Reformismo local en el nuevo Reino de Granada
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80 REFORMISMO LOCAL EN EL NUEVO REINO DE GRANADA. JULIÁN B. RUIZ RIVERA. UNIVERSIDAD DE SEVILLA. El Nuevo Reino de Granada fue el único territorio donde no llegaron a implantarse las intendencias, buque insignia de las reformas1. Contrariamente a lo sucedido con otros territorios americanos, para los que existen estudios abundantes sobre las décadas del reformismo, para éste son escasísimos los que han dedicado los historiadores. Por ejemplo, la renovación científica de la minería, encabezada por Juan José de Elhuyar, no ha interesado como la misión de su hermano Fausto de Elhuyar en México2. Las reformas borbónicas neogranadinas sólo han merecido una rápida ojeada en las relaciones de virreyes, biografías de mandatarios o las descripciones de algunos visitadores u observadores3. El fenómeno reformador A la vista de los resultados del reformismo borbónico podríamos decir que se cumplió una mínima parte de lo proyectado. Antes que las materias concretas a reformar estaba en juego el reparto de poder entre quienes podían disputarlo, criollos y peninsulares. En este territorio vemos encarnada esa pugna en dos personajes tan importantes como el Fiscal y Protector de Indios, Francisco Antonio Moreno y Escandón, y el Visitador y Regente, Juan Francisco Gutiérrez de Piñeres. Desde el comienzo de la colonización el gobierno regional se había estructurado en gobernaciones y corregimientos, muy pocos de ellos de nombramiento real. Esas divisiones dejaron de ajustarse a los cambios de población, al régimen de la propiedad, al establecimiento de redes comerciales y a las necesidades administrativas. Para el siglo XVIII la 1Cuando se iniciaron las propuestas para el establecimiento de las Intendencias en Quito y Santa Fe en 1782 acababan de producirse los gravísimos sucesos de la sublevación del Socorro, que condicionaron muy profundamen1e la acción de gobierno del Arzobispo-virrey, Caballero y Góngora. No se le podía despojar de ninguna autoridad al virrey cuando restañaba las heridas y establecía las bases para que no se repitieran sucesos semejantes. Y por otro lado, tampoco paree la adecuado hacer cambios cuando ellos habían producido tan devastadores efectos. Deba1irse se debatieron las Ordenanzas de Intenden1es de Buenos Aires y de Nueva España para adaptarlas al Nuevo Reino, pero no llegó a concretarse nada cuando ya el propio sistema de intendencias era objeto de críticas. Sólo existió la Intendencia de Cuenca, que después sería suprimida. Luis Navarro García, Intendencias en Indias, Sevilla, 1959; pp. 46-48. 115 Y 136-137.0idores Juan Hernández de Alba, Romualdo Antonio de Inclán y Francisco de Cortázar a S.M. Santa Fe, 19 diciembre 1806. AGI, Santa Fe, 664. 2Modesto Bargalló, La minería y la metalurgia en la América española duran· te la época colonial, México, 1955, p. 344. 3Eduardo Posada y Pedro María Ibáñez, Relaciones de mando de los virreyes del Nuevo Reino de Granada, Bog01á, 1910.- José Antonio García García, Relaciones de virreyes del Nuevo Reino de Granada, Nueva York, 1869. - José María Restrepo Sáenz, Biografías de los mandatarios y ministros de la Real Audiencia (1671-1819), Bogotá, 1952.- Basilio Vicente de Oviedo, Cualidades y riquezas del Nuevo Reino de Granada, Bogotá, 1930.- Francisco Silvestre, Descripción del Reino de Santa Fe de Bogotá, Bogotá, 1968.
81 organización del territorio carecía de la racionalidad de una administración eficaz, coordinada y centralizada. De ahí los esfuerzos por lograr implantar las intendencias que pusieran orden, al menos en el ramo de la hacienda. Además del distrito de la capital de la gobernación, y más tarde del virreinato, se hallaban los corregimientos de blancos de las ciudades de Tunja y Mariquita, que correspondieron en su momento a la temprana riqueza agropecuaria y minera. De menor rango eran las alcaldías mayores de Pamplona, Neiva y Salazar de las Palmas. Y con ese mismo nombre de corregimientos, aunque de escasísima importancia, se hallaban los de Raposo, Los Remedios, Buga, Zaragoza, Loba, Guamocó y Las Lajas, todos ellos centros mineros en origen. Gobiernos de indios eran Girón, Neiva, la provincia de los Llanos y la ciudad de San Faustino. Corregimientos tenues de indios había numerosos y claramente desiguales en cuanto a número de pueblos: Zipaquirá (11), Ubaté (8), Sogamoso (7), Duitama (5), Paeces (12), Servitá (9), Tenza (3), Ubaque (9), Pasea (4), Gámeza (11), San Gil (4), Guatavita (8), Chita (6), Turmequé (7), Bogotá (8), Tocaima (3), Sáchica (12), Vélez (5), Chivatá (5), Panches (32) y Basa (5). Aparte, naturalmente, estaban las gobernaciones de Cartagena, Santa Marta, Chocó, Antioquia, y Popayán con sus corregimientos correspondientes4. La primera gran reforma se llevó a efecto con la creación del virreinato en 1717, que no sólo introducía la figura del virrey, sino que reorganizaba todos los territorios del norte de América del Sur. Al incorporar Quito, Panamá y Caracas, se suprimían las audiencias de las dos primeras circunscripciones y se eliminaba cualquier dependencia de Caracas respecto a Santo Domingo. Pero una cosa era la letra del real despacho y otra los imperativos de la realidad, pues no se pudo implantar la dependencia de ninguno de esos territorios del de Santa Fe de Bogotá. Influían las distancias y los costes, hasta tal punto que en 1723 se suprimía el virreinato olvidando el cúmulo de razones que seis años antes habían hecho tan necesaria la creación. Gutiérrez de Piñeres lo razonaba en 1779 en 4Autos sobre la visita practicada por el Sr. Dr. Don Francisco Antonio Moreno y Don José María Campuzano en la jurisdicción del corregimiento de Tunja, en Indios y mestizos de la Nueva Granada a finales del siglo XVIII. Introducción y estudio de Jorge Orlando Melo y transcripción de Germán Colmenares y Alonso Valencia. Bogotá, 1985, pp. 41-43.- "Lista de los Corregimientos de Provincia y de Indios, y Alcaldías Mayores del Distrito de la Real Audiencia del Reino de Santa Fe, Quito, Panamá y Cartagena". s.l., s.f. AGI, Santa Fe, 552.
82 "ser pocas las ciudades que había en el distrito del Virreinato, sus pueblos en la mayor parte de Indios, pocos los de Españoles, y éstos de corto vecindario, caudales y productos"5 En la recreación del virreinato en 1739 se volvió a insistir en agregar todos aquellos territorios desde Veragua al Río Orinoco y desde Maracaibo hasta Guayaquil bajo la autoridad del Virrey, aunque permitiendo que subsistieran como subordinadas las Audiencias de Quito y Panamá, sin relevar por ello a Lima de seguir pagando el situado a Panamá. Ni la Audiencia de Panamá pudo sobrevivir ni mantenerse la dependencia de Quito hacia Santa Fe. Al evaluar el visitador Gutiérrez de Piñeres la recreación del virreinato la justificaba en evitar el comercio ilícito en las costas, y fomentar los ingresos de Hacienda y la labor de las minas, así como en facilitar la conquista y reducción de los indios rebeldes. Pero después de cuarenta años de existencia del virreinato podía evaluar los resultados y sugerir modificaciones. Dos posturas, como decía, se encarnaban en el fiscal y en el visitador. El primero era nativo del territorio, natural de Mariquita, formado en Santa Fe de Bogotá. Representaba por principio intereses locales, aunque descendía de padre peninsular. Aun siendo su familia muy corta y no habiendo peligro de manejo de influencias, no pudo ser promocionado en esa Audiencia al puesto de Fiscal por ser criollo, si bien ejerció como Fiscal Protector General de Indios y provisionalmente como Fiscal de la Audiencia6. Su concepción de las reformas difería de la mantenida por Gutiérrez de Piñeres, lo mismo que difería su actitud sobre la población indígena, los blancos y castas, o el destino de las propiedades de los resguardos. Moreno conocía perfectamente la realidad de las zonas rurales y de la población, tanto india como castiza y blanca, mientras que Piñeres tenía que fiarse de lo que le contaran. Moreno se situaba en una posición reformista de avanzada, porque pedía nada menos que hacer desaparecer la segregación de la población indígena, es decir, los pueblos de indios, aunque al precio de que esa población quedase más disponible a los terratenientes: 5Juan A. Gutiérrez de Piñeres a José de Gálvez. Santa Fe de Bogotá, 30 septiembre 1779. AGI, Santa Fe, 904., fol. 2. 6Instancia de Francisco Antonio Moreno y Escandón para solicitar la plaza de Fiscal de la Real Audiencia de Santa Fe por medio del procurador Tomás Pérez de Arroyo. Madrid, 21 diciembre 1771. AGI, Santa Fe, 547.
83 "En este punto he reflexionado antes de ahora que nada perdería su Majestad antes bien adelantaría mucho el gobierno, si los indios se españolizasen y con su casta se borrase la memoria de su tributo y natural aversión que los domina ... "7 Las dos repúblicas, que se habían establecido durante la conquista, habían dejado de tener sentido desde el momento en que los no indios se habían multiplicado y dominaban en los pueblos, originando graves dificultades de entendimiento entre las diversas comunidades: “... y es preciso que así suceda porque casi no hay pueblo de indios donde no sea mayor el número de vecinos Españoles o de gentes de color que se abrigan en las tierras de los resguardos y sus inmediaciones y, si se declara la libertad, apenas quedarán pueblos ni ramo de tributos o, a lo menos, será muy corto su ingreso."8 Efectivamente, Moreno buscaba la solución al gobierno y administración provincial y al gobierno municipal. Uno de los mayores escollos a nivel local se encontraba en que los blancos y castas superaban a los indios en los pueblos y, sin embargo, carecían de tierras, que acaparaban los hacendados o los resguardos -tierras comunalesde los pueblos. Estas gentes sin tierra tenían que alquilar tierras a los indios o adquirirlas fraudulentamente, puesto que al ser de resguardo no se podían enajenar. Como contra los propietarios particulares no podían actuar, planearon hacerla contra las tierras comunitarias, sobre todo cuando las tierras disponibles superaban ampliamente las necesidades de la población indígena. De hecho muchos pueblos de indios se habían convertido en parroquias de españoles, "es decir, de vecinos que no son indios puros", al componerse de descendientes mezclados con blancos, mestizos, negros, y mulatos. Al mismo tiempo que una cuestión de justicia social o de ajuste a las condiciones del momento, el tema de la tierra era también un asunto de poder. El resguardo era el único baluarte frente al poder de los terratenientes, que de eliminarse les dejaría las manos libres para seguir una política agresiva en la adquisición de las tierras indígenas y en la utilización de la mano de obra. Acabar con la encomienda -muy disminuida en cantidad y calidad- y con el resguardo concomitante equivalía a aumentar el poder de los hacendados, es decir, los criollos, que podrían actuar más libremente. El visitador no veía con claridad la solución de Moreno, porque con ella salía beneficiado el grupo de los criollos, a quienes precisamente él debía controlar y exigir una 7Conclusiones de la visita de Francisco Antonio Moreno y Escandón. Santa Fe, 18 noviembre 1778, en Margarita González: El Resguardo en el Nuevo Reino de Granada, Bogotá, 1979. p. 177. 8González, El Resguardo, p. 177.
84 mayor contribución fiscal, ya que se trataba de los más pudientes. A la vista de lo actuado en los cuatro ramos que habían motivado la creación del virreinato -hacienda, comercio, navegación y minasel visitador tenía que buscar una administración más eficaz, que produjera mayores recursos, incluso suprimiendo el virreinato. La Intendencia era la solución para ocuparse de los asuntos arriba mencionados, dejando vacío de autoridad al virrey. Gutiérrez de Piñeres abogaba por la desaparición del virrey, a no ser que se quisiera mantenerlo con autoridad en lo político y militar para el pequeño territorio central de la actual Colombia, pues su opción consistía en un regente para presidir la Audiencia y un capitán general en la costa, cargo a desempeñar por el gobernador de Cartagena. Así argumentaba este funcionario a favor de la desaparición del virreinato: "Dudo mucho que haya quien examinando de cerca las cosas, y hecho cargo de las circunstancias territoriales, no confiese la desproporción de estos cuidados con el carácter de un Virrey, y desembolso que hace la Real Hacienda para mantener su dignidad"9 Gutiérrez de Piñeres argumentó que el sostenimiento del virrey durante 40 años había costado 3.055.060 pesos. El argumento carecía de mucha fuerza probatoria, pues de no haber habido virrey, otra autoridad de rango equivalente habría consumido similares recursos. Suprimiendo al virrey, aunque manteniendo la guardia por motivos de seguridad, se ahorrarían 22.091 ps. al año, después de pagar el resto de la administración. ¿Se podía discutir por tan viles cantidades? Esa era la nueva mentalidad de un ilustrado: "En otras Provincias opulentas de América parecería poca cosa esta suma, pero aquí es insoportable con respecto a los escasos productos del erario y miseria del País"10 La solución de Piñeres, contraria al dispendio y al boato de una corte sin eficacia, también ofrecía débiles flancos por donde atacarla pues la unidad de una sola autoridad superior quedaría así: "Distribuidas así las Jurisdicciones y facultades vendría a haber en este Reino tres principales Jefes independientes entre sí," [intendente, regente-presidente y capitán general] "y que puesto cada uno al frente de los Ramos que respectivamente le corresponden se dedicase particularmente a hacerlos prosperar, auxiliándose mutuamente en las operaciones, y excitando aquella noble emulación, que tanto contribuye al mejor servicio de S.M. y a la felicidad pública."11 9Juan Gutiérrez de Piñeres a José de Gálvez, cit. AGI, Santa Fe, 904, fol. 6v. 10Ibídem. fol. 6. 11Ibídem, fol. 7v.
85 Sobre el papel podía quedar como una iniciativa atrevida, moderna y eficaz, pero en la práctica hubiera sido más que dudosa su operatividad porque la división del poder más que en emulación podía resultar en polémica y paralización. La reforma de Gutiérrez de Piñeres contemplaba, además, el fomento de la actividad económica mediante nuevos cultivos y el desarrollo de las comunicaciones, que produciría un mayor desarrollo comercial, la introducción de nuevos conocimientos en la Universidad, y una reorganización de la administración y la milicia. El virrey Flórez, usando su sabiduría y habilidad política, cultivaba la amistad de los criollos promoviendo la política cerealista de producción de excedentes para abastecer a Cartagena de Indias, tolerando la superproducción de tabaco en la zona de Girón, que luego no se pudo vender, y protegiendo a miembros de las familias más encumbradas con nombramientos a cargos para los que no se hallaban preparados, como el de Manuel García Olano como administrador de rentas de Socorro y después como administrador de correos de Bogotá12. Tuviera o no relación directa con la reforma de intendentes, la sublevación del Socorro frenó definitivamente los cambios, tanto porque Caballero y Góngora era contrario a fraccionar la autoridad, como porque las consecuencias de los alborotos padecidos desaconsejaron los cambios. Para una fecha tan tardía como 1806, en que ya no se pensaba en introducir las intendencias, se le exponía al ministro Miguel Cayetano Soler: "La consideración que el Sr. Marqués de Sonora tenía al Arzobispo Virrey, hombre muy celoso de su autoridad y facultades, fue la causa de no haberse mandado observar provisionalmente la Ordenanza de Buenos Aires y después la de Nueva España... "13 Porque habían menudeado las gestiones para realizar las reformas que se habían implantado en otros lugares. En 1787 el virrey aceptaba con buenas palabras cumplir los deseos del ministro Gálvez, pero sin adoptar las medidas decisivas: "Tengo dadas las providencias correspondientes al cumplimiento de cuanto me previene V.E. por Real orden, fecha en Aranjuez, a 24 de abril de este año, y quedo en establecer las Intendencias de este Reino luego que lleguen los provistos a ellas con arreglo a la Instrucción 12John Leddy Phelan: El pueblo y el rey La revolución comunera en Colombia, 1781, Bogotá, 1980, p. 37. 13Francisco Viaña a M. C. Soler. Madrid, 10 diciembre 1806.AGI, Santa Fe, 782.
86 formada para las de Nueva España, de que he recibido los doce cajones de ejemplares que me remite V. E."14 En este marco de claro enfrentamiento se desequilibraron las fuerzas cuando el virrey Flórez se estableció en Cartagena para hacerse cargo de la defensa, porque dejó solo al visitador en la capital. Ya para entonces Moreno y Escandón había sido despachado con el nombramiento de Fiscal de la Audiencia de Lima, tras haber realizado la visita a Tunja y Santa Fe y haber desempeñado interinamente la Fiscalía de la Audiencia. Estalló el conflicto de los Comuneros con Gutiérrez de Piñeres como máxima autoridad en la capital, quien con las reformas concitaba todos los odios. Los corregimientos a reforma Los corregimientos no resultaban proporcionados ni se habían adoptado medidas para acrecentar sus recursos, al modo que en Nueva España o Perú con los repartimientos de géneros. El visitador y protector de indios, Moreno y Escandón, sacaba la conclusión de que "por experiencia se conoce que el motivo y origen de estos daños consiste en la miseria y pobreza de los países, y el abandono de sus habitado res al trabajo"15. Al menos se evitaron las consecuencias negativas que los repartimientos de géneros crearon en otras zonas. Jorge O. Melo destaca los efectos disuasorios que la inexistencia de repartimientos tenía para aspirar a esos cargos: "los corregidores, que en el territorio del Nuevo Reino no tenían el derecho a obligar a los indios a la compra forzada de ciertos artículos, derecho que en otras regiones de las Indias constituía una de las fuentes principales de sus ingresos, no tenían muchos incentivos para atender poblados a su cargo, demasiado pequeños o dispersos."16. La pobreza del territorio y el abandono del trabajo por parte de los indios no permitían un cambio en las administraciones territoriales porque no producían ni para pagar esos cargos17. En esas circunstancias, ¿qué soluciones se vislumbraban a través del diagnóstico de los males del territorio? 14Virrey Caballero y Góngora a José de Gálvez. Turbaco, 31agosto 1787. AGI, Santa Fe, 782. 15Informe del visitador Moreno y Escandón al virrey Manuel Antonio Flórez, de Santa Fe, 20 marzo 1772. AGI, Santa Fe, 556, fol. 3v. 16Melo. Indios y mestizos, p. 27. 17Ya en la segunda década del siglo XVII se suscitó el tema de conservar el oficio de corregidor, al haber suprimido el salario que le pagaban los indios por R.C. de 4 marzo 1614. En vez del tomín que pagaba cada indio al año se sugería que compartieran el gasto los encomenderos y la hacienda, siempre
87 Moreno pensaba disminuir el número de los corregimientos, aumentar los ingresos y pagar un sueldo a los corregidores responsables de la justicia y de la hacienda. Veinte corregimientos de partido, sin contar los de españoles, eran a todas luces excesivos, y por necesidades de subsistencia los corregidores recurrían a medios prohibidos que ofendían a la Justicia, perjudicaban a la Hacienda y abandonaban el buen gobierno de los pueblos tanto por no visitarlos como por no tener quien ejecutara las sentencias de tribunales superiores en casos graves. ¿Por qué no había medios para sostener decentemente a las autoridades? Su respuesta y la de no pocos se cifraba en la pobreza del país y en el abandono del trabajo. Quizá basó aquí su argumento en contra de los resguardos, porque a su juicio estos no les servían a los indios para trabajar sino para sacar dinero de los arriendos que hacían a blancos y mestizos, mientras ellos se dedicaban a la bebida, a litigar en juicios y a andar fuera de sus casas, de modo que a muchos se les daba por perdidos, siendo así que existían. Darlos por ausentes o reservados suponía eximirlos del tributo, a cambio generalmente de que realizaran algún trabajo personal para el cura y el corregidor. En los pueblos en que cura y corregidor se dedicaban a fomentar el trabajo entre los indios éstos tenían recursos para todo. Para Moreno y Escandón el mal consistía en la falta de corregidores responsables de sus obligaciones por carecer de un sueldo digno, hecho que no animaba a personas competentes a ocuparlos. El único remedio, pues, era establecer corregimientos con salario, para estimular a los aspirantes y no dejar campo al fraude. Para ello pedía una medida muy exigente, al estilo del Perú decía él, como era responsabilizar al corregidor de los tributos según el número de los tributarios, con lo que el corregidor tendría que asumir el encargo de cobrar los tributos e ingresarlos en la Hacienda. Si el corregidor tenía que responder de los tributos de los indios, ya se ocuparía de hacer trabajar é\ los indios, bien en comunidad o individualmente para que ganaran suficiente para pagarle el tributo sin alquilar las tierras a otros. Razonaba Moreno que habiendo una acción conjunta en todos los corregimientos para cobrar el tributo a cualquier indio tributario, ya no traería ventaja a ningún indio huir a otro lugar, porque no podría evadir el tributo. De esta manera, pecando de gran optimismo, esperaba recaudar el triple en concepto de reconociendo la necesidad de los corregidores. Presidente y Audiencia a S.M. Santa Fe, 6 junio 1614, 30 mayo 1615 y 30 junio 1623. AGI, Santa Fe, 19, 33; 19,45 Y 20.64. Ya se habían dejado ver los inconvenientes de pagar los indios al corregidor, dada su pobreza, en carta de la Audiencia a S.M., de Santa Fe, 30 octubre 1603. AGI, Santa Fe, 18,55.
88 tributos, lo cual permitiría pagar salarios a los corregidores, tener un gobierno ordenado y una administración de justicia respetable18. Ortiz de Landázuri ofrecía a la Cámara informaciones adicionales. El cobro de los tributos se hallaba arrendado, razón por la que sólo producía el importe del arriendo, sin que pudiera conocerse el monto total o los atrasos de dicha renta. Se había intentado desde el año 1757 cambiar el rumbo de los decrecientes ingresos, que se imputaban a desidia, malicia o malversación de los corregidores. La situación debía ser tal que ni siquiera los arrendadores estaban dispuestos a continuar. En esas condiciones los curas y corregidores obtenían las ventajas porque aplicaban a los indios a realizar servicios personales, especialmente en la región de los Llanos, cultivando algodón e hilando y tejiendo lienzos. Siguiendo el informe de Moreno, recogía la propuesta de crear un corregimiento en Santa Fe, que absorbería los corregimientos cortos de Bogotá, Basa, Ubaque y parte de Zipaquirá19. Para concluir presentaba este panorama no muy alentador: "pone a la vista la grave dificultad que ofrece el remedio de los daños que padece todo el Virreinato de Santa Fe por causa de los muchos corregimientos pequeños que tiene y cuya escasez no permite la decente manutención de los sujetos que los sirven, quienes estrechados de la miseria se prevalen de medios prohibidos con vejación de los indios y demás vecinos pobres, menosprecio de la Justicia, perjuicio de la Real Hacienda y total abandono del buen gobierno de los pueblos que por su distancia no son visitados de dichos corregidores; pues, aunque quieran hacerla, les faltan auxilios para el viaje y, en fin, que reina un desorden difícil de corregir, ni menos surten efecto las providencias de aquel superior gobierno por falta de sujetos que las ejecuten."20. La reforma no era gratis 18Este informe al virrey, que se encuentra dentro de un expediente, está fechado en Santa Fe, 20 marzo 1772. AG., Santa Fe, 556. 19Después de las turbaciones de 1781 seguramente Gutiérrez de Piñeres propuso a la Cámara que se crease en Santa Fe de Bogotá un corregimiento, que para ser independiente debería estar ocupado por una persona de fuera del país, y para tener autoridad debía ser un militar de grado no inferior a teniente coronel. Al mismo tiempo, no debían subsistir más de seis corregimientos de partido. s.l., s.l. AGI, Santa Fe, 552. Era difícil imaginarse esta iniciativa que anulaba los demás corregimientos, pues si se pretendía una subordinación ya no tendría razón su existencia. Otros proponían que el corregidor de Santa Fe fuera de forma rotativa y anual un oidor de la Audiencia, lo que todavía hacía más inviable el corregimiento, puesto que ante el oidor-corregidor de Santa Fe, un corregidor subordinado no tendría ninguna autoridad. De todos modos, la idea de crear un corregimiento en San1a Fe era 1an antigua que ya en 1603 lo solicitaba la Audiencia. Audiencia a S.M. Santa Fe, 26 junio 1603. AGI, Santa Fe, 18,44. 20Informe a la Cámara de Tomás Ortiz de Landázuri de 29 marzo 1773. AGI, Santa Fe, 552.
95 A comienzos de 1778 el virrey informaba sobre los parentescos y las incompatibilidades en Santa Fe y sobre la dificultad para dispersar a los ministros emparentados por otras capitales administrativas. Gran parte del problema se había iniciado a mediados de siglo, cuando el fiscal jubilado de la Audiencia, Manuel Álvarez, consiguió una cédula en 1755 para poder casar a sus hijas dentro del distrito aunque la otra parte también tuviese incompatibilidad. Estos eran los casos más llamativos de incompatibilidades: Antonio de Ayala, oficial real de las Cajas Reales, se hallaba casado con una hija de Francisco de Vergara, regente del Tribunal de Cuentas; Vicente Nariño, contador del Tribunal de Cuentas, José López Duro, y Manuel Álvarez, contadores-ordenadores, y Manuel de Revilla, oficial real, eran cuñados porque los dos primeros y el cuarto estaban casados con hermanas del tercero, hijas del fundador de la saga35; Nariño era también compadre de Antonio de Ayala y Tamayo; y Juan Díaz de Herrera, administrador de la Aduana y de Correos, era compadre de Revilla. Esta situación no había variado, salvo por la muerte de Antonio de Ayala, antes se había incrementado por el dominio de los Álvarez, pues Manuel Álvarez del Casal había sido nombrado contador-ordenador en propiedad y por influjo del virrey Flórez, otros dos cuñados suyos, Manuel García Olano y Jerónimo de Mendoza. Habían sido nombrados administrador general de rentas de Tabaco en Socorro y administrador de Alcabalas en Pamplona respectivamente. Por tanto, el virrey no estaba a favor de separar a familiares de cargos de una misma oficina. Sin embargo, en la Audiencia la situación había cambiado, pues en 1780 ya no quedaban criollos ni peninsulares ligados a criollos, como Benito del Casal, cuñado de Álvarez, el Viejo, pues éste había casado con Mª Josefa del Casal, o Juan Romualdo Navarro, nacido en Quito, o Moreno y Escandón de Mariquita36. En estas circunstancias no podía asegurarse la imparcialidad que demandaban las leyes y exigía el servicio de Dios y del público, hasta hacerle preguntar: "¿No es preciso que éste (el público) desconfíe y murmure, como lo hace, de unas operaciones que se preparan, disponen, examinan y sentencian por cinco cuñados?"37 35Vicente Nariño, padre del prócer de la independencia, Antonio Nariño, casó con Catalina Álvarez del Casal. José María Restrepo Sáenz y otros, Segundo Centenario del Nacimiento de Don Antonio Nariño, 1765-1965. Bogotá. 1965, p. 12. Catalina era hija de Manuel Bernardo Álvarez, fiscal de la Audiencia y de María Josefa del Casal. hermana del oidor Benito del Casal. Phelan, El pueblo y el rey. p. 29. Manuel de Revilla se hallaba casado con Bárbara Álvarez del Casal. hermana del contador-ordenador, Manuel Álvarez del Casal. Este matrimonio protagonizó un ruidoso pleito ante la cuna eclesiástica. que produjo escándalos y paralización de asuntos de gobierno, porque toda la familia Álvarez se puso de parte de su familiar y en contra del oficial de Real Hacienda. 36Melo. Indios y mestizos, p. 35. 37Gutiérrez de Piñeres a Gálvez, n' 26 reservada. Santa Fe, 30 marzo 1778. AGI, Santa Fe, 556.
96 Cuando en ciertos asuntos, en que se había de votar, resultaba poco menos que imposible encontrar sustitutos -pretendían los cuñados renunciar y delegar en otras personas- en asuntos de trámite podían hallarse simultáneamente tres cuñados: un oidor, un contador mayor y un oficial real. El visitador no vislumbraba ninguna solución viable. Intercambiar a estos funcionarios emparentados con los de Popayán, Caracas, Cuenca, Quito o Guayaquil, administraciones que habían sido sustraídas de la dependencia de Santa Fe, era una solución no operativa porque los implicados no iban a querer. Otras soluciones parciales consistían en cambiar de destino dentro de las oficinas de la ciudad, de modo que no tuvieran que coincidir en juntas de tribunales. Más grave era el caso del oidor-decano, Benito del Casal, quien estando dotado de habilidad para el puesto, no podía evitar los intereses familiares, que se hallaban presentes en casi todas las causas por ser su familia tan extensa. Para este proponía la jubilación honrosa, ya que ni su edad, achaques o amplia familia se adaptaban a un traslado. Si este era el comportamiento al máximo nivel de la capital audiencial, es fácil deducir que a niveles inferiores estos mismos comportamientos se reprodujeran aumentados. Por poner un ejemplo claro y contundente, en el gobierno de Villa de Leiva, de doce empleos políticos cubiertos -otros dos estaban vacantesseis (50 %) los ocupaban miembros de una misma familia, a saber, Salvador de Neira y Páez, alcalde ordinario de segundo voto; Antonio Chacón y Neira, regidor alférez real; José de Neira y Castro. regidor. alcalde mayor provincial de la Santa Hermandad; Fernando de Neira y Castro, regidor decano; Agustín de Neira y Riqueira, síndico procurador general, padre de menores y defensor de pobres; y Antonio de Neira, alcalde de la Santa Hermandad38. Conclusión Pero ¿se podían evitar esas situaciones? ¿Cómo es que no sólo no cobraban un sueldo, sino que además tenían que pagar por obtener los cargos en remate? Modernizar la administración, llevar gobernantes independientes y libres de compromisos con el territorio exigía pagar salarios. ¿De dónde iban a salir los salarios? Al contrario, la venta de oficios seguía siendo una fuente de ingresos. A cambio, el gobierno de los pueblos y corregimientos quedaba en manos de los que podían pagar por obtenerlos y de los que tenían intereses económicos que defender, bien fuera por sí mismos o mediante personas interpuestas. 38Relación de todos los empleos en esta Provincia de Tunja, cit., 12 mayo 1783. fol. 8v.
97 Pero Gutiérrez de Piñeres no podía dejar de manifestar que la competencia en los cargos no la otorgaba la cuna o el nacimiento y que la nobleza de los individuos no estaba por encima del bien común: "Atiéndase en hora buena a la nobleza para los destinos a que sus individuos estén proporcionados, mas no sea con trastorno de las Leyes y con perjuicio de la causa pública que debe anteponerse siempre a la particular utilidad. Si el hombre noble es benemérito, razón será que en igualdad de circunstancias se le prefiera al plebeyo. Esta es máxima constante de todo bien combinado gobierno. El defecto está en su aplicación. Todo el sistema de Rentas se arruinaría, si sólo la Nobleza se hubiese de destinar a su manejo, aunque careciese de proporciones, excluyendo al resto de vecinos honrados, acaso más a propósito, porque los primeros suelen desdeñarse de semejantes ocupaciones."39 Ahí seguramente radicaba el problema, en que sólo la aristocracia manejaba los asuntos públicos, sirviese o no para ello, por la sencilla razón de que eran los únicos que poseían los recursos para comprar los cargos y para no cobrar en su desempeño, Salvador Plata, uno de los hombres más ricos del territorio y más poderoso en Socorro era Juez Subdelegado de Reales Rentas y no tenía asignado salario, aunque desde ese puesto haría sentir su influjo40. Si aparentemente los cargos no reportaban ingresos, al no llevar aneja una retribución, en una sociedad estamental el prestigio y el poder compensaban y de una u otra forma acarreaban mayor riqueza. El hecho de no salir el poder municipal o provincial de unas manos seguras, las de los patricios, daba estabilidad al sistema. Eran un número limitado de miembros de ese grupo en cada núcleo de población, que daba por bien empleado su dinero con tal de seguir controlando la administración y la justicia. En realidad para ellos seguir manteniendo el status social era una inversión. La amenaza podía llegar de gobernantes como Gutiérrez de Piñeres, que traían criterios de eficacia, preparación y bien común. La reforma del gobierno local no llegó a producirse en el Nuevo Reino de Granada ni en sus grandes unidades administrativas, como hubiera sido la implantación de subdelegados por debajo de los intendentes, ni en sus distritos menores, como los corregimientos, porque no había recursos. Además, no todo el problema se reducía a dinero. Francisco Silvestre daba un juicio 39Gutiérrez de Piñeres a Gálvez, nº 49. Santa Fe de Bogotá 31 julio 1778. AGI, Santa Fe, 914. 40Relación de los empleos de la Provincia de Tunja, Cit. A.R. S ... Histórico de Tunja, 1787, fol. 12.- Para más información sobre Salvador Plata se puede consultar la obra de Phelan, ya citada, especialmente en las págs. 70-71
98 muy negativo sobre las consecuencias de la sublevación y de la política seguida en la reconciliación y la provisión de cargos, que no se diferenciaba en nada de la que se había seguido hasta entonces, implicando directamente en ello al arzobispo-virrey, Antonio Caballero y Góngora: "Los empleos fueron dándose en la mayor y principal parte, aumentándose la parcialidad y las hechuras, a todos los que adulaban y tenían conexiones con los Jefes o sus Directores. Se crearon nuevos empleos, y se aumentaron sueldos en algunos, no buscando hombres de talentos que supiesen desempeñarlos, sino en acomodar a los ahijados"41. En una sociedad condicionada por la función de cada uno de sus elementos nada podía funcionar fuera de su engranaje. Lo normal era que los móviles anduvieran fuera del circuito del dinero y se movieran por la función, sobre todo en cargos que no les exigieran su dedicación total y completa. Los corregimientos creo que ilustran bastante bien los problemas de gobierno, las inercias con los grupos dirigentes y los conatos de cambio. Los corregimientos eran una forma suavizada de encomienda, que no tenía por objeto recaudar un tributo, sino mantener el orden y la ley por medio de la legislación establecida. Los corregimientos podían haber quedado anticuados -databan de los tiempos en que la encomienda aún estaba vivapero servían un propósito de seguridad de la tierra y sus habitantes. 41Francisco Silvestre, Descripción del Remo, p. 98.