto para mediados de 2005) también acaparaba la atención de los medios, que señalaban sólo algunos de sus efectos (evacuación de unos 8.000 colonos), pero sin mencionar, por ejemplo, que suponía la ampliación de los asentamientos en Cisjordania; en esas informaciones se resaltaba, además, la crispación que dicho plan causaba en Israel y la probabilidad de que Sharon fuera asesinado por sus “concesiones” a los palestinos, como lo fue Rabin (4-11-1995) tras los Acuerdos de Oslo (El Mundo, 6/7-7-04), o el riesgo de caída de su gobierno (El Mundo, 7-7-04). Al tiempo, se insertaban breves noticias sobre el goteo ininterrumpido de palestinos “fallecidos” o “muertos” y de “ejecuciones extrajudiciales” –pocas veces llamadas “asesinatos selectivos”-, junto a noticias sobre israelíes “asesinados”, sin señalar apenas las acciones de Israel que habían provocado los atentados palestinos en el eficaz recurso israelí de “provocación-represalia”. Bajo el titular de El Periódico de Cataluña “Ocho muertos en choques israelípalestinos” -que en realidad era una nueva incursión de Israel contra los campos de refugiados, con siete muertos palestinos6 y uno israelí-, un subtitular recogía la llegada a Israel de El Baradei, director del Organismo Internacional de la Energía Atómica, 5 El plan israelí, a grandes rasgos, constaba de VII puntos (cfr. ABC, 7-5-04, p. 28). Este “nuevo” plan era rechazado por los palestinos “radicales” que lo veían como un plan para romper la resistencia palestina y para ampliar los asentamientos de Cisjordania y acusaban a Egipto de velar más por la seguridad de Israel que por apoyar a los palestinos; pero en principio era “aceptado” por la Autoridad Nacional Palestina, aunque sólo en ciertos aspectos referidos al “plan de desconexión” de Gaza de Sharon, que no había sido negociado con los palestinos, y al proyecto de Mubarak para entrenar a sus servicios de seguridad; mientras, Israel exigía un control de la violencia que en la práctica se le negaba a Arafat al tenerlo aislado en la Muqata desde diciembre de 2001, al destruir sus infraestructuras, y al denegar en dicho plan aspectos fundamentales para el desarrollo normal de la vida palestina (Diario de Sevilla, 23-6-04; 24-6-04). También se destacaba el malestar europeo porque el propio Israel daba largas al plan “con la excusa de tener que hablar antes con Washington” (El Mundo, 8-7-04). 6 Entre los muertos de ese día estaban Jaled Salah, profesor de la Facultad de Medicina de al- Nayah (Nablus), y su hijo de 16 años, que fueron asesinados en su propia casa; pero la versión israelí indicaba que murieron en el asedio a dos jefes locales del Frente para la Liberación de Palestina (El País, 7-7-04). I.S.S.N.1132-0265 Philologia Hispalensis 21 (2007) 59-74 64 Clara Mª Thomas de Antonio “en una visita que no incluirá la central de Dimona”7; relegando el comentario al final de la noticia, se señalaba la intención de El Baradei de promover un Oriente Medio sin armas nucleares, aunque Israel no le permitiría visitar dicha central nuclear (El Periódico de Cataluña, 7-7-04), pues no era “asunto negociable porque no se puede reducir la seguridad de Israel mientras no exista un acuerdo global en la zona” (El Mundo, 8-7- 04). ¡Y en otro titular suelto se informaba de la preocupación de EEUU e Israel “por el supuesto programa de armas nucleares de Irán” (El Periódico de Cataluña, 7-7-04)! Y pocos medios destacaban que Israel ponía “condiciones imposibles a un rápido desarme nuclear en la región” (ABC, 9-7-04). Si ésas eran las noticias más destacadas en los medios, algunos de ellos informaban esos días, respecto al Muro, de la importante sentencia del Tribunal Supremo israelí (30-6-04) que ordenaba al gobierno modificar el trazado del Muro por “dañar los derechos de los palestinos”, obligándole a “velar por las necesidades de la población local”8. Esta sentencia del Tribunal Supremo israelí respondía al recurso interpuesto por los palestinos porque el Muro afectaba a 35.000 palestinos, que quedaban “separados de sus cultivos, escuelas y trabajos”. Para el gobierno israelí este fallo, que sentaba precedentes, causaba “un daño irreparable” a la seguridad de Israel, a pesar de que el Tribunal Supremo no prohibía su construcción. Para el abogado palestino Mohamed Dahla, “esta decisión es más importante que la de La Haya porque sí será acatada” (El Mundo, 30-6-04; Diario de Sevilla, 1-7-04), algo que luego se mostraría erróneo. Y raras veces se encontraba en la prensa la afirmación de Ahmed Qureia de que “no habrá paz mientras el Muro siga existiendo” (El Mundo, 8-7-04). Al tiempo diversos informativos televisivos exhibían imágenes de las manifestaciones a favor de Israel que se producían frente al Tribunal de La Haya, incluidas las de un autobús reventado por un atentado palestino en Jerusalén, a fin de sensibilizar a la opinión pública y al TIJ de que la construcción del Muro estaba justificada por necesidades de autodefensa. Además en las televisiones proliferaron en esos días las películas sobre el holocausto. 7 Además de la central nuclear de Dimona hay otra en Najah Sorek, entre Jerusalén y Beer Sheva (El Mundo, 8-7-04). Pocas veces se señala que Israel es el único estado de la zona con capacidad nuclear, pues tiene cerca de 300 cabezas nucleares. 8 Según Álvarez-Ossorio (2004: 5), el fallo que luego emitiría el TIJ de La Haya coincidía en parte con esta sentencia del Tribunal Supremo israelí al decir, por ejemplo, cosas como: el trazado del Muro a su paso por Jerusalén Este está provocando un “daño irreparable” a unos 35.000 palestinos al “recluirles en zonas aisladas de sus terrenos de cultivo, hospitales, escuelas y universidades”; “el trazado trastoca el delicado balance existente entre la obligación del mando militar de preservar la seguridad y su obligación de suplir las necesidades de los habitantes locales”; “la lucha del Estado contra el terrorismo debe conducirse dentro de los límites de la ley; el cumplimiento de la ley es un aspecto de la seguridad nacional: no hay seguridad sin ley”. I.S.S.N. 1132-0265 Philologia Hispalensis 21 (2007) 59-74 La sentencia de La Haya contra el muro de Cisjordania… 65 La prensa también destacaba que Sharon reafirmaba “su determinación de concluir el trazado del Muro, a pesar del inminente fallo del TIJ” (El Periódico de Cataluña, 4/5- 7-04), fallo que podría tener importantes consecuencias políticas y jurídicas, aun no siendo vinculante. Y, al tiempo, ¡desaparecía de los titulares el fallo del Tribunal Supremo de Israel contra el trazado del Muro! 2. 2. El día de la sentencia del Tribunal Internacional de Justicia de La Haya (9-7-2004) El 9 de julio de 2004 el Tribunal Internacional de Justicia de la Haya dicta su fallo sobre el Muro de Cisjordania. Dada la extensión de la sentencia, nos vamos a limitar a exponer algunos de sus párrafos recogidos por Álvarez-Ossorio en un artículo publicado al poco tiempo de promulgarse ésta. El autor comienza señalando la poca disposición de Israel hacia una solución negociada de la cuestión palestina y el aceleramiento de la política de hechos consumados, tras el fracaso de Camp David (2000), para entorpecer la creación de un Estado Palestino viable. Esta política se basa en la colonización de los TTOO (donde viven 450.000 colonos israelíes), la judeización del Gran Jerusalén (que está dividiendo Cisjordania en dos partes) y la nacionalización de los recursos (incluida el agua, al quedar los asentamientos ilegales y los acuíferos del lado israelí tras la construcción del Muro que se comenzó a construir en el verano de 2002 y cuyo trazado definitivo no se había hecho público) (Álvarez- Ossorio, 2004: 1). Tras algunas informaciones sobre objeciones al Muro anteriores a la sentencia, Álvarez-Ossorio analiza el fallo del TIJ titulado Las consecuencias legales de la construcción de la barrera en los territorios palestinos ocupados. En él se señala que se emite cumpliendo la “petición de la Asamblea General de la ONU” (Resolución ES-10/14 de 8-12-03) que requería una Opinión Consultiva del Tribunal, alarmada por “la confiscación y la destrucción de la tierra y los recursos palestinos, el trastorno de la vida de miles de civiles y la anexión de facto de extensas zonas de territorio” (Álvarez-Ossorio, 2004: 3). Una vez afirmada la plena jurisdicción del TIJ para evaluar el caso, la sentencia respalda el derecho de autodeterminación de los palestinos y reclama la reanudación del proceso de paz con la puesta en marcha de la Hoja de Ruta, conforme a la Resolución 1515 del Consejo de Seguridad de la ONU (Álvarez-Ossorio, 2004: 3). Luego, el fallo del TIJ desestima el principal argumento israelí para construir el Muro, diciendo: - “El TIJ no considera que el trazado que Israel ha elegido para el Muro sea el indicado para lograr sus objetivos de seguridad”; el Muro “infringe numerosos derechos de los palestinos que viven en el territorio ocupado por Israel, y las infracciones residen en que su trazado no puede justificarse por las exigencias militares o los requerimientos de seguridad u orden público” (Álvarez-Ossorio, 2004: 5). I.S.S.N.1132-0265 Philologia Hispalensis 21 (2007) 59-74 66 Clara Mª Thomas de Antonio Álvarez-Ossorio (2004: 3-5) también recoge y analiza los fragmentos más significativos de la sentencia: - “El Muro que está siendo erigido por Israel, la Potencia ocupante, en los Territorios Ocupados palestinos, incluido Jerusalén Este y sus alrededores, es contrario al Derecho internacional” (parr. 163, 3.A). - “Israel está obligado a poner fin a sus incumplimientos del Derecho internacional; está obligado a interrumpir inmediatamente los trabajos de construcción del Muro que edifica en los Territorios Ocupados palestinos, incluida Jerusalén Este y sus alrededores, y a desmantelar de manera inmediata las estructuras allí establecidas” (parr. 163, 3.B). - “Israel está obligado a reparar todos los daños causados por la construcción del Muro en los Territorios Ocupados palestinos, incluido Jerusalén Éste y sus alrededores” (parr. 163, 3.C). - “Todos los Estados están en la obligación de no reconocer la situación ilegal resultante de la construcción del Muro y de no prestar ayuda o asistencia en el mantenimiento de la situación creada por esta construcción; todos los Estados partes de la Cuarta Convención de Ginebra relativa a la Protección de los Civiles en Época de Guerra del 12 de agosto de 1949 tienen, además, la obligación de asegurar el cumplimiento por parte de Israel del Derecho internacional humanitario (parr. 163. 3.D). Y finalmente Álvarez-Ossorio (2004: 4) comenta esta última llamada del TIJ a la comunidad internacional, que viene justificada por la conculcación israelí de los derechos más elementales del pueblo palestino, como el derecho a la libertad de movimientos, a la propiedad, a la salud, a la educación, al trabajo, a la alimentación y a la libertad religiosa. Como puede comprobarse, a pesar del limitado alcance de la sentencia del TIJ, se usa un léxico más correcto -aunque en el título denomina “barrera” al Muro-, se reconocen los derechos palestinos, en especial el derecho a la autodeterminación, y se denomina a Israel como “potencia ocupante”. Ese mismo día 9 de julio, la mayoría de los medios dan en sus ediciones on-line la noticia que luego recogerán sus ediciones impresas. 2. 3. El día siguiente de la sentencia (10-7-04) Al día siguiente de la sentencia del TIJ de La Haya, la mayoría de los medios dan la noticia en primera página y/o le dedican un editorial, aunque sólo pueden incluir unos pocos párrafos del fallo. Muchas noticias son de agencia, y por tanto ofrecen datos muy similares, aunque cada medio incide más en unos aspectos que en otros. Tal vez el medio más significativo sea El País (10-7-04), que le dedica un titular en primera plana (p. 1), cinco crónicas (pp. 2 y 3) y un editorial (p. 12). El titular en portada dice: “El Tribunal de La Haya declara ilegal el Muro de Israel”, y en el I.S.S.N. 1132-0265 Philologia Hispalensis 21 (2007) 59-74 La sentencia de La Haya contra el muro de Cisjordania… 67 subtitular añade su petición de que se derribe. En la primera página comenta que el TIJ pide a Israel que devuelva a los palestinos la tierra confiscada para levantar el Muro e insta a la ONU a tomar medidas para acabar con la situación; o resalta que Israel anunció que no acataría el fallo y que los palestinos lo calificaron de victoria. Luego, en el texto de la noticia, resume los datos que ampliarán las cinco crónicas mencionadas: se refiere al proyecto de trazado de 730 km9 de Muro, de los que se han construido ya 196; a la indignación israelí porque el Tribunal ha olvidado “el terrorismo palestino” que lo justifica y a su afirmación de que la sentencia “acabará en el cubo de basura de la historia”; a la alegría palestina, que la califica de victoria; a la Comisión Europea, que comparte la sentencia, con la matización de Solana sobre el derecho de Israel a defenderse sin provocar “el indecible sufrimiento humano y económico” que causa a los palestinos; y al disgusto de EEUU que la calificó de “inapropiada”. En la crónica de Isabel Ferrer desde La Haya (El País, 10-7-04, p. 2), se glosan diversos detalles, como que, a instancias de la Asamblea General de la ONU, los 15 jueces del Tribunal emitieron un dictamen -por 14 votos a favor y uno, estadounidense, en contraque fue filtrado horas antes a un diario israelí; y que dichos jueces justificaron su competencia para emitirla -contestada por Israel, EEUU y Rusia- en ser un órgano judicial de la ONU; luego incluye varios párrafos de la sentencia que dejan claro que el Muro no es el único modo que tiene Israel para defenderse de los ataques palestinos y que la “barrera” es ilegal porque “crea una anexión de hecho de territorio palestino” y viola la Convención de Ginebra de 1949, al privar a los palestinos de su derecho al trabajo, asistencia médica, educación y libertad de movimientos y sobre todo al impedirles “ejercer el derecho a la autodeterminación al aislarlos tras una pared sin justificación militar”; o que no es un “asunto bilateral entre Israel y Palestina”, sino que “concierne a Naciones Unidas”, recordando a ambas partes que han cometido actos ilegales y deben someterse al derecho internacional e instando a la comunidad internacional a no aceptar la situación ilegal creada por el Muro. La periodista destaca también las reacciones ante la sentencia: la Comisión Europea pide que se destruya la parte que ocupa suelo palestino; e Israel, al no ser vinculante, se apresura a declarar que no lo aceptará; también compara la pequeña manifestación de palestinos ante la sede del TIJ pidiendo la demolición del Muro, frente al despliegue hecho por Israel meses antes con la asistencia de cerca de 2000 personas para mostrar “el horror palestino y el rostro de sus casi mil víctimas” desde la segunda Intifada o los restos de un autobús destrozado en atentado del 19 de enero anterior. Un despiece de I. F. [Isabel Ferrán] desde La Haya, titulado “La ONU recobra protagonismo” (El País, 10-7-04), aclara cuándo sus dictámenes son vinculantes o no, en cuyo caso su fuerza radica en la presión diplomática que puede ejercer; y señala que 9 Las cifras bailan de unas crónicas a otras en las diversas publicaciones. I.S.S.N.1132-0265 Philologia Hispalensis 21 (2007) 59-74 74 Clara Mª Thomas de Antonio Thomas de Antonio, C. M., “El conflicto de Palestina y la política informativa israelí”. Idearabia, nº 6, 2007 (en prensa). Clara Mª Thomas de Antonio Fecha de recepción: 27 de febrero de 2007 [email protected] Fecha de aceptación: 4 de junio de 2007 Dpto. de Filologías Integradas. Área de Estudios Árabes e Islámicos. Facultad de Filología C/ Palos de la Frontera s.n. 41004 Sevilla. I.S.S.N. 1132-0265 Philologia Hispalensis 21 (2007) 59-74